Ordinaria 84 · 2021-12-07
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Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 9) · unanime · firme ACUERDO N°1 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 1.1. “Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 1.…
- Acuerdo 2 (pág. 13) · unanime · aprobado ACUERDO N°2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar en sustitución de la señora Lobo Granados en el periodo del 03 al 14 de enero del 2…
- Acuerdo 3 (pág. 13) · unanime · aprobado ACUERDO N°3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Otorgar patente temporal de licores a la Asociacion de Desarrollo Integral de Licores …
ACTA 84-21
07/12/2021
ACTA N° 084-2021
PERIODO CONSTITUCIONAL
2020-2024
ACTA NÚMERO OCHENTA Y CUATRO - DOS MIL VEINTIUNO DE LA SESIÓN
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
EL DÍA SIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO A LAS DIECISIETE
HORAS EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Eric Francis Salazar Rodríguez
CONCEJALES PROPIETARIOS
William Morales Castro
Carlos Mauricio Duarte Duarte.
Minor Centeno Sandi.
Manuel Ovares Elizondo.
CONCEJALES SUPLENTES
Kemily Rebeca Segura Briceño
INTENDENTE
ASESORA LEGAL
Rosibeth Obando Loria
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Eduardo Sánchez Segura.
CONCEJALES SUPLENTES
Cristel Gabriela Salazar Cortes
Geovanni Blanco Burgos
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ACTA 84-21
07/12/2021
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO I. ORACION
A cargo de la Asesora Legal
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 83-2021 la cual se ratifica en todas sus
partes.
b. Se somete a ratificación el acta extraordinaria 18-2021 la cual se ratifica en todas
sus partes
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
a. Se recibe a la señorita Marianela Moya Hidalgo. Directora Comercial. Golden
Comunicaciones
PRESIDENTE. Le da la bienvenida y concede la palabra
MARIANELA MOYA. Agradece el espacio
ACTA 84-21 07/12/2021 Artículos del Reglamento de Construcciones del INVU, referidos a diferentes infraestructuras de soporte de telecomunicaciones, torres y postes
ACTA 84-21 07/12/2021
ACTA 84-21 07/12/2021
ACTA 84-21 07/12/2021
ACTA 84-21 07/12/2021 Adjunta además los requisitos presentados en la administración por medio de la plataforma del CFIA para el permiso de construcción, indica que ella es la cara de una empresa muy
ACTA 84-21 07/12/2021 responsable que hace trabajos técnicos responsables, existía una viabilidad para la colocación de dos postes de telecomunicaciones uno en San Isidro y otro en Santa Teresa y pensamos que ya podíamos iniciar pero faltaba un contrato que debía ser conocido por el concejo y estoy aquí por eso para dar la cara, se hizo un trabajo muy grande y todo está en regla y es una lástima que esto suceda por un error de comunicación, una mala interpretación de comunicación. Y porque quiero que la estructura se finalice, es un proceso nuevo en el cual también existía desconocimiento porque todas las municipalidades funcionan diferente. En la zona hay mucha necesidad de comunicación WILLIAM. Si hay mucha necesidad, pero en los lugares que están colocando los postes son los lugares que tienen fibra óptica, hay otros lugares que no tienen señal como Las Delicias ni para el celular y ¿porque no iniciaron con esos otros lugares? MARIANELA. Ya tenemos designado a Delicias FAVIO. Quien designa los postes MARIANELA- La SUTEL WILLIAM. Designan lugares que tienen comunicación KEMILY. En San Isidro hay fibra óptica pero mucha gente no tiene cobertura ni internet FAVIO. En San Isidro no toso tienten cobertura, Racho Esperanza es un ejemplo de ello. MARIANELA. El poste tiene una altura de 24 metros y es para internet y celular y ya tienen levantado el punto en Las Delicias, hay que hacer el trámite del permiso, hay muchas variables que se toman en cuenta para designar el poste entre ellos la ley 7600. También siempre va a existir personas incómodas con los postes, estas estructuras van a soportar 5G CARLOS MAURICIO. Una antena al frente de una propiedad la desvaloriza MARIANELA. Eso es lo que dicen, pero no es cierto, pero entiendo su criterio, pero no podemos frenar la tecnología por esas cosas MANUEL. Ojalá la cobertura sea para todo el distrito MARIANELA. Yo quiero terminar el proceso iniciado y por ley las estructuras deben albergar varias operadoras. FAVIO. Yo desconocía el trámite que estaban haciendo porque yo no apruebo permisos, puedo ver que falto un paso y fue la firma del contrato PRESIDENTE. Lo que procede es concluir el proceso con la administración y después vendrá al Concejo para aprobación y autorizar la firma, si la administración lo hace, el martes se estaría conociendo y aprobando FAVIO. Sería importante que algún representante de la comunidad de Las Delicias los acompañe para definir los puntos y que no suceda lo de ahora
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07/12/2021
MARIANELA- Les solicito nos ayuden para poder continuar porque no quiero ver a la
comunidad molesta.
PRESIDENTE. Le agradece la visita y la presentación y le recalca que el Concejo queda a
la espera del contrato, el cual si la administración lo hace será conocido posiblemente el
próximo martes.
LA SEÑORITA MOYA SE RETIRA
ARTICULO IV. MOCIONES
SE DISPENSA
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
LICDA. OBANDO.
a. Acogieron la coadyuvancia presentada la Ley de Fraccionamiento del INVU
b. No se han pronunciado con respecto al recurso presentado
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. Informe de la Intendencia 2021-044
a.1. OFICIO N°INT-2021-602. ASUNTO. Traslado de Convenio entre Concejo Municipal
de Distrito de Cobano y la Sociedad de Responsabilidad Limitada Roljuanjo Limitada
Por medio de la presente les saludo y deseo éxitos en sus funciones diarias, de la manera mas atenta
hago traslado de Convenio entre Concejo Municipal de Distrito de Cobano y la Sociedad de
Responsabilidad Limitada Roljuanjo Limitada
Es por lo anterior que les solicito que se proceda a revisar y se me autorice a la respectiva firma.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido OFICIO N°INT-2021-602 mediante el cual se traslada borrador de
Convenio de Donación entre el Concejo Municipal de Distrito de Cobano y la Sociedad de
Responsabilidad Limitada Roljuanjo Limitada
ACUERDO N°1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 1.1. “Dispensar del trámite de
comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
1.2. Aprobar borrador de convenio de donación del transporte para la carroza municipal en
el desfile navideño que se llevará a cabo el día 11 de diciembre, con la empresa
denominada ROLJUANJO LIMITADA, el cual se detalla:
BORRADOR DE CONVENIO ENTRE CONCEJO MUNICPAL DE DISTRITO DE COBANO Y LA SOCIEDAD
RESPONSABILIDAD LIMITADA ROLJUANJO LIMITADA
Entre nosotros FAVIO JOSE LOPEZ CHACON, con cédula número cinco – trescientos cincuenta y uno
- novecientos veintiséis, divorciado, vecino de San Isidro de Cobano , en carácter de INTENDENTE
ACTA 84-21 07/12/2021 MUNICIPAL, es quien ostenta la representación legal del Concejo Municipal de distrito de Cóbano, cedula de personería jurídica número 3-007-078297, con las facultades que le otorga el Artículo 17, Inciso n) del Código Municipal y la Resolución número 1374-E11-2020 de las diez horas del veinticinco de febrero del año dos mil veinte del Tribunal Supremo de Elecciones , publicado en la Gaceta número cuarenta y cuatro del Año dos mil veinte , para el periodo que va del primero de mayo del año dos mil veinte al treinta de abril del año dos mil veinticuatro, el cual fue juramentada en la sesión solemne del día 1° de Mayo del Año Dos Mil Veinte, en adelante denominado para los efectos del presente Convenio como “EL CONCEJO”, y Jorge Eduardo Chacón Chacón, mayor, casado una vez, portador de la cedula de identidad uno- mil ciento treinta y uno- cero ochocientos cuarenta y dos, vecino de Naranjo de Alajuela ciento cincuenta metros al sur del parque, actuando en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Empresa NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA, cedula jurídica número tres- ciento dos- cero ocho veintiséis cinco seis , vecino de Naranjo de Alajuela ciento cincuenta metros al sur del parque y quien en adelante se denominara para los efectos del presente Convenio como “El Donante”; acordamos suscribir el presente convenio el cual tiene como propósito materializar la intención de donación hacia el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano . CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Concejo Municipal de distrito de Cóbano mediante acuerdo N°xxxxx de la sesión ordinaria número xxxx del día xxx de xxxxxe 2021 artículo xxx, inciso xx, instruye al intendente para que firme el presente convenio de donación, el cual será suscrito por ambas partes, siendo que existe por parte del donante carta dirigida a este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano donde consta la intención de donación. SEGUNDO: Que de conformidad con el numeral 1 de la ley N° 6227 Ley General de la Administración Pública da la posibilidad a los entes públicos para recibir donaciones esto deriva de su carácter de persona jurídica y la doble capacidad de derecho público y privado que ostentan la Administraciones Públicas, por lo que en el tanto no haya ley expresa que lo prohíba– todo ente público se encuentra autorizado, per se, para recibir donaciones. EI numeral 4° de la citada ley dispone claramente que la actividad de los entes públicos deberá estar sujeta en su conjunto a los principios fundamentales del servicio público, para asegurar su continuidad, su eficiencia, su adaptación a todo cambio en el régimen legal o en la necesidad social que satisfacen y la igualdad en el trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios. TERCERA: Que siendo que, en lo no previsto por el ordenamiento jurídico administrativo en relación a la donación, se deben considerar las normas que regulan la figura jurídica de la donación en el derecho privado, especialmente lo estipulado en el Título XIII, Capítulo Único, Arts. 1393 a 1408 del Código Civil, en lo que resulten aplicables. CUARTA: Que siendo que es importante el interés primordial de este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, es poder realizar la mayor cantidad de mejoras en los caminos de nuestro Distrito, ello como parte de la responsabilidad Social de este Concejo Municipal en busca de la satisfacción del interés público y así mejorar la calidad de vidas de nuestros munícipes. QUINTA: Que de conformidad con la personería jurídica del Registro Nacional, se encuentra debidamente acreditada la representación del el señor Jorge Eduardo Chacón Chacón , de calidades conocidas, quien ostenta representación judicial y extrajudicial, y en su condición de gerente de dicha Sociedad anónima bajo el bajo el Tomo: 484, Asiento: 18863, misma que se encuentra vigente hasta 04/12/2099. SEXTA: Que para tales fines y según se establece el artículo 17 del Código Municipal, el Intendente Municipal en su condición de representante legal de este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, en conjunto con los demás órganos y entes de la administración pública, deberán coordinar sus acciones y a tales efectos, conforme lo autorizan los artículos 4, inciso f), 6, 7 y 13, inciso e) del
ACTA 84-21 07/12/2021 mismo cuerpo legal, para el cumplimiento de sus funciones. Además, este Conejo Municipal está facultado para concertar con personas o entidades nacionales o extranjeras, los pactos, contratos o convenios que estime necesarios. En este mismo sentido la Ley General de Concejos Municipales de Distritos en sus artículos 1, 3 y 4, ampara a los Concejos Municipales de Distritos en la realización de la toma de dichas acciones dentro de las competencias locales dentro del respectivo Distrito para el beneficio de esta colectividad. POR TANTO, ACORDAMOS Suscribir el siguiente convenio de donación regido por la normativa vigente en materia de donaciones y sujeto a las cláusulas que a continuación se enumeran: PRIMERA: OBJETIVO. El presente Convenio, tiene como finalidad primordial que este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, pueda contar con el uso de un vehículo óptimo para convertir en carroza y asimismo que sirva de transporte de la carroza Municipal para ser utilizada en el desfile Navideño que se llevará a cabo el día 11 de diciembre de 2021 por las calles principales del Distrito. Dicho desfile tiene como finalidad al igual que otros cantones o distritos de celebrar la navidad y así unir más a nuestro familiar y darle en verdadero significado de la navidad al mismo tiempo es hacer de esto una actividad lucida y atractiva, para retribuir al pueblo Cobaneño, con actividades llamativas y novedosas que los vengan a entretener sanamente y en familia. SEGUNDA: Obligaciones del Donante: El donante se compromete a lo siguiente: 1.- Facilitar, para elaborar una carroza navideña que será utilizada para el desfile Navideño que se realizara en el –Distrito de Cóbano en fecha 11 de diciembre del 2021, el uso y transporte del vehículo con las siguientes características placa: número C-00148680, año 1996, marca PETERBILT, CARROCERIA CABEZAL O TRACTOR CAMION, CON NUMERO DE SERIE/ VIN 1XPCDR9X7TN410368, CHASIS NUMERO N410368. 2.- Asumir los costos del traslado del Cabezal junto a la carreta hasta las instalaciones de este Concejo Municipal de Distrito, así mismo a facilitar el uso del vehículo a más tardar el día nueve de diciembre para ser decorado y convertido en carroza por parte del personal municipal encargado de dicha tarea, de igual manera se compromete a facilitar el chofer el día del desfile Navideño o sea en fecha 11 de diciembre de 2021 TERCERA: Obligaciones del Concejo Municipal de Distrito de Cobano. El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano se compromete a no instalar estructuras permanentes en el cabezal o carreta, además de que una vez finalizado el desfile retirar la decoración que se le realice al vehículo, cabezal y carreta. QUINTA: De la Estimación: Por su naturaleza, el presente Convenio, se estima en la suma equivalente en dinero en doscientos mil colones exactos, (¢200.000.00), que corresponden al traslado del cabezal y carreta hasta las instalaciones del Concejo Municipal de Distrito y su regreso hasta Naranjo. SEXTA: PLAZO. El plazo de este convenio será de 8 días a partir de la firma del presente convenio. SETIMA: DE LA MODIFICACIÓN. Cualquier modificación, adición o aclaración al presente Convenio, deberá constar por escrito en un adendum el cual deberá ser suscrito por ambas partes, la cual formará parte integral del mismo. OCTAVA: INCUMPLIMIENTO. En caso de incumplimiento tanto EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO, y la Sociedad Responsabilidad Limitada ROJUANJO LIMITADA, en la persona JORGE EDUARDO CHACON CHACON deberán asumir su responsabilidad y velarán por el cumplimiento de cada una de las cláusulas de este convenio con los compromisos y actos que este acuerdo demande, y según la normativa que rige la materia. NOVENA: DE LAS NOTIFICACIONES: Para efectos de recibir notificaciones, las partes señalan: Sociedad Roljuanjo Limitada , por correo electrónico: roljuanjo@hotmail.com dirigido al señor Jorge Eduardo Chacón Chacón , y “El CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO” al correo
ACTA 84-21 07/12/2021 electrónico: intendecia@municobano.go.cr. Cualquier notificación, solicitud, informe u otra comunicación presentada por cualquiera de las partes bajo este instrumento, deberá realizarse de forma escrita en el lugar indicado. Estando conformes y en fe de lo anterior, las partes firman el presente Convenio en dos ejemplares originales, de igual tenor, validez y eficacia, Cóbano, a las xxxx horas del xxx de xxxx del dos mil veintiuno. HASTA AQUÍ LA TRANSCRIPCION. ACUERDO UNANIME Y FIRME 2.3. Autorizar al Intendente a firmar el citado convenio de Donación con la empresa Roljuanjo Ltda.”. Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodriguez, Minor Centeno Sandi, Carlos Mauricio Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez), Manuel Ovares Elizondo y William Morales Castro. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO. a.2. La maquinaria municipal está trabajando en el camino Montezuma- Cabuya, el back hoe está trabajando en la colocación de alcantarillas en el sector de Cabuya, también se colocó material en la calle que rodea la plaza de Las Delicias a.3. Se reparó el camino del mariposario a.4. Se habilitaron los accesos a los ríos cala mocha, macha, Rio Frio, Los Ángeles, Caño Seco y San Ramón de Ario y mañana se repara Los López-Bethel. a.5. A título personal se van a entregar más de 3000 regalos a los niños del distrito, para esto se utilizará personal y vehículos NO municipales MANUEL. Aún falta la raspada del camino Rio Negro –Santa Clemencia, usted me dijo una semana y ya va como un mes FAVIO. Aún no ha llegado la maquinaria a ese sector WILLIAM. En el mariposario todavía quedo un hueco muy peligroso, queremos arreglarlo quiero saber si se puede FAVIO. Si yo puedo aportar el ingeniero y el material que requieran WILLIAM. Favio quiero saber si se puede ampliar la entrada Tango Mar y Villas del Mar FAVIO. Eso es bastante difícil, pero se analizará MANUEL. Están pasando entre diez y once vagonetas de Rio Negro a Bethel y me llamaron para informarme que están deteriorando el camino la cuesta de Bethel esta impasable para vehículos sencillos. FAVIO. Voy a dirigir su consulta al CONAVI a.6. FAVIO, ustedes le otorgaron vacaciones a la secretaria Roxana, entonces deben nombrar el sustituto. Les propongo al funcionario Diego Céspedes. CONSIDERANDO
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-Que la secretaria del Concejo ha solicitado diez dias hábiles de vacaciones a disfrutar del
3 al 14 de enero del 2022, las cuales fueron otorgadas en la sesión ordinaria 82-2021 de
día veintitrés de noviembre del año dos mil veintiuno.
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar en sustitución de la señora
Lobo Granados en el periodo del 03 al 14 de enero del 2022 al Sr. Diego Céspedes Núñez.,
cedula 6 0386 0099, mayor, en unión de hecho, bachiller en administración de oficinas y
vecino de San Ramón de Ario ”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Eric
Salazar Rodriguez, Minor Centeno Sandi, Carlos Mauricio Duarte (quien asume la curul
ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez), Manuel Ovares Elizondo y
William Morales Castro
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
a. MBA. Karen Porras. Directora Ejecutiva. UNGL. OFICIO DE-E-310-12-2021.
ASUNTO. Notificación del monto incluido en el presupuesto nacional de los recursos
que por ley le corresponden a cada municipalidad
FAVIO. Lo importante de este oficio es que no se rebajó nada del presupuesto
nacional a las municipalidades. SE CONOCE
b. Gerardo Mauricio Rojas. Gerente telecomunicaciones ICE. ASUNTO. Informe
de la audiencia con el Concejo en el cual participo el Concejal William Morales. SE
CONOCE
c. Gilberto Rodriguez Rojas. Presidente. Asociacion de Desarrollo Integral de
Cobano. ASUNTO- Solicitud de patente temporal de licores para ser utilizada el día
25 de diciembre en feria a realizarse en el salón los Caraos
CONSIDERANDO:
-Que la Asociacion de Desarrollo Integral de Cobano ha solicitado patente temporal de
licores para explotar en una feria a realizarse el día 25 de diciembre del 2021 en el salón
Los Caraos propiedad de dicha asociación
ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Otorgar patente temporal de
licores a la Asociacion de Desarrollo Integral de Licores para que sea explotada en el día
25 de diciembre del dos mil veintiuno en el salón Los Caraos propiedad de esta asociación”.
ACUERDO UNANIME
3.2. Indicarle a la organización del evento y a la administración encargada de otorgar el
respectivo permiso que deben, además de cumplir con todos los requisitos establecidos
para este tipo de eventos, cumplir con el protocolo aprobado por el ministerio de salud y
vigente a la fecha, que en lo referente al aforo establece lo siguiente:
ACTA 84-21 07/12/2021 ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales Concejales Eric Salazar Rodriguez, Minor Centeno Sandi, Carlos Mauricio Duarte (quien asume la curul ante la ausencia del Concejal propietario Eduardo Sánchez), Manuel Ovares Elizondo y William Morales Castro. ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES MINOR. Favio que ha pasado con el parque FAVIO. El ministerio de vivienda realizara una inspección a los terrenos. En el mes de diciembre el centro de urbanización de la ANAI, que nos van a colaborar, va a realizar una inspección. MANUEL. Me han dado quejas de que nadie contesta la central telefónica de la municipalidad FAVIO. La central telefónica es nueva debería estar al 100% ***********************************U.L. ************************************** PRESIDENTE. Se da por finalizada la sesión al ser las dieciocho horas con veinte minutos Sra. Roxana Lobo Granados Sr. Eric Salazar Rodriguez SECRETARIA PRESIDENTE