Ordinaria 33 · 2020-12-15

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 33 del 2020-12-15 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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ACTA 033/20
15/12/2020




                                      ACTA N° 033-2020
                                  PERIODO CONSTITUCIONAL
                                         2020-2024

ACTA NÚMERO TREINTA Y TRES - DOS MIL VEINTE DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA QUINCE DE
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE A LAS DIECISIETE HORAS EN EL SALON DE
SESIONES DE ESTE CONCEJO
Con la presencia de las siguientes personas:

PRESIDENTE
Eric Francis Salazar Rodríguez
VICE PRESIDENTA
Magally Rodriguez Rojas

CONCEJALES PROPIETARIOS
Manuel Ovares Elizondo
Carlos Mauricio Duarte Duarte
Kemily Rebeca Segura Briceño

CONCEJALES SUPLENTES

INTENDENTE
Favio Jose López Chacón

VICE INTENDENTA
Arq. Silvia Lobo Prada

ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando Loria

SECRETARIA
Yerling Linette Flores Mendoza

AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Eduardo Sánchez Segura
William Morales Castro
Minor Centeno Sandi.

CONCEJALES SUPLENTES
Cristel Gabriela Salazar Cortes
Lucibeth Solís Pérez


Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo el
orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.          ORACION
ARTICULO II.         RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.        AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV.         MOCIONES
ARTICULO V.          ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI.         INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VII.        INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO VIII.       INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO lX.         CORRESPONDENCIA
ARTICULO X.          INFORME DE LOS CONCEJALES

ARTICULO I.           ORACION
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A CARGO DE MAGALLY RODRIGUEZ CASTRO


ARTICULO II.          RATIFICACION DE ACTAS

    a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 032-2020 la cual se ratifica en todas sus partes.
       ACUERDO UNANIME

ARTICULO IV.          MOCIONES
SE DISPENSA

ARTICULO V.           ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VI.          INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA

ARTICULO VII.         INFORME DE LA ASESORA LEGAL


LICDA. OBANDO. Quería informarles que el trámite para el terreno del derecho que tiene este

Concejo Municipal en santa clemencia, ya logré contactar a las 16 personas y están anuentes a

firmar, estoy recabando la información faltante y creo que ya para marzo 2021, tendríamos todo

listo para realizar la matrícula de este terreno lo que buscamos es que nos den un numero de

finca.

ARTICULO VIII.        INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

    a. INFORME DE INTENDENCIA -2020-30

    a.1 Situación del COVID-19 según el último reporte estamos con 160 acumulados 1 fallecido

    y 49 casos activos actualmente, se aumentaron los casos en estos últimos días. Pedimos al

    Distrito que por favor acaten y tomen las medidas necesarias, para que de esta forma

    evitemos siga aumentando el contagio.

    a.2 El Comité Municipal de Emergencias se ha reunido para conversar asuntos urgentes en

    referencia a esta situación tan compleja que se vive en el Distrito en estas dos últimas dos

    semanas.

    a.3 El 07 de diciembre se trabaja con la niveladora y compactadora de la municipalidad

    reparando el camino Santa Teresa - Mal País – Hermosa, esto también se realiza el martes

    08, el 07 la vagoneta Municipal va a dejar unas alcantarillas a cabuya y el 08 - 09 - y 10, por

    la mañana la vagoneta municipal realiza trabajos de apoyo en conjunto con la excavadora de

    la Comisión de Emergencias en el paso Mal País - Cabuya votando tierra (habilitando el

    derecho de vía). Para el día miércoles 09 el backhoe reparara algunas pasadas dañadas del

    camino San Isidro, el jueves 10 la vagoneta municipal junto con el backhoe cargan un tanque

    de agua que será utilizado por la vagoneta municipal para estar regando agua en Santa
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    Teresa - Mal país y así estar mitigando el polvo (durante este día se carga el tanque y se

    realiza la instalación de la tubería y bomba de agua) el viernes 11 la vagoneta municipal

    comienza a regar agua en el camino Santa Teresa Mal país hasta el día de hoy y mientras se

    requiera en estas fechas, el mismo viernes 11 el backhoe municipal realiza bacheo en el

    camino que va desde Mal País a Cabuya, en conjunto con la excavadora de la comisión de

    emergencias de emergencias y dos vagonetas más, esto durante el viernes 11 y sábado 12.

    a.4 Las excavadoras de la C.N.E trabajan una en Cabuya continuando con los trabajos de

    dragado y limpieza de los cauces de los ríos y quebradas de la comunidad y la otra en el paso

    Mal País - Cabuya votando tierra y cargando lastre (habilitando lo que es el derecho de vía

    por causa de derrumbes de la época lluviosa, construcción limpieza y conformación de taludes

    con bermas y al mismo tiempo se aprovecha el lastre extraído en parte para bacheo de la

    misma ruta.

    a.5 La excavadora de la Contratación CD 038 el lunes y martes realizo acomodo de la tierra

    en el tajo donde se extrae el material el miércoles viernes y sábado destape y limpieza del

    sector donde se va a seguir extrayendo el material el domingo y ayer lunes votando tierra para

    así iniciar nuevamente la extracción de material para las diferentes rutas de este distrito que

    necesitan ser reparadas y tener mantenimiento continuo.

    a.6 OFICIO-ING-181-2020 SOLICITUD DE USO DE SUELO PARA DESARROLLO DE
    CONDOMINIO

Asunto: Solicitud de uso de suelo para desarrollo de condominio.
Estimados:
Por este medio les informo que el señor Alexis Bravo Elizondo con número de cedula 1 0954 0244,
solicita un uso de suelos para condominio horizontal, habitacional, ubicado en la localidad de Mal País en
la propiedad con número de folio real 6-167842-000 y plano catastrado P-1325463-2009.
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                                            Ubicación del lote.

La solicitud de uso de suelo es para un proyecto de condominio residencial ubicada aproximadamente a
0.3 km al sur del cruce de Playa Carmen propiedad a mano izquierda. Se encuentra en una elevación que
varía de los 10msnm a 20msnm. La parcela tiene una superficie de 11958 metros cuadrados.
La descripción del condominio según el señor Alexis Bravo Elizondo, estará compuesto de 34 unidades
residenciales de uno, dos y tres dormitorios, distribuidos en 10 fincas filiales. Contará con calle de acceso
al proyecto desde la calle pública, junto con sus respectivos parqueos y áreas verdes en la propiedad.
Además, contará con el porcentaje de áreas comunes y juegos infantiles que competen a un condominio,
así como demás elementos de caseta de guarda, mantenimiento, depósito de basura, planta de
tratamiento y oficina/bodega temporal que contribuyen a la convivencia en condominio y son requeridas
para tales fines.
El proyecto se encuentra en una parcela con fines de terreno para urbanizar. Toca la calle publica con un
frente de 12.58m. Cuenta con los servicios básicos en la zona.
Actualmente se encuentran construidas o en proceso de construcción cerca de 14 viviendas, tienen áreas
de parqueo y calles de acceso, se encuentra en proceso de construir la planta de tratamiento.
Adj.     Solicitud de Uso de suelos con sus requisitos.
         Descripción del anteproyecto del señor Alexis Bravo Elizondo
         Planos de diseño de planta de tratamiento
         Borrador del Reglamento del Condominio

PRESIDENTE. SE DA PASE A COMISIÓN DE JURÍDICO
    a.7 OFICIO-ING-183-2020 SOLICITUD DE USO DE SUELO PARA CONDOMINIO

Estimados:
Por este medio les informo que el señor Fernando Lecuna García con número de pasaporte 11305255,
solicita un uso de suelos para condominio vertical, habitacional, ubicado en la localidad de Santa Teresa
en la propiedad con número de finca folio real 6-241035-000 y plano catastrado P-2224318-2020.




                                              0241035




                                            Ubicación del lote.

La solicitud de uso de suelo es para un proyecto de condominio residencial ubicada aproximadamente a
100 metros de la entrada a Flor Blanca, frente a la entrada de latitud 10. Se encuentra en una elevación
que varía de los 20msnm a 70msnm. La parcela tiene una superficie de 5373 metros cuadrados.
La descripción del condominio según el señor Fernando Lecuna, estará compuesto de 18 fincas filiales,
parqueos para dos carros de cada filial, más 24 parqueos adicionales, un área de gimnasio, una piscina,
un rancho, un deck y un sector para tomar sol.
El Proyecto Santa Teresa Sunset View consta de un edificio de 3 pisos, y cada piso tiene 6 apartamentos.
En total el proyecto consta de 4487.92 m2 y con una huella de 1403.16 m2.
El proyecto se encuentra en una parcela con fines de terreno para construir. Toca la calle publica con un
frente de 13.38m. Cuenta con los servicios básicos en la zona.
Adj.     Solicitud de Uso de suelos con sus requisitos.
         Descripción del anteproyecto del señor Fernando Lecuna García
         Croquis de los apartamentos y diseño de planta de tratamiento
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            Borrador del Reglamento del Condominio

    PRESIDENTE: SE DA PASE A COMISIÓN DE JURIDICOS


    b. Favio López Chacón. Asunto: Solicitud de aprobación de solicitud de Concesión. Jose
    Ricardo Vargas Rojas

        Concejo Municipal Distrito de Cóbano, Intendencia Municipal, al ser las diez horas del día 03 de
                                                diciembre del 2020.

                                                    Resultando:
    Conforme a lo establecido en el artículo 42o del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre,
    aprobado mediante Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, por este medio me
    permito presentarles el PROYECTO DE RESOLUCIÓN correspondiente a la solicitud de concesión de Zona
    Marítimo Terrestre presentada por VARGAS ROJAS JOSE RICARDO, portador de la cédula número 2-0751-
    0857, expediente No3905-2018.

                                                  Considerando:

   I. Que el solicitante, el señor VARGAS ROJAS JOSE RICARDO, portador de la cédula número 2-0751-0857,
      ha cumplido satisfactoriamente con todos los trámites estipulados en la Ley 6043 sobre la Zona Marítimo
      Terrestre y su Reglamento.
  II. En fecha 9 de agosto del año 2018, el señor VARGAS ROJAS JOSE RICARDO, presenta ante el Concejo
      Municipal de Distrito de Cóbano una solicitud de concesión por un área de 426 metros cuadrados,
      ubicada exactamente entre los mojones número 147-148 del Instituto Geográfico Nacional en Cabuya
      Montezuma, Distrito de Cóbano, cantón Central, provincia de Puntarenas, visible a folio 001.
 III. El día 19 de marzo del año 2019, y el 11 de agosto del año 2020, se realizó Inspección de Campo, por el
      funcionario Municipal Greivin Carmona Rodríguez., sobre la parcela que se solicita en concesión, visible
      a folio del 017-019 y 037-040.
 IV. Que los linderos de esta parcela son los siguientes: NORTE: Concejo Municipal de Distrito Cóbano. SUR:
      Concejo Municipal de Distrito Cóbano, ESTE: Calle Pública, OESTE: Propiedad Privada, visible a folio 019
  V. El señor VARGAS ROJAS JOSE RICARDO, aportó el plano catastrado 6-2053141-2018, por un área de 426
      metros cuadrados, cuyo uso será para Residencial de Recreo por los 426 metros cuadrados del área
      mixta para el turismo y la Comunidad (MIX), folio 006.
 VI. Que el Edicto de Ley fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 225 del 26 de noviembre del
      2019, concediendo los 30 hábiles para oír oposiciones, dentro del plazo concedido no se recibió en el
      Concejo Municipal del distrito de Cóbano de Puntarenas, oposición a la solicitud de concesión, visible a
      folios 035-036.
VII. Que la parcela solicitada en concesión se encuentra en el Sector Costero de          Cabuya-Montezuma,
      distrito de Cóbano, del cantón Central, provincia de Puntarenas. La declaratoria de actitud turística fue
      otorgada por parte del Instituto Costarricense de Turismo, en la sesión ordinaria número: 6041, articulo
      5, del 27 de agosto del 2018, publicado en Diario Oficial La Gaceta número 199, del 29 de octubre del
      2018.
VIII. Se corrobora la adecuación de la parcela, su área y su uso con el Plan Regulador Integral Cabuya
      Montezuma, Que el Plan Regulador vigente para el sector costero Cabuya Montezuma fue publicado en
      el Diario Oficial La Gaceta, alcance número 184 del 14 de setiembre del 2016, en la cual el Concejo
      Municipal del Distrito de Cóbano, comunica que en la sesión extra ordinaria número 03-2016, celebrada
      el 9 de junio del 2016, acordó: Adoptar y poner en ejecución el plan regulador Integral de Cabuya
      Montezuma de Cóbano, de Puntarenas. Por otra parte, se indica que la aprobación por parte del ICT fue
      en la sesión de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo número 55927, articulo 50, inciso
      11, del 18 de abril del año 2016 y con la aprobación del Departamento de Urbanismo del Instituto
      Nacional de Vivienda y Urbanismo comunicado mediante oficio C-UCT00T-35-05 2016 con fecha 31 de
      mayo del año 2016.
 IX. Que el uso de la parcela será destinado de la siguiente forma: la totalidad de los 426 metros cuadrados
      para Residencial de Recreo en el Área Mixta para el Turismo y la Comunidad (MIX).
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  X. Que existe un informe de avalúo número: CYV-AV-ZMT-015-2019, elaborado por el Perito Municipal
      Rodrigo Vásquez Quirós, a nombre del Señor JOSE RICARDO VARGAS ROJAS y notificado en fecha 30 de
      setiembre del año 2019 vía correo electrónico, en el que se estableció que el canon a pagar anualmente
      es por la suma de ¢111.186,00 (Ciento once mil ciento ochenta y seis colones con 00/100) el cual
      comprende el periodo que va del año 2019 al 2024, por lo que el mismo se encuentra vigente. (Ver folios
      023 al 030).
 XI. Se establece como fecha última para el pago del canon por el monto de ¢111.186,00 (Ciento once mil
      ciento ochenta y seis colones con 00/100), el día de la firma del contrato, que se encuentra regulada en
      el artículo 44 del reglamento, de la ley 6043, dicho pago debe hacerse a nombre del Concejo Municipal
      del distrito de Cóbano de Puntarenas.
XII. No consta en el expediente oposición formal a la solicitud planteada por el señor VARGAS ROJAS JOSE
      RICARDO, portador de la cédula número 2-0751-0857, además de ajustarse a las disposiciones de la Ley
      6043, Ley de Zona Marítimo Terrestre.
XIII. Se recomienda el otorgamiento de la concesión por un plazo de VEINTE AÑOS.
                                                        Por tanto:

   Esta Intendencia, recomienda al Concejo Municipal de Cóbano la aprobación de la concesión solicitada por
   el señor VARGAS ROJAS JOSE RICARDO, portador de la cédula número 2-0751-0857, sobre un terreno que
   consta de área de 426 metros cuadrados, cuyo uso es de Residencial de Recreo en el área Mixta para el
   Turismo y la Comunidad (MIX), es autorizado según lo establecido en el Reglamento de Zonificación del
   Plan Regulador Integral Cabuya Montezuma.


   PRESIDENTE. SE DA PASE A COMISIÓN ZONA MARITIMO TERRESTRE

   ARTICULO III.       AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES


        a. Se recibe para su debida juramentación como miembro asesora de la comisión

            especial denominada Comisión Especial de la Condición de la Mujer a la señora:

           Rocio Vargas Atavía

        LA cual fue nombrada como miembro asesora de la Comisión Especial denominada Comisión

        Municipal de la Condición de la Mujer ( CMCM) en la sesión 028-2020. Procede a la

        juramentación el presidente Municipal de acuerdo a lo que dispone el artículo 194 de la

        Constitución Política: “¿Juráis a Dios y Prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y

        las leyes de la República, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino?-Sí, juro.-Si así lo

        hiciereis, Dios os ayude, y si no, El y la Patria os lo demanden.

    Una vez juramentados la señora se retira

   ARTICULO lX.             CORRESPONDENCIA


        a. Licda. Maricel Rojas León oficio AIM-92-2020 Asunto: Para conocimiento de los

            señores concejales de la manera más cordial, el Informe AIM-06-2020 denominado:

            “Informe de auditoría de carácter especial sobre la gestión realizada por el comité

            Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano con los recursos que se le asignan

            para el cumplimiento de sus fines “conocido en la sesión extraordinaria 008-2020

            celebrada el día 7 de diciembre 2020.SE CONOCE
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    b. Licda. Maricel Rojas León. AIM-94-2020 Asunto: Para el conocimiento de los señores

        concejales, de la manera más cordial, el informe AIM-05-2020 denominado: “Informe de

        auditoría de carácter especial sobre la eficiencia y eficacia de la gestión del proceso

        de recolección y disposición final de los residuos sólidos del Concejo municipal

        Distrito de Cóbano, su repercusión en las finanzas del ayuntamiento y su impacto

        en el medio ambiente y la salud de los habitantes del Distrito”. Recomendaciones

        conocidas en sesión extraordinaria N°008-2020 celebrada el 7 de diciembre 2020. SE

        CONOCE

    c. Licda. Maricel Rojas León. AIM-97-2020 Asunto: Para el conocimiento de los señores

        concejales, de la manera más cordial remito oficio AIM-07-2020 denominado: “Informe

        acerca de la aplicación de las acciones autorizadas por medio de la ley 9848

        referente al apoyo al contribuyente local y reforzamiento dela gestión financiera del

        concejo Municipal Distrito de Cóbano”

       1. INTRODUCCIÓN
       Esta Auditoría Interna, en el ejercicio de las potestades de fiscalización que le confiere la Ley General
de Control Interno nro. 8292, realizó el presente estudio conforme lo establecido en la “Ley para apoyar
al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las municipalidades, ante la emergencia nacional
por la pandemia de COVID-19”, N° 9848.
       Según el artículo 20 de esa Ley (Programa extraordinario de fiscalización) la Contraloría General de
la República (CGR) y las auditorías internas de las municipalidades, deben elaborar y ejecutar,
conjuntamente, un programa extraordinario de fiscalización del presupuesto de los años 2020, 2021 y
2022, así como sus liquidaciones presupuestarias, a fin de verificar el cumplimiento efectivo de lo
establecido y autorizado en esa ley.
       2. OBJETIVO GENERAL
       Evaluar los resultados de la ejecución física y financiera acumulada al 30 de noviembre del año 2020,
y determinar los controles establecidos por la administración municipal para asegurar la sostenibilidad
financiera y la continuidad de los servicios municipales, de frente a la emergencia sanitaria nacional, a raíz
de la pandemia del COVID-19, conforme lo establecido y autorizado en la Ley 9848.
       3. GENERALIDADES
       La “Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las municipalidades,
ante la emergencia nacional por la pandemia de COVID-19”, N° 9848, autoriza para que las
municipalidades, de forma excepcional en los ejercicios presupuestarios 2020 y 2021, realicen acciones
tendentes a reforzar su gestión financiera y también apoyar al contribuyente local.
       Para los efectos se propone, en la citada ley:

                              Acciones que se autorizan                                     Artículo
                         REFORZAR LA GESTIÓN FINANCIERA MUNICIPAL
 Se gire el 0,5% de lo recaudado a favor del Órgano de Normalización Técnica.                   2
 Se gire el 1,5% de lo recaudado a favor de la Junta Administrativa del Registro                3
 Nacional.
 Destinar hasta un 40% a gastos administrativos del monto que les corresponde del               4
 IBI. Pudiendo ser usados en la prestación de, entre otros servicios municipales de
 cementerios, seguridad y gestión integral de residuos; sin embargo, no podrán
 destinarse a la creación de nuevas plazas.
 Destinar hasta un 50% de sus ingresos ordinarios municipales a atender los gastos              5
 generales de administración. Estos recursos también podrán ser utilizados en la
 prestación de servicios municipales de agua, cementerios, seguridad y gestión
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 integral de residuos; sin embargo, no podrán destinarse a la creación de nuevas
 plazas.
 Usar los recursos de superávit libre y específico de los años 2019 y 2020, con el fin        7
 de garantizar entre otros, la continuidad de los servicios de seguridad, gestión
 integral de residuos o cementerios, así como para gastos corrientes de
 administración general que se requieran en atención a la disminución de los
 ingresos por las consecuencias económicas de la pandemia. No podrán destinarse
 a la creación de nuevas plazas y el uso de estos recursos se hará por medio de los
 procedimientos de aprobación presupuestaria ante la CGR.
 Una vez cubiertos los costos de la prestación de un servicio municipal existe un saldo       8
 favorable, para que inviertan en otros servicios que experimenten déficits, así como
 en gastos administrativos; sin embargo, no podrán destinarse a la creación de
 nuevas plazas y debe hacer por medio de los procedimientos de probación
 presupuestaria ante la CGR.
 Se utilicen los recursos que reciban por transferencias del Gobierno central, para           9
 garantizar la continuidad de los servicios municipales como seguridad, gestión
 integral de residuos o cementerio, así como para gastos administrativos, en
 atención a la disminución de sus ingresos por las consecuencias económicas de la
 pandemia; sin embargo, no podrán destinarse a la creación de nuevas plazas y se
 exceptúan los recursos establecidos por la Ley 7755,Control de las Partidas
 Específicas con Cargo al Presupuesto Nacional, y el artículo 5 la Ley 8114.
                              APOYAR AL CONTRIBUYENTE LOCAL

 Otorgar a los licenciatarios una moratoria en el pago del impuesto de patentes por        12, 15 y
 actividades lucrativas, así como del impuesto por venta de bebidas con contenido            17
 alcohólico en el caso de las licencias clase B, según el artículo 4 de la Ley 9047.
 Dicha moratoria será por un máximo hasta de tres trimestres y rige a partir de la
 publicación de esta ley.
 Otorgar una moratoria por concepto de tasas, precios públicos y servicios                 13, 15 y
 municipales. Esta moratoria en el pago por concepto de tasas, precios públicos,             17
 servicios municipales e impuestos municipales y será por un máximo hasta por tres
 trimestres o nueve meses, según la periodicidad del cobro de cada obligación
 municipal.
 Ofrecer a los contribuyentes, durante el 2020, arreglos de pago por un plazo hasta           16
 de veinticuatro meses, para que cancelen sus obligaciones por concepto de tasas,
 precios públicos, servicios municipales e impuestos y se deberán dictar las
 regulaciones internas que definan las condiciones de dichas facilidades de pago.
 En casos de declaraciones de calamidad pública o emergencia nacional o cantonal              19
 ha suspendido, a petición de los licenciatarios, temporalmente la vigencia de las
 licencias otorgadas por un plazo máximo hasta de doce meses.

         Por otro lado, y siempre referido al tema de la emergencia sanitaria que enfrenta el país, la CGR
emitió el 03 de noviembre, 2020 el “Informe N° DFOE-EC-SGP-00002-2020”, denominado “Seguimiento
de gestión, Sostenibilidad financiera para la continuidad de los servicios públicos críticos ante la
emergencia sanitaria”
         Según ese informe, “la gestión de la sostenibilidad financiera comprende la capacidad de las
instituciones públicas para identificar, analizar, evaluar y administrar los recursos financieros en el corto,
mediano y largo plazo, en procura de atender sus compromisos actuales y futuros para asegurar la
continuidad de los servicios públicos. Evaluar el nivel de esa gestión, en un escenario de alta incertidumbre
como la actual emergencia sanitaria, es relevante ya que permite identificar oportunidades de mejora; así
como, anticipar las acciones necesarias para garantizar la prestación de los servicios públicos críticos.” (la
negrita no es original)
         Continúa señalando el ente contralor en ese informe que, “Dicha emergencia ha provocado gran
afectación económica a nivel nacional impactando a las instituciones públicas, quienes han visto
afectados sus ingresos producto de amenazas relacionadas con la economía del país y la afectación de
distintos sectores productivos. En ese sentido, la gestión de la sostenibilidad financiera se vuelve crítica
considerando la necesidad de ejecutar acciones para mitigar la caída de los ingresos, las erogaciones
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adicionales para enfrentar la crisis; así como, las obligaciones no previstas, la necesidad de nuevas fuentes
de financiamiento, entre otras.”(la negrita no es original)
        También indica la Contraloría que “Mediante la gestión de la sostenibilidad financiera se procura
la prestación continua de los servicios, de manera que actividades como la evaluación de la capacidad
para gestionar los recursos financieros resulta imprescindible, siendo que es necesario disponer de datos
que evidencien la realidad económica y financiera de la institución. Es imperante, además, disponer de
información contable y presupuestaria de calidad, que resulte útil y oportuna, para anticipar decisiones
en respuesta a los riesgos derivados de la emergencia; así como, de eventuales situaciones similares.”(la
negrita no es original)
        En virtud de lo expuesto, al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano le corresponde adoptar las
medidas de control y gestión para, de acuerdo a su entorno institucional y cantonal, asegurar la
sostenibilidad financiera y la continuidad de los servicios municipales, de frente a la emergencia sanitaria
nacional generada por la pandemia del COVID-19.
       2. RESULTADOS
             Esta Auditoría Interna realizó un análisis de las acciones adoptadas por el Concejo Municipal,
en cumplimiento de lo autorizado por la Ley 9848 así como las medidas de control tendentes a mitigar los
efectos que generarán las acciones de apoyo al contribuyente local, y el aprovechamiento de las medidas
de fortalecimiento a las finanzas del Concejo.
          2.1 Sobre la estrategia para garantizar la sostenibilidad financiera del Concejo Municipal de
                 Distrito.
         Si bien el Concejo ha realizado esfuerzos por cumplir lo ordenado por la Ley 9848, se
determinaron algunos temas que deben ser revisados por la Administración con el fin de cumplir a
cabalidad el mandato.
         Así, por ejemplo, mediante oficio Nº E.P-038-2020 del 25 de noviembre de 2020 la licenciada
Laura Segura Muñoz, encargada de presupuesto informa que:
         “Según los informes de ejecución presupuestaria a setiembre 2020 hemos recibido por concepto de
Bienes Inmuebles un monto total de ¢495.405.937,57; y acumulado en gastos administrativos a la fecha
aproximada del 15 de noviembre un monto de ¢48.629.270,77; Esta información es tomada del sistema
interno “SISTEGRA 2020”, por lo que es actualizado prácticamente a la fecha, no contamos con cortes a
fechas específicas. / En resumen, el % de gastos administrativos financiados con IBI es de un 9.82%.”
        También con el oficio Nº E.P-038-2020 del 25 de noviembre de 2020 la licenciada Laura Segura
Muñoz, encargada de presupuesto indicó:
         “Considerando la pregunta anterior omito que es al mismo corte: setiembre 2020, por lo que
podemos decir según el informe de ejecución presupuestaria el ingreso por concepto de ingresos ordinarios
es de ¢1.767.738.150,88 y de acuerdo a la información de gastos que nos proporciona el “SISTEGRA 2020”
el total de gastos aproximados a la fecha 15 de noviembre es de ¢ 309,246,495.67, por lo tanto, el %
solicitado es de 17.49% de los gastos administrativos con los ingresos ordinarios.”
         En cuanto al uso de los recursos de superávit libre y específico de los años 2019 y 2020 para
garantizar entre otros, la continuidad de los servicios comunitarios o gastos corrientes de administración
general que se requieran en atención a la disminución de los ingresos por las consecuencias económicas
de la pandemia, tal como lo permite el artículo 7 de la ley de reiterada cita.
         Se informó que si bien se incluyeron en el presupuesto extraordinario 01-2020, no se
consideraron en el Presupuesto Inicial del ejercicio económico 2021, esto, según la Administración de este
Concejo, por un tema de los plazos que se tienen para la tramitación y coordinación de este documento
con la Municipalidad de Puntarenas.
          Señalar que el Concejo ha realizado tres modificaciones para financiar gastos administrativos: La
N° 4 por ¢2.4 millones. La N°6 por ¢1.5 millones (dentro del mismo programa I) y la Nº 7 por ¢0,3 millones
(dentro del mismo programa I).
           También en la N° 4 se modificaron ¢90,9 millones, en el proyecto de vías de comunicación al
programa III (dentro del mismo programa III), se disminuyeron intereses y amortización para el pago del
préstamo presupuestado ya que no se utilizó la partida de forma completa dado que no se tendrá que
realizar todo el pago de los intereses y la amortización anual.
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          En la N° 6 se modificaron (dentro del mismo programa I) ¢ 1.3 millones para ajustar la liquidación
del ingeniero vial.
         Luego, en las modificaciones, 7, 8 y 9 se modificaron recursos de los programas II y III, pero entre
los mismos programas.
         Lo anterior es relevante porque demuestra que efectivamente se han generado los movimientos
presupuestarios vía modificaciones internas, pero es importante que se lleve control de cuáles de esos
cambios obedecen a la aplicación de la Ley 9848 y medir a su vez el impacto e incidencia en las finanzas
del Concejo. En ese contexto, el Concejo carece de una estrategia financiera para llevar un riguroso
monitoreo no solo de esos cambios sino también de otros factores generados por la pandemia y que
pueden incidir en las finanzas del Concejo.
        En el cuadro siguiente se resumen los aspectos antes comentados, destacando en color, los
temas que se consideren pertinente que la administración revise.
                                                                     CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
                                                                               AUDITORÍA INTERNA
                                             CUMPLIMIENTO ACCIONES PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE FISCALIZACION LEY 9848


                                                                                Seguimiento
               ACCIONES POR REALIZAR                                                                                                          Observaciones
                                                                                    En
                                                                    Pendiente               Cumplida
                                                                                  proceso
 Analizar que en el proyecto del Presupuesto Ordinario para el         X                                El Depto. De Presupuesto indicó que en el Presupuesto 2021 no se están creando nuevas
 periodo 2021 no se este destinando recursos del IBI para la                                           plazas.
 creación de nuevas plazas                                                                             Se brindó información sobre los porcentajes de lo recaudado por IBI usados en gastos
                                                                                                       adminstrativos al mes de noviembre y sobre el porcentaje de los ingresos ordinarios que se han
                                                                                                       utilizados para anteder gastos generales de administración.
                                                                                                       Que los saldos de los superávit libre y específico 2019 se incluyeron en el presupuesto
                                                                                                       extraordinario 01-2020 pero no en el Presupuesto del 2021 y esto por razones propias del
                                                                                                       proceso de aprobación del documento presupuestario por parte de la Municipalidad de
                                                                                                       Puntarenas y los plazos que se tienen.
 Analizar que en el proyecto del Presupuesto Ordinario para el         X                                El Depto. De Presupuesto indicó que en el Presupuesto 2021 no se están creando nuevas
 periodo 2021 se tome en cuenta el saldo del superavit libre y                                         plazas.
 específico del año 2019 para garantizar la continuidad de los                                         Se brindó información sobre los porcentajes de lo recaudado por IBI usados en gastos
 servicios                                                                                             adminstrativos al mes de noviembre y sobre el porcentaje de los ingresos ordinarios que se han
                                                                                                       utilizados para anteder gastos generales de administración.
                                                                                                       Que los saldos de los superávit libre y específico 2019 se incluyeron en el presupuesto
                                                                                                       extraordinario 01-2020 pero no en el Presupuesto del 2021 y esto por razones propias del
                                                                                                       proceso de aprobación del documento presupuestario por parte de la Municipalidad de
                                                                                                       Puntarenas y los plazos que se tienen.

 Determinar que recursos han sido transferidos por el                  X                               Ninguno
 Gobierno Central que pudieran ser utilizados para garantizar
 la continuidad de los servicios Eje: IFAM y si se efectúo el
 asiento de ajuste correspondiente.

 Solicitar copia y Analizar las modificaciones presupuestarias         X                               Tres modificaciones para financiar gastos administrativos: La N° 4 por ¢2.4 millones. La N°6 por
 realizadas en este periodo                                                                            ¢1.5 millones (dentro del mismo programa I) y la Nº 7 por ¢0,3 millones (dentro del mismo
                                                                                                       programa I).
                                                                                                       En la N° 4 se modificaron ¢90,9 millones, en el proyecto de vías de comunicación al programa
                                                                                                       III (dentro del mismo programa III), se disminuyeron intereses y amortización para el pago del
                                                                                                       préstamo presupuestado ya que no se utilizó la partida de forma completa dado que no se
                                                                                                       tendrá que realizar todo el pago de los intereses y la amortización anual.
                                                                                                       En la N° 6 se modificaron (dentro del mismo programa I) ¢ 1.3 millones para ajustar la
                                                                                                       liquidación del ingeniero vial.
                                                                                                       En las modificaciones, 7, 8 y 9 se modificaron recursos de los programas II y III pero entre los
                                                                                                       mismos programas.

 Determinar al mes de octubre 2020 que porcentaje de lo                X                               Idem anterior.
 recaudado en IBI ha sido utilizado en gastos administrativos

 Determinar que porcentaje de los ingresos ordinarios                  X                               Idem anterior.
 municipales se ha utilizado para atender gastos generales de
 la administración
 Solicitar un detalle de los licenciatarios que presentaron            X                               Según el Depto. De Patentes, 49 licenciatarios presentaron solicitud para acogerse al plan de
 solicitud para acogerse al plan de moratoria                                                          moratoria.
 Solicitar un detalle de los arreglos de pago que suscribieron          x                              Según información suministrada, se suscribieron 54 arreglos del pago entre el 6 de junio y el 31
 con fundamento a la Ley 9848.                                                                         de agosto, conforme los términos dados por la Ley 9848
 Solicitar un detalle de los contribuyentes que solicitaron            X                               Según el Depto. De Patentes, 49 licenciatarios presentaron solicitud para acogerse al plan de
 suspensión de licencia                                                                                moratoria.


 Realizar un análisis de los gastos incurridos a traves del fondo      X                               Ninguno
 de Caja Chica relacionados con gastos para la continuidad del
 servicio y la atención de la emergencia.


         El monitoreo oportuno de las acciones tomadas por el Concejo es fundamental para garantizar su
estabilidad financiera, considerando, por ejemplo, que 49 patentados presentaron solicitud para acogerse
al plan de moratoria; se suscribieron 54 arreglos de pago bajo los términos definidos en la Ley 9848 con
contribuyentes morosos, entre otros asuntos importantes.
        Según la CGR en su Informe N° DFOE-EC-SGP-00002-2020, denominado “Seguimiento de gestión,
Sostenibilidad financiera para la continuidad de los servicios públicos críticos ante la emergencia sanitaria”,
los gobiernos locales presentan oportunidades de mejora en lo referente a los elementos esenciales para
gestionar su estrategia para la sostenibilidad financiera.
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        SE ESTABLECE EN ESE INFORME QUE:

         “(…)
       a) El 36,7% (18) no dispone de un plan, estrategia o política para la gestión de la sostenibilidad
           financiera en el corto, mediano y largo plazo.
       b) El 26,5% (13) no ha realizado en el último período análisis financieros para identificar las
           necesidades financieras a corto, mediano y largo plazo.
       c) El 24,5% (12) no ha elaborado análisis con base en su información financiera para medir los
           efectos de la emergencia sanitaria.
       d) El 40,8% (20) de las municipalidades no ha realizado en el último período un análisis de brechas
           financieras y el 46,9% (23) no ha elaborado proyecciones con el fin de determinar los efectos
           futuros de la emergencia sanitaria en su sostenibilidad financiera.”
        De lo anterior se desprende, dice el órgano contralor en ese informe, que las municipalidades
requieren fortalecer estos aspectos:
              Formular un plan, estrategia o política para la gestión de la sostenibilidad financiera en
                 el corto, mediano y largo plazo;
              Realizar análisis financieros para identificar las necesidades financieras a corto, mediano y
                 largo plazo;
              Elaborar análisis con base en su información financiera para medir los efectos de la
                 emergencia sanitaria;
              Elaborar un análisis de brechas financieras y elaborar proyecciones con el fin de determinar
                 los efectos futuros de la emergencia sanitaria en su sostenibilidad financiera, con el
                 propósito de mejorar su gestión en procura de establecer acciones que le permitan atender
                 sus compromisos actuales y asegurar la continuidad de los servicios críticos que brindan a
                 la ciudadanía; a saber, atención de la seguridad ciudadana, recolección, depósito y
                 tratamiento de residuos.
           2.2 Se debe medir el impacto del plan de moratoria del Concejo Municipal de Distrito de
                  Cóbano
          El Concejo aprobó en la sesión ordinaria 005-20 del 2 de junio el Plan de moratoria propuesto a
los contribuyentes del distrito, conforme así lo solicitaba la Ley 9848. Ese plan fue divulgado
principalmente por medio de las redes sociales en los sitios oficiales del Concejo y de acuerdo con los
departamentos de Cobro y Patentes, dos contribuyentes solicitaron acogerse al plan, así como 49
patentados solicitaron la suspensión de sus patentes. Asimismo, 54 contribuyentes morosos suscribieron
arreglos de pago bajo las condiciones y términos establecidos por la Ley 9848.
          En el cuadro inserto se detalla las acciones realizadas por el Concejo respecto de tema aludido:
                                                                            CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
                                                                                      AUDITORÍA INTERNA
                                                    CUMPLIMIENTO ACCIONES PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE FISCALIZACION LEY 9848




                       ACCIONES POR REALIZAR                                           Seguimiento                                                    Observaciones
                                                                                           En
                                                                           Pendiente               Cumplida
                                                                                         proceso
         Verificar que se efectuaron los ajustes necesarios en el                                     X       En el presupuesto 2021 se verificó el cálculo del aporte al ÓNT se efectuó aplicando el 0.5%
         presupuesto sobre el porcentaje a girar a la ONT.
         Comprobar el giro del 0,5% sobre lo recaudado en el IBI para                                X        En cuanto a los aportes del periodo presupuestario 2020 para la ONT se hizo el cálculo
         la ONT (1er 2do pago) y el 1.5% a la Junta Administradora del                                        aplicando el artículo 2 de la Ley 9848 desde el I trimestre. Es decir que se calculó y se pagó el
         Registro Nacional (JARN)                                                                             0,50% ¢2.425.229,05, lo correcto era aplicar un 1% hasta el 22-05-2020. Lo cual significa que a
                                                                                                              la fecha se adeudan ¢1,291,644,11 a la ONT como resultado de esta diferencia.
                                                                                                              A la JARN se calculó y se pagó el 1,50% (¢7.275.687,16) para el I trimestre, siendo lo correcto
                                                                                                              aplicar un 3% hasta el 22 de mayo de 2020 fecha en que se pagaría un 1,5% (¢10.463.144,72).
                                                                                                              Lo cual significa que a la fecha se adeudan ¢3,187,457,59 a la Junta Administradora del Registro
                                                                                                              Nacional como resultado de esta diferencia.


         Verificar las modificaciones presupuestarias realizadas y                                   X        Tres modificaciones para financiar gastos administrativos: La N° 4 por ¢2.4 millones. La N°6 por
         comprobar las contrataciones promovidas por la institución                                           ¢1.5 millones (dentro del mismo programa I) y la Nº 7 por ¢0,3 millones (dentro del mismo
                                                                                                              programa I).
                                                                                                              En la N° 4 se modificaron ¢90,9 millones, en el proyecto de vías de comunicación al programa
                                                                                                              III (dentro del mismo programa III), se disminuyeron intereses y amortización para el pago del
                                                                                                              préstamo presupuestado ya que no se utilizó la partida de forma completa dado que no se
                                                                                                              tendrá que realizar todo el pago de los intereses y la amortización anual.
                                                                                                              En la N° 6 se modificaron (dentro del mismo programa I) ¢ 1.3 millones para ajustar la
                                                                                                              liquidación del ingeniero vial.
                                                                                                              En las modificaciones, 7, 8 y 9 se modificaron recursos de los programas II y III pero entre los
                                                                                                              mismos programas.
         Determinar que se haya hecho la solicitud de exoneración                                    X        El personal involucrado en la implementación y uso del SICOP ya recibió capacitación pero no se
         para el pago por el uso de SICOP por la declaratoria de estado                                       ha implementado. Se prevé efectuar una reunión con RACSA en enero 2021.
         de emergencia                                                                                        No se ha suscrito convenio, ni se ha solicitado la exoneración a Racsa quien envió a la
                                                                                                              Intendencia el 4 de julio de 2020 un machote de convenio, pero aún requiere modificaciones
                                                                                                              para ser firmado.
         Obtener o solicitar copia de la respuesta dada por Racsa                                             En el presupuesto 2021 se incluyeron ¢5.3 millones para el pago de este servicio
         sobre dicha petición
         Solicitar copia de oficio y plan de moratoria presentada por la                             X        El plan de moratoria fue aprobado por el Concejo en la Sesión Ordinaria 005-20, artículo VII,
         Administración Tributaria al Concejo Municipal                                                       inciso c, del 2 de junio de 2020-

         Solicitar copia del acuerdo de aprobación del Plan de                                       X        El plan de moratoria fue aprobado por el Concejo en la Sesión Ordinaria 005-20, artículo VII,
         Moratoria por parte del Concejo Muncipal                                                             inciso c, del 2 de junio de 2020-

         Solicitar que acciones se emprendieron para divulgar el Plan                                X        El Departamento de Administración tributaria Financiera indicó que las acciones realizadas para
         de Moratoria                                                                                         dar a conocer el plan de moratoria fueron: 1. La aprobación se dio mediante sesión del Concejo
                                                                                                              en vivo por lo que mucha gente se dio cuenta. 2. Se publicó en el Facebook del Concejo. 3. Se
                                                                                                              hizo del conocimiento de la población por medio de la página web del Concejo.
         Solicitar un detalle de los contribuyentes que realizaron                                   X         De acuerdo al Depto. de Cobros, solo 2 contribuyentes solicitaron acogerse a la moratoria.
         solicitud para acogerse al plan de moratoria                                                         De conformidad con el Depto. de Patentes al 27 de noviembre, 49 patentados solicitaron la
                                                                                                              suspensión de su patente. También se informe de la suscripción de 53 arreglos de pago.
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         No obstante, lo anterior y considerando las bondades que se ofrecen para los contribuyentes ese
plan de moratoria también implica una afectación a las fuentes de financiamiento del Concejo que se debe
medir, cosa que no se logró obtener evidencia.
          Tal como lo señala la CGR, el Concejo debe realizar los análisis financieros para identificar brechas
financieras y elaborar proyecciones con el fin de determinar los efectos futuros de la emergencia sanitaria
en la sostenibilidad financiera de corto, mediano y largo plazo, esto con el fin de establecer acciones que
le permitan atender sus compromisos actuales y asegurar la continuidad de los servicios críticos que
brindan a la ciudadanía del distrito.
            2.3  Se debe revisar la aplicación de la transferencia al Órgano de Normalización Técnica
                 (ONT) y a la Junta Administradora del Registro Nacional
    En cuanto a los aportes del periodo presupuestario 2020 para la ONT y la Junta Administradora del
Registro Nacional, se hizo el cálculo aplicando los artículos 2 y 3 de la Ley 9848 desde el I trimestre. Es
decir, se calculó y se pagó al ONT, el 0,50% ¢2.425.229,05, siendo lo correcto aplicar un 1% de lo recaudado
por IBI antes del 22 de mayo de 2020. Lo anterior significa que se dejaron de transferir al ONT
¢1,291,644,11.
          Situación similar sucedió con la Junta Administrativa del Registro Nacional, se calculó y se pagó
el 1,50% (¢7.275.687,16) para la, siendo lo correcto aplicar un 3% hasta el 22 de mayo de 2020, fecha en
que se publicó la norma y posterior a esta fecha se pagaría un 1,5% (¢10.463.144,72). Lo cual significa que
a la fecha se adeudan ¢3,187,457,59 a la Junta Administradora del Registro Nacional como resultado de
esta diferencia.
         Por lo tanto, la Administración debe revisar la ejecución de las mencionadas transferencias y
proceder a realizar los ajustes correspondientes, conforme lo establece el marco jurídico que regía según
el momento de la recaudación y del traslado de los fondos a dichas entidades.
            2.4   Urge implementar las acciones para cumplir con la incorporación al Sistema de Compras
                  Públicas (SICOP)
         Se determinó que el personal involucrado en la implementación y uso del SICOP ya recibió
capacitación; sin embargo, a la fecha del presente informe aún no se había integrado este Concejo al
mencionado sistema de compras. Según información suministrada se prevé efectuar una reunión con
Radiográfica Costarricense S.A (RACSA) en enero 2021.
         Asimismo, se estableció que tampoco se ha suscrito convenio, ni se ha solicitado la exoneración
a RACSA. Esta institución envió a la Intendencia el 4 de julio de 2020 un machote de convenio, pero aún
requiere modificaciones para ser firmado, según la información suministrada.
            Cabe agregar que en el presupuesto 2021 se incluyeron ¢5.3 millones para el pago de este
servicio.
          El artículo 10 de la Ley 9848 dice que, durante el plazo de vigencia de la declaración de estado
de emergencia nacional, las municipalidades se deberán registrar en el Sistema Integrado de Compras
Públicas (SICOP) y las municipalidades clasificadas en el grupo C y D del Índice de Gestión Municipal del
año 2018, emitido por la CGR y los concejos municipales de distrito, estarán exentos del pago de cualquier
rubro a RACSA por la capacitación, implementación y uso del SICOP. Dice que el Ministerio de Hacienda
deberá verificar que se respete esa exención por el período señalado.
3.   CONCLUSIONES
       Se estableció que el Concejo Municipal de Distrito carece de un Plan Estratégico Financiero –
Operativo, que considere unos factores, tanto internos como externos, que puedan impactar la captación
de los recursos y su ejecución a futuro. En esta estrategia se deben definir y establecer políticas, planes,
identificación de las brechas financieras, análisis de las necesidades institucionales, entre otros
mecanismos, para procurar una mejor gestión de los recursos financieros en el corto, mediano y largo
plazo.
       Aspectos como la aplicación de las medidas extraordinarias autorizadas por la Ley 9848, referentes
a la reorientación parcial de los aportes a otros organismos de los recursos provenientes del IBI; la
disposición de recursos del superávit específico; la ampliación de los porcentajes autorizados para gastos
administrativos, así como la realidad social y económica generada por la pandemia y sus efectos directos
y colaterales, son temas que deben recogerse en una estrategia financiera institucional que permita un
monitoreo permanente y oportuno.
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      De hecho y dada la seriedad del caso del momento coyuntural que enfrenta el país, se estima
sumamente necesario mantener un monitoreo de las medidas de apoyo a los contribuyentes locales que
se impulsan con base en la citada Ley (planes de moratoria) así como el comportamiento de todas las
fuentes de financiamiento del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.
4. RECOMENDACIONES
      Por lo expuesto en este informe se emiten las siguientes recomendaciones:

      Al CONCEJO MUNICIPAL.
      Brindar, en la forma y condiciones que le corresponden conforme a su competencia, el apoyo
      necesario a las acciones que proponga la administración para el cumplimiento de las
      recomendaciones giradas por esta Auditoría Interna, en el punto 4.2 de este informe, con el fin de
      potenciar las oportunidades de mejora en la gestión administrativa municipal, la toma de decisiones
      por parte de los Jerarcas y Titulares subordinados (artículo 12, inciso a, LGCI), y el fortalecimiento
      del Sistema de Control Interno Institucional; así como la transparencia de la gestión.

      AL INTENDENTE MUNICIPAL
      1)    Formular, en coordinación con los Departamentos Financiero y de Presupuesto, un “Plan
            estratégico financiero- operativo para los años 2021 Y 2022 que considere los factores, tanto
            internos como externos, que pueden impactar la captación de los recursos y su ejecución a
            futuro.
            a)     Esta estrategia debe considerar la definición y establecimiento de políticas, planes,
                   identificación de las brechas financieras, análisis de las necesidades institucionales,
                   entre otros mecanismos, para procurar la mejor gestión de los recursos financieros en
                   el corto, mediano y largo plazo.
            b)     Incluir, en esa estrategia financiera el plan de seguimiento y evaluación para analizar el
                   comportamiento de las brechas que se puedan presentar y demás acciones que se
                   establezcan para garantizar la continuidad de la prestación de los servicios.
        Para acreditar el cumplimiento de esta recomendación, se deberá remitir a la Auditoría Interna,
      copia de la estrategia que defina la Administración a más tardar el 31 de enero de 2021.

      2)    Elaborar, en coordinación con los departamentos Financiero y de Presupuesto, informes
            trimestrales y anuales acerca del cumplimiento del Plan Estratégico Financiero-Operativo
            definido para los ejercicios económicos 2021 y 2022.
            Al respecto, véase lo comentado en el punto 2 de este informe.
        Para acreditar el cumplimiento de esta recomendación, se deberá remitir a la Auditoría Interna,
      copia de los informes que se generen en atención a esta recomendación.

      3)    Tomar las acciones correspondientes respecto de las sumas giradas en el primer trimestre del
            presente año al Órgano de Normalización Técnica (ONT) y a la Junta Administradora del
            Registro Nacional, considerando que se efectuaron con base en lo establecido en la Ley 9848
            que entró a regir a partir del mes de mayo de 2020.
            Para acreditar el cumplimiento de esta recomendación, se deberá remitir a la Auditoría
            Interna, copia de las instrucciones dadas a las unidades administrativas correspondientes a
            más tardar el 31 de enero de 2021. Al respecto véase el punto 2.3 de este informe.

      4)    Tomar las acciones correspondientes respecto de las acciones que se deben cumplir para
            implementar e incorporarse al Sistema de Compras Públicas (SICOP), conforme las medidas
            que ya se han venido adoptando tal como se señaló en el punto 2.4 de este informe.
            Para acreditar el cumplimiento de esta recomendación, se deberá remitir a la Auditoría
            Interna, copia de las instrucciones dadas a las unidades administrativas correspondientes a
            más tardar el 31 de enero de 2021.
        La información que se solicita en este informe para acreditar el cumplimiento de las
recomendaciones anteriores, deberá remitirse, en los plazos y términos antes fijados, a la Auditoría
Interna.
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       Se recuerda a la Administración la obligatoriedad de analizar e implementar las recomendaciones
emitidas por la Auditoría Interna, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 12, inciso c) de la Ley
General de Control Interno, nro. 8292.
        Finalmente, se recuerda a la Administración que, para el cumplimiento de las recomendaciones
contenidas en el presente informe, se debe observar lo que al respecto disponen los artículos 36, 37 y 38
de la misma Ley General de Control Interno.

CONSIDERANDO:

     Que Auditoría ha presentado en el informe AIM-07-2020 donde se realiza una serie de

         recomendaciones a la administración y donde le recomienda a este Concejo Brindar, en

         la forma y condiciones que le corresponden conforme a su competencia, el apoyo

         necesario a las acciones que proponga la administración para el cumplimiento de las

         recomendaciones giradas por esta Auditoría Interna.

ACUERDO N°1.

Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA:1.1 Dispensar del trámite de comisión de

acuerdo con el artículo 44 del Código Municipal, ACUERDO UNANIME

1.2. Acoger la recomendación realizada por Auditoría a este Concejo y brindar apoyo a la

Administración para cumplir con las recomendaciones brindadas por Auditoria. ACUERDO

UNANIME



    d. Licda. Maricel Rojas León Oficio AIM-98-2020 Asunto: Ajuste al plan de trabajo de la

         Auditoria Interna y Comunicación de Plan extraordinario de fiscalización. SE CONOCE



    e. Acuerdo CMA-0334-2020 Manifestación en contra de ley “REFORMA DE LOS

         ARTICULOS 9 Y 23 DE LA LEY IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES, LEY N°7509,

         DE 19 DE JUNIO DE 1995, PARA QUE DICHO IMPUESTO SEA SOBRE EL VALOR DE

         LA CONSTRUCCIÓN Y NO DEL TERRENO”. SE CONOCE


    f.   Oficio FECOMUDI 198-2020 Solicitud para que realicen un análisis detallado de la

         “Actualización del Reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones del Instituto

         Nacional de Vivienda y Urbanismo. Dirigido a Encargados del área de Catastro C.C. a

         Concejos Municipales de Distrito. SE CONOCE


    g. Municipalidad de Garabito. Asunto: Voto de Apoyo al acuerdo tomado por la

         municipalidad de Alvarado “Moción para que la municipalidad de Alvarado, se manifiesten

         contra de todo tipo de violencia hacia las mujeres, y realice una campaña de

         sensibilización sobre el tema”
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CONSIDERANDO:

     La solicitud por parte de la Municipalidad de Garabito donde piden el a los concejos

        Municipales y Concejos de Distrito el apoyo al acuerdo tomado por la Municipalidad

        de Alvarado mediante oficio SMA-008-12-2020 de fecha 03 de diciembre de 2020

ACUERDO N°2.

Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: 2.1 Dispensar del trámite de comisión de

acuerdo con el artículo 44 del Código Municipal, ACUERDO UNANIME

2.2. Brindar apoyo al acuerdo tomado por la Municipalidad de Alvarado en su oficio SMA-008-12-

2020 de fecha 03 de diciembre de 2020, “...MOCIÓN PARA QUE LA MUNICIPALIDAD DE

ALVARADO, SE MANIFIESTA EN CONTRA DE TODO TIPO DE VIOLENCIA HACIA LAS

MUJERES, Y REALICE UNA CAMPAÑA DE SENSIBILIZACIÓN SOBRE EL TEMA...” ACUERDO

UNANIME

    h. Vecinos de Santa Teresa. Asunto: Solicitud de Permiso específico para las

        actividades musicales de cualquier tipo en locales comerciales.

                                                            Santa Teresa 14 de diciembre 2020
Concejo Municipal Distrito de Cóbano
CC: Doctor Ledezma - Ministerio de Salud
Asunto: solicitud de permiso específico para las actividades musicales de cualquier tipo en locales
comerciales
Nosotros los abajo firmantes, todos vecinos de Santa Teresa y Mal País (104 firmantes)
Consideramos:
    1. Que en artículo 1 y 2 del reglamento para el control de la contaminación por ruido N 39428-S dice
       que la salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado y que toda persona
       tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
    2. Que los artículos 1-2-3-4-263 y 297 de la ley 5395 Ley general de salud, que el artículo 17 de la Ley
       7554 Ley Orgánica de Ambiente, y el Articulo 9 del Decreto Ejecutivo 32692-S, tienen cómo fines
       proteger la salud pública.
    3. Que las consecuencias del ruido en la vida de las personas pueden ser muy nefastas ya sea en ma-
       teria de salud, física, psicológica materia social, de estas consecuencias van desde trastornos del
       sueño hasta pérdida del oído, malestar y estrés.
    4. Que la ley 9557 emitida por la Asamblea Legislativa el 26 de junio del 2018 declara a los can- tones
       de Nicoya, Carrillo, Santa Cruz, Hojancha, Nandayure, y los distritos administrativos de Cóbano,
       Lepanto, Paquera y de las Islas del Golfo de Nicoya, como zona especial de longevidad. El Articulo
       2 de la ley 9557 dice que la finalidad de esta ley es garantizar la promoción, la pro- tección y el
       mantenimiento de estilos de vida saludables de la Zona Especial de Longevidad. Es de suma
       importancia proteger a nuestros adultos mayores de cualquier contaminación para poder
       garantizar un estilo de vida saludable en las comunidades de Santa Teresa y Mal País.
    5. Que, según el código Municipal, una de las responsabilidades de un Municipio es dictar los
       reglamentos y velar por el control tomando en cuenta los intereses de la población.
    6. Que Mal País y Santa Teresa están ubicados en la zona de amortiguamiento de la Reserva Absoluta
       Cabo Blanco donde los eventos musicales afectan a la fauna local poniendo en riesgo mu- chas
       especies debido a la presión recibida por los altos niveles de decibeles entre otras amenazas.
    7. Que el Distrito de Cóbano no dispone de planes reguladores y sus ausencias es altamente
       perjudicial dado que esto promueve el desorden del desarrollo urbano o rural. Por esta razón no
       es posible definir los sectores a donde confluyen diferentes actividades con usos compatibles y no
       compatibles. En Santa Teresa y Mal País los locales comerciales ubicados a lo largo de la calle
       principal son considerados como «zona comercial» sin tomar en cuenta las zonas donde se
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       mezclen actividades de hospedajes, casas de habitaciones, y otras actividades con usos no
       conformes tales como bares, salas de eventos, clubes nocturnos, discoteca y restaurantes con
       actividades musicales y ferreterías. Es de suma emergencia trabajar en la modalidad, del primer
       llegado, primer servido, en el momento de otorgar nuevos permisos o usos de suelos y así asegurar
       una bue- na convivencia entre todos los vecinos.
   8. Que el distrito de Cóbano ha experimentado en los últimos años un crecimiento acelerado de las
       actividades comerciales, entre las que se destacan, las de diversión en bares y restaurantes. La
       actividad de música en vivo, Disc Jockey o cualquier actividad musical en la zona no ha sido
       regulada por la Municipalidad. Por lo tanto, se realiza estas actividades sin ningún tipo de permiso
       específico, sin control de horario, ocasionando molestias a los vecinos en sus horas de descanso.
   9. Que aunque el crecimiento es inevitable y en muchos casos deseables, es de suma importancia
       tomar en cuenta el método de la visión comunitaria, que permita guiar las decisiones para el
       desarrollo futuro, ya sea económicamente, ambientalmente y socialmente tomando en cuenta la
       visión común de los líderes comunales tales como la Asociación de Desarrollo Integral, la Cámara
       de Turismo y la ONG Waterkeeper, quienes buscan un desarrollo sostenible hasta regenerativo y
       un ambiente orientado hacia la salud y bienestar. Las comunidades desean preservar la esencia
       de Santa Teresa y Mal País, es decir; surf, yoga, comida saludable y bienestar, pero en ningún caso
       que este paraíso se convierta en una zona turística de fiestas sin control como por ejemplo el
       modelo de desarrollo de Jaco o Tamarindo.
   10. Que a lo largo de la calle principal de Santa Teresa y Mal País hay muchas casas de habitaciones
       donde viven niños, gente trabajadora y adultos mayores que merecen el descanso, y también hay
       muchos comercios patentados de hospedajes cual actividad primaria es de ofrecer el descanso a
       sus huéspedes. Sin reglamento, se han proliferado las actividades musicales en los restaurantes lo
       que provoca que a veces no hay ni un día de la semana dónde se puede descansar. Los vecinos
       sufren psicológicamente y de salud, mientras que los negocios de hospedaje se ven muy afecta-
       dos económicamente ya que los huéspedes prefieren buscar simplemente otro hospedaje más
       lejos de esos escándalos musicales.
   11. Que se han presentado muchas denuncias en la Municipalidad por contaminación de ruido debido
       a la realización de eventos de musicales, de cualquier forma, sea; música en vivo, sesiones de Disc
       Jockey, clases de zumba o baile, … especialmente en la zona de Santa Teresa.
   12. Que el Ministerio de Salud ha puesto varias órdenes sanitarias por la evidencia de la realización de
       actividades musicales no permitidas tales como música en vivo, bailable, Disc Jockey, clases de
       Zumba… sin contar con permiso sanitario por dichas actividades. Y que en dichas ordenes
       sanitarias se especifica muy claramente «que los negocios que pretenden llevar a cabo eventos
       musicales en vivo o con disc jockey deben realizar un confinamiento de ruido por parte de un
       profesional y solicitar un permiso para salón de baile o eventos.»
   13. Que se entienden como evento públicos, todas las actividades lucrativas o gratuitas, que por su
       naturaleza se desarrollan en lugares públicos tales como: cines, teatros, salones de baile,
       discotecas, conciertos, desfiles, topes, actividades de música en vivo, actividades religiosas,
       deportivas, actividades bailables con disco móviles y/o con conjuntos musicales y/o con karaokes;
       y que se llevan a cabo en locales comerciales, restaurantes, salones multiusos, gimnasios, estadios
       municipales, plazas de deportes, calles y cualquier otros sitio de interés público.
   14. Que la música en vivo o sesiones de Disc Jockey NO pueden ser considerados como música de
       ambiente ya que se está usando un sistema de amplificadores que provocan ruidos innecesarios y
       contaminación sónica ya que está afectando la tranquilidad y el pacífico vivir de los vecinos.
   15. Que un plan de confinamiento por ruidos, sea un documento técnico y profesional solicitado por
       el Ministerio de Salud de Costa Rica y las municipalidades del País, como requisito para obtener la
       patente de espectáculos Públicos o patente de actividades musicales en locales comerciales.
       permitiendo la utilización de karaoke, música en vivo, sesiones de disc jockey, reproducción de
       videos musicales y CDs, conciertos, disco móvil, y cualquier otra actividad musical. Se aplica
       generalmente a restaurantes, bares, tabernas, salones de baile, salones de eventos y similares.
   16. Que en Santa Teresa y Mal País existe un solo lugar con patente de eventos públicos, el cual cuenta
       con todos los requisitos de confinamiento de ruido. Los demás negocios que ofrecen actividades
       musicales no poseen ningún plan de confinamiento de ruido, y más bien los eventos están
       ubicados en las terrazas abiertas o jardines al aire libre sin tomar en cuenta el entorno.
   17. Que en el reglamento 7866 del Distrito de Cobano y sus artículos 48 / 49 la música en vivo o las
       sesiones de disc jockey no están incluidos dentro de la definición de eventos públicos, mientras
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       que otras Municipalidades lo han incluido y hasta tienen un reglamento específico para regla-
       mentar las actividades musicales en los locales comerciales.
   18. Que en el oficio 438-2020 del 20 de noviembre del 2020 la Lic. Rosibeth Obando en conjunto con
       Licd. Yorleny Madrigal Villegas, indican que se permite la música de ambiente en locales
       comerciales sin explicación alguna de lo que es su definición exacta. Consideramos que este vació
       jurídico abre la puerta de varios abusos, por parte de muchos comerciantes que pretenden poner
       música de ambiente, cuando en realidad los restaurantes que ofrecen música en vivo o sesiones
       de disc jockey tienen sistemas de amplificaciones de sonido. El sonido amplificado debería por su
       definición quedar automáticamente afuera de la categoría música de ambiente.
   19. Que en el oficio 438-2020 indican que no todos los espectáculos públicos generan contaminación
       sónica, estamos desacuerdo con eso. Sin embargo, la música en vivo, las sesiones de Disc Jockey,
       las clases de zumba o de gimnasia, y cualquier otro tipo de actividad musical con sistema de
       amplificación Si generan contaminación sónica.
   20. Que en el oficio 438-2020 dicen que lo establecido en el artículo 49 inciso d) se refiere a locales
       donde habido denuncias y que según la ubicación se estudia si la actividad podría generar
       contaminación de ruido. Creemos que es una visión muy subjetiva y arbitraria según la apreciación
       de cada funcionario municipal, y esto no es apropiado para un reglamento donde se debe estar
       más preciso. La realidad de nuestra comunidad es que muchos vecinos sufren en silencio sin poner
       las denuncias correspondientes por varias razones personales o simplemente por no creer a las
       actuaciones de la Autoridad.
   21. Que en el oficio 438-2020 indican que, por vía telefónica con la encargada del departamento de
       patentes del área de salud peninsular, dice que se requiere un plan de confinamiento de ruido so-
       lamente cuando las personas fueran a realizar un determinado evento público. Pero en realidad
       el mismo Ministerio de Salud ha girado varias órdenes sanitarias en varios restaurantes y hostales
       por la evidencia de la realización de actividades musicales no permitidas sin contar con permiso
       sanitario por dichas actividades donde se especifica muy claramente «que los negocios que
       pretenden llevar a cabo eventos musicales en vivo o con disc jockey deben realizar un
       confinamiento de ruido por parte de un profesional y solicitar un permiso para salón de baile o
       eventos.»
       Por lo tanto, se solicita al Concejo Municipal distrito Cobano:

           1. Que revisen y/o reformen los artículos 48 y 49 del reglamento 7866 para que sea más
              detallado o específico en materia de actividades musicales de cualquier forma, y que
              realmente garantice la salud pública y el bienestar de los vecinos, que proteja a nuestros
              adultos mayores y nuestros niños, que garantice un ambiente sano y libre de
              contaminación y que las actividades comerciales de hospedaje cuenten con el derecho a
              la protección de su inversión y su desarrollo económico.
           2. Que todos los establecimientos comerciales que deseen realizar actividades de música de
              cualquier forma ya sea música en vivo, sesiones de disc jockey, artista, disco móvil, zumba,
              clase de baile, etc…deben contar con un permiso (patente) específico a las actividades
              musicales en locales comerciales (o un permiso de evento público), donde se especifica
              que deben contar con un plan de confinamiento de ruido, aprobado por el Ministerio de
              Salud, donde en forma expresa se haga constar que la edificación dispone de elementos o
              sistemas que permiten evitar las descargas, emisiones, emanaciones o sonidos producto
              de sus actividades y que causen o contribuyen a contaminar la atmósfera del lugar donde
              se encuentran ubicados.
           3. Que en caso que se compruebe que se irrespete las normas y horarios establecidos del
              permiso de eventos públicos o del permiso específico para actividades musicales en
              locales comerciales, se transgreda los lineamientos estipulados en la Ley General de Salud
              y su reglamento; o bien, alteren el orden público o afecten a terceros, la Municipalidad
              podría suspenderá el permiso otorga- do.
           4. Que el Concejo Municipal Distrito de Cobano debe asegurar de manera urgente, a través
              de sus inspectores de patente, el control, el buen uso y el respeto de los permisos
              otorgados por el departamento de patente y que los negocios se apeguen a las actividades
              para las cuales se ha autoriza- do las patentes. Que se requiere la presencia de los
              inspectores de noche y fines de semana.
           5. Que las personas físicas o jurídicas que brindan servicio de cualquier forma de actividades
              musicales ya sea de karaoke, discos móviles, música en vivo, disc jockey, zumba, clases de
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                baile, gimnasia o similares, a los patentados del Distrito deberán contar con una licencia
                Municipal.
Para notificaciones: vecinosantateresaymalpais@gmail.com
Presidente: Rosy, algún comentario
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA LICDA. ROSIBETH OBANDO LORIA ASESRA LEGAL DE
ESTE CONCEJO


ARTICULO X.              INFORME DE LOS CONCEJALES
MAGALLY. Teníamos una cita el jueves en la asamblea para reuniros con Aida Montiel, Oscar
Cascante y Gustavo Viales, pero me avisaron ahorita que la asamblea la cerraron porque el
Presidente esta con Covid.
KEMILY. Quería preguntarle al señor intendente sobre el arreglo a la calle de San Isidro, hay
programados arreglos para esta calle próximamente, y donde están aglomeradas las casa si es
posibles echar agua, por lo menos en las partes donde ya no hay asfalto, porque son nubes de
polvo, es increíble la cantidad de polvo, quisiera saber y también la población se entere si se
tienen algún arreglo programado pronto.
FAVIO. Esperamos tener un muchacho para que nos ayude, aun no tenemos un operador para
la maquinaria ya que el salario es muy bajo, estamos tratando por medio de un convenio firmado
con garabito para que nos presten un operador por uno o dos meses, el problema es que media
municipalidad esta con COVID y eso atrasó el trámite, espero tenerlo aquí para enero, si antes
de eso logramos tener otro muchacho de otra municipalidad, podríamos intervenir, Bello
Horizonte, San Martin, Playa Hermosa, terminar Mal País, Cabuya esto en cuanto a
mantenimiento, el plan para San Isidro es tener en Enero o Febrero al menos dos kilómetros de
asfaltado espumoso, ahorita en diciembre porque aún no tenemos un contrato en firme ya que
esto fue aprobado hasta el mes de noviembre, iniciaríamos arreglos del súper las palmeras dos
kilómetros adelante.
MANUEL. Quería saber si es posible habilitar el paso en la quebrada Las Maldita, la alcantarilla
la quebrada se la llevó, los finqueros necesitan pasar por ahí y me dicen a mí para ver si los
podemos ayudar. Por lo menos habilitar el paso de la
FAVIO. Esta semana estamos realizando la inspección para realizar arreglos en varias
quebradas, incluyendo esa.
MANUEL. Me dijo él compañero William que preguntara por unas fotos que envió sobre una
construcción.
FAVIO. Ya se hizo la inspección
CARLOS. Retomando lo de la calle de San Isidro, no es posible mandar un back hope a tapar los
huecos más grandes
FAVIO. La maquinaria no sale a vacaciones
********************************************U.L.******************************************************
PRESIDENTE: Al no existir más que atender se da por finalizada la sesión al ser las dieciocho

horas con ocho minutos.



Srta. Yerling Linette Flores Mendoza                      Sr. Eric Salazar Rodriguez Salazar
SECRETARIA                                                PRESIDENTE