Ordinaria 45 · 2014-11-25
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 45 del 2014-11-25 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 5) · unanime ACUERDO Nº1 SE ACUERDA: 1.“Solicitarle al Ingeniero Municipal Sr. Freddy Madrigal y a la Intendencia, un informe donde nos indiquen cual es la posible…
- Acuerdo 2 (pág. 5) · unanime ACUERDO Nº2 SE ACUERDA: “Dar pase de esta solicitud al departamento de zona marítimo terrestre y solicitarles que en la sesión del día 9 de noviembre …
- Acuerdo 3 (pág. 6) · unanime ACUERDO Nº3 SE ACUERDA: “Dar pase de esta solicitud a la Lic. Marianela Molina gestora legal del Departamento de zmt”. Votan a favor los concejales En…
- Acuerdo 4 (pág. 6) · unanime ACUERDO Nº4 SE ACUERDA: “Dar pase de esta solicitud al Ingeniero Municipal para que nos indique si esta calle es publica y si lo es nos indiquen el mo…
- Acuerdo 5 (pág. 7) ACUERDO Nº5 SE ACUERDA: Vota a favor de la Moción la Concejal Reina Gloria Cruz. Se abstienen de votar los Minor Jiménez, Enio Valenzuela, Juan León y…
- Acuerdo 6 (pág. 8) · aprobado ACUERDO Nº6 SE ACUERDA:1. “Acoger recomendación de la comisión de zona marítimo terrestre y autorizar a la empresa Administradora Brisas del Mar Cabuy…
- Acuerdo 9 (pág. 10) · aprobado ACUERDO Nº9 SE ACUERDA: 1. “Otorgar autorización a la Asociación de Desarrollo de Cóbano para que realice actividad denominada Supercross Cóbano 2014 …
- Acuerdo 10 (pág. 10) · aprobado ACUERDO Nº10 SE ACUERDA: 1. “Otorgar permiso para el uso de la playa de Tambor del Mojón nº1 a la desembocadura del Rio Pánica para que se realice act…
- Acuerdo 7 (pág. 13) ACUERDO Nº7 SE ACUERDA: 1. Adjudicar la Licitación Nº2014LA-000011-01 “COMPRA DE TUBOS PARA ACUEDUCTO SAN ISIDRO” por un monto de cuatro millones cien…
- Acuerdo 8 (pág. 14) · firme · aprobado ACUERDO Nº8 SE ACUERDA: “Aprobar recomendación de la Lic. Marianela Molina y Rechazar la solicitud de aplicación de silencio positivo solicitado por A…
- Acuerdo 11 (pág. 15) · unanime · aprobado ACUERDO Nº11 SE ACUERDA: “Acoger recomendación del Departamento de ZMT y solicitarle a la Asociación de Trabajadores y Trabajadoras de la Pesca y Acti…
- Acuerdo 12 (pág. 16) · unanime ACUERDO Nº12 SE ACUERDA: Realizar inspección al sitio la cual se coordinará con la encargada del Departamento de Zona Marítimo Terrestre y La Asociaci…
- Acuerdo 15 (pág. 19) · unanime · aprobado ACUERDO Nº15 SE ACUERDA: “Acoger el criterio emitido por la coordinadora de la zona marítimo terrestre e informarle al representante de Stewart’s Hous…
- Acuerdo 1 (pág. 21) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°1 SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la compra de: 665 m3 de Piedra cuarta, 332.5 m3 de Pie…
- Acuerdo 13 (pág. 21) · firme · aprobado ACUERDO N°13 SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la compra de: 700 m3 de Piedra cuarta, 350 m3 de Pied…
- Acuerdo 2 (pág. 23) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°2 SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la compra de: 129.500 litros de emulsión de rompimient…
- Acuerdo 14 (pág. 23) · firme · aprobado ACUERDO N°14 SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la compra de: 80.000 litros de Emulsión de Rompimient…
- ~ Acuerdo (pág. 23) · firme · aprobado nio Valenzuela, Minor Jiménez, Juan León y Ronny Rodríguez. Se abstiene de votar la Concejal Reina Gloria Cruz Jiménez indica que lo hace amparada a l…
ACTA ORDINARIA Nº 45-14
Acta número Cuarenta y cinco - dos mil catorce de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal
del Distrito de Cóbano el día de veinticinco de Noviembre del Dos Mil Catorce a las diecisiete horas en
la sala de sesiones de este Concejo.
CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Minor Jiménez Gutiérrez PRESIDENTE Y SINDICO
Reina Gloria Cruz Jiménez
Enio Valenzuela
Juan León Rodríguez
Ronny Rodríguez Villalobos
CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
Noemí Rodríguez Cordero
Josué Villalobos Matamoros
CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION
Alba Rosa Gómez Espinoza
José León Sandoval
CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
ADEMAS LA PRESENCIA DE:
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
I. Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
II. RATIFICACION ACTA ORDINARIA 44-14 Y EXTRAORDINARIA 25-14
III. AUDIENCIAS
IV. CORRESPONDENCIA
V. MOCIONES
VI. INFORME DE COMISIONES
VII. INFORME DE LA ADMINISTRACION
VIII. INFORME DEL INTENDENTE
IX. ASUNTOS VARIOS
I. ORDEN DEL DIA. Se aprueba
PRESIDENTE. Presenta moción de orden para recibir a unos vecinos de Cabuya que le llamaron y pidieron
ser atendidos ya que les urge. SE APRUEBA
II. RATIFICACION ACTA ORDINARIA 44-14 Y EXTRAORDINARIA 25-14
a. Ratificación del acta ordinaria 44-14
NOMEY. Voy a leer la página 2 porque está un poco bien pero algunas palabras no se escribieron a cómo
debía ser, solo para corregir ciertas cosas, dice:
NOEMY. Página 5 inciso b. Quiero saber si solicitó un estudio de impacto ambiental del proyecto Brisas
del Mar, la comisión de emergencias tiene los profesionales y no hay que pagarlos. ESO CREO Yo solicito
que se haga. LOS ESTUDIOS. Ustedes conocen el área de amortiguamiento de la reserva, pienso que ese
proyecto puede estar dentro de esa área y si así afuera se estaría incurriendo en un error. YO DIGO
PIENSO, NO LO ESTOY AFIRMANDO De ese proyecto de desalinizadora el agua que se devuelve al mar
va cargada de sal y eso produciría un equilibrio (DESEQUILIBRIO) ya que afecta a los arrecifes y el
proyecto en sí afecta a la flora y la fauna toda la bulla que se genera de esa construcción. Yo no voto pero
no estoy de acuerdo. YA LO ACLARE
-En las actas pasadas en la 32-14 ponen acuerdo unánime y no escribe lo que Gloria dijo, acuerdo
unánime es que tenían que ser todos los que apoyaran esto y Gloria no apoyo esto y aquí no se incluye la
opinión de ella y se está cometiendo un error y esto es un error y se llama acosamiento. ES CUANDO SE PRESIONA A ALGUIEN, ESO ES UN ACOSAMIENTO MINOR. Acosamiento contra quién? NOEMY. Es un acosamiento, usted nada mas lo lee en las actas y lo interpreta a como usted le sirva, se llama acosamiento cuando alguien lo acosa. MINOR. Usted se siente acosada? NOEMY. Yo no, usted lo toma a como usted le parece, a como cada uno lo puede interpretar SECRETARIA. Se transcribió a como esta en la grabación NOEMY. Si, solo estoy explicando lo que es un acosamiento. Cambiemos la palabra, es ignorar, porque cuando vino la primera vez el proyecto yo lo tengo aquí en las actas, pero si a ella y a mí no se nos incluyen lo que dijimos eso es ignorar, a mí no importa porque no voto, pero ella si tiene voz y voto, es como restarle importancia y para eso es la moción que traigo, es importante. GLORIA. En la página 4 cuando me referí al compañero Ronny, que aquí está presente, lo que dije fue que en ocasiones cuando está el proyecto, ese que ha venido varias veces, Ronny no está y entonces yo les preguntaba si a ustedes ellos le sacaron permiso, lo menos que yo sabía es que Ronny tenía la mamá grave, porque aquí usted no lo dice, es más grave su forma de hablar Minor, cuando dice: . Quisiera contestarle a Reina Gloria. La verdad que me da tristeza y ganas de llorar al escuchar las palabras de Reina Gloria. ME ESTA DEJANDO COMO SI FUERA UN BICHO, no dije nada como para que usted dijera esas aseveraciones. Hablar de un compañero que tiene la mamá agonizando es muy lamentable y siento que es una falta de respeto y consideración… usted si sabía que lo de la mamá de Ronny pero no dijo aquí. lo otro es que hace aseveraciones muy graves… porque no lo pusieron , eso da a entender otras cosas nada que ver en el acta, es mi queja porque ponen cosas como para dejarlo a uno por el suelo y a la vez no aparecen esas casos, cuales aseveraciones pregunto yo , es muy lamentable escuchar esto, dice que nosotros no tenemos los pies sobre la tierra porque no sabemos ni donde estamos parados y yo le recalque a usted, usted alzo la mano y aprobó lo que no tenía q aprobar de la Junta de Educación y lo dije yo y eso yo no lo veo, entonces ponen lo que a ustedes le parece, eso sí es lo que yo no estoy de acuerdo, si yo dije eso tenía que aparecer hoy y no aparece, usted se limpia pero embarra a otro y eso es lo que no me parece a mí. MINOR. Yo no voy a echar palabras atrás, solamente si hay dudas yo insto al compañero Rodríguez a que escuche la grabación si quiere ahondar sobre el tema yo no tengo problemas. GLORIA. Le voy a decir que cuando mi hermano, antes de accidentarse, dije lo de la cantina de allá para que fueran a hacer la inspección y no hicieron nada, accidentaron a mi hermano, lo mataron y aquí no movieron un dedito , ni usted dijo nada Minor, todas estas cosas uno las ve, la familia de uno puede caer y de todo, pero ahí tenga cuidado usted, ahí pusieron silencio positivo otra vez, pero ya dije que es solo silencio, lo quieren hacerlo positivo con la palabras de nosotros mismos y usted mismo dijo que le quedaban muchas dudas y que la administración también tenía muchas dudas y cuando existe la duda y persevera jamás nunca se aprueba, tiene que tenerlo claro, eso no aplica, el otro compañero que no vino que dijo que hacía tres meses habían aprobado y no aparecen ahí tres meses tampoco y usted dijo que están copiando algo de la grabación y porque esas cosas no aparecen, él dijo tres meses y yo le dije, de donde tres meses. Aquí está la pregunta, como usted sabe que el proyecto se aprobó en tres meses y nosotros no alzamos la manita para aprobarlo, al menos yo no la alce. Dice que estoy equivocada con respecto a la junta y la misma Olga se lo dijo al tío suyo y Fernando lo dijo en la Reunión, como se explica, quien está mintiendo MINOR. Lástima que Fernando no pudo venir hoy, venía a hacer una exposición sobre eso, para dejar de hablar de esto, que cansa para que le quedara claro a ala compañera Reina Gloria este tema GLORIA. Fernando dijo que era mentiras, pero si quiere le traigo al tío suyo que si lo dijo, por un Dios que está en los cielos, que si lo dijo en la supervisión, se lo dijo a él, la misma Olga lo dijo, ahora que va a decir Fernando, disculparse para que proceda. MINOR. No puedo adelantar que va a decir Fernando porque no soy adivino, sé que él quiere hacer una exposición del tema, solo me pidió autorización para venir, a aclarárselo a usted. Eso me dijo
GLORIA. A mí no, yo fui a la supervisión. El Concejo no puede aprobar algo si no es recto. Vea cuando yo puse una moción de los ocho millones para la supervisión me dijeron que el terreno este no servía, ahora ¿porque si agarraron la cedula jurídica del Colegio y si procedió? cuestióneselo usted, aquí todo pasa, porque nada más alzamos la mano, pero cuando yo lo hice tratando de investigar si se podía, dijeron no, y ahí me quede yo. MINOR. El asunto es que el lote no está a nombre del Ministerio de Educación sino de la Junta Administrativa, entonces solo ellos lo pueden autorizar. GLORIA, Entonces porque cuando yo presenté la moción Mercedes dijo que no se podía JOSUE. Porque tal vez no se buscó la opción GLORIA. NO busco no, no lo hicieron en ese momento, pero si aparece alguien que si quiere hacer política y decir ahora si lo voy a hacer, eso no me parece a mí. Yo me he dado cuenta de muchas cosas porque ahí viene el proyecto de Montezuma y el aula echa, y aquí ¿Cuándo lo aprobamos Noemy? NOMEY. No se aprobó GLORIA: No se aprobó, yo lo dije al Intendente mande un inspector. El quedó de mandar un inspector y traer una respuesta, nunca apareció, cuando pasan cosas así es que yo me decepciono JOSUE. Pida las cosas con nombre y apellido GLORIA. Que más que al Intendente le dije yo las cosas y ni siquiera trajo respuesta. Cuando callan otorgan MINOR. Recuérdele, algún día debe traerla GLORIA. Yo se lo dije a usted aquel día ahí y se quedó calladito MINOR. Ya en eso no tenemos nada que ver nosotros GLORIA. Como no tiene nada q ver un presidente del Concejo con un proyecto MINOR. Señora si usted le está pidiendo una respuesta al Intendente ¿Qué tenemos que ver nosotros? Es él el que tiene que contestar, ¿porque yo si no tengo nada que ver en el asunto?, yo no le dije que fuera a construir allá, ni se nada del asunto, es él el que debe contestarle, si yo hubiera ido a trabajar ahí, le informo GLORIA. Hay muchas cosas que no dan respuesta porque lo hacen detrás del Concejo, no aquí, lo hacen allá en la administración, cuantas veces dije que ahí habían problemas MINOR. Llame a la administración y pide cuentas, aquí no hay nadie de la administración, entonces para que vamos a gastar saliva en eso. GLORIA: Como si traen un proyecto y aparece Francisco y nos dice que nosotros somos los culpables porque no hicimos nada por del cierre del basurero ¿quiénes son los que están haciendo el presupuesto? Por eso renuncié a esa comisión de presupuesto, porque ahí están manejando esa situación así, cuando yo dije que en el presupuesto dejaran dinero para lo que es salud y ambiente, cerraron los oídos y cuando dije del proyecto que usted estaba mencionando que me pareció que era bueno , sobre ambientados , no alzaron la manita para aprobarlo y ahora somos culpables nosotros, yo no me considero culpable, porque luche hasta donde pude, para que salud y ambiente tuvieran un dinero para el basurero y ahora viene Francisco y dice que no hicimos nada, ellos sí hicieron mucho desde el presupuesto, si el mismo Francisco es quien monta el presupuesto . JOSUE. Eso tenía que decírselo usted a Francisco ese día, hoy no está Francisco GLORIA. Después de que dijo que no habíamos hecho nada dijo que si y se disculpó ahí. PRESIDENTE. Sin más enmiendas se Ratifica en acta ordinaria 44-14.
b. Ratificación acta extraordinaria 25-14
NOEMY. En la página 5 yo no recuerdo haber dicho estas palabras ….Son cien millones votados porque el
Concejo no gana nada… yo no dije para nada esto, yo dije si con las patentes que la gente paga se
recupera ese dinero solo dije que si en un año cobrando las patente de lo que es la basura se recogen los
cien millones, pero dijo el otro señor no no se recogen, él dijo otras palabras, pero yo no dije esto, yo voy a
venir mañana para que me den las dos grabaciones porque yo no dije eso, y más adelante dice … no me
puedo oponer a algo que ya no tiene solución.. Como voy a decir eso. Mañana vengo.
PRESIDENTE. Sin más enmiendas se ratifica el acta extraordinaria 25-14
III. AUDIENCIAS
a. Sr. Roberto Álvarez y Ronald Rodríguez Rojas. Vecinos de Cabuya.
PRESIDENTE. Les da la bienvenida y concede la palabra.
ROBERTO. Agradece el espacio e indica que viene a recordarles el grave problema que tienen en Cabuya
con el camino, saber si tienen presupuestado algo y saber que se va a hacer con la zanja que hay en la
calle q va a la playa por el recibidor de pescado. Nos han visitado ingenieros de aquí y de Puntarenas pero
no hay una solución y quisiéramos saber si de todas esas visitas ha salido un proyecto o una solución, a
eso hay que meterle mano, pero ya los vecinos no podemos solucionarlo por la longitud y la profundidad
que tiene. El camino iba bien pero quedo un sector entre el cruce de Mal País y el que va para la plaza que
no se le hizo nada y esta horrible, se debe conseguir material porque hay unas grandes pozas.
RONNY. Yo he estado presionado a Momo con respecto a ese Camino y me dijo que esperáramos a que
se secara un poquito porque hay que retocar todo el camino y las entradas.
ROBERTO. Hay un problema, los que construyen pone alcantarillas frente a sus entradas y están
angostando el camino y los pasos peatonales de los puentes están dañados
MINOR. El asunto es que la niveladora se las va a llevar cuando pase. Con respecto al camino me están
informando que la maquinaria llega mañana, con respecto a la zanja del camino le vamos a pedir la
Ingeniero un informe con una posible solución y presupuesto. Les recuerdo que estamos con el
presupuesto improbado y los proyectos nuevos son bien difícil, pero se intentara darle una solución,
también le pediremos una inspección al asunto de las alcantarillas y del paso peatonal de los puentes
GLORIA. Sabemos que SENASA intervino la pescadería y aunque es bueno ¿porque no intervienen las
peleas de gallos? Creo que el Concejo se debe pronunciar
JUAN: Nosotros estuvimos en una reunión con Luis Emilio de SENASA en Tambor y ellos no quieren
paralizar a los pescadores, lo que quieren es hacerlos competitivos.
ROBERTO. Los pescadores son bastantes difíciles a los cambios, yo he hablado con algunos de ellos no
están molestos por lo de senasa, porque ellos mismos reconocen que es una cochinada.
GLORIA. Los del pueblo deben llamarlos y decirles cuando están haciendo algo mal
ROBERTO. Se les dice, pero es difícil
JUAN. Hay proyectos son muy lindos para la Península, todo depende de la organización de las
comunidades
SE RETIRAN
CONSIDERANDO:
-Que hemos tenido la visita de vecinos de la comunidad de Cabuya quienes han expuesto algunas de sus
necesidades
-Que lo que más le preocupa es una zanja que hay en el camino que lleva a la playa, por la entrada del
recibidor
-Que indican han recibido varias visitas de ingenieros, tanto de este Concejo como de la Municipalidad de
Puntarenas, pero ninguno les ha planteado una solución
-Que el problema es cada día más grave
-Que también cuentan con el problema de las alcantarillas de las entradas a las construcciones, las cuales
angostan aún más, las ya estrechas calles de esa comunidad
-Que los pasos peatonales que se le hicieron a los puentes se están dañando
ACUERDO Nº1
SE ACUERDA: 1.“Solicitarle al Ingeniero Municipal Sr. Freddy Madrigal y a la Intendencia, un informe
donde nos indiquen cual es la posible solución a la Zanja que se formó en el camino que lleva al recibidor y
a la Isla en Cabuya, y el presupuesto del trabajo a realizar.
2. Solicitarle una inspección a las alcantarillas que se están colocando en las entradas de las casas y
construcciones en general, específicamente de la escuela hacia arriba y verificar que no estén estrechando
las calles, de ser así se giren las instrucciones para que estas sean retiradas, ya que no podemos
permitir que nuestras calles se angosten aún más.
3. Se inspeccione los pasos peatonales de los puentes de Cabuya y se verifique las condiciones en que
se encuentran y si es posible se reparen lo antes posible”.
4. Solicitamos respuesta en un mes después de notificado este acuerdo. ACUERDO UNANIME
IV. CORRESPONDENCIA
a. Rosa Amelia Cortes Castrillo. ASUNTO. Solicitud con base en al artículo 49 de la Reforma al
Reglamento a la Leu de la Zona Marítimo Terrestre se le aplique lo que enumera el mismo artículo
que dice: “ningún canon a pagar por parte de los concesionarios y/o permisionarios de la zona
marítimo terrestre podrá ser menor al cuarto por ciento (0.25%) del monto del avaluó
correspondiente”. Agrega que no podrá el avalúo si se le aplica otra taza. SE DA PASE DE ESTE
DOCUMENTO AL DEPARTAMENTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE PARA EL ANALISIS
DE LA SOLICITUD REALIZADA
b. Alcides Fernández Elizondo. Apoderado Especial de la sociedad denominada Industrias
Sheridan Sociedad Anónima. ASUNTO. Solicitud de que se le indique el motivo por el cual no se
la ha resuelto la revocatoria presentada al avalúo la cual fue conocida en sesión 25-09, y se le
indique cual es la situación actual de esa revocatoria con el fin de enderezar el proceso y
continuar con el mismo, caso contrario se verán obligados a presentar recurso ante la sala
constitucional
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido solicitud del señor Alcides Fernández representante de Industrias Sheridan
S.A. donde solicita se le indique cual es la situación actual de la revocatoria al avalúo presentada
por esta sociedad en sesión ordinaria 25-09 a fin de enderezar el proceso
-Que caso contrario se verán obligados a presentar recurso ante la sala constitucional
ACUERDO Nº2
SE ACUERDA: “Dar pase de esta solicitud al departamento de zona marítimo terrestre y
solicitarles que en la sesión del día 9 de noviembre nos envíen informe para poder contestar al
señor Fernández lo que cuestiona”. ACUERDO UNANIME
c. Ing. Esteban Vargas Garita. Representante Legal Administradora Brisas del Mar Cabuya INC S.A.
ASUNTO. Solicitud de respuesta a aplicación del silencio positivo. Indican que desde el 6 de noviembre su
empresa presento a este Concejo la solicitud de aplicación del silencio positivo para poder pasar por la
zona pública y la zmt la tubería de extracción y retorno de agua del mar para su proyecto, a la fecha 21
de noviembre ha pasado el plazo que contempla la ley.
CONSIDERANDO:
-Que el representante legal de Administradora Brisas del Mar Cabuya INC S.A. a falta de respuesta en el
tiempo de ley ha solicitado respuesta a su solicitud de aplicación del silencio positivo
ACUERDO Nº3
SE ACUERDA: “Dar pase de esta solicitud a la Lic. Marianela Molina gestora legal del Departamento de
zmt”. Votan a favor los concejales Enio Valenzuela, Minor Jiménez, Ronny Rodriguez y Juan León. Se
abstiene de votar la Concejal Gloria Cruz la cual indica que no vota nada de lo que tenga relación con ese
proyecto.
c. Fernando Campos Céspedes. ASUNTO. Solicitud de reparación de calle que se ubica cien metros
norte y doscientos metros este de la estación del Servicio El Palmar, siendo esta una vía pública y se
encuentra muy deteriorada
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido solicitud del señor Fernando Campos para que se repare calle publica que se ubica
cien metros norte y doscientos metros este de la estación del Servicio El Palmar.
ACUERDO Nº4
SE ACUERDA: “Dar pase de esta solicitud al Ingeniero Municipal para que nos indique si esta calle es
publica y si lo es nos indiquen el motivo por el cual no se ha reparado”. Para el día 16 de diciembre del
2014. ACUERDO UNANIME
V. MOCIONES
a. Moción de la Concejal Suplente Noemy Rodríguez
CONSIDERANDO: -Que se ha conocido moción de la Concejal Noemy Rodríguez ACUERDO Nº5 SE ACUERDA: Vota a favor de la Moción la Concejal Reina Gloria Cruz. Se abstienen de votar los Minor Jiménez, Enio Valenzuela, Juan León y Ronny Rodríguez indican que es un proyecto muy caro que no consideran necesario para la sala de sesiones además de que no sienten que corran ningún riesgo. Queda la moción sin trámite de aprobación
VI. INFORME DE COMISIONES
Comisión de zona Marítimo Terrestre
a. Dictamen. ASUNTO
Dictamen:
Análisis de Documentos.
Oficio número CMDCS 445-2014.
Beneficiario: Brisas del Mar Cabuya INC.
Expediente número: No aplica.
Lugar de ubicación: Cabuya.
Otros: Recomendación de autorización de permiso para poder colocar la toma de agua en el mar con su respectiva
tubería de extracción de agua y tubería de retorno hasta el proyecto de Brisas del Mar Cabuya INC.
Acuerda el Concejo.
Se Acuerda: Por medio del oficio CMDCS 445-2014 “… Se da pase de este proyecto a la comisión de Zona Marítimo
Terrestre para su análisis” No apoya el pase la Concejal Reina Gloria Cruz Jiménez.
Transcripción de acuerdo:
Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión ordinaria número
36-14, artículo IV, inciso e, del día veintitrés de setiembre del dos mil catorce, a las diecisiete horas en la sala de
sesiones de este Consejo, que dice:
Ing. Esteban Vargas Garita. Representante legal. Administradora Brisas del Mar Cabuya INC S.A. ASUNTO:
Descripción del proyecto. Planta desalinizadora para el proyecto Brisas del Mar. Proyecto que se ubica en Cabuya.
“… Se da pase de este proyecto a la comisión de Zona Marítimo Terrestre para su análisis” No apoya el pase la
Concejal Reina Gloria Cruz Jiménez.
Recomendación al Concejo:
En virtud de lo expuesto anteriormente esta Comisión recomienda al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, que
se autorice el desarrollo de dicho proyecto (Planta desalinizadora para el proyecto Brisas del Mar. Proyecto que se
ubica en Cabuya).
No sin antes mencionar que este concejo debe ordenar al solicitante lo siguiente:
Someterse a TODAS las instituciones estales que tengan injerencia con el desarrollo del proyecto que en este acto
atendemos, para la respectiva autorización.
Asumir con responsabilidad durante el desarrollo del proyecto, tanto ambiental como económico y socialmente,
entiéndase desarrollo como la duración total del mismo.
Hacerse responsable de la totalidad de los daños que esto vaya a ocasionar a los caminos y demás aéreas a abarcar,
durante la duración total del proyecto, sea toda la vida.
Informar al presente Concejo Municipal previamente que vaya realizar cambios en los áreas de interés público, sea
todo, pues se está tratando con aguas nacionales – este bien nunca pasará a ser un bien privado.
Al ser las quince horas con cincuenta y cuatro minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil catorce
Josué Villalobos Matamoros Minor Jiménez Gutiérrez José León Sandoval
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido dictamen de comisión de zona marítimo terrestre sobre solicitud autorización de
permiso para poder colocar la toma de agua en el mar con su respectiva tubería de extracción de agua y
tubería de retorno hasta el proyecto de Brisas del Mar Cabuya INC.
-Que la recomendación de la comisión es la siguiente:
Se autorice el desarrollo de dicho proyecto (Planta desalinizadora para el proyecto Brisas del Mar.
Proyecto que se ubica en Cabuya).
No sin antes mencionar que este concejo debe ordenar al solicitante lo siguiente:
Someterse a TODAS las instituciones estales que tengan injerencia con el desarrollo del proyecto que en
este acto atendemos, para la respectiva autorización.
Asumir con responsabilidad durante el desarrollo del proyecto, tanto ambiental como económico y
socialmente, entiéndase desarrollo como la duración total del mismo.
Hacerse responsable de la totalidad de los daños que esto vaya a ocasionar a los caminos y demás aéreas
a abarcar, durante la duración total del proyecto, sea toda la vida.
Informar al presente Concejo Municipal previamente que vaya realizar cambios en los aéreas de interés
público, sea todo, pues se está tratando con aguas nacionales – este bien nunca pasará a ser un bien
privado.
ACUERDO Nº6
SE ACUERDA:1. “Acoger recomendación de la comisión de zona marítimo terrestre y autorizar a la
empresa Administradora Brisas del Mar Cabuya INC S.A. para que pasen la tubería de extracción y
retorno de agua del mar y del proyecto de desalinización que tiene su empresa en la comunidad de
Cabuya.
2. Indicarle a la empresa Administradora Brisas del Mar Cabuya INC S.A. que deben cumplir con todos los
requisitos de las Instituciones estatales que tengan injerencia en el desarrollo del mismo, y presentar copia
de los mismo a este Concejo y al departamento de zona marítimo terrestre
3. Indicarles que deben hacerse responsables del desarrollo del proyecto en su parte ambiental, económica
y social, durante la duración total del mismo
4- Indicarles que deben hacerse responsable de la totalidad de los daños que este proyecto ocasione a
caminos y demás áreas que abarque, durante toda la existencia del proyecto
5. Deben informar al departamento de zona marítimo terrestre el día que iniciaran el proyecto de
rompimiento de áreas públicas para coordinar la presencia del Ingeniero o un inspector en el sitio
6.Solicitarles un depósito de garantía el cual se usara en caso de que la calle y sitios públicos por donde
pase dicha tubería no quede en igual o mejores condiciones de cómo está actualmente, si realizada la
respectiva inspección se verifica que está en buenas condiciones la tesorería municipal procederá a
devolver el respectivo depósito. El monto aún no se define estamos esperando el criterio del Ingeniero para
definirlo
Votan a favor los Concejales Minor Jiménez, Juan León, Enio Valenzuela y Ronny Rodríguez. Se abstiene
de votar la Concejal Reina Gloria Cruz Jiménez ya que indica que si el silencio no aplica no se puede
proseguir con el proyecto. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se
aprueba por los Concejales Ronny Rodríguez, Enio Valenzuela, Minor Jiménez y Juan León, no lo vota la
Concejal Reina Gloria Cruz ya que no voto en acuerdo, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO
VII. INFORME DE LA ADMINISTRACION
Dpto. Administrativo Tributario
a. Lic. Ronny Montero. OFICIO. ADT 260-2014. ASUNTO. Presentación de Requisitos para
actividad denominada Supercross en el redondel el día 29 de noviembre del 2014.
Por medio de la presente me permito hacer de su conocimiento que se han recibido en este departamento los
siguientes documentos:
Personería jurídica
Copia de cedula del representante
Nota del destino de los ingresos
Carta de doctor que cubrirá el evento
Póliza de riesgos para motociclistas
Carta del ingeniero que da visto bueno al redondel
Carta de la cruz roja que supervisara el evento
Nota de uso de las instalaciones para esas fechas
Plan general para el evento
AL DIA DE HOY NO HAN SIDO PRESENTADOS LOS PERMISOS DE LA FUERZA PUBLICA DONDE INDICAN QUE CUBRIRAN
EL EVENTO, ASI COMO EL RESPECTIVO PERMISO SANITARIO DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS EVENTOS
CORRESPONDIENTES, POR LO QUE RECOMIENDO SE OTORGUE EL PERMISO QUEDANDO SUJETO A LA PRESENTACION
DE DICHOS DOCUMENTOS A MAS TARDAR EL DIA VIERNES AL SER LAS 2:00 PM, DE LO CONTRARIO SE PROCEDERA A
CLAUSURAR EL EVENTO.
CONSIDERANDO
-Que se ha conocido informe del Administrador Tributario donde indica los requisitos presentados para la
actividad de Supercross el día 29 de noviembre en el redondel propiedad de la asociación, estos son:
Personería jurídica
Copia de cedula del representante
Nota del destino de los ingresos
Carta de doctor que cubrirá el evento
Póliza de riesgos para motociclistas
Carta del ingeniero que da visto bueno al redondel
Carta de la cruz roja que supervisara el evento
Nota de uso de las instalaciones para esas fechas
Plan general para el evento
-Que aún quedan pendientes requisitos, entre ellos el permiso del ministerio de Salud y de la policía
ACUERDO Nº9
SE ACUERDA: 1. “Otorgar autorización a la Asociación de Desarrollo de Cóbano para que realice actividad
denominada Supercross Cóbano 2014 el día 29 de noviembre del 2014 a las 5 p.m. en el Redondel de
Toros ubicado en el campo ferial propiedad de dicha asociación, culminando con una actividad bailable en
el salón Los Caraos a partir de las 9 p.m del 29 de noviembre y hasta la 01:00 a.m. del día 30 de noviembre
del 2014.
2. Este acuerdo de permiso queda sujeto a que la Asociación de Desarrollo presente el PERMISO DEL
MINISTERIO DE SALUD Y PERMISO DE LA FUERZA PUBLICA para lo cual tienen tiempo hasta el día
viernes 28 de noviembre a las 2.p.m. Si no lo hacen debe el Administrador Tributario notificarles, antes del
cierre de las oficinas, la clausura del evento.
3. Solicitarle al Administrador Tributario enviar a la sesión del próximo martes copia de los
requisitos faltantes si lo presentan o en su lugar copia de la notificación de clausura con la firma de
recibido.
Votan a favor los Concejales Minor Jiménez, Ronny Rodríguez, Juan León y Enio Valenzuela. Se abstiene
la Concejal Reina Gloria Cruz Jiménez indica que no vota debido a que no cuentan con todos los
requisitos. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual es aprobado por
los Concejales Minor Jiménez, Ronny Rodríguez, Juan León y Enio Valenzuela. No lo aprueba la Concejal
Reina Gloria Cruz debido a que no voto el acuerdo. Quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
b. Lic. Ronny Montero. OFICIO. ADT 261-2014. ASUNTO. Presentación de Requisitos para
actividad denominada Cabalgata el día 29 de noviembre del 2014.
Por medio de la presente me permito hacer de su conocimiento que se han recibido en este departamento
los siguientes documentos:
-Solicitud del Permiso
-Apoyo de la cruz Roja
-Permiso Sanitario del lugar donde se realiza el evento
-ACAM
AL DIA DE HOY NO HAN SIDO PRESENTADOS LOS PERMISOS DE LA FUERZA PUBLICA DONDE INDICAN QUE CUBRIRAN
EL EVENTO, O SEGURIDAD PRIVADA, ASI COMO PERMISO DE SENASA, POLIZA DE ACCIDENTES, POR LO QUE
RECOMIENDO SE OTORGUE EL PERMISO QUEDANDO SUJETO A LA PRESENTACION DE DICHOS DOCUMENTOS A MAS
TARDAR EL DIA VIERNES AL SER LAS 2:00 PM, DE LO CONTRARIO SE PROCEDERA A CLAUSURAR EL EVENTO.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido informe del Administrador Tributario donde indica los requisitos presentados para la
actividad de Cabalgata en Playa Tambor el día 29 de noviembre, estos son:
-Solicitud del Permiso
-Apoyo de la cruz Roja
-Permiso Sanitario del lugar donde se realiza el evento
-ACAM
-Que aún quedan pendientes requisitos, entre ellos el permiso de la fuerza pública o seguridad privada del
evento, permiso de senasa, póliza de accidentes
ACUERDO Nº10
SE ACUERDA: 1. “Otorgar permiso para el uso de la playa de Tambor del Mojón nº1 a la desembocadura
del Rio Pánica para que se realice actividad denominada Cabalgata, el día 29 de noviembre y por dos
horas
2. Este acuerdo de permiso queda sujeto a que la organizadora del Evento presente el PERMISO DE LA
FUERZA PUBLICA O SEGURIDAD PRIVADA, PERMISO DE SENASA Y POLIZA DE ACCIDENTES para
lo cual tienen tiempo hasta el día viernes 28 de noviembre a las 2.p.m. Si no lo hacen debe el
Administrador Tributario notificarles, antes del cierre de las oficinas, la clausura del evento.
3. Solicitarle al Administrador Tributario enviar a la sesión del próximo martes copia de los requisitos
faltantes si lo presentan o en su lugar copia de la notificación de clausura con la firma de recibido.
Votan a favor los Concejales Minor Jiménez, Ronny Rodríguez, Juan León y Enio Valenzuela. Se abstiene
la Concejal Reina Gloria Cruz Jiménez indica que no vota debido a que no cuentan con todos los
requisitos. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual es aprobado por
los Concejales Minor Jiménez, Ronny Rodríguez, Juan León y Enio Valenzuela. No lo aprueba la Concejal
Reina Gloria Cruz debido a que no voto el acuerdo. Quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO
*CONCEJAL JUAN RODRIGUEZ SOLICITA PERMISO PARA SALIR DE LA SALA POR UNOS MINUTOS.
SE LE CONCEDE
DPTO DE PROVEEDURIA
c. Yorleny Madrigal Villegas. ASUNTO. Recomendación de Adjudicación Licitación Abreviada Nº
2014LA-000011-01
PROVEEDURIA INSTITUCIONAL
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACION
LICITACION ABREVIADA Nº 2014LA-000011-01
“Compra de Tubos para Acueducto de San Isidro”
Cóbano, a las quince horas del día veinticinco de noviembre del 2014. Se procede a dar recomendación con respecto
a lo solicitado por el departamento de intendencia, para la Compra de Tubos para acueducto de San Isidro, cuya
apertura se realizó el día veinte de noviembre del año en curso, a las diez horas.
I-RESULTADO
Que dicho proceso de contratación fue amparado conforme a la solicitud:
Oficio Departamento Código de Monto
partida
CMDCS 475-2014 Intendencia 2.03.06 III ¢6.000.000,00
Que según el expediente administrativo elaborado para esta contratación se invito a concursar a los siguientes
oferentes.
Nº PROVEEDOR
1 Gerardo Rojas Fallas
2 Materiales Ferresparza S.A
3 Ferretería Cobano
4 Abonos Agro S.A
5 Ferretería Ferroca S.A
6 Ferretería Fercosta S.A
7 Tubos Cobre S.A
8 Noryis S.A
Luego de cerrado el periodo para la recepción de ofertas se presentaron las siguientes ofertas a concurso.
Nº PROVEEDOR
1 Gerardo Rojas Fallas
2 Noryis S.A
3 Ferretería Cobano S.A
Que el señor Gerardo Rojas Fallas (Ferretería RG 2.00), cumplió con la mayoría de los requisitos con la excepción de lo
siguiente:
No presenta autenticación de la oferta por medio de notario público con sus respectivos timbres.
No indico expresamente medio o lugar donde atender futuras notificaciones.
No se aporta certificación de FODESAF.
No presenta garantía de participación.
Que Ferretería Cobano S.A, representada por Rafael Badilla Sequeira, quien cumplió con la mayoría de los requisitos
con la excepción de lo siguiente:
No presenta autenticación de la oferta por medio de notario público con sus respectivos timbres.
No se aporta certificación de FODESAF.
No aporta certificación de cuotas y acciones que indique quienes son miembros propietarios que poseen las mismas.
No presenta garantía de participación.
Que la garantía de participación es un aspecto que no es subsanable, según los artículos 33 y 42 inciso i) de la ley de
contratación administrativa asi como en los artículos 37 y 83 del reglamento de la ley de contratación administrativa.
Que en el procedimiento de estudio de las ofertas presentadas a este concurso, la asesoría legal, corroboro que la
empresa denominada Noryis S.A, es la única que cumple a cabalidad con todos los requisitos legales que se
solicitaron en el cartel.(ver folio 075)
Que en el procedimiento de revisión de las ofertas presentadas a concurso, el ingeniero Municipal, procedió a
corroborar que las tres empresas cumple con los requisitos técnicos que se solicitaron en el cartel.(ver folio 073 )
II.CONSIDERANDO
Que las empresas Ferretería Cobano S.A y Gerardo Rojas Fallas (Ferretería RG2.00) quedan excluidas del presente
concurso ya que posee aspectos que no son subsanables y son contrarios al ordenamiento jurídico.
Luego de realizada la evaluación correspondiente, a la oferta admitida a este concurso (Noryis S.A ) se determinó que
cumple con todos los requisitos solicitados según el departamento legal y técnico de este Concejo.
III.POR LO TANTO
De conformidad con los hechos expuestos en la presente resolución y la normativa vigente en materia de
Contratación Administrativa, la Proveeduría institucional del Departamento Administrativo del Concejo Municipal de
Distrito Cóbano.
IV.RESUELVE
Recomienda adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2014LA-000011-01“Compra de Tubos para Acueducto de San Isidro”,
a la siguiente empresa:
Línea Nº Adjudicatario Cedula Depto. Monto
jurídica
1 Noryis S.A 3-101-176404 Intendencia ¢4.018.200,00
Total: ¢4.018.200,00
Razones de la recomendación de la adjudicación:
Las razones por las cuales se recomienda se adjudique a Noryis S.A, son:
Por ajustarse al presupuesto disponible.
Cumplir con los requisitos del Cartel.
Por ser la única oferta que se puede evaluar, ya que las otras dos quedaron excluidas porque incumplen aspectos
esenciales de las bases de la licitación.
CONSIDERANDO:
• Que se concluyó con los trámites anteriores al acto de adjudicación de la Licitación Abreviada
Nº2014LA-000011-01 “COMPRA DE TUBOS PARA ACUEDUCTO DE SAN ISIDRO”
• Que presentaron oferta las siguientes empresas:
Gerardo Rojas Fallas
Noryis S.A.
Ferretería Cóbano S.A.
• Que el señor Gerardo Rojas Fallas ( Ferreteria RG 2.00 ), cumplió con la mayoría de los requisitos
con la excepción de lo siguiente:
No presenta autenticación de la oferta por medio de notario público con sus respectivos timbres.
No indico expresamente medio o lugar donde atender futuras notificaciones.
No se aporta certificación de FODESAF.
No presenta garantía de participación.
• Que Ferretería Cóbano S.A, representada por Rafael Badilla Sequeira, quien cumplió con la
mayoría de los requisitos con la excepción de lo siguiente:
No presenta autenticación de la oferta por medio de notario público con sus respectivos timbres.
No se aporta certificación de FODESAF.
No aporta certificación de cuotas y acciones que indique quienes son miembros propietarios que
poseen las mismas.
No presenta garantía de participación.
• Que se cuenta con el informe legal elaborado por la Lic. Francil Herrera asesora legal de este
Concejo quien procedió a corroborar que la empresa Noryis S.A. es la única oferente que cumplió
a cabalidad con todos los requisitos legales que se solicitaron en el cartel
• Que se cuenta con el Informe técnico elaborado por el Ing. Municipal de este Concejo quien
corroboro que las tres empresas cumplen con los requisitos técnicos que se solicitaron en el cartel
• Que el departamento de Proveeduría recomienda se adjudique a la empresa Noryis S.A, por las
siguientes razones:
Por ajustarse al presupuesto disponible.
Cumplir con los requisitos del Cartel.
Por ser la única oferta que se puede evaluar, ya que las otras dos quedaron excluidas porque
incumplen aspectos esenciales de las bases de la licitación.
ACUERDO Nº7
SE ACUERDA: 1. Adjudicar la Licitación Nº2014LA-000011-01 “COMPRA DE TUBOS PARA
ACUEDUCTO SAN ISIDRO” por un monto de cuatro millones ciento dieciocho mil doscientos colones con
00/100 (¢4.018.200,00).
Votan en forma positiva los Concejales Minor Jiménez, Ronny Rodríguez y Enio Valenzuela. NO votan los
Concejales Juan León Rodríguez quien en el momento de la votación se encontraba fuera del recinto
de sesiones con permiso de la presidencia y la Concejal Reina Gloria Cruz quien indica que le cabe la
duda y por la ley de la corrupción pública
*REGRESA A LA SALA DE SESIONES EL CONCEJAL LEON RODRIGUEZ
Dpto. de zona marítimo terrestre
d. Lic. Marianela Molina Araya. Gestora Legal. Depto. Zona Marítimo Terrestre. OFICIO L-ZMT-
144-2014. Asunto: Respuesta a pase hecho por el concejo por el concejo por medio del oficio
CMDCS – 497- 2014, recomendación para rechazar solicitud de silencio positivo solicitado para
Brisas del Mar Cabuya INC.
Estimados señores por el presente, hago extensivo mi criterio en cuanto la aplicación al silencio positivo alejado por
el señor Jorge Esteban Vargas Garita, en representación de Brisas del Mar Cabuya INC, solicitando la aplicación de la
figura jurídica de Silencio Positivo, al recto hago ver lo siguiente:
“… No opera silencio positivo en materia de utilización de recursos naturales: El instituto del silencio positivo se aplica
en materia de permisos y autorizaciones frente a la administración pública, se fija con las reglas contenidas en los
artículos 330 y 331 de la Ley General de la Administración Pública Artículo 330. 1. El silencio de la Administración se
entenderá positivo cuando así se establezca expresamente o cuando se trate de autorizaciones o aprobaciones que
deban acordarse en el ejercicio de funciones de fiscalización y tutela. 2. También se entenderá positivo el silencio
cuando se trate de solicitudes de permisos, licencias y autorizaciones. Artículo 331.1. El plazo para que surja el
silencio positivo será de un mes, a partir de que el órgano reciba la solicitud de aprobación, autorización o licencia
con los requisitos legales. 2. Acaecido el silencio positivo no podrá la Administración dictar un acto denegatorio de
la instancia, ni extinguir el acto sino en aquellos casos y en la forma previstos en esta ley. Sin embargo, estas
reglas no son aplicables en materia de permisos de aprovechamiento de recursos naturales, (forestales, mineros,
marinos, aguas de la Nación, fuerzas que deriven de los recursos hídricos, etc) según la jurisprudencia jurisdiccional
6836-93 de las ocho horas cincuenta y cuatro minutos del veinticuatro de noviembre de mil novecientos noventa y
tres y número 1730-94 de las quince horas seis minutos del trece de abril de mil novecientos noventa y cuatro,
precisamente en virtud del valor superior (interés público) de la tutela del ambiente, y precisamente por la
conceptualización del derecho ambiental como una derecho fundamental: de modo que no puede entenderse que el
silencio positivo opere simplemente por el transcurso del plazo dentro del cual la administración debió pronunciarse
sobre el permiso de explotación forestal, sin que lo hiciera pues ello implicaría poner en inminente peligro el
patrimonio forestal del país al permitirse por esa vía, su explotación irracional e indiscriminada (sentencia número
6836-93 supra citada). Recientemente, este principio fue recogido en el párrafo primero del artículo de la ley forestal
número 7575, Que en lo interesa dispone textualmente: En materia de recursos naturales no operará el silencio
positivo, contemplado en los artículos 330 y 331 de la Ley General de la Administración Pública. ”
Conclusión:
Esta asesoría legal considera oportuno que el Concejo Municipal de Cóbano de Puntarenas, rechace de plano, la
solicitud de aplicación de silencio positivo en el tema que nos ocupa, esto por tratarse de ser una materia en la que es
inaplicable el silencio positivo.
ENIO. Yo nunca me he opuesto a este proyecto porque eso es traer plata, solo había duda. Revise en
internet y los países árabes utilizan mucho el agua del mar y tienen mucha tecnología, lo que no sé es si el
mar se ha visto afectado
MINOR. En Guanacaste hay hoteles que están utilizando estas plantas desalinizadora, la utilizan sobre
todo para riego
NOEMY. Estamos mucho mejor que muchos países ambientalmente hablando, no somos iguales que
muchos y no hay que imitarlos. Yo sigo feliz en mi país.
GLORIA: Necesito que entiendan que no es silencio positivo, es simplemente silencio, sino se otorga ese
permiso, no va a proseguir, almorzando en un restaurante me encontré con un arquitecto y me dijo que
este silencio no puede prosperar, que no aplica si hay dudas, por la evidente contaminación, no ahora
solamente con la desalinización sino con el proceso de abrir las puertas para que se dé el eventual
proyecto de las 750 habitaciones que se va a dar por etapas y todas llevan servicios sanitarios, aunque
se hagan plantas de tratamiento, como me van a decir que no van contaminar si hay ríos en el subsuelo.
Como lo están viniendo a exponer los señores de Cabuya, no cerremos los ojos, estos señores tienen
zanjas que cruzan las calles, es un riesgo, si es una zona sumamente suamposa, viene de arriba con pendientes al mar, por otra parte, no hay permisos de geólogos, del tribunal ambiental, del Ministerio de Salud, yo quiero esos permisos, que se pronuncien, comisión nacional de Emergencias, el MINAET que da permisos y hay que ver quién es el que otorga el permiso, lo quiero aquí, para irme más arriba y ver qué es lo que pasa. La Reserva Cabo Blanco tiene un área protegida en el mar, no la vamos a brincar nosotros, debemos primero investigar. Hay un tanque de almacenamiento de agua que hicieron en la parte alta de Cabuya y Teresa Cerdas me dijo que desconocen el motivo por el cual se hizo. Quiero una inspección ahí ¿porque se hizo y para qué? y además son zonas marítimas protegidas y precisamente mañana los niños que ganaron el concurso van para la reserva, sería importante que traigan una respuesta, porque es precisamente la diversidad marina lo que se está trabajando, que está en peligro de extinción y cómo es posible que nosotros los del Concejo, que nos pusieron acá para defender al pueblo, alcemos la mano para un proyecto de esos, yo quiero saber quiénes son los que levantan la mano para un proyecto de estos, porque esos son los que le están robando al distrito lo que le pertenece. La reserva Cabo Blanco está cerca. No hay un plan regular y es una calle pública. Felicito a esta abogada y está demostrando que tiene conocimiento y si esto no aplica, el otro no debemos mandarlo allá. RONNY. Se hizo para almacenar agua para el pueblo. MINOR. Nosotros no estamos dando ningún permiso para una planta desalinizadora nosotros solo somos un requisito más que ellos necesitan para que les den el permiso para la planta. No estamos aprobando el proyecto. Somos solo un requisito que ellos requieren CONSIDERANDO: -Que se ha conocido oficio L-ZMT-144-2014. Asunto: Recomendación para rechazar solicitud de silencio positivo solicitado para Brisas del Mar Cabuya INC. -Que el oficio textualmente indica: “… No opera silencio positivo en materia de utilización de recursos naturales: El instituto del silencio positivo se aplica en materia de permisos y autorizaciones frente a la administración pública, se fija con las reglas contenidas en los artículos 330 y 331 de la Ley General de la Administración Pública Artículo 330. 1. El silencio de la Administración se entenderá positivo cuando así se establezca expresamente o cuando se trate de autorizaciones o aprobaciones que deban acordarse en el ejercicio de funciones de fiscalización y tutela. 2. También se entenderá positivo el silencio cuando se trate de solicitudes de permisos, licencias y autorizaciones. Artículo 331.1. El plazo para que surja el silencio positivo será de un mes, a partir de que el órgano reciba la solicitud de aprobación, autorización o licencia con los requisitos legales. 2. Acaecido el silencio positivo no podrá la Administración dictar un acto denegatorio de la instancia, ni extinguir el acto sino en aquellos casos y en la forma previstos en esta ley. Sin embargo, estas reglas no son aplicables en materia de permisos de aprovechamiento de recursos naturales, (forestales, mineros, marinos, aguas de la Nación, fuerzas que deriven de los recursos hídricos, etc) según la jurisprudencia jurisdiccional 6836-93 de las ocho horas cincuenta y cuatro minutos del veinticuatro de noviembre de mil novecientos noventa y tres y número 1730-94 de las quince horas seis minutos del trece de abril de mil novecientos noventa y cuatro, precisamente en virtud del valor superior (interés público) de la tutela del ambiente, y precisamente por la conceptualización del derecho ambiental como una derecho fundamental: de modo que no puede entenderse que el silencio positivo opere simplemente por el transcurso del plazo dentro del cual la administración debió pronunciarse sobre el permiso de explotación forestal, sin que lo hiciera pues ello implicaría poner en inminente peligro el patrimonio forestal del país al permitirse por esa vía, su explotación irracional e indiscriminada (sentencia número 6836-93 supra citada). Recientemente, este principio fue recogido en el párrafo primero del artículo de la ley forestal número 7575, Que en lo interesa dispone textualmente: En materia de recursos naturales no operará el silencio positivo, contemplado en los artículos 330 y 331 de la Ley General de la Administración Pública. ” Conclusión: Esta asesoría legal considera oportuno que el Concejo Municipal de Cóbano de Puntarenas, rechace de plano, la solicitud de aplicación de silencio positivo en el tema que nos ocupa, esto por tratarse de ser una materia en la que es inaplicable el silencio positivo. ACUERDO Nº8 SE ACUERDA: “Aprobar recomendación de la Lic. Marianela Molina y Rechazar la solicitud de aplicación de silencio positivo solicitado por Administradora Brisas del Mar Cabuya INC S.A.”. ACUERDO UANANIME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
e. Srta. Mariela Céspedes Mora. Encargada a.i. Depto. de ZMT. OFICIO ZMT 229-2014. ASUNTO:
Solicitud de permiso de reconstrucción el centro de acopio en Cabuya.
Por medio de la presente me permito saludarles y al mismo tiempo informarles que en atención a la solicitud
presentada por la Asociación de Trabajadores y Trabajadoras de la Pesca y Actividades Afines de Cabuya, en la cual
requieren un permiso de reconstrucción de la construcción existente, me permito indicar lo siguiente:
Que la Ley de Zona Marítimo Terrestre dispone en su artículo 18.- “En casos excepcionales, como la construcción de
plantas industriales, instalaciones de pesca deportiva o instalaciones artesanales, de obras portuarias, programas de
maricultura, u otros establecimientos o instalaciones similares, para cuyo funcionamiento sea indispensable su
ubicación en las cercanías del mar, se podrá autorizar el uso de las áreas de la zona marítimo terrestre que fueren
necesarias para facilitar su edificación y operación, siempre que se cuente con la aprobación expresa de la
municipalidad respectiva, del Instituto Costarricense de Turismo, del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y
demás instituciones del Estado encargadas de autorizar su funcionamiento, así como del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes.
En el caso de construcciones, instalaciones y operación de astilleros y dique o flotantes, se podrá autorizar el uso de
las áreas de la zona marítimo terrestre que fueren necesarias para su funcionamiento, previa aprobación expresa de
la municipalidad respectiva. Sin embargo, cuando su vigencia exceda de quince años o sus prórrogas sumadas al plazo
original sobrepasen ese plazo, se requerirán autorización legislativa.”
En virtud del artículo anteriormente citado sería posible que este Concejo Municipal trámite la solicitud realiza por
dicha asociación, siempre y cuando se presente un perfil del proyecto en el cual se indiquen las mejoras a realizar, ya
que este además de ser revisado y aprobado por el Concejo debe de ser avalado por otras instituciones; por lo que
solicito a este Concejo Municipal solicitar un perfil del proyecto a desarrollar por la Asociación de Trabajadores y
Trabajadoras de la Pesca y Actividades Afines de Cabuya, para la reconstrucción del centro de acopio en Cabuya, esto
con el fin de proceder a su revisión y tramitación ante las instituciones competentes.
En conocimiento de lo anterior SE DA PASE A EL CONCEJO MUNICIPAL, para lo que corresponde.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido oficio ZMT 229-2014 de la señorita Mariela Céspedes, encargada a.i. del Dpto. de
Zona Marítimo Terrestre donde indica que la Ley de Zona Marítimo Terrestre dispone en su artículo 18.-
“En casos excepcionales, como la construcción de plantas industriales, instalaciones de pesca deportiva o
instalaciones artesanales, de obras portuarias, programas de maricultura, u otros establecimientos o
instalaciones similares, para cuyo funcionamiento sea indispensable su ubicación en las cercanías del mar,
se podrá autorizar el uso de las áreas de la zona marítimo terrestre que fueren necesarias para facilitar su
edificación y operación, siempre que se cuente con la aprobación expresa de la municipalidad respectiva,
del Instituto Costarricense de Turismo, del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y demás
instituciones del Estado encargadas de autorizar su funcionamiento, así como del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes.
En el caso de construcciones, instalaciones y operación de astilleros y dique o flotantes, se podrá autorizar
el uso de las áreas de la zona marítimo terrestre que fueren necesarias para su funcionamiento, previa
aprobación expresa de la municipalidad respectiva. Sin embargo, cuando su vigencia exceda de quince
años o sus prórrogas sumadas al plazo original sobrepasen ese plazo, se requerirán autorización
legislativa.”
- Que recomienda se solicite a la Asociación de Trabajadores y Trabajadoras de la Pesca y Actividades
Afines de Cabuya, un perfil del proyecto de la reconstrucción del centro de acopio en Cabuya que
incluya un dibujo o diseño del mismo
ACUERDO Nº11
SE ACUERDA: “Acoger recomendación del Departamento de ZMT y solicitarle a la Asociación de
Trabajadores y Trabajadoras de la Pesca y Actividades Afines de Cabuya, un perfil del proyecto de
reconstrucción del centro de acopio de Cabuya donde se indiquen todas las mejora a realizar ya que este
debe ser analizado y aprobado por este Concejo y otras instituciones”. ACUERDO UNANIME
f. Srta. Mariela Céspedes Mora. Encargada a.i. Depto. de ZMT. OFICIO ZMT 228-2014.
ASUNTO: Permiso de Uso Precario Solicitado por la Asociación de Pescadores Artesanales de
Tambor.
Por medio de la presente me permito saludarles y al mismo tiempo informarles que en atención a la solicitud
presentada por la Asociación de Pescadores Artesanales de Tambor, en la cual requieren:
El apoyo por medio de un acuerdo, como gobierno local al proyecto de la Asociación de Pescadores Artesanales de
Tambor.
La posibilidad de obtener un permiso de uso precario para la Asociación de Pescadores Artesanales de Tambor para
instalar el proyecto de comercialización en un área cercana del muelle de Tambor.
Me permito manifestarles que antes de emitir un criterio por parte del departamento de Zona Marítimo Terrestre, es
necesario que este Concejo Municipal acuerde una inspección con la Asociación de Pescadores Artesanales de
Tambor, para ubicar el sitio que estos proponen para el desarrollo del proyecto y que sería el primer paso para
estudiar la posibilidad del otorgamiento de un permiso de uso en precario, del cual a la fecha este Concejo Municipal
de Distrito de Cobano, no cuenta con la reglamentación correspondiente para su aprobación, pero que en virtud de la
necesidad de estas persones se debe de iniciar con su valoración.
En conocimiento de lo anterior SE DA PASE A EL CONCEJO MUNICIPAL, para lo que corresponde.
NOEMY. Si deberíamos ir. Yo me siento feliz de que se pueda hacer algo por ellos, es ir a darles un
apoyo. La solicitud de ellos es para un lugar nuevo
JUAN. Para mí no procede ir a la inspección ellos no están ocasionando ningún impacto ambiental han
estado ahí por años
MINOR. Tiene razón Juan esto no va a ocasionar impacto ambiental, pero para nosotros es importante
conocer por lo menos donde se desean ubicar y este proyecto
GLORIA: En toda esa parte se han hecho casitas y ¿A dónde va la materia fecal? Y ahí hay una
pescadería
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido criterio del Departamento de zona marítimo terrestre con respecto a solicitud realizada
por la Asociación de Pescadores Artesanales de Tambor sobre la posibilidad de obtener un permiso
precario para instalar el proyecto de comercialización en un área cercana del muelle de tambor
-Que recomienda que antes de emitir un criterio por parte del Departamento de zona marítimo terrestre el
Concejo realice una inspección al sitio junto con la Asociación de Pescadores para ubicar el sitio que ellos
proponen para el proyecto.
ACUERDO Nº12
SE ACUERDA: Realizar inspección al sitio la cual se coordinará con la encargada del Departamento de
Zona Marítimo Terrestre y La Asociación de Pescadores Artesanales de Tambor”. ACUERDO UNANIME
g. Srta. Mariela Céspedes Mora. Encargada a.i. Depto. de ZMT. OFICIO ZMT 226-2014. ASUNTO
.Asunto: Solicitud de Aprobación de Uso Condicional Realizada por la Sociedad Stewart´s House
Sociedad Anónima.
Por medio de la presente procedo a emitir criterio en relación a la solicitud realizada por el Markantonny D`Annuzio,
en representación de la sociedad denominada Stewart´s House S.A., en la cual formalmente solicita la aprobación de
los usos condicionales de “cabinas, sodas, restaurantes, ventas de artesanía y souvenirs”, establecidos para la Zona
Residencial Recreativa del plan regulador para el sector costero de Playa Carmen, por lo que atención a la misma
procedo a informarles lo siguiente:
Primero: Que la sociedad denominada Stewart´s House Sociedad Anónima, con cedula jurídica 3-101-261764 cuenta
con una solicitud de concesión por un terreno localizado en el sector costero de Playa Carmen, por área de 3210.43
m2 esto según plano catastrado P-986447-2005, ubicándose en su totalidad dentro de la Zona Residencial Recreativa,
cuyos usos permitidos corresponden a: vivienda unifamiliar, áreas de deportes y áreas verdes.
Es importante recordar que la concesión fue aprobada cumpliendo con los siguientes requisitos y dentro de estos se
encuentran:
Superficie mínima: 200 m2
Superficie máxima: 4000 m2
Frente mínimo:15 metros
Frente máximo: 30 metros
Segundo: Que el Plan Regulador indicado anteriormente señalado, establece como usos condicionales para la Zona
Residencial Recreativa: cabinas, sodas, restaurantes, ventas de artesanía y souvenirs.
Tercero: Que mediante oficio ZMT-114-2014 dirigido al Instituto Costarricense de Turismo, se realizó una serie de
consultas dentro de las cuales se citó la siguiente:
¿Cuándo se realiza la solicitud de aprobación de un uso condicional en la zona residencial recreativa, los cuales
corresponden a: cabinas, sodas, restaurante, ventas de artesanías y souvenirs, cuales alineamientos aplican en
cuanto a retiros, alturas y densidad de construcción?
Por lo que en atención a la misma, el Costarricense de Turismo nos indicó mediante Oficio MPD-P-141-2014:
“Cuando se realiza una aprobación de uso condicional en cualquier uso, los retiros, alturas y densidad de
construcción se debe de aplicar las que se establecen en los usos a modificar. Ejemplos si el uso original es Residencial
Recreativa y el nuevo uso es de cabinas se debe de utilizar el de Zona Turística o de Alojamiento, si es soda,
restaurante o ventas de artesanía, etc., se debe de aplicar el de Zona Comercial.”
cuarto: Que debido a que en el oficio ZMT-114-2014 no se hizo mención a el área de las parcelas, mediante ZMT-
151-2014 se solicitó una aplicación de dicho oficio, esto con el propósito de que se me aclarare si además de los
retiros, altura y densidad se debe de tomar en cuenta el área mínima y máxima que se establecen en los usos a
modificar, que sea aprobado el uso condicional solicitado, los cuales en atención a la misma mediante Oficio MPD-P-
176-2014, informaron:
“Cuando se realiza una aprobación de uso condicional en cualquier uno, los retiros, alturas y densidad de construcción
se debe de aplicar las que se establecen en los usos a modificar. Ejemplo si el uso original es Residencial Recreativa y
el nuevo uso es de cabinas se debe de utilizar el de Zona Turística o de Alojamiento, si es soda, restaurante o ventas
de artesanía, etc., se debe de aplicar el de Zona Comercial.
Cuando se desea utilizar un uso condicional se deberá de cumplir con todos los requisitos establecidos en el uso a
aplicar (Zona Comercial), ya sea, áreas, alturas, densidad, retiros, etc.”
Quinto: Referente al tema, mediante oficio ZMT-194-2014 se consultó al Instituto Costarricense de Turismo si es
posible que se soliciten y aprueben todos los usos condicionales establecidos en el plan regulador, el cual indico
mediante oficio MPD-230-2014 lo siguiente:
“Todos los usos condicionales no se pueden aplicar a una sola concesión, solo es posible si el área mínima a
concesionar sea mayor a 5500 m2 y cumpliendo con los retiros correspondientes, como el siguiente ejemplo:
Hotelero o Turístico Comercial Residencial
Mínimo 5000 m2 Mínimo 300 m2 Mínimo 200 m2
Máximo 1000 m 2
Máximo 4000 m2
Sexto: Que debido a que se solicita el uso condicional de cabinas se debe de adecuar a la reglamentación dispuesta
para la Zona de Alojamiento Turístico, para la cual se disponen los siguientes alineamientos:
Superficie mínima: 4000 m2
Superficie máxima: 30.000 m2
Retiro frontal: 5 metros.
Retiro posterior: 5 metros
Retiro lateral: 3 metros
Cobertura máxima: 50 %
Altura máxima: 7 metros
Áreas de zona verde mínima: 40%
Vías internas mínimo: 10 %
Por otra parte los usos condicionales de sodas, restaurantes, ventas de artesanía y souvenirs, deberán de cumplir
con los requisitos dispuestos para la zona comercial, sin embargo aun que el plan regulador para el sector costero de
Playa Carmen dispone dentro de lámina un área para esta y en su reglamento a pesar de indicarse dentro de las
zonas a planificar no se encuentra descrita la misma; por lo que no podría precisar los requisitos aplicables a los usos
condicionales antes citados.
En virtud de lo expuesto anteriormente, los usos condicionales solicitados se deberán de ajustar a los requisitos
previstos a la zonificación aplicar, por tal motivo es importante informar que el terreno solicitado en concesión según
Plano catastrado P-986447-2005, cuenta con un área de 3210.43 m2, por lo que según lo establecido en el plan
regulador para la Zona de Alojamiento Turístico el área mínima correspondería a 4000 m2, incumpliendo esta con
uno de los requisitos necesarios para que se pueda llevar a cabo la aprobación del uso condicional de cabinas,
mientras que para los usos de sodas, restaurantes, ventas de artesanía y souvenirs solicitados, no existe en el plan
regulador la reglamentación para la Zona Comercial la cual es indispensable para la aprobación de los mismos.
Por tanto procedo hacer de conocimiento al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, que según la normativa
aplicable no sería posible llevar a cabo la aprobación del uso condicional de cabinas requerido, debido a que el área
del terreno no cumple con el área mínima aplicable de la Zona de Alojamiento Turístico y para los demás usos se
debe proceder a la tramitación para la incorporación de la reglamentación correspondiente a la Zona Comercial, esto
con el fin de conocer los requisitos aplicables a los demás usos condicionales solicitados.
Se adjunta Oficio MPD-P-141-2014, Oficio MPD-P-176-2014 y Oficio MPD-230-2014, del ICT así como el reglamento
del plan regulador playa Carmen.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido oficio ZMT 226-2014 de la encargada de Zona Marítimo Terrestre donde emite criterio
sobre la solicitud de uso de suelo condicional realizada por Stewart’s House Sociedad Anónima
-Que en su criterio textualmente indica:
Por medio de la presente procedo a emitir criterio en relación a la solicitud realizada por el Markantonny
D`Annuzio, en representación de la sociedad denominada Stewart´s House S.A., en la cual formalmente
solicita la aprobación de los usos condicionales de “cabinas, sodas, restaurantes, ventas de artesanía y
souvenirs”, establecidos para la Zona Residencial Recreativa del plan regulador para el sector costero de
Playa Carmen, por lo que atención a la misma procedo a informarles lo siguiente:
Primero: Que la sociedad denominada Stewart´s House Sociedad Anónima, con cedula jurídica 3-101-
261764 cuenta con una solicitud de concesión por un terreno localizado en el sector costero de Playa
Carmen, por área de 3210.43 m2 esto según plano catastrado P-986447-2005, ubicándose en su totalidad
dentro de la Zona Residencial Recreativa, cuyos usos permitidos corresponden a: vivienda unifamiliar,
áreas de deportes y áreas verdes.
Es importante recordar que la concesión fue aprobada cumpliendo con los siguientes requisitos y dentro de
estos se encuentran:
Superficie mínima: 200 m2
Superficie máxima: 4000 m2
Frente mínimo:15 metros
Frente máximo: 30 metros
Segundo: Que el Plan Regulador indicado anteriormente señalado, establece como usos condicionales
para la Zona Residencial Recreativa: cabinas, sodas, restaurantes, ventas de artesanía y souvenirs.
Tercero: Que mediante oficio ZMT-114-2014 dirigido al Instituto Costarricense de Turismo, se realizó una
serie de consultas dentro de las cuales se citó la siguiente:
¿Cuándo se realiza la solicitud de aprobación de un uso condicional en la zona residencial recreativa, los
cuales corresponden a: cabinas, sodas, restaurante, ventas de artesanías y souvenirs, cuales
alineamientos aplican en cuanto a retiros, alturas y densidad de construcción?
Por lo que en atención a la misma, el Costarricense de Turismo nos indicó mediante Oficio MPD-P-141-
2014:
“Cuando se realiza una aprobación de uso condicional en cualquier uso, los retiros, alturas y densidad de
construcción se debe de aplicar las que se establecen en los usos a modificar. Ejemplos si el uso original
es Residencial Recreativa y el nuevo uso es de cabinas se debe de utilizar el de Zona Turística o de
Alojamiento, si es soda, restaurante o ventas de artesanía, etc., se debe de aplicar el de Zona Comercial.”
cuarto: Que debido a que en el oficio ZMT-114-2014 no se hizo mención a el área de las parcelas,
mediante ZMT-151-2014 se solicitó una aplicación de dicho oficio, esto con el propósito de que se me
aclarare si además de los retiros, altura y densidad se debe de tomar en cuenta el área mínima y máxima
que se establecen en los usos a modificar, que sea aprobado el uso condicional solicitado, los cuales en
atención a la misma mediante Oficio MPD-P-176-2014, informaron:
“Cuando se realiza una aprobación de uso condicional en cualquier uno, los retiros, alturas y densidad de
construcción se debe de aplicar las que se establecen en los usos a modificar. Ejemplo si el uso original es
Residencial Recreativa y el nuevo uso es de cabinas se debe de utilizar el de Zona Turística o de
Alojamiento, si es soda, restaurante o ventas de artesanía, etc., se debe de aplicar el de Zona Comercial.
Cuando se desea utilizar un uso condicional se deberá de cumplir con todos los requisitos
establecidos en el uso a aplicar (Zona Comercial), ya sea, áreas, alturas, densidad, retiros, etc.”
Quinto: Referente al tema, mediante oficio ZMT-194-2014 se consulto al Instituto Costarricense de Turismo
si es posible que se soliciten y aprueben todos los usos condicionales establecidos en el plan regulador, el
cual indico mediante oficio MPD-230-2014 lo siguiente:
“Todos los usos condicionales no se pueden aplicar a una sola concesión, solo es posible si el área mínima
a concesionar sea mayor a 5500 m2 y cumpliendo con los retiros correspondientes, como el siguiente
ejemplo:
Hotelero o Turístico Comercial Residencial
Mínimo 5000 m2 Mínimo 300 m2 Mínimo 200 m2
Máximo 1000 m2 Máximo 4000 m2
Sexto: Que debido a que se solicita el uso condicional de cabinas se debe de adecuar a la
reglamentación dispuesta para la Zona de Alojamiento Turístico, para la cual se disponen los siguientes
alineamientos:
Superficie mínima: 4000 m2
Superficie máxima: 30.000 m2
Retiro frontal: 5 metros.
Retiro posterior: 5 metros
Retiro lateral: 3 metros
Cobertura máxima: 50 %
Altura máxima: 7 metros
Áreas de zona verde mínima: 40%
Vías internas mínimo: 10 %
Por otra parte los usos condicionales de sodas, restaurantes, ventas de artesanía y souvenirs, deberán de
cumplir con los requisitos dispuestos para la zona comercial, sin embargo aun que el plan regulador para el
sector costero de Playa Carmen dispone dentro de lámina un área para esta y en su reglamento a pesar de
indicarse dentro de las zonas a planificar no se encuentra descrita la misma; por lo que no podría precisar
los requisitos aplicables a los usos condicionales antes citados.
En virtud de lo expuesto anteriormente, los usos condicionales solicitados se deberán de ajustar a los
requisitos previstos a la zonificación aplicar, por tal motivo es importante informar que el terreno solicitado
en concesión según Plano catastrado P-986447-2005, cuenta con un área de 3210.43 m2, por lo que
según lo establecido en el plan regulador para la Zona de Alojamiento Turístico el área mínima
correspondería a 4000 m2, incumpliendo esta con uno de los requisitos necesarios para que se pueda
llevar a cabo la aprobación del uso condicional de cabinas, mientras que para los usos de sodas,
restaurantes, ventas de artesanía y souvenirs solicitados, no existe en el plan regulador la reglamentación
para la Zona Comercial la cual es indispensable para la aprobación de los mismos.
Por tanto procedo hacer de conocimiento al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, que según la
normativa aplicable no sería posible llevar a cabo la aprobación del uso condicional de cabinas requerido,
debido a que el área del terreno no cumple con el área mínima aplicable de la Zona de Alojamiento
Turístico y para los demás usos se debe proceder a la tramitación para la incorporación de la
reglamentación correspondiente a la Zona Comercial, esto con el fin de conocer los requisitos aplicables a
los demás usos condicionales solicitados.
Se adjunta Oficio MPD-P-141-2014, Oficio MPD-P-176-2014 y Oficio MPD-230-2014, del ICT así como el
reglamento del plan regulador playa Carmen.
ACUERDO Nº15
SE ACUERDA: “Acoger el criterio emitido por la coordinadora de la zona marítimo terrestre e informarle al
representante de Stewart’s House Sociedad Anónima, señor Markantonny D`Annuzio que según normativa
aplicable no es posible llevar a cabo la aprobación del uso condicional de cabinas requerido , debido a
que el área del terreno no cumple con el área mínima aplicable de la zona de alojamiento turístico. El
criterio se adjunta en los considerandos”. ACUERDO UNANIME
VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA
a. Omar Fernández. Intendente. OFICIO Nº I-485-2014. Cambio en acuerdo de decisión inicial Nº I-
444-14
Que existe la decisión inicial Nº I-444-14 para la compra de materiales Asfalticos para ejecutar el Proyecto
Denominado TSB3, en la comunidad de San Isidro, la cual fue llevada a este honorable Concejo y este a su vez lo
aprobó, pero el mismo necesita se le realice una pequeña modificación, la cual quedaría de la siguiente manera.
Anterior:
665 m3 de Piedra Cuarta
332.5 m3 de Piedra Quinta.
166.25 m3 de Polvo de Piedra para el sello.
Actual:
700 m3 de Piedra Cuarta.
350 m3 de Piedra Quinta.
180 m3 de Polvo de Piedra para el Sello.
Para Un costo total de ¢ 25.000.000,00.
Unidad solicitante: Intendencia
Oficio I-444-14
Fecha: 03-11-14
Decisión inicial
1. Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la necesidad a satisfacer
(finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo 8, inciso a, del Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa).
Se requiere realizar la compra de Materiales Asfalticos como lo son los agregados, para Ejecutar el Proyecto
Denominado TSB3 el cual comprende un tramo que va de La Bomba, cuesta de Mal País Asfaltada hasta
completar los 5Km en San Isidro, incluido en el presupuesto Extraordinario 2014 y aprobado por este honorable
Concejo. Cabe mencionar que este es un Proyecto que se ha venido gestionando durante mucho tiempo, para el
cual se ha contado con todo el Apoyo del MOPT, mismo que es de suma importancia para esta comunidad, ya
que con esto se pretende mitigar la gran problemática causada por la contaminación del Polvo, lo que ha
ocasionado que en reiteradas ocasiones los vecinos de estos caseríos se acerquen a nuestras oficinas,
suplicando que se les de una pronta solución a este problema. No omito manifestar que esta comunidad de San
Isidro ha crecido considerablemente en población, por lo tanto hay más niños, adultos mayores, los cuales
muchas veces sufren de problemas respiratorios a causa del polvo.
Es por lo anterior expuesto que se hace necesario intervenirlo lo antes posible, para así poder satisfacer la
necesidad de esta población de contar con un adecuado y seguro tránsito y además el acceso a los servicios
básicos de salud, alimentación y educación.
2-Defina el objeto de la contratación aportando las especificaciones técnicas, las cuales deben ser claras, suficientes,
concretas y objetivas. (Según artículo 8, inciso b, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
Para realizar este trabajo se requiere de los siguientes Materiales:
700 m3 de Piedra cuarta
350 m3 de Piedra quinta.
180 m3 de Polvo de Piedra para el sello.
3-Indique el procedimiento de control de calidad que se aplicarán durante la ejecución de la contratación y para la
recepción de la obra, bien o servicio. (Según artículo 8, inciso c, del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa).
Estos materiales deberán de ser transportados al lugar donde se llevara a cabo dicho Proyecto, en la comunidad
de San Isidro Ruta 160, en un tramo que va de la Bomba, cuesta de Mal País Asfaltada hasta completar los 5km
en San Isidro. Esta se atenderá por medio de la unidad ejecutora La Intendencia en coordinación con el
Ingeniero, quienes deberán de ponerse de acuerdo para proceder con la entrega de estos materiales. Que los
recursos asignados para este fin sean aprovechados de la mejor manera posible.
4. Indique la estimación actualizada del costo del objeto, así como el detalle de la disponibilidad presupuestaria con
la que cuenta la unidad solicitante para enfrentar la ejecución de la contratación. (Según artículo 8, inciso d, del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Nota: revisar artículo 12 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Monto aproximado de costo: ¢ 25.000.000,00.
Partida presupuestaria: 2.03.02 III Proyecto TSB3 San Isidro ¢ 25.000.000,00.
Aprobación Tesorería Municipal:
5-La Municipalidad posee el recurso humano y material para verificar la correcta ejecución del objeto del contrato.
(Según artículo 8, inciso f, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Si: __x_ No: ________
6-Indique el funcionario responsable de darle seguimiento al contrato: (Según artículo 8, inciso g, del Reglamento
a la Ley de Contratación Administrativa).
El Departamento de Intendencia en Conjunto con el Departamento de Proveeduría.
Información para elaborar el cartel
En cumplimiento de lo señalado en el artículo 10, inciso e, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa se
requiere la siguiente información para la elaboración del cartel.
Plazo de entrega: Entrega Inmediata.
Recomendación de proveedores a invitar:
El motivo por el cual se recomienda es que son proveedores que están registrados para tal fin en esta institución y se
conoce de los productos que ofrecen.
Nota: de indicar algún proveedor se debe justificar el motivo por el cual se requiere invitarlo.
Factores de calificación:
Elemento a calificar Ponderación
precio 100%
Importante
La información incluida en este formulario es de presentación obligatoria, por requerimientos legales de la Ley y
Reglamento de Contratación Administrativa por lo que la omisión de información representa un impedimento para
continuar con el trámite de la solicitud de compra.
Aprobación por parte de Intendencia:____________________________
Firma de encargado de la unidad solicitante: ____________________________
Fecha: ____________
GLORIA: En San Isidro se formó un comité de caminos ellos quieren juramentarse
SECRETARIA. Deben mandar la solicitud con la copia del acta de la asamblea con la firma de todas las personas que
llegaron y copia de cedula de las personas que forman el comité.
CONSIDERANDO:
• Que según decisión inicial de la Intendencia se requiere la compra de Materiales Asfalticos como
lo son los agregados, para Ejecutar el Proyecto Denominado TSB3 el cual comprende un tramo
que va de La Bomba, cuesta de Mal País Asfaltada hasta completar los 5Km en San Isidro.
• Que existe el acuerdo Nº1 tomado en sesión ordinaria 42-14, articulo IV, inciso a del día 4 de
noviembre del 2014, que dice:
ACUERDO N°1
SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la compra de: 665
m3 de Piedra cuarta, 332.5 m3 de Piedra quinta y 166.25 m3 de Polvo de Piedra para el sello, para
Ejecutar el Proyecto Denominado TSB3 el cual comprende un tramo que va de La Bomba, cuesta de
Mal País Asfaltada hasta completar los 5Km en San Isidro
El monto aproximado para esta compra es de Treinta millones ciento nueve mil colones ciento
veinticinco con 00/100 (¢ 30.109.125,00.) de la Partida presupuestaria: 2.03.02 III Proyecto TSB3 San
Isidro ¢ 30.109.125,00. de lo cual se cuenta con la aprobación de la tesorería municipal. Votan a favor
los Concejales presentes Enio Valenzuela, Gloria Cruz, Minor Jiménez y Juan León ACUERDO
UNANIME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba
en todas sus formas, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
• Que según Oficio I-485-2014 esta decisión inicial que ya fue aprobada, requiere una modificación.
• Que actualmente requiere de la compra del siguiente material:
700 m3 de Piedra Cuarta.
350 m3 de Piedra Quinta.
180 m3 de Polvo de Piedra para el Sello
• Que el monto aproximado de costo es de veinticinco millones de colones con 00/100
(¢25.000.000,00.) de la Partida presupuestaria: 2.03.02 III Proyecto TSB3 San Isidro de lo cual se
cuenta con la aprobación de la tesorería municipal.
ACUERDO N°13
SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la compra de: 700 m3
de Piedra cuarta, 350 m3 de Piedra quinta y 180 m3 de Polvo de Piedra para el sello, para Ejecutar el
Proyecto Denominado TSB3 el cual comprende un tramo que va de La Bomba, cuesta de Mal País
Asfaltada hasta completar los 5Km en San Isidro
El monto aproximado para esta compra es de Veinticinco millones de colones con 00/100 (¢
25.000.000,00.) de la Partida presupuestaria: 2.03.02 III Proyecto TSB3 San Isidro ¢ 25.000.000,00 de lo
cual se cuenta con la aprobación de la tesorería municipal. Votan a favor los Concejales presentes Enio
Valenzuela, Minor Jiménez, Juan León y Ronny Rodríguez. Se abstiene de votar la Concejal Reina Gloria
Cruz Jiménez indica que lo hace amparada a la ley de la corrupción y el Enriquecimiento ilícito, ya que ella
trabaja en esa comunidad. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual
es aprobado por los Concejales Enio Valenzuela, Minor Jiménez, Juan León y Ronny Rodríguez. Se
abstiene de votar la Concejal Reina Gloria Cruz debido a que ella no aprobó el acuerdo, quedando el
anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
b. Omar Fernández. Intendente. OFICIO Nº I-486-2014. ASUNTO Cambio en acuerdo de decisión
inicial Nº I-447-14
Que existe la decisión inicial Nº I-447-14 para la compra de Emulsión de Rompimiento Rápida para ejecutar el
Proyecto Denominado TSB3, en la comunidad de San Isidro, la cual fue llevada a este honorable Concejo y este a su
vez lo aprobó, pero el mismo necesita se le realice una pequeña modificación, la cual quedaría de la siguiente
manera.
Anterior:
129.500 Litros de Emulsión de Rompimiento Rápida.
Actual:
80.000 Litros de Emulsión de Rompimiento Rápida
Para Un costo total de ¢ 25.000.000,00.
Unidad solicitante: Intendencia
Oficio I-447-14
Fecha: 04-11-14
Decisión inicial
Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la necesidad a satisfacer
(finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo 8, inciso a, del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa).
Se requiere realizar la compra de Emulsión de Rompimiento Rápida, según las especificaciones que están en la tabla
702-5 del Manual CR-2010 del MOPT, para Ejecutar el Proyecto Denominado TSB3 el cual comprende un tramo que va
de La Bomba, cuesta de Mal País Asfaltada hasta completar los 5Km en San Isidro, incluido en el presupuesto
Extraordinario 2014 y aprobado por este honorable Concejo. Cabe mencionar que este es un Proyecto que se ha
venido gestionando durante mucho tiempo, para el cual se ha contado con todo el Apoyo del MOPT, mismo que es de
suma importancia para esta comunidad, ya que con esto se pretende mitigar la gran problemática causada por la
contaminación del Polvo, lo que ha ocasionado que en reiteradas ocasiones los vecinos de estos caseríos se acerquen a
nuestras oficinas, suplicando que se les de una pronta solución a este problema. No omito manifestar que esta
comunidad de San Isidro ha crecido considerablemente en población, por lo tanto hay más niños, adultos mayores, los
cuales muchas veces sufren de problemas respiratorios a causa del polvo.
Es por lo anterior expuesto que se hace necesario intervenirlo lo antes posible, para así poder satisfacer la necesidad
de esta población de contar con un adecuado y seguro tránsito y además el acceso a los servicios básicos de salud,
alimentación y educación.
2-Defina el objeto de la contratación aportando las especificaciones técnicas, las cuales deben ser claras, suficientes,
concretas y objetivas. (Según artículo 8, inciso b, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
Para este Proyecto se requiere de lo siguiente:
80.000 Litros de Emulsión de Rompimiento Rápida, según las especificaciones que están en la tabla 702-5 del manual
CR-2010 del MOPT.
3-Indique el procedimiento de control de calidad que se aplicarán durante la ejecución de la contratación y para la
recepción de la obra, bien o servicio. (Según artículo 8, inciso c, del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa).
Se contratara una empresa para que realice el acarreo de esta Emulsión, la cual a su vez deberá de transportar la
Emulsión desde el Plantel de RECOPE en el Alto de Ochomogo hasta las Instalaciones del Concejo Municipal de de
Cobano, dando la vuelta vía terrestre por el Puente La Amistad, ya que dicho transporte no le es permito el paso por
Naviera Tambor. Esta se atenderá por medio de la unidad ejecutora La Intendencia en conjunto con el Ingeniero
Municipal quien deberá velar y controlar el recibido y constatar la cantidad de Litros que se están acarreando en cada
viaje, esta Emulsión deberá de ser colocada en el tanque de Almacenamiento que está en los planteles de este
Concejo. La persona Adjudicataria deberá de ponerse de acuerdo previo a la entrega, para que el Ingeniero le pueda
recibir dicho producto. Que los recursos asignados para este fin sean aprovechados de la mejor manera posible.
4. Indique la estimación actualizada del costo del objeto, así como el detalle de la disponibilidad presupuestaria con la
que cuenta la unidad solicitante para enfrentar la ejecución de la contratación. (Según artículo 8, inciso d, del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Nota: revisar artículo 12 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Monto aproximado de costo: ¢ 25.000.000,00.
Partida presupuestaria: 2.03.02 III Proyecto TSB3 San Isidro ¢ 25.000.000,00.
Aprobación Tesorería Municipal:
5-La Municipalidad posee el recurso humano y material para verificar la correcta ejecución del objeto del contrato.
(Según artículo 8, inciso f, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Si: __x_ No: ________
6-Indique el funcionario responsable de darle seguimiento al contrato: (Según artículo 8, inciso g, del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa).
El Departamento de Intendencia en Conjunto con el Ingeniero Municipal.
Información para elaborar el cartel
En cumplimiento de lo señalado en el artículo 10, inciso e, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa se
requiere la siguiente información para la elaboración del cartel.
Plazo de entrega: Entrega Inmediata.
Recomendación de proveedores a invitar:
El motivo por el cual se recomienda es que son proveedores que están registrados para tal fin en esta institución y se
conoce de los productos que ofrecen.
Nota: de indicar algún proveedor se debe justificar el motivo por el cual se requiere invitarlo.
Factores de calificación:
Elemento a calificar Ponderación
precio 100%
Importante
La información incluida en este formulario es de presentación obligatoria, por requerimientos legales de la Ley y
Reglamento de Contratación Administrativa por lo que la omisión de información representa un impedimento para
continuar con el trámite de la solicitud de compra.
Aprobación por parte de Intendencia:____________________________
Firma de encargado de la unidad solicitante: ____________________________
Fecha: ____________
CONSIDERANDO:
• Que según decisión inicial de la Intendencia se requiere la compra de Emulsión de Rompimiento
Rápido para ejecutar el proyecto denominado TSB3 el cual comprende un tramo que va de La
Bomba, cuesta de Mal País Asfaltada hasta completar los 5Km en San Isidro
• Que existe el acuerdo Nº2 tomado en sesión ordinaria 42-14, articulo IV, inciso a del día 4 de
noviembre del 2014, que dice:
ACUERDO N°2
SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la compra de:
129.500 litros de emulsión de rompimiento rápido, para ejecutar el proyecto denominado TSB3 el
cual comprende un tramo que va de La Bomba, cuesta de Mal País Asfaltada hasta completar los
5Km en San Isidro
El monto aproximado para esta compra es de Dieciocho millones ciento treinta mil colones con
00/100 (¢18.130.000,00.) de la Partida presupuestaria: 2.03.02 III Proyecto TSB3 San Isidro de lo
cual se cuenta con la aprobación de la tesorería municipal. Votan a favor los Concejales presentes
Enio Valenzuela, Gloria Cruz, Minor Jiménez y Juan Leon ACUERDO UNANIME. Se somete a
votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus formas,
quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
• Que según Oficio I-486-2014 esta decisión inicial que ya fue aprobada requiere una modificación.
• Que actualmente se requiere de la compra del siguiente material:
80.000 Litros de Emulsión de Rompimiento Rápida
• Que el monto aproximado de costo es de veinticinco millones de colones con 00/100
(¢25.000.000,00.) de la Partida presupuestaria: 2.03.02 III Proyecto TSB3 San Isidro de lo cual se
cuenta con la aprobación de la tesorería municipal.
ACUERDO N°14
SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la compra de: 80.000
litros de Emulsión de Rompimiento Rápido, para Ejecutar el Proyecto Denominado TSB3 el cual
comprende un tramo que va de La Bomba, cuesta de Mal País Asfaltada hasta completar los 5Km en San
Isidro
El monto aproximado para esta compra es de Veinticinco millones de colones con 00/100 (¢
25.000.000,00.) de la Partida presupuestaria: 2.03.02 III Proyecto TSB3 San Isidro ¢ 25.000.000,00 de lo
cual se cuenta con la aprobación de la tesorería municipal. Votan a favor los Concejales presentes Enio
Valenzuela, Minor Jiménez, Juan León y Ronny Rodríguez. Se abstiene de votar la Concejal Reina Gloria
Cruz Jiménez indica que lo hace amparada a la ley de la corrupción y el Enriquecimiento ilícito, ya que ella
trabaja en esa comunidad. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual
es aprobado por los Concejales Enio Valenzuela, Minor Jiménez, Juan León y Ronny Rodríguez. Se
abstiene de votar la Concejal Reina Gloria Cruz debido a que no aprobó el acuerdo. ACUERDO
DEFINITIVAMENTE APROBADO
VIII. ASUNTOS VARIOS
GLORIA.
a. Se habían hecho los trámites para la oficina del registro civil, yo lleve el documento, ¿quién está
gestionando esto?
b. Hay un poco de agua en el centro de Cóbano, eso se ve terrible
MINOR. Creo que hoy lo estaban desaterrando
JUAN
c. He visto la necesidad de crear una zona adecuada en el estadio, eso es terrible ¿eso está a derecho?
MINOR: Aun no
Finaliza la sesión al ser las veinte horas con veinte minutos
Roxana Lobo Granados Minor Jiménez Gutiérrez
SECRETARIA PRESIDENTE