Ordinaria 200 · 2020-02-25
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 200 del 2020-02-25 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 4) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°1 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Acoger en todas sus partes el dictamen de la comisión especial”. ACUERDO UNANIME Y…
- Acuerdo 2 (pág. 9) · unanime ACUERDO N°2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 2.1. Eximir del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 2.…
- Acuerdo 3 (pág. 10) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la ap…
- Acuerdo 4 (pág. 12) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la ap…
- Acuerdo 5 (pág. 14) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°5 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Asociación Deportiva de Voleibol de Playa FECOVOL, cedula jurídica 3-002-471…
- Acuerdo 6 (pág. 15) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°6 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “6.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la ap…
- Acuerdo 7 (pág. 15) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°7 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “7.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación…
- Acuerdo 8 (pág. 17) · unanime ACUERDO N°8 Con cinco votos a favor SE ACUERDA: “Comisionar a la Lcda. Rosibeth Obando y al Presidente Dagoberto Villalobos para que asistan a esta re…
- Acuerdo 9 (pág. 17) · unanime ACUERDO N°9 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “9.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 9.…
- Acuerdo 10 (pág. 18) · unanime ACUERDO N°10 Con cinco votos a favor SE ACUERDA: 10.1. Solicitarle a la Intendente su colaboración a fin de que la Arq. Melissa Jiménez pueda trabajar…
ACTA 200-20
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ACTA N° 200-2020
PERIODO CONSTITUCIONAL
2016 – 2020
ACTA NÚMERO DOSCIENTOS – DOS MIL VEINTE DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA VEINTICINCO DE
FEBRERO DEL DOS MIL VEINTE A LAS DIECISIETE HORAS CON OCHO MINUTOS, EN LA
SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga
PRESIDENTA SUPLENTE
Dunia Campos Salas
CONCEJALES PROPIETARIOS
Jonathan Zamora Pérez
Mario Delgado Rodríguez
Ronny Campos Muñoz
Virginia Vargas Acosta.
CONCEJALES SUPLENTES
Manuel Ovares Elizondo
INTENDENTE
Cinthya Rodríguez Quesada
VICE INTENDENTE
ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando Loria
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
Fernando Quesada López
CONCEJALES PROPIETARIOS
Eladio Picado Ramírez. Acompañando a su madre que está muy delicada de salud. Envía
justificación por escrito
CONCEJALES SUPLENTES
Crisly Morales Méndez
Eladio Picado. Nota de Justificación de ausencias
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Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO VII. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VIII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO IX INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO X CORRESPONDENCIA
ARTICULO I. ORACION
A cargo del Presidente Municipal
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
a. Ratificación del acta ordinaria 199-2020.
La cual se ratifica en todas sus partes
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
SE DISPENSA
ARTICULO IV. MOCIONES
SE DISPENSA
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA
ARTICULO VI. INFORME DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA
ARTICULO VII. INFORME DE LAS COMISIONES
a. Comisión Especial para análisis de recurso interpuesto por Molina Recycling
25 de febrero de 2020. Hora: 14:15
Comisión Especial
Asistencia de Comisión Especial
Dagoberto Villalobos Mayorga, Jonathan Zamora, Fernando Quesada López.
Asesora Legal de Concejo: Licda. Rosibeth Obando Loria.
Funcionarios de la administración: Licda. Francil Herrera Araya, Lic. Juan Luis Bolaños Alvarado, Ing.
Alberto Vásquez
Asunto: Molina Riciclyng.
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CONSIDERANDO
1. Que este Concejo Municipal ha conocido oficio ALCC-17-2020 del asesora legal de este concejo
Municipal el cual indica:
Por este medio quiero hacer de conocimiento que en una revisión de las actuaciones llevadas a cabo
por la señora Elizabeth Aubert en representación de la empresa Molina Ricycling en este Concejo
Municipal de Distrito, se logra advertir que lleva razón parcialmente la señora Aubert en sus alegatos,
aun y cuando el recurso interpuesto por la señora Aubert se encuentra bien rechazado, esto en razón
de que en Contratación Administrativa tienen legitimación para recurrir solo quienes hayan participado
en el concurso , tenemos que existe documentos y correos que intercambiaron la señora Elizabeth Aubert
y el señor Alejandro Campos quien se desempeñó como Gestor ambiental de este Concejo Municipal de
Distrito de Cóbano en el año 2017 , donde en aquel momento en nombre de este Concejo Municipal de
Distrito se le hizo el ofrecimiento a la señora Aubert de llevar a cabo la recolección de residuos
valorizables en algunas sectores del Distrito”
Por lo que recomiendo a este respetable Concejo Acordar:
Se acuerda proceder a la rescisión del contrato de Recolección de Residuos Valorizables, suscrito
por este Concejo Municipal de Distrito con la Asociación Nicoya Peninsular WATER KEEPER cedula
jurídica número 3-002-668075, esto con fundamento en el artículo 11 de la ley y 214 del
Reglamento de Contratación Administrativo, para lo cual se deberá notificar a la empresa del
acuerdo tomado por este Concejo.
Se acuerda autorizar a la intendencia para que proceda a lanzar un Concurso de Licitación Pública
para que todos los interesados en la concesión de servicios públicos con dación de pago se
puedan apersonar al proceso de Licitación.
Se acuerda adicionar a lo ya expuesto en el Tribunal Contencioso Administrativo Sección Tercera
Jerarquía Impropia, he indicarle a los señores jueces que ante nuevos hallazgos se hace necesario
concederle parcialmente la razón a la señora Elizabeth Aubert y se le comunica que este Concejo
Municipal procede a rescindir el contrato suscrito con la Asociación Nicoya Peninsular WATER
KEEPER cedula jurídica número 3-002-668075; a la vez se les informa la autorización a la
administración de lanzar un nuevo concurso de Licitación Pública para la concesión del Servicio
de Recolección de Residuos Valorizables del Distrito de Cóbano.
Por lo que recomendamos a este respetable Concejo:
Acordar proceder a la rescisión del contrato de Recolección de Residuos Valorizables, suscrito por
este Concejo Municipal de Distrito con la Asociación Nicoya Peninsular WATER KEEPER cedula
jurídica número 3-002-668075, esto con fundamento en el artículo 11 de la ley y 214 del
Reglamento de Contratación Administrativo, para lo cual se deberá notificar a la empresa del
acuerdo tomado por este Concejo, Esto con base en lo siguiente:
RESULTANDO
1. Conoce este Concejo Municipal Recurso de Revocatoria con apelación en subsidio contra el
acuerdo de la sesión ordinaria número 193-2019, presentado por La señora Aubert, de la empresa
Molina Recycling en donde alega no ha sido notificada del concurso lo cual resulta una clara
violación al derecho de oportunidad.
2. Que este Concejo resolvió el Recurso de Revocatoria con apelación sin tomar en consideración
que desde el año 2017 ya existía en este Concejo Municipal de Distrito una solicitud de propuesta
a la señora Aubert para la posible recolección de residuos valorizables por parte del Gestor
ambiental Alejandro Campos, exfuncionario de este Concejo Municipal de Distrito, esto se logra
comprobar a través de documentación que existía en este concejo Municipal y que ha sido
recopilada.
3. Que existe oficio DGA -037-2019, en el cual hace mención del valor económico dado por la posible
los residuos valorizables de este Distrito
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4. Que según manifestación de la señora Aubert en el Recurso indica de una denuncia presentada
contra el Gestor Ambiental de este concejo en el año 2018.
CONSIDERANDO
Por lo anterior expuesto es que en aras de llevar a cabo los procesos de contratación de este concejo de
la manera más transparente y en estricto apego a las normas y principios del ordenamiento jurídico y al
principio de igualdad y libre competencia, es que este concejo resuelve con base el artículo 11 de la ley
de contratación administrativa y 214 del Reglamento la ley de contratación administrativa rescindir del
contrato con la Asociación Nicoya Peninsular WATER KEEPER cedula jurídica número 3-002-668075.
Se acuerde autorizar a la intendencia para que proceda a lanzar un Concurso de Licitación Pública
para que todos los interesados en la concesión de servicios públicos con dación de pago se
puedan apersonar al proceso de Licitación.
Se acuerde adicionar a lo ya expuesto en el Tribunal Contencioso Administrativo Sección Tercera
Jerarquía Impropia, he indicarle a los señores jueces que ante nuevos hallazgos se hace necesario
concederle parcialmente la razón a la señora Elizabeth Aubert y se le comunica que este Concejo
Municipal procede a rescindir el contrato suscrito con la Asociación Nicoya Peninsular WATER
KEEPER cedula jurídica número 3-002-668075; a la vez se les informa la autorización a la
administración de lanzar un nuevo concurso de Licitación Pública para la concesión del Servicio
de Recolección de Residuos Valorizables del Distrito de Cóbano.
Dagoberto Villalobos Mayorga Fernando Quesada López Jonathan Zamora
ACUERDO N°1
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Acoger en todas sus partes el
dictamen de la comisión especial”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
1.2 Rescindir del contrato con la Asociación Nicoya Peninsular WATER KEEPER cedula jurídica
número 3-002-668075, esto con base en el artículo 11 de la ley de contratación administrativa y
214 del Reglamento la ley de contratación administrativa, con base en lo
siguiente:********************************************************
a) Conoce este Concejo Municipal Recurso de Revocatoria con apelación en subsidio contra
el acuerdo de la sesión ordinaria número 193-2019, presentado por La señora Aubert, de
la empresa Molina Recycling en donde alega no ha sido notificada del concurso lo cual
resulta una clara violación al derecho de oportunidad.*****
b) Que este Concejo resolvió el Recurso de Revocatoria con apelación, sin tomar en
consideración que desde el año 2017 ya existía en este Concejo Municipal de Distrito una
solicitud de propuesta a la señora Aubert para la posible recolección de residuos
valorizables por parte del Gestor ambiental Alejandro Campos, exfuncionario de este
Concejo Municipal de Distrito, esto se logra comprobar a través de documentación que
existía en este concejo Municipal y que ha sido recopilada. **********
c) Que existe oficio DGA -037-2019, en el cual hace mención del valor económico dado por
la posible recolección de los residuos valorizables de este Distrito. ************
d) Que según manifestación de la señora Aubert en el Recurso, indica de una denuncia
presentada contra el Gestor Ambiental de este concejo en el año 2018. Lo anterior en
aras de llevar a cabo los procesos de contratación de este concejo de la manera más
transparente y en estricto apego a las normas y principios del ordenamiento jurídico y al
principio de igualdad y libre competencia.*************************
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
1.3 Autorizar a la intendencia para que proceda a lanzar un Concurso de Licitación Pública para
que todos los interesados en la concesión de servicios públicos con dación de pago, se puedan
apersonar al proceso de Licitación.” ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la
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aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando
el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
1.4 Indicarle a los señores jueces del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera
Jerarquía Impropia, que ante nuevos hallazgos se hace necesario concederle parcialmente la
razón a la señora Elizabeth Aubert por lo que este Concejo Municipal mediante acuerdo ha
procedido a rescindir el contrato suscrito con la Asociación Nicoya Peninsular WATER KEEPER
cedula jurídica número 3-002-668075; y se ha autorizado a la administración para que proceda
a elaborar un concurso de Licitación Pública para la concesión del Servicio de Recolección de
Residuos Valorizables del Distrito de Cóbano. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
ARTICULO VIII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
SE DISPENSA
ARTICULO IX INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. Sra. Cinthya Rodríguez. Intendente. OFICIO. IC-091-2020. ASUNTO. Justificación
para realizar la II MODIFICACION PRESUPUESTARIA 2020.
DAGOBERTO: Hace dos semanas vimos y aprobamos parcialmente una modificación
presupuestaria, vimos la parte de Guisselle, la comisión pidió criterio a la asesora y por lo que
ella informo no se aprobó ese rubro, ahora viene otra vez y no veo que se le cambio. Además,
viene lo de las vacacione cuantos días son de vacaciones de usted y de Roberto
CINTHYA. Yo tengo 46 voy a disfrutar 10 me quedan 36 y Roberto 2 más de 20y me dijo que va
a disfrutar 7 y con respecto al tema de Macha yo como administración no considero que haya
que cambiarle algo por eso lo presento de nuevo para mí considero es el mismo monto además
de que una de las cosas cuando ustedes le dicen a Rossy que vaya a averiguar el monto estaba
bien
MARIO. Macha mando un documento
DAGOBERTO. Porque mandamos a Rossy en mi caso concretamente no estaba seguro me
parece que la nota decía que ella renuncia y viendo que era renuncia por eso se mandó y cuanto
le correspondía y no tenía conocimiento si una renunciaba si tiene o no derechos y pregunte por
los días de vacaciones porque aún nos quedan 60 días más o menos y creo que en estos días
se pueden agarrar las vacaciones y no veo porque la institución tenga que pagar las vacaciones
si hay tiempo para disfrutarlas y me parecería que nos trajera un criterio legal donde se diga su
es justificable cancelar las vacaciones y las prestaciones de la señora Guisselle
DUNIA. Con eso del criterio legal don Juan Luis me comento que el hizo un criterio legal
DAGOBERTO. Yo en sesión no lo he visto
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DUNIA. Yo solo estoy comentando que yo pregunte y él me dijo que ya habían echo un criterio
yo me imagino que fue el
DAGOBERTO. Para mi seria bueno que a este concejo le presentaran un criterio legal
fundamentado antes de votar la modificación
CINTHYA Con respecto al tema de doña Guisselle, yo como administración me fundamento en
criterios legales que son de la administración, ustedes si les parece pueden volverlo a enviar a
comisión para que ustedes que tienen su propia asesoría legal pidan el criterio de ustedes, yo
tengo el criterio mío como Intendente para proceder administrativamente bien la herramienta
que tienen ustedes ahorita es mandarlo a comisión y que ustedes busquen las alternativas
ese es un tema de ustedes , yo como administración estoy cumpliendo, con respecto a las
vacaciones de manera responsable estoy haciendo la cosas de manera que la administración
no quede descubierta y tomar las decisiones en el último momento así es como debe ser y que
conste en actas cada una de mis palabras, la pretensión de ustedes del criterio legal ustedes
tienen asesora legal y pueden pedirlo o formar una comisión para que analicen la situación, lo
que me duele es el tema de los viáticos que eso si urge, mándenlo a comisión si les parece yo
no tengo porque presentarles a ustedes un criterio porque yo ya estoy fundamentada y tienen
ustedes su asesoría legal ya el tema administrativo lo procese
DUNIA. Ho podría simplemente solicitarle a la administración que envíe el criterio legal que dio
don Juan Luis
CINTHYA. NO, ese es mi asesor legal y no sigan con lo mismo
VIRGINIA. Nosotros habíamos pedido que Rossy fuera a averiguar y no sé si ya se dio el
informe no lo tengo en mente
LIC. OBANDO. El informe se le dio a la comisión
DAGOBERTO. Eso fue un informe de comisión que se dio oca basados en el informe de
Rossy
VIRGINIA. Y que dijo la comisión
CINTHYA. En palabras de don Dago que se devolviera a la administración para que la
administración valorara si si o si no y yo ya valore
DUNIA. La comisión dijo que fuera la administración que investigara si procedía o no y de
proceder que presentara una modificación nuevamente
CINTHYA. Lo que el Concejo le doce a Rossy es que investigue si el monto está bien, pero eso
no fue lo que resolvió el concejo la comisión resolvió en mis palabras que había una nebulosa y
que se devolviera a la administración para que esta se fundamentara. SOLICITO RECESO
PRESIDNETE. Vamos a un receso
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PRESIDENTE. Continuamos.
El tema de la segunda modificación se pasa a la comisión de Hacienda y Presupuesto y que
nos acompañe la Asesora legal. NOS REUNIMOS EL MARTES A LAS 2 PM
b. Sr. Diego Céspedes Núñez. Técnico Talento Humano, Sr. Roberto Varela.
Coordinador Talento Humano. OFICIO RH-012-2020. CON VB de la Intendencia.
ASUNTO. Modificación de tabla de evaluación para concurso interno de inspector y
técnico de talento humano.
Respetables señores, la presente es para hacer de su conocimiento que en reuniones con personal
de la Unión Nacional de Gobiernos Locales nos hacen la recomendación de llevar un proceso de
metodología tradicional donde se contemple la aplicación de la siguiente tabla de calificación para
los concursos internos a realizarse en el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, esto con el fin
de poder llevar un concurso sin ningún tipo de discriminación durante el proceso de selección. En
caso de quedar aprobado se procederá con los respectivos concursos.
Adjunto la nueva tabla de evaluación para los perfiles de Inspector y Técnico de Talento
Humano.
FACTORES/NIVELES PROFESIONAL
Admisibilidad 30
Prueba Técnica 40
Experiencia Comprobada 30
Entrevista 0
TOTAL 100
DAGOBERTO. En el 2011 ya había uno aprobado que dice:
Nivel académico 30, prueba de conocimiento 35, Experiencia 20 y entrevista basada en
competencias 15 para un total de 100. Y aquí se cambia nivel académico por admisibilidad y
eso que significa
CINTHYA. El conocimiento académico
DAGOBERTO. Prueba técnica 40, experiencia comprobada 30 y experiencia 0 en la otra tenía
15. No será necesario entrevistar a la persona? Para mi es importante
CINTHYA. Se le está dando más énfasis al conocimiento talvez Roberto sepa mas
ROBERTO. Diego fue el que fue a la Unión y le recomendaron eso
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CINTHYA. Me imagino que la entrevista es un tema más subjetivo de parte del entrevistador.
Esto no lo hago yo eso lo hace la UNGL
ROBERTO. Eso lo hace una psicóloga y no la tenemos
VIRGINIA Se puede hacer un cambio sino es una restructuración yo vi eso cuando estuve en la
comunicación
DAGOBERTO. Para mi cambiar esto al final de nuestra administración no lo veo bien mejor qye
lo analice y lo decida la otra administración y esa parte de la entrevista no me parece
VIRGINIA, Talvez no entienda es una tabla que no maneja el dpto. de Recursos Humanos sino
la UNGL van allá los interesados
CINTHYA. Ellos dan un acompañamiento. Roxana estuvo en la administración anterior llevando
este tipo de procesos la UNGL da acompañamiento
VIRGINIA Pero al final es responsabilidad de acá, entonces como van a ir a entrevista allá para
eso está el dpto. de Recursos Humanos que debe tener una cierta formación
ROXANA. Una tabla de predictores que ahora se llama tabla de evaluación se hace para toda
la institución no para un puesto, eso según me indico en aquel momento la CAM de la Ungl yo
es una herramienta que tiene la municipalidad para aplicar en los concursos, pienso que fue un
dedazo de Él poner concurso interno
CINTHYA. Honestamente estoy dando el VB pero es Diego quien fue a la UNGL a hacer todo
esto. Los nombramientos anteriores han sido así se hace una comisión tripartita que vela para
que se dé el debido proceso pero de los elegibles es la administración quien escoge, mínimo
deben ser tres (una terna)
DUNIA. Es una actualización de la del 2011
DAGOBERTO, Se hace general no puede ser por partes
CINTHYA. Este documento es diferente a lo que Roxana dijo, este es específicamente para
estos puestos, no se ha sacado los otros puestos porque están porque no está actualizado el
perfil y desde enero están viniendo compañeros de la Unión a eso, este es un proceso que si la
otra administración le da importancia se termina hasta en el 2021
VIRGINIA. Esta modificación que agrega.
CINTHYA: Se está quitando puntuación a la entrevista que es un tema muy subjetivo y se está
dando más puntos a la parte técnica y a la experiencia
MARIO. Si esto termina en la otra administración para que aprobarlo nosotros
DAGOBERTO, Voy a someterlo a votación
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CINTHYA. Tienen que justificar por qué votan en contra y es responsabilidad de ustedes.
Ustedes deberían terminar hasta la última sesión siendo responsable porque ustedes son los
Concejales no por lo que venga
DAGOBERTO. Mi opinión es porque se va a cambiar porque hasta ahora lo veo muy al final de la
administración y a la entrevista le quitaron los puntos para mí se puede dejar la otra la que ya está
aprobada
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido y discutido el oficio RH-012-2020 firmado por el Sr. Diego Céspedes
Núñez. Técnico Talento Humano, y Sr. Roberto Varela CON VB de la Intendencia. Sobre
Modificación de tabla de evaluación para concurso interno de Inspector y Técnico de Talento
Humano.
-Que la tabla de evaluación que proponen es la siguiente:
FACTORES/NIVELES PROFESIONAL
Admisibilidad 30
Prueba Técnica 40
Experiencia Comprobada 30
Entrevista 0
TOTAL 100
-Que la tabla existe y aprobada en la sesión ordinaria N°29 del 21 de junio del año 2011 es la
siguiente:
FACTORES/NIVELES PROFESIONAL
Nivel académico 30
Prueba de conocimiento 35
Experiencia 20
Entrevista basada en competencias 15
TOTAL 100
ACUERDO N°2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 2.1. Eximir del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
2.1. NO aprobar la Modificación de tabla de evaluación para concurso interno de Inspector y
Técnico de Talento Humano presentada por el Dpto. de Recursos Humanos OFICIO RH-012-
2020”. Justificación de la votación: Dagoberto Villalobos: no voto porque la tabla no tiene
puntuación en la entrevista y para mi es importante y es solamente para ciertos puestos.
Jonathan Zamora. Comparto con lo que dice el Sr. Dagoberto, no voto porque creo que una
parte principal en una contratación es la entrevista. Mario Delgado. No lo voto porque creo que
la entrevista para mí es muy importante ahí se conoce a la persona como se expresa. Ronny
Campos. No voto porque comparto criterio con los compañeros. VIRGINIA VARGAS. No
voto porque estoy de acuerdo con los argumentos de los compañeros, más ahí dice que es
para un concurso interno y un modelo es tanto para concurso interno como externo, si va a ver
una diferencia de ambos, puede haber discriminación en la hora de evaluar a un posible
empleado. ACUERDO UNANIME
c. Sra. Cinthya Rodríguez Quesada. Intendente. OFICIO N°IC-92-2020. ASUNTO
Decisión Inicial. Compra material de construcción Salón multiuso de la comunidad
de Rio Negro administrado por la ADI del Lugar
Decisión inicial
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1. Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la
necesidad a satisfacer (finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo
8, inciso a, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
El pueblo de Río Negro, posee un salón multiuso a pesar de ser de gran beneficio para la comunidad, es
muy angosto; al colocarse mobiliario, mesas y sillas, se reduce muchísimo el espacio, dificultando el paso
y afectando el libre tránsito en la organización de los eventos. Existiendo la dificultad de estrechez, es
necesario ampliarlo para así favorecer el orden de las actividades masivas.
Este salón está contemplado por el Comité Municipal de Emergencias como apropiado para albergar en
caso de emergencia. Esta disponibilidad y acceso, han permitido en varias ocasiones el refugio de
damnificados.
El Salón multiuso se ha convertido en un lugar de convivencia comunal y familiar, se depende de esta
estructura, ayuda generar los fondos propios, porque no hay espacio alguno que reúna las condiciones
para dichas reuniones comunales y privadas. LA comunidad tiene la satisfacción de recibir visitas de
muchas personas de lugares lejanos, que van a compartir, colaborar y divertirse, este intercambio cultural
y social, amplia los lazos de amistad entre las comunidades.
Como se cuenta con un área de terreno de 200 metros cuadrados disponibles, podemos extender nuestro
salón 140 metros cuadrados, proveer amplitud y favorecer el desarrollo de las actividades y atender
alrededor de 400 personas.
DOCUMENTO COMPLETO CONSTA EN EL EXPEDIENTE DEL ACTA
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido OFICIO N° IC-92-2020 de la Intendencia correspondiente a
decisión inicial para compra de materiales de construcción para ampliación del Salón
Multiuso de la Comunidad de Rio Negro en 140 metros cuadrados.
Que este salón está contemplado por el Comité Municipal de Emergencias como
apropiado para albergue en caso de emergencia
Que el monto presupuestado para esta contratación es de siete millones cuatrocientos
ochenta y nueve mil setecientos seis colones con 00/100 (¢7.489.706.00) de diferentes
partidas presupuestarias
Que en la decisión inicial costa la firma de la encargada de presupuesto indicando la
confirmación del contenido presupuestario
ACUERDO N°3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
3.2. Autorizar a la Intendencia para que inicie el proceso de compra de materiales de construcción
para la ampliación del Salón Multiuso de Rio Negro:******
Código Cantidad Producto
Presupuestario
2.03.01 7 TUBO CUADRADO HG 4”x4”x1”1,8 MM X 6MTS
2.03.99 1 TANQUE PLASTICO ROTOPLAS 1700 LTS
2.03.01 500 TORNILLO PARA TECHO 1/4X21/2”
2.03.01 400 TORNILLO PARA TECHO 1/4X2”
2.04.01 38 METABO DISC P/METAL 9”6-16228
2.03.01 50 HILCO SOLDADURA 6013 1/8”3,2 KG
2.01.04 10 LANCO DUREX BASE ACCENT DE735-4 GLN
2.01.04 7 THINNER GLN
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2.99.04 3 MECHA P/LIMPIEZA KG
2.04.01 3 BROCHA ATLAS 319 50MM2”
2.03.06 15 TUBO PVC CONDUIT UL TIPOA 12MM – ½” 3M
2.03.06 12 PVC UNION CONDUIT
2.03.06 10 PVC CURVA CONDUIT TIPOA 12MM-1/2
2.03.06 6 PVC CAJA OCTAGONAL CONDUIT
2.03.01 7 TUBO CUADRADO HG2”X2”X1.8 MM
2.03.04 2 CONDUCEN TABLE THHN AWGN12 BLANCO
2.03.06 10 PVC CONEC MACHO TIPO A ½”
2.03.04 1 BREAKER PRESION CH115
2.03.04 1 BTICINO TOMA DOBLE POLARIZADO AE2228SA2M
2.03.01 100 VARILLA GRADO 40 N3 3/8X6MTS
2.03.01 90 VARILLA GRADO40N41/2X6MTS
2.03.02 140 HOPCLIN CEMENTO FUERTE
2.03.01 38 KG ALAMBRE NEGRP N16
2.03.02 1 ARENS FINA 12M3
2.03.02 1 PIEDRA GRIS 12M3
2.03.01 50 ZINC ONDULADO METALCO 28
2.03.01 10 MALLA ELECTROSOLDADA4X6MTS
2.03.01 6 KG CLAVOS CORRIENTE 2 ½ “
2.03.01 4 KG CLAVOS CORRIENTE 3”
2.03.01 4 KG CLAVOS CORRIENTE 2”
2.03.02 121.80 PISO ANTI FRANCIA BEIGE45X45 2,03M
2.03.02 26 FRAGUA GROUTEX S/ARENA CREMA 2KG
2.01.99 58 PEGOLAND PLUS GRIS 20KG
2.03.01 3 SEPARADOR P/CERAMICA 5MM
2.03.01 13 RTG3-14 PERLIN GALVANIZ 2”X6”X1,80X6MT
2.03.01 40 TUBO RECT BLANCO HG 2”X6”X1,8X6MT
2.03.01 5 ZINC RECT BLANCO N26 1.07X7MT ALUTECH
hasta por un monto de siete millones cuatrocientos ochenta y nueve mil setecientos seis
colones con 00/100 (¢7.489.706.00) de diferentes partidas presupuestarias, de lo cual consta
el VB del contenido presupuestario por parte de la encargada de presupuesto”. ACUERDO
UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO
d. Sra. Cinthya Rodríguez Quesada. Intendente. OFICIO N°IC-101-2020. ASUNTO
Decisión Inicial. Compra de equipo para el salón comunal/Iglesia de la comunidad
de San Ramón de Ario, administrado por la ADI del lugar.
Decisión Inicial
1. Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la
necesidad a satisfacer (finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo
8, inciso a, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
La Asociación de Desarrollo Integral de San Ramón de Ario, apoyada en su misión de colaborar con el
progreso del pueblo, además de ser recientemente conformada, se da a la tarea de velar y colaborar con su
población y vecinos.
Es por tal razón que realizaron y presentaron el siguiente proyecto de equipamiento del salón comunal/iglesia
de la comunidad, para poder llevar a cabo diferentes actividades.
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Ya que por ser nuevos no cuentan con ninguna herramienta tecnológica para poder realizar las
diferentes tareas, además de no contar con utensilios necesarios para poder realizar actividades como
turnos para la recaudación de fondos económicos.
Cabe resaltar algo muy importante, la comunidad no posee un salón multiusos o meramente comunal,
el actual y en el cual se realizan las actividades, reuniones, charlas, etc, es el salón de la iglesia el cual
pertenece al Diócesis de Puntarenas, pero muy amablemente se presta para todo tipo de actividad, cabe
recalcar que todo lo solicitado será usado y custodiado en dicho salón mientras el pueblo y la Asociación
intentan contar con uno comunal.
DOCUMENTO COMPLETO DE LA DECISION CONSTA EN EL EXPEDIENTE DEL ACTA
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido OFICIO N° IC-101-2020 de la Intendencia correspondiente a
decisión inicial para compra de equipo para el salón comunal/Iglesia de la comunidad de
San Ramón de Ario.
Que por ser una Asociación recientemente formada no cuentan con ninguna
herramienta tecnológica para poder realizar las diferentes tareas, además de no contar
con utensilios necesarios para poder realizar actividades como turnos, para la
recaudación de fondos económicos.
Que la comunidad no posee un salón multiusos o meramente comunal, el actual y en el
cual se realizan las actividades, reuniones, charlas, etc., es el salón de la iglesia, el cual
pertenece al Diócesis de Puntarenas, pero muy amablemente se presta para todo tipo
de actividad.
Que todo lo solicitado será usado y custodiado en dicho salón mientras el pueblo y la
Asociación intentan contar con uno comunal.
Que el monto presupuestado para esta contratación es de cinco millones quinientos
cuatro mil seiscientos colones con 00/100 (¢5.504.600.00) de diferentes partidas
presupuestarias
Que en la decisión inicial costa la firma de la encargada de presupuesto indicando la
confirmación del contenido presupuestario
ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
4.2. Autorizar a la Intendencia para que inicie el proceso de compra de equipo para el salón
comunal/Iglesia de la comunidad de San Ramón de Ario, según se detalla:******
Código Cantidad Producto
Presupuestario
5.01.99 1 REFRIGERADORA LG 9CF 311L SILVER
5.01.01 1 CONGELADOR TELSTAR 10.6 CF
5.01.99 100 SILLAS PLASTICAS PLEGABLES
5.01.99 25 MESAS PLASTICAS PLEGABLE C/PATAS METALICAS
5.01.99 1 PERCOLADOR PROCTOR SILEX 100 TZ
5.01.99 1 PLANTILLA DE GAS 3 QUEMADORES
5.01.04 4 ABANICO PREMIUM 3 EN 1
5.01.99 1 HORNO MICROONDAS TELSTAR 0.7 CF BLANCO
5.01.99 1 OLLA ARROCERA SANKEY INDUSTRIAL 45 TZS
5.01.04 1 ESCRITORIO DE MADERA
5.01.99 1 OLLA COCIMIENTO LENTO HB 6LTS
5.01.99 1 JUEGO DE OLLAS
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2.99.07 1 JUEGO DE CUCHILLOS JUMBO OSTER P/CARNE
5.01.03 1 MICROFONO INALAMBRICO DE MANO UHF ZEBRA
5.01.03 1 PARLANTE PRECISION 15” BLUETOOTH
5.01.05 1 IMPRESORA MULTIFUNCIONAL EPSON
2.99.99 4 HIELERA 28 QT
5.01.04 2 AIRE ACONDICIONADO GAIR 24000 BTU
5.01.05 1 COMPUTADORA HACER CI5-7200U/8GB/1TB 15.6”
hasta por un monto de cinco millones quinientos cuatro mil seiscientos colones con
00/100 (¢5.504.600.00) de diferentes partidas presupuestarias, de lo cual consta el VB del
contenido presupuestario por parte de la encargada de presupuesto”. ACUERDO UNANIME Y
FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se
aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
e. Alonso Alvarado Ledezma. Encargado a.i. Patentes. OFICIO PAT-053-2020. Con VB
de la Intendencia. ASUNTO. Permiso evento voleibol de Playa Tambor.
Sirva la presente para informarles, que este departamento ha recibido documentación por parte de la
Asociación Deportiva de Voleibol de Playa FECOVOL, cedula jurídica 3-002-471980, para el trámite de
solicitud de permiso para la realización un torneo de voleibol de Playa, a realizarse en la localidad de
Tambor, entre los mojones 85 y 86 los días 07 y 08 de marzo del año en curso de las 8:00 am a las 4:00
pm.
La documentación recibida es la siguiente:
Solicitud de permiso (folio 001)
Personería jurídica. (folio 002 al 003)
Copia cedula del representante ( folio 004)
Plan de contingencia. (folios del 005 al 017)
Plan de manejo de los residuos sólidos (folios de 018 al 023 )
Nota firmada por la policía comprometiéndose a brindar vigilancia
(folio 024 al 025 )
Nota oficio DCC-06-2020 de la Caja Costarricense de Seguro Social (folio 026)
Nota de la Cruz Roja Costarricense (folio 027).
Nota de Bomberos. (folio 028)
Uso de la zona publica emitido por el Concejo. (folios 029 al 030)
Póliza de seguro para jugadores. (031 al 032)
Constancia de no Morosidad con CCSS. (folio 033)
Quedando pendiente de presentar el Permiso Sanitario de Funcionamiento para cumplir a cabalidad con
la totalidad de los requisitos, requeridos por este Concejo Municipal para este tipo de actividades:
A razón de lo anterior, se da PASE de documentación para ser sometido a aprobación por este
honorable Concejo Municipal, condicionado a la presentación de dicho requisito.
Solicito que, de ser aprobado dicho permiso una vez aportada la totalidad de los requisitos, se indique lo
siguiente como parte del acuerdo “Es responsabilidad del señor Mainor Valenciano Acosta, en calidad
de presidente, quien ostenta representación judicial y extra judicial de la Asociación Deportiva de
Voleibol de Playa FECOVOL, garantizar la colocación de recipientes para la recolección separada de
residuos valorizables (reciclaje) todos los días del torneo. La correcta separación será verificada vía
inspección por el Departamento de Gestión Ambiental y los inspectores del Concejo Municipal de
Distrito”
CONSIDERANDO:
o Que se ha conocido OFICIO N° PAT-053-2020 del Dpto. de Patentes con VB de la
Intendencia en el cual se indica que ha recibido documentación por parte de la
Asociación Deportiva de Voleibol de Playa FECOVOL, cedula jurídica 3-002-471980,
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para el trámite de solicitud de permiso para la realización un torneo de voleibol de
Playa, a realizarse en la localidad de Tambor, entre los mojones 85 y 86 los días 07 y
08 de marzo del año en curso de las 8:00 am a las 4:00 pm. Estos son:
Plan de manejo de los residuos sólidos
Nota firmada por la policía comprometiéndose a brindar vigilancia
Nota oficio DCC-06-2020 de la Caja Costarricense de Seguro Social
Nota de la Cruz Roja Costarricense
Nota de Bomberos.
Uso de la zona publica emitido por el Concejo.
Póliza de seguro para jugadores.
Constancia de no Morosidad con CCSS.
o Que indica que solo queda pendiente el Permiso sanitario de Funcionamiento.
o Que al día 27 de febrero el encargado del departamento de patentes comunicó a
secretaría ya contaba con el permiso sanitario de funcionamiento entre sus requisitos
ACUERDO N°5
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Asociación Deportiva de
Voleibol de Playa FECOVOL, cedula jurídica 3-002-471980, para que realice un torneo de
voleibol de Playa en Tambor entre los mojones 85 y 86 los días 07 de marzo del 2020 con
horario de 08:00 am a las 04:00 pm y el 08 de Marzo del 2020, con horario de 08:00 a.m. a
02:00 p.m. y recordarles que deben acatar lo indicado en el permiso de uso de playa que se
les otorgó y fue comunicado mediante oficio CMS -045-2020”. ACUERDO UNANIME Y FIRME
Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en
todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
f. Cinthya Rodriguez. Intendente. OFICIO N°IC-099-2020. ASUNTO: CAMBIO
INTEGRADOR DEL CONVENIO DE CONECTIVIDAD Y CONTRATO PARA
IMPLEMENTAR DEL E-COMMERCE.
Considerando que se ha realizado el día de hoy, 21 de febrero la firma de contrato para
adquisición del sistema municipal con la empresa Prime Software Solutions, es necesario realizar
dos procesos con el Banco Nacional de costa Rica, el primero consiste en realizar un cambio
integrador del Convenio de Conectividad que se mantiene actualmente con el esta entidad
bancaria, puesto que no será necesario mantener el convenio con el IFAM que se ha venido
utilizando, ya que con la adquisición del nuevo sistema tendremos acceso directo.
Además, es necesario realizar un contrato nuevo para el uso e implementación del E-commerce;
esta herramienta permitirá realizar pagos desde cualquier parte del mundo en tiempo real con el
uso de una tarjeta de débito o crédito, abriendo las puertas a nivel internacional necesarias por
tantos contribuyentes extranjeros que poseemos en este Concejo Municipal de Distrito y que
viven fuera de nuestro país o se mantienen largas temporadas fuera del mismo.
Por lo anterior, es necesario que ustedes me autoricen, como Intendente, para que se lleve a
cabo:
1. Solicitar y firmar la inactivación del convenio con el IFAM, una vez que se tenga la
conexión directa con el Banco Nacional de Costa Rica para conectividad.
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2. Realizar las modificaciones y firmar el cambio integrador del convenio de conectividad
con el Banco Nacional.
3. Gestionar y firmar el contrato con el Banco Nacional para la implementación y puesta en
marcha del e-commerce por medio de la página municipal y el Banco Nacional.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido OFICIO N°IC-099-2020 de la Intendencia solicitando autorización para
realizar procesos en el Banco Nacional relacionados con el convenio de conectividad
ACUERDO N°6
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “6.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
6.2. Autorizar a la Intendencia para que realice ante el Banco Nacional de Costa Rica las
siguientes gestiones:***************************
Solicitar y firmar la inactivación del convenio con el IFAM, una vez que se tenga la
conexión directa con el Banco Nacional de Costa Rica para conectividad.
Realizar las modificaciones y firmar el cambio integrador del convenio de conectividad
con el Banco Nacional.
Gestionar y firmar el contrato con el Banco Nacional para la implementación y puesta en
marcha del e-commerce por medio de la página municipal y el Banco Nacional.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del
código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
g. Cinthya Rodríguez. Intendente. ASUNTO: Resolución concesión Importaciones y
Exportaciones Internacionales R.S.A. Expediente 3123-06
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE.
h. Cinthya Rodríguez. Intendente. OFICIO N°IC-104-2020. ASUNTO. Solicitud de
autorización para corta de un árbol en la comunidad de Bello Horizonte.
La misiva tiene como fin solicitarles acuerdo para pedir al SINAC remover un árbol de Guanacaste
que se encuentra ubicado en el derecho de vía (literalmente en los 6 metros de calzada),
aproximadamente con unos 5 metros de invasión de la vía, esto en un barrio de Bello Horizonte
de Cóbano, específicamente la calle conocida como ``Los Calamocha´´ con coordenadas CRTM05
368709.0, 1072751.3
Adjunto fotos de las coordenadas y del árbol.
CONSIDERANDO:
-Que mediante OFICION IC-104-2020 la Intendencia solicita autorización para remover un árbol
de Guanacaste que se encuentra ubicado en el derecho de vía (literalmente en los 6 metros de
calzada), aproximadamente con unos 5 metros de invasión de la vía, en la comunidad de Bello
Horizonte.
ACUERDO N°7
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “7.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO
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7.2. Autorizar a la Intendencia para que tramite ante el MINAE la corta de un árbol de Guanacaste
ubicado en el derecho de vía el cual según se indica tiene aproximadamente unos 5 metros de
invasión de la vía, esto en la calle conocida como ``Los Calamocha´´ en la comunidad de Bello
Horizonte de Cóbano, con las siguientes coordenadas de ubicación CRTM05 368709.0,
1072751.3” ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45
del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
i. Cinthya Rodríguez. Intendente. ASUNTO. Solicitud de la sociedad denominada
Desarrollos Costeros S.A. para Pago diferido del canon
PRESIDENTE. Se da pase a la comisión de zona marítimo terrestre.
j. Fernando Quesada López. Secretario. Junta Vial Distrital. OFICIO N° JVDC-001-2020.
ASUNTO. Copia de acta donde se conoce decisión inicial INGV 005-2020 para la compra
de llantas. SE CONOCE
k. Cinthya. El jueves anterior andaba en reunión sobre el asunto sobre la regla fiscal,
estamos aún en espera de la reforma para que no se aplique a las municipalidades
l. Cinthya. Ya inicio la construcción de las alcantarillas de cuadro y el trabajo de los
adoquines en la entrada a playa Carmen está quedando muy bien
ARTICULO X. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
a. Emiliano Villalobos Soto. Presidente ADIM. Asociación Desarrollo Integral Los
Mangos. ASUNTO. Transcribe acuerdo de Junta Directiva donde solicitan se les ceda en
administración el lote P-648751-2000 ubicado en Los Mangos para desarrollar el
proyecto de construcción del salón multiusos.
LIC. OBANDO. Ya eso se había leído aquí
PRESIDENTE. NO ellos vinieron
LIC OBANDO. Ustedes cuando presente el reglamento de administración de bienes
comunales me pidieron hablar con la auditoria sobres dos artículos y en esa reunión ella me
recomendó estudiara unos criterios de la contraloría y hasta tanto no se haya concluido este
reglamento no se les puede dar respuesta
PRESIDENTE. Informarle a la Asociación de Desarrollo de Los Mangos que para poder
otorgarles en administración la propiedad es necesario contar con un reglamento el cual aún
no se ha concluido y se debe aprobar y publicar
b. Tribunal Supremo de Elecciones. Resolución N° 1318-E11-2020. ASUNTO.,
Declaratoria de Alcaldes de la Provincia de Puntarenas. SE CONOCE
c. Luis Emilio Montoya Cruz. ASUNTO. Denuncia en cuanto al cumplimiento al derecho
de vía específicamente en Santa Teresa, calle publica entrada frente a Hostel Selinas.
Solicita a la administración poner a derecho la invasión de la calle publica
PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION Y SE LE SOLICITA SE HAGA LA
INVESTIGACION Y SE ATIENDA ESTA DENUNCIA LO ANTES POSIBLE Y QUE SE
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ENVIE UNA COPIA A ESTE CONCEJO DE LO CONTESTADO AL SR. MONTOYA PARA
EL DIA 10 DE MARZO
Hora. 8 PM. PRESIDENTE. Presenta moción de orden para ampliar la sesión en 15
minutos más. SE CONOCE LA MOCION Y SE APRUEBA EN TODAS SUS PARTES,
ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADA
d. Lucia Artavia Guzman. Despacho primera dama. Correo electrónico. Invitación a
reunión el día 28 de febrero a la 1 pm en las instalaciones del IFAM con el propósito de
planificar pusibles rutas y líneas de trabajo entre la mesa de Planes Reguladores y la
comisión del Plan Regulador de Distrito de Cobano
VIRGINIA. Yo no puedo ir por parte de la comisión van Marco Rimolo y Silvia Lobo y de
la administración creo que va Rodrigo. Sugiero vaya la Licda. OBANDO
PRESIDENTE. Voy a intentar ir
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido invitación del despacho de la primera dama para reunión el
día 28 de febrero a la 1 pm en las instalaciones del IFAM con el propósito de
planificar posibles rutas y líneas de trabajo entre la mesa de Planes Reguladores
y la comisión del Plan Regulador de Distrito de Cobano
Que de parte de la comisión asistirán los señores Marco Rimolo y Silvia Lobo y de
la administración el Ing. Rodrigo.
ACUERDO N°8
Con cinco votos a favor SE ACUERDA: “Comisionar a la Lcda. Rosibeth Obando y al
Presidente Dagoberto Villalobos para que asistan a esta reunión en representación del
Concejo”. ACUERDO UNANIME.
e. Juan Antonio Vargas. Director Ejecutivo. FEMETRON. Asunto. Invitación al foro
denominado Ciudades Inteligentes y plataformas tecnológicas municipales”. SE
CONOCE
f. Sr. Warren Zamora Murillo. Supervisor de Circuito Educativo ASUNTO. TERNAS
PARA NOMBRAMIENTO JUNTA DEL CENTRO EDUCATIVO CARMEN LYRA.
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido ternas para el nombramiento de la Junta de Educación del Centro
Educativo Carmen Lyra del Centro de Cobano, la cual fue presentada por el supervisor
de circuito educativo 02 MSc. Warren Zamora Murillo fungiendo como director del centro
educativo, ante la carencia de este profesional.
Que se adjunta declaración jurada firmada por el Sr. MSc Warren Zamora en la cual se
indica que este registro de firmas no contraviene lo establecido en el artículo 13 del
Reglamento General de Juntas de Educación y Administrativas
ACUERDO N°9
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “9.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
9.2. Nombrar en la junta de Educación de la Escuela Carmen Lira a las siguientes
personas:
Lourdes Pacheco Salazar cedula 1 1017 0182
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Patricia Segura Chaves cedula 6 0369 0572
Dorial Maria Escalante Barquero cedula 6 0329 0202
Rafael Luis Gutiérrez Araya cedula 9 0039 0935
Diego Fernando Toro Jiménez cedula 8 0134 0506
ACUERDO UNANIME
g. Sr. Warren Zamora Murillo. Supervisor de Circuito Educativo ASUNTO. TERNAS
PARA NOMBRAMIENTO JUNTA DEL CENTRO EDUCATIVO SAN RAMON DE ARIO
PRESIDENTE. Debido a que no se adjuntado el acta de la junta donde se conocieron y aceptaron
las renuncias de estos miembros no se entrara a conocer estas ternas, se deja pendiente hasta
que presenten todos los requisitos.
h. Lcda. Ruth Houed Caamaño. Asistente Técnico. Área de Denuncias e
Investigaciones. Contraloría General de la Republica. COPIA DE OFICIO DFOE-DI-
0268 dirigido a la Auditoria interna. ASUNTO. Acuse de recibo a oficio No AIM-04-2020.
SE CONOCE
LIC. OBANDO. Tengo pendiente la elaboración de un reglamento para condominios, pero para
eso debo reunirme con la arquitecta y ella dice que no le han comunicado que deba reunirse
conmigo por lo tanto necesito se le solicite a la administración
CONSIDERANDO:
-Que existe recomendación de la auditoria donde se solicita reglamentar los condominios
-Que se le solicitó a la asesora de este Concejo la elaboración de este reglamento, pero ella
requiere la compañía de la persona encargada de esa área en este caso lo es la Arq. Melissa
Jiménez.
ACUERDO N°10
Con cinco votos a favor SE ACUERDA: 10.1. Solicitarle a la Intendente su colaboración a fin
de que la Arq. Melissa Jiménez pueda trabajar en conjunto con la Asesora Rosibeth Obando en
la elaboración de un reglamento para condominios”. ACUERDO UNANIME
*******************************************U.L.*************************************************************
El presidente da por finalizada la sesión al ser las veinte horas con veinte minutos.
Sra. Roxana Lobo Granados Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga
SECRETARIA PRESIDENTE
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