Ordinaria 68 · 2017-08-16

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 68 del 2017-08-16 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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ACTA 68/17
16/08/2017




                                  ACTA ORDINARIA Nº 68-2017
                                  PERIODO CONSTITUCIONAL
                                         2016 - 2020

ACTA NÚMERO SESENTA Y OCHO – DOS MIL DIECISIETE DE LA SESIÓN ORDINARIA
QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA DIECISEIS
DE AGOSTO    DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIECISIETE HORAS EN LA SALA DE
SESIONES DE ESTE CONCEJO.

Con la presencia de las siguientes personas:

PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga

PRESIDENTA SUPLENTE

CONCEJALES PROPIETARIOS
Crisly Morales Méndez
Manuel Alfredo Ovares Elizondo.
Ronny Campos Muñoz

CONCEJALES SUPLENTES

INTENDENTA
Cinthya Rodriguez Quesada

VICE INTENDENTE

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Marcenette Castrillo Mena.
Virginia Vargas Acosta
Eladio Picado Ramírez
Fernando Quesada López

CONCEJALES SUPLENTES
Mario Delgado Rodriguez
Dunia Campos Salas

ASISTENTES POR INVITACION

VISITANTES

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión

 I.      ORACION
 II.     RATIFICACION DE ACTAS
 III.    AUDIENCIAS Y JURAMENTACION
 IV.     INFORME DE LA INTENDENCIA
 V.      MOCIONES DE LOS CONCEJALES E INTENDENCIA
 VI.     ASUNTOS TRAMITE URGENTE
 VII.    INFORME DE LOS CONCEJALES
 VIII.   INFORME DE LAS COMISIONES
 IX.     INFORME DE LA ADMINISTRACION
 X.      LECTURA DE CORRESPONDENCIA
ACTA 68/17
16/08/2017




ARTICULO I. ORACION

ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS

  a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 66-2017 la cual se ratifica en todas sus partes.

  b. Se somete a ratificación el acta extraordinaria 41-2017

   NO se ratifica por falta de quórum

   ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACION

   a. Se recibe a las señoras Mary Luz Núñez y Ruth Mary Núñez. Vecinas de Mal País.

       PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra

       RUTH MARY. Agradece el espacio e indica que es misionera y a fundado la fundación

       denominada San Juan con cedula jurídica 3 006 742976 fundación sin fines de lucro

       cuyo objetivo principal es servir y ayudar a aquellas personas en exclusión social con

       dependencias y su misión es evangelizarles, ayudarles a superar sus dependencias

       limitaciones y conflictos internos y ayudarlos a reintegrarse nuevamente a sus familias y

       a la sociedad y solicita la designación de un representante del concejo ante la fundación y

       propone al Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga

       Se retiran

       CONSIDERANDO:

       -Que la señora Ruth Mary Núñez Tenorio, misionera vecina de Mal País camino hacia

       Cabuya primera entrada a mano izquierda es la fundadora de la Fundación denominada

       San Juan, la cual es sin fines de lucro y cuyo objetivo principal es servir y ayudar a

       aquellas personas en exclusión social con dependencias.

       -Que esta fundación debe contar con un representante del Concejo Municipal de Distrito

       -Que propone como representante al Señor Dagoberto Villalobos Mayorga, presidente

       municipal

       ACUERDO Nº1

       Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Nombrar como representante

       del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano en la Fundación denominada San Juan, al

       Señor Dagoberto Villalobos Mayorga, Presidente Municipal, cédula 6-210-807, fundación

       sin fines de lucro con sede en Mal País, camino a Cabuya, primera entrada a mano

       izquierda, cuyo objetivo, principal es servir y ayudar a aquellas personas en exclusión

       social con dependencias”. Votan los Concejales Manuel Ovares, Ronny Campos y Crisly

       Morales
ACTA 68/17
16/08/2017




ARTICULO IV. INFORME DE LA INTENDENCIA

 a. Cinthya Rodriguez Quesada. Intendente. OFICIO IC-461-2017, ASUNTO Acuerdos de
    pago y adjudicación a contrataciones viales

                         ORDEN DE COMPRA Y EXONERACION POR BIENES Y SERVICIOS
                  Orden Nº 048-17
Fecha: 25 de mayo del 2017                    Pagada con Cheque Nº______

Señores
Transporte Jiménez y Mora S.A.
Ced: 3-101-114363
Pag. 1 de 1

Contratación Directa Nº2017CD-000027-01 “Contratación de Maquinaria para dar mantenimiento al Camino de los
Cuadrantes en Los Mangos y Las Parcelas a salir a la Menchita”

        Sírvase entregar lo siguiente:

CANT                       ARTICULO                       CO DI GO       PR       P. UNIT.            TOTAL
    65 Horas Motoniveladora                                1    8   2     III       32.000.00        2.080.000.00
    40 Horas Compactadora                                  1    8   2     III       25.000.00        1.000.000.00
    40 Horas tanque para riego                             1    8   2     III       19.000.00          760.000.00
    30 Horas excavadora                                    1    8   2     III       35.000.00        1.050.000.00
   100 Horas Vagoneta                                      1    8   2     III       19.000.00        1.900.000.00


                                                                                        total: ¢      6.790.000.00

                                                                                    SubTotal ¢        6.790.000.00

A esta orden de compra se le aplica retencion de 2% sobre el impuesto de la renta por Ley 7092
Articulo 23                                                                                             135.800.00
                                                                       TOTAL DE LA ORDEN: ¢              6.654.200
LEY 7794, ARTÍCULO 8:
“Concédase a las Municipalidades exención de toda clase de impuestos, contribuciones, tasas y derechos.”.
 Cinthya Rodríguez Quesada Karla Paniagua Varela         Jackeline Rodríguez Rodriguez
  INTENDENTE                TESORERA                 PROVEEDORA

CONSIDERANDO:

     Que se ha conocido factura Nº 3011 correspondiente a pago parcial de la orden de

        compra y exoneración por bienes y servicios Nº 048-17 de la Contratación Directa

        Nº2017CD-000027-01“Contratación de maquinaria para dar mantenimiento al camino

        de los cuadrantes en Los Mangos y Las Parcelas a salir a la Menchita ”

     Que el monto de esta es de contrataciones directas 2017CD-000027-01 Contratación de

        Maquinaria para dar mantenimiento al camino de los Cuadrantes en Los Mangos y Las

        Parcelas a salir a La Menchita Tres millones noventa y ocho mil colones con 00/100

        (¢3.098.000,00)

ACUERDO Nº2

Con todos los votos presentes SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que realice el

pago    de    la factura Nº 3011 correspondiente a pago parcial                  de la     orden de compra y
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16/08/2017




exoneración por bienes y servicios            Nº048-17 de la Contratación Directa Nº2017CD-000027-

01“Contratación Directa Nº2017CD-000027-01“Contratación de maquinaria para dar

mantenimiento al camino de los cuadrantes en Los Mangos y Las Parcelas a salir a la

Menchita”, por un monto de Tres millones noventa y ocho                            mil colones con 00/100,

(¢3.098.000,00) a la empresa Transportes Jiménez y Mora S.A,” ACUERDO UNANIME Se

somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas

sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.


  b. Sra. Cinthya Rodriguez Quesada. ASUNTO. ORDEN DE PAGO 059-17 Contratación
      Directa Nº2017CD-000041-01“Maquinaria para Intervenir Camino que comunica al
      Cruce Los Mangos con el Cruce Playa Carmen”
                       ORDEN DE COMPRA Y EXONERACION POR BIENES Y SERVICIOS
                    Orden Nº 059-17
Fecha: 10 de julio del 2017                   Pagada con Cheque Nº______
 Señores
Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada.
Ced: 3-102-082656
Pag. 1 de 1
Contratación Directa Nº2017CD-000041-01 “Maquinaria para Intervenir Camino que Comunica al Cruce
los Mangos con el Cruce Playa Carmen”
Sírvase entregar lo siguiente:
CANT                       ARTICULO                          CO DI GO    PR       P. UNIT.            TOTAL
        Motoniveladora con una potencia igual o superior a
  100
        138 kw                                               1   8   2    III       37.000.00        3.700.000.00
  65    Compactadora de rodillo vibratorio de 12 toneladas
                                                             1   8   2    III       25.000.00        1.625.000.00
        Carro Tanque para riego de agua con capacidad
  50
        mínima de 3500 galones                               1   8   2    III       18.000.00          900.000.00
  15    Back Hoe de 55KW
                                                             1   8   2    III       20.000.00          300.000.00
  85    Excavadora de 20 toneladas
                                                             1   8   2    III       40.000.00        3.400.000.00
  450   Vagoneta de 12m3 (cinco unidades)                    1   8   2    III       18.000.00        8.100.000.00
                                                                                    SubTotal ¢       18.025.000.00

A esta orden de compra se le aplica retencion de 2% sobre el impuesto de la renta por Ley 7092
Articulo 23                                                                                             360.500.00
                                                                       TOTAL DE LA ORDEN: ¢             17.664.500

LEY 7794, ARTÍCULO 8:
“Concédase a las Municipalidades exención de toda clase de impuestos, contribuciones, tasas y derechos.”.
Cinthya Rodríguez Quesada Karla Paniagua Varela         Jackeline Rodríguez Rodriguez
  INTENDENTE                TESORERA                 PROVEEDORA

CONSIDERANDO:

     Que se ha conocido facturas Nº 2173 y 2172 correspondiente a pago parcial de la orden

        de compra y exoneración por bienes y servicios Nº 059-17 de la Contratación Directa

        Nº2017CD-000041-01“Maquinaria para Intervenir Camino que comunica al Cruce Los

        Mangos con el Cruce Playa Carmen”
ACTA 68/17
16/08/2017




     Que el monto de ésta es de Diecisiete millones seiscientos sesenta y cuatro mil

        quinientos colones con 00/100 (¢17.664.500,00)



ACUERDO Nº3

Con todos los votos presentes SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia para que realice el

pago de las facturas Nº 2173 y 2172 correspondiente al pago                  de la orden de compra y

exoneración por bienes y servicios      Nº059-17 de la Contratación Directa Nº2017CD-000041-

01 “Maquinaria para Intervenir Camino que comunica al Cruce Los Mangos con el Cruce

Playa Carmen”, por un monto de Diecisiete millones seiscientos sesenta y cuatro mil quinientos

colones con 00/100 (¢17.664.500,00), a la empresa Nivelaciones y Transportes Roljuanjo

Limitada. ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del

código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior

acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.

  c. Cinthya Rodriguez Quesada. ASUNTO. Adjudicación Contratación Directa Nº 2017CD-
      000060-01 “Maquinaria para Intervenir Camino que Comunica a Mal País hasta Playa
      Hermosa
                                       PROVEEDURIA INSTITUCIONAL
                                    RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACION
                              CONTRATACION DIRECTA Nº 2017CD-000060-01
“Maquinaria para Intervenir Camino que Comunica a Mal País hasta Playa Hermosa”
Cóbano, a las trece horas del día dieciséis de agosto del año 2017. Se procede a dar recomendación con
respecto a lo solicitado por el departamento de ingeniería Vial, para la contratación de maquinaria, cuya
apertura se realizó el día diez de agosto del año en curso, a las once horas.
I-RESULTADO
Que dicho proceso de contratación fue amparado conforme a la solicitud:
       Oficio                 Departamento       Código de partida      Monto
       INGV-092-2017          Ingeniería         1.08.02 III            ¢10.850.000,00
Que según el expediente administrativo elaborado para esta contratación se invitó a concursar a los
siguientes oferentes.
       Nº       PROVEEDOR
       1        Oldemar Agüero Chacón
       2        Constructora monte Sion S.A.
       3        Constructora niveSur
       4        Constructora quesada& Campell S.A.
       5        Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada.
       6        Tractores San Antonio S.A.
       7        Constructora el Almendro S.A.
Luego de cerrado el periodo para la recepción de ofertas se presentó la siguiente oferta a concurso.
       Nº       PROVEEDOR
       1        Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada
II.CONSIDERANDO UNICO
Luego de realizada la evaluación correspondiente, a la oferta admitida a este concurso, se determinó que
cumplen con todos los requisitos solicitados.
III.POR LO TANTO
ACTA 68/17
16/08/2017




De conformidad con los hechos expuestos en la presente resolución y la normativa vigente en materia de
Contratación Administrativa, la Proveeduría institucional del Departamento Administrativo del Concejo
Municipal de Distrito Cóbano.
IV.RESUELVE
Recomienda adjudicar la Contratación Directa Nº 2017CD-000060-01 para la “Maquinaria para Intervenir
Camino que Comunica a Mal País hasta Playa Hermosa” a:
       Línea Nº     Adjudicatario                   Cedula             Depto.           Monto


                    Nivelaciones y transporte
       1                                           3-102-082656         Ingeniería        ¢10.460.000,00
                    Roljuanjo Limitada
                                                     TOTAL: ¢10.460.000,00
Razones de la recomendación de la adjudicación:
Las razones por las cuales se recomienda se adjudique a Nivelaciones y transporte Roljuanjo Limitada, son
las siguientes:
 Por cumplir con los requisitos del cartel.
Por ajustarse al presupuesto disponible.
CONSIDERANDO:

      Que se ha concluido con los trámites anteriores al acto de adjudicación de la Contratación

       Directa Nº 2017CD-000060-01 “Maquinaria para Intervenir Camino que Comunica a

       Mal País hasta Playa Hermosa”

      Que cerrado el periodo de ofertas se presentó la siguiente oferta.

                            Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada

      Que realizada la evaluación correspondiente a la oferta admitida se determinó que esta

       cumple con todos los requisitos solicitados.

      Que el Departamento de Proveeduría recomienda se adjudique a Nivelaciones y

       Transporte Roljuanjo Limitada, por cumplir con los requisitos del cartel y ajustarse al

       presupuesto disponible.

ACUERDO Nº4

Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Adjudicar la Licitación Abreviada

Directa Nº 2017CD-000060-01. ““Maquinaria para Intervenir Camino que Comunica a Mal País

hasta Playa Hermosa” por un monto de Diez Millones cuatrocientos sesenta mil colones con

00/100 (¢10.460.000,00) a la empresa Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada. ACUERDO

UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se

aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO

 d. Cinthya Rodriguez Quesada. OFICIOIC-459-2017. ASUNTO. DECISION INICIAL PARA
    la compra de un vehículo para 7 pasajeros

                                             Decisión inicial

   1. Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la
      necesidad a satisfacer (finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo 8,
      inciso a, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
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16/08/2017




Se requiere realizar la compra de un vehículo para 7 pasajeros, para uso de la administración (todos los
departamentos municipales), debido a que actualmente se deben utilizar los vehículos destinados a
trabajo municipal y se está llevando a cabo una interrupción constante de los servicios que presta este
Concejo Municipal, siendo que al asistir a una reunión, capacitación, acto u/o actividad de representación
institucional, se deben utilizar los vehículos de Zona Marítimo Terrestre (SM5421), unidad técnica Gestión
Vial o bien el vehículo para uso de los departamentos municipales como inspección y desarrollo urbano
(SM4467), dejando sin vehículo a dichos departamentos en muchas ocasiones hasta por 2 días o más,
dependiendo de la necesidad, además en muchas ocasiones se debe asistir con personal administrativo y
concejales, en varios casos muchos han tenido que utilizar sus vehículos propios, poniendo en riesgo tanto
sus activos, así como las personas que viajan en dicho vehículo sin contar con las pólizas adecuadas, lo que
pone en riesgo la integridad de las personas que viajan en vehículos no municipales en actividades propias
de la institución, además en varias ocasiones se deben utilizar 2 vehículos siendo que la capacidad de los
vehículos es de 5 y la mayor parte de las veces van de 3 a 4 funcionarios y 3 Concejales (por comisión) lo
que evitaría el uso de dos vehículos y evitar un atraso en varios departamentos con respecto a sus
funciones diarias.
     2. Defina el objeto de la contratación aportando las especificaciones técnicas, las cuales deben ser
         claras, suficientes, concretas y objetivas. (Según artículo 8, inciso b, del Reglamento a la Ley de
         Contratación Administrativa).
Adquirir un vehículo para 7 pasajeros 4x4 año 2018 para el uso de la Administración Municipal, que
cumpla con las siguientes especificaciones.
MOTOR
Tipo: 4 cilindros en línea
DOHC, 16 válvulas
Cilindraje mínimo de: 3.000
Potencia máxima: 165 hp / 3.500 rpm
Torque: 373 Nm / 2.000 rpm
SISTEMA DE ALIMENTACION
Combustible: Diesel
Alimentación: Inyección electrónica directa
Capacidad de combustible: no inferior a 80 litros
TRANSMISION
Tipo: Automática de 5 velocidades como mínimo
Tracción: Doble
Duplicación: igual o similar a Super Select
DIMENSIONES
Dimensión total (LxAnxAl) no menor a 4.500 mm x 1.800 mm x 1.800 mm.
Distancia entre ejes: no menor que 2.700 mm
Radio Mínimo de Giro: 5.7 m
Distancia libre al suelo: 230 mm como mínimo
Peso Neto: entre 2.000 y 2.400 kg
Capacidad: 7 Pasajeros
SUSPENSION
Suspensión delantera: resortes helicoidales con barra estabilizadora (Diferente a estos se desestima la
oferta)
Suspensión Trasera: multiapoyo con barra estabilizadora (Diferente a estos se desestima la oferta)
* La suspensión debe venir reforzada, adecuada para la zona debido a que la mayor parte de calles son en
lastre.
RUEDAS Y AROS
Llanta 265/65 R17
Aros de lujo
FRENOS
Freno delantero: disco ventilado con ABS y EBD (Diferente a estos se desestima la oferta)
Freno trasero: disco ventilado con ABS y EBD (Diferente a estos se desestima la oferta)
COLORES
Gris (puede variar)
INSTRUMENTOS Y ELECTRICIDAD
Dash con iluminación de alto contraste
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Luz principal: Halogenos
Tomacorrientes auxiliares 12v
TAPICERIA
Cuero
ACCESORIOS

Kit de Emergencia (Chaleco reflectivo, Extintor, juego de triángulos, lagartos)
Kit de Herramientas básicas
Protector solar para parabrisas
Kit para cambio de llantas (gata hidráulica y ranas)
GARANTIA
De 2 años ó 75.000.000 kilómetros como mínimo
EQUIPAMIENTO:
Aire acondicionado climatizado
Dirección hidráulica
Columna de dirección ajustable y colapsible
Vidrios y espejos eléctricos
Cierre central con apertura a control remoto
Equipo de sonido AM /FM con puerto USB
Bolsas de cabina principal
Barras laterales de acero para mayor seguridad
Parrilla, espejos y manijas externas cromadas
Gancho de remolque trasero
Spoiler trasero
Loderas traseras y delanteras
Cobertor para llanta de repuesto
Volante multifuncional
     * Todos los anteriores como mínimo
Mantenimiento: el Oferente deberá contar con un taller propio u/o autorizado en la provincia de
Puntarenas o Guanacaste siendo los sitios más cercanos, con un stock de repuestos acorde a las
necesidades del Concejo Municipal. Con garantía de suplir de inmediato (máximo en dos semanas),
repuestos (no de colisión).
Además, el vehículo debe contar con:
- RTV
- Marchamo
- Inscripción a nombre del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
- Rotulación con el número de activo municipal y las letras USO OFICIAL
 Requisito de Admisibilidad
Como condición de admisibilidad se establece que todas las empresas que presenten oferta deben tener
un mínimo de diez años completos de estar dedicadas a la venta de vehículos nuevos en Costa Rica, para
lo cual deberá aportar certificación notarial de la inscripción de la sociedad ante el Registro Nacional.
Asimismo, las marcas que se ofrezcan deben tener un mínimo de dos años de estar siendo distribuidas en
Costa Rica, para lo cual deberán aportar una certificación del fabricante en donde se consigne la fecha de
distribución de los vehículos en el país.
Porque las características que se solicitan?:
Las características antes indicadas son de acuerdo a las particulares condiciones geográficas de la zona, no
pueden ser vehículos menores a los cilindrajes, alturas y demás características mencionadas, debido a que
los tipos de terreno en su mayoría de lastre, piedra suelta, caminos en su mayoría con inclinaciones de
más 10º, además en algunos lugares a visitar es necesario cruzar ríos y quebradas para poder realizar las
actividades propias de inspección o bien movilizarse para acudir a reuniones o capacitaciones en el lado
de jicaral, Liberia, Nicoya, etc. Con características menores a las mencionadas se podría poner en riesgo el
buen uso del activo, así como la funcionalidad del trabajo a realizar.
 Indique el procedimiento de control de calidad que se aplicarán durante la ejecución de la contratación y
para la recepción de la obra, bien o servicio. (Según artículo 8, inciso c, del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa).
Se aplicará una revisión del bien a adquirir, por parte del señor Leonardo Rutt Calderón, quien será la
persona responsable de recibir y coordinar la entrega del vehículo.
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   3. Indique la estimación actualizada del costo del objeto, así como el detalle de la disponibilidad
        presupuestaria con la que cuenta la unidad solicitante para enfrentar la ejecución de la
        contratación. (Según artículo 8, inciso d, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Nota: revisar artículo 12 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Monto aproximado de costo: ¢25.000.000,00


Monto presupuestado: PROGRAMA I
 5 01 02         EQUIPO DE TRANSPORTE                            ¢25.000.000,00
Aprobación Tesorería Municipal:                   ______________________________
     4. La Municipalidad posee el recurso humano y material para verificar la correcta ejecución del
         objeto del contrato. (Según artículo 8, inciso f, del Reglamento a la Ley de Contratación
         Administrativa)
Si: _X__                  No: ________
     5. Indique el funcionario responsable de darle seguimiento al contrato: (Según artículo 8, inciso g,
         del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
La intendencia
Información para elaborar el cartel
En cumplimiento de lo señalado en el artículo 10, inciso e, del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa se requiere la siguiente información para la elaboración del cartel.
Plazo de entrega: 30 días hábiles
Recomendación de proveedores a invitar:
Nota: de indicar algún proveedor se debe justificar el motivo por el cual se requiere invitarlo.
Factores de calificación:
                                  Elemento de evaluación        Porcentaje
                                  Precio                        50%
                                  Plazo de Entrega              10%
                                  Ventajas técnicas             10%
                                  Criterios sustentables        10%
                                  Años de experiencia de la 20%
                                  empresa en la distribución
                                  de vehículo nuevos en Costa
                                  Rica de la marca y estilo
                                  ofrecido según declaración
                                  jurada.
Total                                             100%
Para evaluar los aspectos indicados en la tabla anterior, se someterán únicamente las ofertas admisibles a
lo siguiente:
Precio (50%):
Para determinar el puntaje correspondiente en el factor precio se aplicará la siguiente fórmula:
P= 50*Ob
Oc
Dónde: P: Puntaje obtenido.
Ob: Precio más bajo ofertado.
Oc: Precio de la oferta a calificar.
*Nota: Para las compras "libre de derechos" de importación, el precio ofrecido se entenderá para todos
los efectos, libre de los impuestos de venta, consumo y de derechos arancelarios de toda naturaleza y
formalidad; y si hay cotizaciones en dólares, la evaluación se hará al tipo de cambio respecto al colón del
día de la apertura de ofertas.
Plazo de entrega (10%):
El plazo de entrega de los oferentes se calificará proporcionalmente respecto al oferente que ofrezca el
menor plazo de entrega.
Según la siguiente fórmula:
La garantía se calificara de la siguiente manera: hasta 2 años o 75.000 km, 10%, hasta 3 años o 100.000 km
15% y más de 3 años y seis meses o 105.000 km 20%.
P= 10*Ob
       Oc
Dónde: P: Puntaje obtenido.
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Ob: Plazo de entrega menor ofertado.
Oc: Plazo de entrega de la oferta a calificar.
Si el oferente indica el plazo de entrega en días naturales la conversión a días hábiles se hará aplicando la
siguiente fórmula:
Cantidad de días naturales x 5 días hábiles
7 días naturales
Ventajas técnicas (10%):
Se otorgarán los puntos según lo siguiente:
Tabla N°2 Ventajas Técnicas Ventaja
                                                 Puntaje
Cabina equipada con más de 2 bolsa de 3%
aire
Con caja de transmisión con más de 5 2%
velocidades hacia delante
Equipado con sistema ABS en las cuatro 2%
ruedas
Equipado con llantas con taco AT                 3%
Total                                            10%
Criterios sustentables (10%):
El puntaje se otorgará de la siguiente manera:
Tabla N°3 Factores Sustentables
Empresas con certificado Bandera Azul
Ecológica emitido por el AYA                   5%
Empresas con certificado Carbono
Neutro emitido por MINAE o institución 5%
evaluadora
El oferente debe aportar los certificados probatorios correspondientes y vigentes.
Años experiencia de la empresa (20%):
En este punto se evaluarán los años de experiencia que tiene el oferente en la distribución de vehículos
nuevos en Costa Rica y de la marca ofrecida según certificación del fabricante, de acuerdo con los
siguientes criterios.
Tabla N°4 Años de Experiencia
Cada oferta se calificará en forma proporcional respecto al oferente con mayor número
de años en la actividad de venta de vehículo nuevos en Costa Rica, a partir del mínimo 20%
de 10 años exigidos en el cartel. La empresa oferente deberá estar constituida
jurídicamente en la actividad de venta de vehículos nuevos en Costa Rica, lo cual
deberá demostrar mediante la presentación de una certificación de la constitución de
la empresa, emitida por un notario con vista en las citas de inscripción de la empresa
en el Registro Nacional. Asimismo, deberá aportar una certificación del fabricante de la
marca ofrecida donde se indique la cantidad de años que tiene el oferente de distribuir
la marca ofrecida en el territorio nacional. Al oferente con mayor número de años de
experiencia se le asignará 10%.
Las otras ofertas serán calificadas según lo siguiente:
(Años de experiencia de la oferta a evaluar/Mayor cantidad de años) X 10%
*Se establece como límite un máximo de 30 años, a partir del mínimo establecido en el
cartel.


Importante
La información incluida en este formulario es de presentación obligatoria, por requerimientos legales de la
Ley y Reglamento de Contratación Administrativa por lo que la omisión de información representa un
impedimento para continuar con el trámite de la solicitud de compra.
Firma de encargado de la unidad solicitante: ____________________________
Visto bueno por parte de Intendencia:     ______________________________
CONSIDERANDO
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-Que la Intendencia ha presentado OFICIO IC-459-2017 correspondiente a la Decisión inicial

para la para la compra de un vehículo para 7 pasajeros

-Que las especificaciones constan en la decisión inicial elaborada para este fin

-Que el monto aproximado para esta compra es de veinticinco millones de colones con 001/100

(¢25.000.000,00) de la partida presupuestaria 5 01 02 Equipo de Transporte del programa de lo

cual se cuenta con el visto bueno de la tesorería

ACUERDO Nº5

Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia a fin de que

inicie el procedimiento de compra de un vehículo           para siete personas por un monto de

veinticinco millones de colones con 00/100 (¢25.000.000,00)”. ACUERDO UNANIME

 e. Cinthya Rodriguez. OFICIO IC-460-2017. ASUNTO. PAGO A TECNO AMBIENTE. Por un

      monto de once millones ochocientos cincuenta y cuatro mil quinientos colones

      DAGOBERTO. Voy a crear una comisión especial para analizar este pago y que vaya a la

      proveeduría a revisar el expediente. Nombra comisión especial para analizar el pago a

      tecno ambiente formada por los Concejales Crisly Morales, Manuel Ovares y Dagoberto

      Villalobos. Se reúnen el día de mañana a las dos pm. En la proveeduría.



 f.   Cinthya Rodriguez Quesada. OFICIO IC-456-2017. ASUNTO. Visita de personeros del

      CIMAT/ MOPT los días 23 y 24 de agosto del 2017 al atracadero de Bahía Ballena. ASISTE

      el Concejal Ronny Campos.


 g. Hoy nos visitó la funcionaria del IMAS y hablamos sobre la situación del muelle ellos

      están dispuestos a colaborar pero es algo paliativo solo por tres familias y para las familias

      que cumplan con los requisitos. También quedamos en que va a venir cada quince días a

      atender aquí, se le facilitara la sala de sesiones para esto

      CONSIDERANDO:

      -Que urge desalojar a las familias que viven en el muelle de Tambor ya que esta es una

      franja publica que no puede ni debe estar habitada

      -Que la Contraloría General de la Republica en cumplimento de nuestra ley

      nos ha indicado nuestra obligación de mantener libre esa franja de terreno.

      -Que este municipio no cuenta con un terreno para reubicar a estas familias que siempre

      han vivido de la pesca

      ACUERDO Nº6
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      Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Solicitarle al Instituto De Mixto de

      Ayuda Social su colaboración a fin de poder adquirir un terreno para la realización de un

      proyecto de vivienda para reubicar a las familias que viven en el sector del muelle de

      Tambor y cualquier otra que se ubique en la zona publica de la zona marítimo terrestre del

      distrito de Cóbano”. ACUERDO UNANIME

 h. Cinthya Rodriguez. Intendenta. Presenta convenio con al ADIC

       CONVENIO COOPERACION ENTRE EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO COBANO DE PUNTARENAS, LA
       ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL DE DESARROLLO DE COBANO DE PUNTARENAS.
Entre nosotros, CINTYA RODRIGUEZ QUESADA, mayor, casada una vez, vecina de Cóbano, contiguo al puente del Rio
Cóbano, portadora de la cédula de identidad número: dos - quinientos treinta y seis - setecientos noventa y nueve,
conocida como CINTHYA RODRIGUEZ QUESADA, en mi calidad de Intendente Municipal del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano de Puntarenas, con cédula jurídica número: TRES-CERO CERO SIETE-CERO
SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE, domicilio en Cóbano del Puntarenas, Frente a la Plaza de
Deportes, con facultades de apoderada generalísima de este Concejo Municipal de Distrito, nombrada a partir
del primero de Mayo del año dos mil dieciséis y hasta el treinta de Abril del año dos mil veinte, según resolución
número: 1825 - E11-2016 de las diez horas con cuarenta y cinco minutos del once de Marzo del dos mil dieciséis del
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, publicada en la Gaceta número: sesenta y nueve del cinco de Mayo del dos
mil dieciséis, a quien se autorizó para la suscripción del presente convenio por parte de este Concejo, según su
sesión ordinaria número: XXX -2017, artículo XXX, inciso XXX, del día XXX de Agosto del año dos mil diecisiete, a las
diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo, y acuerdo a lo establecido en los artículos 2 y 4 inciso “f”, 7 y
13 inciso e) de la Ley No. 7794 denominada “Código Municipal”, en los artículos 168, 160 y 170 de la Constitución
Política, en los artículos 1, 3 y 4 la Ley General de Concejos Municipales de Distrito No. 8173 y su reforma de Ley
No.9208, en adelante denominado para los efectos del presente Convenio como “EL CONCEJO”; y la ASOCIACIÓN DE
DESARROLLO INTEGRAL DE COBANO, representada legalmente por el señor VALETIN EDUARDO DE JESUS JIMENEZ
SANCHEZ, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Cóbano Centro, portadora de la cédula de identidad
número: seis – ciento cuarenta – cuatrocientos nueve, quien ostenta representación judicial y extrajudicial, en su
condición de presidente de dicha Asociación bajo el Tomo: 109, Folio: 245 y Asiento: 45374, con cédula jurídica
número: TRES – CERO CERO DOS - CERO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO, inscrita en el
Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad que al efecto que al efecto lleva la Dirección Legal y
de Registro, bajo el Tomo: 5, Folio: 901 y Asiento: 2113, quien en adelante se denominara para los efectos del
presente Convenio como “LA ASOCIACIÓN” acordamos suscribir el presente convenio el cual tiene como propósito
dotar al edificio propiedad de la Asociación en la que se ubica “ La Casa de la Cultura de Cóbano”, de aires
acondicionados debidamente instalados con la finalidad de impulsar los programas educativos y culturales que se
desarrollan en dicho inmueble, como parte de la responsabilidad social que posee este Concejo Municipal como
Gobierno Local. En virtud de lo anterior, se establecen las siguientes consideraciones y cláusulas:
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que el presente convenio será suscrito por ambas partes, de previo a la emisión de la decisión inicial que
será confeccionada por la Intendencia Municipal de Cóbano, a través de la cual se autorizará a la Proveeduría
Municipal a dar inicio al desarrollo de una contratación directa con el propósito de impulsar el desarrollo del
proyecto presentado por parte de esta Asociación, al Concejo Municipal y denominado a nivel presupuestario como
“Dotación de aires acondicionados al edificio de la Casa de la Cultura Cóbano ” que serán dados en donación
directamente a la citada Asociación, con la finalidad de que los habitantes de la comunidad en general, a través de
las diversas instituciones, organizaciones, asociaciones u otras dependencias existentes en la zona, realicen
reuniones, actividades o programas culturales y educativos, talles temporales y permanentes, capacitaciones,
encuentros, charlas, sesiones de trabajos de diversos grupos de la comunidad y entre otras actividades inherentes al
fin del citado inmueble. Sin embargo, cabe destacar que la supervisión de dicho proyecto se encuentra directamente
de la citada Asociación, representada por su Presidente el señor VALETIN EDUARDO DE JESUS JIMENEZ SANCHEZ.
No obstante, cabe destacar que la Asociación será la responsable de asumir el mantenimiento preventivo o
correctivo del equipo para que se mantengan en óptimas condiciones y evitar su deterioro. Además en
contraprestación adquieren el compromiso con este Concejo Municipal, de facilitarles el uso de estas instalaciones
en caso de actividades masivas propias del ejercicio de la función municipal, que así lo requieran a falta de espacio
para este tipo de evento en las instalaciones del edificio municipal.
SEGUNDO: Que de conformidad con la Ley Sobre el Desarrollo de la Comunidad, es una obligación de las
Asociaciones de Desarrollo coordinar sus actividades que realice con la Municipalidad del Cantón respectivo, a fin de
contribuir con su acción al buen éxito de las labores del organismo municipal y obtener su apoyo.
TERCERA: Que de conformidad con los artículos 169 de la Constitución Política; 1 y 3, del Código Municipal, al
Gobierno Municipal, le corresponde la administración de los servicios e intereses locales, dentro de los cuales figura
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suministrar bienes y servicios de cualquier, como una forma de contribuir al desarrollo de las comunidades y el
progreso económico del país.
CUARTA: Que de conformidad con el artículo 6 del Código Municipal, este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
y los demás órganos y entes de la administración pública, deberán coordinar sus acciones y a tales efectos, conforme
lo autorizan los artículos 4, inciso f), 7, 9, 13, inciso e) y 62 del mismo cuerpo legal, para el cumplimiento de sus
funciones este Conejo Municipal está facultado para concertar con personas o entidades nacionales o extranjeras,
los pactos, contratos o convenios que estime necesarios. En este mismo sentido la Ley General de Concejos
Municipales de Distritos en sus artículos 1, 3 y 4, ampara a los Concejos Municipales de Distritos en la realización de
la toma de dichas acciones dentro de las competencias locales dentro del respectivo Distrito.
QUINTA: Que el artículo 67 del Código Municipal, autoriza al Estado a las Instituciones Públicas y las empresas
públicas constituidas como sociedades anónimas, para donar toda clase de servicios, recursos y bienes, así como
para colaborar con ellas. Así como también en el artículo 19 de la Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad, autoriza
este tipo de aporte.
SEXTA: Que el interés primordial de este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, de equipar a la Casa de la Cultura
de Cóbano, de aires acondicionados es impulsar un mejor aprovechamiento de las instalaciones por parte de la
comunidad a través de diversas instituciones, organizaciones, asociaciones u otras dependencias existentes en la
zona, que lo utilizan para la celebración de reuniones, actividades o programas culturales y educativos, talles
temporales y permanentes, capacitaciones, encuentros, charlas, sesiones de trabajos que van dirigidos a diversos
grupos de la comunidad y entre otras actividades inherente al fin para cual fue creado este edificio en servicio del
Distrito, ello como parte de la responsabilidad social de este Concejo en beneficio del interés público.
SEPTIMA: Que de conformidad con lo estipulado en la personería jurídica, la Dirección de Nacional de Desarrollo de
la Comunidad, del Departamento Legal y Registro, se encuentra debidamente acreditada representación de su
presidente, el señor VALETIN EDUARDO DE JESUS JIMENEZ SANCHEZ de calidades conocidas, quien ostenta
representación judicial y extrajudicial, y en su condición de presidente de dicha asociación bajo el Tomo: 109, Folio:
245 y Asiento: 45374, misma que se encuentra vigente hasta 19 de Julio del 2018.
OCTAVA: Que para tales fines y según se establece el artículo 17 del Código Municipal, el Intendente Municipal en su
condición de representante legal de este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, en conjunto con los demás
órganos y entes de la administración pública, deberán coordinar sus acciones y a tales efectos, conforme lo autorizan
los artículos 4, inciso f), 6, 7 y 13, inciso e) del mismo cuerpo legal, para el cumplimiento de sus funciones. Además
este Conejo Municipal está facultado para concertar con personas o entidades nacionales o extranjeras, los pactos,
contratos o convenios que estime necesarios. En este mismo sentido la Ley General de Concejos Municipales de
Distritos en sus artículos 1, 3 y 4, ampara a los Concejos Municipales de Distritos en la realización de la toma de
dichas acciones dentro de las competencias locales dentro del respectivo Distrito para el beneficio de esta
colectividad.
 POR TANTO ACORDAMOS
Suscribir el siguiente convenio cooperación regido por la normativa vigente y sujeto a las cláusulas que a
continuación se enumeran:
PRIMERA: OBJETIVO. El presente Convenio, tiene como finalidad primordial que este Concejo Municipal de Distrito
de Cóbano, efectué la compra e instalación de los aires acondicionados propiamente para edifico de la Casa de la
Cultura de Cóbano que es propiedad de la Asociación, ello con el propósito que los habitantes de la comunidad que
usen sus instalaciones para impulsar el desarrollo local, sino que además se beneficien de las actividades o
programas que se brinden a nivel cultural y educativo para fortalecer progreso propio del Distrito.
SEGUNDA: OBLIGACIONES DE ESTE CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO: Este Concejo Municipal se
encuentra obligado a efectuar la compra de aires acondicionados, materiales eléctricos y la debida instalación de los
mismos, esto según croquis aportado por parte de la Asociación junto con el proyecto, y el cual consta en el
expediente administrativo correspondiente, mismo que será entregado a satisfacción por parte de este Concejo
Municipal de la Intendencia Municipal en la persona de la señora CINTHYA RODRÍGUEZ QUESADA al señor VALETIN
EDUARDO DE JESUS JIMENEZ SANCHEZ, propiamente en las instalaciones de la citada institución y a su vez asume la
responsabilidad de utilizar un mecanismo control a lo interno para documentar sus actuaciones. Dicha obligaciones
se basen en la siguiente lista que se describirán a continuación:
Materiales y bienes:

       8 unidades de aire acondicionado 60.000 BTU eficiencia Ser 13.
       2 unidades de aire acondicionado 24.000 BTU eficiencia Ser 16.
       80 metros cable TCJ 3x10.
       5 tubos ¾ tipo a.
       20 metros cable número 6.
       2 cajas de breaker 12 espacios.
       250 metros cable número 4.
       1 tape 3m.
       70 tubos de 2” tipo A.
       10 curvas de 2” TIPO A.
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       150 Gaza 2” ent.
       8 breacker 2x60.
       2 breacker 2x20.
       3 barillas coopewell 2.40 mts.
       Instalación de 10 aires acondicionados

TERCERA: OBLIGACIONES DE ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE COBANO: Se compromete según oficio Nº
ADIC016 -2017 de fecha 08 de Mayo del 2017, a asumir el costo por mantenimiento preventivo de los equipos,
mismo que se realizaran cada 6 meses, así como también el mantenimiento correctivo en caso de ser necesario, o
cualquier material que pudiese ser necesario más allá de lo presupuestado para este proyecto por parte del Concejo.
Adicionalmente, en contraprestación adquiere el compromiso ante el Concejo Municipal de facilitarles el uso de
estas instalaciones en caso de actividades masivas propias del ejercicio de la función municipal, que así lo requieran
a falta de espacio para este tipo de evento en las instalaciones del edificio municipal.
 QUINTA: De la Estimación: Por su naturaleza, el presente Convenio Marco, se estima en la suma de diecinueve
millones quinientos mil colones exactos. (¢19.500.000,00) correspondiente al valor de los bienes otorgados a la
Asociación, ya que con respecto a lo demás es inestimable ya que es imposible de cuantificar en estos momentos.
SEXTA: PLAZO. Entrega inmediata de los materiales y bienes, una vez que el adjudicatario en la presente
contratación haga entrega formal de los bienes dentro del plazo establecido en el pliego carcelario, por parte de la
señora por parte de la Intendencia Municipal en la persona de la señora CINTHYA RODRÍGUEZ QUESADA en
representación de este Concejo Municipal, al señor VALETIN EDUARDO DE JESUS JIMENEZ SANCHEZ, en
representación de la Asociación, quien es la persona autorizada para la recepción de los mismo en el sitio.
SETIMA: DE LA MODIFICACIÓN. Cualquier modificación, adición o aclaración al presente Convenio, deberá constar
por escrito en un adendum el cual deberá ser suscrito por ambas partes, la cual formará parte integral del mismo.
OCTAVA: INCUMPLIMIENTO. En caso de incumplimiento tanto EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO, y
la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE COBANO, EN LA PERSONA DE VALETIN EDUARDO DE JESUS JIMENEZ
SANCHEZ, deberá asumir su responsabilidad y velarán por el cumplimiento de cada una de las cláusulas de este
convenio con los compromisos y actos que este acuerdo demande, y según la normativa que rige la materia.
NOVENA: DE LAS NOTIFICACIONES: Para efectos de recibir notificaciones, las partes señalan: ASOCIACIÓN DE
DESARROLLO INTEGRAL DE COBANO, personalmente en la persona de su presidente, en la siguiente dirección:
Cóbano, contiguo a las encomiendas de Transportes Cóbano y “El CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO”
en sus instalaciones ubicada frente a la Plaza de Deportes de Cóbano. Cualquier notificación, solicitud, informe u otra
comunicación presentada por cualquiera de las Partes bajo este instrumento, deberá realizarse de forma escrita en el
lugar indicado. Estando conformes y en fe de lo anterior, las partes firman el presente Convenio Marco, en dos
ejemplares originales, de igual tenor, validez y eficacia, Cóbano, a los quince horas treinta minutos del dieciocho de
Agostos del dos mil diecisiete.

CONSIDERANDO:

-Que la Intendencia ha presentado convenio denominado de COOPERACION ENTRE EL

CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO COBANO DE PUNTARENAS, LA ASOCIACION DE

DESARROLLO INTEGRAL DE COBANO DE PUNTARENAS.

ACUERDO Nº7

Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Aprobar el Convenio denominado

Convenio de Cooperación entre el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano de Puntarenas y la

Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano de Puntarenas

2. Autorizar a la Intendente a firmar este Convenio “. ACUERDO UNANIME


ARTICULO V. MOCIONES DE LOS CONCEJALES E INTENDENCIA
SE DISPENSA


ARTICULO VI. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
SE DISPENSA

ARTICULO VII. INFORME DE LOS CONCEJALES
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SE DISPENSA

ARTICULO VIII. INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA

ARTICULO IX. INFORME DE LA ADMINISTRACION
ORGANO DIRECTOR

    a. Licda Aralyn Villegas Ruiz, Lcda. Francil Herrera Araya y Bach. Roxana Lobo

        Granados. Órgano Director Procedimiento Ordinario. OFICIO ODCPAO-01-2017.

        ASUNTO. Entrega del informe final d del Órgano Director Colegiado del procedimiento

        administrativo ordinario instaurado        a la sociedad denominada Desarrollos Turísticos

        Javilla S.A.

CONSIDERANDO:

-Que éste Órgano Decisor ha recibido el informe del Órgano Director del Procedimiento

Administrativo de Desarrollos Turísticos Javilla S.A.

ACUERDO Nº9

Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.                          Informarle a la Sociedad

Desarrollos Turísticos Javilla S.A. que se recibió el informe emitido por el Órgano Director del

Procedimiento y con base en éste          y en el análisis del expediente y debido a que se requiere

consulta al Instituto Costarricense de Turismo por ser éste el órgano del Estado que ejerce la

superior y general vigilancia de todo lo referente a la Zona Marítimo Terrestre (artículo 2 Ley

6043 Zona Marítimo Terrestre) y con amparo en el artículo 263 de la Ley General de

Administración Publica,         amplía plazo para rendir resolución final para la sociedad

investigada. Oficio de traslado Nº CMDCS-355-2017.

2. Indicarles que debido a este traslado se requiere más tiempo para el dictado de la conclusión

del procedimiento y éste se está ampliando hasta el 26 de setiembre del 2017, esto según el

Artículo 263 de la Ley de Administración Publica, que cita textualmente:

“Articulo 263. En el caso de suspensión de plazo por fuerza mayor, o si por cualquiera otra razón el órgano

no ha podido realizar los actos o actuaciones previstos, dentro de los plazos señalados por los artículos 261

y 262, deberá comunicarlo a las partes y al superior dando las razones para ello y fijando simultáneamente

un nuevo plazo al efecto, que nunca podrá exceder de los ahí indicados.”. ACUERDO UNANIME Se

somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas

sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.

a.b.

CONSIDERANDO:

-Que éste Órgano Decisor ha recibido el informe del Órgano Director del Procedimiento
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16/08/2017




Administrativo de Desarrollos Turísticos Javilla S.A.

ACUERDO Nº10

Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Trasladar copia del expediente del

Procedimiento Administrativo Ordinario de Investigación de Responsabilidades Administrativas

de Desarrollos Turísticos Javilla S.A., Expediente Nº PAO-01-2017 y el Informe del Órgano

Director del Procedimiento, a la Gerencia del Instituto Costarricense de Turismo, a fin de que

nos emitan su respectivo Criterio”. ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación

del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando

el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.


Dpto. de INGENIERIA

    b. Ing. Edgar Calvo Mora. OFICIO ING-137-2017 Asunto: Uso de suelo para desarrollo
         urbanístico
Estimados Señores:
         Por este medio, les informo sobre la solicitud de Uso de Suelo para fines Urbanísticos Residencial y
Comercial en la propiedad con plano catastral Nº P-892093-2003, con Folio Real Nº 6-16212--000, ubicada
en las Delicias de Cóbano.
La propiedad cuentan con un área de 368.996,27 m2, 1040.48 metros de longitud frente a Calle Pública,
derecho de vía de 14 metros, esto según inspección realizada y plano catastrado.
         El terreno presenta una topografía irregular con pendiente en dirección a dos cuerpos receptores
de escorrentía natural, el Río En medio y un Cauce Intermitente (afluente al Río Montezuma). En relación
con el desfogue de las aguas pluviales del proyecto, el estudio de hidrología básica comprueba que el
cauce tiene la capacidad para soportar el posible desarrollo que se llegue a dar en el proyecto. Al no tener
diseño del mismo que determine el caudal aportado, este queda condicionado al diseño de
infraestructura, ya sea mediante las depresiones y canales naturales existentes o tuberías y pozos que el
desarrollador diseñe para poder así desfogar las aguas pluviales, todo esto de acuerdo a los
requerimientos técnicos y legales de cada caso, siempre y cuando se ajusten a las leyes vigentes,
reglamentación de las autoridades especialistas de la materia y autorización por parte del Concejo
Municipal para tal fin.
Sobre el tema de la recolección de la basura, al no tener datos sobre la población futura del proyecto, el
tema queda en función de ello.
         Sobre el tema de la disponibilidad de agua, no se cuenta con una carta de disponibilidad de agua
actualmente por lo que se deberá presentar a la hora de ser desarrollado el proyecto, donde ellos
deberán construir el sistema de alimentación de agua potable.
Al no contar con un plan regulador en la zona, dicho proyecto es FACTIBLE, siempre y cuando se ajusten a
Reglamentación y Legislación vigente.
         Con respecto al alineamiento, me permito indicar que los retiros deben de respetar 7 metros
medidos desde la línea de centro de la calle hasta la línea de propiedad, esto para mantener un derecho
de vía de 14 metros; para la línea de construcción, debe de respetar un retiro mínimo de 2 metros
(antejardín) medidos desde la línea de propiedad y en caso de edificios, se deben respetar los retiros en
función de la altura y su ubicación en la propiedad de acuerdo a lo establecido por el articulo V.2.1 del
reglamento de construcciones.
         Es importante aclarar que para el desarrollo del proyecto, se deben realizar todos los trámites que
dicta la “Guía de Requisitos para la Presentación de Planos y Documentos ante la Ventanilla única de la
Dirección de Urbanismo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo”.
Adjunto:
Plano Catastrado.
Estudio Registral de la Propiedad
ACTA 68/17
16/08/2017




Desfogue de aguas pluviales

Solicitud de Uso de Suelos
Esperando haberles informado de la mejor forma y sin otro particular se suscribe, atentamente:
CONSIDERANDO:

    Que se ha conocido oficio ING-137-2017 del Ing. Edgar Calvo Mora informando sobre la

       solicitud de Uso de Suelo para fines Urbanísticos Residencial y Comercial en la propiedad

       con plano catastral Nº P-892093-2003, con Folio Real Nº 6-16212--000, ubicada en las

       Delicias de Cóbano, propiedad que cuentan con un área de 368.996,27 m2, 1040.48

       metros de longitud frente a Calle Pública, derecho de vía de 14 metros, esto según

       inspección realizada y plano catastrado perteneciente a HAnamanu-KTV Limitada.

    Que el terreno presenta una topografía irregular con pendiente en dirección a dos

       cuerpos receptores de escorrentía natural, el Río En medio y un Cauce Intermitente

       (afluente al Río Montezuma).

    Que en relación con el desfogue de las aguas pluviales del proyecto, el estudio de

       hidrología básica presentado comprueba que el cauce tiene la capacidad para soportar el

       posible desarrollo que se llegue a dar en el proyecto.

    Que al no tener diseño del proyecto que determine el caudal aportado, este queda

       condicionado al diseño de infraestructura, ya sea mediante las depresiones y canales

       naturales existentes o tuberías y pozos que el desarrollador diseñe para poder así

       desfogar las aguas pluviales, todo esto de acuerdo a los requerimientos técnicos y

       legales de cada caso, siempre y cuando se ajusten a las leyes vigentes, reglamentación

       de las autoridades especialistas de la materia y autorización por parte del Concejo

       Municipal para tal fin.

    Que el tema de la recolección de la basura, queda en función de la población futura.

    Que no cuentan con una carta de disponibilidad de agua actualmente, por lo que se

       deberá presentar a la hora de ser desarrollado el proyecto, donde ellos deberán construir

       el sistema de alimentación de agua potable.

    Que al no contarse con un plan regulador en la zona, dicho proyecto es FACTIBLE,

       siempre y cuando se ajusten a Reglamentación y Legislación vigente.

    Que con respecto a los retiros deben de respetar 7 metros medidos desde la línea de

       centro de la calle hasta la línea de propiedad, esto para mantener un derecho de vía de

       14 metros; para la línea de construcción, debe de respetar un retiro mínimo de 2 metros

       (antejardín) medidos desde la línea de propiedad y en caso de edificios, se deben

       respetar los retiros en función de la altura y su ubicación en la propiedad de acuerdo a lo
ACTA 68/17
16/08/2017




        establecido por el articulo V.2.1 del reglamento de construcciones.

     Que para el desarrollo del proyecto, se deben realizar todos los trámites que dicta la

        “Guía de Requisitos para la Presentación de Planos y Documentos ante la Ventanilla

        única de la Dirección de Urbanismo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo”.

ACUERDO Nº8

Con tos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “ 1. Aprobar el uso de suelo para fines

urbanísticos, Residencial y Comercial y desfogue de aguas solicitado por la Sociedad

Hanamanu-KTV Limitada cedula jurídica 3-102-710578 para la propiedad con plano catastral Nº

P-892093-2003, con Folio Real Nº 6-16212--000, ubicada en las Delicias de Cóbano

2. Informarles que deben acatar todas las indicaciones que se dictan en los considerandos de

esta acuerdo” ACUERDO UNANIME


DPTO DE ASESORIA LEGAL

    c. Lic. Francil Herrera Araya. OFICIO. CMDCAL-019-2017. ASUNTO. Análisis el borrador
       de un testimonio de escritura

Por este medio me permito saludarlos y a la hacer de conocimientos de ustedes que en fecha 03 de
Agosto del año en curso, el señor Alcides Fernández Elizondo me presentó para su respectivo análisis el
borrador de un testimonio de escritura, el cual tiene como propósito que ustedes autoricen a la señora
Cinthya Rodríguez Quesada a firmar la donación a favor de este Concejo Municipal, de un área de terreno
de 341m2 provenientes de la finca del partido de Puntarenas matrícula folio real número: 145109 - 000
(propiedad privada) inscrita a la fecha a nombre de la sociedad denominada STARE SOCIEDAD ANONIMA,
toda vez que según consta en el acuerdo tomado en la sesión ordinaria número: 10 -14, artículo V, inciso
a, del 7 de Mayo del 2014, el ICT hace una indicación de que ese terreno propiedad de la sociedad
denominada ARABIAN NAGTHS S.A,(terreno concesionable) no tiene acceso por calle pública al
sobreponerse al plan regulador vigente en la zona, por lo que en esa oportunidad se le indico a este
Órgano Colegiado, que lo que procedía de inmediato era la modificación de la lámina del plan regulador
para la zona, situación que corresponde al único requisito faltante para el otorgamiento de la citada
sociedad, ya que de lo contrario no sería posible su aprobación.
En esa ocasión en razón de un criterio técnico otorgado por el señor Edgardo Rodríguez Rodríguez, a
través del cual indica que el plano con que se realizó el contrato establece una calle de 8.50m que
coincide con la de la donación y que si se dona por parte de STARE SOCIEDAD ANONIMA un terreno de
8.50m por 4.50m de fondo se podría dar por finalizado el trámite de concesión que se mantiene
pendiente aún en este caso.
En virtud de lo anterior, el Concejo en la sesión ordinaria número: 23 – 14, artículo VI, inciso b, del 17 de
Junio del 2014, aprueba que se declare como calle pública que se describe en el plano P – 1694809 -2013
y autorizar la donación de la misma con el objetivo de que le brinde acceso al terreno solicitado en
concesión por la sociedad ARABIAN NAGTHS S.A.
Una vez analizado la estructura del borrador del testimonio de la escritura presentada a mi departamento
para su respetiva revisión considero necesarios realizar algunas hacerles algunas observaciones de forma
necesarias de previo a la emisión original y la rectificación de un error material, las cuales estaré indicando
al señor Fernández Elizondo o su abogado, con quienes me estaré comunicando el día de mañana.
Sin embargo, hago de conocimiento de ustedes que a la fecha no conozco como tal el trámite que se está
gestionando ante el departamento de zona marítima terrestre, ya que mi función aquí es darle aval o no,
a dicho documento, ya que según me informo el señor Fernández Elizondo, este había planteado una
solicitud formal ante usted referente a este.
Sin más por el momento de despide de ustedes atentamente:
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16/08/2017




CONSIDERANDO:

-Que desconocemos el proceso de esta calle que se indica en el oficio CMDCAL-019-2017

ACUERDO Nº11

Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Dar pase de este documento a la

encargada del dpto. de ZMT para que nos brinde un criterio ya que se desconoce el tema”.

ACUERDO UNANIME



 XI.    LECTURA DE CORRESPONDENCIA

   a. Mba. Karen Porras Arguedas. Directora Ejecutiva de la Unión Nacional de

       Gobiernos Locales. -Que OFICIO DE-095-05-2017 de fecha 10 de mayo del 2017.

       ASUNTO. Invitación a la celebración del día del Régimen Municipal en la provincia de

       Limón donde al mismo tiempo celebraremos el día del Afro descendiente el 31 de agosto

       y el 01 de setiembre del año en curso. Agregan que invitan con antelación para que

       reserven espacio en la agenda.

       CONSIDERANDO:

       -Que se ha conocido oficio DE-095-05-2017         de la Mba. Karen Porras Arguedas.

       Directora Ejecutiva de la Unión Nacional de Gobiernos Locales         dirigida al Concejo

       invitando a la celebración del día del Régimen Municipal y día del Afro descendiente en

       Limón los días 31 de agosto y 01 de setiembre del año en curso

       -Que para este Concejo será un place poder participar de estas imperante actividades

       ACUERDO Nº12

       Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Aceptar la invitación e

       informar a la Unión Nacional de Gobiernos Locales y a la Intendencia que este Concejo

       estará presente en estas actividades, y por ser parte de este Concejo incluirán a la

       secretaria a fin de que los acompañe a tan importante actividad, invitación que ya en otra

       sesión le había externado la señora Intendenta.

       2. Indicar a los Concejales que desean asistir que deben gestionar los viáticos con la

       tesorería municipal

       3. Instruir a la secretaria para que reserve hospedaje para todos los que deseen asistir”.

       ACUERDO UNANIME



   b. MSc. Hellen Ramos Paguagua. Directora. Centro Educativo Rio Negro. OFICIO ESC

       RN/34. ASUNTO. Respuesta oficio IC-435.2017 (Intendencia)
ACTA 68/17
16/08/2017




        Indican que la junta actual y la dirección no tienen conocimiento del proyecto expuesto en

        la oficio Nº IC-435-2017 y en el cual indican que los materiales se encuentran en la

        Municipalidad. Solicitan al Concejo les brinden los materiales necesarios para realizar

        ajustes al aula de Problemas de Aprendizaje. Adjuntan lista de los materiales que

        requieren.

        CONSIDERANDO:

        -Que la directora del centro educativo Río Negro presentó nota al Concejo de respuesta

        a oficio de la Intendencia, donde solicita que de los materiales que hay en este Concejo

        de un proyecto para esa escuela se le den los materiales para necesarios para realizar

        ajustes al aula de Problemas de Aprendizaje

        ACUERDO Nº13

        Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Dar pase de esta solicitud a la

        Intendencia para que realicen la respectiva inspección a fin de analizar si se pueden dar

        los materiales a este centro educativo para el proyecto que indican en este oficio”.

        ACUERDO UNANIME



   c. Sala Constitucional. Expediente Nº17-0114836-0007-CO. Recurrente. Gilberto Jose

        Quesada. Recurrido Concejo Municipal de Cóbano y otros. ASUNTO. Red de cuido. SE

        DA PASE A LA ASESORA LEGAL PARA CRITERIO EN EL TIEMPO DE LEY



   d. Sonia Maria Montero Díaz. Presidenta Ejecutiva. INVU. Oficio PE-0506-2017.Diregido al

        Gerente general. Asunto. Solitud e atención al oficio CMDCS-309-2017. SE CONOCE


   e. Octavio Jiménez. Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo

        Local de la UNED. Invitación al Sindico a reunión en Puntarenas el día 18 de agosto a

        las 2.30 pm. SE CONOCE



   f.   Lcda. Maricel Rojas León. Auditora Interna. OFICIO AIM-72-2017. ASUNTO. Cambio

        de denominación en estudio del Plan de Trabajo de la Auditoria Interna para el periodo

        2017. Se denominó Auditoria de carácter especial acerca de la gestión presupuestaria

        desarrollada por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano en el periodo 2016 se

        modificó a Auditoria de carácter especial acerca de la gestión institucional desarrollada

        por el concejo municipal de distrito de Cóbano en el periodo 2016. SE CONOCE
ACTA 68/17
16/08/2017




    g. Roberto Varela. Vice Intendente. OFICIO VI-120-2017. ASUNTO. Solicitud de que se le

        indique por escrito      si este concejo o el anterior acordaron autorizar al señor Gilberto

        Quesada Vásquez          cedula 6 293 398 a utilizar las instalaciones del Concejo Municipal

        de Distrito de Cóbano

CONSIDERANDO:

-Que el señor Roberto Varela Ledezma, Vice Intendente, solicita mediante oficio VI 0120-2017

que se le indique por escrito si este concejo o el anterior acordaron autorizar al señor Gilberto

Quesada      Vásquez       cedula 6 293 398 a utilizar las instalaciones propiedad del Concejo

Municipal de Distrito de Cóbano

ACUERDO Nº14

Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Informarle al señor Roberto Varela

Ledezma, Vice Intendente Municipal del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano que este

Concejo en el periodo constitucional que inició el 1 de mayo del 2016, no ha tomado acuerdo

autorizando al señor Gilberto quedada Vásquez              cedula 6 293 398 a utilizar las instalaciones

propiedad del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano”. ACUERDO UNANIME



    h. Roberto Varela. Vice Intendente. OFICIO VI-123-2017. ASUNTO. Solicitud de sesión

        pública para presentar al Plan de Manejo Integral de Residuos Sólidos de Cóbano a la

        comunidad. Propone el 21 de setiembre a las 2 pm segunda convocatoria a la 2.30 pm

        CONSIDERANDO:

        -Que la Comisión de Manejo Integral de Residuos Sólidos debe presentar a la comunidad

        para consulta pública el Plan de Manejo Integral de Residuos Sólidos de Cóbano

        ACUERDO Nº15

        Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Convocar a sesión

        extraordinaria el día 21 de setiembre a las 2.30 pm en la casa de la cultura a fin de dar a

        conocer el Plan de Manejo Integral de Residuos Sólidos de Cóbano elaborado por la

        Comisión de Manejo Integral de Residuos Sólidos del Concejo Municipal de Cóbano”.

        ACUERDO UNANIME
************************************************* U.L.*******************************************************
Finaliza la sesión al ser las diecinueve horas con cincuenta minutos



        Sra. Roxana Lobo Granados                                Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga
        SECRETARIA                                               PRESIDENTE