Ordinaria 154 · 2019-04-09

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 154 del 2019-04-09 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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ACTA 154-19
09/04/2019




                               ACTA ORDINARIA Nº 154-2019
                                PERIODO CONSTITUCIONAL
                                      2016 – 2020


ACTA NÚMERO CIENTO CINCUENTA Y CUATRO– DOS MIL DIECINUEVE, DE LA SESIÓN
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA
NUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS DIECISIETE HORAS EN LA SALA DE
SESIONES DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:

PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga

PRESIDENTA SUPLENTE
Dunia Campos Salas

CONCEJALES PROPIETARIOS
Fernando Quesada López.
Eladio Picado Ramirez
Carlos Enrique Ovares Sancho
Virginia Vargas Acosta

CONCEJALES SUPLENTES
Manuel Ovares Elizondo
Ronny Campos Muñoz.
Mario Delgado Rodriguez

INTENDENTE
Cinthya Rodriguez Quesada

VICE INTENDENTE
Roberto Varela Ledezma

ASESORA LEGAL
Lcda. Rosibeth Obando Loria

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS

CONCEJALES SUPLENTES
Crisly Morales Méndez

VISITANTES

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión

ARTICULO I.    ORACION
ARTICULO II.    RATIFICACION DE ACTAS
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIÓN
ARTICULO IV. MOCIONES
ARTICULO V. ASUNTOS DE TRAMITE URGENTE
ARTICULO VI. INFORME DE LOS CONCEJALES
ARTICULO VII. INFORME DE LAS COMISIONES
ARTICULO VIII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL
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ARTICULO IX.     INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACIÓN
ARTICULO X.      LECTURA DE CORRESPONDENCIA

ARTICULO I. ORACION
A cargo de la presidenta en ejercicio

ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS

   a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 153-2019 la cual se ratifica en todas sus partes.
   b. Se somete a ratificación el acta extraordinaria 80-2019 la cual se ratifica en todas sus
      partes.

ARTICULO III.     AUDIENCIAS Y JURAMENTACIÓN
SE DISPENSA

ARTICULO IV.      MOCIONES
Se DISPENSA

ARTICULO V. ASUNTOS DE TRAMITE URGENTE
SE DISPENSA


ARTICULO VI.     INFORME DE LOS CONCEJALES

DAGOBERTO. Quiero informar de la reunión en casa presidencial el día 4 de abril con el

ministro de la presidencia Sr. Rodolfo Piza, él dijo qué nos íbamos a reunir el 26 y 27 para ese

día hay que llevar por escrito las necesidades del Concejo, hay que reunirse con diferentes

instituciones como el ICT el INVU , ministerio de seguridad y buscar bien las necesidades, el día

27 desea reunirse con las organizaciones de peso, esto es a nivel regional

VIRGINIA. Usted que propone

DAGOBERTO. En el momento propusimos invitar al ICT, al INVU por los planes reguladores, al

AyA y a seguridad

ARTICULO VII. INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA


ARTICULO VIII. INFORME DE LA ASESORA LEGAL

LICDA. OBANDO. No traigo informe pero les indico que ya hice al INVU la consulta en línea

sobre el asunto de la altura de las construcciones y la estoy preparando para enviarla por escrito

como asesora del Concejo, pensé en mandarlo hoy pero no lo terminé, porque no tuve tiempo,

esto es porque como política es muy difícil regular la altura, porque ya existe leyes sobre eso

-El lunes fue a una capacitación de trabajo con el Lic. Eduardo Cortes sobre el tema de Recursos

Humanos, estas las hacen cada mes y que yo asista les beneficia porque ustedes son los que

aprueban las plazas

PRESIDENTE. Presenta moción para alterar el orden del día y ver en este momento la

correspondencia. SE ACOGE Y APRUEBA
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ARTICULO IX. LECTURA DE CORRESPONDENCIA


   a. Victoria Quirós Ramirez. PRESIDENTA. Asociación Nacional de Habitantes de las

       zona costeras de Costa Rica ANHACO. ASUNTO. Solicitud de información sobre la

       zona costera.

       PRESIDENTE. Se da pase a la administración para que atiendan esta solicitud

   b. Victoria Quirós       Ramirez y otros. ASUNTO. Solicitud de una acción efectiva en

       Montezuma para atender las siguientes situaciones: bloqueo, ventas, disturbios, desorden

       público que se dan en la vía publica, lo cual ocasiona competencia desleal, afectación de

       la paz, obstrucción del tránsito, malos olores, obligada inhalación de marihuana y tabaco,

       riesgo de ataque de los perros que algunos vendedores de la calle tienen, riesgo de

       salud, riesgo social de niños y jóvenes que a veces acompañan a esos vendedores.

FERNANDO. Este es un problema serio

ELADIO. Como gobierno local debemos tomar acuerdo

CONSIDERANDO:

-Que se ha conocido denuncia de la Sra. Victoria Quirós y otros vecinos de Montezuma, donde

exponen la situación de caos que ocasionan los vendedores ambulantes

-Que solicitan una acción efectiva

ACUERDO Nº1

Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Enviar copia de esta denuncia a:

Administración del Concejo de Distrito de Cóbano, PANI, Area de Salud Peninsular, Dirección de

la Fuerza Pública todos ellos como entes involucrados en la problemática que se expone y que

vive la comunidad de Montezuma, a fin de que coordinen y tomen medidas estrictas, efectivas y

agiles en esta situación tan preocupante” ACUERDO UNANIME

   c. Fernando Quesada Lopez. Concejal. ASUNTO. Presentación de renuncia a la

       representación de este Concejo ante la red de no violencia contra la mujer

FERNANDO. Solcito no me pidan el porqué, si les voy a decir que en la red ninguna institución

está participando excepto, PANI, el seguro y este Concejo, ninguna otra institución

CINTHYA. Debe decir porque renuncia,

FERNANDO. Porque hace meses me siento aislado de parte de las funcionarias qye están ahí,

lo último que paso fue el miércoles que estaban planeando una actividad para ir a algún sitio y

cuando estaba listo me dicen Fernando y usted que va a ir y les dije no señoras yo renuncio y le

dejo el puesto a alguien afín a ellas

DUNIA. Se siente excluido
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VIRGINIA. Esa no es la red de la no violencia contra la mujer es la es la red de la no violencia

FERNANDO. Lamentablemente se maneja como la red de la no violencia contra la mujer, y

puede ver el encabezado de los documentos

VIRGINIA. Yo sé que es un poco fuerte lo que voy a decir pero es importante y muy difícil

expresarlo pero este parece que hubo información en los chats bastantes fuertes y entonces

hubo una especie de reacción

DAGOBERTO. Vamos a hacer un receso para poder expresarnos mejor

FERNANDO. Pido quede en actas por favor

FERNANDO. Lo que realmente paso no es en ningún chat es en el Facebook había un post

donde se decía “el feminismo incita a la mujer a dejar a su marido y entrar en el lesbianismo”

hasta ahí tengo conciencia de él. Yo lo compartí inmediatamente alguien, e dijo elimine eso y no

yo lo compartí y soy responsable de que lo compartí entonces la oficina de Bienestar Social de

este Concejo    me exigió que eliminar ese post, y no tengo porque hacerlo             porque soy

responsable de lo que comparto. El miércoles cuando llegue había todo un plan montado por

ellas para que yo explicara lo que había compartido, y yo no tengo nada que explicar el post

estaba muy claro y simplemente no comparto esa situación entonces por esa razón más la

violencia que he    pasado en tres ocasiones, una vez en Montezuma, y no me siento bien

renuncio para que nombren a otro representante

VIRGINIA. Solicito receso

PRESIDENTE. Se entra en receso de cinco minutos

PRESIDENTE. Continuamos.

VIRGINIA, Es un trabajo muy bueno el que hace la red

PRESIDENTE. Violencia es todo-.

FERNANDO. Siento que doña Virginia debe estar ahí

PRESIDENTE. Debido a que don Fernando renuncio y que Doña Virginia ya conoce bien del

tema voy a nombrar como representante de este Concejo ante la red de la no violencia a la Sra.

Virginia Vargas Acosta, concejala propietaria.

VIRGINIA. Acepto.

   d. Victoria Quirós. Presidente. ASOMONTE. ASUNTO. Solicitud de respuesta sobre la

       solicitud realizada para quitar el muro

       SECRETARIA. Ya hay un acuerdo para enviarles, quedo en firme la semana pasada. SE

       CONOCE

   e. Victoria Quirós. Presidente. ASOMONTE. ASUNTO. Copia de solicitud de reparación
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       de calle frente a la iglesia de Montezuma dirigida a la Intendente. SE CONOCE

ARTICULO X.       INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACIÓN


   a. Jeffrey Ramirez Castro. Ingeniero Vial Municipal. Con VB de la Intendencia.
       Documento sin número de oficio. ASUNTO. Respuesta a oficio CMS-141-2019

       relacionado con informe solicitado sobre los trabajos realizados en la cuesta de la S y los

       Characol principalmente.

DOCUMENTO COMPLETO CONSTA EN EL EXPEDIENTE DE ESTA ACTA

CINTHYA. Esto es cumpliendo con el acuerdo que ustedes tomaron hoy hace quince días

ELADIO. Según lo que dice el Ingeniero todo está bien

DAGOBERTO. Yo en lo personal me gustaría ver el cartel para ver si esta apegado a lo que dice

el cartel, el estudio de laboratorio quien lo hizo

CINTHYA. La empresa

DAGOBERTO. Eso es otra parte para mí me gustaría revisarlo con el cartel

FERNANDO. Creo que este informe se debe enviar a la comisión de obras publicas

DAGOBERTO. Si pero me gustaría que los concejales propietarios también participen en la

reunión de la comisión para tomar una decisión Les parece el viernes a a las dos pm

DUNIA. Yo no puedo

CINTHYA. Recordarles que la Municipalidad está cerrada desde el jueves

DAGOBERTO. Entonces qué día, el lunes después de semana santa

ELADIO. Pero la revisión del informe va aparejado a lo que se debe de cancelar a la empresa

una vez que la comisión dictamine que esta bien el informe entonces que se termine de cancelar

a la empresa

DAGOBERTO. Si antes no se le cancela

CINTHYA. Np están ustedes completamente errados señores tenemos facturas de echo hoy no se pagó

porque no se terminó el informe pero mañana se paga ya yo eso lo dispuse desde la administración, en

todo caso tienen la potestad de hacer un procedimiento administrativo o lo que a bien tengan pero el

tema de pago tenemos facturas atrasadas con dos meses ustedes saben que no debe ser así y es por lo

complicado del tema que hemos extremado en burocracia para terminar con esos proyectos todo

lo que nos han pedido para salvaguardar

FERNANDO. Eso que se ve en el video de Greivin Moya donde Marraqueta escarba eso es que

no se pudo compactar o es que toda esa ruta quedo así, si es solo la orilla porque según el

informe se esperaba una consistencia de 44 y tiene 55
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DAGOBERTO. Eso dice el informe

CINTHYA. Este documento iba a venir la empresa a exponerlo y Fernando dijo que no que

hasta que ustedes lo tuvieran en la mano y después la empresa venia, ustedes pueden poner

fecha y la empresa viene. Una de las recomendaciones de lanamme es hacer las cunetas y de

hecho deben hacerse antes de la superficie de ruedo el asunto es que nosotros no podíamos

dejar la superficie de ruedo a como estaba porque a como estaba no teníamos paso además ya

estoy incluyendo 230 millones para hacer cunetas en el extraordinario con recursos propios lo

que ustedes doce de marraqueta son las orillas usted va en este momento a caminar en la 160

en cualquier punto donde no tenga cuneta y está igual se hizo al revés por la situación de la

superficie de ruedo

Ustedes si quieren se reúnen y cogen el expediente para que se reúna el viernes pero no van a

tener la asistencia técnica y administrativa que necesitan

CARLOS. Entiendo bien lo de las cunetas, mi mal sin sabor es: según entiendo hay un estudio

de peso que está superado, pero como se hace para sacar ese resultado, es una maquina

especial me imagino, no entiendo como Jeffrey permite que alguien de la empresa le dé un

mismo resultado, me dé algo que ellos mismo hicieron

CINTHYA. Así es como se procede, en todas las tomas de las muestras para los estudios

Jeffrey estuvo presente, David estuvo presente en toda toda la construcción del trabajo y yo

estuve presente en la mayoría, se mete un cilindro se toma la muestra se lleva y dice la

compactación que hay lo rudo del trabajo, ustedes ven que canal 7 trae a lanamme pero nunca

se ve la entrevista de lananme en canal 7 porque ellos son los que toman la muestra y se dan

cuenta que el trabajo es un buen trabajo que feo y que mala intensión que traen a lanamme pero

nunca lo entrevistan

FERNANDO. Podemos pedir ese estudio

CARLOS. Si de verdad el trabajo esta superior a lo que se planifico, debería de exponerse y

limpiar la imagen y por satisfacción propia

FERNANDO. Porque en este momento la imagen que tiene Costa Rica es de que ese trabajo no

sirve, sería bueno, la gente dice que yo defiendo a Cinthya a capa y espada, pero voy por lo justo

y lo que dice Cinthya yo lo he dicho a la gente vayan a las orillas de la ruta 160 y escarban.

MARIO. La ruta 160 no está terminada, sino se hacen las cunetas ahorita es un trabajo perdido

DAGOBERTO. Estamos hablando de la calidad que se hizo del trabajo, pero que hacen falta las

cunetas es lógico que hacen falta y si no se hacen se deteriora rápidamente el trabajo, pero aquí

lo importante es si se hizo bien el trabajo, si eso que usted está viendo ahí está en buena
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condiciones y tiene la calidad que debe tener, por eso para mí la empresa hizo el estudio pero

nosotros necesitamos como organización necesitamos un estudio que nos diga si está bien o no,

así como lananme y supuestamente ellos lo hicieron entonces si ellos lo hicieron pedirle a

lañadme nos den ese estudio, porque este es de la misma empresa y quien nos garantiza a

nosotros, nosotros tenemos que ver un tercero que no tenga nada que ver con la empresa o

nosotros y nos diga cómo está el trabajo

FERNANDO. Tomemos el acuerdo

VIRGINIA. Mandemos el acuerdo nosotros porque estamos evaluando, que nos den el informe y

la opinión

CONSIDERANDO

    Que este Concejo realizó contratación de un trabajo denominado Licitación Abreviada

       Nº2018LA-000004-01 “Conservación vial de algunos trayectos del distrito con colocación

       de Tratamiento Superficial Múltiple”.

    Que se han dado múltiples comentarios sobre los trabajos realizados, en especial en el

       sector denominado CUESTA LA S, situación que llevo a que algunos solicitaran la

       intervención del periodista Greivin Moya.

    Que se indicó en el programa realizado por el señor Moya, que se realizaron pruebas en

       ese sector por la empresa que usted dirige.

    Que este Concejo solicitó a la Intendencia un informe sobre el trabajo realizado, el cual

       fue presentado el día de hoy, pero los estudios de prueba que se mencionan en el

       informe fueron aportados por la misma empresa contratada.

    Que este Concejo urge de un criterio imparcial, que nos indique las condiciones del

       trabajo realizado en la cuesta la S y cuesta Characol.

ACUERDO Nº2

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: 2.1. Dispensar del trámite de comisión”.

ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código

municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo

DEFINITIVAMENTE APROBADO

2.2. Solicitarle al Laboratorio Nacional de Materiales y Modelos Estructurales (LANAMME), nos

faciliten una copia del estudio que realizaron en los trabajos de Tratamiento Superficial Múltiple

realizados en la cuesta la S y los Characol del distrito de Cóbano de Puntarenas, a raíz de la

visita del Periodista Greivin Moya de canal 7, en el mes de marzo de este año”. ACUERDO

UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
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cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE

APROBADO

2.3. Si es posible nos emitan un criterio sobre el mismo”. ACUERDO UNANINE Y FIRME. Se

somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas

sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO


    b. Yoselyn Azofeifa. Dpto. ZMT. OFICIO ZMT-084-2019. Asunto: Uso de Zona Pública
       Solicitado por la Federación de Surf de Costa Rica.
Por medio de la presente me permito saludarles y al mismo tiempo referirme a la solicitud de uso de la
Zona Publica en Playa Carmen entre los mojones 68 al 71, con el fin de realizar la cuarta fecha del Circuito
Nacional de Surf 2019.
Primero: Que el señor Randall Chaves Arrieta, Cedula, 1-0796-0587, en representación de la Federación
de Surf de Costa Rica, solicita uso de la Zona Publica en Playa Carmen entre los mojones 68 al 71, con el fin
de realizar la cuarta fecha del Circuito Nacional de Surf 2019, los días sábado 27 y domingo 28 de abril del
2019, de 07:00a.m. a 06:00 p.m.
Segundo: Que se indica que el proceso de inscripción se realizará el día 26 de abril a partir de las 4:00 pm
a las 6:00 pm en el hotel sede.
Tercero: Indican que el manejo de los residuos sólidos estará a cargo de los organizadores del evento y
que una vez terminada la actividad serán trasladados a los contenedores de basura de los Bungalows
Banana Beach.
Cuarto: Que en el año 2017 se emitió oficio ZMT-049-2017 donde se recomendó denegar el uso de la zona
publica entre los mojones 72-75 por situaciones adversas a lo permitido en cuanto al uso de la zona
publica ilegal que se da por los solicitantes de concesión y concesionarios de ese sector, acogido por este
honorable Concejo Municipal en acuerdo N°7, establecido en ACTA 51-17.
Quinto: Que el uso de la zona pública solicitado se encuentra a muy corta distancia de parcelas donde se
encuentran ubicados locales comerciales que presentan situaciones adversas a la Ley 6043.
En mi condición de Coordinadora a.i., del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, me permito
manifestarles las siguientes observaciones y recomendaciones, esto con el fin de que este Concejo
Municipal considere la posibilidad de otorgar o no el permiso para efectuar dicha actividad:
Primero: Valorar el uso del espacio entre los mojones 50 al 56 del sector costero Playa Carmen, siendo
este el sector autorizado para el año 2018. Se adjunta propuesta en imagen para la respectiva guía y
valoración.
Segundo: Que entre los mojones 68-71 solicitados para el uso de la zona publica para realizar la cuarta
fecha del Circuito Nacional de Surf 2019 existen las mismas situaciones que entre los mojones 72-74
donde no se había aprobado el uso para el año 2017, por lo tanto, una aprobación en dicho espacio no
sería recomendable. Se adjunta propuesta en imagen para la respectiva guía y valoración.
 Tercero: Se debe garantizar el paso de los transeúntes por la zona pública, o sea, se deben de respetar
áreas de movilización para en caso de una situación de emergencia se puedan las personas desalojar el
sitio en forma rápida y segura.
Cuarto: La seguridad del sitio debe estar a cargo de los organizadores, los cuales serán los responsables de
las emergencias que acontezcan en la actividad a realizar.
Quinto: La actividad solo se podrá llevar a cabo entre los mojones aprobados por este Concejo municipal,
los días sábado 27 y domingo 28 de abril, de 7:00 a.m. a 6:00 p.m, por tal razón no se podrá exceder el
tiempo concedido para la realización del evento.
Sexto: No se deben permitir instalaciones permanentes para tales eventos, toda instalación debe ser
retirada del sitio una vez finalizada la actividad
Séptimo: No se debe permitir la entrada de vehículos al sitio del evento por lo cual los organizadores
deben de contar con el apoyo de las autoridades correspondientes, para cumplir con dicho fin, tal a como
lo indica el artículo número 9 del reglamento de la ley 6043 que indica textualmente lo siguiente:
En el ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando
en todo momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de
deportes y de actividades para el sano esparcimiento físico y cultural. En la zona pública es prohibido
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transitar en vehículos motores, salvo cuando para ello se cuente con el correspondiente permiso
municipal.
Concordancias:
Ley 6043, Art. 20.
Ley de Tránsito No 7331, de 13de abril de 1993, Arts. 1, 127 y 130, inciso m). Según lo estipulado en esta
ley, la circulación de vehículos automotores por las playas del país se encuentra prohibida y sancionada
con multa. No se diferencia expresamente entre zona restringida y zona pública.
Las excepciones a esta prohibición son las siguientes:
Cuando la dirección general de ingeniería de transito lo autorice, ante una necesidad de comunicación y
por no existir otra vía alterna en condiciones de circulación aceptable.
Para sacar o meter embarcaciones al mar.
En casos de emergencia o en los que se requiera una acción para proteger vidas humanas.
En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos provenientes de la pesca o para
desarrollar otras actividades laborales.
Octavo: Se prohíbe realizar cualquier trabajo en la zona pública con maquinaria automotriz.
Noveno: Será obligación de los organizadores de dicho evento la limpieza de la playa (Zona Publica)
finalizado el evento, los cuales deberán de retirar todos los materiales, instalaciones provisionales y la
basura generada en dicho evento. Se adjunta oficio N° DGA-045-2019
Decimo: Se prohíbe la venta de comidas y bebidas alcohólicas en el área del evento.
Undécimo: Se prohíbe realizar fogatas.
Duodécimo: Los organizadores serán responsables de cumplir con cada uno de los puntos antes
señalados.
Trigésimo: Así mismo este Concejo deberá cerciorase que para la realización de dicha actividad se cuenten
con los permisos pertinentes.
En virtud de lo expuesto anteriormente es que este departamento de zona marítimo terrestre no
encuentra oposición a que se realice la cuarta fecha del Circuito Nacional de Surf 2019, siempre y cuando
se cumpla con los puntos indicados anteriormente; por lo que Concejo será el que considere el
otorgamiento o no de dicho permiso y el sector a utilizar, de conformidad con lo dispuesto en el Dictamen
C-304-2014, del cual en lo que nos interesa cita lo siguiente:
“… un evento recreativo, deportivo, de índole cultural o de esparcimiento, programado para un periodo
determinado de tiempo, y cuya realización no requiera de ningún tipo de construcción más allá de obras
sencillas de fácil remoción, se requiere el permiso extendido por la municipalidad competente, por medio
de un acuerdo del concejo. Eso sí, en cada caso la municipalidad debe vigilar el cumplimiento de la
afectación al uso común de la zona pública, de manera que la actividad a realizar no comprometa el libre
tránsito, ni perjudique las condiciones naturales de la franja inalienable de cincuenta metros.
Y es que como expresamente dispone el artículo 9 del reglamento de la LZMT en el ejercicio del derecho al
uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en todo momento el acceso a
la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de actividades para el
sano esparcimiento físico y cultural.”
Adicionalmente recomiendo se indique a los organizadores de dicho evento que se debe de respetar el
área autorizada para la realización de los eventos y que de infringirlos se les denegaran las solicitudes
futuras por incumplimiento de los extremos de los permisos autorizados, así también se le indique a la
administración la necesidad de enviar los inspectores a realizar el debido control.
DAGOBERTO. No entendí lo de los mojones

SECRETARIA. Explica que la solicitud la hicieron del mojón 68 al 71 pero el Dpto. propone del

50 al 56 esto a raíz de las situaciones presentadas la otra vez y de que se les había denegado

en esos mojones

DUNIA. Cuál es la razón para no darla frente a esos mojones, ahí dice que porque no se había

dado anteriormente, entiendo lo que se había dado pero no es la justificación

PRESIDENTE. Vamos a un receso de cinco minutos
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PRESIDENTE. CONTINUAMOS. Vamos a someter a votación el permiso de uso de playa para

el evento de surf
CONSIDERANDO:
     Que la Federación de Surf de Costa Rica, ha solicitado autorización para el uso de la
       zona pública de playa Carmen , entre los mojones 68 al 71 para llevar a cabo la cuarta
       fecha del Circuito Nacional de Surf
     Que este evento se realizara los días 27 Y 28 del 2019, con un horario de 07: a.m. a
       6:00 p.m. ambos días
     Que la organización debe acatar las instrucciones emitidas en este acuerdo
     Que indican que no habrá ventas de alimentos ni bebidas de ningún tipo
ACUERDO N°3

Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión.

ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código

municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo

DEFINITIVAMENTE APROBADO.

3.2. Autorizar el uso de la playa y zona pública de Playa Carmen entre los mojones 68 al 71

para que la Federación de Surf de Costa Rica, realice la cuarta fecha del Circuito Nacional de

Surf 2018, los días 27 Y 28 de Abril del 2019, de 07:00 a.m. a 06:00 p.m. ambos días.

Se deben acatar las siguientes instrucciones:

Primero. La actividad solo se podrá llevar a cabo en el sitio solicitado el cual se ubica entre los

mojones 68 AL 71 del sector costero de Playa Carmen, los días sábado 27 y domingo 28 de

abril, de 7:00 a.m. a 6:00 p.m., por tal razón no se podrá exceder el tiempo concedido para la

realización del evento.

Segundo. No se deben permitir instalaciones permanentes para tales eventos, toda instalación

debe ser retirada del sitio una vez finalizada la actividad.

Tercero. Se debe garantizar el paso de los transeúntes por la zona pública, o sea, se deben de

respetar áreas de movilización para en caso de una situación de emergencia se puedan las

personas desalojar el sitio en forma rápida y segura.

Cuarto. La seguridad del sitio debe estar a cargo de los organizadores, los cuales serán los

responsables de las emergencias que acontezcan en la actividad a realizar.

Quinto. No se      debe permitir la entrada de vehículos al sitio del evento por lo cual los

organizadores deben de contar con el apoyo de las autoridades correspondientes, para cumplir

con dicho fin, tal a como lo indica el artículo número 9 del reglamento de la ley 6043 que indica

textualmente lo siguiente: En el ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre

presente el interés general, garantizando en todo momento el acceso a la zona y el libre tránsito

en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de actividades para el sano esparcimiento
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físico y cultural. En la zona pública es prohibido transitar en vehículos motores, salvo cuando

para ello se cuente con el correspondiente permiso municipal.
Concordancias:
Ley 6043, Art. 20.
Ley de Tránsito No 7331, de 13de abril de 1993, Arts. 1, 127 y 130, inciso m). Según lo estipulado en esta
ley, la circulación de vehículos automotores por las playas del país se encuentra prohibida y sancionada
con multa. No se diferencia expresamente entre zona restringida y zona pública.
Las excepciones a esta prohibición son las siguientes:
Cuando la dirección general de ingeniería de transito lo autorice, ante una necesidad de comunicación y
por no existir otra vía alterna en condiciones de circulación aceptable.
Para sacar o meter embarcaciones al mar.
En casos de emergencia o en los que se requiera una acción para proteger vidas humanas.
En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos provenientes de la pesca o para
desarrollar otras actividades laborales.
Sexto. Se prohíbe realizar cualquier trabajo en la zona pública con maquinaria automotriz.
Séptimo. Será obligación de los organizadores de dicho evento la limpieza de la playa (Zona Publica)
finalizado el evento, los cuales deberán de retirar todos los materiales, instalaciones provisionales y la
basura generada en dicho evento.
Sexto. Se prohíbe la venta de comidas y bebidas alcohólicas en el área del evento.
Sétimo. Se prohíbe realizar fogatas.

Octavo. Los organizadores serán responsables de cumplir con cada uno de los puntos antes

señalados.

Noveno. Así mismo este Concejo deberá cerciorase que para la realización de dicha actividad se

cuenten con los permisos pertinentes.

En virtud de lo expuesto anteriormente es que este departamento de zona marítimo terrestre no

encuentra oposición a que se realice la cuarta fecha del Circuito Nacional de Surf 2019, siempre

y cuando se cumpla con los puntos indicados anteriormente; por lo que Concejo será el que

considera el otorgamiento o no de dicho permiso, de conformidad con lo dispuesto en el

Dictamen C-304-2014, del cual en lo que nos interesa cita lo siguiente:
“… un evento recreativo, deportivo, de índole cultural o de esparcimiento, programado para un periodo
determinado de tiempo, y cuya realización no requiera de ningún tipo de construcción más allá de obras
sencillas de fácil remoción, se requiere el permiso extendido por la municipalidad competente, por medio
de un acuerdo del concejo. Eso sí, en cada caso la municipalidad debe vigilar el cumplimiento de la
afectación al uso común de la zona pública, de manera que la actividad a realizar no comprometa el libre
tránsito, ni perjudique las condiciones naturales de la franja inalienable de cincuenta metros.
Y es que como expresamente dispone el artículo 9 del reglamento de la LZMT en el ejercicio del derecho al
uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en todo momento el acceso a
la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de actividades para el
sano esparcimiento físico y cultural.”
3.3. Informarles que este acuerdo corresponde al uso de la playa, el permiso para la realización

del evento de surf se extenderá cuando el departamento de patentes, nos indique mediante

oficio, que se cumplieron con todos los requisitos, de no ser así, tendrá el mismo departamento

que proceder a emitir la clausura del evento”. ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a

votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,

quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
ACTA 154-19
09/04/2019




3.4. Solicitarle a la Administración enviar a los inspectores a realizar el debido control”

ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código

municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo

DEFINITIVAMENTE APROBADO.

   c.    Sra. Cinthya Rodriguez Quesada. OFICIO IC-201-2019. ASUNTO. Solicitud de la
        Lcda. Rosibeth Obando para realizar procedimiento administrativo

CINTHYA. Es que los dos abogados la Lcda. Francil tienen una situación con la madre y en

cualquier momento se va y el Lic. Bolaños tiene y un problema en la rodilla y en cualquier

momento se incapacita

CARLOS. La Lcda. Acaba de informar que tiene mucho trabajo y            debido a esto no pudo

presentar al Concejo algunas cosas que se le pidieron que son importantes, y si esto le va traer

más trabajo, de mi parte no me parece, por ese motivo porque ya se le han entregado algunas

cosas importantes como lo de las alturas de los edificios y no podemos seguir atrasando mas

DAGOBERTO. Hay otras cosas como lo de un reglamento de aceras

CINTHYA. Eso lo tengo yo

DAGOBERTO. Es preocupante porque supuestamente esta recargada. Lo voy a someter a

votación y si no están de acuerdo autorizarla para que lleve el procedimiento un externo

CONSIDERANDO:

-Que la Sra. Cinthya Rodriguez ha presentado OFICIO IC-201-2019 en el cual solicita

autorización para que la Lcda. Rosibeth Obando pueda llevar un procedimiento administrativo

esto debido a que sus dos asesores tienen problemas y en cualquier momento se incapacitan

razón por la cual no les puede asignar este procedimiento

-Que la asesora legal ha indicado en su intervención que no pudo presentar algunos documentos

importantes que este concejo le había asignado debido al exceso de trabajo

-Que esto sería una recarga más de trabajo y debería dejar de lado lo que este Concejo le ha

solicitado

ACUERDO Nº4

Con cuatro votos en contra de los cinco presentes SE ACUERDA: “4.1 Denegar la solicitud

de la Intendente para que la       Lcda. Rosibeth Obando       pueda llevar un     procedimiento

administrativo, esto debido al exceso de trabajo que tiene la asesora legal de este Concejo y el

atraso en la presentación de los mismos al Concejo”. ACUERDA UNANIME y FIRME Votan en

contra de la solicitud los Concejales Eladio Picado, Virginia Vargas, Carlos Ovarles y Dagoberto

Villalobos. Eladio Picado, Virginia Vargas, Fernando Quesada., Carlos Ovarles y Dagoberto
ACTA 154-19
09/04/2019




Villalobos. Eladio Picado, Virginia Vargas, Fernando Quesada., Carlos Ovarles y Dagoberto

Villalobos. Vota a    favor de la solicitud el Concejal Fernando Quesada Lopez. Se somete a

votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,

quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO

4.2. Autorizar a la Intendente para que contrate un órgano director externo que pueda llevar el

procedimiento administrativo que requiere”. ACUERDO UNANIME Y FIRME. Votan a favor los

concejales Eladio Picado,    Virginia Vargas, Fernando Quesada, Carlos Ovarles y Dagoberto

Villalobos. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se

aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO


   d. Sra. Cinthya Rodriguez Quesada. OFICIO IC-209-2019. ASUNTO. Informe de
        ejecución presupuestaria

INFORMES EN EL EXPEDIENTE DEL ACTA

CONSIDERANDO:

Que se ha conocido OFICIO IC-209-2019. De traslado de los                 Informes de ejecución

presupuestaria correspondiente al I Trimestre del año 2019, en cual se indica que los ingresos

percibidos en este espacio presupuestario son de ¢725.312.408,17 y los egresos son de

¢206675.359,09

ACUERDO Nº5

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “5.1. Dispensar del trámite de comisión”

ACUERDO UNANIME

5.2. Aprobar los informes de ejecución presupuestaria del Concejo Municipal de Distrito de

Cóbano correspondientes al I trimestre del año 2019

5.3. Trasladar a la Municipalidad de Puntarenas para lo que corresponde”. ACUERDO UNANIME

   e. Sra. Cinthya Rodriguez Quesada. OFICIO IC-214-2019. ASUNTO. Cambio de fecha de
        vacaciones e indica que solo tomara el día 12 de abril, agrega que estará disponible

        hasta el día 15 de abril, por lo que el señor Roberto Varela asumirá como jerarca del 11 al

        14 de abril. SE CONOCE.

   f.   Sra. Cinthya Rodriguez Quesada. OFICIO IC-205-2019. ASUNTO. Respuesta a

        solicitud de reparación de calle que comunica a la escuela La Tranquilidad. Indica que ya

        la calle se conformó y quedo en óptimas condiciones e informa que el presupuesto

        extraordinario se incluyó para colocar un TSB3, se espera la aprobación de la

        contraloría. SE CONOCE
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PRESIDENTE. Presenta moción de orden a fin de alterar el orden del día y conocer moción de la

Concejal Dunia Campos

Se aprueba la moción de orden quedando definitivamente aprobada

ARTICULO XI. MOCION

    a. Moción de la Concejal Dunia Campos avalada por los Concejales Manuel Ovares, Ronny
       Campos, Virginia Vargas, Mario Delgado, Carlos Ovares y Dagoberto Villalobos

                                                    MOCION

    CONSIDERANDO:

    1. Que la C.G.R, mediante oficio N| 05558 del 23 de abril del 2018 DFOE-DL-0409 en conclusión reza:
    de conformidad con la normativa citada y los comentarios expuestos, es criterio del órgano contralor
    que desde antes de la reforma que se introdujo con la Ley N° 9329 a la Ley 8114, las municipalidades
    que en su estructura cuenten con C.M.D. podían transferirles los recursos que les correspondían en
    aplicación de los criterios de asignación definidos en ese cuerpo legal

    2. Que hay varios proyectos en la Municipalidad de Puntarenas sin ejecutar.

    3. Que este Concejo Municipal de Distrito está en la capacidad de manejar y ejecutar estos recursos.

    MOCIONAMOS:

    1. Para que este Concejo acuerde pedirle a Puntarenas deposite los recursos destinados para
       Cóbano de la Ley 7755 y 8461 respectivamente, a más tardar en dos semanas , de lo proyectado
       para el 2020 y los acumulados
    2. Informar del monto o montos para incluirlos en el presupuesto ordinario 2020
    3. Se dispense del trámite de comisión y se acuerde en firme

ACUERDO N°6

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “6.1. Dispensar del trámite de comisión”.

ACUERDO UNANIME

6.2. Aprobar en todas sus partes la moción presentada por la Concejala Dunia Campos y

avalada por los concejales Manuel Ovares, Ronny Campos, Virginia Vargas, Mario Delgado,

Carlos Ovares y Dagoberto Villalobos

6.3. Solicitarle al Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas deposite a la cuenta de

este Concejo los recursos destinados para el Distrito de Cóbano correspondiente de la Ley 7755

y 8461 respectivamente, a más tardar en dos semanas e informar el monto para poder incluirlo

en el presupuesto ordinario”. ACUERDO UNANIME

***********************************************U.L.**************************************************




Sra. Roxana Lobo Granados                                Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga
SECRETARIA                                               PRESIDENTE