Ordinaria 170 · 2019-07-30
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 170 del 2019-07-30 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 3) · unanime ACUERDO Nº1 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Acoger la recomendación del dictamen de la comisión de zona marítimo terrestre que di…
- Acuerdo 2 (pág. 4) · unanime · aprobado ACUERDO N°2 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Acoger en todas sus partes la recomendación del dictamen de la comisión de zona marít…
- Acuerdo 3 (pág. 5) · unanime · firme ACUERDO N°3 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Acoger en todas sus partes la recomendación emitida por la comisión de zona marítimo …
- Acuerdo 4 (pág. 6) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº4 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA. “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la a…
- Acuerdo 5 (pág. 8) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº5 Con cuatro votos a favor SE ACUERDA: “5.1. Dispensar del Trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME.…
- Acuerdo 6 (pág. 9) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº6 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “6.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la a…
- Acuerdo 7 (pág. 15) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº7 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “7.1. Dispensar del trámite de Comisión. ACUERDO UNANIME.…
- Acuerdo 8 (pág. 16) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°8 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “8.1 Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la ap…
- Acuerdo 9 (pág. 17) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº9 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “9.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la a…
- ~ Acuerdo (pág. 17) · aprobado ete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE…
- ~ Acuerdo (pág. 17) · firme · aprobado icipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO. 9.3 Solicitarle a la administración, informe por…
ACTA 170-19
30/07/2019
ACTA ORDINARIA Nº 170-2019
PERIODO CONSTITUCIONAL
2016 – 2020
ACTA NÚMERO CIENTO SETENTA – DOS MIL DIECINUEVE, DE LA SESIÓN ORDINARIA
QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA TREINTA
DE JULIO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS DIECISIETE HORAS, EN LA SALA DE
SESIONES DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga
PRESIDENTA SUPLENTE
Dunia Campos Salas
CONCEJALES PROPIETARIOS
Crisly Morales Méndez
Fernando Quesada López.
Virginia Vargas Acosta.
CONCEJALES SUPLENTES
Ronny Campos Muñoz
Manuel Ovares Elizondo
INTENDENTE
Cinthya Rodriguez Quesada
VICE INTENDENTE
Roberto Varela Ledezma
VICE INTENDENTE
ASESORA LEGAL
Lcda. Rosibeth Obando Loria
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Eladio Picado Ramirez
CONCEJALES SUPLENTES
Mario Delgado Rodriguez
VISITANTES
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIÓN
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRAMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO VII. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VIII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
ACTA 170-19
30/07/2019
ARTICULO IX. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
ARTICULO X LECTURA DE CORRESPONDENCIA
ARTICULO I. ORACION
A cargo de la presidenta en ejercicio
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
a. Ratificación de actas
Se ratifica en todas sus partes el acta ordinaria 169-2019
No se ratifica el acta 166 por no existir quórum para ello
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIÓN
Se recibe a los señores Lic. Warren Zamora. Supervisor circuito 02 Cóbano, Olger Araya
asistente supervisión, Luis Alberto Pérez y Miguel Castro miembros de la ADI Tambor
PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra
LIC. WARREN. Venimos a exponerles el proyecto del Liceo académico de Tambor, el cual,
según proyección va a contar con 130 estudiantes .Si la comunidad de Tambor no contara con
esa cantidad de estudiantes seguiría las comunidades de Pánica y La Abuela y así en forma de
aspiral . Este Liceo en una primera instancia y de forma provisional va a funcionar en el salón
multiuso de Tambor, el DIE hizo una inspección en el 2017 y nos recomendaron, contar con un
parqueo, cumplir con la ley 7600, servicios sanitarios, divisiones de aulas (módulos movibles) ,
electricidad, una vez realizadas estas mejoras se va a planificación del MEP , se hace la junta y
con esas dos cosas se solicita el código. Debemos tener a setiembre esas mejoras para poder
contar con el liceo para el próximo año. Este en un inicio se proyectó para Liceo Rural pero se
aprobó como Liceo académico. La diferencia entre uno y otro es la matrícula para un Liceo Rural
se requiere una matrícula de 110 y para uno académico de 130
OLGER. Desde el 2017 se está trabajando con el MEP para la apertura de este liceo, en este
momento tenemos el aval para aperturar pero se requiere lo ya indicado y seis aulas cinco
académicas y una administrativa, queremos hacer las mejoras para que en octubre el colegio
entre a planificación, nuestra intención es darles a conocer el proyecto y contar con el aval
WARREN. Las mejoras no van a venir del MEP porque no hay junta ni código entonces lo que
queremos es contar con todas las fuerzas vivas
SUPERVISION
ARTICULO IV. MOCIONES
SE DISPENSA
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRAMITE URGENTE
ACTA 170-19
30/07/2019
SE DISPENSA
ARTICULO VI. INFORME DE LOS CONCEJALES
DUNIA. Ayer fui a la sesión de Puntarenas, sigue la situación con las actas aún faltan 29 actas
por ratificar. Ayer se aprobaron los proyectos de la ley 8461(Ley Caldera) aunque los vamos a
hacer aquí allá tenían que ratificarlos y hasta ayer había tiempo, en 15 días es la audiencia
para estos proyectos.
Le pregunté al alcalde, en sesión, sobre si la situación de las actas va a afectar el asunto del
presupuesto extraordinario que enviamos desde mayo , el Alcalde dice que no va a mandar el
extraordinario porque no se va a arriesgar , según los abogados es cuestión de interpretación y
el acalde dice que no es responsabilidad de él el asunto de las actas y tiene razón, es
responsabilidad del Concejo, se había firmado un convenio para ayudar a transcribir actas y el
alcalde no quiso pagarlo y fueron tres semanas que estuvo el compañero allá transcribiendo
actas .El Alcalde dijo que a partir del otro mes empiezan a pagar los viáticos , estaba esperando
un criterio de la procuraduría, con los viáticos atrasados dijo que cada uno proceda como
corresponde.
ARTICULO VII. INFORME DE LAS COMISIONES
COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
a. Plaza de Mal País
Dictamen: D-C-ZMT-033-2019
29 07 2019
Análisis de Documentos.
1. Pase de Concejo sesión 168-2019
2. Moción 9 07 2019 Firmada por Dunia Campos y avalada por concejales .
3. Acuerdo XIII acta 83-2017 articulo X Inciso C del 28 de noviembre del 2017
4. Lugar de ubicación: Plan Regulador Playa Mal País,
5. Caso: Plaza Mal País
En atención al pase CMDCD acta 168-2019 acordado en la sesión ordinaria del Concejo número 17 de julio
2019, artículo V, inciso a del día,
Se analiza el Acuerdo XIII acta 83-2017 articulo X Inciso C del 28 de noviembre del 2017 con cinco votos a
favor se acuerda solicitarle a la administración retome el asunto a fin de que se de en convenio la plaza de
futbol de mal país a la Asociación de Desarrollo Integral Mal País Santa Teresa.
Por tanto, esta Comisión Recomienda al honorable Concejo Solicitar a la administración proceda a
ejecutar dicho acuerdo, ya que ha pasado mucho tiempo y no se ha realizado lo acordado
Fernando Quesada López Dagoberto Villalobos Mayorga
Presidente Miembro
ACUERDO Nº1
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Acoger la recomendación del
dictamen de la comisión de zona marítimo terrestre que dice: Se analiza el Acuerdo XIII acta 83-2017
articulo X Inciso C del 28 de noviembre del 2017 con cinco votos a favor se acuerda solicitarle a la
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administración retome el asunto a fin de que se de en convenio la plaza de futbol de mal país a la
Asociación de Desarrollo Integral Mal País Santa Teresa.
Por tanto, esta Comisión Recomienda al honorable Concejo Solicitar a la administración proceda a
ejecutar dicho acuerdo, ya que ha pasado mucho tiempo y no se ha realizado lo acordado”. ACUERDO
UNANIME
1.2. Solicitarle a la Licda. Obando, que si ya no hay problema, proceda a redactar el convenio
solicitado en la sesión 83-2017”. ACUERDO UNANIME
b. Plaza La Señoría
Dictamen: D-C-ZMT-032-2019
29 07 2019
Análisis de Documentos.
1. Pase de sesión Ordinaria 167-2019
2. Beneficiario: Plaza La Señoría Sociedad Anónima.
3. Expediente número: 2792-2005.
4. Lugar de ubicación: Plan Regulador Playa Mal País, mojones 92 y 94
5. Caso: Adendum a Contrato de Concesión
6. Otros:
En atención al pase del ACTA 167-2019 acordado en la sesión ordinaria , respecto al análisis del adendum
al Proyecto de Resolución de Plaza La Señoría, se procede al respectivo estudio del expediente 2792-2005
de la sociedad denominada Plaza La Señoría
Se verifica que el Adendum al Proyecto de Resolución presentado el 21 de junio del 2019 por la
intendencia Municipal al Concejo, donde solicita adenda al contrato de la Concesionaria de la sociedad
denominada Plaza La Señoría
Por tanto ésta Comisión de Zona Marítimo Terrestre recomienda al Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano aprobar el ADENDA al Proyecto de Resolución de la sociedad denominada Plaza La Señoría
Sociedad Anónima Con cédula jurídica número 3-101-290125, sociedad inscrita en la Sección Mercantil
del Registro Nacional al tomo 488, asiento 12051, con domicilio social en San José de la estación del
ferrocarril al pacifico 100 metros norte y 25 al este, edificio esquinero color gris, representada por el
señor Yan Pierre March, con un solo apellido razón de su nacionalidad británica, mayor, casado, portador
del pasaporte número 039859425 ha cumplido satisfactoriamente con todos los tramites estipulados en la
Ley sobre la Zona Marítima-Terrestre y su Reglamento.
La concesión por un área de 5335.50m 2 ubicada exactamente entre los mojones número 92-94 del
Instituto Geográfico Nacional en Mal País , Distrito de Cóbano, Cantón Central, Provincia de Puntarenas.
Fernando Quesada López Dagoberto Villalobos Mayorga
Presidente Miembro
ACUERDO N°2
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Acoger en todas sus partes la
recomendación del dictamen de la comisión de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME
2.2. Aprobar Proyecto de Resolución de adendum al Contrato Concesión sobre la parcela
solicitada en concesión por PLAZA DE LA SEÑORIA S.A, expediente 2792-2005, que
textualmente dice: ********************
Concejo Municipal Distrito de Cóbano, Intendencia Municipal, a las diez horas del día 21 de junio del 2019.
Resultando:
Conforme a lo establecido en el artículo 42 o del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre,
aprobado mediante Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, por este medio me
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permito presentarles el PROYECTO DE RESOLUCIÓN correspondiente a la solicitud de concesión de Zona
Marítimo Terrestre presentada por la empresa concesionaria Plaza la Señoría Sociedad Anónima,
expediente No2792-2005.
Considerando:
Que por indicación del Instituto Costarricense de Turismo, se debe establecer en el contrato con claridad
el monto de la garantía de cumplimiento según art 56 del reglamento de la ley 6043, y el tiempo de
vigencia de la garantía.
Se corrija mediante ADENDA el contrato de concesión a nombre de la concesionaria Plaza la Señoría S.A.
Léase correctamente la cláusula Vigésima sexta:
Vigésima sexta: La garantía de la ejecución del proyecto, según lo establece el artículo cincuenta y seis del
Reglamento de la Ley seis mil cuarenta y tres, se fija en un cinco por ciento de acuerdo al monto tasado
del valor del Proyecto a desarrollar en la parcela solicitada en concesión, el cual para este el valor del
proyecto es por un monto de Doscientos once millones doscientos mil colones, (¢211.200.000, 00) por lo
que el 5% de la garantía es de Diez millones quinientos sesenta mil (¢10.560.000)
Una Vez que se cuente con toda la infraestructura necesaria para el desarrollo del proyecto, la
concesionaria deberá iniciar la construcción del mismo en un término de quince meses, por lo que la
concesionaria Plaza la Señoría tendrá un plazo perentorio para el inicio de las obras del proyecto que
ofrece ejecutar de veinticuatro meses después de formalizado el presente contrato, bajo pena de que se
inicie el procedimiento de cancelación de la concesión, en caso de incumplimiento, según se encuentra
regulada en el artículo Nº 56 del reglamento, de la ley 6043.
Por tanto:
Esta Intendencia, recomienda al Concejo Municipal de Cóbano la aprobación de la concesión solicitada
por Plaza la Señoría., con cédula jurídica número 3-101-290125, sobre un terreno que consta de área de
5,335.50 metros cuadrados, con uso autorizado para Zona Residencial Recreativa (Uso condicional de
Cabinas), , según lo establecido en el Reglamento de Zonificación de la Planificación existente en el sector.
2.3. Autorizar a la Intendencia a firmar el presente adendum al contrato de concesión”.
ACUERDO UNANIME
c. RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION CESAR ELIZONDO
Dictamen D-C-ZMT-034-2019
29/07/2019
Análisis de documentos.
1. Pase de Concejo sesión 168-2019
2. Recurso de Revisión
Analizado pase del Acta 168-2019 acordado en la sesión ordinaria del 17 de julio 2019, articulo X, inciso b
Analizado este pase esta comisión determina devolver al honorable concejo estos documentos para que
sean canalizados al departamento legal del Concejo para que analice el recurso y brinde una
recomendación.
Fernando Quesada Dagoberto Villalobos
PRESIDENTE MIEMBRO
ACUERDO N°3
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Acoger en todas sus partes la
recomendación emitida por la comisión de zona marítimo terrestre que dice: esta comisión
determina devolver al honorable concejo estos documentos para que sean canalizados al departamento
legal del Concejo para que analice el recurso y brinde una recomendación. ACUERDO UNANIME
3.2. Dar pase a la administración del recurso extraordinario de revisión presentado por el Sr.
César Elizondo contra acuerdo de este Concejo en el cual se recomienda rechazar solicitud de
concesión registrada bajo el expediente 3681-2014. Aclarando que no se puede pasar a la
asesora legal del Concejo Lic. Obando, porque en algún momento, cuando no asesora de este
concejo ella brindo sus servicios legales al señor Elizondo”. ACUERDO UNANIME
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ARTICULO VIII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
a. Lcda. Rosibeth Obando. Asesora Legal. OFICIO ALCC 46-2019. ASUNTO. Recurso
revocatoria presentado contra el acto de adjudicación de la Licitación Abreviadas
Nº2019LA-000004-01 Contratación para el servicio de recolección y transporte de los
residuos sólidos ordinarios en el distrito de Cóbano , por un periodo de hasta doce
meses con opción de ser prorrogado hasta por tres periodos iguales, por la empresa
Servicios Generales de Recolección y Limpieza de Costa Rica C&G S.R.L..
Recomienda la asesoría que este recurso debe ser admitido y resuelto en el plazo de ley y
notificar a la parte adjudicada en un dentro de dos días hábiles (a más tardar el miércoles) para
que exprese su posición frente a los alegatos.
SE LEE EL RECURSO QUE TRASLADA LA PROVEEDURIA MUNICIPAL MEDIANTE OFICIO
PM 200-2019
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido Recurso revocatoria presentado por la empresa Servicios Generales de
Recolección y Limpieza de Costa Rica C&G S.R.L., contra el acto de adjudicación de la
Licitación Abreviadas Nº2019LA-000004-01 “Contratación para el servicio de recolección y transporte
de los residuos sólidos ordinarios en el distrito de Cóbano, por un periodo de hasta doce meses con
opción de ser prorrogado hasta por tres periodos iguales”.
ACUERDO Nº4
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA. “4.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
4.2. Acoger el recurso de revocatoria presentado por la empresa Servicios Generales de
Recolección y Limpieza de Costa Rica C&G S.R.L., contra el acto de adjudicación de la
Licitación Abreviadas Nº2019LA-000004-01 “Contratación para el servicio de recolección y
transporte de los residuos sólidos ordinarios en el distrito de Cóbano, por un periodo de hasta
doce meses con opción de ser prorrogado hasta por tres periodos iguales” a fin de resolver en el
tiempo de ley. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45
del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
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4.3. Dar pase del mismo a la asesora legal de este Concejo ACUERDO UNANIME Y FIRME Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas
sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
4.4. Notificar a la empresa Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Limitada que la empresa
Servicios Generales de Recolección y Limpieza de Costa Rica C&G S.R.L. ha presentado
recurso de revocatoria contra el acto de adjudicación de la Licitación Abreviadas Nº2019LA-
000004-01 e indicarles que cuenta con tres días hábiles, siguientes a la notificación de este
acuerdo, para que exprese su posición con respecto a los alegatos del disconforme en el
recurso”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del
código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
ARTICULO IX. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. Sr. Roberto Varela Ledezma. Viceintendente y encargado del Dpto. de Sanidad.
OFICIO Nº VIS -081-2019 avalado por la Intendencia. ASUNTO Decisión inicial para
contratación de un camión recolector/compactador para continuar brindado el servicio de
recolección y transporte de los residuos sólidos ordinarios
Martes 29 de julio de 2019
OFICIO Nº VIS-081-2019
Unidad solicitante: DEPARTAMENTO DE SANIDAD.
Decisión inicial
Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la necesidad a satisfacer
(finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo 8, inciso a, del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa).
Se requiere la disponibilidad inmediata de un camión recolector/compactador para continuar brindado el servicio de
recolección y transporte de los residuos sólidos ordinarios en el Distrito de Cóbano, en las rutas internas
previamente establecidas, esto por cuanto dichos residuos serán traslados hasta el sitio de tratamiento y disposición
final al relleno sanitario de Tecnoambiente en Miramar de Puntarenas.
DECISION INICIAL COMPLETA EN EL EXPEDIENTE DEL ACTA
CONSIDERANDO:
Que se ha presentado al Concejo para su debida aprobación decisión inicial VIS-081-
2019 de Contratación Directa Exceptuada, para los servicios de recolección y transporte
de los residuos sólidos ordinarios en las rutas establecidas en el Distrito de Cóbano, para
lo que se requiere la contratación de un camión recolector/compactador con capacidad no
menor a 7 toneladas.
Que la Licitación Abreviada Nº 2019LA-000004-01 denominada “Contratación de Servicio
de Recolección y Transporte de los Residuos Sólidos Ordinarios Generados en el Distrito
de Cóbano, por un periodo de hasta por doce meses con opción de ser prorrogado hasta
por tres periodos iguales, bajo la modalidad según demanda”, la cual se planifico que
estuviera concluida para el mes de Julio del presente año, sufrió varios contratiempos y al
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día de hoy se encuentra en etapa de apelación, lo que hace imposible su ejecución
inmediata, situación que podría llegar a retrasar la ejecución.
Que la presente contratación directa exceptuada queda sujeta al resultado del recurso
planteado y tiene como finalidad atender con urgencia la demanda del servicio que debe
prestar este Concejo Municipal de Distrito, sobre la recolección de los residuos sólidos
ordinarios en el Distrito de Cóbano.
Que la presente contratación tiene como fundamento el principio de eficiencia y eficacia
establecido en el artículo 4 de la Ley de Contratación Administrativa, en concordancia con
el artículo 139 incisos k.
Que se requiere contratar a la empresa Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Ltda. Para
que proceda de inmediato a dar el servicio de Recolección y Transporte de los residuos
sólidos ordinarios, ya dicha empresa está dando actualmente el servicio, y tiene pleno
conocimiento de la trayectoria de cada una de las rutas que actualmente se encuentran
ejecutando dentro del Distrito.
Que la empresa Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Ltda., manifestó expresamente su
voluntad de continuar brindado el servicio con el mismo precio que anteriormente había
sido cotizado, ello sin dejar de lado la disponibilidad inmediata para dar el servicio.
Que se requerirán un mínimo de cuatro viajes a la semana y tanto el día como la ruta
serán comunicadas al contratista por la administración.
Que el monto presupuestado para esta contratación es de treinta y cuatro millones
colones con 00/100 (¢34.000.000,00) de la partida 1.01.02 IIB
Que la decisión inicial cuenta con la confirmación de contenido presupuestario emitido por
la encargada del Dpto. de Presupuesto.
Que las especificaciones del contrato se encuentran en la decisión Inicial OFICIO VIS-
081-2019
ACUERDO Nº5
Con cuatro votos a favor SE ACUERDA: “5.1. Dispensar del Trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba con cuatro votos, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
5.2. Autorizar a la Intendencia para que inicie el trámite de contratación de un camión
recolector/compactador con capacidad no menor a 7 toneladas, a la empresa Nivelaciones y
Transporte Roljuanjo Ltda. Para que proceda de inmediato a dar el servicio de Recolección y
Transporte los residuos sólidos ordinarios en las rutas establecidas en el distrito de Cóbano, por
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un monto presupuestado de treinta y cuatro millones de colones con 00/100 (¢34.000.000,00),
de la partida 1.01.02 IIB, de lo cual se cuenta con el visto bueno del Dpto. de Presupuesto”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba con cuatro votos, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
b. Sra. Cinthya Rodriguez. Intendente. OFICIO IC-457-2019. ASUNTO. Liquidación
presupuestaria de compromisos 2018. En razón de que la anterior debió corregirse.
El oficio E.P. 014-2019 elaborado por la Lcda. Laura Segura encargada de presupuesto y dirigido
a la administración, indica:
Estimados señores:
Sirva la presente para remitirles nuevamente la liquidación presupuestaria de compromisos definitiva al
30 de junio del 2019, corrigiendo el formulario nº 1, así como también el anexo nº 1, (a razón de error en
las formulas con respecto al superávit de compromisos que no se ejecutó), la misma debe ser conocida y
aprobada por el concejo municipal de Cóbano, para luego ser remitida a la Municipalidad de Puntarenas,
al respecto se adjuntan las siguientes documentos:
1- Formulario Nº 1 (Liquidación de compromisos 2018 y determinación del superávit de compromisos y
total),
2- Formulario Nº 2 (Liquidación de compromisos 2018 por programa),
3- Formulario Nº 3 (Liquidación de compromisos 2018 resumen general),
4- Anexo Nº 1 (Liquidación del presupuesto del año 2018, ajustado con los compromisos y un ajuste para
el Comité Distrital de Deportes y Recreación).
Cabe destacar que el superávit al 31 diciembre del 2018 fue de ¢1.181.924.315,85 de los cuales se
lograron pagar de compromisos un monto total de ¢723.708.618,61, dejando como superávit
¢38.850.160,55, quedando así un monto total de superávit al 30 de junio 2019 de ¢1.220.774.476,40.
Siendo superávit especifico ¢1.083.410.896,99 y libre ¢137.363.579,41.
Además se hace el ajuste del Comité de deportes por un dinero que tienen en la cuenta número 100-01-
090-001472-7 a nombre del Concejo Municipal de Distrito de Cobano, por un monto de ¢47.720.622,69
misma que no ha sido ajustada anteriormente en la liquidación, debido a que pertenece al Comité desde
que ellos manejaban sus fondos y actualmente se operan desde el Concejo Municipal.
Para un superávit total de ¢1.268.495.099,09, según Anexo Nº 1, de los cuales pertenecen a libre
¢137.363.579,41 y especifico ¢1.131.131.519,68.
CONSIDERANDO:
Que en el acuerdo Nº4 de la sesión ordinario número 167-2019, articulo IX, inciso b, del
día 9 de julio se aprobó la Liquidación presupuestaria de Compromisos del periodo 2018
Que el día de hoy se ha conocido oficio IC -457-2019 de la Intendencia, relacionado de
corrección a la Liquidación presupuestaria de Compromisos del periodo 2018, conocida y
aprobada en el acta 167-2019, por un monto de ¢1,268,495,099.09 de los cuales
¢137,363,579.41 corresponde a superávit libre y ¢1,131.131,519. 68 corresponde a
superávit específico.
ACUERDO Nº6
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “6.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
ACTA 170-19 30/07/2019 6.2. Revocar el acuerdo tomado en la sesión ordinaria 167-2019, articulo IX, inciso b, del día 9 de julio del 2019, dejando sin efecto el acuerdo de aprobación de la Liquidación presupuestaria de Compromisos del periodo 2018”. ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO 6.3. Aprobar la nueva Liquidación presupuestaria de compromisos correspondiente al año 2018, presentada por la Intendencia, por un monto de ¢1,268.495.099,09 de los cuales ¢137,363,579.41 corresponde a superávit libre y ¢1,131.131,519. 68 corresponde a superávit específico, según se detalla en los siguientes cuadros:*****
ACTA 170-19 30/07/2019
ACTA 170-19 30/07/2019
ACTA 170-19 30/07/2019
ACTA 170-19
30/07/2019
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
6.4. Remitir a la Municipalidad de Puntarenas para lo correspondiente”. ACUERDO UNANIME Y
FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se
aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
c. Jeffrey Ramirez Castro. Ingeniero Vial. OFICIO INGV 095-2019, con VB de la
Intendencia. ASUNTO. DECISION INICIAL. Contratación de maquinaria para
colocación de tratamiento superficial multicapa TSB3 en San Isidro
Unidad solicitante: Ingeniería Vial Fecha: 26 de julio del 2019 Oficio INGV 095-2019
Decisión inicial
1. Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la necesidad a satisfacer
(finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo 8, inciso a, del Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa).
Considerando que para el mes de mayo se tramito decisión inicial con numero de oficio INGV 057-2019 dando origen
a la contratación directa N° 2019CD-000051-01 y la cual fue declarada infructuosa ya que no se presentaron ofertas
para la mencionada contratación, también tomando en cuenta que el tramo del caserío de San Isidro que tiene un TSB3
construido en la administración anterior y este presenta serios problemas ya que tiene muchos huecos y está muy
deteriorado, viéndose afectados por esta situación los pobladores de esta localidad, tomando en consideración que este
Concejo Municipal de Distrito cuenta con materiales para esa ruta propiamente, además con materiales sobrantes de
otros proyectos los cuales pueden y deben ser utilizados, se ve la urgente necesidad de contratar maquinaria para
colocar un tratamiento superficial multicapa TSB3 (Tratamiento Superficial Bituminoso de 3 capas) que reemplace el
existente por parte de la administración, abarcando desde donde concluyeron los últimos trabajos cerca de la
propiedad de la señora Carmen León, un aproximado de 750 metros hacia Santa Teresa, frente a la entrada del taller
Merola y así dar una mejor calidad de vida a los locales y atender de mejor manera al turista que nos visita, siendo esta
la ruta más transitada de nuestro territorio.
CONSIDERANDO
Que se ha conocido decisión inicial INGV 095-2019 presentada por la Ingeniería Vial y
avalada por la Intendenta para intervenir un aproximado de 750 metros de la ruta
principal en la comunidad de San Isidro, específicamente desde donde concluyeron los
últimos trabajos cerca de la propiedad de la señora Carmen León hacia Santa Teresa
hasta frente a la entrada del taller Merola.
Que se ve la necesidad inminente de realizar un tratamiento superficial multicapa TSB3
(Tratamiento Superficial Bituminoso de 3 capas) que reemplace el existente construido en
la administración anterior que tiene muchos huecos y está muy deteriorado y así dar una
mejor calidad de vida a este sector del distrito de Cóbano y atender de mejor manera al
turista que nos visita, ya que esta la ruta más transitada de nuestro territorio.
ACTA 170-19
30/07/2019
Que este Concejo Municipal de Distrito cuenta con materiales para esa ruta propiamente,
además con materiales sobrantes de otros proyectos los cuales pueden y deben ser
utilizados
Que el objeto de esta contratación es dar un mejoramiento a la red vial distrital con
tratamiento ya deteriorado, propiamente al Camino 6-01-037, con una longitud de 750
metros por 7 metros de ancho promedio, mediante la colocación de un tratamiento
superficial multicapa. La conservación vial se realizará de conformidad con la asignación
y disponibilidad presupuestaria, estas labores se realizarán en base a la normativa
correspondiente.
Que el trabajo a realizar se detalla en la decisión inicial
Que el monto presupuestario para esta intervención es de es de diez millones
seiscientos mil colones con 00/100 (¢10.600.000,00), de partida presupuestaria: 1.08.02
PROG III V
Que la encargada de presupuesto mediante su firma indica que existe el contenido
presupuestario para este fin.
Que solicitan la aplicación del artículo 45 y la dispensa del artículo 44 del Código
Municipal
ACUERDO Nº7
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “7.1. Dispensar del trámite de Comisión.
ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO
7.2. Autorizar a la Intendencia para que inicie el procedimiento de contratación de maquinaria a
fin de que realicen la colocación de un tratamiento superficial multicapa TSB3 (Tratamiento
Superficial Bituminoso de 3 capas) en 750 metros de la ruta principal de la comunidad de San
Isidro, específicamente desde donde concluyeron los últimos trabajos cerca de la propiedad de
la señora Carmen León hacia Santa Teresa hasta frente a la entrada del taller Merola. El costo
aproximado de este trabajo es de diez millones seiscientos mil colones con 00/100
(¢10.600.000,00), de partida presupuestaria: 1.08.02 PROG III V, de lo cual se cuenta con
contenido presupuestario, según se hace saber mediante la firma de la encargada de
presupuesto, que consta en la decisión”. ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando
el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
ACTA 170-19
30/07/2019
d. Sr. Roberto Varela. Coordinador Talento Humano. Sra. Cinthya Rodriguez.
Intendente. OFICIO RH-044-2019. ASUNTO. Dietas 2020
Respetables señores, esperamos se encuentren muy bien y deseándoles muchos éxitos en sus labores. Les
remitimos para su conocimiento y aprobación, el cálculo de las dietas a regidores para el año 2020.
Según el artículo 30 del Código Municipal:
“Las dietas de los regidores y síndicos municipales podrán aumentarse anualmente hasta en un veinte por
ciento (20%), siempre que el presupuesto municipal ordinario haya aumentado en relación con el
precedente, en una proporción igual o superior al porcentaje fijado.”
En base en lo anterior, hacemos de su conocimiento que el porcentaje de aumento con respecto al año
anterior es de un 47%, y en caso de reconocer tal incremento es requerido que sea acordado por el
Concejo Municipal. Adjunto documento.
La posibilidad de ese aumento debe entenderse bajo dos supuestos categóricos, cuales son: el sustento
económico originado de las condiciones previstas en la recién citada norma y la propia voluntad de este
Concejo de concederlo.
CONSIDERANDO:
Que la administración ha presentado OFICIO RH-044-2019 en el cual remiten para
aprobación, el cálculo de las dietas a regidores para el año 2020.
Que el porcentaje de aumento con respecto al año anterior es de un 47%.
Que la posibilidad de ese aumento debe entenderse bajo dos supuestos categóricos,
cuales son: el sustento económico originado de las condiciones previstas en la recién
citada norma y la propia voluntad de este Concejo de concederlo.
Que las dieta actual para los concejales propietarios es de ¢21.587,82 la propuesta para
el 2020 es de ¢31.734,10.
Que las dieta actual para los concejales suplentes es de ¢10.793,91 la propuesta para el
2020 es de ¢15.867,10
ACUERDO N°8
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “8.1 Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
8.2. Aprobar el aumento para el año 2020 a las dietas de los concejales, según lo indicado en
el oficio RH 044-2019 , y al amparo de lo dispuesto por el Código Municipal en su artículo 30,
que textualmente dice: “Las dietas de los regidores y síndicos municipales podrán aumentarse
anualmente hasta en un veinte por ciento (20%), siempre que el presupuesto municipal ordinario
haya aumentado en relación con el precedente, en una proporción igual o superior al porcentaje
fijado.” ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del
código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
ACTA 170-19
30/07/2019
ARTICULO X. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
a. Sr. Oliver Rosemeyer. ASUNTO, Solicita colaboración para resolver denuncias
contra el concesionario Arabian Nights por sus masivas fiestas ilegales de baile de
DJ en Taboo. Enumera las solicitudes presentadas en el año 2018 y los correos
electrónicos de la secretaria a su persona y los acuerdos de este Concejo
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido oficio del señor Pasaporte NºD01923S47 en el cual informa de las
denuncias presentadas a este Concejo Municipal de Distrito contra el concesionario
Arabian Nights, de las cuales no ha recibido respuesta
Que solicita colaboración para resolver esta y otras denuncias
Que indica se siente en abandono por parte de la administración, razón por la cual tomara
otra medidas
ACUERDO Nº9
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “9.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
9.2. Remitir esta denuncia a la auditoria interna para investigación y solicitarle que en un plazo
de quince días, una vez notificado este acuerdo, brinde un informe a este Concejo” ACUERDO
UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
9.3 Solicitarle a la administración, informe por escrito a este Concejo, para el día 6 de agosto, en
el cual señalen porque no se le han contestado las denuncias planteadas y remitidas a esa
administración mediante acuerdo” ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando
el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
b. Juan Paniagua Luna. Presidente. ADI. RIO NEGRO. ASUNTO. Invitación. A convivio de
agradecimiento por su colaboración el 31 de julio a la 7 pm en el salón comunal, en la
cual habrá una presentación artística con el grupo folklórico Zebadua de México y cena,
LOS ESPERAMOS. SE CONOCE
c. Juan Antonio Vargas. Director Ejecutivo. Director Ejecutivo. FEMETRON. ASUNTO.
Invitación a taller de valorización de residuos sólidos municipales. 21 de agosto a las 8
am en el auditorio de la Municipalidad de San Jose. SE CONOCE.
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La presidencia da por finalizada la sesión al ser las veinte horas con cinco minutos
Sra. Roxana Lobo Granados Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga
SECRETARIA PRESIDENTE