Ordinaria 106 · 2022-05-10
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 106 del 2022-05-10 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 8) · unanime ACUERDO N°1 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Aprobar el plan de Capacitación presentado por el Instituto de Formación y Capacitació…
- Acuerdo 2 (pág. 9) · unanime ACUERDO N°2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle al Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local de la UNE…
- Acuerdo 3 (pág. 9) · unanime ACUERDO N°3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Recibir a las señoras: Lcda. Ruth Chinchilla Castillo asesora del Rector de la Universidad …
- Acuerdo 4 (pág. 14) · unanime ACUERDO N°4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Acoger en todas sus partes el dictamen emitido por la comisión Permanente de Asuntos J…
- Acuerdo 5 (pág. 16) · unanime · firme ACUERDO N°5 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Informar a la Procuraduría General de la Republica que el Terreno descrito en el plano 6-20…
- Acuerdo 6 (pág. 16) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°6 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “61. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 6.…
- Acuerdo 7 (pág. 20) · unanime · firme ACUERDO N°7 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “7.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 20 ACTA 106-22 10/05/2022 …
- Acuerdo 8 (pág. 21) ACUERDO Nº8 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar patente temporal de licores a la Asociación de Desarrollo Integral de Río Negro p…
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ACTA N° 106-2022
PERIODO CONSTITUCIONAL
2020-2024
ACTA NÚMERO CIENTO SEIS - DOS MIL VEINTIDOS DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA DIEZ DE
MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS A LAS DIECISIETE HORAS EN LA SALA DE
SESIONES DE ESTE CONCEJO
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Eric Francis Salazar Rodríguez.
CONCEJALES PROPIETARIOS
William Morales Castro
Manuel Ovares Elizondo a.i.
Kemily Rebeca Segura Briceño
Carlos Mauricio Duarte Duarte.
CONCEJALES SUPLENTES
INTENDENTE
Sr. Favio López Chacón
ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Eduardo Sánchez Segura.
Minor Centeno Sandi
CONCEJALES SUPLENTES
Cristel Gabriela Salazar Cortes
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
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ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO I. ORACION
A cargo de la Lcda. Rosibeth Obando.
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 105-22 la cual es ratificada en todas sus
partes.
b. Se somete a ratificación el acta extraordinaria 23-22 la cual se ratifica en todas sus
partes.
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
a. Se recibe para su debida juramentación a los señores:
Karelys Henríquez Arguello. cedula 155825782910
Rosa Angela Azofeifa Morales cedula 1 1165 0744
Yosdara Shamy Pavon Picado cedula 8 121 608
Rolando Vargas Solano cedula 1 1065 037
Zenón Quesada Muñoz cedula 9 061 499
Laurent David Bermúdez Chavarria cedula 7 192 652
Los cuales fueron nombrados en asamblea de Vecinos de la Comunidad de Santa Fe, como
miembros del comité de caminos de la comunidad, de lo cual adjuntan copia del acta en la
cual constan las firmas de los 28 asistentes a la asamblea.
El Presidente Municipal Sr. Eric Salazar Rodriguez les agradece el gesto de querer
colaborar con la comunidad formando parte de este comité tan importante y Procede a la
juramentación según el juramento estipulado en el artículo 194 del Código Municipal que
dice:
-¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la República,
y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? ... -si así lo hicieres, Dios os ayude, y si no, Él y
la Patria os lo demanden”. Una vez juramentados los señores se retiran.
b. Se recibe para su debida juramentación a los señores:
Juan Carlos Castrillo Sibaja cedula 6 0385 0898
Clara Adilia Castrillo Atencio cedula 6 0118 0986
Iris Yecxenia Segura Fallas cedula 6 0395 0083
Aydalina del Carmen Oporta Rodriguez cedula residencia 155816949917
Carlos Roberto Sánchez Sequeira cedula residencia 155813786625
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Quienes fueron nombrados como miembros de la Junta de Educación de la Escuela
Confederación Suiza de la comunidad de Florida en la sesión ordinaria número 104-2022
del día veintiséis de abril del 2022. Procede a la juramentación el Presidente Municipal Sr.
Eric Salazar Rodriguez, quien les agradece su participación en la junta y su disposición a
trabajar por el bien de la escuela y sus hijos, les juramenta según lo estipulado en el artículo
194 del Código Municipal que dice:
-¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la República,
y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? ... -si así lo hicieres, Dios os ayude, y si no, Él y
la Patria os lo demanden”. Una vez juramentados los señores se retiran.
c. Se recibe a las Lcdas. Geraldine Chaves. Coordinadora Territorial. Pacifico
Central. Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local y
Laura Vásquez Campos Promotora Servicios Técnicos y Financiamiento.
IFAM
PRESIDENTE. les da la bienvenida y concede el espacio que requieran para su
presentación
GERALDINNE. Agradece el espacio concedido
Ustedes nos conocen
A nivel nacional ofrecemos
Tenemos dos sectores o territorios a los que hemos denominado prioritarios, en estos
ofrecemos lo mismo, pero más personalizados, también atendemos sus necesidades o
solicitudes mas específicamente
Para Cobano y a solicitud de don Favio con quien hemos estado en contacto tenemos la
siguiente oferta, ya se contrataron los profesionales, solo nos queda por definir grupos y
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horarios porque será bimodal y cuando vengamos a las presenciales no podemos sacar a
todo el personal, deberá ser por grupos
Otra oferta que tenemos para todo el país es la siguiente:
También contamos con la
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Es muy importante se aproveche la oportunidad de ser Territorio prioritario, en este caso
ustedes tienen capacitaciones bimodales y de acuerdo a lo que han solicitado
También les informo que La asesora del Rector desea venir y reunirse con ustedes y don
Favio el día 19 de mayo
Les recuerdo que hay chat donde les estoy enviando la información de las capacitaciones
y de las matrículas.
LCDA. LAURA VASQUEZ
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FAVIO. En la gestión de enlazar IFAM –GIZ que tipo de resultados han tenido
LAURA. Con GIZ si se tiene buena relación
FAVIO. es que nosotros tenemos un proyecto que tiene varios años de estar impulsándose,
ellos habían empezado con un sello, el BID había aprobado una cantidad de dinero había
un expectativa para iniciar el último semestre del año pasado luego dijeron que el primer
trimestre de este año, ahora parece que al diseño hay que hacerle más cosas y parece
que la licitación no va a llegar, en lo personal ya agote mi paciencia y lo que quisiera es
tener una mesa de diálogo para entender si finalmente vamos a llegar al 2024 sin proyecto
y si es así no quisiera esperar a que suceda me parece grosero que la gente espere tanto
años y ha sido un podo de eso con la GIZ
LAURA, me gustaría conocer un poco mal el nombre del proyecto para informarme mejor y
ver a que instancias internas podemos recurrir para establecer un enlace con ellos
FAVIO. El caso cochinilla paralizo muchas cosas y los recursos del BID también cuando
revisaron que no tenían nada que ver en teoría lo activaron. La voy a poner en contacto con
el ingeniero con el ingeniero de la unidad técnica
MANUEL. Me llamo la atención cuando menciono proyectos a través del IFAM como por
ejemplo un relleno sanitario o un alcantarillado, que ayudan con los anteproyectos y el
proyecto
LAURA. Los proyectos de rellenos sanitarios es una situación bien compleja
WILLIAM. Se podría un relleno entre varias municipalidades
LAURA. Si
WILLIAM. Aquí se ha hablado de hacerlo en Jicaral para los tres distritos y Nandayure
LAURA. No es solo buscar el sitio es otra serie de asuntos alrededor. También damos
capacitaciones pedirles que en la medida de lo posible participen porque lo que se trata es
de actualizarlos en diferentes temas, todavía son virtuales
PRESIDENTE. Darles las gracias a la dos por tomarse el tiempo de venir hasta aquí
GERALDINNE. Nosotros si requerimos un acuerdo sobre la propuesta de capacitación y si
tienen un requerimiento especial, un espacio como conversatorio, una inspección etc. Nos
lo hacen saber.
Así como don Favio pidió esa capacitación especial y ya se le contrato los profesionales
para darla esto por ser territorio prioritario, ustedes si quieren algún curso o capacitación
me lo hacen saber
WILLIAM. Antes mencionamos el proyecto de cantonato
FAVIO. Es importante porque eso estuvo cinco años, pero hay que volverlo a presentar y
es muy sencillo Paquera ya lo hizo y Lepanto lo está terminando para presentarlo. El tema
del pleito tonto de la pertenencia ya está bastante aclarado.
Las señoras Chávez y Vásquez se retiran
CONSIDERANDO:
© Que se ha conocido el programa de capacitación elaborado por el Instituto de
Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local de la UNED para el Distrito
de Cobano dentro del programa denominado territorio prioritario
© Que la capacitación obedece en parte a las necesidades que la Intendencia indico
tener y requería resolver
ACUERDO N°1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Aprobar el plan de Capacitación
presentado por el Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local de la
UNED para el Territorio Prioritario Cóbano”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los
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Concejales Eric Salazar Rodriguez, Manuel Ovares Elizondo, Kemily Segura Briceño (quien
asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario Minor Centeno Sandi), Carlos
Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario
Eduardo Sánchez Segura) y William Morales Castro
a.1. CONSIDERANDO:
♥ Que una de las prioridades del Concejo Municipal de Distrito de Cobano es poder
lograr convertir al distrito en un cantón.
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle al Instituto de Formación
y Capacitación Municipal y Desarrollo Local de la UNED su acompañamiento metodológico
a fin de lograr un conversatorio con la Comisión de Asuntos Municipales y Participación
Ciudadana de la Asamblea Legislativa, sobre el tema del proyecto de cantonato de
Cobano”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodriguez,
Manuel Ovares Elizondo, Kemily Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del
Concejal Propietario Minor Centeno Sandi), Carlos Mauricio Duarte Duarte (quien asume la
curul ante la ausencia del Concejal Propietario Eduardo Sánchez Segura) y William
Morales Castro
a.2.CONSIDERANDO:
♥ Que la asesora del Rector de la Universidad Estatal a Distancia Lcda. Lcda. Ruth
Chinchilla Castillo visitará el distrito el día 19 de mayo y desea una reunión con el
Sr. Intendente y los Concejales
ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Recibir a las señoras: Lcda. Ruth
Chinchilla Castillo asesora del Rector de la Universidad Nacional, Alexandra Gómez
Hernández. Jefa de la sede de la UNED de Jicaral y Geraldine Chaves. Coordinadora
Territorial. Pacifico Central en sesión extraordinaria el día 19 de mayo a las trece horas
en punto, en la sala de sesiones de este Concejo”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los
Concejales Eric Salazar Rodriguez, Manuel Ovares Elizondo, Kemily Segura Briceño (quien
asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario Minor Centeno Sandi), Carlos
Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario
Eduardo Sánchez Segura) y William Morales Castro
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
a. PRESIDENTE. En este espacio quiero, debido a que hay que presentar de nuevo el
proyecto de cantonato, reestructurar la comisión porque como hay que empezar de
nuevo de cero no porque hay mucho echo, pero si con nuevos aires. Quiero nombrar
a los Concejales
William Morales Castro,
o Carlos Mauricio Duarte Duarte,
o Kemily Segura Briceño y Manuel Ovares Elizondo
y como asesores a los señores:
o Lcda Rosibeth Obando Loria,
o Favio López Chacón
o Dunia Campos Salas
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KEMLY. ¿Una consulta Ronny no pertenecía a esta Comisión?
PRESIDENTE. Si había como tres mas
KEMILY. ¿Y ya él no quiere más?
PRESIDENTE: Vamos a dejarlo ahí en cualquier momento si se ocupara se puede nombrar
a alguien mas
KEMILY. Él es una buena pieza y ha trabajado mucho en esa comisión
ERIC. Vamos a esperar a que se aclare lo que está pasando
PRESIDENTE. Vamos a un receso de cinco minutos para que la secretaria vaya a buscar
un documento a la oficina
REGRESAMOS
SECRETARIA. Les recuerdo que el viernes es la asamblea de la FECOMUDI los
representante deben asistir o por lo menos justificar su ausencia
MANUE. Yo informe que no podía ir pero si don Favio dan el transporte talvez pueda
intentarlo
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
a. COMISION PERMANENTE DE ASUNTOS JURIDICOS
En reunión sostenida por la comisión permanente de Asuntos Jurídicos el día diez de
mayo del año dos mil veintidós , en oficinas del Concejo , presentes los miembros Eric
Salazar y William Morales Castro se tomó el siguiente:
DICTAMEN DE COMISION
ASUNTO:
Documentos analizados para poder dictaminar:
1. Pase CMC-S-126-2022
2. Proyecto de Reglamento Municipal para regular el Funcionamiento y el Cobro del
Servicio de Aseo de Vías, Limpieza de sitios públicos y zonas verdes del Distrito
de Cobano
Considerando:
Que se analiza Reglamento Municipal para regular el funcionamiento y el cobro del servicio
de aseo de vías, limpieza de sitios públicos y zonas verdes del Distrito de Cobano, que se
detalla a continuación:
PROYECTO DE REGLAMENTO MUNICIPAL PARA REGULAR EL FUNCIONAMIENTO Y EL COBRO DEL
SERVICIO DE ASEO DE VÍAS, LIMPIEZA DE SITIOS PÚBLICOS Y ZONAS VERDES DEL DISTRITO DE
COBANO
En uso de las facultades conferidas en el artículo 169 de la Constitución Política; artículos 60, inciso
c) y 69 de la Ley Orgánica del Ambiente; el artículo 8, inciso e) de la Ley para la Gestión Integral de
Residuos; el artículo 13, inciso c) y 83, 84 y 85 del Código Municipal, y La Ley General de Concejos
Municipales de Distrito No. 8173.
Artículo 1.- Objeto: El presente Reglamento tiene por objeto establecer las regulaciones para la
organización y el funcionamiento del servicio de aseo de vías, limpieza de sitios públicos y zonas
verdes del distrito de Cóbano, así como las obligaciones de los usuarios.
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Artículo 2.- Alcance. Este Reglamento será de aplicación obligatoria para todos los usuarios y
beneficiarios que reciban el servicio descrito en el presente reglamento.
Artículo 3.- Definiciones: Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:
a) Usuario y beneficiario: Toda persona física o jurídica que se beneficie del servicio.
b) Concejo: Se refiere al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.
c) Contribuyente: Persona física o jurídica propietaria de un inmueble quien por tal condición está
obligada al pago de la tasa que cobra el municipio por los servicios indicados en este reglamento.
d) Cordón y caño: Obra civil superficial construida al borde de la acera, cuya finalidad es la
conducción de las aguas pluviales.
e) Costo: Suma de todos los conceptos de gastos requeridos para la prestación eficiente de los
servicios indicados en este reglamento, donde se incluye los gastos por servicios personales y no
personales, materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones, gastos
administrativos y utilidad para el desarrollo del sistema.
f) Frente real a vía pública: Son las medidas oficiales en metros lineales de los límites de cada
inmueble que colindan con las vías públicas, de conformidad con el plano catastrado debidamente
inscrito ante el Catastro Nacional y a carencia de plano se tomará de referencia la medida física del
inmueble.
g) Tasa: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial
de un servicio público individualizado en el contribuyente, y cuyo producto no debe tener un destino
ajeno al servicio que constituye la razón de ser de la obligación.
Artículo 4.- Del servicio: Las actividades que corresponden a esta tarifa son las siguientes:
a) Limpieza o barrido del cordón y caño.
b) Limpieza de cajas de registros de aguas pluviales en las rutas que se brinda el servicio de aseo de
vías, incluye la sustitución de parrillas.
c) Limpieza de lotes públicos propiedad del Concejo por cualquier situación jurídica, exceptuando
salones comunales, plazas deportivas, cocinas comunales, infraestructura deportiva.
Artículo 5.- Dependencia responsable: Corresponderá al Departamento de Gestión Ambiental del
Concejo a través de su profesional a cargo y personal de campo, llevar a cabo la prestación de dicho
servicio y el ejercicio de las actividades indicadas en el artículo anterior, sin perjuicio de que en el
cumplimiento de esas tareas requiere de la coordinación con otras dependencias del Concejo.
Artículo 6.- Tasa: Por los servicios indicados en este reglamento se cobrará una tasa, distribuida
entre los propietarios o poseedores por cualquier título de bienes inmuebles de conformidad que
se establezca en la Ley y/o estudio tarifario correspondiente.
Artículo 7.- En caso de servidumbre: El cobro correspondiente al ancho de una servidumbre se
distribuirá proporcionalmente con los propietarios beneficiados de ésta.
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Artículo 8.- La base para el cálculo del cobro de la tasa por el servicio de Limpieza de vías será el
frente a vía pública del inmueble beneficiado:
a) En los casos de propiedades con más de un frente, se cobrará con base en la cantidad de metros
lineales sobre los cuales se presta en forma efectiva el servicio.
b) En el caso del Centros Comerciales o similar, se cobrará dividiendo la medida de los frentes a vía
pública entre el número de locales y/o apartamentos, siempre y cuando existan varios dueños o
poseedores de un título de posesión dentro del mismo inmueble.
Artículo 9º-El modelo tarifario (*) que se empleará para el servicio de aseo de vías, limpieza de sitios
públicos y zonas verdes es el siguiente:
Ecuación 1: 𝐶𝐶𝐶𝐶 = 𝐶𝐶𝐶𝐶 + 𝑈𝑈𝑈𝑈 Simbología:
CT: Costo total
𝐶𝐶𝐶𝐶
Ecuación 2: 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹 = CE: Costo efectivo
𝐼𝐼
UD: Utilidad para desarrollo
Ecuación 3: 𝐶𝐶𝐶𝐶𝑚𝑚 =
𝑉𝑉𝑉𝑉𝑉𝑉×𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹 FPB: Factor de ponderación base
𝑚𝑚𝑚𝑚
I: Imponible (suma de valor de los bienes
Ecuación 4: ����𝑚𝑚 = ∑ 𝐶𝐶𝐶𝐶𝑚𝑚
𝐶𝐶𝐶𝐶 inmuebles donde se prestará el servicio)
𝑛𝑛𝑐𝑐 ����
𝐶𝐶𝐶𝐶𝑚𝑚 : Costo base promedio por metro
Ecuación 5: ����𝑚𝑚 × 𝑚𝑚𝑚𝑚)
𝑃𝑃𝑃𝑃𝑃𝑃 = ∑(𝐶𝐶𝐶𝐶 CBm: Costo base por metro
VBI: Valor del bien inmueble
Ecuación 6: 𝐹𝐹𝐹𝐹 =
𝐶𝐶𝐶𝐶 mL: Metro lineal frente al bien inmueble
𝑃𝑃𝑃𝑃𝑃𝑃
nc: Número de bienes inmueble por clase
Ecuación 7: ������𝑚𝑚 = 𝐹𝐹𝐹𝐹 × ����
𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶 𝐶𝐶𝐶𝐶𝑚𝑚 PIB: Proyección de ingreso base
FA: Factor de ajuste
Ecuación 8: 𝑇𝑇𝑇𝑇 = ������
𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝑚𝑚 × 𝑚𝑚𝑚𝑚 ������𝑚𝑚 : Costo base promedio ajustado por metro
𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶
𝑇𝑇𝑇𝑇 TA: Tarifa Anual
Ecuación 9: 𝑇𝑇𝑇𝑇 = TT: Tarifa Trimestral
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𝑉𝑉𝑉𝑉𝑉𝑉 RP: Relación de proporción (definición de clases)
Ecuación 10: 𝑅𝑅𝑅𝑅 = 𝑉𝑉𝑉𝑉𝑉𝑉𝑚𝑚𝑚𝑚𝑚𝑚 : Valor del bien inmueble mínimo
𝑉𝑉𝑉𝑉𝑉𝑉𝑚𝑚𝑚𝑚𝑚𝑚
(definición de clases)
Tabla para definición de clases previo a la aplicación de la Ecuación 4:
Clase RP Observación
1 2 > RP RP es menor que 2
2 2 ≤ RP < 3 RP mayor o igual que 2 y menor que 3
3 3 ≤ RP < 5 RP mayor o igual que 3 y menor que 5
4 5 ≤ RP RP es mayor o igual que 5
* El presente modelo tarifario fue creado por el Gestor Ambiental y el Administrador Tributario y Financiero, no podrá
ser reproducido sin la aprobación del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, 1/4/2022.
Artículo 10.- Obligaciones: Con el fin de garantizar el buen estado de los sistemas pluviales
superficiales como el cordón de caño, los usuarios tendrán las siguientes obligaciones:
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a) Garantizar que las rampas de acceso vehicular a predios, construidas desde el cordón de caño, no
constituyan un cuello de botella producido por el uso de tubería con diámetros inadecuados para
tal fin; cumpliendo además con los establecido en la Ley 7600 referente a la construcción de aceras
y rampas.
b) Dar mantenimiento a las zanjas, canales a cielo abierto o acequias no administradas consideradas
como colectores pluviales que atreviesen sus propiedades, a fin de eliminar la vegetación, los
sedimentos o los desechos que disminuyan su cauce y puedan ser causantes de desbordamiento.
c) Dar aviso al Concejo en el momento que se visualice o presuma una situación de peligrosidad
relacionada con árboles de gran altura y/o con peligro inminente de caída o arbustos con densidad
importante del follaje que dificulten la visibilidad para conductores o peatones, o puedan señalar
otras situaciones de inseguridad ciudadana.
Artículo 11.- Prohibiciones: Estará prohibido a los usuarios del servicio de aseo de vías y sitios
públicos:
a) Realizar descargas de aguas residuales en la vía pía pública.
b) Depositar residuos sólidos en el cordón y caño de los sitios donde se presta el servicio.
c) Realizar cualquier tipo de construcción sobre el sistema pluvial superficial, que le pueda ocasionar
daño, o que dificulten las labores de inspección, limpieza, mantenimiento y reparación.
d) Provocar por cualquier medio, taponamientos o desbordamientos del sistema pluvial superficial.
e) Construir sistemas de tuberías de evacuación pluvial o pasos de acceso a predios sobre cordón y
caño, sin la previa autorización del Concejo, en los sitios donde se presta el servicio.
f) Colocar materiales de construcción, escombros u objetos similares, sobre el cordón y caño, de tal
manera que obstaculicen el paso adecuado de la escorrentía pluvial superficial.
Artículo 12.- Aprobación y vigencia: Las tarifas relativas al servicio de aseo de vías, limpieza de sitios
públicos y zonas verdes, serán autorizadas por el Concejo, y entrarán a regir treinta días después de
su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Artículo 13.- Normas y leyes complementarias: En todo lo no previsto en este Reglamento, se
aplicarán supletoriamente las disposiciones del Código Municipal, el Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, la Ley de Cobro Judicial, la Ley General de la Administración Pública, la
Ley General de Caminos Públicos, la Ley General de Salud, la Ley de Aguas, la Ley de Construcciones
y su reglamento, el Plan Regulador aplicable, y cualquier otra ley o reglamento relacionado con el
tema.
Por tanto:
Una vez analizado el PROYECTO DE REGLAMENTO MUNICIPAL PARA REGULAR EL
FUNCIONAMIENTO Y EL COBRO DEL SERVICIO DE ASEO DE VÍAS, LIMPIEZA DE SITIOS PÚBLICOS Y
ZONAS VERDES DEL DISTRITO DE COBANO, esta comisión recomienda al honorable Concejo
Municipal de Distrito de Cobano lo siguiente:
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Recomendación N°1. Se apruebe en todas sus partes el PROYECTO DE REGLAMENTO
MUNICIPAL PARA REGULAR EL FUNCIONAMIENTO Y EL COBRO DEL SERVICIO DE ASEO DE VÍAS,
LIMPIEZA DE SITIOS PÚBLICOS Y ZONAS VERDES DEL DISTRITO DE COBANO el cual es de suma
importancia y vendría a ayudar a la administración a fin de poder limpiar y embellecer
nuestro distrito. ACUERDO UNANIME. ES TODO
MANUEL. Esto incluye las rondas y descuajes
WILLIAM. Se asume porque habla de mantenimiento de áreas verdes
FAVIO. Existe un reglamento para descuajes,. Este es un servicio que se da en las áreas
urbanas donde hay asfalto y hay que establecer el costo del servicio
ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Acoger en todas sus partes el
dictamen emitido por la comisión Permanente de Asuntos Jurídicos y Aprobar PROYECTO
DE REGLAMENTO MUNICIPAL PARA REGULAR EL FUNCIONAMIENTO Y EL COBRO
DEL SERVICIO DE ASEO DE VÍAS, LIMPIEZA DE SITIOS PÚBLICOS Y ZONAS
VERDES DEL DISTRITO DE COBANO.***
4.2. Solicitarle a la Administración su pronta publicación en el diario La Gaceta como
Proyecto de Reglamento indicando Fecha, horario, oficina y correo electrónico en el cual
se pueden presentar las oposiciones o comentarios al mismo”. ACUERDO UNANIME Votan
a favor los Concejales Eric Salazar Rodriguez, Manuel Ovares Elizondo, Kemily Segura
Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario Minor Centeno
Sandi), Carlos Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal
Propietario Eduardo Sánchez Segura) y William Morales Castro
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
a. Lcda. Rosibeth Obando. OFICIO ALCC-10-2022. Asunto: Solicitud de
Criterio
Por medio de la presente me permito saludarlos, y a la vez dar respuesta al acuerdo número: CMDCS
111 – 2022, tomado en la sesión ordinaria número: 101 – 22, artículo XI, inciso a, del día 05 de Abril
del 2022, con respecto a la nota enviada por parte de la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano
en relación a la solicitud de exoneración del monto correspondiente a los festejos 2022 y al monto
correspondiente a los festejos del 10 al 14 de marzo de 2022 para lo cual procedo a indicar a este
honorable Concejo Municipal lo siguiente:
No es posible que este Concejo Municipal exonere a la Asociación de Desarrollo de Cobano de este
impuesto, dado que es un impuesto que por Ley ha sido establecido y asimismo Reglamentado,
veamos al respecto lo que indica el Reglamento para la Aplicación del Impuesto sobre Espectáculos
Públicos, en su artículo 1° y 3° lo siguiente :
Artículo 1°—Constituye hecho generador de la obligación, la presentación o el ingreso a toda clase
de espectáculos públicos y diversiones no gratuitas, tales como cines, teatros, circos, carruseles,
salas de juegos electrónicos, de patinaje, juegos movidos por máquina de tracción mecánica o
animal, máquinas tragamonedas, exposiciones y presentaciones deportivas de todo tipo excepto
las mencionadas en el artículo 100 de la Ley No. 7800 de 30 de abril de 1998, toda función,
representación de tipo artística, musical y/o bailable, que se haga en vivo o utilizando
reproductores de audio y/o video en discotecas, salones de baile, gimnasios, u otros lugares
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destinados o no al efecto, así como cualquier otra actividad que pueda calificarse como
entretenimiento, diversión o espectáculo, en los cuales se cobre cuota de ingreso, entendiéndose
por la misma los montos que se cancelen por consumo mínimo, barra libre, admisión consumible,
derecho de admisión y similares.
Artículo 3°-Son contribuyentes de este impuesto las personas físicas o jurídicas propietarias,
arrendatarias y/o usuarias de los locales dedicados a la presentación de los espectáculos y
diversiones indicados en el artículo 1°, y las personas físicas o jurídicas, que contraten la
presentación en Costa Rica de espectáculos y diversiones, de carácter nacional o internacional,
aún cuando realicen su actividad eventualmente.
Son responsables solidarios:
) Los empresarios que permanentemente explotan el negocio de espectáculos públicos, cuando
hayan cedido a título oneroso, el uso o disfrute eventual de las instalaciones a un tercero que va
a continuar su explotación.
b) Los dueños de locales, lotes o terrenos, cuando a título oneroso lo ceden eventualmente para
la realización de diversiones o espectáculos-públicos gravados.
c) Los apoderados, directivos y/o representantes de toda persona física o jurídica obligada a pagar
este tributo, serán responsables en lo personal, por las acciones o las omisiones establecidas en la
Ley de Espectáculos Públicos y en este Reglamento. Tal responsabilidad no se presume, y por
tanto, está sujeta a la debida demostración.
Conforme a la normativa indicada tenemos que el hecho generador de estas actividades son los
Festejos populares donde se realizaron y realizaran actividades bailables y corridas de toros las
cuales no han sido gratuitas, esos cobros dieron y dan nacimiento a la obligación tributaria, por
concepto del pago, ya que al existir este cobro es porque se está produciendo una ganancia a
favor de quienes lo organizan, por tal razón este Concejo Municipal no puede exonerar un impuesto
ya establecido por Ley.
PRESIDENTE: Pero es una asociación de desarrollo no es un privado es público y comunal,
están exonerados y tienen un fin comunal
LIDA. OBANDO. Ese cobro es un impuesto y por ley no se puede exonerar, pero ustedes
se pueden apartar de mi criterio
FAVIO. si no existe jurisprudencia que respalde para exonerar hay que consultar a la
procuraduría
KEMILY. Si no está claro debemos investigar el asunto.
LIC. OBANDO. Se puede hacer la consulta, pero también me voy a apoyar en los
compañeros que manejan las finanzas porque es un impuesto, de que firma yo puedo
exonerar un impuesto, las ADI son exonerados de ciertos impuestos, pero este es un
impuesto
PRESIDENTE. Se puede hacer consulta a la procuraduría para que sea más ágil que la
haga la administración y enfáticamente indicando que son una asociación de desarrollo
integral.
LIC. OBANDO, Se requiere un criterio legal para consultar y ese impuesto tiene ley y
reglamento y dice que el no pago genera responsabilidad
PRESIDNETE. Pero en personas jurídicas privadas no una ADI
LIC. OBANDO. Ya en el 2013 la ADIC había pedido que les diera tiempo para pagar ese
impuesto y la Lcda. Francil les dijo que no podían realizar otro evento sin cancelar los
anteriores
PRESIDENTE. SE DA POR CONOCIDO EL CRITERIO DE LA LICDA. ROSIBETH
OBANDO SOBRE LA EXONERACION SOLICITADA POR LA ADIC DEL PAGO DE
IMPUESTOS DE ESPECTACULOS PUBLICOS Y SE LE SOLICITA AL INTENDENTE
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REALIZAR CONSULTA A LA PROCURADURIA A FIN DE VER QUE INDICAN AL
RESPECTO. Y SI NO SE PUEDE SE LES ENVIA COPIA DEL CRITERIO DE LA
PROCURADURIA
b. LIC. OBANDO. Traigo para su conocimiento oficio DAA OFI-712-2022 de la
Procuraduría General de la Republica dirigido a mi persona ya ustedes en la cual
me solicitan informar si el terreno descrito con plano 6-2067829-2018 corresponde
a un inmueble de este Concejo ( este terreno corresponde a la plaza de Cabuya)
Se los traigo para que la respuesta salga de ustedes y tenga más peso
PRESIDENTE. Es una información posesoria de la Asociacion la cual la inicie yo hace
mucho tiempo el terreno ahí descrito es la plaza de futbol de Cabuya que ha estado por
más de sesenta años en uso comunal eso es lo que hay que contestar. No tiene título por
eso el trámite de la información posesoria y parte de ese inmueble está dentro de zona
marítimo terrestre y el plan regulador lo está dejando como área comunal
CONSIDERANDO:
→ Que mediante OFICIO DAA OFI-712-2022 la procuraduría general de la Republica
consulta a la Asesora Legal y a este Concejo si el terreno descrito con plano 6-
2067829-2018 corresponde a un inmueble de este Concejo. Lo anterior dentro del
trámite de información posesoria promovido por la Asociacion de Desarrollo Integral
de Cabuya
ACUERDO N°5
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Informar a la Procuraduría General
de la Republica que el Terreno descrito en el plano 6-2067829-2018 no es propiedad ni está
en administración de este Concejo Municipal de Distrito, el mismo corresponde a la plaza
de futbol de la comunidad de Cabuya que ha estado por más de sesenta años en uso
comunal, en donde parte de este inmueble se encuentra dentro de la zona marítimo
terrestre y dentro del Plan Regulador Integral Cabuya –Montezuma calificado como área
comunal. ACUERDO UNANIME Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodriguez,
Manuel Ovares Elizondo, Kemily Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del
Concejal Propietario Minor Centeno Sandi), Carlos Mauricio Duarte Duarte (quien asume la
curul ante la ausencia del Concejal Propietario Eduardo Sánchez Segura) y William Morales
Castro
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. Ing. Rodrigo Vásquez. Profesional Responsable y Favio López. Intendente.
OFICIO N°INT-2022-201. Asunto: Solicitud de autorización y aprobación para envió
al Instituto Costarricense de Turismo (ICT) y al Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanismo (INVU) el ajuste y rectificación de la lámina de zonificación y reglamento
del Plan Regulador Costero de Anexo Punta Barrigona
CONSIDERANDO
o Que la Intendencia ha presentado el oficio INT-2022-201 firmado por Favio López
Intendente y por el Ing. Rodrigo Vásquez Quiros como profesional responsable,
correspondiente al ajuste y rectificación de la lámina de zonificación y reglamento
del Plan Regulador Costero Anexo Punta Barrigona
ACUERDO N°6
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “61. Dispensar del trámite de
comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
6.2. Aprobar los ajustes y rectificación de la lámina de zonificación y Reglamento del Plan
Regulador Costero de Anexo Punta Barrigona, tal como se detalla a continuación”
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De conformidad con lo dispuesto en el capítulo 14, incisos 14.5 al 14.13 sobre ajustes y
rectificaciones del Manual para la Elaboración de Planes Reguladores Costeros en la Zona
Marítimo Terrestre, publicado en el Alcance Digital Nº139 del diario oficial La Gaceta N°135,
del día 14 de julio del 2021, el Departamento de Zona Marítimo Terrestre, realizó ajustes
parciales y rectificaciones técnicas a la lámina de zonificación y vialidad, así como el
reglamento del Plan Regulador Costero de Anexo Punta Barrigona, el cual fue aprobado por
el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) en Sesión Nº 4869, artículo 5, inciso 11, celebrada
el 27 de octubre de 1998. Aprobado por la Dirección de Urbanismo del Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo (INVU) para su publicación en Gaceta en fecha de 20 de setiembre
de 2004. Aprobado por la Municipalidad de Puntarenas en Sesión Nº 177, celebrada el 19
de abril de 2004. Publicado en la Gaceta Nº 192 del 01 de octubre del 2004. Plan regulador
ubicado en la provincia de Puntarenas, cantón Central, distrito de Cóbano, en Playa Punta
Barrigona, en las siguientes coordenadas:
Los ajustes y rectificaciones realizados se apegan a lo establecido en el artículo 14 del
Manual para la Elaboración de Planes Reguladores Costeros en la Zona Marítimo Terrestre,
a continuación, se detalla la justificación general y técnica de estos ajustes:
1. Justificación general
La lamina del plan regulador costero Anexo Punta Barrigona, tuvo su aprobación inicial por
parte del Instituto Costarricense de Turismo (ICT), el 27 de octubre de 1998. Como es lógico
deducir, fue elaborado aproximadamente hace 23 años. Dentro de este plazo, se ha visto la
necesidad de actualizar y por ende modernizar el plan regulador costero Anexo Punta
Barrigona. Ya que fue elaborado por medio de técnicas analógicas con grandes
imprecisiones, las que han sido reemplazas por métodos digitales más precisos como los
Sistemas de Información Geográficos (SIG). Este desface de tecnologías en el presente plan
regulador, hace que trabajar con él en forma digital sea complicado e impreciso, ya que, al
escanearse la lámina física original, se distorsiona y pierde proporciones. Esto se hace
visible, cuando se analizan las coordenadas geográficas indicadas en la lámina del plan
regulador vigente, las cuales no coinciden con las coordenadas reales del sitio, quedando
en evidencia el desfase que se presenta en la georreferenciación de la lámina.
Además, por distintos factores de desarrollo en la zona, ha sido necesario actualizar la
vialidad del plan regulador costero Anexo Punta Barrigona e incluir una mayor cantidad de
zonas de parqueo público, para que este sector turístico se encuentre dotado de una mejor
infraestructura para el visitante y el habitante que disfrute de las playas, comprendidas
dentro del área de influencia del plan regulador costero Anexo Punta Barrigona.
Otra razón que motiva el presente ajuste y rectificación, ha sido reajustar los límites del
plan regulador, los cuales se traslapan o por el contrario dejan restos de áreas que no se
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encuentra incluida en ninguna de las láminas vecinas. Los límites del presente plan
regulador, se han ajustado de conformidad con los terrenos que están solicitados en
concesión, para evitar los inconvenientes de dejar solicitudes con porciones de terreno
separadas por dos planes reguladores. Además, se ha procedido a rectificar los límites de
los diferentes usos de suelo, para que los mismos sean conformes con la realidad del sitio.
Otro aspecto incluido en el actual ajuste y rectificación, ha sido incluir las áreas de
Patrimonio Natural del Estado (PNE), en el actual ajuste y rectificación. Esto de acuerdo con
la última y vigente certificación de PNE, certificación ACT-PNE-003-2018. Para que, en
adelante la lámina del plan regulador, incorpore este importante elemento ambiental.
Por último, se ha decidido realizar ajustes al reglamento del plan regulador, con el fin de
subsanar algunas ambigüedades del mismo, indicar usos más pertinentes con el desarrollo
actual del territorio y homogenizar los reglamentos de los planes reguladores que
segmentan la Zona Marítimo Terrestre, en varios pequeños planes reguladores.
2. Justificaciones específicas de los ajustes y rectificaciones efectuadas a la lámina
del plan regulador costero Anexo Punta Barrigona
2.1. Zona de Protección de Quebrada entre mojones 36 y 37
Se ha procedido a reajustar la Zona de Protección de Quebrada, en vista de que ahora se
cuenta con la información geográfica, suministrada por el Ministerio de Ambiente y Energía
(MINAE), en la cual se detalla el trazado de la quebrada sin nombre que da origen a dicha
zona de protección. A la vez, se procede a reajustar la Zona Hotelera, adyacente a la Zona
de Protección de Quebrada.
2.2. Zona Residencial Recreativa frente a mojón 36
Debido a la afectación producida por el PNE en este sector, se define una Zona Residencial
Recreativa dentro del polígono irregular que quedó fuera de dicha afectación de PNE. La
certificación ACT-PNE-003-2018, dejo libre un espacio, que con al lamina vigente, está
ocupado por una mezcla de Zona Residencial Recreativa, Zona de Cooperativa y Zona de
Protección. Por lo que para un mejor aprovechamiento se ha reubicado la Zona de
Protección y la Zona de Cooperativa, dejando solo el espacio para la Zona Residencial
Recreativa.
2.3. Zona Residencial Recreativa frente a mojón 34
Se ha procedido a ubicar una Zona Residencial Recreativa frente al mojón 34, esto para ser
consecuente con el actual uso del terreno, donde se encuentran dos viviendas residenciales.
2.4. Zona Hotelera entre mojones 30 y 34
Se establece una Zona Hotelera entre los mojones 30 y 34. En vista de que existe una
concesión con una gran demasía de área, misma que resulta factible para explotación
turística. El terreno actualmente se encuentra en estado verde y posee un área de 14892
m², concesionados bajo el folio real 6-1932-Z-000. Los limites de la zonificación se han
ajustado a los límites existentes del terreno actual.
2.5. Zona de Cooperativa en dirección a mojón 29
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Se ha reubicado la Zona de Cooperativa, que se ha visto afectada por la certificación de PNE,
esta Zona de Cooperativas se ha ubicado a un costado de la calle pública principal, en un
espacio que actualmente está siendo utilizado parcialmente por el Instituto Costarricense
de Electricidad (ICE).
2.6. Zona de Protección entre mojones 29 y 30
En vista de la presencia de una importante capa vegetal en este sitio y una nota presentada
en fecha del 26 de agosto de 2016, donde se indica que la zona ha sido reforestada y que
cuenta con la presencia de una variedad de fauna, se ha tomado la decisión de establecer
una Zona de Protección, que permita mantener este ecosistema que se ha formado a través
de los años. Así mismo, se ha restringido más la longitud de la calle publica definida en el
plan regulador vigente y se ha extendido más el sendero peatonal. Esto con la intención de
mitigar el impacto sobre esta zona de protección, sin privar de acceso a la Zona Pública a
los visitantes y habitantes del área de influencia del presente plan regulador.
2.7. Martillo y parqueo entre mojones 24 y 25
Se conserva la calle pública definida en el plan regulador vigente, sin embargo, en el plan
regulador, está calle no contaba con un elemento de retorno, es por esta razón que se le ha
definido un martillo y además un pequeño espacio de estacionamiento, para mejorar la
infraestructura vial del sitio, para una mayor comodidad a quién visita este sector turístico.
2.8. Zona de Protección de Quebrada suprimida entre mojones 22 y 24
Se ha eliminado la Zona de Protección de Quebrada, que se indica en el plan regulador
vigente como “cárcava”, esto debido a que una cárcava no tiene características de quebrada
o de río. En el sitio no se ve la presencia de un flujo de agua, además que no se encuentra
clasificada en la información de ríos y quebradas, tanto en el Instituto Geográfico Nacional,
como en la información suministrada por el MINAE (capa vectorial y mapas de PNE).
2.9. Zona de Protección suprimida entre mojones 21 y 22
A razón de que existe una certificación de Patrimonio Natural del Estado, la cual valora la
zona de influencia del plan regulador y en general, toda la zona marítima del distrito, de
acuerdo a sus características naturales, clasificándolos en bosque, humedal, manglar y
actitud forestal, de acuerdo al criterio del Sistema Nacional de Áreas de Conservación
(SINAC). Se ha procedido a eliminar dicha Zona de Protección, en vista de que se cuenta con
la certificación de PNE, la cual valora las condiciones de protección de una forma más
precisa y oportuna, clasificándolas como patrimonio natural del estado. No se omite indicar
que la incorporación del PNE a la lámina de este plan regulador, ha sido uno de los motivos
para llevar a cabo la rectificación y ajuste del plan regulador. Al suprimirse esta Zona de
Protección, las zonificaciones adyacentes con ésta se amplían y extienden hasta cubrir las
áreas previamente ocupadas por esta Zona de Protección.
2.10. Zona Restringida entre mojones 21-30 y mojones 35-38
Se determina una diferencia con el límite de la Zona Restringida definida en el plan
regulador vigente y el limite calculado por medio de sistemas de información geográfica. En
vista de que, el sistema de información geográfico es un mecanismo más preciso y
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ampliamente usado para el cálculo de este tipo de límites, se ha zonificado la porción de
área de acuerdo a la zonificación adyacente existente en el plan regulador vigente.
En vista de estos cambios efectuados es que solicitamos a este honorable Concejo la
autorización y aprobación para envió al Instituto Costarricense de Turismo (ICT) y al
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) el ajuste y rectificación de la lámina de
zonificación y reglamento del Plan regulador costero Anexo Punta Barrigona. Votan
afirmativamente los Concejales Eric Salazar Rodriguez, Manuel Ovares Elizondo, Kemily
Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario Minor
Centeno Sandi), Carlos Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del
Concejal Propietario Eduardo Sánchez Segura) y William Morales Castro. Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO
4.3. Autorizar a la Administración para que remita al Instituto Costarricense de Turismo
(ICT) y al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) los ajustes y rectificación de
la lámina de zonificación y Reglamento del Plan Regulador Costero Anexo Punta Barrigona,
para su respectiva aprobación para la audiencia pública”. Votan afirmativamente los
Concejales Eric Salazar Rodriguez, Manuel Ovares Elizondo, Kemily Segura Briceño (quien
asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario Minor Centeno Sandi), Carlos
Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario
Eduardo Sánchez Segura) y William Morales Castro. Se somete a votación la aplicación
del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el
anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO
b. Favio López. Intendente y coordinador Dpto. Recursos Humanos y Diego
Céspedes Nuñez. Técnico Recursos Humanos. OFICIO. RH-038-2022.
ASUNTO. AJUSTE SALARIAL 2022
Reciban un cordial saludo, la presente es para hacer de su conocimiento que se encuentra vigente
el Ajuste salarial por el costo de la Vida (IPC) para este I semestre del 2022.
Por este motivo se les solicita, muy respetuosamente, aprobarlo de acuerdo al 2.52% según el IPC
del I semestre del 2022. Adjunto Información emitida por la Señora Paola Marchena Baltodano,
Asesora de la CAM de la Unión Nacional de Gobiernos Locales.
De ser aprobado dicho Ajuste Salarial por el Costo de Vida (IPC) el mismo será pagado retroactivo
desde enero de 2022 y se deberán realizar las modificaciones Presupuestarias respectivas para
poder pagar el Ajuste salarial.
FAVIO. En todas las municipalidades ya habían previsto un reajuste salarial nosotros no
entonces tendríamos que aprobarlo y buscar fondos para hacer una modificación
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido oficio RH-038-2020 del Depto. de Recursos Humanos en el cual
indican que se encuentra vigente el ajuste salarial por el costo de la vida (IPC) para este
primer semestre del 2022 y solicitan la aprobación del mismo.
Que indican que si es aprobado el mismo será pagado de forma retroactiva desde enero
del 2022 y se deberán realizar las modificaciones presupuestarias respectivas para poder
pagar el ajuste salarial
ACUERDO N°7
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “7.1. Dispensar del trámite de
comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
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7.2. Aprobar la solicitud realizada por la administración mediante Oficio RH-038-2022 y
aprobar el ajuste salarial de un 2.52% por el costo de la vida (IPC) para este primer
semestre del 2022, según lo indicado por la CAM de la UNGL en oficio 005-DTTIMC-PM-
2022. ACUERDO UNANIME. Votan afirmativamente los Concejales Eric Salazar
Rodriguez, Manuel Ovares Elizondo, Kemily Segura Briceño (quien asume la curul ante la
ausencia del Concejal Propietario Minor Centeno Sandi), Carlos Mauricio Duarte Duarte
(quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario Eduardo Sánchez Segura)
y William Morales Castro.
c. Con la maquina municipal se está atendiendo algunas emergencias en Manzanillo,
caminos que no tenían lastre, también en el sector de San Ramon de Ario a Cobano.
Mañana se van a rellenar con cemento los huecos de la cuesta de Montezuma por
Delicias, lo más peligrosos
Se le dio orden de inicio a la empresa que va a realizar la intervención en la entrada
de Playa Hermosa en teoría inician mañana y se está terminado con el cuneteado
de San Isidro para dejar concluida la etapa de los characoles y entrada a las brisas
y esperando la aprobación del extraordinario para contar con más recursos para
continuar invirtiendo en estas rutas tan importantes
Terminando estas emergencias estaríamos interviniendo algunas en Rio Frio y la
Menchita y Santa Fe
Los fondos para atender todo global están en el extraordinario ahorita son puntos
específicos
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
a. Luis Emilio Montoya Cruz. ASUNTO. Solicitud de inspección a calle El Bosque en
Santa Teresa, ubicada del hotel Selina hacia la montaña, frente a hotel Nautilus, las
aguas de lluvia que bajan de la montaña inundan los lotes debido a que la boca la
alcantarilla de 30 pulgadas por donde debería bajar el agua se encuentra aterrada
PRESIDENTE. se da pase a la administración
b. Manuel Ovares Elizondo. Presidente. Asociacion de Desarrollo Integral de Rio
Negro. ASUNTO. Solicitud de patente temporal de licores
CONSIDERANDO:
Que la Asociación de Desarrollo Integral de Río Negro ha solicitado patente
temporal de licores para explotar en el salón multiuso de la comunidad en una feria
que realizarán los 30 y 31 de julio del dos mil veintidós.
ACUERDO Nº8
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar patente temporal de licores
a la Asociación de Desarrollo Integral de Río Negro para explotar en una feria que realizaran
los días 30 y 31 de julio del 2022 en el salón multiuso del lugar, con un horario de 11.30
a.m. a 2.30 a.m. cada día”. Votan afirmativamente los Concejales Eric Salazar Rodriguez, ,
Kemily Segura Briceño (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal Propietario
Minor Centeno Sandi), Carlos Mauricio Duarte Duarte (quien asume la curul ante la
ausencia del Concejal Propietario Eduardo Sánchez Segura) y William Morales Castro.
Se abstiene de votar el Concejal Manuel Ovares por ser el presidente de dicha asociación
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
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MANUEL. En la ruta 160 camino a rio negro colocaron una alcantarilla pero agarraron casi
una via y está en vuelta, Además esa ruta está sumamente deteriorada, yo quisiera una
reunión con el MOPT
FAVIO. La ruta 160 y la 624 se mandó correo solicitando se atienda, y esto de la
alcantarilla también se va a trasladar al CONAVI
MANUEL. Me dijeron que un día de estos andaba a una gente en el sector del rio negro
paso a Santiago, que me puede decir para informar a la comunidad
FAVIO. Si es que se están haciendo las valoraciones para el puente.
MANUEL Con respecto al cuello de la alcantarilla del paso Rio Negro la Menchita usted
me dijo que le iba a dar órdenes al ingeniero
FAVIO Él no ha ido a reunirse con ustedes
MANUEL. NO. Hace un tiempo Rossy se comprometió aquí con poner al día las plazas
¿qué ha pasado con eso?
LICDA OBANDO. Con respecto a la de Florida estoy en espera de un documento para
continuar con el proceso. La de Cabuya es del pueblo, Montezuma y Mal País están en
zona publica y Rio Negro en propiedad privada
MANUEL, La gente de Rio Negro se metió en el proceso sucesorio de esa propiedad. A
ver en que nos pueden ayudar.
WILLIAM- A la asada de Delicias le están donando un terreno para hacer un pozo pero no
tiene calle publica
ERIC. Las asadas pueden escriturar, usted hace la segregación del lote más la
servidumbre de agua
**********************************U.L.***************************************
PRESIDENTE. Al ser las diecinueve horas con cincuenta y ocho minutos se cierra la
sesión. Buenas Noches
Sr. Eric Francis Salazar Rodriguez Sra. Roxana Lobo Granados
PRESIDENTE SECRETARIA
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