Ordinaria 67 · 2021-08-10
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Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 7) · unanime · aprobado ACUERDO N°1 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “ 1.1 Acoger el dictamen presentado por la comisión especial denominada Plan Regulador Urban…
- Acuerdo 2 (pág. 8) · unanime ACUERDO N°2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “ 2.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 2.…
- Acuerdo 3 (pág. 13) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°3 Con cinco votos presentes SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 3.…
- Acuerdo 1 (pág. 13) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°1 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Aprobar la moción de orden presentada por el Presidente Municipal y conocer en est…
- Acuerdo 4 (pág. 14) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comision”. ACUERDO UNANIME Y FIRME 4.…
- Acuerdo 5 (pág. 15) · unanime ACUERDO N°5 ACTA 67-21 10/08/2021 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar, por vencimiento de la anterior junta, como miembros de la Ju…
ACTA 67-21
10/08/2021
ACTA N° 067-2021
PERIODO CONSTITUCIONAL
2020-2024
ACTA NÚMERO SESENTA Y SIETE- DOS MIL VEINTIUNO DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA DIEZ DE AGOSTO
DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO A LAS DIECISIETE HORAS CON QUINCE MINUTOS EN LA
SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Eric Francis Salazar Rodríguez
VICE PRESIDENTA
Magaly Rodriguez Rojas
CONCEJALES PROPIETARIOS
William Morales Castro
Minor Centeno Sandi.
Eduardo Sánchez Segura
Manuel Ovares Elizondo
CONCEJALES SUPLENTES
Kemily Rebeca Segura Briceño
Carlos Mauricio Duarte Duarte
INTENDENTE
Sr. Favio López Chacón
ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando Loria
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
CONCEJALES SUPLENTES
Cristel Gabriela Salazar Cortes
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo
el orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO I. ORACION
a. A CARGO DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
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a. Se ratifica en todas sus partes el acta ordinaria 66-2021.
b. Se ratifica en todas sus partes el acta extraordinaria 13-2021
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
a. Se recibe a los funcionarios Ingenieros Rodrigo Vásquez y Franklin Obregón
PRESIDENTE, Les da la bienvenida y concede la palabra
RODRIGO. Agradece el espacio e indica que vienen la presentar las POLITICAS PARA EL PLAN
VIAL QUIQUENAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO 2022-2025
El Plan Vial Quinquenal de Conservación y Desarrollo (PVQCD)
Constituye una nueva forma de planificar la gestión vial aplicando la metodología de aprender haciendo.
Incorpora la participación comunal como un mecanismo para nutrir el proceso favoreciendo la
transparencia y la rendición de cuentas.
Pone a disposición un conjunto de procedimientos, herramientas y recomendaciones necesarias para
realizar un plan de gestión vial incluyendo los componentes de desarrollo, conservación y seguridad, con
estrategias e indicadores para el seguimiento y evaluación.
El PVQCD es una herramienta que dará las pautas a seguir en la intervención de la Red Vial Distrital, y
cómo se destinarán los recursos a lo largo de los siguientes cinco años.
Flujos poblacionales que generan el tránsito por las principales rutas del distrito
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Tipos de flujos regulares del distrito
Flujo mixto (vehículos y personas)
-centros educativos
-centros de salud
-instituciones públicas.
Otros tipos de actividades que generan flujos mixtos
-comercio
-deportes
-turismo
-agricultura
-instituciones
-iglesias
-gimnasio
Caminos afectados por eventos naturales
-deslizamientos/derrumbes
-Inundaciones
-hundimientos
-sismo
-lluvia (dificulta la transitabilidad)
Bajo esta condición se tiene 165,16 kilómetros de caminos afectados en todo el distrito
LEY N° 9976, MOVILIDAD PEATONAL
LEY N° 9660 MOVILIDAD Y SEGURIDAD CICLÍSTICA
Se trabaja en la superficie de ruedo de algunas calles aplicando pavimento flexible, dejando de lado las
obras complementarias como las aceras, ciclo vías y drenajes pluviales.
La nueva ley N° 9976, da recursos a las municipalidades, el cinco por ciento (5%) de los recursos
provenientes de la Ley 7509, Impuesto sobre Bienes inmuebles, de 9 de mayo de 1995
Con respecto a la ley N° 9660 Movilidad y seguridad ciclista, se debe proporcionar o contemplar espacio
para los ciclistas.
Políticas viales distritales
Propuesta de Políticas Generales
Tabla 12. Marco de Políticas en Gestión Vial Distrital
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Componente Política Meta Indicador
Mantenimiento y Mantenimiento y Kilómetros de
mejoramiento de la red mejoramiento de la RVD, Mantenimiento en ruta
vial del Distrito (RVD), que intervenir 8 kilómetros por A, en el distrito de
conecten a los principales año. Cóbano 2022 al 2026.
centros de población de -Mejoramiento de 8 km por Kilómetros
mayor auge económico, año, del 2022-2026 mejoramientos en ruta
categorizados como -Mantenimiento de 30 km A, en el distrito
caminos tipo A. por años, del 2022-2026 durante el 2022 al
2026.
Mantenimiento de las Mantenimiento de la ruta Cantidad de kilómetros
rutas tipo B y C, que dan tipo B y C, intervenir 60 intervenidos por año
acceso a zonas prioritarias kilómetros por año, del en el distrito durante el
para el desarrollo del 2022-2026 2022 al 2026
Distrito (agrícolas,
ganaderas).
Conservación
y Desarrollo
Invertir en aceras en los Construcción de 1000 Cantidad de metros
de activos
principales centros de metros lineales de acera lineales de
viales
población del distrito de por año en los centros de construcción de acera
acuerdo a la ley 7600 y Población. intervenidos por año.
Ley 9976. Mejoramiento de 1000 Cantidad de metros
metros lineales de acera lineales de
por año en cada centro de mantenimiento de
población. acera por año.
Intervención en puentes Intervenir 5 puentes, uno Cantidad de puentes
de mayor importancia por año, que den beneficio intervenidos por año,
relacionados con la a la actividad turística y en el Distrito durante el
actividad turística y agrícola del distrito en los periodo del 2022 al
agrícola del distrito. próximos cinco años. 2026
Otras políticas que pueden ser transversales*
Componente Política Meta Indicador
Colocación de 2022-2023 Realizar un -Informe de
señalización Horizontal; estudio de las necesidades necesidades de
señales informativas, y del distrito en donde se instalación de señales
prevención a lo largo requiere colocar en el Distrito.
de las rutas tipo A, B y C señalización. Cantidad,
Seguridad del Distrito en puntos 2023-2026 Iniciar con la presupuesto. Durante
Vial estratégicos. Colocación de señales en el el 2022
(considera la Distrito de acuerdo a los -Cantidad de
movilidad puntos estratégicos señalización instalada
segura y recomendados en el en el distrito por año
sostenible) informe. en rutas principales,
en los siguientes 4
años
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Componente Política Meta Indicador
Intervenir en desastres, Conformar un cronograma
Conservación que se dan dentro del de actividades para Realizar 5
ambiental y Distrito de Cóbano. intervenir en los desastres intervenciones por
reducción que se den en el distrito año.
del riesgo de
desastres
-Capacitar al personal Tres capacitaciones al
de la Unidad Técnica de personal de la Unidad Número de
Gestión Vial de Cóbano. Técnica de Gestión Vial de capacitaciones
-Adquirir un equipo de Cóbano sobre temas de recibidas por personal
Fortalecimie mantenimientos interés o estratégicos de de la Unidad Técnica
nto de preventivos a las rutas acuerdo a sus funciones de Gestión Vial, por
capacidades tipo A del Distrito, que año en temas de
de la Unidad cuenten con pavimento Adquirir un equipo de interés durante el
Responsable flexible. calentamiento de emulsión y periodo 2022-2026.
de la Gestión dar mantenimientos Adquisición de una
Vial preventivos a las rutas tipo A máquina de
del Distrito. calentamiento de
emulsión durante el
2022-2023
Promover la Mantener informado a los Número de boletines
participación de diferentes integrantes de o publicación por mes
diferentes grupos de la juntas de desarrollo como de en redes sociales,
Participac
comunidad en los caminos, por medio de sobre el acontecer del
ión procesos de gestión vial, boletines en redes sociales, Concejo Municipal del
principalmente a los de los acuerdos y proyecto Distrito de Cóbano
ciudadana
miembros de junta de en proceso de gestión por el durante el periodo del
desarrollo y junta de distrito de Cóbano, durante 2022-2026 en toma de
caminos. el periodo de 2022-2026. acuerdos.
Para la toma de acuerdos.
-
intervenir zonas -Proporcionar zonas -Cantidad de Rampas
peatonales, brindar peatonales, elementos que intervenidas
zonas recreativas con permita la movilidad -Cantidad de
Género y
mayor seguridad, como accesibilidad a la población pasamanos
derechos
rampas, pasamanos, en general intervenidos
humanos
loseta táctiles e -Cantidad de loseta
iluminación de parques. táctiles intervenidas
-Iluminación de
parques intervenidos.
MANUEL. A mí lo que me preocupa es que ya habíamos aprobado un plan quinquenal, como
vamos a hacer si ya existe un acuerdo que está vigente
PRESIDENTE. Señora asesora indíquenos que procede
LIC. OBANDO. Veo que este plan incluye el tema de las aceras de la nueva ley el anterior no lo
tenía Lo que se puede hacer es una rectificación del acuerdo o un convalidación , hay que montarlo
bien, porque este plan contiene la ley de movilidad peatonal que es reciente, eso hay que montarlo
bien porque no se puede inducir a error al Concejo, por ahí hay justificación
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WILLIAM. Como vamos a hacer una rectificación si son diferentes
Si tiene razón Manuel, tomamos un acuerdo sobre un plan el cual no pudimos ver se hizo muy a
la carrera como para cumplir y este si lo estamos viendo
LIC. como es una convalidación de acuerdo con este se van a corregir los errores del anterior y si
lo que tienen que hacer es una total sustitución del plan quinquenal, la ley general de la
administración nos da las herramientas para aprobar este y hay justificación y ¿cuál es? que
cuando se elaboró el anterior no existía la ley de movilidad peatonal
WILLIAN. ¿Ustedes están tomando datos del anterior o es una cosa nueva?
RODRIGO. Hemos tomado guía del anterior, la gente del MOPT nos ha dicho que el plan vial que
se hizo en ese momento era bueno, pero en muchas municipalidades no lo hicieron bien, entonces
están capacitándonos por regiones para la elaboración de planes viales, se están haciendo nuevos
todos.
LIC.OBANDO. El acuerdo debe quedar motivado y razonado
ING. FRANKLIN. Para continuar con el proyecto lo que ocupamos es la aprobación de las políticas
ya el plan final viene en noviembre, tienen todo este lapso para ver qué es lo que hay que cambiar
LIC. OBANDO De igual forma al aprobar las políticas están aprobando parte del plan, entonces
previo al acuerdo hay que justificar, porque se van a aprobar esas políticas que son como el punto
de arranque y así no incurrir en error.
PRESIDENTE. Agradece la visita y presentación y los funcionarios se retiran.
b. Se recibe al Sr. Jose Simerman.
PRESIDENTE. Le saluda y concede la palabra
JOSE. Indica que pintaron las calles, pero no delimitaron la zona de paso peatonal y en el centro
de Cóbano son cuatro esquinas donde los peatones se tienen que enfrentar a los choferes poco
amables. También indica urge un reductor de velocidad frente a la feria. Solicita se interceda ante
el MOPT para que se haga algo
PRESIDENTE. Le agradece la sugerencia la cual es muy importante y agrega que se hará la
solicitud a Ingeniería de transito del MOPT en Puntarenas
ARTICULO IV. MOCIONES
SE DISPENSA
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
PRESIDENTE. Para que lo agenden. Con el objetivo de conocer informe de auditoría se convoca
a sesión extraordinaria el día miércoles 01 de setiembre a las 4 pm.
ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES
a. COMISION ESPECIAL. PLAN REGULADOR URBANO COSTERO CABUYA-
MONTEZUMA. “PROZUL”
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DE: COMISIÓN ESPECIAL DE LAS ZONAS URBANO LITORALES
PARA: CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO, PUNTARENAS
La Comisión Especial de las Zonas Urbano Litorales del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
Puntarenas, con base en el artículo 34 Inc. g). y 49 del Código Municipal, dictamina:
Hechos que conllevan a este Dictamen:
Después de que hasta la fecha y después de más de casi ocho años, la Comisión Interinstitucional de las
Zonas Urbano Litorales CIZUL, no ha elaborado el Reglamento a la Ley N°9221, “Ley de las Zonas Urbano
Litorales”, y para este Concejo Municipal es de vital importancia esa Ley como instrumento para poder
regularizar la situación de los contribuyentes en la Comunidad de Montezuma.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que este Concejo Municipal de Distrito seguramente se acogerá a la Ley N° 10.000 y que protege
a los pobladores de las zonas especiales por medio de una moratoria de 3 años.
SEGUNDO: Que cuando así sucede, la Municipalidad o Concejo Municipal en este caso, se tiene que avocar
en los años de la moratoria a solucionar la situación de sus contribuyentes, para que puedan seguir viviendo
y trabajando en paz como siempre lo han hecho, pero de acuerdo a la legislación vigente.
TERCERO: Que con la aplicación de la Ley N°9221 este Concejo Municipal podría solucionar el problema a
la mayoría de sus contribuyentes en Montezuma.
POR TANTO:
Esta Comisión Especial, dictamina y recomienda al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano que por
acuerdo, se apruebe enviar una nota a la CIZUL en la que enérgicamente se les solicite una fecha para la
entrega del Reglamento, puesto que este Concejo Municipal, en este momento se encuentra imposibilitado
de regular su Zona Marítima Terrestre en la Comunidad de Montezuma, ya que tiene una solicitud de
declaratoria de ZUL en ella desde el 14 setiembre del 2.017 y mientras eso no se resuelva no puede actuar.
ACUERDO N°1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “ 1.1 Acoger el dictamen presentado por la
comisión especial denominada Plan Regulador Urbano Costero Cabuya-Montezuma. Conocida
como PROZUL. *****
1.2. Solicitarle UNA VEZ MAS a comisión CIZUL nos indique una fecha de entrega del reglamento
a la Ley N°9221 debidamente aprobado. Por esa comisión es bien sabido que todo un pueblo,
pionero en el turismo del país como lo es MONTEZUMA requiere urgentemente este reglamento
para poder darle solución a su caótica situación, después de toda una vida de vivir en ese lugar.
Apelamos a su sensibilidad, capacidad y sobre todo “poder” que ustedes tienen desde la comisión
CIZUL para que mediante ese reglamento nos ayuden a solucionar un problema y los vecinos de
Montezuma puedan seguir viviendo en paz”. ACUERDO UNANIME
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
a. Licdas. Aralyn Villegas y Rosibeth Obando. OFICIO ZMT-068-2021. Asunto: Respuesta
a pase CMS 235-2021, en el cual solicita revisión del expediente 22.553 “REFORMA
INTEGRAL A LA LEY 6043, LEY SOBRE LA ZONA MARÍTIMO TERRESTRE DEL 02 DE
MARZO DE 1977 Y SUS REFORMAS”.
CONSIDERANDO
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Que se ha sometido a consulta el Exp. 22.553“REFORMA INTEGRAL A LA LEY 6043,
LEY SOBRE LA ZONA MARÍTIMO TERRESTRE DEL 02 DE MARZO DE 1977 Y SUS
REFORMAS”,
Que esta ley es muy importante para los municipios que tienen en administración zona
marítimo terrestre
Que se solicitó criterio a las asesoras legales del Concejo y del Dpto. de zona marítimo
terrestre
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “ 2.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
2.2. Externar nuestra aprobación a que se realice una reforma a la Ley de Zona Marítimo Terrestre
Nº 6043, en el entendido que la misma data del 02 de marzo del 1977, por lo que es preciso aplicar
modificaciones a la misma, con el fin de ajustarla a la realidad actual, sin que con ello se pierda el
disfrute de los particulares, de las bellezas nacionales dotadas al territorio nacional, siendo la
reforma a la misma un menester necesario a fin del desarrollo del Distrito de Cóbano, para el caso
que nos ocupa, por consiguiente una contribución al país. Pero encontramos que se deben realizar
algunos cambios en el texto sugerido, y procedemos a externas las observaciones que creemos
necesario se tomen en cuenta:
El artículo 6. Sugerimos que quede de la siguiente manera:
Artículo 6- Se regulará de forma especial, los siguientes pueblos costeros, sin que pierdan
su naturaleza demanial, aplicando de la siguiente manera:
c) Los pueblos costeros de Cahuita, Costa de Pájaros, Cuajiniquil, El Cocal en Quepos,
Montezuma, Playa Tamarindo, Playa Uvita, Puerto Jiménez y Puerto Viejo de Talamanca, todos
ellos existentes de previo a la entrada en vigencia de esta Ley, e identificados técnicamente como
tales por el INVU mediante acuerdo de su Junta Directiva, se planificarán bajo los principios de un
plan regulador urbano, según la Ley Planificación Urbana, Ley No. 4240 del 15 de noviembre de
1968 y sus reformas, mismos que aplicaran siempre bajo la figura de concesión, por parte de
la Municipalidad competente, cuyos parámetros constructivos y de área aplicara vía
reglamento del INVU. La planificación de estos pueblos costeros deberá garantizar el libre acceso
a la zona pública y el derecho a una vivienda digna, al arraigo social y al desarrollo sostenible por
parte de la comunidad del caso, priorizando para ello el uso habitacional como única vivienda, los
servicios públicos y el ejercicio de las actividades comerciales derivadas de su arraigo social. No
siendo factible la ocupación ni la construcción en la Zona Pública.
ACTA 67-21 10/08/2021 Artículo 18- En las zonas concesionadas se podrá autorizar al respectivo concesionario el uso de la zona pública para la instalación y prestación de servicios turísticos, que no incluya planta o infraestructura permanente, siempre y cuando se garantice el libre tránsito, y el disfrute público de estos servicios. El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, en conocimiento de la Zona del Distrito de Cóbano, debido a la tramitología diaria, diferimos del artículo 18, en el cual se le otorga potestad al concesionario del uso de la Zona Pública para la instalación y prestación de servicios, siendo nuestra posición objetiva de acuerdo a las experiencias de la zona, debido a que nos resulta precautorio que el otorgar facultad del uso de la Zona Pública al amparo de la ley, mediará para que el concesionario disponga del uso de la zona publica como privativo, al tenor de que incluso tenga la “posibilidad de excluir” de la misma a cualquier visitante si no media sustento económico para el uso del espacio, perdiéndose de esta forma el espíritu del artículo 16 de la reforma de análisis. Artículo 27- Para el otorgamiento de concesiones en la Zona Marítimo Terrestre, las municipalidades deberán respetar y acatar lo dispuesto en el Plan Estratégico Costero de la ZMT de su zona, y el Plan Ejecutivo del respectivo sector costero. En relación al artículo 27, preocupa a este Concejo Municipal de Distrito la entrada en videncia pronta y oportuna de Plan Estratégico Costero de la ZMT de su zona, y el Plan Ejecutivo del respectivo sector costero, una vez aprobada la reforma de análisis, con el objetivo de no entorpecer el otorgamiento actual de las concesiones y su debido ingreso por concepto de canon al Concejo Municipal del Distrito de Cóbano. Artículo 32- Las concesiones para desarrollos turísticos de acuerdo a la planificación de la Zona Marítimo Terrestre, serán otorgadas por las Municipalidades respectivas, mediante un mecanismo de concurso público así comunicado mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Tanto la publicación del concurso, como el cartel o pliego de condiciones del mismo, deberán estar disponibles en la página web de la Municipalidad respectiva. Este Concejo Municipal concuerda en que el procedimiento aplicado en la actualidad para todas las concesiones atendiendo el principio del primero en tiempo es primero en derecho, respetando el marco normativo es el idóneo, siendo que el propuesto en el artículo supra transcrito vendría a entorpecer y atrasar el otorgamiento de dichas concesiones por la complejidad del proceso, en si sumado a ello la intervención de una tercera institución, contrariando la ley 8220 de Simplificación de trámites y el Código municipal en la escalerilla recursiva. Artículo 51- Los ingresos que perciban las municipalidades por concepto de concesiones en la zona restringida se distribuirán en la forma siguiente:
ACTA 67-21 10/08/2021 a. Un veinte por ciento se destinará a formar un fondo para el reconocimiento de mejoras cuando corresponda; b. Un sesenta por ciento será invertido en obras de mejoramiento de la ZMT o mejoramiento del cantón según sean sus necesidades; c. Un veinte por ciento para cubrir costos de implementación y operación de las unidades de guardavidas. Recomendamos debido a la tramitología de experiencia lo siguiente: Artículo 51- Los ingresos que perciban las municipalidades por concepto de concesiones en la zona restringida se distribuirán en la forma siguiente: a. Un quince por ciento se destinará a formar un fondo para el reconocimiento de mejoras cuando corresponda; b. Un setenta por ciento será invertido en obras de mejoramiento de la ZMT o mejoramiento del cantón según sean sus necesidades, siendo un 50 % para ZMT y un 20% para demás obras del cantón. c. Un quince por ciento para cubrir costos de implementación y operación de las unidades de guardavidas. Artículo 55- El funcionario o empleado que, con dolo comprobado, otorgare concesiones o permisos de ocupación de desarrollo o aprobare planos, contra las disposiciones de esta ley o leyes conexas, o impidiere o hiciere negatoria la orden de suspensión o demolición, legalmente decretadas o dispuestas, de una obra o instalación, o la sanción de algún infractor a las normas de esta ley y sus reglamentos, será reprimido con prisión de tres meses a dos años si no se tratare de delito más grave. Además, después del procedimiento establecido será considerada como una causal para el despido sin responsabilidad patronal. Si el funcionario fuere de elección popular, procederá a la pérdida de su credencial a juicio del Tribunal Supremo de Elecciones, previa información que éste dispondrá levantar. Que el artículo 55 incluya la frase CON DOLO COMPROBADO Este Concejo considera oportuno se incluya en esta reforma un artículo de sanciones alternas a la cancelación de la concesión, cuando se infrinjan los contratos de concesión y la reforma de análisis, específicamente en cuanto al tema constructivo y que se Reglamente. Así también recomendamos deben prevalecer los siguientes artículos de la 6043; sumado al articulado de la presente reforma, que establece: Artículo 45.- Es prohibido ceder o comprometer, o en cualquier otra forma traspasar o gravar, total o parcialmente, las concesiones o los derechos derivados de ellas, sin la autorización expresa de la municipalidad respectiva y del Instituto Costarricense de Turismo. Carecerán de toda validez los actos o contratos que infringieren esta disposición. Asimismo, no será posible que una persona física o jurídica tenga
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simultáneamente dos concesiones, y tampoco sus socios podrán ser parte en más de una sociedad
solicitante o concesionaria. Si una concesionaria realiza traspaso de acciones a otra sociedad deberá de
existir aprobación previa por parte del Concejo Municipal, así mismo establecerse un costo de la suma de
tres cánones de la concesionaria, a favor de la Municipalidad para la respectiva aprobación.
Artículo 47.- No se otorgarán concesiones:
a) A extranjeros que no hayan residido en el país por lo menos durante cinco años;
b) A sociedades anónimas con acciones al portador;
c) A sociedades o entidades domiciliadas en el exterior;
ch) A entidades constituidas en el país por extranjeros; y
d) A entidades cuyas acciones o cuotas o capital, correspondan en más de cincuenta por ciento a extranjeros.
Las entidades que tuvieren concesiones no podrán ceder o traspasar cuotas o acciones, ni tampoco sus
socios, a extranjeros. En todo caso, los traspasos que se hicieren en contravención a lo dispuesto aquí,
carecerán de toda validez. Votan a favor los Concejales William Morales, Manuel Ovares, Eric
Salazar, Eduardo Sánchez y Minor Centeno. Se somete a votación la aplicación del artículo 45
del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. INFORME DE INTENDENCIA -2021-030
a.1. La situación con relación al COVID-19 en el distrito transcurre de la siguiente manera, tenemos
más de 113 casos activos, 10 muertes, casos acumulados. Si puede ver la cantidad de casos es
elevada en estos momentos, el 40% de los casos activos son de extranjeros que viven en el distrito,
algunos migratoriamente están irregulares, San Isidro es el sector que esta con mayores casos,
dentro de los acles están aumentando los positivos con la variante delta, es importante que todos
tomemos las medidas necesarias y cuidar a la población.
a.2. Estamos avanzando con proyecto de closther de turismo a nivel de pacifico central
a.3. Se realizó la demarcación total de la ruta Cóbano Paquera y se logró demarcar el centro de
Cóbano con la clínica.
a.4. Impulsando el proyecto de plataforma digital turística distrital y peninsular. Se está buscando
financiamiento.
a.5. Inicio licitación del proyecto de asfaltado del tramo comprendido entre San Isidro, donde
termino el proyecto de asfaltado y el inicio de la cuesta la S y en Mal país, en el centro de población.
Aproximadamente 800 metros en cada tramo.
a.6. Parque Ambiental de sanidad Peninsular (relleno sanitario), se logró involucrar en el proyecto
a Paquera, Lepanto y el Consejo territorial, el proyecto es liderado por Cóbano.
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a.7. Lcda. Aralyn Villegas Ruiz. Gestora Legal. Dpto. de ZMT. OFICIO N° ZMT-067-2021.
Asunto: Prórroga de plazo para concluir instrucción del Proceso como Órgano Director
Unipersonal de Procedimiento Administrativo.
Estimados señores:
Reciban un cordial saludo, asimismo procedo a solicitar una prórroga para concluir instrucción del Proceso
como Órgano Director Unipersonal de Procedimiento Administrativo, mismo que fue ordenado a la suscrita
mediante acuerdo 1 de la sesión ordinaria 66-21, inciso b, del día 3 de agosto del 2021.
l motivo de la solicitud de Prórroga obedece a que el procedimiento se le había asignado mediante
nombramiento en sesión ordinaria número 60-21, articulo III, inciso b, del día 22 de junio del 2021 del
Concejo Municipal al Lic. Onías Contreras Moreno, quien fungía como coordinador ai del departamento de
Zona Marítimo Terrestre, sin embargo, el Lic. Contreras estuvo fuera de sus funciones con orden sanitaria
por Covid N.º MS-DRRS-Chorotega ARS Santa Cruz-OD-5220-2021, desde el día 20 de julio al 29 de julio del
2021, así mismo fue cesado de su puesto el día 30 de julio del 2021, misma fecha en la cual el Lic. Contreras
no había notificado el traslado de cargos a las partes involucradas en el proceso, o emitido informe de algún
tipo a éste honorable Concejo.
Por lo que aún al realizar la suscrita el mismo día de la juramentación (siendo esto materialmente
imposible), la notificación de la comparecencia oral y privada mediante el traslado de cargos regulada en el
artículo 309 de la Ley General de Administración Pública, en cumplimiento del plazo establecido en el
artículo 311 del mismo cuerpo normativo, la misma queda señalada fuera del plazo indicado en el artículo
261.
Por lo antes descrito, solicito se extienda la fecha de la conclusión de la instrucción del Proceso como Órgano
Director Unipersonal de Procedimiento Administrativo, para el 23 de setiembre del año 2021, de acuerdo a
los argumentos expuestos, dicha prórroga con fundamento en el artículo 263 de la Ley General de
Administración Pública Nº6227, dictamen de la Procuraduría General de la Republica. C-165-96 del 8 de
octubre de 1996.
Así mismo se informa, que se detectó un error de redacción en el acuerdo del nombramiento de la suscrita,
por lo que se recomienda que este Honorable Concejo tenga a bien rectificar el mismo, siendo que la
suscrita fue nombrada para que al amparo de la legislación costarricense investigue la verdad real de los
hechos y antecedentes,
en relación a los acuerdos 2 y 3 de la sesión Ordinaria número 208-20, artículo V, inciso a y b del 21 de abril
del año 2020.
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido OFICIO ZMT 067-2021 firmado por la Lcda. Aralyn Villegas Ruiz en el
cual solicita una prórroga para concluir instrucción del Proceso como Órgano Director
Unipersonal de Procedimiento Administrativo, mismo que fue ordenado a la suscrita
mediante acuerdo 1 de la sesión ordinaria 66-21, inciso b, del día 3 de agosto del 2021.
Agrega: “El motivo de la solicitud de Prórroga obedece a que el procedimiento se le había asignado
mediante nombramiento en sesión ordinaria número 60-21, articulo III, inciso b, del día 22 de junio
del 2021 del Concejo Municipal al Lic. Onías Contreras Moreno, quien fungía como coordinador a.i.
del departamento de Zona Marítimo Terrestre, sin embargo, el Lic. Contreras estuvo fuera de sus
funciones con orden sanitaria por Covid N.º MS-DRRS-Chorotega ARS Santa Cruz-OD-5220-2021,
desde el día 20 de julio al 29 de julio del 2021, así mismo fue cesado de su puesto el día 30 de julio
del 2021, misma fecha en la cual el Lic. Contreras no había notificado el traslado de cargos a las
partes involucradas en el proceso, o emitido informe de algún tipo a éste honorable Concejo”.
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Que informa, que detectó un error de redacción en el acuerdo del nombramiento, por lo que
se recomienda que este Honorable Concejo si lo tiene a bien rectificar el mismo, y señala
que : “la suscrita fue nombrada para que al amparo de la legislación costarricense investigue la
verdad real de los hechos y antecedentes,
en relación a los acuerdos 2 y 3 de la sesión Ordinaria número 208-20, artículo V, inciso a y b del 21
de abril del año 2020”.
ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO
UNANIME Y FIRME
3.2. Otorgar prórroga solicitada por el órgano director del procedimiento, al 23 de setiembre del
año 2021 para concluir instrucción del Proceso como Órgano Director Unipersonal de
Procedimiento Administrativo nombrado para investigar la verdad real de los hechos y
antecedentes,
en relación a los acuerdos 2 y 3 de la sesión Ordinaria número 208-20, artículo V, inciso a y b del
21 de abril del año 2020. Esta prórroga se otorga de acuerdo a los argumentos expuestos en los
considerandos y con fundamento en el artículo 263 de la Ley General de Administración Pública
Nº6227, dictamen de la Procuraduría General de la Republica. C-165-96 del 8 de octubre de 1996.”
Votan a favor los Concejales William Morales, Manuel Ovares, Eric Salazar, Eduardo Sánchez y
Minor Centeno. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se
aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE
APROBADO
CONSIDERANDO:
Que en la sesión ordinaria 66-2021, Articulo I, inciso b, del día tres de agosto se tomó el
siguiente acuerdo:
ACUERDO N°1
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Aprobar la moción de orden presentada por el Presidente
Municipal y conocer en este momento el OFICIO INT-2021-416”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
1.2. Revocar el punto 5.4 del acuerdo N° 5 tomado en la sesión ordinaria 59-21, articulo VI, inciso d del día 15 de Junio
del 2021, que textualmente dice “Nombrar como órgano director de procedimiento administrativo ordinario para
llevar a cabo la anulación de los acuerdos 2 y 3, de la sesión ordinaria número 208-20, artículo V, inciso a y b del 21
de abril del año 2020, con fundamente en el artículo 73 bis de la ley N°6043, por ser absolutamente ilegales, ello con
el afán de no generar responsabilidades para el Concejo Municipal de Distrito y evitar causar un perjuicio económico
a la Hacienda Pública al Licenciado Onias Contreras Moreno. La instrucción del citado procedimiento de conformidad
con el numeral 90 inciso e) de la Ley General de la Administración Pública y en relación con el numeral 53 del Código
Municipal, se debe delegar en la figura del Secretario Municipal, sin embargo considera este Concejo que la secretaria
no es la persona idónea para llevar a cabo este procedimiento administrativo, esto en razón de que la secretaria no
posee la capacidad ni el conocimiento para llevar a cabo un procedimiento en el que se pretende anular acuerdos
del Concejo Municipal. Por otro lado, la ley indica que las personas que integran un órgano director deben ser
servidores públicos y su cumplimiento es irrenunciable, intransmisible e imprescriptible, por lo que se consideramos
que el funcionario público idóneo para llevar el proceso es el Coordinador del Departamento de Zona Marítima
Terrestre el Licenciado Onias Contreras Moreno. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales William Morales,
Carlos Mauricio Duarte (quien en esta sesión asume la curul de propietario debido a la ausencia del Sr. Eduardo
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Sánchez Segura), Minor Centeno Sandi y Manuel Ovares Elizondo. Se somete a votación la aplicación del artículo 45
del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y
DEFINITIVAMENTE APROBADO, lo anterior al amparo del principio de legalidad que rige a la administración pública,
esto por cuanto el señor Contreras Moreno dejo de laborar para este Concejo Municipal de Distrito por lo cual no le
es posible cumplir con dicho mandato, y nombrar en sustitución del Sr. Contreras a la Lica Aralyn Villegas Ruiz, gestora
legal del Dpto. de ZMT. Lo cual tiene fundamento en que la secretaria del concejo municipal no cuenta con la
capacidad, ni el conocimiento técnico – legal para llevar acabo dicho procedimiento administrativo, por lo que siendo
la Licda. Aralyn Villegas Ruiz que cuenta con la capacidad, funciones similares y atestados académicos igualitarios al
del órgano anterior para cumplir con dichas competencias”. Votan a favor los Concejales Eric Salazar Rodriguez, Minor
Centeno Sandi, William Morales Castro y Eduardo Sánchez Segura Se somete a votación la aplicación del artículo 45
del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y
DEFINITIVAMENTE APROBADO
Que existe un error de redacción en el anterior acuerdo
ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comision”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME
4.2. Leer correctamente el acuerdo N°1, de la sesión ordinaria 066-2021, Articulo I, inciso b, como
sigue:
1.2. Revocar el punto 5.4 del acuerdo N° 5 tomado en la sesión ordinaria 59-21, articulo VI, inciso
d del día 15 de Junio del 2021, que textualmente dice “Nombrar como órgano director de
procedimiento administrativo ordinario para llevar a cabo la anulación de los acuerdos 2 y 3, de
la sesión ordinaria número 208-20, artículo V, inciso a y b del 21 de abril del año 2020, con
fundamente en el artículo 73 bis de la ley N°6043, por ser absolutamente ilegales, ello con el afán
de no generar responsabilidades para el Concejo Municipal de Distrito y evitar causar un perjuicio
económico a la Hacienda Pública al Licenciado Onias Contreras Moreno. La instrucción del citado
procedimiento de conformidad con el numeral 90 inciso e) de la Ley General de la Administración
Pública y en relación con el numeral 53 del Código Municipal, se debe delegar en la figura del
Secretario Municipal, sin embargo considera este Concejo que la secretaria no es la persona
idónea para llevar a cabo este procedimiento administrativo, esto en razón de que la secretaria
no posee la capacidad ni el conocimiento para llevar a cabo un procedimiento en el que se
pretende anular acuerdos del Concejo Municipal. Por otro lado, la ley indica que las personas que
integran un órgano director deben ser servidores públicos y su cumplimiento es irrenunciable,
intransmisible e imprescriptible, por lo que se consideramos que el funcionario público idóneo para
llevar el proceso es el Coordinador del Departamento de Zona Marítima Terrestre el Licenciado
Onias Contreras Moreno. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales William Morales,
Carlos Mauricio Duarte (quien en esta sesión asume la curul de propietario debido a la ausencia
del Sr. Eduardo Sánchez Segura), Minor Centeno Sandi y Manuel Ovares Elizondo. Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE APROBADO, lo anterior al
amparo del principio de legalidad que rige a la administración pública, esto por cuanto el señor
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Contreras Moreno dejo de laborar para este Concejo Municipal de Distrito por lo cual no le es
posible cumplir con dicho mandato, y nombrar en sustitución del Sr. Contreras a la Lcda. Aralyn
Villegas Ruiz, gestora legal del Dpto. de ZMT y delegar en ella la instrucción del procedimiento
en aras de averiguar la verdad real de los hechos y actos conexos en relación a los acuerdos 2
y 3 tomados en la sesión ordinaria número 208-20, artículo V, inciso a y b del 21 de abril del año
2020, dado que presuntamente son absolutamente nulos. Lo cual tiene fundamento en que la
secretaria del concejo municipal no cuenta con la capacidad, ni el conocimiento técnico – legal
para llevar acabo dicho procedimiento administrativo, por lo que siendo la Licda. Aralyn Villegas
Ruiz que cuenta con la capacidad, funciones similares y atestados académicos igualitarios al del
órgano anterior para cumplir con dichas competencias”. Votan a favor los Concejales Eric Salazar
Rodriguez, Manuel Ovares Elizondo, Minor Centeno Sandi, William Morales Castro y Eduardo
Sánchez Segura Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se
aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y DEFINITIVAMENTE
APROBADO
ARTICULO lX. CORRESPONDENCIA
a. Asociacion de Desarrollo Integral de Montezuma. OFICIO C65-2021. ASUNTO.
Solicitud de chapea de la ronda de la cuesta de Montezuma a Delicias y colocación de
rotulación que indique prioridad al vehículo que sube e impedimento de paso de vehículos
grandes
PRESIDENTE. Se da pase al Dpto. de Ingeniería vial a fin de que atiendan esta solicitud.
b. Dra. Elsie Hidalgo Sánchez. Directora. Centro Educativo Santa Teresa. ASUNTO.
Presentación de Ternas para nombramiento de la Junta de Educación.
CONSIDERANDO:
© Que la directora del Centro Educativo de Santa Teresa ha presentado ternas para el
nombramiento de la Junta de Educación debido al vencimiento de la misma
© Que las ternas cuentan con el visto bueno del Supervisor MSc Warren Zamora.
© Que Indica la directora mediante declaración Jurada que los miembros que está
presentando No contravienen los indicado en el artículo 13 del Reglamento General de
Juntas de Educación y Administrativas. El cual textualmente dispone:
Artículo 13.-Los miembros de las Juntas desempeñarán sus cargos "Ad Honorem". Para efectos de transparencia
los miembros de la Junta no podrán ser parientes entre sí por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive,
ni de quien ejerza la dirección del centro educativo. Tampoco los parientes de los miembros del Concejo Municipal,
hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad inclusive, podrán conformar las Juntas que le corresponde nombrar.
Los funcionarios del Ministerio de Educación Pública y de la Municipalidad podrán ser miembros de una Junta siempre
y cuando no exista un conflicto de interés por la naturaleza del puesto que desempeñen”.
ACUERDO N°5
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Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar, por vencimiento de la anterior
junta, como miembros de la Junta de Educación de Santa Teresa, a los señores:
Elizabeth del Socorro Estrada Chevez cedula residente155825999506
Edwin Mendoza Zúñiga Cedula 6 0248 0945
Pedro Mendoza Matarrita Cedula 5 0236 0954
Karen Elieth Mendoza Valle Cedula Residente 155803979706
Jackeline Noguera Benavides Cedula 6 0369 0087
ACUERDO UNANIME
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
WILLIAM. Don Favio se podrá solicitar que quiten los reductores de velocidad que colocaron en
Florida
FAVIO. Esos elementos deben ser eliminados, ya lo conversé con el Ing a cargo de la ruta
MANUEL. Que seguimiento se le está dando a los proyectos de marina tambor, boulevard de
Tambor y Mercadito de Santa Teresa
FAVIO. En los últimos seis meses esos proyectos no han tenido ningún avance
WILLIAM. Con respecto a la marina nosotros tenemos que realizar una gestión con el MINAE pero
ellos deben presentarnos un documento y aun no lo han hecho. Les voy a consultar.
KEMILY. Los reductores de velocidad de San Isidro no se han pintado ni se ha puesto ningún tipo
de señalización
FAVIO. La señalización esta ante de la escuela, la gente no la acata. La pintura ya está aquí en el
plantel y la señalización también
KEMILY. Entre Cobano y los mangos hay dos huecos bien hondos y son trabajos que ha hecho
acueductos y luego no reparan bien, se debe hacer algo antes que se haga más grande
KEMILY. Falta nombrar un miembro de comité distrital de deportes y recreación
FAVIO. Ustedes deben nombrarlo, el vicepresidente asumió la presidencia. Ya cuentan con
recursos y ya tienen una promotora, el sábado van a iniciar con las primeras preparatorias para
juegos nacionales, ya tienen los permisos del ministerio y esta intendencia en Tambor, solo para
juegos nacionales solo eso y sin ventas
MINOR. Tambor es un desorden los sábados, en la cancha de futbol, mucha gente sin ningún tipo
de protección ni protocolo y me pareció ver ventas de comida y todo esto ha ayudado a que
tengamos la situación actual del Covid y no sé qué va a pasar la caja para poder hacerle frente al
Covid tuvieron que gemelar plazas y todo eso significa recursos y esas plazas gemeleadas las
van a eliminar y quedamos los mismos haciendo frente al Covid que es lo que más gente ve nos
e que va a pasar cuando llegue alguien ahogándose y no haya quien lo atienda esto la traigo por
esas cosas que pasan en esas plazas, la plaza sintética también se satura de gente y la plaza
ACTA 67-21 10/08/2021 del frente, Las mejengas no están autorizadas. Aprovechando que todavía estamos en plena pandemia sería bueno cerrar la plaza del frente y quitarle ese desnivel tengo un conocido en Barceló que tiene una máquina que quita el zacate en partes y luego se vuelve a poner FAVIO. si usted consigue eso lo hacemos FAVIO. La plaza sintética está autorizada y cuenta con protocolo MINOR. Lo que dice la compañera de acueductos es cierto en la tranquilidad dejaron un hueco enorme los huecos que deja acueductos es algo terrible, el otro día estaba viendo unos trabajos de reparación de tubería en Paquera, camino al relleno y lo dejaron todo bien echo ERIC. La diferencia es que en Paquera es una ASADA y en Cobano un acueducto, las asadas somos del pueblo y para el pueblo y hacen las cosas muy bien a acueductos no le importa destruir la carretera y dejarla así. Pedirles cuentas a acueductos MINOR. Como está el proyecto de conectividad de Delicias Estaba en una casa y llego una gente con el asunto del internet, y fibra óptica que había que pagar un dinero, me pareció rarísimo WILLIAM. Explica la situación de la CONECTIVIDAD las Delicias y esas personas andan como haciendo un censo para determinar cuanta gente participaría en el proyecto para ver si se puede hacer. Aquí se hizo una comisión porque no sé cómo entrarle que les voy a decir si ese es un proyecto caro FAVIO. el tema de la fibra óptica se financia por la demanda WILLIAM. El problema es que las casas están muy separadas lo que encarece aún más el proyecto MINOR. Favio sería bueno arreglar, pintar y ponerle una base (piso) a los pollos de la cancha del frente es el único sitio donde sentarse en todo el centro de Cobano, aquí no hay otro lugar donde descansar. Y hacer unos más. MAGALLY. Minor puso en el grupo el asunto de ampliar el parquecito infantil de Montezuma, yo le puedo ayudar a montar el proyecto. ***************************************************U,L.******************************************************* PRESIDENTE: Al ser las diecinueve horas con diez minutos se da por finalizada la sesión. Buenas noches Sra. Roxana Lobo Granados Sr. Eric Salazar Rodriguez SECRETARIA PRESIDENTE