Ordinaria 97 · 2018-03-06
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 97 del 2018-03-06 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 3 (pág. 3) ACUERDO Nº3 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia que la coordinadora de zmt nos dé un informe sobre la situ…
- Acuerdo 3 (pág. 8) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Apegarnos a la resolución PM-068- 2018 emitida por el Dpto. de Proveeduría Institucional…
- Acuerdo 2 (pág. 11) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Acoger a la resolución PM-069-2018 emitida por el Dpto. de Proveeduría Institucional la …
- Acuerdo 4 (pág. 16) · unanime ACUERDO Nº4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que realice el pago de las facturas Nº 29789 y 29787 corres…
- Acuerdo 5 (pág. 17) · unanime ACUERDO Nº5 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que realice el pago total de la factura Nº185167 correspond…
- Acuerdo 6 (pág. 18) · unanime ACUERDO Nº6 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que realice el pago de la factura Nº 02357 correspondiente …
- Acuerdo 7 (pág. 19) · unanime ACUERDO Nº7 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que realice el pago de la factura Nº 0272 correspondiente a…
- Acuerdo 8 (pág. 22) ACUERDO Nº 8 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aprobar el OFICIO IC-087-2018 suscrito por la Intendente Municipal en el cual presenta cro…
- Acuerdo 9 (pág. 24) ACUERDO Nº9 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aprobar la Modificación presupuestaria 01-2018 presentada por la Intendencia y dictamin…
- Acuerdo 10 (pág. 37) ACUERDO Nº10 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarte la Intendente presente a este Concejo, lo antes posible, el informe solici…
- Acuerdo 4 (pág. 38) · unanime ACUERDO Nº4 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger la moción presentada y dar pase de la misma a la Intendencia a fin de que nos br…
- Acuerdo 11 (pág. 38) · unanime ACUERDO Nº11 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “nombrar en la Junta de Educación del Centro Educativo de La Tranquilidad a los siguien…
- Acuerdo 12 (pág. 39) · unanime ACUERDO Nº12 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar en la Junta de Educación de la Escuela Teodoro Salamanca de Tambor a las sigui…
ACTA 97/18
06/03/2018
ACTA ORDINARIA Nº 97-2018
PERIODO CONSTITUCIONAL
2016 – 2020
ACTA NÚMERO NOVENTA Y SIETE – DOS MIL DIECIOCHO DE LA SESIÓN ORDINARIA
QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA SEIS DE
MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIECISIETE HORAS EN LA SALA DE SESIONES
DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga
PRESIDENTA SUPLENTE
Dunia Campos Salas
CONCEJALES PROPIETARIOS
Fernando Quesada López
Crisly Morales Méndez.
Virginia Vargas Acosta.
Eladio Picado Ramírez.
CONCEJALES SUPLENTES
Ronny Campos Muñoz
Manuel Alfredo Ovares Elizondo.
INTENDENTE
Cinthya Rodriguez Quesada
VICE INTENDENTE
Roberto Varela Ledezma
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Marcenette Castrillo Mena.
CONCEJALES SUPLENTES
Mario Delgado Rodriguez
ASISTENTES POR INVITACION
VISITANTES
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
I. ORACION
II. CORRECCIONES Y RATIFICACION DE ACTAS
III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACION
IV. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
V. MOCIONES
VI. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
VII. INFORME DE LOS CONCEJALES
VIII. INFORME DE LAS COMISIONES
IX. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
ACTA 97/18
06/03/2018
ARTICULO I. ORACION
Presidente
ARTICULO II. CORRECCIONES Y RATIFICACION DE ACTAS
a. Se ratifica en todas sus partes el acta ordinaria 96-2018.
b. Se ratifica en todas sus partes el acta extraordinaria 56-18
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACION
a. Señores. Nancy Bustos y Johan Castillo. Asociación de Artesanos de Montezuma
PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra
NANCY. Tenemos esta asociación hace más de ocho años con el fin de hacer un
mercado de artesanías. En el 2014 nos dieron un acuerdo de que nos iban a dar un
espacio físico al lado de la Iglesia pero que teníamos que esperar el Plan Regulador. El
año pasado vinimos a ZMT y la muchacha nos enseñó diferentes puntos y nos pidió unos
requisitos, cuando los tuve regresé, a fin de año, y a principios de este y nos daban
respuesta, ahora nos dicen que no hay espacio para los artesanos en el plan regulador
de zmt y que había una reunión pero no nos informaron.
CINTHYA. Yo le di la cita a uno de ustedes para el día 29 de enero a las 8 am y no
llegaron
NANCY. Lamentablemente no nos informaron a ninguno de la junta directiva y
desconocíamos el asunto de la reunión y la muchacha tenía mi número.
CINTHYA. Doña Virginia la comisión PROZUL no dejo espacio para es.
VIRGINIA: Eso no se ha definido aún y la visita de los señores de la UACA es
precisamente para eso, el espacio físico no lo tenemos pero aún no se está en esa etapa,
pero este es un proyecto a largo tiempo, podría tal vez la administración darles una
solución momentánea
DUNIA. El proyecto es a largo tiempo pero si existe un plan regulador vigente y no se ha
podido dar solución a eso
CINTHYA. Los recibo el jueves a las 8a.m.
CONSIDERANDO:
-Que se ha recibo a representantes del asociación de artesanos de Montezuma los
cuales exponen su necesidad de un espacio para un mercado de artesanías
.Que la señora Intendenta les dio cita para el jueves a las 8.am
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06/03/2018
ACUERDO Nº3
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia que
la coordinadora de zmt nos dé un informe sobre la situación de los artesanos de
Montezuma y la situación del espacio físico para un mercado de artesanía que solicitan”.
ACUERDO UANANIME
b. Se recibe a los señores Freddy Chávez, Álvaro Varela, Arnoldo Rojas y Álvaro
Gutiérrez, miembro del Comité de caminos de Río Frio
PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra
FREDDY. Agradece el espacio e indica que su presencia en este Concejo es para dar
las gracias por la moción que presentaron a razón de buscar recursos para terminar el
puente sobre el río Frio, obra no solo para la comunidad sino también para el distrito
ALVARO VARELA. También es importante colocar las alcantarillas que dono Puntarenas
y que están aquí se supone que Puntarenas las daba y Cóbano las instalaba y que no se
le ha dado seguimiento a eso, el paso por donde Arnoldo Rojas está muy peligroso,
también a la pasada por la quebrada Lajas no se le ha hecho nada, todos los años se les
tira una vagonetada de arena de rio y se pasa todo el año, cierto que el camino está
abandonado peor hacerle algo a eso
FREDDY. Ya se está trabajando en el arreglo del camino, del bongo para acá. Agradecer
también eso
FERNANDO. En la Junta Vial hemos recomendado arreglar eso
DAGOBERTO. Tal vez doña Cinthya se quiera referir a esto
CINTHYA. Con mucho gusto les doy cita y los atiendo porque es un tema administrativo
DAGOBERTO. En cuanto a la visita del Alcalde nosotros como Concejales le dijimos que
íbamos a ver si había recursos y doña Virginia presento una moción que nosotros
avalamos y aprobamos y vimos que si hay recursos como para poner las vigas y algunas
otras cosas tal vez no para terminarlo, aprobamos para recomendar a la administración
meter eso, ahora quedaría en la Intendencia si está dispuesta a ayudarlos o ayudar al
distrito
CINTHYA. Yo como jerarca de la administración consideraré si debo o no meterlo en este
presupuesto porque yo responsablemente lo dije para el 2019, ellos recomiendan y eso
no significa que lo voy a meter en el presupuesto, lo voy a analizar porque hay muchas
necesidades en el distrito con mayor cantidad de personas afectadas que es lo que tengo
que valorar ahorita
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FERNANDO. En varias ocasiones le he indicado a la administración lo peligroso del paso
por donde Arnoldo Rojas y las condiciones de ese camino, está muy pesado.
CINTHYA. Son temas administrativos, yo estuve el domingo en la casa de Freddy y él
sabe muy bien cuál es el trabajo que se va a hacer ahí, no se porque si conversamos
esas cosas porque el comité no sabe esa información venimos acá a hablar cosas que
son administrativas cuando yo ya las resolví con Freddy que es el presidente del comité
de caminos
FREDDY. NO lo veamos a mal venimos a dar el agradecimiento al Concejo y estamos
tocando otros puntos que el Concejo tiene derecho a conocer, no le veo nada para hacer
una discordia, veníamos agradecer al Concejo el empujón que nos han dado ahora
queda en manos de la Intendencia si quiere facilitarle a la comunidad porque estamos
rodeados de ríos, y estamos a un 30% de culminar este proyecto y se puede atrasar un
año mas
DAGOBERTO. Desde que llegue acá le he dicho a doña Cinthya de esas alcantarillas y
con respecto al puente además de ese hay que hacer otro que están incluidos en el plan
quinquenal pero todo eso se lo pueden preguntar cuando se reúnan con ellos, ustedes le
preguntaran que está haciendo por ese camino que es la ruta alterna que nos comunica
con Guanacaste.
ARNOLDO. Creo importante ver la anuencia por parte del Concejo y agradecerles y
estoy seguro que Cinthya dará la lucha que dio por ese camino, será la primera
interesada de hacer ese proyecto, lo importante es ayudar, solo falta voluntad la
necesidad del camino se ve a diario. Es muy agravante la situación de esa alcantarilla ya
han pasado dos o tres accidentes y ojala no pase algo más grave y si pensamos en un
futuro para volver acá debemos empezar desde ahora.
SE RETIRAN
ARTICULO IV. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. Cinthya Rodriguez Quesada. Intendente. Presenta Informe de Labores 2017.
SE DEJA PENDIENTE PARA ANALISIS Y POSTERIOR APROBACION
b. Darío Álvarez Arguedas. Proveedor a.i. OFICIO PM 068-2018. Con VB de la
Intendencia. ASUNTO. RESOLUCION sobre la contratación administrativa Nº 2018
CD – 000002 – 01 denominado “ Contratación de Maquinaria para dar
Mantenimiento al Camino 6 -01 – 037 en las partes que Hundimientos y
Desprendimientos del TSB3”
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El departamento de Proveeduría de este Concejo Municipal, al ser las trece horas cincuenta y
siete minutos del seis de Marzo del dos mil dos mil dieciocho, el suscrito DARIO ALVAREZ
ARGUEDAS, mayor, proveedor a.i., vecino de Cóbano, portador de la cédula de identidad
número: uno – mil setecientos uno – doscientos ochenta, en mi condición de proveedor
municipal de este Concejo, una vez visto y analizado el oficio Nº DAE–CJ–OF-68 – 2018 de fecha
19 de Febrero del 2018, suscrito por el Lic. Diego E Sánchez Sánchez, en su condición de
abogado institucional de Cobro Judicial del Ministerio de Hacienda, vía correo electrónico, con
respecto al proceso de contratación administrativa Nº 2018 CD – 000002 – 01 denominado “
Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino 6 -01 – 037 en las partes que
Hundimientos y Desprendimientos del TSB3”, adjudicado a la empresa denominada CONSORCIO
A –VAL, conformada por las empresas INVERSIONES Y ALQUILERES VALVERDE S.A.. y
ALQUILERES VALVERDE S.A, ambas representadas por el señor FRANCISCO JAVIER VALVERDE
CASTRO, con base en los siguiente argumentos expuestos, se resuelve:
RESULTANDO
1. Que el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, acordó en su sesión ordinaria número: 88 -18,
artículo IV, inciso b del 3 de Enero del 2018, este ordena dar inicio con el proceso para la
Contratación Directa Nº2018CD-000002-01denominada “Contratación de Maquinaria para dar
Mantenimiento al Camino 6-01-037 en las partes que hundimientos y desprendimientos de TSB3”.
2. Que habiéndose ordenado la apertura de las ofertas para el día 15 de Enero del 2018, a las 10:00
am, en la proveeduría municipal de este Concejo una única oferta presentada en el presente
concurso por parte del Consocio A-VAL, el cual se encuentra confirmado por las empresas
Alquileres Valverde S.A. cedula número 3-101-168406 e Inversiones y Alquileres Valverde S.A.
cedula número 3-101-213319, ambas representadas legalmente por el señor Francisco Javier
Valverde Castro.
3. Que después de realizar un análisis técnico y legal, este consorcio cumplía con todos los requisitos
establecidos en el cartel, por lo que esta proveeduría municipal como unidad técnica gestionante
del presente proceso de contratación, tiene la obligación legal a la luz del artículo 219 y 222 de
efectuar el respectivo estudio y valoración de las ofertas y brindar el respectivo informe
debidamente razonado hasta el dictado del acto final.
4. Que producto de lo expuesto en dicho informe, es que el Concejo Municipal de Distrito en fecha
23 de Enero del 2018, en su sesión ordinaria número: 91 – 18, articulo IV, inciso I, acuerdo Nº 9,
acuerda adjudicar la Contratación Directa Nº 2018CD-000002-01 “Contratación de Maquinaria
para dar Mantenimiento al Camino 6-01-037 en las partes que hundimientos y desprendimientos
de TSB3, por haber cumplido con cada uno de los requisitos del cartel, se le adjudica a Consorcio
A-VAL, por un monto total de Diecisiete millones cincuenta y cinco mil colones exactos
(¢17.055.000,00).
5. Que encontrarse firme el acto de adjudicación a favor del Consorcio A-VAL, esta proveeduría
municipal tiene conocimiento vía correo electrónico del Departamento del oficio número: DAE-CJ-
OF-68-2018 proveniente del Departamento de Cobro Judicial del Ministerio de Hacienda, a través
del cual en su considerando único hace de conocimiento textualmente de lo siguiente:
(…) Que esta oficina se tramitan expedientes administrativos remitidos por la Administración Tributaria de
Alajuela, números de referencia 2016 – 002193 y 2016 – 002758, con certificado de adeudo por la suma
de ¢44.806.532,96 (cuarenta y cuatro millones ochocientos seis mil quinientos treinta y dos colones con
noventa u seis céntimos), correspondiente a una deuda del contribuyente Alquileres Valverde S.A.,
persona con cédula jurídica 3-101-168406; por concepto de impuesto sobre la renta de los períodos
06/2013, 09/2013, 12/2013, 06/2015 y 096/2015, así como de timbre de educación y cultura del período
12/2013 (según el numeral 115 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, lo anterior es
información pública).
El dieciséis de setiembre del dos mil diecisiete, este Departamento presenta la demanda de cobro judicial
ante el Juzgado Especializado de Cobro del segundo circuito judicial de San José, asignándosele la sumaria
número 17-009032-1763-CJ y actualmente se encuentra en fase de oposición de la demanda. En una
revisión de la página web de la Contraloría General de la República, se puede constatar que su honorable
Institución le adjudicó a Alquileres Valverde S.A., persona con cédula jurídica 3-101- 168406 un
procedimiento licitatorio (adjunto pantallazo tomado de
https://cgrweb.cgr.go.cr/pr02/f?p=307:31:0::NO:31:P31_W_ANIO,P31_W_CED_ADJUD,P31_W_ADJUDICA
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TARIO,P31_TOT_MONTO_ADJUD_COL:2018,3101168406,%5CALQUILERES%20VALVERDE%20SOCIEDAD%
20ANONIMA%5C,%5C41515120%5C el diecinueve de febrero del dos mil dieciocho). Asimismo, es de
nuestro interés manifestar, que por ley número 9416, publicada en el Diario Oficial La Gaceta número
244, alcance 133, del veinte de diciembre del dos mil dieciséis, en el capítulo III, reformas de otras leyes,
se adiciono un artículo 18 bis en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en el cual se estipula
en lo sucesivo: «… "Artículo 18 bis.- Gestión de trámites estatales. Toda persona física o jurídica que
desee obtener o tramitar cualquier régimen de exoneración o incentivo fiscal, cualquier proceso de
contratación pública, cualquier concesión, permiso o autorización para explotar bienes o servicios
públicos, ante la Administración central o entes descentralizados, deberá encontrarse al día en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias materiales y formales, así como en la presentación de las
declaraciones tributarias a las que estuviera obligada ante las dependencias del Ministerio de Hacienda. El
Estado deberá verificar que los profesionales, al momento de ser contratados bajo cualquier condición o
modalidad de empleo, se encuentren al día en sus obligaciones tributarias materiales y formales a las que
estuvieran obligados…» (El suplido nos corresponde).
Del extracto de cita, puede concluirse que la voluntad del legislador, a partir de la vigencia de la Ley para
mejorar la lucha contra el fraude fiscal, es que cualquier persona que desee contratar con el Estado, debe
estar al día con sus obligaciones tributarias, así como la presentación de las declaraciones ante la
Administración Tributaria que le corresponda.
Que a la luz del artículo 65 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, el cual
implícitamente impone la obligación legal a todos los oferentes participantes dentro de un proceso de
contratación administrativo, a cumplir con lo establecido a la luz del inciso a) de la dicha reglamentación a
presentar una declaración jurada en la que se acredite que el o los oferentes participantes se encuentre
al día con el pago de los impuestos nacionales, sin embargo en el caso en estudio la empresa denominada
ALQUILERES VALVERDE S.A., según consta a folio 056 cumplió con la presentación de la misma, declara
bajo fe de juramento textualmente:
“Que se encuentra al día con el pago de todo tipo de impuestos nacionales y municipales de acuerdo al
artículo 65, inciso a) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y del artículo 6 de la Ley
No 3173 del 12 de agosto de 1963”.
6. Que con el fin constatar mediante documento idóneo la situación real de la empresa ALQUILERES
VALVERDE S.A, y a la vez garantizarle el derecho de defensa a dicho oferente es que esta
Proveeduría Municipal procedió a notificar el Oficio PM-056-2018 de fecha 20 de Febrero del
2018, en el que se le concede un plazo perentorio de cuatro días hábiles, para que remita ante
este departamento una certificación emitida por el Ministerio de Hacienda en la que conste que
dicha sociedad se encuentra al día con los impuestos nacional (o bien como mínimo se encuentra
un arreglo de pago suscrito al día).
7. Que al respecto el representante legal de la sociedad denominada ALQUILERES VALVERDE S.A, al
ser las quince horas y cincuenta y tres minutos del día veinte de febrero del año en curso remite
vía correo electrónico, una nota en la que indica literalmente:
(…) Con respecto al oficio en referencia, nos permitimos realizar la debida aclaración:
Presentamos certificación de parte de Juzgado Especializado de Cobro del II Segundo Circuito de San José,
en la cual se establece el proceso de cobro judicial en contra de nuestra representada por parte del
Ministerio de Hacienda, el mismo certifica que al día de hoy, no hay sentencia y solo se encuentra en
estado de Tramite, al no existir una sentencia no se comprueba que nuestra representada haya faltado al
deber de pagos de impuestos.
Basados en la Ley de Contratación Administrativa se establece lo siguiente:
“articulo 19 – Impedimentos para contratar (*) no podrán contratar con la administración aquellas
personas físicas o jurídicas que estén:
a) Cubiertas por el régimen de prohibiciones establecidas en el artículo 22 y 22 bis de la Ley de
Contratación Administrativa.
b) Inhabilitadas para contratar por la Administración, por haberse sancionado de acuerdo con lo
establecido en el artículo 100 y 100 bis de la Ley de Contratación Administrativa.
c) Inhabilitadas para el ejercicio del comercio o se encuentren declarada en estado de insolvencia o
quiebra-
- Nuestra representada no ha faltado a) del artículo 19.
- Nuestra representada no ha faltado b) del artículo 19; ni tiene ningún apercibimiento previo.
- Nuestra representada no ha faltado c) del artículo 19.
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Por lo tanto no tenemos ninguna imposibilidad legal de contratar administrativamente, y al no haber
sentencia sobre el proceso llevado por el Ministerio de Hacienda, no se ha comprobado la falta sobre la
cual se nos acusa.
Sin embargo, a fecha seis de Marzo del dos mil dieciocho, dicha empresa no ha presentado los
documentos originales, invocado en días anteriores, a pesar de haberme indica vía telefónico que los
mismos me iban a ser remitidos vía correos de Costa Rica, pero ello no ocurrió, por lo que no se puedo
constar de forma física la veracidad de los mismos, y no consta en los mismos autos.
CONSIDERANDO
Único: Que cabe mencionar que al ser una obligación legal cumplir cabalmente tanto con los principios
rigen la materia, así como con la propia Ley de Contratación Administrativa y su reglamento, por parte de
todos aquellos oferentes que desplieguen alguna actividad contractual con los órganos o entes que
conforman la administración pública, deberán presentar en toda oferta a las luz del artículo 65 inciso a)
del Reglamento una declaración jurada bajo la gravedad de juramento, que indique que este se encuentra
al día en el pago de impuestos nacionales, situación que la empresa ALQUILERES VALVERDE S.A, acredito
como cierta en su oferta en su oportunidad.
Sin embargo, este Concejo Municipal de Distrito basados en el principio de buena fe, acepta a la citada
empresa dicha declaración jurada como cierta, por ende habiendo el oferente cumplido a cabalidad con
los demás requisitos técnicos y legales, requeridos en el pliego cartelario, es que dicta el acto de
adjudicación a favor del Consocio A-VAL, cual se encuentra conformado por las empresas Alquileres
Valverde S.A. 3-101-168406 e Inversiones y Alquileres Valverde S.A. cedula número 3-101-213319, ambas
representadas legalmente por el señor Francisco Javier Valverde Castro, de la
Contratación Directa Nº 2018CD-000002-01, denominada “Contratación de Maquinaria para dar
Mantenimiento al Camino 6-01-037 en las partes que hundimientos y desprendimientos de TSB3”, a
través de la sesión ordinaria número: 91 – 18, articulo IV, inciso I, del 23 de Enero del 2018, a número: 91
– 18, articulo IV, inciso I, acuerdo Nº 9.
Una vez firme el acto dictado por Concejo Municipal, se tiene noticia de parte del Ministerio de
Hacienda, en su condición de órgano competente para la recaudación de impuesto a nivel nacional, y por
ende como Administrador Tributario del Estado, le previene y acredita a este Concejo Municipal a través
de su oficio DAE-CJ-OF-68-2018 un adeudo por la suma de ¢44.806.532,96, generados de una deuda del
contribuyente ALQUILERES VALVERDE S.A., persona con cédula jurídica 3-101-168406; por concepto de
impuesto sobre la renta de los períodos 06/2013, 09/2013, 12/2013, 06/2015 y 096/2015, así como de
timbre de educación y cultura del período 12/2013 (según el numeral 115 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, lo anterior es información pública).
Situación que evidentemente desacredita lo establecido no solo establecido en la declaración jurada
presentada por la empresa ALQUILERES VALVERDE S.A, sino que además incumple con el artículo 65 inciso
a) del reglamento de contratación administrativo y a pesar de que la administración opto por solicitarle a
su representante legal desvirtuar la información contenida en el citado oficio, a través de la presentación
de una certificación o constancia que se encuentra al día o mantiene un arreglo de pago aprobado en tal
condición y así sea confirme por parte de esa institución.
Lo cual, no ocurrió en el presente caso en estudio, ya que sus argumentos se encuentra enfocados a los
impedimentos establecidos en los artículos 22 y 22 bis, 100 y 100 bis de la Ley de Contratación
Administrativa, lo cuales nunca han sido cuestionado por parte de esta proveeduría municipal, a pesar de
ni siquiera haber hecho llegar los documentos originales que fundamentan tales argumentos.
En virtud de lo anterior, es que esta proveeduría municipal como órgano técnico institucional competente
a la luz del artículos 219 y 222 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, por lo que al existir
en el presente proceso un único oferente en estas condiciones le es imposible sugerir la re adjudicación a
otro oferente con la finalidad de poder satisfacer el interés público de los vecinos del Distrito, por lo que a
falta del mismo lo procedente es dejar sin efecto el acto de adjudicación a la luz del artículo 65 inciso a)
del Reglamento a la Ley de contracción, ello sin dejar de lado que eventualmente la citada empresa
podría haber incurrido en la figura del perjurio regulada por nuestro código Penal.
POR LO TANTO
De conformidad con los hechos expuestos en la presente resolución y la normativa vigente en materia de
Contratación Administrativa, la Proveeduría institucional del Departamento Administrativo del Concejo
Municipal de Distrito Cóbano, recomienda en este acto a este Órgano Colegiado dejar sin efecto el acto de
adjudicación a favor de la empresa Alquileres Valverde S.A, adjudicatario la “Contratación Directa
Nº2018CD-000002-01 “Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino 6-01-037 en las
partes que hundimientos y desprendimientos de TSB3” , siendo que no puede prosperar la adjudicación por
la situación que se encuentra el mismo, y habiendo falseado la información con respecto al estado tributario
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actual, lo cual incumple lo establecido específicamente en el artículo 65 inciso a) del Reglamento de la Ley de
Contratación Administrativo.
ACUERDO Nº3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Apegarnos a la resolución PM-068-
2018 emitida por el Dpto. de Proveeduría Institucional la cual cuenta con el aval de la Intendencia
Municipal y por los hechos expuestos en la misma, DEJAR SIN EFECTO el acuerdo Nº9
tomado en la sesión ordinaria número 91-2018, articulo IV, inciso i, del día 23 de enero del 2018,
que textualmente dice: : “Adjudicar la Contratación Directa Nº2018CD-000002-01 para la “Contratación
de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino 6-01-037 en las Partes que Hundimientos y
Desprendimientos del TSB3” por un monto de total de Diecisiete millones cincuenta y cinco mil colones
con 00/100 (¢17.055.000,00)” a la empresa Consorcio A-VAL compuesta por Alquileres Valverde S.A. e
Inversiones y Alquileres Valverde S.A”. votan los Concejales propietarios Eladio Picado Ramirez,
Fernando Quesada López, Virginia Vargas Acosta, Dagoberto Villalobos Mayorga y Crisly
Morales Méndez. ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación del artículo
45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
c. Darío Álvarez Arguedas. Proveedor a.i. OFICIO PM 069-2018. Con VB de la
Intendencia. ASUNTO. RESOLUCION sobre la contratación administrativa
Nº2018CD-000004-01 denominada “Colocación de Tratamiento Superficial Bituminoso
dos capas en los Barrio los Yoses, el Zoológico y en Montezuma”.
El departamento de Proveeduría de este Concejo Municipal, al quince horas y
dieciséis minutos del seis de marzo del dos mil dieciocho, el suscrito DARIO ALVAREZ
ARGUEDAS, mayor, proveedor a.i., vecino de Cóbano, portador de la cédula de identidad
número: uno – mil setecientos uno – doscientos ochenta, en mi condición de proveedor
municipal de este Concejo, una vez visto y analizado el oficio Nº DAE –CJ–OF-68 – 2018 de fecha
19 de Febrero del 2018, suscrito por el Lic. Diego E Sánchez Sánchez, en su condición de
abogado institucional de Cobro Judicial del Ministerio de Hacienda, vía correo electrónico, con
respecto al proceso de contratación administrativa, denominado “Colocación de Tratamiento
Superficial Bituminoso dos capas en los Barrio los Yoses, el Zoológico y en Montezuma”. adjudicado a la
empresa denominada ALQUILERES VALVERDE S.A, representada por el señor FRANCISCO JAVIER
VALVERDE CASTRO, con base en los siguiente argumentos expuestos, se resuelve:
RESULTANDO
1. Que el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, acordó en su sesión ordinaria número: 88 -18,
artículo IV, inciso c del 3 de Enero del 2018, este ordena dar inicio con el proceso para la
Contratación Directa Nº2018CD-000004-01 denominada “Colocación de Tratamiento Superficial
Bituminoso dos capas en los Barrio los Yoses, el Zoológico y en Montezuma”.
2. Que habiéndose ordenado la apertura de las ofertas para el día 15 de Enero del 2018, a las 2:30
am, en la proveeduría municipal de este Concejo la oferta presentada en el presente concurso por
parte de la empresas Alquileres Valverde S.A. cedula número 3-101-168406, representada
legalmente por el señor Francisco Javier Valverde Castro.
3. Que después de realizar un análisis técnico y legal, este consorcio cumplía con todos los requisitos
establecidos en el cartel, por lo que esta proveeduría municipal como unidad técnica gestionante
del presente proceso de contratación, tiene la obligación legal a la luz del artículo 219 y 222 de
efectuar el respectivo estudio y valoración de las ofertas y brindar el respectivo informe
debidamente razonado hasta el dictado del acto final.
4. Que producto de lo expuesto en dicho informe, es que el Concejo Municipal de Distrito en fecha
16 de Enero del 2018, en su sesión ordinaria número: 90 – 18, articulo IV, inciso g.2, acuerdo Nº 3,
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acuerda adjudicar la Contratación Directa Nº 2018CD-000004-01 denominada “Colocación de
Tratamiento Superficial Bituminoso dos capas en los Barrio los Yoses, el Zoológico y en
Montezuma”, por haber cumplido con cada uno de los requisitos del cartel y ofrecer un mejor
precio, se le adjudica Alquileres Valverde S.A., por un monto total de cinco millones seiscientos
ochenta y cinco mil ciento veinte mil colones exactos (¢5.685.120,00).
5. Que encontrarse firme el acto de adjudicación a favor Alquileres Valverde S.A., y debidamente
suscrito el contrato por ambas partes en fecha 26 de Enero del 2018 y no habiéndose dado aún
orden de inicio para la ejecución del presente proyecto, es que esta proveeduría municipal en
fecha 19 de Febrero del 2018, que tiene conocimiento vía correo electrónico el Departamento del
oficio número: DAE-CJ-OF-68-2018 proveniente del Departamento de Cobro Judicial del Ministerio
de Hacienda, a través del cual en su considerando único hace de conocimiento textualmente de lo
siguiente:
(…) Que esta oficina se tramitan expedientes administrativos remitidos por la Administración Tributaria de
Alajuela, números de referencia 2016 – 002193 y 2016 – 002758, con certificado de adeudo por la suma
de ¢44.806.532,96 (cuarenta y cuatro millones ochocientos seis mil quinientos treinta y dos colones con
noventa u seis céntimos), correspondiente a una deuda del contribuyente Alquileres Valverde S.A.,
persona con cédula jurídica 3-101-168406; por concepto de impuesto sobre la renta de los períodos
06/2013, 09/2013, 12/2013, 06/2015 y 096/2015, así como de timbre de educación y cultura del período
12/2013 (según el numeral 115 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, lo anterior es
información pública).
El dieciséis de setiembre del dos mil diecisiete, este Departamento presenta la demanda de cobro judicial
ante el Juzgado Especializado de Cobro del segundo circuito judicial de San José, asignándosele la sumaria
número 17-009032-1763-CJ y actualmente se encuentra en fase de oposición de la demanda. En una
revisión de la página web de la Contraloría General de la República, se puede constatar que su honorable
Institución le adjudicó a Alquileres Valverde S.A., persona con cédula jurídica 3-101- 168406 un
procedimiento licitatorio (adjunto pantallazo tomado de
https://cgrweb.cgr.go.cr/pr02/f?p=307:31:0::NO:31:P31_W_ANIO,P31_W_CED_ADJUD,P31_W_ADJUDICA
TARIO,P31_TOT_MONTO_ADJUD_COL:2018,3101168406,%5CALQUILERES%20VALVERDE%20SOCIEDAD%
20ANONIMA%5C,%5C41515120%5C el diecinueve de febrero del dos mil dieciocho). Asimismo, es de
nuestro interés manifestar, que por ley número 9416, publicada en el Diario Oficial La Gaceta número
244, alcance 133, del veinte de diciembre del dos mil dieciséis, en el capítulo III, reformas de otras leyes,
se adiciono un artículo 18 bis en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en el cual se estipula
en lo sucesivo: «… "Artículo 18 bis.- Gestión de trámites estatales. Toda persona física o jurídica que desee
obtener o tramitar cualquier régimen de exoneración o incentivo fiscal, cualquier proceso de contratación
pública, cualquier concesión, permiso o autorización para explotar bienes o servicios públicos, ante la
Administración central o entes descentralizados, deberá encontrarse al día en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias materiales y formales, así como en la presentación de las declaraciones tributarias
a las que estuviera obligada ante las dependencias del Ministerio de Hacienda. El Estado deberá verificar
que los profesionales, al momento de ser contratados bajo cualquier condición o modalidad de empleo, se
encuentren al día en sus obligaciones tributarias materiales y formales a las que estuvieran obligados…»
(El suplido nos corresponde).
Del extracto de cita, puede concluirse que la voluntad del legislador, a partir de la vigencia de la Ley para
mejorar la lucha contra el fraude fiscal, es que cualquier persona que desee contratar con el Estado, debe
estar al día con sus obligaciones tributarias, así como la presentación de las declaraciones ante la
Administración Tributaria que le corresponda.
6. Que a la luz del artículo 65 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, el cual
implícitamente impone la obligación legal a todos los oferentes participantes dentro de un
proceso de contratación administrativo, a cumplir con lo establecido a la luz del inciso a) de la
dicha reglamentación a presentar una declaración jurada en la que se acredite que el o los
oferentes participantes se encuentre al día con el pago de los impuestos nacionales, sin embargo
en el caso en estudio la empresa denominada ALQUILERES VALVERDE S.A., según consta a folio
084 cumplió con la presentación de la misma, declara bajo fe de juramento textualmente:
“Que se encuentra al día con el pago de todo tipo de impuestos nacionales y municipales de acuerdo al
artículo 65, inciso a) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y del artículo 6 de la Ley No
3173 del 12 de agosto de 1963”.
7. Que con el fin constatar mediante documento idóneo la situación real de la empresa ALQUILERES
VALVERDE S.A, y a la vez garantizarle el derecho de defensa a dicho oferente es que esta
Proveeduría Municipal procedió a notificar el Oficio PM-057-2018 de fecha 20 de Febrero del
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2018, en el que se le concede un plazo perentorio de cuatro días hábiles, para que remita ante
este departamento una certificación emitida por el Ministerio de Hacienda en la que conste que
dicha sociedad se encuentra al día con los impuestos nacional (o bien como mínimo se encuentra
un arreglo de pago suscrito al día).
8. Que al respecto el representante legal de la sociedad denominada ALQUILERES VALVERDE S.A, al
ser las quince horas y cincuenta y tres minutos del día veinte de febrero del año en curso remite
vía correo electrónico, una nota en la que indica literalmente:
(…) Con respecto al oficio en referencia, nos permitimos realizar la debida aclaración:
Presentamos certificación de parte de Juzgado Especializado de Cobro del II Segundo Circuito de San José,
en la cual se establece el proceso de cobro judicial en contra de nuestra representada por parte del
Ministerio de Hacienda, el mismo certifica que al día de hoy, no hay sentencia y solo se encuentra en
estado de Tramite, al no existir una sentencia no se comprueba que nuestra representada haya faltado al
deber de pagos de impuestos.
Basados en la Ley de Contratación Administrativa se establece lo siguiente:
“articulo 19 – Impedimentos para contratar (*) no podrán contratar con la administración aquellas
personas físicas o jurídicas que estén:
a) Cubiertas por el régimen de prohibiciones establecidas en el artículo 22 y 22 bis de la Ley de
Contratación Administrativa.
b) Inhabilitadas para contratar por la Administración, por haberse sancionado de acuerdo con lo
establecido en el artículo 100 y 100 bis de la Ley de Contratación Administrativa.
c) Inhabilitadas para el ejercicio del comercio o se encuentren declarada en estado de insolvencia o
quiebra-
- Nuestra representada no ha faltado a) del artículo 19.
- Nuestra representada no ha faltado b) del artículo 19; ni tiene ningún apercibimiento previo.
- Nuestra representada no ha faltado c) del artículo 19.
Por lo tanto no tenemos ninguna imposibilidad legal de contratar administrativamente, y al no haber
sentencia sobre el proceso llevado por el Ministerio de Hacienda, no se ha comprobado la falta sobre la
cual se nos acusa.
Sin embargo, a fecha seis de Marzo del dos mil dieciocho, dicha empresa no ha presentado los
documentos originales, invocado en días anteriores, a pesar de haberme indica vía telefónico que los
mismos me iban a ser remitidos vía correos de Costa Rica, pero ello no ocurrió, por lo que no se puedo
constar de forma física la veracidad de los mismos, y no consta en los mismos autos.
CONSIDERANDO
Único: Que cabe mencionar que al ser una obligación legal cumplir cabalmente tanto con los principios
rigen la materia, así como con la propia Ley de Contratación Administrativa y su reglamento, por parte de
todos aquellos oferentes que desplieguen alguna actividad contractual con los órganos o entes que
conforman la administración pública, deberán presentar en toda oferta a las luz del artículo 65 inciso a)
del Reglamento deben presentar una declaración jurada bajo la gravedad de juramento, que indique que
este se encuentra al día en el pago de impuestos nacionales, situación que la empresa ALQUILERES
VALVERDE S.A, acredito como cierta en su oferta en su oportunidad.
Sin embargo, habiéndose suscrito dicha empresa un contrato con este Concejo Municipal de Distrito, al
amparo del principio de buena fe, al hacer la declaración jurada adjunta a la oferta como cierta, a pesar de
haber sido la oferta presentada por la empresa ALQUILERES VALVERDE S.A, la de mejor precio para los
intereses de la administración municipal y claro esta haber cumplido a cabalidad los requerimientos
técnicos y legales establecidos en el pliego cartelario, es que se recomendó a este Órgano Colegiado el
dictado del acto de adjudicación a favor de la empresas Alquileres Valverde S.A. 3-101-168406,
representada para el efecto por el señor Francisco Javier Valverde Castro, la Contratación Directa Nº
2018CD-000004-01, denominada denominada “Colocación de Tratamiento Superficial Bituminoso dos
capas en los Barrio los Yoses, el Zoológico y en Montezuma”, acto materializado en la sesión ordinaria
número: 90 – 18, articulo IV, inciso g.2, del 16 de Enero del 2018.
No obstante, una vez firme el acto dictado por Concejo Municipal y debidamente suscrito el contrato
respectivo por ambas partes obligadas para la ejecución del proyecto, se tiene noticia de parte del
Ministerio de Hacienda, en su condición de órgano competente para la recaudación de impuesto a nivel
Nacional, y por ende como Administrador Tributario del Estado, le previene y acredita a este Concejo
Municipal a través de su oficio DAE-CJ-OF-68-2018 un adeudo por la suma de ¢44.806.532,96, generados
de una deuda del contribuyente ALQUILERES VALVERDE S.A., persona con cédula jurídica 3-101-168406;
por concepto de impuesto sobre la renta de los períodos 06/2013, 09/2013, 12/2013, 06/2015 y
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096/2015, así como de timbre de educación y cultura del período 12/2013 (según el numeral 115 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, lo anterior es información pública).
Situación que evidentemente viene a desacredita lo establecido no solo establecido en la declaración
jurada presentada por la empresa ALQUILERES VALVERDE S.A, sino que además incumple con el artículo
65 inciso a) del reglamento de contratación administrativo y a pesar de que la administración opto por
solicitarle a su representante legal desvirtuar la información contenida en el citado oficio, a través de la
presentación de una certificación o constancia que se encuentra al día o mantiene un arreglo de pago
aprobado en tal condición y así sea confirme por parte de esa institución.
Lo cual, no ocurrió en el presente caso en estudio, ya que sus argumentos se encuentra enfocados a los
impedimentos establecidos en los artículos 22 y 22 bis, 100 y 100 bis de la Ley de Contratación
Administrativa, lo cuales nunca han sido cuestionado en ningún momento por parte de esta proveeduría
municipal, a pesar de ni siquiera haber hecho llegar los documentos originales que fundamentan tales
argumentos.
Por tal razón, lo procedente en el presente caso en estudio recomendar la resolver contractualmente el
contrato ya suscrito con la empresa ALQUILERES VALVERDE S.A, por motivos de ilegalidad antes expuesto,
claro está por causas imputables únicamente al contratista, con fundamento el 11 de la Ley de
Contratación Administrativa dejando sin efecto el mismo.
Tal incumplimiento género que la administración municipal en su deber de garantizar el interés público
que prevalece en el presente asunto y poder cumplir con el objetivo propuesto, es lo procedente
recomienda en este acto a este Órgano Colegiado dejar sin efecto el acto de adjudicación por causa de la
resolución contractual, para posteriormente en su lugar se proceda a re adjudicación la presente
contratación a favor de la empresa GSS Asfaltos Alajuela S.A, al amparo del artículo 95 del Reglamento a la
Ley de Contracción Administrativa.
En virtud de lo anterior, es que esta proveeduría municipal como órgano técnico institucional competente
a la luz del artículos 219 y 222 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, no menos
importante me permito hacer de su conocimiento de que la citada sociedad podría estar incurriendo
eventualmente en la figura del perjurio regulada por nuestro código Penal producto de dicho acto.
POR LO TANTO
De conformidad con los hechos expuestos en la presente resolución y la normativa vigente en materia de
Contratación Administrativa, la Proveeduría institucional del Departamento Administrativo del Concejo
Municipal de Distrito Cóbano, en este acto a este Órgano Colegiado dejar sin efecto el acto de
adjudicación por causa de la resolución contractual, para posteriormente en su lugar se proceda a re
adjudicación la presente contratación a favor de la empresa GSS Asfaltos Alajuela S.A, por la suma de
¢5.700.000 colones exacto, la Contratación Directa Nº2018CD-000004-01 denominada “Colocación de
Tratamiento Superficial Bituminoso dos capas en los Barrio los Yoses, el Zoológico y en Montezuma”,
siempre y cuando una vez analizada minuciosamente la segunda oferta existen esta cumpla a cabalidad
con todos los requisitos técnicos y legales establecidos en el pliego cartelario.
Todo lo anterior, en razón al incumplimiento del artículo 65 inciso a) del Reglamento de la Ley de
Contratación Administrativo, por haber falseado la información con respecto al estado tributario actual, lo
cual incumple lo establecido el mismo.
ACUERDO Nº2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Acoger a la resolución PM-069-2018
emitida por el Dpto. de Proveeduría Institucional la cual cuenta con el aval de la Intendencia
Municipal y por los hechos expuestos en la misma, DEJAR SIN EFECTO el acuerdo Nº3
tomado en la sesión ordinaria número 91-2018, articulo IV, inciso g2, del día 16 de enero del
2018, que textualmente dice: “Adjudicar la Contratación Directa Nº2018CD-000004-01 “Colocación de
Tratamiento Superficial Bituminoso 2 capas, en los Barrios los Yoses, El Zoológico y en Montezuma” por un
monto de total de Cinco millones seiscientos ochenta y cinco mil ciento veinte colones con 00/100
(¢5.685.120,00) a la empresa Alquileres Valverde S.A.
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2. Solicitarle a la administración, realice el estudio de la segunda oferta participante, la empresa
GSS Asfaltos Alajuela S.A., a fin de que si cumplen con los requisitos de Ley proceder lo antes
posible con la adjudicación”. Votan los Concejales propietarios Dagoberto Villalobos Mayorga,
Fernando Quesada López, Virginia Vargas Acosta, Crisly Morales Méndez y Eladio Picado
Ramirez. ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del
código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
d. Cinthya Rodriguez. Intendente. OFICIO IC-099-2018. ASUNTO. Respuesta a solicitud de
informe sobre órdenes sanitarias.
Expone el informe el Gestor Ambiental
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL
CIERRE TÉCNICO DEL ANTIGUO VERTEDERO MUNICIPAL
INFORME DE ESTADO DEL PROYECTO
Fecha de emisión 06 de marzo de 2018
Fecha de revisión Contenido Realizado por: Revisado por:
06/03/2017 Informe de Estado Alberto Vásquez G. Roberto Varela L.
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN 12
2. ANTECEDENTES 12
3. ACCIONES REALIZADAS 13
4. ACCIONES QUE SE ESTÁN REALIZANDO 14
5. ACCIONES QUE SE VAN A REALIZAR 14
6. ESTADO ACTUAL SEGÚN LO SOLICITADO EN LA ORDEN SANITARIA 14
7. COMENTARIOS FINALES 14
LISTA DE SÍMBOLOS
ARS Área Rectora de Salud
CMD Concejo Municipal de Distrito
CTM Corporación Tecnológica Magallanes S.A
GMRS Gestión Municipal de Residuos Sólidos
SPEM Sociedad Pública de Economía Mixta
1. INTRODUCCIÓN
El presente documento es un informe de estado del proyecto "Cierre Técnico del Botadero", y se extiende a solicitud
de la Intendencia del Concejo Municipal de Distrito (CMD).
La actual administración del CMD Cóbano considera como muy relevante la ejecución de este proyecto, razón por la
cual el Departamento de Gestión Ambiental creado a mediados del año 2017 lo ha asumido como una de sus
prioridades. La última propuesta para realizar el Cierre Técnico fue elaborada por el Ing. Milton Fonseca,
representante legal de CTM, quien proponía una SPEM para realizar la Reconversión del Vertedero como premisa
para el Cierre Técnico solicitado por el Ministerio de Salud, no obstante, esta propuesta se sigue evaluando, pero
descartando la SPEM.
Este informe contiene las acciones estratégicas que se han considerado para realizar el Cierre Técnico del antiguo
Vertedero Municipal, detallando una sección con los antecedentes, acciones realizadas, situación actual, lo previsto
desarrollar a corto plazo y por último, se incluye una sección de comentarios finales.
2. ANTECEDENTES
Debido a disconformidades de los vecinos del distrito de Cóbano y de funcionarios públicos, a partir del mes de
febrero del 2011 el de CMD Cóbano ha venido recibiendo notificaciones del Tribunal Ambiental Administrativo
(TAA). En lo anterior se alega por el funcionamiento irregular del antiguo Vertedero Municipal, localizado en el barrio
La Tranquilidad, y la contaminación de la quebrada afluente al río Biscoyol, producto de la misma actividad.
El día 12 de abril de 2017, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia solicitó que se declarara con lugar el
recurso de amparo del expediente No. 17-005589-007 en contra del Concejo Municipal de Distrito Cóbano, por
permitir los hechos descritos anteriormente.
No obstante, desde setiembre de 2010, el CMD Cóbano ha estado recibiendo órdenes sanitarias giradas por el ARS
Peninsular, ordenando la presentación del proyecto de cierre técnico del vertedero, lo cual, sustenta el hecho de que
este problema existe desde hace más de siete años y que a lo largo de varias administraciones se han venido
ACTA 97/18 06/03/2018 gestionando acciones para poner un punto final a la situación, sin embargo el problema no se ha resuelto satisfactoriamente, por lo que ese reto lo ha asumido la actual Administración del CMD. Por otra parte, el día 28 de marzo de 2017, el ARS Peninsular giró la orden sanitaria OS-MF-28-2017, en la cual se ha ordenado dirigir los residuos sólidos a un Relleno Sanitario autorizado, retirar y no permitir el ingreso de personas externas al sitio, la suspensión del ingreso de desechos al vertedero municipal, realizar la limpieza de los lotes vecinos y realizar las acciones necesarias para la clausura del mismo, esto a partir del 6 junio de 2017. Consecuentemente, el CMD Cóbano pasó de tener un vertedero de operación inadecuada a no contar con un sitio para disponer sus residuos sólidos, por lo que se tuvo que adoptar un modelo de recolección y disposición final de residuos sumamente costoso. 3. ACCIONES REALIZADAS El 12 de junio del 2017, el Ing. Edgar Calvo del Dpto. de Ingeniería del CMD de Cóbano, se reunió en San José con los expertos Jose Navarro y Milton Fonseca para exponer el problema existente con respecto al antiguo vertedero municipal y buscar una pronta solución al mismo. Como resultado de dicha reunión, se coordinó la visita de los expertos al sitio en cuestión para que se realizara una valoración inicial del problema. El 23 de junio del 2017, el Sr. Jose Navarro realizó la visita al antiguo vertedero municipal para realizar la evaluación del sitio. Como producto de dicha evaluación, el experto se comprometió a elaborar una propuesta para resolver el problema. El 27 de junio del 2017, el experto Jose Navarro envió su propuesta para resolver el problema planteado, la cual consistía en extraer material del sitio y trasladarlo a un relleno sanitario autorizado. Con lo anterior se pretendía poder usar el vertedero nuevamente pero con un manejo apropiado, puesto que ya no estaría sobresaturado y recuperaría vida útil. Esta propuesta fue rechazada debido a que no se contaba con los recursos necesarios para realizar una movilización tan excesiva de materiales (residuos y tierra) hacia otro lugar. El 28 de junio del 2017, el Ing. Milton Fonseca realizó la visita al antiguo vertedero municipal para realizar la evaluación del sitio. Como producto de dicha evaluación, el experto se comprometió a elaborar una propuesta para resolver el problema. El 5 de julio del 2017, el Ing. Milton Fonseca envió su propuesta para resolver el problema planteado la cual consistía en hacer una reconversión del sitio para aumentar la vida útil y la eficiencia del mismo. La reconversión está fundamentada bajo el concepto de “Mitigación Ambiental” y proponía intervenir el sitio, dando inicio a la reparación obligatoria en concordancia con la Orden Sanitaria en la que el Ministerio de Salud solicitó el cierre técnico. Dicha propuesta no fue descartada, ya que el nuevo Reglamento sobre Rellenos Sanitarios lo permite; así que se procedió a investigar más a profundidad la sugerencia del Ing. Milton para evaluar su viabilidad. El 11 de octubre del 2017, el Ing. Alejandro Campos, gestor ambiental en esa fecha, le envió un correo electrónico a la Dra. Torres con un informe del estado del proyecto “Gestión de la recolección de los residuos sólidos y reconversión del vertedero municipal”. En dicho proyecto se propone que para hacer frente al problema, se podría realizar una reconversión del vertedero (adoptando la sugerencia del Ing. Milton Fonseca), dando paso a un futuro cierre técnico. Asimismo, se trata el tema de constituir una Sociedad Pública de Economía Mixta (SPEM), en la que el Consejo Municipal sería el socio mayoritario. Con dicha propuesta, se aprovecharía la experiencia técnica y empresarial de un socio privado para atender en conjunto todas las exigencias técnicas, ambientales y legales del proyecto. El 12 de octubre del 2017, la Dra. Torres, directora del ARS Peninsular, respondió afirmando que para llevar a cabo un proyecto de reconversión del vertedero se requeriría una viabilidad ambiental, estudios y permisos de diseño, construcción, operación, mantenimiento y control, con lo cual, se convoca a una reunión para esclarecer los puntos que aún no estaban resueltos y debían resolverse para continuar con la gestión de dicho proyecto. El 17 de octubre del 2017, durante una reunión con la Dra. Adriana Torres, se acordó realizar una gira al Relleno Sanitario Los Laureles con el concepto de “Mitigación Ambiental CTM”, ubicado en Pococí, con el objetivo de recolectar información que permitiera justificar la necesidad y poder respaldar técnicamente la viabilidad de un proyecto de reconversión como ese para el distrito de Cóbano. El 16 de noviembre del 2017, el Ing. Alejandro Campos le solicitó a la Lcda. Tatiana Araya, Promotora del IFAM, un espacio para dialogar sobre las posibilidades y mecanismos para tramitar un financiamiento con el IFAM que permitiera realizar el proyecto de reconversión del vertedero municipal del distrito de Cóbano. Como producto se obtuvo un documento en el que se enlistan los requerimientos y la estructura en que se debía presentar el perfil general del proyecto. El 22 de noviembre del 2017, se realizó la gira técnica al Relleno Sanitario Los Laureles para comprobar que el relleno sanitario opera bajo los estándares requeridos por el Ministerio de Salud y valorar la viabilidad de ejecutar un proyecto con esas características en el distrito de Cóbano. Dicha gira contó con la participación del Vice-Intendente Roberto Varela, el Ing. Edgar Calvo, el Ing. Alejandro Campos y la Dra. Adriana Torres. El 24 de noviembre del 2018, el Ing. Alejandro Campos se reunió con funcionarios del IFAM para establecer un monto base para realizar el proyecto de reconversión del antiguo vertedero municipal. Este monto se incluyó en los cálculos del ajuste tarifario que actualmente está vigente. El 6 de enero del 2018, funcionarios del CMD de Cóbano realizaron una gira a la Municipalidad de Santa Cruz con el propósito de conocer la experiencia que ha tenido la administración de dicho cantón respecto a la conformación de una SPEM.
ACTA 97/18 06/03/2018 Los días 25 y 26 de enero del 2018, se realizó en Cóbano un taller sobre Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), al cual asistieron miembros del CMD luego de la invitación por parte del Sr. Franklin Murillo, director del SINAC. Dicho taller fue impartido por el MAP. Igor Zúñiga de la Universidad Nacional (UNA). El segundo día del taller se realizó una gira al antiguo vertedero municipal para conocer el aspecto que tiene un sitio impactado ambientalmente. El 26 de enero del 2018, el Sr. Igor Zúñiga propuso traer un grupo de estudiantes de la carrera de Licenciatura en Ciencias Forestales de los cursos de Evaluación de Impacto Ambiental y de Formulación y Evaluación de Proyectos que él imparte en la Escuela de Ciencias Ambientales de la Universidad Nacional, quienes asumirían como proyecto final de ambos cursos elaborar una propuesta de remediación en términos ambientales y técnicos, estos serían un insumo importante en la gestión del cierre técnico del antiguo vertedero municipal. Todo bajo la supervisión del Sr. Igor y en coordinación con el CMD de Cóbano. 4. ACCIONES QUE SE ESTÁN REALIZANDO Hoy, 6 de marzo del 2018, se llevó a cabo una reunión con un funcionario del IFAM para definir el procedimiento para solicitar el financiamiento necesario para el cierre técnico y coordinar la realización del Perfil del Proyecto, del cual depende el financiamiento. 5. ACCIONES QUE SE VAN A REALIZAR El 9 de marzo del 2018, el encargado del Dpto. de Gestión Ambiental se reunirá con el Sr. Igor Zúñiga en las instalaciones de la UNA con la finalidad de conocer y coordinar más a detalle todo lo relacionado con el proyecto que el profesor Zúñiga realizará en conjunto con sus estudiantes que será el principal insumo para el cierre técnico del antiguo vertedero municipal de Cóbano. El 12 de marzo del 2018, el encargado del Dpto. de Gestión Ambiental se reunirá con el Ing. Milton Fonseca para actualizar la información sobre el tema de la reconversión del antiguo vertedero municipal. Los días 27 y 28 de abril del 2018, el Sr. Igor Zúñiga realizarán la evaluación del antiguo vertedero en coordinación con el Dpto. de Gestión Ambiental con el fin de recabar toda la información necesaria para formular la propuesta de reparación y el estudio técnico del sitio. El 15 de junio del 2018, será la presentación formal del proyecto final de los cursos de Evaluación de Impacto Ambiental y de Formulación y Evaluación de Proyectos con la propuesta de reparación y el estudio técnico del antiguo vertedero municipal, dirigida por el experto Igor Zúñiga en las Instalaciones de la UNA en Heredia. Ese mismo día se hará entrega al CMD de Cóbano el documento que será insumo esencial para llevar a cabo el cierre técnico. 6. ESTADO ACTUAL SEGÚN LO SOLICITADO EN LA ORDEN SANITARIA A continuación, se hace referencia al estado actual de cada una de las actividades del cronograma presentado en la sección anterior. Dirigir los residuos sólidos a un Relleno Sanitario autorizado Actualmente los residuos sólidos del distrito de Cóbano se están recolectando con el Camión Recolector del CMD de Cóbano y se están llevando hasta el ahora Centro de Transferencia ubicado en el antiguo vertedero municipal. Una vez en el lugar, son transferidos y transportados por un Camión Contenedor que lleva los residuos hasta el Relleno Sanitario de Tecnoambiente en Miramar de Puntarenas. Retirar y no permitir el ingreso de personas externas al sitio En la actualidad el antiguo vertedero municipal tiene acceso restringido y únicamente se permite la entrada de personas autorizadas. No obstante, se cuenta con una persona encargada de custodiar el portón de entrada y perímetros del lugar. Suspensión del ingreso de desechos al vertedero municipal Actualmente en el lugar no se depositan residuos sólidos acatando a lo dispuesto por el Ministerio de Salud. No obstante, el lugar es usado como Centro de Transferencia provisional para trasladar los residuos sólidos hasta el Relleno Sanitario de Tecnoambiente en Miramar. Realizar la limpieza de los lotes vecinos Durante el último semestre del 2017 se envió personal dos veces para realizar las labores de limpieza y recolección de residuos en los lotes circundantes al antiguo vertedero municipal. Durante el presente año aún no se ha realizado dicha labor, no obstante, se pretende hacer durante el mes de marzo. Presentar al ARS Peninsular el Plan de Cierre Técnico del Vertedero Municipal Para la elaboración del Plan de Cierre Técnico se necesita definir si se realizará un cierre técnico con reconversión o sin él, así que se están realizando reuniones con expertos en el tema para definirlo lo antes posible (en el mes de marzo). Actualmente se están realizando y coordinando más reuniones con el IFAM para definir el Perfil del Proyecto y obtener el financiamiento que se requiere para su ejecución. Realizar los trámites necesarios para contar con los planos constructivos Este aspecto es recursivo y depende de la elaboración del Plan de Cierre Técnico. Entregar la memoria de diseño y el manual de operación y mantenimiento Este aspecto también es recursivo. Su realización será por la empresa que sea contratada para realizar el cierre técnico. 7. COMENTARIOS FINALES El lunes 12 de marzo del 2018, durante la reunión con el experto Milton Fonseca, se determinará una fecha para llevar a cabo una reunión en las oficinas del IFAM en San José, la cual contará con la participación del Gestor Ambiental del CMD de Cóbano, el Vice-Intendente, Autoridades y Técnicos del IFAM; asimismo, se extenderá la solicitud al experto en reconversión y cierre técnico Milton Fonseca, a la Dra. Adriana Torres del ARS Peninsular y al
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Sr. Igor Zúñiga de la UNA. Esto con el fin de definir los procedimientos técnicos y legales necesarios para comenzar lo
más pronto posible con la ejecución del proyecto.
La solución Integral requiere de activa participación de los niveles técnicos y políticos (Concejo Municipal y
Ministerio de Salud) para tomar las decisiones de manera oportuna y rápida, atendiendo las necesidades de los
habitantes del distrito de Cóbano.
Hay experiencia de otros lugares con una problemática semejante a la que enfrentamos en el distrito de Cóbano y
que lograron resolver el problema de manera eficiente.
Alberto Vásquez G. Roberto Varela L
Gestor Ambiental Vice Intendente.
Se realizan comentarios
PRESIDENTE. Agradece el tiempo y la explicación.
e. Darío Álvarez Arguedas. Oficio PM 063-2017. Avalado por la Intendencia. ASUNTO.
Pagos de contrataciones.
e.1. Pago Parcial Licitación Abreviada Nº 2017LA-000007-01 “Compra de Agregados Asfalticos
para Realizar Trabajos con Emulsión Asfáltica Puntos del Distrito”
Orden de Compra Nº 05-18 Factura Nº29789/ 29787 Monto: ¢9.574.200,00
ORDEN DE COMPRA Y EXONERACION POR BIENES Y SERVICIOS
Orden Nº 005-18
Fecha: 23 de enero del 2018 Pagada con Cheque Nº______
Señores:
Ferretería Cóbano S.A.
Ced: 3-101-271008
Pág. 1 de 1
Licitación Abreviada Nº2017LA-000007-01 “Compra de Agregados Asfalticos para Realizar Trabajos con
Emulsión Asfáltica Puntos del Distrito”
Sírvase entregar lo siguiente:
CANT ARTICULO CO DI GO PR P. UNIT. TOTAL
Metros cubicos de Base granular tipo Csegun
690
CR-2010 2 3 2 IIIV 10.400.00 7.176.000.00
1920 sacos de cemento Cemex de 50 kg 2 3 2 IIIV 5.800.00 11.136.000.00
690 transporte de metros cubicos de base granular
1 3 4 IIIV 6.521.74 4.500.000.00
Metros cubicos de Base granular tipo Csegun
1500
CR-2010 2 3 2 IIIV 10.400.00 15.600.000.00
2700 sacos de cemento Cemex de 50 kg 2 3 2 IIIV 5.800.00 15.660.000.00
1500 transporte de metros cubicos de base granular
1 3 4 IIIV 6.750.00 10.125.000.00
total: ¢ 64.197.000.00
SubTotal ¢ 64.197.000.00
A esta orden de compra se le aplica retencion de 2% sobre el impuesto de la renta por Ley 7092
Articulo 23 1.283.940.00
TOTAL DE LA ORDEN: ¢ 62.913.060
LEY 7794, ARTÍCULO 8:
“Concédase a las Municipalidades exención de toda clase de impuestos, contribuciones, tasas y derechos.”.
Cinthya Rodríguez Quesada Karla Paniagua Varela Jackeline Rodríguez Rodriguez
INTENDENTE TESORERA PROVEEDORA
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido facturas Nº 29789 y 29787 correspondiente a la orden de compra
y exoneración por bienes y servicios Nº 005-18 de la Licitación Abreviada No. 201LA-
000007-01 “Compra de Agregados Asfalticos para Realizar Trabajos con Emulsión
Asfáltica Puntos del Distrito”
ACTA 97/18
06/03/2018
Que el monto total de la licitación es de sesenta y dos millones novecientos trece mil
sesenta colones con/100 (¢62.913.060,00)
Que este corresponde a pago parcial por un monto de nueve millones quinientos setenta
y cuatro mil doscientos colones con 00/100 (¢9.574.200,00)
Que en el expediente consta oficio INGV-048-2018 (folio 161) del Ingeniero Ramirez el
cual indica que los 740 sacos de cemento están resguardados en las bodegas de la
Ferretería Cóbano y la base se está estoqueando en un previo en la comunidad de San
Isidro.
ACUERDO Nº4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que
realice el pago de las facturas Nº 29789 y 29787 correspondiente a pago parcial de la orden
de compra y exoneración por bienes y servicios Nº 005-18 de la Licitación Abreviada No.
201LA-000007-01 “Compra de Agregados Asfalticos para Realizar Trabajos con Emulsión
Asfáltica Puntos del Distrito”, por un monto de nueve millones quinientos setenta y cuatro
mil doscientos colones con 00/100 (¢9.574.200,00, a la empresa Ferretería Cóbano S.A.”
ACUERDO UNANIME
e.2. Pago total de Licitación Abreviada Nº 2017LA-000003-01 “Adquisición de un
cargador- retroexcavador (Back Hoe) Totalmente Nuevo”
Orden de Compra Nº 168-17 Factura Nº185167 Monto: $100.350,00
ORDEN DE COMPRA Y EXONERACION POR BIENES Y SERVICIOS
Orden Nº 168-17
Fecha: 28 de diciembre del 2017 Pagada con Cheque Nº______
Señores:
Comercial de Potencia y Maquinaria S.A.
Ced: 3-101-155082
Pag. 1 de 1
Licitación Abreviada Nº2017LA-000003-01 “Adquisición de un Cargador-retroexcavador (Back Hoe)
Totalmente Nuevo”
Sírvase entregar lo siguiente:
CANT ARTICULO CO DI GO PR P. UNIT. TOTAL
Retroexcavador JOHN DEERE AÑO 2017
MOTOR 1T0310SLPHC316135 Estilo 310SL
5 1 1 IIIVC 100.350.00
total:$ 100.350.00
SubTotal $ 100.350.00
A esta orden de compra se le aplica retencion de 2% sobre el impuesto de la renta por Ley 7092
Articulo 23 2.007.00
TOTAL DE LA ORDEN: $ 98.343
LEY 7794, ARTÍCULO 8:
“Concédase a las Municipalidades exención de toda clase de impuestos, contribuciones, tasas y derechos.”.
Cinthya Rodríguez Quesada Fabio Vargas Montero Jackeline Rodríguez Rodriguez
ACTA 97/18
06/03/2018
INTENDENTE TESORERO a.i. PROVEEDORA
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido facturas Nº185167 correspondiente a la orden de compra y
exoneración por bienes y servicios Nº 168-18 de la Licitación Abreviada No. 2017LA-
000003-01 “Adquisición de un cargador- retroexcavador (Back Hoe) Totalmente
Nuevo”
Que el monto total de la licitación es de cien mil dólares trescientos cincuenta ($100.350,00)
Que consta en el expediente OFICIO INGV del ingeniero Ramirez (folio 347) en el cual
informa que recibió un restroexcavador marca John Deere totalmente nuevo , quedando por
entregar llanta delantera y trasera con sus respectivos aros
ACUERDO Nº5
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que
realice el pago total de la factura Nº185167 correspondiente a la orden de compra y
exoneración por bienes y servicios Nº 168-18 de la Licitación Abreviada No. 2017LA-000003-01
“Adquisición de un cargador- retroexcavador (Back Hoe) Totalmente Nuevo”, por un monto
de cien mil cien mil dólares trescientos cincuenta ($100.350,00), a la empresa Comercial de
Potencia y Maquinaria S.A.” ACUERDO UNANIME
e.3. Pago total de Contratación Directa No. 2017CD-000017-01” Maquinaria para
intervenir camino que comunica a las comunidades Concepción-Rio Frio-La
Esperanza”
Orden de Compra Nº 028-17 Factura Nº2357 Monto: ¢7.640.000,00
Nota: Con este pago se estaría completando la obra
Se adjunta expediente para verificación de la información
ORDEN DE COMPRA Y EXONERACION POR BIENES Y SERVICIOS
Orden Nº 028-17
Fecha: 24 de abril del 2017 Pagada con Cheque Nº______
Señores
Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Limitada
Ced. 3-102-034103
Pag. 1 de 1
Contratación Directa Nº2017CD-000017-01 “Maquinaria para intervenir camino que comunica a las
comunidades Concepción-Rio Frio-La Esperanza”
Sírvase entregar lo siguiente:
ACTA 97/18
06/03/2018
CANT ARTICULO CO DI GO PR P. UNIT. TOTAL
110 Hora Niveladora 1 8 2 III 38.000.00 4.180.000.00
66 Hora compactadora 1 8 2 III 25.000.00 1.650.000.00
77 Hora Tanque de agua 1 8 2 III 18.000.00 1.386.000.00
40 Hora excavadora 1 8 2 III 40.000.00 1.600.000.00
160 Hora vagoneta (tres unidades) 1 8 2 III 18.000.00 2.880.000.00
total: ¢ 11.696.000.00
SubTotal ¢ 11.696.000.00
A esta orden de compra se le aplica retencion de 2% sobre el impuesto de la renta por Ley 7092
Articulo 23 233.920.00
TOTAL DE LA ORDEN: ¢ 11.462.080
LEY 7794, ARTÍCULO 8:
“Concédase a las Municipalidades exención de toda clase de impuestos, contribuciones, tasas y derechos.”.
Cinthya Rodríguez Quesada Karla Paniagua Varela Jackeline Rodríguez Rodriguez
INTENDENTE TESORERA PROVEEDORA
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido factura Nº 02357 correspondiente a la orden de compra y
exoneración por bienes y servicios Nº 028-17 de la Compra Directa No. 2017CD-
000017-01” Maquinaria para intervenir camino que comunica a las comunidades
Concepción-Rio Frio-La Esperanza”
Que el monto total de la contratación es de once millones cuatrocientos sesenta y dos mil
ochenta colones con 00/100 (¢11.462.080,00)
Que este corresponde al último pago de la contratación un monto de siete millones
seiscientos cuarenta mil colones con 00/100 (7.460.000,00)
Que en el expediente consta visto del Ingeniero Vial de los trabajos ejecutados por esta
contratación (folio 135)
ACUERDO Nº6
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que
realice el pago de la factura Nº 02357 correspondiente al último pago de la orden de compra y
exoneración por bienes y servicios Nº028-17 de la Compra Directa No. 2017CD-000017-01”
Maquinaria para intervenir camino que comunica a las comunidades Concepción-Rio Frio-La
Esperanza””, por un monto de siete millones seiscientos cuarenta mil colones con 00/100
(7.460.000,00) a la empresa Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Limitada,” ACUERDO
UNANIME
f. Darío Álvarez Arguedas. Oficio PM 070- 2017. Avalado por la Intendencia. ASUNTO.
Solicitud de autorización de un pago
f.1. Pago parcial. Licitación Abreviada Nº 2017LA-000005-01 “COLOCACIÓN DE 2000
METROS DE TRATAMIENTO SUPERFICIAL BITUMINOSO EN TRES CAPAS EN y 500
METROS DE TRATAMIENTO SUPERFICIAL BITUMINOSO EN DOS CAPAS”
ACTA 97/18
06/03/2018
Orden de Compra Nº 002-18 Factura Nº0272 Monto: ¢20.890.000.00
ORDEN DE COMPRA Y EXONERACION POR BIENES Y SERVICIOS
Orden Nº 002-18
Fecha: 12 de enero del 2018 Pagada con Cheque Nº______
Señores:
G SS Asfaltos Alajuela S.A.
Ced:3-101-253334
Pag. 1 de 1
Licitación Abreviada Nº2017LA-000005-01 “COLOCACIÓN DE 2000 METROS DE TRATAMIENTO SUPERFICIAL
BITUMINOSO EN TRES CAPAS EN y 500 METROS DE TRATAMIENTO SUPERFICIAL BITUMINOSO EN DOS CAPAS”
Sírvase entregar lo siguiente:
CANT ARTICULO CO DI GO PR P. UNIT. TOTAL
“COLOCACIÓN DE 2000 METROS DE
TRATAMIENTO SUPERFICIAL BITUMINOSO
EN TRES CAPAS EN y 500 METROS DE
TRATAMIENTO SUPERFICIAL BITUMINOSO
EN DOS CAPAS”
5 2 2 III 103.900.000.00
total: ¢ 103.900.000.00
SubTotal ¢ 103.900.000.00
A esta orden de compra se le aplica retencion de 2% sobre el impuesto de la renta por Ley 7092
Articulo 23 2.078.000.00
TOTAL DE LA ORDEN: ¢ 101.822.000
LEY 7794, ARTÍCULO 8:
“Concédase a las Municipalidades exención de toda clase de impuestos, contribuciones, tasas y derechos.”.
Cinthya Rodríguez Quesada Fabio Vargas Montero Jackeline Rodríguez Rodriguez
INTENDENTE TESORERO a.i PROVEEDORA
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido factura Nº 0272 correspondiente a la orden de compra y
exoneración por bienes y servicios Nº 002-18 de la Licitación Abreviada No. 2017 LA-
000005-01 “Colocación de 2000 metros de tratamiento superficial Bituminoso en
tres capas y 500 metros de tratamiento superficial bituminoso en dos capas”
Que el monto total de la contratación es de ciento un millones ochocientos veintidós colones
con 00/100 (¢101.822.000,00)
Que este corresponde a un pago parcial por un monto de veinte millones ochocientos
noventa mil colones con 00/100 (20.890.000,00)
Que en el expediente consta oficio INGV-039-2017 del Ingeniero Vial en el cual indica
que se recibe satisfactoriamente el suministro de material granular (940 m3) y el cemento
(45 ton) agrega que el trabajo no se ha concluido solamente se ha colocado la base
granular y estabilizado con cemento en el caso de Cabuya y el campo ferial y colocado
la base granular frene a la escuela de la comunidad de Las Delicias.
ACUERDO Nº7
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que
realice el pago de la factura Nº 0272 correspondiente a pago parcial de la orden de compra y
ACTA 97/18
06/03/2018
exoneración por bienes y servicios Nº002-18 de la Licitación Abreviada No. 2017 LA-000005-
01 “Colocación de 2000 metros de tratamiento superficial Bituminoso en tres capas y 500
metros de tratamiento superficial bituminoso en dos capa”, por un monto de veinte millones
ochocientos noventa mil colones con 00/100 (¢20.890.000,00)
G.S.S. Asfaltos Alajuela S.A.” ACUERDO UNANIME
CINTHYA. Solicito la aplicación del artículo 45 a todos los pagos
PRESIDENTE. No le vamos a aplicar el 45, porque si existiera algún error habría tiempo de
corregir, además tenemos tiempo para cancelar
CINTHYA. Que conste en actas que lo solicite.
g. Cinthya Rodriguez Quesada. OFICIO IC-093-2018. ASUNTO. Respuesta a solicitud de
transporte para reunión con la viceministra de gobernación.
Agrega que pueden llevar a los miembros de la comisión pero el Concejo asume la
responsabilidad por algún accidente. El Chofer será Leonardo. SE CONOCE
h. Ya se inició el arreglo de Río Frio
i. El viernes presente a Laura el presupuesto extraordinario y junto con Yocelyn se tomó la
decisión de dejar 35 millones de zmt para el plan regulador integral de Santa Teresa.
j. Yocelyn Azofeifa Alvarado. Coordinadora a.i. zmt. OFICIO ZMT-044-2018. Avalado por la
Intendencia. ASUNTO: Uso de Zona Pública Solicitado por la Federación de Surf de
Costa Rica.
Por medio de la presente me permito saludarles y al mismo tiempo dar pase de la solicitud realizada por
el señor Randall Chaves Arrieta, Cedula , 1-0796-0587, presidente de la Federación de Surf de Costa Rica,
en el cual se solicita uso de la Zona Publica en Playa Carmen entre los mojones 68 al 71, con el fin de
realizar la cuarta fecha del Circuito Nacional de Surf 2018, los días sábado 14 y domingo 15 de abril del
2018, de 07:00a.m. a 06:00p.m, los dos días.
En mi condición de Coordinador a.i., del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, me permito
manifestarle las siguientes recomendaciones esto con el fin de que este Concejo Municipal considere la
posibilidad de otorgar el permiso para efectuar dicha actividad:
Primero: La actividad solo se podrá llevar a cabo en el sitio solicitado el cual se ubica entre los mojones 68
al 71 del sector costero de Playa Carmen, el día sábado 14 y domingo 15 de abril, de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.,
por tal razón no se podrá exceder el tiempo concedido para la realización del evento.
Segundo: No se deben permitir instalaciones permanentes para tales eventos, toda instalación debe ser
retirada del sitio una vez finalizada la actividad.
Tercero: Se debe garantizar el paso de los transeúntes por la zona pública, o sea, se deben de respetar
áreas de movilización para en caso de una situación de emergencia se puedan las personas desalojar el
sitio en forma rápida y segura.
Cuarto: La seguridad del sitio debe estar a cargo de los organizadores, los cuales serán los responsables de
las emergencias que acontezcan en la actividad a realizar.
Quinto: No se debe permitir la entrada de vehículos al sitio del evento por lo cual los organizadores
deben de contar con el apoyo de las autoridades correspondientes, para cumplir con dicho fin, tal a como
lo indica el artículo número 9 del reglamento de la ley 6043 que indica textualmente lo siguiente:
En el ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando
en todo momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de
deportes y de actividades para el sano esparcimiento físico y cultural. En la zona pública es prohibido
ACTA 97/18
06/03/2018
transitar en vehículos motores, salvo cuando para ello se cuente con el correspondiente permiso
municipal.
Concordancias:
Ley 6043, Art. 20.
Ley de Tránsito No 7331, de 13de abril de 1993, Arts. 1, 127 y 130, inciso m). Según lo estipulado en esta
ley, la circulación de vehículos automotores por las playas del país se encuentra prohibida y sancionada
con multa. No se diferencia expresamente entre zona restringida y zona pública.
Las excepciones a esta prohibición son las siguientes:
Cuando la dirección general de ingeniería de transito lo autorice, ante una necesidad de comunicación y
por no existir otra vía alterna en condiciones de circulación aceptable.
Para sacar o meter embarcaciones al mar.
En casos de emergencia o en los que se requiera una acción para proteger vidas humanas.
En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos provenientes de la pesca o para
desarrollar otras actividades laborales.
Sexto: Se prohíbe realizar cualquier trabajo en la zona pública con maquinaria automotriz.
Séptimo: Será obligación de los organizadores de dicho evento la limpieza de la playa (Zona Publica)
finalizado el evento, los cuales deberán de retirar todos los materiales, instalaciones provisionales y la
basura generada en dicho evento.
Octavo: Se prohíbe la venta de comidas y bebidas alcohólicas en el área del evento.
Noveno: Se prohíbe realizar fogatas.
Décimo: Los organizadores serán responsables de cumplir con cada uno de los puntos antes señalados.
Undécimo: Así mismo este Concejo deberá cerciorase que para la realización de dicha actividad se
cuenten con los permisos pertinentes.
En virtud de lo expuesto anteriormente es que este departamento de zona marítimo terrestre no
encuentra oposición a que se realice la cuarta fecha del Circuito Nacional de Surf 2018, siempre y cuando
se cumpla con los puntos indicados anteriormente; por lo que Concejo será el que considera el
otorgamiento o no de dicho permiso, de conformidad con lo dispuesto en el Dictamen C-304-2014, del
cual en lo que nos interesa cita lo siguiente:
“… un evento recreativo, deportivo, de índole cultural o de esparcimiento, programado para un periodo
determinado de tiempo, y cuya realización no requiera de ningún tipo de construcción más allá de obras
sencillas de fácil remoción, se requiere el permiso extendido por la municipalidad competente, por medio
de un acuerdo del concejo. Eso sí, en cada caso la municipalidad debe vigilar el cumplimiento de la
afectación al uso común de la zona pública, de manera que la actividad a realizar no comprometa el libre
tránsito, ni perjudique las condiciones naturales de la franja inalienable de cincuenta metros.
Y es que como expresamente dispone el artículo 9 del reglamento de la LZMT en el ejercicio del derecho al
uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en todo momento el acceso a
la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de actividades para el
sano esparcimiento físico y cultural.”
Se deja pendiente para que el departamento nos ayude a ubicarnos bien con los mojones
k. Cinthya Rodriguez. Intendente. OFICIO IC.087-2018 Asunto: Modificación del oficio
IC-420-2017 del 26 de junio del 2017, en el cual se reduce el cronograma
propuesto a 8 años.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido Informe IC-087-2018 suscrito por la Intendente Municipal en el cual
presenta cronograma final ajustado a 8 años para dar cumplimento a orden emitida mediante el
oficio número OFICIO 10862 del Area de Denuncias e investigación de la Contraloría General de
la Republica, de recordatorio de lo acordado en la reunión del 14 de setiembre del 2017,
realizada en este Concejo Municipal, donde se otorgó hasta el 28 de febrero del 2018 para
que la administración presente a consideración de este órgano colegiado una reformulación del
ACTA 97/18 06/03/2018 plazo de lo ordenado en el informe DFOE-DI-1627, el cual implicaría una disminución significativa de los tiempos propuestos inicialmente. ACUERDO Nº 8 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aprobar el OFICIO IC-087-2018 suscrito por la Intendente Municipal en el cual presenta cronograma final ajustado a 8 años para dar cumplimento a orden emitida mediante el oficio número 10862 del Area de Denuncias e investigación de la Contraloría General de la Republica, el cual se detalla a continuación: Por medio de la presente me permito presentar cronograma final ajustado a 8 años para dar cumplimento a orden emitida mediante el oficio número 11842 (DFOE-DI-1627) del 09 de setiembre de 2016 , suscrito por el Licenciado Rafael Picado López, gerente del área de denuncias e investigaciones de la Contraloría General de la República, en el cual se indican las acciones a desarrollar tendientes a resolver de manera definitiva las anomalías detectadas, esto según los tramites dispuestos en la normativa vigente y de este modo efectuar el debido proceso, por lo indicado anteriormente esta intendencia presenta el plan de acciones en el cual se describen los tramites descritos en el cronograma para atender las presuntas irregularidades que fueron detectadas por ese órgano contralor en un tiempo perentorio de 8 años. Elaboración de levantamiento de los ocupantes de la ZMT. Con el fin de conocer por quienes se encuentra ocupada la Zona Marítimo Terrestre del Distrito de Cóbano, el departamento de Zona marítimo Terrestre mediante el oficio número ZMT-090-2017 de fecha 24 de julio del año en curso, dio traslado a esta intendencia municipal, listado en el cual se encuentran contenidos un total 355 casos, correspondiente a los ocupantes de la Zona Marítimo Terrestre (Zona Publica y Zona Restringida y que cuenten o no con una concesión aprobada), en el cual se evidencia desarrollo constructivo, clasificados por sector costero, así como la actividad ocupacional que se encuentra desarrollando actualmente en los doscientos metros de la franja costera en administración de este Concejo Municipal de Distrito. Análisis de la información recabada (Traslado al departamento de patentes y construcciones con el fin de que realicen un análisis exhaustivo con base en los registros informáticos y documentales con que cuenta esta administración municipal, si el ocupante cuenta o no con una licencia municipal) Que esta intendencia municipal procedió a dar traslado el día 27 de julio del 2017, el listado que fue traslado mediante oficio número ZMT-090-2017 por el departamento de Zona marítimo Terrestre, en el cual se indicara cuáles son los puntos de análisis y requerimiento de información que deberán de entregar a esta intendencia municipal. El análisis de dicha formación se deberá de realizar confrontando el listado de los ocupantes con los registros que cuente (documentales y digitales) esta administración municipal, para lo cual el departamento de construcciones y de patentes deberá de verificar si la persona cuenta o no con una licencia municipal, y en el caso de que se determine que si existe el otorgamiento de un permiso constructivo o una patente municipal, se conforme un expediente en el cual se contenga copia de la información que respalde la existencia del mismo, siendo que se conoce de casos en los cuales únicamente existe un acuerdo que se refleja en actas del Concejo pero no existe el permiso constructivo o los requisitos exigidos por Ley para el otorgamiento del mismo. Casos similares se presentan con el otorgamiento de las patentes municipales siendo que se evidencia falta de documentación a falta de cumplimiento de requisitos. Este análisis tiene como fecha límite para ser entregado el día 05 de marzo del año en curso Entrega de Levantamiento de las construcciones-actividades existentes en la ZMT El departamento de Zona Marítimo Terrestre deberá de entregar un informe elaborado por el inspector del departamento en el cual detalle con exactitud la cantidad de construcciones existentes en la parcela, así como sus dimensiones y uso que se les está dando, lo anterior con el fin de incorporarlos a los respectivos expedientes y contar con información actualizada al momento de realizar el análisis de los mismos por parte de las asesorías Legales. Fecha límite para hacer entrega el día 02 de marzo del año en curso. Entrega de informe a la Intendencia Municipal. Que la información que se desprenda de la revisión realizada por cada departamento, se deberá de suministrar a mi persona esto mediante un informe en el cual se detallara la siguiente información: si esta cuenta o no con una licencia municipal y se adjunte una copia de la información que la respalde, tal como son los: permisos constructivos, actas de Concejo, recibos de pago, inspección de campo, constancias
ACTA 97/18 06/03/2018 emitidas por el encargado de cada departamento en cual se haga constar si cuentan o no con una licencia municipal así cualquier otro tipo de documento en el cual se evidencia la generación de las mismas (expedientes del trámite). De la documentación que se logre recabar se deberá de conformar un expediente el cual deberá de aportarse debidamente certificados por la Secretaria del Concejo Municipal. Lo señalado anteriormente es con el fin de dar traslado a los asesores legales para que elaboren el análisis de cada caso y en el cual se recomendará al Concejo Municipal el trámite a seguir. La fecha final para la presentación de los informes por parte de los departamentos de construcciones y patentes será el día 06 de marzo del 2018. Análisis previo de los casos con la etapa de recolección de datos concluida A partir de la entrega del informe por parte de los encargados del departamento de construcciones y patentes, se hará una sesión de trabajo entre los asesores legales y la intendencia con el propósito de que sean analizados los expedientes conformados con toda la información recabada mediante los cuales se determinara y se recomendara al Concejo Municipal, cuál será el trámite a seguir por cada caso, esto según la información contenida en el informe realizado por el departamento de patentes y construcciones de la información referente a cada ocupante (si cuenta uno con licencias municipales así como si cuenta o no con una concesión aprobada e inscrita y la ubicación de las mismas). Fecha límite para la entrega del análisis de cada caso será el 20 de marzo del año en curso. Traslado de expedientes con la etapa de recolección de los documentos concluida al Concejo Municipal Cóbano y con acuerdo que autoriza la intendencia a trasladar todos los expedientes correspondientes al Concejo Municipal de Puntarenas. Conformados todos los expedientes de cada caso la intendencia con acuerdo del Concejo Municipal Cóbano dará traslado al Concejo Municipal de Puntarenas de todos los expedientes para que este órgano proceda a tomar acuerdo según corresponda. Elevación a quien corresponda. En cuanto se establezcan los casos a resolver por el Concejo Municipal de Distrito Cóbano se le asignaran la los asesores legales para que inicien de inmediato el procedimiento correspondiente según la normativa vigente, y en apego al principio del debido proceso, sin que sea posible definir para estos la fecha exacta de su cumplimiento, sin embargo deberán establecer fechas en los cronogramas que se elaboren para cada caso en específico, siendo necesario definir quién será la persona responsable de la elaboración y actualización de los mismos, esto con el fin de dar seguimiento y velar por su cumplimiento. Por finalizado el proceso y en los casos en los cuales se determine dentro de las sanciones la demolición de las obras constructivas existentes por parte de la administración municipal, se deberá de proceder de inmediato con las actividades relacionadas con el proceso cobratorio del costo incurrido al efectuar la demolición. Ocupantes de la Zona Pública Que el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, deberá de proceder de forma inmediata con la búsqueda de opciones de vivienda para cada una de las personas que se determine no cuentan con una vivienda a la cual se puedan trasladar y que estén ocupando actualmente la zona pública (información que se desprenderá del levantamiento de los ocupantes suministrado por el departamento de ZMT). Esta acciones son necesarias que se tomen, con el fin de no ocasionar un caos social por el desalojo de las mismas, sin haber buscado antes una solución real a la problemática habitacional que sufrirían al momento de proceder con el desalojo y demolición de las obras constructivas, al dar cumplimiento a lo dispuesto en la normativa Ley 6043 y su reglamento. Responsabilidad que recae en el Concejo Municipal y la administración por lo que este deberá de proceder a la búsqueda de soluciones en relación a este punto, siendo necesario que cada una de las acciones realizadas queden debidamente documentadas, con el fin de conformar un expediente de respaldo de las mismas así mismo se deberá de informar a esta intendencia municipal el avance y los resultados definitivos de la gestión realizada, al presentar una solución definitiva así como indicar cuáles deben ser los pasos a seguir por parte de la administración. Para este caso se debe ser razonables, por lo que las medidas de acción con el fin de dar solución del problema habitacional de los ocupantes de la zona publica, se tendrán por concluidas el 21 de julio del año 2018, fecha en la cual finaliza la aplicabilidad de la Ley 9373 denominada Ley de Protección de los Ocupantes de Zonas Clasificadas como Especiales, posterior a esa fecha se deben de informar a la Intendencia Municipal el resultado final de las gestiones realizadas por ese Concejo Municipal e instruir a la misma sobre el procedimiento a realizar. Por lo tanto y según lo expuesto anteriormente el plazo en el cual se deberá desarrollar el cronograma propuesto se reduce a 8 años, separando los casos que por imperativo legal deberá ser trasladado al conocimiento de la Municipalidad de Puntarenas y los que son de carácter sancionador por acciones de los administrados serán resueltos por el Concejo Municipal de Distrito Cóbano.
ACTA 97/18
06/03/2018
Hacemos la observación de que el periodo de 8 años indicado queda sujeto a la respuesta que sobre el
tema tengan las autoridades de la Municipalidad de Puntarenas, pudiendo aumentar o disminuir dicho
caso”. ACUERDO UNANIME
ARTICULO V. MOCIONES
SE DISPENSA
ARTICULO VI. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
SE DISPENSA
ARTICULO VII. INFORME DE LOS CONCEJALES
Se dispensa
ARTICULO VIII. INFORME DE LAS COMISIONES
COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO
a. MODIFICACION PRESUPUESTARIA 1-2018
DICTAMEN Nº 2
Comisión de Hacienda y Presupuesto
ANALISIS DE DOCUMENTOS
Modificación Presupuestaria N 1 2018
ASUNTO. Primera Modificación Presupuestaria 2018
RECOMENDACIÓN:
Una vez analizada la modificación presupuestaria N1 2018. Por un monto de Ochenta y cuatro millones
ochocientos seis mil treinta y un colones con 00/100 (¢84.806.031,00). Se recomienda al honorable
Concejo aprobar dicha modificación, ya que la misma se ajusta a las necesidades requeridas
Fernando Quesada López Dagoberto Villalobos Mayorga Manuel Ovares Elizondo
Secretario Presidente. Miembro comisión
CONSIDERANDO:
Que la comisión de Hacienda y presupuesto ha presentado dictamen del análisis
realizado a la modificación presupuestaria 01-2018 presentada por la Intendencia
mediante OFICIO IC-077-2018 mediante el cual realiza la respectiva justificación
-Que la comisión recomienda lo siguiente: “Se recomienda al honorable Concejo aprobar
dicha modificación por un monto de Ochenta y cuatro millones ochocientos seis mil
treinta y un colones con 00/100 (¢84.806.031,00)
Que se ha conocido la modificacion del Plan ánual Operativo.
ACUERDO Nº9
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aprobar la Modificación
presupuestaria 01-2018 presentada por la Intendencia y dictaminada por la comisión de
hacienda y presupuesto por un monto total de Ochenta y cuatro millones ochocientos seis
mil treinta y un colones con 00/100 (¢84.806.031,00), según se detalla a continuación:
ACTA 97/18
06/03/2018
CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO COBANO
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 01-2018
REBAJAR EGRESOS
PROGRAMA I: DIRECCION Y ADMINISTRACION GENERAL
-
PROGRAMA I 8,451,463.00 100%
01 ADMINISTRACION GENERAL 8,401,463.00 99%
02 AUDITORIA INTERNA 50,000.00 1%
REBAJAR EGRESOS
PROGRAMA II: SERVICIOS MUNICIPALES
-
PROGRAMA II 33,248,818.00 100%
2 SERVICIO RECOLECION DE BASURA 463,002.00 1%
15 ZONA MARITIMO TERRESTRE 5,502,540.00 17%
16 DEPOSITO Y TRATAMIENTO DE BASURA 15,230,000.00 46%
25 PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE 100,000.00 0%
26 DESARROLLO URBANO 11,953,276.00 36%
REBAJAR EGRESOS
PROGRAMA III
-
PROGRAMA III 43,105,750.00 100%
02 VIAS DE COMUNICACIÓN:
III-02-01 UTGV (Junta Vial) 1,856,780.00 4%
III-02-02 MANTENIMIENTO VIAS DE COMUNICACIÓN 41,248,970.00 96%
05 INSTALACIONES - 0%
06 OTROS PROYECTOS - 0%
07 OTROS FONDOS E INVERSIONES - 0%
CONCEJO MUNICIPAL DE COBANO
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 01-2018
SECCION DE REBAJAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
PROGRAMA I
-
EGRESOS TOTALES 8,451,463.00 100%
0 REMUNERACIONES 5,541,870.00 66%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 50,000.00 1%
9 CUENTAS ESPECIALES 2,859,593.00 34%
SECCION DE REBAJAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
PROGRAMA II
-
EGRESOS TOTALES 33,248,818.00 100%
1 SERVICIOS 15,617,000.00 47%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,964,617.00 6%
5 BIENES DURADEROS 15,667,201.00 47%
SECCION DE REBAJAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
PROGRAMA III
EGRESOS TOTALES 43,105,750.00 100%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,248,970.00 3%
9 CUENTAS ESPECIALES 41,856,780.00 97%
ACTA 97/18
06/03/2018
CONCEJO MUNICIPAL COBANO
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 01-2018
AUMENTAR EGRESOS
PROGRAMA I: DIRECCION Y ADMINISTRACION GENERAL
PROGRAMA I 7,371,463.00 100%
01 ADMINISTRACION GENERAL 7,321,463.00 99%
02 AUDITORIA INTERNA 50,000.00 1%
AUMENTAR EGRESOS
PROGRAMA II: SERVICIOS MUNICIPALES
PROGRAMA II 25,666,818.00 100%
2 SERVICIO RECOLECION DE BASURA 463,002.00 2%
15 ZOMA MARITIMA TERRESTRE 5,502,540.00 21%
16 DEPOSITO Y TRATAMIENTO DE BASURA 15,230,000.00 59%
17 MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS 2,955,000.00 12%
25 PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE 1,180,000.00 5%
26 DESARROLLO URBANO 336,276.00 1%
AUMENTAR EGRESOS
PROGRAMA III: INVERSIONES
PROGRAMA III 51,767,750.00 100%
01 EDIFICIOS 8,662,000.00 17%
02 VIAS COMUNICACIÓN: - 0%
III-02-01 UTGV (Junta Vial) 1,856,780.00 4%
III-02-02 MANTENIMIENTO VIAS DE COMUNICACIÓN 41,248,970.00 80%
CONCEJO MUNICIPAL COBANO
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 01-2018
SECCION DE AUMENTAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
PROGRAMA I
-
EGRESOS TOTALES 7,371,463.00 100%
0 REMUNERACIONES 7,321,463.00 99%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 50,000.00 1%
PROGRAMA II
-
EGRESOS TOTALES 25,666,818.00 100%
0 REMUNERACIONES 5,301,818.00 21%
1 SERVICIOS 19,185,000.00 75%
5 BIENES DURADEROS 100,000.00 0%
9 CUENTAS ESPECIALES 1,080,000.00 4%
PROGRAMA III
-
EGRESOS TOTALES 51,767,750.00 86%
0 REMUNERACIONES 3,005,750.00 6%
1 SERVICIOS 40,000,000.00 77%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,406,000.00 3%
5 BIENES DURADEROS 7,356,000.00 14%
ACTA 97/18
06/03/2018
CONCEJO MUNICIPAL COBANO
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 01-2018
SECCION DE REBAJAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
-
EGRESOS TOTALES 84,806,031.00 100%
0 REMUNERACIONES 5,541,870.00 7%
1 SERVICIOS 15,617,000.00 18%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 3,263,587.00 4%
5 BIENES DURADEROS 15,667,201.00 18%
9 CUENTAS ESPECIALES 44,716,373.00 53%
SECCION DE AUMENTAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
-
EGRESOS TOTALES 84,806,031.00 100%
0 REMUNERACIONES 15,629,031.00 18%
1 SERVICIOS 59,185,000.00 70%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,456,000.00 2%
9 CUENTAS ESPECIALES 1,080,000.00 1%
5 BIENES DURADEROS 7,456,000.00 9%
ACTA 97/18 06/03/2018
ACTA 97/18
06/03/2018
CONCEJO MUNICIPAL COBANO
CUADRO No. 1
DETALLE DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE RECURSOS (Libres y específicos)
CODIGO SEGÚN INGRESO MONTO APLICACIÓN EGRESO
CLASIFICADOR DE Act/Serv/
Programa Proyecto
INGRESOS Grupo
I 01 ADMINISTRACION GENERAL 7,321,463.00 7,321,463.00
1.1.2.1.01.00.0.0.000 10% Bienes inmuebles 1,419,548.00 I 01 0.01.01 Sueldos para cargos fijos 1,419,548.00
1.1.3.3.01.02.0.0.000 Patentes municipales 5,901,915.00 I 01 0.01.05 Suplencias 1,182,209.00
Patentes municipales I 01 0.03.01 Retribucion por años servidos 55,563.00
Patentes municipales I 01 0.03.02 Restriccion al ejercicio liberal de la profesion 4,196,211.00
Patentes municipales I 01 0.03.03 Decimotercer mes 140,960.00
Patentes municipales I 01 0.04.01 Contribucion patronal al seguro de salud c.c.s.s. 156,466.00
Patentes municipales I 01 0.04.05 Contribucion patronal al Banco popular 8,458.00
Patentes municipales I 01 0.05.01 Contribucion patroanl al seguro de pensiones de la CCSS 85,929.00
Patentes municipales I 01 0.05.02 Aporte patronal regimen obligatorio pensiones complemen 25,373.00
Patentes municipales I 01 0.05.03 Aporte patronal fondo de capitalizacion laboral 50,746.00
Patentes municipales I 01 9.02.01 Sumas libres sin asignación presupuestaria 1,779,593.00
Patentes municipales I 01 0.02.03 Disponibilidad laboral 3,648,387.00
Patentes municipales I 01 0.01.03 Servicios especiales 1,893,483.00
I 02 AUDITORIA INTERNA 50,000.00 50,000.00
1.1.3.2.01.05.0.0.000 Impuestos especificos sobre la constucci 50,000.00 I 02 2.99.04 Texiles y vestuario 50,000.00
Impuestos especificos sobre la constuccion I 02 2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 50,000.00
II 02 SERVICIO RECOLECCION BASURA 463,002.00 463,002.00
1.3.1.2.05.04.1.0.000 Servicio recolección de basura 463,002.00 II 02 0.01.01 Sueldos para cargos fijos 52,805.00
Servicio recolección de basura II 02 0.03.02 Retribucion por años servidos 1,760.00
Servicio recolección de basura II 02 0.01.02 Jornales 319,932.00
Servicio recolección de basura II 02 0.03.03 Decimotercer mes 26,661.00
Servicio recolección de basura II 02 0.04.01 Contribucion patronal al seguro de salud c.c.s.s. 29,594.00
Servicio recolección de basura II 02 0.04.05 Contribucion patronal al Banco popular 1,600.00
Servicio recolección de basura II 02 0.05.01 Contribucion patroanl al seguro de pensiones de la CCSS 16,253.00
Servicio recolección de basura II 02 0.05.02 Aporte patronal regimen obligatorio pensiones complemen 4,799.00
Servicio recolección de basura II 02 0.05.03 Aporte patronal fondo de capitalizacion laboral 9,598.00
Servicio recolección de basura II 02 2.04.02 Repuestos y accesorios 408,437.00
Servicio recolección de basura II 02 2.99.04 Texiles y vestuario 54,565.00
II 15 ZONA MARITIMO TERRESTRE 5,502,540.00 5,502,540.00
1.3.2.2.02.00.0.0.000 Alquiler de terrenos (40% Adm) 5,502,540.00 II 15 0.01.01 Sueldos para cargos fijos 65,032.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 0.01.02 Jornales 350,000.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 0.01.05 Suplencias 1,893,483.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 0.03.01 Retribucion por años servidos 2,168.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 0.03.02 Restricción al ejercicio liberal 1,230,764.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 0.03.03 Decimotercer mes 289,521.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 0.04.01 Contribucion patronal al seguro de salud c.c.s.s. 321,368.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 0.04.05 Contribucion patronal al Banco popular 17,371.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 0.05.01 Contribucion patroanl al seguro de pensiones de la CCSS 176,492.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 0.05.02 Aporte patronal regimen obligatorio pensiones complemen 52,114.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 0.05.03 Aporte patronal fondo de capitalizacion laboral 104,227.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 1,000,000.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 1.03.01 Información 500,000.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 1.04.02 Servicios jurídicos 4,000,000.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 2.01.04 Tintas, pinturas y diluyentes 635,339.00
Alquiler de terrenos (40% Adm) II 15 5.01.05 Equipo y programas de cómputo 367,201.00
II 16 DEPOSITO Y TRATAMIENTO DE BASURA 15,230,000.00 15,230,000.00
1.3.4.1.00.00.0.0.000 Interes moratorio por atraso de impuesto15,230,000.00 II 16 1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 10,158,000.00
Interes moratorio por atraso de impuesto II 16 1.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo 5,072,000.00
Interes moratorio por atraso de impuesto II 16 5.01.99 Maquinaria y equipo diverso 8,200,000.00
Interes moratorio por atraso de impuesto II 16 5.02.99 Otras construcciones, adiciones y mejoras 7,000,000.00
Interes moratorio por atraso de impuesto II 16 2.03.04 Materiales y productos eléctrico, telefónicos y de cómputo 30,000.00
ACTA 97/18
06/03/2018
II 17 MANTENIMIENTO EDIFICIOS 2,955,000.00 2,955,000.00
1.1.2.1.01.00.0.0.000 Impuesto bienes inmuebles 2,955,000.00 II 17 1.02.04 Servicio telecomunicaciones 2,955,000.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 1.03.01 Información 2,955,000.00
II 25 PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE 1,180,000.00 1,180,000.00
1.1.9.1.01.00.0.000 Timbres municipales 100,000.00 II 25 5.01.03 Equipo de comunicación 100,000.00
1.1.9.1.02.00.0.0.000 Timbre pro-parques nacionales 1,080,000.00 II 25 9.02.02 Sumas con destino específico sin asignación presupuesta 1,080,000.00
Timbres municipales II 25 5.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 100,000.00
Timbre pro-parques nacionales I 01 9.02.02 Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria 1,080,000.00
II 26 DESARROLLO URBANO 336,276.00 336,276.00
1.1.2.1.01.00.0.0.000 Impuesto bienes inmuebles 336,276.00 II 26 0.01.01 Sueldos para cargos fijos 44,317.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 0.03.01 Retribucion por años servidos 228,695.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 0.03.03 Decimotercer mes 19,058.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 0.04.01 Contribucion patronal al seguro de salud c.c.s.s. 21,154.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 0.04.05 Contribucion patronal al Banco popular 1,143.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 0.05.01 Contribucion patroanl al seguro de pensiones de la CCSS 11,618.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 0.05.02 Aporte patronal regimen obligatorio pensiones complemen 3,430.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 0.05.03 Aporte patronal fondo de capitalizacion laboral 6,861.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 2.99.04 Texiles y vestuario 200,000.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 136,276.00
III 01 1 CONCLUSION DE OFICINAS CON CONTENEDORES 8,662,000.00 8,662,000.00
Impuesto bienes inmuebles 8,662,000.00 III 01 2.03.01 Materiales y productos metálicos 953,000.00
Impuesto bienes inmuebles III 01 2.03.02 Materiales y prodctos minerales y asfalticos 61,000.00
Impuesto bienes inmuebles III 01 2.03.04 Materiales y productos eléctricos 292,000.00
Impuesto bienes inmuebles III 01 5.02.01 Edificios 7,356,000.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 1.03.01 Información 4,162,000.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 2,000,000.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 1.04.03 Servicios de ingenieria 2,000,000.00
Impuesto bienes inmuebles II 26 2.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 500,000.00
III 02-01 UNIDAD TECNICA DE GESTION VIAL 1,856,780.00 1,856,780.00
2.4.1.1.00.00.0.0.000 Transferencias de capital del gobierno 1,856,780.00 III 02-01 0.02.01 Horas extras 1,000,000.00
central (Ley 9329) III 02-01 0.03.01 Retribucion por años servidos 454,436.00
III 02-01 0.03.03 Decimotercer mes 121,203.00
III 02-01 0.04.01 Contribucion patronal al seguro de salud c.c.s.s. 134,535.00
III 02-01 0.04.05 Contribucion patronal al Banco popular 7,272.00
III 02-01 0.05.01 Contribucion patroanl al seguro de pensiones de la CCSS 73,885.00
III 02-01 0.05.02 Aporte patronal regimen obligatorio pensiones complemen 21,816.00
III 02-01 0.05.03 Aporte patronal fondo de capitalizacion laboral 43,633.00
III 02-01 9.02.02 Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria 1,856,780.00
III 02-02 MANTENIMIENTO VIAS DE COMUNICACIÓN 41,248,970.00 41,248,970.00
1.1.2.1.01.00.0.0.000 Impuesto bienes inmuebles 41,248,970.00 III 02-02 0.02.01 Horas extras 900,000.00
III 02-02 0.03.03 Decimotercer mes 75,000.00
III 02-02 0.04.01 Contribucion patronal al seguro de salud c.c.s.s. 83,250.00
III 02-02 0.04.05 Contribucion patronal al Banco popular 4,500.00
III 02-02 0.05.01 Contribucion patroanl al seguro de pensiones de la CCSS 45,720.00
III 02-02 0.05.02 Aporte patronal regimen obligatorio pensiones complemen 13,500.00
III 02-02 0.05.03 Aporte patronal fondo de capitalizacion laboral 27,000.00
III 02-02 1.08.02 Mantenimiento vías de comunicación 40,000,000.00
III 02-02 2.03.01 Materiales y productos metálicos 100,000.00
1.1.2.1.01.00.0.0.000 Impuesto bienes inmuebles III 02-02 9.01.01 Sumas libres sin asignación presupuestaria 40,000,000.00
1.1.2.1.01.00.0.0.000 Impuesto bienes inmuebles III 02-02 2.04.02 Repuestos y accesorios 1,248,970.00
TOTALES 84,806,031.00 84,806,031.00 84,806,031.00
Yo, Lic. Laura Segura Muñoz, cédula de identidad 6-351-393, unión libre, vecina de San Isidro de Cóbano, Puntarenas, hago constar que los datos suministrados anteriormente corresponden a las
aplicaciones dadas por el Concejo Municipal de Cóbano a la totalidad de los recursos incorporados en esta modificacion presupuestaria.
-
Firma del funcionario responsable: _______________________________
Modificación Nº 01-2018
Justificación
PROGRAMA I
01-01 Administración General:
Se rebaja:
Se procede a rebajar al código 9.02.01 sumas libres sin asignación presupuestaria el monto de
¢1.779.593,00, y al código 0.02.03 disponibilidad laboral un monto de ¢3.648.387,00 y al código 0.01.03
servicios especiales un monto de ¢1.893.483,00
El rebajo en la disponibilidad laboral se requiere modificarlo debido a que aunque en el cuadro para
salarios se indicó que era dedicación exclusiva, al momento de codificar se clasificó erróneamente. Y en el
caso de servicios especiales son para la contratación de varios profesionales de apoyo, los cuales ya por
los primeros 3 meses del año no se van a requerir, por lo que se procede a hacer uso de estos recursos
para suplir otras necesidades de la administración.
Se aumenta:
Se procede dar contenido presupuestario a las partidas 0.01.01 sueldos un monto de ¢1.419.548,00, al
0.01.05 suplencias ¢ 1.182.209,00, al 0.03.01 retribución por años servidos ¢55.563,00, al 0.03.02
restricción al ejercicio liberal ¢4.196.211, al 0.03.03 decimotercer mes ¢140.960,00, al 0.04.01
contribución patronal a la C.C.S.S ¢156.466,00, al 0.04.05 contribución al banco popular ¢8.458,00,
0.05.01 contribución al seguro de pensiones ¢85.929,00, 0.05.02 aporte al régimen obligatorio de
pensiones ¢25.373,00 y al 0.05.03 aporte al fondo de capitalización laboral ¢50.746.
Esto con el fin de cubrir por periodos de incapacidades o vacaciones del personal administrativo también
para cubrir el gasto de pagos de restricción salarial que solicitaron algunos funcionarios.
01-02 Auditoria Interna:
Se rebaja:
Se rebaja al código 2.99.04 textiles y vestuario un monto de ¢50.000,00.
ACTA 97/18 06/03/2018 Se aumenta: Se aumenta al código 2.99.01 útiles y materiales de oficina y cómputo. Con el fin de que la auditoria interna adquiera el kit completo de firma digital (Oficio AIM-36-2018, con visto bueno de intendencia). PROGRAMA II 02-02 Servicio de Recolección de Basura: Se rebaja: Se procede a rebajar a los códigos 2.04.02 repuestos y accesorios ¢408.437,00 y al código 2.99.04 textiles y vestuario ¢54.565. Se aumenta: Se procede dar contenido presupuestario a las partidas 0.01.01 sueldos un monto de ¢52.805,00, al 0.03.01 retribución por años servidos ¢1.760,00, al 0.01.02 jornales ¢319.932,00, al 0.03.03 decimotercer mes ¢26.661,00, al 0.04.01 contribución patronal a la C.C.S.S ¢29.594,00, al 0.04.05 contribución al banco popular ¢1.600,00, 0.05.01 contribución al seguro de pensiones ¢16.253,00, 0.05.02 aporte al régimen obligatorio de pensiones ¢4.799,00 y al 0.05.03 aporte al fondo de capitalización laboral ¢9.598. Esto a razón de la gran cantidad de basura que se está recolectando y se hace necesario contar con apoyo para brindar el servicio. (Oficio VI-29-2018 con aprobación por parte de la intendencia). 02- 15 Zona Marítima Terrestre: Se rebaja: Se rebaja al código 1.03.01 información ¢500.000,00, al 1.04.02 servicios jurídicos ¢4.000.000,00, al 2.01.04 tintas, pinturas y diluyentes ¢635.339,00, y al 5.01.05 equipo y programas de cómputo ¢367.201,00. Se aumenta: Se procede dar contenido presupuestario a las partidas 0.01.01 sueldos un monto de ¢65.032,00, al 0.01.02 jornales ¢350.000,00, al 0.01.05 suplencias ¢ 1.893.483,00, al 0.03.01 retribución por años servidos ¢2.168,00, al 0.03.02 restricción al ejercicio liberal ¢1.230.764, al 0.03.03 decimotercer mes ¢289.521,00, al 0.04.01 contribución patronal a la C.C.S.S ¢321.368,00, al 0.04.05 contribución al banco popular ¢17.371,00, 0.05.01 contribución al seguro de pensiones ¢176.492,00, 0.05.02 aporte al régimen obligatorio de pensiones ¢52.114,00 y al 0.05.03 aporte al fondo de capitalización laboral ¢104.227,00 y al 1.01.02 alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario ¢1.000.000,00. Estos movimientos se dan con el fin de cubrir incapacidades principalmente de la abogada del departamento quien se encuentra incapacitada por un periodo extenso, para contar con contenido presupuestario para contratar peones para conformar y resguardar los adoquines del proyecto de senderos y contar con contenido para las demoliciones pendientes en Tambor, Montezuma y Santa Teresa además de otras demoliciones por confirmarse. (Oficio IC-077-2018). 02-16 Depósito y Tratamiento de Basura: Se rebaja: Se rebaja al código 5.01.99 maquinaria y equipo diverso un monto de ¢8.200.000,00, al 5.02.99 Otras construcciones, adiciones y mejoras ¢7.000.000,00, al 2.03.04 materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo ¢30.000,00. Se procede a realizar estos rebajos debido a que la romana que se había previsto adquirir el año anterior ya no será necesaria para el pesaje de vehículos, puesto que se está trabajando en dar en concesión la recolección de desechos. (Oficio VI-29-2018, con visto bueno de intendencia). Se aumenta: Se aumenta el código 1.01.02 alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario ¢10.158.000,00, y al 1.04.99 otros servicios de gestión y apoyo ¢5.072.000,00. Con el fin de contar con contenido presupuestario para cubrir el costo de disposición y transporte de los desechos sólidos, mientras se logra dar en concesión el servicio. 02-17 Mantenimiento de Edificios: Se rebaja: Se rebaja al código 1.03.01 información ¢2.955.000,00 del programa de Desarrollo Urbano. Se aumenta: Se aumenta al código 1.02.04 servicio de telecomunicaciones ¢2.955.000,00. Para lograr la adquisición del servicio de internet por medio de fibra óptica para el edificio principal, así mejorar el servicio con respecto a consultas en línea las cuales están creciendo considerablemente. 02-25 Protección del Medio Ambiente: Se rebaja:
ACTA 97/18 06/03/2018 Se rebaja al código 9.02.02 sumas con destino específico sin asignación presupuestaria ¢1.080.000,00 del programa I administración general de acuerdo al oficio 15375 (DFOE-DL-1112, en la sección de improbaciones). Al código 5.01.04 equipo y mobiliario de oficina ¢100.000. Esto con el fin de trasladar los recursos provenientes de timbres pro-parques nacionales al programa II Protección del Medio Ambiente. Se aumenta: Se requiere aumentar el código 5.01.03 equipo de comunicación ¢100.000,00 y sumas con destino específico sin asignación presupuestaria. Con la necesidad de adquirir un aparato telefónico para atender las denuncias ambientales, y manejar la comunicación interna y externa del departamento, a razón que la intendencia a dispuesto que las comunicaciones hacia el personal se realicen vía WhatsApp.(oficio GA-018-2018, con visto bueno de intendencia). 02-26 Desarrollo Urbano: Se rebaja: Se rebaja al código 2.99.074 textiles y vestuario ¢200.000,00 y al código 2.99.01 útiles y materiales de oficina y computo ¢136.276. Se aumenta: Se procede dar contenido presupuestario a las partidas 0.01.01 sueldos un monto de ¢44.317,00, al 0.03.01 retribución por años servidos ¢228.695,00, al 0.03.03 decimotercer mes ¢19.058,00, al 0.04.01 contribución patronal a la C.C.S.S ¢21.154,00, al 0.04.05 contribución al banco popular ¢1.143,00, 0.05.01 contribución al seguro de pensiones ¢11.618,00, 0.05.02 aporte al régimen obligatorio de pensiones ¢3.430,00 y al 0.05.03 aporte al fondo de capitalización laboral ¢6.861. Esto con el fin de realizar un ajuste de salario a un funcionario, por un error en el cálculo, además de reconocimiento de anualidades que no se pudo considerar en el presupuesto ordinario. PROGRAMA III 03-01-01 Conclusión de Oficinas con Contenedores: Se rebaja: Se rebaja al código 1.03.01 información ¢4.162.000,00, al 1.01.02 alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario ¢2.000.000,00, al 1.04.03 servicios de ingeniería ¢2.000.000,00 y al 2.99.01 útiles y materiales de oficina y cómputo ¢500.000. Todos los códigos del programa II Desarrollo Urbano, por la necesidad de concluir con los contenedores que se adquirieron hace vario tiempo para habilitarlos como oficinas. Se aumenta: Se requiere aumentar los siguientes códigos: 2.03.01 materiales y productos metálicos ¢953.000,00, 2.03.02 materiales y productos minerales y asfálticos ¢61.000,00, 2.03.04 materiales y productos eléctricos ¢292.000,00 y 5.02.01 edificios. Para concluir con el proyecto de adecuar los contenedores para ser utilizados como oficinas para diferentes unidades del Concejo Municipal. (Oficio ING 116-2018) 03-02-01 Unidad Técnica de Gestión Vial (Junta Vial Distrital): Se rebaja: se rebaja al 9.02.02 Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria ¢1,856,780.00. Se aumenta: Se procede a aumentar los códigos: 0.02.01 horas extras un monto de ¢1.000.000,00, al 0.03.01 retribución por años servidos ¢454.436,00, al 0.03.03 decimotercer mes ¢121.203,00, al 0.04.01 contribución patronal a la C.C.S.S ¢134.535,00, al 0.04.05 contribución al banco popular ¢7.272,00, 0.05.01 contribución al seguro de pensiones ¢73.885,00, 0.05.02 aporte al régimen obligatorio de pensiones ¢21.816,00 y al 0.05.03 aporte al fondo de capitalización laboral ¢43.633. Con la finalidad de contar con suficiente contenido presupuestario para el pago de horas extras ya que se están realizando varios proyectos grandes en el distrito. A la vez se hace necesario el reconocimiento de anualidades para el ingeniero vial, las cuales no se pudieron prever en el presupuesto ordinario. 03-02-02 Mantenimiento Vías de Comunicación Se rebaja: Se rebaja al código 9.01.01 sumas libres sin asignación presupuestaria ¢40.000.000,00, y al 2.04.02 repuestos y accesorios ¢1.248.970. Se aumenta: Se procede a aumentar los códigos: 0.02.01 horas extras un monto de ¢900.000,00, al 0.03.03 decimotercer mes ¢75.000,00, al 0.04.01 contribución patronal a la C.C.S.S ¢83.250,00, al 0.04.05 contribución al banco popular ¢4.500,00, 0.05.01 contribución al seguro de pensiones ¢45.720,00, 0.05.02 aporte al régimen obligatorio de pensiones ¢13.500,00 y al 0.05.03 aporte al fondo de capitalización
ACTA 97/18 06/03/2018 laboral ¢27.000,00, al 1.08.02 mantenimiento vías de comunicación ¢40.000.000,00, y al 2.03.01 materiales y productos metálicos ¢100.000. Con el fin de contratar maquinaria para acarreo de material por la concesión temporal al Río Seco, a la vez se requiere el resguardo del back hope y reforzar el pago de horas extras para el chofer de esta maquinaria. El total de la modificación es ¢ 84.806.031,00. MODIFICACION DEL PAO
ACTA 97/18 06/03/2018
PLAN OPERATIVO ANUAL
CONCEJO MUNICIPAL DE COBANO
2018 SI REQUIEREN IMPRIMIR ESTA INFORMACIÓN PARA EFECTOS INTERNOS, PUEDEN COPIAR ESTA HOJA, PASARLA A OTRO
MATRIZ DE DESEMPEÑO PROGRAMÁTICO ARCHIVO DE EXCEL (copiado especial formato y copiado especial valores) Y DARLE LAS CARACTERÍSTICAS
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NECESARIAS DE IMPRESIÓN, OCULTANDO O BORRANDO LAS LÍNEAS QUE NO SEAN UTILIZADAS.
ACTA 97/18
PROGRAMA III: INVERSIONES NO SOLICITAR A LA CGR MODIFICACIONES PARA IMPRIMIR ESTE ARCHIVO.
MISIÓN: Desarrollar proyectos de inversión a favor de la comunidad con el fin de satisfacer sus necesidades.
Producción final: Proyectos de inversión
PLANIFICACIÓN PLANIFICACIÓN OPERATIVA EVALUACIÓN
ESTRATÉGICA
PLAN DE Resultado
PROGRAMACIÓN DE LA META ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA POR META GASTO REAL POR META anual del EJECUCIÓN DE LA META Resultado del
DESARROLLO META FUNCIONARI indicador de indicador de
OBJETIVOS DE
% % O SUBGRUPO eficiencia en % % eficacia en el
MEJORA Y/O INDICADOR GRUPOS
MUNICIPAL RESPONSABL S la ejecución cumplimiento
OPERATIVOS I SEMESTRE II SEMESTRE I SEMESTRE II SEMESTRE
AREA E de los de la metas
recursos por programadas
I Semestre
I Semestre
II Semestre
II Semestre
ESTRATÉGICA Código No. Descripción meta
Infraestructura Poseer funcionarios Operativo 1 Contar con proyectos y demas Monto 50 50% 50 50% Cinthia 02 Vías de Dirección 3 857 798,03 3 857 798,03 0% 0% 0% 0%
que realicen los trabajos relacionados al presupuestd Rodriguez comunicació Técnica y
Infraestructura Mantener en buen Mejora 2 Disponer de vias de Monto 50 50% 50 50% Cinthia 02 Vías de Mantenimient 116 874 922,30 116 874 922,30 0% 0% 0% 0%
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
estado los caminos comunicación en el distrito en presupueatd Rodriguez comunicació o periódico
vecinales optimas condiciones o/Vias Quesada, n terrestre red vial
b. Comisión Prozul (informe verbal)
reparadas fredy
Madrigal
Avila,
Jackeline
Rodriguez
Rodriguez
Gestión Ambiental y Cuentas especiales Operativo 3 20% Zona Maritimo Terrestre y Monto 0% 100 100% Cinthia 07 Otros Otros fondos 45 289 643,60 0% 0% 0% 0%
Ordenamiento 10% utilidad de recoleccion de presupuesto/ Rodriguez fondos e e inversiones
Territorial Basura gestiones Quesada, inversiones
realizadas
Seguridad Social Disponer de un comité MEJORA 4 Contar con un comité que Monto 0% 100 100% Cinthia 06 Otros Otros 0,00 2 463 500,00 0% 0% 0% 0%
de emergencia estudie, evalue y proponga presupuesto/ Rodriguez proyectos proyectos
municipal, funcionando acciones en cuanto a riesgos por actividades Quesada,
acorde a las desastres naturales PROYECTO realizadas Jackeline
necesidades de riesgo BOSAI Rodriguez
del distrito Rodriguez
Infraestructura mantener en buen Mejora 5 ejecutar el presupuesto Monto 50 50% 50 50% Cinthia 02 Vías de Mantenimient 165 170 748,50 165 170 748,50 0% 0% 0% 0%
estado los caminos proveniente de la Ley 8114 y bajo presupueatd Rodriguez comunicació o periódico
cantonales los parametros establecidos en o/Vias Quesada, n terrestre red vial
inventariados de la la Ley 9329 para los Concejos reparadas, Jefrey
zona Municipales de Distrito maquinaria, Ramirez
proyectos castro, Junta
realizados Vial
Desarrollo Social Apoyar el crecimiento, Mejora 6 Equipar la orquesta infantil de Monto 100 100% 0% Cinthia 06 Otros 3 851 200,00 0% 0% 0% 0%
educacion, montezuma con instrumentos presupuesta Rodriguez proyectos
aprendizaje, convivio para su aprovechamiento do/instrumen Quesada
entre los niños por tos
medio de la musica comprados
Infraestructura Realizar un proyecto Mejora 7 Proyecto para embellecer sitio Monto 100 100% 0% Cinthia 06 Otros 10 190 585,60 0% 0% 0% 0%
de embellecimiento donde estara el skate park. presupuesta Rodriguez proyectos
urbanistico do/proyecto Quesada,
realizado Ing, Edgar
Calvo
Infraestructura Conclusion de oficinas Mejora 8 Concluir la construcci{on de las Monto 100 100% 0% Cinthia 01 Edificios 8 662 000,00 0% 0% 0% 0%
oficinas con contenerdores presupuesta Rodriguez
do/proyecto Quesada,
realizado Ing, Edgar
Calvo
debida aprobación e inclusión al sistema integrado de Presupuestos Públicos de la Contraloría
VIRGINIA. El 78 de marzo a las 8 de noche se hará la presentación de los avances de los
45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
2. Dar pase de este Modificación presupuestaria al Concejo Municipal de Puntarenas para su
General de la Republica. ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación del artículo
proyectos que están haciendo los estudiantes de la UACA, 23 estudiantes estudiaron el plan
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regulador de Cabuya se enfocaron en tres proyectos, y con eso se graduaron, a hora vienen al
seguimiento, son tres proyectos canalización de aguas, calles y como extendiese en las áreas
que están señaladas como reserva. En la mañana cada uno empieza a trabajar en su proyecto.
Hay un gran potencial en estos proyectos y muy barato La comunidad está colaborando mucho.
También estamos promoviendo una reunión con la ADI y ASADA de Cabuya para contarles lo
de los proyectos, sería bueno que alguno vaya.
b. COMISION INCOP
VIRGINIA. También con los proyectos INCOP vienen dos muchachos de la UACA a realizar las
mediciones para iniciar con el proyecto de Tambor, Daniel el topógrafo va a estar con ellos el
dono su trabajo del fin de semana, debemos agradecerle
ARTICULO VIII. INFORME DE LOS CONCEJALES
a. DUNIA. Tenemos audiencia para ir los de la comisión de cantonato el viernes a la
Asamblea Legislativa.
PRESIDENTE. Se comisiona a Eladio Picado, Manuel Ovares, Ronny Montero y Dunia
Campos para que asistan el viernes a la audiencia en la Asamblea
b. DAGOBERTO. El jueves viene Randall el Acalde de Puntarenas a entregar el mobiliario
a Río Negro a las 2pm dijo que el que quería acompañarlo, las otras partidas salen una
la próxima semana y la otra en quince días,
DUNIA. El mobiliario de Río Negro son comprados con recursos de la 7755 y se hizo a
través de este Concejo entonces porque tiene que venir el alcalde a entregarlo, no son
recursos de Puntarenas son del Concejo
DAGOBERTO. La de Rio Negro es de la 8461
DUNIA. No importa es lo mismo, por qué el alcalde tiene que entregarlo a la Asociación
de desarrollo debe ser al Concejo.
ELADIO. Ojala vinieran todos los alcaldes a entregar materiales
DUNIA Son recursos de este Concejo, porque viene él
DAGOBERTO. yo no lo sé, usted le puede preguntar el jueves, yo no tengo la respuesta
FERNANDO. Por qué no nos damos cuenta que ese roce que existe en el Concejo
Municipal de Cóbano contra el Alcalde de la municipalidad de Puntarenas nos perjudica
directamente.
Mañana me reúno nuevamente con la red de cuido, cumpliendo con el mandato de este
Concejo
DAGOBERTO. Quiero aclararle don Fernando que no es el Concejo el de los roces, es
ciertas y a mí lo que me interesa es que vengan recursos y que se hagan los proyectos y
punto. NO veo quien los entrega o no. Son proyectos que tramitan los síndicos y los
convenios debe firmarlo la Intendencia, lógicamente
DUNIA. Pide la palabra
PRESIDENTE. No le voy a dar la palabra y continuamos
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PRESENTO MOCION DE ORDEN PARA EXTENDER LA SESION A FIN DE CONOCER
LA CORRESPONDENCIA INLUIDA ENE L ORDEN DEL DÍA. Se aprueba la moción de
forma unánime y se aplica el artículo 45 quedando definidamente aprobada
ARTICULO IX. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
a. Ing. Ana Lorena Bolaños. UACA. Asunto, Solicitud de transporte para trasladar a
estudiantes de esa Institución de Montezuma a Cabuya los día 9 y 10 de marzo ya que
vienen a realizar un trabajo de campo para proponer posibles soluciones a problemáticas
como manejo de aguas residuales y posible expansión urbana.
DAGOBERTO. Demos pase a la Intendencia pero eso está difícil, mejor entre nosotros
pagamos un taxi.
b. Lcda. Ana Yensy Vargas. IMAS. Correo electrónico en el cual pregunta en cual espacio
atendería a los usuarios y si es posible hacerlo los día martes de 8.30 am a 3.pm.
DAGOBERTO. Se les ofreció esta sala y los días martes no es posible, que ellos escojan
cualquiera menos el martes
c. Tribunal Contencioso Administrativo. II Circuito Judicial de San Jose Anexo A.
Expediente 16-009787-1027-CA. Asunto. Veto Municipal. Recurrente. Intendente
Municipal de Cóbano. Recurrido. Concejo Municipal de Cóbano. Resolución. Se rechaza
el veto interpuesto.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido el fallo del Tribunal Contencioso Administrativo en el cual se
rechaza el veto interpuesto por la Intendente a acuerdo tomado en la sesión 17-2016,
Artículo V, inciso b, del día veintitrés de agosto del año Dos Mil Dieciséis.
ACUERDO Nº10
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarte la Intendente
presente a este Concejo, lo antes posible, el informe solicitado en la sesión 17-2016,
Articulo V, inciso b del día veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete, el cual se
transcribe:
TEXTO DE LA MOCION
MOCION
Señores
Concejales
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
El suscrito, Eladio Antonio Picado Ramírez, Concejal de este Concejo, con fundamento en el Código Municipal,
artículo 27 inciso b). Mociono lo siguiente:
CONSIDERANDO:
PRIMERO:
Que nuestro Código Municipal, Ley 7794, en sus artículos 13 y 14, establece taxativamente, cuales son las funciones
y atribuciones del Concejo Municipal y del Alcalde Municipal, en nuestro caso de la Intendencia Municipal, y de paso
la Ley General de la Administración Publica con referencia a los funcionarios públicos, en sus artículos 4, 113, 114,
190, 191 y 192 y siguientes. Y 214 siguientes y concordantes de dicha Ley.
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SEGUNDO: Que en razón de haber asignado un presupuesto de casi VEINTE MILLONES DE COLONES, para que se
realizaran trabajos de recuperación de la vía de Mal País, Santa Teresa hasta San Martín o Playa Hermosa, cuyos
servicios se haría por medio del sistema de Compra Directa, sin necesidad de adjudicación de proyectos por medio
de este Concejo.
TERCERO: Este Concejo, no conoce a ciencia cierta los trabajos que se están realizando, ni la forma del gasto de
dicho presupuesto.-
CUARTO: En Razón de la legalidad de los procedimientos, que es necesaria, para el conocimiento de este Concejo
Municipal, sobre las acciones administrativas realizadas, el cumplimiento del debido proceso, a efecto de las
ampliaciones de la calle, pues hay informe de vecinos inconformes, incluso de recursos administrativos interpuestos,
en razón de tales acciones.
QUINTO: Que no se entienda que estoy en contra de la realización de los trabajos en nuestras vías públicas, pues
para eso fuimos asignados en estos cargos, por parte de nuestros electores; pero sí, que no se violenten derechos
privados, pues podría producirse algún daño o perjuicio, a los que después debemos hacer frente
presupuestariamente..
MOCIONO: Para:
Que por acuerdo se le gire la orden a la Intendencia de este Concejo Municipal:
Primero: Se informe por medio de RENDICIÓN DE CUENTAS, de todas y cada una de las acciones realizadas
en razón de este proyecto. Gastos ya realizados y por realizar, para dar por terminado el mismo.
Segundo: Que se informe de las ampliaciones de la calle, en donde se han quitado cercas, e introducido a
propiedades, presuntamente privadas, que me imagino, de lo que se lleva un registro.
Tercero: Se adjunte al informe el levantamiento topográfico, realizado por el Ingeniero Municipal, que
determine el derecho de vía, y documentación expedida por parte del INDER, en relación con esta calle pública, por
lo menos en la longitud correspondiente a Santa Teresa y San Martín, en razón de que esta institución (ITCO E IDA
anteriormente) fue la que diseñó esta calle, por lo que es la que estableció las coordenadas correctas de las líneas
divisorias.
Lo anterior, a fin de que este Concejo, conozca a ciencia cierta, los trabajos que se realizan y que los procedimientos
están realmente apegados a la legalidad, incluyendo gastos, contrataciones y demás. Y en razón de poder y tener
material de respuesta, a consultas que diariamente se nos realizan.
Cóbano, 23 de agosto del 2016.
CONOCIDA Y ANALIZADA LA MOCION
ACUERDO Nº4
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger la moción presentada y dar pase de la
misma a la Intendencia a fin de que nos brinde el informe solicitado” ACUERDO UNANIME”. ACUERDO
UNANIME
d. Lcda. Susana Quiros. Directora Escuela La Tranquilidad. ASUNTO. Ternas para
nombramiento de junta, avalada por el supervisor escolar
CONSIDERANDO:
-Que la directora del Centro Educativo La Tranquilidad ha presentado ternas avaladas por el
supervisor escolar para el nombramiento de la Junta de Educación debido a la renuncia de forma
unánime de todos sus miembros
-Que se adjunta la carta de renuncia de cada uno de los miembros y copia de la cedula, además
de la copia de las actas de la junta en la cual se conocieron las renuncias.
-Que las ternas cumplen con todos los requisitos de Ley
ACUERDO Nº11
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “nombrar en la Junta de Educación del
Centro Educativo de La Tranquilidad a los siguientes miembros:
-Johnny Alvarado Vargas cédula 6 351 125
-Alexia Rocío Rodriguez Benavides cédula 6 354 256
-Yendry Gonzalez Jiménez cédula 6 381 873
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-Aurelia Maria Montero Orozco cédula 2 541 351
-Isrrael Rubí López Suarez cedula residente 155821811928
ACUERDO UNANIME
e. Richard Sommer. ASUNTO. Solicita la implementación del acuerdo Nº12 de la sesión
ordinaria 15-13, articulo VII, inciso a del día 23 de abril del 2013 “Cierre al pso de
vehículos por sendero peatonal”. Agrega que ha preguntado al dpto. de zmt y le han
dicho que debe esperar, y lleva más de dos años esperando.
SE DA PASE A LA INTENDENCIA PARA QUE SE LE DE UNA SOLUCION Y UNA
RESPUESTA A ESTE USUARIO DE FORMA INMEDIATA. Enviar copia de lo actuado a
este Concejo
f. Directora Escuela Teodoro Salamanca. Tambor. ASUNTO. Terna para nombramiento
de junta de educación por vencimiento de la actual, avalada por el supervisor escolar
CONSIDERANDO:
-Que la Directora de la Escuela Teodoro Salamanca de Tambor ha enviado ternas
avaladas por el supervisor escolar para el nombramiento de la Junta de Educación por
vencimiento de la actual.
-Que las ternas cumplen con los requisitos de Ley
ACUERDO Nº12
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar en la Junta de
Educación de la Escuela Teodoro Salamanca de Tambor a las siguientes personas:
-Francisco Madrigal Céspedes cédula 6 194 587
-Irlania Madrigal Araya cédula 6 260 528
-Ginette Granados Segura cédula 2 543 587
-Diana Carolina Salas Ibarra cédula 6 365 930
-Shirley Saray Bustos Rosales cédula 6 416 687
ACUERDO UNANIME
***************************************************U.L.***********************************************
Sra. Roxana Lobo Granados Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga
SECRETARIA PRESIDENTE