Ordinaria 26 · 2014-07-15

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 26 del 2014-07-15 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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                                       ACTA ORDINARIA Nº 26-14

Acta número veintiséis - dos mil catorce de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal del
Distrito de Cóbano el quince de julio del Dos Mil Catorce a las diecisiete horas en la sala de sesiones de
este Concejo.

CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Minor Jiménez Gutiérrez            PRESIDENTE Y SINDICO
Reina Gloria Cruz Jiménez
José León Sandoval
Enio Valenzuela
Ronny Rodriguez Villalobos

CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
Noemi Rodríguez Cordero
Josué Villalobos Matamoros

CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION
Alba Rosa Gómez Espinoza

CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

         I.      Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
                 Concejo el orden del día propuesto para esta sesión el cual se aprueba en todas
                 sus partes. ACUERDO UNANIME
         II.     RATIFICACION ACTA ORDINARIA 25-14 Y EXT. 17-14
         III.    AUDIENCIA
         IV.     CORRESPONDENCIA
         V.      MOCIONES
         VI.     INFORME DE LA ADMINISTRACION
         VII.    INFORME DE LA INTENDENCIA
         VIII.   ASUNTOS VARIOS


GLORIA. Aunque venga incluido en el orden del día la ratificación del acta 25-14 no la he terminado de
leer, es muy amplia

II. RATIFICACION ACTA ORDINARIA 25-14 Y EXTRAORDINARIA 17-14

    a. Ratificación acta ordinaria 25-14


GLORIA. El acuerdo Nº1 dice: Se abstiene de votar la Concejal Reina Gloria Cruz Jiménez indica que ella
está SI está de acuerdo en que el Lic. Walter Moya continúe con el proceso y además ese señor llevo el
caso de ella, que se lo seda al Lic Randy Araya. Aquí yo dije NO estoy de acuerdo con que él siga, estoy
de acuerdo con el abogado que él propuso para que continúe con el caso. Por favor Me omiten eso porque
yo no lo dije en ningún momento

NOEMI. Eso está bien extraño porque ese documento que fue presentado el tres de junio que yo lo
presente era para tomar el acuerdo del Concejo no para poner a esta Licenciada a que este defendiendo
algo porque si usted lee la página 11 del acta 25-14 ya aquí le están pidiendo un acuerdo a la asesora legal
Marianela Molina, porque la tienen que meter en esto si este documento era para que para q el Concejo
tomara la decisión de que viniera Randy que funcionara la sesión que tenía Don Walter. Si quiere lo lee
porque esto no es ningún invento

MINOR. El acuerdo que tomamos nosotros con respecto al recurso de revisión que mando el Lic Walter
Moya, no todos pero si la mayoría, era pedirle criterio a la Lic. Marianela

NOEMI. Le voy a entregar el documento para que usted no se siga equivocando

MINOR. Yo no me estoy equivocando
NOEMI. Esta es la fecha, esta es el acta 21-14 y aquí está el recurso que si quiere lo lee para que no se
siga equivocando

MINOR. Yo no me estoy equivocando en algo que no puedo equivocarme, el documento llego, y tomamos
la decisión de pedir criterio a la Licenciada porque nosotros ni somos abogados ni tenemos tiempo.

NOEMY. Pero la respuesta es esa del acta, el inciso f del acta 21-14, esto lo hicimos nosotros Minor y
Noemy porque queríamos que se siguiera el proceso con el Sr. Randy

MINOR. Pero el acuerdo del Concejo fue otro

NOEMI. Si fue decirle a la Asesora Mariela también que se incluya en el asunto

MINOR. No que se incluya, que ella conteste el recurso

JOSE. Ya eso paso

GLORIA. En la pagina 5 donde se refiere a mi persona dice, Que hacemos con las petitorias que le ha
hecho él al Concejo ¿ lo obviamos? se hizo en forma de pregunta ahí. Pero todo lo que dice ahí para abajo
no lo dije yo, todo eso es legal y de donde voy a agarrar yo articulo por articulo y cosas ahí para decirlo ahí

SECRETARIA. Usted lo leyó del acta y yo lo copie textualmente

GLORIA. Lo de adelante no está textual.

SECRETARIA. No. Cuando ustedes leen yo lo copio tal como aparece

GLORIA. El otro punto es el b, del presupuesto que yo no lo aprobé. Hay que tener cuidado a la hora de
transcribir aquí dice en el punto mío …yo también lo he hecho….he hecho que, no termina

SECRETARIA. No terminan de hablar claro y estoy de acuerdo con usted deben tener cuidado para
hablar, deben hablar despacio y claro

GLORIA. Sí, pero cuando Omar dijo, sucede que si todos fueran como usted no se arreglarían los caminos
y ahí fue donde yo dije, pero hay que cuidarse porque si me arreglan el camino mío, a mi casa, seria un
delito para mí, y como eso no apareció, porque eso lo omitieron entonces yo le hable a él del otro camino,
del que me hicieron comentarios, del camino allá (camino que sale a los Caraos).

Las actas no se quieren modificar y las actas se pueden modificar, aun después de pasadas, para que se
haga de una vez todo en orden

SECRETARIA. Cuando un acuerdo está definitivamente aprobado no se puede modificar

GLORIA. Un asunto que quería decir es que todos valemos lo mismo y tenemos los mismos derechos y por
una justicia de paz dentro del Concejo yo le pido a usted señor Presidente, con respeto como se lo merece,
la compañera Noemy es una concejal mas y a ella no se le comunican las sesiones extraordinarias y eso
es grave, porque hay una lista donde están todos los teléfonos q nos pidieron a nosotros. Ya son dos
sesiones

MINOR. Yo no lo tengo, yo se lo pedí y no quiso dármelo, justifico mi no llamado a la compañera porque no
tengo su número de teléfono, ella no me lo quiso dar y yo estaba en San José y por eso no pude ir a su
casa a decirle

GLORIA. Roxana los tiene

MINOR. La cita no la hizo Roxana, la hice yo, yo llamé

SECRETARIA. El número que yo tengo de ella, cuando uno llama dice que no corresponde a ningún
abonado

MINOR. Pensé que algunos de ustedes le iban a llamar, porque yo aquí en sesión, ya había dicho que no
tengo el número de ella
GLORIA. Con trabajo me llego el mensaje mío. Tampoco me pareció la forma como se hizo el presupuesto,
hoy esta Ronny, siendo usted y yo de la comisión de presupuesto no se nos dijo y simplemente se trajo ese
día porque había que presentarlo el otro día en Puntarenas, esa fue mi razón por la cual no di el voto, y yo
pienso que si había una comisión, porque se trajo al Concejo y se pasó por encima a la comisión, eso se
llama irrespeto, ¿Por qué? Porque había que llevarlo, sin saber nosotros los proyectos equitativamente
para las comunidades y siempre ha sido así, por eso es que yo dije, no estoy de acuerdo a aprobar una
cosa así arbitrariamente, eso no es un proceso legal. Me gustaría que Enio se pronuncie al respecto,
porque es el miembro único de la comisión que votó, porque Ronny no estaba, entonces tomaron la
decisión de votarlo los compañeros que estaban y lo votaron

MINOR. Se voto porque la comisión no podía reunirse y no había tiempo

GLORIA. No es así, se voto porque usted dijo mañana, me lo tengo que llevar para Puntarenas y ¿ porque
no había tiempo? porque no lo presentaron con anticipación, como se debe presentar un presupuesto

NOEMI. Voy a leer la pagina 25 y quiero me explique: Noemy Rodriguez Cordero. Concejal Suplente.
ASUNTO. Solicita se ratifique el acta ordinaria Nº16-14 inciso 2, articulo III de correspondencia.
No se ha ratificado la he buscado en todas.
CONSIDERANDO:
-Que la Concejal Suplente Noemy Rodriguez ha solicitado se ratifique el acta ordinaria Nº16-14 inciso 2,
articulo III de correspondencia.
ACUERDO Nº9
SE ACUERDA: “Solicitarle a la secretaria traiga el acta ordinaria 16-14 la próxima semana para proceder a
la ratificación del inciso indicado por la Concejal Rodriguez Cordero”. ACUERDO UNANIME


Cuál es esa próxima semana es hoy o es la semana que viene

MINOR. Era la sesión pasada que no hubo sesión, entonces viene hoy

JOSE: En esta acta habla de una asociación mixta agroindustrial y en un curso que estoy llevando nos
dijeron que una junta directiva de una asociación mixta debe ser aprobado por el Concejo

GLORIA. Yo la semana pasada dije que iba a renunciar a la comisión y no aparece en el acta

MINOR. No sé hasta donde están legalizadas esas asociaciones

MINOR. Mas enmiendas? Sin más enmiendas al acta se somete a ratificación el acta ordinaria 25-14 la
cual se ratifica con las enmiendas realizadas por la Concejal Gloria Cruz. ACUERDO UNANIME

    b. Ratificación acta extraordinaria 17-14
       Se somete a ratificación el acta extraordinaria 17-14 la cual se ratifica en todas sus partes por los
       Concejales Minor Jiménez, Ronny Rodriguez, Enio Valenzuela y José León

III. AUDIENCIAS

   a. Se recibe para su debida juramentación a los miembro de la Junta administrativa del Liceo Rural de
      Santa Teresa

        CONSIDERANDO:
        -Que en sesión ordinaria 23-14 este Concejo nombró a los miembros de la Junta Administrativa del
        Liceo Rural de Santa Teresa
        -Que el día de hoy se han presentado para su debida juramentación
        ACUERDO Nº1
        SE ACUERDA: “Proceder a la juramentación de los señores

       -Frank Esteban Cortes Castrillo                         cédula 5 158 059
       -Erick Duartes Mejías                                   cédula 6 315 767
       -Rosa María Salazar Gómez                               cédula 1 546 920
       -Lidier Fernández Gómez                                        cédula 6 248 474
       -Aura Elvira Angulo Prieto                              cedula 7 168 497

        Juramenta el Presidente Municipal de acuerdo a lo que establece el artículo 194 de la Constitución
        Política. ACUERDO UNANIME
   b. Se recibe a los señores Magaly Rodriguez, Nazareth Rodriguez, Vera Rojas, Cinthya Rodriguez,
      Juan rodriguez y Marcos Quiros Rojas

PRESIDENTE. Les saluda y concede la palabra

NAZARETH.      Queremos la respuesta de la audiencia de la vez anterior ya que quedamos con la duda

OMAR. Con el CONAVI hasta aquí no hemos podido lograr nada de lo que nos prometieron, ni siquiera
terminaron de lo Cóbano. Con el Ingeniero nuestro ya hicimos el levantamiento, no solo de ese camino sino
de otros y estamos haciendo todos los esfuerzos para sacar el material

VERA. Omar usted me dijo que para el tres de julio

MAGALY. La vez pasada se arreglo un poco recogiendo entre los vecinos, ahora podríamos hacer una rifa

OMAR. Nosotros no queríamos hacerlo con cemento, pero vamos a tener que hacerlo así

NAZARETH. Pero hace cuanto no se arregla ese camino y es responsabilidad de la Muni?

OMAR. Conseguir el asfalto es lo difícil, existe un gran control sobre instituciones pequeñas como esta, si
hacemos una contratación directa quedamos escasos no alcanzarían los recursos y si hacemos una
abreviada se va mucho tiempo. Queda hacerlo con cemento de nuevo.

CINTHYA. Se está haciendo alguna gestión con la Junta Vial Cantonal para esto, nos pueden regalar el
documento de solicitud para nosotros ejercer algún tipo de presión

OMAR. Se ha hecho, me he reunido con ellos he dialogado con ellos, pero no tengo ningún documento
físico y no lo voy a inventar ahora.

Las bolsas de asfalto frio se descartaron porque es muy caro

CINTHYA. Yo les entiendo lo de la posición financiera, pero cuanto hace que no se invierte en este camino,
seis años que no recibimos nada, es eso lo que no se toma en cuenta

OMAR. Esa carpeta no la voy a perder, junto con el ingeniero de momento vamos a gestionar el cemento

CINTHYA. Haga usted la gestión ante la municipalidad y Minor que presione a los regidores que son sus
amigos o conocidos. Si hicieran el proyecto nosotros podríamos presionar también. Podríamos hablar con
los diputados. Me dijeron que el Dip. Vargas quería venir y no sé qué paso

OMAR. Con Rafael Ángel ya estuve reunido y con otros, pero lo más difícil es en el Concejo. Freddy ya
tiene hecho el proyecto, habría que darle prioridad a esto.

Con respecto a eso yo desconozco pero creo que el Concejo no lo pudo recibir porque algunos regidores
no estaban y me contaron que este muchacho comento que el Concejo no lo quiso recibir y por eso se fue
para Mal País y yo desmentí eso, porque yo se que el Concejo quería cambiar la fecha. Desde antes y
después del terremoto yo no supe lo que fue recibir una llamada de la Diputada nuestra, me llamaron otros
pero ella no. Con Karla si estoy con más contacto, lo que uno busca es la ayuda que se pueda obtener para
el distrito.

MAGALY. Lo que me preocupa es que hay una estructura ya hecha y se va a perder

OMAR. Cuando yo tenga una respuesta me comunico con Cinthya y si no de hoy en ocho.

Los señores se retiran

   c. Se recibe a los señores Marcos Quiros Rojas y Alfredo Alvarado Ramírez en representación
      del Consejo Parroquial


PRESIDENTE. Les da la bienvenida

MARCOS. Hay un acuerdo municipal para darle un lote que está en la Tranquilidad a la Iglesia para hacer
unas aulas para catecismo y cosas así pero ahora apareció la escuela la tranquilidad dejándose el lote
porque dicen que tienen un acuerdo. La Iglesia estaba sacando el plano, pero ante esta situación el
sacerdote nos pidió viniéramos acá, Romelia traía unos documentos pero ella se enfermó.

NOEMI. Esperemos que el señor conteste el celular y el otro señor apague el celular porque no se está
presentando la atención que él merece

MINOR: (Habla por teléfono) Indica que es una representante de la Junta Vial de Puntarenas quien le ha
dicho que la Junta Vial está de capa caída que los miembros están renunciando porque aparentemente hay
un mal manejo de fondos y están esperando que los miembros renuncien. Pide Disculpas por la llamada

SECRETARIA. Entrega acuerdos

MINOR. La Municipalidad donó para una escuela pero el DIE la rechazó porque era muy pequeño

SECRETARIA. Lo que encontré fue que existe un criterio en una acta no encontré el criterio en si

MARCOS. Debe existir una renuncia o un criterio

MINOR. Lee resumen del criterio lega que consta en el acta 18-07, que dice:

Se conoce criterio legal sobre el acuerdo tomado por el Concejo Municipal en el año 2002 sobre la
donación de un lote en el Barrio La Tranquilidad para la construcción de una escuela. Agrega que al
haberse ya solucionado la situación de la escuela y no utilizarse el lote este deja ya de tener efecto debido
a que ya no existe la situación inicial que dio origen a esta la donación, además esta nunca se materializó
por lo que no hay ninguna escritura pública que establezca la misma de acuerdo con el código civil, artículo
1397 y 1398 y siguientes del Código civil, por lo tanto el lote queda a la libre disposición de este Concejo.
Ante este criterio y las muchas solicitudes recibidas para el mismo y en razón de que este Concejo lo que
desea es que lote tenga un fin comunal se acuerda: “vender en la Iglesia Católica, diócesis de Puntarenas,
Parroquia de Cóbano el lote ubicado en el Barrio La Tranquilidad que tiene frente a la ruta 160, para que
construyan un templo o aulas que permitan el desarrollo espiritual de esa comunidad, que ya tiene muchos
problemas sociales, y que esto también le permita a la comunidad contar con un sitio donde poder realizar
sus actividades más importantes como graduaciones o reuniones, el lote tiene un valor de ¢10.000.00. Se
procederá a contratación del profesional para la confección del plano por parte del Concejo Municipal y la
escritura de segregación y traspaso correrá por cuenta de la Parroquia de Cóbano, Temporalidades de la
Diócesis de Puntarenas.”

JOSE. En el 2002 se dio un acuerdo para la escuela y en el 2007 se tomo para la iglesia eso se puede
hacer según usted (Pregunta a Marcos)

MARCOS. Si claro, eso se dono para una escuela, como no funciono y no se había ejecutado el acuerdo,
no había traspaso, se le pidió criterio al Lic. Picado

NOEMI. Eso es el Concejo a él le corresponde sacar los documentos y luego hacer traspaso a la Iglesia,
ahora nosotros tenemos abogada y topógrafo

MARCOS. Un topógrafo particular lo puede hacer y lo hace a nombre del Concejo y Momo es el que tiene
que firmar

JOSUE. La escuela tiene un acuerdo

ROXANA . El lote no se ha traspasado a nadie sigue siendo municipal y agrega que tal vez Estrella sepa
algo de los documentes donde el Ministerio no acepto el lote por pequeño, porque ella trabajaba en la
supervisión en ese momento

MARCOS. Queremos aclarar el asunto para que la escuela no se sienta mal. Ellos seguro tienen el primer
acuerdo, pero no este segundo

MINOR. Y ahora pusieron alambre, chapearon

MARCOS. El mantenimiento la Iglesia siempre lo ha dado

GLORIA. Me parece importante hacer una reunión con ellos ya que ellos aducen que tienen derechos,
aunque ahí hay documentos, pero para que todo se haga bien
MARCOS: Tal vez si se pudiera pedir otro criterio o se ratifique el acuerdo o el acuerdo que el Concejo
quiera, porque es del Concejo. Al supervisor del momento se le dio el acuerdo el problema es que ahora
hay un nuevo supervisor

Si ustedes toman un acuerdo se debe notificar a las partes. Nosotros vamos entonces a seguir con los
trámites para ver si podemos hacer el plano

OMAR. Cuál es el proyecto de la Iglesia?

OMAR. Hacer unas dos aulas y una área verde para reuniones y catecismo. Eso es comunal se pueden
hacer todo tipo de reuniones

Los señores se retiran

   d. Se recibe a la Srta. Cinthya Rodriguez.
Pienso que deberían leer la correspondencia que manda el Comité porque es con respecto al acuerdo que
ustedes me envían que dice: ( lo lee)

16 -14, en su artículo III, inciso a), celebrada el 29 de Abril del 2014, me permito indicarles lo siguiente:

Según lo establece el artículo 168 del Código Municipal vigente, el cual textualmente cita:

Los miembros de cada Comité de duraran en sus cargos dos años, podrán ser reelegidos y no devengan dietas ni
remuneraciones.

En virtud de lo anterior, se debe de tener claro en lo que respecta al tema del plazo de vigencia de los
nombramientos de los miembros que integran el Comité de Distrital de Deporte y Recreación de Cobano, estos
deberán cumplir a cabalidad sin excepción alguna con el plazo de 2 años que cita la normativa, ya que al ser este un
acto reglado sobre el cual este Concejo Municipal no tiene injerencia alguna, no es posible bajo ninguna circunstancia
que pueda existir plazo distinto al indicado anteriormente vía acuerdo; por tal razón en caso de ser este no posee
validez alguna.

Salvo en aquellos en los que concurran circunstancias especiales como son la muerte, renuencia o cesación del cargo
por parte de algún miembro, situación que motiva que dicho nombramiento debe ser asumimos por el periodo
faltamente para complementar el plazo total y perentorio de dos años establecido legalmente. Lo cual claramente ha
sido la interpretación dada por esta asesoría legal en relación a la norma que imposibilita la ampliación del mismo en
cualquiera de los casos anteriores.

 En este sentido la Procuraduría General de la Republica en su opinión jurídica número: 164 12 de Noviembre del
2001, reza:
(…) En el presente caso, la Ley Nº 7794 fija expresamente en dos años, el plazo de nombramiento de los integrantes
del Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Así que ese término viene a constituir un elemento reglado del
contenido del acto de nombramiento, sobre el cual la Municipalidad no tiene ninguna discrecionalidad, ni puede
entenderse, en consecuencia, que se trata de un contenido eventual que el órgano competente pueda configurar
bajo los supuestos del inciso 4) del artículo 132 de la Ley General de la Administración Pública.
Ahora bien, partiendo de la regla general aplicable en estos casos, de que la vigencia del nombramiento de las
personas designadas como miembros de órganos colegiados, se produce a futuro, concretamente a partir del acto
válido y eficaz de investidura, pues desde ese momento es que son considerados funcionarios públicos –Art. 111.1, en
relación con el 140, ambos de la Ley General de la Administración Pública- (En tal sentido, véanse los dictámenes C-
125-90 de 3 de agosto de 1990, C-129-94 de 16 de agosto de 1994, C-086-97 de 30 de mayo de 1997, OJ-025-98 de 19
de marzo de 1998, C-148-98 de 28 de julio de 1998 y C-033-2001 de15 de febrero del 2001), al haberse efectuado el
nombramiento de los integrantes del actual Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San Rafael de Heredia, por
medio del acuerdo Nº 1 de la sesión Nº 182-2000 del Concejo Municipal de esa localidad, celebrada el 24 de abril del
2000 - acuerdo que fue aprobado por unanimidad y declarado en firme -, como es obvio, el plazo de 2 años de
vigencia de esa designación se debe contabilizar a partir de ese mismo día; Por lo que al haberse dispuesto en ese
acuerdo que el nombramiento regía hasta el 30 de noviembre del 2001, es claro que ilegítimamente se modificó el
término establecido por la Ley Nº 7794 al efecto; en razón de lo cual, ese acto administrativo padecería
necesariamente de un vicio en su contenido, por error de derecho, al estimar un plazo incorrecto. Sin embargo, en
aplicación del principio de conservación de los actos administrativos (Artículo 168 de la Ley General de la
Administración Pública), el vicio apuntado, en todo caso, de por sí no tiene la fuerza para invalidar ese acto, y en el
peor de los casos, podría entenderse como una infracción insustancial del ordenamiento, convalidable en los
términos del artículo 187 de la Ley General de la Administración Pública.
   En virtud de lo expuesto, en aras de preservar la validez y la conformidad plena del acto administrativo en cuestión,
estimamos que deberá entenderse que el plazo de nombramiento de los integrantes del Comité Cantonal de
Deportes y Recreación de San Rafael de Heredia será siempre por dos años, contados a partir del acuerdo firme que
los designó como tales, aún y cuando en ese mismo acto se haya establecido un plazo distinto; esto es así, porque
debe prevalecer lo dispuesto en la Ley frente a lo que se disponga en el acto mismo –de conformidad con el principio
de jerarquía normativa del numeral 6º de la Ley General de la Administración Pública-; máxime cuando se estima que
dicho error no constituye un vicio sustancial que determine por sí la nulidad del acto.
Con fundamento en lo expuesto, es criterio no vinculante de la Procuraduría General de la República que el plazo de
nombramiento de los miembros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación está establecido en la Ley por dos
años, constituyendo esto un elemento reglado del acto de nombramiento, y por ende, no disponible por la
Administración. Por lo tanto, si el período de nombramiento se fijó en un plazo menor, ello constituye un error en el
contenido del acto, debiéndose aplicar necesariamente el dispuesto por la Ley Nº 7794 –dos años–.
>Nota:
La interpretación dada por esta asesoría legal en relación a la norma, es compartida por la Unión Nacional de
Gobiernos Locales, y externada en el comentario efectuado al artículo 168 del Código Municipal; por tal razón se
procedió de oficio a realizar la consulta ante la Dirección Jurídica de dicha institución, y estará siendo remitida a
ustedes una vez que se cuente con la misma.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido criterio legal sobre la consulta realizada por la Señorita Cinthya Rodriguez Quesada sobre la
duración en sus cargos de los miembros del Comité Distrital de Deportes.
ACUERDO Nº10
SE ACUERDA:1.“Acoger el criterio remitido por la asesoría legal.
2. Remitir copia del mismo a la Srta. Cinthya Rodriguez Quesada”. ACUERDO UNANIME

MINOR: El caso suyo fue reposición o fue nombramiento

CINTHYA. Creo que ustedes piensan que yo estoy pidiendo reelección

MINOR. No

CINTYA. Me nombraron en sustitución de Yolanda

MINOR. El nombramiento suyo empezó a sumar después de los meses de Yolanda. Era nombrado
miembro por miembro

CINTHYA. Yo pensé si salgo es porque Dios quiere. En conversaciones con don Pedro del ICODER, me
dijo que tenía proyectos buenos para el comité y le dije que ya no estaba pero que si había comité que solo
yo había salido, porque mi periodo había terminado y me dijo que eso no funciona así, que el comité es un
órgano colegiado y se nombra a todo, le consulte a profesores y a Francil. Considere prudente enviar la
consulta a legal de lo cual recibí respuesta el primero de julio
MINOR. El conocimiento que nosotros teníamos es que en abril a usted se le vencía en abril

JOSE. Ahí dice que el periodo de los miembros de un comité de deportes son dos año y se les puede
volver a reelegir y quien lo hace el Concejo

SECRETARIA. Desde el inicio se ha hecho miembro por miembro, se creía que así estaba bien, solo hay
dos miembros que van juntos porque se nombraron desde el primer momento


CINTHYA. Este documento es claro y en octubre del 2013 no vuelven a reelegir

SECRETARIA. Se reeligen a tres miembros

CINTHYA: Pero estábamos todos. Que dicha que esto se puede aclarar, podemos si ustedes quieren,
hacer la situación más larga y buscar otros recursos y otros medios para aclarar las cosas. Esto esta
atrasando al comité. Yo hable con varios profesores que son especialistas y otros que saben del tema.
¿ustedes dicen?

ENIO. Si es así usted tiene toda la razón

CINTHYA. Si claro y conste que yo no estoy pidiendo la reelección solo estoy aclarando que yo todavía soy
parte de este comité e incluso Vianney solo duro como tres meses, porque estábamos aquí.

JOSE. Qué problema voy a hablar porque lo que he oído a otros miembros y también le he oído decir a
usted que usted ama mucho a este distrito y usted lo acaba de decir que lastima que si no se arregla esto
no va a poder el comité trabajar, pero este argumento le dice a usted, que usted puede estar hasta el 2015
y he escuchado a dos personas de ellos decir que si usted regresa ellos se van y seguimos con el
problema, se lo digo porque si queremos que el comité de deportes trabaje tenemos que poner un poquito
de cada uno, usted dice si Dios quiere sigo, si Dios no quiere no sigo, la cuestión es usted ¿usted quisiera
que el comité trabaje?

CINTHYA. Don José usted y yo somos cristianos sabe cuál es el asunto como obra el espíritu santo.

JOSE: Si todos ellos le dijeran, si usted se queda nosotros nos vamos ¿Cómo obraría usted?

CINTHYA. Lo que estoy es siendo legal y responsable. Eso que dicen que no porque lo hacen? por una
mala relación conmigo?

JOSE. Posiblemente que si

CINTHYA. Yo he tenido problemas muy serios con un miembro del comité y aun así ahí estoy, porque una
cosa es lo personal y otro es lo comunal. Cual piensan ustedes ha sido mi labor en el comité. Piensan que
he actuado mal en el comité

ENIO. Se están aclarando los nublados del día. Yo en el mismo trabajo tengo discrepancias con un
compañero y por el mismo trabajo debo hablarle, igual pasa aquí o en cualquier trabajo, me parece que
esas personas que se van es porque quieren irse y porque no tienen valor para tratar a las personas, las
personas deben adaptarse. Y algo que le valoro a usted (Cinthya) fue cuando mando una carta pidiendo
disculpas públicas, yo no veo una justificación para que dos personas renuncien porque usted llegue, a eso
no le veo justificación. Hay que tratar de que haya armonía y trabajar.

CINTHYA. Antes le pregunte si hago mal mi trabajo. Yo salgo en abril han tenido dos meses y medio
quedaron tres pueden sesionar y me dicen que no lo hacen porque Vianney no quiere tomar la secretaria.
Hay un presupuesto que ejecutar hay que reunirse con la Intendencia. Yo creo que yo no soy el problema
en el comité, yo he tratado de que se haga las cosas bien y siento que quedo mal por hacer bien las cosas
y yo si he trabajado en estos dos meses y medio yo si he trabajado porque me preocupa el distrito más que
cualquier otra cosa. El domingo hay una actividad con el ICODER y vienen recursos para financiar seis
actividades en el distrito de aquí a noviembre en el centro y los caseríos se va a llevar a Santa Teresa
Montezuma, Rio Frio, La Esperanza, Cóbano y específicamente con el adulto mayor y dígame como un
miembro dice que no acepta un cargo porque yo soy parte de ese comité. Les vuelvo a preguntar ustedes
creen que yo estoy trabajando mal.

MINOR: Yo quisiera solicitarle a Cinthya para el próximo martes tenerle resuelta esta situación en forma
definitiva o lleva razón usted o no la lleva para terminar con esto.

ENIO. Si ya la abogada dio una resolución porque hay que dudar de nuevo

CINTHYA. Tal vez lo que dice Minor no es una respuesta definitiva, sino la respuesta del Concejo, porque
la respuesta definitiva también la van a dar los tribunales

Me hubiera gustado que me contestara señor presidente cual es su opinión con respecto a mi labor

MINOR: Siempre mantengo que no se cómo hacen para realizar un trabajo sin recibir nada a cambio y
admiro a todos y si usted hace toda la labor que nos está diciendo, la admiro

CINTHYA, a la actividad del domingo todo el comité está invitado.

Termina la audiencia. Se mantiene presente en la sesión



        IV. CORRESPONDENCIA

a. Jackelinne Rodriguez. Proveedora Municipal. ASUNTO. Licitación Abreviada Nº2014LA-000005-
   01

PROVEEDURIA INSTITUCIONAL
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACION
LICITACION ABREVIADA Nº 2014LA-000005-01
“CONTRATACION DE MAQUINARIA PARA EVENTUALES EMERGENCIAS EN EL DISTRITO”
Cóbano, a las ocho horas y treinta minutos del día ocho de julio del 2014. Se procede a dar recomendación con
respecto a lo solicitado por el departamento de intendencia, para la Contratación de maquinaria, cuya apertura se
realizo el día dos de julio del año en curso, a las diez horas.
I-RESULTADO
Que dicho proceso de contratación fue amparado conforme a la solicitud:

             Oficio                 Departamento      Código         de Monto
                                                      partida
             CMDCS 0278-2014 Intendencia              1.08.02 III          ¢10.000.000,00

Que según el expediente administrativo elaborado para esta contratación se invito a concursar a los siguientes
oferentes.

        Nº            PROVEEDOR
        1             Trasporte Jiménez y Mora S.A.
        2             Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada

        3             Agroturistica Moya y Fernández S.A.

        4             Constructora RAASA S.A.
        5             Tractores San Antonio S.A
Luego de cerrado el periodo para la recepción de ofertas se presentaron las siguientes ofertas a concurso.

        Nº            PROVEEDOR
        1             Nivelaciones y Transporte Roljuanjo S.A.
        2             Agroturistica Moya y Fernández S.A.
 Que en el procedimiento la asesoría legal procedió a corroborar que la empresa denominada Agroturistica Moya y
Fernández S.A., fue la única oferente que cumplió a cabalidad con todos los requisitos legales que se solicitaron en el
cartel.(ver folio 124)
Que en el procedimiento el ingenierol procedió a corroborar que las dos empresas cumplen con los requisitos
técnicos que se solicitaron en el cartel.(ver folio 123)
II.CONSIDERANDO UNICO
Luego de realizada la evaluación correspondiente, a la oferta admitida a este concurso, se determino que cumple con
todos los requisitos solicitados según el departamento legal y técnico de este Concejo.
III.POR LO TANTO
De conformidad con los hechos expuestos en la presente resolución y la normativa vigente en materia de
Contratación Administrativa, la Proveeduría institucional del Departamento Administrativo del Concejo Municipal de
Distrito Cóbano.
IV.RESUELVE
Recomienda adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2014LA-000005-01“CONTRATACION DE MAQUINARIA PARA
EVENTUALES EMERGENCIAS EN EL DISTRITO”, a la siguiente empresa:

        Línea Nº          Adjudicatario                     Cedula jurídica       Depto.          Monto

        1                 Agroturistica     Moya       y    3-101-378830          Intendencia     ¢6.000.000,00
                          Fernández S.A.
        2                 Agroturistica     Moya       y    3-101-378830          Intendencia     ¢3.900.000,00
                          Fernández S.A.
Total: ¢9.900.000,00
Razones de la recomendación de la adjudicación:
Las razones por las cuales se recomienda se adjudique a Agroturistica Moya y Fernández S.A., son:
Por ajustarse al presupuesto disponible.
Por ser el único posible oferente.

CONSIDERANDO:
  • Que se concluyó con los trámites anteriores al acto de adjudicación de la Licitación Abreviada
      Nº2014LA-000005-01 “CONTRATACION DE MAQUINARIA PARA EVENTUALES EMERGENCIAS
      EN EL DISTRITO”

    •   Que presentaron oferta las siguientes empresas:
                    Nivelaciones y Transporte Roljuanjo Limitada
                          Agroturistica Moya y Fernández S.A.

   •      Que en el procedimiento la asesoría legal procedió a corroborar que la empresa denominada
          Agroturistica Moya y Fernández S.A., fue la única oferente que cumplió a cabalidad con todos los
          requisitos legales que se solicitaron en el cartel.(ver folio 124
   •      Que en el procedimiento el ingeniero procedió a corroborar que las dos empresas cumplen con
          los requisitos técnicos que se solicitaron en el cartel.(ver folio 123)

   •      Que el departamento de Proveeduría recomienda se adjudique a la empresa oferente
          Agroturistica Moya y Fernández S.A., por las siguientes razones: Por ajustarse al presupuesto
          disponible, por ser el único posible oferente

ACUERDO Nº2
SE ACUERDA: “Adjudicar a la Empresa Agroturistica Moya y Fernández S.A. la Licitación Nº2014LA-
000001-05 ““CONTRATACION DE MAQUINARIA PARA EVENTUALES EMERGENCIAS EN EL
DISTRITO” Por un monto de nueve millones novecientos mil colones con 00/100 (¢9.900.000), distribuidos
de la siguiente manera:

Línea 1. 300 horas de Back Hoe, por un monto de seis millones de colones con 00/100 (¢6.000.000,00).

Línea 2. 200 horas de Vagoneta por un monto de tres millones novecientos mil colones con 00/100
(¢3.900.000,00).
Votan en forma positiva los Concejales José León Sandoval, Minor Jiménez Gutiérrez, Ronny Rodríguez
Villalobos y Enio Valenzuela Ruiz. Se abstiene de votar la Concejal Reina Gloria Cruz Jiménez e indica que
siempre que se aprueban dineros para imprevistos no se explica en que se invierte ese dinero.
Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO

b. Intendencia. ASUNTO. Modificación presupuestaria Nº6-2014. Por un monto de Un millón cinco mil
   colones con 00/100 (¢1.005.000,00)
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 06-2014
                                                        SUMA QUE SE SUMA    QUE
CODIGO       DETALLE                  SALDO ACTUAL                              NUEVO SALDO
                                                        REBAJA      AUMENTA
                                      SE AUMENTA
             AUDITORIA MUNICIPAL
1.03.01      Información                  150.000,00      150.000,00   0                             -
             Tintas pinturas y
2.01.04                                   158.550,00       50.000,00              -         108.550,00
             diluyentes
             Equipo          de
5.01.03                                    50.000,00       50.000,00              -                  -
             Comunicación
             SE AUMENTA
             Transporte dentro del
1.05.01                                    45.005,00             -          75.000,00       120.005,00
             país
             Viáticos dentro del
1.05.02                                    76.980,00             -         175.000,00       251.980,00
             país
PROGRAMA II ZONA MARITIMO TERRESTRE
             SE REBAJA
             Mantenimiento     y
1.08.05      reparación   equipo         1.737.147,00   200.000,00     0,00             1.537.147,00
             transporte
             SE AUMENTA
             Repuestos         y
2.04.02                                   700.000,00    0,00           200.000,00       900.000,00
             accesorios
                                      PROGRAMA III
PROYECTO ACUEDUCTO RIO FRIO
             SE REBAJA
             Materiales           y
2.03.06                                  2.500.000,00   430.000,00     0,00             2.070.000,00
             productos de plástico
             SE AUMENTA
         Herramientas     e
 2.04.01                         650.000,00            0,00            430.000,00       1.080.000,00
         instrumentos
 MANTENIMIENTO CAMINOS VECINALES
         SE REBAJA
         Mantenimiento vías
 1.08.02
         de comunicación       49.658.540,00             125.000,00              -      49.533.540,00
           SE AUMENTA
           Mant.       y  rep.
 1.08.04   maquinaria y equipo
           de producción                      -                 -         75.000,00     75.000,00
           Combustibles      y
 2.01.01
           Lubricantes                        -                 -         50.000,00     50.000,00
           TOTAL
           MODIFICACION                              1.005.000,00       1.005.000,00
 PRESIDENTE INTENDENTE      SECRETARIA      CONTADOR    TESORERA

       CONSIDERANDO:
       -Que la Intendencia ha presentado modificación presupuestaria Nº06-2014 por un monto de Un
       millón cinco mil colones con 00/100 (¢1.005.000,00)
ACUERDO Nº3
SE ACUERDA: “Aprobar modificación presupuestaria Nº06-2014 por un monto de Un millón cinco mil
colones con 00/100 (¢1.005.000,00)”. Votan a favor los Concejales Enio Valenzuela, Minor Jiménez,
Ronny Rodriguez Villalobos Y José León Sandoval. Se abstiene de votar la Concejal Reina Gloria Cruz
Jiménez ya que indica que ella no está de acuerdo con el acueducto de Río Frio por el ambiente y los
caminos no quedan en buen estado, no hay cumplimiento. Se somete a votación la aplicación del artículo
45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.

c.    Geol. Nuria Chavarria Campos. SETENA. OFICO DEAE-266-2014. Informa que con respecto a
     oficio I-236-2014 (Intendencia) recibido en esa secretaría para proseguir con el trámite se debe
     adjuntar al acuerdo el motivo por el cual no es posible cumplir con el plazo otorgado por SETENA. SE
     CONOCE. EL Dpto. de ZMT ya tiene este documento.

d. Comité Distrital de Deportes. ASUNTO. Aclaración en sustitución de miembros. El presidente indica
   que se deja para contestar la próxima semana.

e. Jackelinne Rodriguez Rodriguez. Proveedora Municipal. OFICIO PM-177-2014. ASUNTO. Traslado
   para conocimiento de la resolución administrativa R-I-059-2014 tomada por la Vice Intendencia
   donde se ordena la investigación por incumplimiento contractual contra el contratista Walter Moya
   Sanabria el cual fue contratado   según la contratación directa Nº2013CD-000075-014 “Contratación
   de abogado externo para instruir el procedimiento de tres procedimientos ordinarios”.

     Se lee todo el documento. SE CONOCE.

f.   Ing. Freddy Bolaños. SETENA. OFICIO SG-DEAE-265-2014 Respuesta a oficio Nº I-244-2014
     (Intendencia). . Se conoce el dpto. de ZMT ya cuenta con este oficio para su respuesta.

g. Lcda. Maricel Rojas León. Solicitud de un día de vacaciones el día 11 de julio. Se conoce y aprueba
   ya lo disfruto.

h. Lic. Walter Moya Sanabria. Adjunta documento de la Defensoría de los habitantes donde indica le
   solicitan explicaciones en relación con el hecho de que el 31 de mayo debió haberse emitido la
   resolución final del procedimiento administrativo ordinario contra Bosque Arelys. Agrega que desde el
   6 de mayo del 2014 está paralizado el procedimiento administrativo producto de las anomalías
   cometidas por la administración, por la mala asesoría y errores cometidos por el propio Concejo
   Municipal, agrega que en vista de que hay plazos de ley en los que se debe dar respuesta a la
   defensoría, debe el concejo como órgano superior informarle en un plazo máximo de ocho días
   hábiles que acciones debe tomar al respecto y que acuerdos han tomado en relación con las
   petitorias que hizo en su escrito de fecha 20 de junio y con las recomendaciones que formulo en el
   informe de investigación preliminar. SE CONOCE Y DA PASE A LA LIC. MOLINA ARAYA PARA LO
   QUE CORRESPONDE

i.   Reina Gloria Cruz Jiménez. Concejal Propietaria. ASUNTO. Renuncia irrevocable a la comisión de
     Hacienda y Presupuesto. Su renuncia textualmente dice: las razones por las cuales renuncio es
     debido a que muy poco se toma en cuenta la comisión para la aprobación del presupuesto y
tenemos claro que se debe entregar con tiempo para su análisis y luego aprobarlo, en la sesión
anterior se presento y sine estar todos los miembros de la comisión. El presidente dijo que
debíamos aprobarla para ser llevada a Puntarenas del día siguiente. De los miembros de la comisión
aprobó Enio Valenzuela y mi persona no estuvo de acuerdo, razón por la cual salve el voto y no lo
aprobé, Ronny Rodriguez se encontraba ausente, razón por la cual no pudo aprobarlo y aun así lo
aprobó el presidente del Concejo y los demás miembros presentes sin ser miembros de dicha
comisión. Esta es la razón de mi disconformidad, no se dieron a conocer los proyectos para los
cuales estaba dirigido el presupuesto para su aprobación, donde se tome en cuenta un proyecto
prioritario por cada comunidad para que se destine el dinero en forma equitativa.
Sugiero en mi lugar nombren a la compañera Noemy Rodriguez Cordero para que me sustituya

MINOR. El presupuesto venia, se consulto para que fuera a comisión, no estaban los compañeros,
no nos pusimos de acuerdo y por eso se voto, pero no fue porque alguien se estaba muriendo y había
que llevárselo al día siguiente, como Reina dijo que renunciaba y no había comisión se tomo el
acuerdo de votarlo.

GLORIA. Si no estaba Ronny no podíamos reunir para analizarlo.

MINOR: Los proyectos pasan por nosotros, y siempre se ha hecho equitativamente y lo importante es
que llegue a Contraloría

GLORIA. La comisión se formo para ir a las comunidades a buscar las necesidades y analizar los
casos como lo hizo Eladio con el grupo de gestión local, en ese tiempo se trabajo excelentemente.
Siempre expuse que se pueda sacar por lo menos una prioridad por comunidad, en un ocasión lo hizo
el señor Alcalde pero ya el presupuesto estaba elaborado por ¨Francisco y Momo ya los proyectos
estaban ahí nosotros solo teníamos q decir si estábamos de acuerdo o no, se hace de una forma no
tan recta y digo recta porque si es importante que cada comunidad tenga por lo menos un poquito,
porque son muchas las criticas y la mala nota que tiene el concejo es por eso, porque o se toma en
cuenta las comunidades, ahora el día que venia ese señor yo decía, porque no nos reunimos un
poquito, son oportunidades que no se pueden perder, pero respeto el criterio, pero es una lástima
porque se pierden ayudas y con respecto al presupuesto no hubo una sesión donde se dijera la
comisión se tienen que reunir, no se tenía que discutir porque Ronny no estaba, entonces para que
una comisión, porque si no funcionando para que estar en papel, no se hizo el debido proceso como
debía ser

MINOR. Gloria me mal interpreto, pero el presupuesto ni siquiera me lo llevé yo, yo dije si estaba listo
me lo llevaba. A mí el presupuesto no me preocupa porque para eso existen las modificaciones.

OMAR. Este acuerdo lo tomaron ustedes yo simplemente les entregue el presupuesto. Esto es un
presupuesto extraordinario. En los años atrás un año invitamos a las asociaciones a una reunión otro
año yo fui a los pueblos, no se ha favorecido a nadie, hay comunidades mas organizadas que tienen
sus asociaciones a derecho, otras no y a esas no se les puede colaborar. Lo que la gente diga me
sobra, porque yo nunca he hecho nada por debajo de la mesa y las cosas se hacen de la mejor
manera.

GLORIA. Usted lo trajo y se fue los que tomaron la decisión no hicieron el debido proceso

JOSE. Ese día no hubo tanto problema como hoy, y doña Gloria no dijo nada. Yo estuve de acuerdo
porque el funcionario que tenemos en ese campo es excelente. En este Concejo la Administración
tiene profesionales

ENIO. Yo creo que el presupuesto se está distribuyendo bien, que a la gente hay que enseñarle a
pescar, eso sí. Aquí solo llega la asociación de desarrollo de Cóbano. Aquí no se niega ayuda a
nadie. A la gente hay que enseñarle a trabajar.

MINOR. Yo lo que dije es que en Puntarenas pidieron mandaran los presupuestos con tiempo porque
la Contraloría estaba requiriendo más tiempo

GLORIA. Si aquí se vota un documento que es para la comisión de ustedes de zona marítimo
terrestre sin tomarlos en cuenta a ustedes eso es un abuso. Usted todo lo soluciona de forma muy
bonita y con su forma de pensar porque usted es abogado, usted a todo le pone el toque suyo, eso
es solo una carta, es una renuncia y no hay nada mas que decir



CONSIDERANDO:
     -Que se ha conocido renuncia irrevocable a la comisión de Hacienda y presupuesto presentada por la
     Concejal Propietaria Sra. Reina Gloria Cruz Jiménez

ACUERDO Nº4
SE ACUERDA: “Aceptar la renuncia presentada por la Concejal Reina Gloria Cruz Jiménez”. ACUERDO
UNANIME

j.    Arnoldo Rojas Aguilar. ASUNTO. Solicitud de traslado de la patente de licores de su propiedad que
     ha estado en uso en el Bar y Restaurante Rodel ubicado en el Barrio LA Tranquilidad al local nº 6 v
     del centro comercial Plaza Cóbano donde actualmente se encuentra el Restaurante Tengoku Sushi.
     Agrega que ese restaurante Rodel está sin uso. SE DA PASE AL DPTO DE INSPECCIONES PARA LA
     RESPECTIVA INSPECCION E INFORME.

k. MSc Olga Moncada Ledezma. Directora Escuela Carmen Lyra. OFICP DECL-0018-2014. ASUNTO.
   Solicitud de colaboración para la implementación de dos plays para la escuela Carmen Lyra. SE DA
   PASE A LA ADMINISTRACION PARA QUE LO ANALICE Y SI ES POSIBLE SE INCLUYA EN EL
   PRESUPUESTO ORDINARIO.


V. MOCIONES
SE DISPENSA


VI. INFORME DE LA ADMINISTRACION


DEPTO. LEGAL

     a. Lic. Francil Herrera.
Asunto: Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio, en contra del Oficio ZMT 623 - 2008, del Departamento
de Zona Marítimo Terrestre de fecha 04 de Noviembre del 2008, en la que se notifica formalmente el avaluó No 472 –
2008 realizado por parte de la Unidad de avalúos de la Dirección General de Tributación, Administración Regional de
Puntarenas en fecha 16 de Octubre del 2008.

Considerando:

Primero: Que en fecha 27 de Noviembre del 2007, el señor Federico Guzmán Brenes, interpone formalmente en
calidad de apoderado especial de la sociedad denominada AJOLI SOCIEDAD ANONIMA, Recurso de Revocatoria con
Apelación en Subsidio, en contra del Oficio ZMT 623 – 2008 dictado por el encargado a.i. del departamento de zona
marítimo terrestre de la Municipalidad de Còbano el día 04 de Noviembre del 2008, el cual fue debidamente
notificado a la parte interesada mediante vía fax a las a las 8 horas 53 minutos del 13 de Noviembre del 2008.

En dicho Oficio procede a notificar lo siguiente:

“A través de este medio estamos notificando a usted que esta Municipalidad, en acatamiento a los dispuesto en los
artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Zona Marítimo Terrestre y de acuerdo con lo establecido en el Decreto
Ejecutivo número: 29818MP –H – MEIC, que mediante avaluó No 472 – 2008 realizado por la Unidad de Avalúos de la
Dirección General de Tributación Directa, Administración Regional de Puntarenas con fecha 16 de Octubre de 2008,
por lo tanto a partir de esta fecha se le asigne a la parcela AJOLI SOCIEDAD ANONIMA 4 de Mal País de Còbano un
valor correspondiente al 0.60 del valor del mercado, estimándose así el metro cuadrado en C 35.600 colones por
tanto, el valor total de la parcela viene a ser la suma de C 105.562.188 colones  (ciento cinco millones quinientos
setenta y dos mil ciento ochenta y ocho colones exactos ), (…) “

Dicha notificación de realizo mediante oficio puro y simple, sin ningún tipo de formalidad. Sin Embargo, de
conformidad con el artículo 51 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítima Terrestre, la Municipalidad o este caso
el Concejo deberá cumplir con una serie de requisitos, así como también con las establecidas en el artículo 147 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Así mismo, de conformidad con el artículo 51 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, debe existir una aceptación
por parte de la Municipalidad del avaluó, empero en el oficio de notificación se omite indicar los motivos bajo los
cuales dicha Municipalidad aceptó el avaluó.
Con fundamento en lo anterior, se evidencia que la notificación realizada a mi representada carece de elementos
necesarios para dicho acto resulte valido toda vez que no parece venir firmado por el funcionario autorizado, no
contiene los motivos y justificación de la aceptación del avaluó, no contiene los motivos y justificación de la
aceptación del avaluó, no analiza los elementos del avaluó no demás elementos de hecho y de derecho que pueda
tener en la cuestión.

Es claro que en el presente asunto, el oficio notificado a mi representada impone una obligación y una carga a esta,
razón por la cual evidentemente se debió motivar con los fundamentos que sirvieron de base para la decisión.

En virtud de la falta de requisitos y formalidades, el oficio de notificación deviene de nulo de pleno derecho, en virtud
de la falta de elementos esenciales del mismo. En este sentido se tiene fundamentación también en los artículos 136,
166 Y 169 de la Ley General de Administración Pública.

Además se desprende con meridiana claridad que el acto administrativo mediante el cual se notificó a mi
representada el supuesto canon que debe pagar a esa Municipalidad resuelta nulo de puro derecho, y por lo tanto
sus efectos no tiene validez ni eficacia y mucho menos se puede ordenar su ejecución.

Segundo: Que de conformidad con el oficio numero el ZMT – 623 -2008 se indica que de acuerdo por el uso que se le
da a la parcela, se le aplica un 4% para el uso de zona residencial recreativa, por un área de 2.965.23m2 (…)

Tal y como consta del plano catastro numero: 6 – 1130181 -2007, inscrito en el Catastro Nacional del 22 de Octubre
del 2007, área de la parcela para dar en concesión a AJOLI SOCIEDAD ANONINA, es de 2 871.40 m2 por lo que la
Administración Tributaria y la Municipalidad de Còbano aplicaron un área errónea, existiendo una diferencia de 93.83
m2 de menos en el terreno, y por lo consiguiente, la imposición de un canon equivoco al no concordar el área real de
la parcela con el porcentaje de ley que corresponde.

Tercero: Que el oficio objeto de la presente impugnación es decir, el zmt 623 – 2008 dictado por el encargado a.i. del
departamento de la zona marítimo terrestre de la Municipalidad de Cobano, se indica que se le aplica a la parcela un
porcentaje del 4% para uso de zona residencial recreativa, (...)

Según criterio de la Municipalidad de Cobano, el porcentaje se le aplica un 4%, de acuerdo al artículo 49 del
reglamento de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, los porcentajes de los cánones se dividen en lo establecido en
el citado artículo.

Es decir, que de acuerdo al criterio de la Municipalidad, la parcela corresponde a mi representada es de carácter
recreativo, sin embargo en la misma no consta ningún elemento que demuestre la apreciación de la administración.
Tampoco existe un verdadero razonamiento bajo el cual la Municipalidad determino que el destino o uso que se le da
a la parcela es recreativo. Contrario a lo anterior, el lote corresponde a una parcela en donde consta una casa de
habitación o vivienda, por lo que estamos en presencia de una parcela de uso habitacional.

Asimismo, en dicha parcela no consta ninguna piscina, cancha de tenis, y/o ningún otro tipo de superficie para la
práctica algún deporte, por lo que no se puede determinar que la parcela sea de uso Recreacional.

Por último, siendo que el destino primario de la zona en la que se encuentra la parcela es Residencial, es claro que
este es el canon que se debería cobrar, lo que de acuerdo con el artículo 49 de previa cita corresponde a un 3% de la
base impositiva.

En virtud de lo anterior, solicitamos que se proceda a ajustar el canon a un 3% del valor de la base imponible, por ser
este el correspondiente a la zona en la que se encuentra ubicada la parcela y en virtud de que la parcela no está
siendo explotada para fines recreativos.

Tercero: Que se declara bajo fe de juramento que todo lo que aquí manifestado y la información documental aquí
aportada es real, fiel y autentica, por lo tanto es verdadera.

Resultando

Primero: Que según consta en el expediente administrativo a folios 117 Y 118 el avaluó efectuado por parte de la
Dirección General de Tributación, Administración Tributaria de Puntarenas, quien le asignó a la parcela a nombre de
la sociedad denominada AJOLI SOCIEDAD ANONIMA, el avaluó fiscal Nº 472 - 2008 de fecha 16 de Octubre del 2008
sobre una área de 2.965.23m2 con base en un plano sin catastrar, concediéndole a dicha parcela un valor fiscal de C
35.600 colones el metros cuadrado, para un valor total del terreno de      C 105.562.188.00 colones, mismo que
fue debidamente aceptado en todos sus extremos por parte de este Concejo Municipal en su sesión ordinaria
numero: 36 - 08 del 27 de Octubre del 2008.

No obstante, cabe destacar que en este caso en particular se debe tomar en consideración lo indicado por el
apoderado especial de la citada sociedad, con respecto al plano número: P – 1130181 – 2007 de fecha 22 de Octubre
del 2007, el cual efectivamente cuenta con un área de 2871.40 m2, el cual no fue tomado en consideración al
momento de efectuar el avaluó, esto por cuanto dicha solicitud fue presentada formalmente ante Administración
Tributaria de Puntarenas según corre a folio 114 del 7 de septiembre del 2007, mediante oficio número: ZMT 413 –
2007.

Situación que ciertamente da como resultado las afirmaciones hechas por parte del apoderado de la sociedad
Recurrente, toda vez que al confrontar el plano sin catastrar utilizado con el último vigente al día de hoy y
debidamente catastrado bajo el número: P -1130181 – 2007, arrojando la existencia de una disminución en el área
de 93.83 m2 menos , pero que en esa oportunidad eran imposible de evidenciar la falta de la vigencia de este último
por encontrarse en ese momento ya debidamente catastrado, si no hasta tiempo después de que la solicitud ya había
sido planteada, pero a pesar de ello en este caso en concreto en esa ocasión se debió en todo caso utilizar para
realizar dicho avaluó, no el plano sin inscribir que contaba con una área de 2.965.23m2, si no el plano P – 353416 – 96
con área de 2.939.53 m2 que era el únicamente valido y eficaz en ese momento.

Segundo: Cabe enfatizar que en lo que respecta a la afirmación hecha por parte del apoderado especial de la
sociedad recurrente, con relación a la aplicación errónea del porcentaje correspondiente por concepto de canon, me
permito me permito indicarle que esta actuación no corresponde expresamente a una imposición antojadiza de la
administración (por parte del coordinador a.i. del departamento de zona marítimo terrestre), sino más bien dicho
porcentaje nace producto la publicación respectiva del reglamento del plan regulador costero de la zona que fue
debidamente aprobado por la Municipalidad de Puntarenas, y que se encuentra debidamente publicado en la Gaceta
número: 192 del 1 de de Octubre del 2004, el cual indica tácitamente cada una de las regulaciones generales dada a
las zonificaciones respectivas de acuerdo al área a concesionar.

Con fundamento en lo anterior, se destaca según su localización que dicha parcela en cuestión se encuentra
comprendida entre los mojones 28 y 301, y que de acuerdo a dicha reglamentación esta se encuentra clasificada
como zona de Residencial Recreativa, para la cual se le concede los siguientes usos permitidos los cuales comprenden
específicamente: las viviendas unifamiliares, áreas de deporte livianos al aire libre, senderos peatonales, a los cuales
les establece un porcentaje del 4% cobrado, ya que más bien el mismo tiene fundamento tanto en la zonificación
dada por el Reglamento del Plan Regulador del Sector Costero Anexo Punta Barrigona, así como en el artículo 49 del
Reglamento de la Ley de zona marítimo terrestre, lo que improcedente a todas luces la aplicación del porcentaje del
3% por no estar contemplado dicho uso dentro del Plan Regulador vigente para esta zona.

 Cuarto: Que en este caso en particular llevar razón el apoderado especial de la sociedad denominada AJOLI
SOCIEDAD ANONIMA., al indicar que el oficio ZMT 623 - 2008 dictado por el encargado a. i. del departamento de
zona marítimo terrestre no cumple a cabalidad con las formalidades propias de una resolución administrativa, ni
tampoco contemplada algunos de los requisitos legales establecidos en el artículo 147 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios; misma que a pesar de no contener a cabalidad todos los presupuestos obligatorios
requeridos propiamente en la norma, tal y como se desprende del folio 119 y 120 de los autos; se considera
oportuno aclarar mediante este acto que a pesar de ello la misma si encuentra debidamente firmada por parte del
funcionario respectivo y con la debida constancia de notificación.

En este sentido, considero beneficioso recalcar que otro aspecto importante en el presente asunto es lo referente al
plazo de vigencia del avaluó impugnado; toda vez que es claro en el Reglamento a la Ley de Zona Marítimo Terrestre
siempre ha indicado en su artículo 50 una vigencia perentoria de cinco años, término que en este caso concreto a
trascurrido sobradamente sin habérsele referido oportunamente a la presente impugnación teniendo como
consecuencia la perdida de vigencia del mismo.

Aunado a ello además se debe tener en cuenta reforma sufrida a la Ley de Zona Marítima Terrestre mediante el
decreto ejecutivo número: Nº 37278-MP-H-T-DDL, específicamente en los artículos 50, 51 y 51 bis de la citada
normativa la cual a la fecha viene a imposibilitar la remisión de la Apelación respectiva sobre el avaluó número: No
472 – 2008 que en esa ocasión fue realizado por parte de la Unidad de avalúos de la Dirección General de Tributación,
ante Administración el cual tenía como propósito fundamental que se valoren nuevamente aspectos técnicos que en
esa oportunidad fueron refutados por el Recurrente, y que son alguno de los motivos sobre los que versa la
disconformidad del mismo, ya que la única excepción que se estableció con la modificación a dicha norma es aquellos
casos indicados en el transitorio único, lo cual este momento para este caso en concreto no es procedente elevar
ante la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda, ya que en este momento ya no es procedente,
esto por cuanto dicha norma le otorga dicha facultad a este Concejo Municipal de Distrito para que sean estos
quienes procedan con la elaboración de los avalúos respectivos.

POR TANTO:

Con fundamento en los argumentos antes expuestos, por parte del apoderado especial de la sociedad denominada
AJOLI SOCIEDAD ANONIMA S.A., en este acto procedo a declarar parcialmente con lugar el presente Recurso de
Revocatoria impugnado, dicho rechazo obedece al tema de los planos utilizados en esa oportunidad y la
diferenciación de área existente entre uno a otro, así como también con respecto al porcentaje del 4% establecido
para este tipo de zonificación según el Reglamento del Plan Regulador del Sector Costero Anexo Punta Barrigona, lo
cual no es procedente.

Caso diferente sucede en lo que respecta al tema de las formalidades propias que debería contener la resolución
administrativa impugnada, ya que según lo establecido en el artículo 147 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, por lo que en lo respecta a este aspecto este debe ser admitido por lo que con secuencia de ellos se
deberá dejar sin efecto el Oficio ZMT 622 -2008, del Departamento de Zona Marítimo Terrestre de fecha 14 de
Noviembre del 2008, en su lugar se debe ordenar al departamento de zona marítimo terrestre primeramente a
realización a la mayor brevedad posible de un nuevo avaluó de este terreno pero en esta oportunidad con el último
plano que consta en autos, el cual paralelamente debe ser notificado a la citada sociedad la cual deberá cumplir a
cabalidad con los supuestos del artículo 147 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios

MINOR. El recurrente tenía razón en algunas cosas, en el porcentaje no porque eso es por ley, se debe
volver a hacer el avalúo

CONSIDERANDO:

-Que se ha conocido criterio legal sobre Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio, en contra del
Oficio ZMT 623 - 2008, del Departamento de Zona Marítimo Terrestre de fecha 04 de Noviembre del 2008,
en la que se notifica formalmente el avaluó No 472 – 2008 realizado por parte de la Unidad de avalúos de
la Dirección General de Tributación, Administración Regional de Puntarenas en fecha 16 de Octubre del
2008.

ACUERDO Nº5
SE ACUERDA: “Acoger en todas sus partes el criterio legal y notificar el mismo al interesado y al
Departamento de zona marítimo terrestre para lo que corresponde”. Votan a favor los Concejales Minor
Jiménez, Enio Valenzuela, José León y Ronny Rodriguez. Se abstiene de votar la Concejal Reina Gloria
Cruz Jiménez e indica que si hubiera un error y si cabe duda salvo el voto Se somete a votación la
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.


DPTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE

     b. Mariela Céspedes Mora. Encargada a.i. OFICIO ZMT 138-2014
        Asunto: Respuesta Oficio MPD-ZMT-373-2014 del Instituto Costarricense de Turismo.

Por medio de la presente me permito informarles que para llevar a cabo la cancelación de patentes, permisos
sanitarios de funcionamiento, constancias y remover o destruir construcciones ilegales en zona restringida y zona
publica de las solicitudes de concesión de Foxin Limitada y Or Ahayim Sociedad Anónima, se debe de realizar un
procedimiento administrativo y efectuar las cancelaciones correspondientes, el cual da inicio en el momento que se
anulen los acuerdo emitidos por el Concejo Municipal en cuanto al otorgamiento del uso de suelo, ya que esto es
fundamental al haberse generado derechos subjetivos de los mismos.
Además es necesario recordar que en cuanto al tema de las construcciones actualmente se encuentra en vigencia
Ley 9073 denominada Ley para la Protección a los Ocupantes de Zonas Clasificadas como Especiales así como la entra
en vigencia de la Ley 9242 la cual lleva por nombre Ley para la Regularización de las Construcciones Existentes en la Zona
Restringida de la Zona Marítimo Terrestre.
Por otra parte es importante recordar que es imposible para nuestro Concejo Municipal anular permisos de
funcionamiento debido a que estos son emitidos por el Ministerio de Salud y en vista de ella este Concejo no tiene
potestad para ello.
En virtud de lo expuesto anteriormente le informo que hasta tanto no se lleve a cabo la anulación de los acuerdos del
Concejo y el departamento legal emita un criterio en cuanto al trámite a seguir, me veo imposibilitada a
pronunciarme al respecto.


CONSIDERANDO:

-Que se ha conocido criterio del departamento de zona marítimo terrestre sobre consulta realizada por el
ICT en el oficio MPD-ZMT-373-2014

ACUERDO Nº6
SE ACUERDA: “Acoger criterio emitido por el Departamento de zona marítimo terrestre y enviar al Instituto
Costarricense de Turismo”. Votan a favor los Concejales Enio Valenzuela, Ronny Montero, José León, y
Minor Jiménez. Se abstiene de votar la Concejal Gloria Cruz ya que indica que no le queda claro Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.


     c. Srta. Mariela Céspedes Mora. Encargada a.i. Depto. de Zona Marítimo Terrestre. OFICIO ZMT
        140-2014

Asunto: Respuesta Oficio MPD-ZMT-371-2014 del Instituto Costarricense de Turismo.

Por medio de la presente me permito informarles que según el Plan Regulador de Playa Carmen, publicado en el
Diario de Oficial Nacional La Gaceta número 176 del viernes 13 de setiembre 2002 aprobado por la municipalidad de
Puntarenas en sesión Nº 359, artículo III, inciso d. del 1 de abril 2002, los usos permitidos para la concesión
aprobada en la propiedad en donde se localiza la concesión a nombre de la sociedad denominada CARRANZA LEON
S.R.L, la misma cuenta con los siguientes usos:

Zona de servicios básicos (ZSB) cuyos usos permitidos son:

   Servicios sanitarios.
   Vestidores y duchas.
   Puesto de información turística.
   Puesto de primeros auxilios.
   Servicios telefónicos.
CONSIDERANDO:

-Que se ha conocido criterio emitido por el Departamento de zona marítimo terrestre sobre consulta
realizada por el Instituto Costarricense de Turismo en el oficio MPD-ZMT-371-2014

ACUERDO Nº7
SE ACUERDA: “Acoger criterio emitido por el Departamento de zona marítimo terrestre sobre consulta
realizada por el Instituto Costarricense de Turismo en el oficio MPD-ZMT-371-2014 y hacerlo de
conocimiento de esa Institución”. ”. Votan a favor los Concejales Enio Valenzuela, Ronny Montero, José
León, y Minor Jiménez. Se abstiene de votar la Concejal Gloria Cruz y que indica que los inspectores han
ido anteriormente a hacer inspección y no ha estado bien el debido proceso por eso ahora me cabe la
duda. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas
sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.


   d. Srta Mariela Céspedes Mora. Encargada a.i. Dpto. ZMT. OFICIO ZMT 137-2014
Asunto: Respuesta Oficio MPD-ZMT-372-2014 DEL Instituto Costarricense de Turismo.

Por medio de la presente me permito saludarles y al mismo tiempo informarles lo acontecido, en relación al Recurso
Extraordinario de Revisión contra los acuerdos de del Concejo Municipal numero CMDCS 169-2011 de 29 de junio y
CMDCS 195-2011 del 20 de julio 2011 de Foxin Limitada; CMDCS 170-2011 del 29 de junio del 2011 y CMDCS 196-
2011 del 20 de julio del 2011 de Or Ahayim., interpuesto por el señor Richard Sommer interpuesto ante el Concejo
Municipal el cual le dio pase a la Comisión de Zona Marítimo Terrestre para que esta se pronunciara al respecto, sin
embargo esa comisión decidió que se le diera pase a la Asesoría Legal de este Concejo Municipal para que esta fuera
la que resolviera dicho recurso.

CONSIDERANDO:

-Que se ha conocido criterio del depto. de zona marítimo terrestre sobre consulta realizada por el ICT
mediante oficio NºMPD-ZMT-372-2014

ACUERDO Nº8
SE ACUERDA: “Acoger el criterio presentado y se da pase del oficio MPD-ZMT-372-2014 a la asesoría
legal de zona marítimo terrestre”. ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45
del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.



VII. INFORME DE LA INTENDENCIA

Se dispensa



VIII ASUNTOS VARIOS

Se dispensa



         Finaliza la sesión al ser las veintiún horas con treinta y cinco minutos




         Roxana Lobo Granados                                  Minor Jiménez Gutiérrez
         SECRETARIA                                            PRESIDENTE



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