Ordinaria 65 · 2016-04-19
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 65 del 2016-04-19 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 2) · unanime ACUERDO Nº1 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Solicitarle al Topógrafo y al Ingeniero municipal si es posible le colaboren al Centro Educativo …
- Acuerdo 2 (pág. 3) · unanime ACUERDO N°2 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Dejar pendiente esta solicitud para que sea analizada por la nueva administración ya que son ello…
- Acuerdo 3 (pág. 3) · unanime ACUERDO N°3 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Nombrar como miembro de la Junta de Educación del Centro Educativo San Isidro a la Señora Johana …
- Acuerdo 4 (pág. 4) · unanime ACUERDO N°4 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Aprobar uso de suelo para la construcción de un condominio residencial o comercial en la propieda…
- Acuerdo 5 (pág. 5) · unanime ACUERDO N°5 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1. Autorizar a la Asociación de Desarrollo Integral de Río Negro la realización de una feria los …
- Acuerdo 6 (pág. 7) · unanime ACUERDO N°6 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Acoger la recomendación presentada por el Administrador Tributario, Lic. Ronny Montero mediante r…
- Acuerdo 7 (pág. 13) · unanime ACUERDO Nº7 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1. Indicarle al representante de la sociedad denominada Plaza de la Señoría S.A. la presentación …
ACTA 65/16
19/4/2016
ACTA ORDINARIA Nº 65-2016
PERIODO 2011-2016
ACTA NÚMERO SESENTA Y CINCO - DOS MIL DIECISEIS DE LA SESIÓN
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
EL DÍA DIECINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS DIECISIETE
HORAS EN LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:
CONCEJALES PROPIETARIOS
Rigoberto Gómez Gómez. PRESIDENTE EN EJERCICIO
Ronny Rodríguez Villalobos
Enio Valenzuela Ruiz.
José León Sandoval.
CONCEJALES SUPLENTES
Onias Alvarado Ramírez
Damaris Cerdas Alpizar
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
CONCEJALES PROPIETARIOS AUSENTES
Minor Jimenez Gutierrez. PRESIDENTE. En recuperación pos operatoria
Juan León Rodríguez
CONCEJALES SUPLENTES AUSENTES
Josué Villalobos Matamoros
ASISTENTES POR INVITACION
VISITANTES
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
I. RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIAS 64-2016
II. AUDIENCIAS
III. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
IV. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
V. MOCIONES DE LOS CONCEJALES
VI. INFORME DE LA ADMINISTRACION
VII. INFORME DE LA INTENDENCIA
SE RATIFICA EL ORDEN DEL DIA PROPUESTO
I. RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA 64-2016
a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 64-2016 la cual se ratifica en todas sus
partes.
II. AUDIENCIAS
SE DISPENSA
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III. LECTURA DE CORRESPONDENCIA
a. Lic. Dahiana Noguera Villalobos. Directora Escuela San Ramon de Ario.
ASUNTO. Solicitud de avalúo de terreno y estudio de suelos en donde se
encuentra localizado el centro educativo. Esto con el fin de presentar ante el
DIEE los documentos requeridos para la donación de este terreno al MEP
requisitos necesarios para el trámite de información posesoria
CONSIDERANDO:
-Que la directora y junta de educación de San Ramon de Ario solicitan
colaboración a fin de que se les realice un avalúo de terreno y estudio de suelos
del sitio en donde se encuentra localizado el centro educativo
ACUERDO Nº1
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Solicitarle al Topógrafo y al
Ingeniero municipal si es posible le colaboren al Centro Educativo de San Ramon
de Ario y les realicen el avalúo de la propiedad y estudio de suelo del terreno en
donde se localiza actualmente el centro educativo y darle prioridad a fin de que
ellos puedan continuar con el proceso que llevan de información posesoria”.
ACUERDO UNANIME
b. Ignacio Manuel Juárez Carmona. Secretario APROINFE. Informa que la
Asociación mixta de productores agropecuarios y agroindustriales del
Asentamiento Santa Fe en reunión ordinaria del 29 de febrero del 2016 acordó
hacer un subcomité administrador para la feria del agricultor con las siguientes
personas: Yixenia Peralta Ramírez, Yanneth Segura Madrigal y Lideres Pro-
Limpieza como apoyo, solicitarle al Concejo poder seguir operando adonde esta la
feria actualmente ya que desean asumir la administración de la feria lo antes
posible, así también solicitar tener acceso a los servicios básicos además de
utilizar el área destinada para la feria los días viernes y lunes ya que han
analizado la importancia de ampliar el servicio a los consumidores y de paso
ofrecer la oportunidad de sumar más productores peninsulares y foráneos que
podrían asistir los lunes a la feria. Solicitan además una reunión.
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CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido nota de APROINFE Asociación mixta de productores
agropecuarios y agroindustriales del Asentamiento Santa Fe
-Que informan que hicieron un subcomité administrador de la feria y realizan
algunas solicitudes entre ellas dos días de feria y otros
ACUERDO N°2
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Dejar pendiente esta solicitud para
que sea analizada por la nueva administración ya que son ellos los que estarán al
frente los próximos años y tendrán que tomar las decisiones.”. ACUERDO
UNANIME
c. Lcda. MAricel Rojas León. Auditora Interna. Solicita audiencia para presentar
borrador del informe denominado Informe sobre la Autoevaluación de la calidad
de la Auditoria Interna del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.
PRESIDENTE CONVOCA A SESION EXTRAORDINARIA EL JUEVES 21 A LAS
5 PM A FIN DE ATENDER A LA SRA AUDITORA.
d. MSc Angie Melissa Reyes González. Directora Escuela San Isidro. ASUNTO.
Presenta terna para el nombramiento de un miembro de la Junta de Educación
debido a la renuncia de uno de sus miembros
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido terna para el nombramiento de un miembro de la junta de
Educación del Centro Educativo San Isidro en sustitución de uno que ha
presentado la renuncia a su cargo
-Que se conoce la renuncia por escrito del Sr. Marco Tulio Quiros Rojas, portador
de la cedula 6 104 940
-Que la terna presentada cuenta con el visto bueno del Asesor supervisor
ACUERDO N°3
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Nombrar como miembro de la
Junta de Educación del Centro Educativo San Isidro a la Señora Johana Villalobos
Barrantes portadora de la cedula 9 351 510, la cual se mantendrá en este cargo
por el tiempo que le resta a esta junta”. ACUERDO UNANIME
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ARTICULO IV. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
SE DISPENSA
ARTICULO V. MOCIONES DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA
ARTICULO VI. INFORME DE LA ADMINISTRACION
DPTO DE INGENIERIA
a. Ing. Freddy Madrigal Ávila. OFICIO ING.- 175-2016. Indica que adjunta solicitud
de uso de suelo para la construcción de un condominio residencial o comercial en la
propiedad inscrita con el Folio Real N°6090373-000 y plano catastrado P-0223241-1994
propiedad de Inmobiliaria Marianao S.A. sita en Montezuma de Cóbano, una vez revisada
se aprueba por parte del departamento de ingeniería la solicitud de uso de suelo para un
condominio residencial o comercial y se da pase al Concejo Municipal para que tomo el
acuerdo respectivo.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido solicitud de uso de suelo de Inmobiliaria Marianao S.A. de
propiedad ubicada propiedad inscrita con el Folio Real N° 6090373-000 y plano
catastrado N°P-0223241-1994 cita en Montezuma de Cobano
-Que Ingeniero Municipal Sr. Freddy Madrigal Ávila en el oficio ING 175-2016
indica que se aprueba por parte del departamento de ingeniería la solicitud de
uso de suelo para un condominio residencial o comercial realizada por la
empresa Inmobiliaria Marianao S.A
ACUERDO N°4
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Aprobar uso de suelo para la
construcción de un condominio residencial o comercial en la propiedad inscrita
con el Folio Real N°6090373-000 y plano catastrado P-0223241-1994 propiedad
de Inmobiliaria Marianao S.A. sita en Montezuma de Cóbano”. ACUERDO
UNANIME
DPTO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
b. Lic. Ronny Montero Orozco. Administrador Tributario. OFICO ADT-042-2016.
ASUNTO: PERMISO PARA FERIA RIO NEGRO 2016.
Sirva la presente para informarles que se han recibido en este Departamento los
siguientes documentos:
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Solicitud de permisos para las fiestas
Plan operativo
Nota de la C.C.S.S
Recibo de Acam
Contrato de recolección de basura
Documento cruz roja
Permiso veterinario
Nota de Apoyo Policial
De lo anterior solicito se tome el acuerdo si lo tienen a bien, de otorgar el permiso para dichas
fiestas debido a que se ha cumplido con la mayoría de los requisitos exigidos por este municipio
para llevar a cabo dichas actividades. Y que dicha aprobación quede sujeta a la presentación del
permiso sanitario que es lo único que falta para cumplir con lo solicitado.
Se adjunta expediente para su verificación.
CONSIDERANDO:
Que el Administrador Tributario mediante oficio ADT-042-2016 indica que
ha revisado los documentos para aprobación de los permisos para las
actividades de feria a realizarse en la comunidad de Río Negro del 29 y 30
de Abril y 01 de Mayo del 2016.
Que hace constar que se cuenta con todos los requisitos solicitados
Que se presenta archivo con copia de todos los requisitos
Que ya existe acuerdo para la patente de licores
ACUERDO N°5
Con todos los votos a favor SE ACUERDA:
“1. Autorizar a la Asociación de Desarrollo Integral de Río Negro la realización de una
feria los días 29,30 de Abril y 01 de Mayo del Dos Mil Dieciséis
2. Informarles que el monto a cancelar por la actividad será de acuerdo a las entradas
vendidas en cada evento, estas deben ser contadas y selladas por la administración
antes y después de la feria, estos impuestos deberán ser cancelados inmediatamente
después de terminada la feria, en las oficinas de cobros de esta municipalidad, dinero
que deberá ingresar directamente a la cuenta de este Concejo, mediante un recibo”
ACUERDO UNANIME
c. Lic. Ronny Montero Orozco. Administrador Tributario.RES-043-2016.
Administración Tributaria y Financiera, Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano.
Cóbano, a las 08 horas, con Veintinueve minutos del quince de abril del año dos mil
dieciséis.
El suscrito Ronny J. Montero Orozco, Administrador Tributario y Financiero del Concejo Municipal
de Distrito de Cóbano, en pro de cumplir con la Normativa establecida en el Código de Normas y
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Procedimientos Tributarios, emite la presente resolución para el cálculo del interés para el cobro
de tributos de este Concejo Municipal.
Resultando
Que según lo establecido en el artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, que indica la Administración Tributaria fijará la tasa del interés, la cual deberá
ser equivalente al promedio simple de las tasas activas de los bancos estatales para
créditos del sector comercial y, en ningún caso, no podrá exceder en más de diez puntos
de la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa
Rica.****************************
Que según el Banco Central de Costa Rica la tasa básica pasiva ha venido en disminución
desde el mes de enero de un 5,95 a un 5,55 al 15 de abril del 2016.*********
Que es necesario cada 6 meses al menos realizar el ajuste de dicha tasa para el cobro de
intereses.**********************************************************
Que en aras de cumplir con la norma establecida para el cálculo del porcentaje de
intereses debe actualizarse al menos cada seis meses.
******************************
Que la revisión de la tasa básica pasiva muestra en promedio que se ha mantenido
durante el año en un 5.77 y al no poder exceder de dicho número más 10
puntos.*********************************************************
Que durante el presente año no se ha llevado modificación alguna del porcentaje de
nterés para los tributos municipales de este Concejo. ******************
POR TANTO
Se recomienda al Concejo Municipal, que se establezca el monto de pago por concepto de
intereses para Bienes Inmuebles en 15% anual, y de las demás multas en 1.25% mensual de
manera tal que se ajuste a lo establecido por el Código de Normas y Procedimientos Tributarios,
dicho porcentaje regirá a partir de la publicación en el Diario Oficial la Gaceta.
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido RES 046-21016 del Lic. Ronny Montero Orozco,
Administrador Tributario y Financiero para el cálculo del interés para el cobro de
tributos de este Concejo Municipal donde indica lo siguiente:
Que según lo establecido en el artículo 57 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, que indica la Administración Tributaria fijará la tasa del
interés, la cual deberá ser equivalente al promedio simple de las tasas activas de
los bancos estatales para créditos del sector comercial y, en ningún caso, no
podrá exceder en más de diez puntos de la tasa básica pasiva fijada por el Banco
Central de Costa Rica
Que según el Banco Central de Costa Rica la tasa básica pasiva ha venido en
disminución desde el mes de enero de un 5,95 a un 5,55 al 15 de abril del 2016
Que es necesario cada 6 meses al menos realizar el ajuste de dicha tasa para el
cobro de intereses
Que la revisión de la tasa básica pasiva muestra en promedio que se ha
mantenido durante el año en un 5.77 y al no poder exceder de dicho número más
10 puntos
ACTA 65/16
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Que durante el presente año no se ha llevado modificación alguna del porcentaje
de Interés para los tributos municipales de este Concejo
Que recomienda al Concejo Municipal, que se establezca el monto de pago por
concepto de intereses para Bienes Inmuebles en 15% anual, y de las demás
multas en 1.25% mensual de manera tal que se ajuste a lo establecido por el
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, dicho porcentaje regirá a partir
de la publicación en el Diario Oficial la Gaceta.
ACUERDO N°6
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Acoger la recomendación presentada por
el Administrador Tributario, Lic. Ronny Montero mediante resolución RES- 043-2016 y
establecer el monto de pago por concepto de intereses para Bienes Inmuebles en 15%
anual, y de las demás multas en 1.25% mensual de manera tal que se ajuste a lo
establecido por el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, dicho porcentaje
regirá a partir de la publicación en el Diario Oficial la Gaceta”. ACUERDO UNANIME
DPTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
d. Lic. Aralyn Villegas Ruiz. Oficio: L-ZMT-009-2016 Asunto: Respuesta CMDCS
14-2016 sobre Plaza La Señoría Sociedad Anónima.
Por medio de la presente me permito saludarles, y a la vez hacer de su conocimiento que ésta
Asesoría Legal conoció CMDCS 14-2016 que indica:
TRANSCRIPCION DE ACUERDO
Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su
sesión Ordinaria número 51-2016, artículo II, inciso e, del día doce de enero del Año Dos Mil
dieciséis, a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo, que dice:
Alcides Fernández Elizondo. Apoderado Especial de la Sociedad Plaza de la Señoría S.A.
ASUNTO. Solicita se proceda a la autorización para la firma del respectivo contrato de concesión
ya que indica que está demostrado que no existe impedimento alguno en relación a los retiros
de construcciones existentes en la zona marítimo terrestre y se encuentran dentro de lo
establecido en la ley que regula las construcciones en esa zona. SE DA PASE A LA INTENDENCIA Y
AL DEPARTAMENTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE PARA QUE LO QUE CORRESPONDE EN EL
TIEMPO INDICADO-
Por lo tanto procedo al respectivo análisis y criterio de expediente 2792-05 Plaza de La Señoría
Sociedad Anónima.
Antecedentes:
El día 21 de enero del año 2006, el señor Yan March, en representación de Plaza la Señoría
Sociedad Anónima realiza solicitud de concesión ante la Municipalidad de Puntarenas (folio 8).
El día 09 de marzo del año 2006, el señor Kenneth Davís, inspector municipal realiza la inspección
de campo y determina que existe en el sitio una casa y una bodega, mencionando que la
conclusión se dio en 1990 (Folio 25).
El día 15 de febrero del año 2007, el señor Alcides Fernández Elizondo, encargado del
departamento de Zona Marítimo Terrestre elabora el edicto a publicar sobre la mencionada
solicitud de concesión (Folio 32).
ACTA 65/16 19/4/2016 El 19 de marzo del 2007 se publica el edicto de la solicitud en concesión (Folio 38). El 12 de julio 2007 se recibe anteproyecto de casa de playa en Zona Marítimo terrestre. (Folio 80). El día 12 de noviembre 2007 el Ministerio de Hacienda realiza el avalúo 278-2007 (Folio 44) y el 18 de agosto 2008 Ministerio de Hacienda también realiza el avalúo 397-2008 (Folio 90). El 9 de Setiembre 2008 CMDCS 453-2008 Acuerdo del Concejo de aprobar el uso de suelo solicitado y anteproyecto presentado. (Folio 85). El día 22 de noviembre 2011 el señor Intendente Municipal elabora el Proyecto de Resolución y concluye diciendo “Esta Intendencia, recomienda al Concejo Municipal de Cóbano la aprobación de la concesión solicitada por PLAZA DE LA SEÑORIA S.A Con cédula jurídica número 3-101- 290125, sobre un terreno que consta de 5335.50m2, con uso autorizado para ZONA RESIDENCIAL RECREATIVA según lo establecido en el Reglamento de Zonificación de la Planificación existente en el sector.” (Folio 108-110). El día 1 de abril 2013 la asesoría legal del Concejo Municipal del distrito de Cóbano, lleva a cabo un análisis exhaustivo del expediente, emitiendo recomendación para el cumplimiento de legalismos, para lograr enmendar el proceso (Folio 129). El 15 de mayo 2013 El inspector Greivin Carmona Rodríguez realiza inspección (Folio 137-138). El 15 de junio del 2013 el inspector Greivin Carmona Rodríguez emite informe de re inspección realizada el 1 de junio del 2013, donde cita: “La propiedad de la sociedad antes citada posee construcciones estando está afectada por el dictamen C-230-97, las construcciones existentes corresponden a una casa de habitación de concreto con una acera frente a la misma de concreto abierta, un rancho de madera deck, una bodega de concreto, así como un tanque o caseta de una bomba de agua, además en la entrada principal existen 2 columnas de concreto y un pequeño muro así como 10 columnas pequeñas de concreto dentro de la propiedad esto sobre un camino interno de la propiedad” (Folio 139). El día 13 de diciembre del año 2013 el señor Yan Pierre March, solicita que valore su incorporación al dictamen C-230-97 y por ende que se realice la firma del respectivo contrato de concesión y envía al ICT, para la correspondiente aprobación. (Folio 159). Que el día 27 de mayo 2014 la coordinadora del departamento de Zona Marítimo Terrestre emite el oficio ZMT-095-2014 en el que dice “Lo anterior es con el fin de que este Concejo Municipal analice el informe que estaría enviando con fin de que este valore lo solicitado por el señor Yan Pierre March, ya que tal y como él hace referencia en los escritos presentados ante este departamento se debe de tomar en cuenta lo establecido en el Dictamen C-230-97, específicamente lo indicado en el apartado II de dicho Dictamen”. (Folio 167-173). Que el día 7 de julio 2014 el Gestor Ambiental del Área Peninsular de Salud, del Ministerio de Salud, Jorge Campos Alfaro realiza la inspección e indica que no presenta problemas de manejo de desechos líquidos ni sólidos (Folio 210-211). El 03 de julio 2014 el inspector municipal Greivin Carmona Rodríguez emite informe diciendo “(…procedí a realizar inspecciones a la parcela que actualmente se encuentra en trámite de concesión en aplicación de la Ley 9242, por parte de la sociedad denominada Plaza la Señoría Sociedad Anónima, con cedula jurídica 3-101-290125, la cual se localiza en el sector costero de playa Mal País, Cóbano, específicamente entre los mojones números 92 y número 93, con una área de 5.335.50 metros cuadrados la correspondiente a Zona Residencial Recreativa, la cual linda Norte con el Concejo Municipal Cóbano, Sur con el Concejo Municipal Cóbano, Oeste Zona Publica y Este con Calle pública (Folio 212-218). Mediante dichas inspecciones a la propiedad antes citada, fue con el propósito de verificar datos de la parcela así como de las construcciones existentes en dicho lugar y si se ajustan o no en cuanto a la densidad, alturas y retiros establecidos en el plan regulador vigente para dicho sector costero, por lo que mediante estas inspecciones fue posible recabar las siguiente información:
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Datos de la parcela:
Requisitos Terreno Plan regulador
Área 5335.50 m2 200 mínimo y 4000 máximo
Frente 47.70 metros lineales 15 mínimo y 30 máximo
Densidad total 8.97% 40%
Datos de las construcciones:
Casa de habitación de dos niveles
Requisitos Construcción Plan regulador
Cobertura 460 m2 aproximada 40%
Altura 8 metros aproximada 7 metros
Retiro frontal Cumple 5 metros
Retiro lateral 6,6 metros 3 metros
Retiro frontal2 58 metros 5 metros
Retiro lateral 3.6 metros 3 metros
Bodega
Requisitos Construcción Plan regulador
cobertura 9 m2 aproximados 40%
Altura Cumple 7 metros
Retiro frontal 34 metros 5 metros
Retiro lateral 5.80 metros 3 metros
Retiro posterior Cumple 5 metros
Retiro Cumple 3 metros
Deck
Requisitos Construcción Plan regulador
Cobertura 18.6 m2 aproximados 40%
Altura Cumple 7 metros
Retiro frontal Cumple 5 metros
Retiro lateral 1 Cumple 3 metros
Retiro posterior Cumple 5 metros
Retiro lateral 2 2,3 metros 3 metros
Rancho abierto
Requisitos Construcción Plan regulador
Cobertura 9 m2 aproximados 40%
Altura Cumple 7 metros
Retiro frontal Cumple 5 metros
Retiro lateral Cumple 3 metros
Retiro posterior Cumple 5 metros
Retiro lateral Cumple 3 metros
Es importante destacar que lindero norte de la propiedad, estaba delimitado con unas balizas de
madera y una cuerda blanca, no poseía ningún tipo de cerca ya sea natural o artificial.
Que consta en el expediente en folio 180 solicitud presentada el día 8 de octubre del 2014
mediante Apoderado Especial solicitando las inspecciones para acogerse a la Ley 9242. Que al ser
la Ley 9242 publicada el 9 de junio del 2014.
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El 16 de diciembre 2014 se realiza el avalúo 23-14, por parte del topógrafo Edgardo Rodríguez
Rodríguez
del Concejo
Municipal
del distrito de
Cóbano de
Puntarenas, (Folio 185-193).
Que el día 15 de abril el topógrafo municipal Rodrigo Vásquez Quirós realiza una nueva
inspección en compañía del Inspector Municipal Greivin Rodríguez Carmona, donde determina lo
siguiente mediante el oficio CAT-039-2016, que indica para que nos interesa:
“El día 13 de Abril del 2016, se procedió a realizar una inspección en compañía del inspector
municipal Greivin Rodríguez Carmona, al terreno en solicitud de concesión por parte de la
sociedad Plaza de la Señoría S.A., ubicado en el plan regulador Playa Mal País, en Mal País de
Cóbano, esto a solicitud del señor Alcides Fernández Elizondo. La finca es descrita por el plano de
catastro P-963594-2004.
Mediante dicha inspección se logró constatar que el terreno ha sido deslindado en su lindero
norte por medio de puntos topográficos (tubos de pvc enterrados y cortados a nivel de suelo, con
varas de madera dentro de los tubos a la altura de 1 m), el lindero guarda relación con la forma y
dirección que le corresponde en el plano de catastro P-963594-2004.
Constatado el lindero se procedió a realizar una medición de los retiros, donde los resultados se
muestran en el croquis adjunto a este documento.
Adjunto fotografías del sitio y croquis de los retiros”.
Que el 18 de abril 2016 el Topógrafo Municipal Rodrigo Vásquez emite oficio CAT-040-2016
donde indica: “…a partir del trabajo de revisión que incluyo el montaje del plano de catastro 6-
963594-2004 en el área de interés, más el contraste con el Plan Regulador de Playa Mal País y las
láminas de Patrimonio Natural del Estado, se determinó que conforme a la ubicación del plano:
El plano no se encuentra afectado por Patrimonio Natural del Estado de acuerdo a la certificación
SINAC-MINAET 2009.
ACTA 65/16 19/4/2016 El plano se ubica en Zona Residencial Recreativa. El plano presenta una demasía de área de 3335.5 m2 según el reglamento del plan regulador de Playa Mal País.” Análisis fáctico jurídico: Que según la nueva inspección realizada por el topógrafo y el inspector municipal los retiros cumplen con lo dispuesto en el Reglamento del Plan Regulador Playa Mal País. Que existen construcciones en el terreno de la parcela solicitada en concesión a nombre de la sociedad Plaza la Señoría Sociedad Anónima que ésta solicitó acogerse a la ley 9242, dichas construcciones cumplen con el plan Regulador Costero de la Zona, según lo refleja el informe de inspección realizado el día 03 de julio 2014, por el Inspector Municipal Greivin Carmona Rodríguez. Que al ser la Ley 9242 publicada el 9 de junio del 2014 la solicitud entra en tiempo para acogerse a ésta. En análisis de la Ley 9242 “LEY PARA LA REGULARIZACIÓN DE LAS CONSTRUCCIONES EXISTENTES EN LA ZONA RESTRINGIDA DE LA ZONA MARÍTIMO TERRESTRE ARTÍCULO 3.- Las municipalidades con jurisdicción en la zona restringida de la zona marítimo terrestre, que cuenten con un plan regulador costero vigente, podrán conservar las construcciones existentes, siempre que se ajusten al plan y a la normativa ambiental aplicable. Cuando las construcciones existentes se ajusten al plan regulador costero vigente, sin necesidad de realizar ninguna modificación, el interesado deberá gestionar la concesión pertinente en un plazo máximo de seis meses, contado a partir de la entrada en vigencia de esta ley. En caso de que las construcciones existentes requieran modificaciones para ajustarse al plan regulador costero vigente, las municipalidades, en un plazo de seis meses contado a partir de la entrada en vigencia de esta ley, prevendrán a los interesados para que estos, en el plazo improrrogable de seis meses posteriores a la prevención, procedan con las modificaciones pertinentes. Vencido dicho plazo, habiéndose constatado el cumplimiento de la prevención, el interesado deberá gestionar la concesión pertinente en un plazo máximo de seis meses. Agotado dicho plazo sin constatarse el cumplimiento de la prevención mencionada, la municipalidad procederá al desalojo y la demolición de las obras. Lo anterior, previa información levantada al efecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N.° 6043, Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, de 2 de marzo de 1977, y sus reformas. El costo de demolición o destrucción se cobrará al dueño de la construcción o instalación”. Que la parcela solicitada en concesión cuenta con una demasía de área de 1335.5 m2 de acuerdo al reglamento a la Ley de Zona Marítimo Terrestre, no consta en el expediente una solicitud por ésta demasiada de área, por lo que se le realizó la prevención al administrado para que la aporte. Existe un Proyecto de Resolución firmado por el Intendente Municipal desde el 22 de noviembre del 2011, mismo que no cuenta con aprobación o rechazo por parte del Concejo. Que la anterior Gestora Legal, del Departamento de Zona Marítimo Terrestre recomendó en criterio del 11 de agosto del 2015 se valorara la posibilidad de aprobar el Proyecto de Resolución presentado por el Intendente Municipal y se valorara también la posibilidad de autorizar la firma del contrato. Que aunque se recibió el 12 de julio 2007 el anteproyecto de casa de playa en Zona Marítimo Terrestre. (Folio 80), este no cumple con lo estipulado en el artículo 56 del Reglamento a la Ley 6043 Zona Marítimo Terrestre para un perfil de Proyecto, por lo que se le previno al administrado para que realice las correcciones, esto porque es preciso que cumpla con lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento a la Ley 6043 dispone “Quienes se propongan realizar explotaciones turísticas, deberán rendir garantía de ejecución del proyecto a favor de la municipalidad respectiva, con la aprobación previa del ICT en cuanto al monto y al tipo de garantía o bonos del Estado o sus instituciones, o cualquier otra forma de caución satisfactoria. El monto se fijará entre el 1% y el 5% del valor del proyecto, y la garantía deberá rendirse con un plazo de vigencia que exceda en un tercio al fijado por el interesado para la ejecución del proyecto…”. Esto por cuanto se debe presentar un perfil de proyecto mediante el cual se logre establecer el monto de la garantía para la ejecución del proyecto, por lo que se debe adjuntar un documento
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descriptivo en donde el solicitante de concesión describa literalmente lo que pretende
desarrollar en la parcela solicitada en concesión, ya que al solicitar el uso condicional de cabinas
esta pasa a convertirse en una explotación turística, siendo necesario que se realice una
descripción general del proyecto a desarrollar en donde se indique al menos el tipo de obra que
se pretenda desarrollar, materiales, acabados, distribución de las construcciones si es en un solo
módulo o en varias unidades distribuidas en la parcela, las áreas de vestíbulo. Deberá indicar el
cumplimiento a los requisitos de la Ley Nº 7600 para personas con discapacidad, áreas de
estacionamientos, disposición de las áreas verdes, entre otros, ya que combase en los costos que
resulten del mismo se procederá a fijar el 5% correspondiente a la garantía de ejecución. La
documentación deberá estar firmada por el solicitante de la concesión quedando señalado el
compromiso por parte del solicitante de concesión de realizar las obras descritas. Además deberá
de ser firmado por un profesional responsable en el campo de la ingeniería o arquitectura que
avale los lineamientos técnicos descritos y establezca los montos del valor estimado de las obras
del cual se aplicará el porcentaje de garantía que deberá rendir, de la cual deberá de indicarse el
tipo de garantía que brindará (depósito del banco, letra de cambio, u otro).
Por lo tanto ésta Asesoría Legal una vez analizado el expediente da respuesta al pase CMDCS 14-
2016 y recomienda a éste honorable concejo que una vez presentado por el administrado el
perfil de Proyecto según lo indicado en el artículo 56 del Reglamento de la Ley 6043 de Zona
Marítimo Terrestre y la solicitud de demasía de área para que sea analizada por el Concejo, y
siendo si esta es aprobada, valorar la posibilidad de aprobar el Proyecto de Resolución firmado el
22 de noviembre del 2011, por el señor Intendente Municipal Omar Fernández Villegas, con el fin
de continuar con el proceso de autorización de firma de contrato para ser éste expediente
enviado al Instituto Costarricense de Turismo, en vista de que cumple con los demás requisitos
para solicitud de concesión, según lo indica el Proyecto de Resolución firmado el 22 de
noviembre 2011.
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido criterio de análisis realizado por la Asesora Legal
departamento de zona marítimo terrestres a la solicitud presentada por la
sociedad denominada Plaza de la Señoría Sociedad Anónima y trasladada a esa
asesoría mediante pase CMDCS 14-2016, la cual cuenta se ubica en el sector
costero de Mal País entre los mojones número 92 y 93 tiene una ares de 5.335,00
metros cuadrados correspondientes a zona residencial recreativa.
Que la sociedad denominada Plaza de La Señoría Sociedad Anónima, cumple los
retiros cumplen con lo dispuesto en el Reglamento del Plan Regulador Playa Mal
País.
Que existen construcciones en el terreno de la parcela solicitada en concesión a
nombre de la sociedad Plaza la Señoría Sociedad Anónima.
Que ésta solicitó acogerse a la ley 9242, ya que dichas construcciones cumplen
con el plan Regulador Costero de la Zona, según lo refleja el informe de
ACTA 65/16
19/4/2016
inspección realizado el día 03 de julio 2014, por el Inspector Municipal Greivin
Carmona Rodríguez. Que al ser la Ley 9242 publicada el 9 de junio del 2014 la
solicitud entra en tiempo para acogerse a ésta.
Que la parcela solicitada en concesión cuenta con una demasía de área de
1335.5 m2 de acuerdo al reglamento del plan regulador de Playa Mal País y no
consta en el expediente una solicitud por ésta demasiada de área, por lo que se le
realizó la prevención al administrado para que la aporte.
Que se debe presentar un perfil de proyecto mediante el cual se logre establecer
el monto de la garantía para la ejecución del proyecto, por lo que se debe adjuntar
un documento descriptivo en donde el solicitante de concesión describa
literalmente lo que pretende desarrollar en la parcela solicitada en concesión, ya
que al solicitar el uso condicional de cabinas esta pasa a convertirse en una
explotación turística, siendo necesario que se realice una descripción general del
proyecto a desarrollar en donde se indique al menos el tipo de obra que se
pretenda desarrollar, materiales, acabados, distribución de las construcciones si
es en un solo módulo o en varias unidades distribuidas en la parcela, las áreas de
vestíbulo. Deberá indicar el cumplimiento a los requisitos de la Ley Nº 7600 para
personas con discapacidad, áreas de estacionamientos, disposición de las áreas
verdes, entre otros, ya que combase en los costos que resulten del mismo se
procederá a fijar el 5% correspondiente a la garantía de ejecución. La
documentación deberá estar firmada por el solicitante de la concesión quedando
señalado el compromiso por parte del solicitante de concesión de realizar las
obras descritas. Además deberá de ser firmado por un profesional responsable en
el campo de la ingeniería o arquitectura que avale los lineamientos técnicos
descritos y establezca los montos del valor estimado de las obras del cual se
aplicará el porcentaje de garantía que deberá rendir, de la cual deberá de
indicarse el tipo de garantía que brindará (depósito del banco, letra de cambio, u
otro).
ACUERDO Nº7
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1. Indicarle al representante de la
sociedad denominada Plaza de la Señoría S.A. la presentación de un documento donde
ACTA 65/16 19/4/2016 se describa en forma general el proyecto a desarrollar y en el cual se indique al menos el tipo de obra que se pretenda desarrollar, materiales, acabados, distribución de las construcciones, si es en un solo módulo o en varias unidades distribuidas en la parcela, las áreas de vestíbulo, también indicar el cumplimiento de los requisitos de la Ley Nº 7600 para personas con discapacidad, áreas de estacionamientos, disposición de las áreas verdes, entre otros, ya que con base en los costos que resulten del mismo se procederá a fijar el 5% correspondiente a la garantía de ejecución. Este documento deberá estar firmado por el solicitante de la concesión, quedando señalado el compromiso por parte del solicitante de concesión de realizar las obras descritas. Así también deberá constar la firma de un profesional responsable en el campo de la ingeniería o arquitectura, que avale los lineamientos técnicos descritos y establezca los montos del valor estimado de las obras, del cual se aplicará el porcentaje de garantía que deberá rendir, en esta también debe constar el tipo de garantía que brindarán (depósito del banco, letra de cambio, u otro). 2. Solicitar por escrito la demasía de área existente 3. Una vez presentados estos dos requisitos ante el departamento se procederá a aprobar el proyecto de resolución firmado el 22 de noviembre del 2011 por el Intendente Municipal Sr. Omar Fernández Villegas”. ACUERDO UNANIME ***************************************U.L. ********************************************************* Finaliza la sesión al ser las dieciocho horas en punto. Sra. Roxana Lobo Granados Sr. Rigoberto Gómez Gómez Secretaria Presidente