Ordinaria 42 · 2021-02-16

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 42 del 2021-02-16 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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ACTA 42-21
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                                      ACTA N° 042-2020
                                  PERIODO CONSTITUCIONAL
                                         2020-2024

ACTA NÚMERO CUARENTA Y DOS - DOS MIL VEINTIUNO DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA DIECISEIS DE
FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO A LAS DIECISIETE HORAS EN EL SALON DE
SESIONES DE ESTE CONCEJO
Con la presencia de las siguientes personas:

PRESIDENTE
Eric Francis Salazar Rodríguez
VICE PRESIDENTA
Magally Rodriguez Rojas

CONCEJALES PROPIETARIOS
Manuel Ovares Elizondo
William Morales Castro
Eduardo Sánchez Segura
Kemily Rebeca Segura Briceño

CONCEJALES SUPLENTES
Carlos Mauricio Duarte Duarte

INTENDENTE

ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando Loria

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Minor Centeno Sandi.

CONCEJALES SUPLENTES
Cristel Gabriela Salazar Cortes
Lucibeth Solís Pérez

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo el
orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.          ORACION
ARTICULO II.         RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.        AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV.         MOCIONES
ARTICULO V.          ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI.         INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII.        INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII.       INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX.         CORRESPONDENCIA
ARTICULO X.          INFORME DE LOS CONCEJALES

ARTICULO I.      ORACION
A CARGO DE LA SINDICO SUPLENTE. SRA MAGALLY RODRIGUEZ

ARTICULO III.         AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
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   a. Se recibe a los señores Yaudy Alvarado y Alberto Villarreal. Miembros del Area
      Marina de Manejo Cabo Blanco
      PRESIDENTE. Les saluda y concede la palabra
      YAUDY. Agradece el espacio e indica que desean presentar EL AREA MARINA DE
      MANEJO CABO BLANCO




Se realizan comentarios y evacuan dudas de los señores Concejales
SE RETIRAN
ARTICULO IV.        MOCIONES
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    a. Moción presentada por los Concejales propietarios Manuel Ovares Elizondo y Eric
       Salazar Rodriguez y avalada por los Concejales suplentes Magaly Rodriguez, Carlos
       Mauricio Duarte y Kemily Segura.

                               CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE CÓBANO

                                                 MOCIÓN

                                                                              Fecha: 16 de febrero del 2021

Tema: SOLICITUD DE APOYO AL PROYECTO 20.773. CREACIÓN DEL CANTÓN CÓBANO, POR EL SEÑOR
VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MARVIN CORDERO RODRÍGUEZ

Los abajo firmantes miembros del Concejo Municipal de Cóbano presentamos la siguiente moción para
solicitar al señor Vicepresidente de la República Marvin Rodríguez Cordero, el apoyo para que en el tiempo
que actualmente posee el ejecutivo, convoque el proyecto de Ley 20.773 “CREACIÓN DEL CANTÓN
CÓBANO, CANTÓN XII DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS” para que se continúe conociendo en la comisión
de Asuntos Municipales, considerando que:

    1. El Distrito de Cóbano existe desde el año 1971, posteriormente en el año 1986, es decir hace 34
       años posee Concejo Municipal de Distrito, posteriormente amparada en la Ley 8173, administrando
       sus ingresos municipales y ejecutándolos para el beneficio de sus habitantes en diferentes
       proyectos de desarrollo comunal así como en servicios municipales que anteriormente sólo podían
       recibir de la Municipalidad de Puntarenas.
    2. El mismo se caracteriza por sus bellas playas, zonas protegidas y comercios que con el paso de
       los últimos años le ha dado un reconocimiento nacional e internacional y se ha convertido en uno
       de los sitios preferidos para visitar por los turistas locales y extranjeros.
    3. Que el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano goza de autonomía administrativa, funcional y
       plena capacidad jurídica con una estructura política liderada por una Intendencia y Vice
       Intendencia, así como un cuerpo deliberativo conformado por Concejales propietarios y suplentes
       que conforman el Concejo Municipal de Distrito cuya presidencia la ocupa el Síndico propietario, y
       además está integrado por el Sindico suplente, cuatro concejales propietarios y cuatro concejales
       suplentes. Que además como entidad pública debidamente reconocida por la CGR y todas las demás
       instituciones del estado, cuenta con activos tanto de bienes muebles como inmuebles y una planta
       administrativa de más de 45 funcionarios la cual realiza las mismas actividades y servicios que
       cualquier gobierno local del país.
    4. Que por tratarse de una organización municipal ya constituida, organizada y con un buen
       funcionamiento, que cuenta con una autonomía de este Municipio en la mayoría de campos de
       acción administrativo, política y social, excepto el presupuestario que al día de hoy depende de la
       aprobación y presentación ante la CGR, ante dicha situación y tomando en cuenta sus características
       y similitudes con el último Concejo Municipal de Distrito convertido en Cantón como lo fue Garabito
       en los años 80 y el gran crecimiento y desarrollo, así como planificación que podría brindar mejores
       oportunidades y condiciones para los habitantes, vemos necesario para el desarrollo de este distrito
       a nivel legal y distribución físico-político, transformarse en la figura que representa un cantón como
       unidad Independiente, soberana y Autónoma.

POR TANTO ESTE CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA:

    1. Solicitar al señor Vicepresidente de la República que se convoque en este tiempo de extraordinario
       el proyecto de ley 20.773 “ CREACIÓN DEL CANTÓN CÓBANO, CANTÓN XII DE LA PROVINCIA DE
       PUNTARENAS “ en miras de continuar con el trabajo realizado por la comisión municipal de este
       Concejo Municipal de Distrito ante la comisión de Asuntos Municipales de la Asamblea Legislativa.

ACUERDO N°1
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Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Dispensar del trámite de comisión”.

ACUERDO UNANIME

1.2 Se aprueba en todas sus partes la moción presentada y se acuerda solicitarle al Lic. Marvin

Rodriguez Cordero. Vicepresidente de la República, su colaboración, a fin de que se convoque en

este tiempo de extraordinario el proyecto de ley 20.773 “ CREACIÓN DEL CANTÓN CÓBANO,

CANTÓN II DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS “ en miras de continuar con el trabajo realizado

por la comisión municipal de este Concejo Municipal de Distrito ante la comisión de Asuntos

Municipales de la Asamblea Legislativa”. ACUERDO UNANIME. Votan a favor los Concejales

William Morales Castro, Eduardo Sánchez Segura, Eric Salazar Rodriguez, Kemily Segura Briceño

(quien el día de hoy asume la curul de propietaria ante a la ausencia del Concejal propietario Minor

Centeno) y Manuel Ovares Elizondo. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código

municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo UNANIME Y

DEFINITIVAMENTE APROBADO.


ARTICULO V.              ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE

    a. PRESIDENTE. Voy a nombrar a dos miembros más asesores en la comisión especial de
       turismo: Los señores Nathaniel Grew Paul. Cedula 1-0785-0599 y Mariano Villalta. Cedula
       1 -1486- 0990

ARTICULO VI.             INFORME DE LAS COMISIONES

    a. COMISION DE ASUNTOS JURIDICOS

16 de febrero del 2020

Reunida la comisión de asuntos jurídicos el día 16 de febrero del 2020 en la oficina de la secretaria del
Concejo y analizado el proyecto denominado PROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA CESIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES MUNICIPALES E INSTALACIONES COMUNALES DESTINADOS AL
USO PÚBLICO, se obtiene el siguiente:
                                       DICTAMEN DE COMISION
CONSIDERANDO:
    Que se ha analizado el proyecto denominado PROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA CESIÓN DE LA
       ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES MUNICIPALES E INSTALACIONES COMUNALES
       DESTINADOS AL USO PÚBLICO,
    Esta comisión recomienda al Concejo: la aprobación del Proyecto de Reglamento denominado
       Proyecto de Reglamento para la Cesión de la Administración de Bienes Inmuebles Municipales e
       Instalaciones Comunales Destinados al Uso Público y su Publicación . El cual se detalla:

El Concejo Municipal De Distrito de Cóbano en ejercicio de sus potestades de Gobierno Local, otorgada por
la Constitución Política de la República y como propietaria de inmuebles destinados al uso público en su
jurisdicción territorial, dicta el presente Reglamento para garantizar la administración, el buen uso y
funcionamiento de los inmuebles e instalaciones destinadas al uso comunal.
Artículo 1º-Objetivo. El objetivo de la presente normativa es establecer las regulaciones y procedimientos
que posibiliten la administración adecuada por particulares de los inmuebles propiedad del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano destinados a facilidades comunales, al desarrollo y práctica del deporte, la
recreación, la cultura y el turismo, procurando garantizar el acceso y uso igualitario de los inmuebles del
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dominio público al mayor número de personas a través del apoyo, estímulo y promoción de la participación
de las comunidades en su mantenimiento y preservación.
 Artículo 2º-Prerrogativa del Concejo Municipal respecto a sus bienes inmuebles. Constituye una
prerrogativa del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano , la administración, tutela y regulación del uso de
los bienes inmuebles públicos y patrimoniales de su propiedad, los cuales comprenden el terreno y las obras
o edificaciones fijas y permanentes que sobre los mismos existan o se construyan a futuro.
Por tal motivo, en cualquier tiempo en que se constatare un uso inadecuado o no acorde con la política
institucional que defina el Concejo Municipal, y mediante el correspondiente procedimiento que garantice
el derecho de defensa conforme a la ley, se dará por concluida la relación convencional. El procedimiento
deberá sujetarse a los plazos que prevé la Ley General de la Administración Pública, de modo que en ningún
caso superará los dos meses desde el dictado de la resolución inicial.
Artículo 3º-Bienes inmuebles municipales susceptibles de ser entregados en administración. Los bienes
inmuebles del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano por su condición de bienes pertenecientes a un ente
público son legalmente fondos públicos e integran la Hacienda Pública. No podrán ser objeto de
administración por particulares los bienes inmuebles patrimoniales o privados del Concejo Municipal; en
consecuencia, podrán ser cedidos en administración únicamente los bienes del dominio público afectos o
destinados a la satisfacción de un fin o servicio público específico que deberá permanecer incólume, sean
estos: atracaderos para el servicio de transporte fluvial, salones comunales u otros centros de reunión,
edificios e instalaciones deportivas, recreativas o culturales. La administración de las calles y caminos de
competencia Municipal corresponderá en forma exclusiva y excluyente al Concejo Municipal. La
administración de los bienes supra citados podrá ser cedida mediante convenio autorizado por el Concejo
Municipal, correspondiendo al Intendente la verificación de su cumplimiento, así como de las normas
establecidas en el presente Reglamento.
Artículo 4º-Sujetos legitimados para la administración de bienes inmuebles municipales. Podrán optar por
la administración de los bienes inmuebles señalados en el artículo tercero: el Comité Distrital de Deportes
solo respecto a las instalaciones deportivas y recreativas; las Asociaciones de Desarrollo Comunal
Integrales y los comités de deportes comunales bajo la cedula jurídica de las Asociaciones de Desarrollo
Integral, dichas organizaciones deberán estar debidamente constituidas, demostrar interés y capacidad
suficiente para emprender dicha gestión y cumplir los requisitos establecidos en el presente reglamento,
así como en cualquier otra norma jurídica aplicable. En aras de satisfacer el interés de las distintas
comunidades del Distrito de Cóbano, podrá otorgarse dicha administración siempre que el uso que se
pretenda dar al inmueble tenga como beneficiario directo a sus pobladores.
Artículo 5º-Permisos de uso temporal. En aquellos eventos en que se declare estado de emergencia por
parte del Poder Ejecutivo, las edificaciones propiedad del Concejo Municipal que permitan la concentración
masiva de personas o sean calificados como sitios de reunión pública por el Departamento de Ingeniería
Municipal, podrán ser utilizadas como albergues temporales durante el tiempo prudencial que determine
el Comité Municipal de Emergencias. De igual forma, por razones de oportunidad y conveniencia, el Concejo
podrá disponer de inmediato la ocupación temporal de tales instalaciones para auxiliar a los habitantes del
Distrito que hayan sido afectados por situaciones de calamidad o infortunio, durante el lapso que ese
Órgano establezca.
Artículo 6º-Requisitos para optar por la administración de bienes inmuebles. Las Asociaciones de Desarrollo
Integral, así como los comités de deportes comunales bajo la cedula jurídica de las Asociaciones de
Desarrollo Integral      interesadas en la administración de las instalaciones municipales así lo indicarán
expresamente al Concejo Municipal Distrito de Cóbano mediante escrito dirigido al Concejo Municipal. Para
ello deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Contar con el Certificado de Idoneidad otorgado por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano o cualquier
otra entidad competente para ello , con una vigencia de no más de un año de emitido..
 Las asociaciones deberán estar debidamente inscritas, para lo cual deberán aportar certificación vigente
de su personería jurídica, con mención de la composición de su órgano administrador, así como certificación
notarial de que sus libros de actas de Junta Directiva o Administrativa, de Asambleas y libro de asociados se
encuentran legalizados y al día.
Certificación extendida por contador público autorizado de que los libros de diario, mayor e inventario y
balances se encuentran legalizados y al día.
En aquellos casos de organizaciones que por su naturaleza y fines, deben inscribirse ante otras instancias
gubernamentales diferentes del Registro de Asociaciones del Registro Nacional, se deberá aportar la
certificación correspondiente expedida por la institución competente en la cual se haga constar que la
organización se encuentra debidamente inscrita, vigente y autorizada para su funcionamiento.
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Se deberá presentar un proyecto de administración y uso del inmueble, en el cual se detallará entre otros
aspectos, los objetivos del proyecto, el plan de inversión previsto, así como el programa o plan de
mantenimiento, conservación y mejoras del bien. Además deberán establecer el horario de funcionamiento
de los inmuebles dados en administración y las instalaciones deportivas podrán incumplir el horario
establecido únicamente por causa justificada.
Artículo 7º-Trámite de aprobación de la cesión de administración. En aquellos casos en los que sean varias
las agrupaciones interesadas en la administración de un bien inmueble municipal destinado al uso público,
el Concejo Municipal referirá las peticiones a la Comisión de Asuntos Jurídicos para que en el plazo que
determine el presidente municipal, presente dictamen de recomendación de adjudicación de su
administración atendiendo al interés general, haciendo mención expresa de las condiciones y plazo en que
deberá celebrarse el convenio respectivo. En igualdad de condiciones de los oferentes, se dará preferencia
a la representación de la comunidad donde se ubica el inmueble.
Artículo 8º-Formalización de convenio. La organización a la que se le conceda la administración de un
inmueble destinado al uso público, deberá suscribir un convenio de administración con el Concejo
Municipal de Distrito , cuyo clausulado deberá incluir entre otros aspectos: las condiciones de otorgamiento
del usufructo, los derechos y obligaciones de las partes, los derechos y deberes de los usuarios, la prioridad
de utilización del inmueble, el plazo, la designación de la persona que ejercerá la administración directa de
las instalaciones y la forma en que se ejercerá la fiscalización o control sobre la administración del bien. Lo
anterior deberá realizarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza del Acuerdo Municipal
de otorgamiento de la administración del bien, para lo cual el Departamento Legal del Concejo Municipal
redactará el respectivo proyecto de convenio y lo pasará al Concejo Municipal para su análisis, aprobación
y autorización al intendente para la firma del convenio.
Artículo 9º-Normativa general de utilización. Cada organización deberá elaborar un reglamento interno de
uso de las instalaciones cedidas en administración, el cual será sometido a aprobación por parte del Concejo
Municipal previo a iniciar su gestión. El reglamento deberá ser colocado en un lugar visible dentro de las
instalaciones para conocimiento de los usuarios del inmueble.
Artículo 10.-Informes de gestión. Las organizaciones indicadas en el artículo 4º anterior que administren
inmuebles propiedad del Concejo Municipal, deberán rendir anualmente en el mes de noviembre
respectivo, un informe contable y de administración sobre su gestión para ser conocido por el Concejo
Municipal, quien lo analizara y de ser necesario realizara observaciones.
 Artículo 11.-Usufructo de los inmuebles cedidos en administración. La administración y uso de los bienes
inmuebles municipales de uso público no podrá ser cedida a terceros; no obstante, con la aprobación del
Concejo Municipal, las organizaciones administradoras podrán arrendar el inmueble para la realización de
eventos de carácter social incluidos dentro del plan de administración cuando éstos sean promovidos por
entidades de carácter social cuya actividad tenga como objetivo eventos deportivos, culturales, religiosos,
musicales y otros de gran concentración de personas. Tales eventos deberán ser compatibles o conformes
con el uso al que se encuentre destinado el inmueble y de ninguna forma podrán contravenir la moral, la
tranquilidad, el orden público o las buenas costumbres. Los recursos que provengan del usufructo de las
instalaciones bajo la administración de las organizaciones beneficiarias, solo podrán ser aplicados al
mantenimiento, mejoras y construcción de las mismas instalaciones.
Artículo 12.-Plan de mantenimiento. Como parte del proyecto de administración y uso, cada organización
deberá elaborar un plan de mantenimiento para cada una de las instalaciones cedidas en administración en
la que figurarán todos los trabajos que periódicamente requiera cada infraestructura y bienes muebles
adscritos a ella para su conservación y mantenimiento. Las construcciones o mejoras que en el futuro se
realicen sobre terrenos propiedad del Concejo Municipal, pasarán a formar parte de éstos y se tendrá como
parte integrante del patrimonio municipal y por tanto, propiedad del Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano
Todo inmueble deberá contar con las licencias y permisos necesarios para su funcionamiento extendidos
por las entidades públicas competentes; asimismo, deberá contar con las pólizas de seguro necesarias que
garanticen tanto la protección de las instalaciones como la de los usuarios de las mismas, todo lo cual deberá
gestionar oportunamente la organización administradora.
El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano estará facultado para realizar inspecciones periódicas para
asegurarse la buena administración y mantenimiento de las instalaciones cedidas en administración,
mediante el Departamento de Desarrollo Urbano.
Artículo 13.-Inventarios. Conforme al plan de administración, la organización cesionaria realizará un
inventario anual contemplando los bienes muebles adscritos a las instalaciones con indicación de las
incidencias presentadas. El documento de inventario será remitido al Concejo Municipal con copia a la
Auditoría Interna del Concejo Municipal el mes de noviembre del año que corresponda, sin perjuicio de
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que la intendencia pueda ordenar el levantamiento y confección del inventario en relación en el momento
en que este funcionario lo juzgue pertinente.
Artículo 14.-Imagen y publicidad en instalaciones. La publicidad en los bienes inmuebles propiedad del
Concejo Municipal de Distrito , mediante la exposición de cualquier elemento permanente o puntual, móvil
o estático, se llevará a cabo de acuerdo con la normativa general de publicidad y la específica sobre
menores, alcohol, tabaco y sustancias estupefacientes, y de acuerdo a las directrices emanadas por el
Concejo Municipal.
Artículo 15.-Instalaciones deportivas. De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 inciso e de este
Reglamento en el Proyecto de Administración y uso del inmueble deberá la organización cesionaria,
establecer el horario de funcionamiento de las instalaciones deportivas las cuales podrán incumplir dicho
horario únicamente por causa justificada. El incumplimiento de dicho horario facultara al Concejo Municipal
de Distrito de Cóbano de pleno derecho para intervenir y revocar dicha administración, para lo cual bastará
la simple comunicación de la decisión a quien ostente el bien a título precario requiriendo el desalojo y
entrega el inmueble ocupado con la debida antelación, conforme lo estatuye el artículo 154 de la Ley
General de la Administración Pública.
Artículo 16.-Toda asociación que administre un bien municipal deberá elaborar y presentar su proyecto de
presupuesto para el ejercicio económico con su respectivo Programa Operativo Anual.
Transitorio 1º-Dentro del plazo de seis meses a partir de la publicación del presente Reglamento, el
Departamento de Ingeniería Municipal deberá realizar un inventario de todos los inmuebles pertenecientes
Al Concejo Municipal de Distrito destinados al uso público, en el que se describirá las instalaciones o
edificaciones que en ellas existan, así como su estado de conservación.
Transitorio 2º-En un plazo máximo de quince días hábiles a partir de la vigencia de este Reglamento, se
convocará a reunión a los representantes del Comité comunales de Deportes, y a las Asociaciones Integrales
de Desarrollo, para hacer de su conocimiento el contenido del presente reglamento y aplicación del mismo.
Dichas organizaciones dispondrán de un plazo máximo de treinta días hábiles a partir de la fecha de
convocatoria para realizar la solicitud de administración del bien inmueble de interés y ajustarse a los
lineamientos establecidos reglamentariamente. En caso de no acatarse lo dispuesto en este Reglamento, el
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano queda facultado de pleno derecho para intervenir y revocar dicha
administración de manera unilateral, para lo cual bastará la simple comunicación de la decisión a quien
ostente el bien a título precario requiriendo el desalojo y entrega el inmueble ocupado con la debida
antelación, conforme lo estatuye el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública.
 Transitorio3°: Que mientras exista la emergencia Nacional por Covid 19, toda realización de eventos debe
estar sujeta a las directrices emanadas por parte del Ministerio de Salud y asimismo a lo que disponga en
Poder Ejecutivo mediante decreto.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. ES TODO
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 2.1. Acoger en todas sus partes la
recomendación de la comisión de asuntos jurídicos y aprobar en todas sus partes el PROYECTO
DE REGLAMENTO PARA LA CESIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES
MUNICIPALES E INSTALACIONES COMUNALES DESTINADOS AL USO PÚBLICO y su
publicación”. ACUERDO UNANIME

ARTICULO VII.           INFORME DE LA ASESORA LEGAL
SE DISPENSA

ARTICULO VIII.          INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
SE DISPENSA

ARTICULO lX.            CORRESPONDENCIA


    a. MSa. Greysis Dinora Arrieta Diaz. Director Centro Educativo San Isidro. ASUNTO.

        Terna para el nombramiento de un miembro de la Junta

CONSIDERANDO:
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   © Que la directora de la escuela de San Isidro ha presentado terna para la reposición de un

       miembro debido a la renuncia del Sr. Leonardo Rutt Calderón la cual fue conocida y

       aceptada en el acta N°35-2020 de esta junta de educación

   © Que la terna cuenta con el visto bueno del Supervisor MSc. Warren Zamora

   © Que se adjunta declaración jurada firmada por la directora en la cual indica que la terna

       presentada no contraviene lo establecido en el artículo 13 del Reglamento General de

       Juntas de Educación y Administrativas

ACUERDO N°3

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar como miembro de la Junta de

Educación del Centro Educativo de San Isidro por el tiempo que le reste a esta junta, a la señora:

            Sara Cristina Gutierrez Useda                 cedula 155826067828

               ACUERDO UNANIME



   b. Sr. Jorge Pérez Espinoza. ASUNTO. Solicitud de uso de suelo entre los mojones 58 y 60

       del sector de Playa Cedros con el fin de realizar un convivio de pesca deportiva los días 01

       y 02 de mayo del 2021.

   PRESIDENTE. Se da pase al Dpto. de Zona Marítimo Terrestre a fin que emitan criterio al

   respecto.

   c. Sr. Humberto Solís Fallas. Apoderado Generalísimo de Hugadana S.A. ASUNTO.

       Solicitud para que se dote de calle pública su propiedad folio real 82388-000 plano P-

       0698972-2001 cita en Santa Teresa el INDER (ITCO en su momento) dejo enclavada

   PRESIDENTE. SE DA PASE AL DPTO. DE ZONA MARITIMO TERRESTRE PARA SU

   ANALISIS E INFORME

   d. Sr. Riccardo Angeleri Caselli.        Propietario apartamentos Costariki. Indica que el

       restaurante Eat Streert ha construido un parqueo y para ello ha bloqueado el caño en su

       totalidad además agrega que el Concejo inicio reparaciones en la calle con relación al

       desfogue de aguas pluviales obras que no han sido finalizadas, lo que ha provocado que

       sus apartamentos se inunden a raíz del bloqueo del caño realizado por los vecinos. Solicita

       se reanuden los trabajos municipales a fin de evitar futuros daños a su propiedad

   PRESIDENTE. SE DA PASE A LA INTENDENCIA A FIN DE QUE ATIENDAN LA PETITORIA

   e. Geraldinne Chaves Zúñiga. Coordinadora Región Pacifico Centra. Instituto de Formación

       y Capacitación Municipal y Desarrollo Local, UNED. ASUNTO. Solicitud de audiencia

       presencial para el día 09 de marzo. SE CONOCE Y CONCEDE
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    f.   MAURICIO ROJAS DELGADO. Encargado General. Acueducto Comunal de

         Montezuma. ASUNTO. Informan que la ADIM les solicitó una paja de agua para el

         parquecito infantil que se instaló frente al parqueo La Playa. Agregan que tienen

         disponibilidad hídrica e hidráulica para hacerlo, pero requieren un acuerdo avalando el uso

         y disfrute del terreno donde se ubicaron los juegos infantiles a favor de la Asociación de

         Desarrollo Integral de Montezuma.

    PRESIDENTE. SE DA PASE AL DPTO. DE ZONA MARITIMO TERRESTRE PARA QUE

    EMITAN CRITERIO

    g. Ronald Hernández y otros vecinos de Cabuya. ASUNTO. Solicitud de copia del plan

         estratégico sobre el desarrollo y ejecución de la carretera de Cabuya hacia La Reserva

         Absoluta Cabo Blanco

    PRESIDENTE. POR SER UN TEMA ADMINISTRATIVO SE DA PASE A LA INTENDENCIA

    PARA LO QUE CORRESPONDE

    h. Arq. Ana Silvia Lobo Prada. ASUNTO. Remite denuncia que le fue interpuesta cuando

         aún se encontraba como coordinadora del Dpto. de Zona Marítimo Terrestre sobre dragado

         del fondo marino en Cabuya a la altura del mojón 157, acarreo de material a propiedad

         privada el día 22 de enero del 2021

    PRESIDENTE. SE LE DA PASE A LA ADMINISTRACION PARA LO QUE CORRESPONDA.

    ESO ES DEL INCOP NOSOTROS NO TENEMOS INJERENCIA EN EL MAR

    i.   Sr. Ronald Cruz Rodriguez. ASUNTO. Solicita se le informe las razones que indico en

         actas al renunciar a su cargo la Vice Intendenta Sra. Silvia Lobo Prada

    PRESIDENTE. Ya la secretaria le remitió al señor Cruz el acta del día de la sesión en la cual

    renuncio la señora Lobo, acta donde se consigna integra la carta de renuncia.


ARTICULO X.              INFORME DE LOS CONCEJALES

    a. CARLOS MAURICIO

16 de febrero del 2020

INFORME DE LA COMISION CANTONATO DE COBANO
La presente es para informarle a este honorable concejo parte del trabajo que está realizando esta comisión
Visita a la Asamblea Legislativa el día 25 de noviembre, a la cual asistimos la mayoría de los miembros de
la comisión: Mauricio Duarte, Dunia Campos, Magali Rodriguez, Ronny Montero y Silvia Lobo. El objetivo
era realizar un poquito de presión, ya que ese día la comisión de asuntos municipales estada para discutir
nuestro proyecto el N° 20773, fueron momentos de mucha tensión ya que los diputados de Guanacaste
sin ningún fundamento ni conocimiento, se opusieron a dicho proyecto, presentando montones de
mociones, sin por lo menos darse el tiempo de leer el proyecto, ellos aducen que este no se puede dar por
lo de la pertenencia, que aún está en el contencioso administrativo, y en el proyecto no se menciona el
asunto de la pertenencia. Agradecemos el apoyo de los diputados de Puntarenas que si están bastante
ACTA 42-21
16/02/2021




identificados con este proyecto, en esa comisión de asuntos municipales estuvieron 4 de los 5 diputados
de Puntarenas y ellos recalcaban que no estábamos discutiendo nada de pertenencia, que eso lo decidía el
contencioso administrativo que el tema era el cantón que dependiendo del resultado del contencioso será
para Guanacaste o para Puntarenas el cantón pero estos señores de Guanacaste Adolfo Peña y Luis
Antonio Aiza estaban aferrados a la decisión de ellos, en mucho por desconocimiento pero con la
intervención del diputado Carlos Ricardo Benavides, que estaba ahí también a la defensa de nuestro
distrito, donde les volvió a explicar lo del tema de la pertenencia y llamo a la calma, al análisis y al diálogo
y solicitó a los diputados de Puntarenas y de Guanacaste el dialogo para buscar el bienestar del distrito de
Cobano que quiere el desarrollo y el bienestar del pueblo, tras varias horas de reunión de la comisión se
determinó que se le llegara a un dialogo por parte de la dos bancadas y buscar así una decisión unánime
2). También hemos tenido entrevistas con varios medios de comunicación, días después de la visita a la
asamblea, con la emisora ACONTECER ESPARTANO donde contamos con la asistencia de Mauricio Duarte,
Ronny Montero y Silvia Lobo, aquí se contestaron las preguntas de los locutores y se hizo un llamado a
los Cobaneños a dar el apoyo a este distinguido proyecto
3). Hemos estado, todos los miembros de la comisión, en constante comunicación con los asesores y
diputados de Puntarenas para impulsar con más fuerza este proyecto 20773
4) Asistimos a una reunión con el alcalde de Nicoya y con la asociación por rescate de los pueblos
peninsulares, donde se tocaron los temas ya mencionados y donde ellos mostraban desconocimiento y al
final la compresión y el apoyo a este proyecto
5) El día de hoy (16 de febrero) tuvimos una reunión virtual con la diputada de Guanacaste Mileydi
Alvarado Arias, ya que ella no se encontraba el día de la visita a la asamblea, charlamos y nos indicó que
iba a estudiar el proyecto para analizarlo con la asesora de ella Hellen Monge
Señores concejales estamos trabajando en esta comisión, llegaremos hasta los ultimas autoridades, para
con la ayuda de DIOS lograr sacar adelante este proyecto denominado COBANO CANTON
SE CONOCE

PRESIDENTE. El señor Intendente Favio López me pide lo disculpen por no estar en la sesión de
hoy, esto debido a que estaba en reuniones en San Jose y no pudo entrar a tiempo.
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PRESIDENTE. Al ser las dieciocho horas con cuarenta y cinco minutos se da por finalizada la
sesión. Muchas gracias y buenas noches




Sra. Roxana Lobo Granados                                  Sr. Eric Francis Salazar Rodriguez
SECRETARIA                                                 PRESIDENTE