Ordinaria 196 · 2020-01-28

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 196 del 2020-01-28 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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ACTA 196-20
28/01/2020


                                    ACTA Nº 196-2020
                                PERIODO CONSTITUCIONAL
                                      2016 – 2020


ACTA NÚMERO CIENTO NOVENTA Y SEIS– DOS MIL VEINTE DE LA SESIÓN ORDINARIA
QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA
VEINTIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL VEINTE A LAS DIECISIETE HORAS CON OCHO
MINUTOS, EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:

PRESIDENTE
Dunia Campos Salas.

PRESIDENTA SUPLENTE

CONCEJALES PROPIETARIOS
Fernando Quesada López
Jonathan Zamora Pérez
Manuel Ovares Elizondo

CONCEJALES SUPLENTES
Ronny Campos Muñoz

INTENDENTE
Cinthya Rodriguez Quesada

VICE INTENDENTE

ASESORA LEGAL

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Dagoberto Villalobos Mayorga
Eladio Picado Ramirez
Virginia Vargas Acosta.

CONCEJALES SUPLENTES
Mario Delgado Rodriguez
Crisly Morales Méndez

VISITANTES

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.          ORACION
ACTA 196-20
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ARTICULO II.        RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.       AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
ARTICULO IV.        MOCIONES
ARTICULO V.         ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
ARTICULO VI.        INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO VII.       INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VIII.      INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO IX         INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO X          CORRESPONDENCIA

ARTICULO I.          ORACION
A cargo del Presidente Municipal


ARTICULO II.         RATIFICACION DE ACTAS

   a. Ratificación del acta ordinaria 195-2020.
      La cual se ratifica en todas sus partes
   b. Ratificación del acta extraordinaria 101-20
      La cual se ratifica en todas sus partes

ARTICULO III.        AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES

     a. Se recibe a los señores Álvaro Varela y Freddy Chaves del Comité de Caminos y
        ADI de Rio Frio

PRESIDENTEL. Les da la bienvenida y concede la palabra

FREDDY. Estamos aquí por el asunto del camino desde julio (creo) del año pasado se adjudicó
un contrato para arreglar el camino de Cóbano al Bongo o límite con Nadayure, se nos dijo que
se dejaba para iniciar en noviembre pero ya estamos finales de enero y no se ha hecho nada,
ese camino es muy utilizado y está muy deteriorado.

FERNANDO. Estamos hablando del camino San Jorge-Rio Frio y yo he manifestado muchas
veces la necesidad de reparar ese camino y de que se mantenga en buen estado, se retoco
algunas partes pero falta mucho aun

DUNIA. Fernando es la persona que más ha insistido en la reparación de ese camino, traen
ustedes alguna nota

FREDDY, NO. Solo queremos saber de la condición de la contratación

DUNIA. Eso sería con la Intendencia, le pediremos información y les comunicaremos. Les
agradece la presencia y los señores se retiran

DUNIA. Sra. Intendente nos podría brindar esa información para contestar

CINTHYA. Ya la información por escrito se les dio porque ya la habían pedido. Ustedes saben
que se sacó una sola contratación como de sesenta millones para varios caminos y Rio Frio va

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entre esos, lo dejamos para noviembre pero se empezó hasta ahora, se empezó en Santa
Teresa, ahora están con la calle camaleón yo no sé cuándo exactamente pasan a Rio Frio. Estos
señores ya han venido aquí como cuatro veces a preguntar lo mismo y ustedes los siguen
recibiendo y a la Intendencia no van

FERNANDO. Es una necesidad arreglar este camino por ahí están viajando los agentes, hace
mucho dijeron que la semana próxima y vean por donde vamos ya estamos en vísperas de
invierno

DUNIA. Nuestro deber es recibir a todos los vecinos cuantas veces desean venir

ARTICULO IV.            MOCIONES
SE DISPENSA

ARTICULO V.             ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VI.    INFORME DE LOS CONCEJALES
FERNANDO. Convoco a sesión de la comisión de zmt el próximo martes a las 3 pm

ARTICULO VII.           INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA

ARTICULO VIII            INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

    a. Sra. Cinthya Rodriguez. Intendente. OFICIO IC-060-2020. ASUNTO. Respuesta a
       oficio AIM-86-2019 sobre avance de las recomendaciones emitidas a la Intendencia por
       parte de la Auditoria Interna sobre avance de las recomendaciones emitidas a la
       Intendencia por parte de la Auditoria Interna. SE CONOCE

     b. Yocelyn Azofeifa Alvarado. Coordinadora a.i. Dpto. de ZMT. OFICIO PASE-ZMT-005-
         2020. ASUNTO. Uso de zona publica solicitado por la Asociación Deportiva de Voleibol
         de Playa FECOVOL
Por medio de la presente me permito saludarles y al mismo tiempo dar pase de la solicitud realizada por
el señor Minor Valenciano Acosta presidente de la Asociación Deportiva de Voleibol, en el cual se solicita
uso de playa (Zona Publica) en playa Tambor entre los mojones 85 y 86, con el fin de realizar un torneo de
voleibol de playa los días sábado 07 y domingo 08 de marzo del presente año.
En mi condición de Coordinadora a.i. del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, me permito
manifestarle las siguientes recomendaciones esto con el fin de que este Concejo Municipal considere la
posibilidad de otorgar el permiso para efectuar dicha actividad:
Primero. La actividad solo se podrá llevar a cabo en el sitio solicitado el cual se ubica entre los mojones 85
y 86 del sector costero de Tambor, el día sábado 07 marzo del 2019 de 8 a.m. a las 4 p.m., y el día
domingo 8 de marzo del 2019 de 8 a.m. a las 2 p.m., por tal razón no se podrá exceder el tiempo
concedido para la realización del evento.
 Segundo. No se deben permitir instalaciones permanentes para tales eventos, toda instalación debe ser
retirada del sitio una vez finalizada la actividad.
Tercero. Se debe garantizar el paso de los transeúntes por la zona pública, o sea se deben de respetar
áreas de movilización para en caso de una situación de emergencia se puedan las personas desalojar el
sitio en forma rápida y segura.
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Cuarto. La seguridad del sitio debe estar a cargo de los organizadores, los cuales serán los responsables de
las emergencias que acontezcan en la actividad a realizar.
Quinto. No se debe permitir la entrada de vehículos al sitio del evento por lo cual los organizadores
deben de contar con el apoyo de las autoridades correspondientes, para cumplir con dicho fin, tal a como
lo indica el artículo número 9 del reglamento de la ley 6043 que indica textualmente lo siguiente: En el
ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en
todo momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y
de actividades para el sano esparcimiento físico y cultural. En la zona pública es prohibido transitar en
vehículos motores, salvo cuando para ello se cuente con el correspondiente permiso municipal.
Concordancias:
Ley 6043, Art. 20.
Ley de Tránsito No 7331, de 13de abril de 1993, Arts. 1, 127 y 130, inciso m). Según lo estipulado en esta
ley, la circulación de vehículos automotores por las playas del país se encuentra prohibida y sancionada
con multa. No se diferencia expresamente entre zona restringida y zona pública.
Las excepciones a esta prohibición son las siguientes:
Cuando la dirección general de ingeniería de transito lo autorice, ante una necesidad de comunicación y
por no existir otra vía alterna en condiciones de circulación aceptable.
Para sacar o meter embarcaciones al mar.
En casos de emergencia o en los que se requiera una acción para proteger vidas humanas.
En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos provenientes de la pesca o
para desarrollar otras actividades laborales.
Sexto. Se prohíbe realizar cualquier trabajo en la zona pública con maquinaria automotriz.
Séptimo. Será obligación de los organizadores de dicho evento la limpieza de la playa (Zona Publica)
finalizado el evento, los cuales deberán de retirar todos los materiales, instalaciones provisionales y la
basura generada en dicho evento.
Octavo. Se prohíbe la venta de comidas y bebidas alcohólicas en el área del evento.
Noveno. Se prohíbe realizar fogatas.
Décimo. Los organizadores serán responsables de cumplir con cada uno de los puntos antes señalados.
Undécimo. Así mismo este Concejo deberá cerciorase que para la realización de dicha actividad se
cuenten con los permisos pertinentes.
En virtud de lo expuesto anteriormente es que este departamento de zona marítimo terrestre de no
encuentra oposición a que se realice torneo de voleibol de playa, siempre y cuando se cumpla con los
puntos indicados anteriormente; por lo que Concejo será el que considera el otorgamiento o no de dicho
permiso, de conformidad con lo dispuesto en el Dictamen C-304-2014, del cual en lo que nos interesa cita
lo siguiente:
“… un evento recreativo, deportivo, de índole cultural o de esparcimiento, programado para un periodo
determinado de tiempo, y cuya realización no requiera de ningún tipo de construcción más allá de obras
sencillas de fácil remoción, se requiere el permiso extendido por la municipalidad competente, por medio
de un acuerdo del concejo. Eso sí, en cada caso la municipalidad debe vigilar el cumplimiento de la
afectación al uso común de la zona pública, de manera que la actividad a realizar no comprometa el libre
tránsito, ni perjudique las condiciones naturales de la franja inalienable de cincuenta metros.
Y es que como expresamente dispone el artículo 9 del reglamento de la LZMT en el ejercicio del derecho al
uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en todo momento el acceso a
la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de actividades para el sano
esparcimiento físico y cultural.”
CONSIDERANDO:
      Que la Asociación Deportiva de Voleibol de Playa FECOVOL cédula jurídica 3 002
         471980 por medio de su presidente Minor Valenciano A., ha solicitado autorización para
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       el uso de la zona pública de la playa de Tambor de Cóbano, entre los mojones 85- 86
       (frente a la entrada principal a la playa) para llevar a cabo un torneo de voleibol de playa.
     Que este evento se realizara los días 07 y 08 de marzo del 2020
     Que la organización debe acatar las instrucciones emitidas en este acuerdo
ACUERDO N°1
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1 Dispensar del trámite de
comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del
código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE
1.2 Autorizar el uso de la playa y zona pública de Tambor entre los mojones 85 - 86 (frente a la
entrada principal) para que la Asociación Deportiva de Voleibol de Playa Fecovol cédula jurídica
3 002 471980, realice un torneo de voleibol de playa los días 07 de marzo con horario de 08:00
am a las 04:00 pm y el 08 de Marzo del 2020, con horario de 08:00 a.m. a 02:00 p.m.
En el cual se deben acatar las siguientes instrucciones:
     La actividad solo se podrá llevar a cabo en el sitio solicitado el cual se ubica entre los
       mojones 85 y 86 del sector costero de Tambor, el día sábado 07 de las ocho a las
       dieciséis horas y el día domingo 08 de las ocho a las catorce horas, por tal razón no se
       podrá       exceder      el     tiempo       concedido        para       la     realización del
       evento.**********************************************************************************
     No se deben permitir instalaciones permanentes para tales eventos, toda instalación debe
       ser retirada del sitio una vez finalizada la actividad.*****************
     Se debe garantizar el paso de los transeúntes por la zona pública, o sea se deben de
       respetar áreas de movilización para en caso de una situación de emergencia se puedan
       las personas desalojar el sitio en forma rápida y segura.********************
     La seguridad del sitio debe estar a cargo de los organizadores, los cuales serán los
       responsables de las emergencias que acontezcan en la actividad a realizar.***
      No se debe permitir la entrada de vehículos al sitio del evento, por lo cual los
        organizadores deben de contar con el apoyo de las autoridades correspondientes, para
        cumplir con dicho fin, tal a como lo indica el artículo número 9 del reglamento de la ley
        6043 que indica textualmente lo siguiente: En el ejercicio del derecho al uso público
        debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en todo momento el
        acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y
        de actividades para el sano esparcimiento físico y cultural. En la zona pública es
        prohibido transitar en vehículos motores, salvo cuando para ello se cuente con el
        correspondiente permiso municipal.
        Concordancias:

   1. Ley 6043, Art. 20.
   2. Ley de Tránsito No 7331, de 13de abril de 1993, Arts. 1, 127 y 130, inciso m). Según lo
      estipulado en esta ley, la circulación de vehículos automotores por las playas del país se
      encuentra prohibida y sancionada con multa. No se diferencia expresamente entre zona
      restringida y zona pública.
      Las excepciones a esta prohibición son las siguientes:

          a. Cuando la dirección general de ingeniería de transito lo autorice, ante una
             necesidad de comunicación y por no existir otra vía alterna en condiciones
             de circulación aceptable.
          b. Para sacar o meter embarcaciones al mar.
          c. En casos de emergencia o en los que se requiera una acción para proteger
             vidas humanas.

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          d. En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos
              provenientes de la pesca o para desarrollar otras actividades laborales.
      Se prohíbe realizar cualquier trabajo en la zona pública con maquinaria automotriz.
      Será obligación de los organizadores de dicho evento la limpieza de la playa (Zona
       Publica) finalizado el evento, los cuales deberán de retirar todos los materiales,
       instalaciones provisionales y la basura generada en dicho evento.*******************
      Se prohíbe la venta de comidas y bebidas alcohólicas en el área del evento.
      Se prohíbe realizar fogatas********************************************************
      Los organizadores serán responsables de cumplir con cada uno de los puntos antes
       señalados. ACUERDO UNANIME y FIRME. Se somete a votación la aplicación del
       artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el
       anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO

     c. Cinthya Rodriguez Quesada. Intendente. OFICIO IC-062-2020. ASUNTO. Solicitud de
        acuerdo para apertura de dos fondos para plataformas
        Hago solicitud de aprobación de apertura de dos fondos de ¢50.000,00 cada uno, esto
        para ser utilizados por las plataformitas que aún no cuentan con efectivo para trabajar en
        sus cajas
CONSIDERANDO:
-Que por ser el servicio de plataforma muy reciente en este Concejo, las plataformitas aun no
cuentan con efectivo en sus cajas
-Que se ha conocido oficio IC-062-2020 de solicitud de acuerdo para apertura de dos fondos de
cincuenta mil colones cada uno (¢50.000,00) para las cajas de las plataformitas
ACUERDO Nº2
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
2.2. Autorizar la apertura de dos fondos de cincuenta mil colones cada uno (¢50.000,00) para ser
utilizado por las plataformistas en su trabajo”. ACUERDO UNANIME y FIRME. Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO


   d. Yocelyn Azofeifa Alvarado. Coordinadora a.i. Dpto. de ZMT. OFICIO ZMT-004-2020.
      ASUNTO. Respuesta a oficio CMS-591-2019 sobre solicitud de autorización para corta de
      árbol

Después de analizado pase realizado sobre solicitud de corta de árbol en el sector de Santa
Teresa, precisamente entre los mojones 71 y 72 del Instituto Geográfico Nacional y así indicados
en el Plan regulador Playa Carmen mediante oficio CMS 591-2019, procedo a brindar el siguiente
informe para que se proceda según corresponde.
Según informe I-ZMT-005-2020 del inspector de zona marítimo terrestre el señor Greivin
Carmona Rodríguez después de realizar inspección en el sitio determino que los árboles se
encuentran ubicados en calle publica existente tal y como se indica en el plan regulador de la
zona, así también indica que los árboles que se encuentran en apariencia interfiriendo con el
trazado de la línea eléctrica que se construye en esta área corresponden a un pochote y un coco.
En conocimiento de lo anterior se informa a este Concejo Municipal que los árboles que solicitan
cortar se encuentran ubicados en calle publica y no en una parcela de la zona restringida de la
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zona marítimo terrestre, por lo que se debería valorar la posibilidad de consultarle al
departamento vial si tienen alguna observación o recomendación al respecto para que se
gestione ante el MINAE la corta del árbol de Pochote, siendo este el ente competente para
indicar si procede o no la corta del mismo, esto con fin de atender de la manera más pronta la
solicitud realizada.
Se adjunta informe de inspección I-ZMT-005-2020.
Sin más, esperando haber informado de la mejor manera.
PRESIDENTE. Este es un asunto de la administración. SE DA PASE A ELLOS PARA
QUE LE DEN CONTINUIDAD

   e. Sra. Cinthya Rodríguez. Intendente. Diego Céspedes. Técnico Recursos
      Humanos. OFICIO. RH-004-2020. ASUNTO. Comisión para revisión y aprobación
      de estudios y modificaciones de perfiles
Por medio de la presente me permito saludarlos y a la vez informarles que esta Intendencia y el
Departamento de Recursos Humanos somos parte y también creamos la comisión que se encargará de
revisar, modificar y aprobar el estudio de cargas de trabajo, el Organigrama Institucional, Manual de
Puestos y Modificación de Perfiles, todo lo anteriormente mencionado se realizará con funcionarios de la
Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), que serán los encargados de dar el acompañamiento
durante todo el proceso.
Además, falta el integrante del Concejo que son ellos los que deben asignar cual será. Por esta razón les
solicitamos acordar quien les representará señores concejales.
Por tal razón se les comunica que ustedes son los integrantes de la misma y en los próximos días se
realizará la primera reunión para explicar cómo funcionará todo el proceso.
CINTHYA. Como sugerencia. Podrían nombrar a Manuel que es de ustedes el único que
de seguro estará en el próximo Concejo.
CONSIDERANDO:
     Que se ha conocido oficio RH-004-2020 de la Intendencia y el Dpto. de Recursos
        Humanos en el cual solicitan al Concejo el nombramiento de un concejal en la Comisión
        para revisión y aprobación de estudios y modificaciones de perfiles
ACUERDO Nº3
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1 Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
3.2. Nombrar como representante de este Concejo ante la comisión denominada “Comisión para
revisión y aprobación de estudios y modificaciones de perfiles” al Concejal suplente Manuel
Alfredo Ovares Elizondo”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del
artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.

   f.   Sra. Cinthya Rodríguez. Intendente. OFICIO IC-061-2020. ASUNTO. Solicitud de
        acuerdo para autorizar a La Intendente para que firme los sub créditos de líneas de
        uso múltiple.



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La misiva tiene como fin solicitar acuerden autorizar a mi persona, como representante legal de esta
corporación municipal, para que firme los subcréditos de líneas de uso múltiple con el Banco Popular.
Además, se solicite la creación de una nueva cuenta Jurídica Naranja al Banco Popular para tramitar
depósitos y lo que corresponda sobre los empréstitos y se traslade el monto de ¢34.000.000,00 a la
misma; esto con base en el OFICIO CEO-PC-010-2020 que adjunto.
Que los usuarios autorizados serán la señora Cinthya Rodríguez Quesada, cédula 2-0536-0799, la señora
Maricel Rojas León cédula N°6-0263-0980, el señor Francisco Alfaro Núñez cédula N°6-0186-0062 y la
señora Karla Paniagua Varela cédula N°2-0633-0096 además se ingrese esta cuenta a los usuarios web
jurídicos del Concejo Municipal de Distrito Cóbano.
También se anote el número de cedula jurídico de este Concejo Municipal.
CONSIDERANDO:
      Que se ha conocido oficio IC-061-2020 en el cual la Intendencia solicita se le autorice a
         firmar los sub créditos de líneas de uso múltiple
ACUERDO Nº4
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar la aplicación del artículo
44 del Código Municipal”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del
artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
4.2. Autorizar a la Intendente plenamente para firmar todos los documentos necesarios para
formalizar los sub créditos de Línea de uso Múltiple del crédito que este Concejo tiene con Banco
Popular, ”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del
código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.

f.a. CONSIDERANDO:
      Que se ha conocido oficio IC-061-2020 de la Intendencia en el cual solicita se
         autorice la creación de una nueva cuenta jurídica naranja en el Banco Popular con el
         fin de tramitar depósitos y todo lo correspondiente sobre los empréstitos y que se
         traslade a esa cuenta el monto de ¢34.000.000,00
ACUERDO Nº5
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “5.1. Dispensar la aplicación del artículo
44 del Código Municipal”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del
artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
5.2. Autorizar a la administración para que gestione la creación de una nueva cuenta Jurídica
Naranja al Banco Popular, la cual tenga como fin tramitar depósitos y todo lo correspondiente
a los empréstitos con esa entidad financiera, los usuarios autorizados en esa cuenta serán:
Señora Cinthya Rodríguez Quesada, cédula 2-0536-0799, Intendente, Lcda. Maricel Rojas León
cédula N°6-0263-0980, auditora, Lic. Francisco Alfaro Núñez cédula N°6-0186-006, contador “ y
Lcda. Señora Karla Paniagua Varela cédula N°2-0633-0096, tesorera. Todos funcionarios del
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, cedula jurídico número 3-007-078297,” ACUERDO
UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO
5.3. Autorizar se ingrese a esta cuenta a los usuarios web jurídicos ya autorizados y notificados a
esa entidad mediante oficio CMS 198-2019: 1. Señora Maricel Rojas León cédula N°6-0263-0980
“usuario tipo ingresador” solo consulta. 2. Señor Francisco Alfaro Núñez cédula N°6-0186-0062 “usuario
tipo ingresador”, que le permitirá hacer consultas y transferencias entre cuentas y aplicación de la planilla
a través de la página electrónica, que no podrán exceder un monto máximo de ¢100.000.000. y deben

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 estar autorizadas por un “usuario tipo autorizador” para que se hagan efectivas. 3. Señora Cinthya
 Rodríguez Quesada, cédula 2-0536-0799 “usuario tipo autorizador” que le permitirá realizar consultas y
 autorizar las transacciones que realice el usuario tipo ingresador y 4. Señora Karla Paniagua Varela cédula
 N°2-0633-0096 “usuario tipo autorizador” que le permitirá realizar consultas y autorizar las transacciones
 que realice el usuario tipo ingresador, transacciones”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a
 votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
 quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
 5.4. Autorizar a la administración para que traslade el monto de treinta y cuatro millones de
 colones (¢34.000.000,00) de la cuenta número 152-0 del Banco Nacional, a esta cuenta”.
 ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
 municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
 DEFINITIVAMENTE APROBADO.

   g. Ing. David Chaves y otros. OFICIO ING-008-2020. ASUNTO. Informe sobre denuncia
       presentada referente a construcción de un muro en la vía de paso de servidumbre
       agrícola.
 PRESIDENTA a.i. SE DA PASE A LA COMISION ESPECIAL QUE SE FORMO PARA
 ANALIZAR ESA SITUACION

 ARTICULO IX             CORRESPONDENCIA

 a. Lic. Maricel Rojas Leon. OFICIO OA-AIM-01-2020. ASUNTO. Advertencia sobre la
necesidad de hacer cumplir las recomendaciones emitidas en el Informe AIM-05-2019 y de
velar por el correcto uso de los fondos públicos.

 Con el Informe N°. AIM-05-2019 presentado a la Intendencia el 2 de setiembre de 2019 y conocido por el
 Concejo en la sesión ordinaria 175-2019 del 3 de setiembre de 2019, esta Auditoría Interna se refirió a la
 no utilización de la “Guía: Identificación de proyectos para inversión Municipal” y el “Manual de
 acciones para el desarrollo de proyectos del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano” para los nuevos
 proyectos de obra pública o adquisición de bienes duraderos del Concejo Municipal para el 2019 y 2020.
  En dicho informe se plantearon recomendaciones a la Intendencia tendentes a reducir el riesgo de llevar
 a cabo obras para las cuales no están definido clara y detalladamente los aspectos técnicos pertinentes
 que garanticen proyectos de calidad para la comunidad. También el riesgo de que no se cuente con los
 recursos financieros para atender todas las necesidades que demanda el empréstito y su incidencia en las
 finanzas del Concejo.
 Conforme las indagaciones realizadas en las unidades de Presupuesto, Proveeduría y Contabilidad sobre el
 uso de las herramientas en los proyectos que ordenó el Concejo que se utilizara como plan piloto, se
 estableció que pese a que se emitieron recomendaciones en el informe AIM-05-2019 y se establecieron
 plazos para cumplir con la implementación de las acciones contenidas en el citado manual y la guía
 correspondiente, estos instrumentos siguen sin implementarse.
 Esto significa, que aparte de la inobservancia a lo recomendado por la Auditoría Interna, se sigue
 obviando el proceso de planificación para el desarrollo de proyectos de inversión y adquisición de bienes
 duraderos y se sigue desaprovechando el esfuerzo y la inversión de recursos humanos, materiales y
 financieros que invirtió el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano en el desarrollo de dichas
 herramientas de control.
 Adicionalmente, en el citado informe se habló de la “Ausencia de estudios de factibilidad financiera y
 técnica que sustenten la gestión de un crédito bancario para el desarrollo de proyectos de inversión y
 compra de bien duradero.” Se logró determinar que para estimar el monto del crédito para financiar los

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proyectos antes citados no se contaba con los anteproyectos y demás información técnica financiera, así
como las proyecciones necesarias y que para la estimación del costo de la Motoniveladora solo existía una
factura proforma.
También se acreditó, según la respuesta suministrada por el Administrador Tributario y Financiero
mediante oficio ADT-058-2019 del 12 de julio de 2019 que:
“(…)
En dicho documento se hace del conocimiento que ninguna de las adquisiciones posee proyección de
mantenimiento, operarios, seguros y demás gastos.
Así mismo se deja en claro que no se posee conocimiento de la existencia de planos constructivos del
proyecto de puente. ni se posee conocimiento de expediente físico o digital del puente o del tratamiento
TSB3.
Al mismo tiempo se hace mención de que al no poseer solo vías cantonales, lo recomendable desde la
parte financiera en cuanto al uso y aprovechamiento de las inversiones, lo ideal es no limitar el uso al
realizar la adquisición con ingresos de las Ley 8114 y que para ello se tome en cuenta los ingresos de la Ley
7509, de manera que se puedan utilizar en todos los proyectos municipales.”
No obstante, en el acta de la sesión ordinaria 193-2020 del 7 de enero de 2020, con el acuerdo n°3 el
Concejo Municipal aprobó la decisión inicial para la compra de una motoniveladora y una compactadora
presentada por la Intendencia mediante oficio IC-001-2020, sin que conste que se hayan acatado las
recomendaciones y observaciones realizadas por la Auditoría Interna en el informe de marras. Tampoco
consta que se haya considerado si invertir en esta motoniveladora y adicionalmente en una compactadora
es la opción más favorable para la Administración, sobretodo porque no se ha presentado un comparativo
o una estimación de los costos que implica alquilar maquinaria versus el mantenimiento, personal,
combustible, seguros, gastos financieros, etc. que se requieren para mantener y aprovechar al máximo la
maquinaria propia. Valga mencionar que no se observa que en el presupuesto 2020 que se haya
considerado, el plan de mantenimiento, personal, combustible, seguros, etc. que se requieren para
trabajar la maquinaria.
Por lo tanto, considerando que ya este Concejo aprobó la decisión inicial para la compra de los bienes
duraderos sin que para los efectos se tomaran las previsiones apuntadas en el informe AIM-05-2019 y sin
estar documentado el análisis técnico y financiero que respalda esta decisión; se le advierte sobre la
necesidad de analizar lo actuado y revisar si la decisión tomada permite rendir cuentas claras y precisas
sobre el correcto uso de los fondos públicos.
 Se recuerda a la Administración Municipal, la obligatoriedad de analizar e implementar las
recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 12,
inciso c) de la Ley General de Control Interno, nro. 8292 y velar por el correcto uso de los fondos públicos
que administran.
PRESIDENTA. a.i. SE DA PASE A LA COMISION DE HACIENDA

      b. Dr. Juan Gabriel Ledezma Acevedo. Director. Area Rectora de Salud Peninsular.
         ASUNTO. Orden Sanitaria OS-JG-09-2020. Nombre del establecimiento. Pensión
         Arenas. ZMT
       PRESIDENTA. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION PARA TODO LO QUE
       CORRESPONDE Y QUE LA SECRETARiA LE PREGUNTE A FERNANDA EL PORQUE
       NOTIFICARON AL CONCEJO Y NO A LA ADMINISTRACION

      c. Dianne Alpizar Bermúdez. Apoderada Especial de la Asociación para la
         Educación en la Zona Marítimo Terrestre. ASUNTO-. Informa que le fue notificado el
         OFICIO Nº ZMT-003-2020 del 07 de enero en el cual la encargada del Dpto. de zmt y la
         Intendente remiten a este Concejo el criterio L-ZMT-084-2019 del Sr. Juan Luis Bolaños

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           en el cual recomienda suspender el proceso de concesión debido a la imposibilidad
           material de subsanar aspectos del plano y recomendó se espere a la implementación
           del Plan Regulador Integral Santa Teresa – Mal País o se modifique el existente.
           Agrega que no comparten el criterio y no se les dio oportunidad de proponer una
           solución ya que esperar la implementación del plan regulador retrasaría el proceso por
           años. Presentan un montaje del plano ajustado y solicitan se evalúen los argumentos
           aquí presentados.
          PRESIDENTA a.i. SE DA PASE DE ESTE DOCUMENTO A LA COMISION DE ZONA
          MARITIMO TERRESTRE

     d. Alberto Lopez Chaves. Gerente General. ICT. OFICIO G-0080-2020. ASUNTO.
        Observaciones a cumplir en el trámite de la concesión de Pegazo Fugaz.
      PRESIDENTA. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION PARA QUE CONTESTEN ENEL
      PLAZO QUE SE INDICA.

     e. Harry Hartman. Los Malinches Rojos S.A. ASUNTO. Solicitud de uso de la zona
        publica ubicada frente a sus instalaciones Hotel Nantipa, con el fin de realizar una
        boda el día 21 y 22 de febrero, agrega que se utilizara para colocar el altar y mesas y
        sillas.
      PRESIDENTA a.i. SE DA PASE A LA ADMINISTRACION PARA QUE NOS EMITAN
      CRITERIO

     f.     Lcda. Ruth Houed Caamaña y Lic. Hernan Monge. División de Fiscalización
            Operativa y Evaluativa. Area de Denuncias e Investigaciones. Contraloría General
            de la Republica. OFICIO Nº 01138. DFOE-DI-0121. ASUNTO. Archivo de oficio Nro.
            ZMT-004-2020. Agrega que con el recibido del oficio CMS-135-2018 correspondiente
            al plan de acción remedial en ocho años a partir de ese momento cerro su proceso de
            seguimiento, indica que este será total responsabilidad del Concejo con el apoyo de la
            auditoria, hasta el finiquito de las actividades indicadas en el plan. SE CONOCE

     g. Lcda. Maricel Rojas. Auditora. Informa del disfrute de un día de vacaciones el día 24
        de enero del 2020. SE CONOCE.


     h. Dr. Juan Gabriel Ledezma Acevedo. Director. Area de Salud Peninsular. OFICIO
         MS-DRRSPC-DARSPE-006-2020.              ASUNTO. Solicitud de acuerdo para           la
         permanencia de equipo de Ministerio de Salud en actual de Concejo Municipal de
         Distrito de Cóbano.
      Agrega que esta oficina satélite es indispensable y tiene más de cuatro años de estar al
      servicio de las personas de Cóbano, En el 2019 se dieron situaciones que cambiaron la
      naturaleza de las condiciones de acceso y uso de internet y de la línea telefónica que
      la oficina tenia para uso del Ministerio de Salud.
      FERNANDO Debemos informarle al Doctor que se está en espera del convenio que la
      Intendente le solicito de forma verbal y que el wife es libre aquí en la Municipalidad
      PRESIDENTA. a.i. Informar al Dr. Ledezma que efectivamente se está en espera del
      convenio que le solicito la administración de forma verbal, según lo informo ella en el
      Concejo, para ser analizado por este Concejo, ya que esta es la forma correcta de
      funcionar entre instituciones. Así también hacerle saber que el internet es libre la
      encargada de la oficina puede hacer uso de él, nunca se ha suspendido.


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     i.   Ing. Oscar Villalobos Charpentier y Arq. Francisco Aragón Solórzano. Comisión
          Interinstitucional de Marinas y Atracaderos Turísticos. ICT. OFICIO. CIMAT 012-
          2020. ASUNTO calle de acceso al muelle municipal en la Bahía de Tambor.
          PRESIDENTA. a.i. Quisiera conocer la respuesta a este documento del Ing. Ramirez
          Castro, que nos envíe una copia. Y Que se le pase una copia de este documento a la
          comisión especial de marina tambor

          **********************************************U.L.********************************************
          Finaliza la sesión al ser las diecinueve horas con treinta y cinco minutos



          Sra. Roxana Lobo Granados                             Sra. Dunia Campos Salas
          SECRETARIA                                            PRESIDENTA. a.i.




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