Ordinaria 53 · 2017-05-02
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Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 3) · unanime ACUERDO Nº1 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Juramentar , según indica el artículo 194 de la Constitución Política, a los miembros d…
- Acuerdo 2 (pág. 3) · unanime ACUERDO Nº2 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Proceder a la juramentación de los señores: Doris Christine Braun, Cedula de residenc…
- Acuerdo 3 (pág. 4) · unanime ACUERDO Nº3 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger la propuesta presentada y que la comunidad realice las dos primeras fases de rep…
- Acuerdo 4 (pág. 7) · unanime ACUERDO Nº4 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Aprobar el convenio denominado CONVENIO para la instalación y OPERACIÓN de un dispen…
- Acuerdo 5 (pág. 9) · unanime ACUERDO Nº5 Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Enviar copia de este oficio a la señora Eulalia Núñez a fin otorgarle una debida respue…
ACTA 53/17
02/05/2017
ACTA ORDINARIA Nº 53-2017
PERIODO CONSTITUCIONAL
2016 - 2020
ACTA NÚMERO CINCUENTA Y TRES – DOS MIL DIECISIETE DE LA SESIÓN ORDINARIA
QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA DOS DE
MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIECISIETE HORAS EN LA SALA DE SESIONES
DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
PRESIDENTA SUPLENTE
CONCEJALES PROPIETARIOS
Fernando Quesada López. PRESIDE
Manuel Alfredo Ovares Elizondo.
Mario Delgado Rodriguez
CONCEJALES SUPLENTES
Ronny Campos Muñoz
INTENDENTA
Cinthya Rodriguez Quesada
VICE INTENDENTE
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Marcenette Castrillo Mena.
Dagoberto Villalobos Mayorga
Virginia Vargas Acosta
Eladio Picado Ramírez
CONCEJALES SUPLENTES
Crisly Morales Méndez
Dunia Campos Salas
ASISTENTES POR INVITACION
VISITANTES
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
I. ORACION
II. RATIFICACION DE ACTAS
III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACION
IV. INFORME DE LA INTENDENCIA
V. MOCIONES DE LOS CONCEJALES E INTENDENCIA
VI. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
VII. INFORME DE LOS CONCEJALES
VIII. INFORME DE LAS COMISIONES
IX. INFORME DE LA ADMINISTRACION
X. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
ACTA 53/17
02/05/2017
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA 52-2017 Y EXTRAORDINARIA 29-17
a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 52-17, la cual es ratificada por los concejales
Mario Delgado, Manuel Ovares y Fernando Quesada
b. Se somete a ratificación el acta extraordinaria 29-17 la cual es ratificada por los
Concejales Manuel Ovares, Ronny Campos y Mario Delgado
ARTICULO III. AUDIENCIAS Y JURAMENTACION
a. Se recibe al señor Héctor Eduardo Gonzalez
PRESIDENTE EN EJERCICIO. Le da la bienvenida y concede la palabra
HECTOR. Estoy montando un proyecto en el lote esquinero frente a la policía, donde se
construirá la tienda José Paolo, el lote está afectado por la ruta nacional y una calle
vecinal. La afectación de la ruta nacional es bastante y la de la calle es de dos metros de
antejardín. El plano indicaba que esa calle era de seis metros de ancho pero en la realidad
son 8 metros por una negociación que la muni realizo con los vecinos, o sea ya el lote
perdió un metro. Lo que les pido es la exoneración de esos dos metros de antejardín de la
calle vecinal, esto es algo que se acostumbra en este tipo de lotes, porque el MOPT nos
pide 15 metros. El Ingeniero de aquí desconoce el asunto pero en otras municipalidades lo
aplican por ejemplo en San Carlos, y les agregue las notas como ejemplo, pero es algo
que solo lo puede autorizar el Concejo Municipal.
CINTHYA. De cuanto es la construcción y cuantos parqueos tiene
HECTOR. Son 316 metros de construcción y al frente quedan 5 espacios para parqueo y
en la parte de atrás queda más espacio para este fin.
PRESIDENTE EN EJERCICIO. Nos reuniremos con el Ingeniero para retomar el asunto y
se le comunicara
SE RETIRA
CINTHYA: Solicitarle al topógrafo criterio de la situación actual de la calle
FERNANDO: Mas problemas se nos van a venir al darla que al denegarla. Creo que podríamos
pedir estudio de la calle para el martes
b. Se recibe para su debida juramentación los miembros de la Junta de Educación de Río
Negro
CONSIDERANDO:
ACTA 53/17
02/05/2017
Que en la sesión ordinaria 51-17 se nombró a la Junta de Educación del Centro
Educativo de Río Negro
Que se han presentado para su debida juramentación
ACUERDO Nº1
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Juramentar , según indica el artículo
194 de la Constitución Política, a los miembros de la Junta de Educación de Río Negro, señores:
Elizabeth Agüero López Cedula 6 338 795
Francy Ginette Orias Tencio. Cedula 6 371 103
Andrea Rodriguez Leitón cedula 2 657 678
Ronald Sancho Gonzalez Cedula 6 258 523
Yanury Herrera Fernandez, Cedula 6 403 415
Juramenta el presidente en ejercicio” ACUERDO UNANIME
c. Se recibe para su juramentación a parte de los miembros de la Junta de Educación de
Moctezuma
CONSIDERANDO:
Que la señora Doris Christine Braun, fue nombrada como miembro de la junta de
educación de Moctezuma en la sesión 47-2017
Que los señores Lucibeth Solís Pérez y Héctor Mauricio Rojas Delgado, fueron
nombrados como miembros de la junta de Educación de Moctezuma en la sesión
Extraordinaria 30-2017
Que se han presentado para su debida juramentación
ACUERDO Nº2
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Proceder a la juramentación de los
señores:
Doris Christine Braun, Cedula de residencia 127600106927
Lucibeth Solís Pérez Cedula 6 248 755
Héctor Mauricio Rojas Delgado. Cedula 2 468 295
Juramenta el presidente en ejercicio de acuerdo a lo estipulado en el artículo 194 de la
Constitución Política”. ACUERDO UNANIME
ACTA 53/17
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ARTICULO IV. INFORME DE LA INTENDENCIA
a. Cinthya Rodriguez. OFICIO IC-245-2017. ASUNTO. SENDERO PEATONAL. Con base
en el acuerdo Nº8 de la sesión ordinaria 47-17, articulo VIII, inciso a del día 21 de marzo,
en la cual me comunican:
-Valorar el aspecto económico del proyecto
-Estudiar el aspecto técnico sobre la canalización de las aguas
-Considerar mejorar la calzada del sendero.
Analizado lo propuesto por el señor Portilla el día de hoy en reunión con él y el Ing. Vial
donde Rolando se compromete a realizar las dos primeras fases de este y de mi parte
tome la decisión de incluir en el ordinario del 2018 la fase 3.
CONSIDERANDO.
-Que se ha conocido oficio IC-245-2017 de la Intendencia con respecto al Sendero
peatonal que don Rolando Portilla planteo al concejo reparar
ACUERDO Nº3
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Acoger la propuesta presentada
y que la comunidad realice las dos primeras fases de reparación del sendero, que
consiste: Fase 1: Barreras de madera y rótulos. Fase 2: Siembra de árboles y el concejo
incluya en el `presupuesto para el 2018 el contenido para la tercera fase que consiste en
mejorar la calzada del sendero”. ACUERDO UNANIME
b. Traigo el Convenio con el Banco Popular.
CONVENIO para la instalación y OPERACIÓN de un dispensador de dinero o cajero automático propiedad
del banco popular en LAS INSTALACIONES Del CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
Entre nosotros BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL, con cédula jurídica número: cuatro - cero
cero cero - cuarenta y dos mil ciento cincuenta y dos - diez, domiciliado en San José, avenidas dos y cuatro,
calle uno, representado por el señor OMAR SÁNCHEZ LIZANO, mayor, casado una vez, portador de la
cédula de identidad número tres - doscientos setenta y ocho -cuatrocientos noventa y ocho, Máster en
Administración de Empresas, vecino de Cartago, Residencial El Molino, cien metros al este del Colegio
Sagrado Corazón, en su condición de DIRECTOR DE SOPORTE AL NEGOCIO, con facultades de APODERADO
GENERALISIMO LIMITADO A LA SUMA DE QUINIENTOS MIL DOLARES, MONEDA DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA o su equivalente en colones, según lo determina el artículo mil doscientos cincuenta y tres del
Código Civil, personería inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, bajo las siguientes citas de inscripción:
QUINIENTOS DOCE-DIECISEIS MIL CIENTO NOVENTA Y UNO-UNO-UNO, citas de inscripción de la parte:
DOS MIL NUEVE-DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO-UNO-DOS, quien en
adelante se denominará el “BANCO”, y el CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO, quien en
adelante se denominara “ EL CONCEJO ”, representado en este acto por la señora CINTHYA RODRIGUEZ
QUESADA, mayor, casada una vez, vecina de Cóbano, contiguo al puente del Rio Còbano, portadora de la
cédula de identidad número: dos - quinientos treinta y seis - setecientos noventa y nueve, en mi calidad
de Intendente Municipal del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano de Puntarenas, con cédula
jurídica número: TRES-CERO CERO SIETE-CERO SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE,
domicilio en Cóbano del Puntarenas, Frente a la Plaza de Deportes, con facultades de apoderada
generalísima de este Concejo Municipal de Distrito, nombrada a partir del primero de Mayo del año dos
mil dieciséis y hasta el treinta de Abril del año dos mil veinte, según resolución número: 1825 - E11-2016
ACTA 53/17 02/05/2017 de las diez horas con cuarenta y cinco minutos del once de Marzo del dos mil dieciséis del TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, publicada en la Gaceta número: sesenta y nueve del cinco de Mayo del dos mil dieciséis y de acuerdo a lo establecido en los artículos 2 y 4 inciso “f”, ,7 y 13 inciso e) de la Ley No. 7794 denominada “Código Municipal”, en los artículos 168, 160 y 170 de la Constitución Política, en los artículos 1, 3 y 4 la Ley General de Concejos Municipales de Distrito No. 8173 y su reforma de Ley No.9208, quien en adelante se denominará la “CONTRAPARTE”, hemos acordado celebrar el presente Convenio para la Instalación y Operación de un Dispensador de Dinero o un Cajero Automático propiedad del Banco Popular dentro de las instalaciones propiedad del Concejo Municipal de Distrito de Còbano, el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: FUNDAMENTO DEL CONVENIO El presente convenio se realiza sin sujeción a los procedimientos ordinarios de contratación administrativa, con fundamento en lo dispuesto en el artículo dos de la Ley de Contratación Administrativa, mismo que en concordancia con el párrafo segundo del artículo ciento treinta y ocho del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, pues se trata de un acuerdo en el que no media pago de emolumento alguno entre las partes, y en el que su objeto se enmarca dentro de lo que es la actividad ordinaria del “BANCO”, aspecto éste que se encuentra expresamente recogido en el punto 4.3 del Capítulo Octavo del Manual de Políticas Institucionales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Por esta circunstancia tampoco le resulta aplicable lo relativo al refrendo contralor, tal y como expresamente lo dispone el párrafo final del artículo tercero del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública. SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO El objeto del presente convenio es regular las condiciones en que operará el dispensador de dinero o el cajero automático que el Banco Popular y de Desarrollo Comunal instalará en el inmueble propiedad de la “CONTRAPARTE”, lo cual no solo es una imperiosa necesidad que tienen las y los trabajadores y demás personas del Distrito de Cóbano que acuden diariamente a las instalaciones de la “CONTRAPARTE”, sino que en el caso específico del “BANCO” es una manera de proyectar y expandir sus servicios. En ese sentido, forma parte integral de este convenio, el estudio técnico y comercial preparado por el “BANCO”, donde se acreditan las ventajas y beneficios tangibles de este convenio. TERCERA: LUGAR DE INSTALACIÓN El “BANCO” se compromete a instalar y operar un dispensador de dinero o un cajero automático de su propiedad, en las instalaciones de la “CONTRAPARTE”, específicamente en la zona verde contiguo a la entrada principal de la Municipalidad. El lugar en que se ubicará el dispensador de dinero o el cajero automático será de libre acceso a todas las personas que visiten las instalaciones de la “CONTRAPARTE” y público en general, durante las veinticuatro horas del día, todos los días del año. CUARTA: CONCESIÓN DE ESPACIO FISICO El espacio físico donde se instalará el dispensador de dinero o cajero automático del “BANCO” lo proporcionará la “CONTRAPARTE” de forma gratuita y sin que ello implique costo alguno para el “BANCO”, por el uso y disfrute del espacio cedido, el cual tener una medida mínima de aproximadamente nueve metros cuadrados. La limpieza y el mantenimiento de ese espacio físico serán responsabilidad del “BANCO”. QUINTA: USO DEL ESPACIO FISICO Y EQUIPOS INSTALADOS El espacio físico cedido por la “CONTRAPARTE” solo podrá ser utilizado por el “BANCO” para el propósito indicado en la cláusula segunda de este convenio, y bajo ninguna circunstancia el “BANCO” podrá variar su destino o ceder, vender, arrendar, subarrendar o traspasar el mismo a terceros. Tampoco podrá el “BANCO” constituir gravamen alguno sobre dicho espacio, ni reclamar la posesión o propiedad sobre éste, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento cincuenta y cuatro de la Ley General de la Administración Pública y el artículo ciento sesenta y nueve del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Por su parte, el cubículo cuando este sea portátil, el dispensador de dinero o el cajero automático y demás equipo que el “BANCO” instale en las instalaciones de la “CONTRAPARTE”, para la debida operación y funcionamiento del dispensador de dinero o el cajero automático, son propiedad exclusiva del “BANCO” y sobre ellos la “CONTRAPARTE” no podrá constituir gravamen alguno, ni alegar su posesión o propiedad, ni tampoco retener, ceder, vender, prestar, arrendar o traspasar dichos bienes a terceros. En ese sentido, el “BANCO” contará con un plazo de un mes y medio, a partir del momento en que este convenio concluya formalmente, para retirar el cubículo (cuando este sea portátil), el dispensador de dinero o el cajero automático, y el demás equipo de su propiedad de las instalaciones de la “CONTRAPARTE”, debiendo ésta prestar la colaboración necesaria. SEXTA: COMPROMISOS DE LAS PARTES
ACTA 53/17 02/05/2017 La instalación del dispensador de dinero o del cajero automático la realizará el “BANCO” y comprenderá: la construcción del cubículo, para lo cual el “BANCO”, preparará los planos constructivos los cuales deberán contar con el visto bueno de la “CONTRAPARTE”, asimismo la “CONTRAPARTE” autoriza para que las autoridades del Banco Popular, puedan gestionar directamente los diversos permisos de construcción del cubículo, el cual estará a cargo del “BANCO”. Además le corresponde al “BANCO” la obtención de las líneas de transmisión de datos necesarias para la comunicación de éste con el computador central, y las previstas internas de electricidad y teléfono. El costo por el servicio eléctrico será asumido por el “BANCO” para lo cual solicitara un medidor a su nombre. SEPTIMA: OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL CAJERO AUTOMÁTICO Corresponderá exclusivamente al “BANCO” la operación y el mantenimiento preventivo y correctivo del dispensador de dinero o del cajero automático, incluida la carga y descarga del mismo. En ese sentido, la “CONTRAPARTE” se compromete a dar libre acceso de lunes a domingo de 8:00AM a 8:00PM para que los funcionarios del “BANCO”, previamente identificados, atiendan todo lo referente al mantenimiento del dispensador de dinero o el cajero automático, incluidas las remesas de dinero, extracción de sobres, cambio y retiro de cartuchos, etc.. En caso de que estos servicios no puedan ser brindados por el personal del “BANCO” y resulte necesario contratar una empresa, el “BANCO” acreditará previamente ante la “CONTRAPARTE” al personal que estará autorizado para esos efectos. OCTAVA: RESPONSABILIDAD DE LA SEGURIDAD La seguridad del dispensador de dinero o el cajero automático será responsabilidad del “BANCO”, sin embargo, por encontrarse éste en las instalaciones de la “CONTRAPARTE”, ésta deberá colaborar en su vigilancia y en ese sentido deberá informar al “BANCO” en forma inmediata de cualquier acto vandálico que se presente o que pueda presentarse en el lugar. En caso de situaciones de rutina o que se presenten en horas y días hábiles la comunicación puede ser por alguno de los siguientes medios: correo electrónico a las direcciones monitoresseguridad@bp.fi.cr, permisosseguridad@bp.fi.cr, investigacionesseguridad@bp.fi.cr o bien vía telefónica al número 2104-7966, 2104-7968 o 2233-8952. Tratándose de situaciones de emergencia o que se presenten en horas y días inhábiles la comunicación sería vía telefónica al números 2104-7966, 2104-7968 o 2233-8952. Con el objeto de que el “BANCO” pueda velar por la seguridad del dispensador de dinero o cajero automático, así como de los usuarios de esa terminal, la “CONTRAPARTE” permitirá la ubicación de equipo de seguridad, tales como cámaras, alarmas y cualquier otro dispositivo de seguridad que el “BANCO” estime oportuno. Para el mantenimiento de dichos equipos la “CONTRAPARTE” se compromete a dar libre acceso a los funcionarios del “BANCO”, previamente identificados. Igualmente y en cosos de emergencia o peligro inminente o cuando se materialicen situaciones de riesgo, la “CONTRAPARTE” permitirá el libre acceso al personal de Seguridad del “BANCO” previamente identificado. NOVENA: AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR PUBLICIDAD El “BANCO” podrá incluir en su publicidad el dispensador de dinero o el cajero automático que se instalará con ocasión de este convenio e informar que estará a disposición de sus clientes y público en general. En ese sentido, el “BANCO” queda autorizado para colocar un rótulo en las instalaciones de la “CONTRAPARTE” dando a conocer que en el lugar opera un cajero automático del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. DECIMA: VIGENCIA DEL CONVENIO El presente convenio tendrá una vigencia de cinco años a partir de su firma y se tendrá por prorrogado automáticamente por tres períodos iguales, si tres meses antes de su vencimiento, ninguna de las partes manifiesta por escrito a la otra su deseo de darlo por concluido. DECIMA PRIMERA: RESOLUCIÓN UNILATERAL Y ANTICIPADA Ambas partes contratante quedan facultadas para rescindir unilateralmente y de manera anticipada este convenio, sin que esto implique responsabilidad alguna de su parte y sin que por ello deba mediar ningún tipo de indemnización. En tal supuesto, la determinación deberá ser comunicada a la otra parte con al menos tres meses de antelación. No obstante lo anterior, y considerando que el “BANCO” deberá realizar algunas erogaciones para la instalación y operación del dispensador de dinero o cajero automático, la “CONTRAPARTE” podrá ejercer esta facultad hasta después de transcurrido el primer año de funcionamiento del cajero automático. DECIMA SEGUNDA: INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO En caso de que alguna de las partes incumpla con los compromisos contraídos, relevará a la otra de toda responsabilidad y la facultará para dar por terminado este convenio de manera anticipada y unilateral, salvo que concurran circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA TERCERA: ATENCIÓN DE NOTIFICACIONES
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Cualquier notificación, solicitud, informe u otra comunicación presentada por cualquiera de las partes con
ocasión de este convenio, se deberá hacer de forma escrita al siguiente domicilio:
En el caso del “BANCO” en sus oficinas en la Agencia Paquera, ubicada frente a Ferretería RG-2000.
En el caso de la “CONTRAPARTE” en sus oficinas propiamente del Concejo Municipal del Distrito de
Cóbano, ubicadas en Còbano Centro, frente a la Plaza de Deportes.
DECIMA CUARTA: ESTIMACIÓN FISCAL
Considerando la naturaleza del presente convenio, y la inexistencia de obligaciones pecuniaria entre
ambas partes, el mismo carece de cuantía.
En fe de lo anterior, firmamos conformes, en la ciudad de Paquera Puntarenas, a las 10 horas del 20 de
abril del 2017.
FERNANDO. Me parece una excelente oportunidad, me imagino que es un convenio estándar y
seguro lo han hecho varias municipalidades. Usted como lo vio Doña Cinthya?
CINTHYA. Don Henry vino a reunirse conmigo casi llegando yo aquí, y gracias a Dios la Licda.
Rosibeth Obando fue la que busco el mecanismo legal para hacerlo, porque la Asesoría legal
anterior lo que decía era que se tenía que sacar a licitación
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido convenio con el Banco Popular para instalación de un cajero automático, el
cual se denomina CONVENIO para la instalación y OPERACIÓN de un dispensador de dinero o
cajero automático propiedad del banco popular en LAS INSTALACIONES Del CONCEJO
MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
ACUERDO Nº4
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “1. Aprobar el convenio denominado
CONVENIO para la instalación y OPERACIÓN de un dispensador de dinero o cajero automático
propiedad del banco popular en LAS INSTALACIONES Del CONCEJO MUNICIPAL DE
DISTRITO DE COBANO.*****************************
2. Autorizar a la Intendencia a firmar dicho convenio”. ACUERDO UNANIME.
c. El sábado estuve en la sesión extraordinaria en la Municipalidad de Puntarenas donde se
conoció y aprobó la liquidación presupuestaria
d. El jueves a las 9 am en la casa del adulto mayor se elige el sub comité de la red de cuido
del adulto mayor
e. El 16 de mayo tenemos audiencia con la viceministra del salud para el asunto del cierre
del botadero , es importante la presencia de alguno o algunos de ustedes
f. El sábado hay una recolección de basura en el rio biscoyol hay que estar a las 6.30 a,m
en la plaza de pánica
g. Necesito que me incluyan en el orden del día de la sesión extraordinaria del viernes la
decisión inicial para el proyecto de tratamiento asfaltico que se va a hacer en Las Delicias
MARIO. En qué sector van a iniciar
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CINTHYA . Eso es lo que aún no decido. Porque está la escuela y un recurso que hay pendiente
y la señora del vivero que tiene una niña especial y el sector de la casa de ella está en muy mal
estado
SE DIALOGA SOBRE EL TEMA
PRESIDENTE EN EJERCICIO. Para atender esta situación iniciaremos la sesión a las 2.30pm.
La secretaria que comunique al grupo.
ARTICULO IX. INFORME DE LA ADMINISTRACION
Dpto. de Zona Marítimo Terrestre
a. Lc. Ronny Montero. Coordinador a.i. OFICIO N0 ZMT-039-2016
Asunto: Respuesta a lo acordado, en sesión Ordinaria número 47-2015, articulo VI,
inciso, del día quince de Diciembre del 2015, en el cual solicitan un criterio para las
situaciones de traslape de varios planes reguladores.
Estimados señores:
Por medio de la presente me permito dar respuesta a lo acordado, en sesión Ordinaria número 48-2017,
artículo X, inciso f, del día veintiocho de marzo del 2017, en el cual solicitan un criterio para dar respuesta a
la señora Eulalia Núñez Loria, la cual solicita se le indique que debe hacer para poder arreglar su casa de
habitación la cual está bastante deteriorada y se ubica en el plan regulador de Tambor, por lo que me
permito indicar lo siguiente:
Que el Plan Regulador para el sector costero de Playa Tambor fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta
número 170 del día miércoles 7 de setiembre del año 1994, el cual fue aprobado por parte del Concejo
Municipal de Distrito de Cóbano, en el artículo IV, de la sesión ordinaria 257, efectuada el día 27 de julio de
1994, así mismo fue aprobado por el Instituto Costarricense de Turismo en Sesión 4279, articulo 4, inciso 4,
de fecha 08 de julio del año 1992 y por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo en Sesión 4276,
artículo único, de fecha 14 de enero del año 1993.
Que dicho plan Regulador se trata de un plan desactualizado, el cual no es conveniente a la realidad de los
pobladores, ya que existe una actualización realizada al amojonamiento de la zona por parte de Instituto
Geográfico Nacional, en el cual se varió el amojonamiento indicado en el plan regulador, por lo que este no
coincide.
Que en este sector costero no es posible realizar ningún tipo de trámite, ya sea visados de planos,
permisos de construcción y remodelación, otorgamiento de concesiones entre otros, por no ajustarse a la
realidad.
Este departamento llevará a cabo una solicitud de reunión con Setena para ver de qué manera se pueden
retomar los estudios realizados por la empresa Epipsa, contratada para actualizar varios planes
reguladores de Cóbano entre ellos Tambor y que al final no dieron los frutos esperados, sin embargo se
tiene conocimiento que podrían ser retomados dichos trabajos por este Concejo de Distrito. Una vez
realizada dicha reunión se les comunicara.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido criterio del Dpto. de Zona Marítimo Terrestre sobre solicitud que realizara la
señora Eulalia Núñez Loria
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ACUERDO Nº5
Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Enviar copia de este oficio a la señora
Eulalia Núñez a fin otorgarle una debida respuesta y que se informe de la situación del Plan
Regulador de Tambor”. ACUERDO UNANIME
b. Lic. Ronny Montero. OFICIO ZMT 055-2017 ASUNTO. RESPUESTA. OFICIO
MPD-ZMT-142-2017.
PRESIDENTE EN EJERCICIO. Solicitarle al departamento ser más amplio en sus
respuestas, para que la información quede muy clara, y escribir la pregunta y su
respuesta ya que el documento se trasladara al ICT y deseamos las dudas queden
bien evacuadas. DAR PASE AL DEPARTAMENTO PARA SU AMPLIACION
ARTICULO IX. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
a. MSc. Laura Maria Chávez Quirós. Alcaldesa en ejercicio. Municipalidad de Alajuela.
OFICIO MA-A-1313-2017 dirigido al Arq. Fabián Gonzalez. Coordinador del subproceso
de diseño y gestión de proyectos. En el cual le instruye para que coordine una reunión con
el Ing. Calvo para que le colabore con lo necesario. SE CONOCE
b. Arq. Antonio Farah. OFICIO MPD.P-082-2017. ASUNTO. Acuse de recibo de acuerdo
donde se designan a los funcionarios que conformaran el equipo de trabajo para retomar
la propuesta del plan regulador integral santa teresa – mal país. SE CONOCE
c. Alejandro Pignataro Madrigal. Apoderado Especial de Rayo Verde S.A. ASUNTO.
Recurso de Apelación de la Resolución CYV-014-2017 emitida por la
Oficina de Catastro y Valoraciones (Resolución que confirma la tasación oficiosa CYV-
004-2017). SE DA PASE A LA ASESORA LEGAL PARA QUE NOS EMITA
RECOMENDACIÓN AL RESPECTO.
*****************************************************U.L.**************************************************
Sra. Roxana Lobo Granados Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga
SECRETARIA PRESIDENTE