Ordinaria 62 · 2017-07-04
ACTA62-17.pdf · 17 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 62 del 2017-07-04 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original.
- Acuerdo 1 (pág. 2) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº1 Con los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia el pago de la factura Nº 012968 por un monto de siete millones dos…
- Acuerdo 2 (pág. 9) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº2 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aprobar la Resolución R-IC-056-2017 presentado por la Intendenta Municipal a fin de rea…
- Acuerdo 3 (pág. 11) · unanime ACUERDO Nº3 Con tres votos a favor SE ACUERDA: “Aprobar la moción presentada por la Intendenta y avalada por la Concejal suplente Dunia Campos Salas.”…
- Acuerdo 4 (pág. 12) · unanime · aprobado ACUERDO Nº4 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger la moción presentada por la Intendenta y avalada por los Concejales Dunia Campos…
- Acuerdo 5 (pág. 12) · unanime ACUERDO Nº5 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger la moción presentada por la Intendenta y avalada por los Concejales Fernando Que…
- Acuerdo 6 (pág. 13) · unanime ACUERDO Nº6 Con todos los votos presente a favor SE ACUERDA: “Invitar a los Señores del Departamento de Fondo de Pre inversión del MIDEPLAN, Lic. Dieg…
- Acuerdo 7 (pág. 13) · unanime ACUERDO Nº7 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Aceptar en forma y tiempo el recurso de Apelación en Subsidio presentado por contra …
- Acuerdo 8 (pág. 15) · unanime ACUERDO Nº8 Con todos los votos presentes SE ACUERDA: “Aprobar la integración de los señores Juan Carlos Cruz Sandoval Cedula 1 869 904, vecino de Tam…
- Acuerdo 9 (pág. 16) · unanime ACUERDO Nº9 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Indicarle al comité distrital de deportes que este concejo ve muy recargado el escudo y…
ACTA 62/17
04/07/2017
ACTA ORDINARIA Nº 62-2017
PERIODO CONSTITUCIONAL
2016 - 2020
ACTA NÚMERO SESENTA Y DOS – DOS MIL DIECISIETE DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA CUATRO DE
JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIECISIETE HORAS EN LA SALA DE SESIONES
DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Dunia Campos Salas
PRESIDENTA SUPLENTE
CONCEJALES PROPIETARIOS
Fernando Quesada López
Virginia Vargas Acosta
Eladio Picado Ramírez
CONCEJALES SUPLENTES
Ronny Campos Muñoz
Manuel Alfredo Ovares Elizondo.
INTENDENTA
Cinthya Rodriguez Quesada
VICE INTENDENTE
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Marcenette Castrillo Mena.
Dagoberto Villalobos Mayorga
CONCEJALES SUPLENTES
Crisly Morales Méndez
Mario Delgado Rodriguez
ASISTENTES POR INVITACION
VISITANTES
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
I. ORACION
II. RATIFICACION DE ACTAS
III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACION
IV. INFORME DE LA INTENDENCIA
V. MOCIONES DE LOS CONCEJALES E INTENDENCIA
VI. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
VII. INFORME DE LOS CONCEJALES
VIII. INFORME DE LAS COMISIONES
IX. INFORME DE LA ADMINISTRACION
X. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
ACTA 62/17
04/07/2017
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DE ACTAS
a. Ratificación acta extraordinaria 36-2017
Se somete a ratificación el acta Extraordinaria 36-2017 la cual se ratifica en todas sus
partes
b. Ratificación acta extraordinaria 37-2017
PRESIDENTE. El acuerdo Nº1 de esta acta en su numeral 2 queda abierto debido a que en el
momento se desconocía el monto, pero en este momento tenemos la factura con el monto total
y podemos cerrar ese acuerdo.
CONSIDERANDO.
-Que el acuerdo Nº1 del acta Extraordinaria 37-2017 del día 29 de Junio del 2017, textualmente
dice:
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Autorizar a la Intendencia para que realice pago a la
Empresa denominada Tecno Ambiente por un monto de seis millones quinientos noventa mil colones con 00/100
(¢6.590.000,00) correspondientes al servicio brindado entre el día 7 de junio y el día 28 de junio del 2017.
2. Autorizar a la Intendencia se incluya en ese mismo pago lo correspondiente hasta el día 30 de junio del 2017, pero
para este pago debe presentar solicitud de autorización de pago con su respectiva factura.”. ACUERDO UNANIME
-Que en esta sesión se ha presentado la factura por el monto total a cancelar
ACUERDO Nº1
Con los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia el pago de la
factura Nº 012968 por un monto de siete millones doscientos diecinueve mil cien colones con
00/10 (¢7.219.100,00) a la empresa Tecnoambiente por concepto de disposición, tratamiento,
recolección y transporte de desechos sólidos, facturación comprendida entre los días 7 de junio
al 30 de junio del 2017”. ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del
artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el
anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACIONES
a. Se recibe al joven Mattews Vanderhoogth Luna.
PRESIDENTE. Le saluda y concede la palabra
MATHEWS. Solicita uso de zona publica de Santa Teresa entre los mojones 96 al 496 para
realizar un torne de surf en su beneficio ya que debe viajar a Hawai a representar al país en un
circuito internacional de surf adaptado. Este evento ser los días 29 y 30 de julio
SE RETIRA
Se da pase de esta solicitud al Depto. de zona marítimo terrestre para que nos emitan criterio
para el próximo martes a fin de colaborar con el joven Mattews en su proyección internacional
representando al país y al distrito.
b. Se recibe al señor Luis Alberto Carvajal
PRESIDENTA. Le da la bienvenida y concede la palabra
SR. LUIS. Agradece el espacio e indica que lo trae al Concejo el asunto de los talleres a muchos
se les da patente sin que se les revise lo que hacen, otros piden patentes para reparar llantas y
terminan poniendo un taller mecánico. Agrega que a él le pidieron SETENA y eso le costó casi
los cuatro millones de colones entonces a todos deben pedírselo. Menciona el taller Halcón.
ACTA 62/17
04/07/2017
Taller de Toto tiene patente para electromecánico y termino mecánico y en servidumbre, vengo a
reclamar mis derechos lo que a mí me costó le debe costar a todos los demás, no solo a mí.
CINTHYA. Ya hablo con patentes
SR. LUIS. Si muchas veces
DUNIA, ha hecho la denuncia por escrito
SR. LUIS. No me gusta porque a mí me molestan mucho, lo que pido es que revisen patentes y
vayan a los talleres y el que no la tenga que saque la patente a como lo hice yo, todos tenemos
derecho a trabajar pero todos en igualdad de condiciones
FERNANDO. Para mí es muy loable la actitud del señor se debe empezar a controlar esto
DUNIA. No se disculpe por defender sus derechos usted ha venido a presentar su queja y a
nosotros lo que nos corresponde es pasarlo a la Intendenta para que ella investigue y le notifique
a usted lo indagado
SE RETIRA
PRESIDENTA. Se le pide a la señora Intendenta atienda e investigue esta denuncia verbal
presentada el día de hoy por el Sr. Luis Carvajal propietario del Taller Jipi y le notifique por
escrito lo indagado al Sr. Carvajal
ARTICULO IV. INFORME DE LA ADMINISTRACION
a. Cinthya Rodriguez Quesada. Intendenta. OFICIO N0 IC-370-2017
Estimados señores:
Por medio de la presente les saludo y me permito referir a las acciones a implementar por parte de esta
Intendencia Municipal con el fin de dar cumplimiento al informe DFOE-DI-1627, emitido por la División de
Fiscalización Operativa y Evolutiva del Área de Denuncias e Investigaciones de la Contraloría General de
La Republica, en el cual se expone el resultado de la investigación llevada a cabo en la zona costera bajo la
administración de este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, donde a manera de muestra e insumo se
presentan una serie de casos en los cuales se evidencian las anomalías detectadas, con el fin de que este
Concejo Municipal atienda integralmente la problemática existente. En conocimiento de lo indicado
anteriormente esta Intendencia Municipal propone a ese Concejo Municipal tomar las acciones necesarias
y tendientes a resolver de manera definitiva las anomalías detectadas, para lo cual se deben de realizar
una serie de procesos los cuales se describirán a continuación.
1) Elaboración de levantamiento de los ocupantes de la ZMT.
Con el fin de conocer por quienes se encuentra ocupada la Zona Marítimo Terrestre del Distrito de
Cóbano, se está trabajando, por parte del departamento de Zona Marítimo Terrestre, en el levantamiento
total de los ocupantes de la zona marítima terrestre, tanto de la zona pública como de la zona restringida
e indiferentemente de la condición de la ocupación, ya sea esta legitima o ilegitima. Esto por cuanto como
es de conocimiento la ocupación realizada de los terrones a lo largo de la franja costera mediante un
desarrollo constructivo y comercial, para los cuales que en ciertos casos media otorgamiento de licencias
municipales, si bien que cuenten con el requisito indispensable según establece la normativa como es el
caso de contar con una concesión aprobada e inscrita, o que contando con esta no realicen el trámite para
la aprobación de un permiso constructivo o en dado caso no se ajusten las mismas al uso del terreno que
les fue dado en concesión.
En conocimiento de lo indicado anteriormente es necesario contar con el levantamiento completo de los
ocupantes de la zona marítimo terrestre con el fin de analizar conforme a los registros documentales y
digitales con que cuenta esta corporación municipal y el respectivo análisis jurídico, la procedencia de
ACTA 62/17
04/07/2017
instaurar o no procedimiento administrativo por parte de este Concejo Municipal, o realizar el traslado al
Concejo Municipal de Puntarenas.
2) Análisis de la información recabada (discriminar a cuales de los ocupantes se debe realizar un
procedimiento administrativo al contar con licencias municipales).
Posterior a contar con el levantamiento completo de los ocupantes de la zona marítima terrestre, se debe
proceder al análisis de dicha información, esto confrontando el listado con los registros con que se cuente
(documentales y digitales), por lo que haré traslado del mismo al departamento de construcciones y de
patentes con el fin de que se proceda a la revisión requerida; resultado de la misma me será suministrada
mediante un informe en el cual se indicará si la persona cuenta o no con una licencia municipal y se
adjunte una copia de la información que lo respalde, siendo que se conoce de casos en los cuales
únicamente existe un acuerdo que se refleja en actas del Concejo pero no existe el permiso constructivo
o los requisitos exigidos por Ley para el otorgamiento del mismo. Casos similares se presentan con el
otorgamiento de las patentes municipales, evidenciándose falta de documentación a falta de
cumplimiento de requisitos.
3) Entrega de informe a la Intendencia Municipal.
De la información que se desprenda de la revisión realizada por cada departamento, se deberá
suministrar a mi persona, esto mediante un informe en el cual se detallará si esta cuenta o no con una
licencia municipal y se adjunte una copia de la información que la respalde, tal como son: permisos
constructivos, actas de Concejo, recibos de pago, constancias emitidas por el encargado de cada
departamento, en cual se haga constar si cuentan o no con una licencia municipal. Así cualquier otro tipo
de documento en el cual se evidencia la generación de una licencia municipal.
Lo señalado anteriormente es con el fin de dar traslado a las asesoras legales para que elaboren un
informe legal en cada caso específico y en el cual se recomendará lo que procedería.
4) Designación de elaboración del Informe Jurídico.
A partir de la entrega del informe por parte de los encargados del departamento de construcciones y
patentes, se hará una distribución de los casos entre las dos asesoras legales con que cuenta esta
administración municipal, trasladándolos a estas con el propósito de que sean elaborados los informes
jurídicos mediante los cuales se determinará qué proceso seguir en cada caso (ordinario, sumario o de
lesividad).
5) Elaboración del Informe Jurídico.
A partir del traslado por parte de esta intendencia municipal de los casos que se asignaran a cada asesora
legal, estas contarán con el tiempo de un mes hábil para la elaboración de cada uno de los informes
jurídicos y en el caso de que no sea posible dar cumplimiento, estas deberán de justificarlo e indicar la
fecha de entrega del mismo la cual quedará sujeta a la aprobación de la intendencia municipal. En
conocimiento de que el informe jurídico se elaborará de forma individualizada, la justificación que se
presente a la intendencia municipal por el no cumplimiento del tiempo concedido, la elaboración de la
misma deberá ser del mismo modo, siendo que por experiencias anteriores es de conocimiento.
Esta justificación se motiva en conocimiento de que no todos los casos son iguales y que hay unos casos
que por su complejidad podrían requerir mayor tiempo para su análisis. Cabe indicar que cada cuatro
meses las asesoras legales deberán de rendir un informe en el cual se detalle cuáles han sido los casos
trasladados al Concejo Municipal, con el fin de dar seguimiento y no desatender el cumplimiento del
informe DFOE-DI-1627.
6) Entrega de la investigación preliminar para conocimiento del Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano.
Conforme se concluya cada informe jurídico, las asesoras legales deberán de hacer entrega del mismo al
Concejo Municipal del Distrito de Cóbano con el fin de que este proceda como corresponde (instaurar un
procedimiento administrativo o proceder con el traslado al órgano competente).
ACTA 62/17
04/07/2017
7) Traslado de la investigación preliminar al Concejo Municipal de Puntarenas (cuando
corresponda).
Por disposición normativa el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano no tiene competencia dispuesta en
el numeral 173 de la Ley General de la Administración Pública para declarar la nulidad absoluta, evidente
y manifiesta de actos declarativos de derecho. En conocimiento de lo anterior se debe dar traslado al
órgano competente con el fin de que estos concluyan el proceso. Por tal motivo una vez conocido en
sesión de Concejo Municipal de Distrito de Cóbano el informe jurídico emitido por la asesoría jurídica,
estos deben de proceder a dar traslado del mismo en los casos que correspondan al órgano competente;
de lo contrario instaurar el procedimiento administrativo que corresponda.
8) Nombramiento del Órgano Director del procedimiento, por parte del Concejo Municipal de
Distrito de Cóbano. (cuando corresponda).
En aquellos casos en los que sea el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano el competente para resolver,
este deberá de analizar el informe jurídico en un tiempo razonable y conforme a los términos que
establece la normativa, con el fin de que se instaure el procedimiento al nombrar al órgano director del
procedimiento administrativo. En cuanto a los casos que sean trasladados, considero prudente definir
qué tipo de seguimiento se dará, con el fin de que los mismo sean resueltos de la manera más diligente
posible, por lo que en virtud de que los mismos son trasladados mediante acuerdo de Concejo, es
necesario que se indique si será este quien dé seguimiento a los mismos o si se dará traslado a esta
intendencia municipal del acuerdo tomado con el fin de conocer el estado del trámite y brindar informes
de seguimiento a la auditoría interna, así como a la Contraloría General de la Republica cuando se
requiera.
En conocimiento de lo anterior, una vez nombrado el órgano director las etapas del proceso a seguir serán
las siguientes:
9) Acto inicial. (Inicio de procedimiento ordinario) Comunicación de la fecha a elaborar la
audiencia.
10) Celebración de audiencia oral.
11) Informe final del órgano director al órgano decisor.
12) Comunicación del acto final (notificación).
13) Elevación a quien corresponda.
En cuanto a los puntos del 9 al 13 señalados anteriormente, los mismos refieren a las etapas establecidas
en el desarrollo de un procedimiento administrativo, por tal motivo se llevaran a cabo con forme dispone
la normativa y en apego al principio del debido proceso, sin que sea posible definir para estos así como
para los puntos 5, 6, 7 y 8 descritos anteriormente la fecha exacta de su cumplimiento, sin embargo por
haberse asignado y dar traslado a la asesoría legal de los casos para la emisión del informe jurídico, estas
deberán de informar conforme se señaló en el punto 5 los casos que se hayan trasladado al Concejo con el
fin de establecer fechas en los cronogramas que se elaboren para cada caso en específico, siendo
necesario definir quién será la persona responsable de la elaboración y actualización de los mismos, con el
fin de darles seguimiento y velar por el cumplimiento de estos.
Conforme al párrafo anterior debe quedar claro que el informe jurídico que se elabore es de suma
importancia en virtud de que en este se recomienda el procedimiento mediante el cual se debe de
atender cada caso, ya que como se indicó anteriormente estos los hay de tres tipos ordinarios, sumarios y
de lesividad, por lo que las etapas variarán según sea el caso, siendo este el motivo por el cual cada caso
debe de ser analizado de forma individual y además se deba de elaborar un cronograma para el mismo.
14) Ocupantes de la Zona Pública
En cuanto a los ocupantes de la zona pública, cabe recordar que el día siete de junio del presente año
sostuvimos una reunión en la Contraloría General de la República la encargada del departamento de zona
marítimo terrestre, la gestora legal de ese departamento así como la auditora municipal, la vice
presidenta del concejo y mi persona con el fin de conocer los requerimientos específicos para el
cumplimiento del informe en mención, dentro de los puntos discutidos estuvo el tema de los ocupantes
de la zona pública y la imposibilidad por parte de este Concejo Municipal en continuar permitiendo la
ACTA 62/17
04/07/2017
ocupación de esa zona así como la labor que se debe de realizar tendiente a la busque de una solución
habitacional para cada una de las personas que habitan en este espacio de la franja costera de nuestra
administración, con el fin de no ocasionar un caos social por el desalojo de las mismas sin haber buscado
antes una solución real a la problemática habitacional que sufrirían al momento de proceder con el
desalojo y demolición de las obras constructivas, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la
normativa (Ley 6043 y reglamento) como administradores de la zona marítimo terrestres del Distrito de
Cóbano. Por tal motivo se debe de proceder con la búsqueda de opciones de vivienda para cada una de
las personas que se determine no cuentan con una vivienda donde se puedan trasladar y que estén
ocupando actualmente esta zona (información que se desprenderá del levantamiento de los ocupantes
que debe ser suministrado por el departamento de ZMT). Responsabilidad que recae en el Concejo
Municipal, por lo que este deberá de proceder a la busque de soluciones en relación a este punto, siendo
necesario que cada una de las acciones realizadas queden debidamente documentadas, con el fin de
conformar un expediente de respaldo de las mismas así mismo se deberá de informar a esta intendencia
municipal el avance y los resultados definitivos de la gestión realizada al presentar una solución definitiva,
así como indicar cuáles deben ser los pasos a seguir por parte de la administración.
En virtud de lo anterior en el cronograma general que se adjunta no se definirán fechas de cumplimiento
para el desalojo y demolición de las obras constructivas que se localicen en la zona pública de la zona
marítima terrestre; está demás indicar que si bien es cierto no es posible dar soluciones a corto plazo, se
debe establecer fechas por parte de este concejo, sobre los avances de las gestiones a realizar ya que para
la búsqueda de una solución se debe de definir un tiempo.
En virtud de lo expuesto anteriormente esta intendencia municipal hace traslado al Concejo Municipal la
propuesta del cronograma general mediante el cual se pretende proceder al cumplimiento de lo
requerido mediante informe DFOE-DI-1627, emitido por la División de Fiscalización Operativa y Evolutiva
del Área de Denuncias e Investigaciones de la Contraloría General de La Republica, con el fin de que sea
analizado y en el caso de requerir correcciones o adiciones al mismo, se informe a esta intendencia
municipal para proceder con la atención de las mismas.
Sin más y esperando haber informado de la mejor manera.
Atentamente,
SE ADJUNTA CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
SE CONOCE
CINTHYA, Ustedes deben revisar esto junto con la auditora, encargada de zmt y conmigo.
PRESIDENTA. Se convoca a reunión el día miércoles 19 de julio a la una de la tarde a fin de
analizar el plan presentado por la Intendencia. Informar a la auditora y que la Intendente le avise
a la encargada de zmt
b. OFICIO IC.376-2017. Hace de conocimiento la Resolución CI-056-2017
Resolución número: CI-056-2017
Al ser las trece horas y diez minutos del cuatro de Julio del dos mil diecisiete, la suscrita CINTYA
RODRIGUEZ QUESADA, mayor, casada una vez, vecina de Cóbano, contiguo al puente del Rio Cóbano,
portadora de la cédula de identidad número: dos - quinientos treinta y seis - setecientos noventa y nueve,
conocida como CINTHYA RODRIGUEZ QUESADA, en mi calidad de Intendente Municipal del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano de Puntarenas, con cédula jurídica número: TRES-CERO CERO
SIETE-CERO SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE, domicilio en Cóbano del Puntarenas,
Frente a la Plaza de Deportes, con facultades de apoderada generalísima de este Concejo Municipal de
Distrito, nombrada a partir del primero de Mayo del año dos mil dieciséis y hasta el treinta de Abril del
año dos mil veinte, según resolución número: 1825 - E11-2016 de las diez horas con cuarenta y cinco
minutos del once de Marzo del dos mil dieciséis del TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, publicada en la
Gaceta número: sesenta y nueve del cinco de Mayo del dos mil dieciséis, procedo a emitir la presente
resolución administrativa con el propósito de solventar la problemática de los residuos sólidos que
afectado a toda la población de nuestro Distrito, se resuelve:
Resultado:
ACTA 62/17 04/07/2017 Primero: Que en fecha 28 de Abril del 2015 mediante oficio DCA - 0972, esta División autoriza a dar inicio a la contracción directa concursada sin el contenido presupuestario en este periodo 2015, modalidad según demanda, por un monto estimado en ¢90.825.000.00, para la contratación del servicio de transferencia, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos del Distrito de Cóbano de Cóbano de la Municipalidad de Puntarenas, por el plazo del año, en apego a las condiciones refrendadas en dicho oficio del ente Contralor. Segunda: Que a la fecha 14 de Octubre del 2015 se procedo a poner en conocimiento a los oferentes requeridos legalmente por parte de la proveeduría, así mismo se efectuó la publicación del presente concurso en el periódico La Nación ese mismo día, con el propósito de que dar a conocer la presente contratación. Tercero: Que el día el día 22 de Octubre se procede a realizar la apertura de este concurso, producto de la cual solo el consorcio Tecnoambiente - Lumar participo, ofertado el servicio de transporte y trasferencia por viaje la suma de ¢420.000 colones, y por la disposición de los desechos por tonelada la suma de ¢10.000 colones, por lo que una vez realizado los estudios correspondiente y contar con el presupuesto aprobado por parte del ente contralor, se emite el acto de adjudicación de la misma a favor de dicho consorcio por un monto máximo de ¢ 90.825.000.00. Cuarto: Que se procedió a suscribir el respectivo contrato por ambas partes en fecha 24 de Diciembre del 2015, mismo que a su vez se le concedió la aprobación interna, el 30 de Diciembre del 2015, la cual presenta una garantía de cumplimiento por un monto de ¢5.000.000.00, la que inicialmente tuvo una vigencia hasta el 20 de Diciembre del 20 l6, por lo que una vez vencida el adjudicatario presenta una enmienda hasta el 21 de Diciembre del 20 l7. Quinto: Que con la finalidad de hacerle frente a esta contratación se tomó la determinación de reserva el contenido presupuestario indicando en párrafos anteriores, así como también los dineros correspondientes a la maquinaria, pero lamentablemente en esa oportunidad no se tomó en consideración la inclusión de la mano de obra, ni materiales constructivos, por lo que no se pudo llevar a cabo la el inicio del proyecto de la construcción de una rampa para estaciones de transferencias de residuos sólidos, por tal motivo no se le gira la orden de inicio a dicho consorcio, ya que la administración programo incluir dentro del primer presupuesto extraordinario, la compra de materiales constructivos y la mano de obra necesaria para realizar dicho proyecto, mismo que aprobado por parte de la Controlaría General de la República, en fecha 29 de Agosto del 2016, por lo que se procedió de inmediato a hacer las contrataciones pertinentes, pero en esa oportunidad el profesional a cargo del proyecto se ausento varios meses por motivos personales, por lo que durante ese tiempo fue sustituido por un nuevo profesional, quien al momento de ejecutar dicha obra determino que los materiales no cumplían con los requerimientos técnicos, ya que el ingeniero anterior no previo que en el flujo constantes de lixiviados dañaría la estructura diseñada inicialmente. Sexto: Que nos encontramos actualmente en un verdadero caos debido a que en fecha 6 de Junio del 2017, el Ministerio de Salud ejecutará la orden de cierre del vertedero ( en la que se solicitó una prórroga a dicho cierre a la señora Ministra de Salud, pero la misma fue rechazada), en razón de salvaguardar la salud pública de los habitantes de este Distrito, lo es que este Concejo Municipal al existir actualmente la contratación con el consorcio Tecnoambiente - Lumar y al amparo del principio de eficiencia y eficacia que rige a la administración, es que consideramos pertinente realizar un adendum a la presente contratación, con el objetivo de modificar el servicio de transferencia y transportes, por el servicio de recolección de residuos sólidos, por medio de camiones recolectores por medio de las rutas previamente establecidas a la que se les brinda el servicio, para lo cual se le solicito al consorcio la anuencia a modificar unilateralmente el contrato, así como también la cotización del servicio requerido ( tal y como consta en la documentación adjunta), ya que en lo que respecta al resto del contrato quedaría exactamente en las mismas condiciones ( disposición y tratamiento de residuos) Séptimo: Que en vista de la urgencia que apremia a nuestro Concejo Municipal en el tema de disposición de desechos sólidos, toda vez que la orden sanitaria no permitirá el uso del vertedero y no tendremos un sitio en nuestro Distrito para depositar los desechos sólidos de manera adecuada y apegada a lo que disponen las leyes nacionales, lo cual al momento de no poder contar con la variación de la citada contratación, se estaría viendo expuesta la salud pública de los habitantes del nuestro Distrito, ya que como reitero desde el pasado 6 de Junio del 2017, no se nos permite definitivamente la disposición de residuos sólidos en este sitio, sin excepción alguna. Todo lo anterior, al amparo del artículo 208 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa por cumplir con los presupuestos establecidos en cada uno de sus incisos, y con el afán de evitar lesiones al interés público general, se solicitó al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, la autorización para realizar adenda al contrato ya existente.
ACTA 62/17 04/07/2017 Octavo: Que mediante oficio IC-295-2017, se solicitó autorización a la Contraloría General de la República, con la finalidad de realizar una adenda a la contratación mencionada anteriormente, en el que se requería variar el rubro por concepto de transporte de residuos sólidos mediante transferencia, a la modalidad de transporte y recolección de derechos por rutas pre establecidas en el Distrito, sin embargo esta administración municipal procedió posteriormente a solicitar el archivo de la misma en virtud de no contar con el contenido presupuestario que respaldara la confección de dicha adenda. Novena: Que el contenido económico que respaldaba la ejecución de la presente contratación se encontraba en compromiso, sin embargo la misma se debió liquidar al 30 de junio del presente año, por lo que al no contar actualmente con el respaldo económico para la contratación, debe suspenderse dicho servicio. Hasta tanto no se apruebe la modificación presentada ante el Concejo Municipal el día 29 de junio del presente año. Decimo: Que debido a la suspensión del servicio de recolección de basura a falta de contenido presupuestario para el pago del adjudicatario (Consorcio TECNOAMBIENTE-LUMAR), esté mediante documento OF2017-CL-01, de fecha 1 de julio del 2017 externo a este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, su anuencia en continuar brindando el servicio por el cual fue contratado al indicar textualmente “A raíz de la situación de presupuesto que debe terminar de arreglar el Concejo Municipal estamos en disposición de que se realice, por este mes, la facturación de forma mensual, dando tiempo para que el Concejo de tener el presupuesto aprobado.” Considerando Único: Con fundamento en lo expuesto anteriormente, es que en calidad de Intendente Municipal debo de tomar las medidas pertinentes para que la Administración Municipal, en cumplimiento de las funciones o potestades públicas y al amparo de la responsabilidad de velar por la protección del medio ambiente donde habitan sus munícipes y mediante el cual le corresponde brindar las condiciones sanitarias a estos, en procura de a salud pública y el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que se encuentran reconocidos constitucionalmente (artículos 21, 50, 73 y 89 de la Carta Magna), así como a través de la normativa internacional. Tal y como se desprende de lo dispuesto en la Sentencia No. 180-98 de las 16:24 hrs. del 13 de enero de 1998, emitida por la Sala Constitucional, al indicar taxativamente lo siguiente: "(...) el Estado no solo tiene la responsabilidad ineludible de velar para que la salud de cada una de las personas que componen la comunidad nacional, no sufra daños por parte de terceros, en relación a estos derechos, sino que, además, debe asumir la responsabilidad de lograr las condiciones sociales propicias a fin de que cada persona pueda disfrutar de su salud, entendido tal derecho, como una situación de bienestar físico, psíquico(o mental) y social (…)". Por otra parte, es que por disposición normativa del artículo 8 de la Ley 8839 denominada Ley para la Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamentos, se establece que serán las Municipalidades las responsables de la gestión integral de los residuos generados en el Cantón, esto al indicar específicamente en el inciso d, del mismo, lo siguiente: “Garantizar que en su territorio se provea del servicio de recolección de residuos en forma selectiva, accesible, periódica y eficiente para todos los habitantes, así como de centros de recuperación de materiales, con especial énfasis en los de pequeña y mediana escala para la posterior valorización.”. Por tal motivo y como se desprende del inciso citado, es que este Concejo Municipal de Distrito, se encuentra en la obligación de velar porque se brinde el servicio de recolección de basura al Distrito, con el fin de dar cumplimiento a la atribución conferida por ley. Referente a este punto la misma Sala en la Sentencia No. 2011-04776 de las 11:50 hrs. del 08 de abril de 2011, indico lo siguiente: “(…) la normativa infraconstitucional desarrolla este derecho y, en este sentido, la Ley General de Salud autoriza al Ministerio de Salud para tomar las medidas sanitarias correspondientes e imponer las sanciones con el fin de proteger el medio ambiente y el derecho a la salud de las personas. Asimismo, cabe señalar que este Tribunal, como garante de los derechos fundamentales, se erige como un contralor del cumplimiento de las obligaciones que derivan de lo dispuesto en los artículos 21 y 50 constitucionales, que constriñen al Estado no sólo a reconocer los derechos señalados, sino, además, a utilizar los medios material y, jurídicamente, legítimos para garantizarlos.” De lo anterior se desprende que el derecho a la salud, tanto física como mental, no puede hacerse efectivo sin un ambiente libre de contaminación. En este sentido, el Estado costarricense cumple un papel fundamental de garante en la protección al ambiente sano; obligación que deviene de la propia Constitución Política y de los instrumentos internacionales suscritos por el país. Así, el Estado no solamente debe tomar las medidas preventivas para impedir cualquier tipo de contaminación sino que además debe adoptar cualquier acción tendiente a restituir estos derechos. La Sala mediante Sentencia No. 2002-04830 de las 16:00 hrs. del 21 de mayo de 2002, reiteró su criterio en cuanto al deber del Estado de proteger el ambiente, al señalar que:
ACTA 62/17 04/07/2017 "Nuestra Constitución Política, en su artículo 50, reconoce expresamente el derecho de todos los habitantes presentes y futuros de este país, de disfrutar de un medio ambiente saludable y en perfecto equilibrio. El cumplimiento de este requisito es fundamental garantía para la protección de la vida y la salud públicas, no sólo de los costarricenses, sino además de todos los miembros de la comunidad mundial. La violación a estos fundamentales preceptos conlleva la posibilidad de lesión o puesta en peligro de intereses a corto, mediano y largo plazo. La contaminación del medio es una de las formas a través de las cuales puede ser rota la integridad del ambiente, con resultados la mayoría de las veces imperecederos y acumulativos. El Estado costarricense se encuentra en la obligación de actuar preventivamente evitando -a través de la fiscalización y la intervención directa- la realización de actos que lesionen el medio ambiente, y en la correlativa e igualmente ineludible prohibición de fomentar su degradación (…)" En conocimiento de lo indicado anteriormente queda claro que esta corporación municipal es la responsable del manejo que se de residuos solios que se generen en el Distrito, por tal motivo debe de tomar las medidas necesarias y tendientes al cumplimiento de las obligaciones conferidas por ley, por lo que en lo referente al tema que nos ocupa esta es la única encargada de velar por todo lo relativo a la recolección, tratamiento y disposición de las basuras y desechos sólidos que se generen en su circunscripción territorial, siendo que la recolección de estos pertenece a la esfera de los intereses y servicios locales. En virtud de lo expuesto anteriormente y como es de conocimiento de este Concejo Municipal, actualmente el servicio de recolección de basura se encuentra paralizado debido a la falta de contenido presupuestario para realizar los pagos a la empresa que fue contratada con el fin de que realizara el traslado, trasferencia y disposición de los residuos sólidos que se generen en el Distrito, esto después de que el pasado 6 de Junio del 201 7, el Ministerio de Salud ejecutó la orden de cierre del vertedero municipal. Así como que al fecha no se cuente con la aprobación de la modificación presupuestaria que fue presentada ante el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano el día 29 de junio del presente año, mediante la cual se solventaría la situación expuesta; es que esta Intendencia Municipal tomó la decisión de restablecer el servicio de recolección de basura, en aras de cumplir con la obligación de velar que el Distrito cuente con las condiciones sanitarias necesarias para el desarrollo sus munícipes, esto en cumplimiento de la normativa citada anteriormente así como la anuencia externada por el adjudicatario en seguir brindando en servicio. Por lo tanto: Esta Intendencia Municipal toma la decisión de reanudar el servicio de recolección de basura, bajo los términos del contrato suscrito en fecha 24 de Diciembre del 2015 entre el consorcio Tecnoambiente- Lumar y este Concejo Municipal, y que en el momento de que se cuente con el contenido presupuestario, se procederá al pago del servicio prestado del día miércoles 5 de julio al momento en que se encuentre con el contenido presupuestario requerido. ELADIO. Nosotros no podemos adquirir fiado, a mi criterio son justificaciones lógicas y necesarios a la constitución nos obliga, pero son justificaciones que se debieron haber señalado en su momento ya estamos tarde porque estamos adquiriendo en fiado una prestación de servicios, yo propondría analizarlo con la auditoria CINTHYA. Esta es la recomendación que nos dio el IFAM . ROBERTO. Se tomó la decisión de suspender porque no hay plata, y se comunicó así a la población pero el viernes en el curso de contratación administrativa le consultamos a la profesora y como venimos de un contrato del año pasado que se inició hace un mes y la única forma es darle contenido mediante una modificación y ella me dijo que teníamos dos opciones mantener la suspensión de la recolección de la basura y la basura que espere en las calles y ahí van a ver denuncias que no van a ganar porque se van a basar en el artículo 50 de la constitución política y será un escándalo nacional y la otra forma es justificar muy bien el artículo 50 de la constitución política que esta por encima de las leyes y para el 210 de la contratación administrativa que es el que no los deja hacer ese procedimiento entonces bien justificados se pueden proseguir y llevar a tecno ambiente y es la única forma CINTHYA. Para redactar la resolución hasta Fernanda del ministerio nos ayudo PRESIDENTA. Sin nadie tiene nada mas que decir vamos a someter a votación la Resolución R- IC-056-2017 ACUERDO Nº2 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aprobar la Resolución R-IC-056-2017 presentado por la Intendenta Municipal a fin de reanudar el servicio de recolección de desechos sólidos a partir del día 5 de julio del 2017”. ACUERDO UNANIME Se somete a votación la
ACTA 62/17
04/07/2017
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando
el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
c. Mañana voy a la Asamblea si alguien quiere acompañarme
d. Solicito sesión extraordinaria para el día 13 de julio a la 1 pm para ver el presupuesto
ordinario.
PRESIDENTA. Se convoca a sesión extraordinario el día 13 de julio a la 1 pm ASUNTO.
Presupuesto ordinario 2018
DUNIA. Cómo van los caminos, cuando empieza
CINTHYA. Mañana el camino a Santa Teresa y el viernes la ruta a Montezuma
ARTICULO V. MOCIONES DE LOS CONCEJALES E INTENDENCIA
a. Moción de la Intendenta Municipal. Avalada por Dunia Campos Salas
TEXTO DE LA MOCION
Cóbano, martes 04 de julio de 2017.
Considerando que:
- La administración municipal no cuenta con maquinaria propia para atender las rutas municipales.
- Se administra un distrito altamente turístico, donde la afluencia de extranjeros y nacionales nos
visitan en gran número.
- Poseemos una red vial de más de 250 kilómetros.
- Dicha infraestructura está bastante deteriorada y es necesario intervenirla de manera eficiente y
eficaz; al tener que contratar maquinaria externa, no satisfacemos la labor de la mejor manera,
menos las emergencias viales.
- En el Plan o Programa de Gobierno de la actual administración se contempla la compra de
maquinaria para la institución, así como dejar un proyecto vial de impacto.
- Esta administración considera conveniente adquirir un empréstito por un monto de
¢800.000.000,00 aproximadamente.
- En el presupuesto ordinario para el año 2018 se incluye un apartado de ¢70.000.000,00 en el
subprograma de Vías de Comunicación como Sumas Libres sin Asignación presupuestaria para
para las mensualidades de un futuro préstamo.
Mociono para:
- Que el Concejo Municipal tome un acuerdo donde apruebe a la administración gestionar un
crédito con el Banco Nacional de Costa Rica para la compra de motoniveladora, construcción de
puente sobre el Río Negro entre Río Negro y Santiago (llave en mano) y de Tratamiento
Superficial Bituminoso grado 3 en el distrito (pudiendo ser entre La Pescadería de Mal País y
Playa Hermosa, Los Mangos, Montezuma hacia La Cascada, La Tranquilidad o La Menchita) por
un monto de ¢800.000.000,00.
FERNANDO. Me gusta la compra de la motoniveladora y porque no elevar el monto y comprar
una vagoneta porque ya tendríamos un back hoe de recursos propios una vagoneta de la junta
vial con la motoniveladora y otra vagoneta nos queda el equipo completo
ELADIO. Comulgo con la moción solo que para esta gestión se presente un proyecto de verdad
ojala como dijo el señor ayer en la sesión extraordinaria. Pagarle a alguien que haga el estudio y
nos presenten un proyecto bien definido y nos digan cuanto nos cuesta esto, pero con lo
renglones necesarios para establecer el valor real
RONNY. Me preocupa que no hay nada para Bello Horizonte, ni en la 9329 y en el préstamo,
todo va San isidro-Santa Teresa, entiendo que hay que cuidar la gallina de los huevos de oro
ACTA 62/17
04/07/2017
pero hay que ver a las comunidades que van creciendo, Repartir un poco más. Algo por lo
menos para el polvo. Y presentar un proyecto bien montado
VIRGINIA. Había al inicio de esta administración un proyecto para un cuneteado en Santa
Teresa
DUNIA. Eso es de la Junta Vial Cantonal para colocar alcantarillas desde la pescadería hasta
San Martin
VIRGINIA. Me gustaría invertir en realizar un buen respaldo para saber si eso es exactamente lo
que vale esos proyectos
FERNANDO. EL señor del banco dijo aquí que el banco se encarga de hacer todos los estudios,
el banco no va a financiar un proyecto donde no alcance y dijeron que el mismo banco puede
hacer el proyecto. Mi propuesta es que aumentemos ese proyecto
CINTHYA. No tenemos dinero para pagar salarios por eso no puedo meter más maquinaria,
estoy viendo perfiles de una persona que pueda manejar todos las maquinarias. Con respecto a
Manzanillo se está trabajando para meter 400 o 500 metros de la polvosa en el 2018. Eso fue lo
que le ofrecí, los recursos de la 8114 no se están comprometiendo con préstamos. El puente es
para todas las comunidades,.
RONNY De mi pueblo nadie viaja por Santiago, excepto que el camino este completamente
cortado
CINTHYA. Si tengo que poner la especificación para lo que se requiere
VIRGINIA. Ellos van a hacer el estudio integral Me PRESIDENTA. Los que estén de acuerdo
con la moción sírvanse levantar la mano
ACUERDO Nº3
Con tres votos a favor SE ACUERDA: “Aprobar la moción presentada por la Intendenta y
avalada por la Concejal suplente Dunia Campos Salas.”. Votan a favor los concejales Eladio
Picado Ramirez, Fernando Quedada y Dunia Campos. No vota la Concejala Virginia Vargas
Acosta, indica que le gustaría oír desde el banco algo más técnico de como es este proyecto, y
en la mañana nos dijeron los personeros de presupuesto que los proyectos deben de ir
totalmente montados, y me sigue preocupando que no se elabore la rentabilidad del proyecto a
15 años, su productividad y que se compre eso en los aires
b. Moción de la Intendenta Cinthya Rodriguez y avalada por los Concejales Dunia
Campos, Fernando Quesada, Manuel Ovares, Virginia Vargas, Ronny Campos y
Eladio Picado
TEXTO DE LA MOCION
Considerando que:
La Contraloría General de la República nos llamó la atención y pidió que tomáramos las medidas
necesarias para que la zona pública de toda la costa del distrito se normalice, de lo contrario nos
veríamos expuestos a situaciones legales serias.
El pasado jueves 29 de junio tuvimos la visita de personeros del ICT y del INVU.
En la zona pública de Tambor, propiamente en el muelle, existen más de 40 familias viviendo ahí
por muchos años, incluso antes de la creación de la ley 6043.
La mayoría de esas familias son de escasos recursos y no cuentan con un lugar donde habitar.
El Concejo Municipal no tiene los recursos económicos propios para satisfacer la necesidad de
vivienda a estos habitantes.
Estamos en la obligación de velar por nuestra población Cobaneña, máxime por la vulnerabilidad
de esta población.
ACTA 62/17
04/07/2017
Mociono para:
Solicitar al Ministerio de Vivienda, al Instituto de Vivienda y Urbanismo, a la Comisión Nacional de
emergencias, al Instituto Mixto de Ayuda Social, al Instituto de la Mujer, a la Embajada de Estados Unidos
la colaboración económica, técnica y de logística para poder reubicar a las familias del muelle de Tambor
que habitan la zona pública hacia un lugar apto, de acuerdo a sus necesidades.
ACUERDO Nº4
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger la moción presentada por la
Intendenta y avalada por los Concejales Dunia Campos, Fernando Quesada, Manuel Ovares,
Virginia Vargas, Ronny Campos y Eladio Picado y enviar esta moción a las Instituciones
mencionadas”. ACUERDO UNANIME
c. Moción de la Intendenta Sra. Cinthya Rodriguez Quesada y avalada por los
Concejales Fernando Quesada, Virginia Vargas, Eladio Picado, Manuel Ovares y
Ronny Campos
TEXTO DE LA MOCION
Considerando que:
Que el pasado jueves 29 de junio del presente año, se celebró la sesión de Concejo, en la cual se
recibió la Comisión especial de este Concejo Municipal denominada Comisión Especial de Plan
Regulador Urbano Litoral Montezuma, así como a personeros del Instituto Costarricense de
Turismo y el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.
Que en la audiencia concedida se desarrolló el tema de la declaratoria de Zona Urbano Litoral del
área en el cual se pretende aplicar lo dispuesto en la Ley 9221 denominada Ley Marco para la
Declaratoria de Zona Urbana Litoral y su Régimen de Uso y Aprovechamiento Territorial, área que
se localiza en el sector costero de Montezuma (lo que actualmente se encuentra establecido en el
plan regulador integral Cabuya - Montezuma como pueblo costero) y que fue propuesta por la
comisión mencionada anteriormente.
Que en dicha audiencia los personeros de dichas Instituciones se refirieron a la ausencia de
Reglamentación para la aplicación de la Ley 9221 y la necesidad de contar con la debida
reglamentación, esto con el fin de que este Concejo Municipal valorara emitir dicha declaratoria.
Que en virtud de las características urbanísticas del sector costero de Montezuma así como que
este Concejo Municipal cuenta con la valiosa herramienta de un plan regulador costero aprobado
y vigente para el sector de costero Cabuya – Montezuma, es que se desea buscar una solución a la
problemática existente en ese lugar, esto en procura del bienestar general de la población que
reside en esta zona costera (área que cuenta con las características para que sea declarada como
Zona Urbano Litoral).
Que como se indicó anteriormente no es posible llevar a cabo la aplicación integral de la Ley 9221,
esto por cuanto sus artículos refieren a un reglamento que a la fecha se desconoce si ya se
encuentra elaborado y cuando se va a proceder a su publicación. Sin embargo como nos indicaron
en la sesión los personeros del INVU e ICT, ya existe un borrador de Reglamento a la ley 9221 (Ley
Marco para la Declaratoria de Zona Urbana Litoral y su Régimen de Uso y Aprovechamiento
Territorial), y únicamente se encontraban a la espera de la aprobación y publicación por parte del
órgano competente de dicho Reglamento.
Mociono para:
En virtud de los puntos señalados anteriormente, solcito a este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano,
se tome acuerdo mediante el cual se le solicite a la Viceministra de Gobernación, el que se proceda con el
trámite para la aprobación y publicación del Reglamento a la Ley 9221 denominada Ley Marco para la
Declaratoria de Zona Urbana Litoral y su Régimen de Uso y Aprovechamiento Territorial, esto con el fin de
que este Concejo Municipal proceda con las acciones tendientes a decretar como Ciudad Urbana Litoral el
área planteada por la Comisión Especial de Plan Regulador Urbano Litoral Montezuma para tal fin.
ACUERDO Nº5
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger la moción presentada por la
Intendenta y avalada por los Concejales Fernando Quesada, Virginia Vargas, Eladio Picado,
Manuel Ovares y Ronny Campos y enviar esta moción a la viceministra de Gobernación”.
ACUERDO UNANIME
ACTA 62/17
04/07/2017
ARTICULO VI. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
CONSIDERANDO
-Que es muy importante para este concejo conocer las opciones que existen en el Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica para el desarrollo del distrito
ACUERDO Nº6
Con todos los votos presente a favor SE ACUERDA: “Invitar a los Señores del Departamento
de Fondo de Pre inversión del MIDEPLAN, Lic. Diego Mora Valverde, Director, Sr. Mario Alberto
Carvajal Chávez, jefe y Jorge Castillo Sánchez, asistente, a que nos acompañen en una sesión
de Concejo a fin de poder dialogar sobre las opciones de apoyo con qué puede contar el Concejo
Municipal de Cóbano desde el MIDEPLAN para el desarrollo de nuestro distrito”. ACUERDO
UNANIME
ARTICULO VII. INFORME DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA
ARTICULO VIII. INFORME DE LAS COMISIONES
SE DISPENSA
ARTICULO IX. INFORME DE LA ADMINISTRACION
DPTO DE ZONA MARTITIMO TERRESTRE
a. Ing. Rodrigo Vásquez. Ingeniero Topógrafo. OFICIO: CYV-OF-GE-211-2017
ASUNTO: RECURSO DE APELACION SOBRE EL AVALUO A LA SOCIEDAD JUBILARSE Y
CHISMEE SRL
Estimados señores (as):
Por medio de la presente me permito saludarles y a la vez indicarles que mediante acuerdo del Concejo
Municipal de la sesión ordinaria número 55-2017, articulo IX, inciso h, del día 16 de mayo del 2017, éste
órgano conoció y resolvió recurso de apelación contra el avalúo CYV-001-2017, practicado sobre la
sociedad concesionaria denominada JUBILARSE Y CHISMEE SRL, lo cual estuvo conforme con la
metodología que se había venido practicando. No obstante, a petición del Tribunal Fiscal Administrativo,
se solicita que el fondo del asunto de éste recurso de apelación no sea conocido, pues esto es facultad del
Tribunal Fiscal Administrativo.
Por lo tanto solicito a éste honorable Concejo acepte el recurso en forma y tiempo de la Sociedad
denominada JUBILARSE Y CHISMEE SRL y se eleve al Tribunal Fiscal Administrativo a fin de que sea éste
Órgano quien resuelva el asunto.
Adjunto Recurso de Apelación presentado por la concesionaria en su momento.
Sin más por el momento me despido extendiéndoles un cordial saludo y deseándoles éxitos en su trabajo.
CONSIDERANDO:
-Que en sesión ordinaria 55-2017 artículo IX, inciso h, del día dieciséis de Mayo del Año Dos Mil
Diecisiete, se conoció Recurso de Apelación en Subsidio presentado por Jubilarse y Chismee
SRL contra la Resolución CYV-001-2017, dictado por la oficina de Catastro y Valoraciones del
Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
ACUERDO Nº7
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Aceptar en forma y tiempo el
recurso de Apelación en Subsidio presentado por contra Jubilarse y Chismee SRL contra la
Resolución CYV-001-2017, dictado por la oficina de Catastro y Valoraciones del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano.
2. Elevar el recurso al Tribunal Fiscal Administrativo, en aplicación del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios. NOTIFIQUESE. ACUERDO UNANIME
ACTA 62/17
04/07/2017
ARTICULO X. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
a. Maria Fernanda Arrieta. Miembro comisión de manejo integral de residuos sólidos de
Cóbano. ASUNTO. Solicitud de nombramiento de un representante de este Concejo en
esta comisión. SE CONOCE Y SE DEJA PENDIENTE
b. Roberto Varela. Copia de OFICIO vi-081-2017 Dirigido a la Dra. Torres sobre le
comunica la autorización de este _Concejo para realizar transferencia provisional de
residuos sólidos para luego realizar el traslado por la empresa Tecno ambiente. SE
CONOCE
c. Roberto Varela. Vice Intendente. Copia de OFICIO VI-078-2017. Dirigido a Intendenta
Cinthya Rodriguez. Asunto. Solicitud de recursos necesarios ya que no cuenta con
recursos ni accesos a estos para el cierre perimetral del vertedero y para personal de
seguridad las 24 horas. SE CONOCE
d. Roberto Varela. Vice Intendente. Copia de OFICIO VI-079-2017 dirigido al
Departamento de sanidad donde les solicita prevenir y ni personas ni carros traspasar la
líneas de sellos y cinta de clausurado del vertedero. SE CONOCE
e. Cinthya Rodriguez. Intendenta. OFICIO IC-340-2017 dirigido al Concejo y al Vice
Intendente. ASUNTO. Solicitud de informe detallado de la gira realizada el 5 de junio a
Santa Cruz.
f. Roberto Varela. Copia de oficio VI-085-2017. Dirigido al Sr. Ronny Montero. Solicitud
de ayuda de los cálculos de las tasas que se deben cobrar a los recolectores de basura
privados de manera tal que el concejo no tenga perdidas por la prestación del servicio.
SE CONOCE
g. CONAPDIS. Solicita se le informe el día y hora que sesiona la COMAD. SE CONOCE
h. Virginia Vargas. Concejala. En relación con la moción presentada por la señora
Intendente en sesión 58-2017 del 6 de junio adjunta documento del registro nacional
donde indica que posee una propiedad en la zona marítimo terrestre matrícula 002374-
z-000, agrega que no posee ninguna otra propiedad un vínculo económico en áreas de
zona marítimo terrestre. SE CONOCE Y SE DA PASSE A LA INTENDENTA
i. Comité de Manejo Integral de Residuos Sólidos. Carolina Chavarría y otros.
ASUNTO. Solicitud de inclusión de las siguientes personas en este comité y su
juramentación:
-Juan Carlos Cruz Sandoval Cedula 1 869 904, vecino de Tambor
-William Morales Castro Cedula 2 490729 vecino de Montezuma
-Ariadna Sánchez Gutiérrez Cedula 1 1076 323 vecina de Manzanillo
CONSIDERANDO:
-Que la comisión de Manejo Integral de Residuos Sólidos solicita la inclusión de las siguientes
personas
Juan Carlos Cruz Sandoval Cedula 1 869 904, vecino de Tambor, William Morales Castro
Cedula 2 490729 vecino de Montezuma Y Ariadna Sánchez Gutiérrez Cedula 1 1076 323 vecina
de Manzanillo
ACTA 62/17
04/07/2017
ACUERDO Nº8
Con todos los votos presentes SE ACUERDA: “Aprobar la integración de los señores Juan
Carlos Cruz Sandoval Cedula 1 869 904, vecino de Tambor, William Morales Castro Cedula 2
490729 vecino de Montezuma Y Ariadna Sánchez Gutiérrez Cedula 1 1076 323 vecina de
Manzanillo a la comisión Manejo Integral de Residuos Sólidos y que se presenten cualquier
martes a juramentar”. ACUERDO UNANIME
j. Roberto Varela. Copia de oficio VI-086-2017 dirigido a la Intendenta donde le informa
del costo aproximado de la actualización de tarifas realizado por el señor Javier mora de
la Unión Nacional de Gobiernos Locales, agrega que el costo para este Concejo es muy
elevado e indica que para salvaguardar el recurso económico de sanidad de este
Concejo es urgente solucionar de forma legal el costo de la actualización de las tasas
de residuos sólidos. SE CONOCE Y SE SOLICITA A LA ADMINISTRACION un informe
de la actualización de las tarifas de la recolección de desechos sólidos, y como se están
calculando esas tarifas. PARA EL MARTES
k. Marielos Marchena Hernández. Secretaria Concejo Municipal. Puntarenas. OFICIO
SM-403-06-2017. De juramentación de la Junta Vial Distrital.
l. Elizabeth Solano Romero. Solicita se le otorgue una exoneración de patente para
actividad por encargo para subsistencia, debido a que necesita tener alguna fuente de
ingreso para sobrevivir. Se da pase al Depto. de Patentes para su análisis y
respuesta
m. Fernando Campos Céspedes. Indica que la calle publica ubicada cien norte y
doscientos este de la estación de servicio El Palmar nunca se ha reparado por parte del
Concejo y esta da acceso a muchas fincas. Solicita se tomen las medidas correctivas
del caso para solucionar la situación.
Se da pase a la Intendencia para qué analicen si efectivamente es una calle pública y se
atienda la situación. Enviar copia a este Concejo de la respuesta brindada
n. Minor Valenciano. Presidente de FECOVOL (Asociación Deportiva de Voleibol de
Playa). ASUNTO. Solicitud de uso de palaya en playa Tambor para evento los días 22 y
23 de Julio en la localidad de Tambor frente a la entrada principal entre los mojones 85
y 86. SE DA PASE AL DPTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE.
o. Arq. Luis Guillermo Miranda y Arq. Antonio Farah. Instituto Costarricense de
Turismo. OFICIO MPD-ZMT-267-2017. ASUNTO. Solicitud de aclaración de denuncia
de construcción ilegal en proceso situada en Playa Carmen de Ambientes Modernos
CYA S.A.
SE DA PASE A LA INTENDENCIA Y AL DEPTO DE ZMT PARA QUE NOS INFORMEN
COMO HAN PROCEDIDO CON ESTE CASO Y LE CONTESTEN AL ICT.
p. Marielos Marchena. Secretaria. Concejo Municipal. Municipalidad de Puntarenas.
ASUNTO. Moción para que el Concejo Municipal de Puntarenas delega a los Concejos
Municipales de Distrito de Cóbano, Paquera , Lepanto y Monteverde el otorgamiento del
visado municipal. CONOCIDO EL ACUERDO SE DA PASE A LA INTENDENCIA PARA
LA GESTION CORRESPONDIENTE.
ACTA 62/17
04/07/2017
q. Comité Distrital de Deportes. ASUNTO. Acuerdo de aprobación de escudo para el
comité de Deportes y Recreación de Cóbano y solicitud de aprobación por parte del
Concejo.
CONSIDERANDO:
-Que el comité distrital de deportes y recreación ha enviado el escudo que han escogido
para que los represente a fin de que este Concejo lo apruebe
ACUERDO Nº9
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Indicarle al comité distrital de
deportes que este concejo ve muy recargado el escudo y han dejado de lado el deporte
que nos representa a nivel internación como lo es el Surf. Les recomendamos quitar un
poco y resaltar los deportes acuáticos y aquellos que realmente practican nuestros
vecinos. Sugerimos un concurso a nivel de jóvenes., en la zona hay mucha creatividad”.
ACUERDO UNANIME
******************************************U.L.************************************************************
Finaliza la sesión al ser las veintiuna horas con cuarenta minutos.
Sra. Roxana Lobo Granados Sr. Dagoberto Mayorga Villalobos
Secretaria Presidente