Ordinaria 103 · 2022-04-19
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 103 del 2022-04-19 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 13) · unanime ACUERDO N°1 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger el dictamen de la comisión permanente de asuntos jurídicos y aprobar en todas sus pa…
- Acuerdo 2 (pág. 14) · unanime · firme ACUERDO N°2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME y FIRME 2.…
- Acuerdo 3 (pág. 25) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 3.…
- Acuerdo 4 (pág. 31) · unanime · firme ACUERDO N 4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 4.…
ACTA 103-22
19/04/2022
ACTA N° 103-2022
PERIODO CONSTITUCIONAL
2020-2024
ACTA NÚMERO CIENTO TRES - DOS MIL VEINTIDOS DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA DIECINUEVE DE
ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS A LAS DIECISIETE HORAS EN LA SALA DE
SESIONES DE ESTE CONCEJO
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Eric Francis Salazar Rodríguez
CONCEJALES PROPIETARIOS
William Morales Castro
Carlos Mauricio Duarte Duarte.
Minor Centeno Sandi
Manuel Ovares Elizondo
CONCEJALES SUPLENTES
Kemily Rebeca Segura Briceño
Cristel Gabriela Salazar Cortes
INTENDENTE
Sr. Favio López Chacón
ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Eduardo Sánchez Segura.
CONCEJALES SUPLENTES
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo
el orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO I. ORACION
A cargo del Concejal Minor Centeno Sandi
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 102-22 la cual se ratifica en todas sus partes.
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b. Se somete a ratificación el acta extraordinaria 22-2022 la cual se ratifica en todas sus
partes.
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
a. Se recibe a los señores Elieth Arias Solano y Lic. Raúl Babar Amiguetty
PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra
LIC. RAUL BABAR. Agradece el espacio e indica que ya tuvo una reunión con el Sr. Intendente y
el objetivo de esta solicitud de audiencia es sensibilizar sobre una resolución que tomo este
Concejo de reservar para área comunal el espacio donde se ubica el hotel El Capitán y que a
ocupado por más de 45 años la familia de doña Elieth y a veces cuando se toman este tipo de
acuerdos no se conocen los antecedentes o no se tienen todos los elementos para entender las
consecuencias que un acuerdo de este tipo pueda tener. Quiero plantearles la revisión de este
acuerdo. Existe esa expectativa legal y no veo a la Licda. Castillo que el otro día me corrigió con
respecto a la expectativa de derecho. Que el Concejo se reservara tres derechos es loable desde
la perspectiva si se tiene la intención de que sirvan para parques o para cuidar la naturaleza y el
bien común. NO obstante esta parcela en particular se ubica en lo que llamaría la milla de oro de
Montezuma en la L frente a la soda el artesano su vocación por donde se le quiera ver es comercial
y mide 225 m2 . con una parcela otorgada en su momento. El quitárselos sin indemnizar esa
expectativa de derecho de reconstruir de desarrollar el turismo le va a afectar su posibilidad de
retiro y tener una vejez digna, el efecto que pueda tener es terrible y otro elemento y algo que
repito y lástima que no esté la Lcda. Castillo analizando el asunto sin ver otros elementos
puntuales y viendo que en el 2018 presenta la solicitud para concesión y hace seis meses le
archivan pro falta de movimiento cuando el último movimiento que hizo doña a Elieth fue pagarle
a un ingeniero para ir preparando las cosas que le indico la municipalidad que tenía que hacer y
nadie le ha notificado lo contrario. Hay una serie de situaciones que afectan a doña Elieth quien es
una contribuyente y que merece se le tena la consideración correspondiente. Si nos vamos a la
vía legal esto es terrible y ustedes tienen todo el tiempo del mundo y las herramientas disponibles
pero en el fondo lo que ustedes buscan es el bien y que ese lugar no sea un basurero yo cometí
un error Y le pedí a doña Elieth que limpiara echara dos vagonetadas de tierra para tapar un hueco
claro sin permiso y eso hizo que inmediatamente llegaran los inspectores a realizar su trabajo.
Pero si lo hubiera dejado abierto los tanques sépticos hubieran generado un mosquero tremendo.
Y me disculpo por eso. NO se hizo ninguna construcción. Solo una limpieza completa del lugar
Lo que queremos es pedirles que le permitan a doña Elieth reconstruir el hotel que le permita tener
un sustento y tener una vejez digna y que este sea un lugar atractivo. La forma en que está
redactado el acuerdo no permite darle el terreno en concesión a nadie más, porque se podría dar
una desviación de poder. Dejar ese espacio para zona publica existiendo a los cincuenta metros
un parque abandonado y eso no va a beneficiar a nadie. Pero tal como está si después lo
concesionan a un tercero seria nefasto. Haría bien el Concejo en reconsiderar este acuerdo
Ustedes están haciendo una gran labor entonces para que quitarle a doña Elieth el derecho y dejar
una mancha innecesaria en esta gestión.
ELIETH. Llegue a este lugar cuando aún no había ni electricidad, nos dieron permiso de construir,
pero luego no me dieron oportunidad a arreglar lo que se iba destruyendo, eso especialmente a
mí. Yo siempre lo he respetado todo y pagado los impuestos, los demás si construyen, hasta el
ministerio de salud me dijo que me esperara a que me dieran la concesión para arreglarlo, se fue
deteriorando y me decían que me lo iban a votar y del mismo miedo de estar ahí porque podía
pasar entonces deje una persona ahí y fue cuando destruyo todo
ERIC. Ya los escuchamos es un tema que hay que estudiarlo aquí hoy no podemos decirles nada.
Vamos a pedir los criterios legales correspondientes.
LOS SEÑORES SE RETIRAN
ROSIBETH El viene para que el Concejo reconsidere y haga revisión de acuerdo, pero es el que
debe presentar la revisión del acuerdo
FAVIO. En este caso el Concejo actuó bien. NO todo lo que el dice es cierto.
ARTICULO IV. MOCIONES
SE DISPENSA
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ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
PRESIDENTE. Voy a nombrar como Asesoras de la Comisión Especial Permanente de Zona
Marítimo Terrestre a las Sras. Lcda. Aralyn Villegas Ruiz, asesora legal del Depto. de ZMT y a la
Licda. Ericka Castillo coordinadora a.i. del Dpto. de ZMT. Estas asesoras son muy importantes
para el buen funcionamiento de la comisión
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
a. COMISION PERMANENTE DE ASUNTOS JURIDICOS
En reunión sostenida por la comisión permanente de Asuntos Jurídicos e el día diecinueve de abril del año
dos mil veintidós , en la sala de sesiones del Concejo , presentes los miembros Eric Salazar y William
Morales Castro se tomó el siguiente:
DICTAMEN DE COMISION
ASUNTO: PLAN MANEJO DE AGUAS RESIDUALES
Documentos analizados para poder dictaminar:
1. Pase CMC-S-096-2022
2. Manual de aguas residuales presentado por la comisión de aguas residuales
Considerando:
-Que se analiza el Plan del Manejo de Aguas Residuales en el Distrito de Cobano con énfasis en
la zona costera de Manzanillo, Hermosa, Carmen, Santa Teresa y Malpaís elaborado por la comisión GIAR
(Comisión integral de Aguas Residuales), el cual se detalla:
Diagnóstico de la Situación del Manejo de Aguas Residuales en el Distrito de Cóbano con énfasis en la
zona costera de Manzanillo, Hermosa, Carmen, Santa Teresa y Malpaís
el cual se detalla:
Diagnóstico de la Situación del Manejo de Aguas Residuales en el Distrito de Cóbano con énfasis en la
zona costera de Manzanillo, Hermosa, Carmen, Santa Teresa y Malpaís
Elaborado por: Comisión GIAR (Gestión integral de aguas residuales del Distrito de Cóbano)
Fecha: marzo 2022
Introducción:
Contexto geográfico, climático y de recursos hídricos del distrito de Cóbano:
El distrito de Cóbano se ubica en la Región Pacífico Norte la cual tiene una extensión geográfica de 11,216
km2 y representa el 22% del territorio nacional, compuesta por los once cantones de la provincia de
Guanacaste y los tres distritos peninsulares Cóbano, Paquera y Lepanto que son parte del cantón Central
de la provincia de Puntarenas los cuales representan el 10% del territorio con 1,075 Km2.
El Pacífico Norte es la zona más cálida del país y la que presenta las precipitaciones más bajas, en las últimas
décadas, el Pacífico Norte se ha visto afectado por fuertes variaciones en la temperatura y precipitación y
en la presencia, cada vez más frecuente, del fenómeno ENOS. En el 2014 tuvo lugar un evento de déficit de
lluvias que golpeó fuertemente el Pacífico Norte, hasta el primer semestre del 2016. Esta sequía fue la peor
que ha sufrido Costa Rica desde 1930, según el Instituto Meteorológico Nacional (La Nación, 2015). La
disminución de la lluvia no fue el único problema, sino también cambios en su distribución. Dado el régimen
hídrico de menor disponibilidad que caracteriza la zona, aunado a las afectaciones provenientes de la
variabilidad climática, un incremento en la demanda hídrica, achacable a la transformación productiva que
ha experimentado la región, sin que se hayan realizado las inversiones en infraestructura hídrica de
aprovechamiento y saneamiento que permitan manejar la oferta.
El distrito de Cóbano se ubica en la cuenca hidrográfica Península de Nicoya la cual se extiende desde el
cantón de La Cruz en la parte más norte hasta el distrito de Cóbano abarcando toda la zona costera, esta
cuenca presenta el menor volumen de agua concesionado en la región, pero el mayor número de
concesiones, con un volumen por concesión bajo, siendo el turismo y el consumo humano los principales
usos. En la cuenca Península de Nicoya, la demanda también supera a la oferta, iniciando desde el mes de
noviembre a abril, siendo este último mes el de mayor escasez (un déficit 49 hm3).
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En esta cuenca es donde se tiene mayor compromiso en los meses de mayo a agosto pues la demanda
tiende a acercarse peligrosamente a la oferta. En el escenario de años con Niño estos meses son deficitarios.
Así mismo, si la estimación de usos ilegales se aproxima al 30%, la oferta disponible tiende a igualarse a la
demanda. En esta cuenca el principal uso del agua es el consumo humano, por lo que el impacto de una
sequía repercute directamente sobre las fuentes de agua potable y, en consecuencia, con impactos directos
en el acceso a las personas.
La principal fuente de agua en esta cuenca son los acuíferos (67%), sin embargo, se da un uso ilegal del agua
de dos formas principales con concesionarios legales que usan más agua de la autorizada y extracción de
pozos y aguas superficiales por usuarios sin concesión.
En Cóbano se ubican 2 acuíferos costeros Ario y Cóbano-Montezuma, las características de los acuíferos
costeros es que son pequeños, con poco potencial y muy susceptibles a intrusión salina, lo cual los califica
con un alto nivel de vulnerabilidad, con el consecuente riesgo de sobreexplotación y pérdida.
Datos de población:
Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos de Costa Rica (INEC), el distrito de Cóbano tiene una
población residente de 7.494 habitantes (Censo, 2011). Este dato no está desagregado a nivel de localidad,
pero a partir de los datos cartográficos del Sistema Nacional de Información Territorial de Costa Rica (SNIT)
(SNIT, 2017), el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) y los levantamientos de campo, se estima
que la población residente de Santa Teresa es de 3.099 habitantes, a lo que habría que agregar una
población flotante de 3.575 personas. (BID y NPWK, 2021). Así mismo, al año 2020, según datos del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano, la población total del distrito es de 11.784 personas.
Abastecimiento de agua para consumo en Cóbano:
El abastecimiento del agua en gran parte del distrito está a cargo del Instituto Costarricense de Acueductos
y Alcantarillados (AyA) en el centro de Cóbano y en la zona costera de Manzanillo a Malpaís mediante el
acueducto Ario-Malpaís”, el cual inició con un abastecimiento de 976 servicios en 2015 y con una proyección
de beneficiar 10.700 habitantes al año 2030. Al año 2021, se cuenta en total con 951 usuarios domiciliares
y 186 comerciales, la fuente de agua de este acueducto son 3 pozos ubicados en la comunidad de Bajos de
Ario de donde se extrae un caudal de 42l/s al 2021. En el distrito otra parte importante del abastecimiento
está a cargo de ASADAS en las comunidades de Montezuma, San Isidro, Delicias entre otras.
Cantidad de permisos de construcción que se otorgan:
En el distrito existe una alta demanda de permisos de construcción que demandarán más uso de agua
provocando una generación cada vez mayor de aguas residuales que requerirán un adecuado tratamiento.
En la siguiente tabla se observan los datos de permisos de construcción otorgados por el Concejo Municipal
de Distrito de Cóbano en los últimos 4 años (2018-2021), exceptuando obras como calles, movimientos de
tierra, muros y tapias, parqueos, aceras y adoquinados, donde se observa que la comunidad con el mayor
crecimiento acumulado de permisos es Santa Teresa con 266, seguido de San Isidro con 124 y Cóbano centro
con 98.
Tabla 1: Permisos de construcción distrito de Cóbano 2015-2020.
Comunidad 2018 2019 2020 2021 Total Porcentaje
Bajos de
1 0 1 1 3 0,26%
Ario
Bello
4 1 6 8 19 1,62%
Horizonte
Betel 1 1 2 0 4 0,34%
Bijagua 2 1 1 1 5 0,43%
Cabuya 23 16 9 33 81 6,92%
Cóbano 29 23 25 36 113 9,66%
Delicias 22 12 25 49 108 9,23%
Esperanza 0 4 0 0 4 0,34%
Florida 0 1 0 0 1 0,09%
Hermosa 15 11 18 15 59 5,04%
La Abuela 4 0 7 9 20 1,71%
La Menchita 5 1 5 4 15 1,28%
La
7 4 7 6 24 2,05%
Tranquilidad
Las Parcelas 4 2 0 0 6 0,51%
Los Mangos 8 7 17 16 48 4,10%
Mal Pais 17 14 9 24 64 5,47%
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Manzanillo 1 3 2 5 11 0,94%
Montezuma 12 10 13 13 48 4,10%
Playa
3 7 4 3 17 1,45%
Carmen
Pura Vida 0 1 0 2 3 0,26%
Rio Negro 10 3 8 8 29 2,48%
San Isidro 51 27 9 37 124 10,60%
San Ramón
1 1 0 0 2 0,17%
de Ario
Santa
1 4 1 2 8 0,68%
Clemencia
Santa Fe 2 0 3 0 5 0,43%
Santa
70 60 62 74 266 22,74%
Teresa
Santiago 6 2 7 12 27 2,31%
Tambor 2 2 4 8 16 1,37%
Tango Mar 7 2 0 0 9 0,77%
Villas del
0 0 0 3 3 0,26%
Mar
Otro 0 3 1 24 28 2,39%
Total 308 223 246 393 1 170 100,00%
Porcentaje 26,30% 19,10% 21,00% 33,60% 100,00% 26,3%
Disposición de aguas residuales:
A nivel nacional el 76% de las viviendas utilizan como técnica de disposición el tanque séptico y drenaje; sin
embargo, en la región Chorotega a la que pertenece Cóbano, el uso del tanque séptico es de un 91%, siendo
la región de planificación en la que un mayor porcentaje de la población utiliza esta solución de
saneamiento, es también la segunda región con menor porcentaje de población cubierta por alcantarillado
sanitario: únicamente un 6% de las viviendas.
Según datos que se desprenden del estudio “Diagrama de Flujo de Lodos Fecales en Santa Teresa de
Cóbano” realizado por Nicoya Peninsula Waterkeeper (NPWK) en conjunto el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID) en 2021, en Santa Teresa no existe un sistema de alcantarillado sanitario, la mayor parte
de la población está servida por sistemas de saneamiento in situ (88,6%), mayoritariamente algún tipo de
tanque (séptico o de fondo abierto no impermeables), letrinas en unos pocos hogares, algunas Plantas de
Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) de uso propio que poseen determinados locales turísticos (10,4%)
e inodoros que descargan a “no sabe dónde” (1%).
El resultado final del diagrama de flujo mostró que el 32% de las excretas manejadas de manera no
adecuada proviene de lodos fecales no llevados a tratamiento (27%), y otras fuentes como lodos fecales o
aguas residuales que no son contenidos ni tratados (5%). (BID y NPWK, 2021).
El 68% de las excretas gestionadas de forma adecuada procede de: aguas residuales llevadas a tratamiento
y tratadas en PTAR propias (9%); lodos fecales contenidos, pero no vaciados de los sistemas in situ como
tanques sépticos, tanques con fondo abierto y letrinas (41%) y lodos fecales de dichos sistemas in situ que
son llevados a tratamiento y tratados (18%). (BID y NPWK,2021).
Con respecto al manejo de las aguas grises, se mantiene la práctica de verterlas directamente a un drenaje
y no al tanque séptico contrario a lo que indica la legislación nacional. Este drenaje es por lo general uno
distinto al drenaje del tanque séptico, pero en ocasiones puede ser el mismo. Los materiales utilizados en
los drenajes son piedras y geotextil al fondo, aunque los consultados manifestaron no usarlos, hay quienes
utilizan plásticos o llantas en los drenajes. (BID y NPWK,2021).
Aunado a esto, en cuanto a condiciones de saneamiento, persisten inequidades que se presentan
principalmente en los llamados “caseríos” los cuales son propiedades privadas que son arrendadas a
personas de escasos recursos pero que no cuentan con las condiciones óptimas de vivienda digna por las
condiciones de hacinamiento en que habitan las personas. Estos caseríos tienen sistemas de saneamiento
precarios, pues en estas zonas, aunque cuenten con alguna solución básica de saneamiento como tanques
sépticos, estos usualmente no funcionan de manera correcta pues reciben aguas de más personas que para
las que fueron concebidos; además, por lo general, se ubican en sitios donde no es accesible la entrada de
un camión cisterna para el vaciado de lodos. Ocurre también un inadecuado manejo de las aguas residuales
“grises o jabonosas” que son usualmente dispuestas directamente al suelo o un cuerpo de agua. (BID y
NPWK,2021).
ACTA 103-22 19/04/2022 No existe un monitoreo que permita conocer cuál es el estado actual de los sistemas de saneamiento de la zona, especialmente de los tanques sépticos y drenajes instalados. No se encuentran registrados en ningún sistema de información de alguna institución competente, por lo tanto, no es posible conocer cuál es el estado actual de los sistemas instalados, ni tampoco existe control alguno sobre si se realiza el vaciado de los lodos fecales y asegurar que este vaciado se dé de manera segura y que permita completar el ciclo del saneamiento. (BID y NPWK, 2021). Existe una amplia variedad de problemas con sistemas de tratamiento que son ineficientes, que están mal diseñados, o que fueron diseñados para un caudal inferior al que están recibiendo lo que provoca su saturación; además de la instalación de estos sistemas en lugares de alta fragilidad por los: niveles freáticos altos en la zona marítimo terrestre, así como la cultura del no tratamiento de aguas grises por considerar estas aguas inofensivas. Las características geográficas de algunas zonas, aunado a su alta densidad poblacional proveniente del auge turístico y comercial genera que se agrava la problemática como en la zona de Playa Carmen y cerca de las Quebradas Danta y Carmen. Por lo tanto, la contaminación de aguas residuales en esta comunidad es significativa. Hay presencia de malos olores, estancamiento de aguas residuales en vías públicas o propiedades privadas con aguas ajenas y afectación en los ecosistemas en ríos de la zona. Manejo de lodos sépticos: El manejo de lodos sépticos es esencial para el adecuado funcionamiento de los tanques sépticos, sin embargo, en muchos casos en los hogares no se realiza la limpieza correspondiente, otros lo hacen de manera incorrecta contratando el servicio a camiones cisternas que no están debidamente inscritos ante el Ministerio de Salud y que disponen los lodos de manera ilegal en terrenos privados o cuerpos de agua generando una gran contaminación. Se han presentado también casos de lodos sépticos dispuestos como residuos sólidos ordinarios para que la Municipalidad los recolecte en sus camiones, lo cual genera un riesgo importante para los colaboradores debido a la alta carga microbiológica de patógenos que contienen estas bolsas con lodos que se rompen al colocarse en los camiones recolectores. Existen alrededor de 15 compañías privadas que ingresan a la zona para ejercer la actividad de vaciar los lodos fecales provenientes de los sistemas de saneamiento in situ en el área, de estas se encontraron 5 que manifestaron hacerlo con el permiso otorgado por el Ministerio de Salud (BID y WK, 2021c). Es destacable que ninguna de estas 5 empresas tiene su sede en la zona, sino que provienen de otras zonas, recorriendo grandes distancias para recolectar los lodos fecales. Todas prestan servicios de vaciado de tanques sépticos, trampas de grasa y plantas de tratamiento en hogares, hoteles, hostales, restaurantes y casas de alquiler. Los camiones de las empresas registradas recorren 204 km de media por viaje (la distancia varía entre 160- 270 km). Estos camiones realizan un determinado número de viajes a la zona, variando entre menos de una vez y tres veces por mes, siendo una vez por mes lo más frecuente. Además, suelen estar un día o, como mucho, dos días en la zona recolectando los lodos (BID y WK, 2021c). Esta situación genera que los costos de contratar estos servicios formales sean altos y muchas personas prefieren no pagarlos y contratar empresas ilegales. En el caso de estas empresas registradas, se espera que los lodos fecales recolectados sean llevados a tratamiento a una planta de tratamiento de lodos fecales (PTLF) o PTAR. En el caso de los vaciadores manuales y de empresas/particulares no registrados por el Ministerio de Salud, los lodos fecales suelen ser vertidos sin tratar en arroyos, ríos, caminos o directamente en el suelo (BID y WK, 2021). Las empresas encuestadas manifestaron que los lodos recolectados se llevan a una PTAR en donde son tratados: en el cantón central de la provincia de Alajuela, o los cantones de Carrillo, Liberia o Santa Cruz de la provincia de Guanacaste (BID y WK, 2021c). Sin embargo, al consultar con las gerencias de las PTAR mencionadas, se comprobó que solamente 1 de las 5 empresas está actualmente ingresando a la zona y efectivamente llevando los lodos a una PTAR (BID y WK, 2021). Esta problemática de los lodos fecales que no se llevan a tratamiento, especialmente los que provienen de los vaciadores manuales y de empresas/particulares no registrados en el Ministerio de Salud, se suman al impacto de vertidos directos de aguas residuales no tratadas, también a aquellos tanques sépticos que se encuentran a nivel del mar cuyo sistema de drenaje puede estar viéndose afectado por el alto nivel freático de la zona, o bien algunos tanques que no cuentan con un fondo sellado pueden estar infiltrando materia fecal generando impactos negativos en los ecosistemas acuáticos de la zona. Esto se ha comprobado por los muestreos en distintas fuentes de agua superficial donde se ha reportado contaminación por coliformes fecales en varias quebradas y en las Playas Malpais, Carmen, Santa Teresa y Manzanillo, lo cual se detalla más adelante. Sistemas de tratamiento de aguas residuales:
ACTA 103-22 19/04/2022 Las plantas de tratamiento son sistemas más avanzados y efectivos para el tratamiento de aguas residuales domiciliarias o comerciales. En el distrito de Cóbano, no hay sistemas administrados por los entes operadores de acueductos el AyA o las ASADAS; las PTAR inscritas son privadas correspondientes a condominios o comercios. Estos sistemas de tratamiento tienen la obligación de cumplir con el Reglamento de Vertido y Reusó de Aguas Residuales Nº 33601 y, por ende, de presentar de manera periódica reportes operacionales (RO) ante el Área Rectora de Salud Peninsular donde demuestran la calidad del agua que están tratando y devolviendo a la naturaleza. Actualmente hay 20 entes generadores incluidos en el ARS Peninsular,19 activos y 1 inactivo. De ellos, 14 o el 70% del total son de Cóbano: 1 porqueriza, 2 servicentros, 7 hoteles, 3 condominios y 1 restaurante. Para la construcción de estos sistemas deben entregarse vistos buenos de ubicación de estas PTAR. En el 2021, se entregaron 45 vistos buenos de ubicación (VBU) para plantas de tratamiento y de lo que se lleva del 2022 se han revisado 14 VBU.U. “En los hogares y locales turísticos que tienen una PTAR propia para tratar las aguas residuales, el tratamiento consiste en un tratamiento aerobio de tipo lodos activados o de lecho fijo. La variación en los sistemas depende de la compañía constructora, usándose diferentes sustratos en los tanques de aireación como películas o celdas plásticas. Suelen estar construidas semi-enterradas y tratan el agua hasta la reutilización. Adicionalmente, existen humedales artificiales o “biojardineras” que se utilizan para tratar aguas grises. Estos humedales se ubican en sitios donde las aguas negras se tratan aparte en PTARs o solamente con tanques sépticos.”(BID y NPWK,2021). Sistema de alcantarillado sanitario y planta de tratamiento comunal: El Plan de Infraestructura y Gestión Integrada de Agua para la región Pacífico Norte 2020 – 2030 del Gobierno de la República muestra que no se tiene proyectado ningún proyecto de inversión en infraestructura de agua potable y con respecto al saneamiento de aguas residuales, solamente se contempla la necesidad de ejecutar un proyecto de alcantarillado en la comunidad de Santa Teresa el cual tendría un costo de $6.000.000 y aún no se tienen los fondos necesarios para financiarlo. Se demuestra así la importancia de la ejecución de acciones urgentes y coordinadas en el distrito para hacer un uso eficiente del agua y protección de los cuerpos de agua. Cantidad de denuncias presentadas ante Ministerio de Salud: La atención de denuncias puntuales es una acción plena del Ministerio de Salud por medio del personal de Regulación donde se aborda la problemática en un sitio específico. Se realiza la prueba de tinción con fluoresceína sódica, si es positiva (se observa el desfogue de agua teñida en alguna parte del lugar ilícito), se procede con el procedimiento determinado por la institución: ya sea cierre del negocio u orden sanitaria para corregir la situación. Si la prueba es negativa, se desestima la denuncia. Para el año 2019, se recibieron 80 denuncias en total en el distrito de Cóbano y 36 de estas o un 45% fueron por aguas residuales. Para el 2021, se recibieron 257 denuncias de las cuales 123 se ubicaron en el Distrito de Cóbano, y de estas el 65% correspondió al tema de aguas residuales. Monitoreo de calidad del agua: Calidad de agua superficial: Se han realizado análisis de calidad del agua superficial en las principales quebradas de la zona donde se encuentran la mayor cantidad de vertidos directos de aguas residuales sin tratamiento. Según el Reglamento de Clasificación de Cuerpos de Agua Superficial 33903-MINAE-S, se ha clasificado a la Quebrada Danta ubicada en el sector de Playa Carmen en niveles de contaminación que que van desde la clase 3 contaminación moderada, clase 4 contaminación severa y clase 5 aguas altamente contaminadas esto según el Índice Holandés en que se basa dicho reglamento. En la zona de Playa Carmen y cerca de las Quebradas Danta y Carmen, en el mes de marzo de 2021 se encontraron cifras récord de contaminación en estas quebradas encontrando 1.240.000 NMP/100ml en Quebrada Danta y 860.000 NMP/100ml coliformes fecales en Quebrada Carmen. (Ver Anexo Informe Calidad del Agua NPWK 2021) clasificándolas en clase 5 altamente contaminadas. Por lo tanto, la contaminación de aguas residuales en esta comunidad es significativa, hay presencia de malos olores, estancamiento de aguas residuales en vías públicas o propiedades privadas con aguas ajenas y afectación en los ecosistemas en ríos de la zona. Calidad de agua de mar: Como parte del programa Bandera Azul Ecológica del AyA en la categoría de Playas se han realizado en la zona análisis de calidad de agua desde el año 2006. Según datos históricos registrados por el Laboratorio Nacional de Aguas, se han encontrado coliformes fecales y estreptococos fecales. En el caso de Playa Malpaís, las muestras de coliformes fecales fueron positivas en el 83% de las muestras y las de estreptococos
ACTA 103-22 19/04/2022 en el 58% de los casos encontrado con máximos de más de 2.400UFC; en Playa Carmen, las muestras de coliformes fecales fueron positivas en el 57% de las muestras con máximos de 1.100UFC y las de estreptococos en el 53% con máximos de 9.204UFC; en Playa Santa Teresa, las muestras de coliformes fecales fueron positivas en el 48% de las muestras con máximos de 1.100UFC y las de estreptococos en el 49% con máximos de 2.400UFC; finalmente, en Playa Manzanillo, las muestras de coliformes fecales fueron positivas en el 64% con máximos de 2.400UFC y las de estreptococos en el 77% con máximos de 3.578UFC. Reactivación de la comisión de gestión integral de aguas residuales (GIAR): A inicios del año 2020 se reactivó la Comisión teniendo como miembros fijos a representantes del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, la Asociación sin fines de lucro Nicoya Península WaterKeeper y el Área Rectora de Salud Peninsular del Ministerio de Salud. Se oficializó la Comisión ante el CMD y se nombraron 3 regidores en la misma. Igualmente se solicitó el nombramiento de una persona del AyA de la oficina regional Pacifico Central. El objetivo de la comisión es: Incidir sobre la mejora en la gestión de las aguas residuales en el distrito de Cóbano con el fin de disminuir la contaminación de suelos, aguas y mares, contribuyendo así al desarrollo económico sostenible y la protección del capital natural de la zona. Se estableció un plan de trabajo para el período 2020-2021 incluyendo los siguientes ejes estratégicos: Establecimiento de un plan de trabajo con los siguientes ejes: Diagnóstico de la situación actual Incumplimiento de la ley (casos de contaminación) Manejo de trampas de grasa Manejo de tanques sépticos y lodos sépticos Revisión de reglamentación Educación y sensibilización Sistemas comunales de saneamiento Incidencia política Posteriormente, en el año 2021 se creó un Plan Quinquenal 2022-2027 para ser aprobado por el CMD. Identificación de puntos críticos de contaminación: Durante los meses de enero y febrero de 2020 se realizó un recorrido por la calle principal desde Santa Teresa Norte hasta la pescadería en Malpaís ubicando los principales puntos de contaminación encontrados los cuales se pueden observar en las siguientes imágenes. Priorización de puntos críticos: Se crearon 3 categorías para clasificar el tipo de vertido, según su volumen, sitio de vertido, fuente, características organolépticas, entre otros aspectos, para de este modo poder priorizar en la intervención de los puntos prioritarios. Acciones de solución implementadas: Priorización de atención en Quebrada Danta: Desde el año 2017 se identificó la necesidad de priorizar acciones sobre esta quebrada por lo que se inscribió en el Programa Bandera Azul Ecológica Categoría de Microcuencas por medio del cual se han realizado acciones como: -Inspecciones y pruebas de fluoresceína en comercios y la emisión de órdenes sanitarias -Análisis microbiológicos de calidad del agua del agua -Visitas a comercios y hogares
ACTA 103-22 19/04/2022 -Festival de las esferas de barro en el cual se lanzaron al río más de 700 esferas con microorganismos eficientes (EM) que ayudan a biorremediación del sitio -Charlas y talleres -Campañas de reforestación -Campañas de recolección de residuos sólidos Priorización de atención en Quebrada Carmen: Desde el año 2021 se incluyó esta Quebrada también en el Programa Bandera Azul Ecológica Categoría de Microcuencas. Se realizó el Festival de las Esferas de Barro y jornadas de limpieza y monitoreo de calidad del agua con participación de la comunidad. Programa Bandera Azul Ecológica Categoría de Playas: Las comisiones del PBAE en las Playas Manzanillo, Hermosa, Santa Teresa, El Carmen y Malpaís son coordinados por NPWK, y se ejecutan acciones con el apoyo de aliados como el Voluntariado Ambiental Malpaís-Santa Teresa, Guardavidas de Santa Teresa, ADI Malpaís – Santa Teresa, JAKERA, Grupo CAM, Concejo Municipal de Cóbano y el Ministerio de Salud. Se realiza un monitoreo de calidad del agua de mar ejecutado por el Laboratorio Nacional de Agua del AyA y cuyos resultados demuestran la contaminación existente por aguas residuales. Proyecto Ocean Friendly Business Nicoya Peninsula Waterkeeper: Es una certificación gratuita y voluntaria que se inició en septiembre del 2019 e incluye como criterios: el adecuado manejo de trampas de grasa, tratamiento adecuado de las aguas residuales por tanques sépticos con gestión de lodos sépticos o plantas de tratamiento y también la recuperación de aceites usados de cocina, uso de productos de limpieza biodegradables, no comercializar plástico de un solo uso, reciclar, disponer adecuadamente de sus residuos orgánicos y participar en capacitaciones gratuitas sobre el adecuado manejo de las aguas residuales y los residuos sólidos. Se han certificado hasta ahora 14 establecimientos entre restaurantes y hoteles y se ha contado con la participación de más de 40 comercios en total.
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Por tanto:
Una vez analizado el Plan de manejo de aguas residuales para el distrito de Cobano con énfasis
en la parte costera de Manzanillo, Hermosa, Carmen, Santa Teresa y Malpaís, esta comisión
recomienda al honorable Concejo Municipal de Distrito de Cobano lo siguiente:
Recomendación N°1. Se apruebe en todas sus partes el Plan de manejo de aguas residuales del
distrito de Cobano con énfasis en la zona costera de Manzanillo, Hermosa, Carmen, Santa Teresa
y Mal País el cual es de suma importancia y será la herramienta básica en la lucha que el gobierno
local debe dar a fin de evitar la contaminación de nuestros mares y costas ACUERDO UNANIME.
ES TODO
ACUERDO N°1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger el dictamen de la comisión
permanente de asuntos jurídicos y aprobar en todas sus partes el Plan de manejo de aguas
residuales del distrito de Cobano con énfasis en la zona costera de Manzanillo, Hermosa, Carmen,
Santa Teresa y Mal País tal y como se detalló en el dictamen”. ACUERDO UNANIME. Votan
afirmativamente los Concejales: William Morales, Carlos Mauricio Duarte (quien asume la curul
ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez Segura) , Eric Salazar Rodriguez,
Minor Centeno Sandi y Manuel Ovares Elizondo
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
a. Lic. OBANDO. Llega al correo de jurídicos una resolución del tribunal contencioso
administrativo sobre la concesionaria Arabian Nights, no sé si recuerdan que ellos habían
pedido tres prorrogas para cumplir con un plan la ultima la tercera prorroga se les rechazo
y ellos presentaron un recurso el cual se declaró sin lugar y se elevó al tribunal contencioso
este tribunal resuelve declarar sin lugar el recurso y anularon el acuerdo del concejo que
rechazaba la prorroga y este Concejo ahora va a tener que tomar un nuevo acuerdo y para
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ello volver a analizar los recursos y lo más recomendable es enviarlo a la comisión de zmt
y adelantándome y para que la comisión tenga un panorama claro, parece que ya
ejecutaron lo que se les pidió. Es importante le soliciten a la comisión que indique si las
construcciones tal y como están ahorita cumplen con el plan regulador vigente, para que la
comisión pueda responder.
PRESIDENTE. 1. SE DA PASE DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO SOBRE
RECURSO DE APELACION DE ARABIAN NIGHTS A LA COMISION DE ZONA MARITIMO
TERRESTRE
2. SE LE SOLICITA A LA ADMINISTRACION UN INFORME DETALLADO DE LAS
CONSTRUCCIONES EXISTENTES EN LA PARCELA SOLCITIDA EN CONCESION POR
ARABIAN NIGHTS Y SI ESTAS, EN ESTE MOMENTO, CUMPLEN CON LO INDICADO EN EL
PLAN REGULADOR.
ESTO PARA EL DIA 26 DE ABRIL A LAS 12 MD. A FIN DE QUE LA COMISION CUENTE CON
LA INFORMACION NECESARIA PARA DICTAMINAR.
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. INFORME DE INTENDENCIA 2022-011
a.1. OFICIO N° INT. 2021-152. ASUNTO: TRASLADO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE
VENTA DE SERVICIOS ENTRE CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO Y
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE, SOCIEDAD ANÓNIMA PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y
EL USO DEL SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS (SICOP) No. C-CC-202202030
Por medio de la presente les saludo y deseo éxitos en sus funciones diarias, de la manera más atenta hago
traslado de CONTRATO ADMINISTRATIVO DE VENTA DE SERVICIOS ENTRE CONCEJO MUNICIPAL DE
DISTRITO DE COBANO Y RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE, SOCIEDAD ANÓNIMA PARA LA IMPLEMENTACIÓN
Y EL USO DEL SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS (SICOP) No. C-CC-202202030
El mismo para que se conozca, se proceda con la respectiva aprobación y autorización de dicha firma del
Intendente Municipal de este respectivo contrato.
CONSIDERANDO.
Que se ha conocido oficio N° INT-2022-052 de la Intendencia en el cual traslada contrato
administrativo de venta de servicios entre el Concejo Municipal de Distrito de Cobano y
Radiográfica Costarricense S.A. para la implementación y el uso del sistema integrado de
compras públicas (SICOP) n° C-CC-202200030, para su aprobación y autorización de
firma.
Que indica de forma verbal la asesora del Concejo, Lcda. Rosibeth Obando que el citado
contrato ya fue revisado por ella y está correcto.
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME y FIRME
2.2. Aprobar en todas sus partes el Contrato Administrativo de Venta de Servicios entre el
Concejo Municipal de Distrito de Cobano y Radiográfica Costarricense S.A. para la
implementación y el uso del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) n° C-CC-
202200030, el cual se detalla a continuación:
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE VENTA DE SERVICIOS
ENTRE CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO Y
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE, SOCIEDAD ANÓNIMA PARA LA
IMPLEMENTACIÓN Y EL USO DEL SISTEMA INTEGRADO
DE COMPRAS PÚBLICAS (SICOP)
No. C-CC-202202030
Entre nosotros, RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE SOCIEDAD ANÓNIMA, domiciliada en San José,
intersección de la avenida quinta con la calle primera, cédula jurídica número tres-ciento uno-nueve mil
cincuenta y nueve, en adelante denominada como “EL CONTRATISTA”, representada en este acto por el
señor FEDERICO FOURNIER RIVERA, mayor, divorciado, vecino de Santo Tomás de Santo Domingo de
Heredia, Licenciado en Administración de Empresas, cédula de identidad número uno-cero ochocientos
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setenta y cuatro-cero cuatrocientos treinta y cuatro, en su condición de APODERADO GENERAL SIN LÍMITE
DE SUMA, y CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO, domiciliado (a) en COBANO, PUNTARENAS,
cédula jurídica número: 3-007-078297, representado (a) en este acto por el (la) señor(a) FAVIO JOSE LOPEZ
CHACON, con cédula número cinco – trescientos cincuenta y uno - novecientos veintiséis, divorciado,
vecino de San Isidro de Cóbano , en carácter de INTENDENTE MUNICIPAL, quien ostenta la representación
legal del Concejo Municipal de distrito de Cóbano, cedula de personería jurídica número 3-007-078297, con
las facultades que le otorga el Artículo 17, Inciso n) del Código Municipal y la Resolución número 1374-E11-
2020 de las diez horas del veinticinco de febrero del año dos mil veinte del Tribunal Supremo de Elecciones
, publicado en la Gaceta número cuarenta y cuatro del Año dos mil veinte , para el periodo que va del
primero de mayo del año dos mil veinte al treinta de abril del año dos mil veinticuatro, el cual fue
juramentada en la sesión solemne del día 1 de Mayo del Año Dos Mil Veinte., con facultades suficientes
para este acto, y debidamente autorizado para suscribir el presente contrato, mediante acuerdo de sesión
ordinaria xxxxxxxxxx en adelante y para los efectos de este contrato denominado “EL CONTRATANTE”, en
nombre de nuestros (as) representados (as) acordamos suscribir el presente “CONTRATO ADMINISTRATIVO
DE VENTA DE SERVICIOS, con fundamento en lo dispuesto por el Decreto 38830-H-MICITT del 15 de enero
del 2015 que “Crea el sistema integrado de compras públicas como plataforma tecnológica de uso
obligatorio de la Administración Central para la tramitación de los procedimientos de contratación
administrativa”, la Ley N° 9395 “Transparencia de las contrataciones administrativas por medio de la
reforma del artículo 40 y de la adición del artículo 40 bis a la ley N ° 7494, Contratación Administrativa, de
2 de mayo de 1995, y sus reformas”, publicada en el Alcance N° 182 a La Gaceta N° 176 del 13 de setiembre
del 2016, la circular DGABCA-0013-2017 “Información requerida para evaluar condiciones de ingreso al
Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP)” emitida por el Ministerio de Hacienda el 14 de febrero del
2017, la Directriz 025-H del primero de agosto de 2018 sobre la Obligatoriedad del Uso del Sistema
Integrado de Compras Públicas en las Contrataciones con Recursos a cargo del Presupuesto Nacional, el
Decreto Ejecutivo 41438-H Reglamento para la utilización del sistema integrado de compras públicas
"SICOP" publicado en el Alcance N° 13 a La Gaceta N° 13 del 18 de enero de 2019, así como en el siguiente
clausulado:
CLÁUSULA PRIMERA: Definiciones
Para los efectos del presente contrato se entenderá por:
1.1. EL CONTRATANTE: CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO.
1.2. EL CONTRATISTA: Radiográfica Costarricense, Sociedad Anónima.
1.3. LAS PARTES: CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO y Radiográfica Costarricense Sociedad
Anónima, actuando conjuntamente.
1.4. SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS SICOP: Plataforma tecnológica
para la tramitación de los procedimientos de contratación administrativa y para los actos y
contratos que de ellos se deriven, a utilizar por las Instituciones del sector público territorial e
institucional, será como plataforma única, con el fin de disponer un registro único de proveedores
y mercancías. Es el sistema electrónico y herramienta tecnológica que automatiza todas las etapas
del proceso de adquisiciones públicas, incluyendo el Registro de Proveedores y el Catálogo de
Bienes y Servicios.
1.5. CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS: Instrumento oficial que normaliza la codificación de los bienes y
servicios que las Instituciones Usuarias requieren contratar, utilizando estándares internacionales de
categorización, ofreciendo una descripción normalizada, de los atributos de cada artículo que permite la
individualización de los mismos y está basado en el Catálogo Estándar de Productos y Servicios de las
Naciones Unidas (UNSPSC -United Nations Standard Products and Services Code-). Este catálogo estará
integrado con el código del Clasificador del Gasto del Ministerio de Hacienda, con el propósito de integrar
los procesos financieros y presupuestarios de las instituciones usuarias del Sistema.
1.6. HOMOLOGACIÓN DE CATÁLOGO: Corresponde al esfuerzo que se realiza para asociar los códigos del
catálogo provistos por el Contratante con los respectivos códigos de Catálogo de Bienes y Servicios
SICOP.
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1.7. REGISTRO ELECTRÓNICO DE PROVEEDORES: Instrumento que contiene en formato digital la
información de las personas físicas y jurídicas que brindan bienes, servicios o productos y que
deseen participar en los procesos de contratación administrativa de las instituciones usuarias, de
forma que registren su historial, capacidad técnica, financiera y jurídica. Asimismo, contendrá una
descripción detallada de los bienes y servicios que ofrece cada proveedor; esta información sumada
a los aspectos contenidos en el párrafo que antecede, podrán servir de base para que las
Instituciones Usuarias que así lo requieran lleven a cabo estudios que permitan categorizar a los
proveedores, según parámetros de medición del desempeño vinculados con tiempos, calidad,
cantidad, costo y otros.
1.8. CERTIFICADOS DE FIRMA DIGITAL: Corresponde a la firma digital que haya sido emitida al amparo de
un certificado digital válido y vigente, expedido por un certificador registrado, todo lo anterior según la
normativa vigente.
1.9. CASO FORTUITO: Hecho humano, de carácter imprevisible que, a pesar de haber actuado con la
diligencia debida, imposibilite total o parcialmente a alguna de las Partes para cumplir con las obligaciones
establecidas en el presente contrato. Tales como ataques informáticos, incendios, vandalismo, conmoción
civil, revolución, sabotaje, entre otros. Quedan excluidos los sucesos o hechos que si se pueden evitar y
aquellos producidos por la negligencia, impericia o culpa.
1.10. FUERZA MAYOR: Hecho de la naturaleza que no puede preverse o que, previsto, no puede evitarse.
Ciertos hechos pueden ser citados como típicos de fuerza mayor, por ejemplo, los fenómenos
atmosféricos y naturales como terremotos, tempestades, inundaciones, crecidas, lluvias, rayos,
incendios, etc.
1.11. IMPLEMENTACIÓN INICIAL: Corresponde al esfuerzo que se realiza una única vez durante la vigencia
del contrato, con el fin de lograr que la entidad compradora inicie con el uso de la plataforma. Incluye la
homologación de códigos de catálogo propio de la entidad hacia los códigos de catálogo SICOP, capacitación
de funcionarios en el uso de la herramienta, la entrega de firmas digitales y el acompañamiento. El lapso
de la implementación inicial estará delimitado por las fechas de inicio y fin establecidas en el plan que se
elabore en conjunto.
1.12. PRESTACIÓN DE SERVICIO: Corresponde al derecho de uso del SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS
PÚBLICAS SICOP, por parte del CONTRATANTE,
para la tramitación de los procedimientos de contratación administrativa y para los actos y
contratos que de ellos se deriven. Incluye el uso de todos los módulos disponibles en la plataforma,
así como del servicio de Mesa de Ayuda SICOP.
1.13. MESA DE AYUDA SICOP: Corresponde al servicio de atención de incidencias reportadas por los
usuarios del CONTRATANTE a partir del uso de la plataforma. Las incidencias se clasifican en:
• Consultas: Corresponde a incidencias en los cuales se brinda soporte y apoyo de la manera
oportuna a los usuarios de la plataforma para resolver inquietudes o dudas de cómo realizar
un procedimiento en la plataforma. Además, podrá solicitarse información de los servicios
del sistema SICOP, así como cualquier aclaración sobre algún procedimiento en el que tenga
dudas o se le esté presentando algún inconveniente.
• Servicios: Corresponde a las incidencias relacionadas con el proceso de instalación de
drivers y configuración de equipo de los usuarios, necesaria para el funcionamiento idóneo
de la herramienta, así como las solicitudes de reportes por parte de los usuarios del
CONTRATANTE.
• Incidentes: Corresponde a las incidencias reportadas por el usuario que implique una
afectación a nivel de la Plataforma generando un impacto en sus actividades. La solución
de incidentes requiere de la participación de personal especializado que restablezca el
servicio lo antes posible.
1.14. POLÍTICA DE CANCELACIÓN DE CAPACITACIONES DEL SICOP: Esta política requiere que en caso de
que funcionarios del CONTRATANTE no puedan asistir a una capacitación calendarizada de la plataforma
SICOP, deberá notificarse al correo electrónico capacitacion@sicop.go.cr con al menos 10 días hábiles de
anticipación. El funcionario responsable por parte del CONTRATANTE deberá confirmar el recibo de la
notificación de cancelación de capacitación por parte del CONTRATISTA, de no ser así, no se podrá
considerar la notificación de cancelación como recibida.
CLÁUSULA SEGUNDA. Objeto
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El objeto del presente contrato consiste en que el CONTRATISTA brinde los servicios necesarios para la
implementación inicial y la prestación del servicio del SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS SICOP,
para la tramitación por parte del CONTRATANTE de sus procedimientos de contratación administrativa y
para los actos y contratos que de ellos se deriven.
CLÁUSULA TERCERA. Obligaciones del CONTRATISTA
Serán obligaciones del CONTRATISTA las siguientes:
3.1. Brindar los servicios requeridos para la Implementación Inicial y Prestación del Servicio del SISTEMA
INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS SICOP al CONTRATANTE.
3.2. Brindar el acompañamiento durante la Implementación Inicial al CONTRATANTE de acuerdo al siguiente
detalle:
(10)_horas de Implementador a ser utilizadas en sesiones de planificación, seguimiento, presentaciones,
reuniones con el CONTRATANTE, así como la realización de pruebas conjuntas de las interfaces
desarrolladas por el CONTRATANTE para integración de sus sistemas con el SICOP.
(10)_horas de Ingeniero de Interfaces a ser utilizadas en sesiones de explicación de documentos técnicos
de interfaces, presentaciones y soporte a consultas del personal técnico del CONTRATANTE o a quien este
designe, así como la realización de pruebas conjuntas de las interfaces desarrolladas por el CONTRATANTE
para integración de sus sistemas con el SICOP.
(10)_horas de Experto en Catálogo a ser utilizadas en sesiones de explicación de documentos técnicos,
presentaciones y reuniones sobre el Catálogo de Bienes y Servicios SICOP dirigidas a personal del
CONTRATANTE.
Los costos incurridos por horas de acompañamiento adicionales a las estipuladas en esta cláusula serán
asumidos por el CONTRATANTE, según se establezca en el modelo tarifario SICOP. Para tal fin, el
CONTRATISTA llevará una bitácora en la que se consignará el control de horas.
3.3. Proporcionar durante la implementación inicial, TRES (3) cantidad de firmas digitales a los funcionarios
designados por el CONTRATANTE para tener acceso al SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS
SICOP.
Los costos incurridos por firmas digitales adicionales a las estipuladas en esta cláusula, así como los costos
incurridos por las renovaciones por extinción de la vigencia de los certificados, según la normativa vigente,
pérdida de los certificados de firma digital o de los dispositivos respectivos, robo o hurto de la firma digital
o de los dispositivos respectivos, olvido de la contraseña del dispositivo y/o bloqueo del mismo, serán
asumidos por el CONTRATANTE, según se establezca en la tabla de costos del SICOP, la cual se anexa a este
contrato.
3.4. Como parte de la implementación inicial y en caso de ser requerido por el CONTRATANTE, realizar la
Homologación de Catálogo para un total de CERO (0) códigos del catálogo de bienes y servicios del
CONTRATANTE. El resultado de esta homologación será entregado al CONTRATANTE en un formato Excel
para que sea utilizado por este en los procesos de interfaz de sus sistemas internos con el SICOP.
Los costos incurridos por homologación de códigos de catálogo adicionales a los estipulados en esta cláusula
serán asumidos por el CONTRATANTE, según se establezca en la tabla de costos del SICOP, la cual se anexa
a este contrato.
3.5. Suministrar capacitación virtual sobre el uso del SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS SICOP
a los funcionarios del CONTRATANTE, según se detalla a continuación:
Cantidad funcionarios a
Duración
Curso de capacitación SICOP capacitar en plataforma
en horas
Virtual- RACSA
Proveeduría 30 3
Unidades compradoras 18 1
Asesorías Jurídicas 8 1
Auditoría 8 1
Administrador de Institución 4 1
Soporte TI 3 1
Operadores de Catálogo 7 1
Procesos adicionales en licitaciones 6 1
Compra por catálogo 3 1
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Modificación Contractual y Finiquito 12
de contrato 2
Procedimiento Administrativo 22 2
Subtotales 15
Total 15
La programación de estas capacitaciones estará sujeta a las condiciones dispuestas por las partes, así
como a la capacidad y disponibilidad de recursos (laboratorio, personal capacitador entre otros) del
CONTRATISTA.
El CONTRATISTA comunicará al CONTRATANTE la calendarización de las capacitaciones de funcionarios en
los diferentes cursos disponibles para SICOP. En el caso de no asistencia de los funcionarios del CONTRANTE
y donde no se haya cumplido con la Política de Cancelación de Capacitaciones del SICOP por parte del
CONTRATANTE, se contabilizarán dichas capacitaciones como efectivamente impartidas.
Los costos incurridos por capacitación de funcionarios adicionales a los estipulados en esta cláusula serán
asumidos por el CONTRATANTE, según se establezca en la tabla de costos del SICOP, la cual se anexa a este
contrato.
3.6. Brindar acceso irrestricto a los cursos virtuales y manuales de uso disponibles en el portal del SISTEMA
INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS SICOP.
3.7. Poner a disposición del CONTRATANTE la Mesa de Ayuda SICOP, para atención de incidencias, sean
consultas, servicios o incidentes generados en el uso del SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS
SICOP. Los horarios de atención, medios y tiempos de respuesta quedan establecidos en este contrato.
3.8. Brindar el material técnico, promocional y de divulgación disponible relativo al SISTEMA INTEGRADO
DE COMPRAS PÚBLICAS SICOP, para uso interno del CONTRATANTE.
3.9. Realizar el mantenimiento y soporte necesarios al SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS SICOP,
con el fin de garantizar su efectivo funcionamiento.
3.10. Enviar al CONTRATANTE la notificación respectiva, en el caso de que no cancele sus obligaciones de
pago en el plazo acordado en el presente contrato.
3.11. Proveer al CONTRATANTE la totalidad de los módulos del SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS
PÚBLICAS SICOP, en los términos y condiciones que define el Decreto Ejecutivo 41438-H Reglamento
para la utilización del sistema integrado de compras públicas "SICOP".
CLÁUSULA CUARTA. Obligaciones del CONTRATANTE.
Serán obligaciones del CONTRATANTE, las siguientes:
4.1. Pagar al CONTRATISTA los montos correspondientes a los servicios objeto de este contrato, según el
precio, modalidad y forma de pago acordadas en este documento.
4.2. Promover la capacitación de los funcionarios en el uso del SICOP y divulgar el funcionamiento a lo
interno de la Institución y sus proveedores.
4.3. Publicar a través del portal SICOP la totalidad de los procedimientos de compra de la Institución, según
lo dispone la Ley N° 9395 “TRANSPARENCIA DE LAS CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS POR MEDIO DE
LA REFORMA DEL ARTÍCULO 40 Y DE LA ADICIÓN DEL ARTÍCULO 40 BIS A LA LEY N.° 7494, CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA, DE 2 DE MAYO DE 1995, Y SUS
REFORMAS”, así como el artículo 56 del Reglamento para la Utilización del Sistema Integrado de
Compras Públicas “SICOP”, Decreto Ejecutivo N° 41438-H. Quedan a salvo los supuestos de
excepción contenidos en el artículo 9 de dicho Decreto.
4.4. Establecer los mecanismos de control para garantizar el resguardo de la llave necesaria para realizar la
apertura de los concursos en la recepción de ofertas que son responsabilidad de los funcionarios del
CONTRATANTE. El CONTRATISTA no tendrá responsabilidad sobre las consecuencias en caso de pérdida de
dicha llave por parte del CONTRATANTE.
4.5. Cumplir con lo requerido por la Resolución D-4-2005-CO-DDI de la Contraloría General de la República,
en cuanto a la responsabilidad de verificar o bien completar en debida forma el debido registro de
la información de contratación generada por el SICOP en el Sistema Integrado de la Actividad
Contractual (SIAC) de la Contraloría General de la República.
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4.6. En los casos, que el CONTRATANTE, decida realizar y coordinar un proceso de contratación mediante
la figura del Convenio Marco, asumirá la administración y coordinación de todo el proceso, incluidas todas
las obligaciones y responsabilidades legales, inherentes a este procedimiento.
CLÁUSULA QUINTA. Atención y Resolución de Incidencias
El CONTRATISTA se compromete a la atención y resolución de las incidencias que sean reportadas a la Mesa
de Ayuda SICOP, según las siguientes disposiciones: se exceptúan los incidentes relacionados con consultas
sobre procedimientos de contratación administrativa, procedimientos internos de la Institución, trabajos
de configuración de equipos del CONTRATANTE o su red interna. Asimismo, el CONTRATISTA se reserva el
derecho de decidir si acepta incidentes planteados por funcionarios que no han asistido a los cursos de
capacitación acreditados. Los incidentes serán atendidos de acuerdo a las siguientes condiciones:
5.1. HORARIOS DE ATENCIÓN:
• El horario hábil de atención de la Mesa de Ayuda del SICOP para la recepción de incidencias es de
lunes a viernes de las 07:00 a las 16:36 horas.
5.2. MEDIOS DE INGRESO DE LAS INCIDENCIAS:
Las incidencias deberán ser reportadas por el CONTRATANTE a través de alguno de los siguientes medios:
Correo electrónico: instituciones@SICOP.go.cr
• Teléfono: 2287-0250
En el reporte de la incidencia el funcionario del ente CONTRATANTE deberá proporcionar los siguientes
datos:
• Institución compradora:
• Nombre Funcionario:
• Número de Cédula:
• Número de Teléfono (con número de extensión si es una central):
• Dirección de Correo Electrónico
• Número de procedimiento de contratación o de referencia
• Descripción de la solicitud: Deberá brindar una descripción detallada del caso y adjuntar
imágenes de pantalla que evidencien la situación descrita en la incidencia.
5.3. PRIORIDAD DE ATENCIÓN DE LA INCIDENCIA:
La incidencia reportada recibirá una clasificación de su prioridad, según la siguiente escala:
Crítica:
Pérdida completa de funcionalidad y/o datos de la plataforma que afectan a múltiples usuarios, donde la
prestación de servicios esenciales del CONTRATANTE se ve completamente interrumpida.
a) Alta:
Pérdida parcial de funcionalidad y/o datos de la plataforma, donde los servicios esenciales
del CONTRATANTE pueden continuar, pero con severas restricciones.
Media:
Pérdida parcial de funcionalidad y/o datos de la plataforma, no obstante, los servicios
esenciales del CONTRATANTE pueden continuar sin mayor afectación.
b) Baja:
Pérdida parcial de funcionalidad y/o datos de la plataforma, la cual no afecta los servicios
del CONTRATANTE, dando espacio a acordar un plazo de resolución.
5.4. TIEMPOS DE RESOLUCIÓN DE ACUERDO A LAS PRIORIDADES DE LA
INCIDENCIA:
Prioridad de la Tiempo de resolución (incluye comunicación
incidencia con el interesado) (1)
Crítica 4 horas hábiles
Alta 12 horas hábiles
Media 36 horas hábiles
Baja A negociar con el CONTRATANTE
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En los casos donde la complejidad de la incidencia impida cumplir con estos tiempos de resolución,
será informado por parte de la Mesa de Ayuda SICOP al CONTRATANTE, por alguno de los siguientes
medios:
• Correo electrónico: instituciones@SICOP.go.cr
• Teléfono: 2287-0250
CLÁUSULA SEXTA. Disponibilidad del servicio
EL CONTRATISTA garantizará un noventa y siete por ciento (97%) de disponibilidad del servicio. Porcentaje
que se traduce en 21 horas 54 minutos, de indisponibilidad del servicio al mes.
CLÁUSULA SÉTIMA. Del pago
7.1. El CONTRATANTE que se encuentra clasificada en el grupo (C y D) del Índice de Gestión Municipal del
año 2018, emitido por la Contraloría General de la República, por lo que no cancelará ningún rubro
a Radiográfica Costarricense S.A. por la capacitación, implementación y uso del SICOP; esta
condición se mantendrá durante el plazo de vigencia de la declaración de estado de emergencia
nacional dictada por parte del Poder Ejecutivo, según decreto 42227- MP-S, con fecha de 16 de
marzo del año 2020, según lo dispone el artículo 10 de la Ley 9848: "Ley para apoyar al
contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las municipalidades, ante la emergencia
nacional por la pandemia de Covid-19", Publicado en el Alcance N° 122 del Diario Oficial La Gaceta,
el 22 de mayo del 2020.
Una vez que se levante la declaratoria de estado de emergencia nacional dictada por parte del Poder
Ejecutivo, según decreto 42227- MP-S con fecha de 16 de marzo del año 2020, aplicará de inmediato el pago
de la tarifa por el uso del Sistema conforme se establezca en el presente contrato.
7.2. El CONTRATANTE deberá cancelar al CONTRATISTA por los servicios que se regulan mediante el
presente contrato lo siguiente:
a) Por concepto de implementación inicial la suma de $0,00, la cual será cancelada de la siguiente forma:
Alternativas de pago:
( ) Un solo pago al finalizar la implementación inicial.
Precio Unitario Precio Unitario
con impuestos
$ $
* La Municipalidad _____________ se encuentra no sujeta al impuesto del IVA, de conformidad con el artículo 9, inciso
2 de la Ley de Fortalecimiento de las Fianzas Públicas N°9635.___________________
( ) Mensualidades iguales distribuidas en los primeros 12 meses de contrato.
Precio Mensual Precio Mensual
con impuestos
$ $
* La Municipalidad ___________se encuentra no sujeta al impuesto del IVA, de conformidad con el artículo 9, inciso 2
de la Ley de Fortalecimiento de las Fianzas Públicas N°9635.___________________
*En caso de que el cliente opte por cancelar la implementación prorrateada durante los primeros 12 meses de contrato, este
rubro se deberá sumar al monto de Prestación de Servicios.
a) Por concepto de Prestación de Servicio una cuota mensual de $741,80 , la cual será facturada a partir de la
fecha definida en el Plan de implementación inicial para inicio de las compras en la plataforma por parte del
CONTRATANTE. Si el CONTRATANTE inicia el uso del sistema antes de dicha fecha, la facturación iniciará en
ese momento.
Precio Mensual Precio Mensual con
impuestos
$741,80 Exento
* La Municipalidad ___________se encuentra no sujeta al impuesto del IVA, de conformidad con el artículo 9, inciso 2
de la Ley de Fortalecimiento de las Fianzas Públicas N°9635.___________________
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CLAÚSULA OCTAVA. Plazo y modalidad de pago
8.1. EL CONTRATANTE realizará el pago mensual mediante depósito en las siguientes cuentas:
8.2. El plazo de pago de la factura será la usual de gobierno, la cual no puede exceder el pago a treinta (30)
días naturales contados a partir del recibido formal de la factura.
8.3. En caso de que el CONTRATANTE no cancele la factura en el plazo acordado, el CONTRATISTA le enviará
un aviso por escrito a la dirección para recibir notificaciones, establecida en el presente contrato, donde se
le informará su situación morosa y la fecha máxima de pago. Esta situación generará recargo mensual el
cual será calculado aplicando la tasa de interés internacional referenciado por el Banco Central de Costa
Rica (prime rate) a seis meses plazo, el cual deberá ser cancelado junto con la factura en la fecha máxima
de cancelación indicada en la notificación.
8.4. En caso de no cancelar como máximo en la fecha indicada en la notificación, el CONTRATANTE acepta
que se suspenderá el servicio y autoriza al CONTRATISTA para que certifique la deuda conforme a
sus facultades y ejercite su cobro por las vías legales correspondientes, incluyendo el principal e
intereses más costos legales.
8.5. El CONTRATISTA, elaborará y remitirá la factura en los primeros 5 días del mes vencido al servicio
prestado.
CLÁUSULA NOVENA. De los administradores del contrato
Con el objeto de supervisar la correcta ejecución del presente contrato y velar por el cabal cumplimiento
de todas y cada una de las obligaciones de las partes, así como gestionar y facilitar la coordinación de todos
los aspectos técnicos y administrativos que se requieran, las Partes nombran a los siguientes
administradores de contrato:
9.1. EL CONTRATISTA nombra a MARCO SOJO FERNANDEZ, portador de la cédula de identidad
número: uno-cero quinientos setenta y siete-cero seiscientos treinta y seis, Coordinador Área TI
de SICOP(cargo), teléfono 2287-0296, fax , correo electrónico masojo@racsa.go.cr, quien se
encuentra en la obligación de presentar un informe final sobre la ejecución del presente Contrato.
EL CONTRATANTE nombra a DONALD VANEGAS ESPINOZA, portador de la cédula de identidad número ,
(cargo), teléfono 2642-0510 ext 115, fax
, correo electrónico dvanegas@municobano.go.cr
9.2. Las Partes acuerdan que, en caso de sustitución de los administradores de contrato supra señalados,
deberán informarlo previamente y por escrito al lugar para recibir notificaciones, señalado en este
contrato, debiendo suministrar los datos y calidades correspondientes de quienes los sustituirán. De lo
contrario, se entenderá que los administradores aquí designados actuarán en este cargo durante todo el
plazo contractual.
CLÁUSULA DÉCIMA: Propiedad intelectual
El CONTRATANTE acepta que la propiedad intelectual del sistema le pertenece al CONTRATISTA. De
manera que únicamente existirá un derecho de uso sobre la plataforma que estará vigente durante el plazo
de vigencia establecido en el presente contrato, en virtud de lo anterior el CONTRATANTE, deberá respetar
en una toda la propiedad intelectual del CONTRATISTA de conformidad con la Ley de Derechos de Autor
vigente.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: Relaciones Laborales
Queda expresamente estipulado que no existe ninguna relación laboral entre el personal del
CONTRATANTE y del CONTRATISTA y; por lo tanto, cada de una de las partes mantendrá el carácter de
patrono hacia su personal y asumirá íntegramente la responsabilidad derivada de dicha relación y los riesgos
relacionados en sus respectivas labores, sin que exista ningún tipo de sustitución patronal según las
condiciones antes señaladas.
ACTA 103-22 19/04/2022 CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: Modificaciones del Contrato Cualquier modificación a los términos de este Acuerdo, deberá ser acordada por las partes mediante la suscripción de un Addendum. Caso contrario, de considerar los Administradores, que las modificaciones que se requieran realizar no afectan sustancialmente el objeto propio del presente documento, podrán realizarlas bajo su entera responsabilidad, mediante simple intercambio de notas. Las partes se comprometen a documentar dicha gestión dentro del expediente respectivo que custodia cada entidad, sin que sea necesario suscribir un Addendum. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. Notificaciones 13.1. Cualquier aviso, comunicación o notificación relacionada con este Contrato se hará por escrito, constará en original y como canal único los Administradores del presente Contrato. Las Partes fijan las siguientes direcciones físicas y electrónicas: RACSA: intersección de la Avenida Quinta con la Calle Primera, apartado postal 541000 San José, correo electrónico jfonsecam@racsa.go.cr con atención a Jacqueline Fonseca Morales. EL CONTRANTANTE: Cóbano de Puntarenas, correo electrónico: dvanegas@municobano.go.cr con atención a Donald Vanegas Espinoza. 13.2. En caso de que una de las Partes cambie la dirección aquí indicada, deberá comunicarlo por escrito a la otra, de lo contrario para todos los efectos se tendrá como dirección correcta la que aquí se señala. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. De las divergencias De presentarse alguna inconformidad o divergencia en la ejecución de este contrato, ésta deberá ser resuelta inicialmente por los Administradores del Contrato y de no haber acuerdo a ese nivel, el diferendo se someterá ante las autoridades suscribientes, quienes decidirán, en definitiva. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: Terminación del Contrato Las Partes podrán dar por terminado el presente contrato, bajo los siguientes supuestos: 15.1. En caso de incumplimiento demostrado de alguna de sus cláusulas, dando aviso por escrito a la otra parte con por lo menos sesenta (60) días naturales de antelación, indicando los alcances del presunto incumplimiento, la prueba en que se sustenta y la estimación de daños y perjuicios, para que la contraparte aporte sus alegatos y pruebas de descargo. En este caso, la parte que no haya incumplido puede recurrir a todas las vías legales para ser indemnizada y para el reintegro de las prestaciones ejecutadas. 15.2. Por mutuo acuerdo en cualquier momento, alegando razones de oportunidad y conveniencia, en el caso en que se proceda a dar por terminado el presente contrato, las obligaciones asumidas por las partes, con respecto a los servicios ya implementados, se mantendrán vigentes. 15.3. Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibiliten a cualquiera de las partes a cumplir con sus obligaciones. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: De las especies fiscales El CONTRATANTE con fundamento en el artículo 8 de la Ley Nº 7794, se encuentra exonerado del pago de especies fiscales. RACSA se compromete a cancelar el cincuenta por ciento de las especies fiscales según la estimación realizada en el contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SÉTIMA: Prohibiciones El CONTRATISTA declara que no le afecta ninguna de las prohibiciones establecidas en los artículos 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. Estimación Para los efectos fiscales el presente contrato se estima en la suma de seis mil seiscientos setenta y seis dólares con 20/100 ($6.676,20 USD), moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. Vigencia El presente contrato tendrá una vigencia hasta el 30 de noviembre del 2022, de conformidad con lo establecido en el Transitorio X de la Ley N°9986, Ley General de Contratación Pública. En aceptación de lo anterior, LAS PARTES firmamos digitalmente en la ciudad de San José, el día y hora que consta en el respectivo certificado digital de cada uno de los
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representantes de ambas empresas.
Lic. Federico Fournier Rivera
Apoderado General
RACSA
Sr. Favio Jose López Chacón
Intendente Municipal
Anexo Tablas de costos unitarios de capacitación, firmas digitales y acompañamiento del SICOP
Capacitación
Curso de capacitación Costo unitario de
capacitación dentro de la
GAM
Proveeduría $ 79
Unidades compradoras $ 49
Asesorías Jurídicas $ 16
Auditoría $ 16
Administrador de Institución $ 16
Soporte TI $ 8
Operadores de Catálogo $ 16
Procesos adicionales en licitaciones (Subasta, remate) $ 15
Compra por catálogo $ 8
Modificación Contractual y Finiquito de contrato $ 24
Procedimiento Administrativo $ 47
Firmas digitales
Transacción Costo
unitario
Costo por cada firma digital $ 69
Costo reposición del lector $ 32
Costo reposición de la tarjeta $ 36
Costo de renovación de certificado de firma expirada $ 36
Desbloqueo de tarjeta $ 24
Hora de acompañamiento
Acompañamiento en Interfaces
Costo por hora de acompañamiento $ 20
Votan afirmativamente los Concejales: William Morales, Carlos Mauricio Duarte (quien asume la
curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez Segura) , Eric Salazar Rodriguez,
Minor Centeno Sandi y Manuel Ovares Elizondo. Se somete a votación la aplicación del artículo
45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
2.3. Autorizar al Intendente Municipal Sr. Favio López Chacón a firmar dicho contrato”. Votan
afirmativamente los Concejales: William Morales, Carlos Mauricio Duarte (quien asume la curul
ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez Segura) , Eric Salazar Rodriguez,
Minor Centeno Sandi y Manuel Ovares Elizondo. Se somete a votación la aplicación del artículo
ACTA 103-22 19/04/2022 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO a.2. Conclusión de asfaltado de la etapa de los caracoles – san isidro, pendiente obras en concreto. a.3. Se dio orden de inicio para las obras de construcción de la entrada publica de playa hermosa y la continuidad del asfaltado en la calle de mal país playa el Carmen por un tramo de poco menos de 1 km, a.4. El proceso de licitación pública para la atención de la red vial del distrito con infraestructura está en proceso aun y la apertura de ofertas será el próximo miércoles 27th de este mes. a.5. El proceso de contratación para la atención del tramo de la calle por donde los castro, está en revisión por ingeniería y proveeduría para posterior adjudicación. a.6. La maquinaria municipal está atendiendo la ruta Cóbano delicias que presenta urgencia de mantenimiento. a.7. El contrato para atender las necesidades de las barandas de algunos puentes en el distrito, puente peatonal y la cuesta de Montezuma, ya se presentaron ofertas y está en revisión técnica ERIC, La baranda del rio Lajas se deterioraron a.8. OFICIO INT-2022-153. ASUNTO. Donación de regencia para apertura de tajo temporal Por este medio me permito saludarles a la vez solicito su valoración para posterior aprobación de la intención de donación del geólogo Renan Delemos de donar sus servicios profesionales en geología para la regencia y apertura de un permiso temporal de extracción de material de algunos ríos en el distrito de Cóbano para le beneficio de la población y la red vial distrital, ya que dicho material a extraer sería utilizado para el mantenimiento de los caminos públicos de este concejo municipal. Por lo cual solicito se reciba la donación y se autorice a mi persona a realizar la formalización correspondiente con el geólogo para la apertura de esta concesión temporal. SE ADJUNTA DOCUMENTO DE INTENCION DE DONACION DEL SR Renán De Lemon, el cual se lee WILLIAM. El lastre de rio no sirve para los caminos, es más el daño que se hace. Porque no se utiliza esta persona para hacer lo del trámite del tajo FAVIO. Difiero de usted, el lastre de rio, aunque no se puede aplicar en todo si funciona para emergencias, si sirve se utiliza bien en pendientes muy grandes no es conveniente. El tema del tajo permanente está en proceso y esto conlleva muchos estudios muy caros el proceso de un tajo de caldera o de un rio. Antes de semana santa vinieron unos geólogos y ya se están valorando algunos sectores. Esto vendrá en el próximo presupuesto. Esperamos que en los próximos 18 meses contemos con un tajo. MANUEL. van a estoquear y adonde FAVIO. Si es necesario si, en propiedad municipal posiblemente en la subestación ERIC De cual rio FAVIO. De cualquiera que sea importante, caño seco, ario, o algún tajo existente que no esté en uso cualquier lugar que ya hubiese sido impactado y que no esté en uso. Todas esas opciones podrían ser. WILLIAM. porque no destina un presupuesto para comprar lastre FAVIO, Ya le he explicado varias veces, porque una vagoneta como la nuestra en el tajo más cerca tiene un valor de 116 mil colones, es imposible comprar lastre con ese valor se iría el presupuesto en eso. Las empresas que ganas licitaciones traen el lastre de otros tajos de más lejos y que aun así les sale más barato
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CONSIDERANDO.
Que se ha conocido oficio INT-2022-153 en el cual el Sr. Intendente traslada la intención
de donación de servicios profesionales del geólogo Renán de Lemos Medina para la
apertura de una concesión temporal de extracción de material de rio en el Distrito de
Cóbano
Que los caminos del distrito urgen de material y esta es una gran oportunidad de poder
disponer de material para la red vial
ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
3.2. Aceptar la intención de donación de servicios profesionales que hace el Geólogo Renán de
Lemos Medina para la apertura de una concesión temporal de extracción de material de rio en el
Distrito de Cóbano. Votan afirmativamente los Concejales: William Morales, Carlos Mauricio Duarte
(quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez Segura) , Eric
Salazar Rodriguez, Minor Centeno Sandi y Manuel Ovares Elizondo. Se somete a votación la
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando
el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO
3.3. Aprobar borrador de CONVENIO ENTRE EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO
DE COBANO Y EL SEÑOR RENAN DE LEMOS MEDINA PARA LA DONACION DE
SERVICIOS PROFESIONALES que se detalla:
CONVENIO ENTRE EL CONCEJO MUNICPAL DE DISTRITO DE COBANO Y EL SEÑOR RENAN DE LEMOS
MEDINA PARA LA DONACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
Entre nosotros FAVIO JOSE LOPEZ CHACON, con cédula número cinco – trescientos cincuenta y uno -
novecientos veintiséis, divorciado, vecino de San Isidro de Cóbano , en carácter de INTENDENTE MUNICIPAL,
en mi condición de representación legal del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, con cedula jurídica
número tres – cero cero siete – cero setenta y ocho mil doscientos noventa y siete, con las facultades que
me otorga el artículo 17, Inciso n) del Código Municipal y la Resolución número 1374-E11-2020 de las diez
horas del veinticinco de Febrero del año dos mil veinte del Tribunal Supremo de Elecciones, publicada en la
Gaceta número: cuarenta y cuatro del año dos mil veinte, para el periodo que va del primero de Mayo del
año dos mil veinte al treinta de Abril del año dos mil veinticuatro, el cual fue juramentado en la sesión
solemne del día 1° de Mayo del año dos mil veinte, y quien en adelante se denominara para los efectos del
presente Convenio como “EL CONCEJO”, y el señor RENAN DE LEMOS MEDINA, mayor, geólogo de
profesión , portador de la cédula de identidad número uno- cero cuatrocientos noventa y cuatro- cero
quinientos noventa y tres, carnet profesional CGCR 2292, vecino de San Francisco de dos ríos , ciento
cincuenta metros al sur de UVM Asociados, y quien en adelante se denominara para los efectos del
presente Convenio como “EL DONANTE”; en este acto ambas partes acordamos suscribir el presente
convenio de donación de servicios profesionales para llevar a cabo la supervisión de los trabajos de
extracción de material en algunos ríos de Cóbano y la guía de las bitácoras ante el Ministerio de Geología y
Minas, por lo que encontrándose todas las partes en pleno uso de sus facultades cognitivas, volitivas y
legales, hemos convenido celebrar el presente convenio, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERO. Del objeto del presente convenio. Que el presente convenio será suscrito por ambas partes, con
la finalidad de llevar la supervisión de la extracción temporal de material de algunos ríos del Distrito de
Cóbano, asimismo llevará la guía de la bitácora ante el Ministerio de Geología y Minas.
SEGUNDO: Del fundamento legal. Que lo anterior, según lo ordenado, en el acuerdo xxxxxxxxxxxxxxx que
establece el cumplimiento de ambas partes suscribientes de los requisitos previamente establecidos, lo
cuales una vez cumplidos dan como resultado la autorización al Intendente Municipal para que firme el
presente convenio.
Todo lo anterior, de conformidad con el numeral 1 de la ley N° 6227 Ley General de la Administración Publica
da la posibilidad a los entes públicos para recibir donaciones esto deriva de su carácter de persona jurídica
y la doble capacidad de derecho público y privado que ostentan la Administraciones Públicas, por lo que en
el tanto no haya ley expresa que lo prohíba– todo ente público se encuentra autorizado, per se, para recibir
donaciones. EI numeral 4° de la citada ley dispone claramente que la actividad de los entes públicos deberá
estar sujeta en su conjunto a los principios fundamentales del servicio público, para asegurar su
continuidad, su eficiencia, su adaptación a todo cambio en el régimen legal o en la necesidad social que
satisfacen y la igualdad en el trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios.
ACTA 103-22 19/04/2022 Siendo que cabe la posibilidad legal de que los entes públicos para recibir donaciones derivan de su carácter de persona jurídica y la doble capacidad de derecho público y privado que ostentan la Administraciones Públicas, por lo que en el tanto no haya ley expresa que lo prohíba – todo ente público se encuentra autorizado, para recibir donaciones. Por lo que siendo lo no previsto, por el por el ordenamiento jurídico administrativo en relación a la donación, se deben considerar las normas que regulan la figura jurídica de la donación en el derecho privado, especialmente lo estipulado en el Título XIII, Capítulo Único, Arts. 1393 a 1408 del Código Civil, en lo que resulten aplicables. Esto permitirá a este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, contar con los servicios profesionales de un geólogo lo cual es requerido para o para la apertura de una concesión temporal de extracción de material de algunos ríos del Distrito de Cóbano TERCERO: De la Capacidad Jurídica de las partes. Que las Municipalidades son una persona jurídica estatal con patrimonio propio y personalidad, y capacidad jurídica plena para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus fines. Bajo ese mismo orden de ideas cabe indicar que propiamente EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO como órgano adscrito a la MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS cuenta con una personería instrumental con todos los atributos derivados de la personalidad jurídica, que les permite adquirir un compromiso de este tipo, los cuales se encuentran dentro de su competencia en el respectivo Distrito. No menos cabe destacar, que igualmente que el señor de Lemos Medina, se encuentra legitimado para la realización del servicio por contar con el conocimiento profesional por ser Geólogo debidamente incorporado al Colegio de Profesionales; por lo que unen esfuerzos a fin de garantizar los intereses de los habitantes que están dentro de nuestra jurisdicción. SEXTA: Fundamentación Jurídica. Que para tales fines y de acuerdo a lo establecen los artículos 2 y 4 inciso “f”, 13 inciso e) y 17 de la Ley No.7794 denominada “Código Municipal”, artículos 1, 4, 9 y 11 “Ley General de Administración Pública”, artículos 1, 3 y 4 “Ley General de Concejos Municipales de Distritos”, Ley Nº 8173 y su reforma de Ley No.9208, artículos del 1393 al 1409 “Código Civil”, Ley Nº 63, Código Civil, es que tiene fundamentación jurídica el presente convenio. POR TANTO, ACORDAMOS La celebración del presente CONVENIO DE COOPERACIÓN, el cual queda sujeto a la legislación vigente y a las cláusulas que a continuación se enumeran: PRIMERA: Objetivo esencial del convenio. El presente Convenio, tiene como intención primordial que este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, pueda obtener la aprobación para la apertura de un a concesión temporal de extracción de material en algunos ríos del Distrito de Cóbano para lo cual se requiere el que contemos con los servicios profesionales de un geólogo que estará encargado de la supervisión y las guías de la bitácoras que se deberán presentar ante el Ministerio de Geología y Minas. SEGUNDA: Obligaciones del Donante: El donante en este acto se compromete a brindar el servicio ofrecido al Concejo Municipal para la supervisión de la extracción de aproximadamente 20000 metros cúbicos de material de rio tipo lastre o 120 días de trabajo de extracción, lklevando a acabo además de la supervisión el control de las guías de bitácoras que deberán ser presentadas ante el Ministerio de Geología y Minas. TERCERA: Obligaciones del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano. El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano se compromete junto con los funcionarios del área de gestión vial a desplazarse con el señor De Lemos Medina a las áreas donde se realizara la extracción de todo el material. QUINTA: De la Estimación: Por su naturaleza, el presente Convenio, se estima en la suma equivalente en dinero de ¢1.000.000.00 (un millón de colones exactos). SEXTA: Del plazo. El donante se compromete en realizar el trabajo donado a partir de la firma del convenio hasta completar 120 días de trabajo de extracción o al completar 20000 metros cúbicos de extracción de material, lo que suceda primero. SETIMA: De la Modificación. Cualquier modificación, adición o aclaración al presente Convenio, deberá constar por escrito en un ademdun, el cual deberá ser suscrito por ambas partes, la cual formará parte integral del mismo. OCTAVA: De la Coordinación. Con el objeto de supervisar la correcta ejecución del presente Convenio y velar por el cabal cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones de las partes, así como gestionar y facilitar la coordinación de todos los aspectos técnicos, administrativos y financieros recaerá única y exclusivamente en los representantes del presente convenio, quienes actuaran en este cargo durante todo el plazo del convenio. NOVENA: De la resolución del convenio. Si una de las partes suscribientes, incumpliera algunas de las cláusulas del presente Convenio, la otra queda facultada para que, previa audiencia de descargo a la parte
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no cumpliente, de proceder, se dé por terminado el presente convenio, con las responsabilidad de lo que
ello se deriven.
En todo caso, las partes se reservan el derecho de darlo por concluido cuando se susciten aspectos tales
como necesidad o conveniencia institucional, interés público, caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite
su continuación, lo cual comunicará a las contrapartes, por escrito, en forma inmediata.
DECIMA: De la recisión del convenio. En todo caso, las partes suscribientes, se reservan el derecho de darlo
por concluido cuando se susciten aspectos tales como necesidad o conveniencia institucional, interés
público, caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite su continuación, lo cual comunicará a las
contrapartes, por escrito, en forma inmediata.
DECIMA PRIMERA: Solución de divergencias. Cualquier divergencia que se presente derivada de la
interpretación o ejecución del presente Convenio, será analizada y se resolverá por mutuo acuerdo, en
primer lugar, por los coordinadores, y si no fuera solucionada ese nivel, será sometida a la consideración y
resoluciones de las Autoridades de cada una de las partes. En todo caso ninguna divergencia o conflicto
será objeto de disputa judicial, debiendo las partes, en la eventual desacuerdo, someterse a los medios
alternativos de solución de conflictos que las partes consideren pertinente.
DECIMA SEGUNDA: De las Notificaciones. Para efectos de recibir notificaciones, las partes señalan: Renan
de Lemos Medina, por correo electrónico: renandl@cggcr.com. . y al Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano al correo electrónico: intendecia@municobano.go.cr. Cualquier notificación, solicitud, informe u
otra comunicación presentada por cualquiera de las partes bajo este instrumento, deberá realizarse de forma
escrita en el lugar indicado.
Estando conformes y en fe de lo anterior, las partes firman el presente Convenio en dos ejemplares
originales, de igual tenor, validez y eficacia, Cóbano, a las xxx horas del día xxx de Abril 2022. HASTA AQUÍ
LA TRANSCRIPCION. Votan afirmativamente los Concejales: William Morales, Carlos Mauricio
Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez Segura)
, Eric Salazar Rodriguez, Minor Centeno Sandi y Manuel Ovares Elizondo. Se somete a votación
la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando
el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO.
3.4. Autorizar al Intendente a firmar el citado convenio de donación con el Geólogo Renán de
Lemos Medina. Votan afirmativamente los Concejales: William Morales, Carlos Mauricio Duarte
(quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez Segura) , Eric
Salazar Rodriguez, Minor Centeno Sandi y Manuel Ovares Elizondo. Se somete a votación la
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando
el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO
PRESIDENTE. DEBIDO A QUE EL INTENDENTE SE DEBE RETIRAR PORQUE VA ATOMAR
EL FERRY DE 8 PM A PUNTARENAS SOMETO A VOTACION MOCION VERBAL PARA
ALTERAR EL ORDEN DEL DIA Y PASAR A CONOCER EL CAPITULO DE INFORME DE LOS
CONCEJALESA EN ESTE MOMENTO Y QUE EL SEÑOR INTENDENTE PUEDA
ESCUCHARLOS Y CONTESTARLES
SE APRUEBA LA MOCION PRESENTADA EN TODAS SUS PARTES QUEDANDO ESTA
DEFINITIVAMENTE APROBADA
ARTICULO IX. INFORME DE LOS CONCEJALES
CRISTEL. Esta semana santa, Teresa parecía tierra de nadie, allá no llego el tráfico, las calles
estaban invadidas de vendedores ambulantes y eran de fuera del distrito.
- NO sé cuál es el sistema o como regulan las patentes, pienso que aquí deberían saber
cuándo una patente esta vencida y mandar una notificación, así como llega la del cobro.
Hay montones de negocios en Santa Teresa, y no puedo decir nombres, que están
trabajando con las patentes vencidas. En la administración anterior llegaban a revisar las
patentes ahora un inspector no se ve por ningún lado ni en las construcciones que hay sin
permiso, y digo sin permiso porque uno ve donde se guindan de los cables y de ahí se
genera que cada vez que llueva Santa Tersa se quede sin electricidad, la municipalidad
debería decirle algo al ICE ya que las cosas a uno se le están quemando, pero no pasa
nada. Antes hacían trabajos preventivos antes de que lloviera y eso no puede ser que pase
en una zona turística como Santa Teresa
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- NO sé si el camión de la basura tuvo libre en semana santa porque la basura está fatal y
seguimos teniendo problemas con el reciclaje. Uno se queja, pero no pasa nada
FAVIO. Alguno de estos temas no son municipales, si es tema de luz al ICE si es de trafico al 9.1.1.
aunque nosotros ayudamos a gestionar junto con la empresa privada para traerlos las ordenes que
ellos recogen no son nuestras, por eso está el 9.1.1
-Los compañeros de sanidad trabajaron todos los dias la municipalidad tiene dos camiones y uno
está fuera de servicio y eso agrava el asunto, también se dañó el camión de la empresa q se
alquila. Se duplican las jornadas porque estábamos a un 50 % de vehículos aun así no nos hemos
podido poner al día. El encargado está gestionado para tener, más recursos el otro año y poder
tener otro camión. En el presupuesto ordinario había presupuestado más planilla pero este fue
improbado y por eso es complicado hacerle frente a la basura con la situación que tenemos. Alberto
está previendo una ampliación del contrato para que esto no vuelva a ´pasar, porque lejos de que
se normalice lo de la basura aumentamos en un 200 % la producción. Estamos trabajando con la
misma capacidad y es complicado darle satisfacción a la basura, pero esperamos se normalice en
los próximos dias.
WILLIAM. Porque el Concejo no hace campañas de reciclaje, algo que motive a reciclar, la gente
de Delicias no sabe qué hacer con el reciclaje
FAVIO. yo si las veo en las redes sociales
WILLIAM. Del concejo
FAVIO. no las empresas. Antes de semana santa la contraloría llego a hacer una fiscalización
estoy esperando el informe y se los traigo. El Concejo no recicla
WILLIAM. No es que ustedes reciclen es que ustedes informen y coordinen. El problema no se
resuelve comprando camiones, que el gestor coordine con las empresas que reciclan. La gente
ahora no sabe qué hacer con el reciclaje, eso me preocupa
FAVIO. Yo si veo la información del reciclaje y está llegando al pueblo
WILLIAM. Puede ser que sí, pero una campaña directamente de la municipalidad, que organice y
coordine. Tiene la Municipalidad una campaña de recolección
FAVIO. NO PORQUE NO TEENEMOS EL SERVICIO DE RECICLAJE
WILLIAM, No es que lo tengan es que el gestor coordine la campaña
FAVIO. William tiene la razón y podemos mejorar, la información que anda en las redes podemos
postearla para que quede claro, pero hay limitantes y la contraloría nos va a ayudar a buscar la
figura jurídica para que la municipalidad pueda hacer alianzas con las empresas u organizaciones
dispuestas a ayudar
WILLIAM. Porque la municipalidad no puede reciclar
FAVIO. porque no somos gestores. Si hemos organizado campañas de reciclaje y ese reciclaje
debemos entregarlo a un gestor y estos son empresas privadas
LIC OBANDO. La municipalidad puede recolectar, pero no entregar a una empresa porque
estamos entregando material valioso, ya se había hecho un convenio y recycling puso un recurso
y hubo que eliminar el convenio.
KEMILY. Talvez pedir ayuda a las ADI de cada comunidad para que ellos organicen en sus
comunidades y que la empresa llegue a recoger un día especifico
FAVIO. Ya le pedí al encargado de las patentes que me dé un informe de las patentes vencidas
CRISTEL. Quebrada La Danta está más contaminada que antes y el ministerio de salud brilla por
su ausencia
ACTA 103-22 19/04/2022 MANUEL. Me preocupa el comité de deportes, hace tiempo no se reúnen, Rio Negro organizo un comité comunal y no se han podido juramentar porque ellos no se reúnen y hay una muchacha qué se nombró y si no se están reuniendo ella tampoco está haciendo nada -Hay un chatarrero que recoge selecciona lo que le sirve y lo demás lo está tirando en un hueco en el rio Negro -Fiestas clandestinas se están saliendo de las manos y debemos ver como lo resolvemos CRISTEL. Y el dinero de esas fiestas no queda aquí, es de extranjeros MANUEL. Y las Asociaciones de desarrollo no pueden hacer actividades comunales porque son tantos requisitos que es imposible hacerlas -Hay muchas construcciones ilegales, pero si les recogemos la basura gratis KEMILY. El camión de la basura corre demasiado deberían llamarle la atención, se debe tener conciencia de cuidar las cosas del trabajo. FAVIO. EL censo que se hizo el año pasado para la basura incluyo todas las construcciones con o sin permiso. Ese censo esta actualizado a diciembre del año pasado MAINOR. En los últimos cuatro meses se han disparado la construcción de casitas sobre todo humildes en todos los rincones uno encuentra construcciones. Me preocupa ese montón de barrios que han nacido y donde no hay servicios públicos, todo el mundo hace pozos WILLIAM. Construcciones que se hacen a la par de quebradas. Por eso propuse una comisión de ambiente. Y si las cosas están en la orilla de la calle porque hay que ir a denunciar si hay gente que se dedica a eso CARLOS. Hace como tres meses pregunte en el dpto. y teníamos más de 490 clausuras de construcciones no hay un argumento legal de como regularizar esas construcciones que paguen la multa cuanto está dejando de percibir la muni porque no regularizan por falta de servicios públicos FAVIO. Lo que ustedes dicen es verdad de la noche a la mañana se levanta una casa y la ley dice que hay 30 dias para regularizar y dice que hay que ir con un back hoe y arrancar la casa. Yo quiero saber quién de aquí va ir con un back hoe y arrancar esa casa y posiblemente. Hay condiciones que son imposibles de regularizar porque carecen de servicios, ahorita tenemos 50 casas ahí y ninguna tiene servicios y no podrán regularizar de esas 490 clausuras seguro van a ir a parar a la fiscalía y ya he ido a varias audiencias de esas y no quiero ir a más. Muchas gentes de escasos recursos no podrán regularizar CARLOS. Para poder regularizar deben sacar planos. No podemos hacer algo para percibir las multas y ayudarles a ellos FAVIO. solo cambiando la legislación CRISTEL. Con esas casitas como usted dice no hay que ser tan suave, ellos las rentan y cobran 500 y hasta 600 dólares por vivir allí y yo tengo trabajadores que construyeron y les cobran a los otros hasta 200 mil por vivir ahí WILLIAM. Propongo una sesión para plantear estos temas MANUEL. Pero que venga la ingeniera y los inspectores FAVIO. Si háganla y traigo a Melissa y a Alberto. No hay forma de regularizar sin cumplir con todos los requisitos. El señor Intendente se retira.
ACTA 103-22
19/04/2022
ARTICULO X. CORRESPONDENCIA
a. Moraya Iacono Slump. Presidente. Asociacion Desarrollo Integral. Montezuma.
OFICIO C79-2022. ASUNTO. Denuncia formal de la situación de ocupación ilegal y ejercicio
de actividad comercial sin patente y sin permiso de salud en el área de ZMT “ex Capitan”
contiguo al Hotel el Pargo Feliz
PRESIDENTE. SE DA PASE DE ESTA DENUNCIA A LA ADMINISTRACION A FIN DE QUE
LO ANTES POSIBLE NOS BRINDE UN INFORME
b. Lic. Maricel Rojas León. Auditora Interna. OFICIO AIM-56-2022 de cierre del libro de
actas N°45 y OFICIO AIM-57-2022 de cierre del libro de actas N°46
c. Marcela Guerrero Campos. Presidenta Ejecutiva. INAMU. OFICIO PE-0496-2022.
ASUNTO. Participacion de mujeres en el Concejo Municipal. SE CONOCE
SE CONOCE
d. Alma Jasohara Lopez Ojeda. Secretaria. Concejo Municipal de Quepos. OFOCOP MQ-
CM-404-22-2020-2024. ASUNTO. Transcripción de acuerdo
CONSIDERANDO:
-Que la el Concejo Municipal de Quepos tomo el siguiente acuerdo:
ACTA 103-22 19/04/2022 -Que esta iniciativa no solo requiere un voto de apoyo sino un acuerdo donde se le solicite al gobierno no tocar los fondos de las becas de nuestros niños y jóvenes ACUERDO N 4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 4.2. Brindar un voto de apoyo a la iniciativa del Concejo Municipal de Quepos transcrita mediante oficio MQ-CM-404-22-2020-2024.******* 4.3. Solicitarle al Gobierno entrante específicamente a los ministerios de Educación Pública y de Hacienda, mantener el presupuesto de las becas de transporte y comedor de nuestros estudiantes, ya que son muchos los jóvenes que si se les quita el transporte no podrán continuar sus estudios y muchos los niños que solo cuentan con los alimentos de los comedores estudiantiles. El gobierno debe apostar por los niños y jóvenes de nuestro país, son el futuro”. Notificar al Ministro de Educación , al Ministro de Hacienda, al Presidente de la Republica y al Concejo Municipal de Quepos. Votan afirmativamente los Concejales: William Morales, Carlos Mauricio Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez Segura) , Eric Salazar Rodriguez, Minor Centeno Sandi y Manuel Ovares Elizondo ***********************************************U.L.******************************************** PRESIDENTE. Al ser las diecinueve horas en punto se da por finalizada la sesión Sr. Eric Salazar Rodriguez Roxana Lobo Granados PRESIDENTE SECRETARIA