Ordinaria 11 · 2015-03-17

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Acuerdos en esta acta

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                                            ACTA 11/2015
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                                     ACTA ORDINARIA Nº 11-2015

Acta número once - dos mil quince de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal del Distrito de
Cóbano el día diecisiete de Marzo del Dos Mil Quince a las diecisiete horas en la sala de sesiones de
este Concejo.

CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Minor Jiménez Gutiérrez            PRESIDENTE Y SINDICO
Ronny Rodríguez Villalobos
Enio Valenzuela
Reina Gloria Cruz Jiménez
José León Sandoval

CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
Josué Villalobos Matamoros
Noemí Rodríguez Cordero

CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION

CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
Alba Rosa Gómez Espinoza
Juan León Rodríguez

ADEMAS LA PRESENCIA DE:

INGENIERO MUNICIPAL
Sr. Freddy Madrigal Ávila

INTENDENTE
Sr. Omar Fernández Villegas

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

          I.       Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
                   Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
          II.      RATIFICACION ACTA ORDINARIA 10-15 y EXTRAORDINARIA 05-15
          III.     AUDIENCIAS
          IV.      CORRESPONDENCIA
          V.       ASUNTOS TRAMITE URGENTE
          VI.      MOCIONES DE LOS CONCEJALES
          VII.     INFORME DE LA ADMINISTRACION
          VIII.    INFORME DE LA INTENDENCIA

   I.          COMPROBACION DE QUORUM Y RATIFICACION DEL ORDEN DEL DIA
               Se ratifica

II. RATIFICACION ACTA ORDINARIA 10-15 Y EXTRAORDINARIA 05-15

   a. Ratificación del Acta Ordinaria 10-15
      Se ratifica el acta ordinaria 10-15

   b. Ratificación del Acta Extraordinaria 05-15
      Se ratifica en todas sus partes el acta extraordinaria 05-15

   III.        AUDIENCIAS

a. Vecinos Barrio La Menchita. Cinthay Rodríguez, Angie Bonilla, Marjorie Ovares, Elvi Rojas,
   Fernando Castro, Juan Rodríguez y
    otros.
   PRESIDENTE: les da la bienvenida y concede la palabra
   ANGIE BONILLA: Secretaria del comité, el motivo de nuestra visita sigue siendo el asunto del camino.
   Omar se comprometió a pedir ayuda a Puntarenas y queremos saber si lo hizo y que paso con la
   licitación, porque fue una burla lo que nos hicieron de tapar unos pocos huecos y dejar eso así,
   nosotros estamos organizados y por eso pensé que teníamos prioridad.
   ING. FREDDY MADRIGAL. En la licitación solo participo una empresa que no cumplía con todo, por
   eso se tuvo que desestimar, se hizo una contratación de 54000 litros de mezcla se empezó a trabajar
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     en el centro y luego siguieron hacia la Menchita y alcanzo hasta adonde llego, eso fui yo quien dio la
     orden de hacerlo así
     CINTHYA. Debe haber una plan B. Cuál es?
     ING. FREDDY. El plan B es que lo haga la muni y solo se podrá si Hernán Solís se inscribe como
     proveedor para comprarle la emulsión a ellos, ya que es la planta más cercana, aproximadamente a
     tres horas, porque este producto no se puede pasar por el ferry y contratar maquinaria para que la
     pongan
     CINTHYA. Si hace 15 años tenemos asfalto, porque hasta ahora se preocupan porque las empresas
     se inscriban
     RAMON. Ha Hernán Solís no le va a interesar ser proveedor, yo creo que aquí la solución es echar
     mano a la gente de aquí, ni con Hernán ni con RAASA lo vamos a comprar.
     FERNANDO. Parece ilógico que una empresa tan grande venga a tapar huecos. Aquí hay suficiente
     maquinaria
     ANGI. Usted ha conocido respuesta de lo que Don Omar se comprometió de sacar el asfalto de aquí a
     la subestación, él se comprometió a pedir ayuda al MOPT y a la muni de Puntarenas, se habló también
     que ese asfalto lo iban a hacer nuevamente porque es demasiado el deterioro que tiene.
     ING. MADRIGAL. Lo que dije de que Hernán Solís se inscriba no es para que venga a tapar huecos,
     sino para comprarle el producto, porque es la planta de asfalto más cercana a nosotros.
     ANGIE. El problema con el polvo es otro asunto, tenemos derecho a recibir ayuda con este tema, yo
     estoy por poner un recurso de amparo
     OMAR. Con la gente del ICE yo hable y no me han dado respuesta y con el Alcalde de Puntarenas
     hable, pero a ellos se le ha dificultado ayudarnos.
     CINTHYA. Omar nos reunimos aquí en noviembre y ya estamos 17 de marzo, ha hecho algún
     documento, porque los documentos son los que hablan, ha elaborado algún proyecto?
     OMAR. Documentos no
     FREDDY. La semana pasada me reuní con los del ICE y ellos hablaron de la reparación del camino de
     la subestación a Río Frio, no se refirieron a este de Cóbano a la subestación.
     A mi me gusta hacer buenos trabajos, pero hay que trabajar con lo que se tiene y el presupuesto que
     tenemos para caminos no alcanza ni a un millón por kilómetro, no tenemos ni doscientos millones y un
     promedio de 217 kilómetros de caminos vecinales. De un dinero existente contrate la compra de una
     mezcla asfáltica que será para terminarles a ustedes, y seguir con otros sectores que hacen falta como
     la cuesta de Mal País y la cuesta de los cheracoles, esta emulsión tiene un valor de ocho millones de
     colones.
     ANGI. Quiero solicitarles que convoquen a los señores del ICE y A y A a una reunión
     ELVI. Se sabe del problema presupuestario.
     GLADYS. Siempre venimos y nos dicen que sí nos van a resolver y no se cumple.
     SE RETIRAN

b.    Vecinos de San Isidro, Santa Teresa y Mal País. Asociación de desarrollo y Cámara de Turismo
     de Mal País y Santa Teresa. Eladio Cortes, Marielos Cartin, Richard Mora, Dagoberto Villalobos,
     Denia Salas, Adrián Briceño y otros.
     MINOR. Les da la bienvenida y pide disculpas por la espera, agrega que los vecinos de La Menchita
     también estaban exponiendo su problemática y era obligación de este Concejo escucharlos. Agrega
     que los golpes y patadas que dieron a la puerta mientras estaba la audiencia de la Menchita no es de
     personas respetuosas, hay que saber tener paciencia, no tiene sentido golpear la puerta de la sala de
     sesiones. Indica que dará la palabra a tres personas y deben decir cuáles serán.
     Los vecinos deciden que hablaran Adrián, Denia y Eladio.
     ADRIAN. Estamos aquí por el problema de la calle, vinimos donde el ingeniero y nos dijeron que todo
     estaba listo, hoy nos dicen que un cemento que tiene que dar el MOPT requiere de un acuerdo, que se
     ocupa otro acuerdo para que el MOPT dé el asfalto, que eso va por partes, llega el invierno y aun no
     se ha hecho y se olvidan del proyecto, y los camiones pasan volando, ahora es peor y si no estaba
     todo listo ¿para que empezaron?, porque ahora el problema es peor y no sabemos en qué punto
     estamos en este momento, ahora como la calle está muy bien los carros corren demasiado levantando
     aún más polvo y no sé qué se puede hacer, si un muerto cada 20 metros o echar agua, aunque eso
     no soluciona nada y levanta más polvo.
     MINOR. Entre lo que le dijeron una parte es verdad otra no, estamos haciendo un gran esfuerzo por
     sacar adelante este proyecto que es muy ambicioso y termina con el problema del polvo.
     ING MADRIGAL. Lo del acuerdo lo pidió el ingeniero del MOP, el cemento nosotros lo tramitamos
     desde el año pasado, ya colocamos la base de tierra y ahora lo que falta es empezar con el cemento.
     Esto no es un asfalto es un tratamiento de rompimiento lento y tiene un duración de cinco años.
     GERARDO CUBERO. Este proyecto no va a salir, ese proyecto no sirve, porque ustedes no trabajan
     como debería ser, ustedes deben trabajar de la mano con el MOPT y ustedes exigirles al MOPT y no
     el MOPT a ustedes, lo que hizo el MOPT en Santa Teresa no sirvió, mejor no hubieran hecho nada.
     OMAR. Este compromiso yo lo asumí con ustedes y por no contar con el dinero dependemos del MOP
     y de la Municipalidad de Puntarenas, por eso estamos en esta situación, con este proyecto se le dice
     adiós al polvo, es entendible su situación, pero nosotros debíamos iniciar para que en el momento en
     que el MOPT nos mande el cemento, esté lista la calle para colocarlo. El compromiso que adquirí con
     ustedes lo mantengo.
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    DENIA. Antes de eso sería posible que le echen agua, por lo menos en semana santa.
    ELADIO. Existe algún proyecto o algo de Mal País a Santa Teresa
    ING. MADRIGAL. Existe un préstamo con el BID de cual le corresponden a este municipio un monto de
    813.00 dólares y el proyecto que les presente fue el camino de Santa Teresa se iniciara con la
    cunetas.
    ELADIO. Queremos una solución pronta, se puede reparar Mal País y tapar huecos, se puede hacer
    algo?
    ING MADRIGAL. Mas tratamiento para rompimiento lento no nos van a dar, solo se lo dan al MOP y
    para proyectos específicos Hay que esperar una modificación presupuestaria para poder hacer alguna
    contratación, en esa parte más fea seria levantar todo por lo menos hasta donde Eladio, pero eso les
    va a generar mas polvo, seria para que la gente eche miel.
    ELADIO. No hay nada que se pueda hacer tal vez una raspadita y la cuesta
    ING MADRIGAL. La cuesta está incluida en una contratación de compra de mezcla asfáltica para
    reparar la comunidad de La Menchita.
    ELADIO. Entonces nos vamos con la promesa que se va a hacer una contratación para reparar de
    Mal País a donde Eladio Picado en Santa Teresa.
    MARY. Los adoquines que tienen por playa Carmen se los están robando
    ING. MADRIGAL. Tenían que llevarse para allá porque eso pesa demasiado, yo le pedí al Sr. León que
    los cuidara ya que ellos son de los más beneficiados con este proyecto, se requiere contratar una
    cuadrilla para ponerlos a trabajar ahí, la idea es la otra semana.
    MINOR. Para San Isidro hay dos opciones echar agua o colocar muertos cada ciertos metros.
    DENIA. Sabemos que los muertos son prohibidos en las calles de lastre, detrás de mi casa hay una
    laguna de ahí se puede coger el agua para regar esa calle, yo me comprometo a ir con unos de
    ustedes a solicitar el permiso para usar esa agua, pero el polvo que hay en san Isidro es insoportable,
    eso nos está enfermando a todos y ahora es peor por la velocidad de los vehículos, como la calle esta
    arreglada se aprovechan.
    ING. MADRIGAL. La opción es mientras se termina echar agua en la mañana y en la tarde para opacar
    el polvo por lo menos un rato.
    LOS SEÑORES SE RETIRAN

c. Richard Mora. Vecino de Santa Teresa y Miembro de la Cámara de Turismo. Agradece el espacio e
   informa que él acompañó a la ViceIntendetne a la reunión con el ministro del MOP y en esa reunión se
   comprometieron a hacer un análisis del material del rio esto para el proyecto del asfalto. Pregunta si ya
   vinieron.
   ING. MADRIGAL. Aún no han venido
   RICHARD. Creo que hay que presionar porque se comprometen pero no cumplen si uno no insiste
   SE RETIRA

d. William Morales. Presidente Cámara de Turismo de Montezuma.
   PRESIDENTE. Le da la bienvenida y concede la palabra

    WILLIAM. Hace dos meses hemos estado en espera de que una comisión de la zona marítimo
    terrestre defina qué hacer con el muro que se instaló en años pasados en la entrada de Montezuma,
    como no ha habido una respuesta proponemos lo siguiente:
    -Eliminar el muro y colocar en su lugar una zona de carga y descarga y confeccionaremos dos rótulos
    que indiquen la hora de carga y descarga de camiones que va de 6 a.m. a 6 p.m. en ese horario
    ningún carro podrá parquear en ese sitio.
    MINOR. Hasta el día de hoy se reunió la comisión y vio ese asunto, no es fácil ya que esa es una
    disposición de la contraloría. Pero si les vamos a contestar
    JOSUE. Conociendo la situación eso no se va a respetar aunque se coloquen los rótulos, seria área de
    parqueo nuevamente.
    El señor se retira

    IV.     CORRESPONDENCIA

    a. Tribunal Contencioso Administrativo. EXPEDIENTE 14-010758-1027-CA-7. PROCESO.
       Amparo de Legalidad. Actora- Bosque Areyis S.A. Demandado. Concejo Municipal de
       Distrito de Cóbano. SE DA PASE A LA LIC. MARIANELA ARAYA MOLINA para la respuesta.

    b. Luis Emilio Ramírez. Médico Veterinario. SENASA Sector Peninsular. ASUNTO. Invitación a
       reunión el día 26 de Marzo del 2015 a las 10:00 a.m. en el Salón del MAG en Paquera. El objetivo
       establecer los lineamientos legales según la Ley SENASA sobre el manejo de guías de transporte
       de bovinos. SE CONOCE

    c. Josué Villalobos. Concejal Suplente. Solicita disculpas por las ausencias a Sesiones de Concejo
       lo cual es generado por el exceso de trabajo durante esta época de verano. Se conoce
                                            ACTA 11/2015
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   d. Nathaniel Grew. ASUNTO. Extensión de Línea eléctrica sobre el estero Manzanillo. Indica que el
      Ing. Erick Chávez del Dpto. de Desarrollo del ICE le informo que tienen en presupuesto la
      extensión de la línea eléctrica sobre el estero Manzanillo para suplir a varias viviendas del lado
      norte del estero. El señor Chávez visito el sitio y en conjunto con varios vecinos se determinó que
      se podría acortar la distancia del cable, evitar la corta de árboles y palmeras en la costa si se
      reubica la línea a escasos metros más adentro de la ruta originalmente contemplado en el diseño
      del ICE (vía los 50 metros de zona publica). El señor Chávez solicito ayuda para comunicarlo a la
      Municipalidad y buscar aprobación de correr la línea por una área plana y sin arboles (vía los 150
      metros de la zona marítimo terrestre),esta ruta representa un ahorro para el ICE y términos y
      ambientales y escénicos por no pasar al frente de la playa en los 50 metros públicos. SE DA PASE
      AL DEPARTAMENTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE PARA SU ANALISIS Y CRITERIO.

   e.   Javier Ureña. Director a.i. UNED. Proyecto Fortalecimiento de capacidades para puestos de
        elección popular y liderazgos a nivel municipal. SE CONOCE

   f.   MSc. Jeyners Corrales Badilla. Director Escuela La Tranquilidad. OFICIO ELT-005-2015.
        ASUNTO. Terna para nombramiento de La Junta de Educación. Agrega que los miembros de
        Junta de Educación entre los días 26 de Febrero al 06 de marzo renunciaron irrevocablemente.
        Adjunta renuncia de todos los miembros. Estos miembros eran
        -Daniel Bermúdez Cascante                               cedula 1-1049-747
        -Eddie Chávez Jiménez                                   cedula 2-469-697
        -Dennis Alberto Rojas Vega                              cédula 6 306 031
        -Elieth Irina Vásquez Macalacar                 cédula 9 096 428
        -Mario Eduardo Gómez González                           cédula 6 274 043
        Y fueron nombrados y juramentados en el año 2014
        CONSIDERANDO:
              Que los miembros de la Junta de Educación del Centro Educativo La Tranquilidad, electos
                  y juramentados en el año 2014 han presentado la renuncia a los puestos para los cuales
                  fueron nombrados
              Que el Director presenta copia de la renuncia presentado por todos los miembros de la
                  Junta.
              Que solicita se le nombre a los nuevos miembros de la Junta
              Que se analizan las ternas y estas cumplen con los requisitos de Ley
        ACUERDO N°2
        Con todos los votos a favor SE ACUERDA: Nombrar en la Junta de Educación del Centro
        Educativo LA Tranquilidad a las siguientes personas:
                  -Maureen Castillo Blanco                              cédula 6 557 855
                  -Zeidy María Rodríguez Brenes                         Cédula 1 1071 647
                  -Evelyn Adriana Villalobos Arce               Cédula 1 851 727
                  -Karen Zúñiga Zúñiga                          Cédula 5 319 025
                  -Jennifer Margot Céspedes Villalobos          Cédula 6 367 333
                 ACUERDO UNANIME


VII. INFORME DE ADMINISTRACION

DEPARTAMENTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE

   a. Lic. Marianela Molina. Gestora Legal. Oficio: L-ZMT-034-2015. Asunto: Recomendación sobre
      el convenio a realizar entre el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano y la Asociación de
      Pescadores Artesanales de Tambor.

Antecedentes: Tomando en consideración de la solicitud hecha por la Asociación de Pescadores de
Pescadores Artesanales de Tambor, por medio del perfil de proyecto presentado ante el departamento de
Zona Marítimo Terrestre, misma que consiste en un proyecto para la comercialización de la producción
pesquera de ASOTAMBOR en el marco del Área Marina de Pesca Responsable (AMPR) Distrito Paquera-
Tambor, a continuación se realiza una serie de consideraciones:
CONSIDERANDO:
Que el objetivo general del proyecto es: Empoderar a la organización de pescadores en la comercialización
de su producción pesquera.
Que los objetivos específicos del proyecto son:
a. Disponer de la infraestructura necesaria para el acopio de la producción pesquera de los asociados
b. Mejorar la calidad e inocuidad del producto pesquero
c. Desarrollar una estrategia de comercialización
d. Capacitar a los asociados en la administración, manipulación y conservación de los productos pesqueros
e. Cumplir con la normativa relacionada con el acopio y venta de productos pesqueros
                                              ACTA 11/2015
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f. Establecer un Plan de negocio que permita encadenar la comercialización en la estrategia integral de
comercialización del AMPR Distrito Paquera-Tambor
Que la justificación del proyecto es: El proyecto se ubicará en la comunidad de Tambor, Distrito de Cóbano,
Puntarenas. La comunidad y la Asociación de pescadores son parte del AMPR Distrito Paquera-Tambor
establecida el 9 de abril de 2014 por la Junta Directiva de Incopesca según Acuerdo AJDIP-099-2014 y
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°216 del 10 de noviembre 2014, por lo tanto, están sujetos a las
directrices de pesca sostenible estipuladas en el Plan de Ordenamiento Pesquero (POP) del AMPR.
ASOTAMBOR se ubica en el Sector Tambor del AMPR, que agrupa a las comunidades de Tambor y
Pochote.
En la comunidad solo hay un puesto de recibo perteneciente a un particular y está ubicado en el muelle,
carece de permisos de SENASA para operar y las condiciones de manipulación son pésimas, por lo que el
tema sanitario e inocuidad es un serio problema. El muelle no presenta condiciones desde todo punto de
vista para el acopio del producto, su infraestructura está muy deteriorada, y se tiene para uso de embarque
de turistas, embarque y desembarque de las capturas y equipos de pesca. No se tiene ningún control sobre
las tallas de captura por lo que es frecuente observar en las entregas organismos juveniles, lo cual afecta la
sostenibilidad de la pesca.
Los pescadores están sujetos a los precios que paga el intermediario, siendo en la mayoría de los casos
muy bajos, existe un deficiente abastecimiento de carnada y otros insumos, por lo que a veces los
pescadores no pueden salir a pescar.
Ante este panorama, el proyecto le permitiría a la organización, el acopio de la producción de sus
asociados, con la capacitación adecuada y con el uso de hielo en sus embarcaciones, mejorar la
manipulación y conservación del producto. Con un producto de óptima calidad y una mayor disponibilidad
de volumen de producción para comercializar, le permitirá a la organización disponer de mejores opciones
de negocio y así optar por mejores precios. También, le podría permitir encadenar su producción en la
comercialización que está gestionando el AMPR Distrito Paquera-Tambor para acceder a nuevos mercados
tanto en la misma Península como en otras partes del país.
Que el presupuesto del proyecto según el perfil presentado es:
Entidad                                    Tipo de aporte                               Monto
Proyecto BID-Golfos-Sinac-Marviva          Equipo-infraestructura-materiales            $ 50 000
Asotambor                                  Mano de obra                                 $    2 200
AMPR Distrito Paquera-Tambor               Asistencia técnica-seguimiento-              $    2 000
                                           capacitación
Incopesca                                  Capacitación-respaldo institucional          $      500
Total                                                                                   $ 54 700
 Que los componentes del proyecto son: El proyecto pretende que la Asociación de Pescadores
Artesanales de Tambor comercialice la producción pesquera de sus asociados y de otros pescadores
independientes que consideren de mayor beneficio vender sus capturas a la Asociación, enmarcado dentro
del Plan de Ordenamiento Pesquero del Área Marina de Pesca Responsable Distrito Paquera-Tambor. En
este sentido, el financiamiento del Proyecto BID-Golfos-Sinac-Marviva dotará de la infraestructura y
equipamiento necesario para el acopio del producto, garantizar la inocuidad y sanidad para disponer de un
producto de alta calidad obtenido de manera responsable. Partiendo de lo anterior los componentes del
proyecto son los siguientes:
a. Acopio de la producción: Se dispondrá de una unidad móvil (contenedor) acondicionado para el acopio
del producto, la producción de hielo y la administración del centro de acopio.


Contenedor tipo “freezer”
de 12.2 metros de largo
                                             ACTA 11/2015
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División del contenedor,
tomado del centro de
acopio de la Asociación de
Pescadores de Playa
Blanca. Se hace
modificación por
recomendación de
SENASA. Se elimina el
servicio sanitario, para
colocarlo en la parte
externa
b. Bodega
Se dispondrá de un contenedor de 6 metros de largo para utilizarlo como bodega para los equipos de
pesca de los asociados.
c. Capacitación
La capacitación a los pescadores y Junta Directiva de la Asociación es indispensable para garantizar la
sanidad e inocuidad del producto desde la captura hasta su venta al consumidor, esto permitirá a la
organización ofrecer un producto de alta calidad. Además, involucra implementar la certificación de origen y
darle valor agregado al producto pesquero. Así como
d. Plan de negocio
Elaboración del plan de negocios y su puesta en ejecución.
Que la electricidad y su disposición será: El ICE es la entidad responsable del abastecimiento de
electricidad en la zona. Por lo que se solicitará la acometida eléctrica una vez aprobado la solicitud de uso
de suelo.
Que la electricidad y su disposición será: En la zona existe disponibilidad de agua potable cuyo ente
responsable es el A y A. Se solicitará una vez aprobado la solicitud de uso de suelo.
Que el tratamiento de las aguas residuales será: Si no es posible disponer de un tanque séptico, se
utilizará una pequeña planta de tratamiento de unos 300 a 500 galones diarios
Que la ubicación del proyecto será:




Que el croquis del proyecto es:
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                                               17/03/2015




Que la proyección a futuro del proyecto es: Está en proceso de planificación a mediano plazo para darle
valor agregado al producto pesquero, para esto es necesario disponer de una pequeña planta de proceso
para el fileteado y empaque, con su respectivo cuarto de congelamiento para conservar el producto. Este
se haría de la misma manera que el centro de acopio, acondicionando un contenedor de 6 metros de largo.
Considerando II:
Primero: Que la defensoría de los Habitantes por medio de oficio 05088-2014-DHR ordenó a las
Municipalidades con jurisdicción en Zona Marítimo Terrestre refiriéndose a los pescadores, lo siguiente:
“Coordinar tanto con el INCOPESCA como con las AMPR ubicadas en su jurisdicción, para colaborar en
todo
aquello que se relacione con la promoción y consolidación de esta organización comunal, donde se incluya
apertura o mantenimiento de caminos que faciliten el accesos a las AMPR que lo necesiten, permisos o
autorización para la instalación de obras de infraestructura y centros de acopio, agilización en los permisos
de rito; otorgamiento de concesiones cuando proceda; apoyo en el mercadeo de los productos marinos
como pueden ser las ferias, etc.”
Segundo: Tal como la mencionó la Procuraduría General de la República en su dictamen C-304-2014, al
referirse al uso de la Zona Pública dónde textualmente “…Eso sí, en cada caso la municipalidad debe
vigilar el cumplimiento de la afectación al uso común de la zona pública, de manera que la actividad a
realizar no comprometa el libre tránsito, ni perjudique las condiciones naturales de la franja inalienable de
cincuenta metros. Y es que como expresamente dispone el artículo 9 del reglamento de la LZMT en el
ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en todo
momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de
actividades para el sano esparcimiento físico y cultural...” siempre debe conservar el Concejo Municipal la
administración de la zona.
Tercero: Que de conformidad con la ley 6043 artículo 18, es procedente autorizar el proyecto del caso que
nos ocupa, por la naturaleza del mismo.
Cuarto: Que el Código Municipal en su artículo 4 inciso f) autoriza a la Municipalidad la celebración de
convenios con instituciones o entidades nacionales: “ARTICULO 4.- La Municipalidad posee la autonomía
política, administrativa y financiera que le confiere la Constitución Política. Que dentro de sus atribuciones
se incluyen: “…Concertar, con personas o entidades nacionales o extranjeras, pactos, convenios o
contratos necesarios para cumplimiento de sus funciones…”
Quinto: Que la autonomía municipal permite la propia determinación de los programas de acción y de
ayudas comunales así como faculta a la Municipalidad para unir esfuerzos con otras instituciones públicas
en el afán del mejoramiento de la comunidad y sus habitantes.
Sexto: Que dentro del marco de los intereses y servicios locales, corresponde a los ayuntamientos, el
velar por la construcción, mantenimiento y el adecuado funcionamiento de las obras de infraestructura
distrital necesarias para el progreso socio-económico del distrito incluyendo el desarrollo económicos de los
habitantes, facilitando las condiciones para ello.
                                              ACTA 11/2015
                                               17/03/2015



Sétimo: Que el Estado debe procurar el mayor bienestar de los ciudadanos, planificando sus funciones
hacia una adecuada defensa de la población, mediante la conservación, protección, uso racional y
sostenible de los recursos y riquezas naturales.
Octavo: Que corresponde a los gobiernos locales velar por los intereses y servicios locales, de
conformidad con lo que establece el artículo 169 de la Constitución Política y el artículo 3 del Código
Municipal, que dentro de estas potestades, las Municipalidades se constituyen en el ente de la definición y
control del desarrollo urbano especialmente en lo atinente a la planificación, mejoramiento y resguardo de
los bienes estales como es el caso de la zona pública.
Noveno: Que el desarrollo económico y pesquero es definido como de interés público local por lo que
recae dentro del campo de las atribuciones municipales.
Décimo: Que dentro de las estrategias del Gobierno de Costa Rica establecidas en el Plan Nacional de
Desarrollo existe un marcado interés en promover el desarrollo humano sostenible mediante la gestión
integrada de los recursos del país, procurando eficiencia económica, desarrollo social y sustentabilidad
ambiental.
Undécimo: Que la Fundación Marviva por medio de oficio MV-BID-UEP-019-2015, indica que los permisos
para la aprobación del proyecto deben ser presentados antes del día 31 de marzo del año 2015, para que
los fondos ofrecidos no sea reinvertidos en otra iniciativa.
Duodécimo: Que el topógrafo Municipal por medio del oficio CAT-010-2015 indica “Le informo que de
acuerdo al levantamiento que se realizó en el sector del muelle Tambor y posteriormente contrastado con la
lámina de Minae Clasificación de la lámina de Patrimonio Natural del estado se obtiene la siguiente
información:
Del área solicitada solo se encuentra 290.00m2 fuera de patrimonio natural del estado.”
Indicando además sobre el mismo tema en el oficio CAT-019-2015 “Le informo que de acuerdo al
levantamiento que se realizó en el sector del muelle Tambor y posteriormente contrastado con la lámina de
Minae Clasificación de la lámina de Patrimonio Natural del estado el área anteriormente citada esta entre
los mojones 110 y 111 colocados por el IGN.”
En virtud de lo expuesto esta asesoría recomienda que este honorable Concejo Municipal considere la
posibilidad firmar en convenio con la Asociación de Pescadores Artesanales de Tambor, para el proyecto
de comercialización de la producción pesquera de ASOTAMBOR en el marco del Área Marina de Pesca

Responsable (AMPR) Distrito Paquera-Tambor.
NOEMY: Hay un informe en el teléfono de Josué que me enseñaron de lago que dijo el ICT
JOSUE. Lo que sucede es que hay pescadores a los que no les interesa el proyecto y ellos consultaron
JOSE: Todos los recibidores están cerca del mar. Se que en el muelle hay quienes no quieren el proyecto
y este es un proyecto de cincuenta mil dólares
JOSUE. Yo no estoy diciendo que estoy en cintra del proyecto , es necesario limpiar el muelle, la pregunta
es si debió consultarse el ICT antes de votar

CONSIDERANDO:

       Que se ha conocido criterio de la gestora legal del Departamento de zona marítimo terrestre sobre
        solicitud que realizara la Asociación de Pescadores Artesanales de Tambor para instalar un centro
        de acopio móvil para la comercialización de la producción pesquera de ASOTAMBOR en el marco
        del Área Marina de Pesca Responsable (AMPR) Distrito Paquera-Tambor.
       Que de conformidad con la ley 6043 artículo 18, es procedente autorizar el proyecto del caso que
        nos ocupa, por la naturaleza del mismo.
       Que el Código Municipal en su artículo 4 inciso f) autoriza a la Municipalidad la celebración de
        convenios con instituciones o entidades nacionales: “ARTICULO 4.- La Municipalidad posee la
        autonomía política, administrativa y financiera que le confiere la Constitución Política. Que dentro
        de sus atribuciones se incluyen: “…Concertar, con personas o entidades nacionales o extranjeras,
        pactos, convenios o contratos necesarios para cumplimiento de sus funciones…”
       Que la autonomía municipal permite la propia determinación de los programas de acción y de
        ayudas comunales así como faculta a la Municipalidad para unir esfuerzos con otras instituciones
        públicas en el afán del mejoramiento de la comunidad y sus habitantes.
       Que dentro del marco de los intereses y servicios locales, corresponde a los ayuntamientos, el
        velar por la construcción, mantenimiento y el adecuado funcionamiento de las obras de
        infraestructura distrital necesarias para el progreso socio-económico del distrito incluyendo el
        desarrollo económicos de los habitantes, facilitando las condiciones para ello.
       Que el Estado debe procurar el mayor bienestar de los ciudadanos, planificando sus funciones
        hacia una adecuada defensa de la población, mediante la conservación, protección, uso racional y
        sostenible de los recursos y riquezas naturales.
       Que corresponde a los gobiernos locales velar por los intereses y servicios locales, de conformidad
        con lo que establece el artículo 169 de la Constitución Política y el artículo 3 del Código Municipal,
        que dentro de estas potestades, las Municipalidades se constituyen en el ente de la definición y
        control del desarrollo urbano especialmente en lo atinente a la planificación, mejoramiento y
        resguardo de los bienes estales como es el caso de la zona pública.
       Que el desarrollo económico y pesquero es definido como de interés público local por lo que recae
        dentro del campo de las atribuciones municipales.
                                             ACTA 11/2015
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        Que dentro de las estrategias del Gobierno de Costa Rica establecidas en el Plan Nacional de
         Desarrollo existe un marcado interés en promover el desarrollo humano sostenible mediante la
         gestión integrada de los recursos del país, procurando eficiencia económica, desarrollo social y
         sustentabilidad ambiental.
      Que la Asociación de pescadores son parte del AMPR Distrito Paquera-Tambor establecida el 9 de
         abril de 2014 por la Junta Directiva de Incopesca según Acuerdo AJDIP-099-2014 y publicado en el
         Diario Oficial La Gaceta N°216 del 10 de noviembre 2014, por lo tanto, están sujetos a las
         directrices de pesca sostenible estipuladas en el Plan de Ordenamiento Pesquero (POP) del
         AMPR.
      Que la ASOTAMBOR se ubica en el Sector Tambor del AMPR, que agrupa a las comunidades de
         Tambor y Pochote.
      Que el proyecto pretende que la Asociación de Pescadores Artesanales de Tambor comercialice la
         producción pesquera de sus asociados y de otros pescadores independientes que consideren de
         mayor beneficio vender sus capturas a la Asociación, enmarcado dentro del Plan de Ordenamiento
         Pesquero del Área Marina de Pesca Responsable Distrito Paquera-Tambor.
      Que el proyecto será financiado por el Proyecto BID-Golfos-Sinac-Marviva y dotará de la
         infraestructura y equipamiento necesario para el acopio del producto y así garantizar la inocuidad y
         sanidad para disponer de un producto de alta calidad obtenido de manera responsable.
      Que la defensoría de los Habitantes por medio de oficio 05088-2014-DHR ordenó a las
         Municipalidades con jurisdicción en Zona Marítimo Terrestre refiriéndose a los pescadores, lo
         siguiente: “Coordinar tanto con el INCOPESCA como con las AMPR ubicadas en su jurisdicción,
         para colaborar en todo aquello que se relacione con la promoción y consolidación de esta
         organización comunal, donde se incluya apertura o mantenimiento de caminos que faciliten el
         accesos a las AMPR que lo necesiten, permisos o autorización para la instalación de obras de
         infraestructura y centros de acopio, agilización en los permisos de rito; otorgamiento de
         concesiones cuando proceda; apoyo en el mercadeo de los productos marinos como pueden ser
         las ferias, etc.”
      Que la Procuraduría General de la República en su dictamen C-304-2014, al referirse al uso de la
         Zona Pública textualmente dice “…Eso sí, en cada caso la municipalidad debe vigilar el
         cumplimiento de la afectación al uso común de la zona pública, de manera que la actividad a
         realizar no comprometa el libre tránsito, ni perjudique las condiciones naturales de la franja
         inalienable de cincuenta metros. Y es que como expresamente dispone el artículo 9 del reglamento
         de la LZMT en el ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre presente el interés
         general, garantizando en todo momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier
         persona, la práctica de deportes y de actividades para el sano esparcimiento físico y cultural...”
         siempre debe conservar el Concejo Municipal la administración de la zona.
      La se capacitara a los pescadores y Junta Directiva de la Asociación lo que es indispensable para
         garantizar la sanidad e inocuidad del producto desde la captura hasta su venta al consumidor,.
      Que esta capacitación permitirá a la organización ofrecer un producto de alta calidad que cuente
         con la certificación de origen lo que le dará un valor agregado al producto pesquero.
      Que es el deseo de este Concejo que la población pesquera esté debidamente organizada lo que le
         permitirá el crecimiento individual y por lo tanto el beneficio de la comunidad y el distrito
ACUERDO Nº1
Con cuatro votos a favor SE ACUERDA: “1. Acoger el criterio presentado por la gestora Legal sobre la
solicitud de ASOTAMBOR.
2. Solicitarle al Departamento de Zona Marítimo Terrestre elabore de forma inmediata el CONVENIO a
realizar con al ASOCIACION DE PESCADORES ARTESANALES DE TAMBOR a fin de que puedan
disponer de este espacio para beneficio de toda la comunidad pesquera del Muelle lo antes posible.
3. Se remita lo antes posible al Instituto Costarricense de Turismo para su conocimiento y aprobación y se
le comunique a ASOTAMBOR que se debe realizar un convenio”, Votan a favor los Concejales Enio
Valenzuela, Ronny Rodríguez, José León y Minor Jiménez. Se abstiene de vota la concejal Reina Gloria
Cruz e indica que lo hace porque el código municipal le permita aprobar o abstenerse de votar y tiene
dudas porque no existe un documento del ICT dando autorización, pero no es porque no quiera el
desarrollo de las comunidades.

    b. Srta. Mariela Céspedes. OFICIO Nº ZMT-062-2015. Asunto: Uso de Zona Pública Solicitado por
       la Asociación de Desarrollo Integral de Bello Horizonte de Cóbano.

Por medio de la presente me perito saludarle y al mismo tiempo informar a este Concejo Municipal la
solicitud realizada por la Asociación de Desarrollo Integral de Bello Horizonte para realizar cabalgata y
baile el día sábado y el día domingo la actividad de Castillos De Arena, por lo que para realizar dichas
actividades en zona publica es necesario que este Concejo Municipal tome acuerdo mediante el cual
autorice el permiso solicitado, por lo que en mi condición de Coordinadora a.i. del Departamento de Zona
Marítimo Terrestre, me permito manifestarle las siguientes recomendaciones esto con el fin de que este
Concejo Municipal considere la posibilidad de otorgar el permiso para efectuar dicha actividad:
                                              ACTA 11/2015
                                               17/03/2015



Primero. La actividad solo se podrá llevar a cabo en el sitio solicitado el cual se ubica entre los mojones 270
y 192 del sector costero de Playa de Manzanillo, el día sábado 11 de la 1:00 pm a la 1am y el día domingo
12 de abril del 2015 de 10:00 a.m. a las 9.00 p.m., por tal razón no se podrá exceder el tiempo que se
otorgue, para la realización de las actividades.
  Segundo. No se deben permitir instalaciones permanentes para tales eventos, toda instalación debe ser
retirada del sitio una vez finalizada la actividad.
Tercero. Se debe garantizar el paso de los transeúntes por la zona pública, o sea se deben de respetar
áreas de movilización para en caso de una situación de emergencia se puedan las personas desalojar el
sitio en forma rápida y segura.
Cuarto. La seguridad del sitio debe estar a cargo de los organizadores, los cuales serán los responsables de
las emergencias que acontezcan en la actividad a realizar.
Quinto. No se debe permitir la entrada de vehículos al sitio del evento por lo cual los organizadores deben
de contar con el apoyo de las autoridades correspondientes, para cumplir con dicho fin, tal a como lo
indica el artículo número 9 del reglamento de la ley 6043 que indica textualmente lo siguiente: En el
ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en
todo momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y
de actividades para el sano esparcimiento físico y cultural. En la zona pública es prohibido transitar en
vehículos motores, salvo cuando para ello se cuente con el correspondiente permiso municipal.
Concordancias:
Ley 6043, Art. 20.
Ley de Tránsito No 7331, de 13de abril de 1993, Arts. 1, 127 y 130, inciso m). Según lo estipulado en esta
ley, la circulación de vehículos automotores por las playas del país se encuentra prohibida y sancionada
con multa. No se diferencia expresamente entre zona restringida y zona pública.
Las excepciones a esta prohibición son las siguientes:
Cuando la dirección general de ingeniería de transito lo autorice, ante una necesidad de comunicación y
por no existir otra vía alterna en condiciones de circulación aceptable.
Para sacar o meter embarcaciones al mar.
En casos de emergencia o en los que se requiera una acción para proteger vidas humanas.
En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos provenientes de la pesca o para
desarrollar otras actividades laborales.
Sexto. Se prohíbe realizar cualquier trabajo en la zona pública con maquinaria automotriz.
Séptimo. Será obligación de los organizadores de dicho evento la limpieza de la playa (Zona Publica)
finalizado el evento, los cuales deberán de retirar todos los materiales, instalaciones provisionales y la
basura generada en dicho evento.
Octavo. Se prohíbe la venta de comidas y bebidas alcohólicas en el área del evento.
Noveno. Los organizadores serán responsables de cumplir con cada uno de los puntos antes señalados.
Decimo. Así mismo este Concejo deberá cerciorarse que para la realización de dicha actividad se cuenten
con los permisos pertinentes.
En virtud de lo expuesto anteriormente es que este departamento de zona marítimo terrestre de no
encuentra oposición a que se realicen las actividades para las cuales se solicita el uso de playa, siempre y
cuando se cumpla con los puntos indicados anteriormente; por lo que el Concejo será el que considera el
otorgamiento o no de dicho permiso, de conformidad con lo dispuesto en el Dictamen C-304-2014, del cual
en lo que nos interesa cita lo siguiente:
“… un evento recreativo, deportivo, de índole cultural o de esparcimiento, programado para un periodo
determinado de tiempo, y cuya realización no requiera de ningún tipo de construcción más allá de obras
sencillas de fácil remoción, se requiere el permiso extendido por la municipalidad competente, por medio de
un acuerdo del concejo. Eso sí, en cada caso la municipalidad debe vigilar el cumplimiento de la
afectación al uso común de la zona pública, de manera que la actividad a realizar no comprometa el libre
tránsito, ni perjudique las condiciones naturales de la franja inalienable de cincuenta metros.
Y es que como expresamente dispone el artículo 9 del reglamento de la LZMT en el ejercicio del derecho al
uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en todo momento el acceso a la
zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de actividades para el sano
esparcimiento físico y cultural.”
CONSIDERANDO:
   Que la Asociación de Desarrollo Integral de Bello Horizonte, ha solicitado autorización para el uso
      de la zona pública, entre los mojones 270 y 192 del sector costero de Playa Manzanillo, para
      llevar a cabo un evento denominado Castillos en La Arena.
   Que este evento se realizara los días 11 de abril de 01:00 p.m. a 01:00 a.m. y 12 Abril del 2015,
      con un horario de 10: a.m. a 9:00 p.m.
                                              ACTA 11/2015
                                               17/03/2015



      Que la organización debe acatar las instrucciones emitidas en este acuerdo
ACUERDO N°6
      Con cuatro votos a favor SE ACUERDA: “Autorizar el uso de la playa y zona pública de
          Manzanillo entre los mojones 270 y 192, para llevar a cabo un evento denominado Castillos en
          La Arena, los días 11 de abril de 01:00 p.m. a 01:00 a.m. y 12 Abril del 2015, con un horario de
          10: a.m. a 9:00 p.m. Para evento de cabalgata y baile el día sábado y el día domingo la actividad
          de Castillos De Arena y se prohíbe la venta de comidas y todo tipo de bebidas
         Se deben acatar las siguientes instrucciones:
Primero. La actividad solo se podrá llevar a cabo en el sitio solicitado el cual se ubica entre los mojones
270 y 192 del sector costero de Playa de Manzanillo, el día sábado 11 de la 1:00 pm a la 1am y el día
domingo 12 de abril del 2015 de 10:00 a.m. a las 9.00 p.m., por tal razón no se podrá exceder el tiempo
que se otorgue, para la realización de las actividades.
Segundo. No se deben permitir instalaciones permanentes para tales eventos, toda instalación debe ser
retirada del sitio una vez finalizada la actividad.
Tercero. Se debe garantizar el paso de los transeúntes por la zona pública, o sea se deben de respetar
áreas de movilización para en caso de una situación de emergencia se puedan las personas desalojar el
sitio en forma rápida y segura.
Cuarto. La seguridad del sitio debe estar a cargo de los organizadores, los cuales serán los responsables
de las emergencias que acontezcan en la actividad a realizar.
Quinto. No se debe permitir la entrada de vehículos al sitio del evento por lo cual los organizadores deben
de contar con el apoyo de las autoridades correspondientes, para cumplir con dicho fin, tal a como lo indica
el artículo número 9 del reglamento de la ley 6043 que indica textualmente lo siguiente: En el ejercicio
del derecho al uso público debe tenerse siempre presente el interés general, garantizando en todo
momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona, la práctica de deportes y de
actividades para el sano esparcimiento físico y cultural. En la zona pública es prohibido transitar en
vehículos motores, salvo cuando para ello se cuente con el correspondiente permiso municipal.
Concordancias:
     1. Ley 6043, Art. 20.
     2. Ley de Tránsito No 7331, de 13de abril de 1993, Arts. 1, 127 y 130, inciso m). Según lo estipulado
          en esta ley, la circulación de vehículos automotores por las playas del país se encuentra prohibida
          y sancionada con multa. No se diferencia expresamente entre zona restringida y zona pública.
Las excepciones a esta prohibición son las siguientes:
       a) Cuando la dirección general de ingeniería de transito lo autorice, ante una necesidad de
           comunicación y por no existir otra vía alterna en condiciones de circulación aceptable.
       b) Para sacar o meter embarcaciones al mar.
       c) En casos de emergencia o en los que se requiera una acción para proteger vidas humanas.
       d) En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos
       e) provenientes de la pesca o para desarrollar otras actividades laborales.
Sexto. Se prohíbe realizar cualquier trabajo en la zona pública con maquinaria automotriz.
Séptimo. Será obligación de los organizadores de dicho evento la limpieza de la playa (Zona

Publica) finalizado el evento, los cuales deberán de retirar todos los materiales, instalaciones provisionales
y la basura generada en dicho evento.
Octavo. Se prohíbe la venta de comidas y bebidas alcohólicas en el área del evento.
Noveno. Los organizadores serán responsables de cumplir con cada uno de los puntos antes señalados.
Decimo. Así mismo este Concejo deberá cerciorarse que para la realización de dicha actividad se cuenten
con los permisos pertinentes.
      Este acuerdo queda sujeto a que el encargado de patentes nos indique que se ha concluido con la
        presentación de todos los requisitos, de lo contrario él mismo debe proceder a emitir la clausura el
        evento. Votan a favor los Concejales Minor Jiménez Gutierrez, Ronny Rodríguez Villalobos, Enio
        Valenzuela Ruiz y José León. Se abstiene de votar la Concejal Reina Gloria Cruz indica que
        anteriormente no lo votó y le cabe duda con que la muni debe vigilar porque es difícil determinar
        qué situación se está dando ahí.

DEPTO. DE PROVEEDURIA

   c. Jackelinne Rodriguez. Proveedora. ASUNTOR RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACION
      LICITACION ABREVIADA Nº 2015LA-000001-01
“CONTRATACION DE MAQUINARIA PARA INTERVENIR CAMINO QUE COMUNICA                                          LA
ESPERANZA- RIO FRIO- LOS ÁNGELES Y BAJOS DE ARIO”
                                                 ACTA 11/2015
                                                  17/03/2015



Cóbano, a las catorce horas y diez minutos del día dieciséis de marzo del dos mil quince. Se procede a dar
recomendación con respecto a lo solicitado por el departamento de intendencia, para la Contratación de
maquinaria, cuya apertura se realizó el día cuatro de marzo del año en curso, a las once horas.
I-RESULTADO
Que dicho proceso de contratación fue amparado conforme a la solicitud:

            Oficio               Departamento     Código de         Monto
                                                  partida
            I-031-2015           Intendencia      1.08.02III        ¢19.500.000,00

Que según el expediente administrativo elaborado para esta contratación se invitó a concursar a los
siguientes oferentes.

       Nº            PROVEEDOR
       1             Agroturistica Moya y Fernández S.A.
       2             Tractores San Antonio S.A
       3             Constructora hermanos Bustamante e Hijos S.A.
       4             Contraolasa S.A.

       5             Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada

       6             Montedes S.A.

       7             Trasporte Jiménez y Mora S.A.
       8             Inversiones Divarra Zarcero LTDA

Luego de cerrado el periodo para la recepción de ofertas se presentaron las siguientes ofertas a concurso.
       Nº            PROVEEDOR
       1             Nivelaciones y Transporte Roljuanjo S.A.
       2             Tractores San Antonio S.A.

Que en el procedimiento la asesoría legalesta asesoría legal pudo determinar que las dos empresas
cumplen con todos los requisitos establecidos en el cartel.
II.CONSIDERANDO UNICO
Luego de realizada la evaluación correspondiente, a la oferta admitida a este concurso, se determinó que
cumple con todos los requisitos solicitados según el departamento legal y técnico.
III.POR LO TANTO
De conformidad con los hechos expuestos en la presente resolución y la normativa vigente en materia de
Contratación Administrativa, la Proveeduría institucional del Departamento Administrativo del Concejo
Municipal de Distrito Cóbano.
IV.RESUELVE
Recomienda adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000001-01 “CONTRATACION DE MAQUINARIA
PARA INTERVENIR CAMINO QUE COMUNICA LA ESPERANZA- RIO FRIO- LOS ÁNGELES Y BAJOS
DE ARIO”, a la siguiente empresa:

        Línea Nº         Adjudicatario                  Cedula jurídica     Depto.      Monto

        1            Tractores San Antonio S.A. 3-101-034103             Intendencia    ¢7.700.000,00
        2            Tractores San Antonio S.A. 3-101-034103             Intendencia    ¢2.800.000,00
        3            Tractores San Antonio S.A. 3-101-034103             Intendencia    ¢1.900.000,00
        4            Tractores San Antonio S.A. 3-101-034103             Intendencia    ¢1.400.000,00
        5            Tractores San Antonio S.A. 3-101-034103             Intendencia    ¢1.330.000,00
        6            Tractores San Antonio S.A. 3-101-034103             Intendencia    ¢1.330.000,00
        7            Tractores San Antonio S.A. 3-101-034103             Intendencia    ¢1.330.000,00
        8            Tractores San Antonio S.A. 3-101-034103             intendencia    ¢1.330.000,00
Total: ¢19.120.0000,00
Razones de la recomendación de la adjudicación:
Las razones por las cuales se recomienda se adjudique a Tractores San Antonio, son:
Por ajustarse al presupuesto disponible.
Por cumplir con los requisitos del cartel según el departamento legal y técnico.
Por dar un mejor precio.

CONSIDERANDO:
                                               ACTA 11/2015
                                                17/03/2015



     Que se concluyó con los trámites anteriores al acto de adjudicación de la ADJUDICACION
        LICITACION ABREVIADA Nº 2015 LA-000001-01“Contratación de Maquinaria para intervenir
        camino que comunica La Esperanza-Río Frio-Los Ángeles y Bajos de Ario”
     Que presentaron oferta las siguientes empresas:
                -Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada
                -Tractores San Antonio S.A.
     Que en el procedimiento la asesoría legal pudo determinar que las dos empresas cumplen con
        todos los requisitos establecidos en el cartel.
     Luego de realizada la evaluación correspondiente, a la oferta admitida a este concurso, se
        determinó que cumple con todos los requisitos solicitados según el departamento legal y técnico.
     Que el departamento de Proveeduría recomienda se adjudique a Tractores San Antonio, por las
        siguientes razones:- ajustarse al presupuesto disponible, Por cumplir con los requisitos del cartel
        según el departamento legal y técnico y por dar un mejor precio.
ACUERDO Nº3
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1. Adjudicar la LICITACION ABREVIADA Nº 2015 LA-
000001-01“Contratación de Maquinaria para intervenir camino que comunica La Esperanza-Río
Frio-Los Ángeles y Bajos de Ario” Por un monto de diecinueve millones ciento veinte mil colones con
00/100 (¢19.120.000,00), distribuidos de la siguiente manera:

Línea 1. 200 horas Niveladora por un monto de siete         millones setecientos colones con 00/100
(¢7.700.000,00).
Línea 2. 100 horas de compactadora, por un monto de dos millones ochocientos mil colones con 00/100
(¢2.800.000,00).
Línea 3. 100 horas de Tanque de agua por un monto de un millón novecientos mil colones con 00/100
(¢1.900.000,00).
Línea 4. 70 horas de Back Hoe por un monto de un millón cuatrocientos mil colones con 00/100
(¢1.400.000,00).
Línea 5. 70 horas de Vagoneta por un monto de un millón trescientos treinta mil colones con 00/100
(¢1.330.000,00).
Línea 6. . 70 horas de Vagoneta por un monto de un millón trescientos treinta mil colones con 00/100
(¢1.330.000,00).
Línea 7. . 70 horas de Vagoneta por un monto de un millón trescientos treinta mil colones con 00/100
(¢1.330.000,00).
Línea 8. . 70 horas de Vagoneta por un monto de un millón trescientos treinta mil colones con 00/100
(¢1.330.000,00). ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO

    d. Jackelinne Rodriguez. Proveedora. ASUNTO. RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACION
        LICITACION ABREVIADA Nº 2015LA-000002-01
“CONTRATACION DE MAQUINARIA PARA INTERVENIR CAMINO QUE COMUNICA CABUYA CON
EL CRUCE EN MAL PAIS”
Cóbano, a las catorce horas y cuarenta minutos del día dieciséis de marzo del dos mil quince. Se
procede a dar recomendación con respecto a lo solicitado por el departamento de intendencia, para la
Contratación de maquinaria, cuya apertura se realizó el día cinco de marzo del año en curso, a las nueve
horas y treinta minutos.
I-RESULTADO
    1. Que dicho proceso de contratación fue amparado conforme a la solicitud:

          Oficio               Departamento Código de       Monto
                                            partida
         I-029-2015         Intendencia     1.08.02III      ¢10.760.000,00
    2. Que según el expediente administrativo elaborado para esta contratación se invitó a concursar a
       los siguientes oferentes.

        Nº                                    PROVEEDOR
        1          Agroturistica Moya y Fernández S.A.
        2          Tractores San Antonio S.A
        3          Constructora hermanos Bustamante e Hijos S.A.
        4          Contraolasa S.A.

         5         Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada

         6         Montedes S.A.

         7         Trasporte Jiménez y Mora S.A.
                                             ACTA 11/2015
                                              17/03/2015



            8   Inverciones Divarra Zarcero LTDA

    3. Luego de cerrado el periodo para la recepción de ofertas se presentaron las siguientes ofertas a
       concurso.
        Nº                                 PROVEEDOR
        1       Tractores San Antonio S.A.
        2       Nivelaciones y Transporte Roljuanjo S.A.
                                                                                            4. Que en
        el procedimiento la asesoría legalesta asesoría legal pudo determinar que las dos empresas
        cumplen con todos los requisitos establecidos en el cartel.
        II.CONSIDERANDO UNICO
        Luego de realizada la evaluación correspondiente, a la oferta admitida a este concurso, se
        determinó que cumple con todos los requisitos solicitados según el departamento legal y técnico.
        III.POR LO TANTO
        De conformidad con los hechos expuestos en la presente resolución y la normativa vigente en
        materia de Contratación Administrativa, la Proveeduría institucional del Departamento
        Administrativo del Concejo Municipal de Distrito Cóbano.
IV.RESUELVE
Recomienda adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000002-01 “CONTRATACION DE
MAQUINARIA PARA INTERVENIR CAMINO QUE COMUNICA CABUYA CON EL CRUCE EN MAL
PAIS”, a la siguiente empresa:
          Línea            Adjudicatario           Cedula jurídica        Depto.             Monto
            Nº
        1           Nivelaciones y Trasporte       3-102-082656        Intendencia       ¢3.200.000,00
                    Roljuanjo LTDA
        2           Nivelaciones y Trasporte       3-102-082656        Intendencia       ¢880.000,00
                    Roljuanjo LTDA
        3           Nivelaciones y Trasporte       3-102-082656        Intendencia       ¢800.000,00
                    Roljuanjo LTDA
        4           Nivelaciones y Trasporte       3-102-082656        Intendencia       ¢1.920.000,00
                    Roljuanjo LTDA
        5           Nivelaciones y Trasporte       3-102-082656        Intendencia       ¢960.000,00
                    Roljuanjo LTDA
        6           Nivelaciones y Trasporte       3-102-082656        Intendencia       ¢960.000,00
                    Roljuanjo LTDA
        7           Nivelaciones y Trasporte       3-102-082656        Intendencia       ¢960.000,00
                    Roljuanjo LTDA
        8           Nivelaciones y Trasporte       3-102-082656        intendencia       ¢960.000,00
                    Roljuanjo LTDA
                                                                                       Total: ¢10.640.000,00
Razones de la recomendación de la adjudicación:
    1. Las razones por las cuales se recomienda se adjudique a Nivelaciones y Trasportes Roljuanjo
         limitada, son:
         a) Por ajustarse al presupuesto disponible.
         b) Por cumplir con los requisitos del cartel según el departamento legal y técnico.
         c) Por dar un mejor precio.
CONSIDERANDO:
     Que se concluyó con los trámites anteriores al acto de adjudicación de la ADJUDICACION
         LICITACION ABREVIADA Nº 2015 LA-000002-01“Contratación                       de Maquinaria para
         intervenir camino que comunica Cabuya con el Cruce en Mal País”.
     Que presentaron oferta las siguientes empresas:
                 -Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada
                 -Tractores San Antonio S.A.
     Que en el procedimiento la asesoría legal pudo determinar que las dos empresas cumplen con
         todos los requisitos establecidos en el cartel.
     Luego de realizada la evaluación correspondiente, a la oferta admitida a este concurso, se
         determinó que cumple con todos los requisitos solicitados según el departamento legal y técnico.
     Que el departamento de Proveeduría recomienda se adjudique a Nivelaciones y Transportes
         Roljuanjo Limitada, por las siguientes razones:- ajustarse al presupuesto disponible, por cumplir
         con los requisitos del cartel según el departamento legal y técnico y por dar un mejor precio.
ACUERDO Nº4
Con cuatro votos a favor SE ACUERDA: “1. Adjudicar la LICITACION ABREVIADA Nº 2015 LA-000001-
01 a la empresa Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Limitada” Por un monto de diez millones
seiscientos cuarenta mil colones con 00/100 (¢10.640.000,00), distribuidos de la siguiente manera:
Línea 1. 80 horas Niveladora por un monto de tres millones doscientos mil colones con 00/100
(¢3.200.000,00).
                                              ACTA 11/2015
                                               17/03/2015



Línea 2. 40 horas de compactadora, por un monto de ochocientos ochenta mil colones con 00/100
(¢880.000,00).
Línea 3. 40 horas de Tanque de agua por un monto de ochocientos mil colones con 00/100 (¢800.000,00).
Línea 4. 48 horas de Excavadora por un monto de un millón novecientos veinte mil colones con 00/100
(¢1.920.000,00).
Línea 5. 48 horas de Vagoneta por un monto de novecientos sesenta mil colones con 00/100
(¢960.000,00).
Línea 6. 48 horas de Vagoneta por un monto de novecientos sesenta mil colones con 00/100
(¢960.000,00).
Línea 7. 48 horas de Vagoneta por un monto de novecientos sesenta mil colones con 00/100
(¢960.000,00).
Línea 8. 48 horas de Vagoneta por un monto de novecientos sesenta mil colones con 00/100
(¢960.000,00). Votan a favor los Concejales Minor Jiménez, Ronny Rodríguez, Enio Valenzuela y José
León. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas
sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO

DEPTO DE INGENIERIA
   e. Ing. Freddy Madrigal Ávila. OFICIO-ING 81-2015. ASUNTO. CEMENTO.
Para continuar con el trámite del proyecto de Tratamiento Superficial TSB3 a realizar en la vía en San
Isidro camino código 6-01-037 para la donación de los 12000 sacos de cemento que va a realizar el MOPT,
es necesario que se ratifique mediante un acuerdo Municipal que la Municipalidad del Concejo Municipal
de Distrito de Cóbano tiene la capacidad de colocar este cemento y que no se valla a poner duro.
Para efectos de este proyecto la Municipalidad realizo la contratación de maquinaria Nº 2014LA-000013-
01, que se tiene prevista para la estabilización de la base con cemento, por lo cual el cemento se va a
colocar inmediatamente cada vez que llegue un viaje de aproximadamente 410 sacos, con lo que se va
realizar un avance de base estabilizada de 250m, por lo cual el cemento no se va a almacenar mucho
tiempo como para que se vaya a poner duro.
   Por lo tanto solicito tomar este acuerdo para comunicárselo a la oficina Regional del MOPT en
Puntarenas.
CONSIDERANDO:
-Que el MOP nos ha donado 12000 sacos de cemento para el proyecto de Tratamiento Superficial TSB3 a
realizar en la vía en San Isidro camino código 6-01-037
-que el MOP requiere sabe si este Concejo cuenta con la capacidad para colocar este cemento sin que
corra el riesgo de ponerse duro
-Que la traileta que acarreará el cemento tiene una capacidad para 410 sacos aproximadamente.
-Que este Concejo ya realizo la contratación de maquinaria mediante la Licitación Abreviada nº 2014LA-
000013-01 la cual se tiene prevista para la estabilización de la base con cemento, por lo que cada vez
que llegue un viaje se colocara inmediatamente, el mismo día o el día después, dependiendo de la hora de
llegada, lo que va a permitir un avance de base estabilizada de 250 metros por viaje de cemento y no
permitirá que este se ponga duro
-Que ya se colocó la base de lastre a estabilizar.
ACUERDO Nº5
Con todos los votos a favor SE ACUERDA: “1.Informarle a la Oficina Regional de MOP en Puntarenas
que para la estabilización de la base con cemento en el proyecto denominado Tratamiento Superficial TSB3
a realizar en la vía en San Isidro camino código 6-01-037 ya se contrató la maquinaria, esto mediante la
Licitación Abreviada Nº 2014la-000013-01 y ya se colocó la base de lastre a estabilizar
2.Hacer de su conocimiento que el cemento será acarreado por una traileta que tiene una capacidad
aproximadamente para 410 sacos los cuales serán colocados inmediatamente lleguen, lo que garantiza
que cuando el siguiente viaje llegue ya el anterior se ha colocado, lo que no permitirá que el cemento,
donación de esa Institución, se pueda poner duro y un avance de 250 metros por cada viaje”. ACUERDO
UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en
todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.

Finaliza la sesión al ser las veintiuna horas con veinte minutos




        Roxana Lobo Granados                                       Minor Jiménez Gutierrez
        SECRETARIA                                                 PRESIDENTE