Ordinaria 94 · 2018-02-13

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 94 del 2018-02-13 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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ACTA 94/18
13/02/2018




                                  ACTA ORDINARIA Nº 94-2018
                                  PERIODO CONSTITUCIONAL
                                         2016 – 2020

ACTA NÚMERO NOVENTA Y CUATRO – DOS MIL DIECIOCHO DE LA SESIÓN ORDINARIA
QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA TRECE DE
FEBRERO    DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIECISIETE HORAS EN LA SALA DE
SESIONES DE ESTE CONCEJO.

Con la presencia de las siguientes personas:

PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga

PRESIDENTA SUPLENTE
Dunia Campos Salas

CONCEJALES PROPIETARIOS
Fernando Quesada López
Crisly Morales Méndez.
Virginia Vargas Acosta.
Eladio Picado Ramírez.

CONCEJALES SUPLENTES
Ronny Campos Muñoz
Mario Delgado Rodriguez

INTENDENTE

VICE INTENDENTE
Roberto Varela Ledezma

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Marcenette Castrillo Mena.

CONCEJALES SUPLENTES
Manuel Alfredo Ovares Elizondo.

ASISTENTES POR INVITACION
Edgar Calvo. Ingeniero Construcciones

VISITANTES

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión

  I.      ORACION
  II.     CORRECCIONES Y RATIFICACION DE ACTAS
  III.    AUDIENCIAS Y JURAMENTACION
  IV.     INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
  V.      ASUNTOS TRAMITE URGENTE
  VI.     INFORME DE LOS CONCEJALES
  VII.    INFORME DE LAS COMISIONES
  VIII.   LECTURA DE CORRESPONDENCIA
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ARTICULO I. ORACION

Presidente

ARTICULO II. CORRECCIONES Y RATIFICACION DE ACTAS

   a. Ratificación del acta 93-18
      Se somete a ratificación el acta ordinaria 93-18 la cual se ratifica en todas sus partes.
   b. Se somete a ratificación el acta extraordinaria 55-18 de la cual no se ratifica el articulo III
      correspondiente a un pago de Maturin debido a que hubo que sacarlo y meterlo en el acta
      93 con aplicación del 45 porque el periodo de pago estaba vencido y la empresa requería
      el pago, y el acta 55 tardo mucho en ratificarse.
      Se ratifica el acta extraordinaria 55-18 dejando sin ratificar el artículo III de la misma
      PAGO COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000090-01 “COMPRA E INSTALACION DE
      AIRES ACONDICIONADOS. ACUERDO UNANIME


ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACION

AUDIENCIAS

a. Se recibe al Ing. Edgar Calvo Mora Ingeniero de construcciones

EDGAR. El Departamento esta implementado algunas manuales guías y reglamentos y que nos

había pedido la auditoria en un informe. Mi apreciación es que el reglamento de construcciones

no es una herramienta de trabajo, sino que se convertiría en una carga que el departamento no

puede acoger, el reglamento contempla construcciones, movimientos de tierra y otros. Esta guía

es solo sobre movimientos de tierra y esta contempla movimiento de tierra grandes, que se

hacen mucho acá, y muchos se hacen para darle plusvalía a una tierra y no hay planos

constructivos, entonces se da ahí un vacío para esos permisos. En esta solicitud en vez de venir

planos constructivos vienen planos de movimientos de tierra, cortes y rellenos, los cuales deben

ser hechos de forma correcta y supervisados

DAGOBERTO. Me parece muy bueno, pero lo que me preocupa son las personas de bajos

recursos que deben hacer       movimientos de tierra mínimas, tal vez para hacer una casita

prefabricada o de bono.

EDGAR. Si es un movimiento grande lo hace un especialista, si es algo más particular un

topógrafo le puede hacer las curvas de nivel

DAGOBERTO. A eso me refiero, tal vez es una persona q solo tiene para la casita y el plano y

todavía tiene que pagar a un topógrafo para que le haga las curvas de nivel, ¿se puede tal vez

hacer una excepción en lo que es movimientos mínimos de tierra?.

EDGAR. Los movimiento de tierra menores a 200 metros cúbicos                 de tierra los gira    la

Municipalidad, como es poco, mediante una inspección visual y se puede hacer un informe,

donde no sea un movimiento que le vaya a acarrear problemas a los vecinos. Se podría hacer la

salvedad
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Dependiendo de la magnitud, a veces el permiso de construcción debe ir acompañado de un

movimiento de tierra

FERNANDO. Nos ubicamos en las personas que tienen que hacer un movimiento pequeño de

tierra

EDGAR. Todo es relativo porque aunque se un movimiento pequeño depende de donde esté

ubicado, y de la topografía del terreno

ELADIO. Una de las dolencias de la comunidad es la cantidad de requisitos para cualquier efecto

y esto encarecería más la construcción. El manual debe decir o indicar claramente, hasta que

cantidad de metros cúbicos se requiere un plano con curvas de nivel y la autoridad que puede

valorar, si se requiere el ingeniero. El manual está perfecto y si es necesario.

EDGAR: Cualquier movimiento mayor a 200 m3 requiere viabilidad ambiental. Aparte de este

manual, hay una serie de capítulos en el reglamento de obras menores, donde no se requiere

unos planos sino que queda a criterio del Ingeniero Municipal, para los movimientos de tierra

con un valor máximo de 4 millones yo estoy habilitado legalmente para supervisarlos, si un

movimiento de tierra cuesta más de 4 millones legalmente no lo puedo revisar, porque no sería

obra menor, se valora por metro cubico y por costo.

El límite para que lo pueda revisar la municipalidad son 200 m3 y para que lo puedan hacer si un

profesional responsable son cuatro millones de colones. Uno lo define el reglamento de

movimientos de tierra (200m3) y lo otro el reglamento de obras menores (¢4.000.000,00), esos

son los dos parámetros que existen y no quisiera asumir responsabilidad de trabajos mayores a

eso, porque sería además una imprudencia e irresponsabilidad. Además si un proyecto vale

menos de 4 millones, pero como ingeniero analizo que lleva un alto riesgo, puedo pedir que lo

haga un profesional, el reglamento hace esa salvedad. No recomiendo que el manual traiga una

salvedad y que diga que obras menores a 200 m3 que el ingeniero haga una inspección ocular,

porque todos me buscarían yo no tendría tiempo para eso.

PRESIDENTE. Le agradece su tiempo y la explicación. SE RETIRA

b. Se recibe a la Licenciada Ana Yensy Vargas Araya. Coordinadora. Unidad Local de
    Desarrollo Social. IMAS
     PRESIDENTE. Le da la bienvenida y concede la palabra.
     ANA YENSY VARGAS. Agradece le espacio e indica que la trae a este Concejo el brindar
     cuentas de lo actuado en el año 2017 y la presentación del programa de trabajo para el
     2018. Indica que ellos trabajan bajo el siguiente marco jurídico
Ley N° 4760 Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social
Ley N° 8488 Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo.
Ley N° 7769 Atención a las Mujeres en Condición de Pobreza.
Ley N° 7735 Ley General de Protección a la Madre Adolescente.
Ley N° 7739 Código de la Niñez y de la Adolescencia.
Ley N° 7742 Crea Programa de Reconvención Productiva del Sector Agropecuario CNP.
Ley N° 7600 Igualdad de Oportunidades para las personas con Discapacidad.
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Ley N° Ley Integral para las Persona Adulta Mayor.
Ley N° 8764 Ley General de Migración y Extranjería.
Ley N° 8436 de Pesca y Acuicultura.

Agrega que la estrategia de trabajo que siguen es la siguiente:
        • SACI
        • INDICE DE POBREZA MULTIDIMENSIONAL
        • FAMILIAS CON PERESONAS CON DISCAPACIDAD
        • ESTRATEGIA PUENTE (LEPANTO)
        • ATENCION DE REFERENCIAS INSTERINSTITUCIONALES
        • ATENCION DE DENUNCIAS
        • ATENCION DE QUEJAS

Trabajamos en tres grandes áreas que son: 1. Bienestar Familiar. 2. Desarrollo Socieducativo y
3. Desarrollo Socio Productivo Comunal

DESARROLLO SOCIEDUCATIVO


                                                   Transferencia
                                                     Monetaria
                                                    Avancemos



                                                                             Personas
                              Hogares                                      Trabajadoras
                             Conectados                                     Menores de
                                                                               Edad
                                                    Desarrollo
                                                    Socioeduc
                                                      ativo




                                                                   Programa de
                                       Procesos                    Cuadernos e
                                      Formativos                   Implementos
                                                                     Escolares




ÁREA DE BIENESTAR FAMILIAR

                                                    Atención
                                                       a
                                                    familias
                                                                      Asignació
                               Emergenc
                                                                      n Familiar
                                 ias
                                                                      (Inciso H)



                                                                                 Prestación
                                                    Bienesta                     Alimentari
                            Veda                    r Familiar                    a (Inciso
                                                                                      K)



                              Atenciones
                                                                       Cuido y
                                   de
                                                                       Desarroll
                              situaciones
                                                                       o Infantil
                              de violencia         Persona en
                                                    Situación
                                                        de
                                                   Abandono
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AREA SOCIOPRODUCTIVO Y COMUNAL


                                                       Emprendimien
                                                             tos
                                                        productivos
                                                        individuales



                             Diferencial de
                               la tasa de                                       Mejoramiento
                                 interés                                         de Vivienda
                               FIDEIMAS                 Desarrollo
                                                          Socio
                                                       productivo y
                                                         Comunal




                                                                       Mejoramiento
                                          Titulación                   vivienda para
                                                                       emergencias




Las fuentes de Financiamiento con que cuentan son:
-Fondo de Asignaciones familiares (FODESAF)
-Gobierno Central
-IMAS
Logros de la Unidad
         • La atención de 308 familias del Distrito de Lepanto incluidas en la Estrategia Puente al
            Desarrollo.
         • Atención de las familias damnificadas por la Tormenta Nate en la zona de la península y
            apoyo brindado a otras zonas de la provincia.
         • Conformación de los grupos de Formación Humana en los Distritos de Paquera y Cóbano
         • Inicio de los procesos de Capacitación técnica con la Fundación Ciudadanía Activa en los
            distritos de Paquera, Lepanto y Chira.
         •   Feria de Inclusión social y Derechos realizada en Distrito de Lepanto en mayo de 2017
         • Atención oportuna de Avancemos en todos los centros educativos del territorio atendido
            por ULDS Paquera
         • Atención más ordenada a través del sistema de atención al ciudadano (SACI)
LIMITACIONES
         • Poco personal para la atención de dos oficinas (Paquera y Jicaral)
         • Largas distancias que diezman el tiempo de respuesta de las atenciones a las familias en
            condición de pobreza en la zona.
         • No existencia de un servicio de transporte público con adecuado servicio de horarios entre
            Paquera y Lepanto.
         • Tener dos oficinas abiertas al público.
RETOS
         • Lograr una mayor participación en las Redes Locales existentes y establecer una mejor
            coordinación en la atención de las familias.
         • Coordinación con los gobiernos locales de las comunidades alejadas que nos brinden un
            espacio para atención de público con el objetivo de acercar los servicios institucionales a los
            usuarios.


Se atiende llamando a un centro de llamadas para solicitar una cita. Los adultos mayores,

discapacitados, embarazadas, personas con enfermedades graves o terminales, con referencia

de protección a la víctima o violencia no tienen que llamar se atienden con urgencia, el distrito

con mayor pobreza extrema es Lepanto. NO es conveniente que ustedes den referencias

DAGOBERTO. Usted dice que el IMAS ayuda a las redes de cuido. En qué forma lo hace?
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ANA YENSY. El IMAS subsidia o sea paga a la red de cuido, sea de niños o de adultos mayores,

el IMAS le paga a la persona u organización que cuida, así funciona, paga por cada niño o adulto

mayor.

DAGOBERTO. No paga por las Instalaciones

ANA YENSY. No. La municipalidad podría consultar al IMAS por la posibilidad de un CECUDI

(CENTRO DE CUIDO INTEGRAL) a la secretaria técnica de la red de cuido del IMAS

DAGOBERTO. Aquí hace falta uno porque hay muchas mujeres que trabajan,

ANA YENSY. Si hay un distrito que lo requiere es Cóbano, porque hay muchas mujeres que

trabajan, en la red de cuido que había aquí teníamos 40 niños matriculados y son 40 mujeres

que podían trabajar tranquilas

VIRGINIA. Como trabajan ustedes en otras municipalidades en asuntos de comunicación porque

el código indica que la Municipalidad debe tener una comisión permanente de asuntos sociales

ANA YENSY. En Lepanto con la Vice Intendencia trabajamos la parte social ellos gestionan

proyectos como emprende, gestionan capacitaciones con el INA y nosotros asociamos la

población que es la misma que llega donde ella. En Paquera con la oficina de la mujer allá había

una abogada que vía esos casos particulares y coordinábamos, solo que ahorita ya no está la

muchacha, pero así se hacía. En Cóbano no había en ese sentido pero con Cinthya en diferentes

oportunidades cuando estaban las sesione del CCI o a través de la red de no violencia donde

está representada la Municipalidad y con las trabajadoras sociales de la clínica, pero

directamente con una comisión no.

CINTHYA. Cuando doña Kembly vino le pedimos dejara un espacio para Cóbano así como viene

el Ministerio de Salud o el Servicio Civil pero aún no tenemos respuesta, ustedes nos habían

dicho que iban a aprobar más para el 2018. Trae algo sobre eso

YENSY. Sí. Informa de los montos invertidos en Cóbano en el año 2017. Agrega que en Cóbano

hay un fenómeno, se hace una programación anual para la atención de avancemos, era una

semana en Cóbano y la gente no llegaba, ya para este año no lo hicimos así, y Santa Teresa lo

atendemos aparte. El 13 y 14 de marzo atendemos este año en el CTP de Cóbano y si hace falta

programamos dos días más. Aquí el problema es la distancia entre los distritos. Y tener dos

oficinas abiertas la publico me delega mucha responsabilidad administrativa y legal y eso muy

difícil, nosotros solicitamos cerrar la oficina de Paquera y organizar la atención de manera que

cada quince días atender en Paquera y a los siguientes 15 días en Cóbano, para los demás

programas porque avancemos lo atendemos en el colegio, doña Sidney y Doña Cinthya me han

ofrecido colaboración, me gustaría colaboración de ustedes para hacérsela llegar a mi jefa.

CINTHYA. Si se toma el acuerdo ustedes de fijo atenderían acá
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ANA YENSY. Si y Paquera no lo puedo cerrar así de una, y seria atender el día Martes en

Cóbano cada quince días de 8 a 4 pm con la oficina de Paquera abierta.

CINTHYA. Sería mejor otro día que no sea martes, porque los concejales ocupan la sala los días

martes. Y no podría ser todas las semanas?

ANA YENSY. No tengo gente para tanto. Esto sería después de que ustedes hagan la solicitud y

yo se lo llevo a mi jefa.

VIRGINA. Más de 1500 millones para la península. Eso es muy bueno

ANA YENSY.. Lepanto consume mucho por el asunto de la veda, son muchos los pescadores

hay que atenderlos y eso consume mucho presupuesto.

FERNANDO. A la gente de Cóbano no le gusta llenar papeles, a veces son los directores los

que llenan los documentos y gracias a eso se dan becas de fonabe, no es por falta de

información.

ANA YENSY. Agradece el espacio y se retira-

ARTICULO IV. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

    a. Darío Álvarez Arguedas. Proveedor a.i. OFICIO PM-048-2018. Con VB de la
       Intendencia. ASUNTO. PAGOS Y ADJUDICACION

La presente tiene como fin solicitar autorización debida para el pago de las siguientes contrataciones
las cuales corresponden a un compromiso del año 2017:

   Compra Directa No. 2017CD-000014-01 “Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al
    Camino San Ramón de Ario”
Orden de Compra Nº 021-17
Factura Nº002356
Monto: ¢4.802.000,00
Se adjunta expediente para verificación de la información

   Compra Directa No. 2017CD-000015-01 “Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al
    Camino que comunica a San Ramón con la Menchita”
Orden de Compra Nº 022-17
Factura Nº002355
Monto: ¢5.880.000,00
Se adjunta expediente para verificación de información.

Así mismo se presentan expedientes con el fin de que se proceda a realizar el acto final de las siguientes
contrataciones:
 Contratación Directa Nº2018CD-000010-01 para la “Contratación de Maquinaria para dar
    Mantenimiento al Camino 6-01-001 específicamente el tramo que comunica Cabuya con Mal País”

a.a. Recomendación para Adjudicación

                                     PROVEEDURIA INSTITUCIONAL
                            RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACION 009-2018
                            CONTRATACION DIRECTA Nº2018CD-000010-01
“Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino 6-01-001 específicamente el tramo que
comunica Cabuya con Mal País”
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Cóbano, a las ocho horas del día trece de febrero del año dos mil dieciocho. Se procede a dar
recomendación con respecto a lo solicitado por el departamento de ingeniería vial, para la contratación de
maquinaria, cuya apertura se realizó el día cinco de febrero del año en curso, a las once horas.
I-RESULTADO
    1. Que dicho proceso de contratación fue amparado conforme a la solicitud:
         Oficio                Departamento Código de partida            Monto
         INGV-010-2018         Ingeniería Vial 1.08.02 III               ¢9.500.000,00
    2. Que según el expediente administrativo elaborado para esta contratación se invitó a concursar a
       los siguientes oferentes.
         Nº      PROVEEDOR
         1       Constructora LOPEZ y López Siglo XXI S.A.
         2       Alquileres Valverde S.A.
         4       Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Limitada
         5       Constructora Nivesur & Acarreos S.A.
         6       Constructora Quesada y Campbell S.A.

      3. Luego de cerrado el periodo para la recepción de ofertas se presentaron las siguientes ofertas a
         concurso.
         Nº      PROVEEDOR
         1       Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Limitada
         2       Constructora López y López Siglo XXI S.A.
         3       Alquileres Valverde S.A.
         4       Constructora Nivesur & Acarreos S.A.
      4. Que una vez verificado todos los requisitos se comprueba que las empresas Nivelaciones y
         Transportes Roljuanjo Limitada, Constructora Lopez y Lopez Siglo XXI S.A. y Constructora Nivesur
         y Acarreos S.A no cumplían con la totalidad de requisitos según el cartel, por ende se les otorgo un
         plazo de cinco días hábiles para subsanar esa documentación, sin embargo terminado el plazo
         solo Constructora Nivesur y Acarreos S.A logró completar todos documentos requeridos según el
         cartel de esta contratación.
II.CONSIDERANDO
Luego de realizada la evaluación correspondiente, a las ofertas admitidas a este concurso, se determinó
que cumplen con todos los requisitos solicitados.
III.POR LO TANTO
De conformidad con los hechos expuestos en la presente resolución y la normativa vigente en materia de
Contratación Administrativa, la Proveeduría institucional del Departamento Administrativo del Concejo
Municipal de Distrito Cóbano.
IV.RESUELVE
Recomienda adjudicar la Contratación Directa Nº2018CD-000010-01 para la “Contratación de Maquinaria
para dar Mantenimiento al Camino 6-01-001 específicamente el tramo que comunica Cabuya con Mal
País”a:
             Línea Nº 1 “Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino 6-01-001
    específicamente el tramo que comunica Cabuya con Mal País”
    ItemsNº1 Adjudicatario                        Cedula Jurídica      Depto.             Monto

                 Constructora Nivesur & Acarreos S.A.
  1                                                     3-101-459018   Ingeniería Vial   ¢2.640.000,00
                 Constructora Nivesur & Acarreos S.A.
  2                                                     3-101-459018   Ingeniería Vial   ¢1.680.000,00
                 Constructora Nivesur & Acarreos S.A.
  3                                                     3-101-459018   Ingeniería Vial   ¢1.080.000,00
                 Constructora Nivesur & Acarreos S.A.
  4                                                     3-101-459018   Ingeniería Vial   ¢2.280.000,00

                 Constructora Nivesur & Acarreos S.A.
  5                                                     3-101-459018   Ingeniería Vial   ¢1.200,000,00

   TOTAL: ¢ 8.880.000,00
ACTA 94/18
13/02/2018




Razones de la recomendación de la adjudicación:
Las razones por las cuales se recomienda se adjudique al Constructora Nivesur y Acarreos S.A. son las
siguientes:
Por cumplir con los requisitos del cartel.
Por ajustarse al presupuesto disponible.
Atentamente.
Darío Álvarez Arguedas ______________________
Proveedor a.i                                        Visto Bueno de Intendencia
Concejo Municipal Distrito de Cóbano
CONSIDERANDO:

       Que se ha concluido con los trámites anteriores al acto de adjudicación de la Compra

        Directa Nº2018CD-000010-01 para la “Contratación de Maquinaria para dar

        Mantenimiento al Camino 6-01-001 específicamente el tramo que comunica Cabuya con

        Mal País”

       Que cerrado el periodo de ofertas se presentaron las siguientes ofertas.

                   Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada

                   Constructora López y López Siglo XXI S.A

                   Alquileres Valverde S.A.

                   Constructora Nivesur & Acarreos S.A.

       Que de las cuatro empresas solo Constructora Nivesur & Acarreos S.A. logro subsanar

        y completar todos los requisitos según el cartel de licitación en el tiempo indicado para

        este fin

       Que el Departamento de Proveeduría recomienda se adjudique a Constructora Nivesur &

        Acarreos S.A. cédula jurídica 3-101-459018, por las siguientes razones: Por cumplir con

        los requisitos del cartel, Por ajustarse al presupuesto disponible y por dar un Mejor precio

       ACUERDO Nº1

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Adjudicar la Compra Directa Nº2018CD-

000010-01 para la “Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino 6-01-001

específicamente el tramo que comunica Cabuya con Mal País”, a la empresa Nivesur & Acarreos

S.A. cédula jurídica 3-101-459018 por un monto de Ocho millones ochocientos ochenta mil

colones con 00/100 (¢8.880.000,00) de acuerdo a las siguientes líneas¨

        -80 horas de niveladora                ¢33.000,00 p/h                  ¢2.640.000,00

        -60 horas de Compactadora               ¢28.000,00 p/h                 ¢1.680.000,00

        -60 horas tanque de agua               ¢18.000,00 p/h                  ¢1.080.000,00

        -60 horas de Back Hoe                   ¢20.000,00 p/h                 ¢1.200.000,00

        -120 horas de vagoneta           ¢19.000,00 p/h 3 unidades             ¢2.280.000,00
ACTA 94/18
13/02/2018




ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el

cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE

APROBADO

a.b. Pago Compra Directa No. 2017CD-000014-01 “Contratación de Maquinaria para dar
Mantenimiento al Camino San Ramón de Ario”
        ORDEN DE COMPRA Y EXONERACION POR BIENES Y SERVICIOS
                    Orden Nº 021-17
Fecha: 17 de abril del 2017                Pagada con Cheque Nº______

Señores
Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Limitada
Ced. 3-102-1-034103
Pag. 1 de 1

Contratación Directa Nº2017CD-000014-01 “Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino San
Ramón de Ario”
Sírvase entregar lo siguiente:
CANT                       ARTICULO                       CO DI GO       PR       P. UNIT.            TOTAL
  50    Hora Niveladora                                    1    8   2     III       40.000.00        2.000.000.00
  30    Hora compactadora                                  1    8   2     III       25.000.00          750.000.00
  40    Hora Tanque de agua                                1    8   2     III       20.000.00          800.000.00
  20    Hora back hoe                                      1    8   2     III       20.000.00          400.000.00
  50    Hora vagoneta (tres unidades)                      1    8   2     III       19.000.00          950.000.00


                                                                                        total: ¢      4.900.000.00

                                                                                    SubTotal ¢        4.900.000.00

A esta orden de compra se le aplica retencion de 2% sobre el impuesto de la renta por Ley 7092
Articulo 23                                                                                                 98.000.00
                                                                       TOTAL DE LA ORDEN: ¢                 4.802.000

LEY 7794, ARTÍCULO 8:
“Concédase a las Municipalidades exención de toda clase de impuestos, contribuciones, tasas y derechos.”.
Cinthya Rodríguez Quesada Karla Paniagua Varela         Jackeline Rodríguez Rodriguez
  ITENDENTE                TESORERA                 PROVEEDORA


CONSIDERANDO:

     Que se ha conocido             factura Nº 02356 correspondiente a               la   orden de compra y

        exoneración por bienes y servicios Nº 021-17 de la Compra Directa No. 2017CD-

        000014-01 “Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino San
        Ramón de Ario”
     Que el monto total de la contratación es de Cuatro millones ochocientos dos mil colones con

        00/100 (¢4.802.000,00)

     Que este pago corresponde al pago total de la contratación.

     Que en el expediente consta visto del Ingeniero Vial de los trabajos ejecutados por esta

        contratación
ACTA 94/18
13/02/2018




ACUERDO Nº2

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que

realice el pago de la factura Nº 02356 correspondiente al pago total de la orden de compra y

exoneración por bienes y servicios           Nº021-17 de       la Compra Directa No. 2017CD-000014-01

“Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino San Ramón de Ario”, por un

monto de Cuatro millones ochocientos dos mil colones con 00/100 (¢4.802.000,00), a la empresa

Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Limitada,” ACUERDO UNANIME Se somete a votación la

aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando

el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.


a.c. Pago Compra Directa No. 2017CD-000015-01 “Contratación de Maquinaria para dar
Mantenimiento al Camino que comunica a San Ramón con la Menchita

                           ORDEN DE COMPRA Y EXONERACION POR BIENES Y SERVICIOS
            Orden Nº 022-17
Fecha: 17 de abril del 2017                    Pagada con Cheque Nº______
 Señores
Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Limitada
Ced. 3-102-1-034103
Pag. 1 de 1
Contratación Directa Nº2017CD-000015-01 “Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino que
comunica a San Ramón con la Menchita”
 Sírvase entregar lo siguiente:
CANT                       ARTICULO                       CO DI GO       PR       P. UNIT.            TOTAL
  60    Hora Niveladora                                    1    8   2     III       40.000.00        2.400.000.00
  36    Hora compactadora                                  1    8   2     III       25.000.00          900.000.00
  48    Hora Tanque de agua                                1    8   2     III       20.000.00          960.000.00
  30    Hora back hoe                                      1    8   2     III       20.000.00          600.000.00
  60    Hora vagoneta (tres unidades)                      1    8   2     III       19.000.00        1.140.000.00


                                                                                        total: ¢      6.000.000.00

                                                                                    SubTotal ¢        6.000.000.00

A esta orden de compra se le aplica retencion de 2% sobre el impuesto de la renta por Ley 7092
Articulo 23                                                                                             120.000.00
                                                                       TOTAL DE LA ORDEN: ¢              5.880.000
LEY 7794, ARTÍCULO 8:
“Concédase a las Municipalidades exención de toda clase de impuestos, contribuciones, tasas y derechos.”.
 Cinthya Rodríguez Quesada Karla Paniagua Varela         Jackeline Rodríguez Rodriguez
  INTENDENTE                 TESORERA                 PROVEEDORA

CONSIDERANDO:

     Que se ha conocido factura Nº 02355 correspondiente a la orden de compra y

        exoneración por bienes y servicios Nº 022-17 de la Compra Directa No. 2017CD-000015-

        01 “Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino que comunica a San

        Ramón con la Menchita.
ACTA 94/18
13/02/2018




       Que el monto total de la contratación es de Cinco millones ochocientos ochenta mil

        colones con 00/100 (¢5.880,000,00)

     Que este pago corresponde al pago total de la contratación.

     Que en el expediente consta visto del Ingeniero Vial de los trabajos ejecutados por esta

        contratación

ACUERDO Nº3

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que

realice el pago de la factura Nº 02355 correspondiente al pago total de la orden de compra y

exoneración por bienes y servicios        Nº022-17 de      la Compra Directa No. 2017CD-000015-01

“Contratación de Maquinaria para dar Mantenimiento al Camino que comunica a San Ramón

con la Menchita.”, por un monto de Cinco millones ochocientos ochenta mil colones con 00/100

(¢5.880,000,00) a la empresa        Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Limitada,”           ACUERDO

UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se

aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.

    b. El próximo viernes el presidente de A y A quiere reunirse conmigo a las 5 pm.

    c. El Jueves a las 11 am viene el Ing. Diego Vásquez del CONAVI a reunirse con nosotros,
       quedan invitados.

    d. Yocelyn Azofeifa Alvarado. Coordinara a.i. Dpto. ZMT. PASE-032-2018. Con VB de la
       Intendencia. Asunto. Solicitud para el uso de zona publica al comité de los
        castillos de arena Bello Horizonte.
CONSIDERANDO:

       Que la Asociación de Desarrollo Integral de Bello Horizonte, ha solicitado autorización

        para el uso de la zona pública, entre los mojones 192 al 270 del sector costero de Playa

        Manzanillo, para llevar a cabo un evento denominado Castillos en La Arena.

       Que este evento se realizara los días 24 y 25 de Marzo del 2018 el día 24 se realizara

        una cabalgata y el día 25 actividad de esculturas en la arena

       Que la organización debe acatar las instrucciones emitidas en este acuerdo

ACUERDO N°4

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Autorizar el uso de la playa y zona

pública de Manzanillo entre los mojones 192 al 270, para llevar a cabo un evento denominado

Castillos en La Arena, el día 24 de Marzo              de 11:00 a.m. a 05:00 p.m. para evento de

cabalgata y 25 de marzo del 2018, con un horario de 10:00 a.m. a 06:00 p.m.. Para evento de

esculturas en la arena, no se podrá exceder el tiempo concedido para efectuar la actividad.
       Se deben acatar las siguientes instrucciones:
Primero. La actividad solo se podrá llevar a cabo en el sitio solicitado el cual se ubica entre los mojones
192 y 270 del sector costero de Manzanillo, los días 23,24 y 25 de marzo del 2018, Viernes 23 de 5:00 p a
ACTA 94/18
13/02/2018




9:00 pm partidos de futbol de 9:00 pm a 2:00 am se realizara un baile totalmente gratuito , El sábado 24
será la cabalgata de 11:00 am a 5:00 pm y el domingo 25 será las esculturas de arena de 10:00 am a 6:00
pm
Segundo. No se deben permitir instalaciones permanentes para tales eventos, toda instalación debe ser
retirada del sitio una vez finalizada la actividad.
Tercero. Se debe garantizar el paso de los transeúntes por la zona pública, o sea, se deben de respetar
áreas de movilización para en caso de una situación de emergencia se puedan las personas desalojar el
sitio en forma rápida y segura.
Cuarto. La seguridad del sitio debe estar a cargo de los organizadores, los cuales serán los responsables de
las emergencias que acontezcan en la actividad a realizar.
Quinto. No se debe permitir la entrada de vehículos al sitio del evento por lo cual los organizadores
deben de contar con el apoyo de las autoridades correspondientes, para cumplir con dicho fin, tal a como
lo indica el artículo número 9 del reglamento de la ley 6043 que indica textualmente lo siguiente: En el
ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en
todo momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y
de actividades para el sano esparcimiento físico y cultural. En la zona pública es prohibido transitar en
vehículos motores, salvo cuando para ello se cuente con el correspondiente permiso municipal.
Concordancias:
Ley 6043, Art. 20.
Ley de Tránsito No 7331, de 13de abril de 1993, Arts. 1, 127 y 130, inciso m). Según lo estipulado en esta
ley, la circulación de vehículos automotores por las playas del país se encuentra prohibida y sancionada
con multa. No se diferencia expresamente entre zona restringida y zona pública.
Las excepciones a esta prohibición son las siguientes:
Cuando la dirección general de ingeniería de transito lo autorice, ante una necesidad de comunicación y
por no existir otra vía alterna en condiciones de circulación aceptable.
Para sacar o meter embarcaciones al mar.
En casos de emergencia o en los que se requiera una acción para proteger vidas humanas.
En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos provenientes de la pesca o para
desarrollar otras actividades laborales.
Sexto. Se prohíbe realizar cualquier trabajo en la zona pública con maquinaria automotriz.
Séptimo. Será obligación de los organizadores de dicho evento la limpieza de la playa (Zona Publica)
finalizado el evento, los cuales deberán de retirar todos los materiales, instalaciones provisionales y la
basura generada en dicho evento.
Octavo. Se prohíbe la venta de comidas y bebidas alcohólicas en el área del evento.
Noveno. Se prohíbe realizar fogatas
Décimo. Los organizadores serán responsables de cumplir con cada uno de los puntos antes señalados.
 Undécimo. Así mismo este Concejo deberá asesorarse que para la realización de dicha actividad se
cuenten con los permisos pertinentes.
En virtud de lo expuesto anteriormente es que este departamento de zona marítimo terrestre no
encuentra oposición a que se realice la actividad denominada Castillos de Arena, siempre y cuando se
cumpla con los puntos indicados anteriormente; por lo que Concejo será el que considera el
otorgamiento o no de dicho permiso, de conformidad con lo dispuesto en el Dictamen C-304-2014, del
cual en lo que nos interesa cita lo siguiente:
“… un evento recreativo, deportivo, de índole cultural o de esparcimiento, programado para un periodo
determinado de tiempo, y cuya realización no requiera de ningún tipo de construcción más allá de obras
sencillas de fácil remoción, se requiere el permiso extendido por la municipalidad competente, por medio
de un acuerdo del concejo. Eso sí, en cada caso la municipalidad debe vigilar el cumplimiento de la
afectación al uso común de la zona pública, de manera que la actividad a realizar no comprometa el libre
tránsito, ni perjudique las condiciones naturales de la franja inalienable de cincuenta metros.
Y es que como expresamente dispone el artículo 9 del reglamento de la LZMT en el ejercicio del derecho al
uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en todo momento el acceso a
la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de actividades para el sano
esparcimiento físico y cultural.”
2. Este acuerdo corresponde al uso de la playa no al permiso de la actividad, este último se

otorgara cuando el departamento de patentes nos indique, mediante oficio, que el comité
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organizador cumplió con todos los requisitos ante ese departamento, de lo contrario el mismo

departamento debe proceder a emitir la clausura el evento. ACUERDO UNANIME

    e. Cinthya Rodriguez Quesada. Copia de OFICIO IC-062-2018, dirigido al Alcalde de
       Puntarenas

Estimado por este medio me permito saludarle y a la vez, de manera formal, puesto que en reiteradas
ocasiones le he llamado, enviado mensajes de whatsapp, hablado con funcionarias de la Municipalidad de
Puntarenas (doña Marny, doña Marilyn y doña Gabriela), solicitarle nos transmita el monto de los recursos
de la Ley 8114 de los años 2015 y 2016 que se encuentran aún en sus arcas municipales.
Esto en razón de que debemos presupuestarlos, como usted verbalmente lo dijo a la señora
vicepresidente del Concejo Municipal del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano en diciembre pasado.
Don Randall se están viendo perjudicados los habitantes de nuestro distrito por la no ejecución de esos
recursos, principalmente los vecinos del barrio de la Clínica a la Fuerza Pública y el barrio La Menchita,
unas 700 personas aproximadamente, coterráneos humildes y sencillos que tienen la esperanza de que
como jerarcas les cumplamos las promesas de campaña.
También aprovecho para solicitarle nos transfiera dichos rubros a la cuenta única de este Concejo
Municipal de Distrito, como así le comunicó el jueves 16 de noviembre del año 2017 el Concejo Municipal
de la Municipalidad de Puntarenas mediante oficio SM-827-11-2017. SE CONOCE

    f.   Cinthya Rodriguez Quesada. Copia de Oficio IC-065-2018. Dirigido al Alcalde,
         Concejo e Ingeniera de la Unidad Técnica de la Municipalidad de Puntarenas.
         ASUNTO: Solicitud de copia de informe de inventario dejado por el Ing.
         Óscar Brenes a Junta Vial Cantonal de la Municipalidad de Puntarenas.
Respetables y estimados, la presente es para solicitarles copia de informe del inventario que dejó el señor
Óscar Brenes, anterior director de la Unidad Técnica de Gestión Vial de la Municipalidad de Puntarenas
antes de salir de la institución.
De igual manera le comunico a la señora Murillo que el anterior ingeniero Freddy Madrigal, dice no haber
retirado ningún material para el puente sobre el Río Montezuma en Las Delicias de Cóbano, como usted
me lo señaló tiempo atrás vía telefónica; propuso que ustedes me mostraran el acta del retiro de los
mismos si así fuera.
De antemano agradezco la colaboración y respuesta en tiempo de ley. SE CONOCE

    g. Cinthya Rodriguez Quesada. Intendente. Copia de OFICIO ADT-052-2018. Dirigido a
       la Auditoria Interna. ASUNTO. Seguimiento de informe auditoria AIM-04-2014 Gestión
       de los Tributos Municipales. SE CONOCE


    h. Cinthya Rodriguez Quesada. Intendente. OFICIO IC-073-2018. ASUNTO. PERFIL
       GESTOR AMBIENTAL.

Honorables damas y caballeros, el presente documento tiene el fin de explicarles lo siguiente.
El actual funcionario Ing. Alejandro Campos está renunciando al puesto y trabaja hasta el viernes 16 de
este mes. Saben lo difícil que fue haber encontrado un funcionario, el puesto lo tuvimos vacante por más
de un año y hasta setiembre del 2017 pudimos cubrir.
El día de ayer el señor Campos me anunció su renuncia y actualmente no se ha encontrado a otro
profesional con las exigencias requeridas.
El perfil para gestor ambiental en el requisito de experiencia dice:
Dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto.
Un año de experiencia en supervisión de personal, si el puesto ejerce supervisión.
En el requisito legal dice:
Licencia B1 y preferiblemente A2 al día.
Conocemos de un profesional de la rama de la zona, con record académico de excelencia, comprometido
con la causa y dispuesto a asumir el cargo, lo único que no tiene son los dos años de experiencia y la
supervisión de personal, puesto que hace un año de haber terminado la carrera.
Por esta razón les recomiendo cambiar el perfil en los requisitos de experiencia que rece:
Experiencia en labores relacionadas al puesto.
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Omitir la licencia B1 o A2, puesto que no es estrictamente necesaria.
 El perfil actual es:
PERFIL PARA GESTOR AMBIENTAL
PROFESIONAL MUNICIPAL 2
PROPOSITO
Elaboración de estudios e investigaciones diversas que implican esencialmente la emisión de dictámenes,
criterios para la resolución de asuntos, aprobación de trámites diversos, que requieren de análisis
basados en los principios y métodos propios de una disciplina específica, así como la aplicación e
interpretación de planes, procedimientos y normas aplicables a los diversos procesos municipales.
Formula, coordina, ejecuta y controla proyectos diversos. La característica esencial es que realiza análisis
que demandan formación profesional a fin de poder emitir dictámenes y proponer recomendaciones para
apoyar la toma decisiones en su campo de especialidad.
RESPONSABILIDAD POR RESULTADOS
a. Proponer y ejecutar las acciones necesarias para implementar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos.
b. Efectuar la divulgación, información, formación y capacitación ciudadana en materia de manejo de
protección del ambiente
c. Supervisar las labores del personal a cargo.
d. Revisar y firmar los expedientes para solicitudes de usos de suelos ambientales.
e. Proponer planes estratégicos para el tratamiento integral de desechos sólidos y la ejecución de un
proyecto integral, con el fin de concretar la construcción de un centro de acopio.
f. Concientizar y educar a la comunidad en general, acerca de la importancia de un manejo adecuado de
los desechos, realizando programas de recolección de residuos revalorizables, con el fin de reducir los
costos asociados con el manejo de los desechos sólidos y la protección al medio ambiente, incentivando a
la población a desarrollar innovaciones para reducir la generación de los desechos e implementar una
adecuada disposición final.
g. Monitorear adecuadamente el Plan de Manejo de Desechos Sólidos para asegurar su cumplimiento.
h. Realizar los cálculos del costo que genera el servicio de recolección de basura y limpieza de vías,
elaborar y proponer la actualización tarifaria.
i. Investigar metodologías y tecnologías para la industrialización de la basura en general.
j.     Analizar instrumentos legales que apoyen la gestión municipal en materia de gestión ambiental, por
medio del Código Municipal, Código Ambiental, Reglamento de los Desechos Sólidos, Ministerio de Salud,
Políticas del MINAE, la Secretaria Técnica Ambiental, Tribunal Administrativo Ambiental, Ley de Aguas,
Votos de la Sala IV Constitucional y la misma Constitución Política.
k. Asesorar y colaborar con la Comisión Municipal de Gestión Ambiental, y otras instituciones públicas y
privadas para coordinar acciones conjuntas por las necesidades ambientales del cantón y la región.
l.     Realizar coordinaciones con instituciones públicas y privadas del cantón para el mejoramiento de la
gestión ambiental cantonal.
m. Dar repuestas oportunas a las consultas externas e internas con relación a la gestión Ambiental.
n. Participar en comisiones ambientales tanto en el Distrito como regionales o nacionales, tales como
comisión ambiental del concejo municipal, cuenca de ríos, incendios forestales, entre otras.
o. Impartir capacitación externa en las distintas organizaciones comunales, escuelas, colegios y sociedad
civil en materia de gestión ambiental.
p. Coordinar proyectos de mejoramiento de la calidad del agua.
q. Realizar evaluación del desempeño del personal a cargo.
r. Proponer y ejecutar actividades del proceso ambiental, mismas que incluyen: el control industrial,
emisiones líquidas, sólidas y atmosféricas; atención de las quejas que tengan que ver con ambiente y
salud (por aspectos de emisiones de gas, basura, malos olores y cualquier otra).
s. Brindar apoyo en diversas actividades de interés Municipal.
t. Será el responsable de lo pertinente a la gestión del cierre técnico del basurero municipal.
u. Gestionar, proponer y realizar los trámites correspondientes para estudios de impacto ambiental para
los proyectos de obra pública de la institución que lo requieran.
v. Realizar los trámites correspondientes ante las entidades responsables para la obtención de permisos
de tajos y canteras.
w. Cumplir con las normas y disposiciones en materia de salud y seguridad laboral.
x. Brindar colaboración ante eventuales emergencias que lo requieran ocasionadas por desastres
naturales, en función del puesto que desempeña.
y. Ejecutar otras actividades que le sean asignadas por su superior inmediato, dentro del ámbito y
alcances de la naturaleza del cargo.
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COMPLEJIDAD
El trabajo requiere la interpretación de normativa y procedimientos propios de una actividad, para lo cual
se utilizan los principios de una disciplina especializada que demanda formación universitaria a nivel de
licenciatura. Las actividades se realizan siguiendo procedimientos e instrucciones de carácter general. El
trabajo es supervisado mediante los informes, dictámenes, estudios, criterios emitidos y mediante los
resultados logrados. Es supervisado por el superior jerárquico. Se caracteriza por contar con
independencia profesional.
SUPERVISIÓN RECIBIDA
Recibe supervisión del Coordinador de Desarrollo y Control Urbano Rural.
SUPERVISIÓN EJERCIDA
Le corresponde la supervisión de personal operativo.
RESPONSABILIDAD POR RECURSOS ECONÓMICOS
No tiene responsabilidad por recursos económicos.
RESPONSABILIDAD POR EQUIPOS Y MATERIALES DE TRABAJO
Es responsable por el uso racional de los equipos, materiales e instrumentos asignados, así como por la
custodia y protección de los mismos.
CONDICIONES DE TRABAJO
Los trabajos se realizan en oficina y fuera de ellas, Estas últimas pueden demandar desplazamientos por
diferentes zonas del Distrito o del país. Puede sufrir golpes, caídas, estrés laboral. Existe riesgo por
exposición al sol, lluvia, frío, polvo y accidentes de tránsito. Cuando la actividad lo requiere deben trabajar
fuera de la jornada ordinaria.
CONSECUENCIA DEL ERROR
Los errores cometidos pueden generar tarifas obsoletas o mal estimadas, perjudicar el desempeño de
otros equipos de trabajo, atrasos en la ejecución de trabajos o prestación de los servicios y en general
inducir a toma de decisiones equivocadas, provocando el incumplimiento de compromisos institucionales
y la pérdida de imagen de la organización.
COMPETENCIAS GENÉRICAS
Para desempeñar el puesto se requiere las siguientes capacidades:
•     Análisis y síntesis.
•     Capacidad de redacción.
•     Iniciativa y creatividad.
•     Trabajo en equipo.
•     Compromiso organizacional.
•     Organización del trabajo.
•     Servicio al usuario.
•     Orientación al logro.
COMPETENCIAS TÉCNICAS
Para ejercer el puesto se requiere de los siguientes conocimientos:
•        Conocimiento y aplicación de leyes, reglamentos, normas, acuerdos, dictámenes, resoluciones,
políticas y procedimientos en materia municipal y leyes conexas.
•     Servicios municipales.
•     Manejo de paquetes de Office a nivel intermedio.
•     Métodos de investigación y elaboración de informes.
•     Técnicas especializadas propias de la actividad en que labora.
•     Otros conocimientos requeridos por el puesto ubicado en esta clase.
FORMACIÓN
Licenciatura en una disciplina afín al puesto.
EXPERIENCIA
Dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto.
Un año de experiencia en supervisión de personal, si el puesto ejerce supervisión.
REQUISITOS LEGALES
Incorporado al colegio profesional respectivo.
Licencia B1 y preferiblemente A2 al día.
CINTHYA. Esta Alberto, es la opción que tenemos, se graduó con honores, pero no tiene esa

experiencia
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 FERNANDO: Cinthya Yo sinceramente y con el mayor respeto posible con Alejandro se

cometieron algunos errores pero seguimos cometiendo los errores cuando nos limpiamos en la

cara de los Concejales por ejemplo que nosotros no hubiéramos aprobado la reforma del

artículo 11 del reglamento, sinceramente en esto ha habido errores y no solo de nosotros los

concejales más bien si nosotros hubiéramos modificado ese artículo posiblemente tuviéramos ya

injerencia legal porque así nos lo han dicho los asesores entonces doña Cinthya pedirle como

mucho respeto no nos culpe más a nosotros de lo que realmente no es culpa de nosotros

porque creo que en esto se cometieron errores que no son propiamente de nosotros, ahí están

los mensajes que usted envió, gracias a los concejales nos quedamos sin gestor ambiental y

eso no es así, es lamentable que Alejandro se haya ido, deberíamos eliminar muchas cosas y

dejar de culparnos unos a otros, el error del gestor tal vez fue por no modificar el artículo 11 pero

al final hubiera sido más grave modificar ese artículo que no modificarlo, según las consultas

que se han realizado, créame que es cansado Cinthya escucharla a usted culpándonos a

nosotros de ese asunto, nosotros no estábamos facultados para modificar ese artículo 11

CINTHYA. Usted dice que los asesores legales, porque fue por medio de un asesor legal que se

trajo la propuesta. Alejandro modifico el reglamento se lo paso a Juan Luis que revisara para

pasarlo acá, entonces no sé si es Francil que les dijo eso, porque ustedes nunca me han pedido

que Francil les asesore eso y esos son los asesores legales que tiene el concejo.

Aunando en el tema resulta que el reglamento aparentemente no se puede utilizar porque no

tiene las dos publicaciones. Ustedes me decían en el grupo porque yo no había modificado, si el

reglamento no tiene sustento, el como tal no me lo permite, porque el reglamento dice que es

solo por un presupuesto. Ustedes insistían que yo lo arreglaba con una modificación pero no era

posible

VIRGINIA. Es que ayer en ese chateo yo solicite si pudiéramos hablar ese tema que saco ese

tema pero en un receso

DAGOBERTO. Lamentablemente doña Cinthya, que lo haya visto en Chat son dos veces, está

en el chat de nosotros y otra que lo puso en el chat creo de Santa Teresa – San Isidro que por un

articulo 45 usted nos echó al pueblo porque no habíamos aplicado el artículo 45, eso no lo veo

yo que sea como una excusa culparnos a nosotros, decirle al pueblo que es culpa del Concejo

porque nosotros dentro del código municipal, no recuerdo el artículo, dice que después de que se

ve un proyecto tenemos ocho días para aprobar el acta, el artículo 45 lo aplicamos si queremos o

si es algo que realmente urge para mañana por esa parte. Otra de las cosas de don Alejandro el
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gestor ambiental, muy claro yo le dije aquí, la culpa no es de nosotros es un error, por qué?

Porque la administración tenía que contemplar la dedicación exclusiva en el momento que se

veía iba a sacar dinero para un gestor ambiental, en el ordinario, en ese momento tenía la

administración contemplarlo en su planeamiento que tiene, el salario, el seguro, las pólizas y la

exclusividad del funcionario y eso fue lo que usted le dijo a él, que le iba dar la exclusividad, por

error que no se metió en el ordinario entonces vieron la forma para que el error sacarlo de ahí,

entonces modificar el artículo 11 del reglamento, yo se lo dije a él aquí, si fuera él o yo se siente

engañado pero que no venga diciendo aquí que fue culpa del Concejo, porque cualquier error

que se cometa del concejo o de la administración que queramos cambiar un artículo de un

reglamento para subsanar un error no es conveniente o no lo veo yo bien, entonces se cometió

error, si se cometió, quien, no importa quien, ,pero que no vengan a echar la culpa de lo que no

es, nosotros tenemos mil y resto de millones de colones en el presupuesto que no se ejecutaron

se fueron para el superávit, culpa de nosotros? No es culpa de nosotros, nosotros aprobamos

algunos proyectos y algunos dineros y al día de hoy si mas no me equivoco no he visto un

proyecto ejecutado se han hecho muchos trabajos y cosas buenas en mantenimiento de caminos

y muchas cosas pero ver un proyecto solamente este que se está haciendo ahorita aquí y en Mal

País que la gente lo ve visible, pero tenemos un montón en compromisos más de mil millones

CINTHYA. No don Dago está muy equivocado, yo le traje a usted la liquidación son cuatrocientos

y resto de millones

VIIRGINIA. Tal vez la palabra no es comprometido, sino no ejecutado

DAGOBERTO. NO ejecutado y aquí lo tengo, entonces no es responsabilidad de nosotros, si

usted nos trae algo y pasas los días y no lo vemos porque no nos da la gana y porque andamos

ocupados, es otra cosa, pero cuando usted trae un proyecto siempre se le ha aprobado y las

modificaciones también y estas dos cosas no la podemos encajar solamente a uno, pongamos

más de acuerdo tratar de hacer las cosas de una manera más ágil para que la gente vea yo no

me meto en el chat porque uno como miembro del concejo no le sirve estar peleándose con la

gente, la gente necesita ver proyectos, ver que se está haciendo, aunque la gente siempre habla.

Tenemos ese montón de dineros sin ejecutar y la Municipalidad queda mal parada con eso.

Todos cometemos errores somos humanos, si los cometemos tratemos de arreglar pero sin

hacer cambios como se pretendía

DUNIA. Es que constantemente don Fernando y Vicky dicen de los asesores y pregunte en el

chat y me dijeron que hoy y vuelvo a preguntar cuáles son los asesores que nos asesoraron con
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respecto al esto, si es Francil o Juan Luis. Yo hoy quería comentarles algo de las actas pero con

base en un criterio que dio la procuraduría. Al rato hay que modificar otros reglamentos, yo creí

que si se podía cambiar. Vamos a seguir en la misma situación. Porque él debe solicitar la

dedicación exclusiva y la unión debe hacer el estudio si se le paga o no, y hasta en ese momento

se puede meter en el presupuesto, me interesa saber quién nos asesora porque no quisiera que

nos vuelva a pasar otra vez lo mismo con un funcionario.

DAGOBERTO. Somete a votación alterar el orden del día y extender la sesión hasta las

8.30 pm. SE APRUEBA DE FORMA UNANIME

CINTHYA. El 27 de enero de fue que me preguntaron cómo está la situación con ese camino y

yo les digo que yo incluso a ustedes les pedí que le aplicaran el 45 y dijeron que no. Muchas

veces don Eladio Picado dice pregúntele a la Intendencia y él informa con concejal lo que está

sucediendo en el Concejo Municipal y está bien y yo estoy informando a la comunidad que se ha

dado y porque se ha dado, no vengamos a parcializarnos.

DUNIA. Y también es cierto que no le quisieron poner el 45

DAGOBERTO. Es cierto es nuestra potestad

CINTHYA. Ustedes tienen la potestad, pero yo les pedí, les di las razones de por qué necesitaba

el 45 y ustedes sin embargo dijeron no y lo respete, y cuando me preguntaron en el grupo

conteste, porque aquí ante todo la transparencia, incluso le preguntaron a Doña Vicky en el

mismo grupo que porque tomaron esa decisión y lo que hace es redundar y decir después se

contestara y blablá bla, Seguir con esto es redundar, aquí todos somos funcionarios públicos

CONSIDERANDO

-Que la Intendencia ha presentado OFICIO Nº IC-073-2018 en el cual informa que el funcionario

Ing. Alejandro Campos está renunciando al puesto y trabaja hasta el viernes 16 de este mes.

-Que indica que fue muy difícil encontrar este funcionario, el puesto estuvo vacante por más de

un año y hasta setiembre del 2017 se pudo cubrir.

-Que el perfil para gestor ambiental en el requisito de experiencia dice:

       Dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto.

       Un año de experiencia en supervisión de personal, si el puesto ejerce supervisión.

       En el requisito legal dice:

       Licencia B1 y preferiblemente A2 al día.

-Que conocen a un profesional en esta rama, el cual es de la zona, con record académico de

excelencia, comprometido con la causa y dispuesto a asumir el cargo, lo único que no tiene son
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los dos años de experiencia y la supervisión de personal, puesto que hace un año de haber

terminado la carrera.

-Que por la razón anterior recomienda cambiar el perfil en los requisitos de experiencia y que el

mismo diga:

        Experiencia en labores relacionadas al puesto.

        Omitir la licencia B1 o A2, puesto que no es estrictamente necesaria.

-Que estamos en un proceso muy delicado con respecto a los residuos sólidos y no podemos

paralizar el trámite ni obstaculizar

ACUERDO Nº5

Con cuatro votos a favor de los cinco presentes SE ACUERDA: “Acoger la recomendación

de la Intendencia y modificar el Perfil para el cargo de Gestor Ambiental en el aparte de

 Experiencia y requisitos y que se lea el perfil como se indica a continuación:
PERFIL PARA GESTOR AMBIENTAL
PROFESIONAL MUNICIPAL 2
PROPOSITO
Elaboración de estudios e investigaciones diversas que implican esencialmente la emisión de dictámenes,
criterios para la resolución de asuntos, aprobación de trámites diversos, que requieren de análisis
basados en los principios y métodos propios de una disciplina específica, así como la aplicación e
interpretación de planes, procedimientos y normas aplicables a los diversos procesos municipales.
Formula, coordina, ejecuta y controla proyectos diversos. La característica esencial es que realiza análisis
que demandan formación profesional a fin de poder emitir dictámenes y proponer recomendaciones para
apoyar la toma decisiones en su campo de especialidad.
RESPONSABILIDAD POR RESULTADOS
a. Proponer y ejecutar las acciones necesarias para implementar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos.
b. Efectuar la divulgación, información, formación y capacitación ciudadana en materia de manejo de
protección del ambiente
c. Supervisar las labores del personal a cargo.
d. Revisar y firmar los expedientes para solicitudes de usos de suelos ambientales.
e. Proponer planes estratégicos para el tratamiento integral de desechos sólidos y la ejecución de un
proyecto integral, con el fin de concretar la construcción de un centro de acopio.
f. Concientizar y educar a la comunidad en general, acerca de la importancia de un manejo adecuado de
los desechos, realizando programas de recolección de residuos revalorizables, con el fin de reducir los
costos asociados con el manejo de los desechos sólidos y la protección al medio ambiente, incentivando a
la población a desarrollar innovaciones para reducir la generación de los desechos e implementar una
adecuada disposición final.
g. Monitorear adecuadamente el Plan de Manejo de Desechos Sólidos para asegurar su cumplimiento.
h. Realizar los cálculos del costo que genera el servicio de recolección de basura y limpieza de vías,
elaborar y proponer la actualización tarifaria.
i. Investigar metodologías y tecnologías para la industrialización de la basura en general.
j.    Analizar instrumentos legales que apoyen la gestión municipal en materia de gestión ambiental, por
medio del Código Municipal, Código Ambiental, Reglamento de los Desechos Sólidos, Ministerio de Salud,
Políticas del MINAE, la Secretaria Técnica Ambiental, Tribunal Administrativo Ambiental, Ley de Aguas,
Votos de la Sala IV Constitucional y la misma Constitución Política.
k. Asesorar y colaborar con la Comisión Municipal de Gestión Ambiental, y otras instituciones públicas y
privadas para coordinar acciones conjuntas por las necesidades ambientales del cantón y la región.
l.    Realizar coordinaciones con instituciones públicas y privadas del cantón para el mejoramiento de la
gestión ambiental cantonal.
m. Dar repuestas oportunas a las consultas externas e internas con relación a la gestión Ambiental.
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n. Participar en comisiones ambientales tanto en el Distrito como regionales o nacionales, tales como
comisión ambiental del concejo municipal, cuenca de ríos, incendios forestales, entre otras.
o. Impartir capacitación externa en las distintas organizaciones comunales, escuelas, colegios y sociedad
civil en materia de gestión ambiental.
p. Coordinar proyectos de mejoramiento de la calidad del agua.
q. Realizar evaluación del desempeño del personal a cargo.
r. Proponer y ejecutar actividades del proceso ambiental, mismas que incluyen: el control industrial,
emisiones líquidas, sólidas y atmosféricas; atención de las quejas que tengan que ver con ambiente y
salud (por aspectos de emisiones de gas, basura, malos olores y cualquier otra).
s. Brindar apoyo en diversas actividades de interés Municipal.
t. Será el responsable de lo pertinente a la gestión del cierre técnico del basurero municipal.
u. Gestionar, proponer y realizar los trámites correspondientes para estudios de impacto ambiental para
los proyectos de obra pública de la institución que lo requieran.
v. Realizar los trámites correspondientes ante las entidades responsables para la obtención de permisos
de tajos y canteras.
w. Cumplir con las normas y disposiciones en materia de salud y seguridad laboral.
x. Brindar colaboración ante eventuales emergencias que lo requieran ocasionadas por desastres
naturales, en función del puesto que desempeña.
y. Ejecutar otras actividades que le sean asignadas por su superior inmediato, dentro del ámbito y
alcances de la naturaleza del cargo.
COMPLEJIDAD
El trabajo requiere la interpretación de normativa y procedimientos propios de una actividad, para lo cual
se utilizan los principios de una disciplina especializada que demanda formación universitaria a nivel de
licenciatura. Las actividades se realizan siguiendo procedimientos e instrucciones de carácter general. El
trabajo es supervisado mediante los informes, dictámenes, estudios, criterios emitidos y mediante los
resultados logrados. Es supervisado por el superior jerárquico. Se caracteriza por contar con
independencia profesional.
SUPERVISIÓN RECIBIDA
Recibe supervisión del Coordinador de Desarrollo y Control Urbano Rural.
SUPERVISIÓN EJERCIDA
Le corresponde la supervisión de personal operativo.
RESPONSABILIDAD POR RECURSOS ECONÓMICOS
No tiene responsabilidad por recursos económicos.
RESPONSABILIDAD POR EQUIPOS Y MATERIALES DE TRABAJO
Es responsable por el uso racional de los equipos, materiales e instrumentos asignados, así como por la
custodia y protección de los mismos.
CONDICIONES DE TRABAJO
Los trabajos se realizan en oficina y fuera de ellas, Estas últimas pueden demandar desplazamientos por
diferentes zonas del Distrito o del país. Puede sufrir golpes, caídas, estrés laboral. Existe riesgo por
exposición al sol, lluvia, frío, polvo y accidentes de tránsito. Cuando la actividad lo requiere deben trabajar
fuera de la jornada ordinaria.
CONSECUENCIA DEL ERROR
Los errores cometidos pueden generar tarifas obsoletas o mal estimadas, perjudicar el desempeño de
otros equipos de trabajo, atrasos en la ejecución de trabajos o prestación de los servicios y en general
inducir a toma de decisiones equivocadas, provocando el incumplimiento de compromisos institucionales
y la pérdida de imagen de la organización.
COMPETENCIAS GENÉRICAS
Para desempeñar el puesto se requiere las siguientes capacidades:
•      Análisis y síntesis.
•      Capacidad de redacción.
•      Iniciativa y creatividad.
•      Trabajo en equipo.
•      Compromiso organizacional.
•      Organización del trabajo.
•      Servicio al usuario.
•      Orientación al logro.
COMPETENCIAS TÉCNICAS
Para ejercer el puesto se requiere de los siguientes conocimientos:
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•        Conocimiento y aplicación de leyes, reglamentos, normas, acuerdos, dictámenes, resoluciones,
políticas y procedimientos en materia municipal y leyes conexas.
•     Servicios municipales.
•     Manejo de paquetes de Office a nivel intermedio.
•     Métodos de investigación y elaboración de informes.
•     Técnicas especializadas propias de la actividad en que labora.
•     Otros conocimientos requeridos por el puesto ubicado en esta clase.
FORMACIÓN
Licenciatura en una disciplina afín al puesto.
EXPERIENCIA
Experiencia comprobada en labores relacionadas al puesto.
REQUISITOS LEGALES
Incorporado al colegio profesional respectivo.
Votan a favor los concejales Dagoberto Villalobos Mayorga, Crisly Morales Méndez, Fernando
Quesada López y Virginia Vargas Acosta. Vota negativo el Concejal Eladio Picado Ramirez ya
que indica no estar de acuerdo en que se modifique el perfil de éste, ni de ningún funcionario,
porque si ya fue aprobado de esa forma, fue por algo. ACUERDO UNANIME


    i.    Cinthya Rodriguez Quesada. Intendente. OFICIO IC-071-2017. ASUNTO. Sobrante
          materiales instalación de aires acondicionados en la Casa de la Cultura.
         Indica que del proyecto de Compra e instalación de aires acondicionados para la casa de
         la cultura sobraron los siguientes materiales
         Cantidad                       Descripción del Material
         8 piezas                       Curvas de 2”
         57 piezas                      Tubos de 2”
         4 cajas de 25 unidades         Zaca de 2”emt
         38 metros                      Cable THHN AWG Nº4 Rojo
         13 metros                      Cable THHN AWG N4 Blanco
         Solicito autorización para utilizar dichos recursos en otros trabajos que están en proceso,
         como ejemplo en las oficinas de los contenedores

         CONSIDERANDO:

         -Que la intendencia ha presentado oficio IC-071-2017 en el cual informa de algunos

         materiales que han sobrado del proyecto de Compra e instalación de aires

         acondicionados para la casa de la cultura

         -Que solicita se le autorice a utilizar dichos recursos en otros trabajos como por ejemplo

         en las oficinas de los contenedores

         ACUERDO Nº6

         Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que

         utilice el material sobrante del proyecto de Compra e instalación de aires acondicionados

         para la casa de la cultura, en algún proyecto propio de este Concejo Municipal de Distrito”

         ACUERDO UNANIME

    j.   Les convoco a sesión extraordinaria el día 8 de marzo a la 5 pm a fin de presentarles el

         programa de restructuración de este Concejo. Esta lo hará funcionarios de la UNGL

    k. Hoy se inició la construcción del cajero automático del Banco Popular
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ARTICULO V. ASUNTOS TRAMITE URGENTE

 a. ASUNTO JAVILLA
Presidente. Me reuní con el asesor legal de ZMT y lo que recomienda es que el departamento
continúe con lo correspondiente a la solicitud de javilla y esa parte del pago de una multa
pecuniaria se lo consultemos al ICT porque fue de una recomendación de ellos que lo sacamos
CONSIDERANDO

-Que la Intendencia mediante Oficio IC-057-2018 nos solicita le aclaremos el acuerdo Nº6

tomado en la sesión Nº74-2017 artículo VI, inciso a sobre el caso de Desarrollo Turístico Javilla

puesto que no hay sustento normativo para dicha decisión. Adjunta oficio ZMT-031-2018 en el

cual se indica que esto le está imposibilitando dar una respuesta al Ministerio de Salud a una

consulta que realiza de dicha sociedad.

CONSIDERANDO:

-Que existe dudas en la administración en cuanto a la ejecución del acuerdo Nº 6 del acta 74-

2017 que dice:
 ACUERDO Nº6
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: “1. Ordenar la demolición de todo lo construido de forma ilegal en la propiedad
del folio real 6-2171-Z-000, con plano P-1009728-2005. Debiéndose establecer, mediante lo que conste en el
expediente, relacionado a las construcciones realizadas durante todo el plazo de la concesión hasta la presente
fecha; o sea, las edificaciones que hayan sido construidos durante dicho plazo, sin los respectivos permisos
municipales, deberán ser demolidas; y establecer el pago de una multa pecuniaria, la cual se debe calcular
conforme a la legislación correspondiente.****
2. Indicarle a la sociedad Desarrollos Turísticos Javilla S.A. que deben asumir los gastos que genere las
demoliciones”. ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual
se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO. Se adjunta copia del
informe final del órgano director y Oficio AL-1363 -2017 del ICT

ACUERDO Nº 7

Con cinco votos a favor SE ACUERDA: “1. Indicarle a la Administración solicitarle al Dpto. de

Asesoría Legal de este Concejo emita criterio para el cobro de la multa indicada en el OFICIO

AL-1363-2017 del 11 de setiembre del 2017 emitido por Legal del ICT, donde claramente se

indica la ley a la que se refiere ( Ley de construcciones) y que se menciona en el acuerdo Nº6

del Acta 74-2017, quien debe indicar también el procedimiento a seguir y pasar el asunto a

quien corresponda.

2. Indicar a la administración dar prioridad a este asunto para que se proceda con el cobro

correspondiente y finalizar con el proceso, a fin de que el Dpto. de ZMT proceda a dar respuesta

al oficio PC-ARS-PE-0323-2017 del Ministerio de Salud.

3. Envíese copia de este acuerdo a Dpto. de ZMT, Asesoría Legal, Desarrollo Turístico Javilla y

Ministerio de Salud”. ACUERDO UNANIME

 b. ASUNTO RED DE CUIDO
Dagoberto. Con la exposición de la funcionaria del IMAS creo que es importante pedir la red de

cuido para Cóbano
ACTA 94/18
13/02/2018




b.1. CONSIDERANDO:

-Que en nuestro Distrito existen muchas mujeres madres solteras que laboran, así también

existen hogares donde el papá y la mamá laboran

-Que se requiere con urgencia un centro de atención para los hijos de esas personas, a fin de

que puedan trabajar tranquilamente

ACUERDO Nº8

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Solicitar a la Secretaria Técnica del

Instituto Mixto de Ayuda Social valore la posibilidad de abrir un Centro de Atención Integral

CECUDI en Cóbano, en los lugares con mayor cantidad de población laboral como lo son

Cóbano y Santa Teresa, ya que somos un distrito con un muy alto porcentaje de madres que

laboran fuera del hogar y requieren de un espacio seguro y responsable adonde dejar a sus

niños y niñas mientras ellas y ellos trabajan para llevar el sustento a sus hogares. Este servicio

urge en nuestro distrito.******************************************

2. Indicar que se requiere una pronta respuesta a esta solicitud”. ACUERDO UANNAIME Se

somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se

aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE

APROBADO.

b.2. CONSIDERANDO:
-Que la Península de Cóbano está integrada por tres distritos, los cuales distan mucho entre si

-Que el IMAS cuenta con oficina en Paquera Y Jicaral, atendidas por el mismo personal

-Que Cóbano no cuenta con oficina y las personas que requieren ayuda de esa Institución deben

viajar hasta Paquera, lo que los hace incurrir en un gran gasto de dinero y tiempo

-Que nuestra comunidad requiere ser atendida periódicamente

ACUERDO Nº9

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a la señora Licda. Kembly

Camacho Espinoza, Jefa de Área Regional de Desarrollo Social de Puntarenas. IMAS, con todo

respeto, que valore la posibilidad de que el personal de esa Institución atienda a los vecinos del

Distrito de Cóbano dos veces al mes, los días lunes, preferiblemente los segundos y cuartos

lunes de cada mes, en la sala de sesiones de este Concejo. La administración de este concejo

por medio de las redes sociales informara a la comunidad de este servicio social tan importante.

2. Indicar que se requiere una pronta respuesta”. ACUERDO UNANIME Se somete a votación la

aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando

el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.

c. ASUNTO MOVIMIENTOS DE TIERRA
ACTA 94/18
13/02/2018




CONSIDERANDO

-Que el Ing. Edgar Calvo Mora. ha presentado una guía y requisitos para los movimientos de

tierra

ACUERDO Nº10

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle al Ing. Calvo incluya en estos

requisitos el asunto de hasta los 200 m2 de tierra y hasta los cuatro millones de valor”.

ACUERDO UNANIME

ARTICULO VI. INFORME DE LOS CONCEJALES
       Se dispensa

ARTICULO VII. INFORME DE LAS COMISIONES

COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE

     a. Dictamen Cesión Total de derechos Concesión Marianela Ortuño Pinto a la sociedad
         Remaneros S.A,
                                       Dictamen: D-C-ZMT-016-2018
Análisis de Documentos.
     1. Oficio número L-ZMT-57-2017 del 05 de octubre del año dos mil diecisiete
     2. Beneficiario: Marianela Ortuño Pinto.
     3. Expediente 2967-06
     4. Ubicación: Plan Regulador Playa Carmen.
     5. Caso: Cesión Total de derechos Concesión Marianela Ortuño Pinto a la sociedad Remaneros S.A,
Recomendación:
Una vez analizado la documentación se recomienda a este honorable concejo; se acoja recomendación del
Departamento de Zona Marítimo Terrestre realizada mediante el Asesor Legal Licenciado Juan Luis
Bolaños Alvarado con el fin de brindar una solución satisfactoria a los concesionarios, apegándose al
debido Proceso
  Fernando Quesada López                                    Dunia Campos Salas
     Presidente                                          Secretaria
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido el dictamen de la comisión de zona marítimo terrestre relacionada con una
solicitud de Cesión Total de derechos Concesión Marianela Ortuño Pinto a la sociedad
Remaneros S.A.
-Que la comisión recomienda: “se acoja recomendación del Departamento de Zona Marítimo Terrestre
realizada mediante el Asesor Legal Licenciado Juan Luis Bolaños Alvarado con el fin de brindar una
solución satisfactoria a los concesionarios, apegándose al debido Proceso”.
ACUERDO Nº11
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger la recomendación de la comisión
de zona marítimo terrestre que dice: “se acoja recomendación del Departamento de Zona Marítimo
Terrestre realizada mediante el Asesor Legal Licenciado Juan Luis Bolaños Alvarado con el fin de brindar
una solución satisfactoria a los concesionarios, apegándose al debido Proceso”. Dicha recomendación
del asesor legal del Dpto. de zona marítimo terrestre, textualmente dice:
Por medio de la presente me permito saludarlos, y a la vez dar repuesta a lo solicitado por Concejo
Municipal de Cóbano, mediante oficio pase número: CMDCS -264 – 2015, con respecto al trámite de
cesión total de derecho de concesión de MARIANELA ORTUÑO PINTO, a título personal, mayor de edad,
costarricense, portadora del número de cédula 9-041-476 recibido en este Consejo el 19 de junio del
2015, a favor de la sociedad denominada REMANEROS S.A., las cuales actualmente se ubican dentro del
sector costero de PLAYA EL CARMEN.
Lo anterior con el propósito de que la comisión de zona marítima terrestre, sea la que analice y
recomiende la aprobación por parte del Concejo Municipal, lo cual tiene fundamento con base en el
artículo 45 de la Ley 6043 que establece textualmente lo siguiente:
ACTA 94/18
13/02/2018




Artículo 45.- Es prohibido ceder o comprometer, o en cualquier otra forma traspasar o gravar, total o
parcialmente, las concesiones o los derechos derivados de ellas, sin la autorización expresa de la
municipalidad respectiva y del Instituto Costarricense de Turismo o del Instituto de Tierras y Colonización,
según sea el caso. Carecerán de toda validez los actos o contratos que infringieren esta disposición.
En virtud de lo anterior, primeramente esta asesoría legal se permite externarle que en este caso en
concreto, la Ley 6043 en su artículo 45 específicamente deja abierta la posibilidad propiamente a los
concesionarios de gestionar ante la Municipalidad respectiva (facultad que recae en los señores
miembros del Concejo Municipal en pleno), conceder la autorización o no, la cesión total de una
concesión debidamente inscrita a nombre de MARIANELA ORTUÑO PINTO a título personal, mayor de
edad, costarricense, portadora del número de cédula 9-041-476
De ser positiva la respuesta se deberá remitir nuevamente el expediente administrativo certificado, junto
con todos aquellos requisitos y documentación necesaria para la aprobación respectiva por parte del
Instituto Costarricense de Turismo.
En este sentido la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha indicado:
(…) La necesidad de previa autorización en la transmisión inter vivos o mortis causa no es un requisito
meramente formal, si no requisito ad solemnitatem, ya que hacen ineficaz y sin efecto alguno para la
propia Administración la trasmisión que no cuenta con la anuencia de la Administración. De modo,
constituye una obligación fundamental del concesionario ejercer por sí mismo la concesión, de ahí que el
cambio de titularidad sin autorización administrativa previa y expresa constituye un grave incumplimiento
de la concesión, que faculta para declarar la caducidad del contrato. (Sentencias 5403 – 95 y 2001- 01055)
es lo establecido tácitamente en los artículos 59 y 60 del Reglamento a la ley 6043, que cita:
Artículo 59.- Para que una concesión o los derechos derivados de ella puedan cederse, comprometerse,
traspasarse, o gravarse, total o parcialmente, deberá contarse con la autorización escrita de la
municipalidad respectiva y el ICT o el ITCO, según corresponda.
En caso de traspaso seguirán vigentes todas las estipulaciones del contrato,
Incluyendo el canon o la proporción que correspondiere de éste si la cesión fuere parcial.
Artículo 60.- Para los efectos del artículo anterior, el interesado presentará la
Documentación respectiva ante la municipalidad, la cual deberá enviar copia al ICT o al IDA según
corresponda, dentro de los ocho días naturales siguiente, los cuales deberán pronunciarse en un plazo de
treinta días naturales. Dicha resolución deberá ser notificada por el Instituto al interesado y contra ella
cabrán los recursos administrativos que indique la ley.
PRIMERO.-                La sociedad REMANEROS S.A Cedula Jurídica 3-101-47072 representada por el
señor ROBERT WOODBRIDGE ALVARADO, mayor, cedula 1-434,907 domiciliada en San José. Que
conforme a la solicitud se tiene que los accionistas de la sociedad REMANEROS es de capital costarricense
y socios costarricenses, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 47. Inc. y d. de la ley de Zona Marítimo
Terrestre.
SEGUNDO.-                El Cedente MARIANELA ORTUÑO PINTO expediente administrativo N° 2967-2006,
con un área de 5,946.47 m2, según Plano Catastrado número P-930415-2004, terreno cuyos usos son de
Zona de Protección Forestal y Zona Residencial de Baja Densidad, de conformidad al Plan Regulador
vigente de Playa Carmen,
TERCERO.                 MARIANELA ORTUÑO PINTO tiene un contrato suscrito en la siguiente fecha: 05
de noviembre del 2007, la cual se encuentra debidamente inscrita en fecha 05 de diciembre del 2007, con
vigencia hasta el 05 de diciembre del 2027. , localizada en el Plan Regulador de Playa Carmen, Distrito de
Cóbano, cantón central, provincia de Puntarenas, expediente administrativo N° 2967-2006, con un área de
5,946.47 m2, según Plano Catastrado número P-930415-2004, terreno cuyos usos son de Zona de
Protección Forestal y Zona Residencial de Baja Densidad, de conformidad al Plan Regulador vigente de
Playa Carmen,
CUARTO.-                 Cuenta con avalúo: MARIANELA ORTUÑO PINTO terreno con plano catastrado P-
0930415-2004 posee un avalúo emitido en fecha 30 de mayo del 2917, bajo el número CYV-AV-ZMT -020-
2017, Para el presente proceso se deberá contar con una inspección de campo, actualizada, lo cual se
adjunta al expediente.
Con fecha 5 de setiembre se recibe informe de inspección mediante oficio CYV-OF-GE-219-2017 del Ing.
Daniel Fonseca Castro y del Inspector Greivin Carmona Rodríguez.
De los informes aportados, se deduce que la parcela de concesión, a nombre de la señora Marianela
Ortuño Pinto, a título personal, mayor de edad, costarricense, portadora del número de cédula 9-041-476,
presenta situaciones de interés que deben ser consideradas para el presente análisis.
 Del informe del Topógrafo Ing. Daniel Fonseca Castro, queda clara la existencia de tres construcciones
ubicadas espacialmente dentro del terreno concesionado a la señora Ortuño Pinto, hecho confirmado por
ACTA 94/18
13/02/2018




el informe de inspección del inspector municipal Greivin Carmona Rodríguez. Por otra parte de lo indicado
por el informe topográfico tenemos que existen dos construcciones que se ubican dentro de la Zona
Residencial de Baja Densidad, y una tercera construcción que corresponde a una casa de
aproximadamente 85m2 que se localiza dentro de Zona de Protección Forestal #5.
PRIMERO.-         Teniendo que según lo indicado en el Plan Regulador del Sector Costero Playa del Carmen,
en la Zona de Protección Forestal identificada en la reciente inspección, se ubica una construcción de
aproximadamente 85m2 y que esta construcción no es permitida en dicha zona.
ZONA DE PROTECCION FORESTAL (ZPF)
C.I. Propósito:
         Sectores longitudinales para la preservación de árboles significativos
         En la franja. Aportan elementos acondicionadores del clima, favorecen el enriquecimiento del
paisaje y amplían el habitad para las especies nativas. Ocupa 51.949 m2 representando un 15,40% dela
Zona Marítimo Terrestre. En esta zona se prohíbe la tala de árboles y la chapita total a fin de propiciar la
sucesión de la flora. Tampoco se permitirá plantar especies que no sean nativas ni modificación de su
condición natural.
C.3. Usos permitidos:
         - Areas de descanso y de estar
         - Areas de almuerzo campestre
 Senderos peatonales
Los proyectos deberán ser aprobados por la Municipalidad,
previa verificación de que las obras producirán menor impacto
 posible
En el suelo y la vegetación
SEGUNDO:-                 Que de las inspecciones anotadas tenemos que en la Zona Residencial de Baja
Densidad existen 2 construcciones, situación que también es contraria a lo ordenado en Reglamento del
Plan Regulador de Zona Costera de Playa del Carmen.
F.1      Propósito
         Permitir la recreación, esparcimiento y vivienda temporal a los concesionarios cuyos terrenos están
estrechamente vinculados con áreas a proteger y restaurar. Ocupa 25.481 m2, que representan el 7,55%
de la Zona Marítimo Terrestre
F.3.Usos permitidos
         - Vivienda unifamiliar
         - Areas Verdes
De acuerdo al análisis que esta asesoría legal realiza, de la situación expuesta, se recomienda suspender el
proceso de Cesión De Derechos y en su lugar se proceda, apegados al debido proceso, a la
correspondiente aclaración de la situación ya que de continuar con lo solicitado se estaría ante la eventual
transferencia de situaciones irregulares”. ACUERDO UNANIME

   IX.     LECTURA DE CORRESPONDENCIA

    a. Lic. Maricel Rojas León. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-132-2017. Dirigido a
        la Intendencia. ASUNTO. Cumplimiento de recomendación emitida en el Informe
        AIM-05-2016
         En el Informe AIM-05-2016, sobre la gestión para la contratación de personal fijo u ocasional en el
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, se emitió a la Intendencia Municipal la siguiente
recomendación:
“Emprender las acciones necesarias para someter a aprobación del Concejo el perfil de la plaza de
"Abogada de Zona Marítimo Terrestre" que está incluida desde el presupuesto municipal 2015 y de ser
posible se valore la realización del concurso respectivo.”.
Esa Intendencia, mediante el oficio IC-360-2017 del 23 de junio de 2017, informó que el Concejo
Municipal aprobó el perfil de la plaza "Asesoría Legal de Zona Marítimo Terrestre", y que el concurso
interno impulsado para llenar dicha plaza no fructificó, por lo que se valora la realización de un concurso
externo con el mismo objetivo. En razón de lo expuesto, la recomendación transcrita se considera
cumplida. SE CONOCE

    b. Lic. Maricel Rojas León. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-123-2017. Dirigido a
       la Intendencia. ASUNTO. Cumplimiento de recomendación emitida en el Informe
       AIM-04-2014
ACTA 94/18
13/02/2018




         En el Informe AIM-04-2014, emitido como producto de una auditoría de carácter especial sobre la
gestión de los tributos municipales en el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, se emitió a la
Intendencia Municipal la siguiente recomendación:
“Elaborar, formalizar y divulgar en un plazo de nueve meses los procedimientos de coordinación, control y
seguimiento de las labores relacionadas con el decomiso de mercadería, por venta en la vía pública y
decomisos de bebidas fermentadas (alcohólicas) en lugares no autorizados para subsanar las debilidades
señaladas en los puntos 2.42 a 2.46.”.
Pese al tiempo transcurrido desde la emisión de esta recomendación, aún se carece del procedimiento
solicitado, situación que vulnera el sistema de control interno institucional. Por lo anterior, se le reitera la
recomendación transcrita y se le otorga plazo definitivo de cumplimiento para que, antes del 31 de marzo
de 2018, informe a esta Auditoría Interna que dicho procedimiento se encuentra elaborado, aprobado por
el Concejo Municipal y comunicado al personal involucrado para su acatamiento obligatorio. SE
CONOCE

     c. Lic. Maricel Rojas León. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-135-2017. Dirigido a
        la Intendencia. ASUNTO. Cumplimiento de recomendación emitida en el Informe
        AIM-05-2016
         En el Informe AIM-05-2016, sobre la gestión para la contratación de personal fijo u ocasional en el
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, se emitió a la Intendencia Municipal la siguiente
recomendación:
“Tomar las medidas de control interno necesarias para dar solución a las deficiencias señaladas en el
punto 2.15 sobre el procedimiento de pago de planillas. “.
Al respecto, esta Auditoría Interna, mediante oficio nro. AIM-046-2017 del 25 de mayo de 2017, le
consultó sobre las medidas de control interno adoptadas para dar solución a las deficiencias señaladas en
el punto 2.15 del Informe AIM-05-2016, referidas al procedimiento de pago de planillas; sin embargo, no
se obtuvo respuesta sobre este particular.
Por lo anterior, se procede a reiterar dicha recomendación y se concede a la Intendente Municipal un
plazo definitivo de cumplimiento para que, antes del 31 de enero de 2018, se informe a esta Auditoría
Interna sobre las acciones realizadas para dar cumplimiento a lo solicitado. SE CONOCE

    d. Arq. Antonio Farah Matarrita. Planeamiento ICT. OFICIO DPD-P-014-2018. ASUNTO.
       Zona urbana litoral pueblo de Montezuma. OFICIO MPD-P-006-2018 Indica que la ley
       9221 no cuenta a la fecha con un Reglamento aprobado y publicado por esta razón no
       es procedente iniciar un proceso de valoración de lo solicitado.
        CONSIDERANDO:

        -Que no es posible seguir con el proceso del proyecto de declaratoria de zona urbana

        litoral para el pueblo de Montezuma sino existe un reglamento aprobado y publicado para

        la Ley 9221

        -Que esta declaratoria urge para la comunidad de Montezuma

ACUERDO Nº12

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle audiencia a la Lic. Carmen

Muñóz Quesada, Vice Ministra del Ministerio de Gobernación y Policia, para el mes de Marzo si

es posible , a fin de dialogar sobre este tema, el cual es urgente y prioritario para la comunidad

de Montezuma, la cual con el actual plan regulador costero esta destinada a desaparecer, y es

este un atractivo turístico importante del pais y de desarrollo para el distrito”. ACUERDO

UNANIME
ACTA 94/18
13/02/2018




     e. Lic. Maricel Rojas León. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-134-2017. Dirigido a
         la Intendencia. ASUNTO. Cumplimiento de recomendación emitida en el Informe
         AIM-05-2016
          En el Informe AIM-05-2016, sobre la gestión para la contratación de personal fijo u ocasional en el
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, se emitió a la Intendencia Municipal la siguiente
recomendación:
“Girar las instrucciones correspondientes al Encargado de Recursos Humanos para que lleve y custodie un
expediente personal para cada funcionario de la institución que contenga todos aquellos documentos y
datos que sirvan para determinar su historial laboral, ordenado cronológicamente y debidamente foliado,
así como una fotografía del servidor, sus calidades personales, dirección del domicilio y comprobantes de
los atestados académicos.”.
Al respecto, esta Auditoría Interna, en una prueba de cumplimiento realizada el 13 de octubre de 2017,
determinó que la documentación contenida en los expedientes de personal aún no se ordena
cronológicamente y se mantiene sin foliatura, lo que evidencia que la recomendación transcrita aún no se
cumple, a pesar de que el Informe AIM-05-2016 fue aprobado por el Concejo desde la sesión ordinaria
nro. 40-17 del 31 de enero de 2017.
Por tal razón, se procede a reiterar dicha recomendación y se concede a la Intendente Municipal un plazo
definitivo de cumplimiento para que, antes del 31 de marzo de 2018, se informe a esta Auditoría Interna
que la documentación contenida en los expedientes de personal se ha ordenado y foliado, conforme lo
solicitado. SE CONOCE

    f.   Lic. Maricel Rojas León. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-120-2017. Dirigido a
         la Intendencia. ASUNTO. Cumplimiento de recomendaciones emitidas en el Informe
         AIM-01-2013
          En el Informe AIM-01-2013, correspondiente a una auditoría realizada sobre los procedimientos
aplicados en el área de Contabilidad, se emitieron a la Intendencia Municipal las siguientes
recomendaciones:
“Girar instrucciones claras al personal involucrado en el proceso de implementación de las NICSP a efectos
de que se cumpla en los plazos establecidos con las recomendaciones emitidas por la Contraloría General
de la República y las directrices emanadas por la Contabilidad Nacional al respecto.”.
“Elaborar y divulgar a las unidades involucradas en el proceso de generación de insumos para el proceso
contable, los manuales, reglamentos, políticas y procedimientos requeridos por la normativa legal y
técnica aplicable y que coadyuven al orden, control y uniformidad de la información financiero contable
del Concejo Municipal de Cóbano.”.
“Elaborar y divulgar a las unidades involucradas, el plan general contable establecido por la normativa
técnica que regula el tema contable del sector municipal estructurado y ajustado a la realidad
institucional.”.
“Efectuar un diagnóstico para identificar los hechos económicos que ocurren en el Concejo Municipal y que
pueden expresarse en términos monetarios, para cubrir los requerimientos de registros contables y estados
financieros que cumplan con la normativa legal y técnica.”.
“Emitir y divulgar directrices y aplicar controles tendientes a asegurar que se mantengan actualizados los
registros contables y la preparación oportuna de los Estados Financieros de la institución. Realizar la
apertura y mantener actualizados los registros contables, en los libros de Diario, Mayor e Inventarios y
Balances, para lo cual deben tomar las previsiones, a fin de que la información quede asentada en hojas
debidamente foliadas y legalizadas conforme la normativa que regula estas actividades contables.”.
“Implementar el método contable de devengado para el registro de las transacciones u operaciones que
afectan la situación económica de la institución, con el fin de que los estados financieros que se emitan,
provean información contable y financiera útil, oportuna, exacta y confiable para la toma de decisiones y
rendición de cuentas.”.
“Efectuar un levantamiento de los activos fijos propiedad del Concejo Municipal que contenga una
descripción clara del activo, su origen, ubicación, vida útil y costo o estimación de valor, procurando
reflejar su valor real en los estados financieros. Definir las políticas tendientes a establecer el método de
depreciación, revaluación, transformación, custodia traslados y otros de los activos de conformidad con lo
indicado en las NICSP y demás normativa relacionada.”.
  Al respecto, el Lic. Francisco Alfaro Núñez, Contador Municipal, en oficio nro. CMC-024-2017 del 10 de
octubre de 2017, informó a esta Auditoría Interna que se han logrado avances en la realización de algunas
de las tareas solicitadas, como la contratación actualmente en trámite para el diseño de algunos manuales
necesarios para el proceso contable o la implementación de la contabilidad por devengo; sin embargo,
ACTA 94/18
13/02/2018




tales avances continúan siendo insuficientes para contar con una gestión contable institucional lo
suficientemente ordenada que permita la implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad
para el Sector Público (NICSP), objetivo final de las recomendaciones transcritas. Entre las deficiencias
que persisten, se destaca por su importancia la ausencia del Manual de procedimientos financiero-
contables, ordenado por el artículo 114 del Código Municipal.
Así las cosas y pese al tiempo transcurrido desde la emisión de dichas recomendaciones, el avance logrado
en el ordenamiento de la gestión contable institucional es insatisfactorio, y ello repercute directamente
en el escaso progreso que muestra la implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad para
el Sector Público (NICSP). Esta situación, adquiere especial relevancia por el hecho de que se encuentra
vencido el último plazo otorgado para la implementación de las NICSP1 y ello pone a la Institución en
riesgo de recibir eventuales sanciones por parte de la Contabilidad Nacional, órgano rector en esta
materia, ante el incumplimiento detectado.
En razón de lo anterior y ante la necesidad de ordenar la gestión relacionada con esta materia, se procede
a dejar sin efecto las recomendaciones emitidas en el Informe AIM-01-2013 y se emite a la Intendente
Municipal la siguiente recomendación:
“Preparar y someter a conocimiento y aprobación del Concejo Municipal, un Plan de Implementación de
las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP), que defina las actividades
necesarias para el logro de ese objetivo, los funcionarios responsables de su ejecución y un cronograma de
ejecución que permita medir el avance obtenido. Dicho Plan, además de considerar las tareas necesarias
para el cabal cumplimiento de las recomendaciones emitidas en el Informe AIM-01-2013, deberá
necesariamente incluir como una de sus actividades principales, el diseño y aprobación por parte del
Concejo, del Manual de procedimientos financiero-contables ordenado por el artículo 114 del Código
Municipal, el cual deberá cumplir con lo estipulado en dicha normativa internacional. Para acreditar el
cumplimiento de esta recomendación, se deberá remitir a esta Auditoría Interna, antes del 30 de
noviembre de 2018, copia del Plan solicitado, debidamente aprobado por el Concejo Municipal.”.
Al respecto, se recuerda a esa Intendencia la obligatoriedad de analizar e implementar las
recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 12,
inciso c) de la Ley General de Control Interno, n.° 8292. Asimismo, se recuerda que para el cumplimiento
de la recomendación emitida, se debe observar lo que al respecto disponen los artículos 36, 37 y 38 de la
misma Ley General de Control Interno. SE CONOCE

    g. Lic. Maricel Rojas León. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-130-2017. Dirigido a
       la Intendencia. ASUNTO. Cumplimiento de recomendación emitida en el Informe AIM-
       05-2016

         En el Informe AIM-05-2016, sobre la gestión para la contratación de personal fijo u ocasional en el
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, se emitió a la Intendencia Municipal la siguiente
recomendación:
“Realizar las acciones correspondientes para que el proceso de asignación de funciones al vice intendente
se realice de forma clara y oportuna.”.
Al respecto, esa Intendencia, mediante el oficio IC-360-2017 del 23 de junio de 2017 informó que
menciona que el Vice Intendente tiene asignadas como funciones administrativas la gestión del
Departamento de Sanidad, así como el acompañamiento de la gestión del Departamento de Recursos
Humanos, razón por la cual se da por cumplida la recomendación transcrita; no obstante, se advierte a la
Intendente Municipal sobre la necesidad de formalizar tales responsabilidades, por los medios que
considere pertinentes. SE CONOCE

    h. Lic. Maricel Rojas León. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-131-2017. Dirigido a
       la Intendencia. ASUNTO. Cumplimiento de recomendación emitida en el Informe AIM-05-
       2016
        En el Informe AIM-05-2016, sobre la gestión para la contratación de personal fijo u ocasional en el
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, se emitió a la Intendencia Municipal la siguiente
recomendación:
ACTA 94/18
13/02/2018




“Fortalecer los controles necesarios para establecer un procedimiento para la creación de plazas mediante
el cual el Concejo pueda conocer con anterioridad al presupuesto el perfil y estructura salarial del puesto
que se va a sacar a concurso.”.
Al respecto, esa Intendencia informó que como producto del señalamiento efectuado, en la actualidad se
informa al Concejo Municipal sobre el perfil y la estructura del puesto que se va a sacar a concurso. En
razón de lo expuesto, la recomendación transcrita se considera cumplida; sin embargo, se advierte a la
Intendente Municipal sobre la necesidad de que dicho procedimiento se estatuya formal y oficialmente
mediante la emisión de una directriz a las unidades involucradas en la gestión de reclutamiento de
personal, a efecto de asegurar su cumplimiento futuro. SE CONOCE

    i.   Lic. Maricel Rojas León. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-133-2017. Dirigido
        a la Intendencia. ASUNTO. Cumplimiento de recomendación emitida en el Informe
        AIM-05-2016
         En el Informe AIM-05-2016, sobre la gestión para la contratación de personal fijo u ocasional en el
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, se emitió a la Intendencia Municipal la siguiente
recomendación:
“Instaurar un proceso formal para la inducción, capacitación y evaluación de desempeño del personal de
conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente y considerando las necesidades y exigencias de
cada puesto.”.
El Concejo, en la sesión ordinaria nro. 40-17 del 31 de enero de 2017, conoció y aprobó el Informe AIM-
05-2016 con sus recomendaciones; sin embargo, pese al tiempo transcurrido desde la emisión del informe
y desde la toma de ese acuerdo, aún no se cuenta con la definición del proceso formal solicitado. Por lo
anterior, se procede a reiterar la recomendación transcrita y se concede a la Intendente Municipal un
plazo definitivo de cumplimiento para que, antes del 31 de marzo de 2018, se informe a esta Auditoría
Interna sobre la definición, aprobación e instauración del proceso referido. SE CONOCE

    j.  Sr. Valentín Jiménez Sánchez. Presidente. Asociación de Desarrollo Integral
        Cóbano. OFICIO ADIC 025-2018. ASUNTO. Documentos requisitos para la obtención
        de los permisos para el desarrollo de los Festejos Peninsulares Cóbano 2018 del 22 de
        febrero al 5 de marzo, agregan que faltan tres requisitos:
        -Pólizas riesgos del trabajo
        -CVO de SENASA
        -Permiso para espectáculo pirotécnico
        -Permiso del Ministerio de Salud
        CONSIDERANDO
     Que la Asociación de Desarrollo Integran de Cóbano presento solicitud de permiso para
        Festejos Peninsulares Cóbano 2018 ante este Concejo Municipal.
     Que el Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano envía parte de los
        requisitos solicitados para la obtención del permiso para los Festejos Peninsulares 2018
     Que les faltan aún varios requisitos
ACUERDO Nº13
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA. “1. Otorgar permiso a la Asociación de
Desarrollo Integral de Cóbano para que realicen TURNO FERIA CON NOVILLADA denominada
“Festejos Peninsulares” los días que van del 22 de Febrero al 05 de Marzo del 2018 , en el
campo ferial de esta Asociación, con un horario de 11.00 a.m. a 2:30 a.m. todos los días.
2. Recordar que ya cuentan con una patente temporal de licores otorgada por este Concejo en
la sesión 84-2017, artículo X, inciso b, del día cinco de Diciembre del Año Dos Mil Diecisiete,
3. Salvar responsabilidad en el caso que haya una sobreventa de tiquetes en el redondel y que
ingresen más de las personas autorizadas.
4. Nombrar fiscal de este evento al señor Efraím Mora Agüero portador de la cédula de identidad
número 1 463 520 y recordarle que debe cumplir con las siguientes funciones:
a. Autorizar el inicio de las corridas de cada día, para lo cual antes debe verificar lo siguiente:
******************************************
a.a Que no se encuentren menores dentro del redondel. *************
a.b. Que no hallan personas ebrias dentro del redondel. *************
a.c. Que se encuentre presente la policía y la cruz roja con su respectivo médico.
a.d. Que todos los montadores se encuentren debida y correctamente inscritos en la póliza, al
igual que los toreros y encargados de la puerta.
a.e. Que esté presente el torero.*********************************
ACTA 94/18
13/02/2018




b. Si en el transcurso de la corrida alguno de los aspectos mencionados se incumplen, deberá
inmediatamente            suspenderla,            hasta       que         se     solucione      la
situación.**************************************************
c. Si se diera algún accidente por incumplimiento de alguno de estos requisitos, la
responsabilidad es directamente del fiscal y no de la asociación organizadora, por lo que
cualquier     pago     por     lesiones     u    otros,      tendrá que      cancelarlo  el fiscal
asignado.***************************
3. El monto a cancelar será de acuerdo a las entradas vendidas en cada evento, estas deben
ser contadas y selladas por la administración antes y después de las fiestas, estos impuestos
deberán ser cancelados inmediatamente después de terminada la feria, en las oficinas de cobros
de esta municipalidad, dinero que deberá ingresar directamente a la cuenta de este Concejo,
mediante un recibo.******************************
4. Recordar que: “Las actividades Taurinas son exclusivamente para adultos por lo tanto queda
prohibido         realizar          corridas         donde        participen     menores       de
edad”.*******************************************
5. El juego de pólvora, a esta fecha, no se encuentra debidamente autorizado por el Ministerio de
Salud. Por lo tanto queda bajo la responsabilidad de esa asociación tramitar el permiso y enviar
copia a la oficina de patentes, antes del día programado para el evento.
6. Para ratificar este acuerdo la encargada del Dpto. de Patentes debe presentar oficio la
próxima semana informando si cumplen o no con todos los requisitos exigidos, más el requisito
que el día de hoy queda ratificado y debe ser notificado a ellos. ACUERDO UNANIME

    k.    Lic. Maricel Rojas León. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-13-2018. Dirigido a
         la Intendencia. ASUNTO. Respuesta a oficio IC-054-2018 sobre cumplimiento de la
         recomendación emitida en el Informe AIM-05-2012.
Me refiero a su oficio IC-054-2018 del 31 de enero de 2018, donde solicita dos meses a partir de la entrega
del oficio para dar cumplimiento a lo requerido, justifica en que el Manual solicitado debe ser valorado
por el Concejo.
En vista de que esta recomendación se encuentra vencida desde el 31 de enero de 2018, pero la
Intendencia muestra interés en continuar con las acciones que ha venido realizando para atender las
recomendaciones emitidas en este informe de auditoría y que es de suma importancia para la Auditoría
que se cumplan las recomendaciones que sin duda coadyuvarán en el cumplimiento de las metas y
objetivos de este Concejo Municipal de Distrito, se concede a la Intendente Municipal un plazo definitivo
de cumplimiento para que, antes del 31 de marzo de 2018, se informe a esta Auditoría Interna sobre la
aprobación y divulgación de la directriz o manual referido. SE CONOCE

    l.   Lic. Maricel Rojas León. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-14-2018. Dirigido a
         la Intendencia. ASUNTO. Respuesta a oficio IC-053-2018 donde solicita ampliación
         de plazo para cumplimiento de la recomendación emitida en el Informe AIM-04-
         2014.
         Me refiero a su oficio IC-053-2018 del 31 de enero de 2018, donde solicita dos meses a partir de la
entrega del oficio para dar cumplimiento a lo requerido, justifica que se han logrado recuperar 2 de los 3
casos, pero por situaciones ajenas en cuanto a la falta de informacion por parte del administrado en la
presentacion de documentos y según el expediente municipal, no se ha logrado la comunicación directa
con el administrado. Este es el caso de Vo y Zeta Terrenos S.A.
En vista de que esta recomendación se encuentra vencida desde el 31 de enero de 2018, pero la
Intendencia ha realizado esfuerzos y muestra interés en continuar con las acciones que ha venido
ejecutando para subsanar el perjuicio a la hacienda pública sin necesidad de recurrir a otros medios, se
concede a la Intendente Municipal un plazo definitivo de cumplimiento para que, antes del 31 de marzo
de 2018, se informe a esta Auditoría Interna sobre las acciones realizadas para dar cumplimiento a lo
solicitado. SE CONOCE
***********************************U.L.******************************************
Se da por finalizada la sesión al ser las veinte horas con treinta minutos


Sra. Roxana Lobo Granados                               Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga
SECRETARIA                                              PRESIDENTE