Ordinaria 6 · 2020-05-09
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 6 del 2020-05-09 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 3) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°1 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1 Corregir error en el acuerdo N°10 de esta acta y que el acuerdo de ampliación de tiempo…
- Acuerdo 10 (pág. 3) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°10 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “10.1 Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 10.…
- Acuerdo 2 (pág. 11) · unanime ACUERDO N°2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Declarar inadmisible el recurso de Revisión del acuerdo de la sesión ordinaria número …
- Acuerdo 3 (pág. 11) · unanime ACUERDO N°3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 3.…
- Acuerdo 4 (pág. 16) · unanime ACUERDO N°4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar en la Junta Administrativa del Liceo Rural de Santa Teresa a las siguientes persona…
- Acuerdo 5 (pág. 18) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°5 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA:” Solicitarle al Concejo Municipal de Puntarenas la ratificación del nombramiento y la jurame…
- ~ Acuerdo (pág. 18) · firme · aprobado illiam Morales Castro Cédula 2 490 729 . Miembro propietario ⇔ Eduardo Sánchez Segura Cedula 6271 355 Suplente del Sr. Morales Castro Como miembros de…
ACTA 006-2020
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ACTA N° 006-2020
PERIODO CONSTITUCIONAL
2020-2024
ACTA NÚMERO CERO SEIS- DOS MIL VEINTE DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA NUEVE DE
MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTE A LAS DIECISIETE HORAS EN EL SALON DE
CATEQUESIS DE LA PARROQUIA DE COBANO. ESTO EN ACATAMIENTO A LAS
DISPOSICIONES DEL GOBIERNO DE DISTANCIAMIENTO POR LA PANDEMIA
OCASIONADA POR EL COVID -19. CAMBIO PUBLICADO EN LA GACETA N° 108 DEL
12 DE MAYO DEL DOS MIL VEINTE
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Eric Francis Salazar Rodríguez
VICE PRESIDENTA
Magally Rodríguez Rojas
CONCEJALES PROPIETARIOS
Eduardo Sánchez Segura
William Morales Castro
Minor Centeno Sandi
Lucibeth Solís Pérez
CONCEJALES SUPLENTES
Carlos Mauricio Duarte Duarte
Kemily Rebeca Segura Briceño
Cristel Gabriela Salazar Cortes
INTENDENTE
Favio Jose López Chacón
VICE INTENDENTA
Silvia Lobo Prada
ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando Loria
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Manuel Alfredo Ovares Elizondo. Continua enfermo
CONCEJALES SUPLENTES
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Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO IX. CORRESPONDENCIA
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO I. ORACION
A Cargo de la Secretaria
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
PRESIDENTE. Antes de ratificar el acta el acuerdo N°10 que dice: “…10.2. Conceder el
plazo solicitado por el representante de la empresa Arabian Nights de 90 días hábiles
contados a partir del día 4 de junio del 2020 y hasta el 12 de octubre del 2020…” Señores
este acuerdo son días hábiles lo que están pidiendo quiere decir que meses lo que están
pidiendo creo que todos creímos que eran días naturales, pero ellos piden días naturales
y eso quiere decir que no son tres meses sino serian como cinco meses entonces no sé si
se ratifica así como se hizo
LIC. OBANDO . Arabian Nights por un procedimiento administrativo que había realizado
el concejo llego a un acuerdo y les otorgo un plazo de 30 días para que cumplieran como
entro la semana santa y entro el covid ellos pidieron plazo de 90 días naturales y el
concejo anterior les otorgo 30 días naturales y ellos ahora vuelven a pedir otra prórroga
para cumplir con lo solicitado de 90 días hábiles que son como 5 meses y doce días
aproximadamente. Ellos deben hacer una demolición de una construcción que está en
área de protección y de una parte de construcción en cuya altura se excedieron de lo que
indica el plan regulador
CARLOS MAURICIO. Que tiene que ver el covid con eso.
FAVIO. Debido al COVID la mayoría de las empresas constructoras paralizaron sus
trabajos en Santa Teresa y fueron reintegrándose hasta ahora paulatinamente conforme
los fueron autorizando y hasta hace poco están contratando gente y ahora como algo
positivo ya la parte de construcción en santa tersa está al 100% y es positivo porque
genera empleo. Me parece a nivel personal que se le deberían de dar los 9 días naturales
o sea tres meses
LUCIBETH. Solicita que la Lcda. explique de nuevo la acontecido
LIC. OBANDO. Explica nuevamente
CRISTEL. Esa quebrada donde esta esa construcción siempre ha tenido problemas de
contaminación entonces mientras más rápido se haga el proceso mejor y con respecto al
COVID es temporada baja y se puede aprovechar para hacer el trabajo
SILVIA. Con esto principalmente es que los planes reguladores de Santa Teresa hay
mucho traslape, ellos están invadiendo y deben demoler. Es una situación que se va a
mejorar con el plan regulador integral de Santa Teresa el cual va a estar actualizado y va
a contar con más información
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ERIC. Entonces estamos de acuerdo en 90 días naturales
RATIFICAR EL ACTA 005-2020 CON LA SIGUIENTE CORRECCION AL ACUERDO
N°10
CONSIDERANDO:
-Que ante la solicitud de la empresa Arabian Nights de ampliación de tiempo para
cumplimiento de acuerdo, este concejo tomo acuerdo de 90 días hábiles según ellos lo
solicitaron, siendo que lo que se pretendía otorgar era 90 días naturales
ACUERDO N°1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1 Corregir error en el acuerdo
N°10 de esta acta y que el acuerdo de ampliación de tiempo solicitado por la empresa
Arabian Nights se lea correctamente como sigue:
ACUERDO N°10
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “10.1 Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
10.2. Conceder el plazo solicitado por el representante de la empresa Arabian Nights de
90 días naturales (tres meses) contados a partir del día 4 de junio del 2020 y hasta el
4 de setiembre del 2020 para el cumplimiento del acuerdo N°1 tomado en la sesión
ordinaria 205-2020 del día 31 de marzo del 2020, que dice: “…1.2 Acoger parcialmente
la propuesta presentada por la empresa procedimentada e indicarles que deben cumplir con lo
siguiente:***************
Demoler toda estructura que se ubique dentro del área denominada zona de protección
de quebrada (ZPQ), ya que según el plan regulador en esta área no se permite ningún tipo
de construcción.*******
Demoler la obra constructiva que el Ingeniero Municipal consideró segunda planta ya que
sobrepasa lo indicado en el permiso de construcción y ajustarse a lo indicado en el perfil del
proyecto aprobado, ya que de lo contrario se estaría incumpliendo con el contrato de
concesión, al variar las obras aprobadas”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO”. Esto en
consideración de la situación atípica que vive el país a raíz de la pandemia
ocasionada por el COVID 19”. ACUERDO UNANIME
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
AUDIENCIA VIRTUAL
a. Sres. Geraldine Chaves y Octavio Jiménez del Instituto de Instituto de
Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local de la UNED
Coordinadora Región Pacifico Central
PRESIDENTE. Les saluda y concede la palabra
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EL PRESIDENTE AGRADECE LA INFORMACION Y DA POR TERMINAD LA
AUDIENCIA VIRTUAL
ARTICULO IV. MOCIONES
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SE DISPENSA
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
PRESIDENTE. Asesor comisión
Voy a nombrar como miembro asesor en la comisión especial Marina Tambor al Sr.
Freddy Antonio Alvarenga Tinoco. Cedula 8 0088 0028
ARTICULO V INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA
ARTICULO VI. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
a. Lcda. Rosibeth Obando. OFICIO ALCC 36-JUNIO- 2020 ASUNTO:
RESPUESTA A RECURSO DE REVICION SOLICITADO POR LA
SEÑORA VICTORIA EUGENIA QUIROS.
Por medio de la presente me permito saludarles y a la vez indicarles que de acuerdo a la solicitud
de revisión de acuerdo que hiciera la señora Victoria Eugenia Quirós, este Concejo Municipal deberá
resolver de la siguiente manera
Resultando:
1.-Que la señora Victoria Eugenia Quirós en escrito presentado a este Concejo Municipal, conocido
en sesión ordinaria numero Número 005-2020, del día martes 2 de junio de 2020, solicita la revisión
del acuerdo de la sesión ordinaria N° 25-07 del 09 de julio del año 2007 y se proceda con lo
conducente para que se elimine el muro que está en la calle de entrada a la comunidad de
Montezuma, tal y como seco. Res N° 2020008437.
2.- Que la sala constitucional ha admitido el Recurso de amparo que presentaron, en el que
solicitaron el derribo del muro, en vista de la grave de la grave afectación que el mismo representa
para el tránsito de vehículos de emergencia, sea ambulancia, bomberos, u otros.
3.- Que la Sala Constitucional otorgo los plazos para resolver la situación y al parecer la acción de
pintar el muro de amarillo y colocar un letrero de no parqueo, dirigida por el ingeniero del CMD de
Cóbano, es respuesta a dicho fallo.
4- Que ve con mucha preocupación que el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano este incurriendo
en acciones que van contra sus potestades que existe suficiente jurisprudencia y así lo establece la
ley de Tránsito, que únicamente el Ministerio de Obras y Transporte tiene la autoridad para la
demarcación de la calle, previo a estudios técnicos, con lo cual se está además haciendo uso
indebido de fondos públicos.
5.- Que valga enfatizar que impedir el parqueo al lado del muro en nada asegura el libre tránsito de
vehículos de emergencia. El ancho de la calle da apenas para las dos vías, en tiempo de mucho
tránsito igual se da un atascamiento que impide abrir paso a un vehículo de emergencia. Sin el muro,
abría una especie de bahía que posibilitaría la respuesta inmediata al tránsito de ambulancias,
bomberos y patrullas u otros.
6- Que en reiteradas ocasiones y durante ya varios años, vecinos de Montezuma hemos acudido a
este Órgano Municipal, para solicitar la eliminación de dicho muro, pero solo hemos recibido
respuestas tales como “ que se construyó por orden de la Contraloría General de la Republica y en
la última gestión que hicimos, recibimos por respuesta que no se podía derribar el muro porque está
en carretera Nacional, aseveración totalmente errónea según esta claro en la página del Ministerio
de Obras Públicas y Transporte. La ruta Nacional 624 finaliza exactamente en la carretera que
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ingresa a Montezuma; la carretera que ingresa a; Montezuma, de oeste a este No es ruta Nacional,
es la carretera donde el concejo Municipal de Distrito de Cóbano, construyo el muro.
7.- Que desde el CMD Cóbano, se ha inducido a considerar erróneamente, que el muro protege la
acera del parque infantil de Montezuma, cuando en realidad lo que ha existido siempre fue una
carretera que corre paralela al parque de oeste a este. Que el espacio de entre el muro y el parque
es calle pública,
8.- Que solicita por todo lo anterior y ante la urgencia de la respuesta definitiva que resuelva la
situación y acate el fallo de la Sala constitucional, solicitamos con todo respeto la gestión
correspondiente para derribar el muro construido por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
en la calle de entrada a la comunidad.
Considerando:
Unico: Que en razón de la solicitud de revisión del acuerdo de la sesión ordinaria número 27-07 del
9 de julio del año 2007, que hace la señora Victoria Eugenia Quirós Ramírez, es importante destacar
que se deberá dar el trámite según lo establecido en el artículo 166 del Código Municipal, el cual
dice.
“De todo acuerdo municipal contra el que hubiere procedido apelación y esta no fue interpuesta en
tiempo y siempre que no hubiere transcurrido diez años de tomado el acuerdo y que el acto no hubiere
agotado todos su efectos, los interesados podrán presentar, ante el Concejo, recurso extraordinario
de revisión, a fin de que el acto no surta ni siga surtiendo efectos.
Este recurso sólo podrá están fundado en motivos que originen nulidad absoluta del acto"(...)
El artículo transcrito les confiere a los particulares la posibilidad de solicitar al Concejo Municipal
la Revisión de acuerdos que se encuentran en firme, y que consideran que deberá ser impugnado
porque produce efectos jurídicos, sin embargo, el Concejo Municipal deberá constatar primero la
existencia de los requisitos establecidos en la norma citada y que a continuación se describen:
. 1- Que contra el acuerdo municipal no haya sido interpuesto en tiempo el recurso ordinario de
apelación.
2- Que no hayan transcurrido diez años desde la adopción del respectivo acuerdo por parte del
Concejo Municipal.
3- Que el acto no haya agotado todos sus efectos, es decir que siga surtiendo efectos.
4- Que sea interpuesto por persona legitimada, ya sea por encontrarse de por medio sus derechos
subjetivos o intereses legítimos.
5.-Que se trate de un acuerdo absolutamente nulo.
De los requisitos que señala la norma antes citada tenemos que a falta de uno de ellos, en la solicitud
de revisión de acuerdo que hiciere un tercero, se deberá declarar la inadmisibilidad del recurso
planteado, esto por cuanto para que se pueda declarar la admisibilidad deberán estar presentes
todos los requisitos antes mencionados.
Al respecto la Procuraduría General de la República ha señalado en el dictamen C-238-2000, que
el trámite de recurso de revisión comprende dos fases; la primera fase se denomina fase de
admisibilidad en esta fase se deberá comprobar la lista de requisitos que enumera el artículo 166
del código Municipal, en cuyo caso a falta de uno de ellos deviene en inadmisible; y la segunda fase
llamada fase resolutiva, en la cual se procede a conocer el fondo y se emite un pronunciamiento
sobre el tipo de nulidad que pesa sobre el acuerdo de ese órgano deliberativo.
Tenemos entonces que ante la solicitud que hiciere la señora Quirós Ramírez, de la revisión del
acuerdo tomado en julio del año 2007, a toda luces se denota que ha transcurrido más de 12 años,
por lo tanto no cumple con todos los requisitos de admisibilidad que dicta la normativa por lo
que este Concejo Municipal deberá declarar inadmisible la solicitud de revisión de acuerdo de la
sesión ordinaria número 27-07 del 9 de julio del año 2007.
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Por lo tanto:
Con base en la normativa mencionada y en cada uno de los argumentos antes expuesto es que el
presente Recurso de Revisión del acuerdo de la sesión ordinaria número 27-07 del 9 de julio del
año 2007, presentado por parte de la señora Victoria Eugenia Quirós Ramírez, se deberá declarar
inadmisible y proceder a notificar a la señora.
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Declarar inadmisible el recurso
de Revisión del acuerdo de la sesión ordinaria número 27-07 del 9 de julio del año 2007,
presentado por parte de la señora Victoria Eugenia Quirós Ramírez en razón de lo
indicado en la resolución”. ACUERDO UNANIME
b. Lcda. Rosibeth Obando. OFICIO ALCC 37-JUNIO- 2020 ASUNTO:
Respuesta a la señora Quirós.
CONSIDERANDO:
• Que la señora Victoria Quirós Ramírez presento escrito que se conoció en la
sesión 005-2020 en relación con el muro de Montezuma
ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de
comisión”. ACUERDO UNANIME
3.2. Hacer de conocimiento de la señora Quiros Ramirez lo siguiente: **************
“la Sala Constitucional, que declara con lugar el Recurso de amparo citado en su escrito, ha sido
ordenando puntualmente lo siguiente:
1. Se ordena a Cinthya María Rodríguez Quesada en su condición de intendente del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano de Puntarenas , o a quien en su lugar ocupe el cargo, que
gire las ordenes pertinentes y lleve a cabo todas las actuaciones requeridas dentro del
ámbito de sus competencias para que en el plazo de seis meses, contados a partir de la
notificación de esta sentencia, se solucione el problema de paso al centro de Montezuma,
de modo que se garantice el libre paso de vehículos de emergencia
2. En el ínterin deberá adoptar medidas viales temporales necesarias para asegurar, en el
plazo máximo de tres días contado a partir de la notificación de este pronunciamiento, el
tránsito de vehículos de emergencia por la calle que da acceso al centro de la comunidad
Tenemos que en la primera ordenanza la Sala dicta un plazo de seis meses para que el Concejo
Municipal de Distrito de Cobano, desde la administración proyecte y planifique la solución definitiva
que dará al problema de congestionamiento vial, sin embargo este será un trabajo que deberá
realizarse en coordinación con Ingeniería de Transito del Ministerio de Obras y Transporte, siendo
que será esta última quien deberá revisar y dar el visto bueno a las obras a ejecutar por parte de
este Concejo Municipal de Distrito, tal y como está establecido, por eso la sala razonadamente nos
confiere el plazo de seis meses.
En la segunda ordenanza la Sala otorga un plazo de tres días para que la administración tome las
medidas viales temporales para asegurar el tránsito de vehículos de emergencia, por lo que en aras
de poder cumplir con el plazo dado se procede con la colocación de pintura en el muro , con la
inscripción de prohibido estacionar en esa zona, para así prevenir que los vehículos sigan
estacionados en esa área y poder así dar más fluidez vehicular al lugar mientras se trabaja en el
proyecto que vendrá a solucionar de una vez por todas el congestionamiento vial.
Como Concejo Municipal de Distrito nos ha sido encargada la administración de la red vial Distrital,
y en razón de que para nosotros debe privar la seguridad vial, para protección de nuestros
ciudadanos, en resguardo de los derechos fundamentales como lo es la vida e integridad física y
salud de las personas es que se actúa de oficio, considerando además la orden de la Sala
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Constitucional de dar una solución temporal al termino de tres días, y además siendo que somos
ejecutores en cuanto a la demarcación y señalización se procedió en el acto.
Paralelo a lo anterior, mediante oficio N° INT-2020-28 , se solicitó al departamento de Operaciones
policiales de tránsito, Región Pacifico Central y al delegado de policía de tránsito de Puntarenas
colaboración para que se realicen inspecciones regulares en Montezuma en aras de regular la
circulación vehicular y así evitar se obstruya el tránsito de vehículos de respuesta de emergencia .
En respuesta al oficio de intendencia el Lic. José Luis Jiménez Vargas, Director Regional del
Departamento de Operaciones Policiales de Transito manifiesta mediante oficio DVT-DGPT-OPT-
RPC-DR-2020-297, que no cuentan con personal requerido para realizar todos los controles que se
requieren para toda la zona peninsular, sin embargo están en la mayor disposición de colaborar.
También ha sido enviado a Ingeniería de Transito del MOPT en Puntarenas oficio N° INGV- 078-2020,
por parte del Departamento de Ingeniería Vial de este Concejo Municipal de Distrito informando de
la demarcación realizada en la localidad de Montezuma.
Volviendo a lo resuelto por la Sala Constitucional, y en lo que nos interesa, en el punto III de la
Resolución hace mención de lo siguiente:
” No es competencia de este Tribunal determinar soluciones técnicas para resolver problemas de
atascamiento vial, más si le corresponde intervenir en situaciones como el Sub lite, donde, en
principio, se alega amenaza sobre derechos fundamentales como la salud e integridad de los
habitantes de la comunidad de Montezuma, por la imposibilidad de transito de los vehículos de
emergencia” .
Sigue indicando la Sala en su resolución “que del estudio se desprende que con la construcción del
muro se protege la integridad de los transeúntes e impide que los vehículos se aparquen sobre la
acera y obliguen a los peatones a caminar por la calle , exponiéndolos al peligro, además que lo que
obstaculiza el transito no es muro, el cual más bien pretende proteger a los transeúntes, si no que
atiende a que los vecinos de la zona construyeron ilícitamente dentro del derecho de vía, y que
aunado a este actualmente los vehículos se aparcan a ambos costados de la vía , estrechando
todavía más la vía”.
De lo señalado por la Sala Constitucional tenemos que lo único que le atribuye a este Concejo
Municipal de Distrito es la falta de accionar ante la problemática vial y que a la fecha no se han
llevado a cabo actuaciones concretas para garantizar el paso de vehículos de emergencia por la zona
referida, más nunca se ordena el derribo del muro de Montezuma
El hecho de haber sido admitido el recurso de amparo por parte de la Sala Constitucional no implica
que la resolución fuera enfocada en que se diera el derribo del muro, sino más bien lo que procura
la Sala es que el Concejo Municipal accione en el plazo de seis meses en aras de dar una solución
definitiva a la problemática vial existente, solución que deberá llevar a cabo en coordinación con el
Ministerio de Obras Públicas y Transportes desde la Dirección General de Ingeniería de Transito.”.
ACUERDO UNANIME
c. Lcda. Rosibeth Obando. OFICIO ALCC 38-JUNIO- 2020
ARTICULO VII. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. Sr. Favio Jose López Chacón. Intendente. INFORME DE INTENDENCIA -2020-
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a.1 –Información sobre el estado de COVID-19, el distrito de Cóbano no registra casos
nuevos, la administración municipal ha realizado operativos en conjunto con otras
instituciones con el fin de hacer respetar las directrices que dicta el gobierno central.
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El domingo pasado se detuvo una actividad en la plaza de las delicias de Cóbano, donde
la fuerza público desalojo a más de 40 personas que estaban realizando una actividad
deportiva sin permisos.
Los operativos se retomarán con el fin de contener la situación y evitar tener nuevos casos,
sin embargo, el primer responsable de la salud somos nosotros mismos, los responsables
de acatar y cumplir las medidas sanitarias del gobierno somos todos. No se debería de
tratar de tener más policías o más operativos, es una obligación de la población.
Actualmente nuestro distrito hermano de Paquera tiene 16 casos positivos y muchas
familias aisladas en espera de resultados, negocios comerciales clausurados por el
ministerio de Salud.
Debemos tomar conciencia y ser responsables.
a.2. Se inicio con la Distribución de Diarios el día lunes 08 de mayo en las comunidades
de Tambor y Cabuya (Pescadores y Personas de las Comunidades por primera vez).
Continuamos con la distribución en un trabajo de equipo Interinstitucional del CME
extraordinario. Se distribuyó en Muelle Tambor, San Ramón de Arío, Santa Fe, Montezuma,
Río Negro, Delicias, Río Frío y Bajos de Arío, participaron Instituciones como: INDER, MAG,
BOMBEROS, FUERZA PÚBLICA, POLICÍA TURISTICA Y CMD CÓBANO, se han
entregado en estos días un aproximado de 300 diarios. Estamos a la espera de que lleguen
los demás diarios para atender a las otras comunidades que igual solicitaron la ayuda hace
unos días por primera vez.
Debo agradecer de manera especial a la junta directiva de la ADI de Mal País y Santa
Teresa por el apoyo en esta crisis, un agradecimiento a todas instituciones y voluntarios
que apoyan en las entregas de alimentos, la ADI de Mal país y Santa Teresa a gestionado
donaciones para la compra y distribución de más de mil diarios, en 6 entregas.
a.3. Del TSB3 Calle la Menchita y de la Clínica hasta la Tienda José Paolo, únicamente
falta un 20%, ya se puso toda la base, estamos pendientes con del sello con TSB3,
esperamos finalizar en un máximo de 2 días.
a.4- De los trabajos con maquinaria que estaban realizando en Manzanillo, Río Negro
Santiago, únicamente hace falta un sector de Santiago para finalizar.
a.5- Puente de pavones, se realizó visita el sitio con las empresas interesadas, nos
acompañó a la visita el intendente de Paquera como muestra de apoyo, además estuvo
presente el INDER, se está cotizando la construcción de 2 puentes, el que esta caído desde
hace muchos años y la sustitución del puente siguiente, serán 2 puentes.
a.6- El ICT aprobó el bulevar de tambor, con lo cual permite continuar con el trámite de este
proyecto.
a.7- Agradecer a Magaly Rodríguez la gestión que realizo para agilizar los proyectos de
entrega de materiales al colegio técnico de Cóbano y la Escuela de Santa teresa.
b. Silvia Lobo Prada. Vice Intendente y Coordinadora a.i. Zona Marítimo Terrestre.
OFICIO VI-ZMT-2020-006. ASUNTO. SOLICITUD DE ACUERDO DE RETIRO PUEBLO
MONTEZUMA
Estimados Señores: Por medio del presente ofício les pido tomar un acuerdo como Concejo
Municipal Distrito de Cobano, acerca de lo siguiente. En la Franja costera de Montezuma-Cabuya
tenemos un Plan Regulador aprobado desde el 2016, aproximadamente un poco menos de 4 años,
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tiempo en el cual no hemos hecho uso de la herramienta de manera eficiente, no hemos agilizamos
los tramites de concesiones, no hemos regulado ni administrado de manera correcta la ZMT. Si bien
es cierto hemos recibido como Institución quejas respecto a dicho plan, este es el instrumento que
tenemos legalmente para ordenar.
Como urbanista les puedo asegurar que en su globalidad es una herramienta completa e útil, debido
a que lo tenemos, podemos entonces empezar tramites de concesiones que antes del 2016 era
sencillamente imposible. Los espacios están siendo utilizados en la actualidad y es de mi pensar que
lo mas sano es buscar la manera en que podemos regularizar lo que es regularizable y concesionar,
lo que es imposible e ilegal entonces hacerles saber la razón y proceder, y lo que podemos modificar
dentro de lo que el Plan regulador nos permite hacerlo, al final como administradores de la Zona
Publicay restringida lo tenemos que hacer, y asi concesionar y regular la Zona Marítima Terrestre.
Es por esto y como parte de nuestro compromiso por agilizar el estancamiento de la ZMT que
necesitamos que acuerden lo siguiente, debido al articulo 96 y 97 de la Ley de construcciones se
establece un retiro:
ARTÍCULO 96. Antejardín frente a calle pública
En el desarrollo de todas las construcciones, debe respetarse el antejardín o retiro frontal. El ancho
del mismo, debe ser el establecido en las regulaciones locales vigentes emitidas por la
Municipalidad. En caso de no contar con este tipo de regulaciones, el ancho mínimo de antejardín
debe ser de 2,00 m frente a vías cantonales, y frente a vías nacionales según lo determine el MOPT.
La Municipalidad puede eximir del antejardín a aquellas construcciones que se desarrollen en las
zonas urbanas o en los cuadrantes de ciudad, determinadas de acuerdo con el plan regulador
vigente.
ARTÍCULO 97. Retiros mínimos Salvo que el Plan Regulador lo indique de manera distinta o porque
lo retiros no sean exigibles por tratarse de obras que estén expresamente exentas de ellos, se
exigen los siguientes retiros mínimos: 1) Retiro frontal o antejardín: Se deben acatar las
disposiciones del artículo anterior 2) Retiro posterior o patio: No se exige cuando el material de la
pared en la respectiva colindancia sea incombustible y no tenga ventana o linternilla. En caso
contrario se exige según se indica en la siguiente tabla:
1 piso................................................... .......1,50 m
2 pisos................................................. ......3,00 m
Mayor o igual a 3 Pisos: Se debe agregar 1,00 m adicional de retiro por cada piso, hasta un
máximo de 15,00 m de retiro 3) Retiro lateral: No se exige cuando el material de la pared en la
respectiva colindancia sea incombustible y no tenga ventana o linternilla. En caso contrario se
exige:
Retiro lateral 1 piso....................................................................1,50 m 2
pisos.......................................................3,00 m
Por cada piso adicional debe agregarse 1,00 m de retiro lateral, hasta un máximo de 10,00 m de
retiro Toda reparación, remodelación o ampliación de edificaciones debe cumplir con los retiros
establecidos en los incisos anteriores.
Estos retiros por múltiples factores, se omitieron en el caso del Pueblo de montezuma,
nosotros con el afán de agilizar la tramitología de las concesiones pedimos omitir la
aplicación de este retiro frontal en el espacio denominado como Pueblo Costero dentro
del Plan Regulador Integral Cabuya-Montezuma. Pero hilando mas delgado, queremos que
solo se aplique la excepción a las c o n s t r u c c i o n e s e x i s t e n t e s , r e g u l a r i z a d
a s c o n Ley para la regulación de las construcciones existentes en la Zona Restringida de
la Zona Marítimo Terrestre N° 9242
Que en su artículo 1y 3 establece lo siguiente:
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ARTÍCULO 1.- La presente ley tiene por objeto regularizar las construcciones existentes en la zona
restringida de la zona marítimo terrestre, definida en el artículo 10 de la Ley N.º 6043, Ley sobre la
Zona Marítimo Terrestre, de 2 de marzo de 1977, y sus reformas, y legalizar el aprovechamiento de
estas, mediante el otorgamiento de concesiones al amparo de dicha ley. Esta ley no dispensa el
pago de tasas, cánones, multas o precios públicos a favor de las municipalidades, salvo las
exoneraciones dadas por ley.
ARTÍCULO 3.- Las municipalidades con jurisdicción en la zona restringida de la zona marítimo
terrestre, que cuenten con un plan regulador costero vigente, podrán conservar las construcciones
existentes, siempre que se ajusten al plan y a la normativa ambiental aplicable.
Cuando las construcciones existentes se ajusten al plan regulador costero vigente, sin necesidad de
realizar ninguna modificación, el interesado deberá gestionar la concesión pertinente en un plazo
máximo de seis meses, contado a partir de la entrada en vigencia de esta ley.
Cito lo anterior porque debido a este conflicto no hemos podido proceder con estas concesiones,
ya que no hemos podido regularizar las construcciones existentes. Nuestro interés es el concesionar
y poder entonces cobrar los respectivos a las propiedades que ya están siendo ocupadas. Hacerlo
de la manera más productiva posible. Ante la crisis que vivimos me parece que hacer esfuerzos en
pro de recaudar para mantener el CMDC a flote es de suma importancia y parte de nuestro
compromiso como administradores con todos ustedes. Solo queremos aplicar esta excepción en la
Zona delimitada como Pueblo Costero dentro del PRI Cabuya-Montezuma, debido a que en
observaciónes de campo podemos determinar que una zona de mas alta densidad y desarrollo que
responde a lo que se urbanísticamente podría categorizarse como un centro urbano de población.
Por tanto solicito al Consejo Municipal del Distrito de Cobano a que nos faculten al Departamento
de Zona Marítimo Terrestre para que apliquemos como excepción al Plan Regulador Integral de
Cabuya-Montezuma en la Zona de Pueblo Costero, a las construcciones existentes regularizadas por
la LEY 9242 eximirse del retiro frontal. Sin más por el momento.
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO
TERRESTRE
ARTICULO IX CORRESPONDENCIA
a. Lcda. Maricel Rojas León. Auditora Interna. OFICIO AIM-34-2020. ASUNTO.
Traslado del Informe relacionado con la prescripción de tributos
municipales. Informe AIM 02-2020 dirigido a la Intendencia .
FAVIO. En relación a este oficio saben ustedes cuanto está pendiente de cobro mil
ciento setenta millones por cobrar más de la mitad del presupuesto municipal los
informes de auditoría son muy importantes desgraciadamente en los últimos años
no se le ha dado mayor importancia.
b. Juan Ramón Parajeles Duarte. Director. Liceo Rural de Santa Teresa.
ASUNTO. Ternas para nombramiento de junta administrativa
CONSIDERANDO:
© Que se ha conocido las ternas avaladas por el Supervisor del circuito MSa.
Warren Zamora para el nombramiento de la Junta Administrativa del Liceo
Rural de Santa Teresa por vencimiento de la actual junta.
© Que las ternas cumplen con los lineamientos indicados en la Ley
© Que se adjunta la declaración jurada firmada por la directora en la cual se
hace saber que las ternas presentadas no contravienen lo establecido en el
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artículo 11 del Reglamento General de Juntas de Educación y
Administrativas
ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar en la Junta Administrativa
del Liceo Rural de Santa Teresa a las siguientes personas:
-Yerlyn León Zamora cedula 2 541 642
-Marilyn Chamorro Mendoza cedula 6 337 163
-Yessica Tatiana Álvarez Salas cedula 2 692 423
-Álvaro Alcides Álvarez Briceño cedula 6 231 610
-Mario Alberto Torres Barrientos cedula 5 551 735
ACUERDO UNANIME
c. Antonio Farah Matarrita y Rodolfo Lizano. Dirección de Planeamiento y
Desarrollo. Instituto Costarricense de Turismo. OFICIO DPD-P-084-2020.
ASUNTO. Comunicación de acuerdo de Junta Directiva aplicación Articulo 22 Ley
6043 al Proyecto de Boulevard en Playa Tambor.
PRESIDENTE. SE CONOCE Y DA PASE A LA ADMINISTRACION
d. Antonio Farah Matarrita y Rodolfo Lizano. Dirección de Planeamiento y
Desarrollo. Instituto Costarricense de Turismo. OFICIO DPD-P-083-2020.
ASUNTO. Comunicación de acuerdo de Junta Directiva de Rectificación y ajuste al
Plan Regulador de Playa Tambor.
PRESIDENTE. SE CONOCE Y SE DA PASE A LA ADMINISTRACION Y A LA
COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
e. Asociación de Desarrollo Integral de Las Delicias. ASUNTO. Expone la
situación de telecomunicación de la comunidad de Las Delicias indican que son
una comunidad con una población de unas 300 familias con un servicio deficiente
o nulo de servicio de telecomunicación, indican que desde el 2016 realizan
gestiones ante el ICE pero no tiene respuesta. Solicitan al Concejo su ayuda en
interferir ante el ICE y preguntar el en qué estado se encuentra el supuesto
proyecto LAS DELICIAS y dar seguimiento hasta que la comunidad cuente con
los mismos servicios que el resto y no seguir discriminados.
WILLIAM. Es una situación complicada y me consta, el sector del centro ( Molino) está
prácticamente incomunicada, se hacen gestiones pero no se ven resultados
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA INTENDENCIA PARA QUE GESTIONE LO
CORRESPONDIENTE
ARTICULO X. INFORME DE LOS CONCEJALES
a. MAGALLY. Ya se entregaron los materiales para el cierre de la cancha del colegio
y las aceras del colegio de Santa Teresa. Carlos Mauricio nos apoyó mucho en la
coordinación con la entrega en Santa Teresa. El jueves estuve en Puntarenas
viendo lo de los proyectos de este año hable con los encargados de desarrollo
urbano y me indican de proyectos que han estado ahí por años este del colegio
esta del 2016 entonces ellos están anuentes a ayudarnos y agilizar algunos
procesos que han estado varados y dineros que no se han sacado y dentro de esto
los materiales de la ADI de San Isidro que parce que eso no se aprobó pero que
igual nos iban a ayudar a ver si se podía sacar y lo otro que ara el 2021 ellos van
depositar el dinero al Concejo y nosotros debemos ejecutar los proyectos
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b. LUCIBETH. La acera que esta por el muro de Montezuma es peatonal, pero nadie
pasa y sirve de parqueo. También en por la acera que va a la iglesia pasan las
motos. Con respecto a los diarios he tenido conocimiento de que en una familia se
han recibido hasta 3 diarios, creo que se debe trabajar en conjunto con los comités
covid 19 o asociaciones de la comunidad para que sean mejor distribuidos. En
Montezuma hay un coche abandonado que se debería retirar. Hay dos tramos en el
camino hacia Montezuma que se están lavando y se va a llevar el trabajo que
realizaron
SILVIA. El espacio entre el muro y la calle le pertenece al parque
FAVIO. Con respecto a la casa amarilla la otra semana le traemos información
Con respecto a los diarios se trabaja en coordinación con las asociaciones de
desarrollo y se tienen datos cruzados para evitar dar dos veces a la misma familia.
Ningún sistema es perfecto más de algún vivo se debe burlar del sistema en la
entrega de ahora se está dando prioridad a los pescadores ya los de más largo. En
el camino de Cabuya Montezuma se va a intentar poner lastre a todo y eso se
coordina con el Ingeniero
MINOR. Tomar medidas para que al menos dos veces al año se recoja basura no
tradicional ya que esta está ocasionando botaderos clandestinos
Hace muchos años la muni hizo algunos basureros y los coloco en el centro y se
quitaron aduciendo a que la gente se abusaba pero si vas a cualquier ciudad hay
basureros es cuestión de educar a la gente
CRISTEL. La calle de Cobano a Santa Teresa el material que tiene es muy malo
para que lo tomen en cuenta. Por detrás de red palm están haciendo un camino y la
tierra se está viniendo abajo
Cuando van a poner a funcionar la niveladora, cuando se va a reparar el camino a
Santa Teresa a playa hermosa y porque un camión que dice roljuanjo recoge la
basura en Santa Teresa
FAVIO. Ese camión da apoyo al camión recolector es un contrato que existe incluso
con el camión nuevo que esta parada allá abajo porque no tiene seguros para operar
tampoco se cumpliría con el programa de recolección siempre habrá que apoyarse
con un contrato. Con el tema de la niveladora reitero no se puede poner a operar
porque no hay presupuesto para operar, inclusive esas máquinas no se han pagado
fueron entregadas al concejo municipal de Cóbano sin haber pagado la factura,
ahorita se tiene que hacer un proceso de exoneración para que las maquinas sus
placas estén a nombre del concejo municipal de Cobano eso va a tardar este es un
tema administrativo, hay que conseguir recursos por medio de una modificación
para financiar lo demás, ahorita la municipalidad de Cobano no tiene plata ni para
pagar extras de caminos es todo un tema administrativo y financiero que hay que
analizar bien para no poner en riesgo la municipalidad . Con el tema del camino
Santa Tereas Playa Hermosa ya se está haciendo los procesos y el camino Santa
Teresa al entronque de la ruta 160 el viernes se abren las ofertas
CARLOS MAURICIO. A mí me preocupa mucho tantas clandestinas, hay en Rio
Negro en San Isidro en Cobano por el basurero, dos en Santa Teresa
WILLIAM. EL camino Delicias –Rio en Medio esta propenso a cortarse, talvez hacer
una inspección
Quiero saber si se hizo la consulta sobre lo de la comisión prozul
SILVIA. Ya la consulta se había hecho en borrador y el reglamento ya está hecho
y en consulta en las instituciones correspondientes
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ARTICULO XI. JURAMENTACION JUNTA VIAL
a. PRESIDENTE. Presenta moción de orden para tomar acuerdo a fin de solicitar a
Puntarenas la juramentación de los nuevos miembros de la Junta Vial Distrital. Se
aprueba la moción presentada y queda definitivamente aprobada
CONSIDERANDO:
© Que es necesario que el Concejo Municipal de Puntarenas ratifique y juramente al
Intendente y su suplente como presidente de la Junta Vial Distrital y a los
representantes del Concejo ante esa junta
© Que la elección del representante del Concejo ante la Junta Vial Distrital se dio en
la sesión 005-2020 de este Concejo
ACUERDO N°5
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA:” Solicitarle al Concejo Municipal de
Puntarenas la ratificación del nombramiento y la juramentación de los Señores:
⇔ Favio Jose López Chacón Cedula 5 351 926
Miembro Propietario y Presidente
⇔ Silvia Lobo Prada Cedula 1 1304 936
suplente
⇔ William Morales Castro Cédula 2 490 729 .
Miembro propietario
⇔ Eduardo Sánchez Segura Cedula 6271 355
Suplente del Sr. Morales Castro
Como miembros de la Junta Vial Distrital de Cobano”. ACUERDO UNANIME Y FIRME.
Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual
se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
******************************U.L.*********************
PRESIDENTE. Al ser las diecinueve horas con cincuenta y dos minutos se cierra la sesión.
Buenas noches y muchas gracias
Sra. Roxana Lobo Granados Sr. Eric Francis Salazar Rodríguez
SECRETARIA PRESIDENTE
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