Ordinaria 26 · 2016-10-25

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 26 del 2016-10-25 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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25/10/2016




                                 ACTA ORDINARIA Nº 26-2016
                                 PERIODO CONSTITUCIONAL
                                        2016 - 2020

ACTA NÚMERO VEINTISEIS – DOS MIL DIECISEIS   DE LA SESIÓN ORDINARIA QUE
CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO EL DÍA VEINTICINCO DE
OCTUBRE    DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS DIECISIETE HORAS EN LA SALA DE
SESIONES DE ESTE CONCEJO.

Con la presencia de las siguientes personas:

PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga


CONCEJALES PROPIETARIOS
Fernando Quesada López
Eladio Picado Ramírez
Virginia Vargas Acosta

PRESIDENTA SUPLENTE

CONCEJALES SUPLENTES
Ronny Campos Muñoz
Manuel Alfredo Ovares Elizondo

INTENDENTA
Cinthya Rodríguez Quesada. Se retira temprano

VICE INTENDENTE

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Marcenette Castrillo Mena. . SE ENCUENTRA ENFERMA

CONCEJALES SUPLENTES
Rolvin Salazar Rodríguez
Dunia Campos Salas.
Ivannia Rodríguez Sánchez

ASISTENTES POR INVITACION

VISITANTES

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión


 I.     ORACION
 II.    RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA 25-2016 Y EXTRAORDINARIAS 12-2016 Y
        13-2016
 III.   AUDIENCIAS Y JURAMENTACION
 IV.    INFORME DE LA INTENDENCIA
 V.     ASUNTOS TRAMITE URGENTE
 VI.    INFORME DE LAS COMISIONES
 VII.   INFORME DE LOS CONCEJALES
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 VIII.    INFORME DE LA ADMINISTRACION
 IX.      LECTURA DE CORRESPONDENCIA



ARTICULO I. ORACION

ARTICULO II. RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA 25-2016 Y EXTRAORDINARIAS 12-

2016 Y 13-2016

  a. Se ratifica el acta ordinaria 25-2016 en todas sus partes.

  b. Se ratifica el acta extraordinaria 12-2016 en todas sus partes

  c. Se ratifica en todas sus partes el acta extraordinaria 13-2016



ARTICULO III.AUDIENCIAS Y JURAMENTACION

   a. Se recibe para su debida juramentación a los señores Yenira Quiros y Omar

         Fernández nombrados recientemente en la Junta Administrativa del Colegio

         Técnico Profesional de Cóbano

   CONSIDERANDO:

   -Que en sesión ordinaria 22-2016 se nombró a dos miembros en la Junta Administrativa del

   Colegio Técnico Profesional de Cóbano

   -Que el día de hoy se han presentado para su debida juramentación

   ACUERDO Nº1

   Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “juramentar a los señores

             o   Yenira Quirós Rojas,                     Cédula 6 169 827

             o   Omar Fernández Villegas                          Cedula 2 503 498

Como miembros de la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de Cóbano según lo

estipulado en el artículo 194 de la Constitución Política”. ACUERDO UNANIME



   b. Se recibe a los señores Jeannethe Madrigal, Yicxenia Peralta Ramírez y Daniel

         Cubero Mora miembros de APROINFE

         PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra

         YICXENIA: Somos administradores de la Feria del Agricultor y estamos con la situación

         que no tenemos electricidad y agua, el agua debemos halarla de la muni en baldes y la

         electricidad con una extensión también de la muni. La Intendenta nos dijo que fuéramos a

         solicitar los medidores, fuimos al ICE y nos dijeron que el medidor solo la muni puede

         solicitarlo.
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      CINTHYA. Búsquenme el viernes en la mañana para este trámite, pero gracias a Dios el

      servicio siempre se les ha dado.

      LOS SEÑORES SE RETIRAN

   c. Se recibe a los señores Alberto Salas y Shmulik Selekter. ASUNTO. DESECHOS

      SOLIDOS

   PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra

   ALBERTO. Agradece el espacio. Informa que hay una compañía interesada en el tema de los

   desechos sólidos de Cóbano, están dispuestos a aportar el capital inicial y rescatar la

   propiedad del basurero, pero necesitamos es comunicar a los interesados la posición de

   ustedes. Queremos saber si esa empresa puede contar con esa propiedad para trabajar (la

   de la Menchita o el actual basurero) por unos 30 o 40 años

   CINTHYA. La muni no cuenta con dinero para invertir, la basura no nos genera apenas está

   dando para pagar los peones. No podemos sin hacer un préstamo

   El terreno de la Menchita está ahorita para un centro de acopio

   ALBERTO. Y adonde está el actual relleno, es municipal

   CINTHYA. Los dos son municipales
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   VIRGINIA Agradece la visita. El señor Shmulick es una persona muy valiosa en cuanto a

   empresas y de esto puede salir algo bueno

   ELADIO. Conozco a Shmulick y sé que es una persona seria. Tenemos un terreno municipal,

   tendríamos que sacar una licitación.

   En esta situación de la basura veo más interesados a los privados que a la Administración,

   este es un problema propio que debemos resolver. Ellos deben darnos la información para

   nosotros montar el cartel de licitación

   SHMULICK. El tema es delicado y queremos venir con propuestas concretas

   FERNANDO. Tenemos dos posibles terrenos y un gran problema por resolver

   SHMULICK. Este es un grupo de inversionistas de Estados Unidos, ocupamos una propiedad

   adonde podamos montar una planta

   DAGOBERTO. Este es un problema prioritario para este Concejo

   Se retiran



   ARTICULO IV. INFORME DE LA INTENDENCIA

   a. El jueves y viernes los funcionarios se capacitaron con respecto a las nics.

   b. El jueves en San José me reuní con los Malinches Rojos, nos fue muy bien. También fui a

      ver lo del préstamo BID

   c. Me reuní con Carolina Delgado, exdiputada que apoyaba a las comunidades costeras en

      la administración anterior, ella quiere reunirse con el Concejo para explicarles como

      colaborar con la comunidad de Montezuma con el asunto del Plan Regulador Cabuya-

      Montezuma. Les propongo el jueves 10 de noviembre

      FERNANDO. Como nos tenemos que ir en el ferry de 5 y 30 sugiero que sea temprano la

      reunión

      CINTHYA. Bueno quedemos para el jueves 10 de noviembre a las 10 de la mañana.

      Asisten Manuel, Dagoberto, Fernando

      DAGOBERTO. Yo asisto si Mariela Céspedes la encargada del departamento asiste, cero

      que es importante que ella esté presente en esa reunión



   d. El día 11 de noviembre nos visitara el señor Marvin Rodríguez, del Banco Popular a una

      sesión extraordinaria a las 4 pm nos trae tema de financiamiento para el concejo que

      nos puede interesar

      DAGOBERTO. Quedamos convocados para el 11 de noviembre a las 4 pm.
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   e. Necesito una sesión extraordinaria el día 27 de octubre a las 4 pm para ver el asunto de

        la modificación presupuestaria

        DAGOBERTO. Quedamos convocados para el día jueves 27 a las 4 p.m.



   f.   Hay una contratación para la reparación del camino de la Esperanza en los tramos que

        nos corresponden, se inicia la próxima semana y otra para Mal País ya que no se ha

        terminado

        VIRGINIA. Que seguimiento se le va a dar a la exposición que hizo el Sr. Erick Badilla en

        la sesión del jueves anterior

        CINTHYA, yo me retire por el asunto del camino hacia Manzanillo y no escuche al Señor

        Badilla, me comprometo a leer el acta para enterarme de lo que dijo



   g. Espero hayan traído el dictamen de la ejecución presupuestaria

        VIRGINIA. Si ya lo vimos aunque no lo tenemos aún por escrito, los informes están muy

        bien, y deben estarlo porque es un presupuesto muy conservador. Mi opinión es que los

        proyectos después de cierto monto deben estar por escrito y contar con su estudio de

        financiamiento

        ELADIO. Me parece muy atinada la idea, solo que algunos van a entender y otros no, es

        mejor que vengan los profesionales a exponer el proyecto



ARTICULO V. ASUNTOS TRAMITE URGENTE

Se dispensa



ARTICULO VI. INFORME DE LAS COMISIONES

Se dispensa



ARTICULO VII. INFORME DE LOS CONCEJALES

Se dispensa



ARTICULO VIII. INFORME DE LA ADMINISTRACION

DEPARTAMENTO DE ASESORIA LEGAL
 a. Lic. Francil Herrera Araya- OFICO CMDCAL-040-2016. Oficio número: CMDCAL - 040 -
    2016 donde procede a dar respuesta de forma definitiva a lo solicitado por el Concejo
    referente al Recurso de Revocatoria, interpuesto por el señor Harry Hartman Lang, en su
    condición de representante legal de LOS MALINCHES ROJOS S.A. cedula jurídica (3-1O 1-
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       111759) contra resolución dictada por el Concejo Municipal, rechazando la solicitud de Los
       Malinches Rojos S.A en el proyecto Hotel Nantipa.
  Al ser las diecisiete horas del veinticinco de Octubre del año dos mil dieciséis, el suscrito
  DAGOBERTO VILLALOBOS MAYORGA, mayor casado, comerciante, vecino de Mal País, portador de la
  cedula de identidad número seis-doscientos diez-ochocientos siete, es su condición de PRESIDENTE
  MUNICIPAL del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, con cedula jurídica número TRES-CERO CERO
  SIETE - CERO SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE, quien fue nombrado para el
  ejercicio de dicho cargo a partir del primero de mayo del año Dos Mil Dieciséis y hasta el treinta de
  abril del año Dos Mil Veinte, según Resolución número 1825-E11-2016 de las diez horas con cuarenta
  y cinco minutos del Once de Marzo del Dos Mil Dieciséis del Tribunal Supremo de Elecciones. Visto el
  Recurso de Revocatoria al acuerdo tomado en la sesión ordinaria 23-2016, , artículo VI, inciso
  a, del4 de Octubre del 2016 celebrada por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y
  notificado mediante oficio número: CMDCS 361 - 2016, el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano
  basado en la recomendación legal de la asesora legal, resuelve:
Resultado:
PRIMERO: En acuerdo DMDCS 200-2015 Del Concejo Municipal del 14 de marzo del 2015, se me
autorizó a presentar la concesión a nombre de mí representada, LOS MALINCHES ROJOS S. A como
garantía Hipotecaria, ante el Banco Nacional, préstamo que ahí se gestionó por un monto de $ 8
500 OOO.oo (Ocho millones quinientos mil dólares, moneda en curso legal de los Estados
Unidos de América). A fin de proceder con la construcción de Hotel Nantipa, en la propiedad
de mi representada. Como lo indica el artículo 67 de la Ley sobre la Zona MarítimoTerrestre.
SEGUNDO: En razón de cambio de entidad Financiera, solicitamos el 04 de agosto del año en
curso, ante este respetable CONCEJO, que en base al acuerdo DMDCS 200-2015 se realizara la
autorización correspondiente, donde en lugar de tenerse al Banco Nacional como entidad financiera,
se incluyera al Banco LAFISE.
TERCERO. Por notificación del 12 de octubre del 2016, se rechaza la solicitud, aduciendo el Concejo
que se debe proceder presentando una nueva solicitud, para el rechazo argumentan una serie de
elementos que emite el departamento Legal mediante oficio L-ZMT- 7-2016, en el tanto que no
se puede modificar un acuerdo; es necesario exponer que esta representación no pretende tal efecto,
pero si pretendemos variar, en beneficio del administrado por un sentido de conveniencia,
cumpliendo con los principios rectores de la administración de eficacia y eficiencia.
Tal y como indica el oficio de la secretaria del Concejo L-ZMT-67-2016: "ACUERDO No2
(TRANSCRIBO) Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA "1.Solicitar a los
representantes de la sociedad Los Malinches Rojos              S.A. que deben presentar una nueva
solicitud con la nueva institución financiera, donde se indique las condiciones del préstamo
y el plan de inversión con la con la nueva entidad financiera y si es posible una
          presentación del Proyecto, ya que este Concejo desconoce el proyecto y creemos
importante conocer un poco del desarrollo a futuro de la Zona". Al suscrito le parece
completamente irracional, ya que según el Código Municipal en sus artículos 46 y 47 y
concordantes el secretario del Concejo, formará un expediente y trascribirá todas y cada una
de las actas de los acuerdos tomados, por lo que el expresar que el Concejo desconoce del
proyecto es totalmente reprochable, el proyecto sigue siendo el mismo que consta en actas,
sin sufrir ningún cambio a excepción del cambio de entidad financiera. Además, nuestro
proyecto ya ha pasado por todas las etapas de aprobación que constan en sus archivos y que
se encuentran a disposición delConcejo.
  Adicionalmente, se adjunta la minuta de una reun1on realizada en la Municipalidad de
  Cóbano con la Diputada Karla Prendas en agosto del 2014. A dicha reunión asistieron
  personeros de la Municipalidad, incluyendo la actual Intendente de este Gobierno local, así
  como representantes de diversas organizaciones locales y nacionales y donde se presentó una
  exposición amplia y suficiente del proyecto y como se iba a involucrar a todas estas
  instituciones en el desarrollo de la zona.
  Sigo con la trascripción del acuerdo: (TRANSCRIBO) "Indicarle que el acuerdo anterior, con el
  Banco Nacional, no se puede cambiar, ya que esa figura como tal no existe para los acuerdos.
  Al cambiar ustedes las condiciones del acuerdo existente, este pierde efectividad ",ACUERDO
  UNANIME".
  Para mi representada, es de suma importancia aclarar, que en la exposición del proyecto NUNCA
  se dijo con cual entidad bancaria se gestionaría el financiamiento del proyecto, pues el cuerpo
  normativo de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre en su artículo 67 expresa que las mismas
  están facultadas a financiar sin determinar una en particular, por lo que se puede realizar la
  elección de cualquiera de aquellas entidades financieras de primer orden del sistema bancario
  nacional, por un asunto de orden se presentó a este respetable Concejo la entidad con la que
  trabajaríamos, sin embargo nos vimos forzados a realizar el cambio, motivo por el cual se le
  presentó a este Concejo la nueva entidad, sin ser esto una modificación al proyecto ya aprobado.
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  Como bien lo expone el departamento legal por ustedes consultado, no existe una figura
  existente para una situación de mero trámite, lo cual nos parece preocupante, sin embargo, es
  importante respetar el principio de legalidad y con esto respetar los principios de
  razonabilidad y proporcionalidad, ya que se violentan estos principios al rechazar una solicitud
  de mero trámite que nunca estuvo inmersa en el proyecto porque no posee una figura para este
  acto.
Considerando:
  Primero: Una vez analizado cada uno de los argumentos expuestos por el Recurrente en el
  presente asunto, en contraposición con lo acordado por este Concejo Municipal de Distrito, en
  su sesión ordinaria número: 23-2016, articulo VI, inciso a, del 4 de Octubre del 2116, el cual
  gira en entorno a dos putos en concretos como son:
  1. Solicitarle a los representantes de la sociedad denominada Los Malinches Rojos
  S.A. que debe presentar una nueva silicitud con la institución financiera, donde
  se Indique las condiciones del préstamo y el plan de inversión financiera y si es posible una
  presentación y el plan de inversión con la nueva entidad financiera y si es posible una presentación
  del proyecto, ya que este Concejo desconoce el proyecto y creemos importante conocer un poco del
  desarrollo a futuro de la zona.
  2. Indicarles que el acuerdo anterior, con el Banco Nacional, no se puede
  cambiar ya que esa figura como tal no existe para los acuerdos. Al cambiar ya que esa figura como
  tal no existe para los acuerdos. Al cambiar ustedes las condiciones del acuerdo existente, pierde
  efectividad.
  En virtud de lo anterior, cabe destacar en lo referente al primer punto plasmado en el acuerdo
  impugnado, y amparado el mismo en el principio de legalidad que rige a la administración
  pública, es imposible acoger la petición planteada ante este Órgano Colegiado en fecha 04 de
  Agosto del año 2016, por parte del señor Harry Hartman Long en su condición de
  represente legal de la sociedad denominada Los Malinches Rojos S.A., la cual consistía en
  efectuar un cambio de entidad financiera, al no ser ya, el Banco Nacional de Costa Rica la
  entidad financiera que les concederá el préstamo, sino más bien será el Banco LAFISE. Situación que
  no es viable en materia municipal, toda vez que imposible modificar desde cualquier
  óptica legal, la voluntad expresa plasmada en esa oportunidad por parte de los señores
  miembros del Concejo Municipal anterior, la cual se encuentra implícitamente inmersa en el
  acuerdo tomado en la sesión ordinaria número: 17-2015, articulo VIl, inciso B, del 5 de Mayo del
  2016, en la que claramente se autorizó al señor Hartman Long en su condición de representante
  legal de los Malinches Rojos S.A. a hipotecar por la suma de $ 8.500.000 el terreno otorgado en
  concesión a la citada sociedad localizada en el sector costero de Playa Carmen ante el Banco
  Nacional del Costa Rica.
 Esto por cuanto el Código Municipal es claro, y no contempla la posibilidad dentro de su
 cuerpo normativo, a efectuar modificaciones de ningún tipo a un acuerdo municipal
 debidamente aprobado, a menos de que se utilicen los mecanismos impugnativos contemplados
 dentro del título VI del Código Municipal vigente, ya que de lo contarlo esto no sería
 consecuente con el principio democrático delegado en cada uno de los miembros que fueron
 nombrados, en razón del ejercicios de sus cargos.
 Segundo: Aunado a lo expuesto en líneas anteriores, se le debe hacer ver al Recurrente, que
 tampoco lleva razón al afirmar que no es indispensable la presentación de una nueva solicitud
 formal referente a este caso, en la que se indique la nueva entidad financiera y el monto
 respectivo, ya que la solicitud presentada anteriormente no hace referencia a esta indicación
 expresa, sino más bien esta únicamente solicita el cambio de entienda bancaria.
 Sin embargo, por otro lado si es aceptable la tesis plantea por el Recurrente al aseverar que el
 proyecto a desarrollar ha sido presentado a este Concejo municipal tiempo atrás, actuaciones
 que no solo constan los registros de este Concejo Municipal, sino que también, constan
 dentro del expediente administrativo número: 2041 -2001, que al efecto lleva el departamento
 de zona marítimo terrestre a los folios que van 354 al 372, ya que se debe de tener claro que la
 administración municipal, no es seccionada, sino más bien continua, lo que significa que el
 hecho de que dicho acuerdo aprobatorio se diera durante el periodo municipal anterior, y no
 en el actual, no le da pie para aducir desconocimiento alguno, máxime si consta documentación
 al respecto.
 No obstante, cabe destacar que otro aspecto importante de traer a colación en
 el presente asunto, es el hecho de que a la hora de tomar dicho acuerdo, no se tomado en
 consideración la existencia del oficio número: CMDCAL- 034-2016 de la asesoría jurídica de este
 Concejo Municipal, en la que no solo constan los detalles referente a las condiciones del
 préstamos, el respectivo plan de inversión, y la documentación aportada por el Recurrente y
 emitida por ejecutiva de crédito de la entidad bancaria. Además en esa ocasión, también hasta
 se dejó plateada la posibilidad de coordinar nuevamente exposición del proyecto, ello si a bien lo
 tuviese este Órgano Colegiado. Tal y como refleja en el acta de la sesión ordinaria numero: 19 -
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 2016, articulo IX, inciso b, 6 de setiembre del 2016, ya que de lo contario podría violentar los
 principios de razonabilidad y proporcionalidad en perjuicio del Recurrente, pero
 lamentablemente por un error involuntario de este Concejo, solamente fue considerado el oficio
 1- ZMT- 2016 de la gestora jurídica de zona marítimo terrestre.
 Escenario que estaría obstaculizando en ese sentido la gestión interpuesto por el
 Recurrente, al punto de violentar los principios de razonabilidad y proporcionalidad en
 perjuicio de este.

Por tanto:

Con fundamento en lo antes expuesto, en este acto se procede a rechazar parcialmente

el Recurso de Revocatoria interpuesto ante este Concejo Municipal, toda vez que el

Recurrente deberá presentar una nueva solicitud formal ante este Concejo Municipal, pero

no así los demás requisitos solicitados en el acuerdo impugnado. ACUERDO UNANIME Votan

a favor los Concejales presentes Dagoberto Villalobos Mayorga, Fernando Quesada López,

Eladio Picado Ramírez y Virginia Vargas Acosta. Se somete a votación la aplicación del artículo

45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo

DEFINITIVAMENTE APROBADO



ARTICULO IX. LECTURA DE CORRESPONDENCIA

   a. Concejala. Virginia Vargas Acosta.             Informa sobre su deseo de responder

       afirmativamente a la solicitud de la Asociación de la comunidad de Montezuma

       (ASOMONTE la invita a una reunión para hablar sobre el plan regulador costero Cabuya-

       Montezuma), agrega que acepta recomendaciones              y observaciones y de forma

       respetuosa solicita si la quieren acompañar a escuchar a este grupo de vecinos. Indica

       que tiene el deber de conocer y escuchar este tema, ya que ha apoyado acciones de la

       administración con poco conocimiento sustituido esto por la gran confianza en el

       profesionalismo de los funcionarios.

       VIRGINIA. Informa que Victoria la llamo para invitarla a una reunión a fin de discutir el

       plan regulador, agrega que lo ha pensado mucho y llego a la conclusión que debe aceptar

       la invitación y le dije que iba solo a escuchar y que fiera en el sitio y me gustaría que

       alguno me acompañara y la gente del departamento

       CINTHYA. Doña Victoria tiene la costumbre de atacar y se aprovecha del

       desconocimiento, ella sabe que ustedes toman los acuerdos que legalmente les

       corresponde tomar. La administración ha ido a Montezuma a reunirse con la comunidad lo

       hemos anunciado y la gente no llega. Si ella quiere reunirse que venga aquí. Yo no voy a

       exponer a ninguna funcionaria a que vaya a Montezuma. Nosotros tenemos la buena

       voluntad de colaborar
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      ELADIO. A mi criterio doña Virginia hizo bien en aceptar yo haría lo mismo, una cosa

      somos los concejales y otra los funcionarios, jamás un funcionario va a ir a reunirse

      arriesgando que luego digan que le están dando algo, nosotros somos políticos aunque

      no nos guste el termino y podemos ir a escuchar y si queremos ir a caminar in cito lo

      podemos hacer y venimos a exponerlo. Ahora lo que venga de la señora Victoria no me

      interesa, se cómo es su proceder en cuanto al Concejo

      VIRGINIA. Quisiera pedirle a la Intendencia me permita pasar mañana a la oficina de

      zona marítimo terrestre a preguntar algunos aspectos de ese plan, Uno de mis mensajes

      en esta reunión será que deben ser más respetuosos con el Concejo

      CINTHYA. No solo con el _Concejo, con la administración también

      IVANNIA. Yo acompaño a doña Virginia.



   b. M.s.c. Rosibel Ureña. Coordinadora. Gestión Jurídica. ICT. OFICIO AL-1501-16.

      ASUNTO. Las Rosas de Mal Pais A&G S.A. Cumplir con el informe técnico MPD_ZMT

      397-2016 de fecha 10 de octubre del 2016, no se indica plazo para el inicio de las obras y

      no se indica porcentaje de garantía ni el monto de la garantía. Otorgan 20 días hábiles

      para cumplir con lo indicado. SE DA PASE AL DPTO DE INTENDENCIA CON COPIA AL

      DPTP DE ZMT PARA LO CORRESPONDIENTE



   c. Sres. Vianey Segura Ugalde y Yanira Quiros Rojas. Vecinos de Río Negro. ASUNTO.

      Con condición del camino. SOLICITUD. Exijan a los que construyen utilicen materiales

      adecuados utilizando el tamaño correcto y dejando los retiros adecuados. DAR PASE DE

      ESTA NOTA AL INGENIERO VIAL PARA LO CORRESPONDIENTE.



   d. Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano. Jean Carlo Vargas.

      Vicepresidente. ASUNTO. Informa que en sesión ordinaria celebrada el día 19 de

      setiembre del 2016 se acordó de manera unánime nombrar como representantes de ese

      Comité   en la comisión tripartita que administrara el Gimnasio municipal a la señora

      Eloína Obando Vallejos. Se conoce



   e. Bach. Asdrúbal Calvo Chaves. Alcalde Municipal Esparza. ASUNTO. Autorización

      para que la funcionaria Sandra Cecilia Rojas Rojas asista el día 25 de noviembre del

      20106 a la marcha organizada para la celebración del día de la no violencia contra la

      mujer. SE CONOCE
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   f.   Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano. Jean Carlo Vargas.

        Vicepresidente. ASUNTO. Renuncia del señor Cristian Sequeira Méndez a su cargo

        dentro del comité. Agrega que recibieron carta de renuncia en la sesión del día lunes.

        SOLICITUD. Nombrar a la mayor brevedad a quien los sustituye.

        CONSIDERANDO

        -Que el comité distrital de deportes comunica de la renuncia del señor Cristian Sequeira

        Méndez, la cual conocieron en sesión de comité

        ACUERDO Nº2

        Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aceptar la renuncia del señor

        Cristian Sequeira Méndez como miembro del comité de Deportes y recreación de Cóbano

        y comunicada mediante oficio del comité firmado por el señor Jean Carlo Vargas”.

        ACUERDO UNANIME



        DAGOBERTO. Solicita a la secretaria buscar las ternas anteriores y traerlas para buscar

        si en ellas hay alguien a quien podamos nombrar

   g. María Edith García. Asunto. Renuncia a su cargo como miembro del Comité Distrital de

        Deportes.

        CONSIDERANDO:

        -Que se ha conocido renuncia a su cargo como miembro del Comité Distrital de Deportes

        de la señorita María Edith García

        ACUERDO Nº3

        Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aceptar la renuncia presentada

        por la señora María Edith García a su cargo como miembro del Comité Distrital de

        Deportes y Recreación de Cóbano”. ACUERDO UNANIME



   h. Victoria Eugenia Quirós Ramírez. Presidente Asociación, por la Conservación y

        Desarrollo Local de la Comunidad de Montezuma. ASUNTO. Solicitud de información

        sobre el monto del canon en las comunidades de Cabuya y Montezuma, detalle de las

        tasas y copia del procedimiento y los estudios correspondientes que determinaron la

        base sobre la cual se establece el canon de ocupación de estas comunidades

        CONSIDERANDO:

        -Que se ha conocido solicitud de la señora Victoria Eugenia Quirós Presidenta de la

        Asociación, por la Conservación y Desarrollo Local de la Comunidad de Montezuma

        de información relacionada con los planes reguladores costeros existentes en el distrito
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        ACUERDO Nº4

        Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Dar pase de esta solicitud a la

        encargada del Departamento de ZMT que es quien tiene la información. Enviar copia a la

        señora Quiros”. ACUERDO UNANIME



   i.   Victoria Eugenia Quirós Ramírez. Presidente de la Asociación Nacional de los

        Habitantes de las zonas costeros de Costa Rica. ASUNTO. Solicitud de Información

        sobre los planes reguladores costeros del distrito.

        ELADIO.       Que el departamento le conteste que se está buscando la información

        CONSIDERANDO:

        -Que se ha conocido solicitud de la señora Victoria Eugenia Quirós Presidenta de la

        Asociación Nacional de los Habitantes de las zonas costeros de Costa Rica de

        información relacionada con los planes reguladores costeros existentes en el distrito

        ACUERDO Nº5

        Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Dar pase de esta solicitud a la

        encargada del Departamento de ZMT que es quien tiene la información. Enviar copia a la

        señora Quiros”. ACUERDO UNANIME

   j.   P. Miguel González Álvarez. Cura Párroco de Cóbano. ASUNTO. Solicitud de Patente

        temporal de Licores para explotar en el campo ferial propiedad de la Asociación de

        Desarrollo de Cóbano el día 3 de Diciembre del Año Dos Mil Dieciséis.

        CONSIDERANDO:

        -Que se ha conocido solicitud de la Parroquia de Cóbano de Licencia Temporal de

        Licores para explotar en el campo ferial propiedad de la Asociación de Desarrollo de

        Cóbano el día 3 de Diciembre del 2016

        -Que la parroquia cuenta con el acuerdo de la Junta Directiva de la Asociación de

        desarrollo Integral de Cóbano autorizándoles el préstamo del campo ferial

        ACUERDO Nº6

        Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar Licencia Temporal de

        Licores solicitada por la Parroquia de Cóbano para utilizar en el campo ferial propiedad de

        la Asociación de Desarrollo de Cóbano el día 3 de Diciembre con el siguiente horario: de

        11:30 a.m. del día 3 de diciembre a las 2.30 a.m. del día 4 de diciembre del 2016”.

        ACUERDO UNANIME
ACTA 26/16
25/10/2016




    k. Roxana Lobo Granados. Secretaria. Municipal. ASUNTO. Solicitud de 20 días

         vacaciones divididos en dos periodos de diez días del 15 al 25 de noviembre y del 5 al 16

         de Diciembre del 2016. Agrega que ha dialogado con la Señora Intendenta y recomienda

         por si lo desean tomar en consideración a la Señorita Yerlin Barboza Cruz para que la

         supla, ella es la secretaria del departamento de construcciones y un compañero cubriría

         ese espacio. Indica que divide las vacaciones a fin de analizar cómo le va a quien le suple

         y para no dejarlos tanto tiempo sin atención

         CONSIDERANDO:

         -Que se ha conocido solicitud de la secretaria de autorización para el disfrute de 20 días

         de vacaciones

         -Que indica la secretaria en su nota que la señora Intendenta autoriza que se le corte el

         nombramiento a la señorita Yerlin Barboza Cruz secretaria del departamento para que

         cubra las vacaciones de la señora Lobo Granados

         ACUERDO Nº7

         Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1. Autorizar 20 días de vacaciones a la

         secretaria del Concejo Sra. Roxana Lobo, divididos en los siguientes periodos, del 15 al

         25 de noviembre y del 26 de diciembre al del 2016 al 6 de Enero del 2017”

         2. Nombrar como secretaria interina para suplir en todas sus funciones a la señora Lobo

         en este periodo, a la Señorita Yerlin Barboza Cruz portadora de la cédula 2 640 056,

         quien actualmente se encuentra nombrada de forma interina por servicios especiales

         como secretaria del departamento de construcciones y consideramos tiene la capacidad

         y la calidades para ejercer esta función”. ACUERDDO UNANIME



    l.   Sra. Cinthya Rodríguez Quesada. Intendenta.. OFICIO Nº IC-0516-2016
Asunto: Presentación Proyecto de Resolución sobre la parcela solicitada en concesión por la sociedad
denomina HERMANOS UNIDOS LEON TENORIO S.R.L, expediente No 3666-13, y solicitud de autorización
de firma de CONTRATO DE CONCESION.
Por medio de la presente hago de su conocimiento Proyecto de Resolución sobre la parcela solicitada en
concesión por la sociedad denominada HERMANOS UNIDOS LEON TENORIO S.R.L, parcela ubicada
exactamente entre los mojones número 82-86 del Instituto Geográfico Nacional en Mal País, Distrito de
Cóbano, cantón Central, provincia de Puntarenas, expediente No 3666-13 así mismo solicito autorización
para la firma del contrato de concesión.
Proyecto de Resolución
Concejo Municipal Distrito de Cóbano, Intendencia Municipal, a las nueve horas del día diecinueve de
octubre del 2016.
Resultando:
ACTA 26/16
25/10/2016




Conforme a lo establecido en el artículo 42o del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre,
aprobado mediante Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, por este medio me
permito presentarles el PROYECTO DE RESOLUCIÓN correspondiente a la solicitud de concesión de Zona
Marítimo Terrestre presentada por la empresa Hermanos Unidos León Tenorio Sociedad Responsabilidad
Limitada expediente No3666-2013.
Considerando:
Que el solicitante, la empresa Hermanos Unidos León Tenorio Sociedad Responsabilidad Limitada, con
cédula jurídica número 3-102-670101, sociedad inscrita en la Sección Mercantil del Registro Nacional al
Tomo: 2013, Asiento: 133603, con domicilio social Limón-Pococí, La Rita, 300 metros al norte del parque
de la Rita, representada por el señor Luis Heriberto León Tenorio, mayor, casado una vez, farmacéutico,
vecino de La Rita de Guápiles, portador de la cédula de identidad número uno cero nueve cinco seis-cero
seis seis dos, ha cumplido satisfactoriamente con todos los trámites estipulados en la Ley sobre la Zona
Marítimo Terrestre y su Reglamento.
Que con fecha 19 de Setiembre del 2013, la empresa Hermanos Unidos León Tenorio Sociedad
Responsabilidad Limitada, presenta ante el Concejo Municipal de Cóbano una solicitud de concesión por
un área de 3.406 metros cuadrados, ubicada exactamente entre los mojones número 82-86 del Instituto
Geográfico Nacional en Mal País, Distrito de Cóbano, cantón Central, provincia de Puntarenas, visible a
folios 026 y 027.
Que el día 08 de enero del año 2014, se realizó la Inspección de Campo, por funcionario Municipal Greivin
Carmona R., sobre la parcela que se solicita en concesión, visible a folio 021,022,023,024 y 025
Que los linderos de esta parcela son los siguientes: NORTE: Calle Pública. SUR: Concejo Municipal de
Distrito Cóbano. ESTE: Concejo Municipal de Distrito Cóbano y propiedad privada. OESTE: Concejo
Municipal de Distrito Cóbano, visible a folio 048.
Que la empresa Hermanos Unidos León Tenorio Sociedad Responsabilidad Limitada., aportó el plano
catastrado P-1860506-2015, por un área de 3.406 metros cuadrados, cuya naturaleza es ZRR, visible a
folio 026.
Que el Edicto de Ley fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 16 del 25 de enero del 2016,
concediendo los 30 hábiles para oír oposiciones, y que dentro del plazo concedido no se recibió en el
Concejo Municipal del distrito de Cóbano de Puntarenas, oposición a la solicitud de concesión, visible a
folios 032 y 033.
Que la parcela solicitada en concesión se encuentra en el Sector Costero de             Mal País, distrito de
Cóbano, del cantón Central, provincia de Puntarenas, el cual fue declarado de Aptitud Turística según
acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo, en sesión Nº 4249, artículo 4, inciso
9, del 25 de marzo de 1992, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 86 del día 06 de mayo de 1992.
Que se corrobora la adecuación de la parcela, su área y su uso con el Plan Regulador Sector Costero Mal
País aprobado por el Instituto Costarricense de Turismo en sesión Ordinaria Nº4912, artículo 5º, inciso 13,
del 19 de abril de 1999; adoptado por la Municipalidad de Puntarenas en sesión ordinaria número Nº269,
del 05 de marzo del 2001; por los departamentos de Urbanismo y de Planificación Territorial del Instituto
Nacional de Vivienda según sesión ordinaria número 4917, artículo 4º, inciso 1, del 01 de setiembre de
1999 y publicado en la Gaceta Nº 158 del 20 de agosto del 2001; no presentándose oposiciones dentro del
plazo de ley conferido.
ACTA 26/16
25/10/2016




Que el uso de la parcela será destinado a ZONA RESIDENCIAL RECREATIVA (ZRR), que representa un área
de 3.406 metros cuadrados. Según lo establecido en el Plan en el Reglamento de Zonificación de la
Planificación existente en el sector.
Que existe un informe de avalúo realizado por el Ingeniero Topógrafo Municipal Rodrigo Vásquez Quirós,
en resolución número 013-2016, del 14 de abril del 2016, el cual da a esta parcela un valor total de
¢26.226,200, (Veintiséis millones doscientos veintiséis mil doscientos colones exactos) y un valor
porcentual por metro cuadrado de ¢7.700,00 (siete mil setecientos colones exactos), donde el canon
anual que deben pagar será la suma de ¢1.049.048,00 (un millón cuarenta y nueve mil cuarenta y ocho
colones exactos) el cual corresponde al cuatro por ciento (4%), por la Zona Residencial Recreativa (ZRR),
por un área de 3.406 m2, para pagar un total anual de canon de ocupación de ¢1.049.048,00 (un millón
cuarenta y nueve mil cuarenta y ocho colones exactos). Visible a folios 041 al 049.
Se establece como fecha última para el pago del canon por el monto de ¢1.049.048,00 el día de la firma
del contrato, que se encuentra regulada en el artículo 44 del reglamento, de la ley 6043, dicho pago debe
hacerse a nombre del Concejo Municipal del distrito Cóbano de Puntarenas.
Que no consta en el expediente oposición formal a la solicitud planteada por la empresa Hermanos
Unidos León Tenorio Sociedad de Responsabilidad Limitada., además de ajustarse a las disposiciones de la
Ley 6043, Ley de Zona Marítimo Terrestre.


Se recomienda el otorgamiento por un plazo de VEINTE AÑOS.
Por tanto:
Esta Intendencia, recomienda al Concejo Municipal de Cóbano la aprobación de la concesión
solicitada por Hermanos Unidos León Tenorio Sociedad de Responsabilidad Limitada., con
cédula jurídica número 3-102-670101, sobre un terreno que consta de área de 3.406 metros
cuadrados, con uso autorizado para Zona Residencial Recreativa, según lo establecido en el
Reglamento de Zonificación de la Planificación existente en el sector.
SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE


    m. Cinthya Rodríguez Quesada. Intendenta. OFICIO Nº IC-0515-2016

Asunto: Presentación Proyecto de Resolución sobre la parcela solicitada en concesión por la

sociedad denomina HERMANOS MURILLO FERNANDEZ UNIDOS AF SA, expediente No 3703-

15, y solicitud de autorización de firma de CONTRATO DE CONCESION.


Por medio de la presente hago de su conocimiento Proyecto de Resolución sobre la parcela solicitada en
concesión por la sociedad HERMANOS MURILLO FERNANDEZ UNIDOS AF SA, parcela ubicada exactamente
entre los mojones número 124-126 del Instituto Geográfico Nacional en sector costero Peñón de Ario,
Distrito de Cóbano, cantón Central, provincia de Puntarenas, expediente No 3703-15 así mismo solicito
autorización para la firma del contrato de concesión.

PROYECTO DE RESOLUCION
Concejo Municipal Distrito de Cóbano, Intendencia Municipal, a las nueve horas del día veinte de octubre
del 2016.
Resultando:
Conforme a lo establecido en el artículo 42o del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre,
aprobado mediante Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, por este medio me
permito presentarles el PROYECTO DE RESOLUCIÓN correspondiente a la solicitud de concesión de Zona
Marítimo Terrestre presentada por la empresa Hermanos Murillo Fernández Unidos A.F Sociedad
Anónima, expediente No3703-2015.
ACTA 26/16
25/10/2016




Considerando:
Que el solicitante, la empresa Hermanos Murillo Fernández Unidos A.F Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número 3-101-504663, sociedad inscrita en la Sección Mercantil del Registro Nacional al Tomo:
573, Asiento: 15782, con domicilio social Alajuela-Poas San Rafael de San Pedro, un kilómetro al oeste de
la plaza de futbol, representada por el señor Víctor Eduardo Murillo Rodríguez, mayor, casado una vez,
abogado, vecino de San Rafael de Poás, Alajuela, de la plaza de deportes un kilómetros al oeste, portador
de la cédula de identidad número nueve-cero veintidós-setecientos treinta y uno, ha cumplido
satisfactoriamente con todos los trámites estipulados en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre y su
Reglamento.
Que con fecha 11 de junio del 2015, la empresa Hermanos Murillo Fernández Unidos A.F Sociedad
Anónima, presenta ante el Concejo Municipal de Cóbano una solicitud de concesión por un área de 2.448
metros cuadrados, ubicada exactamente entre los mojones número 124-126 del Instituto Geográfico
Nacional en sector costero Peñón de Ario, Distrito de Cóbano, cantón Central, provincia de Puntarenas,
visible a folios 001,002,032 y 063.
Que el día 17 de marzo del año 2016, se realizó la Inspección de Campo, por funcionario Municipal Greivin
Carmona R., sobre la parcela que se solicita en concesión, visible a folios 046 al 048
Que los linderos de esta parcela son los siguientes: NORTE: Tierra Esperanza. SUR: Zona Publica. ESTE:
Gestión Playa Cecilia. OESTE: Los Guisaros Verdes, visible a folio 063.
Que la empresa Hermanos Murillo Fernández Unidos A.F Sociedad Anónima, aportó el plano catastrado P-
1836305-2015, por un área de 2.448 metros cuadrados, cuya naturaleza es para construir, visible a folio
032.
Que el Edicto de Ley fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 82 del 29 de abril del 2016,
concediendo los 30 hábiles para oír oposiciones, y que dentro del plazo concedido no se recibió en el
Concejo Municipal del distrito de Cóbano de Puntarenas, oposición a la solicitud de concesión, visible a
folios 051 y 054.
Que la parcela solicitada en concesión se encuentra en el Sector Costero de                   Peñón de Ario,
distrito de Cóbano, del cantón Central, provincia de Puntarenas, el cual fue declarado de Aptitud Turística
según acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo, en sesión Nº 1913, artículo 6,
del 26 de agosto de 1970, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 220 del día 02 de agosto de 1970.
Que se corrobora la adecuación de la parcela, su área y su uso con el Plan Regulador Sector Costero Peñón
de Ario aprobado por el Instituto Costarricense de Turismo en sesión Ordinaria Nº4448, artículo 2º, inciso
5, del 06 de abril de 1994; adoptado por la Municipalidad de Puntarenas en sesión ordinaria número
Nº257, del 27 de julio del 1994; por los departamentos de Urbanismo y de Planificación Territorial del
Instituto Nacional de Vivienda según sesión ordinaria número 4386, artículo 9º, del 17 de febrero de 1994
y publicado en la Gaceta Nº 170 del 07 de setiembre del 1994; no presentándose oposiciones dentro del
plazo de ley conferido.
Que el uso de la parcela será destinado a ZONA RESIDENCIAL RECREATIVA (ZRR), que representa un área
de 2.448 metros cuadrados. Según lo establecido en el Plan en el Reglamento de Zonificación de la
Planificación existente en el sector.
Que existe un informe de avalúo realizado por el Ingeniero Topógrafo Municipal Rodrigo Vásquez Quirós,
en resolución número 025-2016, del 12 de julio del 2016, el cual da a esta parcela un valor total de
¢68.544.000,00 (Sesenta y ocho millones quinientos cuarenta y cuatro mil colones exactos) y un valor
porcentual por metro cuadrado de ¢28.000,00 (Veintiocho mil colones exactos), donde el canon anual que
deben pagar será la suma de ¢2.741.760,00 (Dos millones setecientos cuarenta y un mil setecientos
sesenta colones exactos) el cual corresponde al cuatro por ciento (4%), por la Zona Residencial Recreativa
(ZRR), por un área de 2.448 m2, para pagar un total anual de canon de ocupación de ¢2.741.760,00 (Dos
millones setecientos cuarenta y un mil setecientos sesenta colones exactos). Visible a folios 056 al 064.
Se establece como fecha última para el pago del canon por el monto de ¢2.741.760,00 el día de la firma
del contrato, que se encuentra regulada en el artículo 44 del reglamento, de la ley 6043, dicho pago debe
hacerse a nombre del Concejo Municipal del distrito Cóbano de Puntarenas.
Que no consta en el expediente oposición formal a la solicitud planteada por la empresa Hermanos
Murillo Fernández Unidos A.F Sociedad Anónima., además de ajustarse a las disposiciones de la Ley 6043,
Ley de Zona Marítimo Terrestre.
Se recomienda el otorgamiento por un plazo de VEINTE AÑOS.
Por tanto:
Esta Intendencia, recomienda al Concejo Municipal de Cóbano la aprobación de la concesión
solicitada por Hermanos Murillo Fernández Unidos A.F Sociedad Anónima., con cédula jurídica
número 3-101-504663, sobre un terreno que consta de área de 2.448 metros cuadrados, con uso
autorizado para Zona Residencial Recreativa, según lo establecido en el Reglamento de
Zonificación de la Planificación existente en el sector.
SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
ACTA 26/16
25/10/2016




n. Sra. Cinthya Rodríguez Quesada. OFICIO IC-517-2016

Asunto: Presentación Proyecto de Resolución sobre la parcela solicitada en concesión por la

sociedad denomina FUNDICION CRISOL SOCIEDAD ANONIMA, expediente No 1719-00, y

solicitud de autorización de firma de CONTRATO DE CONCESION.
Por medio de la presente hago de su conocimiento Proyecto de Resolución sobre la parcela solicitada en
concesión por la sociedad denominada FUNDICION CRISOL SOCIEDAD ANONIMA, parcela ubicada
exactamente entre los mojones 122-124 del Instituto Geográfico Nacional en sector costero Peñón de
Ario, Distrito de Cóbano, cantón Central, provincia de Puntarenas, expediente No 1719-00 así mismo
solicito autorización para la firma del contrato de concesión.
                                         PROYECTO DE RESOLUCION
   Concejo Municipal Distrito de Cóbano, Intendencia Municipal, a las nueve horas del día veintiuno de
                                              octubre del 2016.
Resultando:
Conforme a lo establecido en el artículo 42o del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre,
aprobado mediante Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, por este medio me
permito presentarles el PROYECTO DE RESOLUCIÓN correspondiente a la solicitud de concesión de Zona
Marítimo Terrestre presentada por la empresa Fundición Crisol Sociedad Anónima, expediente No1719-
2000.
Considerando:
Que el solicitante, la empresa Fundición Crisol Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-
256801, sociedad inscrita en la Sección Mercantil del Registro Nacional al Tomo: 1241, Folio:182, Asiento:
178, con domicilio social San José, Curridabat, del archivo nacional 225 metros al oeste, representada por
el señor Juan de Dios Mora Díaz, mayor, casado una vez, abogado, vecino de San José, Curridabat, 275
metros al este del archivo nacional, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos veintitrés-
novecientos veintisiete, ha cumplido satisfactoriamente con todos los trámites estipulados en la Ley sobre
la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento.
Que con fecha 25 de febrero del 2000, la empresa Fundición Crisol Sociedad Anónima, presenta ante á
Municipalidad de Puntarenas una solicitud de concesión por un área de 598 metros cuadrados, ubicada
exactamente entre los mojones número 122-124 del Instituto Geográfico Nacional en sector costero
Peñón de Ario, Distrito de Cóbano, cantón Central, provincia de Puntarenas, visible a folios 044,043 y 069
Que el día 09 de julio del año 2014, se realizó la Inspección de Campo, por funcionario Municipal Greivin
Carmona R., sobre la parcela que se solicita en concesión, visible a folios 061 al 065
Que los linderos de esta parcela son los siguientes: NORTE: Concejo Municipal Distrito Cóbano. SUR:
Concejo Municipal Distrito Cóbano. ESTE: Calle Pública. OESTE: Concejo Municipal Distrito Cóbano, visible
a folio 077.
Que la empresa Fundición Crisol Sociedad Anónima, aportó el plano catastrado P-1856226-2015, por un
área de 598 metros cuadrados, cuya naturaleza es ZRR, visible a folio 069.
Que el Edicto de Ley fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 16 del 25 de enero del 2016,
concediendo los 30 hábiles para oír oposiciones, y que dentro del plazo concedido no se recibió en el
Concejo Municipal del distrito de Cóbano de Puntarenas, oposición a la solicitud de concesión, visible a
folios 072 y 074.
Que la parcela solicitada en concesión se encuentra en el Sector Costero de                  Peñón de Ario,
distrito de Cóbano, del cantón Central, provincia de Puntarenas, el cual fue declarado de Aptitud Turística
según acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo, en sesión Nº 1913, artículo 6,
del 26 de agosto de 1970, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 220 del día 02 de agosto de 1970.
Que se corrobora la adecuación de la parcela, su área y su uso con el Plan Regulador Sector Costero Peñón
de Ario aprobado por el Instituto Costarricense de Turismo en sesión Ordinaria Nº4448, artículo 2º, inciso
5, del 06 de abril de 1994; adoptado por la Municipalidad de Puntarenas en sesión ordinaria número
Nº257, del 27 de julio del 1994; por los departamentos de Urbanismo y de Planificación Territorial del
Instituto Nacional de Vivienda según sesión ordinaria número 4386, artículo 9º, del 17 de febrero de 1994
y publicado en la Gaceta Nº 170 del 07 de setiembre del 1994; no presentándose oposiciones dentro del
plazo de ley conferido.
Que el uso de la parcela será destinado a ZONA RESIDENCIAL RECREATIVA (ZRR), que representa un área
de 598 metros cuadrados. Según lo establecido en el Plan en el Reglamento de Zonificación de la
Planificación existente en el sector.
Que existe un informe de avalúo realizado por el Ingeniero Topógrafo Municipal Rodrigo Vásquez Quirós,
en resolución número 014-2016, del 14 de abril del 2016, el cual da a esta parcela un valor total de
¢14.352.000,00 (Catorce mil trescientos cincuenta y dos mil colones exactos) y un valor porcentual por
metro cuadrado de ¢24.000,00 (Veinticuatro mil colones exactos), donde el canon anual que deben pagar
ACTA 26/16
25/10/2016




será la suma de ¢574.080,00 (Quinientos setenta y cuatro mil ochenta colones exactos) el cual
corresponde al cuatro por ciento (4%), por la Zona Residencial Recreativa (ZRR), por un área de 598.00
m2, para pagar un total anual de canon de ocupación de ¢574.080,00 (Quinientos setenta y cuatro mil
ochenta colones exactos). Visible a folios 076 al 084.
Se establece como fecha última para el pago del canon por el monto de ¢574.080,00 el día de la firma del
contrato, que se encuentra regulada en el artículo 44 del reglamento, de la ley 6043, dicho pago debe
hacerse a nombre del Concejo Municipal del distrito Cóbano de Puntarenas.
Que no consta en el expediente oposición formal a la solicitud planteada por la empresa Fundición Crisol
Sociedad Anónima., además de ajustarse a las disposiciones de la Ley 6043, Ley de Zona Marítimo
Terrestre.
Se recomienda el otorgamiento por un plazo de VEINTE AÑOS.
Por tanto:
Esta Intendencia, recomienda al Concejo Municipal de Cóbano la aprobación de la concesión
solicitada por Fundición Crisol Sociedad Anónima., con cédula jurídica número 3-101-256801,
sobre un terreno que consta de área de 598.00 metros cuadrados, con uso autorizado para Zona
Residencial Recreativa, según lo establecido en el Reglamento de Zonificación de la
Planificación existente en el sector.
SE DA PASE A LA COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
*************************************U.L.******************************************************

Finaliza la sesión al ser las veinte horas con veinte minutos




        Sra. Roxana Lobo Granados                        Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga

        SECRETARIA                                       PRESIDENTE