Ordinaria 122 · 2018-08-28

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 122 del 2018-08-28 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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ACTA 122-18
28/08/2018




                                ACTA ORDINARIA Nº 122-2018
                                 PERIODO CONSTITUCIONAL
                                       2016 – 2020

ACTA NÚMERO CIENTO VEINTIDOS – DOS MIL DIECIOCHO, DE LA SESIÓN ORDINARIA
QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA
VEINTIOCHO DE AGOSTO     DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIECISIETE HORAS CON
DIECISIETE MINUTOS EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO.

Con la presencia de las siguientes personas:

PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga.

PRESIDENTA SUPLENTE

CONCEJALES PROPIETARIOS
Crisly Morales Méndez.
Fernando Quesada López

CONCEJALES SUPLENTES

INTENDENTE
Cinthya Rodriguez Quesada

VICE INTENDENTE
Roberto Varela Ledezma

ASESOR LEGAL

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados.

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Eladio Picado Ramírez.
Virginia Vargas Acosta.

CONCEJALES SUPLENTES
Dunia Campos Salas. Comisionada audiencias con diputados
Mario Delgado Rodriguez
Ronny Campos Muñoz. Comisionado audiencias con diputados
Manuel Ovares Elizondo. Comisionado audiencias con diputados

ASISTENTES POR INVITACION

VISITANTES

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión

  I.      ORACION
  II.     CORRECCIONES Y RATIFICACION DE ACTAS
  III.    AUDIENCIAS Y JURAMENTACION
  IV.     INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
  V.      MOCIONES
  VI.     ASUNTOS TRAMITE URGENTE
  VII.    INFORME DE LOS CONCEJALES
  VIII.   INFORME DE LAS COMISIONES
  IX.     INFORME DEL ASESOR LEGAL
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  X.      LECTURA DE CORRESPONDENCIA


ARTICULO I. ORACION

A CARGO DEL PRESIDENTE

ARTICULO II. CORRECCIONES Y RATIFICACION DE ACTAS

   a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 121-18.
La cual es ratificada en todas sus partes.

ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES

   a. Se recibe a los señores Elizabeth y Denis Molina representantes de Molina
      Recicling

PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra

DENIS. Indica que son Molina recicling he iniciaron hace tres años con un empresa de reciclaje

en Montezuma y ahora se extendieron a Santa Teresa, la gente se está educando.

ELIZABETH. Indica que le preocupa        que el año pasado de enero a julio recolectaron 108

toneladas de reciclaje y este año en el mismo periodo 35 toneladas, son 70 toneladas que no

están, claro el año pasado el basurero aún estaba y había una familia seleccionando. Agrega

que hace como seis meses solicitaron un convenio, según el artículo 8 de la Ley8839, e indica

que son una pymes debidamente autorizados y cuentan con todos los requisitos, camiones y

trabajadores y la muni con la basura y un problema, y solo debe aportar educación y basureros.

Informa que hoy recibieron un borrador del convenio que no pueden firmar

DENIS El convenio que recibimos es todo en contra de nosotros, eso no es un convenio, nos

piden un montón de cosas y ustedes nos vigilan. En un convenio cada uno aporta

FERNANDO. Tal vez ustedes se puedan sentar con él y hacerle una propuesta, nosotros no

conocemos ese convenio

DENIS. NO queremos que nos vean como competencia

DAGOBERTO. Presenten ustedes una contraparte a ver. Les agradece la visita

SE RETIRAN
   b. Se recibe a las señoras Mary Cartin y Paulina Morales del comité de caminos de
      San Isidro

PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra

MARY. Agradece el espacio e indica que las preguntas que traía eran para la Intendencia pero

no esta

DAGOBERTO. Igual hágalas a ver en este instante tenemos aquí a Francil que vino a entregar

un documento tal vez ella pueda ayudar
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MARY. Porque no se hizo el bacheo de San Isidro, que fue lo que paso, porque se cayó ahora la

contratación?

LIC. FRANCIL. Esta vez lo que paso fue que las empresa no cumplido con los requisitos de la

maquinaria y requisitos legales

La licenciada se retira

MARY. Ira a ver una quinta vez

FERNANDO SI. Pero no por licitación

MARY. El comité se pregunta porque el ingeniero presenta 4 proyectos y los cuatro se caen

DAGOBERTO. Yo también pregunte lo mismo me dijeron que la respuesta estaba en una acta y

no está, porque el tema lo hablaron en un receso

MARY. Por menos motivos despiden a un funcionario. Ahora ya se conformó el camino de cruce

a cruce y no nos tomaron en cuenta y teníamos diez vagonetas de lastre y les habíamos dicho

que nos dijeran para avisarle a Thoren y no nos avisaron y no las utilizaron y ya hay partes

donde no se le echo y ya se está fregando y 10 vagonetadas valen plata. El camino quedó sin

lastre y con qué necesidad si el comité tenia, a Flavio de dijeron que no tenían como acarrear

ese lastre, pero para eso somos un comité hubiéramos tratado a ayudar a solucionar eso.

DAGOBERTO, pidan la información a la administración pero la piden por escrito

MARY. Si ya pedimos por escrito copia del expediente. Nos lo dan en llave maya. Se las voy a

dar para que ustedes se la den a doña Cinthya por favor. El asunto de la cuesta se dio o lo

apelaron

DAGOBERTO. Esa información no la se

MARY. Como propuesta porque no se unen los tres concejos para presentar carteles y tal vez

sean más atractivos

DAGOBERTO. Lo que se hizo es unir varios trabajos para que fuera más atractivo

Les agradece la presencia y se retiran.


ARTICULO IV. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION

   a. Roxana Lobo Granados. Secretaria. ASUNTO. Informe de Investigación preliminar.

INFORME DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
CONSTA EN EL EXPEDIENTE DEL ACTA
CONSIDERANDO:

-Que se ha conocido informe sobre las ausencias de la Concejala Virginia Vargas Acosta en

este año

ACUERDO Nº1
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Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA; “Archivar el informe presentado por motivo

de que se evidencia en el mismo, que la señora Concejala Virginia Vargas Acosta del Partido

Acción Ciudadana, no se ha ausentado dos meses o más de forma continua y sin justificación de

las sesiones del Concejo,           como lo indica en artículo 24, inciso b, del código municipal”.

ACUERDO UNANIME

    b. Sra. Yocelyn Azofeifa. Coordinador a.i. Dpto. de ZMT. OFICIO ZMT-200-2018 Con VB
        de la Intendencia. Asunto: Pase de solicitud de prórroga de plazo para realizar las
        obras en la parcela concesionada a la sociedad Santa Teresa Surf Spa S.R.L

Por medio de la presente me permito saludarle y a la vez dar pase de la solicitud realizada por la representante de la
sociedad Santa Teresa Surf Spa S.R.L la señora Anna Ulla Margareta Laudstrom, donde solicita se le conceda a su
representada una prorroga al plazo establecido en la cláusula vigésima quinta del contrato de concesión, donde se le
conceden 24 meses después de formalizado el contrato, para ejecutar o dar inicio a las obras del proyecto
presentado mediante perfil de proyecto , mismas que a la fecha no se han podido desarrollar por motivo del atraso
en el inicio de operación del acueducto de la zona, ya que como es de conocimiento el mismo entro en
funcionamiento el pasado mes de marzo, y antes de eso se encontraban en un estado de incertidumbre en cuanto a
la fecha del inicio del abastecimiento de agua potable, siendo este un requisito indispensable para tramitar cualquier
obra constructiva.
En conocimiento de lo indicado anteriormente doy pase a este Concejo Municipal, la solicitud realizada por los
representantes de la sociedad Santa Teresa Surf Spa S.R.L, con el fin sea analizado el caso descrito anteriormente,
siendo este el ente competente para valorar lo solicitado, esto con el fin de dar una respuesta al administrado a la
petición realizada.

OFICIO N0 L-ZMT-38-2018. Dirigido a Yocelyn Azofeifa Alvarado. Coordinadora departamento ZMT. De.
Licda Aralyn Villegas Ruiz. Gestora Legal. Depto. Zona Marítimo Terrestre.

Asunto: Respuesta al pase 101-2018 dirigido a ésta Asesoría Legal, mismo que versa sobre
solicitud de la concesionaria Santa Teresa Surf Spa respecto a que se le autorice una prorroga al
plazo otorgado para desarrollar las obras constructivas establecidas en el contrato de concesión.
Reciba un cordial saludo, así mismo mediante la presente le indico que revisada la solicitud presentada por la señora
Anna Ulla Margareta Laudstrom, representante de la sociedad Santa Teresa Surf Spa S.R.L donde solicita se le
conceda a su representada una prorroga al plazo establecido en la cláusula vigésima quinta del contrato de
concesión, donde se le conceden 24 meses después de formalizado el contrato, para ejecutar o dar inicio a las obras
del proyecto presentado mediante perfil de proyecto. Que dicho plazo es establecido bajo la recomendación DFOE-
ED-71-2008 de la Contraloría General de la República, que de acuerdo a dicha recomendación el Instituto
Costarricense de Turismo toma el acuerdo, publicado en LA GACETA Nº 8 DEL 13 DE ENERO DEL 2010 COMUNICADO
DE ACUERDO Nº SJD-886-2009. En Sesión Ordinaria de Junta Directiva Nº 5613, Artículo 5, Inciso IV, celebrada el día
24 de noviembre del 2009, que textualmente dice: Se acuerda: “De conformidad con el oficio Nº MPD-P-1278-2009 /
AL-2101-2009, suscrito por el Macroproceso de Planeamiento y Desarrollo en conjunto con la Asesoría Legal, en
ejecución de los Acuerdos N° SJD-412-2009 y SJD-818-2009 sobre ampliación del plazo para iniciar obras en la Zona
Marítimo Terrestre, según las inquietudes planteadas por el Lic. Juan José Echeverría Alfaro del Bufete Echeverría y el
Sr. José Espinach Mendieta de ICICOR S.A: 1) Modificar el Acuerdo N° SJD-1194-2005 de fecha 16 de diciembre del
2005, en el inciso c, en lo que corresponde al plazo para iniciar obras en zona marítimo terrestre, quedando en
veinticuatro meses, para que de ahora en adelante dicho acuerdo se lea de la siguiente manera: a) Incorporar dentro
de los contratos de concesión una cláusula donde se detalle el porcentaje del monto de la garantía de ejecución del
proyecto que pretende desarrollar todo concesionario, mismo que se recomienda en un 5%. b) Establecer como fecha
última para el depósito de la garantía de cumplimiento el día de la firma del contrato de concesión. c) Solicitar a las
municipalidades que dentro de los contratos de concesión se establezca un plazo perentorio para el inicio de las obras
del proyecto que ofrece ejecutar el concesionario, bajo pena de que se inicie el procedimiento de cancelación de la
concesión, el cual no debe ser mayor a veinticuatro meses después de formalizado el contrato. d) Ante el
incumplimiento de algunas de estas condiciones, la Municipalidad deberá iniciar el proceso de cancelación de la
concesión a efecto de otorgarla a otra persona física o jurídica con capacidad y disposición real de ejecutar el
proyecto. 2) Solicitar al Macroproceso Administrativo publicar en el Diario Oficial La Gaceta, el acuerdo aprobado
como una modificación al Acuerdo SJD-1194-2005, que se había publicado en La Gaceta N° 29 del 7 de febrero del
2006. 3) Instruir al Macroproceso de Planeamiento y Desarrollo comunicar a las Municipalidades con jurisdicción en
zona marítimo terrestre, el acuerdo tomado que amplía el plazo para el inicio de obras en la zona marítimo terrestre,
para que, a partir de su publicación en La Gaceta, lo incorporen en los contratos de concesión que confeccionan 4)
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Comunicar el presente acuerdo a los señores Lic. Juan José Echeverría Alfaro del Bufete Echeverría y al Sr. José
Espinach Mendieta de ICICOR S. A. San José, 2 de diciembre del 2009.—Lic. Hannia Ureña Ureña, Secretaria Junta
Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 11895.—Solicitud Nº 12832.—C-34520.—(IN2009110892)
Indica la Sra. Laudstrom en su solicitud de prórroga que las obras a la fecha no se han podido desarrollar por motivo
del atraso en el inicio de operación del acueducto de la zona, ya que como es de conocimiento el mismo entró en
funcionamiento el pasado mes de marzo del presente, y antes de eso se encontraban en un estado de incertidumbre
en cuanto a la fecha del inicio del abastecimiento de agua potable, siendo éste un requisito indispensable para
tramitar cualquier obra constructiva.
En conocimiento de lo solicitado por la representante de la sociedad Santa Teresa Surf Spa S.R.L le comunico que el
acto de otorgar una prorroga al inicio de las obras constructivas es facultativo del Concejo de Concejales,
adicionalmente le informo que el acto de prorrogar el plazo para inicio de obras no requiere inscripción en el
Registro Público de Concesiones, por tanto no requiere adendum al Proyecto de Resolución ni al contrato, por lo que
en caso de que el Concejo decida aprobar la prórroga solicitada basta con un acuerdo del Concejo, mismo que
deberá ser remitido al Instituto Costarricense de Turismo para conocimiento.
Esta asesoría reconoce que el motivo de falta de agua es un elemento importante en el tema constructivo, por lo que
es criterio de ésta Asesoría que justificado el inconveniente de falta de agua, podría prorrogarse el plazo de los 24
meses a partir de la fecha en que la concesionaria cuente con la disponibilidad de agua para el desarrollo del
proyecto

CONSIDERANDO:

-Que se ha conocido criterio legal sobre prorroga al plazo establecido en la cláusula vigésima

quinta del contrato de concesión, donde se le conceden 24 meses después de formalizado el

contrato, para ejecutar o dar inicio a las obras del proyecto presentado mediante perfil de

proyecto presentada por la señora Anna Ulla Margareta Laudstrom, representante de la sociedad

Santa Teresa Surf Spa S.R.L ya que indica la representante que las obras a la fecha no se han

podido desarrollar por motivo del atraso en el inicio de operación del acueducto de la zona, ya

que como es de conocimiento el mismo entró en funcionamiento el pasado mes de marzo del

presente, y antes de eso se encontraban en un estado de incertidumbre en cuanto a la fecha del

inicio del abastecimiento de agua potable

-Que indica la asesora, en su OFICIO -ZMT-38-2018 dirigido a la coordinadora del Departamento

de ZMT. Que el motivo de falta de agua es un elemento importante en el tema constructivo, por

lo que es criterio de ésta Asesoría que justificado el inconveniente de falta de agua, podría

prorrogarse el plazo de los 24 meses a partir de la fecha en que la concesionaria cuente con la

disponibilidad de agua para el desarrollo del proyecto

ACUERDO Nº2

Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar prorroga al plazo establecido en la

cláusula vigésima quinta del contrato de concesión, solicitada por la señora Anna Ulla Margareta

Laudstrom, representante de la sociedad Santa Teresa Surf Spa S.R.L y otorgarles un plazo de

12 meses, a partir de notificado este acuerdo, para ejecutar o dar inicio a las obras presentadas

mediante perfil de proyecto “ACUERDO UNANIME

    c. Sra. Jackelinne Rodriguez. Proveedora. ASUNTO. Recomendación de Adjudicación
       Contratación Directa Nº2018CD-000068-01. Compra de llantas para vehículos
       municipales. Con VB de la Intendencia

                                          PROVEEDURIA INSTITUCIONAL
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                                       RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACION
                                    CONTRATACION DIRECTA Nº 2018CD-000068-01

                                   “Compra de Llantas para Vehículos Municipales”
Cóbano, a las trece horas con quince minutos del día veintiocho de agosto del año 2018. Se procede a dar
recomendación con respecto a lo solicitado por el departamento de vice-intendencia, Cobros y zona marítima
terrestre, para la compra de llantas, cuya apertura se realizó el día trece de agosto del año en curso, a las once horas.
I-RESULTADO
     1. Que dicho proceso de contratación fue amparado conforme a la solicitud:
        Oficio                   Departamento           Código de partida         Monto
        VI-111-2018              Viceintendencia        2.04.02 IIB               ¢2.250.000,00
                                                        2.04.02 I                 ¢350.000,00
        GC-013-2018              Cobros                 2.04.02 IIIV              ¢2.250.000,00
                                                        2.04.02 IIZMT             ¢300.000,00
        ZMT-196-2018             Zona Marítimo

    2.   Que según el expediente administrativo elaborado para esta contratación se invitó a concursar a los
         siguientes oferentes.
         Nº         PROVEEDOR
         1          Tirestone S.A.
         2          Reenfrio Comercial automotriz S.A.
         3          Mayorista de llantas S.A.
         4          Llantas del pacifico S.A.
         5          Muflicentro Rio segundo S.A.
         6          Servicentro Cobano S.A.
         7          Nelson Gamboa Araya
         8          Lubricentro jisan
    3.   Luego de cerrado el periodo para la recepción de ofertas se presentaron las siguientes ofertas a concurso.
         Nº         PROVEEDOR
         1          Maquinaria y Tractores Limitada
         2          Grupo prolussa S.A.
         3          Comercializadora piedra Garro S.A.
         4          Corporacion Grupo Q CR S.A.
         5          Muflicentro Rio Segundo S.A.
         6          Llantas y accesorios S.A.
         7          Llantas del Pacifico S.A.

    4.    Se procedió a verificar documentación y todas cumplen con los requisitos legales y técnicos exceptuando la
          línea Nº7 que dos empresas no cotizan el diseño solicitado (llantas del pacifico S.A. y Productos y
          lubricantes S.A., con respecto a las demás líneas cumple con lo requerido.
     5. Se procedió a verificar que se encontraran al día con el pago de la CCSS y FODESAF, tanto el día de la
          apertura, como el día de hoy.
II.CONSIDERANDO UNICO
Luego de realizada la evaluación correspondiente, a las ofertas admitidas a este concurso, se determinó que
cumplen con todos los requisitos solicitados.
III.POR LO TANTO
De conformidad con los hechos expuestos en la presente resolución y la normativa vigente en materia de
Contratación Administrativa, la Proveeduría institucional del Departamento Administrativo del Concejo Municipal de
Distrito Cóbano.
IV.RESUELVE
Recomienda adjudicar por líneas la Contratación Directa Nº 2018CD-000068-01 para la “Compra de Llantas para
Vehículos Municipales”a:

         Línea Nº       Adjudicatario                      Cedula               Depto.                Monto


         1            Llantas del Pacifico S.A.            3-101-191491         Cobros /zmt           ¢94.500,00
         6            Llantas del Pacifico S.A.            3-101-191491         Cobros /zmt           ¢224.000,00
         8            Llantas del Pacifico S.A.            3-101-191491         Cobros /zmt           ¢220.000,00
         Total: ¢538.500,00
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Nota: en vista a la necesidad que se está requiriendo el departamento de gestión vial de contar con más llantas para
el back Hoe específicamente y que las oferta ganadora presenta un precio menor al monto presupuestado, este
departamento cree conveniente adjudicar dos llantas más a la línea Nº6 quedando de la siguiente manera:
         Línea Nº      Adjudicatario                      Cedula             Depto.                Monto


         1             Llantas del Pacifico S.A.          3-101-191491           Cobros /zmt      ¢94.500,00
         6             Llantas del Pacifico S.A.          3-101-191491           Cobros /zmt      ¢448.000,00
         8             Llantas del Pacifico S.A.          3-101-191491           Cobros /zmt      ¢220.000,00
Total: ¢762.500,00
Esto amparado al artículo 86 del Reglamentó a la Ley de contratación Administrativa que dice:
Artículo 86.Actofinal.
Una vez hechos los estudios y valoraciones señalados en los artículos anteriores, la Administración, deberá dictar el
acto de selección del adjudicatario. Cuando se soliciten precios unitarios y la Administración se haya reservado la
posibilidad de adjudicar parcialmente una misma línea o mismo objeto, así lo indicará.
Si la oferta ganadora del concurso presenta un precio menor al monto presupuestado, la Administración podrá
adjudicar una mayor cantidad de bienes o servicios si la necesidad así lo justifica.
Si al concurso no se presentaron ofertas o las que lo hicieron no se ajustaron a los elementos esenciales del
concurso, se dictará un acto declarando infructuoso el procedimiento, justificando los incumplimientos sustanciales
que presenten las ofertas.
Si fueron presentadas ofertas elegibles, pero por razones de protección al interés público así lo recomiendan, la
Administración, mediante un acto motivado, podrá declarar desierto el concurso.
Cuando la Administración, decida declarar desierto un procedimiento de contratación, deberá dejar constancia de
los motivos específicos de interés público considerados para adoptar esa decisión, mediante resolución que deberá
incorporarse en el respectivo expediente de la contratación. Cuando se haya invocado motivos de interés público
para declarar desierto el concurso, para iniciar un nuevo procedimiento, la Administración deberá acreditar el
cambio en las circunstancias
que justifican tal medida.
La declaratoria de infructuoso, de desierto o re adjudicación deberá ser dictada por el mismo funcionario u órgano
que tiene la competencia para adjudicar.
         Línea Nº      Adjudicatario                      Cedula                 Depto.           Monto


        2            Llantas y accesorios S.A.             3-101-129434       viceintendencia      ¢1.125.000,00
        7            Llantas y accesorios S.A.             3-101-129434       viceintendencia      ¢1.180.000,00
        Total: ¢2.305.000,00
        Línea Nº     Adjudicatario                           Cedula            Depto.                 Monto


        3               Maquinaria y Tractores Limitada      3-102-004255      viceintendencia        $679.28
        4               Maquinaria y Tractores Limitada      3-102-004255      viceintendencia        $309.44
                                                          TOTAL: $988,72
        Línea Nº        Adjudicatario                      Cedula              Depto.              Monto


         5             Muflicentro Rio Segundo S.A.     3-101-188279             Viceintendencia   ¢354.000,00
TOTAL: ¢354.000,00
Razones de la recomendación de la adjudicación:
Las razones por las cuales se recomienda se adjudique por líneas, son las siguientes:
         Por cumplir con los requisitos del cartel.
         Por ajustarse al presupuesto disponible.
         Por dar un mejor precio.


    CONSIDERANDO:

     Que se ha concluido con los trámites anteriores al acto final de Contratación Directa

        Nº2018CD-000068-01. Compra de llantas para vehículos municipales”

     Que cerrado el periodo de ofertas se presentaron las siguientes ofertas al concurso:

                   Nº                   PROVEEDOR
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                      1                   Maquinaria y Tractores Limitada
                      2                   Grupo prolussa S.A.
                      3                   Comercializadora piedra Garro S.A.
                      4                   Corporación Grupo Q CR S.A.
                      5                   Muflicentro Rio Segundo S.A.
                      6                   Llantas y accesorios S.A.
                      7                   Llantas del Pacifico S.A.


     Que luego de realizada la evaluación correspondiente a las ofertas admitidas se

           determinó que estas cumplen con todos los requisitos solicitados.

     Que en vista a la solicitud del Ingeniero donde expone la necesidad que está requiriendo

           el departamento de gestión vial de contar con más llantas para el back Hoe

           específicamente,        y que las oferta ganadora presenta un precio menor al monto

           presupuestado, ese departamento cree conveniente adjudicar dos llantas más a la línea

           Nº6, esto amparado al artículo 86 del Reglamentó a la Ley de Contratación

           Administrativa

     Que el departamento de proveeduría                               Recomienda adjudicar por líneas la

           Contratación Directa Nº 2018CD-000068-01 para la “Compra de Llantas                                       para

           Vehículos Municipales”, esto por:

                             Por cumplir con los requisitos del cartel.

                             Por ajustarse al presupuesto disponible.

                             Por dar un mejor precio

ACUERDO Nº3

Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Adjudicar la Contratación Directa

Nº2018CD-000068-01. Compra de llantas para vehículos municipales” por líneas a como se

detalla:
           Línea Nº       Adjudicatario                  Cedula                Depto.              Monto


           1           Llantas del Pacifico S.A.         3-101-191491          Cobros /zmt         ¢94.500,00
           6           Llantas del Pacifico S.A.         3-101-191491          Cobros /zmt         ¢448.000,00
           8           Llantas del Pacifico S.A.         3-101-191491          Cobros /zmt         ¢220.000,00
                   Total: ¢762.500,00

           Línea Nº       Adjudicatario                      Cedula                Depto.                 Monto


           2           Llantas y accesorios S.A.             3-101-129434          viceintendencia        ¢1.125.000,00
           7           Llantas y accesorios S.A.             3-101-129434          viceintendencia        ¢1.180.000,00
                   Total: ¢2.305.000,00
           Línea Nº    Adjudicatario                          Cedula                    Depto.               Monto


           3            Maquinaria y Tractores Limitada       3-102-004255              viceintendencia      $679.28
           4            Maquinaria y Tractores Limitada       3-102-004255              viceintendencia      $309.44
                      TOTAL: $988,72
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        Línea Nº     Adjudicatario                    Cedula                Depto.            Monto


        5           Muflicentro Rio Segundo S.A.      3-101-188279          Viceintendencia   ¢354.000,00
                TOTAL: ¢354.000,00
                ACUERDO UNANIME

    d. Ing. Edgar Calvo Mora. Ingeniero de Construcciones. OFICIO-ING 346 -2018. Con VB
       de la Intendencia. Asunto: Análisis de propuesta de desfogue pluvial por Sueño
       Verde de Santa Elena S.A.

Sirva la presente para informarle que, en la construcción de Sueño Verde de Santa Elena, se excavaron
zanjas para desfogar las aguas pluviales en la zona pública. Estas zanjas, aunque no han sido aprobadas,
son complementarias a las construcciones para las que se dio permiso mediante 097/2017. Como
proyecto constructivo, se deben tener un manejo adecuado de las aguas pluviales ya que de lo contrario
se puede dar una afectación a la zona pública contraveniendo la Ley de Zona Marítimo Terrestre, Ley de
Aguas y Ley sobre el Uso y Conservación de los Suelos.




Cabezal de desfogue zona restringida   /           Zanjas en Zona Pública
Estas zanjas deben ser corregidas. El desfogue pluvial otorgado para dicho proyecto se encuentra
restringido a que las aguas salieran por un drenaje dentro de la propiedad (ING-490-2016). Así que el
desfogue implementado no cumple conforme al Desfogue Pluvial aprobado y puede ser efecto de sanción
por parte del Concejo Municipal de Distrito. Sin embargo, tras evaluar la situación en conjunto, se detecta
que a esta concesión la afecta un paso de alcantarilla de la vía pública y que también por la ubicación
topográfica, es imposible verter el agua a la calle. Añadiendo a esto, se reciben las aguas de las dos
concesiones vecinas; una Alter Idem y la segunda Atacama del Sur S.A. (verificar con departamento de
Zona Marítimo Terrestre).
Por lo que se recomienda implementar una solución integral para estas aguas pluviales, las cuales
naturalmente han llevado este curso desde antes de existir la nueva construcción. Estas deben ser
encauzadas y direccionadas de manera responsable para que no perjudiquen la zona pública, la cual es
responsabilidad administrativa de ésta institución.
Los requisitos establecidos por Ley y Reglamento a la Zona Marítimo Terrestre, donde se obtienen vistos
buenos de las diferentes instituciones, son para casos de mayor escala o inclusive mayor impacto. Como lo
podría llegar a ser un conglomerado de desfogues pluviales en unan zona congestionada o como en este
caso, el agua que pasa por el paso de alcantarilla de la calle. Debe ser analizado en particular para cada
caso e implementado como solución de conjunto; como en este caso serían las tres concesiones
involucradas y el paso de alcantarilla. No omito manifestar que estas obras pluviales, son parte de la
responsabilidad municipal.
Igualmente, cualquier trabajo que se realice en la Zona Pública será mediante previa autorización
Municipal y los materiales o trabajos que se hagan deberán ser entregados a la municipalidad sin
responsabilidad alguna de repararlos en caso de malfuncionamiento. Esto ya que nadie puede alegar
Propiedad o Derecho sobre la zona pública.

PRESIDENTE. SE CONOCE Y VAMOS A ESPERAR LA PRESENTACIÓN QUE LA EMPRESA
VIENE A REALIZAR EL PRÓXIMO MARTES.

    e. Cinthya Rodriguez. Intendente. OFICIO IC-438-2018. ASUNTO. Decisión Inicial.
       ASUNTO. Contratación Directa para la Contratación de Servicios Profesionales para
       apoyar a la Intendencia del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano con uno varios
       especialistas en derecho municipal y administrativo”.
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                                                    Decisión inicial
1. Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la necesidad a satisfacer
(finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo 8, inciso a, del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa)
Para que de curso al procedimiento de Contratación Directa para la contratación de SERVICIOS
PROFESIONALES PARA APOYAR A LA INTENDECIA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO
DE COBANO CON UNO o VARIOS ESPECIALISTA EN DERECHO. MUNICIPAL y ADMINISTRATIVO". Se hace necesario
integrar 4 Órganos Administrativos ordinarios Externos Unipersonales . . . ..'
Debido a que la Asesoría Jurídica de la administración de este Concejo Municipal de Distrito tiene un recargo
importante de trabajo; lo que provoca atrasos en la emisión de criterios y en la atención de diversos asuntos, y los
actos propios de este proceso ya han sido de alguna manera tratados por los otros abogados, tanto de Zona
Marítima Terrestre como el Asesor Legal del Concejo Municipal, en atención de revocatorias, apelaciones y
resoluciones administrativas.
En virtud de lo anterior se ha considerado importante destinar recursos presupuestarios para llevar adelante la
presente contratación para los servicios profesionales de un especialista en derecho administrativo y municipal para
dirigir el Órgano Administrativo que declare la Nulidad Absoluta de un acuerdo del Órgano Deliberativo, y 4 Órganos
Administrativos sobre presuntas infracciones a la Ley 6043, contratación de uno o varios abogados(as).

2. Defina el objeto de la contratación aportando las especificaciones técnicas, las cuales deben ser
claras, suficientes, concretas y objetivas.
Descripción del objeto de la contratación:
Contratación de uno o varios abogados para constituirse en uno o todos los 4 Órganos Administrativos extemos
unipersonales por la complejidad de las acciones y sus eventuales resultados finales pudiendo generar acciones en
instancias Judiciales.
Los Profesionales contratados deberán realizar las siguientes actividades:
          a. Proceso ordinario de un órgano director que concluya con la NULIDAD DE UN ACUERDO del órgano
          deliberativo que resulta absolutamente nulo, y 3 órganos, sobre eventuales infracciones a la ley 6043 y a la
          vez recomiende acciones que a la luz de los hechos se consideren necesarias de conformidad con su
          conocimiento y experiencia. Total 4 Órganos Administrativos
Producto del servicio a contratar, el profesional asume las siguientes obligaciones
Las obligaciones del contratista serán:
a.a. Excusarse de asumir la dirección de un proceso cuando se encuentre en alguna de las causas de impedimento,
recusación o excusa, establecidas en los artículos 49, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil.
a.b. Ajustarse al plazo de la contratación: El plazo de contratación es de tres meses es decir del 10 de Setiembre del
2018 al 10 de diciembre del 2018. '

3. Indique el procedimiento de control de calidad que se aplicará durante la ejecución de la contratación y para la
recepción de la obra, bien o servicio. (Según artículo 8 inciso e del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa). (Según artículo 8, inciso c de'l Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa). '
Supervisión:
Los servicios serán supervisados por la INTENDENCIA.
El informe final de cada Órgano Administrativo Ordinario, se revisará por parte de la INTENDENCIA y esta la
presentará al CONCEJO MUNICIPAL para el acto decisorio.

4. Indique la estimación actualizada del costo del objeto, así como el detalle de la disponibilidad presupuestaria con
la que cuenta la unidad solicitante para enfrentar la ejecución de la contratación.
(Según artículo 8, inciso d, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Nota: revisar artículo 12 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Monto presupuestado: ¢7.500.000,OO                       Partida presupuestaria P II. ZMT 1-04-02
Aprobación Tesorería Municipal: ------------------------------
5.- La Municipalidad posee el recurso humano y material para verificar la correcta ejecución del objeto del contrato.
(Según artículo 8, inciso t, del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa) Si: _X _ No: _
6. Indique el funcionario responsable de darle seguimiento al contrato: (Según artículo 8, inciso g, del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa)
Supervisión:
Los servicios serán supervisados por la INTENDENCIA.
                                       INFORMACION PARA ELABORAR EL CARTEL
Elementos de evaluación:
La calificación del participante se efectuará dentro de una escala de O a 100, quedando fuera de concurso, aquellos
oferentes que no cumplan los requisitos de admisibilidad o bien aquellos que cumpliéndolos no alcancen 70 puntos,
de acuerdo con los siguientes parámetros:
Recomendación de proveedores a invitar por cuanto tienen experiencia necesaria en la materia:
Información para elaborar el cartel
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             Elemento a calificar                 Ponderación
             Precio 60%                           Experiencia 40%
DECISION INICIAL COMPLETA CONSTA EN EL EXPEDIENTE DEL ACTA

CONSIDERANDO

        Que se ha conocido OFICIO IC-438-2018 correspondiente a decisión inicial presentada

         por la Intendencia      para Contratación Directa para la Contratación de Servicios

         Profesionales para apoyar a la Intendencia del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano

         con uno varios especialistas en derecho municipal y administrativo

        Que el trabajo a contratar se detalla en la decisión inicial

        Que el monto presupuestado para esta contratación es de siete millones quinientos mil

         colones con 00/100 (¢7.500.000,00), de la siguiente partida presupuestaria: P II. ZMT 1-

         04-02

        Que en la decisión inicial se cuenta con el visto bueno de la Tesorería Municipal

        Se solicita la dispensa del artículo 44 del Código Municipal

ACUERDO Nº4

Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Dispensar del trámite de Comisión.

ACUERDO UNANIME.

        2.   Autorizar a la Intendencia para que inicie el procedimiento de contratación              de

         Servicios Profesionales para apoyar a la Intendencia del Concejo Municipal de Distrito de

         Cóbano con uno varios especialistas en derecho municipal                 y administrativo para

         constituir 4 Órganos Administrativos externos unipersonales. El costo aproximado de

         este trabajo es de siete millones quinientos mil colones con 00/100 (¢7.500.000,00) de

         la partida presupuestaria:     P II. ZMT 1-04-02

         de lo cual se cuenta con contenido presupuestario, según se hace saber mediante la

         firma de visto bueno de la Tesorería Municipal, que consta en la decisión”. ACUERDO

         UNANIME.


    f.   Cinthya Rodriguez. Intendente. OFICIO IC-439-2018. ASUNTO. Proceso de
         inconstitucionalidad emitido al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.

Informa sobre la existencia del proceso de acción de inconstitucionalidad que recibió la señora Intendente
Maria Acosta Gutiérrez, emitido por la Alcaldesa de la Municipalidad de Abangares contra el Concejo
Municipal de Distrito de Colorado, cabe resaltar que esa acción puede afectar a los ocho concejos
municipales de distrito. Por tanto les solicito un acuerdo municipal para adherirse a la defensa que haga
dicho concejo y a la vez autorizar a esta Intendencia a suscribir los documentos necesarios para hacer
efectiva dicha defensa, a pesar de estar dirigida al Concejo Municipal de Distrito de Colorado
CONSIDERANDO:

        Que el Concejo Municipal de Distrito de Colorado ha recibido una Acción de

         Inconstitucionalidad 18-011009 interpuesta ante la sala constitucional la Municipalidad de
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         Abangares, acción que si llega a prosperar, afectaría a los ocho Concejos Municipales de

         Distrito del País

        Que es muy importante adherirse a la defensa que haga el Concejo Municipal de Distrito

         de Colorado

ACUERDO Nº5

Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Dispensar del trámite de comisión.

ACUERDO UNANIME

2. Apoyar la gestión de defensa del Concejo Municipal del Distrito de Colorado de Abangares

contra la Acción de Inconstitucionalidad que interpuso ante esa honorable Sala Constitucional La

Municipalidad de Abangares.

En vista de los fundamentos de hecho y de derecho que presenta el memorial de defensa

presentado por el letrado representante del Concejo Municipal del Distrito de Colorado de

Abangares, que son aquí coincidentes con los de todos los Concejos Municipales de Distrito

existentes, intereses representados por la Federación que los une (FECOMUDI).

Rogamos respetuosamente se rechace la Acción”. ACUERDO UNANIME


    g. Cinthya Rodriguez. Intendente. OFICIO IC-440-2018. ASUNTO. Traslado de
       Investigación Preliminar

PRESIDENTE. Para atender el traslado de investigación preliminar que realiza la Intendencia
nombro comisión especial formada por los Concejales Fernando Quesada, Crisly Morales y mi
persona (Dagoberto)

    h. Ing. Jeffrey Ramirez Castro. Oficio INGV-135-2018. Con VB de la Intendencia

                                                   Decisión inicial
    1.   Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la necesidad a
         satisfacer (finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo 8, inciso a, del
         Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
                                                         3
Se requiere realizar la compra de una Vagoneta de 14 m , siendo que actualmente poseemos los ingresos de la Ley
9329 que vino a modificar la administración y ejecución de los recursos de la Ley 8114, por medio de ello serán los
Concejos Municipales de Distrito por sí mismos y no la Municipalidad quienes lleven a cabo la administración y
ejecución de los recursos para el mantenimiento, construcción y reparación de vías de las calles del distrito que se
encuentren debidamente codificadas y siempre que no sean ruta nacional.
Para ello se realizará la compra de un Vagoneta que apoye la buena ejecución de dichos recursos al no tener que
realizar la contratación de empresas que alquilen dicho equipo, además con el mismo se podrían realizar varias
actividades en toda época del año y en tiempo de lluvia a modo de emergencia se tendría a la mano equipo de
manera inmediata que permita actuar sin tener que realizar procesos de contratación, al mismo tiempo para
extracción de material en su momento dicha maquinaria podrá ser utilizada para el acarreo del material.
  Cabe resaltar que con la compra de esta Vagoneta se verá beneficiado todo el distrito de Cóbano.

    2.   Defina el objeto de la contratación aportando las especificaciones técnicas, las cuales deben ser claras,
         suficientes, concretas y objetivas. (Según artículo 8, inciso b, del Reglamento a la Ley de Contratación
         Administrativa).
Las siguientes condiciones técnicas se consideran indispensables y se establecen como requisito de admisibilidad, de
modo tal que obligatoriamente deben cumplirse, ya que, su incumplimiento conlleva a la exclusión de la oferta.
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Por ser estas especificaciones fundamentales para que el equipo se mantenga operando y un bajo costo en
mantenimiento y repuestos, así como para minimizar los tiempos de equipo detenido, el oferente que no acepte en
todos sus extremos y lo consigne expresamente en su oferta, quedará automáticamente descalificado.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
      1. DESCRIPCION:
Una Vagoneta de 14 (catorce) metros cúbicos como mínimo, modelo 2018 o superior, totalmente nuevas. Todos los
datos y descripciones fundamentales que sean necesarios para identificar el objeto de este concurso, deben estar
respaldados por documentos emitidos únicamente por el fabricante.
Indicar país de origen.
      2. MOTOR
      a) Diésel homologado para Costa Rica.
      b) Con sistema de enfriamiento tropicalizado.
      c) Euro III o su equivalente.
      d) Preferiblemente Freno de motor a las válvulas.
      e) Mufla vertical.
      f) Equipado para ambientes polvorientos, con filtro de aire en el capo.
      g) Debe cumplir con el articulo No. 33 de la Ley de Tránsito por vías Terrestres No. 7331.
      h) Con potencia NO menor a 350 HP Turbo alimentado y post enfriado.
      i) Torque, no menor a 1360 libras/pie a 1200 R.P.M.
      j) Con sistema de control electrónico de motor, capás de monitorear eventos de condiciones de operación y
          manejo del vehículo, además de poseer un sistema de limitación de velocidad máxima.
      k) Radiador tropicalizado.
      l) Entregar como información complementaria las curvas características respectivas del motor en norma SAE
          J1349, SAE J1995 o DIN 70020 o su equivalente, así como todas aquellas características de diseño del
          mismo.
      m) Con sistema de protección por autoapagado, debido a detección de baja presión de aceite, alta temperatura
          o bajo nivel de refrigerante.
      n) Con sistema de autodiagnóstico de fallas y lectura manual de códigos para análisis remoto.
      3. EMBRAGUE
De doble disco con ajuste manual, caras cerámicas de mínimo 15.5” de diámetro.
Indicar el tipo de embrague ofrecido. No se permitirán embragues con discos que estén hechos o presenten en su
constitución fibras de amianto o asbestos de ningún tipo. Para constatar los materiales del embrague, los oferentes
deberán presentar cartilla o ficha técnica original que haga constar la información o bien certificado original del
fabricante que respalde lo ofrecido en este punto.
      4. TRANSMISIÓN
Manual para servicio pesado, con la mayor cantidad de contraejes, totalmente montada en cojinetes de bolas o
rodillos de 10 velocidades de avance y 2 de reversa como mínimo, con una relación del eje trasero 5.04.
Indicar la capacidad del torque la cual debe ser mayor a la del motor. La velocidad máxima de traslación debe ser no
menor a 80 (+/- 10%) km/h.
Se debe entregar un cuadro que indique las relaciones en cada marcha, máxima gradiente a vencer y la velocidad
alcanzada a máxima gradiente para el equipo ofrecido y de acuerdo al peso bruto vehicular de diseño.
      5. EJE ANTERIOR Y POSTERIOR
Capacidad de los ejes como mínimo, el eje anterior de 9.072 kilos (20.000 libras) y el eje posterior 20.866 kilos
(46.000 libras), los diferenciales deberán ser para servicio pesado con divisor de potencia, doble reducción y bloqueo
en el último diferencial. El eje debe ser tandem de ocho ruedas.
El tipo de trabajo a que estará expuesta la unidad es en zonas montañosas, con vados, pendientes elevadas, caminos
en tierra, erosionados, con huecos y otras condiciones difíciles. Se debe Indicar los modelos de los ejes ofrecidos,
marca y capacidad en kilogramos de cada uno.
      6. BASTIDOR
Tratado térmicamente, bastidor para servicio pesado, mínimo con un límite elástico de 3580000 libras-in por riel,
doblemente reforzado en “C” del mejor tipo de refuerzos. (no se aceptarán refuerzos parciales, tipo parche o en los
puntos críticos)
      7. SUSPENSION
Suspensión de última generación que sea ligera y que ofrezca una mayor estabilidad y una conducción más suave
para aliviar la carga del transporte pesado y la comodidad del conductor. Con articulación extrema de manera que
permita mantenerse conectado a tierra. Sus ruedas deben mantener el contacto con el suelo constante para
maximizar la tracción en cualquier lugar de trabajo. Debe de tener más de cuatro pastillas de bloques de caucho
separados, y ofrecer una mayor distancia al suelo en terrenos difíciles.
Debe de formar parte del tren de transmisión totalmente integrado, la compensación deberá ser para servicio
pesado, la capacidad de las suspensiones en cada eje no podrá ser menor a la capacidad de diseño de cada eje.
Indicar los modelos de las suspensiones ofrecidas y suministrar la información de ingeniería respectiva.
      8. FRENOS
Totalmente de aire, con circuitos independientes. La disposición de las cámaras de freno debe permitir la operación
en caminos vecinales de difícil tránsito (lastrados, en tierra, erosionados excesivamente, paso por vados hasta de un
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metro), con protectores de polvo, auto ajustables, el tanque del aire con sistema que permita inflar llantas, indicar el
diámetro de las zapatas, el freno de emergencia debe ser a las cámaras. Debe estar provisto con un freno de motor
adecuado al peso bruto vehicular y de la mejor tecnología, no se aceptarán ofertas que brinden en su configuración
frenos de motor que atenten contra la salud humana ni contra la integridad física de las personas. Se debe
especificar la potencia máxima de frenado del motor, así como su respectivo gráfico de curvas.
      9. DIRECCION
Con doble caja de dirección para mayor seguridad y facilidad de conducción del operador, totalmente hidráulica
igual o similar a TAS66 + RCH60, indicar marca, modelo y radio de giro.
      10. AROS Y LLANTAS
Aros para servicio pesado en hierro.
Llantas delanteras igual o similar a 315/80R22.5 y traseras de 11R22.5 para dentro y fuera de carretera acorde al
peso bruto vehicular, tubular tipo radial con banda de acero, con aro y llanta de repuesto, con su respectiva porta
repuesto.
      11. CABINA
Tipo convencional (con capo motor frontal) preferiblemente en acero galvanizado y tener como mínimo los
siguientes indicadores: tacómetro, presión de aceite, temperatura, velocímetro, presión de aire, nivel de
combustible, etc. con algún tipo de suspensión en la cabina, pitoreta de aire sobre el techo, color blanco, tapicería
apta para trabajo pesado,
Debe cumplir con la reglamentación de tránsito actual. Indicadores por baja presión de aire, aceite, temperatura. El
asiento del operador debe tener suspensión de aire, con al menos tres grados de libertad para ajuste, asiento para
un acompañante, así mismo se debe incluir, ventilación de cabina con aire acondicionado, lava parabrisas y
escobillas con varias velocidades.
      12. TANQUE(S) DE COMBUSTIBLE
Con capacidad para 66 galones (+/- 10%) o superior, fabricado en algún material, excepto plástico, que soporte las
condiciones de almacenamiento del combustible, con tapa con sistema de cierre con llave, filtros de combustible
para separación de agua y sólidos.
      13. SISTEMA DE VOLQUETE.
La góndola debe tener una capacidad volumétrica no menor a 14 metros cúbicos, debe ser construida para
transportar materiales (arena, piedra bruta de hasta 500mm, mezcla asfáltica a altas temperaturas, material de tajo,
tierra, piedra para asfaltado) con un peso de aproximadamente entre 900 y 1200 kilos, por metro cúbico.
Su diseño debe ser para servicio pesado, de bajo peso y empleando materiales de alta resistencia.
El piso debe tener un espesor mínimo de 6.30 mm., todas paredes laterales deben ser con un espesor mínimo de 4.5
mm., con refuerzos verticales y horizontales de 4.5 mm. mínimo, puerta trasera accionada por medio de aire
operada por el conductor desde el interior de la cabina, con dos pulmones, pistón telescópico de 3 cuerpos mínimo,
con babero en la parte trasera para regar material, con dos luces empotradas a los costados, faldones de hule, porta
repuesto convenientemente ubicado, sobre chasis en hierro tipo U de 101.6 mm (4”), Travesaños en hierro tipo U y I
de 101.6 mm (4”), bisagras de 19.05 mm (3/4”), indicar marca de toma fuerza y del sistema hidráulico.
Se solicita que la unidad posea visera protectora sobre la cabina y este dispositivo de seguridad es requisito
obligatorio.
El sistema hidráulico para servicio pesado, con mecanismo de tijereta que evite los esfuerzos horizontales en el
sentido lateral para evitar que el equipo se vuelque al descargar, o por otro sistema que reúna las mismas
condiciones, volteo por sistema de pistones simples con sellos para servicio pesado.
La góndola debe de venir funcionando a cabalidad, en todas sus partes y con accesorios (mangueras, pistones,
seguros, e implementos).
Con sistema de enlonado eléctrico.
Góndola con tratamiento anticorrosivo pintada de color verde oscuro.
      14. MANUALES
El adjudicatario deberá entregar un juego de manuales de Operación y Mantenimiento de la Unidad.
      15. HERRAMIENTAS
Deberá entregarse en conjunto con la unidad un engrasador, manguera para inflar llantas, extintor para fuegos tipo
ABC de 4.5 kg, triángulos de seguridad y equipo para cambiar llantas. Deberá entregarse un juego de herramientas
para el mantenimiento preventivo, según lo recomendado por el fabricante. Como mínimo: Un juego de llaves
corofijas, un alicate corriente, un alicate de presión, un mazo pequeño, una llave francesa mediana, una engrasadora
con manguera, un juego de desatornilladores. Todas estas herramientas deben ser de buena calidad.
      16. OTROS
      1. En todos los elementos técnicos de los apartados anteriores debe suministrarse información técnica del
          fabricante que compruebe lo solicitado por el cartel.
      2. Se entiende que las vagonetas deben de tener un recorrido de kilometraje para las respectivas pruebas de
          fábrica y traslados por lo tanto solo se acepta un máximo de kilometraje recorrido de 3800 kilómetros, si en
          el momento de la entrega las vagonetas tienen más de los kilómetros aquí estipulados no se recibirán y se
          realizara el procedimiento respectivo de Ley para el cobro de multas y demás temas de incumplimientos
          contractuales.
      3. La oferta debe incluir el gráfico de distribución de pesos en ambos ejes de la vagoneta. Dicho peso tomará
          en cuenta el peso del chasis, góndola con carga total, peso del operador y tanque de combustible lleno.
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    4.    La oferta debe incluir el gráfico de gradeabilidad donde muestre las razones de velocidad desarrollada, peso
          bruto, marcha empleada, máxima gradeabilidad alcanzada.
     5. La garantía sobre los equipos corre a partir de la entrega a satisfacción, en todo caso la carga de la prueba
          en aspectos de garantía, correrá por cuenta del adjudicatario y de la empresa en el país si fuese ejecutada.
     6. El adjudicatario avisará formalmente el día y hora de entrega de los equipos, para lo cual deberá presentar
          los equipos completos, con accesorios y manuales, tal y como lo ofreció en la oferta y solicitó el cartel.
     7. Se debe entregar el equipo inscrito a nombre del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano con sus
          respectivas Placas de Servicio Municipal, ante el Registro Público de la Propiedad de Vehículos, con su
          respectivo Derecho de Circulación y Revisión Técnica Vehicular.
     8. Debe de llevar en las puertas laterales Rotulación con numero de activo municipal, el escudo
          correspondiente al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano con las dimensiones y características
          suministradas por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.
     9. Debe llevar en el capo del motor en ambos costados, las letras USO OFICIAL.
                                                        GARANTÍAS
     1. Garantía del equipo:
1.1 Las garantías y las penalizaciones siguientes deben aceptarse expresamente en la oferta, por todos los que se
involucran en la operatividad del equipo.
1.2 El oferente debe garantizar y demostrar que posee taller, herramientas, maquinaria, personal capacitado y
entrenado para brindar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, así como la capacidad para suministrar
el equipo ofrecido y todos los repuestos originales, para ello se debe presentar la respectiva autorización del
fabricante autenticada en el país de origen, y una descripción detallada del taller indicando área de construcción la
cual debe estar bajo techo y debidamente protegida contra vandalismo, asegurada contra daños a terceros, fax,
teléfono, póliza de daños a terceros aportar certificación del INS, descripción de herramienta y equipo, etc. En caso
de que el oferente no posea taller propio debe presentar un contrato entre ambas partes debidamente inscrito ante
el Registro Público donde el dueño del taller se compromete a dar servicio de mantenimiento durante el periodo de
la vida útil del equipo, estimado en 10 años como mínimo, el oferente debe presentar copia de dicho contrato
debidamente autenticado por notario público.
1.3 Se debe garantizar por un período no menor a 10 años, que mantendrá un suministro de repuestos para el
modelo ofrecido.
1.4 Se requiere una garantía de funcionamiento por un periodo mínimo de un año, contra defectos de fabricación
(manufactura) y de los materiales, debidamente certificado por el fabricante.
1.5 Las garantías mínimas de los equipos serán las siguientes:
                                                   Limitaciones Garantía
         Cobertura de Garantía
                                                Meses           Kilometraje
            Chasís Básico                        12              Sin Limite
     Motores Completo y Básico,
              Inyección                           24                  200000
       Transmisiones Nuevas y
            Diferenciales                         24                  200000
   Otras Partes o Componentes de
             Reemplazo                            12                  100000
  Embrague y Guarnición de Freno,
 Tambores de Freno Pintura, Ajuste y
              Tapiceria                           12                  200000
      Motor Completo (Nuevo)                      24                  200000
    Transmisiones y Diferenciales                 12                100000 Km
     2. Repuestos:
2.1 Deberá presentar una declaración jurada de la cantidad de repuestos disponibles en el país, en unidades y
montos en colones, para la máquina ofrecida, si ésta tiene población en el país.
2.2 Para ninguno de los casos anteriores se podrá aportar una lista con un valor menor al 30% del equipo. La lista
debe ser desglosada e incluir los juegos de reparación de los grupos mecánicos principales que podrían inmovilizar el
equipo en caso de llegar a fallar.
2.3 Se deberá garantizar por escrito el número de días hábiles requerido para la importación de un repuesto de uso
común para el equipo ofrecido en la modalidad de emergencia, vía aérea, hasta sus bodegas.
3. Manuales:
3.1 El adjudicatario deberá entregar junto con la unidad ofertada un juego de manuales originales de Mantenimiento
Preventivo y Manual de Operación.
4. Capacitación:
4.1El oferente una vez adjudicado deberá brindar un curso de capacitación para dos operadores que contenga como
mínimo:
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4.1.1 Mantenimiento preventivo para entrenar al operador en los cuidados que debe tener con su máquina. Este
curso debe incluir el ciclo completo de mantenimiento, según el manual respectivo, así como el entrenamiento para
que el operador pueda ejecutar las labores ahí descritas.
4.1.2 Operación del equipo, que abarque todas las posibles tareas que ejecuta la máquina, el mismo deberá ser
dictado por una persona debidamente calificada para este fin.
5. TALLERES DE SERVICIO
5.1 Será requisito de admisibilidad que los talleres de servicio técnico disponibles por la empresa oferente, los cuales
deben ser propios y certificados por fábrica, que brinden los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo
recomendado por el fabricante, así como atender cualquier reclamo por garantía de funcionamiento.
5.2 En la oferta deberá indicarse la ubicación exacta y característica generales de dichas instalaciones. El Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano, se reserva el derecho de inspeccionar los talleres cuando lo considere oportuno y
conveniente, por lo tanto se deberá indicar la dirección, número de teléfono del mismo y persona a quien contactar.
6. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS TALLERES:
Capacitación y experiencia
6.1 El oferente debe presentar el currículum y certificaciones de al menos cuatro técnicos preferiblemente
graduados en mecánica y con la capacitación complementaria requerida para hacer frente a los avances tecnológicos
presentados específicamente por la unidad ofertada; que trabajen a tiempo completo en los talleres presentados.
Los técnicos propuestos deberán contar con al menos 3 años de experiencia en ese tipo de labores y en la atención
de estos equipos, experiencia que debe ser acreditada por medios idóneos. (adjuntar planilla de la Caja Costarricense
del Seguro Social)
6.2 Los talleres propiedad de la representante de la marca deben disponer de toda la información técnica de
fabricante en lo relacionado en procedimientos de reparación, como también a especificaciones técnicas. (El Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano podrá comprobar mediante visita en el momento que lo considere conveniente).
Características mínimas para la planta física y de seguridad
6.3 Las instalaciones del taller y su oficina deben presentar las características mínimas requeridas para realizar una
reparación de calidad y den seguro resguardo a las unidades de la institución que pernoten en sus instalaciones.
Deben cumplir al menos los siguientes aspectos:
6.3.1La planta física del taller debe estar construida con materiales seguros y en buen estado para seguridad de las
unidades que estarán a su resguardo.
6.3.2 Área administrativa aparte del área de trabajo con: teléfono, fax, equipo de cómputo y/o máquina de escribir, y
facturas timbradas.
6.3.3 Área de vestidores y servicios sanitarios.
6.3.4 Área de bodega de repuestos, herramientas y equipos.
6.3.5 Área de lavado de piezas y esmerilado aparte. Se deben observar las normas de conservación del medio
ambiente.
6.3.6 El taller debe poseer áreas de trabajo bajo techo, con distancias adecuadas entre cada vehículo de tal manera
que al accesar a los vehículos se puedan abrir las puertas sin golpear la unidad contigua o la pared.
6.3.7 Área de reconstrucción de motores, sistemas hidráulicos, y componentes de transmisión y protegida partículas
extrañas, humedad o polvo.
6.3.8 El taller debe poseer tomas eléctricas del voltaje requerido para los equipos a utilizar, disponer de extensión
eléctrica, aire comprimido, accesorios de protección para la carrocería, camilla y soportes de seguridad
6.3.9 Iluminación natural en lo posible de lo contrario, contar con iluminación artificial mediante lámparas
incandescentes o fluorescentes.
6.3.10 Extintores del tipo B y C.
6.3.11 Área segura de parqueo para ubicar las unidades antes y después de la reparación independiente al área de
taller. Preferiblemente bajo techo.
6.3.12 Las instalaciones deben estar en orden y aseo.
6.3.13 Las instalaciones deben contar con servicio de vigilancia.
6.3.14 Las instalaciones deben con pólizas contra incendio y robo.

    3.   Indique el procedimiento de control de calidad que se aplicarán durante la ejecución de la contratación y
         para la recepción de la obra, bien o servicio. (Según artículo 8, inciso c, del Reglamento a la Ley de
         Contratación Administrativa).
Se aplicará una revisión del bien a adquirir, por parte del señor Jeffrey Ramírez Castro Ingeniero Vial Municipal.

    4.   Indique la estimación actualizada del costo del objeto, así como el detalle de la disponibilidad
         presupuestaria con la que cuenta la unidad solicitante para enfrentar la ejecución de la contratación. (Según
         artículo 8, inciso d, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Nota: revisar artículo 12 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Monto aproximado de costo: ¢ 77.000.000,00
Monto presupuestado: ¢ 77.000.000,00 PROGRAMA III UTGV
 5 01 01           MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA PRODUCCION                           ¢77.000.000,00
Aprobación Tesorería Municipal: ______________________________
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    5.     La Municipalidad posee el recurso humano y material para verificar la correcta ejecución del objeto del
           contrato. (Según artículo 8, inciso f, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)

Si: _X__                    No: ________

    6.   Indique el funcionario responsable de darle seguimiento al contrato: (Según artículo 8, inciso g, del
         Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
El Ingeniero Jeffrey Ramírez Castro.
Información para elaborar el cartel
En cumplimiento de lo señalado en el artículo 10, inciso e, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa se
requiere la siguiente información para la elaboración del cartel.

Plazo de entrega: 30 días hábiles una vez girada la orden de compra.
No se podrá ofertar un plazo mayor a 120 días hábiles contados a partir de emitida la orden de compra por parte de
la Municipalidad.
Coordinación para la entrega de la maquinaria: El adjudicatario avisará por escrito el día y hora de entrega, para lo
cual deberá presentar la maquinaria completa, con todos los accesorios y manuales, tal y como lo especificó en la
oferta y solicitó el cartel. De no cumplir con ese requisito, se rechazará la entrega y correrá el tiempo de entrega
hasta que se reciba en su totalidad, momento en que será emitido el certificado de recibo.
Cláusula penal: En caso de incumplimiento en el plazo de entrega, se impondrá una multa de ¢10,00 por cada
¢1000,00 adjudicados por día natural de atraso, hasta un máximo del 25% del valor total del equipo entregado
tardíamente.
Recomendación de proveedores a invitar:
Nota: de indicar algún proveedor se debe justificar el motivo por el cual se requiere invitarlo.
SISTEMA DE EVALUACIÓN
Todas las ofertas deben cumplir con los parámetros mínimos solicitados en este cartel. El sistema de evaluación de
las ofertas consistirá de 100 puntos para cada uno de los equipos, que serán ponderados de la siguiente forma.
En procura de cumplir con el Principio de Eficacia y Eficiencia para una sana administración de los fondos públicos,
así como en cumplimiento de los objetivos propuestos por esta administración se describe el siguiente cuadro de
calificación de ofertas con el fin de adquirir bienes duraderos que garanticen una excelente inversión tanto en
calidad del equipo, como en respaldo y garantías a largo plazo que aseguren la mayor vida útil de los bienes
adquiridos.

                        CONCEPTO                                                   PUNTOS
                        Precio cotizado                                            40
                        Experiencia en la Representación                           20
                        Preferencias Técnicas                                      18
                        Plazo de Entrega                                           15
                        Referencias Comerciales                                    7
                        Total                                                      100

Como potestad de la Administración, dada por el artículo 55 del Reglamento de Contratación Administrativa, hemos
destinado realizar un balance entre el precio del equipo y el respaldo por parte del distribuidor y del fabricante,
garantía real y efectiva disponible para los equipos, disponibilidad mecánica, la cual se ve en función de la cantidad
de equipos existentes en el país, lo que conlleva a que exista un mayor inventario de partes requeridas, así como las
buenas referencias que puedan brindar anteriores usuarios de los servicios integrales y calidad de los equipos a
suministrar mediante esta licitación.
Precio Unitario (40 puntos)
Se evaluará en forma inversamente proporcional, al menor dato se le dará el mayor puntaje, conforme a la siguiente
formula:
                                           Oferta de menor precio
     Precio                      =                                                      X       40 puntos
                                           Oferta a evaluar
Experiencia en la representación de la marca ofrecida (20 Puntos)
Para la asignación de los puntos, el oferente deberá presentar una certificación original o copia certificada por un
abogado de carta emitida por el fabricante, en la cual indique la cantidad de tiempo que el propio distribuidor
(oferente) tiene de representar de manera ininterrumpida la marca del chasis de la vagoneta en el mercado nacional.
Es requisito obligatorio que las empresas tengan al menos 10 años de presencia y experiencia en el país de manera
ininterrumpida con la marca ofertada. A partir de allí se asignará un punto por cada año completo de experiencia
hasta completar 20 puntos.
Preferencias Técnicas (15 Puntos)
Se valoran de acuerdo a la oferta entregada, obteniendo el puntaje indicado en paréntesis, según cada caso:
Motor
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Misma marca fabricante Vagoneta                          3 puntos
Sistema de freno de motor del vehículo

Con Freno de motor a las válvulas                        2 punto

Eje trasero
Eje trasero de doble reducción de la misma marca
                                                         3 punto
fabricante vagoneta
Sistema de inyección del motor
Con árbol de levas sobre el cabezote, sistema de
inyección unitario accionado por árbol de levas y
                                                         2 puntos
accionado por la ECU (Unidad de Control
Electrónica)
Chasis

RBM de al menos 3580000 libras-in                        2 puntos

Transmisión
De 10 velocidades de avance, debe ser misma marca        2 puntos
fabricante vagoneta

Cabina
De acero galvanizado                                     3 puntos

Plazo de entrega (10 puntos)
Independientemente de la modalidad de pago seleccionada por el oferente, el plazo de entrega se evaluará en días
naturales, contados a partir de la fecha en que la Municipalidad notifique al adjudicatario que está a su disposición la
orden de compra, de acuerdo con la siguiente tabla
    Descripción                                           Puntaje

     De 1 a 30 días hábiles                               10
     De 31 a 90 días hábiles                              5
     Mayor a 91 días hábiles                              0
Referencias comerciales positivas (7 puntos)
Se asignará dos puntos por cada carta o referencia comercial positiva sobre el desempeño de unidades de la misma
marca modelo al ofrecido, hasta un máximo de 10 puntos en los últimos cinco años, en la carta adicionalmente debe
indicarse la marca, modelo, serie, el nombre de la persona que la suscribe, teléfono y fax, año del equipo, así como la
experiencia en cuanto al suministro de repuestos y servicio, (todo lo anterior debe de ser comprobable y con
recomendaciones positivas por parte del propietario y deberá indicar la experiencia que ha tenido con la respuesta
ante sus solicitudes de servicio, entrega de repuestos oportuna y cumplida, así como la manifestación expresa de la
buena calidad del equipo).
La presentación de la información en forma incompleta obtendrá 0 puntos. Será un aspecto insubsanable. Como
corroboración del cumplimiento de este requisito, el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, verificará la
información suministrada, por medio de la consulta a como mínimo dos de los personeros de cada una de las
instituciones o empresas que brinden las referencias comerciales solicitadas.
La falsedad identificada, en alguno de estos documentos ya sea en forma parcial o total, será motivo de exclusión de
la oferta, del presente proceso licitatorio.
Importante
La información incluida en este formulario es de presentación obligatoria, por requerimientos legales de la Ley y
Reglamento de Contratación Administrativa por lo que la omisión de información representa un impedimento para
continuar con el trámite de la solicitud de compra.
Firma de encargado de la unidad solicitante: ____________________________
Visto bueno por parte de Intendencia:        ______________________________

SE CONOCE ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE COMOCIMIENTO Y APROBACION DE
LA DECISION INICIAL INGV 135-2018


CONSIDERANDO:

-Que se ha conocido Decisión Inicial INGV 135-2018 para la compra de una vagoneta de 14 m3
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-Que las especificaciones técnicas de la vagoneta constan en la decisión inicial elaborada para

este fin, por el Ingeniero municipal

- Que el monto aproximado para esta compra es de setenta y siete millones con 00/100

¢ 77.000.000,00 de la partida presupuestaria PROGRAMA III UTGV de lo cual se cuenta con el

visto bueno de la tesorería municipal.

ACUERDO Nº6

Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: ““1. Dispensar del trámite de comisión.

ACUERDO UNANIME

2. Autorizar a la Intendencia a fin de que inicie el procedimiento de compra de una vagoneta por

un monto de setenta y siete millones de colones con 00/100 (¢77.000.000,00), de lo cual se

cuenta con el visto bueno de la Tesorería. Las especificaciones se encuentran en la decisión

inicial”. ACUERDO UNANIME

    h. Cinthya Rodriguez Quesada. Intendente. OFICIO Nº IC-438-2018. ASUNTO.
       DECISION INICIAL PARA CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES

                                               Decisión inicial
    1. Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la
        necesidad a satisfacer (finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo 8,
        inciso a, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Para que de curso al procedimiento de Contratación Directa para la contratación de SERVICIOS
PROFESIONALES PARA APOYAR A LA INTENDECIA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO CON
UNO o VARIOS ESPECIALISTA EN DERECHO MUNICIPAL y ADMINISTRATIVO”. Se hace necesario integrar 4
Órganos Administrativos Ordinarios Externos Unipersonales
Debido a que la Asesoría Jurídica de la administración de este Concejo Municipal de Distrito tiene un
recargo importante de trabajo; lo que provoca atrasos en la emisión de criterios y en la atención de
diversos asuntos, y los actos propios de este proceso ya han sido de alguna manera tratados por los otros
abogados, tanto de Zona Marítima Terrestre como el Asesor Legal del Concejo Municipal, en atención de
revocatorias, apelaciones y resoluciones administrativas.
En virtud de lo anterior se ha considerado importante destinar recursos presupuestarios para llevar
adelante la presente contratación para los servicios profesionales de un especialista en derecho
administrativo y municipal para dirigir el Órgano Administrativo que declare la Nulidad Absoluta de un
acuerdo del Órgano Deliberativo, y 4 Órganos Administrativos sobre presuntas infracciones a la Ley 6043,
contratación de uno o varios abogados(as).

    2. Defina el objeto de la contratación aportando las especificaciones técnicas, las cuales deben ser
         claras, suficientes, concretas y objetivas.
Descripción del objeto de la contratación:
Contratación de uno o varios abogados para constituirse en uno o todos los 4 Órganos Administrativos
externos unipersonales por la complejidad de las acciones y sus eventuales resultados finales pudiendo
generar acciones en instancias Judiciales.
Los Profesionales contratados deberán realizar las siguientes actividades:
    a. Proceso ordinario de un órgano director que concluya con la NULIDAD DE UN ACUERDO del
         órgano deliberativo que resulta absolutamente nulo, y 3 órganos, sobre eventuales infracciones a
         la ley 6043 y a la vez recomiende acciones que a la luz de los hechos se consideren necesarias de
         conformidad con su conocimiento y experiencia. Total 4 Órganos Administrativos
Producto del servicio a contratar, el profesional asume las siguientes obligaciones
Las obligaciones del contratista serán:
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a.a. Excusarse de asumir la dirección de un proceso cuando se encuentre en alguna de las causas de
impedimento, recusación o excusa, establecidas en los artículos 49, siguientes y concordantes del Código
Procesal Civil.
a.b. Ajustarse al plazo de la contratación: El plazo de contratación es de tres meses, es decir del 10 de
Setiembre del 2018 al 10 de diciembre del 2018.
3.       Indique el procedimiento de control de calidad que se aplicará durante la ejecución de la
contratación y para la recepción de la obra, bien o servicio. (Según artículo 8, inciso c, del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa). (Según artículo 8, inciso c, del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa).
Supervisión:
Los servicios serán supervisados por la INTENDENCIA.
 El informe final de cada Órgano Administrativo Ordinario, se revisará por parte de la INTENDENCIA y esta
la presentará al CONCEJO MUNICIPAL para el acto decisorio.
 4.      Indique la estimación actualizada del costo del objeto, así como el detalle de la disponibilidad
presupuestaria con la que cuenta la unidad solicitante para enfrentar la ejecución de la contratación.
(Según artículo 8, inciso d, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Nota: revisar artículo 12 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Monto presupuestado: ¢7.500.000,00           Partida presupuestaria: P II, ZMT 1-04-02
Aprobación Tesorería Municipal:                         _____________________________________

5.- La Municipalidad posee el recurso humano y material para verificar la correcta ejecución del objeto del
contrato. (Según artículo 8, inciso f, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)         Si:
___X ___                          No: _______

    6. Indique el funcionario responsable de darle seguimiento al contrato: (Según artículo 8, inciso g,
          del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Supervisión:
Los servicios serán supervisados por la INTENDECIA.
Información para elaborar el cartel
Elementos de evaluación:
La calificación del participante se efectuará dentro de una escala de 0 a 100, quedando fuera de concurso,
aquellos oferentes que no cumplan los requisitos de admisibilidad o bien aquellos que cumpliéndolos no
alcancen 70 puntos, de acuerdo con los siguientes parámetros:
Recomendación de proveedores a invitar por cuanto tienen experiencia necesaria en la materia:

                     Elemento a calificar                    Ponderación
                     Precio                                  60%
                     Experiencia
                                                             40%
PONDERACION
La más alta puntuación representará el 100% y de ahí porcentualmente y en forma descendente los
demás, según desglose de la ponderación de cada factor, de acuerdo con los datos y documentación
aportada, de manera que las calificaciones se harán con base en la información recibida. Si se presentara
el caso de calificación o calificaciones idénticas de ofertas, dentro de las cuales sea necesario escoger
alguna o algunas y excluir otras, la Municipalidad adjudicará la oferta que resulte conveniente para
satisfacer sus intereses, conjugando al efecto, los antecedentes, experiencia, las referencias que se tengan
de los oferentes, y cualquier otro aspecto a juicio de la Intendente.
1. EXPERIENCIA (40 %). Para efectos de la experiencia como abogado se tomará en cuenta, básicamente,
lo siguiente:
1.1 Años de estar incorporado al Colegio Profesional (20 %), 10 años o más alcanzarán la máxima
puntuación, representando cada año el valor de 2 %.
1.2 Número de años de experiencia en labores de Abogado en Municipalidades, sea como funcionario
bajo relación laboral o como contratista, atendiendo diversas gestiones incluida la judicial (200 %). 10
años o más alcanzarán la máxima puntuación, representando cada año por 3 %). Para demostrar la
experiencia el oferente deberá aportar certificaciones, constancias o cartas de recomendaciones de las
instituciones públicas para las que ha realizado la labor como Abogado o cualquier otro documento
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idóneo a juicio de la administración. La documentación que presente deberá ser original o copias
certificadas notarialmente o bien declaración jurada.
El concepto año de servicio se entenderá año calendario completo o fracción superior a seis meses que se
contarán a partir de la fecha de inicio de la prestación del referido servicio en la Institución o persona
contratante, que sea acreditada con constancia o certificación únicamente. En caso de personas jurídicas,
se considerará además la experiencia del profesional postulado.
1.3 Experiencia y conocimiento de la formulación y evaluación de proyectos derivados de acciones
municipales. Un máximo de 4 proyectos o más obtendrán 10puntos.
Procedimientos de control:
El Concejo Municipal tomará la decisión de adjudicación dentro de los 15 días naturales siguientes a la
presentación de la oferta.
Para resultar adjudicatario, debe el oferente haber cumplido con lo dispuesto en la normativa vigente
sobre Contratación Administrativa, haber cumplido con las Condiciones y características solicitadas en el
cartel; así como de resultar su oferta como la mejor calificada.
La adjudicación quedará en firme transcurrido el plazo para la interposición de recursos respectivos según
artículo y Reglamento General de Contratación Administrativa. La comunicación del acto de adjudicación
se hará por el mismo medio que se invitó.
La adjudicación será por el 100%, del ítem, recayendo la misma en la oferta hasta el máximo indicado en
el ítem, y que se considere más ventajosa o bien no se adjudicará si se considera que lo ofrecido resulta
ruinoso para el Concejo Municipal de Distrito.
La contratación será formalizada mediante la firma de un contrato para lo cual el adjudicatario deberá
aportar las especies fiscales correspondientes en su parte proporcional.
Los oferentes elegidos deberán firmar los documentos necesarios para la prestación de estos servicios, los
que se regirán por las condiciones del cartel, así como lo establecido en leyes y reglamentos relacionados
con la materia.
Estimación presupuestaria: estima la presente contratación en la suma SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL
COLONES Los recursos están presupuestados en la partida de servicios jurídicos de Zonas Marítima
Terrestre
En consecuencia, lo instruyo para que proceda a realizar las invitaciones correspondientes a la Magíster
Alba Iris Ortiz Recio aortiz@consultoresmunicipales.com Lcda. Gerarldine Gene Barrios
madreoceano@gmail.com; a la empresa Proyectos Lógicos gvarela@prologica.com cuyos currículos vitae
he verificado conjuntamente y el cumplimiento de los requisitos y la experiencia requerida en nuestro
registro de proveedores para atender los servicios requeridos.
Importante
La información incluida en este formulario es de presentación obligatoria, por requerimientos legales de la
Ley y Reglamento de Contratación Administrativa por lo que la omisión de información representa un
impedimento para continuar con el trámite de la solicitud de compra.
Firma de encargado de la unidad solicitante:              ____________________________


CONSIDERANDO:

-Que se ha conocido OFICIO IC-438-2018 correspondiente a decisión inicial para contratación

de servicios profesionales para apoyar a la Intendencia del Concejo Municipal de Distrito de

Cóbano con uno o varios especialistas en derecho municipal y administrativo.

-Que el monto aproximado para esta compra es de siete millones quinientos mil colones con

00/1 el monto aproximado para esta compra es de siete millones quinientos mil colones con

00/100 (¢7.500.000,00) de la Partida presupuestaria: P II, ZMT 1-04-02

-Que se cuenta con el visto bueno de la Tesorería Municipal

ACUERDO Nº7

Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que inicie el

procedimiento para la contratación de servicios profesionales con especialidad en derecho
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municipal y administrativo para apoyar a esa          Intendencia en la integración de de cuatro

Órganos Administrativos Ordinarios Externos Unipersonales, por un monto aproximado de siete

millones quinientos mil colones con 00/1 el monto aproximado para esta compra es de siete

millones quinientos mil colones con 00/100 (¢7.500.000,00) de la Partida presupuestaria: P II.

ZMT 1-04-02 de lo cual se cuenta con el visto bueno de la Tesorera Municipal”. ACUERDO

UNANIME

ARTICULO V. MOCIONES
SE DISPENSA

ARTICULO VI. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VII. INFORME DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA

ARTICULO VIII. INFORME DE LAS COMISIONES


   a. Dagoberto Villalobos Mayorga              y      Virginia Vargas Acosta. Comisión Planes
      Reguladores

                  Addenda al acuerdo tomado en sesión ordinaria 107-18 artículo VIII,

Correspondiente a la Solicitud de permiso del Concejo Municipal de Cóbano al Concejo de la
Municipalidad de Puntarenas para elaborar los planes reguladores del distrito
El propósito de esta addenda es agregarlo a dicho acuerdo presentado a la secretaria de la
municipalidad de Puntarenas y recibido el 28 de mayo 2018.
No obstante de haberlo dado como recibido, nos solicitaron un mayor razonamiento del porque estamos
tomando esta iniciativa.
1-Que no vemos posibilidad ni capacidad de la municipalidad madre para elaborar dichos planes a corto
o mediano plazo por el rezago que tiene en esa materia y no seriamos prioridad.
2-Que contamos con el interés y los recursos económicos para tomar en forma seria y responsable a este
tema tan importante para el desarrollo social y económico de nuestro distrito.
3-Que hemos conformado una comisión especial de alto nivel dentro del Concejo la que está trabajando
en este tema desde enero de este año. La comisión está integrada por 7 miembros, según el reglamento:
Dos concejales, dos funcionarios de la administración (Ingeniero y abogada), la intendencia y dos
miembros de la comunidad,(una arquitecta urbanística y un topógrafo).
 4-Que la comisión ya ha recibido capacitación por parte de personeros del INVU.
5-Que el propósito de esta comisión es establecer un ordenamiento territorial así como los planes
reguladores para fijar con fundamentos profesionales políticas de desarrollo social y económicos del
distrito lo cual es una urgencia ante el crecimiento tan desmesurado que se está presentando en las
construcciones y que está trayendo caos y daños ambientales, además de otras situaciones de tensión en
la comunidad.
6-Entre los problemas que queremos solucionar están: Regulaciones en cuanto fraccionamientos, las
viabilidades, los permisos de construcción manteniendo bajos impacto, evitar congestionamientos del
mercado de patentes, en materia agrícola , las áreas asignadas ya no son dedicadas a estas actividades y
es importante ajustarlas a la realidad.
7-Hemos recibido recientemente la declaratoria del ICT, de toda la costa desde el rio Pánica hasta Ario
como zona de desarrollo turístico.
Es por esto y más que en forma reiterada pedimos el apoyo de la Municipalidad madre a través de su
aceptación de nuestra gestión.
CONSIDERANDO:
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-Que en la sesión 107-2018, Artículo VIII, inciso e del día quince de mayo del 2018 se tomó el

siguiente acuerdo:
CONSIDERANDO.
-Que la comisión especial denominada Planes Reguladores está trabajando en la posibilidad de crear planes
reguladores en todo el distrito, tanto de Zona Marítimo Terrestre como Planes Reguladores Urbanos
-Que este Concejo carece de competencia los concejos municipales para elaborar los planes reguladores urbanos
dispuestos en la Ley 4240 de Planificación Urbana
-Que los planes reguladores urbanos son muy importantes para el ordenamiento del territorio y el desarrollo
efectivo del distrito
ACUERDO Nº10
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Informarle al Concejo Municipal de la Municipalidad de
Puntarenas el trabajo que la comisión especial de Planes Reguladores de este Concejo está realizando en la
búsqueda de la creación de un plan regulador urbano para nuestro distrito.
2. Solicitarles su visto bueno u autorización para llevar adelante este proyecto ya que es bajo su jurisdicción que se
realizaría este trabajo y además este Concejo no tiene competencia para elaborar los planes reguladores indicados
en la Ley 4240 de Planificación Urbana, excepto con su autorización”. ACUERDO UNANIME

-Que aunque fue recibido de forma verbal la secretaria del Concejo de la Municipalidad de

Puntarenas le indico al presidente municipal de este Concejo Sr. Dagoberto Villalobos que el

acuerdo debía tener más sustento

ACUERDO Nº8

Con tres votos presentes a favor se acuerda: “Solicitarle al Concejo Municipal de la

Municipalidad de Puntarenas su autorización para llevar adelante proyecto de búsqueda de la

creación de un plan regulador urbano para nuestro distrito a cargo de la comisión especial de

Planes Reguladores, por las siguientes razones:

1-Que no vemos posibilidad ni capacidad de                  la municipalidad madre para elaborar dichos

planes a corto o mediano plazo por el rezago que tiene en esa materia y no seriamos prioridad.

2-Que contamos con el interés y los recursos económicos para tomar en forma seria y

responsable a este tema tan importante para el desarrollo social y económico de nuestro distrito.

3-Que hemos conformado una comisión especial de alto nivel dentro del Concejo la que está

trabajando en este tema desde enero de este año. La comisión está integrada por 7 miembros,

según el reglamento: Dos concejales,                dos funcionarios de la administración (Ingeniero y

abogada), la intendencia y dos miembros de la comunidad,(una arquitecta urbanística y un

topógrafo).

4-Que la comisión ya ha recibido capacitación por parte de personeros del INVU.

5-Que el propósito de esta comisión es establecer un ordenamiento territorial así como los

planes reguladores para fijar con fundamentos profesionales políticas de desarrollo social y

económicos del distrito lo cual es una urgencia ante el crecimiento tan desmesurado que se está

presentando en las construcciones y que está trayendo caos y daños ambientales, además de

otras situaciones de tensión en la comunidad.
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6-Que entre los problemas que queremos solucionar están: Regulaciones en cuanto

fraccionamientos, las viabilidades, los permisos de construcción manteniendo bajos impacto,

evitar congestionamientos del mercado de patentes, en materia agrícola , las áreas asignadas

ya no son dedicadas a estas actividades y es importante ajustarlas a la realidad.

7-Que Hemos recibido recientemente la declaratoria del ICT, de toda la costa desde el rio Pánica

hasta Ario como zona de desarrollo turístico”. ACUERDO UNANIME

   b. COMISON ESPECIAL.
Fernando Quesada, Dunia Campos y Dagoberto Villalobos

                      20 de agosto 2018
Comisión Especial
Investigación Preliminar
RECOMENDACIÓN AL CONCEJO:
De acuerdo a la Investigación Preliminar realizada a la concesionaria xxxxxx, se resuelve recomendar al
Concejo que autorice a la administración a contratar un profesional en derecho para integrar el Órgano
Administrativo Externo que Dirija el proceso correspondiente.
CONSIDERANDO

-Que se ha conocido dictamen de la comisión especial firmada por los concejales Fernando

Quesada, Dunia Campos y Dagoberto Villalobos en el cual recomiendan: que autorice a la

administración a contratar un profesional en derecho para integrar el Órgano Administrativo Externo que

Dirija el proceso correspondiente

ACUERDO Nº9

Con cinco votos a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que contrae un

profesional en derecho para integrar el Órgano Administrativo Externo que Dirija el proceso

correspondiente indicado en el dictamen de la comisión especial con fecha 20 de agosto”.

ACUERDO UNANIME

    c. COMISION DE PRESUPUESTO.
    Fernando Quesada y Dagoberto Villalobos

 14 de Agosto del 2018
CONCEJOMUNICIPAL DISTRITO DE COBANO
COMISION DE PRESUPUESTO.
DICTAMEN DE COMISION DE PRESUPUESTO
DICTAMEN - 05-2018
PARA CONCEJO Municipal DISTRITO DE COBANO.
De acuerdo al pase de la sesión 117-18 en su artículo IV inciso b del día 24 07 2018 de la decisión inicial
para la construcción de contenedores, esta comisión analizada la misma y en aras de corregir error
presentado en la decisión ING265-2017 de ubicación de contenedores en un futuro que podría enfrentar
problemas de quedar en vía pública, RECOMIENDA AL HONORABLE
CONCEJO:
"Se acoja la solicitud de la administración y se corrija la instalación de los contenedores, y se modifique lo
pertinente. Reutilizando la mayoría de los materiales ya utilizados y así evitar el mal uso de los bienes
públicos. No omitimos agregar que los materiales son los mismos en las dos decisiones iniciales"
CONSIDERANDO:
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- Que en sesión Ordinaria número 104-18, artículo IV, inciso c, del día veinticuatro de Abril del

Año Dos Mil Dieciocho se conoció decisión inicial con Nº OFICIO-ING 290-2018, del ingeniero

Edgar Calvo, la cual contaba con el VB de la Intendencia, para construcción de cinco espacios

de oficina donde se puedan dar servicios como los del                      Comité de Deportes y atención al

administrado entre otros,         aumentando con esto el confort en la institución y mejorando las

amenidades para aumentar la capacidad de trabajo, cuyo monto presupuestado era de siete

millones trescientos cincuenta y seis mil colones con 00/100: ₡7.356.000,00

-Que se ha conocido dictamen de la comisión de presupuesto que dice: "Se acoja la solicitud de la

administración y se corrija la instalación de los contenedores, y se modifique lo pertinente. Reutilizando la

mayoría de los materiales ya utilizados y así evitar el mal uso de los bienes públicos. No omitimos agregar

que los materiales son los mismos en las dos decisiones iniciales

-Que se ha conocido OFICIO-ING 338-2018 suscrito por Ingeniero Municipal Dept. de Construcciones y avalada por

la Intendencia la construcción de cinco oficinas con las cuales se pretende contribuir en el mejoramiento de la

infraestructura institucional. Y para proveer de oficinas a departamentos como el de deportes y atención al público,

de los cuales se carecen actualmente y son precisadas de tal manera que la institución tenga mejor capacidad y

servicio para el público

-Que el monto aproximado para esta contratacion es de siete millones trescientos cincuenta y seis mil

colones con 00/100 ( ₡7.356.000,00 ) de la Partida Presupuestaria: Construcción de Oficinas en

Contenedores III

-que se cuenta con el visto bueno de la Tesorería municipal

-Que el monto aproximado de proyecto es el mismo en las dos decisiones

-Que el proyecto no se ha llevado a cabo

-Que la decisión inicial es la siguiente:
20 de julio de 2018
OFICIO-ING 338-2018
Unidad solicitante:
Ingeniero Municipal Dept. de Construcciones
Decisión Inicial
1. Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la necesidad a satisfacer
(finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo 8 inciso a del Reglamento a la Ley de
contratación Administrativa).
-Se han incorporado los recursos necesarios para llevar a cabo este proyecto que pretende contribuir en el
mejoramiento de la infraestructura institucional. Intencionalmente para proveer de oficinas a departamentos como
el de deportes y atención al público, de los cuales se carecen actualmente y son precisadas de tal manera que la
institución tenga mejor capacidad y servicio para el público.
2.Defina el objetivo de la contratación aportando las especificaciones técnicas, las cuales deben ser claras,
suficientes, concretas y objetivas. (Según artículo 8 inciso b del Reglamento a la Ley de contratación Administrativa).
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Se deberán ajustar a las especificaciones anotadas en planos.
MATERIALES QUE APORTARA EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO.
                 MATERIAL                                      UNIDADES       CANTIDAD
                 CONTENEDOR 12m                                unidad         2
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              TUBO HG RECT 1,5X1X1,5mmX6m              unidad    86
              DENSGLASS 1/2"x4x8                       laminas   96
              TRACKS 3,05X3PULG                        unidad    170
              STUD 3,05m X 3PULGX0,7mm                 unidad    80
              TORNILLOS 7/16 X 1" 1/4"                 unidad    6000
              CINTA MALLA 2 pulg(75m)                  unidad    4
              PASTA GYPSUMP TAPA AZUL                  unidad    10
              LAMINA PLAYSTONE 22mm                    unidad    20
              CUBETA PINTURA GOLTEX                    unidad    2
              CUBETA PINTURA FAST DRAY                 unidad    2
              CUBETA MINIO ROJO                        unidad    2
              FURRING 3,66mX0,7mm                      unidad    64
              CANAL CIELO 4,66mX0,7mm                  unidad    40
              ANGULAR CIELO 45º 3,05mX1X1              unidad    20
              TABLILLA PLASTICA                        m2        60
              CERAMICA PISO                            m2        60
              BONDEXPLUS 20KG                          unidad    10
              FRAGUA 2KG                               unidad    16
              PERLING 2X3                              unidad    14
              TOMACORRIENTES DOBLES                    unidad    16
              TOMA TELEFONO DOBLE                      unidad    12
              APAGADORES                               unidad    6
              LAMPARAS FLUORECENTES GRANDES            unidad    6
              PUERTAS ALUMINIO VIDRIO 2X0,80m          unidad    7
              VENTANAS ALUMINIO VIDRIO 1,5x1,5         unidad    18
              DISCO PARA METAL 9 PULG                  unidad    20
              AIRES ACONDICIONADOS 12000 BTU           unidad    3
              FELPA                                    unidad    6
              ARENA                                    m3        6
              VARILLA #3                               varilla   16
              VARILLA #4                               varilla   10
              ALAMBRE KG                               kg        5
              FORMALETA 10X1X3VRS                      tablas    8
              CLAVOS 2,5"                              kg        2
              reglas 1x3x 3vras                        regla     8
              malla electrosoldada 235X15X15 EN 4,11   unidad    12
              CABLE #6 AWK VIAKON                      m         60
              CABLE #8 AWK VIAKON                      m         50
              CABLE ACOMETIDA#3X4 AWG                  m         50
              TAPE 3M SUPER 33-20m                     rollo     2
              VARILLA COOPERWELL 1,50X5/8              unidad    2
              CENTRO CARGA CH16 BS 125 AMP             unidad    2
              BREAKER CH 1-30 AMP                      unidad    6
              CABLE PARA COMPUTO UPT CAT 6E GRI                  120
              PVC TUBO CONDUIT 12mm TIPO A             unidad    40
              PVC CURVA CONDUIT 12mm TIPO A            unidad    30
              PVC UNION CONDUIT 12mm TIPO A            unidad    30
              PVC CAJA OCTOGONAL 12mm-18mm             unidad    12
              TUBO HG ESTR2X2X1,5mmx6m                 unidad    42
              TUBO HG RECT 1X2X1,5mmX6m                unidad    60
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                TUBO HG RECT 4X4X1,5mmx6m                      unidad        18
                TORNILLOS TECHO                                unidad        600
                ZING TEJA #26 1,11X3,65m                       laminas       30
                ZING TEJA #26 1,11X1,85m                       laminas       50
                ZING TEJA #26 1,11X0,60m                       laminas       52
                CUMBRERAS                                      unidad        24
                SOLDADURA HILCO 6013 3/32                      kg            40
                BREAKER CH 1-20 AMP                            Und           6
                PERLING 2X3X1.50 HG                            Und           31
                PROTECTOR CARGA ATMOSFÉRICA                    Und           1
                VARILLA COPPER WELL 3M 5/8                     Und           3
                BONDEXPLUS 20KG                                Sacos         10

Nota: Los materiales necesarios para completar la obra deberán ser suministrados por el constructor durante la
ejecución de la obra, para lo que el Concejo emitirá nota de estar exento del pago de impuestos. Los materiales
mostrados en esta lista, son únicamente los que se proveerán por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano. De
requerir limpieza, la limpieza la deberá realizar la empresa contratada.
Para la construcción de las obras, el Concejo Municipal de Distrito aportará los planos constructivos, los cuales
podrán ser modificados únicamente mediante aprobación por parte del Ingeniero Municipal.

    7.   Indique el procedimiento de control de calidad que se aplicará durante la ejecución de la contratación y
         para la recepción de la obra, bien o servicio. (Según artículo 8 inciso c del Reglamento a la Ley de
         contratación Administrativa).
- El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano designará el Inspector o Inspectores necesarios, para la función de
aprobar o improbar la calidad de los materiales y el trabajo realizado, decidir cualquier duda en la interpretación de
las especificaciones, vigilar que los trabajos se desarrollen como en esos documentos se indica y velar por el fiel
cumplimiento del contrato…

    8.   Indique la estimación actualizada del costo del objeto, así como el detalle de la disponibilidad
         presupuestaria con la que cuenta la unidad solicitante para enfrentar la ejecución de la contratación. (Según
         artículo 8 inciso d del Reglamento a la Ley de contratación Administrativa).
Monto presupuestado: ₡ 7.356.000,00
Partida Presupuestaria: Construcción de Oficinas en Contenedores III
Aprobación tesorería Municipal:
_____________________________________

    9.   La Municipalidad posee el recurso humano y material para verificar la correcta ejecución del objeto del
         contrato. (Según artículo 8 inciso f del Reglamento a la Ley de contratación Administrativa).
Sí:__X__                  No:_______

    10. Indique el funcionario responsable de darle seguimiento al contrato: (Según artículo 8 inciso g del
         Reglamento a la Ley de contratación Administrativa).
Edgar Calvo Mora
Plazo de entrega: dos meses y medio naturales
Recomendación de proveedores a invitar:
Nota: De indicar algún proveedor se debe justificar el motivo por el cual se requiere invitarlo.
Factores de calificación:
Elemento a calificar                                    Ponderación
Costo de la obra                                        90%
Plazo de entrega                                        10%
Importante:

La información incluida en este formulario es de presentación obligatoria, por
Firma de encargado de la unidad solicitante: __________________________
 requerimientos legales de la Ley y Reglamento de Contratación Administrativa por lo que
Aprobación de la Intendencia: ______________________________________
la omisión de información representa un impedimento para continuar con el trámite de
la solicitud de compra.
DES

DECISION INICIAL CONSTA EN EL EXPEDIENTE DEL ACTA
ACTA 122-18
28/08/2018




ACUERDO Nº10

Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Acoger la recomendación de la

Comisión de Hacienda y Presupuesto que dice: "Se acoja la solicitud de la administración y

se corrija la instalación de los contenedores, y se modifique lo pertinente. Reutilizando la mayoría

de los materiales ya utilizados y así evitar el mal uso de los bienes públicos. No omitimos agregar

que      los     materiales      son       los     mismos        en      las     dos      decisiones

iniciales"…………………………………….

2. Autorizar    a la Intendencia para que inicie el procedimiento de contratación para la

construcción de cinco espacios de oficina donde se puedan dar servicios como los del Comité

de Deportes y atención al administrado entre otros,        aumentando con esto el confort en la

institución y mejorando las amenidades para aumentar la capacidad de trabajo, por un monto

aproximado     de siete millones trescientos cincuenta y seis mil colones con 00/100 (

₡7.356.000,00 ) de la Partida Presupuestaria: Construcción de Oficinas en Contenedores III, de

lo cual se cuenta con el visto bueno de la Tesorera Municipal”. ACUERDO UNANIME

ARTICULO IX. INFORME DEL ASESOR LEGAL
SE DISPENSA

ARTICULO X. LECTURA DE CORRESPONDENCIA

 a. Sr. Dagoberto Villalobos. ASUNTO. Recursos para la comisión PROZUL

Sra Cinthya Rodriguez. Intendencia.
Sres. Concejo de Distrito
Concejo Municipal del distrito de Cóbano
Presente.
Por este medio les comunico que la Comisión especial plan regulador zona urbano litoral Montezuma, en
la sesión Nº11 del día 28 de setiembre, acordó solicitar recursos por C4.000.000 (cuatro millones de
colones) destinados para levantar mosaico de la ZUL Montezuma.
Estimamos este trabajo muy importante tanto para las gestiones que está haciendo esta comisión como
que el departamento de Zona Marítimo Terrestre de esta municipalidad cuente con este instrumento que
facilitara en mucho su trabajo.
Solicitamos se incluyan en el próximo presupuesto extraordinario
Atentamente,
CONSIDERANDO.
-Que se ha conocido solicitud de la comisión PROZUL
ACUERDO Nº11
Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.Aprobar la solicitud de la comisión
PROZUL y dar pase de la misma a la Intendencia a fin de que se incluya, si es posible, en el
próximo presupuesto extraordinario, ya que lo consideramos de mucha importancia para la
comunidad de Montezuma y por ende para este Concejo”. ACUERDO UNNANIME


 b. Lcda. Maricel Rojas Leon. ASUNTO. Solicitud de autorización de goce de 4 días de

      vacaciones. Los días 31 de agosto y 13,14 y 17 de setiembre del 2018. SE AUTORIZA EL

      DISFRUTE DE ESTAS VACACIONES
ACTA 122-18
28/08/2018




 c. Juan Ramón Rivera Rodriguez. Presidente Ejecutivo. Instituto Costarricense de

      Puertos del Pacifico. OFICIO CR-INCOP-PE-0627-2018 ASUNTO. Acuse de recibo de

      OFICIO CMS 388-2018 misiva que se traslada a la Junta Directiva del ICT donde envían

      información de la propuesta de ejecución de proyecto de boulevard en Tambor. Agrega que

      es de interés del suscrito   conocer de primera mano la propuesta e inquietud           de la

      comunidad de tambor por lo que estará realizando una visita al sitio. SE CONOCE

 d. Lcda. Lesbia Rodriguez Navarrete. Representante legal del PANI-Paquera.                  Y Luis

      Carlos Barquero. Coordinador. Copia de Oficio PANI-OLPA-OF-0311-2018 dirigido a la

      Intendencia. ASUNTO. Solicitud de intervención. SE CONOCE

 e. Lcda. Maricel Rojas Leon. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-101-2018. Dirigido a la

      Intendencia. ASUNTO. Oficio de advertencia sobre materiales sobrantes del proyecto

      denominado “Construcción de acera y posición de bancas de concreto costado este de la

      clínica de Cóbano.”

FERNANDO. Excelente oficio, exactamente porque no se han hecho las bancas

CONSIDERANDO:

-Que se ha conocido oficio AIM-101-2018 dirigido a la Intendencia sobre advertencia por

materiales sobrantes del proyecto denominado “Construcción de acera y posición de bancas de

concreto costado este de la clínica de Cóbano.”

ACUERDO Nº12

Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia remita a este

Concejo una copia de la respuesta o informe que le brinde a la Auditoria”. ACUERDO UNANIME

 f.   Lcda. Maricel Rojas Leon. Auditora Interna. Copia de OFICIO AIM-103-2018. Dirigido a

      la Intendencia. ASUNTO. Oficio de advertencia sobre cumplimiento de la normativa

      relacionada con el Sistema digital unificado de compras públicas SICOP. SE CONOCE.

 g. Carlos Mauricio Duarte. Presidente. Comité caminos San Isidro. Copia nota enviada a la

      Intendencia solicitando copia de los expedientes de contratación realizados para el bacheo

      del camino. SE CONOCE

 h. FECOMUDI. Invitación a los delegados Manuel Ovares y Dunia Campos a la asamblea

      extraordinaria el día 7 de setiembre en Monteverde.

 i.   Ginette Poirier. Camino Finca Los Caballos. Copia de nota dirigida a la Intendencia.

      ASUNTO. Solicitud de reparación de camino. SE CONOCE

 j.   Vera Ruth Vargas Granados. ASUNTO. Renuncia a la Junta Tripartita del gimnasio por

      asuntos personales.

        CONSIDERANDO:
ACTA 122-18
28/08/2018




        -Que la Sra. Vera Ruth Vargas Granados, miembro representante de este Concejo ante la

        Junta administradora del Gimnasio a enviado su renuncia a ese puesto

        .Que indica que lo hace por motivos personales

        ACUERDO Nº12

        Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aceptar la renuncia interpuesta por la

        señora Vera Ruth Vargas Granados a su puesto en la comisión administradora del

        gimnasio como representante de este Concejo”. ACUERDO UNANIME

        DAGOBERTO. Para la otra semana traigan algunos candidatos

 k. Roxana Lobo Granados. Secretaria. ASUNTO. Solicitud de autorización para el disfrute

      de un día de vacaciones el día 03 de setiembre del 2018. SE AUTORIZAN

 l.   Milton Gerardo Pérez Matamoros. Unidad Hidrológica Tempisque Pacifico Norte. OFICIO.

      DA-UHTPNOL-0693-2018. GESION- 6017-2017,6017-2017,621-2018. Acuerdo CMDCS

      457-2017. ASUNTO. Solicitud de inspección a propiedad localizada entre los mojones 77 y

      77 concesionada a Estaciones en el Sol. S.A. Indica la existencia de una quebrada sin

      nombre de carácter intermitente.

        SE CONOCE. ENVIAR COPIA A LOS INTERESADOS Y AL DPTO DE ZMT.

 m. Oliver Rosemayer. ASUNTO. Recordatorio denuncia Arabian Nights.

        PRESIDENTE. Le vamos a dar pase a la Intendencia y solicitarle por favor le conteste lo

        antes posible. Se le informe que se está atendiendo la denuncia y dándole el trámite

        correspondiente.
        ***************************************U.L.*********************************************

        El presidente da por finalizada la sesión al ser la diecinueve horas con cincuenta y cinco
        minutos




        Sra. Roxana Lobo Granados                        Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga
        SECRETARIA                                       PRESIDENTE