Ordinaria 64 · 2016-04-12

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 64 del 2016-04-12 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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ACTA 64/16
12/04/2016




                            ACTA ORDINARIA Nº 64-2016
                               PERIODO 2011-2016

ACTA NUMERO SESENTA Y CUATRO - DOS MIL DIECISEIS DE LA SESION
ORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
EL DIA DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS DIECISIETE HORAS EN LA
SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO.

Con la presencia de las siguientes personas:

CONCEJALES PROPIETARIOS
Rigoberto Gómez Gómez. PRESIDENTE EN EJERCICIO
Juan León Rodríguez
Ronny Rodríguez Villalobos
Enio Valenzuela Ruiz.

CONCEJALES SUPLENTES
José León Sandoval.
Onias Alvarado Ramírez

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

CONCEJALES PROPIETARIOS AUSENTES
Minor Jimenez Gutierrez. PRESIDENTE. En recuperación pos operatoria

CONCEJALES SUPLENTES AUSENTES
Josué Villalobos Matamoros
Damaris Cerdas Alpizar

ASISTENTES POR INVITACION

VISITANTES

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión

   I.     RATIFICACION DE LAS ACTAS ORDINARIAS 62-2016, 63-2016 Y EXT. 29-
          2016
   II.    LECTURA DE CORRESPONDENCIA
   III.   ASUNTOS TRAMITE URGENTE
   IV.    MOCIONES DE LOS CONCEJALES
   V.     INFORME DE LA ADMINISTRACION
   VI.    INFORME DE LA INTENDENCIA

Se ratifica el orden del días propuesto y se incluye la aprobación del informe de labores
del Intendente periodo 2015
ARTICULO I. RATIFICACION DE LAS ACTAS ORDINARIAS 62-2016, 63-2016 Y EXT.
29-2016
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   a. Se somete a ratificación el acta ordinaria 62-2016 la cual se ratifica en todas sus
      partes
   b. Se somete a ratificación el acta ordinaria 63-2016 la cual se ratifica en todas sus
      partes
   c. Se somete a ratificación el acta extraordinaria 29-2016 la cual se ratifica en todas
      sus partes
ARTICULO II. LECTURA DE CORRESPONDENCIA

   a. M.s.c. Maria Morales Gutierrez. Oficio EMP 10-2016. Asunto. Solicitud de
      permiso de construcción Escuela Mal País
      SECRETARIA. Informa que ya este asunto se conoció y existe acuerdo, la señora
      no lo había retirado pero ya se le entrego. SE CONOCE


   b. María Fernanda Arieta Bolaños. Técnico Protección al Ambiente. Area
      Rectora de Salud Peninsular. ASUNTO. Orden Sanitaria que dice: Presentar
      ante esta Área Rectora una copia del documento final del Plan Municipal para la
      Gestión Integral de los Residuos Sólidos, para el distrito de Paquera. Se da pase
      a la Comisión de Residuos sólidos para que sean ellos los que les presenten este
      documento, ya que ellos trabajan en eso. Al Sr. Ronny Montero quien pertenece a
      esta. SE DA PASE PARA QUE LO CONTESTEN INMEDIATAMENTE


   c. Lic. Francisco Alfaro. Contador. ASUNTO. Informe trimestral de ingresos y
      egresos, correspondiente al primer trimestre del año 2016., para un total de
      ingresos de ¢369.072.037,67
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido informe de ingresos y egresos correspondiente al primer trimestre
del año 2016
ACUERDO Nº1
Con todos los votos SE ACUERDA: “1.Aprobar el informe trimestral de ingresos y
egresos correspondiente al primer trimestre del año 2016
2. Dar pase de este informe al Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas”.
ACUERDO UNANIME
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   d. Carolina Chavarria. Directora. Nicoya Peninsula Waterkeeper. Solicitud de
       respuesta a solicitud de uso de terreno municipal para construir y operar un
       centro para procesar plástico.
   SECRETARIA. Eso se le pasó a la Asesora Legal y aún no ha contestado, informó
   que posiblemente para el martes.

   e. Lic. Maricel Rojas León. OFICIO AIM 19-2016. ASUNTO. Directrices que deben
       observar los funcionarios obligados a presentar el informe final de su gestión,
       según lo dispuesto en el inciso e) del artículo 12 de la Ley General de Control
       Interno D-1-205-CO-DFOE.
       SECRETARIA. Explica la directriz y el informe que deben presentar a más tardar
       el 30 de abril del 2016.


   f. Lic. Maricel Rojas Leon. Auditora Interna. OFICIO AIM-13-2016. Copia de nota
       dirigida a la Intendencia solicitando información sobre el tramite adoptado para
       atender la gestión sobre el adoquín        en calle de acceso a Playa Carmen           y
       Rehabilitación de sendero peatonal y calle publica playa Carmen, comunicado en
       el oficio AIM-61-2015. Se conoce


   g. Roxana      Lobo    Granados.      Secretaria.   ASUNTO.      RENUNCIA       RECARGO
        FUNCIONES DEL PROCESO DE RECURSOS HUMANOS
En el año 2008 y ante la necesidad de una persona que llevara el proceso de Recursos Humanos,
debido a que no se contaba con el contenido para presupuestar una plaza, acepte la solicitud que
me realizara el Intendente de momento, de tomar estas funciones como recargo, situación que
el Concejo ratifico mediante acuerdo de la sesión 05-08, Artículo II, inciso r, que dice:
 José Eladio Cortés Castrillo. Debido a la necesidad de contar con una persona que se encargue
de lo sería el departamento de Recursos Humanos y ante la imposibilidad dado que no es una
plaza que se encuentre presupuestada, he conversado con la señora Roxana Lobo secretaria de
este Concejo quién ha aceptado el recargo si ustedes están de acuerdo. Agrega que esa
Intendencia ha tomado la decisión de otorgar vacaciones con una solicitud de ocho días de
anticipación, les solicita si es posible tomar la misma decisión para los funcionarios bajo su
mando los cuales son el Contador, la Auditora y la Secretaria. ACUERDO UNANIME
A la fecha colaboro en las siguientes funciones específicas:
Control de vacaciones y asistencia.
Procesos de nombramiento.
Programa de carrera administrativa, proyecto que se trabaja con la Unión Nacional de Gobiernos
Locales
Encargada de Recursos Humanos en el programa de declaraciones de la Contraloría General de la
Republica
Ha sido muy provechosa la experiencia, pero con los años, el trabajo en las funciones propias de
secretaría de actas ha crecido considerablemente, y sacar el tiempo para llevar todas estas
funciones de Recursos Humanos ya es muy difícil, es por esto que les presento mi renuncia al
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recargo de colaboradora de recursos humanos que se me asigno en el año 2008 a partir del
momento que quede en firme el acta.

Con respecto a recursos humanos del sistema de declaraciones de la Contraloría General de la
Republica, les colaborare hasta el día 31 de mayo del 2016, esto debido a que las declaraciones
anuales, iniciales y finales ya están por iniciar y con el fin de dar el tiempo suficiente a la
administración para que asigne a otra persona para esta función.
Les agradezco a ustedes y la administración, al anterior Concejo y administración, la confianza
que depositaron en mí para asignarme estas funciones y todo el apoyo que siempre me
brindaron.
CONSIDERANDO:
-Que la secretaria municipal ha presentado renuncia al recargado de funciones en la
colaboración del proceso de Recursos Humanos
ACUERDO Nº2
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Aceptar la renuncia presentada por la
Sra. Roxana Lobo Granados, secretaria municipal al recargo de funciones en la
colaboración de Recursos Humanos que se le asigno en mediante acuerdo de la sesión
05-08, articulo II, inciso r”. ACUERDO UNANIME


   h. Mayra Villalobos Morga. Coordinadora. Comité de Apoyo a los programas
       del CONAPAM.        OFICIO. Red Cuido 026-2016. ASUNTO. Agradece la gran
       colaboración y disponibilidad      que ha tenido este Concejo         para la Red de
       Atención Progresiva para el cuido integral de la Personas Adultas Mayores de
       Jicaral a través del Sub comité de Cóbano. Informan la conformación del nuevo
       sub comité el día 31 de marzo el cual quedo          integrado por Rosibeth Obando
       Loria, José Eladio Cortes Castrillo, Gilberto Quesada Vásquez, Luz Vargas Araya
       y Mauricio Monge Conejo. SOLICITUD. Valorar acordar el apoyo para el nuevo
       subcomité en cuanto a los traslados a reuniones a Jicaral los primeros miércoles
       de cada mes, copias de la boletas que se requieran cada mes, permitir seguir
       recibiendo   los alimentos en estas instalaciones así como el acarreo de los
       alimento en los vehículos municipales desde la municipalidad             a los adultos
       mayores beneficiados.
       CONSIDERANDO:
       -Que se ha recibido nota firmada por Mayra Villalobos Moraga. Coordinadora.
       Comité de Apoyo a los programas del CONAPAM y representante de la
       Asociación del Adulto Mayor María Inmaculada de Jicaral.
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      ACUERDO Nº3
      Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1. Agradecer las palabras de la
      Señora Mayra Villalobos ei informarle que ha sido un placer colaborar con la
      Administración, específicamente con la vice Intendencia, quien fue quien manejo
      este programa a fin de que este proyecto pudiera llegar a la población más
      sensible y carente de nuestro distrito, en este caso los Adultos mayores en
      condición de pobreza.
      2. Informarles que por razones obvias de que este Concejo está en su recta final
      no debemos dejar compromisos para los cuales, en este caso y por estar el
      subcomité de la red de cuido integrada por personas ajenas a este Concejo
      Municipal de Distrito, posiblemente se requiera de la firma de algún convenio
      interinstitucional a fin de poder utilizar los vehículos , oficinas, instalaciones,
      material de oficina, u otro,   lo correcto entonces es que sea manejado por la
      administración y Concejo entrante, por lo tanto dejaremos pendiente su solicitud a
      fin de que sea conocido en sesión de Concejo del nuevo gobierno y sean ellos los
      que decidan las acciones a tomar a fin de darle continuidad a este proyecto.”
      ACUERDO UNANIME


   i. José Alberto León Elizondo. Representante Legal de Bosque Areyis S.A.
      ASUNTO. Recurso de Apelación contra resolución Nº 002-2016 de avalúo
      notificado a la sociedad Bosque Areyis S.A.
      CONSIDERANDO:
      -Que la sociedad Bosque Areyis presento recurso de Apelación contra la
      resolución Nº002-2016 emitida por el Ingeniero topógrafo Rodrigo Vásquez en
      calidad de perito valuador de este Concejo
      ACUERDO Nº4
      Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Dar pase de este Recurso a la
      Asesoría Legal a fin de que nos brinden la aseria técnica correspondiente para
      contestar el recurso presentado por la sociedad Bosque Areyis S.A.”. ACUERDO
      UNANIME


   j. Lcda. Maricel Rojas León. Auditora Interna. OFICIO AIM-15-2016. ASUNTO.
      Informe final denominado Informe de auditoría sobre la gestión de los Servicios
      Urbanos del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano AIM 01-2016” SE CONOCE
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   k. German Mena Obando.              Técnico Protección del Ambiente. Ministerio de
       Salud. ASUNTO. Proceder a tomar acciones definitivas para eliminar el fuego
       activo y la generación de humos y gases altamente contaminantes y el retiro de
       personal ajeno a las labores de la extinción del fuego y gases.


       OMAR. INTENDENTE. Informa que junto con el Ingeniero realizo un informe de
       todo lo actuado en la quema del basurero, donde estuvo con algunos funcionarios
       apagando fuego hasta altas horas de la noche. Adjunta informe que textualmente
       dice:
  Por este medio me permito informarle que en respuesta a su oficio PC-ARS-PE-RS-IT-G-011-
2016 orden Sanitaria por el riesgo inminente a la salud pública de los vecinos y trabajadores del
vertedero Municipal del Distrito de Cóbano, se han realizado las siguientes gestiones:

El día Miércoles 6 de abril se inició de forma desconocida por nosotros el fuego en el vertedero
municipal, el cual fue combatido por personal municipal, los vecinos del lugar y el cuerpo de
Bomberos de Paquera, con lo cual se logró contener el fuego dentro de los límites del vertedero
municipal ya que amenazaba con extenderse hacia otras propiedades, la municipalidad aporto en
el sitio dos camiones cisterna con agua con una capacidad de 3500 galones para el uso de los
bomberos.
El día Jueves 7 de abril se realizaron trabajos de limpieza de rondas alrededor del vertedero
municipal y se apagaron algunos focos de fuego que se iniciaron en propiedades vecinas, esto
con ayuda del personal municipal y los vecinos del lugar. También este día se realizó una solicitud
a la Municipalidad de Puntarenas para que nos prestara un tractor de orugas Caterpillar D6 para
poder intervenir el vertedero municipal con esta maquinaria para tratar de apagar los focos de
fuego con la ayuda del cuerpo de Bomberos de Paquera.
El viernes 8 de abril se logró que llegara al sitio del vertedero municipal el tractor de oruga y se
compró 12 kilos de jabón en polvo por recomendación del cuerpo de Bomberos que indico que
era lo mejor para aplicarlo al agua con que se iba a mojar la basura del vertedero Municipal.
El sábado 9 de abril se trabajó con el tractor de oruga en el vertedero municipal para manipular
los desechos de manera de apagar los focos de fuego y se aplicó agua con jabón con ayuda del
cuerpo de Bomberos de Paquera, pero estos solo nos pudieron ayudar un rato porque tenían que
atender otras emergencias en la península.
El domingo 10 de abril se continuó trabajando con el tractor de orugas pero los señores
bomberos no nos pudieron ayudar con el agua porque estaban atendiendo otras emergencias.
El lunes 11 de abril se continuó trabajando con el tractor de orugas pero los señores bomberos
no nos pudieron ayudar con el agua y se realizó al sitio una visita de Jefe del cuerpo de Bomberos
de Paquera para que realizara una evaluación del trabajo y de las condiciones del vertedero
Municipal.
El martes 12 de abril se recibió el informe de la visita del cuerpo de bomberos y nos indican que
para poder realizar un tipo de control o extinción del fuego se podría requerir al menos 250000
galones de agua y dadas las condiciones presentes de faltante de agua y de la atención de otras
emergencias en la Península se ven limitados a brindar la colaboración solicitada por la
Municipalidad. Por lo que se recomienda el análisis de otros expertos en la materia sobre el
mecanismo de control a utilizar y recomiendan valorar entre otros la aplicación de tierra sobre el
material acumulado. El día de hoy se realizó en la municipalidad una reunión con el comité de
emergencias local y se está realizando un informe por este comité para solicitar una ayuda como
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emergencia a la Comisión Nacional de Emergencia para intervenir además del tractor con una
excavadora y vagonetas para acarrear tierra y aplicarla sobre el material acumulado y así
contener definitivamente los focos de fuego y de humo presentes en el sitio.
   Adjunto copia de los documentos de los trámites realizados y fotos de las condiciones del sitio
con los trabajos realizados con el tractor de oruga que se pueden comparar con las indicadas en
la orden Sanitaria.
   Además le indico que se va a continuar con los trámites y trabajos para contener esta situación
lo más pronto posible, actualmente los focos de fuego y humo se han reducido
considerablemente. SE CONOCE


ARTICULO IV. ASUNTOS TRAMITE URGENTE

   a. JUAN LEON. Quiero que quede en actas mi molestia con la actividad de torneo
       de pesca artesanal que organizo la Asociación de Desarrollo de Mal País en playa
       ventanillas y que aquí se les dio permiso de uso de playa. Se supone que esas
       son actividades para compartir en familia, yo por casualidad llegue y lo primero
       que me encontré fue una venta de bebidas alcohólicas en la playa. Eso no debe
       ser.


   b. RONNY RODRIGUEZ. Yo tengo también una molestia, la escuela de Delicias y
       Cabuya solicitaron les echaran melaza en el calle que pasa por el frente de sus
       centros educativos porque la situación del polvo es tremenda y no se hizo nada y
       en La Menchita se echó que hasta que corría por el desagüe la melaza y en Mal
       País se colocó en sectores por donde no había ni una casa.


   c. RIGOBERTO GOMEZ. PRESIDENTE EN EJERCICIO. Voy a someter a votación
       el informe de labores presentado por don Omar y que todos tenemos hace días y
       ya leímos ya analizamos


       INFORME ANUAL DE LABORES INTENDENTE. DOCUMENTO EN EL
       EXPEDIENTE DEL ACTA 60-2016
       CONSIDERANDO:
       -Que el Intendente Municipal ha presentado para su aprobación el Informe Anual
       de Labores correspondiente al periodo 2015
       -Que ya todos los concejales han leído el informe porque hace días fue entregado
       -Que debe ser sometido a votación
       ACUERDO Nº5
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       Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Aprobar en todas sus partes el
       informe anual de labores del periodo 2015 presentado por el Intendente
       Municipal”. ACUERDO UNANIME


ARTICULO V. MOCIONES DE LOS CONCEJALES

SE DISPENSA

ARTICULO VI. INFORME DE LA ADMINISTRACION

DPTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE

   a. Srta. Mariela Céspedes Mora. OFICIO ZMT 043-2016. ASUNTO. Solicitud de
        uso condicional de cabinas y demasía de área
Por medio de la presente me permito informar a este Concejo Municipal el análisis realizado a la
solicitud presentada por la sociedad denominada Industrias Sheridan Sociedad Anónima, sobre la
aplicación del uso condicional de cabinas establecido para la Zona Residencial Recreativo del plan
regulador para el sector costero de Playa Peñón de Ario, con el fin de que este Concejo Municipal
valore el otorgamiento del uso condicional solicitado.
   Primero: Que la sociedad denominada Industrias Sheridan Sociedad Anónima, cuenta con una
solicitud de concesión en el sector Playa Peñón de Ario, con un área de 5028 m2, los cuales se
distribuyen de la siguiente manera: 4715 m2 para Zona Residencial Recreativa y 313 m2 a Zona
Verde; esto de conformidad con la distribución de usos aportada con relación al plano catastrado
P-1521904-2011.
Segundo: Que el Plan Regulador para el sector costero de Playa Peñón de Ario, establece como
usos condicionales para la Zona Residencial Recreativa: cabinas, sodas, restaurantes y ventas de
artesanía y souvenirs.
Tercero: Cuando se realiza una aprobación de uso condicional en cualquier uso, los retiros,
alturas y densidad de construcción se debe de aplicar las que se establecen en los usos a
modificar, por lo que en este caso al ser una zona residencial recreativa y el nuevo uso es de
cabinas se debe de utilizar los requisitos establecidos para la Zona hotelera y Cabinas. Esto de
acuerdo al Oficio MPD-P-141-2014 y Oficio MPD-P-176-2014 del Instituto Costarricense de
turismo.
Cuarta: Que según los requisitos establecidos para la Zona Hotelera del plan regulador Playa
Peñón de Ario, el área mínima para concesionar es de 2000 m 2, y siendo que el área solicitada en
concesión por la sociedad Industrias Sheridan Sociedad Anónima corresponde a 4715m2 de zona
Residencial Recreativa, esta cumple con el área mínima dispuesta para la Zona Hotelera.
En virtud de los puntos expuesto anteriormente se recomienda a este Concejo Municipal analice
el presente oficio así como la solicitud realizada por el señor Fernández apoderado especial de la
sociedad denominada Industrias Sheridan Sociedad Anónima, ya que como se puede apreciar en
los puntos señalados anteriormente esta cumpliría con las disposiciones establecidas en los
oficios anteriormente citados MPD-P-141-2014 y Oficio MPD-P-176-2014, los cuales según como
acordó este honorable Concejo Municipal de Distrito de Cóbano en el acuerdo número 3 tomado
en sesión Ordinaria número 18-2015, artículo IV, inciso f, del día doce de mayo del dos mil
quince, al conocer el oficio MPD-P-078-2015, “Acoger este oficio a fin de que la Administración
Municipal lo aplique en el marco de sus competencias como administradores de la Zona Marítimo
Terrestre”. Por lo cual podría valorarse la aprobación del uso condicional de cabinas solicitado.
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Es preciso indicar que el artículo 56 del Reglamento a la Ley 6043 dispone “Quienes se propongan
realizar explotaciones turísticas, deberán rendir garantía de ejecución del proyecto a favor de la
municipalidad respectiva, con la aprobación previa del ICT en cuanto al monto y al tipo de
garantía o bonos del Estado o sus instituciones, o cualquier otra forma de caución satisfactoria. El
monto se fijará entre el 1% y el 5% del valor del proyecto, y la garantía deberá rendirse con un
plazo de vigencia que exceda en un tercio al fijado por el interesado para la ejecución del
proyecto…”. En aplicación del artículo citado anteriormente, se debe presentar un perfil de
proyecto mediante el cual se logre establecer el monto de la garantía para la ejecución del
proyecto, ya que si bien es cierto a folios 049 y 050, constan láminas de lo que se denomina
“Proyecto de Desarrollo Zona Residencial Recreativa” y a folio 046 consta el oficio FOM-3138-
2005 del Instituto Costarricense de Turismo la Arquitecta Nuria Gutiérrez B., informa que “El
modelo de anteproyecto que se presenta para Uso residencial Recreativo, cumple con lo
estipulado en el Plan regulador Cocal del Peñón y la Ley 6043 sobre la zona marítimo terrestre y
su respectivo Reglamento.”, y el cual posteriormente fue comunicado mediante oficio DCO-830-
2005, a la apoderada especial del trámite; sin embargo en el mismo no se adjunta un documento
descriptivo en donde el solicitante de concesión describa literalmente lo que pretende
desarrollar en la parcela solicitada en concesión, ya que al solicitar el uso condicional de cabinas
esta pasa a convertirse en una explotación turística, siendo necesario que se realice una
descripción general del proyecto a desarrollar en donde se indique al menos el tipo de obra que
se pretenda desarrollar, materiales, acabados, distribución de las construcciones si es en un solo
módulo o en varias unidades distribuidas en la parcela, las áreas de vestíbulo, deberá indicar el
cumplimiento a los requisitos de la Ley Nº 7600 para personas con discapacidad, áreas de
estacionamientos, disposición de las áreas verdes, entre otros, ya que combase en los costos que
resulten del mismo se procederá a fijar el 5% correspondiente a la garantía de ejecución.
Por otra parte cabe mencionar que la documentación deberá estar firmada por el solicitante de
la concesión quedando señalado el compromiso por parte del solicitante de concesión de realizar
las obras descritas. Además deberá de ser firmado por un profesional responsable en el campo
de la ingeniería o arquitectura que avale los lineamientos técnicos descritos y establezca los
montos del valor estimado de las obras del cual se aplicará el porcentaje de garantía que deberá
rendir, de la cual deberá de indicarse el tipo de garantía que brindará (depósito del banco, letra
de cambio, u otro).
Quinta: Es necesario señalar que a folio 048 del expediente administrativo consta el documento
dirigido al departamento de Zona Marítimo Terrestre por parte de la apoderada especial del
trámite, en el cual aporta la aprobación del proyecto de desarrollo de la zona residencial
recreativa, referidos en los oficios FOM-3138-2005 y DCO-830-2005 del Instituto Costarricense de
Turismo anteriormente citados anteriormente con el fin de justificar la demasía de área de la
zona residencial, en cual se indica que dicho proyecto fue aprobado por el Instituto Costarricense
de Turismo, sin embargo no existe acuerdo por parte del Concejo Municipal donde apruebe dicha
demasía de área, siendo necesario que este Concejo Municipal proceda a atender dicha solicitud
esto mediante acuerdo de Concejo, ya que el terreno solicitado en Concesión cuenta con un área
de 5028 m2, de los cuales 313 m2 corresponden a Zona de Protección y los restantes 4715 m2 a
Zona Residencial Recreativa, teniendo una demasía de 715 m2 , por lo que debe ser considerada
por parte de este Concejo Municipal la aprobación demasía de área solicitada por la sociedad
denominada Industrias Sheridan Sociedad Anónima por el área de 715m2 correspondiente a Zona
Residencial Recreativa.
En virtud de los puntos expuestos anteriormente este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
debe de analizar la solicitud realizada por la sociedad denominada Industrias Sheridan Sociedad
Anónima así como la presente recomendación, con el fin de que se proceda a emitir acuerdo de
Concejo mediante el cual tome la decisión de acoger o no la solicitud de uso condicional de
cabinas presentada en fecha 11 de diciembre del 2015 ante este Concejo Municipal así como
atender la solicitud de demasía de área correspondiente a la Zona Residencial Recreativa en
fecha 06 de octubre del año 2005. Cabe mencionar que con la aprobación de las solicitudes
señaladas anteriormente se estaría cumpliendo con algunos de los puntos señalados en el oficio
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AL-1517-2015 de la Asesoría Legal del Instituto Costarricense de Turismo así como la Resolución
G-2528-2015 de la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo, las cuales fueron
notificadas a este Concejo Municipal.




CONSIDERANDO:
    Que se ha conocido criterio de análisis realizado por                 la encargada del
       departamento de zona marítimo terrestres a la solicitud presentada por la
       sociedad denominada Industrias Sheridan Sociedad Anónima, sobre la aplicación
       del uso condicional de cabinas establecido para la Zona Residencial Recreativo
       del plan regulador para el sector costero de Playa Peñón de Ario, con el fin de que
       este Concejo Municipal valore el otorgamiento del uso condicional solicitado.


    Que la sociedad denominada Industrias Sheridan Sociedad Anónima, cuenta con
       una solicitud de concesión en el sector Playa Peñón de Ario, con un área de 5028
       m2, los cuales se distribuyen de la siguiente manera: 4715 m 2 para Zona
       Residencial Recreativa y 313 m2 a Zona Verde; esto de conformidad con la
       distribución de usos aportada con relación al plano catastrado P-1521904-2011.


    Que el Plan Regulador para el sector costero de Playa Peñón de Ario, establece
       como usos condicionales para la Zona Residencial Recreativa: cabinas, sodas,
       restaurantes y ventas de artesanía y souvenirs.


    Que de acuerdo         al   Oficio MPD-P-141-2014 y Oficio MPD-P-176-2014 del
       Instituto Costarricense de turismo cuando se realiza        una aprobación      de uso
       condicional en cualquier uso, los retiros, alturas y densidad de construcción se
       debe de aplicar las que se establecen en los usos a modificar, por lo que en este
       caso al ser una zona residencial recreativa y el nuevo uso es de cabinas se debe
       de utilizar los requisitos establecidos para la Zona hotelera y Cabinas.


    Que esta cumple con el área mínima dispuesta para la Zona Hotelera ya que
       según los requisitos establecidos para la Zona Hotelera del plan regulador Playa
       Peñón de Ario, el área mínima para concesionar es de 2000 m 2, y el área
       solicitada en concesión por la sociedad Industrias Sheridan Sociedad Anónima
       corresponde a 4715m2 de zona Residencial Recreativa.
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    Que no consta en el expediente un proyecto firmado por el                solicitante de
       concesión donde describa literalmente lo que pretende desarrollar en la parcela
       solicitada en concesión, ya que al solicitar el uso condicional de cabinas esta pasa
       a convertirse en una explotación turística, siendo necesario que se realice una
       descripción general del proyecto a desarrollar en donde se indique al menos el
       tipo de obra que se pretenda desarrollar, materiales, acabados, distribución de las
       construcciones si es en un solo módulo o en varias unidades distribuidas en la
       parcela, las áreas de vestíbulo, deberá indicar el cumplimiento a los requisitos de
       la Ley Nº 7600 para personas con discapacidad, áreas de estacionamientos,
       disposición de las áreas verdes, entre otros, ya que combase en los costos que
       resulten del mismo se procederá a fijar el 5% correspondiente a la garantía de
       ejecución.


    Que el terreno solicitado en Concesión cuenta con un área de 5028 m 2, de los
       cuales 313 m2 corresponden a Zona de Protección y los restantes 4715 m 2 a Zona
       Residencial Recreativa, teniendo una demasía de 715 m2, por lo que debe ser
       considerada por parte de este Concejo Municipal la aprobación demasía de área
       solicitada por la sociedad denominada Industrias Sheridan Sociedad Anónima por
       el área de 715m2 correspondiente a Zona Residencial Recreativa.
ACUERDO Nº6
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1. Aprobar el uso condicional de cabinas
solicitado por la sociedad denominada Industrias Sheridan establecido para la Zona
Residencial Recreativo del plan regulador para el sector costero de Playa Peñón de
Ario.**********************************************************************
2. Solicitarle a la sociedad Industrias Sheridan la presentación de un documento donde
se describa en forma general el proyecto a desarrollar y en el cual se indique al menos
el tipo de obra que se pretenda desarrollar, materiales, acabados, distribución de las
construcciones, si es en un solo módulo o en varias unidades distribuidas en la parcela,
las áreas de vestíbulo, también indicar el cumplimiento de los requisitos de la Ley Nº
7600 para personas con discapacidad, áreas de estacionamientos, disposición de las
áreas verdes, entre otros, ya que con base en los costos que resulten del mismo se
procederá a fijar el 5% correspondiente a la garantía de ejecución. Este documento
deberá estar firmado por el solicitante de la concesión, quedando señalado el
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compromiso por parte del solicitante de concesión de realizar las obras descritas. Así
también deberá constar la firma de un profesional responsable en el campo de la
ingeniería o arquitectura, que avale los lineamientos técnicos descritos y establezca los
montos del valor estimado de las obras, del cual se aplicará el porcentaje de garantía
que deberá rendir, en esta también debe constar el tipo de garantía que brindarán
(depósito del banco, letra de cambio, u otro).
3. Aprobar la demasía de área         solicitada por la sociedad denominada Industrias
Sheridan Sociedad Anónima, por el área de 715m2 correspondiente a Zona Residencial
Recreativa”. ACUERDO UNANIME


   b. Srta. Mariela Céspedes Mora. Encargada Depto. Copia de OFICIO N0 ZMT-062-
       2016 dirigido al Ing. Municipal Asunto: Permiso Constructivo Santa Teresa
       Manzal Tov Limitada.
Por medio de la presente me permito saludarle y al mismo tiempo le comunico que
mediante oficio ZMT-002-2016, dirigido al Concejo Municipal así como al Intendente
Municipal y del cual le fue remitida una copia a su persona con el fin de que estuviese
en conocimiento de lo ahí informado, ya que el mismo atiende a la solicitud realizada por
su persona de revisión de permisos constructivos y la situación existente con la
inaplicación de los retiros establecidos en el artículo 65 del Reglamento a la Ley 6043,
procedo a comunicarle que a la fecha ni el Concejo Municipal, ni Intendente Municipal
se han referido a la problemática existente, lo cual me imposibilita referirme a la solicitud
realizada, ya que resolver esta situación es una competencia del Concejo Municipal e
Intendente Municipal.
Por tanto reitero lo indicado en el oficio ZMT-002-2016, además de indicarle que como
coordinadora del departamento de Zona Marítimo Terrestre, no me compete en trámites
de permisos constructivos la aprobación o rechazo de los mismos, ya que únicamente
puedo referirme a las disposiciones establecidas la ley 6043 y en el Plan Regulador del
sector costero donde se pretenda llevar a cabo el desarrollo constructivo, por lo que la
emisión de la resolución que den como resultado de la revisión de cada solicitud de
permiso constructivo le corresponderá a su persona en calidad de ingeniero municipal.
Se adjunta oficio ZMT-002-2016. SE CONOCE


ARTICULO VII. INFORME DE LA INTENDENCIA
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   a. Omar Fernández Villegas. OFICIO Nº I-166-2016 ASUNTO: Error material en
       acuerdo Nº07 del Concejo Municipal en su sesión Ordinaria número 28-2015,
       articulo IX, inciso b, del día siete de agosto del dos mil quince, a las diecisiete
       horas.




El Concejo Municipal en acuerdo Nº07 en su sesión Ordinaria número 28-2015, articulo IX, inciso
b, del día siete de agosto del dos mil quince, a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este
Consejo tomo el acuerdo que dice:
ACUERDO Nº7
Con todos los votos a favor, SE ACUERDA: “1. Aprobar borrador del Proyecto de Resolución a
nombre de JM Ameze Sociedad Anónima, expediente Nº 3640-2010…” Siendo que el acuerdo
debió haberse tomado de la siguiente forma: 1. Aprobar Proyecto de Resolución a nombre de JM
Ameze Sociedad Anónima Sociedad Anónima, expediente Nº 3640-2010 el cual se describe a
continuación…”
CONSIDERANDO:
    Que se ha conocido Oficio Nº I-166-2016 Error material en acuerdo Nº07 del
       Concejo Municipal en su sesión Ordinaria número 28-2015, articulo IX, inciso
       b, del día siete de agosto del dos mil quince, a las diecisiete horas. Donde se
       aprueba borrador al proyecto de resolución a nombre de JM Ameze Sociedad
       Anónima, expediente Nº 3640-
    Que no es posible aprobar un borrador
     Que el acuerdo aprobado textualmente dice:
 ACUERDO Nº7
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1. Aprobar borrador del Proyecto de Resolución a
nombre de JM Ameze Sociedad Anónima, expediente Nº 3640-10 el cual se describe a
continuación:
Borrador del Proyecto de Resolución
Concejo Municipal Distrito de Cóbano, Intendencia Municipal, a las 8:46 horas del día 28 de
marzo del 2015.
Resultando:
Conforme a lo establecido en el artículo 42o del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo-
Terrestre, aprobado mediante Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977,
por este medio me permito presentarles el PROYECTO DE RESOLUCIÓN correspondiente a la
solicitud de concesión de Zona Marítimo-Terrestre presentada por la empresa JM Ameze
Sociedad Anónima, expediente No3634-2010.
Considerando:
Que el solicitante, la empresa JM Ameze Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-
567632, sociedad inscrita en la Sección Mercantil del Registro Nacional al Tomo: 2009 Asiento:
37099, con domicilio social Puntarenas-Puntarenas Cóbano, 75 Norte del Tanque del A y A,
representada por Marilyn de los Ángeles Vargas Castillo, mayor, casada dos veces, vecina de San
Isidro, Cóbano de Puntarenas, 75 metros al Norte del Tanque de Acueductos y Alcantarillados,
portadora de la cédula 1-1062-0571, ha cumplido satisfactoriamente con todos los tramites
estipulados en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento.
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Que con fecha 10 de mayo del año 2010, la empresa JM Ameze Sociedad Anónima, presenta ante
el Concejo Municipal de Distrito Cóbano una solicitud de concesión por un área de 507 metros
cuadrados, ubicada exactamente entre los mojones número 76-78 del Instituto Geográfico
Nacional en Playa Carmen, Distrito de Cóbano, cantón Central, provincia de Puntarenas, visible a
folios 001 y 002.
Que el día 15 de junio del año 2010, se realizó la Inspección de Campo, por el Funcionario
Municipal Alcides Fernández, sobre la parcela que se solicita en concesión, visible a folio 010.
Que los linderos de esta parcela son los siguientes: NORTE: Concejo Municipal de Distrito Cóbano
SUR: Concejo Municipal de Distrito Cóbano. ESTE: Concejo Municipal de Distrito Cóbano. OESTE:
Calle pública. Visible a folio 012.
Que la empresa JM Ameze Sociedad Anónima, aportó el plano catastrado P-1776224-14, por un
área de 444 metros cuadrados, visible a folios 027.
Que el Edicto de Ley fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 138 del 16 de julio del
2010, concediendo los treinta días hábiles para oír oposiciones, y que dentro del plazo concedido
no se recibió en el Concejo Municipal del distrito de Cóbano de Puntarenas, oposición a la
solicitud de concesión, visible a folio 014.
Que la parcela solicitada en concesión se encuentra en el Sector Costero de                   Playa
Carmen, distrito de Cóbano, del cantón Central, provincia de Puntarenas, el cual fue declarado
de Aptitud Turística según acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo,
en sesión Nº 1913, artículo 6, del 26 de agosto de 1970, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta
Nº 220 del día 2 de octubre de 1970.
Que se corrobora la adecuación de la parcela, su área y su uso con el Plan Regulador Sector
Costero Playa Carmen aprobado por el Instituto Costarricense de Turismo en sesión Ordinaria Nº
4516, artículo 5º, inciso 14 del 5 de diciembre de 1994; por los departamentos de Urbanismo y
de Planificación Territorial del Instituto Nacional de Vivienda según sesión ordinaria Nº 4838, del
04 de noviembre del 1998 adoptado por la Municipalidad de Puntarenas en sesión ordinaria Nº
359, artículo Nº3, inciso d, del 01 de abril del 2002 y publicado en la Gaceta Nº 176 del 13 de
setiembre del 2002.
Que el uso de la parcela será destinado a ZONA RESIDENCIAL RECREATIVA (ZRR), que representa
un área de 444 metros cuadrados. Según lo establecido en el Plan en el Reglamento de
Zonificación de la Planificación existente en el sector.
Que existe un informe de avalúo realizado por el Topógrafo Municipal Edgardo Rodríguez
Rodríguez, en resolución número AVM-Nº022-2014, del 12 de marzo del 2014, el cual da a esta
parcela un valor total de veintitrés millones setecientos nueve mil seiscientos colones exactos
(¢23.709.600,00) y un valor porcentual por metro cuadrado de cincuenta y tres mil cuatrocientos
colones exactos (¢53.400,00), donde el canon anual que deben pagar será la suma de
novecientos cuarenta y ocho mil trescientos ochenta y cuatro colones exactos, (¢948.384,00), el
cual corresponde al cuatro por ciento (4%), por la Zona Residencial Recreativa (ZRR), por un área
de 444 m2, para pagar un total anual de canon de ocupación de ¢948.384,00 (novecientos
cuarenta y ocho mil trescientos ochenta y cuatro colones exactos).visible a folio 034.
Se establece como fecha última para el depósito de el canon de ocupación por el monto
establecido según el avalúo elaborado por el señor Edgardo Rodríguez Rodríguez, por un monto
de ¢948.384,00 (novecientos cuarenta y ocho mil trescientos ochenta y cuatro colones exactos),
el día de la firma del contrato de concesión, que se encuentra regulada en el artículo 56 del
reglamento, de la ley 6043 a nombre del Concejo Municipal del distrito Cóbano de Puntarenas.
Que no consta en el expediente oposición formal a la solicitud planteada por la empresa JM
Ameze Sociedad Anónima, además de ajustarse a las disposiciones de la Ley sesenta cuarenta y
tres, Ley e Zona Marítima-Terrestre.
 Se recomienda su otorgamiento por un plazo de VEINTE AÑOS.
Por tanto:
Esta Intendencia, recomienda al Concejo Municipal de Cóbano la aprobación de la concesión
solicitada por JM Ameze Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-567632, sobre un
terreno que consta de área de 444 metros cuadrados, con uso autorizado para Zona Residencial
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recreativa, según lo establecido en el Reglamento de Zonificación de la Planificación existente en
el sector.
 2. Autorizar la firma de este Proyecto de Resolución
3. Se dispensa del trámite de comisión. ACUERDO UNANIME




ACUERDO Nº7
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Corregir error material en virtud de que
por una situación involuntaria en el acuerdo de la sesión Ordinaria 28-2015 artículo IX,
inciso b, del día      siete de Agosto        del Dos Mil quince, se escribió           APROBAR
BORRADOR DEL PROYECTO a nombre de JM Ameze Sociedad Anónima, siendo lo
correcto APROBAR PROYECTO DE RESOLUCION a nombre de JM Ameze Sociedad
Anónima, subsanando en este acto y como corresponde el error material mencionado”.
ACUERDO UNANIME


**********************************************U.L.*******************************************
Finaliza la sesión al ser las diecinueve horas con quince minutos




Sra. Roxana Lobo Granados                           Sr. Rigoberto Gómez Gómez
Secretaria                                          Presidente en ejercicio.