Ordinaria 128 · 2022-10-11
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 128 del 2022-10-11 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 9) · unanime · aprobado ACUERDO N°1 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Acoger en todas sus partes el dictamen presentado por la comisión de zona marítimo te…
- Acuerdo 2 (pág. 10) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°2 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Acoger en todas sus partes el dictamen presentado por la comisión de zona marítimo te…
- Acuerdo 3 (pág. 12) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 3.…
- Acuerdo 3 (pág. 15) · unanime · aprobado ACUERDO N°3 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Acoger en todas sus partes el dictamen presentado por la comisión especial de zona ma…
- Acuerdo 4 (pág. 16) · unanime ACUERDO N°4 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Acoger en todas sus parte el dictamen presentado por la comisión de zona marítimo ter…
- Acuerdo 9 (pág. 18) · unanime ACUERDO N°9 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “nombrar en la Comisión NICSP al funcionario Sr. Sr. Fabio Vargas Montero. Gestor de cobros…
- Acuerdo 6 (pág. 19) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°6 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Otorgar patente temporal de licores a la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano para …
- Acuerdo 7 (pág. 20) · unanime ACUERDO N°7 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “7.1. “Nombrar en la junta de Educación de la Escuela de Los Mangos de Cóbano a las siguien…
- Acuerdo 8 (pág. 20) ACUERDO N°8 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Otorgar patente temporal de licores a la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano para …
ACTA 128-22
11/10/2022
ACTA N°128-2022
PERIODO CONSTITUCIONAL
2020-2024
ACTA NÚMERO CIENTO VEINTIOCHO- DOS MIL VEINTIDOS DE LA SESIÓN
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
EL DÍA ONCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS A LAS DIECISIETE
HORAS EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Eric Francis Salazar Rodríguez.
CONCEJALES PROPIETARIOS
Cristel Gabriela Salazar Cortes
Eduardo Sánchez Segura.
Kemily Rebeca Segura Briceño
CONCEJALES SUPLENTES
Carlos Mauricio Duarte Duarte
INTENDENTE
ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando
SECRETARIO
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
William Morales Castro
Manuel Ovares Elizondo
Minor Centeno Sandi.
CONCEJALES SUPLENTES
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo
el orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ACTA 128-22
11/10/2022
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO I. ORACION
A cargo de la asesora legal
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 127-2022 la cual se ratifica en todas sus
partes por los concejales Eric Salazar, Cristel Salazar, Kemily Segura y Carlos
Duarte.
“Existe obligación de aprobar el acta de cada sesión, las actas no se votan, solo se
someten a aprobación mediante un acuerdo de mero trámite y carece de recursos”
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
a- Se recibe a las señoras Gabriela Gamboa Freer y Gabriela Serrano. De la
empresa PBCL
PRESIDENTE. Les la bienvenida y concede la palabra
GABRIELA GAMBOA. Agradece el espacio e indica que vienen a presentar una
propuesta de convenio de cooperación. Agrega que conocen la necesidad de rotulación
y por esos quieran hacer una donación de algunos rótulos y que se solicita a cambio ,
que ayuden a erradicar la publicidad ilegal y damos capacitación para que aprendan
a detectarla. Existe responsabilidad de las municipalidades en ese sentido.
ACTA 128-22 11/10/2022
ACTA 128-22 11/10/2022
ACTA 128-22 11/10/2022 Haríamos una gira con ustedes o quien designen para que nos indiquen el lugar donde quieren colocar el tipo de publicidad y lo que quieren que diga. Toda publicidad debe llevar ese espacio en verde que indicara un destino, eso es una estipulación del MOPT Para hacer este montaje tomamos una foto de las redes sociales a la hora de hacer la publicidad se requiere una foto de muy buena calidad
ACTA 128-22 11/10/2022 Mi otra solicitud es una concesión para mobiliario urbano para paradas de autobuses, el cual se financia con la publicidad. Nosotros hacemos la inversión del proyecto, esta sería por cinco años. Las paradas tienen el mismo formato, pero el tamaño va a depender del espacio disponible
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11/10/2022
Estos convenios los estamos promoviendo para Guanacaste y parte de Puntarenas que
son las zonas más afectas al turismo
PRESIDENTE. Quedamos a la espera del borrador del convenio
GABRIELA GAMBOA. Este proyecto pretende hacerles visible a nivel nacional e
internaciones. Agradecen el espacio brindado. SE RETIRAN
ARTICULO IV. MOCIONES
SE DISPENSA
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
a. ASUNTO. SOLICITUD DE REVISION PRESENTADO POR LA SOCIEDAD
DENOMINADA CORPORACION VIENTOS DE SERENIDAD
DICTAMEN DE COMISIÓN (reunión el día 4 de octubre)
Documentos analizados para dictaminar
-PASE CMC-S-273-2022
-DOCUMENTO PRESENTADO POR LA REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD
-EXP. 2836-05
Considerando:
1. Que esta comisión conoce escrito dirigido al Concejo Municipal por parte de la
representante de la Corporación Vientos de Serenidad S.A, en la que expone su
preocupación dado que cuenta con una solicitud de concesión del año 2005, manifiesta que
les fue notificado el resultado del montaje del croquis que consta en el expediente el cual
dice que cumple con los requisitos establecidos en el Plan Regulador Anexo Punta
Barrigona, pero que el croquis no se ajusta a la vialidad dado que traslapa con calle publica,
aduce que por errores en la lámina del plan regulador las áreas de zonificación no coinciden
con las de la lámina , considera que ha existido falta de comunicación por parte del
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departamento de zona Marítimo terrestre con los representantes de la corporación
solicitante , desean saber una nueva presentación de un croquis les va solucionar o
subsanar, los defectos o no.
2. Que se conoce oficio N° L-ZMT-079-2022 de la Asesoría Legal del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre la Licenciada aralyn Villegas Ruiz , la cual indica de relevancia para dar
respuesta a la sociedad solicitante
“El 25 de marzo del año 2019 el Sr. Chistopher Evans Chapertier representante para esa
fecha solicitó el estado del expediente, mismo del cual no consta respuesta en el expediente
por el coordinador del departamento de Zona Marítimo Terrestre, para esa fecha en la
competencia de la Sra. Cinthya Rodríguez Quesada.
A folio 044-045 del expediente consta montaje realizado por el topógrafo municipal, el cual
indica prevenciones en relación al plano.
En relación al punto 7 del escrito recibido de la representación de la sociedad solicitante, no
consta en el expediente solicitud ni prevención de ajustarse a la ley 9242, misma ley que ya
feneció.
A folio 046-048, consta un nuevo croquis aportado, una personería jurídica con una nueva
representación de la sociedad, recibidas el 04 de julio del 2022, y a folio 050-051 con fecha
09 de agosto del 2022 y notificado en esa misma fecha consta montaje del croquis rendido
mediante oficio CAT-ZMT-195-2022 del ingeniero topógrafo.
Según 2 de las prevenciones indicadas por el topógrafo en el oficio CAT-ZMT-195-2022, el
plan regulador presenta errores de acuerdo al croquis recibido, por lo que es imposible para
esta corporación municipal continuar con el trámite de esta concesión, en virtud de ello
debería archivarse la misma.
No tiene competencia el departamento de Zona Marítimo Terrestre para ordenar
modificaciones a los planes reguladores, ni hacer planes reguladores nuevos, por lo que para
el departamento de Zona Marítimo, la face en la que se encuentra la solicitud de concesión,
devendría archivar el expediente.
3.- Que revisado que fue el expediente de la solicitante esta comisión considera que la
solución no es el archivo del expediente, ello por cuanto tenemos una solicitud del año
2005 por parte la sociedad Corporación Vientos de Serenidad S.A, a tan solo un añs de
haberse publicado el Plan Regulador del sector costero Anexo de Punta Barrigona,
aprobado y publicado en la gaceta en el año 2004, consideramos se debe de trabajar con
el instrumento de planificación actual y es sobre el mismo que deberán de otorgarse las
concesiones en el Distrito.
4 Que los solicitantes deben presentar el croquis de acuerdo al instrumento de
planificación para la zona a concesionar , sin embargo de no lograr definitivamente el ajuste
del croquis presentado por la solicitante Corporación Vientos de Serenidad S.A, con la
lámina del Plan Regulador Anexo Punta Barrigona, deberán ser notificados e indicarle las
razones por las cuales permanecerá el expediente inactivo a la espera de que se realicen
las modificaciones a las láminas de dicho Plan Regulador.
Por lo tanto
Esta comisión dictamina lo siguiente:
1. Recomendar al Concejo dar respuesta a la señora Emilia Tal representante de la
sociedad Corporación Vientos de Serenidad S.A, solicitante de concesión expediente
2836-05 e indicarle que proceda con la corrección del croquis o plano, en el entendido
que deberá ajustarlo al Instrumento de Planificación aprobado para esa Zonificación,
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siendo que según último montaje realizado por parte del topógrafo del departamento,
mismo que fue notificado, presenta unos errores de ajuste, indicar que posterior a la
presentación del nuevo a croquis , una vez realizado el montaje se le estará indicando
lo correspondiente para su caso en particular. ES TODO. HASTA AQUÍ LA
TRANSCRIPCION.
ACUERDO N°1
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Acoger en todas sus partes el
dictamen presentado por la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME
1.2 Solicitarle a la representante legal de la empresa Corporación Vientos de Serenidad
S.A. que proceda con la corrección del croquis o plano, en el entendido que deberá
ajustarlo al Instrumento de Planificación aprobado para esa Zonificación, siendo que según
último montaje realizado por parte del topógrafo del departamento, mismo que fue
notificado, presenta unos errores de ajuste y lo presente al Departamento de Zona Marítimo
Terrestre.**
1.3 Indicarle que posterior a la presentación del nuevo a croquis y una vez realizado el
montaje se le estará notificando lo correspondiente para su caso en particular. ACUERDO
UNANIME. Votan a favor los Concejales
b. ASUNTO. SOLICITUD DE REVISION PRESENTADO POR LA SOCIEDAD
DENOMINADA CORPORACION BUENOS VIENTOS DEL MAR S.A.
DICTAMEN DE COMISIÓN (4 de octubre)
Documentos analizados para dictaminar
-PASE CMC-S-273-2022
-DOCUMENTO PRESENTADO POR LA REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD
-EXP. 2929-06
Considerando:
1. Que esta comisión conoce escrito dirigido al Concejo Municipal por parte de la
representante de la Corporación Buenos Vientos de Mar S.A , en la que expone su
preocupación dado que cuenta con una solicitud de concesión del año 2006, manifiesta que
les fue notificado el resultado del montaje del croquis que consta en el expediente el cual
dice que cumple con los requisitos establecidos en el Plan Regulador Anexo Punta
Barrigona, pero que el croquis no se ajusta a la vialidad dado que traslapa con calle publica,
aduce que por errores en la lámina del plan regulador las áreas de zonificación no coinciden
con las de la lámina , considera que ha existido falta de comunicación por parte del
departamento de zona Marítimo terrestre con los representantes de la corporación
solicitante , desean saber una nueva presentación de un croquis les va solucionar o
subsanar, los defectos o no.
2. Que se conoce oficio N° L-ZMT-080-2022 de la Asesoría Legal del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre la Licenciada Aralyn Villegas Ruiz, la cual indica de relevancia para dar
respuesta a la sociedad solicitante lo siguiente:
“El 25 de marzo del año 2019 el Sr. Chistopher Evans Chapertier representante para esa
fecha solicitó el estado del expediente, mismo del cual no consta respuesta en el expediente
por el coordinador del departamento de Zona Marítimo Terrestre, para esa fecha en la
competencia de la Sra. Cinthya Rodríguez Quesada.
ACTA 128-22
11/10/2022
En relación al punto 7 del escrito recibido de la representación de la sociedad solicitante, no
consta en el expediente solicitud ni prevención de ajustarse a la ley 9242, misma ley que ya
feneció, tampoco consta que se haya notificado el aviso de acogerse a la misma por parte
del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano.
A folio 060-062 del expediente consta un nuevo croquis aportado, una personería jurídica
con una nueva representación de la sociedad, recibida el 04 de julio del 2022, y a folio 050-
051 con fecha 09 de agosto del 2022 y notificado en esa misma fecha consta montaje del
croquis rendido mediante oficio CAT-ZM194-2022 del ingeniero topógrafo.
Según 2 de las prevenciones indicadas por el topógrafo en el oficio CAT-ZMT-194-2022, el
plan regulador presenta errores de acuerdo al croquis recibido, por lo que es imposible para
esta corporación municipal continuar con el trámite de esta concesión, en virtud de ello
debería archivarse la misma.
No tiene competencia el departamento de Zona Marítimo Terrestre para ordenar
modificaciones a los planes reguladores, ni hacer planes reguladores nuevos, por lo que para
el departamento de Zona Marítimo Terrestre, la face en la que se encuentra la solicitud de
cesión devendría archivar el expediente.
3.- Que revisado que fue el expediente de la solicitante esta comisión considera que la
solución no es el archivo del expediente, ello por cuanto tenemos una solicitud del año
2006 por parte la sociedad Corporación Buenos Vientos de Mar S.A, a tan solo un 2 años
de haberse publicado el Plan Regulador del sector costero Anexo de Punta Barrigona,
aprobado y publicado en la gaceta en el año 2004, por lo que consideramos se debe de
trabajar con el instrumento de planificación actual y es sobre el mismo que deberán de
otorgarse las concesiones en el Distrito.
4 Que los solicitantes deben presentar el croquis de acuerdo al instrumento de planificación
para la zona a concesionar, sin embargo de no lograr definitivamente el ajuste del croquis,
presentado por la solicitante Corporación Buenos Vientos de Mar, con la lámina del Plan
Regulador Anexo Punta Barrigona, deberán ser notificados e indicarle las razones por las
cuales permanecerá el expediente inactivo a la espera de que se realicen las
modificaciones a las láminas de dicho Plan Regulador.
Por lo tanto
Esta comisión dictamina RECOMEDAR AL HONORABLE CONCEJO LO SIGUIENTE:
1.- Dar respuesta a la señora Emilia Tal representante de la sociedad Corporación Buenos
Vientos de Mar S.A, solicitante de concesión expediente 2929-06 e indicarle que proceda
con la corrección del croquis o plano, en el entendido que deberá ajustarlo al Instrumento
de Planificación aprobado para esa Zonificación, siendo que según último montaje
realizado por parte del topógrafo del departamento mismo que fue notificado presenta
unos errores de ajuste, indicar además demás que posterior a la presentación del nuevo a
croquis , una vez realizado el montaje se le estará indicando lo correspondiente para su
caso en particular. ES TODO. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
ACUERDO N°2
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Acoger en todas sus partes el
dictamen presentado por la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME
2.2 Solicitarle a la representante legal de la empresa Buenos Vientos del Mar S.A. solicitante
de concesión expediente 2929-06 que proceda con la corrección del croquis o plano, en el
entendido que deberá ajustarlo al Instrumento de Planificación aprobado para esa
Zonificación, siendo que según último montaje realizado por parte del topógrafo del
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departamento mismo que fue notificado presenta unos errores de ajuste y lo presente al
Departamento de Zona Marítimo Terrestre.********
2.3 Indicarle que posterior a la presentación del nuevo a croquis y una vez realizado el
montaje se le estará notificando lo correspondiente para su caso en particular. ACUERDO
UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodríguez, Kemily Segura Briceño
(quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario Minor Centeno), Cristel
Salazar Cortes (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal William Morales) y
Eduardo Sánchez Segura. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME
Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
PRESIDENTE: Hay una situación no sé porque el departamento solo quiere archivar o
denegar las solicitudes de concesión y muchas veces es por negligencia o no se quieren
hacer las cosas y como se va a archivar un expediente si los que estamos fallando somos
nosotros, ahora se cubren con que no hay coordinador.
c. ASUNTO: CORRECCION ERROR MATERIAL ACUERDO DE CONCESIÓN DE
IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES R. S.A
DICTAMEN DE COMISIÓN ( 4 de octubre 2022)
DOCUEMNTOS ANALIZADOS
1. Pase CMC-S-294-2022
2. Oficio N° INT-2022-451
CONSIDERANDO
1.- Que existe error material en los PUNTOS 3.3 y 3.4 del acuerdo N°3 de la sesión
Ordinaria número 202-2020, articulo7 inciso C del día 10 de marzo del año 2022.
2. Que en el punto 3.2 del citado acuerdo se indicó ….PROYECTO DE RESOLUCIÓN
correspondiente a la solicitud de concesión de Zona Marítimo Terrestre presentada por la
empresa Ariadna Investmens S.A. Expediente 3767-2017. Personería 3-101-341001,
siendo lo correcto “. PROYECTO DE RESOLUCIÓN correspondiente a la solicitud de
concesión de Zona Marítimo Terrestre presentada por sociedad denominada Importaciones
y Exportaciones R.S.A, con cedula jurídica número 3-101-090084. Expediente 3123-06.
3. Que en el punto 3.4 se indicó: “Autorizar a la Intendencia a firmar el presente Proyecto
de Resolución”, siendo lo correcto “ Autorizar a la Intendencia a firmar el Contrato de
Concesión”.
4. Que según dispone el artículo 157 de la ley General de la Administración Pública, la
administración puede en cualquier tiempo rectificar los errores materiales o de hecho y los
aritméticos.
Por lo tanto
Esta comisión dictamina recomendar al concejo Municipal.
ACTA 128-22
11/10/2022
1. Se acuerde corregir los puntos 3.3 y 3.4 del acuerdo N°3 de la sesión Ordinaria
número 202-2020, articulo7 inciso C del día 10 de marzo del año 2022 y que este
acuerdo se lea correctamente como sigue:
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido dictamen N° C-ZMT-046-2020 de la comisión de zona marítimo terrestre en
el cual recomiendan: “al Concejo Municipal de Cóbano la aprobación de la concesión solicitada por
IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES INTERNACIONALES R.S.A, Con cedula jurídica 3-
101-090084 Expediente 3123-06 con plano catastrado P-2025581-2018, por un área de 12,675
metros cuadrados, cuya naturaleza es ZONA HOTELERA/CABINAS (ZHC) según lo establecido
en el Reglamento de Zonificación de la Planificación existente en el sector la Planificación existente
en el sector
ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
3.2. Acoger en todas sus partes el dictamen de la comisión C-ZMT-046-2020”. ACUERDO UNANIME
Y FIRME
3.3. Aprobar el Proyecto de Resolución de IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES INTERNACIONALES
R.S.A, Con cedula jurídica 3-101-090084 Expediente 3123-06 con plano catastrado P-2025581-2018,
por un área de 12,675 metros cuadrados, cuya naturaleza es ZONA HOTELERA/CABINAS (ZHC) según
lo establecido en el Reglamento de Zonificación de la Planificación existente en el sector. Según se
detalla:
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, Intendencia Municipal, a las nueve horas del día 19 de
noviembre del 2019.
Resultando:
Conforme a lo establecido en el artículo 42o del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo
Terrestre, aprobado mediante Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, por
este medio me permito presentarles el PROYECTO DE RESOLUCIÓN correspondiente a la solicitud
de concesión de Zona Marítimo Terrestre presentada por sociedad denominada Importaciones y
Exportaciones R.S.A, con cedula jurídico número 3-101-090084. Expediente 3123-06, en el cual
recomiendan la aprobación de la concesión solicitada por IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES
INTERNACIONALES R.S.A, Con cedula jurídica 3-101-090084 Expediente 3123-06 con plano
catastrado P-2025581-2018, por un área de 12,675 metros cuadrados, cuya naturaleza es ZONA
HOTELERA/CABINAS (ZHC) según lo establecido en el Reglamento de Zonificación de la Planificación
existente en el sector. Según se detalla:
Considerando:
I. Que el solicitante, la empresa IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES INTERNACIONALES R.S.A
Expediente 3123-06 Sociedad inscrita en el Registro de personas jurídicas en el TOMO: 362;
ASIENTO: 17992, con domicilio social, Puntarenas, Cóbano, 150 mts oeste de la Delegación Policial
La Representación corresponde a su presidente STAFANO SILVESTRI COLOMBINI mayor, cedula 8-
0113-0501 y Tesorera ANA YOLANDA (nombre) ZANETTY (Apellido) cedula de residencia número
1380002315909. Y que el 92% (92) de las acciones corresponden al señor STAFANO SILVESTRI
ACTA 128-22 11/10/2022 COLOMBINI, y un 2% (2) acciones son a nombre de Ana Yolanda Zanetti. Ha cumplido satisfactoriamente con todos los trámites estipulados en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento. II. Que con fecha 17 de marzo del 2006, la sociedad denominada IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES INTERNACIONALES R.S.A Con cedula jurídica 3-101-090084 presenta ante La Municipalidad de Puntarenas una solicitud de concesión por un área de 12,675 metros cuadrados, según plano P-2025581-2018, ubicada exactamente entre los mojones número 75 y 77 del Instituto Geográfico Nacional en Mal País, Distrito de Cóbano, cantón Central, provincia de Puntarenas. III. Que el día 11 de octubre del año 2019, se realizó la Inspección de Campo, por el funcionario Municipal Greivin Carmona Rodríguez sobre la parcela que se solicita en concesión. IV. Que los linderos de esta parcela son los siguientes: NORTE: Un Espacio en Mal País. SUR: Calle Pública ESTE: CMD de Cóbano. OESTE: Calle Publica. V. Que la sociedad IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES INTERNACIONALES R.S.A aportó el plano catastrado P-2025581-2018, por un área de 12,675 metros cuadrados, cuya naturaleza es ZONA HOTELERA/ CABINAS (ZHC) VI. Que el Edicto de Ley fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 200 del 15 de octubre de 2009, concediendo los 30 hábiles para oír oposiciones, y que dentro del plazo concedido no se recibió en el Concejo Municipal del distrito de Cóbano de Puntarenas, oposición a la solicitud de concesión, visible a folios 050 y fue publicada una Fe de Erratas en el Diario Oficial La Gaceta número 179 del 28 de setiembre del 2018, visible a folios 159. ante la cual no se recibió ninguna oposición. La FE de ERRATAS corrige el área de la parcela. VII. Que la parcela solicitada en concesión se encuentra en el Sector Costero Playa Mal País, distrito de Cóbano, del cantón Central, provincia de Puntarenas, el cual fue declarado de Aptitud Turística según acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo, En sesión ordinaria de Junta Directiva Nº 6041 artículo 5, inciso V, celebrada el día 27 de agosto de 2018 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 199 del día 29 de octubre de 2018. VIII. Que se corrobora la adecuación de la parcela, su área y su uso con el Plan Regulador Sector Playa Mal País aprobado por el Instituto Costarricense de Turismo en sesión Ordinaria Nº4912, artículo 5°, inciso 13, del 19 de abril de 1999; adoptado por la Municipalidad de Puntarenas en sesión ordinaria número Nº280, del 17 de abril del 2001, artículo 3°, inciso O. por los departamentos de Urbanismo y de Planificación Territorial del Instituto Nacional de Vivienda según sesión ordinaria número 44917, artículo 4°, del 1 de setiembre de 1999 y publicado en la Gaceta Nº 158 del 20 de agosto del 2001; no presentándose oposiciones dentro del plazo de ley conferido. IX. Que el uso de la parcela será destinado a ZONA HOTELERA/CABINAS (ZHC), que representa un área de 12,675. Metros cuadrados. Según lo establecido en el Plan del Reglamento de Zonificación de la Planificación existente en el sector. X. Que existe un informe de avalúo realizado por el Ingeniero Topógrafo. Rodrigo Vásquez Quirós de la Oficina de Catastro y Valoraciones, del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, en su
ACTA 128-22 11/10/2022 calidad de Perito Valuador, resolución número CYV-RES-AV-017-2019, del 28 de noviembre del 2019, el cual da a esta parcela un valor total de Setenta y dos millones doscientos veintitrés mil quinientos setenta y cinco colones exactos (72,223,575.00) y un valor unitario por metro cuadrado de cinco mil seiscientos noventa y ocho colones (i5,698), donde el canon anual que deben pagar será la suma de Dos millones ochocientos ochenta y ocho mil y novecientos cuarenta y tres colones exactos (i2,888,943.00.), el cual corresponde al cuatro por ciento (4%), por la Zona Hotelera /Cabina (ZHC), por un área de 12,675. m2, (Visible a folios 072-077) XI. Se establece como fecha última para el pago del canon por el monto de Dos millones ochocientos ochenta y ocho mil y novecientos cuarenta y tres colones exactos (i2, 888,943.00.), el día de la firma del contrato, que se encuentra regulada en el artículo 44 del reglamento, de la ley 6043, dicho pago debe hacerse a nombre del Concejo Municipal del distrito Cóbano de Puntarenas. XII. La garantía de la ejecución del proyecto, según lo establece el artículo cincuenta y seis del Reglamento de la Ley seis mil cuarenta y tres, se fija en un cinco por ciento de acuerdo al monto tasado del valor del Proyecto a desarrollar en la parcela solicitada en concesión, el cual para este el valor del proyecto es por un monto dei160.000.000 (Ciento sesenta millones de colones 00/100), por lo que el 5% de la garantía es de i8.000.000 (ocho millones de colones exactos) el concesionario deberá iniciar la construcción del mismo en un término de 24 MESES contados a partir de la formalización de la adenda al contrato de concesión• una vez aprobado por el instituto Costarricense de Turismo. Dicho plazo podrá prorrogar, en el caso que la concesionaria demuestre fehacientemente la imposibilidad de haberse realizado en los plazos estipulados por razones de caso fortuito, fuerza mayor o por razones ajenas a su voluntad debidamente calificadas y comprobadas por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano. En cuanto a la garantía de cumplimiento, la misma será mediante depósito en bonos de garantía del Instituto Nacional de Seguros o de los bancos del Sistema Bancario Nacional. bonos del Estado o sus Instituciones; cheques certificados o de gerencia de un banco estatal, así como dinero en efectivo, mediante depósito a la orden de un banco estatal. En acatamiento del art.55 de la ley 6043.a favor del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano. El valor del proyecto es de 160.000.000 (Ciento sesenta millones de colones 00/100), por lo que el 5% de la garantía es de 8.000.000 (ocho millones de colones exactos) La vigencia de la garantía será de 26 meses en aplicación de un tercio del plazo de ejecución. En el caso de que la obra no se concluya por causas imputables al concesionario la municipalidad ejecutará la garantía conforme lo establece la ley citada si por causas de fuerza mayor el concesionario no puede cumplir con lo establecido anteriormente este deberá comunicarlo a la administración de este Concejo Municipal de Distrito y justificarla ante el concejo de concejales. XIII. En aplicación del art. 47 de la ley 6043, todo acto traslativo del derecho, debe cumplir con todos los extremos de esta ley y deberá mantener informada a la administración. Todo cambio accionario que se realizará en contravención a lo dispuesto en esta ley carecerá de toda validez. XIV. Que no consta en el expediente oposición formal a la solicitud planteada por la empresa IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES INTERNACIONALES R.S.A, además de ajustarse a las disposiciones de la Ley 6043, Ley de Zona Marítimo Terrestre. Se recomienda el otorgamiento de la concesión, por un plazo de VEINTE AÑOS. ACUERDO UNANIME
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1.4. Autorizar a la Intendencia a firmar el Contrato de Concesión”. ACUERDO UNANIME. ES
TODO. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
ACUERDO N°3
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Acoger en todas sus partes el
dictamen presentado por la comisión especial de zona marítimo terrestre y que se lea el
acuerdo tal como se indica en el mismo”. ACUERDO UNANIME Votan a favor los
Concejales Eric Salazar Rodríguez, Kemily Segura Briceño (quien asume la curul ante la
ausencia del Concejal Propietario Minor Centeno), Cristel Salazar Cortes (quien asume la
curul ante la ausencia del Concejal William Morales) y Eduardo Sánchez Segura. Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en
todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
d. ASUNTO: ADENDUM AL PROYECTO DE RESOLUCION DE IMPORTACIONES
Y EXPORTACIONES R.S.A.
DICTAMEN DE COMISIÓN (4 de octubre)
Documentos analizados para dictaminar:
2. Pase CMC-S-294-2022
3. Expediente 3123-06
4. OFICIO INT-2022-451 DE TRASLADO DEL ADENDUM
CONSIDERANDO:
I. Existe error material en el Considerando I del Proyecto de Resolución en relación a la
cantidad de acciones de la señora Yolanda Zanetty. Por lo que se modifica para que se
lea de la siguiente forma: I. Que el solicitante, la empresa IMPORTACIONES Y
EXPORTACIONES INTERNACIONALES R.S.A Expediente 3123-06 Sociedad inscrita en el
Registro de personas jurídicas en el TOMO: 362; ASIENTO: 17992, con domicilio social,
Puntarenas, Cóbano, 150 mts oeste de la Delegación Policial La Representación
corresponde a su presidente STAFANO SILVESTRI COLOMBINI mayor, cedula 8-0113-
0501 y Tesorera ANA YOLANDA (nombre) ZANETTY (Apellido) cédula de residencia
número 1380002315909. QUE el 92% (92) de las acciones corresponden al señor
STAFANO SILVESTRI COLOMBINI, y un 8% (8) acciones son a nombre de Ana Yolanda
Zanetti. Ha cumplido satisfactoriamente con todos los trámites estipulados en la Ley
sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento.
Por tanto
Dictamen de comisión
Analizada la solicitud y los documentos presentados esta comisión recomienda al Concejo:
1. Se apruebe el presente Adendum al Proyecto de Resolución de la a solicitante de Concesión
la sociedad denominada Importaciones y Exportaciones Internacionales R.S.A, con cédula
jurídica número 3-101-090084 y que el CONSIDERANDO I del Proyecto de Resolución se lea
como sigue:
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I. Que el solicitante, la empresa IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES INTERNACIONALES R.S.A
Expediente 3123-06 Sociedad inscrita en el Registro de personas jurídicas en el TOMO: 362;
ASIENTO: 17992, con domicilio social, Puntarenas, Cóbano, 150 mts oeste de la Delegación Policial
La Representación corresponde a su presidente STAFANO SILVESTRI COLOMBINI mayor, cedula 8-
0113-0501 y Tesorera ANA YOLANDA (nombre) ZANETTY (Apellido) cédula de residencia número
1380002315909. QUE el 92% (92) de las acciones corresponden al señor STAFANO SILVESTRI
COLOMBINI, y un 8% (8) acciones son a nombre de Ana Yolanda Zanetti. Ha cumplido
satisfactoriamente con todos los trámites estipulados en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre y
su Reglamento.
2. Se autorice a la Intendencia a firmar el respectivo adendum al contrato de concesión. ES TODO.
HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION
ACUERDO N°4
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Acoger en todas sus parte el
dictamen presentado por la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME
4.2. Aprobar adendum al proyecto de resolución de la Concesión de la sociedad
denominada Importaciones y Exportaciones Internacionales R.S.A, con cédula jurídica
número 3-101-090084 y que el CONSIDERANDO I de dicho contrato se lea como sigue:
I. Que el solicitante, la empresa IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES
INTERNACIONALES R.S.A Expediente 3123-06 Sociedad inscrita en el Registro de personas
jurídicas en el TOMO: 362; ASIENTO: 17992, con domicilio social, Puntarenas, Cóbano, 150
mts oeste de la Delegación Policial La Representación corresponde a su presidente
STAFANO SILVESTRI COLOMBINI mayor, cedula 8-0113-0501 y Tesorera ANA YOLANDA
(nombre) ZANETTY (Apellido) cédula de residencia número 1380002315909. QUE el 92%
(92) de las acciones corresponden al señor STAFANO SILVESTRI COLOMBINI, y un 8% (8)
acciones son a nombre de Ana Yolanda Zanetti. Ha cumplido satisfactoriamente con todos
los trámites estipulados en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre y su
Reglamento.************
4.3. Autorizar al Intendente a firmar el presente adendum de la empresa Importaciones y
Exportaciones Internacionales R.S.A”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales
Eric Salazar Rodríguez, Kemily Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del
Concejal Propietario Minor Centeno), Cristel Salazar Cortes (quien asume la curul ante la
ausencia del Concejal William Morales) y Eduardo Sánchez Segura
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
SE DISPENSA
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. OFICIO N.º INT-2022-423. ASUNTO. Presentación adendum de Proyecto de
Resolución y solicitud de autorización de firma de adendum de contrato,
ADENDUM AL PROYECTO DE RESOLUCIÓN, correspondiente a la concesión
de Zona Marítimo Terrestre de la sociedad denominada Desarrollos Costeros
del Pacifico Sociedad Anónima, Expediente número 2045-2001.
Por medio de la presente hago de su conocimiento ADENDUM de Proyecto de Resolución sobre la
correspondiente a la concesión de Zona Marítimo Terrestre de la sociedad denominada Desarrollos
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Costeros del Pacifico Sociedad Anónima, Expediente número 2045-2001, asimismo solicito se me
autorice a firmar adendum de contrato de concesión.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
b. OFICIO N.º INT-2022-495 ASUNTO: Proyecto de Resolución de Sociedad
denominada 3-102-815409, Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula
jurídica número 3-102-815409.
Por medio de la presente hago de su conocimiento Proyecto de Resolución, de la sociedad denominada
3-102-815409, Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102-815409, sobre
un terreno que consta de área de 319 metros cuadrados, cuyo uso es para Área Mixta para el Turismo y
la Comunidad (MIX) siendo el uso de Residencial de Recreo por la totalidad del área, descrita mediante
plano Nº6-2326077-2021, autorizado según lo establecido en el Reglamento de Zonificación del Plan
Regulador Integral Cabuya Montezuma. Asimismo, solicito se me autorice a firmar contrato de
concesión.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
c. OFICIO N.º INT-2022-496 ASUNTO: TRASLADO DE OFICIO N° L-ZMT-91-2022.
Por medio de la presente procedo a realizar el respectivo traslado del oficio N° L-ZMT-91-2022, mismo
en el que hace referencia como respuesta al pase realizado por la secretaria del Concejo Municipal 126-
22, artículo IX, inciso a, del 27 de septiembre del 2022, recibido por la suscrita el 5 de octubre del 2022.
PRESIDENTE. ESTE DOCUMENTO ES PARA ANALISIS DE LA COMISION A FIN DE
PODER DICTAMINAR. ELLOS LO SOLICITARON
d. OFICIO N.º INT-2022-494. ASUNTO. Proyecto de Resolución Rojas Paniagua
Doris, portadora de la cédula de identidad número 6-107-2-0470, expediente
no-3774-2017.
Por medio de la presente hago de su conocimiento Proyecto de Resolución sobre la parcela ubicada en
el Plan Regulador Integral Cabuya Montezuma, solicitada en concesión por la señora ROJAS
PANIAGUA DORIS, portadora de la cédula de identidad número 6-107-2-0470, expediente No-3774-
2017, asimismo solicito se me autorice a firmar contrato de concesión.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION ESPECIAL PERMANENTE DE ZONA
MARITIMO TERRESTRE
e. OFICIO N.º INT-2022-493. ASUNTO: Traslado de Convenio Marco de
Cooperación Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y Fundación para la
Sostenibilidad y la Equidad.
Por medio de la presente le saludo y deseo éxitos en sus funciones diarias, así mismo les solicito se deje
sin efecto el presentado mediante el oficio INT-2022-398 y tomado mediante el acuerdo CMCS391-2022,
esto por cuanto debieron de realizarse algunas modificaciones de dicho convenio antes de su respectiva
firma.
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A la vez procedo a trasladar el nuevo CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CONCEJO
MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO Y FUNDACIÓN PARA LA SOSTENIBILIDAD
Y LA EQUIDAD.
El mismo para que se conozca se apruebe y se me autorice a la respectiva firma de dicho convenio.
PRESIDENTE. DEBIDO A QUE TIENE BASTANTES CAMBIOS CON RESPECTO AL QUE
SE APROBO SE PASA A LA COMISION DE ASUNTOS JURIDICOS PARA SU ANALISIS
Y DICTAMEN.
f. OFICIO N.º INT-2022-422. ASUNTO. Presentación adendum de Proyecto de
Resolución y solicitud de autorización de firma de adendum de contrato, sobre
la parcela solicitada en concesión por Playa en Medio. Expediente número
2887-05.
Por medio de la presente hago de su conocimiento ADENDUM de Proyecto de Resolución sobre la
parcela Playa en Medio Expediente número 2887-05., asimismo solicito se me autorice a firmar
adendum de contrato de concesión.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
g. OFICIO N.º INT-2022-492. ASUNTO: ACUERDO PARA INTEGRAR A FABIO
VARGAS MONTERO A LA COMISIÓN DE NICSP.
Por medio de la presente les saludo y deseo éxitos en sus funciones diarias, así mismo procedo a
solicitarles se tome el respectivo acuerdo para integrar a un funcionario en la comisión de las NICSP,
esto en vista de que ya se había conformado, pero este funcionario, por pertenecer a un departamento
que recopila y aporta información a esta comisión.
Fabio Vargas Montero – Gestor de Cobros
Por lo tanto, le solicito se tome el respectivo acuerdo para que este funcionario sea incluido en la comisión
de las NISCP.
CONSIDERANDO:
⊃ Que mediante oficio INT-2022-492 la Intendencia solicita se incluya como miembro
de la comisión denominada NICSP al Funcionario Sr. Fabio Vargas Montero. Gestor
de cobros
ACUERDO N°9
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “nombrar en la Comisión NICSP al
funcionario Sr.
Sr. Fabio Vargas Montero. Gestor de cobros”. ACUERDO UNANIME Votan a favor los
Concejales Eric Salazar Rodríguez, Kemily Segura Briceño (quien asume la curul ante la
ausencia del Concejal Propietario Minor Centeno), Cristel Salazar Cortes (quien asume la
curul ante la ausencia del Concejal William Morales) y Eduardo Sánchez Segura.
h. OFICIO N.º INT-2022-490. ASUNTO. Adendum al Proyecto de Resolución de
Inversiones Internacionales O.P, Expediente nº 2392-04. de finca ubicada en el
plan regulador plan regulador de Playa Hermosa de Ario, y solicitud de
autorización de firma de adendum a contrato.
Por medio de la presente hago de su conocimiento el Adendum al Proyecto de Resolución, Inversiones
Internacionales O.P, expediente Nº 2392-04. De finca ubicada en el Plan Regulador Plan Regulador de
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Playa Hermosa de Ario, por modificación de sociedad anónima a sociedad de responsabilidad Limitada.
Asimismo, solicito se me autorice a firmar adendum al contrato de concesión.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
i. Favio López Chacón. OFICIO. ZMT-208-2022. Asunto: Solicitud de permiso
para la corta de 101 árboles, los cuales se localizan en la parcela concesionada
a la sociedad Monau S.A, cedula jurídica 3-101-098013.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO
TERRESTRE.
j. Melissa Jiménez. Arq. Municipal y Favio López. Intendente. OFICIO ING-202-
2022. ASUNTO. Solicitud de uso de suelo para desarrollo de Condominio de
Luis Rodolfo Acuña Monge.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION PERMANENTE DE ASUNTOS JURIDICOS.
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
a. Sr. Omar Fernández. Presidente. Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano.
ASUNTO. Solicitud de patente temporal de licores
CONSIDERANDO
Que la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano ha solicitado una patente
temporal de licores para el día 19 de noviembre del 2022
ACUERDO N°6
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Otorgar patente temporal de licores
a la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano para que explote en una feria que
realizaran el día 19 de noviembre del 2022 en el salón Los Caraos ubicado en el campo
ferial de su propiedad”. Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodríguez, Kemily Segura
Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario Minor Centeno),
Cristel Salazar Cortes (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal William Morales)
y Eduardo Sánchez Segura. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME
Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
b. Lcda. Blanca Rosa Jiménez. Directora. Escuela San Isidro. ASUNTO.
Presentación de ternas para nombramiento de Junta por vencimiento de la
anterior.
CONSIDERANDO:
Que la directora de la Escuela de San Isidro ha presentado ternas para el
nombramiento de la Junta de Educación debido a que la actual vence en los
próximos días
Que la ternas cuentan con el visto bueno del Msc. Warren Zamora Murillo.
Supervisor del circuito educativo
ACTA 128-22
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Que Indica la directora, mediante declaración Jurada, que los miembros que está
presentando No contravienen los indicado en el artículo 13 del Reglamento General
de Juntas de Educación y Administrativas. El cual textualmente dispone:
Artículo 13.-Los miembros de las Juntas desempeñarán sus cargos "Ad Honorem". Para efectos de
transparencia los miembros de la Junta no podrán ser parientes entre sí por consanguinidad o
afinidad hasta el tercer grado inclusive, ni de quien ejerza la dirección del centro educativo.
Tampoco los parientes de los miembros del Concejo Municipal, hasta el tercer grado de
consanguinidad o afinidad inclusive, podrán conformar las Juntas que le corresponde nombrar. Los
funcionarios del Ministerio de Educación Pública y de la Municipalidad podrán ser miembros de una
Junta siempre y cuando no exista un conflicto de interés por la naturaleza del puesto que
desempeñen”.
-Que las ternas cumplen con la ley de equidad de genero
ACUERDO N°7
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “7.1. “Nombrar en la junta de
Educación de la Escuela de Los Mangos de Cóbano a las siguientes personas:
• Aley Francisco Álvarez Montoya Cedula 6 0237 0106
• Glenda María Espinoza Calderón Cedula 2 0731 0102
• Kristhy Michelle Montero Madrigal Cedula 6 0446 0478
• Luis Mauricio Alvarado Jiménez Cedula 1 1330 0440
• Danelia de los Ángeles Ubeda Gonzales Cedula 155825929736. “
ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodríguez, Kemily
Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario Minor
Centeno), Cristel Salazar Cortes (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal William
Morales) y Eduardo Sánchez Segura
c. Sr. Omar Fernández. Presidente. Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano.
ASUNTO. Solicitud de patente temporal de licores
CONSIDERANDO
Que la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano ha solicitado una patente
temporal de licores para el día 05 de noviembre del 2022
ACUERDO N°8
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Otorgar patente temporal de licores
a la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano para que explote en una feria que
realizaran el día 5 de noviembre del 2022 en el salón Los Caraos ubicado en el campo
ferial de su propiedad”. Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodríguez, Kemily Segura
Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario Minor Centeno),
Cristel Salazar Cortes (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal William Morales)
y Eduardo Sánchez Segura.
d. Mcs. Ileana Boschini López. Directora de Geología y Minas. ASUNTO.
Desestimar en todos sus extremos la denuncia interpuesta por el Sr, Thoren Ingalls
Gatti contra la solicitud de permiso temporal de explotación del Rio Caño Seco.
Expediente 2018-CDP-CNE-074. SE CONOCE.
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA
ACTA 128-22 11/10/2022 ***************************************************U.L.********************************************** PRESIDENTE. Se da por finalizada la sesión al ser las dieciocho horas con cincuenta y seis minutos. Sr. Eric Salazar Rodríguez Sra. Roxana Lobo Granados PRESIDENTE SECRETARIA