Ordinaria 102 · 2018-04-10
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 102 del 2018-04-10 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 4) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº1 Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Declarar de interés Distrital para Cóbano, el Corredor Biológico Peninsular”. ACUERDO UNANIM…
- Acuerdo 2 (pág. 7) · unanime ACUERDO Nº2 ACTA 102-18 10/04/2018 Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger el veto presentado por la Intendencia contra el acuerdo número…
- Acuerdo 3 (pág. 9) · unanime ACUERDO Nº3 Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aprobar, según lo establecido en el artículo 208 del Reglamento a la Ley de Contratación Adm…
- Acuerdo 4 (pág. 18) · unanime ACUERDO Nº4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Aprobar la modificación presupuestaria 02-2018 por un monto de veinticinco millones ocho…
- Acuerdo 5 (pág. 22) · unanime ACUERDO Nº5 Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia que intervenga en la situación de la calle publica que va de Ar…
- Acuerdo 6 (pág. 23) · unanime · firme ACUERDO Nº6 Con tres votos a favor SE ACUERDA: “Solicitarles a las Asociaciones de Desarrollo del Distrito, que presenten un proyecto por un monto máx…
- Acuerdo 6 (pág. 23) · unanime ACUERDO Nº6 Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aprobar en todas sus partes la moción presentada por la Intendencia y avalada por los Concej…
ACTA 102-18
10/04/2018
ACTA ORDINARIA Nº 102-2018
PERIODO CONSTITUCIONAL
2016 – 2020
ACTA NÚMERO CIENTO DOS – DOS MIL DIECIOCHO DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA DIEZ DE ABRIL
DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIECISIETE HORAS EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE
CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Dunia Campos Salas
PRESIDENTA SUPLENTE
CONCEJALES PROPIETARIOS
Ronny Campos Muñoz
Manuel Alfredo Ovares Elizondo.
CONCEJALES SUPLENTES
INTENDENTE
Cinthya Rodriguez Quesada
VICE INTENDENTE
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Marcenette Castrillo Mena.
Dagoberto Villalobos Mayorga
Fernando Quesada López
Virginia Vargas Acosta.
Eladio Picado Ramírez.
CONCEJALES SUPLENTES
Mario Delgado Rodriguez
Crisly Morales Méndez.
ASISTENTES POR INVITACION
Lic. Juan Luis Bolaños Alvarado
VISITANTES
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
I. ORACION
II. CORRECCIONES Y RATIFICACION DE ACTAS
III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACION
IV. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
V. MOCIONES
VI. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
VII. INFORME DE LOS CONCEJALES
VIII. INFORME DE LAS COMISIONES
IX. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
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ARTICULO I. ORACION
Presidente
PRESIDENTE. Presenta moción de orden para incluir la ratificación de actas la cual no se
incluyó en el orden del día. SE APRUEBA
ARTICULO II. CORRECCIONES Y RATIFICACION DE ACTAS
a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 100-18
Se ratifica en todas sus partes el acta 100-18, la ratifican los suplentes Ronny Campos, Dunia
Campos y Manuel Ovares
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACION
a. Se recibe para juramentación a miembros de la Junta de Educación de Cabuya
Debido a que los señores:
Suan Johanna Umaña Mora cedula 2 565 082
Luis Diego Cordero Mora cédula 2 626 605
Hazel Bolivar Segura Cedula 7 135 007
Fueron nombrados como miembros de la junta de educación del Centro Educativo de
Cabuya en la sesión ordinaria 101-2018 y se han presentado para su debida
juramentación, procede la señora Presidenta en ejercicio a juramentar de acuerdo a lo
estipulado en el artículo 194 de la Constitución Política. Quedando los señores
debidamente juramentados
b. Se recibe al Sr. Ing. Luis Alejandro Madrigal Segura. Gestor Corredor Biológico
Peninsular
PRESIDENTA. Le da la bienvenida y concede la palabra
ING. MADRIGAL. Agradece el espacio e indica que un corredor biológico es:
Es un territorio continental, marino-costero e insular delimitado, cuyo fin primordial es
proporcionar conectividad entre áreas silvestres protegidas: así como entre paisajes,
ecosistemas y hábitat naturales o modificados, sean rurales o urbanos, para asegurar el
mantenimiento de la biodiversidad y los procesos ecológicos y evolutivos: proporcionando
espacios de concertación social para promover la inversión en la conservación y uso
sostenible de la biodiversidad en esos espacios (SINAC 2016).
Que cuentan con su normativa
SINAC-Programa Nacional de Corredores Biológicos.
Decreto N° 40043 –MINAE: Regulación del Programa Nacional de Corredores Biológicos
Artículo 14°-Se declara de Interés Público la creación de Corredores Biológicos del país. Se faculta
a las instituciones del sector público, para que, dentro del marco legal respectivo. contribuyan a la
gestión de los Corredores Biológicos, con recursos económicos. técnicos y publicidad (en la
medida de SUS posibilidades), sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos. Los CB
tendrán prioridad en la definición de políticas y estrategias institucionales de conservación,
especialmente el pago por servicios ambientales. Asimismo se insta al régimen municipal y a las
organizaciones del sector privado que contribuyan al fortalecimiento y consolidación de
Corredores Biológicos.
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Agrega que están conformados por un comité local que tiene una junta directiva, ese comité
local lo conforman organizaciones del sector público y personas de la sociedad civil, está el
Sinac, el centro agrícola cantonal de Puntarenas, el MAG (agencia y Cóbano, Jicaral y
Paquera), ASEPALECO, ASOPROLAPA, INDER, Tambor Bay Birding, Ministerio de Salud,
Refugio de Vida Silvestre ROMELIA y Tambor Tropical, y hay otras personas que conforman el
comité del corredor biológico, son múltiples sectores los representados , y hora se está sumando
el Concejo Municipal. Hay una reunión mensual los primeros miércoles de cada mes, una
reunión en cada distrito.
CINTHYA. En el caso de la administración el representante es Alberto Vásquez
ING. MADRIGAL. Estamos trabajando en cuatro líneas
Sus objetivos y estrategias son:
Reducir y mitigar los factores de riesgo y vulnerabilidad de los elementos focales de manejo del CB
Peninsular
1. Uso sostenible y conservación del recurso hídrico
2. Reducir la mortalidad y daño a la fauna silvestre por atropellos y electrocución
3. Mejorar los mecanismos de control y vigilancia de los recursos naturales del CB
4. Educación ambiental con respecto a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales
Garantizar la provisión y aprovechamiento sostenible de los servicios ecosistémicos del CB
Peninsular
5. Incentivar prácticas productivas que aseguren la provisión de los servicios ecosistémicos en el Corredor
Biológico
6. Diagnosticar el estado de los servicios ecosistémicos del CB
Fortalecer las capacidades de gestión del Comité Local y promover la participación de los actores
vinculados al CB Peninsular
7. Promover la participación de los diferentes sectores y la población civil en la iniciativa del CB.
8. Gestionar recursos económicos para mejorar la gestión del CB.
Mejorar la conectividad entre las ASP´s mediante el aumento de la cobertura arbórea y la
promoción de sistemas de producción sostenible
9. Ampliar la cobertura boscosa en el CB P con énfasis sobre las rutas de conectividad.
10. Estimular la producción sostenible en las actividades dentro del CB.
Monitorear el estado de los recursos naturales y la gestión del Comité Local como parte de un
proceso de manejo adaptativo del CB
11. Evaluar el estado de los recursos naturales en el CB.
12. Evaluar la gestión del CB y la implementación del plan de gestión por parte del Comité Local
LOGROS MAS RECIENTES
Elección por parte de GIZ y SINAC para fortalecimiento del Corredor Biológico.
Elaboración del Plan de Gestión y Diagnóstico del CBP 2017-2022.
Elaboración del Plan Operativo Anual 2018-2019.
Contratación de un coordinador o gestor.
Incidencia en el sector agropecuario por medio del Subsector Agropecuario
Sería muy importante que se pueda declarar como de interés distrital el corredor
De momento logramos el financiamiento para siete meses del gestor.
Estamos en búsqueda de recursos porque no contamos con presupuesto, no tenemos aún
personería, pero la cooperación Alemana que financia mi salario por siete meses lo maneja
ASEPALECO, y con la misma ASEPALECO, Centro Agrícola y otras organizaciones se subió a
diez meses y así vamos poniendo un granito de arena
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CINTHYA. Yo le comentaba a Alejandro con respecto al tema de recursos que se llevara el
machote y lo presentara porque ustedes son los que reciben los proyectos y los mandan a la
Intendencia para que esta escoja, entones que monte el proyecto por medio de ASEPALECO
ING. MDRIGAL. Aun no tenemos la personería, se va a hacer como una ONG que pueda recibir
recursos, ahorita estamos esperanzados que ustedes nos van a ayudar para el próximo año y
estamos tocando otras puertas como los otros concejos de distrito las subastas ganaderas para
que nos den un monto por cada animal que se vaya de acá, a los hoteles, es sumar esfuerzos.
Las organizaciones socias colaboran mucho
CINTHYA. También por el tema de salarios se podría en el mismo proyecto que vaya para
sostener unos dos meses, no podríamos sostener ese salario
ING. MADRIGAL Luis Mena de ASEPALECO esta anuente a realizar convenio con ustedes
CONSIDERANDO:
-Que el Corredor Biológico Peninsular fomenta la conservación de los recursos naturales
-Que la conservación de los recursos naturales fomenta el bienestar de los habitantes del distrito
y de todos los visitantes nacionales y extranjeros
-Que éste va a permitir el uso sostenible y la conservación del recurso hídrico de la península,
entre otros.
-Que el decreto ejecutivo N° 40043 –MINAE: Regulación del Programa Nacional de Corredores
Biológicos, en su artículo 14 dice textualmente:
Artículo 14°-Se declara de Interés Público la creación de Corredores Biológicos del país. Se faculta a las
instituciones del sector público, para que, dentro del marco legal respectivo. Contribuyan a la gestión de los
Corredores Biológicos, con recursos económicos. Técnicos y publicidad (en la medida de SUS posibilidades),
sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos. Los CB tendrán prioridad en la definición de
políticas y estrategias institucionales de conservación, especialmente el pago por servicios ambientales.
Asimismo se insta al régimen municipal y a las organizaciones del sector privado que contribuyan al
fortalecimiento y consolidación de Corredores Biológicos
-Que para este Concejo es muy importante el fortalecimiento de los recursos naturales de
nuestro distrito
ACUERDO Nº1
Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Declarar de interés Distrital para Cóbano, el
Corredor Biológico Peninsular”. ACUERDO UNANIME
SE RETIRA
ARTICULO IV. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. Cinthya Rodriguez Quesada. ASUNTO. Veto contra acuerdo Nº7 de la sesión
ordinaria número 99-18, articulo VII, del día 20 de marzo del año 2018
INTERPONE VETO CONTRA EL ACUERDO TOMADO EN LA SESION ORDINARIA
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contra el acuerdo número 7, tomado en sesión Ordinaria número 99-18 artículo VII, del día veinte de
marzo del año dos mil dieciocho.
SEÑORES:
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COBANO
PUNTARENAS
Quien suscribe, CINTYA MARIA RODRIGUEZ QUESADA, mayor, casada, como oficio Técnica en Farmacia,
cédula 205360799 y vecina de Cóbano, cantón de Puntarenas en mi condición de INTENDENTE MUNICIPAL
del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, en tiempo y forma vengo a interponer VETO contra el
acuerdo del Concejo Municipal N° 7, Artículo VII, de la sesión ordinaria número 99-18, celebrada el 20 de
marzo del presente año, el cual quedó firme en la sesión ordinaria número 100-18, de fecha 27 de marzo;
acuerdo que me fue debidamente comunicado mediante oficio CMS164-2018 de fecha 02 de abril del año
2018, ello por razones de LEGALIDAD y OPORTUNIDAD con fundamento en los hechos normativa que a
continuación expongo:
CONTENIDO DEL ACUERDO OBJETO DE VETO
El acuerdo vetado señala: “ACUERDO Nº7. Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a
la señora Intendente presente lo antes posible un informe de labores más específico y detallado, que sea
entendible por la ciudadanía y por este Concejo, bajo los parámetros indicados”. ACUERDO UNANIME”
MOTIVOS DE LEGALIDAD QUE SUSTENTAN EL VETO
1. INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 17, INCISO G) del Código Municipal.
a) Plazo de discusión:
Los señores concejales, tal y como consta en el acta 99-2018 de la sesión ya señalada, procedieron a
realizar la discusión hasta el 20 de marzo del año en curso, estando fuera del plazo establecido por el
Código Municipal en su artículo 17 inciso g) el cual indica:
g) Rendir cuentas a los vecinos del cantón, mediante un informe de labores ante el Concejo Municipal,
para ser discutido y aprobado en la primera quincena de marzo de cada año. Dicho informe debe incluir
los resultados de la aplicación de las políticas para la igualdad y la equidad de género. (lo subrayado y en
negrita no es del original)
La Procuraduría General de la República en diferentes criterios ha señalado que el plazo indicado en el
artículo 17 inciso g) del Código Municipal es específico para el Concejo Municipal. Bajo la lógica de la
norma, esto quiere decir que la Intendencia el Alcalde tiene la obligación de presentarlo al Concejo
Municipal de Distrito hasta el último día de febrero, siendo en el caso de la suscrita hice entrega de dicho
informe el día 28 de febrero del 2018 a las 2:49p.m. y recibido por la señora Roxana Lobo Granados,
secretaria del Concejo Municipal.
A mayor abundamiento, en Dictamen N° C-201-2005 del 23 de mayo del 2005 la Procuraduría General de
la República con relación al plazo establecido en el artículo 17 inciso g) señaló:
“(…) A nuestro modo de ver el precepto legal es claro y preciso, pues los quince días del mes de marzo de
cada año, son para que se discuta y se apruebe el informe de labores, no para que sea presentado. Así las
cosas, y siguiendo una interpretación lógica y literal de la norma que estamos comentando, lo anterior
supone que el plazo máximo para que el alcalde municipal presente el informe de labores es el último día
del mes de febrero de cada año, ya que solo así podría el Concejo destinar el tiempo necesario en las
sesiones de la primera quincena del mes de marzo de cada año a su discusión y aprobación y, de esa forma,
cumplir con lo que prescribe la ley. En esta dirección, conviene recordar el aforismo jurídico “de que no
debemos distinguir donde la ley no distingue” o de aquel que “cuando la ley está concebida claramente hay
que estar a su letra, y no desnaturalizarla, pretextando penetrar a su espíritu” (…)
Con base en lo anterior, el plazo que se establece en el inciso g) del artículo 17 del Código Municipal está
otorgado, en forma exclusiva, al Concejo, y no al alcalde, ya que este, como se dijo atrás, tiene como fecha
límite para presentar el informe de labores el último día del mes de febrero, so pena de incurrir en un
incumplimiento de deberes (…)” (El subrayado es nuestro).
b). Propósito de rendición de cuentas
En el considerando tercero, los señores concejales indican:
“Que éste no cumple en la forma ni en el fondo con el propósito para el cual se encuentra establecido, que
es el de rendir cuentas.” (la negrita no es del original)
Al respecto, esta Intendencia apela a que dicho Informe de labores, el legislador ordinario al promulgar el
Código Municipal Ley N° 7794 instauró la rendición de cuentas para la Alcaldía Municipal (Intendencia en
mí caso) al ser esta electa popularmente, tan es así que dicha norma se encuentra en el numeral que
regula las atribuciones y obligaciones de la persona titular de la Alcaldía. Dicha rendición de cuentas se
hace a la ciudadanía, pero por medio del Concejo Municipal, órgano en el cual descansa la representación
del soberano por medio de dicho cuerpo colegiado, siendo las sesiones de este un cabildo de carácter
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público y abierto para la ciudadanía, muy distinto a la alcaldía (en este caso a la Intendencia) como un
órgano unipersonal y con funciones de administrador general.
Por tanto, esta Intendencia considera que la labor del Concejo es discutirlo en razón que dicha discusión
se da en una sesión de la primera quincena de marzo la cual es de carácter público donde los ciudadanos
podrán llegar a escuchar dicha discusión y por medio de dicho cabildo realizar las valoraciones,
juzgamientos, evaluación de la información remitida por dicha Intendencia, considerando que la misma
contiene información suficiente y necesaria para el fin que tiene dicha rendición de cuentas.
c.) Uso de parámetros presupuestarios para justificar dicho acuerdo
Los señores concejales en el considerando 13 indican:
“Que este informe debe realizarse, en los mismos términos del presupuesto, de enero a diciembre de cada
año, ya que al hacerlo de marzo de un año a febrero del otro no cierran los ingresos y egresos”
Considera esta Intendencia que dicho considerando que sustenta el acuerdo a vetar no corresponde a los
parámetros que justifique el actuar del Concejo, esto por cuanto los “términos” del presupuesto están
regulados por el Código Municipal mediante su capítulo IV, Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República N° 7428, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos N° 8131 y
normas y directrices emitidas por el ente contralor, siendo estos inaplicables para la rendición de cuentas.
Sobre este particular, la Procuraduría General de la República en dictamen C-214-2007 indica:
De las consideraciones expresadas en líneas anteriores, se concluye que el inciso g) del artículo 17
supracitado creó un instrumento de rendición de cuentas para la fiscalización de las funciones
desempeñadas por el Alcalde Municipal, debiendo éste informar a los vecinos del cantón sobre los logros
alcanzados, consecución de las metas propuestas y la correcta utilización de los fondos públicos que le
fueron confiados al ente municipal, lo anterior a fin de que los munícipes y las personas en general puedan
monitorear la conducta administrativa desplegada por dicho servidor, convirtiéndose así en un medio de
lucha contra la corrupción.
Es importante aclarar en este punto que el informe en cuestión se refiere a las labores realizadas por el
Alcalde Municipal (“informe de labores”) durante el año anterior (no es un programa de gobierno ni un
proyecto de metas a cumplir), de ahí que se concluya que para el caso del último año de ejercicio, el informe
debe ser elaborado y presentado por el Alcalde Municipal que cesa en sus funciones pues, por lógicas
razones, éste es el responsable de lo actuado en el año anterior y de lo informado en dicho documento, y es
quien tendrá que responder eventualmente por lo que ahí se consigne.
Por todo lo expuesto, esta Intendencia considera que el respetable Concejo no se encuentra apegado a las
normas que rigen dicha rendición de cuentas, inclusive en el marco de sus competencias, violentan los
plazos establecidos por el artículo 17 inciso g) del Código Municipal, discutiendo fuera de plazo el informe
de labores presentado por esta Intendencia, lo cual hace que el acuerdo N° 07 del acta ordinaria 99-2018
no proceda, aún si hubiese estado en plazo su discusión, las normas no establecen la figura de ampliación
o rectificación de dicho informe de labores, mucho menos los “parámetros” indicados por los señores
concejales, los cuales carecen de fundamento jurídico.
No está por demás señalar que esta Intendencia en apego al marco normativo que nos rige, entregó en
tiempo y forma el informe de labores cumpliendo con la obligación de rendir cuentas tal y como lo
establece la norma, es por ello que solicito al respetable Concejo acoger el presente veto por las razones
expuestas anulando por ser contrario a derecho el acuerdo vetado y en su lugar tener por aprobado el
informe de rendición de cuentas presentado por esta Intendencia, y en caso de rechazarse solicito se
eleve el expediente ante la sección tercera del Tribunal Contencioso Administrativo, para que esta
resuelva como en derecho corresponda.
RAZONES DE OPORTUNIDAD
a). Incumplimiento de deberes por parte del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano:
En cuanto a los deberes que tienen los señores Concejales de Distrito el artículo 26 inciso h) señala: “los
demás deberes que expresamente señale este código y los reglamentos internos que se emitan”. Si
relacionamos la presente norma con lo establecido en el inciso 17, inciso g) del Código Municipal,
entonces, podemos establecer que es un deber del Concejo Municipal el aprobar el informe de rendición
de cuentas en la primera quincena del mes de marzo de cada año. Ahora, la omisión en la que incurrieron
los señores y señoras Concejales, al no avalar, mucho menos aprobar el informe de rendición de cuentas
en la primera quincena del mes de marzo, los hacer incurrir en un incumplimiento de deberes, sancionado
según el artículo 73 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y artículo 339 del Código
Penal.
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 17, inciso g), 26 inciso h) y 158 del Código Municipal, artículos 3 y 7 de la Ley 8173 Ley General
de los Concejos Municipales de Distrito y la jurisprudencia citada a través de este escrito.
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PRETENSIÓN
Por todo lo expuesto solicito:
1. Acoger el presente veto por las razones expuestas anulando por ser contrario a derecho el
acuerdo vetado y en su lugar tener por aprobado el informe de rendición de cuentas presentado
por esta Intendencia.
2. En caso de no acogerse el veto planteado, solicito que el mismo sea elevado ante la sección
tercera del Tribunal Contencioso Administrativo para que esta resuelva como en derecho
corresponda.
PRUEBA
DOCUMENTAL:
1. Las actas correspondientes a las sesiones dichas, que se encuentran en poder del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano.
NOTIFICACIONES
Tanto de esta instancia como de instancias superiores las atenderé por medio del correo electrónico
municobano.intendente@gmail.com
PRESIDENTA. Señor Asesor legal que tiene la palabra
LIC. JUAN LUIS BOLAÑOS. Ya consta el veto deben decidir si lo acogen o lo rechazan en el
fondo esta explicado, hay reacciones extemporáneas que hay que tener mucho cuidado cuando
se recurre a la norma de establecerse los periodos en que se puede actuar para efectos de la
rendición de cuentas el ejecutivo institucional que es el Intendente tiene la obligación de rendir
cuentas al deliberativo político quien igual, porque el informe del Presidente ante la asamblea
legislativa lo que se hace es que se somete a escrutinio de los todos los partidos políticos, igual
aquí, en esa facultad de criticar en todos los sentidos lo dicho por el jerarca administrativo en el
caso nuestro la Intendente en el caso nacional el Presidente es la potestad de control político, es
criterio de esta asesoría que la potestad no va más allá de la facultad de crítica del poder político
y la norma claramente indica cuales son los limites, en administración pública es claro que no se
puede pretender ir mas allá de lo que la ley dice hay que tener un acatamiento a lo que la norma
establece yesos son los límites de la potestad de imperio que tiene el estado y nosotros como
funcionarios públicos tenemos esos límites también, ustedes son los que resuelven de acuerdo a
lo que establece el código, ante la disposición de la señora Intendente de un veto acogerlo o
rechazarlo si lo acogen se anula la moción y se continua en la condición normal, si se rechaza de
eleva al tribunal contencioso administrativo
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido veto contra el acuerdo Nº7 tomado en sesión Ordinaria número 99-18
artículo VII, del día veinte de marzo del año dos mil dieciocho, que textualmente decía: “Solicitarle
a la señora Intendente presente lo antes posible un informe de labores más específico y detallado, que
sea entendible por la ciudadanía y por este Concejo, bajo los parámetros indicados”. ACUERDO
UNANIME”
ACUERDO Nº2
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Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger el veto presentado por la
Intendencia contra el acuerdo número 7, tomado en sesión Ordinaria número 99-18 artículo VII,
del día veinte de marzo del año dos mil dieciocho ”. ACUERDO UNANIME
b. Jackelinne Rodriguez. Proveedora. ASUNTO. Recomendación avalada por la
Intendencia.
PROVEEDURIA INSTITUCIONAL
Recomendación de modificación unilateral de la Contratación Nº2015CD-000071-01 “Contratación de
servicios de Transporte, transferencia, tratamiento y disposición de los residuos sólidos del Distrito de
Cóbano, bajo la modalidad según demanda, por un periodo máximo de un año”, según lo establecido en
el artículo 208 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa
CONSIDERANDO QUE:
a) Esta contratación se adjudicó según acuerdo NºCMDCS-462-2015, tomado en la sesión ordinaria
número 42-2015, articulo VI, inciso a, al Consorcio Tecnoambiente Lumar, por un monto de hasta
noventa millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (¢90.825.000,00).
b) Que la vice intendencia hace la solicitud según oficio VI-048-2018 que genera la necesidad de
ampliar la contratación según lo siguiente:
Con la finalidad de lograr extender el contrato que se encuentran en ejecución por los meses
faltantes al vencimiento del plazo de un año establecido inicialmente, para así poder continuar
contando con los servicios de transportes, disposición y tratamiento de los residuos sólidos
ordinarios, con el consorcio Tecno ambiente – Lumar, y que actualmente se mantienen en
ejecución al amparo del artículo 208 del Reglamento de la Ley de Contratación administrativa; ya
al efectuarse este aumento de capital el objeto de la contratación no se varia el servicio
contratado el cual cumple con el fin propuestos al adquirir servicios idénticos que no se exceden
del 50% del monto del contrato original los rubros citados tantos para transporte como
disposición y tratamiento de los residuos sólidos, ya que al misma una contratación bajo la
modalidad según demanda para esta contratación a la hora de hacer la proyección de la cantidad
de basura recolectada en el Distrito con respecto a los viajes requeridos necesarios estos
excedieron los cálculos que habían sido previsto durante las temporadas altas periodos de
vacaciones, fin de año incrementaron más de lo normal personas que visitaron el Distrito con
respecto al año anterior, ellos más algunas campañas de limpiezas que efectuaron realizadas y
que no estaban contempladas dentro de la proyección anual que se había ejecutado, por ende se
trató muchísimo más y se hicieron mucho más viajes, ya que de dos viajes semanales
programados, se llegaron a realizar entre 4 y hasta 5 viajes semanales, lo que género como
resultado la diferencia económica para los meses faltantes para concluir el contrato, ya que en
caso de paralizarse abruptamente la presente contratación al momento en que se quede sin
contenido económico para hacerle frente a la misma, hasta de que se dé inicio a una nueva
contratación, no solo se estaría exponiendo a la habitantes del Distritos a los problemas de salud
generados de la descomposición de los mismos en las vías públicos y por ende a la presencia de
vectores, por tal razón es responsabilidad de este ente municipal garantizar la continuidad de este
servicio y garantizar el interés general de los habitantes del Distrito, es una forma clara del
garantizar el interés público.
c) Los trabajos adjudicados a la empresa no se han concluido.
d) La administración se comunica con el contratista directamente y esta se encuentra anuente a
mantener los precios.
e) El aumento en la cantidad del objetivo, no cambia su naturaleza.
f) Se trata del mismo servicio.
g) La modificación no excede el 50% del monto del contrato original.
h) Es la mejor manera de satisfacer el interés público, ya que la población se vería beneficiada con un
óptimo servicio de recolección de desechos.
i) La suma de la contratación original, no supera el límite previsto para el tipo de procedimiento
tramitado.
j) Que existe contenido económico según oficio IC-163-2018.
Por lo anteriormente expuesto, se procede a recomendar realizar la modificación unilateral de la
contratación Nº2015CD-000071-01”Contratación de servicios de Transporte, transferencia, tratamiento y
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disposición de los residuos sólidos del Distrito de Cóbano, bajo la modalidad según demanda, por un
periodo máximo de un año”
Condiciones propias del nuevo contrato
Plazo de entrega: hasta se mantiene igual 06 de junio del 2018.
Lugar de entrega: en la propiedad donde se encontraba el vertedero municipal.
Forma de pago: una vez entregada a satisfacción el servicio brindado, páralo cual se realizaran pagos
mensuales o quincenales, según lo determine la administración.
Precio total del adendum: hasta por un máximo de veintinueve millones novecientos diez mil
seiscientos colones exactos (¢29.910.600,00)
09 de abril del 2018
CONSIDERANDO:
Que la proveeduría institucional ha presentado recomendación con VB de la Intendencia
de modificación unilateral de la Contratación Nº2015CD-000071-01 “Contratación de
servicios de Transporte, transferencia, tratamiento y disposición de los residuos sólidos
del Distrito de Cóbano, bajo la modalidad según demanda, por un periodo máximo de un
año”, según lo establecido en el artículo 208 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa
Que esta contratación se adjudicó según acuerdo NºCMDCS-462-2015, tomado en la
sesión ordinaria número 42-2015, articulo VI, inciso a, al Consorcio Tecnoambiente
Lumar, por un monto de hasta noventa millones ochocientos veinticinco mil colones
exactos (¢90.825.000,00).
Que la finalidad de lograr extender el contrato es poder continuar contando con los
servicios de transportes, disposición y tratamiento de los residuos sólidos ordinarios, con
el consorcio Tecno ambiente – Lumar, que actualmente se mantienen en ejecución, esto
al amparo del artículo 208 del Reglamento de la Ley de Contratación administrativa
Que La modificación no excede el 50% del monto del contrato original.
Que la suma de la contratación original, no supera el límite previsto para el tipo de
procedimiento tramitado.
Que según oficio IC-163-2018 existe contenido presupuestario
Que el monto total del adendum es de hasta por un máximo de veintinueve millones
novecientos diez mil seiscientos colones exactos (¢29.910.600,00)
ACUERDO Nº3
Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aprobar, según lo establecido en el artículo
208 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la modificación unilateral de la
Contratación Nº2015CD-000071-01 “Contratación de servicios de Transporte, transferencia,
tratamiento y disposición de los residuos sólidos del Distrito de Cóbano, bajo la modalidad según
demanda, por un periodo máximo de un año”, a la empresa Consorcio Tecnoambiente Lumar,
ACTA 102-18
10/04/2018
por un monto de veintinueve millones novecientos diez mil seiscientos colones exactos
(¢29.910.600,00)”. ACUERDO UNANIME
c. Lic. Fernando Quesada. Secretario. Junta Vial Distrital. OFICIO JVDC-001-2018.
ASUNTO. Transcripción de acuerdo de la sesión extraordinaria 001-2018, de aprobación
de decisión inicial para el proyecto de TS3 en la comunidad de Los Mangos por un monto
de ¢44.973.900,00. SE CONOCE
d. Cinthya Rodriguez Quesada. Intendente. OFICIO IC-165-2018. ASUNTO.
JUSTIFICACION PARA REALIZAR MODIFICACION PRESUPUESTARIA 02-2018.
Señores:
Concejo Municipal
Licda. Laura Segura Muñoz
Departamento de Presupuesto
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
ASUNTO: JUSTIFICACION PARA REALIZAR MODIFICACION PRESUPUESTARIA 02-2018.
Por este medio procedo a presentar la II Modificación Presupuestaria para su confección y valoración, a fin
de intentar satisfacer el interés de la colectividad.
PROGRAMA I
Administración General:
Se rebaja:
Se procede a rebajar al código 0.04.03 de Servicios de Ingeniería el monto de ¢5.800.000,00
PROGRAMA III
Embellecimiento Urbanístico:
Se rebaje:
Al código 0.01.02 de Jornales Ocasionales el monto de ¢1.500.000,00.
Al código 0.03.03 de Decimotercer mes la suma de ¢125.000,00.
Al código 0.04.01 de Contribución Patronal al Seguro de Salud CCSS la suma de ¢138.750,00.
Al código 0.04.05 de Contribución Patronal al Banco Popular la suma de ¢7.500,00.
Al código 0.05.01 de Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la CCSS la suma de ¢ 76.2000,00.
Al código 0.05.02 de Aporte Patronal Régimen Obligatorio Pensiones Complementarias la suma de
¢22.500,00.
Al Código 0.05.03 de Aporte Patronal Fondo de Capitalización Laboral la suma de ¢45.000,00.
Al código 1.01.02 de Alquiler de Maquinaria, Equipo y Mobiliario la suma de ¢2.185.050,00.
Al código 2.03.01 de Materiales y Productos Metálicos la suma de ¢2.000.000,00.
Al código 2.03.02 de Materiales y Productos minerales y Asfálticos la suma de ¢3.000.000,00.
Vías de Comunicación:
Se aumente:
Al código 5.02.02 de Vías de Comunicación Terrestre la suma de ¢14.900.000,00.
Esto con el fin de poder sacar a licitación la colocación de las vigas para el puente sobre el Río Frío en la
localidad de Río Frío de Cóbano.
También el señor Roberto Varela hizo el OFICIO VI-58-2018 y La Junta Vial Distrital presentó el OFICIO
JVDC-005-2018 para que sean tomados en cuenta.
Agradeciendo su total colaboración.
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CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO COBANO
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 02-2018
REBAJAR EGRESOS
PROGRAMA I: DIRECCION Y ADMINISTRACION GENERAL
PROGRAMA I 7,800,000.00 100%
01 ADMINISTRACION GENERAL 7,800,000.00 100%
REBAJAR EGRESOS
PROGRAMA II: SERVICIOS MUNICIPALES
PROGRAMA II 3,648,387.00 100%
26 DESARROLLO URBANO 3,648,387.00 100%
REBAJAR EGRESOS
PROGRAMA III
PROGRAMA III 14,357,859.00 100%
02 VIAS DE COMUNICACIÓN:
III-02-01 UTGV (Junta Vial) 5,257,859.00 37%
06 OTROS PROYECTOS 9,100,000.00 63%
CONCEJO MUNICIPAL DE COBANO
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 02-2018
SECCION DE REBAJAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
PROGRAMA I
EGRESOS TOTALES 2,000,000.00 100%
9 CUENTAS ESPECIALES 2,000,000.00 100%
SECCION DE REBAJAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
PROGRAMA II
EGRESOS TOTALES 3,648,387.00 100%
0 REMUNERACIONES 3,648,387.00 100%
SECCION DE REBAJAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
PROGRAMA III
EGRESOS TOTALES 20,157,859.00 100%
0 REMUNERACIONES 3,537,406.00 18%
1 SERVICIOS 8,985,050.00 45%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 6,135,403.00 30%
9 CUENTAS ESPECIALES 1,500,000.00 7%
CONCEJO MUNICIPAL COBANO
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 02-2018
AUMENTAR EGRESOS
PROGRAMA I: DIRECCION Y ADMINISTRACION GENERAL
PROGRAMA I 2,000,000.00 100%
01 ADMINISTRACION GENERAL 2,000,000.00 100%
AUMENTAR EGRESOS
PROGRAMA II: SERVICIOS MUNICIPALES
PROGRAMA II 3,648,387.00 100%
26 DESARROLLO URBANO 3,648,387.00 100%
AUMENTAR EGRESOS
PROGRAMA III: INVERSIONES
PROGRAMA III 20,157,859.00 100%
02 VIAS COMUNICACIÓN: - 0%
III-02-01 UTGV (Junta Vial) 5,257,859.00 26%
III-02-02 MANTENIMIENTO VIAS DE COMUNICACIÓN 14,900,000.00 74%
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CONCEJO MUNICIPAL COBANO
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 02-2018
SECCION DE AUMENTAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
PROGRAMA I
EGRESOS TOTALES 2,000,000.00 100%
1 SERVICIOS 500,000.00 25%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,500,000.00 75%
PROGRAMA II
EGRESOS TOTALES 3,648,387.00 100%
0 REMUNERACIONES 3,648,387.00 100%
PROGRAMA III
EGRESOS TOTALES 20,157,859.00 8%
0 REMUNERACIONES 1,622,456.00 8%
5 BIENES DURADEROS 18,535,403.00 92%
CONCEJO MUNICIPAL COBANO
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 02-2018
SECCION DE REBAJAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
-
EGRESOS TOTALES 25,806,246.00 100%
0 REMUNERACIONES 7,185,793.00 28%
1 SERVICIOS 8,985,050.00 35%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 6,135,403.00 24%
9 CUENTAS ESPECIALES 3,500,000.00 14%
SECCION DE AUMENTAR EGRESOS
DETALLE GENERAL DEL OBJETO DEL GASTO
-
EGRESOS TOTALES 25,806,246.00 100%
0 REMUNERACIONES 5,270,843.00 20%
1 SERVICIOS 500,000.00 2%
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,500,000.00 6%
5 BIENES DURADEROS 18,535,403.00 72%
ACTA 102-18
10/04/2018
CONCEJO MUNICIPAL DE COBANO
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 02-2018
Aprobado en sesion ordinaria nº -2018 articulo , inciso de fecha 2018
Servicio
Progra
Descripción Saldo Suma que Suma que Nuevo
ma
Código
Disponible Rebaja Aumenta Saldo
I 01 ADMINISTRACION GENERAL 4,156,461.00 2,000,000.00 2,000,000.00 4,156,461.00
I 01 9 02 01 Sumas libres sin asignación presupuestaria 3,220,407.00 2,000,000.00 - 1,220,407.00
I 01 1 08 05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 613,000.00 - 500,000.00 1,113,000.00
I 01 2 04 02 Repuestos y accesorios 323,054.00 - 1,500,000.00 1,823,054.00
II 26 DESARROLLO URBANO 3,648,387.00 3,648,387.00 3,648,387.00 3,648,387.00
II 26 0 02 03 Disponibilidad laboral 3,648,387.00 3,648,387.00 - -
II 26 0 03 02 Restriccion al ejercicio liberal - - 3,648,387.00 3,648,387.00
III 2 1 UTGV (JUNTA VIAL DISTRITAL) 286,538,243.08 5,257,859.00 5,257,859.00 286,538,243.08
III 02 01 9 02 02 Sumas con destino específico sin asignacion presupuestaria 3,925,114.02 1,500,000.00 - 2,425,114.02
III 02 01 0 02 03 Disponibilidad laboral 1,622,456.00 1,622,456.00 -
III 02 01 1 05 02 Viáticos dentro del país 1,000,000.00 1,000,000.00 - -
III 02 01 2 01 01 Combustibles y lubricantes 6,472,176.06 1,135,403.00 - 5,336,773.06
III 02 01 0 03 02 Restriccion al ejercicio liberal - 1,622,456.00 1,622,456.00
III 02 01 5 02 02 Vías de comunicación terrestre 273,518,497.00 - 3,635,403.00 277,153,900.00
III 2 2 MANTENIMIENTO VIAS DE COMUNICACIÓN 289,001,962.60 14,900,000.00 14,900,000.00 289,001,962.60
I 01 1 04 03 Servicios de ingeniería 5,800,000.00 5,800,000.00 - -
III 06 4 0 01 02 Jornales 1,632,000.00 1,500,000.00 - 132,000.00
III 06 4 0 03 03 Decimotercer mes 136,000.00 125,000.00 - 11,000.00
III 06 4 0 04 01 Contribucion patronal al seguro de salud c.c.s.s. 150,960.00 138,750.00 - 12,210.00
III 06 4 0 04 05 Contribucion patronal al Banco popular 8,160.00 7,500.00 - 660.00
III 06 4 0 05 01 Contribucion patroanl al seguro de pensiones de la CCSS 82,905.60 76,200.00 - 6,705.60
III 06 4 0 05 02 Aporte patronal regimen obligatorio pensiones complementarias 24,480.00 22,500.00 - 1,980.00
III 06 4 0 05 03 Aporte patronal fondo de capitalizacion laboral 48,960.00 45,000.00 - 3,960.00
III 06 4 1 01 02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 2,600,000.00 2,185,050.00 - 414,950.00
III 06 4 2 03 01 Materiales y productos metálicos 2,000,000.00 2,000,000.00 - -
III 06 4 2 03 02 Materiales y productos minerales y asfálticos 3,000,000.00 3,000,000.00 - -
III 02 02 5 02 02 Vías de comunicación terrestre 273,518,497.00 - 14,900,000.00 288,418,497.00
//// U. L. //////
Sumas que comprueban: 583,345,053.68 25,806,246.00 25,806,246.00 583,345,053.68
Presidente Secretaria Intendente Presupuesto Tesorería
CONCEJO MUNICIPAL COBANO
CUADRO No. 1
DETALLE DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE RECURSOS (Libres y específicos)
CODIGO SEGÚN INGRESO MONTO APLICACIÓN EGRESO
CLASIFICADOR DE Act/Serv/
Programa Proyecto
INGRESOS Grupo
I 01 ADMINISTRACION GENERAL 2,000,000.00 2,000,000.00
I 01 1.08.05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 500,000.00
1.1.3.3.01.02.0.0.000 Patentes municipales I 01 2.04.02 Repuestos y accesorios 1,500,000.00
2,000,000.00 I 01 9.02.01 Sumas libres sin asignación presupuestaria 2,000,000.00
II 26 DESARROLLO URBANO 3,648,387.00 3,648,387.00
II 26 0.03.02 Restriccion al ejercicio liberal 3,648,387.00
1.1.2.1.01.00.0.0.000 Impuesto bienes inmuebles
3,648,387.00 II 26 0.02.03 Disponibilidad laboral 3,648,387.00
III 02-01 UNIDAD TECNICA DE GESTION VIAL 5,257,859.00 5,257,859.00
III 02-01 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 3,635,403.00
III 02-01 0.02.03 Disponibilidad laboral 1,622,456.00
Transferencias de capital del gobierno III 02-01 0.03.02 Restriccion al ejercicio liberal 1,622,456.00
2.4.1.1.00.00.0.0.000
central (Ley 9329) III 02-01 1.05.02 Viáticos dentro del país 1,000,000.00
5,257,859.00
III 02-01 2.01.01 Combustibles y lubricantes 1,135,403.00
III 02-01 9.02.02 Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria 1,500,000.00
III 02-02 MANTENIMIENTO VIAS DE COMUNICACIÓN 14,900,000.00 14,900,000.00
1.1.3.3.01.02.0.0.000 Patentes municipales 5,800,000.00 III 02-02 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 5,800,000.00
1.1.2.1.01.00.0.0.000 Impuesto bienes inmuebles 9,100,000.00 III 02-02 5.02.02 Vías de comunicación terrestre 9,100,000.00
1.1.3.3.01.02.0.0.000 Patentes municipales 5,800,000.00 I 01 1.04.03 Servicios de ingeniería 5,800,000.00
III 06-04 0.01.02 Jornales 1,500,000.00
III 06-04 0.03.03 Decimotercer mes 125,000.00
III 06-04 0.04.01 Contribucion patronal al seguro de salud c.c.s.s. 138,750.00
III 06-04 0.04.05 Contribucion patronal al Banco popular 7,500.00
III 06-04 0.05.01 Contribucion patroanl al seguro de pensiones de la CCSS 76,200.00
1.1.2.1.01.00.0.0.000 Impuesto bienes inmuebles 9,100,000.00
III 06-04 0.05.02 Aporte patronal regimen obligatorio pensiones complementarias 22,500.00
III 06-04 0.05.03 Aporte patronal fondo de capitalizacion laboral 45,000.00
III 06-04 1.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 2,185,050.00
III 06-04 2.03.01 Materiales y productos metálicos 2,000,000.00
III 06-04 2.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos 3,000,000.00
TOTALES 25,806,246.00 25,806,246.00 25,806,246.00
Yo, Lic. Laura Segura Muñoz, cédula de identidad 6-351-393, unión libre, vecina de San Isidro de Cóbano, Puntarenas, hago constar que los datos suministrados anteriormente corresponden a las
aplicaciones dadas por el Concejo Municipal de Cóbano a la totalidad de los recursos incorporados en esta modificacion presupuestaria.
-
Firma del funcionario responsable: _______________________________
ACTA 102-18
10/04/2018
JUSTIFICACIÓN
PROGRAMA I
01-01 Administración General:
Se rebaja:
Se procede a rebajar al código 9.02.01 sumas libres sin asignación presupuestaria el monto de
¢2.000.000,00.
Se aumenta:
Se procede dar contenido presupuestario a la partida 1.08.05 mantenimiento y reparación de equipo de
transporte ¢500.000,00 y al 2.04.02 repuestos y accesorios ¢1.500.000,00.
Esto con el fin de completar la reparación de uno de los vehículos de la administración.
PROGRAMA II
02-26 Desarrollo Urbano:
Se rebaja:
Se rebaja al código 0.02.03 disponibilidad laboral ¢3.648.387,00.
Se aumenta:
Se procede dar contenido presupuestario a la partida 0.03.02 restricción al ejercicio liberal ¢3.648.387,00.
Se requiere modificar la disponibilidad laboral debido a que aunque en el cuadro para salarios en el
presupuesto ordinario se incluyó el código de dedicación exclusiva, no se digitó correctamente en el
código 0.03.02 si no en el 0.02.03, siendo esto un error de codificación.
PROGRAMA III
03-02-01 Unidad Técnica de Gestión Vial (Junta Vial Distrital):
Se rebaja:
Se rebaja al 9.02.02 Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria ¢1.500.000,00, al 1.05.02
viáticos ¢1.000.000,00 y al 2.01.01 combustibles y lubricantes ¢1.135.403,00.
Se aumenta:
Se procede a aumentar el código 5.02.02 vías de comunicación terrestre un monto de ¢3.635.403,00.
Con la finalidad dar contenido presupuestario para atender la comunidad de los Mangos de Cóbano,
donde inicialmente se esperaba aplicar un TSB2, pero se ha tomado la decisión de emplear un TSB3
debido a la cantidad de flujo vehicular que debe soportar dicha vía de comunicación.
03-02-02 Mantenimiento Vías de Comunicación
Se rebaja:
Se rebaja del programa I Administración General del código 1.04.03 servicios de ingeniería ¢5.800.000,00.
Del programa III Otros proyectos, proyecto Embellecimiento Urbanístico se rebaja al 0.01.02 jornales
¢1.500.000,00, al 0.03.03 decimotercer mes ¢125.000,00, al 0.04.01 contribución patronal al seguro social
¢138.750,00, al 0.04.05 contribución patronal al banco popular ¢7.500,00, al 0.05.01 contribución
patronal al seguro de pensiones ¢76.200,00, al 0.05.02 aporte al régimen obligatorio de pensiones
¢22.500,00, al fondo de capitalización laboral ¢45.000,00 al 1.01.02 alquiler de maquinaria, equipo y
mobiliario ¢2.185.050,00, al 2.03.01 materiales y productos metálicos ¢2.000.000,00, al 2.03.02
materiales y productos minerales y asfálticos ¢3.000.000,00.
Se aumenta:
Se procede a aumentar 5.02.02 Vías de comunicación terrestre ¢14.900.000,00.
Con el fin de contratar la colocación de las vigas para el puente sobre el rio de Río Frío de Cóbano.
El total de la modificación es ¢ 25.806.246,00.
MODIFICACION PLAN ANUAL OPERATIVO
PLAN OPERATIVO ANUAL
CONCEJO MUNICIPAL DE COBANO SI REQUIEREN IMPRIMIR ESTA INFORMACIÓN PARA EFECTOS INTERNOS, PUEDEN COPIAR ESTA
10/04/2018
2018 HOJA, PASARLA A OTRO ARCHIVO DE EXCEL (copiado especial formato y copiado especial
valores) Y DARLE LAS CARACTERÍSTICAS NECESARIAS DE IMPRESIÓN, OCULTANDO O
MATRIZ DE DESEMPEÑO PROGRAMÁTICO
ACTA 102-18
BORRANDO LAS LÍNEAS QUE NO SEAN UTILIZADAS.
PROGRAMA I: DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN GENERAL NO SOLICITAR A LA CGR MODIFICACIONES PARA IMPRIMIR ESTE ARCHIVO.
MISIÓN: Desarrollar las políticas y acciones administrativas de apoyo a la gestión municipal, asi como la vigilancia, dirección y administración de los recursos de la manera más eficiente a efecto de que los programas de servicios e inversión
puedan cumplir con sus cometidos.
Producción relevante: Acciones Administrativas
PLANIFICACIÓN PLANIFICACIÓN OPERATIVA ANUAL EVALUACIÓN
ESTRATÉGICA
PLAN DE
PROGRAMACIÓN DE LA META ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA POR META GASTO REAL POR META Resultado EJECUCIÓN DE LA META
DESARROLLO META anual del Resultado del
indicador de indicador de
% % % %
MUNICIPAL OBJETIVOS DE MEJORA FUNCIONARIO eficiencia en eficacia en el
INDICADOR ACTIVIDAD
Y/O OPERATIVOS RESPONSABLE la ejecución cumplimiento
AREA I SEMESTRE II SEMESTRE I SEMESTRE II SEMESTRE de los de la metas
recursos por programadas
I semestre
I Semestre
II semestre
II Semestre
meta
ESTRATÉGICA Código No. Descripción
Desarrollo Dotar a la administracion 1.Reponer o reparar el equipo Monto 50 50% 50 50% Cinthia Rodriguez Administració 160,389,118.81 167,269,118.81 0% 0% 0% 0%
Económico de los recursos, materiales que por su uso se deteriore. 2 presupuesta Quesada, n General
Sostenible y equipo necesario a fin de Pagar puntualmente los do/ montos Jackeline
brindar un eficiente servicio Operativo 1 servicios. 3. cumplir con las cancelados Rodriguez
a los contribuyentres remuneraciones economicas a Rodriguez, Karla
los servidoresal dia y de Paniagua Varela
acuerdo a la ley que lo regula.
Desarrollo Desarrollar los controles 1. Mantener los controles Monto 50 50% 50 50% Maricel Rojas Auditoría 21,392,329.52 21,392,329.52 0% 0% 0% 0%
Económico eficientes y asesorar de adecuados y supervisar el buen presupuesta Leon Interna
Sostenible acuerdo a lo que estipula la Mejora 2 funcionamiento de la do/ montos
normativa vigente administración. cancelados
Desarrollo Dotar de los equipos Comprar el equipo que requiera Monto 50 50% 50 50% Jackeline Administració 5,765,000.00 5,765,000.00 0% 0% 0% 0%
Económico necesarios para el buen cada departamento. presupuesta Rodriguez n de
Sostenible funcionamiento de cada Mejora 3 do /Equipo Rodriguez, Karla Inversiones
uno de los departamentos adquirido Paniagua Varela Propias
Desarrollo Social entregar las transferencias Depositar las tranferencias de Transferenci 50 50% 50 50% francisco Alfaro Registro de 44,499,469.52 44,499,469.52 0% 0% 0% 0%
de ley ley a las diversas instituciones as Nuñez, Karla deuda, fondos
para ayudar en su desarrollo presupuesta Paniagua Varela y aportes
Operativo 4
das/transfere
ncias giradas
Desarrollo cuentas especiales Sumas libres sin asignacion modificacion 50 50% 50 50% Cinthia Rodriguez Administració 2,500,000.00 2,500,000.00 0% 0% 0% 0%
Económico presupuestaria realizada Quesada n General
Sostenible monto
Mejora 5 asignado a
codigos
presupuestar
ios
Desarrollo cuentas especiales Sumas con destino especifico modificacion 100 100% 0 0% Cinthia Rodriguez Administració - 0% 0% 0% 0%
Económico sin asignacion preupuestaria realizada Quesada n General
Sostenible monto
Mejora 6 asignado a
codigos
presupuestar
ios
SUBTOTALES 3.5 2.5 234,545,917.85 241,425,917.85 0.00 0.00 0% 0.0 0.0
TOTAL POR PROGRAMA 58% 42% 0% 0% 0.0%
67% Metas de Objetivos de Mejora 63% 38% 0% 0% 0.0%
33% Metas de Objetivos Operativos 50% 50% 0% 0% 0.0%
6 Metas formuladas para el programa
PLAN OPERATIVO ANUAL
CONCEJO MUNICIPAL DE COBANO
2018
MATRIZ DE DESEMPEÑO PROGRAMÁTICO SI REQUIEREN IMPRIMIR ESTA INFORMA CIÓN PA RA EFECTOS INTERNOS, PUEDEN COPIA R ESTA HOJA , PA SA RLA
PROGRAMA II: SERVICIOS COMUNITARIOS A OTRO A RCHIVO DE EXCEL (copiado especial formato y copiado especial valores) Y DA RLE LA S
CA RA CTERÍSTICA S NECESA RIA S DE IMPRESIÓN, OCULTA NDO O BORRA NDO LA S LÍNEA S QUE NO SEA N
10/04/2018
UTILIZA DA S.
MISIÓN: Brindar servicios a la comunidad con el fin de satisfacer sus necesidades. NO SOLICITA R A LA CGR MODIFICA CIONES PA RA IMPRIMIR ESTE A RCHIVO.
ACTA 102-18
Producción final: Servicios comunitarios
PLANIFICACIÓN PLANIFICACIÓN OPERATIVA EVALUACIÓN
ESTRATÉGICA
PLAN DE PROGRAMACIÓN DE LA META ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA POR META GASTO REAL POR META Resultado anual EJECUCIÓN DE LA META Resultado del
DESARROLLO META FUNCIONARI del indicador de indicador de
División de
OBJETIVOS DE MEJORA % % O eficiencia en la % % eficacia en el
MUNICIPAL INDICADOR SERVICIOS servicios
Y/O OPERATIVOS RESPONSABL ejecución de los cumplimiento
AREA I SEMESTRE II SEMESTRE I SEMESTRE II SEMESTRE
E recursos por de la metas
09 - 31
I semestre
I Semestre
II semestre
II Semestre
ESTRATÉGICA Código No. Descripción meta programadas
Infraestructura mantener en buen estado Operativo 1 Contar con un peon municipal Monto 50 50% 50 50% Cinthia 03 3,933,044.69 3,933,044.69 0% 0% 0% 0%
los caminos que le de mantenimiento los presupuestad Rodriguez Mantenimient
caminos vecinales o / trabajo Quesada o de caminos
realizado y calles
Servicios Públicos Recolectar los desechos Mejora 2 Brindar el servicio de toneladas 50 50% 50 50% Cinthia 02 23,093,113.50 23,093,113.50 0% 0% 0% 0%
solidos del distrito recoleccion de basura en el proyectadas/t Rodriguez Recolección
distrito de Cóbano oneladas Quesada, de basura
recolectadas Gestor (a)
ambiental
(por definir)
Desarrollo Colaborar con las Mejora 3 Disponer de los recursos Monto 50 50% 50 50% Cinthia 09 Deportivos 17,832,857.02 17,832,857.02 0% 0% 0% 0%
Económico actividades deportivas del economicos para cumplir con presupuestad Rodriguez Educativos,
Sostenible distrito. R medio del las diversas actividades o/actividades Quesada, culturales y
comité Distrital de deportivas para distrito realizadas Comité de deportivos
Deportes deportes
Desarrollo Colaborar con las Mejora 4 Disponer de los recursos Monto 50 50% 50 50% Cinthia 09 Culturales 2,026,631.00 2,026,631.00 0% 0% 0% 0%
Económico actividades educativas y economicos para cumplir con presupuestad Rodriguez Educativos,
Sostenible culturales del distrito. las diversas actividades o/actividades Quesada culturales y
educativas y culturalesdel realizadas deportivos
distrito
Desarrollo Mantener el departamento Mejora 5 Contar con un departamento Monto 50 50% 50 50% Cinthia 15 40,157,840.60 40,157,840.60 0% 0% 0% 0%
Económico de ZMT. Brindar un de ZMT funcionando acorde a presupuestad Rodriguez Mejoramiento
Sostenible desarrollo acorde a los la necesidad y que el o/departament Quesada, en la zona
planes reguladores desarrollo de la ZMT se realice o consolidado Mariela marítimo
aprobados en la ZMT. a como lo estipula la ley. y desarrollo Cepesdes terrestre
realizado. Mora
Infraestructura Mantener los edificios Mejora 6 Contar con unas instalaciones Monto 50 50% 50 50% Cinthia 17 17,095,514.00 17,095,514.00 0% 0% 0% 0%
municipales en buenas municipales acordes a la presupuestad Rodriguez Mantenimient
condiciones necesidad de los empleados y o/obras Quesada o de edificios
contribuyentes. realizadas
Gestión Ambiental y cumplimiento de la ley de Operativo 7 Contar con un profesional en trabajo 50 19% 216 81% Cinthia 25 6,402,108.21 5,322,108.21 0% 0% 0% 0%
Ordenamiento residuos solidos y gestion ambiental que pueda realizado/trab Rodriguez Protección
Territorial mecanismoa para mejorar actualizar a la nueva ley de ajo pagado Quesada del medio
la situacion del ambiente residuos solidos y practicas ambiente
en el Distrito ambientales el servicio de
recoleccion, asi como otros
proyectos relacionados al
ambiente
Infraestructura Mantrener un pequeño Operativo 8 Disponer de un fondo que Monto 50 50% 50 50% Cinthia 28 Atención 2,500,000.00 2,500,000.00 0% 0% 0% 0%
fondo para ermegencias permita algunos materiales presupuestad Rodriguez de
necesarios en caso de o/Materiales Quesada emergencias
ermegencias comprados cantonales
Desarrollo Disponer del recurso Operativo 9 Contar con un inspector Monto 50 50% 50 50% Cinthia 27 Dirección 3,702,630.39 3,702,630.39 0% 0% 0% 0%
Económico humano que permita el municipal que controle las presupuestad Rodriguez de servicios y
Sostenible desarrollo ordenado del actividades comerciales y o/labores Quesada, mantenimient
distrito constructivas del distrito. realizadas Ing. Edgar o
Calvo
Desarrollo Disponer del recurso Operativo 10 contar con personal que lleve Monto 50 50% 50 50% Cinthia 26 Desarrollo 42,151,725.30 50,813,725.30 0% 0% 0% 0%
Económico humano que permita el a cabo las funciones que presupuestad Rodriguez Urbano
Sostenible desarrollo Urbano del permitan el mejor de los o/labores Quesada,
distrito trabajos en el area de realizadas Ing. Edgar
construcciones, ing, insp, Calvo
secret ing
Servicios Públicos Realizar adecuacion del Operativo 11 Se requiere realizar la compra Monto 50 50% 50 50% Cinthia 16 Depósito y 34,895,000.00 34,895,000.00 0% 0% 0% 0%
sitio de transferencia que de una vascula para pesar los presupuestad Rodriguez, tratamiento
se envian a disposicion en residuos que se transfieren asi o/labores Rdgar Calvo, de basura
Miramar como adecuar el lugar para realizadas Roberto
realizar una transferencia Varela
acorde a la Ley y Reglament.
SUBTOTALES 5.2 5.8 193,790,464.72 201,372,464.71 0.00 0.00 0% 0.0 0.0
TOTAL POR PROGRAMA 47% 53% 0% 0% 0%
45% Metas de Objetivos de Mejora 50% 50% 0% 0% 0%
55% Metas de Objetivos Operativos 45% 55% 0% 0% 0%
11 Metas formuladas para el programa
PLAN OPERATIVO ANUAL
CONCEJO MUNICIPAL DE COBANO SI REQUIEREN IMPRIMIR ESTA INFORMACIÓN PARA EFECTOS INTERNOS, PUEDEN COPIAR ESTA HOJA, PASARLA A OTRO
10/04/2018
2018 ARCHIVO DE EXCEL (copiado especial formato y copiado especial valores) Y DARLE LAS CARACTERÍSTICAS
MATRIZ DE DESEMPEÑO PROGRAMÁTICO NECESARIAS DE IMPRESIÓN, OCULTANDO O BORRANDO LAS LÍNEAS QUE NO SEAN UTILIZADAS.
ACTA 102-18
NO SOLICITAR A LA CGR MODIFICACIONES PARA IMPRIMIR ESTE ARCHIVO.
PROGRAMA III: INVERSIONES
MISIÓN: Desarrollar proyectos de inversión a favor de la comunidad con el fin de satisfacer sus necesidades.
Producción final: Proyectos de inversión
PLANIFICACIÓN PLANIFICACIÓN OPERATIVA EVALUACIÓN
ESTRATÉGICA
PLAN DE Resultado
PROGRAMACIÓN DE LA META ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA POR META GASTO REAL POR META anual del EJECUCIÓN DE LA META Resultado del
DESARROLLO META FUNCIONARI indicador de indicador de
OBJETIVOS DE
% % O SUBGRUPO eficiencia en % % eficacia en el
MEJORA Y/O INDICADOR GRUPOS
MUNICIPAL RESPONSABL S la ejecución cumplimiento
OPERATIVOS I SEMESTRE II SEMESTRE I SEMESTRE II SEMESTRE
AREA E de los de la metas
recursos por programadas
I Semestre
I Semestre
II Semestre
II Semestre
ESTRATÉGICA Código No. Descripción meta
Infraestructura Poseer funcionarios Operativo 1 Contar con proyectos y demas Monto 50 50% 50 50% Cinthia 02 Vías de Dirección 3,857,798.03 3,857,798.03 0% 0% 0% 0%
que realicen los trabajos relacionados al presupuestd Rodriguez comunicació Técnica y
proyectos y actividades mantenimeinto de los caminos o/ productos Quesada, n terrestre Estudios
relacionadas al vecinales elaborados Ferdy
mantenimiento de los Madrigal Avila
caminos del distrito
Infraestructura Mantener en buen Mejora 2 Disponer de vias de Monto 50 50% 50 50% Cinthia 02 Vías de Mantenimient 131,774,922.30 116,874,922.30 0% 0% 0% 0%
estado los caminos comunicación en el distrito en presupueatd Rodriguez comunicació o periódico
vecinales optimas condiciones o/Vias Quesada, n terrestre red vial
reparadas fredy
Madrigal
Avila,
Jackeline
Rodriguez
Rodriguez
Gestión Ambiental y Cuentas especiales Operativo 3 20% Zona Maritimo Terrestre y Monto 0% 100 100% Cinthia 07 Otros Otros fondos 45,289,643.60 0% 0% 0% 0%
Ordenamiento 10% utilidad de recoleccion de presupuesto/ Rodriguez fondos e e inversiones
Territorial Basura gestiones Quesada, inversiones
realizadas
Seguridad Social Disponer de un comité MEJORA 4 Contar con un comité que Monto 0% 100 100% Cinthia 06 Otros Otros 0.00 2,463,500.00 0% 0% 0% 0%
de emergencia estudie, evalue y proponga presupuesto/ Rodriguez proyectos proyectos
municipal, funcionando acciones en cuanto a riesgos por actividades Quesada,
acorde a las desastres naturales PROYECTO realizadas Jackeline
necesidades de riesgo BOSAI Rodriguez
del distrito Rodriguez
Infraestructura mantener en buen Mejora 5 ejecutar el presupuesto Monto 50 50% 50 50% Cinthia 02 Vías de Mantenimient 165,170,748.50 165,170,748.50 0% 0% 0% 0%
estado los caminos proveniente de la Ley 8114 y bajo presupueatd Rodriguez comunicació o periódico
cantonales los parametros establecidos en o/Vias Quesada, n terrestre red vial
inventariados de la la Ley 9329 para los Concejos reparadas, Jefrey
zona Municipales de Distrito maquinaria, Ramirez
proyectos castro, Junta
realizados Vial
Desarrollo Social Apoyar el crecimiento, Mejora 6 Equipar la orquesta infantil de Monto 100 100% 0% Cinthia 06 Otros 3,851,200.00 0% 0% 0% 0%
educacion, montezuma con instrumentos presupuesta Rodriguez proyectos
aprendizaje, convivio para su aprovechamiento do/instrumen Quesada
entre los niños por tos
medio de la musica comprados
Infraestructura Realizar un proyecto Mejora 7 Proyecto para embellecer sitio Monto 100 100% 0% Cinthia 06 Otros 1,090,585.60 0% 0% 0% 0%
de embellecimiento donde estara el skate park. presupuesta Rodriguez proyectos
urbanistico do/proyecto Quesada,
realizado Ing, Edgar
Calvo
Infraestructura Conclusion de oficinas Mejora 8 Concluir la construcci{on de las Monto 100 100% 0% Cinthia 01 Edificios 8,662,000.00 0% 0% 0% 0%
oficinas con contenerdores presupuesta Rodriguez
do/proyecto Quesada,
realizado Ing, Edgar
Calvo
SUBTOTALES 4.5 3.5 314,407,254.43 333,656,612.43 0.00 0.00 0% 0.0 0.0
TOTAL POR PROGRAMA 56% 44% 0% 0% 0%
75% Metas de Objetivos de Mejora 67% 33% 0% 0% 0%
25% Metas de Objetivos Operativos 25% 75% 0% 0% 0%
8 Metas formuladas para el programa
ACTA 102-18
10/04/2018
CONSIDERANDO:
-Que la Intendencia ha presentado modificación presupuestaria Nº2-2018 por un monto total de
veinticinco millones ochocientos seis mil doscientos cuarenta y seis colones con 00/100 (¢
25.806.246,00)
-Que se ha conocido la modificación al plan Anual Operativo
ACUERDO Nº4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Aprobar la modificación presupuestaria
02-2018 por un monto de veinticinco millones ochocientos seis mil doscientos cuarenta y seis
colones con 00/100 (¢ 25.806.246,00)
2. Dar pase de este Modificación presupuestaria al Concejo Municipal de Puntarenas para su
debida aprobación e inclusión al sistema integrado de Presupuestos Públicos de la Contraloría
General de la Republica.*********************************************************
3. Se dispensa del trámite de comisión. ACUERDO UNANIME
e. Cinthya Rodriguez. Intendente y presidente de la Junta Vial Distrital. Presenta Acta 001-
2018 de la sesión Extraordinaria de la Junta Vial Distrital celebrada el día 26 de marzo del
2018. Se conoce
f. Yocelyn Azofeifa Alvarado. Coordinadora Dpto. ZMT. OFICIO ZMT-071-2018. Con VB
de la Intendencia. ASUNTO. Asunto: Respuesta a acuerdo Nº3, tomado en sesión
ordinaria número 97-18, articulo III, inciso a, del día seis de marzo del año dos mil
dieciocho, a las dieciséis horas en la sala de sesiones de este Concejo.
Estimada señora:
Por medio de la presente me permito saludarle y a la vez dar respuesta a lo indicado en acuerdo Nº3,
tomado en sesión ordinaria número 97-18, articulo III, inciso a, del día seis de marzo del año dos mil
dieciocho, a las dieciséis horas en la sala de sesiones de este Concejo, donde solicitan que la coordinadora
del departamento de zona marítimo terrestre brinde in informe sobre la situación de los artesanos de
Montezuma y la situación del espacio físico para un mercado de artesanía que solicitan.
Por lo anteriormente indicado procedo a manifestar que el caso de los artesanos se vio perjudicado a la
hora de que el sector de Montezuma centro se le asignó la zonificación de pueblo costero ya que anterior
a eso existía un área designada para tal fin aproximadamente frente a la Iglesia católica de la localidad y a
la hora de realizar el cambio se omitió dicho espacio, dejándolos sin su espacio, y a la fecha ese terreno ya
fue solicitado en concesión por otro administrado.
En vista del conflicto ocasionado se está valorando la posibilidad de brindarles un espacio físico en el
parque de Montezuma, de aproximadamente 200 metros en frente del establecimiento comercial
denominado Sano Banano, el cual se debe de valorar por este Concejo Municipal si se le otorga en
concesión a la Asociación de Artesano cumpliendo con toda la normativa vigente o si es tomado por la
Municipalidad como mercado de artesanía municipal, siendo este último supuesto, se debe de contemplar
para el presupuesto 2019 el proyecto del mismo.
Cabe mencionar que ya se está trabajando en este tema, el topógrafo municipal Javier Corrales Masis se
encuentra elaborando el levantamiento de un plano por esta porción de terreno, para posteriormente
determinar cuál será el trámite a seguir.
Sin más y esperando haber informado de la mejor manera
PRESIDENTA. Don Juan Luis me dice por favor
ACTA 102-18
10/04/2018
LIC. JUAN LUIS BOLAÑOS. El problema que se le ve a cederles a ellos es que es una
asociación de artesanos y los artesanos son muy nómadas. Hay dos asuntos: uno es que la
responsabilidad recae sobre una persona nada más pero esta persona también puede darle uso
privativo al terreno y cambio totalmente el proyecto y la otra es que la responsabilidad puede
también caer en una sola persona y podemos al final tener que la luz la cortaron que no hay
agua etc. etc. La característica del grupo, no es una característica que te dé certeza de que van
a permanecer en el tiempo, si este se hace como un proyecto municipal, lo que hace la
Municipalidad es a la organización pactar un uso con un reglamento y en tanto cumplan se
respeta, no cumplen la Municipalidad recoge la responsabilidad y la vuelve a ordenar y si viene
alguien que no está en la asociación y quiere ingresar debe hacer la solicitud a través de la
asociación a la municipalidad que no salga del ámbito municipal porque eso le da seguridad a
que el lugar no va a hacer mal utilizado, abandonado y no lo va al final a agarrar uno solo y lo va
a privatizar
DUNIA. Entonces es mejor que quede como un mercadito municipal
SE DA PASE A LA COMISION PARA QUE ESTA RECOMIENDE AL RESPECTO
CINTHYA. Ponga fecha porque si no se nos va y se nos va. Que conste en actas que estoy
solicitando fecha para que se reúna la comisión y de un dictamen, ustedes nos hacen correr con
un acuerdo y ahorita no quieren
DUNIA. La comisión siempre ha sido muy anuente, y de hecho es la que más trabaja, hay que
comunicarle al presidente para que él convoque.
g. Sra. Jackelinne Rodriguez Rodriguez. Copia de OFICIO PM-087-18. Asunto: Solicitud
de aclaración con respecto a la decisión inicial presentada según oficio INGV-058-
2018
Estimado ingeniero:
Por este medio me permito indicarle que una vez analizada la decisión inicial correspondientes al oficio
INGV-058-2018, se puede determinar que esta presenta inconsistencias, como las que se mencionan a
continuación:
En el punto dos se requiere contratar horas maquinaria, pero estas horas no coinciden con el cuadro de
cálculo que se presentó yaqué hay más horas requeridas que la que se solicitan.
propuesta según oficio INGV-058-2018
Horas Precio
Maquinaria Tipo de Maquinaria estimado por Total
solicitadas hora
200 Back Hoe 20.000.00 4.000.000.00
90 Niveladora 35.000.00 3.150.000.00
70 compactadora 23.000.00 1.610.000.00
200 vagoneta 20.000.00 4.000.000.00
70 tanque de agua 20.000.00 1.400.000.00
50 distribuidor de emulsión 50.000.00 2.500.000.00
300 Hora hombre 2.200.00 660.000.00
ACTA 102-18
10/04/2018
total 17.320.000.00
propuesta según oficio INGV-058-2018
Horas Precio
Maquinaria estimado por
solicitadas Tipo de Maquinaria hora Total
225 Back Hoe 20.000.00 4.500.000.00
100 Niveladora 35.000.00 3.500.000.00
80 compactadora 23.000.00 1.840.000.00
225 vagoneta 20.000.00 4.500.000.00
80 tanque de agua 20.000.00 1.600.000.00
50 distribuidor de emulsión 50.000.00 2.500.000.00
350 Hora hombre 2.200.00 770.000.00
total 19.210.000.00
Diferencia 1.890.000.00
Indica que se requieren contratar horas hombre (5 personas como mínimo) pero no indica los
requerimientos técnicos, ni el grado de profesionalidad que se requiera, aparte de eso este
servicio a mi criterio serian jornales ocasionales el cual no sería mi persona a la que le
corresponde realizar la contratación de esas personas, y de requerir algún tipo de profesional no
se podría incluir dentro de la partida presupuestaria 1.08.02 IIIV.
Al realizar una comparación entre la anterior contratación Nº2018CD-00002-01, y esta nueva que
se solicita, se observa que existe diferencias en horas maquinaria, cantidad de cemento a utilizar
y de requerir distribuidor de agregados, pasa a requerir horas hombre, siendo la mismas
especificaciones técnicas, por lo que no deja claro el porqué de los cambios
Requ
erimi
ento
anter
ior
Requ
erimi
ento
actua
l
CINTHYA. Esto fue lo que ya Jeffrey presentó la semana pasadas, ya lo arreglo, que no se podía
meter horas hombre en la decisión inicial
PRESIDENTE. SE CONOCE
h. CINTHYA. CONSULTAS?
RONNY. Usted o Jeffrey tienen conocimiento de los desvíos que hizo el AyA en el camino de
Nathaniel en la calle publica que es privada ahora porque ya pusieron portones del rio ario a
trescientos metros (no he ido a ver, pero me lo dijeron) en una reunión que tuvimos aquí don
Sergio y Alberico y la mujer dijo que no se podía meter un tubo en una finca privada
ACTA 102-18 10/04/2018 CINTHYA, Ahí hay una servidumbre de aguas. Yo converse con Sergio de eso, porque yo lo veía venir porque en uno de los viajes que hice vi que estaban los postes para poner el portón , y pensé eso es que va a cerrarlo, le pedí a Sergio que nos ayudara con eso y me dijo que era servidumbre y el asunto es que nosotros invertimos ahí porque era para habilitar la calle y para el tema del agua específicamente y resulta que la servidumbre está ahí específicamente y hay que subir la montañita que es sumamente difícil hacer la calle ahí , la calle que si es publica, son 20 metros la diferencia RONNY. Más acá también por el tema de un palo es que Nathaniel todo lo tenía listo él sabía que el acueducto venia y sencillamente él no quiere que nadie acceso por esa calle, ya en la salida a la playa se puso a sembrar piñuela para que nadie use la calle y creo que estamos en todo el derecho de que esa calle se abra y si no pues ver de dónde saca recursos municipales y hacer esas vueltas y obligarlo a abrir, eso lo hace para molestar, porque esa calle en la tenía lista CINTHYA. De Manzanillo viejo a la finca del que si es público, el portón negro también lo cerró. Cerró a los dos lados. RONNY. Sí. De la calle que va de Manzanillo a Bethel y de la que va de Villalta a Manzanillo que hay un pedacito que era de (no ese entiende la palabra) eso está cerrado CINTHYA. Pero no es un pedacito le estoy hablando de por lo menos 1.5 kilómetros, se pasa tres veces la quebrada RONNY, Es menos, tal vez un kilómetro. Sergio dice que él está en todo su derecho de cerrar son los convenios que tienen. De la calle vieja a Manzanillo a salir al cementerio es una servidumbre y los vecinos la van a cerrar y solo abren si Nataniel abre CINTHYA. Tienen toda la razón RONNY. Mi pregunta es si se sabía lo de ese convenio porque nunca debió aceptarse porque por ahorrarse 20 metros de tubo y el reglamento dice muy claro que no se pueden meter en propiedad privada CINTHYA. Si se puede con una servidumbre y esa parte es muy incomoda RONNY. Hay partes más incomodas y se hacen. Está privatizando LIC. BOLAÑOS. Cuanto tiene de ser pública CINTHYA, toda la vida, pero está en uso hace como un año y un mes. Actuando de buena fe, esa calle se amplió a 14 metros y se conformó, quedo de lo más bonita y en la vuelta se hizo un desvío porque era muy difícil seguir la calle porque es una montaña y una ladera, es como 75 metros lo demás es público,
ACTA 102-18
10/04/2018
RONNY. Donde hicieron el desvío es donde él cerro, yo pensé que ese convenio he había hecho
entre Municipalidad, A y A y él (Nataniel) o se
LIC. BOLAÑOS. Se puede hacer un avalúo y se puede expropiar, hay una potestad imperio del
estado
CINTHYA, Eso va a llevar años
LIC. BOLAÑOS. Ya no
CINTHYA. Nos sirve porque de acuerdo a lo que diga que vale su finca nos debe pagar
CONSIDERANDO
.Que el Concejal Ronny Campos ha expuesto ha expuesto algunas situaciones en calle publica,
por donde pasa el acueducto que viene de Villalta y que esta municipalidad habilitó para que
pasara la tubería
ACUERDO Nº5
Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia que intervenga
en la situación de la calle publica que va de Ario a Manzanillo, por donde pasa la tubería del
acueducto y que se tomen todas las medidas que en derecho corresponden a fin de habilitar todo
el camino” ACUERDO UNANIME
i. CINTHYA. Yo les pase el jueves el monto que corresponde de la ley 7755 y de la Ley
caldera, sería conveniente que ustedes hoy definan que van a hacer si una sesión
ampliada si presentan proyecto ustedes, pero que lo definan ustedes porque me
preocupan los tiempos, con cuatro millones setecientos noventa y cuatro mil seiscientos
treinta y siete con 00/100
DUNIA. Ya estamos con esto, para los camerinos de Santa Teresa
CINTHYA. A Santa Teresas se le ha hecho el planche del colegio el Skate Park
DUNIA. No la malla porque el planche lo hizo la asociación
CINTHYA, Nosotros aportamos materiales, vienen unas aceras para la escuela,, el comité de
deportes les va a dar el camerino, creo que darles doble no es conveniente
DUNIA. Yo se que no es conveniente y se les da a los que presenten proyectos de ahí se
selecciona, se que hay que hacerlo en el mes de abril, en la primera quincena de abril y hasta
ahora nos dan los montos. En ni caso responsablemente creo que hay que hacer una asamblea
ampliada y tendría que ser la otra semana
CINTHYA. Porque no se hace la sesión ampliada la otra semana
RONNY, Debe ser para una sola parte porque es muy poco
CINTHYA. Porque no compran plays para los sectores públicos, por ejemplo para la
Tranquilidad, o menaje de cocina
ACTA 102-18
10/04/2018
DUNIA. Ya se había hablado con Dago de eso y para las escuelas que faltaron. Mandar nota a
las asociaciones de Desarrollo
CONSIDERANDO:
-Que existe en la Municipalidad de Puntarenas una pequeña partida correspondiente a la Ley
Caldera y a la Ley de partidas específicas, destinada para este distrito
-Que este es un trámite que realiza el síndico propietario y suplente del distrito y aprueba el
Concejo
ACUERDO Nº6
Con tres votos a favor SE ACUERDA: “Solicitarles a las Asociaciones de Desarrollo del Distrito,
que presenten un proyecto por un monto máximo de seis millones de colones, a más tardar en
quince días una vez notificado este acuerdo. Entregarlo en la oficina de secretaria del Concejo”.
ACUERDO UNANIME
j. CINTHYA. el viernes viene el Sr. Víctor Ramirez de DINADECO para ver si se hace el
comité pro asociación en Los Mangos y el sábado en San Ramón de Ario
ARTICULO V. MOCIONES
a. Moción de la Intendente Cinthya Rodriguez, avalada por Dunia Campos. Manuel
Ovares y Rony Campos
MOCION
Cóbano, 10 de abril de 2018.
Considerando que:
Se está tramitando un proceso de financiamiento con el Banco Popular y de Desarrollo Comunal.
Para realizar cualquier tipo de trámite con dicha entidad bancaria es necesario abrir una cuenta corriente
en colones.
Mociono para que:
-Se acuerde la apertura de dicha cuenta corriente, que tendrá la especialidad de ser utilizada mediante
firma mancomunada, siendo integrada de la siguiente manera Intendente Municipal y Tesorera Municipal,
en este caso Cinthya María Rodríguez Quesada, cédula 2-536-799 y Karla Gabriela Paniagua Varela, cédula
2-633-096 respectivamente o bien quienes representen dichos cargos en su momento.
-Los estados de cuenta se solicite sean enviados a los correos municobano.intendente@gmail.com y
municobano.tesoreria@gmail.com
-Se dispense de trámite de comisión y se apruebe en firme.
ACUERDO Nº6
Con tres votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aprobar en todas sus partes la moción
presentada por la Intendencia y avalada por los Concejales Dunia Campos. Manuel Ovares y
Rony Campos”. ACUERDO UNANIME
ARTICULO VI. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
SE DISPENSA
ARTICULO VII. INFORME DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA
ACTA 102-18
10/04/2018
ARTICULO VIII. INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA
ARTICULO IX. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
a. Invitación inauguración Acueducto Ario –Santa Teresa.
RONNY. El viernes tenemos una reunión e n el pueblo un 50% de la gente se está quedando sin
agua y les dije si de aquí al viernes no hay una solución no voy a estar presentes
CINTHYA. para mí esto se ha politizado mucho porque ustedes han visto los mensajes de
algunas personas invitando a la población y hasta les dan transporte verdad, cuando sabemos
la ineficiencia de este acueducto y no me tiembla para decirlo la situación engorrosa en que se
ha puesto el AyA para darles servicio a los ciudadanos de Cóbano es de lo peor nos está
afectando municipalmente no solo por el tema de la población , nos están echando toda la culpa
a nosotros por la situaciones que se están dando en los lugares que legalmente ellos dicen no
poder dar el servicio de agua eso por un lado, por el otro resulta que van a poner un muro en el
terrenos municipales un pedestal en la plaza y les dije a mi no me ha llegado ninguna solicitud de
si autorizamos dar el espacio para el pedestal , le dijeron al comité de deportes por mí no hay
problema, pero resulta que no piden autorización como siempre el gobierno de la republica
diciendo aquí voy y punto no respeta hay cosas que uno por polla actúa acuérdense cuando
vino el marzo del año pasado el presidente la forma como manejo la actuaciones aquí, que le
dio la potestad al INDER sobre nosotros Concejo Municipal nada que ver y así se hizo en las
escuelas y no es porque sea Cinthya Rodriguez es que como no le van a dar el espacio al
gobierno local a mi hoy eso no me sucede y se los dije ayer cuando me entregaron la invitación
si ustedes no respetan la jerarquía del Concejo tomen les devuelvo la invitación
Vayamos y manifestemos ahí, respetuosamente, hagamos un discurso bien bonito, en el
discurso comentemos esta situación y ojala hayan muchos vecinos de Manzanillo porque sino se
los solucionan tenemos que decirle “señor Presidente, usted está inaugurando un acueducto
que está dejando sin agua a muchos vecinos que nacimos aquí”, sería importante que vayan
miembros del concejo porque lógicamente va a estar doña Vicky y no me mortifica que conste
en actas, es su partido y doña Vicky va a defender su partido, porque así lo ha demostrado,
nosotros tenemos que defender al pueblo y mientras más presencia del Concejo Municipal haya,
sería mejor
b. Fiorella Maria Rodriguez. vecina de las Manchas. ASUNTO. Solicitud de autorización
para corta de un árbol ubicado en la zona marítima terrestre, el cual está podrido y
atenta contra la casa en la cual vive.
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SE DA PASE A LA INTENDENCIA CON COPIA AL DPTO DE ZONA MARITIMO
TERRESTRE PARA CRITERIO
c. Lic. Maricel Rojas Leon. Auditora. OFICIO AIM 53-2018. ASUNTO. Solicitud de
audiencia para presentación del estudio técnico para solicitud de recursos `para la
auditoria interna periodo 20018. Tiempo estimado 1 hora.
SECRETARIA. Indica que el presidente le designo la dos audiencias del martes 24 de
abril
SE CONOCE Y SE LE DA AUDIENCIA PARA EL 24 DE ABRIL
d. Índice de Competitividad Cantonal. Invitación a charla. Conociendo la competitividad
cantonal de Costa Rica. 18 de abril 9.30 am. SE CONOCE
e. Lcda. Alice Brenes Maykall. Co-cordinadora- Mesa de Gestión de Riesgo de
Desastres. Representante de la Universidad Nacional. Comisión Nacional de
Emergencias. . Invitación I Encuentro nacional para la gestión del Riesgo de desastres
en el Ámbito Local-Municipal.
CINTHYA. Ya confirme y vamos Jeffrey y yo
PRESIDENTA. Se pone en comisión a mi persona Dunia Campos y a Manuel Ovares por
si decidimos y podemos ir.
f. Tania Johanning. Vecina de Playa Hermosa. ASUNTO. Parada de bus. Agrega un
documento dirigido a la Intendencia que indica no le ha sido resuelto.
CINTHYA. Ese documento tiene mi recibido? No lo tiene. Solicita el documento actual Y
AUN LO TIENE NO LO HA DEVUELTO
DUNIA. SE DA PASE DE ESTA SOLICITUD A LA INTENDENCIA PARA QUE LA
ATIENDA
g. Raquel Moya. Desarrollos Turísticos Javilla. ASUNTO. Se refiere a nota presentada en
fecha 12 de marzo del 2018 y su seguimiento el día 22 de marzo que a la fecha están
sin respuesta, al oficio PC-ARS-PE-0323-2017 cumpliéndose casi cuatro meses sin
resolver y casi un mes sin respuesta a la última gestión.
PRESIDENTA. Informarles que se ha consultado al Instituto Costarricense de
Turismo y estamos en espera de su respuesta.
h. Lic. Maricel Rojas Leon. Auditora. COPIA DE OFICIO AIM 52-2018. ASUNTO:
Seguimiento sobre el cumplimiento de recomendación emitida por esta Auditoría
Interna en el Informe AIM-05-2011
1 Antecedente
ACTA 102-18
10/04/2018
Mediante oficio AIM-115-2017 del 13 de noviembre del 2017, esta Auditoria Interna procedió a reiterarle la
recomendación emitida en el informe AIM-05-2011 que literalmente establecía:
“Solicitar a los departamentos involucrados cumplir en forma inmediata con el procedimiento indicado en los
artículos 93, 94 y 96 de la Ley de Construcciones y la Ley de Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento con respecto a
las obras constructivas ilegales detectadas para ponerlas a derecho. Ver puntos 2.2.8 y 2.2.9 de este informe”.
En ese oficio y conforme lo convenido en su momento con su persona, se estableció un plazo definitivo de
cumplimiento para que antes del 31 de marzo de 2018, informara sobre las gestiones realizadas para poner a
derecho dicha ocupación ilegal, o en su defecto, sobre las acciones judiciales interpuestas con ese mismo propósito.
En ese mismo oficio se le indica también que en un nuevo informe emitido en el año 2013 (N° AIM-05-2013), en el
que se expusieron los resultados del “Estudio Especial sobre la gestión de los permisos de construcción en la zona
marítimo terrestre”, se señaló que algunos de los casos de ocupación ilegal detectados en el año 2011, mantenían
1
esa condición, a pesar de la emisión de la recomendación transcrita . Por tal razón, en este Informe se le emitió una
nueva recomendación para que se definiera un plan de acción mediante el cual se diera efectivo cumplimiento a la
recomendación emitida en el año 2011 y se pusiera a derecho la situación de ocupación ilegal observada.
2 Situación determinada por el Departamento de Zona Marítimo Terrestre respecto de la ocupación y
ejecución de obras al margen de la normativa que regula la zona marítimo terrestre
2
Según información suministrada a esta Auditoría Interna por el Departamento de Zona Marítimo Terrestre , de
acuerdo con inspecciones realizadas por esa unidad durante el año 2017 y en el mes de febrero del presente año, se
determinó que aún se mantenía la situación de ocupación y el desarrollo de obras al margen de la normativa
aplicable en áreas declaradas como de protección o, destinadas para servicios básicos, por parte de varios
concesionarios y dadas a conocer por esta Auditoría Interna en los informes de fiscalización antes referidos.
De seguido se detallan los resultados de las inspecciones efectuadas:
2.1. Caso de la empresa Colemu S.A.
Con el oficio N0 ZMT-129-2017 del 19 de octubre del 2017, la señora Mariela Céspedes Mora, Encargada Depto.
Zona Marítimo Terrestre en ese entonces informó a esta Auditoria Interna entre otras cosas que
“…dicha concesionaria cuenta con una infracción a la Ley de Zona Marítimo y de Construcciones, siendo que
llevaron a cabo construcción la cual corresponde a una piscina sin contar con la respectiva licencia municipal, así
como la aprobación de permisos contractivo (sic) sin contar con los avales de todas las instituciones que establece
el plan regulador y que además no se adecuan a lo aprobado por esta Administración Municipal. En virtud de
dichas anomalías es de mi conocimiento que la asesora legal de este Concejo Municipal Licda. Francil Yolanda
Herrera Araya, mediante oficio CMDCAL-046-2014 se dio traslado de la información para dar inicio al procedimiento
administrativo a nombre de la referida sociedad, sin embargo, al momento no se ha procedido con la elaboración de
la investigación preliminar”. (el destacado no es del original)
Sobre el mismo tema, el señor Greivin Carmona Rodríguez, Inspector Municipal, emite el informe I-ZMT-008-2018
del 15 de febrero del 2018, comunicando a la señora Yocelyn Azofeifa Alvarado, Coordinadora del Departamento de
Zona Marítimo Terrestre, que el 14 de febrero de este año, realizó una inspección en compañía del señor Daniel
Fonseca, Topógrafo Municipal, a la parcela en concesión a nombre de Colemu S.A. ubicada en Playa Santa Teresa.
Esta inspección tuvo como propósito, verificar la cantidad de construcciones existentes en el sitio, así como las áreas
de las mismas, mediante un levantamiento total de las obras existentes. Según los resultados de la inspección se
determinó la existencia de tres casas con piscina en cada una de ellas; tres ranchos grandes y seis pequeños, dos
bodegas y garajes, un galerón, una lavandería y un dormitorio. Todo equivalente a un área de construcción de 2 538
2
m . También se ubicó un rancho pequeño en zona pública y una parrilla, todo con un área total de 10.3 metros
cuadrados.
Por su parte, el Ing. Javier Corrales Masis, del Depto. De Catastro y Zona Marítimo Terrestre, con el oficio CYV-OF-GE-
049_2018 del 27 de febrero del 2018, también informa a la señora Azofeifa Alvarado que se hizo un levantamiento
topográfico de las construcciones existentes en Colemu S.A. y según el montaje realizado se determinaron áreas en
donde se invade algunas zonas establecidas y clasificadas en la siguiente tabla:
Construcciones en concesión de Colemu S.A.
Numero de construcción Área total de Área de invasión Zona invadida
construcción
1 3.20 m2 3.20 m2 Zona de protección
2 129.75 m2 0.00 m2 Ninguna
4 682.00 m2 113.13 m2 Zona de protección
5 131.00 m2 94.53 m2 Zona de servicios básicos
6 288.00 m2 105.00 m2 Zona de servicios básicos y parque
7 155.10 m2 76.00 m2 Zona de protección
8 22.18 m2 25.92 m2 Zona de protección
9 35.45 m2 35.45 m2 Zona de protección
10 76.80 m2 6.12 m2 Zona de protección
1
Informe AIM-05-2013, aprobado en la sesión extraordinaria nro. 21-13 del 7 de noviembre de 2013 (punto 2.3).
2
Oficio nro. ZMT-129-2017 del 19 de octubre de 2017.
ACTA 102-18 10/04/2018 11 19.28 m2 19.28 m2 Zona de protección 12 23.47 m2 23.47 m2 Zona de protección 13 19.00 m2 0.00 m2 Ninguna 14 5.00 m2 0.00 m2 Ninguna 15 12.00 m2 0.00 m2 Ninguna 16 74.00 m2 0.00 m2 Ninguna 17 640.00 m2 0.00 m2 Ninguna 18 75.00 m2 0.00 m2 Ninguna 19 56.00 m2 0.00 m2 Ninguna 20 5.30 m2 5.30 m2 Zona de Protección El Ing. Corrales Masis recalca que la revisión de la zonificación y la determinación de invasiones y sus áreas se calcula en base al plan regulador de Playa Santa Teresa. Adicionalmente, aporta el ingeniero en su informe un listado de permisos de construcción otorgados a Colemu: Comparando la suma total de áreas producto del levantamiento efectuado por el Ingeniero con el área total de los permisos autorizados, se puede notar una diferencia en el área total de aproximadamente 442 m2. Área constructiva que podría no tener permiso constructivo. Finalmente, como parte del informe se agrega que existe un portón que bloquea un acceso público a la zona marítimo terrestre. 2.2. Caso de la empresa Atacama del Sur S.A. El señor Greivin Carmona Rodríguez, Inspector Municipal, emite el informe I-ZMT-052-2017 del 10 de octubre del 2017, comunicando a la señora Mariela Céspedes Mora, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo terrestre en ese entonces, que el 9 de octubre de ese año, realizó una inspección a la parcela en concesión a nombre de Atacama del Sur S.A., ubicada en Playa Cocal del Peñón. El propósito de esta inspección era verificar la cantidad de construcciones existentes en el sitio, así como las áreas y el estado de las mismas, mediante un levantamiento total de las obras existentes y que correspondían a tres casas, una bodegas, lavandería, rancho y piscina, todo equivalente a un área de construcción de aproximadamente 410 metros cuadrados. Además, en el referido oficio N0 ZMT-129-2017 del 19 de octubre del 2017, la señora Mariela Céspedes Mora, Encargada Depto. Zona Marítimo Terrestre en ese entonces informó a esta Auditoria Interna entre otras cosas que “…dicha concesionaria cuenta con una infracción a la Ley de Zona Marítimo y de Construcciones, siendo que llevaron a cabo construcciones la construcción (sic) las cuales corresponden a una piscina con una plataforma, esto sin contar con la respectiva licencia municipal, en virtud de dicha infracción mediante pase número ZMT-092-2016 de fecha 07 de setiembre del 2016 se dio traslado a la asesoría legal con el fin de que realice la investigación correspondiente, sin embargo al momento no se ha procedido con la elaboración de la investigación preliminar”. (el destacado no es del original) 2.3. Caso de la empresa Cuartel Monte y Valle S.A. En el informe I-ZMT-053-2017 del 10 de octubre del 2017, el señor Greivin Carmona Rodríguez, Inspector Municipal, comunicó a la señora Mariela Céspedes Mora, Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre en ese entonces, que el 9 de octubre de ese año, realizó una inspección a la parcela en concesión a nombre de Cuartel Monte y Valle S.A., ubicada en Playa Cocal del Peñón, con el fin verificar la cantidad de construcciones existentes en el sitio, así como las áreas y el estado de las mismas, mediante un levantamiento total de las obras existentes y que
ACTA 102-18 10/04/2018 correspondían a dos casas, un rancho, sanitarios y baños y un galerón de madera, todo equivalente a una área de construcción de aproximadamente 567 metros cuadrados. También, en el referido oficio N0 ZMT-129-2017 del 19 de octubre del 2017, la señora Mariela Céspedes Mora, Encargada Depto. Zona Marítimo Terrestre en ese entonces informó a esta Auditoria Interna entre otras cosas que “…dicha concesionaria cuenta con una infracción a la Ley de Zona Marítimo y de Construcciones, siendo que llevaron a cabo construcciones las cuales corresponden a una batería sanitaria y un galerón, esto sin contar con la respectiva licencia municipal, en virtud de dicha infracción mediante pase número ZMT-074-2016 de fecha 06 de setiembre del 2016 se dio traslado a la asesoría legal con el fin de que realice la investigación correspondiente, sin embargo al momento no se ha procedido con la elaboración de la investigación preliminar”. (el destacado no es del original). 3. Necesidad de coordinar acciones en función del cumplimento de las recomendaciones emitidas por esta Auditoría Interna a la Intendencia. Este Concejo Municipal de Distrito por medio de su Departamento de Zona Marítimo Terrestre está determinando que aún se mantienen las ocupaciones y la construcción de obras en la zona marítimo contrarias a lo que establece el marco normativo aplicable, situaciones que desde los años 2011 y 2013 esta Auditoría había comunicado al Intendente de ese entonces y le había emitido las recomendaciones que se le reiteraron a su persona, en noviembre del año anterior, por no estar atendidas. Al respecto, es importante indicar que aparte de la responsabilidad de la administración de este Concejo de cumplir con las recomendaciones emitidas por esta Auditoría Interna, las cuales llevan implícito, de acuerdo con el artículo 21 la Ley General de Control Interno N° 8292, proporcionar a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas; también hay una obligación de la administración de tomar las acciones correctivas ante cualquier evidencia de irregularidad que detecte, esto según lo dicta la citada Ley en su artículo 12, inciso b) que a la letra señala: “Son deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema de control interno, tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de desviaciones o irregularidades.” En los casos referidos en este oficio es claro el deber y responsabilidad institucional de hacer cumplir el marco regulador sobre el uso y ocupación respecto de este bien que es Patrimonio del Estado. En virtud de lo expuesto y como parte de las acciones que lleva esta Auditoría Interna para dar cumplimiento a la recomendación reiterada a esa Intendencia en el oficio AIM-115-2017 del 13 de noviembre del 2017, de la manera más respetuosa se le requiere para que, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de este oficio, comunique a esta Auditoría las acciones correctivas que se tomarán para poner a derecho dicha ocupación ilegal, o en su defecto, llevar a cabo las acciones judiciales que facultan el marco normativo que regula la ocupación de esa zona, esto de acuerdo con información que ya obra en poder del Departamento de Zona Marítimo Terrestre. Para mayor abundamiento del tema y para que se tome como referencia, es importante informar que la Procuraduría General de la Republica (PGR) sobre una consulta “…si se pueden otorgar permisos de construcción, a obras iniciadas en la zona restringida de la zona marítimo terrestre (que hayan sido clausuradas o no por los Inspectores del Departamento de Zona Marítimo Terrestre), cuando dicho permiso sea solicitado por el concesionario, cuando la obra sea conforme con el uso para el que fue otorgado la concesión y cuando la obra se ajusta a un todo a los requerimientos establecidos en el plan regulador de ese sector”, emitió el criterio C-199-2013 del 24 de setiembre del 2013, manifestando lo siguiente: I. Sobre la prohibición de construir sin autorización en la zona marítimo terrestre. El artículo 12 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre número 6043 de 16 de marzo de 1977, y sus reformas, establece la prohibición de levantar edificaciones o instalaciones en la zona marítimo terrestre sin la debida autorización. Señala el citado artículo: “Artículo 12.- En la zona marítimo terrestre es prohibido, sin la debida autorización legal, explotar la flora y fauna existentes, deslindar con cercas, carriles o en cualquier otra forma, levantar edificaciones o instalaciones, cortar árboles, extraer productos o realizar cualquier otro tipo de desarrollo, actividad u ocupación.” Ante el incumplimiento de esta disposición, el artículo 13 ibídem establece que las autoridades municipales correspondientes están en la obligación de proceder al desalojo y a la destrucción de la construcción respectiva, previo levantamiento de la información correspondiente. (el destacado no es del original) Para el caso de las construcciones, la autorización a que se refiere el numeral 12 citado es la licencia de construcción dada por la respectiva municipalidad y que se encuentra regulado en el artículo 74 de la Ley de Construcciones número 833 de 2 de noviembre de 1949, y sus reformas, el cual establece: \“Artículo 74.- Licencias. Toda obra relacionada con la construcción, que se ejecute en las poblaciones de la República, sea de carácter permanente o provisional, deberá ejecutarse con licencia de la Municipalidad correspondiente.” En cuanto a la licencia de construcción como acto de autorización para las construcciones de la zona marítimo terrestre la PGR señala que la Ley de Construcciones condiciona el ejercicio del derecho a edificar al otorgamiento de la licencia municipal correspondiente y en el caso de los terrenos de la zona marítimo terrestre, el ejercicio de este derecho debe respetar lo establecido en el acto de concesión y en su contrato y, por supuesto, ser conforme con lo que disponga el plan regulador costero y el resto del ordenamiento jurídico aplicable. II. Sobre la aplicación del artículo 93 de la Ley de Construcciones a la zona marítimo terrestre. La PGR menciona que la Ley de Construcciones establece en su artículo 93, lo siguiente:
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“Artículo 93.-
Cuando un edificio o construcción o instalación ha sido terminado sin licencia ni proyecto aprobado por la
Municipalidad y sin que se haya dado aviso a ésta de la terminación de la obra, se levantará una información, fijando
al propietario un plazo improrrogable de treinta (30) días, para que dé cumplimiento a lo estatuido en esta Ley y
Reglamento, presentando el proyecto, solicitud de licencia, etc.”
Respecto a la aplicación de lo dispuesto en la Ley de Construcciones en relación con lo regulado por el artículo 13 de
la Ley de la Zona Marítimo Terrestre la PGR hace referencia al dictamen número C-234-2011:
“Ante naturaleza especial de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, no cabe alegar otros preceptos normativos
tendientes a evitar la aplicación de su numeral 13 (Sala Tercera, No. 167-F-92). El mismo proceder debe observarse si
se excede con obras adicionales las únicas previamente autorizadas, situación que no puede ajustarse a derecho
pagando la multa a que refiere la Ley de Construcciones, pues priva la normativa específica de la Ley 6043 (Sala
Constitucional, No. 9567-07, considerando IV).”
También menciona la PGR que la Sala Constitucional ha abordado el tema de las construcciones ilegales –es
decir, aquellas hechas sin la autorización a que se refiere el citado artículo 12 de la Ley de la Zona Marítimo
Terrestre- y ha señalado que las mismas deben ser demolidas. Así, en sentencia número 2005-9503 del 19 de julio
del 2005, dijo lo siguiente:
"...Existe un régimen especial de propiedad del Estado en la llamada zona marítimo terrestre. Esa propiedad es
inalienable e imprescriptible, es decir, ningún particular puede adquirir derechos sobre ella, con las salvedades de las
situaciones vigentes con anterioridad a la promulgación de la ley. Dentro de ese régimen de propiedad, destaca la
división en dos zonas: la pública y la zona restringida. La zona pública está por definición excluida de cualquier tipo de
explotación o construcción en manos de particulares, y no puede ser objeto de ocupación en ningún caso, pues está
destinada al "uso público", según lo establece claramente el artículo 20 de la ley, exceptuando aquellos terrenos que
por su topografía sean inaccesibles. Únicamente se permite el desarrollo de obras mínimas de infraestructura en
dicha zona, pero debidamente aprobadas por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el Instituto Costarricense
de Turismo y la respectiva municipalidad, atendiendo siempre al uso público al que deben destinarse. El régimen de
esta zona es definitivo: no puede construirse absolutamente nada por particulares, y únicamente obras mínimas de
infraestructura, debidamente autorizadas por las instituciones señaladas y en el entendido de que se destinarán al
uso público... Por su parte, el régimen de la llamada zona restringida, es un poco más libre, sin que ello implique que
tal terreno se "privatice", porque sigue siendo propiedad del Estado. Es en esta zona en que se permite la
"explotación" siempre restringida y sujeta a los condicionamientos de la ley y a los planes urbanos de la zona, por
parte de los particulares, mediante el instituto de la concesión, que serán, en todo caso, para uso y disfrute (artículos
39 a 43 de la Ley) ... De la anterior exposición se desprende claramente que hablamos de tierras cuyo régimen de
construcción, uso, disfrute y explotación, está completamente regulado por la ley. En el caso de procedimientos
administrativos o jurisdiccionales en que se impute la infracción a las disposiciones legales relacionadas con la
zona marítimo terrestre, es indudable que todo lo construido o edificado sin autorización de los entes respectivos,
tanto en la zona pública como en la zona restringida, debe ser demolido. La comprobación que ha de realizarse es
precisamente, en el caso de la zona pública, que no se trate de uno de los casos de excepción que la misma ley señala
y, en el caso de la zona restringida, si se contaba con concesión en primera instancia, en qué condiciones estaba
otorgada y si existía autorización para realizar las obras, construcciones o mejoras que se hallan hecho y que sean
objeto de discusión en el proceso. Constatada la ausencia de autorización por los entes competentes, según sea el
caso, lo procedente es la demolición de lo construido y el desalojo de los ocupantes, sin perjuicio de las
responsabilidades penales que correspondieren, tal y como el mismo artículo consultado lo establece. Además,
habría que comprobar si la construcción se encontraba ya, aún antes de la entrada en vigencia de la ley, o si se trata
de uno de los "casos especiales" que la misma ley contempla..."(El resaltado no es del original).
En la sentencia citada por el dictamen C-234-2011, la Sala Constitucional consideró que lo dispuesto en el artículo 13
de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre obedecía a la naturaleza demanial del bien y que se aplicaba no sólo a
construcciones no autorizadas sino a las que se excedían de lo autorizado. Al respecto dijo la Sala:
“En primer lugar debe indicarse que, tal y como se informa bajo juramento, al suscribirse el contrato de concesión, la
amparada tuvo pleno conocimiento de las condiciones bajo las cuales aceptaba la concesión, siendo precisamente
una de ellas la obligación de sujetarse a la normativa vigente y en materia de construcción que solo podría edificar lo
que previamente se autorizara. En atención a tales circunstancias, la amparada solicitó permiso para la construcción
de una vivienda y las autoridades recurridas la otorgaron porque, como se indicó en el considerando anterior, en la
zona restringida se permite la explotación pero sujeta a la normativa vigente. Sin embargo, a pesar de que la
amparada tenía pleno conocimiento de esa situación, se excedió y construyó obras adicionales sin contar
previamente con los respectivos permisos para obras adicionales. En ese sentido, no puede pretender ahora el
recurrente que con solo la presentación de planos y el pago de una multa pueda la amparada ajustar a derecho una
situación que él mismo reconoce que no es correcta. Recuérdese como se indicó en el considerando anterior, que la
zona marítima terrestre, aun cuando sea restringida como es el caso concreto, no implica en modo alguno que tal
terreno se "privatice", porque sigue siendo propiedad del Estado y por ende, el recurrente no puede pretender
solucionar una ilegalidad con solo presentar unos planos y pagar una multa a la luz de lo dispuesto en la ley de
construcciones porque acá no se trata de un terreno privado y particular de la amparada, sino de una zona pública
que, como tal, está sujeta a regulaciones y condiciones respecto de las cuales tenía conocimiento. Aceptar su
pretensión implicaría permitirle a la amparada sacar provecho de su propio dolo y por ende permitirle usufructuar en
su beneficio propio en relación con un terreno de naturaleza pública. El recurrente pretende obtener lo mejor de las
ACTA 102-18
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dos leyes vigentes sin sujetarse a las condiciones particulares que tiene el inmueble ubicado dentro de una zona
marítima terrestre para el cual existe una normativa específica y clara en cuanto a requisitos y sanciones.” (Sentencia
de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia número 2007-009567 de 3 de julio de 2007).
Sigue indicando la PGR que a diferencia de lo que establece la Ley de Construcciones en su artículo 93, la Ley de
La Zona Marítimo Terrestre dispone en su artículo 13 que, en el caso de las construcciones ilegales, las autoridades
competentes deben demoler lo ilegalmente construido. Establece el numeral citado:
“Artículo 13.-Las autoridades de la jurisdicción correspondiente y las municipalidades respectivas, tan pronto tengan
noticia de las infracciones a que se refieren los dos artículos anteriores procederán, previa información levantada al
efecto si se estimare necesaria, al desalojo de los infractores y a la destrucción o demolición de las construcciones,
remodelaciones o instalaciones realizadas por aquellos, sin responsabilidad alguna para la autoridad o la
municipalidad. El costo de demolición o destrucción se cobrará al dueño de la construcción o instalación. Todo lo
anterior sin perjuicio de las sanciones penales que procedan.”
La PGR concluye que cualquier edificación levantada sin una licencia de construcción previamente otorgada
quebranta lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre por lo que debe aplicarse lo
ordenado en el artículo 13 ibídem. En consecuencia, no es posible desde el punto de vista legal otorgar permisos o
licencias de construcción para construcciones o edificaciones ya iniciadas o terminadas en la
zona marítimo terrestre.
SE CONOCE
******************************U.L.*******************************************
Finaliza la sesión al ser las diecinueve horas con treinta minutos
Sra. Roxana Lobo Granados Sra. Dunia Campos Salas
SECRETARIA PRESIDENTA a.i.