Ordinaria 32 · 2015-08-25
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 32 del 2015-08-25 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 1) · unanime ACUERDO Nº1 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Juramentar los miembros de la Junta de Educación de Los Ángeles, según lo estipula el artículo 19…
- Acuerdo 2 (pág. 2) · unanime ACUERDO Nº2 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Juramentar de acuerdo a lo que estipula del artículo 194 de la constitución Política a los señore…
- Acuerdo 3 (pág. 2) · unanime ACUERDO Nº3 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Informarle al Lic. Walter Moya, que a la fecha no contamos con un acuerdo relacionado con el proc…
- Acuerdo 4 (pág. 2) · unanime ACUERDO Nº4 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Nombrar en la Junta de Educación de Santa Teresa a los señores: -Luis Emilio Montoya Cruz cédula …
- Acuerdo 5 (pág. 3) · unanime ACUERDO Nº5 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia Municipal proceder a elaborar ademdun al proyecto de resolución y al…
- Acuerdo 6 (pág. 3) · unanime ACUERDO Nº6 Con todo los votos a favor SE ACUERDA : “1. Solicitarle al Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas su autorización a fin de qu…
- Acuerdo 7 (pág. 5) · unanime ACUERDO Nº7 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1.Acoger el criterio emitido por el Ingeniero municipal. 2. Indicarle a la comunidad de San Isidr…
- Acuerdo 7 (pág. 5) · unanime ACUERDO Nº7 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Acoger el criterio de la proveedora e indicarles a los encargados de la escuela de Música y padre…
- Acuerdo 8 (pág. 8) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°8 Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1. Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie el procedimiento de la clausura del verte…
- ~ Acuerdo (pág. 8) · firme · aprobado sito y Tratamiento de Basura.******************************************************************* De lo cual se cuenta con la aprobación de la tesorerí…
ACTA ORDINARIA Nº 32-2015
Acta número treinta y dos - dos mil quince de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal del
Distrito de Cóbano el día veinticinco de Agosto del Dos Mil Quince a las diecisiete horas en la sala de
sesiones de este Concejo.
CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Minor Jiménez Gutiérrez PRESIDENTE Y SINDICO
Enio Valenzuela
Ronny Rodríguez Villalobos
Rigoberto Gómez Gómez
Juan León Rodríguez
CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
Noemí Rodríguez Cordero
Onias Alvarado Ramírez
José León Sandoval
Josué Villalobos Matamoros
CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION
CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
ADEMAS LA PRESENCIA DE:
INTENDENTE
Omar Fernández Villegas
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
I. Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
II. RATIFICACION ACTA ORDINARIA 31-2015 y EXTRAORDINARIA 16-2015
III. JURAMENTACION
IV. CORRESPONDENCIA
V. ASUNTOS TRAMITE URGENTE
VI. MOCIONES DE LOS CONCEJALES
VII. INFORME DE LA ADMINISTRACION
VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA
II. RATIFICACION ACTA ORDINARIA 31-2015 Y EXTRAORDINARIA 16-2015
a. Se ratifica en todas sus partes el acta ordinaria 30-2015
b. Se ratifica el acta extraordinaria 16-2015
III. JURAMENTACION
a. Ser recibe para su debida juramentación a los miembros de la Junta de Educación de Los
Ángeles
CONSIDERANDO
-Que en sesión ordinaria 30-2015 se nombró a la Junta de Educación de Los Ángeles de Cóbano
-Que el día de hoy se han presentado para su debida juramentación
ACUERDO Nº1
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Juramentar los miembros de la Junta de Educación de Los
Ángeles, según lo estipula el artículo 194 de la constitución política. Los señores:
-Victoriano Carmona Carmona cédula 601001489
-Melissa Carmona Rodríguez cédula 603660370
-Albin Argenis Céspedes Salamanca cédula 605240939
-Bernarda Rodríguez Castillo cédula 203240787
-Dionicio Gómez Luquez cedula 155818308510
Juramenta el presidente municipal. ACUERDO UNANIME
b. Se recibe a los señores Antonio Vallese, Romano Cruz y Flory Elay Paniagua, miembros del
Comité local de caminos de Montezuma los cuales se presentan para su juramentación
CONSIDERANDO:
Que se formó el comité denominado Comité Local de Caminos para Montezuma
Que algunos de sus miembros fueron juramentados en la sesión 31-2015
Que el día de hoy se han presentado algunos para juramentar
ACUERDO Nº2
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Juramentar de acuerdo a lo que estipula del artículo 194 de
la constitución Política a los señores:
Sra. Flory Elay Paniagua Luna. Cédula 6 0191 0999. Representante de Cóbano
Sr. Romano Cruz Jimenez. Cédula 2 0330 0169. Representante de Montezuma
Sr. Josué Villalobos Matamoros Cédula 6 0312 0653 Representante de los Transportistas y el
Concejo.
Procede a la Juramentación el presidente municipal. ACUERDO UNANIME
ANTONIO VALLESE: El otro grupo que ustedes juramentaron publicó en el Facebook que están pidiendo
para Montezuma el tratamiento que están haciendo en San Isidro. Queremos de antemano que se enteren
que nosotros no estamos de acuerdo con ese tipo de trabajo
OMAR. El trabajo que se está haciendo en San Isidro es muy diferente al que se hizo en Santa Teresa,
este es mejor pero estoy de acuerdo con ustedes que un rompimiento lento no debe ser para Montezuma.
Cuenten con apoyo del Concejo y la administración
ANTONIO: Ninguno de los miembros de este comité tiene aspiraciones políticas ni forma parte de ninguna
papeleta.
SE RETIRAN.
IV. CORRESPONDENCIA
a. Lic. Walter Moya. Nota enviada a la secretaria donde solicita copia certificada del acuerdo del
Concejo tomado para dar cumplimiento a lo indicado en el proceso de jerarquía impropia que se
tramito bajo el expediente 14-006728-1027-CA.
La secretaria indica que no ha localizado nada relacionado con el ese expediente
CONSIDERANDO
-Que el Lic. Walter Moya solicita copia certificada del acuerdo del Concejo tomado para dar
cumplimiento a lo indicado en el proceso de jerarquía impropia que se tramito bajo el expediente
14-006728-1027-CA.
–que ese oficio se conoció en la sesión 27-2015 se le dio pase a la asesora legal y está a la fecha
no ha contestado
ACUERDO Nº3
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Informarle al Lic. Walter Moya, que a la fecha no
contamos con un acuerdo relacionado con el proceso de jerarquía impropia que se tramito bajo el
expediente 14-006728-1027-CA. Apenas exista un acuerdo al respecto se le notificará al correo
señalado en su oficio”. ACUERDO UNANIME
b. MCs. Minor Jiménez Gutiérrez. Director Centro Educativo Santa Teresa. ASUNTO.
Nombramiento Junta de Educación.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido terna presentada por el Director del Centro Educativo Santa Teresa
-que esta cuenta con el aval del Asesor Supervisor MSc. Fernando Quesada
-Que las ternas cumplen con lo indicado en la ley
ACUERDO Nº4
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Nombrar en la Junta de Educación de Santa Teresa
a los señores:
-Luis Emilio Montoya Cruz cédula 6 0229 0143
-Domingo de María Arroyo Carranza cédula 6 0346 0275
-Jonathan Duartes Mejías cédula 6 0306 0352
-José Ángel Mendoza Gómez cédula 6 0244 0793
-Elifonso Rosales Espinoza cédula 6 0280 0870
ACUERDO UNANIME
c. Dra. Adriana Torres. Directora. Área Rectora de Salud Peninsular. ASUNTO. Activación de
planes de contingencia institucionales.
OMAR. Ese tema lo manejamos con la promotora Karol Aju, nosotros le facilitamos el perifoneo las
vagonetas y los peones
d. Lic. Nelson Marin Mora. ASUNTO. Invitación a la asamblea que se efectuara el día 4 de
setiembre a las 8 a.m. en la sede la universidad nacional en Nicoya. Asisten Rigoberto Gómez y
José Leon. El Intendente indica que él les facilita el traslado.
e. Lic. Francisco Coto Meza. Asesor Legal y MSc Rosibel Ureña Coordinadora Gestión Jurídico
Administrativa. ICT. OFICIO AL-883-15. ASUNTO. Solicitud de consignación acto de autorización
del concejo haciendo referencia al número de sesión, inciso , la fecha y hora del mismo.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido oficio AL-883-15 del ICT donde solicitan consignación acto de autorización
del concejo haciendo referencia al número de sesión, inciso, la fecha y hora del mismo de Arabian
Nights s.a.
-Que no es posible corregir el acuerdo
ACUERDO Nº5
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia Municipal proceder a
elaborar ademdun al proyecto de resolución y al contrato de concesión en el cual se corrija en el
cual se corrijan los errores indicados por el ICT en el oficio AL-0883-15.
2. Solicitarle a la Intendencia Municipal revise todas las recomendaciones para la elaboración de
proyectos de resolución y contratos de concesión enviados a este Concejo y elaborados por la
Asesora Legal del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, en el periodo que va del 23 de junio
del 2014 al 18 de agosto del 2015 a fin de corregir lo que sea necesario y no esperar que el
Instituto nos solicite las correcciones y así evitar atrasos a los concesionarios. ACUERDO
UNANIME
V. ASUNTOS DE TRAMITE URGENTE
a. Caso Expediente 14-006728-1027-CA
MINOR: Este oficio lo conocimos en la sesión 27-2015 le dimos pase a la Asesora Marianela Araya
Molina, la cual se fue sin darnos una respuesta sobre el mismo. Yo sugiero le pidamos a la asesora
legal de Puntarenas Lic. Adriana Núñez, nos ayude con esto, ya que ella algo conoce al respecto
CONSIDERANDO:
-Que la Lic. Marianela Araya Molina asesora de zona marítimo terrestre y quien tenía bajos su
responsabilidad el proceso de Walter Moya, renuncio y ha quedado pendiente de resolver algunos
procesos judiciales.
-Que la asesora de este Concejo Lic. Francil Herrera se inhibió de conocer este proceso.
-Que se hace urgente dar respuesta a algunos procesos pendientes.
ACUERDO Nº6
Con todo los votos a favor SE ACUERDA : “1. Solicitarle al Concejo Municipal de la
Municipalidad de Puntarenas su autorización a fin de que la Lic. Adriana Núñez, asesora legal del
Dpto. de Zona Marítimo Terrestre de esa Municipalidad nos pueda colaborar con los procesos
judiciales que existen con el señor Lic. Walter Moya, a quien este Concejo nombro órgano director
de un proceso administrativo.
2. Informar a ese Concejo que en conversación telefónica con la Lic. Núñez, ésta manifestó al
Presidente Municipal, su anuencia a ayudarnos en esta situación
3. Solicitarles prioridad en su respuesta ya que estos son procesos que urgen resolver. ACUERDO
UNANIME
b. LISTA PARA EL IMAS
MINOR. Enviar al IMAS la lista de personas con necesidad que los concejales han presentado, para que
sean atendidos aquí:
Nicolás Ramírez Alvarado cédula 2 097 995 Tel. 2642 11 22 (nieto Enrique) 8683 8529 (Isabel
Hija). Los Mangos
Dianney Chacón Mora cédula 5 211 196 tel. 8446 3581. Cabuya
Noilyn Cárdenas Aguilar cédula 6 311 151 tel. 8731 1590 ( o tal vez 87 31 9590)
Jorge Manuel Briceño Herrera. Cédula 9 044 355 Tel. 8426 4960. Cabuya
Miguel Ángel Briceño Ledezma. Cédula 6 212 570 tel. 8616 4044. Cabuya
Ovideo Aguirre Madrigal. Cedula 6 177 550 TE. 2683 1103 88 26 1417. Tambor
Herman Pérez Campos. Cedula 6 180 400 tel. 2683 0246. Tambor
Cruz Alberto González Briceño. Cedula 6 105 350. Tel. 8426 4960. Cabuya
-Gerardo Roberto Porras Venegas. 6 103 109. Tel 8433 9748 2683 0107. Tambor
Yessenia González Delgado. Cédula 6 247 712. Tel. 2683 0169 8562 4043
Oistelino Cárdenas Aguilar. Cedula 9 089 361 tel. 8717 4701 86 57 8561
Genoveva Duarte Duarte. Cedula 6 750 960. Tel. 85950417. Moctezuma
Beniel Chávez Rodríguez. Tel. 8369 4014. Tranquilidad
Susana Duarte Duarte. Tel. 86 898118 Montezuma
Ligia Garcia López. Cédula 6 304 296 Tel. 7276 6847. La Menchita
Yamilet Rodríguez Villarreal. Cedula 614 665. . Santa Fe
Roxana Alfaro Calderón Cédula. 2 560 670 Tel. 84959837. Cóbano
Víctor Manuel Ledezma Quiros. Cédula 6 1071357 Tel 2642 03 33
Sugey Carolina Chavarria cédula 155819789634
Damaris Elizabeth Arqueta Jarquin cédula 155819790023
Paula Elizabeth Jarquin Rivera cédula 155820445735
Mercedes Chavarria Ramírez cédula 155814374416
Arelly Lissette Arqueta Jarquin cédula 155820454914
Jonas Valenciano Muñoz cédula 6 110 397
Marina Estefana Rosales Pizarro cédula 6 099 1438 tel. 88046161/86599308
VI. MOCIONES DE LOS CONCEJALES
SE DISPENSA
VII. INFORME DE LA ADMINISTRACION
DPTO DE INGENIERIA
a. Ing. Freddy Madrigal Ávila. OFICIO ING-362-2015. ASUNTO ARCO RANCHO ESPERANZA
Por medio me permito informarles que se realizó inspección para ver las condiciones del arco de concreto
que se encuentra en la entrada de Rancho esperanza, de acuerdo a lo que se pudo observar el arco
presenta levantamiento y desprendimiento del repello, también presenta puntos donde el concreto se
desprendió y se encuentra expuesta la armadura de concreto, según me parece la estructura fue golpeada
posiblemente por vehículos (un camión o una vagoneta).
Con respecto a los caminos y calles públicas la ley general de caminos y la ley de construcciones establecen
lo siguiente:
1- Que de acuerdo a lo que establece La ley General de caminos No. 5060 corresponde a las
Municipalidades la administración de la red Vial Cantonal en su artículo 1, que se indica a continuación:
ARTÍCULO 1.- Para los efectos de la presente ley, los caminos públicos, según su función -con su
correspondiente órgano competente de administración- se clasificarán de la siguiente manera:
RED VIAL CANTONAL: Corresponde su administración a las municipalidades. Estará constituida por los
siguientes caminos públicos, no incluidos por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes dentro de la
Red vial nacional:
a) Caminos vecinales: Caminos públicos que suministren acceso directo a fincas y a otras actividades
económicas rurales; unen caseríos y poblados con la Red vial nacional, y se caracterizan por tener bajos
volúmenes de tránsito y altas proporciones de viajes locales de corta distancia.
b) Calles locales: Vías públicas incluidas dentro del cuadrante de un área urbana, no clasificadas como
travesías urbanas de la Red vial nacional.
c) Caminos no clasificados: Caminos públicos no clasificados dentro de las categorías descritas
anteriormente, tales como caminos de herradura, sendas, veredas, que proporcionen acceso a muy pocos
usuarios, quienes sufragarán los costos de mantenimiento y mejoramiento.
2- Que la Ley de Construcciones No. 833 establece en su capítulo II en sus artículos 4, 5, 7 y 13 con
respecto a vía publica lo siguiente:
Artículo 4.- Definición. Vía pública es todo terreno de dominio público y de uso común, que por
disposición de la autoridad administrativa se destinare al libre tránsito de conformidad con las leyes y
Reglamentos de planificación y que de hecho este destinado ya, a ese uso público.
Según su clase, las vías públicas se destinarán, además, a asegurar las condiciones de aireación e
iluminación de los edificios que las limitan; a facilitar el acceso a los predios colindantes; a la instalación de
cualquier canalización, artefacto, aparato o accesorio perteneciente a una obra pública o destinados a un
servicio público.
Artículo 5.- Derecho. Las vías públicas son inalienables e imprescriptibles y por lo tanto, no podrá
constituirse sobre ellas hipoteca, embargo, uso, usufructo ni servidumbre en beneficio de una persona
determinada, en los términos del derecho común. Los derechos de tránsito, iluminación y aireación,
vista, acceso, derrames y otros semejantes inherentes al destino de las vías públicas se regirán
exclusivamente por las leyes y Reglamentos Administrativos.
Artículo 13.- Tránsito. Es de competencia de la Municipalidad vigilar el uso racional de las vías públicas y
dictar las medidas necesarias tendientes a lograr que el tránsito de vehículos y peatones sea fácil, cómodo
y seguro, para lo cual resolverá:
a) Sobre la modificación de alineamientos para el ensanche de las vías públicas y para formar ochavas en
las esquinas de las manzanas, que permitan más visibilidad en esos lugares y más fácil circulación;
b) Sobre la construcción de islas para la protección de peatones y para la canalización del tránsito,
señalándolas por medio de rótulos, luces, reflectores, etc;
c) Sobre la autorización de ocupación de la vía pública con obras provisionales para la protección de los
transeúntes;
d) Sobre las zonas de la ciudad o calles en que puedan expedirse permisos para instalar aparatos
mecánicos para ferias, puestos fijos y semifijos.
En el caso particular esta calle en un tiempo fue una vía privada y fue cuando se construyó el arco
existente, posteriormente se volvió pública pero me parece que este arco no debería existir porque es
impedimento para el acceso de comuniones o vehículos de gran tamaño que quieran ingresar a esta calle
pública
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido oficio ING-362-2015 de criterio técnico sobre solicitud de autorización para eliminar el
arco que se ubica en la entrada de Rancho La Esperanza que realizo la comunidad de San Isidro
ACUERDO Nº7
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1.Acoger el criterio emitido por el Ingeniero municipal.
2. Indicarle a la comunidad de San Isidro que se les autoriza a eliminar el arco que se ubica a la entrada de
Rancho La Esperanza. Trabajo que debe ser realizado por la comunidad.
3. Solicitarles si es posible dejen los laterales y si es necesario quitarlos tengan cuidado con los tubería del
agua potable que pasa por ese sector”. ACUERDO UNANIME
DPTO DE PROVEEDURIA
b. Sra. Jackelinne Rodríguez. Rodríguez. OFICIO Nº PM 184-2015
Por este medio me permito saludarlos y a la vez dar mi criterio con respecto a la posibilidad de donar los
instrumentos musicales.
La posición que ha sostenido el Órgano Contralor es que las municipalidades se encuentran debidamente
autorizadas para efectuar la donación de bienes -muebles e inmuebles- cuando se trate de asociaciones
constituidas con base en la Ley de Desarrollo Comunal, N.° 3859, sin que se requiera de ulterior
autorización legislativa, salvo en los casos de bienes que están sujetos a un régimen especial o de dominio
público, para cuya disposición y desafectación sí se requiere del trámite correspondiente por medio de ley
especial.
En ese orden, el numeral 62 del Código Municipal precisa el señalamiento del artículo 174 constitucional,
indicando que: “La municipalidad podrá usar o disponer de su patrimonio mediante toda clase de actos o
contratos permitidos por este código y la Ley de Contratación Administrativa, que sean idóneos para el
cumplimiento de sus fines. / Las donaciones de cualquier tipo de recursos o bienes inmuebles, así como la
extensión de garantías en favor de otras personas, solo serán posibles cuando las autorice expresamente
una ley especial. [...].”
Por lo que no considero posible donar estos instrumentos a las personas o institución que los está
solicitando Escuela de música de Cóbano, ya que estos no cumplen con los requisitos que la ley indica, para
que puedan recibir donaciones por parte de este municipio.
CONSIDERANDO:
-Que la escuela de música y el comité de padres de familia representados por Prof. Jorge Siliezar y Laura
Camacho ha solicitado la donación de algunos instrumentos musicales
-Que se le solicito criterio a la proveedora y a la asesora legal al respecto
-Que se ha conocido el criterio de la proveedora legal
ACUERDO Nº7
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “Acoger el criterio de la proveedora e indicarles a los
encargados de la escuela de Música y padres de Familia que no es posible realizar la donación solicitada
por ellos ya que la escuela de música no cumple con los requisitos que la ley exige para ser sujetos a
donaciones. Sabemos que las mejores manos a donde deben estar esos instrumentos musicales son las
de ustedes, pero no podemos obviar requisitos indispensables y que la ley nos exige”. ACUERDO
UNANIME.
VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA
a. Omar Fernández. Intendente. Oficio I-429-15. Asunto Decisión Inicial
1. Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la necesidad a
satisfacer (finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo 8, inciso a, del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
En vista de que formalmente en fecha 15 de Octubre del año 2014, el Ministerio de Salud del Área Rectora
Peninsular procedió a notificarle a esta Intendencia Municipal, la orden sanitaria número: OS – G – 082 –
2014, mediante la cual se le concedió a esta Corporación Municipal un plazo perentorio 44 días hábiles,
para inhabilitar definitivamente el funcionamiento del vertedero Municipal de Cobano, la misma indica
tácitamente lo siguiente:
1. Proceder con la clausura del vertedero de basura municipal de Cobano
2. Contratar y llevar los residuos recolectados de la zona, aun sitio de disposición final de residuos que
cuenten con los permisos sanitarios de funcionamiento y que se encuentre registrado como gestor
autorizado, ambos ante este Ministerio de Salud.
Cabe destacar que la citada orden sanitaria estará expirando próximamente en fecha 16 de Diciembre del
presente año, situación que es sumamente preocupante, ya que la no operación de este vertedero nos
impediría poder brindar a la población dicho servicio con normalidad, lo cual desencadenaría en una grave
problemática de salud pública para nuestro Distrito.
Se tomó la decisión de solicitar un permiso de Contratación Directa a la Contraloría General de la
Republica, misma que autorizo realizar una contratación Directa Concursada Modalidad Según Demanda,
para la contratación de estos servicios por el plazo de un año. Esta contratación se ampara jurídicamente
en el numeral 2bis del inciso c de la Ley de Contratación Administrativa, en concordancia con los artículos
138 y 139.
3. Defina el objeto de la contratación aportando las especificaciones técnicas, las cuales deben ser
claras, suficientes, concretas y objetivas. (Según artículo 8, inciso b, del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa).
Se solicita Contratar los servicios de trasferencia, tratamiento y disposición final de los desechos del
distrito por un plazo máximo de un año según demanda. Este servicio será de la propiedad donde se
encuentra actualmente el Vertedero Municipal, hasta el lugar de disposición final.
La empresa contratada deberá cumplir con los siguientes requisitos indispensables:
1. Contar con un camión de transferencia de 20 y hasta 25 toneladas para lo cual deberán aportar la
tarjeta de Pesos y Dimensiones.
2. Dicho camión deberá contar con un tanque de recolección de lixiviados.
3. Deben cumplir con los métodos de operación establecidos en la Ley para la Gestión Integral de
Residuos 8839.
4. Copia del Permiso de Funcionamiento del Relleno Sanitario donde se realizara la disposición final
de los desechos.
5. La transferencia de los desechos deberá realizarse de manera cubierta que no permitan la
visibilidad de los mismos, además deberá de realizarse una cubertura de los mismos con un
producto químico que evite malos olores.
6. servicio se realizara por un máximo de 3 veces por semana según se indique por parte del
departamento de Sanidad a la intendencia Municipal y así lo demande la cantidad de desechos a
tratar.
7. El vehículo deberá estar al día en con los permisos de Ley respectivos para su circulación.
8. deberá presentar una garantía de participación por un monto de 250.000,00
9. Se deberá presentar una garantía de cumplimiento por un monto de cinco millones.
UNIDAD SERVICIO
TRANSPORTE TRANSPORTE Y RECOLECCION POR VIAJE
DISPOSICION DISPOSICION DE LOS DESECHOS EN EL RELLENO
POR TONELADA
4. Indique el procedimiento de control de calidad que se aplicarán durante la ejecución de la
contratación y para la recepción de la obra, bien o servicio. (Según artículo 8, inciso c, del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
El recibo del producto para verificar cuantos viajes salen semanalmente con residuos sólidos, se llevara a
cabo con el apoyo del encargado del basurero. Quien contara con una bitácora de entrada y salida de
camiones.
El método de pago será mensualmente para lo cual deberán presentar las facturas indicando el peso del
tonelaje, ingresado por día, además de enviar al departamento de Proveeduría cada vez que ingrese un
camión para disposición de residuos, copia de la hoja de ingreso y pesos, y así ir formando el expediente
para pago mensual.
Estos deberán de estar autorizados por la Intendencia, quien será la encargada de verificar que se estén
realizando los viajes, y estar pendientes de la cantidad de toneladas que se saquen para dicho tratamiento.
5. Indique la estimación actualizada del costo del objeto, así como el detalle de la disponibilidad
presupuestaria con la que cuenta la unidad solicitante para enfrentar la ejecución de la
contratación. (Según artículo 8, inciso d, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Nota: revisar artículo 12 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Monto aproximado de costo: ¢ 100.363.566,95
Partida presupuestaria:
1-01-02 Alquiler de maquinaria ¢50.000.000,00 II Deposito y Tratamiento de Basura
1-04-09 Otros servicios de gestión y apoyo ¢50.363.566,95 II Deposito y Tratamiento de Basura
Aprobación Tesorería Municipal: _______________________
6. La Municipalidad posee el recurso humano y material para verificar la correcta ejecución del
objeto del contrato. (Según artículo 8, inciso f, del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa)
Si: __x_ No: ________
7. Indique el funcionario responsable de darle seguimiento al contrato: (Según artículo 8, inciso g, del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
Intendencia Municipal
Información para elaborar el cartel
En cumplimiento de lo señalado en el artículo 10, inciso e, del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa se requiere la siguiente información para la elaboración del cartel.
Plazo de entrega: será de manera inmediata una vez notificada la orden de inicio días hábiles
Recomendación de proveedores a invitar:
El motivo por el cual se recomienda es que son proveedores que están registrados para tal fin en esta
institución y se conoce de los productos que ofrecen.
Nota: de indicar algún proveedor se debe justificar el motivo por el cual se requiere invitarlo.
Factores de calificación:
Elemento a calificar Ponderación
Precio 80%
Experiencia 20%
Para valorar la experiencia se deberá presentar cartas de recomendación con un máximo de 4, mismas que
se calificaran con un 5% cada una.
Importante
La información incluida en este formulario es de presentación obligatoria, por requerimientos legales de la
Ley y Reglamento de Contratación Administrativa por lo que la omisión de información representa un
impedimento para continuar con el trámite de la solicitud de compra.
Aprobación por parte de Intendencia:____________________________
Firma de encargado de la unidad solicitante: ____________________________
Fecha: ____________
CONSIDERANDO:
Que según decisión inicial presentada por la Intendencia se debe Proceder con la clausura del
vertedero de basura municipal de Cobano y Contratar y llevar los residuos recolectados de la zona,
a un sitio de disposición final de residuos que cuenten con los permisos sanitarios de
funcionamiento y que se encuentre registrado como gestor autorizado, ambos ante el Ministerio de
Salud.
Que la citada orden sanitaria estará expirando próximamente en fecha 16 de Diciembre del
presente año, situación que es sumamente preocupante, ya que la no operación de este vertedero
nos impediría poder brindar a la población dicho servicio con normalidad, lo cual desencadenaría
en una grave problemática de salud pública para nuestro Distrito.
Que se tomó la decisión de solicitar un permiso de Contratación Directa a la Contraloría General de
la Republica, misma que autorizó realizar una contratación Directa Concursada Modalidad Según
Demanda, para la contratación de estos servicios por el plazo de un año.
Que esta contratación se ampara jurídicamente en el numeral 2bis del inciso c de la Ley de
Contratación Administrativa, en concordancia con los artículos 138 y 139.
Que se solicita Contratar los servicios de trasferencia, tratamiento y disposición final de los
desechos del distrito por un plazo máximo de un año según demanda. Este servicio será de la
propiedad donde se encuentra actualmente el Vertedero Municipal, hasta el lugar de disposición
final.
Que la empresa contratada deberá cumplir con los siguientes requisitos indispensables:
o Contar con un camión de transferencia de 20 y hasta 25 toneladas para lo cual deberán
aportar la tarjeta de Pesos y Dimensiones.
o Dicho camión deberá contar con un tanque de recolección de lixiviados.
o Deben cumplir con los métodos de operación establecidos en la Ley para la Gestión
Integral de Residuos 8839.
o Copia del Permiso de Funcionamiento del Relleno Sanitario donde se realizara la
disposición final de los desechos.
o La transferencia de los desechos deberá realizarse de manera cubierta que no permitan la
visibilidad de los mismos, además deberá de realizarse una cubertura de los mismos con
un producto químico que evite malos olores.
o servicio se realizara por un máximo de 3 veces por semana según se indique por parte del
departamento de Sanidad a la intendencia Municipal y así lo demande la cantidad de
desechos a tratar.
o El vehículo deberá estar al día en con los permisos de Ley respectivos para su circulación.
o Deberá presentar una garantía de participación por un monto de 250.000,00
Deberá presentar una garantía de cumplimiento por un monto de cinco millones
El encargado del basurero contara con una bitácora de entrada y salidas de camiones para
verificar cuantos camiones salen semanalmente con residuos sólidos.
Que el método de pago será mensual, para lo cual deberán presentar las facturas indicando el
peso del tonelaje ingresado por día, además de enviar al departamento de Proveeduría, cada vez
que ingrese un camión para disposición de residuos, copia de la hoja de ingreso y pesos, y así ir
formando el expediente para pago mensual.
Que la Intendencia será la encargada de verificar que se estén realizando los viajes, y estar
pendientes de la cantidad de toneladas que se saquen para dicho tratamiento.
Que el monto aproximado de costo es de cien millones trescientos sesenta y tres mil quinientos
sesenta y seis colones con 95/100 (¢ 100.363.566,95)
1-01-02 Alquiler de maquinaria ¢50.000.000,00 II Deposito y Tratamiento de Basura1-04-09
Otros servicios de gestión y apoyo ¢50.363.566,95 II Deposito y Tratamiento de Basura, de lo cual
se cuenta con la aprobación de la tesorería municipal
Que se propone la dispensa del trámite de comisión
ACUERDO N°8
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1. Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie el
procedimiento de la clausura del vertedero de basura municipal de Cobano e inicie el proceso de
Contratación de la empresa que brinde los servicios de trasferencia, tratamiento y disposición final de los
desechos del distrito, por un plazo máximo de un año, según demanda de los residuos recolectados de la
zona, a un sitio de disposición final de residuos que cuente con los permisos sanitarios de funcionamiento
y que se encuentre registrado como gestor autorizado, ambos ante el Ministerio de Salud.
El monto aproximado de costo de este servicio es de cien millones trescientos sesenta y tres mil
quinientos sesenta y seis colones con 95/100
(¢ 100.363.566,95) de las partidas presupuestarias:
1-01-02 Alquiler de maquinaria ¢50.000.000,00 II Deposito y Tratamiento de
Basura.*************************************************************************************
1-04-09 Otros servicios de gestión y apoyo ¢50.363.566,95 II Deposito y Tratamiento de
Basura.*******************************************************************
De lo cual se cuenta con la aprobación de la tesorería
municipal**********************************************************************************
2. Dispensar del trámite de comisión. ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación del
artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
Finaliza la sesión al ser las diecinueve horas con treinta y cinco minutos
Roxana Lobo Granados Minor Jimenez Gutierrez
Secretaria Presidente