Ordinaria 171 · 2019-08-06

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 171 del 2019-08-06 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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                               ACTA ORDINARIA Nº 171-2019
                                PERIODO CONSTITUCIONAL
                                      2016 – 2020


ACTA NÚMERO CIENTO SETENTA Y UNO – DOS MIL DIECINUEVE, DE LA SESIÓN
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA
SEIS DE AGOSTO   DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS DIECISIETE HORAS, EN LA SALA
DE SESIONES DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:

PRESIDENTE
Dunia Campos Salas

PRESIDENTA SUPLENTE

CONCEJALES PROPIETARIOS
Manuel Ovares Elizondo
Crisly Morales Méndez
Fernando Quesada López.
Eladio Picado Ramirez

CONCEJALES SUPLENTES
Ronny Campos Muñoz

INTENDENTE
Cinthya Rodriguez Quesada

VICE INTENDENTE
Roberto Varela Ledezma

VICE INTENDENTE

ASESORA LEGAL
Lcda. Rosibeth Obando Loria

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Virginia Vargas Acosta.

CONCEJALES SUPLENTES
Mario Delgado Rodriguez

VISITANTES

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.          ORACION
ARTICULO II.         RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III.        AUDIENCIAS Y JURAMENTACIÓN
ARTICULO IV.         MOCIONES
ARTICULO V.          ASUNTOS DE TRAMITE URGENTE
ARTICULO VI.         INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO VII.        INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VIII.       INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ARTICULO IX.         INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
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ARTICULO X              LECTURA DE CORRESPONDENCIA

ARTICULO I.             ORACION
A cargo de la presidenta en ejercicio

ARTICULO II.            RATIFICACION DE ACTAS

    a. Ratificación de acta 170-2019
       Se ratifica en todas sus partes el acta ordinaria 170-2019

    b. Ratificación acta ordinaria 166-2019

    Se somete a ratificación el acta 166-2019
    PRESIDENTE a.i. en el orden del viene documento OFICIO ZMT 190-2019 firmado por la
    encargada del Depto. y con el VB de la Intendencia relacionado con el centro de operaciones
    para la pesca artesanal y el turismo marino de Mal País, el cual textualmente dice:
Por este medio les saludo a la vez que manifiesto mi conocimiento sobre lo acordado en sesión ordinaria
número 166-2019, articulo VII, inciso a, del día dos de julio del año 2019, sobre el proyecto presentado
por la Asociación de Pescadores Unidos para el Bienestar Artesanal y Turístico de Mal País, por lo que esta
coordinación pide reconsiderar a este honorable Concejo Municipal lo acordado en esta sesión por los
siguientes puntos:
     Carece de un análisis técnico que avale el área solicitada para desarrollar el proyecto.
     Carece de un análisis técnico que avale las estructuras a desarrollar en el proyecto.
     Que el artículo 18 de la Ley 6043 indica “…que se podrá autorizar el uso de las áreas de la zona
        marítimo terrestre…” no autorizar un uso de suelo en zona pública.
     Que el dictamen C-304-2014, al referirse al uso de la zona publica indica…Eso si, en cada caso la
        municipalidad debe vigilar el cumplimiento de la afectación al uso común de la zona pública, de
        manera que la actividad a realizar no comprometa el libre tránsito, ni perjudique las condiciones
        naturales de la franja inalienable de cincuenta metros.
     Que no existe un proyecto donde se indique la actividad específica que van a desarrollar en la
        zona pública.
     Que la procuraduría General de la Republica en su dictamen C-365-2014 del 31de octubre del
        2014, indica “En punto a las excepciones del artículo 18 ibid, la Procuraduría, en dictamen C-254-
        95, con vista de los antecedentes legislativos estableció que a pesar de que la norma adopta el
        término "autorización", cuando las obras consisten en construcciones permanentes ha de
        recurrirse a la concesión, y no la simple autorización, reservada para instalaciones removibles,
        transitorias y precarias” así como también en ese mismo dictamen indican “Las autorizaciones
        antedichas no suplen la concesión, ni eximen de obtenerla. La concesión es el medio normal de uso
        y aprovechamiento privativos de dependencias de la zona marítimo terrestre. (…)”
        En su defecto esta coordinación recomienda se considera la posibilidad de:
     Solicitarle a la Asociación de Pescadores Unidos para el Bienestar Artesanal y Turístico de Mal País
        un proyecto donde se indique los objetivos, motivos, alcances y se describa con claridad la
        actividad a desarrollar, entre otros aspectos.
     Solicitarle a la Asociación de Pescadores Unidos para el Bienestar Artesanal y Turístico de Mal País
        un croquis donde se demarque el área a utilizar para el proyecto, para que se le haga el análisis
        técnico correspondiente, con el fin de determinar si el mismo cumple para la aplicabilidad de la
        acepción del articulo 18 y si no se va a ver afectado el libre tránsito, entre otros aspectos.
     Posterior a la presentación y análisis de lo antes expuesto y si este honorable Concejo Municipal
        ve facultativo el proyecto, se acuerde autorizar el uso para que se inicie el proceso de obtención
        de concesión, como bien lo indica el Instituto Costarricense de Turismo en su oficio MPD-ZMT
        266-2015 y la procuraduría General de la Republica en su dictamen C-365-2014 y el mismo sea
        remitido a la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo para dar cumplimiento a lo
        establecido en el artículo 18 de la Ley 6043 Ley de la zona marítimo terrestre y 8 de su
        reglamento.
CONSIDERANDO:

-Que el dpto. de zona marítimo terrestre mediante OFICIO ZMT 190-2019 solicita reconsiderar lo

acordado en el acta 166-2019, articulo VII, inciso a, sobre el proyecto presentado por la
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Asociación de Pescadores Unidos para el Bienestar Artesanal y Turístico de Mal País ya que el

mismo    carece de algunos análisis técnicos necesarios y requisito para el cumplimiento del

mismo.

ACUERDO Nº1

Con cinco votos presentes a favor, tres de los cuales son los que aprobaron el acuerdo,

SE ACUERDA: “1.1. Leer correctamente el acuerdo Nª7 del acta 166-2019 articulo VII, inciso a,

que dice: *******

ACUERDO Nº7

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “7.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO

UNANIME

7.2. Aprobar el uso de suelo en zona publica solicitado por la Asociación de Pescadores Unidos para el

Bienestar Artesanal y Turístico de Mal País, cedula 3-00277126-2 a fin de iniciar con el proceso de

concesión para desarrollar el proyecto denominado “Centro de operaciones para la pesca artesanal y el

turismo marino” en una área aproximada a los 3500m2 que abarca una franja desde la pleamar hasta los

mojones”. ACUERDO UNANIME

DE LA SIGUIENTE MANERA: “Aprobar dar inicio a la aplicación de la excepción de la norma del

artículo 18 de la Ley 6043 Ley de Zona Marítimo Terrestre y que se inicie con el tramite

solicitado por la Asociación de Pescadores Unidos para el Bienestar Artesanal y Turístico de Mal

País”. ACUERDE UNANIME y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del

código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo

DEFINITIVAMENTE APROBADO.

1.2. Solicitarle a la Asociación de Pescadores Unidos para el Bienestar Artesanal y Turístico de

Mal País se apersonen al Dpto.       de zona marítimo terrestre a fin de que la encargada del

Departamento les instruya en los requisitos que deben presentar, una vez presentados todos los

requisitos y aprobados por la administración, se tomará acuerdo para autorizar el uso y que

se inicie el proceso de obtención de concesión, como bien lo indica el Instituto Costarricense de

Turismo en su oficio MPD-ZMT 266-2015 y la procuraduría General de la Republica en su

dictamen C-365-2014 y este acuerdo será              remitido a la Junta Directiva del Instituto

Costarricense de Turismo para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 6043

Ley de la zona marítimo terrestre y 8 de su reglamento”. ACUERDO UNANIME Y FIRME                   Se

somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas

sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.

PRESIDENTA. Con la corrección del acuerdo Nº7 del acta la someto a ratificación.
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Se ratifica el acta Nº 166-19 con la corrección al artículo Nº7. SE ACUERDA


ARTICULO III.         AUDIENCIAS Y JURAMENTACIÓN

    a. Se recibe a los señores José Zúñiga Villegas y Gerardo Thompson. Representantes

          Banco Popular de Paquera.

PRESIDENTE. a. i. Les da la bienvenida y concede la palabra

GERARDO. Agradece el espacio. Es de gran importancia hacer de su conocimiento a petición de

Dona Cinthya lo que ha sido el crédito con el banco. En este momento lo que nos ha impedido

formalizar el crédito han sido situaciones más que todos de Puntarenas en cuanto a tramitología

que se requiere por parte con el Concejo de Puntarenas la línea de crédito por 800 millones fue

aprobada en febrero de este año y nosotros como banco tenemos seis meses para formalizarlo

hace como un mes converse con Doña Cinthya y le propuse que formalizáramos la línea como

tal. La línea en qué consiste? En que en el sistema de nosotros formalicemos el contingente que

tenemos para ustedes sin que medie desembolso por eso ¿Qué quiere decir eso? Que el hecho

de formalizar la línea no les va a generar a ustedes ningún gasto hasta que se vengan los sub

créditos que van acorde a cada plan de inversión que fue aprobado en la línea de crédito y que

consistía en comprar maquinaria, un TSB3 y el puente, ¿Qué ganamos con esto? Que después

de los seis meses hay que volver a enviar la línea a re aprobarla ¿Qué quiere decir eso?

Prácticamente es como hacer la mitad del crédito otra vez porque tenemos que actualizar la

parte financiera volver a presentar acuerdos es prácticamente hacer nuevamente un 70 % del

trámite normal del crédito. Nosotros por tener el crédito aprobado en el sistema nos evitamos

eso, esto no tiene ningún costo para ustedes nos beneficia a nosotros porque no vamos a tener

que recurrir a personal para analizar de nuevo la información. Doña Cinthya me pidió a mí para

que fuera de conocimiento de ustedes y que ustedes estén de acuerdo con lo que le propusimos

a ella.

CINTHYA. Don Gerardo me dio esta opción ustedes saben que estamos aun con la confección

del ordinario porque no se pudo ir en el extraordinario por el tema de los tiempos y gracias a Dios

que no se tomó esa decisión porque ahorita no se sabe que va a pasar por el tema de la

Municipalidad de Puntarenas y entonces me dijo lo que les informo para no volver a empezar y

que duramos mucho.

GERARDO. La relación empezó con el cajero, el primer contacto lo hicimos en febrero del año

pasado y la documentación se terminó de completar en setiembre del año pasado
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CINTHYA La idea es          que firmemos con el banco popular eso no nos va a hacer incurrir

en gastos `porque hasta el momento en que empecemos con los sub prestamos empezaría la

responsabilidad de parte del Concejo

JOSE. La línea madre es la de los 800 millones que no genera nada porque solo es

representativa de que están disponible para hacer los desembolsos una vez que se cumplan

con los tres planes

GERARDO. Si lo tienen a bien y formalizamos en el momento que tengamos lo que nos haga

falta a efectos de la Contraloría General de la Republica cuando este en el momento que doña

Cinthya nos diga que ocupa un oficio porque ya esa aprobado por la contraloría nosotros

llegaremos en dos o tres días, porque lo que son los sub créditos los aprueba el coordinador

regional, que ya nos dijo que en el momento que este lo de la contraloría él aprueba los sub

créditos y hasta en ese momento es que se puede considerar lo de la cuota

CINTHYA. Ustedes habían tomado el acuerdo para que la administración se encargara de todo

pero si considero importante por un tema de transparencia que el Concejo sepa cómo estamos

con respecto al préstamo para cubrir las espaldas en todos los sentidos tanto ustedes como yo.

PRESIDENTE. Agradecerles mucho ya estamos muy claros como estamos y lo apremiante que

es.

CINTHYA. Si la contraloría nos dice si la idea es que para el primero de enero todo esté listo

decisiones iniciales y demás. Apenas pueda me dice cuando paso a firmar

GERARDO. La próxima semana

DUNIA. Agradece la información brindada

SE RETIRAN.

PRESIDENTA a.i. a todos nos quedó muy claro y nadie quiere empezar de nuevo con la

tramitología, es un acuerdo `para que se formalice la línea de crédito que gracias a Dios nos

habían dado

CINTHYA Que en la redacción quede muy amarrado al tema de la aprobación de la contraloría y

demás, porque si lo dejan así queda muy abierto. Vamos a formalizar la línea de crédito madre

por 800 millones de colones y una vez aprobado en presupuesto por la contraloría general de la

república se puedan ejecutar los sub préstamos, que quede así la redacción del acuerdo

CONSIDERANDO.

-Que es necesario formalizar con el Banco Popular la línea de crédito de ochocientos millones de

colones que este Concejo ha tramitado con el Banco Popular

ACUERDO Nº2
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Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Aprobar para que la

administración formalice con el Banco Popular la línea de crédito de ochocientos millones de

colones que este Concejo Municipal de Distrito ha venido tramitado y que una vez que la

Contraloría General de la Republica apruebe el presupuesto ordinario 2020 se inicie con la

ejecución de los sub préstamos de esa línea de crédito” ACUERDO UNANIME Y FIRME Se

somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas

sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.



    b. Se presenta para su debida juramentación el Sr. Moraya Iacono Slump. Cedula 4

          181 821

El cual fue nombrado como miembro de la Comisión Especial Proyectos Incop en la sesión

ordinaria 164-2019. Procede a la juramentación la Presidente municipal a.i. de acuerdo a lo

estipulado en el artículo 194 de la Constitución Política. Una vez juramentado el señor Iacono se

retira.


ARTICULO IV.         MOCIONES
SE DISPENSA

ARTICULO V.          ASUNTOS DE TRAMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VI.         INFORME DE LOS CONCEJALES
DUNIA, El día de ayer fui a la sesión del Concejo en Puntarenas el alcalde me dio el convenio

de reparación de la Menchita para que se le haga una modificación, quiere que el convenio diga

que el contrato es por un mes prorrogable

CINTHYA. En un adendum dice que ellos van a poner el distribuidor de agregados donde

claramente se les dijo que nosotros ya lo contratamos, dice que una vagoneta donde eran tres

vagonetas para el traslado de materiales

DUNIA. El Concejo está solicitando criterio sobre la Isla San Lucas. Si el proyecto se da nosotros

nos beneficiaríamos de esos recursos

PRESIDENTE a.i. Solicita receso

PRESIDENTE. Continuamos

DUNIA. Hable con Gabriela con respecto a la calle Porras

LIC. OBANDO. Lo que falta para esa calle es solo voluntad

ARTICULO VII.        INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA

ARTICULO VIII.       INFORME DE LA ASESORA LEGAL
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   a. Lic. Rosibeth Obando Loria. OFICIO ALCC 048-23019. ASUNTO. Corrección de
      error.

Señores Concejo Municipal
Estimados Concejales
Por medio de la presente me permito saludarle y a la vez procedo a indicarles que debido a un error
material esta asesoría legal recomendó se acogiera el recurso de Revocatoria contra el acuerdo de
adjudicación de la Licitación Abreviada número 2018LA-000008-01 “Servicio de Recolección y Transporte
de Residuos sólidos del Distrito de Cóbano , según demanda “ planteado por la empresa Servicios
Generales de Recolección y Limpieza de Costa Rica C&G S.R.L, pero revisando lo que es s el cartel me
percato de que al ser una entrega según demanda de cuantía inestimable la competencia se reserva
únicamente para la Contraloría General de la Republica por lo tanto esta asesoría recomienda se declare
sin lugar el recurso presentado sin entrar a conocer el fondo del mismo. SE CONOCE
    b. Lic. Rosibeth Obando Loria. OFICIO ALCC 049-23019. ASUNTO. Respuesta
         audiencia.
Estimados Concejales
Por medio de la presente me permito saludarle y a la vez procedo a indicarles que debido la respuesta de
audiencia inicial concedida a la adjudicataria de la Licitación Abreviada número 2018LA-000008-01
“Servicio de Recolección y Transporte de Residuos sólidos del Distrito de Cóbano, según demanda “ el
mismo indica lo manifestado por esta asesoría legal en oficio ALCC 48 2019 , donde la recomendación fue
que por no tener competencia para resolver dicho recurso de Revocatoria Plateado por SERVICIOS
GENERALES DE RECOLECCIÓN Y LIMPIEZA DE COSTA RICA C&G S:R:L ,por ser dicha contratación de
cuantía inestimable se deberá declarar sin lugar, por lo tanto se deberá acoger el punto uno de la
petitoria de la respuesta a audiencia dada a la empresa adjudicada y se deberá resolver de igual forma
conforme a lo recomendado por esta asesoría legal en el oficio supra citado .
1.- Que se declare sin lugar el Recurso de Revocatoria interpuesto por SERVICIOS GENERALES DE
RECOLECCIÓN Y LIMPIEZA DE COSTA RICA C&G S:R:L por falta de competencia para resolver.
PRESIDENTE. Vamos a leer la contestación de audiencia que remite la empresa Roljuanjo

Limitada.

CONSIDERANDO:

-Que la empresa Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Limitada en respuesta a audiencia inicial

ante recurso de revocatoria presentado por la empresa Servicios Generales de Recolección y

Limpieza de Costa Rica C&G S.R.L. contra el acto de Adjudicación de la Licitación Abreviada

2019LA-000004-01 para        la Contratación del Servicio de Recolección y Transporte de los

Residuos Sólidos ordinarios del Distrito de Cóbano Modalidad entrega según demanda solicita

se rechace de plano por inadmisible el recurso presentado por falta de competencia para

resolver el recurso al corresponderle a la Contraloría General de la Republica

-Que la Asesora Legal mediante OFICIO ALCC 49-2019 recomienda declarar sin lugar el recurso

ACUERDO Nº3

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1 Dispensar del trámite de comision”.

ACUERDO UNANIME

3.2. Declarar sin lugar el recurso de Recurso revocatoria presentado por la empresa Servicios

Generales de Recolección y Limpieza de Costa Rica C&G S.R.L.,                      contra el acto de

adjudicación de la Licitación Abreviadas Nº2019LA-000004-01 Contratación para el servicio de
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recolección y transporte de los residuos sólidos ordinarios en el distrito de Cóbano , por un

periodo de hasta doce meses con opción de ser prorrogado hasta por tres periodos iguales, sin

conocer el fondo del mismo por falta de competencia para resolver”. ACUERDO UNANIME


    c.   Lic. Rosibeth Obando Loria. OFICIO ALCC 050-23019. ASUNTO. Respuesta pase
        CMS 326-2019
Por medio de la presente me permito saludarle y a la vez procedo a dar respuesta a pase dado por este
Concejo para que analice y rinda informe detallado del documento de respuesta emitido por el ICT oficio
numero AL-TA- 1071- 2019- en respuesta a la interrogante de la aplicabilidad de norma supletoria a falta
de reglamentación en la zona residencial de los planes reguladores vigentes, a lo cual expongo lo
siguiente:
Efectivamente el ICT luego de hacer un análisis exhaustivo sobre el tema de la aplicación supletoria de la
norma, hace referencia en sus conclusiones que de acuerdo al principio de legalidad y jerarquía de las
normas la ley 6043 y su reglamento prevalecen sobre las disposiciones del plan regulador, es decir que
ningún plan regulador podrá indicar en su articulado contenido contrario a los indicado en la ley 6043, a
su vez confirma lo expuesto tanto por la asesoría legal del Departamento de Zona Marítimo Terrestre y
esta asesoría legal al indicar que la reglamentación del INVU será de aplicación supletoria cuando lo
prevea el plan regulador o para llenar un vacío técnico normativo de plan regulador, siempre cuidando no
contrariar la ley 6043 que en esta materia seria la legislación superior,.
Con respecto a la Sociedad TRES RANAS VOLADORAS S.A que menciona en la respuesta, tal parece los
señores del ICT relacionan el plan regulador de Punta Barrigona , con el de anexo Punta Barrigona , e
indican que Punta Barrigona cuenta con dos planes reguladores, e indican que le es aplicable a la sociedad
TRES RANAS VOLADORAS el plan de anexo Punta Barrigona, por lo que será necesario que a través del
departamento de ZMT se les aclare lo relaciona con la mencionada sociedad. SE CONOCE
LIC. OBANDO. Con respecto al uso del Salón Comunal de Tambor para aulas educativas sería

bueno convocar a una sesión extraordinaria con la comunidad para escuchar a los vecinos su

parecer al respecto

FERNANDO, Tenemos que preguntarle a la comunidad cuando sus representantes miembros

de la ADI de la comunidad vinieron aquí a solicitarlo?

MANUEL, Eso debe constar en las actas de la ADI

CINTHYA. Los dos tienen razón pero recuerden que el salón comunal de Tambor es propiedad

de este Concejo, pero si sería bueno que se hiciera

ROSSY. Seria comunicarle a la comunidad para que no digan después que no se le informó.

ARTICULO IX.            INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

     a. Sra. Cinthya Rodriguez. Intendente. OFICIO IC-469-2019
Asunto: Atención y respuesta a acuerdo N°9 de la Sesión Ordinaria 170-2019, artículo X, inciso a del 30 de
julio del 2019.
Respetables señores.
Sirva la presente para dar respuesta a acuerdo N°9 de la Sesión Ordinaria 170-2019, artículo X, inciso a del
30 de julio del 2019.
Recordándoles que deben manejarlo de la manera más confidencial posible, por lo que solicito analicen el
documento que a continuación les adjunto para que lo analicen por medio de receso, OFICIO L-ZMT-0062-
2019,



PRESIDENTE. Vamos a un receso de cinco minutos
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PRESIDENTE. Continuamos

CONSIDERANDO:

-Que se han conocido varias denuncias y el denunciante alega que la administración no le ha

contestado

-Que la administración ha presentado un oficio informando de la forma en que se ha procedido

ACUERDO Nº4

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Comunicarle al denunciante que según

informe presentado por la administración esta manifiesta que todas las denuncias presentadas

se han valorado y se está actuando conforme a derecho”. ACUERDO UNANIME

    b. Cinthya Rodriguez. Intendente. ASUNTO, VETO contra acuerdo Nº8 tomado en la
       sesión ordinaria n° 170-19, artículo IX, inciso d, del día treinta de julio del año dos
       mil diecinueve
        INTERPONE VETO CONTRA EL ACUERDO TOMADO EN LA SESION ORDINARIA
        contra el acuerdo N°8, tomado en sesión Ordinaria N° 170-19, artículo IX, inciso d, del día
        treinta de julio del año dos mil diecinueve.

SEÑORES:
CONCEJO MUNICIPAL
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
Yo, Cinthya Rodríguez Quesada en mi condición de Intendente Municipal les comunico.
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 153 y 158 del Código Municipal, interpongo
formal VETO en contra el acuerdo N°8 de la Sesión Ordinaria 170-2019, artículo IX, inciso d, del día 30 de
julio del año dos mil diecinueve por razones de legalidad y oportunidad, con base en los siguientes
argumentos:
     1. En la pasada sesión ordinaria, mediante el Oficio RH-044-2019 se les hizo del conocimiento que el
         monto máximo a aprobar para pago de dietas de un año a otro es de hasta 20%.
     2. Lo que se indica en dicho documento es según lo que cita el artículo 30 del Código Municipal.
         Según el artículo 30 del Código Municipal:
         “Las dietas de los regidores y síndicos municipales podrán aumentarse anualmente hasta en
         un veinte por ciento (20%), siempre que el presupuesto municipal ordinario haya aumentado
         en relación con el precedente, en una proporción igual o superior al porcentaje fijado”.
     3. Sobre el hecho de que el aumento pueda ser de hasta 20%, es necesario indicar que el
         presupuesto total de esta corporación municipal posee ingresos del Estado como el caso de la Ley
         8114 (9329), mismos de los cuales no se puede asegurar su ingreso total.
     4. Que en sesión del martes 30 de julio del 2019, se tomó acuerdo, con aprobación mediante los
         artículos 44 y 45 de aprobar el aumento indicado en el cuadro que se adjunta a CGR, indicando el
         “posible” aumento por ingresos de este Concejo Municipal de Distrito, reflejándose un aumento
         de 47% y siendo ese el que aprobó el Concejo erróneamente, puesto que en el documento RH-
         044-2019 se hace del conocimiento que no se debía aumentar más del 20%.
PETITORIA:
         Por todas las razones antes expuestas, pido que se REVOQUE Y/O ANULE el acuerdo aquí
impugnado.
         Se considere el aumento de las dietas en hasta un 20 % de acuerdo al Código Municipal en su
artículo 30.
         En caso de no acogerse dicho remedio impugnativo, pido que estas actuaciones se eleven a
conocimiento del Superior Jerárquico Impropio: Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera.
EN CONSECUENCIA:
Queda suspendido el acuerdo hasta tanto no se haya resuelto.
NOTIFICACIONES: Las atenderé en mi despacho, en las oficinas de esta Corporación Municipal en Cóbano.
Cóbano, 6 de agosto del 2019.
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CONSIDERANDO:
-Que la Intendencia ha interpone veto contra el acuerdo Nº8 tomado en la sesión de la sesión
Ordinaria N° 170-19, artículo IX, inciso d, del día treinta de julio del año dos mil diecinueve, el
cual textualmente dice:
8.2. Aprobar aumento para el año 2020 a las dietas de los concejales, según lo indicado en el oficio RH
044-2019, y al amparo de lo dispuesto por el Código Municipal en su artículo 30, que textualmente dice:
“Las dietas de los regidores y síndicos municipales podrán aumentarse anualmente hasta en un veinte por
ciento (20%), siempre que el presupuesto municipal ordinario haya aumentado en relación con el
precedente, en una proporción igual o superior al porcentaje fijado.”
- Que Según el artículo 30 del Código Municipal:
         “Las dietas de los regidores y síndicos municipales podrán aumentarse anualmente hasta en
         un veinte por ciento (20%), siempre que el presupuesto municipal ordinario haya aumentado
         en relación con el precedente, en una proporción igual o superior al porcentaje fijado”.
ACUERDO Nº5

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “.5.1. Dispensar del trámite de comisión”.

ACUERDO UNANIME y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código

municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo

DEFINITIVAMENTE APROBADO.

5.2. Acoger en todas sus partes el VETO interpuesto por la Intendencia contra el acuerdo Nº8

tomado en la sesión ordinaria N° 170-19, artículo IX, inciso d, del día treinta de julio del año dos

mil diecinueve, ya que efectivamente hubo un error en la interpretación del OFICIO RH-044-

2019”. ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código

municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo

DEFINITIVAMENTE APROBADO.

5.3. Aprobar un aumento de un 20% en las dietas de los concejales para el año 2020, según lo

indicado en el oficio RH 044-2019, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30 del Código

Municipal”. ACUERDO UNANIME y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del

código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo

DEFINITIVAMENTE APROBADO.


     c. Yocelyn Azofeifa Alvarado. Coordinadora a.i. Dpto. de zona marítimo terrestre.
         OFICIO ZMT 188-2019 Con VB de la Intendencia. ASUNTO. corrección solicitud de
         cambio del instrumento de Garantía de Ejecución de proyectos Turísticos en la zona
         marítimo terrestre.
Estimados Señores:
Por este medio el departamento de Zona Marítimo Terrestre solicita respetuosamente a este cuerpo
colegiado, se corrija acuerdo número 4 donde se establecen nuevos instrumentos (como política
institucional) para la rendición de garantías de ejecución de proyectos turísticos en la zona marítimo
terrestre según lo establecido en el artículo 56 del Reglamento de la Ley 6043, ya que actualmente esta
garantía es rendida mediante letra de cambio y estas son consideradas las garantías más débiles, porque
no existe un bien que garantice el pago de la obligación.
En virtud de lo antes citado y que por error material se indicó la palabra TITULOS el departamento de zona
marítimo terrestre solicita a esta Concejo Municipal se valore la posibilidad de corregir el acuerdo
número 4 y se lea correctamente: depósito de bonos de garantías del Instituto Nacional de Seguros o de
los Bancos del Sistema Bancario Nacional, bonos de estado o sus instituciones, cheques certificados o de
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gerencia de un banco estatal, así como dinero en efectivo o mediante deposito a la orden de un banco
estatal, esto según criterio legal L-ZMT-063-2019.
Se adjunta criterio L-ZMT-063-2019
CONSIDERANDO:
-Que en sesión Ordinaria número 164-19, artículo VIII, inciso a, del día dieciocho de junio del

Año Dos Mil Diecinueve, se tomó el siguiente acuerdo:

“Acoger la solicitud de la administración realizada mediante oficio ZMT 148-2019 y eliminar el uso de la

letra de cambio como instrumento de Garantía de Ejecución de Proyectos Turísticos en la zona marítimo

terrestre utilizada hasta la fecha, debido a que estas actualmente no están soportadas como una garantía

real por lo que si no hay bienes que embargar no se pueden ejecutar y en su lugar requerir que se rinda

cualquiera de las siguientes garantías:**********************

    Depósitos en bonos de garantía del Instituto Nacional de Seguros o de los Bancos del Sistema

       Bancario Nacional.*********************

    Bonos del Estado o sus Instituciones.**********************

    Cheques certificados o de gerencia de un Banco Estatal.**********************

    Títulos*****************

    Dinero en efectivo, mediante deposito a la orden de Banco Estatal, todo lo anterior al amparo del

       artículo 56 del Reglamento de la Ley de la ley 6043.**********************

4.3. Publicar el cambio realizado en la Gaceta. Rige a partir de su publicación”. ACUERDO UNANIME

-Que en el OFICIO ZMT 188-2019 Con VB de la Intendencia, el Dpto. de zona marítimo terrestre

solicita corrección ya que por error material se indicó la palabra TITULOS y           solicitan a esta

Concejo Municipal se valore la posibilidad de corregir el acuerdo y que se lea correctamente:

depósito de bonos de garantías del Instituto Nacional de Seguros o de los Bancos del

Sistema Bancario Nacional, bonos de estado o sus instituciones, cheques certificados o

de gerencia de un banco estatal, así como dinero en efectivo o mediante deposito a la

orden de un banco estatal, esto según criterio legal L-ZMT-063-2019.

-Que el acuerdo aún no ha sido publicado

ACUERDO N°6

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 6.1. Acoger solicitud de la administración y

que el acuerdo N°4 tomado en la en sesión Ordinaria número 164-19, artículo VIII, inciso a, del

día dieciocho de junio del Año Dos Mil Diecinueve, que dice:

“Acoger la solicitud de la administración realizada mediante oficio ZMT 148-2019 y eliminar el uso de la

letra de cambio como instrumento de Garantía de Ejecución de Proyectos Turísticos en la zona marítimo

terrestre utilizada hasta la fecha, debido a que estas actualmente no están soportadas como una garantía
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real por lo que si no hay bienes que embargar no se pueden ejecutar y en su lugar requerir que se rinda

cualquiera de las siguientes garantías:**********************

     Depósitos en bonos de garantía del Instituto Nacional de Seguros o de los Bancos del Sistema

         Bancario Nacional.*********************

     Bonos del Estado o sus Instituciones.**********************

     Cheques certificados o de gerencia de un Banco Estatal.**********************

     Títulos*****************

     Dinero en efectivo, mediante deposito a la orden de Banco Estatal, todo lo anterior al amparo del

         artículo 56 del Reglamento de la Ley de la ley 6043.**********************

 4.3.     Publicar el cambio realizado en la Gaceta. Rige a partir de su publicación”. ACUERDO.

    SE LEA CORRECTAMENTE DE LA SIGUIENTE MANERA:

6.2. “Acoger la solicitud de la administración y eliminar el uso de la letra de cambio como

instrumento de Garantía de Ejecución de Proyectos Turísticos en la zona marítimo terrestre

utilizada hasta la fecha, debido a que estas actualmente no están soportadas como una garantía

real por lo que si no hay bienes que embargar no se pueden ejecutar y en su lugar requerir que

se rinda cualquiera de las siguientes garantías:**********************

         Depósito de bonos de garantías del Instituto Nacional de Seguros o de los Bancos del

         Sistema Bancario Nacional,

         Bonos de estado o sus instituciones.

         Cheques certificados o de gerencia de un banco estatal,

         Dinero en efectivo o mediante deposito a la orden de un banco estatal todo lo anterior al

         amparo del artículo 56 del Reglamento de la Ley de la ley 6043.**********************

6.3.     Publicar el cambio realizado en la Gaceta. Rige a partir de su publicación”. ACUERDO

         UNANIME

    d. Fernando Quesada. Secretario de la Junta Vial Distrital. OFICIO JVDC 10-2019.
       ASUNTO. Transcripción de acuerdo sesión extraordinaria Nº 09-2019
Acuerdo N° 1.
Una vez analizado el presupuesto 2020 y con base en los siguientes argumentos
     Es de suma importancia proteger las superficies de ruedo, sobre todo, aquella que ya se han venido
        trabajando con algún tratamiento por lo que se hace necesario realizar el proyecto de construcción de cunetas
        revestidas y o cordón y caño en algunos puntos de la red vial distrital y de esta forma darles más estabilidad a
        los trabajos en vía pública,
     Colocación de pasos de alcantarilla y rellenos, construcción de cuellos en la Comunidad de Rio Frio; esto
        viene a culminar con lo que se ha requerido realizar durante años atrás, que por asuntos administrativos no se
        han realizado, siendo de suma importancia ya que en época lluviosa esta comunidad se enfrenta a problemas
        para la circulación normal debido a crecidas de las quebradas que rodean a esta comunidad, dejándola en
        aislamiento. Se debe recalcar que esta ruta ante una eventual emergencia es la salida alterna para el distrito en
        general.
     Con el TSB3 es de suma necesidad, para continuidad a lo que se ha venido trabajando con fondos del
        Proyecto BID-MOPT y fondos municipales ya destinados y ejecutados en ese sector.
Una vez analizado y discutido el presupuesto para el año 2020 se somete a votación, siendo aprobado con un total
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de cinco votos quedando definitivamente aprobado.

                             Propuesta Presupuesto 2020 fondos ley 8114



  Item                   Detalle                        Monto             Código Presupuestario



   1       Combustibles y Lubricantes               ₡18 500 000,00                2 01 01

   2       Repuestos                                 ₡5 000 000,00                2 04 02

   3       Mantenimientos y Reparaciones             ₡5 000 000,00                1 08 05

   4       Remuneraciones                           ₡27 712 557,00                0 01 01

   5       Viáticos                                    ₡600 000,00                1 05 02

   6       Transportes                                ₡700 000,00                 1 05 01

           Materiales y productos minerales y
                                                    ₡25 000 000,00                2 03 02
   7       asfálticos

   8       Otros servicios de gestión y apoyo        ₡1 000 000,00                1 04 99

   9       Seguros                                   ₡3 048 227,00                1 06 01

           Proyecto de revestimiento       de
                                                    ₡100 000 000,00               5.02.02
   10      cunetas o cordón y caño.

           Colocación    de     pasos     de
           Alcantarillas    y       rellenos,
                                                    ₡50 000 000,00                5.02.02
           construcción de cuellos en la
   11      comunidad de Rio Frío.

           Construcción    de   TSB3 con
           estabilización de base en la             ₡92 800 597,00                5.02.02
   12      comunidad de Santa Teresa

Total                                               ₡329 361 381,00

CONSIDERANDO:

Que se ha conocido acuerdo de la Junta Vial distrital de propuesta de distribución de

presupuesto de los fondos de la Ley 8114parfa el año 2020.

ACUERDO Nº7

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “7.1 Dispensar del trámite de comisión”.

ACUERDO UNANIME

7.2. Aprobar la distribución propuesta por la Junta Vial Distrital de los recursos de la Ley 8114

para el año 2020 por un monto de trescientos veintinueve millones trescientos sesenta y un mil

trescientos ochenta y un colones con 00/100 (₡329 361 381,00). ACUERDO UNANIME


    e. CINTHYA. Hace aproximadamente tres semanas se les presentó el Plan Estratégico

    Municipal, se duró más de un año en la elaboración de este documento. Por favor que conste

    en actas cada una de mis palabras, se invitó al Concejo Municipal de Distrito a participar sin
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   embargo solo doña Dunia se presentó en dos ocasión, ustedes lo que decidieron fue que lo

   iban a analizar y están en todo su derecho. Mi solicitud fue que a la siguiente sesión lo

   trajeran el instrumento porque para que se ejecute se necesita en el presupuesto 2020 y a la

   fecha lo he preguntado en dos ocasiones en el grupo y ustedes no dicen absolutamente

   nada entonces con el mayor respeto, esto es algo muy serio y costo muchísimo hacer ese

   instrumento y no sé si lo analizaron o no pero si es necesario que hoy tomen una decisión, es

   lo conveniente y lo que solicito

FERNANDO. He visto sus mensajes, no he opinado porque el día que se expuso el PEM no

estuve en sesión si me preocupa la situación que estamos viviendo en el seno del Concejo

llegamos tomamos enviamos a comisione quedamos de reunirnos y parece que estamos

cansados o muy ocupados porque no lo estamos haciendo. Se lo que cuesta hacer un plan.

Mandamos a comisiones y estamos renqueando en comisiones. NO es la primera vez que tengo

que hacer solo un dictamen de comisión porque los compañeros no llegan

FERNANDO. Quisiera saber si los candidatos a la Intendencia tienen conocimiento de este PEM

porque su plan de gobierno debe ser con base en este Plan de Desarrollo.

DUNIA. Fernando tiene toda la razón, se habló que nos íbamos a reunir para discutirlo aunque la

presentación fue muy buena y clara. Yo al menos pregunte y saque todas mis dudas y creo que

lo que se hizo es muy bueno para el distrito.

Lo voy a someter a votación

CONSIDERANDO

-Que en sesión ordinaria número 168-2019 del día diecisiete de julio los funcionarios municipales

junto con los señores Octavio Jimenez y Geraldinne Chaves del Instituto de Formación y

capacitación Municipal y Desarrollo Local de la UNED expusieron el PLAN DE DESARROLLO

MUNICIPAL para el periodo 2020-2024, el cual fue elaborado entre el Instituto y la

administración.

-Que este Plan es la base para la planificación del desarrollo del distrito

ACUERDO Nº8

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “8.1 Dispensar del trámite de Comisión”.

ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código

municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo

DEFINITIVAMENTE APROBADO

8.2. Aprobar en todas sus partes el Plan de Desarrollo Municipal para el periodo 2020-2024

realizado y presentado por la Administración con la colaboración de los funcionarios del Instituto

de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local de la UNED, Señores Octavio Jimenez
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y Geraldinne Chaves”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del

artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior

acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO

8.3. Expresar nuestro agradecimiento al Lcdo. Javier Ureña Picado. Director del Instituto de

Formación y capacitación Municipal y Desarrollo Local de la UNED por la colaboración brindada

a este Concejo y a los señores Octavio Jimenez y Geraldinne Chaves por todo el apoyo y

dedicación, para que esta herramienta tan importante para el distrito sea hoy una realidad”.

ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código

municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo

DEFINITIVAMENTE APROBADO



ARTICULO X              LECTURA DE CORRESPONDENCIA

   a. Lic. Maricel Rojas Leon. Auditora Interna. Informe AIM-03-2019. ASUNTO. Informe

       sobre denuncia recibida sobre la concesión y explotación presuntamente irregular de una

       patente comercial en playa Carmen. SE LEE Y SE CONOCE

   b. Lcda. Noelia Solórzano. Vice Alcaldesa. ASUNTO. Invitación Festival de Boyeros del

       Pacifico 2019.

       PRESIDENTE. Se comisiona a los Concejales Dunia campos y Manuel Ovares para que

       acompañen a la Intendenta a este evento el día 25 de agosto.
       **********************************U.L.***************************************************
       Finaliza la sesión al ser las diecinueve horas con ocho minutos




       Sra. Roxana Lobo Granados                    Sra. Dunia Campos Salas
       SECRETARIA                                   PRESIDENTE