Ordinaria 197 · 2020-02-04

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 197 del 2020-02-04 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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                                    ACTA Nº 197-2020
                                PERIODO CONSTITUCIONAL
                                      2016 – 2020


ACTA NÚMERO CIENTO NOVENTA        Y SSIETE – DOS MIL VEINTE DE LA SESIÓN
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA
CUATRO DE FEBRERO DEL DOS MIL VEINTE A LAS DIECISIETE HORAS CON OCHO
MINUTOS, EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:

PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga

PRESIDENTA SUPLENTE

CONCEJALES PROPIETARIOS
Fernando Quesada López
Jonathan Zamora Pérez
Eladio Picado Ramirez
Virginia Vargas Acosta.

CONCEJALES SUPLENTES
Mario Delgado Rodriguez
Manuel Ovares Elizondo

INTENDENTE

VICE INTENDENTE
Roberto Varela Ledezma

ASESORA LEGAL
Lic. Rosibeth Obando Loria

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS

CONCEJALES SUPLENTES
Crisly Morales Méndez
Dunia Campos Salas.
Ronny Campos Muñoz

VISITANTES


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Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.          ORACION
ARTICULO II.         RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.        AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV.         MOCIONES
ARTICULO V.          ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI.         INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO VII.        INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VIII.       INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO IX          INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO X           CORRESPONDENCIA

ARTICULO I.          ORACION
A cargo del Presidente Municipal


ARTICULO II.          RATIFICACION DE ACTAS

   a. Ratificación del acta ordinaria 196-2020.
      La cual se ratifica en todas sus partes

ARTICULO III.         AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES

     a. Se recibe a los señores; Daniel Gonzalez Berrocal, Emiliano Villalobos Soto y
         Yocelyn Berrocal Rojas. Todos miembros de la Junta Directiva de la Asociación de
         Desarrollo Integral de Los Mangos
PRESIDENTE. Les saluda, da la bienvenida y concede la palabra
EMILIANO. Agradece el espacio e indica que el día sábado 7 a las 3 pm es la asamblea
ordinaria de esta asociación a la cual quedan invitados. Informa que en reunión con el INDER,
se acordó que el lote donde estaba el salón comunal        se inscribiera a nombre de este Concejo,
el lote ya fue inscrito a nombre del Concejo por lo tanto ahora requieren les den esa propiedad
en administración a la ADI de los Mangos. Eso se habló en reunión con el INDER la Intendencia
y Vice Intendencia. Se Requiere la administración porque deseamos desarrollar en ese espacio
un salón multiuso que inclusive en presupuesto municipal hay una parte para este proyecto.
Agrega que el otro aspecto que los trae al Concejo es un lote que está en la esquina contiguo al
lote del salón donde están los arboles de mango, el INDER nos pidió que mediante acuerdo de
asamblea pidiéramos ese lote, entonces que ese lote también sea nombrado para hacer ahí un
parque infantil
FERNANDO. Ese lote esta entregado
DAGOBERTO. El lote del salón si y la plaza, el otro donde están los arboles de mango no. Eso
deben solicitarlo por escrito en horas de oficina con la secretaria
ELADIO. Sería muy bueno que la solicitud incluya el proyecto a desarrollar
LOS SEÑORES SE RETIRAN

ARTICULO IV.          MOCIONES

   a. Jonathan Zamora Pérez y Eladio Antonio Picado Ramirez. Concejales

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                                             MOCION.
Los suscritos Jonathan Zamora Pérez y Eladio Antonio Picado Ramirez, mocionamos
Conforme al Código Municipal lo siguiente:
RESULTANDO.
    1. En la comunidad de Santa Teresa, propiamente en Playa Carmen , se encuentra ubicado
        una agencia bancaria del Banco de Costa Rica
    2. Según se ha informado, el Banco ha dispuesto cerrar en forma definitiva esta agencia
    3. Esta decisión genera gran afectación a nuestra población, pues como es sabido, en este
        banco se gestiona gran parte de los tramites de pago de impuestos y demás
        correspondiente a oficinas estatales , además de las operaciones bancarias privadas
    4. También es de nuestro conocimiento que no hay en nuestro distrito otra entidad
        bancaria, siendo que quedaría solo el Banco Nacional, lo que acarrearía             un
        congestionamiento indeseable en detrimento de nuestra población.
POR LO TANTO:
Mocionamos para que se pida informes al Banco de Costa Rica, sobre dicha decisión y que se
proceda a dejar sin efecto esta acción
Que lo anterior sea por acuerdo
Cóbano, 4 de febrero del 2020
Avalada por: Mario Delgado Rodriguez, Manuel Ovares Elizondo, Dagoberto Villalobos Mayorga,
Virginia Vargas Acosta y Fernando Quesada Lopez
ACUERDO Nº1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 1.1. “Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.

1.2. Acoger y aprobar en todas sus partes la moción presentada por los concejales propietarios
Jonathan Zamora y Eladio Picado y avalada por los concejales Mario Delgado Rodriguez,
Manuel Ovares Elizondo, Dagoberto Villalobos Mayorga, Virginia Vargas Acosta y Fernando
Quesada Lopez y solicitarle al Banco de Costa Rica nos brinden información sobre la decisión
de cerrar la sucursal de Santa Teresa y Recordarles a los jerarcas del Banco Nacional de Costa
Rica que las sucursales de esa entidad más cercanas a nuestro distrito se ubican en Nicoya que
dista aproximadamente 145 kilómetros y Puntarenas Centro a 90 kilómetros, teniendo que hacer
uso del ferry en cualquiera de los dos casos se requiere de un día completo para ir a realizar
cualquier gestión, además de un alto costo económico. Esta decisión afecta grandemente a los
vecinos y a los turistas, principal fuente económica del lugar. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas
sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
1.3. Solicitarles, si es posible, se proceda a dejar sin efecto esta acción tan perjudicial para el
distrito de Cóbano”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del
artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.

ARTICULO V.           ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VI.          INFORME DE LOS CONCEJALES


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DAGOBERTO. La comisión especial para hacer la visita a la comunidad Monte de Dios que nos
visitó la semana anterior ya hizo la inspección, no traemos el dictamen porque se requiere para
hacerlo el informe técnico que tiene que hacer el Ing. David Chaves y me dijo que nos lo da en
quince días

FERNANDO. La comisión de ZMT tiene unos dictámenes pendientes pero se está investigando.

ARTICULO VII.           INFORME DE LAS COMISIONES

COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

    a. DICTAMEN COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO
PASE Nº 037-2020 A LA COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

PARA REVISAR LA ADVERTENCIA DE AUDIRORIA SOBRE LA DECISIÓN INICIAL, OFICIO No. IC-001-2019, para
la compra de una compactadora y una motoniveladora.

Reunidos los concejales DAGOBERTO VILLALOBOS MAYORGA, FERNANDO QUESADA LOPEZ y ELADIO
PICADO RAMIREZ. A las trece horas del treinta de enero del dos mil veinte.-
CONSIDERANDO:
1.- Que con fecha del 21 de enero del 2020, se recibió en la Secretaria de esta Concejo la Advertencia de la
auditoría, según oficio OA-AIM-01-2020, y visto por el Concejo en la sesión 196-2020 del 28 de enero del
2020. Advirtiendo sobre el acuerdo tomado por este Concejo de autorización de compra de maquinaria,
mismo que carece de los estudios indicados en el informe AIM-05-2019, denominado INFORME ACERCA
DE LA APLICACIÓN DE LAS HERRAMIENTAS DE CONTROL PARA EL DESARROLLO DE OBRAS DE INVERSIÓN
APROBADAS POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO, el cual fue conocido y aprobado por
el este Concejo, en la sesión 175-2019. Informe que fue dirigido a la Administración.
2.- Que este Concejo mediante el acuerdo tomado en la sesión 193-020 del 7 de enero del 2020, acuerdo
número 3, aprobó la decisión inicial para la compra de una motoniveladora y una compactadora, cuya
decisión inicial carece de los requisitos aprobados por el Concejo, obviando la Identificación de proyectos
para la inversión municipal y el Manual de acciones para el desarrollo de proyectos del Concejo Municipal
del Distrito de Cóbano, tal y como lo indica la Auditoría en el oficio supraindicado.
3.- El Concejo, dio su aprobación a la decisión inicial, a pasear de no cumplir con lo indicado en dicho
manual, lo que constituye un defecto no adrede, al tomarse la decisión del acuerdo.
POR LO ANTERIOR:
1.- Se recomienda al Concejo, que por acuerdo se solicite a la Administración, que se posponga
temporalmente el proceso de trámite de contratación para la compra y adjudicación de la maquinaria de
marras y se continúe hasta que cumpla a cabalidad con la aplicación de las herramientas de control para
el desarrollo de obras de inversión, aprobadas por este Concejo, de lo cual existe el informe AIM-05-2019.
2.- Debiéndose analizar previamente, una estimación de los costos de mantenimiento, personal-planilla,
seguros, pólizas, gastos financieros, repuestos, u otros que requiere esta maquinaria. Además del
presupuesto de donde se va tomar para estos gastos.
3.- Se recomienda a este Concejo que en lo sucesivo, no se apruebe ninguna DECISIÓN INICIAL si no se
cumple con lo indicado en manual de acciones para el desarrollo de proyectos del Concejo Municipal y en
la Guía de Identificación de Proyectos para inversión Municipal.-
Cóbano, 30 de enero de 2020.-

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DAGOBERTO VILLALOBOS MAYORGA             FERNANDO QUESADA LOPEZ ELADIO PICADO RAMIREZ
ACUERDO Nº2
Con cinco votos presentes a favor se ACUERDA: 2.1. “Acoger en todas sus partes el
dictamen de la comisión permanente de Hacienda y presupuesto “ACUERDO UNANIME Y
FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba
en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
2.2. Solicitarle a la Administración se posponga temporalmente el proceso de trámite de
contratación para la compra y adjudicación de la maquinaria de marras ( motoniveladora y
aplanadora ) y se continúe hasta que cumpla a cabalidad con la aplicación de las herramientas
de control para el desarrollo de obras de inversión, aprobadas por este Concejo, de lo cual existe
el informe AIM-05-2019 y que se realice una estimación de los costos de mantenimiento,
personal-planilla, seguros, pólizas, gastos financieros, repuestos, u otros que requiere esta
maquinaria, además se indique el presupuesto de donde se va tomar para estos gastos.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
2.3. Recomendar a este Concejo que en lo sucesivo, no se apruebe ninguna DECISIÓN INICIAL
si no se cumple con lo indicado en manual de acciones para el desarrollo de proyectos del
Concejo Municipal y en la Guía de Identificación de Proyectos para inversión Municipal”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.

ARTICULO VIII.         INFORME DE LA ASESORA LEGAL

    a. Lcda. Rosibeth Obando Loria. OFICIO ALCC-08-2020. ASUNTO: CONFECCION DE
       REGLAMENTO PARA LA CESIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES
       MUNICIPALES DESTINADOS AL USO PÚBLICO

Estimados Concejales
Por este medio quiero hacer de conocimiento a este respetable Concejo Municipal que mediante pase
CMS 590-2019, me fue solicitado presentar El reglamento para uso de Salones comunales, para así
regular el uso de los mismos , sin embargo en aras de que este concejo Municipal pueda regular de una
manera eficiente el uso de los inmuebles propiedad del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
destinados a facilidades comunales, al desarrollo y práctica del deporte, la recreación, la cultura y el
turismo, me permito hacerles entrega del siguiente reglamento:

                    CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE DISTRITO DE COBANO
                      REGLAMENTO PARA LA CESIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
                        DE BIENES INMUEBLES MUNICIPALES DESTINADOS
PRESIDENTE. Voy a formar una comisión especial para que analice este reglamento, le pido a
los Concejales Manuel Ovares y Eladio Picado colaboren, estaré yo y la Lcda. Rosibeth como
asesora. Nos reunimos el viernes a las tres de la tarde en Santa Teresa
FERNANDO. Yo tengo la documentación correspondiente a la comisión especial de Selinas, yo
no tengo tiempo de atender esta situación la organización de las Fiestas abarca todo mi tiempo
DAGOBERTO. La comisión de Selinas nos reunimos en Santa Teresa el viernes a las cinco de
la tarde


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PRESIDENTE. Debido a que dos comisiones nos reuniremos a ver asuntos pendientes el viernes
7 en Santa Teresa, a las 3pm y a las 5 pm le solicitamos a la Administración transporte para los
concejales que lo requieren Manuel y Jonathan y para la Asesora que debe acompañarnos

    b. Lcda. Rosibeth Obando Loria. OFICIO ALCC-09-2020 ASUNTO: RESPUESTA A PASE CMS
       585-2019

Estimados Concejales
Por este medio quiero hacer de conocimiento a este respetable Concejo Municipal que mediante pase
CMS 585-2019, me fue solicitado presentar informe de cumplimiento de las recomendaciones de
auditoria, para lo cual les indico los siguientes cumplimientos Los reglamentos aprobados y publicados a la
fecha son los siguientes:
1- ALCANCE 230, GACETA n° 200 DEL 232 DE OCTUBRE DEL 2019 PROYECTO DE REGLAMENTO DE LA LEY
NUMERO 7866
REGLAMENTO PARA ACTIVIDADES LUCRATIVAS Y NO LUCRATIVAS EN
EL DISTRITO DE CÓBANO.
2- ALCANCE 203, GACETA 173, REGLAMENTO DE COMITÉS DE CAMINOS DEL DISTRITO DE CÓBANO.
3- LA GACETA 174. DEL16 de setiembre del 2019 REGLAMENTO DE ACERAS Y CUMPLIMIENTO DE
LOSDEBERES DE LOS PROPIETARIOS DE INMUEBLESLOCALIZADOS EN CENTROS URBANOS EN EL DISTRITO
DE COBANO
4- LA GACETA 174. REGLAMENTO DE DECLARATORIA DE TRIBUTOS MUNICIPALES INCOBRABLES
5- LA GACETA 174 .PROYECTO DE REGLAMENTO MUNICIPAL DE OBRA MENOR
6- LA GACETA 174. REGLAMENTO DE PUBLICIDAD EXTERIOR PARA EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO
DE CÓBANO
Además debo indicarles que desde la sesión ordinaria numero176-19, artículo VIII, inciso a, del día diez de
setiembre del Año Dos Mil Diecinueve, a las diecisiete horas, fue acordado por el concejo el Manual de
Procedimientos para elaborar presupuestos ordinarios y extraordinarios,
 Esperando haber informado de la mejor manera.
PRESIDENTE. SE CONOCE Y QUE SE INFORME A LA AUDITORIA INTERNA

ARTICULO IX             INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

    a. Yocelyn Azofeifa. Encargada a.i. Dpto. de ZMT. OFICIO ZMT 026-2020. Con VB de la
         Intendencia. ASUNTO Solicitud de uso de zona publica frente a la concesionaria
         Los Malinches Rojos para realizar una boda
Por medio de la presente me permito saludarles y al mismo tiempo dar respuesta a pase CMS 041-2020
sobre solicitud de uso de la zona publica ubicada frente a las instalaciones del Hotel Nantipa,
establecimiento ubicado en la parcela concesionada a la sociedad Los Malinches Rojos S.A con el fin de
realizar una boda los días 21 y 22 de febrero.
En mi condición de Coordinadora a.i. del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, me permito
manifestarle las siguientes recomendaciones esto con el fin de que este Consejo Municipal considere la
posibilidad de otorgar el permiso para efectuar dicha actividad:
Primero. La actividad solo se podrá llevar a cabo en el sitio solicitado el cual se ubica entre los mojones 78
y 80 del plan regulador Playa Carmen (Frente a la parcela concesionada a la sociedad Los Malinches Rojos
S.A) los días 21 y 22 de febrero, la cual consiste en la colocación de un altar, mesas y sillas para la
realización de una boda.

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Segundo. No se deben permitir instalaciones permanentes para tal evento, toda instalación debe ser
retirada del sitio una vez finalizada la actividad.
Tercero. Se debe garantizar el paso de los transeúntes por la zona pública, o sea, se deben de respetar
áreas de movilización para en caso de una situación de emergencia se puedan las personas desalojar el
sitio en forma rápida y segura.
Cuarto. La seguridad del sitio debe estar a cargo de los organizadores, los cuales serán los responsables de
las emergencias que acontezcan en la actividad a realizar.
Quinto. No se debe permitir la entrada de vehículos al sitio del evento por lo cual los organizadores
deben de contar con el apoyo de las autoridades correspondientes, para cumplir con dicho fin, tal a como
lo indica el artículo número 9 del reglamento de la ley 6043 que indica textualmente lo siguiente: En el
ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en
todo momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y
de actividades para el sano esparcimiento físico y cultural. En la zona pública es prohibido transitar en
Vehículos motores, salvo cuando para ello se cuente con el correspondiente permiso municipal.
Concordancias:
Ley 6043, Art. 20.
Ley de Tránsito No 7331, de 13de abril de 1993, Arts. 1, 127 y 130, inciso m). Según lo estipulado en esta
ley, la circulación de vehículos automotores por las playas del país se encuentra prohibida y sancionada
con multa. No se diferencia expresamente entre zona restringida y zona pública.
Las excepciones a esta prohibición son las siguientes:
Cuando la dirección general de ingeniería de transito lo autorice, ante una necesidad de comunicación y
por no existir otra vía alterna en condiciones de circulación aceptable.
Para sacar o meter embarcaciones al mar.
En casos de emergencia o en los que se requiera una acción para proteger vidas humanas.
En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos provenientes de la pesca o para
desarrollar otras actividades laborales.
Sexto. Se prohíbe realizar cualquier trabajo en la zona pública con maquinaria automotriz.
Séptimo. Será obligación de los organizadores de dicho evento la limpieza de la playa (Zona Publica)
finalizado el evento, los cuales deberán de retirar todos los materiales, instalaciones provisionales y la
basura generada en dicho evento.
Octavo. Se prohíbe la venta de comidas y bebidas alcohólicas en el área del evento.
Noveno. Se prohíbe realizar fogatas
Décimo. Los organizadores serán responsables de cumplir con cada uno de los puntos antes señalados.
En virtud de lo expuesto anteriormente es que este departamento de zona marítimo terrestre no
encuentra oposición a que se realice la actividad denominada Boda, siempre y cuando se cumpla con los
puntos indicados anteriormente; por lo que el Concejo será el que considera el otorgamiento o no de
dicho permiso, de conformidad con lo dispuesto en el Dictamen C-304-2014, del cual en lo que nos
interesa cita lo siguiente:
“… un evento recreativo, deportivo, de índole cultural o de esparcimiento, programado para un
periodo determinado de tiempo, y cuya realización no requiera de ningún tipo de construcción más
allá de obras sencillas de fácil remoción, se requiere el permiso extendido por la municipalidad
competente, por medio de un acuerdo del concejo. Eso sí, en cada caso la municipalidad debe vigilar
el cumplimiento de la afectación al uso común de la zona pública, de manera que la actividad a
realizar no comprometa el libre tránsito, ni perjudique las condiciones naturales de la franja
inalienable de cincuenta metros.


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Y es que como expresamente dispone el artículo 9 del reglamento de la LZMT en el ejercicio del derecho al
uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en todo momento el acceso a
la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de actividades para el
sano esparcimiento físico y cultural.”
CONSIDERANDO:
      Que el Sr. Harry Hartman en representación de la concesionaria Los Malinches Rojos
         S.A., ha solicitado autorización para el uso de la zona pública ubicada frente a las
         instalaciones del Hotel Nantipa.
      Que este se ubica entre los mojones 78 y 80 del plan regulador Playa Carmen
      Que este evento se realizara los días 21 y 22 de febrero del 2020
      Que la organización debe acatar las instrucciones emitidas en este acuerdo
ACUERDO N°3
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1 Dispensar del trámite de
comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del
código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE
3.2 Autorizar a la concesionaria Los Malinches Rojos S.A. el uso de la zona pública entre los
mojones 78 y 80 ubicada frente a su concesión, los días 21 de febrero del 2020 con un horario
de las catorce a las veinte horas y el día 22 de febrero del 2020 con horario de las dieciséis a las
veintitrés horas, esto con el fin de realizar una boda.
Deben acatar las siguientes instrucciones:
Primero. La actividad solo se podrá llevar a cabo en el sitio solicitado, el cual se ubica entre los
mojones 78 y 80 del plan regulador Playa Carmen (Frente a la parcela concesionada a la
sociedad Los Malinches Rojos S.A) los días 21 y 22 de febrero, y consiste en la colocación de
un altar, mesas y sillas para la realización de una boda.
Segundo. No se permiten instalaciones permanentes para tal evento, toda instalación debe ser
retirada del sitio una vez finalizada la actividad.
Tercero. Garantizar el paso de los transeúntes por la zona pública, se deben de respetar áreas
de movilización para en caso de una situación de emergencia puedan las personas desalojar el
sitio en forma rápida y segura.
Cuarto. La seguridad del sitio estará a cargo de los organizadores, los cuales serán los
responsables de las emergencias que acontezcan en la actividad a realizar.
Quinto. No se permite la entrada de vehículos al sitio del evento, por lo cual los organizadores
deben de contar con el apoyo de las autoridades correspondientes, para cumplir con dicho fin, tal
a como lo indica el artículo número 9 del reglamento de la ley 6043 que indica textualmente lo
siguiente: “En el ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre presente el interés general,
garantizando en todo momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la
práctica de deportes y de actividades para el sano esparcimiento físico y cultural. En la zona pública es
prohibido transitar en Vehículos motores, salvo cuando para ello se cuente con el correspondiente
permiso municipal.
Concordancias:
Ley 6043, Art. 20.
Ley de Tránsito No 7331, de 13de abril de 1993, Arts. 1, 127 y 130, inciso m). Según lo estipulado en esta
ley, la circulación de vehículos automotores por las playas del país se encuentra prohibida y sancionada
con multa. No se diferencia expresamente entre zona restringida y zona pública.
Las excepciones a esta prohibición son las siguientes:


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Cuando la dirección general de ingeniería de transito lo autorice, ante una necesidad de comunicación y
por no existir otra vía alterna en condiciones de circulación aceptable.
Para sacar o meter embarcaciones al mar.
En casos de emergencia o en los que se requiera una acción para proteger vidas humanas.
En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos provenientes de la pesca o para
desarrollar otras actividades laborales.
Sexto. Queda prohibido realizar cualquier trabajo en la zona pública con maquinaria automotriz.
Séptimo. Será obligación de los organizadores de dicho evento la limpieza de la playa (Zona
Publica) finalizado el evento, los cuales deberán de retirar todos los materiales, instalaciones
provisionales y la basura generada en dicho evento.
Octavo. Se prohíbe la venta de comidas y bebidas alcohólicas en el área del evento.
Noveno. Se prohíbe realizar fogatas
Décimo. Los organizadores serán responsables de cumplir con cada uno de los puntos antes
señalados.” ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45
del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO

    b. Sr. Roberto Varela. Intendente a.i. OFICIO RI-011-2020. ASUNTO. Pase de la I
        modificación Presupuestaria 2020.
OFICIO IC-053-2020 de la Intendencia. Por un monto de Dieciocho millones ochocientos ocho
mil doscientos cincuenta y dos colones con 30/10 (¢18.808.252,30)
PRESIDENTE: Se da pase a la Comisión de Presupuesto y que la asesora legal investigue en el
ministerio de trabajo
FERNANDO: Ni la Intendencia ni la funcionaria mencionaron el preaviso
ELADIO. Ella me informo que no le dieron opción y que está muy dolida
CONSIDERANDO:
     Que se ha conocido OFICIO RI-011-2020 de la Intendencia a.i. de pase de modificación
        presupuestaria 1-2020
     Que se conoció Oficio IC-053-2020 de la Intendencia
ACUERDO N°4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
4.2. Dar pase de la modificación 1-2020 a la comisión de Hacienda y Presupuesto”. ACUERDO
UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se
aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
4.3. Autorizar a la Asesora Legal Lcda. Rosibeth Obando, para que en día laboral, asista al
Ministerio de Trabajo en Puntarenas y realice       las consultas respectivas con respecto a la
situación de la Funcionaria Guisselle Alvarado Rodriguez, quien ha servido a este municipio por
un periodo de 20 años y ha dado por terminada su relación laboral,             lo que por ley le
corresponde según las condiciones de su cese de labores y montos exactos, a fin de no
perjudicar a la funcionaria ni a la Institución. Una vez tenga esta información lo indique a la
comisión de Hacienda y Presupuesto para que se reúnan lo analicen y emitan dictamen”.
ACUERDO UNIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.


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     c. Alonso Alvarado Ledezma. Encargado a.i. patentes. OFICIO PAT-037-2020. Con Vb
        de la Intendencia. ASUNTO. Requisitos para permiso de Festejos Peninsulares
        Cóbano 2020.
CONSIDERANDO
      Que la Asociación de Desarrollo Integran de Cóbano presentó ante este Concejo
        solicitud de permiso para Festejos Peninsulares Cóbano 2020,
      Que se ha conocido oficio PAT-037-2020 del encargado a.i. de Patentes con fecha 04
        de febrero del 2020, en el cual indica que aún queda pendiente de presentar dos
        requisitos ( permiso sanitario de funcionamiento para el campo ferial y permiso del
        ministerio de salud para juego de pólvora)
      Que el día 06 de febrero los requisitos faltantes fueron debidamente presentados por
        parte de la comisión organizadora
ACUERDO Nº5
Con Cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA. “5.1. Dispensar del trámite de comisión.
ACUERDO UNANIME Y FIRME. Votan a favor los Concejales Eladio Picado Ramirez, Dagoberto
Villalobos Mayorga, Virginia Vargas Acosta y Jonathan Zamora Lopez. NO vota el Concejal
Fernando Quesada Lopez por ser parte de la comisión organizadora de los festejos. Se somete
a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
5.2 Otorgar permiso a la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano para que realicen
TURNO FERIA CON NOVILLADA denominada “Festejos Peninsulares 2020” los días que van
del 13 al 24 de Febrero del año 2020, en el campo ferial propiedad de esa Asociación, con el
siguiente horario: de 11.00 a.m. a 2:30 a.m. todos los días.***************************************
5.3. Recordar que ya cuentan con una patente temporal de licores otorgada por este Concejo en
la sesión extraordinaria 98-20, artículo II, inciso K, del día doce de diciembre del Año Dos Mil
Diecinueve.*************************************************************************
5.4. Salvar responsabilidad en el caso que haya una sobreventa de tiquetes en el redondel y que
ingresen más de las personas indicadas en el Oficio emitido por el Arq. Rafael Paniagua Murillo,
visible al polio 015 del expediente de este permiso que consta en el Dpto. de
Patentes.***************************************************************************
5.5. Nombrar fiscal de este evento al señor JAIRO MAYORGA ZAMORA portador de la
cédula de identidad número 2-525-043 y recordarle que debe cumplir con las siguientes
funciones: ****************************************************************
a. Autorizar el inicio de las corridas de cada día, para lo cual antes debe verificar lo siguiente:
a.a Que no se encuentren menores dentro del redondel. *************
a.b. Que no hallan personas ebrias dentro del redondel. *************
a.c. Que se encuentre presente la policía y la cruz roja con su respectivo médico. ****
a.d. Que todos los montadores se encuentren debida y correctamente inscritos en la póliza, al
igual que los toreros y encargados de la puerta. *************
a.e. Que esté presente el torero.*********************************
b. Si en el transcurso de la corrida alguno de los aspectos mencionados se incumplen, deberá
inmediatamente suspenderla, hasta que se solucione la situación.************
1.6. Informar que el monto a cancelar será de acuerdo a las entradas vendidas en cada evento,
estas deben ser contadas y selladas por la administración antes y después de las fiestas, estos
impuestos deberán ser cancelados inmediatamente después de terminada la feria, en las oficinas
de cobros de esta municipalidad, dinero que deberá ingresar directamente a la cuenta de este
Concejo, mediante un recibo.******************************
1.7. Recordar que: “Las actividades Taurinas son exclusivamente para adultos por lo tanto queda
prohibido realizar corridas donde participen menores de edad”.*******************
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1.8. Autorizar la realización de un juego de pólvora el día 24 de febrero del 2020, el cual será
responsabilidad total de la comisión
5.9. Indicarles que         es responsabilidad de la Asociación de Desarrollo Integral de
Cóbano,       garantizar la colocación      de recipientes para la recolección separada de residuos
valorizables (reciclaje) todos los días de la feria. La correcta separación de los residuos
sólidos será verificada,                              vía inspección,                          por el
Departamento de Gestión Ambiental y los inspectores                del Concejo Municipal de Distrito”.
ACUERDO FIRME Votan a favor los Concejales Eladio Picado Ramirez, Dagoberto Villalobos
Mayorga, Virginia Vargas Acosta y Jonathan Zamora Lopez.

ARTICULO X            CORRESPONDENCIA

   a. Moraya Iacono Slump. Presidente. ADI Montezuma. OFICIO ADIM C-20-01.
      ASUNTO. Informa que ya recibieron los fondos del PANI para el proyecto de nuevo play
      en el parque de Montezuma, solicitan autorización para desarmar y remover el play
      actual y reubicarlo en el espacio frente a la playa Las Palmeras.
      SE DEJA PENDIENTE

   b. Luis Guillermo Miranda Aguilar y Antonio Farah MAtarrita. Dirección de
      Planeamiento. ICT. Copia de OFICIO DPD-ZMT 077-2020. Dirigido a la Arq. Cristina
      Aguinagalde Gonzalez. ASUNTO. Interpretación de retiros y estructuras    áreas
      removibles a una altura de un metro y máxima de 7”. SE CONOCE

   c. Luis Guillermo Miranda Aguilar y Antonio Farah Matarrita. Dirección de
      Planeamiento. ICT. OFICIO DPD-ZMT 081-2020. ASUNTO. Solicitud de apertura de
      calle localizada en el frente lateral a la parcela inscrita bajo el catastro 6-750839-2001 y
      que corresponde a concesión a nombre de Santa Teresa Quebrada del Sur S.R.L.
      PRESIDENTE. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION PARA QUE SE ACTUE DE
      ACUERDO A LO INDICADO POR EL ICT

   d. Ing. Tatiana Arroyo Vásquez. Encargada Oficina Regional de Puntarenas. OFICIO
      DVT-DGIT-OR-P-2020-46. ASUNTO. Informa que debido a imprevistos, disponibilidad de
      recursos y al programa de trabajo no se llevó a cabo el estudio solicitado para colocación
      de sedas y semáforos y programado para noviembre. Indican que se reprogramó para
      setiembre del 2020.

CONSIDERANDO:

    Que en sesión ordinaria 137-2018 del once de diciembre del 2018 este concejo aprobó
     moción que en lo que interesa decía: Se le solicite al COSEVI: 1. La colocación de SEDAS en
     todos los puentes. 2. La colocación de dos semáforos, uno en el centro de Cóbano y otro en el
     cruce de Playa Carmen. Acuerdo que se transcribió mediante OFICIO CMS 596-2018
     dirigido a la Ing. Tatiana Arroyo Vásquez y fue recibido en la oficina de Puntarenas el día
     17 de Enero del 2019
    Que mediante OFICIO DVT-DGIT-OR-P-2019-493 de fecha 6 de setiembre del 2019
     firmado por la Ing. Arroyo se nos informó que la inspección se realizaría en el mes de
     noviembre del 2019


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     Que la inspección no se realizó y el día de hoy se ha conocido el OFICIO DVT-DGIT-
        OR-P-2020-46 de fecha 29 de enero del 2020, firmado por la Ing. Tatiana Arroyo
        Vásquez. Encargada Oficina Regional de Puntarenas, en el cual indica que debido a
        imprevistos, disponibilidad de recursos y al programa de trabajo de la oficina, no se llevó
        a cabo el estudio solicitado para colocación de sedas y semáforos y programado para
        noviembre del 2019 y que este se reprogramó para setiembre del 2020
     Que este Concejo considera es mucho el tiempo esperado para que se atienda un
        acuerdo de este Concejo, con un tema de gran relevancia para la zona.
ACUERDO Nº6
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “6.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
6.2. Solicitarle al Ing. Rodolfo Méndez Mata, Ministro de Obras Públicas y Transportes,
interponga sus buenos oficios a fin de que el oficio CMS 596-2018 dirigido a la Ing. Tatiana
Arroyo y recibido en la oficinas del MOPT en Puntarenas el día 17 de enero del 2019, sea
atendido con un poco más de prontitud, este tiene más de un año de recibido y todavía se debe
esperar ocho meses más, para que realicen un estudio vial que es de suma importancia para
nuestro distrito. Cóbano ha venido en crecimiento y con esto el número de vehículos en la calle
y los accidentes”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del
artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
6.3. Remitir copia al Vice Presidente de la Republica SR. Marvin Rodríguez. ACUERDO
UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO
 SE ADJUNTA: OFICIO CMS 596-2018, OFICIO DVT-DGIT-OR-P-2019-493, OFICIO DVT-DGIT-
OR-P-2020-46

    e. Defensoría de los Habitantes. OFICIO Nº 00777-2020-DHR. ASUNTO. Notificación y
       solicitud de informe con respecto a denuncia interpuesta por Matilda Rodríguez Sánchez
       por ocupación de acceso a la zona publica que hace el Hotel Trópico Latino en contra de
       lo dispuesto en el plan regulador
       PRESIDENTE. Se da pase a la asesora legal para lo correspondiente en el tiempo
       indicado.

    f.   Lcda. Maricel Rojas Leon. Auditoria Interna. Copia de OFICIO AIM-04-2020. Dirigido
         al Area de Denuncias e Investigaciones de la Contraloría General de la Republica.
         Con el debido respeto, en calidad de Auditora Interna del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
Puntarenas, me refiero a su oficio Nro. 01138 (DFOE-DI-0121) del 27 de enero de 2020, recibido en esta Auditoría
Interna el 28 de enero de 2020, dirigido a la señora Cinthya Rodríguez Quesada, intendenta, Dagoberto Villalobos
Mayorga, presidente municipal y Maricel Soto León (sic) (Maricel Rojas León), auditora interna del Concejo Municipal
de Distrito de Cóbano.
         En el oficio de referencia comunican el archivo de oficio Nro. ZMT-004-2020 del 7 de enero del 2020 e
indican que de conformidad con las órdenes emitidas el órgano contralor cerró su proceso de seguimiento (en torno
a lo ordenado) una vez recibido el o los planes de acción elaborados por la Administración Municipal de Cóbano y
avalados en todos sus extremos por parte de sus ediles hecho que se dio el 14 de marzo de 2018 con el recibido y


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posterior aceptación del oficio Nro. CMS-135-2018 donde se estableció la ejecución del denominado “Plan
Remedial” en ocho años a partir de ese momento.
         También señala el documento que, “(…) según lo ahí indicado, es y será hasta el finiquito de las actividades
señaladas en el supracitado plan de acción- total responsabilidad de ese Concejo, con el apoyo de la Auditoría
Interna, el velar por su fiel cumplimiento y prestar (dentro del ámbito de sus competencia) toda la colaboración,
apoyo y/o asesoría que les sea requerido, esto último para el caso de la Auditoría Interna./En línea con lo anterior,
deberán las instancias involucradas (Intendencia, Concejo y Auditoría Interna) ser en todo momento garantes de que
las acciones emprendidas en procura de la materialización del mencionado plan de trabajo se lleven a cabo de la
mejor manera, aplicando para ello los principios de economía procesal, eficacia, eficiencia, razonabilidad y
proporcionalidad. Ajustadas además a derecho y buscando un fin público.”
          Al respecto, quiero indicar que la última reunión a la que fui convocada para enterarme sobre los avances
con relación a este tema fue la efectuada el 1 de setiembre de 2017 en la sala de sesiones del Concejo a la que
asistió también el licenciado Rafael Picado, gerente del Área; posterior a esa fecha, tuve conocimiento de que la
Administración Municipal realizó otras reuniones con el Área de Denuncias e Investigaciones, pero no fui convocada
ni informada sobre los alcances. Tampoco se me puso en conocimiento sobre la presentación del “Plan Remedial”
aprobado por el Concejo, ni de su aceptación como cronograma por parte del Área de Denuncias. Ni menos del oficio
Nro. ZMT-004-2020 del 7 de enero del 2020 del cual comunican su archivo.
        Siendo así, como lo indica la orden, mi labor se limitará de conformidad con mis competencias a ejercer el
debido control a partir de que el Concejo me lo solicite, motivado en la necesidad de tomar acciones correctivas por
un eventual incumplimiento del “Plan Remedial” por parte de la Intendencia.
Ruego enviar notificaciones al siguiente medio: municobano.auditoria@gmail.com

PRESIDENTE. SE CONOCE Y QUE SE MANTENGA INFORMADA A LA AUDITORA DE LO
QUE SE CONOZCA EN ESTE CONCEJO RELACIONADO CON ESTE TEMA.
**************************************U.L.******************************************
El presidente da por finalizada la sesión al ser las veinte horas en punto.




Sra. Roxana Lobo Granados                                     Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga
SECRETARIA                                                    PRESIDENTE




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