Ordinaria 40 · 2013-10-15

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 40 del 2013-10-15 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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                                           ACTA ORDINARIA Nº 40-13

Acta número cuarenta - trece de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal del Distrito de
Cóbano el día quince de Octubre de dos mil trece a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este
Concejo.

CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES

Minor Jiménez Gutiérrez                             PRESIDENTE Y SINDICO
Ronny Rodríguez Villalobos
Romelia Vargas Hernández
Enio Valenzuela Ruiz
Reina Gloria Cruz Jiménez

CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
Josué Villalobos Matamoros
Noemi Rodríguez Cordero
José León Sandoval

CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION
Alba Rosa Gómez Espinoza

CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION

INTENDENTE
Omar Fernández Villegas

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

I.          Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo
            el orden del día propuesto para esta sesión el cual se aprueba en todas sus partes.
            ACUERDO UNANIME
II.         RATIFICACION DE ACTA 39-13
III.        AUDIENCIAS
IV.         CORRESPONDENCIA
V.          MOCIONES
VI.         INFORMES DE LA ADMINISTRACION
VII.        INFORME DE LA INTENDENCIA
VIII.       ASUNTOS VARIOS


II. RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA 39-13

        a. Se somete a ratificación del Concejo e l acta ordinaria 39-13 la cual se ratifica en todas sus partes.
           ACUERDO UNANIME


III. AUDIENCIAS

        a. Se recibe para su debida juramentación a la señora Sra. Ana Iris Solórzano Rojas, portadora de
           la Cédula 1 1006 535, la cual fue nombrada como miembro de la Junta de Educación de San
           Ramon de Ario.
           CONSIDERANDO:
           -Que de la terna presentada se nombro a la señora Ana Iris Solórzano Rojas como miembro de la
           junta de educación del Centro Educativo de San Ramon de Ario
           -Que se ha presentado para su debida juramentación
           ACUERDO Nº1
           SE ACUERDA: “Juramentar a la señora Ana Iris Solórzano Rojas cédula 1 1006 535 como
           miembro de la Junta de Educación de San Ramón de Ario. Procede a la juramentación el
           Presidente Municipal de acuerdo a lo que establece el artículo 194 de la constitución política”.
           ACUERDO UNANIME

        b. Se recibe para su debida juramentación a los señores miembros de la Junta de Educación de San
           Isidro.
   CONSIDERANDO:
   -Que de las ternas presentadas se nombro como miembros de la junta de educación del Centro
   Educativo de San Isidro a los señores:
           Marco Tulio Quiros Rojas                         cédula 6 104 940
           Sandra Tenorio Sequeira                          cédula 6 242 179
           Shirley Alvarado Elizondo                cédula 6 323 973
           Álvaro Álvarez Briceño                   cédula 6 231 610

    -Que se ha presentado para su debida juramentación

    ACUERDO Nº2
    SE ACUERDA: “Juramentar a la señores:
          Marco Tulio Quiros Rojas                                  cédula 6 104 940
          Sandra Tenorio Sequeira                                   cédula 6 242 179
          Shirley Alvarado Elizondo                         cédula 6 323 973
          Álvaro Álvarez Briceño                            cédula 6 231 610

     Procede a la juramentación el Presidente Municipal de acuerdo a lo que establece el artículo 194
    de la constitución política”. ACUERDO UNANIME

    GLORIA: Les da las gracias por aceptar trabajar para la escuela y les insta a continuar adelante.

c. Sr. Ulises Porras. Administrador del Estadio.
   PRESIDENTE: Le da la bienvenida y concede la palabra.
   ULISES: Mi objetivo hoy aquí es brindar un informe económico del estadio y aclarar algunas cosas
   que se han dicho de mí y que no me han gustado. Voy a repasar la historia, entre formando un
   comité donde estaban entre otros Gloria, Pilar, Negro Villarreal y Picho al final quedamos Pilar y yo.
   Fui al comité distrital y me dijeron que continuáramos y que yo le diera informes a Pilar, luego Pilar
   renuncio y volví al Comité y me dijeron que les diera los informes a ellos, yo siempre brinde
   informes, luego se formo otro comité donde estaba Francisco, Invania, Rosa, este comité fue un
   desorden y volví a quedar solo. Yo no sé que tiene Cinthya contra mí, porque vino aquí a decir
   cosas de mí.
   También tuve problemas con las llaves, un día Romelia llego me las pidió porque tenían un
   campeonato y al rato me llamaron de la ferretería que le estaba sacando copia a la llave, y le digo
   de frente porque cayó tan bajo, yo la consideraba una señora seria.
   -Presenta el informe de los últimos tres meses
   ROMELIA: Felicito a Ulises porque así se tienen que decir las cosas de frente. Le pedí las llaves un
   día que venia saprisa (niños) llegue al estadio teníamos que limpiar y como Francisco no llego
   pensé que le iba a sacar una copia para no molestar mas, pero no lo hice con una mala intención y
   esa copia la tengo en mi casa, yo se la voy a devolver. También quiero aclarar algo, aquí Cinthya
   nunca ha dicho que usted se robo algo, esas palabras nunca las usó.
   ULISES. No hace falta.
   -Presenta también nota de renuncia al cargo de administrador del estadio, el cual le fue asignado
   por este Concejo. Donde indica que agradece la confianza pero varios motivos le obligan a tomar
   esta decisión, agrega que ha dedicado varios años a este trabajo ad honoren, del cual se va con la
   frente muy en alto por el servicio brindado a la comunidad.
   ROMELIA: El es muy importante para la vigilancia del estadio y yo no estoy de acuerdo, es cierto
   que él deja de su trabajo para chapear la plaza

    MINOR: Quien maneja el estadio

    ULISES. La electricidad y el agua la paga el comité y la gasolina para las chapeas la da el equipo
    de Cóbano

    MINOR: Cuando se habló del administrador del estadio y apareció Ulises me alegre porque es una
    persona que le gusta hacer las cosas bien y le gusta el deporte, porque no es cualquiera que se le
    puede dar el torito.

    GLORIA. A mí me parece que él es una persona importante en ese campo su trabajo es excelente
    me gustaría que lo piense y se quede y que este Concejo lo apoye.

    ROMELIA: Al comité distrital debemos pedirle que forme el comité comunal pero siguiendo el
    proceso correcto.

    JOSE: A Ulises lo elegimos nosotros como administrador.

    El señor se retira.
      PRESIDENTE: debemos tomar una decisión con respecto a esta renuncia del señor Porras.

      CONSIDERANDO:
      - Que el señor Ulises Porras a presentado su renuncia al cargo de administrador ad honoren del
        estadio que le asigno este Concejo Municipal.
      - Que consideramos ha hecho una buena labor ya que es una persona de confianza que se
        identifica con el deporte y cuida los implementos que se le confieren como las chapeadoras y el
        torito.
      - Que no podemos dejar el estadio sin vigilancia
      - Que el señor Porras nos genera confianza de que en cualquier actividad él está atento a vigilar
        esas instalaciones.
        ACUERDO Nº4
        SE ACUERDA: 1.“No aceptar la renuncia presentada por el Señor Ulises Porras al cargo de
        administrador ad honoren del Estadio asignado por este Concejo, ya que este Concejo
        necesita una persona de confianza que esté atento a lo que sucede en el Estadio y lleve control
        de las actividades que ahí se realizan, e indicarle al señor Porras que este Concejo requiere de
        la continuidad de su colaboración voluntaria, aunque exista un comité comunal.
        -Que su labor principal es velar por el buen uso de las instalaciones, agua y electricidad y el
        manejo de las llaves
        -Que cuando se nombre el comité comunal él debe continuar con su labor, la diferencia está en
        que ya no tendría que manejar dinero, que es lo más apropiado y tendría que coordinar con
        ellos las diferentes labores a realizar
        2. Solicitarle al Comité distrital de deportes se presenten a la sesión del día 29 de octubre del
        2013. Asunto. Formación del comité comunal de Deportes de Cóbano”. ACUERDO UNANIME

  d. Se recibe al señor Keiner Rodríguez.
     MINOR. Le da la bienvenida y concede la palabra.
     Hace seis años iniciamos con la ruta 631 A que es la directa a San José y hemos operado sin
     ningún problema. Este año las rutas salieron a licitación la 630 salió bien Río Negro-Paquera-
     Cóbano-Montezuma y Viceversa y la 631 A no sabemos porque ni con que intención salió San
     José –Paquera-Cóbano-Montezuma y viceversa hay una diferencia con el servicio brindado el cual
     incluye hasta Mal País. Lógico que esto nos perjudica. Nosotros podemos iniciar todo un proceso
     para corregir pero nos dijeron que para más fácil y rápido le pidiera una nota a las fuerzas vivas de
     las comunidades donde apoyen el servicio brindado.
     ROMELIA: A mí me consta que todos los días pasan con el bus
     GLORIA: Ellos son los que han trabajado y por eso estoy de acuerdo en darles un acuerdo de
     apoyo
     EL Señor Rodríguez se retira.

      PRESIDENTE. Vamos a someter a acuerdo del Concejo el darle una muestra de apoyo a un
      empresario de la zona se inicio cuando aquí no había nada.

      CONSIDERANDO:
      -Que desde hace seis años la empresa Transportes Cóbano S.A. brinda el servicio de transporte
      público directo entre San José- Paquera-Cóbano-Tambor-Montezuma-Mal País y viceversa.
      -Que este ha sido un servicio de calidad
      -Que estamos en una zona turística donde el turista se concentra en las áreas de Mal País y
      Montezuma y por lo tanto es importante que el servicio llegue hasta esos lugares.
      -Que es a la zona de Mal País y Santa Teresa las de más auge turístico
      -Que la empresa Transportes Cóbano S.A. durante estos años ha brindado el servicio hasta Mal
      País dos veces al día, con unidades de muy buena calidad, aun si el camino de lastre se
      encuentre en pésimas condiciones como muchas veces sucede.
      ACUERDO Nº5
      SE ACUERDA: “Solicitarle al Consejo de Transporte Público del Ministerio de Obras Públicas y
      Transportes que la ruta 631 A de la cual es concesionaria la empresa Transportes Cóbano S.A.
      siga brindando el servicio como hasta el momento lo ha hecho, con un recorrido que incluye San
      José- Paquera-Cóbano-Tambor-Montezuma-Mal País y viceversa, ya que dejar por fuera a Mal
      País sería retroceder la economía y desarrollo del Distrito de Cóbano, el cual depende, en su
      mayoría del turismo y éste se concentra en la zona de Mal País y Santa Teresa. ACUERDO
      UNANIME

IV. CORRESPONDENCIA

  a. Omar Fernández. Intendente. ASUNTO. Modificación presupuestaria nº 9-2013 por un monto total
     de cinco millones ochocientos ochenta y cinco mil setecientos trece colones con 00/100
                    MODIFICACION PRESUPUESTARIA 9-2013

                                                                      SUMA QUE
                                                        SUMA QUE
CODIGO            DETALLE            SALDO ACTUAL                        SE    NUEVO SALDO
                                                        SE REBAJA
                                                                      AUMENTA
                      PROGRAMA I ADMINISTRACION GENERAL
                SE REBAJA
1.06.01 Seguros                          1,702,592.00 1,118,038.00           0.00    584,554.00
        Servicios de transferencia
1.03.07                                  1,514,300.00 1,000,000.00           0.00    514,300.00
        electronica de informacion
1.02.04 Servicios Telefonico               787,203.00    300,000.00          0.00    487,203.00
1.04.03 Servicio de Ingenieria           1,500,000.00    800,000.00          0.00    700,000.00
               SE AUMENTA
0.04.01 C.C.S.S.                         5,248,490.00                  678,591.00   5,927,081.00
0.04.05 Contribucion Banco Popular        185,197.00                    23,945.00    209,142.00
          Reg. Oblig. Pension
0.05.02                                  1,111,183.00                  143,668.00   1,254,851.00
          Comple.
0.05.03   F.C.L                           555,592.00                   71,834.00      627,426.00
1.02.02   Servicios electricos             16,322.00           0.00 1,000,000.00    1,016,322.00
1.02.01   Servicios de agua                96,678.00           0.00 200,000.00        296,678.00
          Comisiones y gastos por
1.03.06                                  (195,050.43)          0.00 1,100,000.00     904,949.57
          servicios financieros

                                        PROGRAMA I AUDITORIA
                   SE REBAJA
1.06.01   Seguros                             650,329.00 650,329.00          0.00           0.00
1.04.03   Servicios de ingenieria             200,000.00 200,000.00          0.00           0.00
1.04.02   Servicios jurídicos                 200,000.00 200,000.00          0.00           0.00
1.04.06   Servicios Generales                  30,000.00  30,000.00          0.00           0.00
1.07.01   Actividades de capacitación         380,000.00  13,774.00          0.00     366,226.00
0.03.01   Retribución años servidos         1,724,322.00 719,898.00          0.00   1,004,424.00
          Impresión encuadernacion y
1.03.03                                        25,000.00  20,000.00          0.00      5,000.00
          otros
1.05.02   Viaticos dentro del pais            179,000.00  40,000.00          0.00    139,000.00
          Mantenimeinto de Edificos y
1.08.01                                        50,000.00  50,000.00          0.00          0.00
          Locales
          Mantenimiento y reparacion
1.08.08                                        50,000.00  50,000.00          0.00          0.00
          equipo computo
5.01.03   Equipo de comunicación               25,000.00  25,000.00          0.00          0.00
          Equipo y programas de
5.01.05                                        62,186.00  50,000.00          0.00     12,186.00
          computo
          Materiales y productos
2.03.04                                        45,100.00  28,373.00          0.00     16,727.00
          electricos
                  SE AUMENTA
0.01.01   Sueldo cargos fijos               2,563,560.00               882,804.00   3,446,364.00
0.03.02   Restricción ejercicio liberal     1,572,778.00               719,898.00   2,292,676.00
0.03.03   Decimo tercer mes                 1,771,492.00               140,809.00   1,912,301.00
0.04.01   C.C.S.S.                            715,544.00               246,779.00     962,323.00
0.04.05 Contribucion Banco Popular          25,246.00                    8,711.00     33,957.00
        Reg. Oblig. Pension
0.05.02                                      151,490.00           0.00    52,248.00     203,738.00
        Comple.
0.05.03 F.C.L                                 75,744.00           0.00    26,125.00     101,869.00

                                        PROGRAMA II BASURA
               SE REBAJA
1.06.01 Seguros                               406,534.00     61,405.00         0.00     345,129.00
              SE AUMENTA
0.01.01 Sueldo cargos fijos                3,657,439.00                   61,405.00    3,718,844.00
                                        PROGRAMA II CAMINOS
                SE REBAJA
1.06.01 Seguros                               149,085.78     97,511.00         0.00      51,574.78
        SE AUMENTA
0.03.01 Retribución años servidos            301,030.00                   21,992.00     323,022.00
0.03.03 Decimo tercer mes                    394,351.00                   23,033.00     417,384.00
0.04.01 C.C.S.S.                             151,393.00                   38,799.00     190,192.00
0.04.05 Contribucion Banco Popular             5,345.00                    1,366.00       6,711.00
        Reg. Oblig. Pension
0.05.02                                       32,051.00                    8,216.00      40,267.00
        Comple.
0.05.03 F.C.L                                16,028.00                     4,105.00      20,133.00
                                        PROGRAMA III PLANTEL
                SE REBAJA
1.06.01 Seguros                               143,232.34    125,197.00         0.00      18,035.34
        SE AUMENTA
0.01.01 Sueldo cargos fijos                  899,116.00                   19,463.00     918,579.00
0.03.01 Retribución años servidos            316,666.00                    6,356.00     323,022.00
0.03.02 Restricción ejercicio liberal                 -                        0.00           0.00
0.03.03 Decimo tercer mes                    394,351.00                   30,691.00     425,042.00
0.04.01 C.C.S.S.                             154,147.00                   50,773.00     204,920.00
0.04.05 Contribucion Banco Popular             5,440.00                    1,791.00       7,231.00
        Reg. Oblig. Pension
0.05.02                                       32,636.00                   10,749.00      43,385.00
        Comple.
0.05.03 F.C.L                                 16,318.00                    5,374.00      21,692.00
        PROGRA III VIAS DE
        COMUNICACIÓN
        SE REBAJA
0.01.02 Jornales Ocasionales                5,732,950.00    306,188.00         0.00    5,426,762.00
        SE AUMENTA
0.02.04 Compensacion vacaciones                       -            0.00 306,188.00      306,188.00
        TOTAL MODIFICACION                                 5,885,713.00 5,885,713.00




       PRESIDENTE        INTENDENTE          SECRETARIA        CONTADOR         TESORERA
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido y analizado modificación presupuestaria 9-2013 por un monto total de cinco millones
ochocientos ochenta y cinco mil setecientos trece colones con 00/100 (¢5.885.713,00)

ACUERDO Nº3
SE ACUERDA: “Aprobar modificación presupuestaria presentada por la Intendencia por un monto total de
cinco millones ochocientos ochenta y cinco mil setecientos trece colones con 00/100 (¢5.885.713,00))”.
ACUERDO UNANIME. ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del
código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO. No vota la Regidora Reina Gloria Cruz. Indica que las modificaciones
deberían presentarla con más tiempo para leerlas y analizarlas bien

  b. Omar Fernández Villegas. Intendente. OFICIO I-328-13 ASUNTO. Decisión Inicial para
     Contratación de maquinaria para reparación en el camino que comunica desde Santa Teresa
     (Hotel Flor Blanca) hasta San Martin y la cuesta de San Martín, por un monto de diez millones
     doscientos veinticinco mil colones con 00/100 (¢10.225.000.00).

       CONSIDERANDO:
       • Que según decisión inicial de la Intendencia se debe intervenir la ruta que comunica de
         Santa Teresa (Hotel Flor Blanca) hasta San Martin y la cuesta de San Martín.
       • Los trabajos son de mantenimiento.
       • Que el tramo a intervenir es de aproximadamente 4000 metros de longitud
       • Que para este trabajo se requiere 55 horas de niveladora,250 horas de vagoneta, 70 horas
         de back hoe, 30 horas de compactadora y 30 horas de tanqueta de agua
       • Que el monto para este trabajo es de diez millones doscientos veinticinco mil colones con
         00/100 (¢10.225.000.00), de la partida presupuestaria 1.08.02 III Vías de Comunicación, de
         lo cual se cuenta con la aprobación de la tesorería municipal
         ACUERDO N°6
         SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la
         contratación de la maquinaria necesaria que permita la reparación del camino vecinal que
         comunica de Santa Teresa (Hotel Flor Blanca) hasta San Martin y la cuesta de San Martin.
         Para esto se requiere:
         55 horas de niveladora,
         250 horas de vagoneta,
         70 horas de back hoe,
         30 horas de compactadora y
         30 horas de tanqueta de agua.
         El monto para este trabajo es de diez millones doscientos veinticinco mil colones con 00/100
         (¢10.225.000.00),       de la partida presupuestaria 1.08.02 III Vías de Comunicación.
         ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal
         el cual se aprueba en todas sus formas, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
         APROBADO.

  c. Omar Fernández Villegas. Intendente. OFICIO I-325-13 ASUNTO. Decisión Inicial para
     Contratación de maquinaria para reparación en el camino que comunica a Río Negro con
     Santiago, San Isidro con Santiago-Manzanillo y a Manzanillo con Bethel hasta el Mango, por un
     monto de diecinueve       millones   seiscientos setenta y cinco mil colones con 00/100
     (¢19.675.000.00).

       CONSIDERANDO:
       • Que según decisión inicial de la Intendencia se debe intervenir la ruta que comunica a Río
         Negro con Santiago, San Isidro con Santiago-Manzanillo y a Manzanillo con Bethel hasta el
         Mango (entronque ruta 160)
       • Los trabajos son de mantenimiento.
       • Que el tramo a intervenir es de aproximadamente 21000 metros de longitud
       • Que para este trabajo se requiere 225 horas de niveladora, 275 horas de vagoneta, 90 horas
         de back hoe, 100 horas de compactadora y 100 horas de tanqueta de agua
       • Que el monto para este trabajo es de diecinueve millones seiscientos setenta y cinco mil
         colones con 00/100 (¢19.675.000.00),       de la partida presupuestaria 1.08.02 III Vías de
         Comunicación, de lo cual se cuenta con la aprobación de la tesorería municipal
         ACUERDO N°7
         SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la
         contratación de la maquinaria necesaria que permita la reparación del camino vecinal que
         comunica a Río Negro con Santiago, San Isidro con Santiago-Manzanillo y a Manzanillo con
         Bethel hasta el Mango (entronque ruta 160)
         Para esto se requiere:
         225 horas de niveladora,
          275 horas de vagoneta,
          90 horas de back hoe,
          100 horas de compactadora y
          100 horas de tanqueta de agua.
          El monto para este trabajo es de diecinueve millones seiscientos setenta y cinco mil colones
          con 00/100 (¢19.675.000.00), de la partida presupuestaria 1.08.02 III Vías de Comunicación.
          ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal
          el cual se aprueba en todas sus formas, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
          APROBADO.

d.    Nefertiti Ingalls. Albacea del juicio Sucesorio de Gitza Gatti. ASUNTO. Solicitud de traslado
     de patente de licores propiedad de Gitza Gatti Bortoluzzi al local denominado Bech Dog café
     restaurante and lounge ubicado en el local comercial Playa Carmen. La patente esta inactiva.
     Presenta contrato de arrendamiento. SE DA PASE AL DEPARTAMENTO DE INSPECCIONES
     PARA EL DEBIDO PROCESO

e. Valentín Jiménez Sánchez. Presidente. Asociación de Desarrollo Integral Cóbano. ASUNTO.
   Solicitud de patente temporal de licores para explotar en feria a realizar el día 2 de noviembre del
   2013 en el salón Los Caraos.
   CONSIDERANDO:
   -Que la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano ha solicita patente temporal de licores para
   explotar en una feria que realizaran el día 02 de noviembre del 2013 en el salón Los Caraos
   ubicado en el campo ferial propiedad de dicha asociación.
   ACUERDO Nº8
   SE ACUERDA: “Aprobar solicitud de patente temporal de licores realizada por la asociación de
   Desarrollo de Cóbano para explotar en una feria que realizaran el día 02 de noviembre del 2013 en
   el salón Los Caraos ubicado en el campo ferial propiedad de esta Asociación”. ACUERDO
   UNANIME

f.   Elvis Castro Hernández y otros. Patentados de Santa Teresa. ASUNTO. Denuncian la indolencia
     del Departamento de patentes de esta Municipalidad la cual después de un año calendario de
     haberse aprobado un reglamento de control de ventas callejeras no se ha hecho nada por extirpar
     esta competencia desleal en contra de los patentados. Agrega que una vez más denuncian la venta
     de licor en lugares de comidas los cuales no aportan patente para llevar a cabo la actividad.
     Indican que se amparan a la ley 8220 artículo 6 a fin de recibir la respuesta en el tiempo indicado.
     Agregan que las instancias judiciales están en su horizonte. TEL. 2640 0354.

     ROMELIA: Es muy cierto cada día llegan más, aquí se hablo, se dijo y no se hizo nada.

     MINOR: Creo que debemos pedirle a la Intendencia hacer un estudio de número de placa,
     propietario y todo lo del vehículos de los que están legales y de los ilegales.

     RONNY: tengo fotos de empleados de los supermercados comprándole a los camiones.

     GLORIA: los supermercados venden muchos licores

     CONSIDERANDO:
         • Que algunos patentados de Santa Teresa han presentado documento donde denuncian la
              indolencia del Departamento de Patentes de este Concejo Municipal ya que después de
              un año calendario de haberse aprobado un reglamento de control de ventas callejeras no
              se ha hecho nada por extirpar esta competencia desleal contra los patentados.
         • Que agregan que esperan respuesta en el tiempo de ley sino subirán a instancias
              superiores para que se les resuelva el derecho que les corresponde.
     ACUERDO Nº9
     SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia un informe de los camiones y carros que venden en
     las calles de Santa Teresa y del distrito en general, de los que no cuentan con permiso para ello y
     de los que lo tengan también, que este informe incluya el número de placa del vehículo y
     propietario y del producto que vende y que se nos indique que se propone hacer la administración
     para dar solución a esta situación”. PARA EL DIA 5 DE NOVIEMBRE. ACUERDO UNANIME

g. Valentín Jiménez Sánchez. Presidente. Asociación de Desarrollo Integral Cóbano. ASUNTO.
   Solicitud de patente temporal de licores para explotar en feria a realizar el día 16 de noviembre del
   2013 en el salón Los Caraos.
   CONSIDERANDO:
   -Que la Asociación de Desarrollo Integral de Cóbano ha solicita patente temporal de licores para
   explotar en una feria que realizaran el día 16 de noviembre del 2013 en el salón Los Caraos
   ubicado en el campo ferial propiedad de dicha asociación.
   ACUERDO Nº10
         SE ACUERDA: “Aprobar solicitud de patente temporal de licores realizada por la asociación de
         Desarrollo de Cóbano para explotar en una feria que realizaran el día 16 de noviembre del 2013 en
         el salón Los Caraos ubicado en el campo ferial propiedad de esta Asociación”. ACUERDO
         UNANIME

    h. José León Sandoval. Presidente. Cámara de Turismo y Comercio de Tambor Y Juan Carlos
       Cruz. Comité Organizador. CATUCO. ASUNTO. Informan que la cámara de turismo amparada al
       Instituto de Costarricense de Turismo y la Asociación de Voleibol de Playa de Costa Rica realizara
       el próximo 16 y 17 de noviembre el II Torneo Nacional de Voleibol de Playa en Bahía Tambor.
       Solicitan que el Concejo se convierta en patrocinador oficial mediante la participación económica
       en la suma de doscientos cincuenta mil colones lo que permitirá la instalación de ballas y
       menciones durante la transmisión.

         JOSUE. Tienen que tener cuidado porque hay gente que está detrás de ellos los que protegen
         desde una lombriz hasta un cangrejo por el asunto de que meten tractor a la playa para nivelar.

         REINA GLORIA: Yo tampoco estoy de acuerdo ya que es una zona declarada por el ICT de
         fragilidad ambiental. Y si no lo apoye para Santa Teresa tampoco para ahí.

         CONSIDERANDO:
         -Que la Cámara de Turismo de Tambor solicita colaboración económica para ayudarse a financiar
         el próximo evento de voleibol de playa a celebrarse en Tambor los días 16 y 17 de noviembre del
         2013.

         ACUERDO Nº11
         SE ACUERDA: Dar pase de esta nota a la Intendencia ya que son ellos los que saben si existe
         contenido presupuestario y si es posible dar o no la ayuda solicitada”. ACUERDO UNANIME

V. MOCIONES
SE DISPENSA

VI. INFORME DE LA ADMINISTRACION

Dpto. de Inspecciones

    a. Greivin Carmona. Inspector Municipal. ASUNTO. Traslado de patente de licores de Luis
       Enrique Carrillo Zeledón

Estimados señores, mediante una inspección realizada el día 10 de Octubre del año 2013, esto en el local comercial
denominado Bar Restaurante y Pizzeria Amici, este ubicado en Santa Teresa Cóbano, 100 metros Norte del
supermercado Rony # 1 en la misma Localidad, mediante dicha inspección al local antes mencionado se logró
corroborar que dicho local comercial donde se pretende poner a funcionar la patente de licores del señor Luis
Enrique Carrillo Zeledón, este va a funcionar como Bar Restaurante y Pizzería tal y como se indica en la solicitud de
traslado de patente de licores, en relación a la ubicación esto local comercial cumple con lo estipulado en el
reglamento de licores Articulo: 9 esto en los incisos A, e inciso B, si en los incisos C y D esto en cuanto a las distancias
mínimas según su clasificación que deben de tener este tipo de establecimientos de iglesias católicas, escuelas,
colegios, instalaciones deportivas entre otros, en cuanto a la ley 7600 este local se ajusta en cuanto el acceso el
mismo es por medio de una rampa la cual está en la parte posterior del local mismo lugar donde está ubicado el
parqueo esto en la parte que une el parqueo con el local, así mismo hay un sanitario ajustado a la ley antes citada.

ARTÍCULO 2.- Categorías de negocios

Con el propósito de fijar los horarios para la venta y el expendio de bebidas alcohólicas al mayoreo y al detalle, se
establecen las siguientes categorías de negocios:

. Categoría C: Restaurantes, hoteles y pensiones que expendan bebidas alcohólicas para consumo dentro del
establecimiento. Solo podrán vender estas bebidas entre las 10:00 y las 2:30 horas.

Artículo 9:

      “No se permitirá la explotación de patente de licores en las siguientes condiciones:
      a) Si el establecimiento comercial de que se trate, corresponde a la Categoría A o a la Categoría B en los
      términos que los define el artículo 2 de la Ley Nº 7633 de 26 de septiembre de 1996, y estuviere ubicado a
      cuatrocientos metros o menos de templos religiosos, instalaciones deportivas abiertas al público en general,
      para cuyo uso no se requiera pertenecer a alguna asociación, organización o grupo específico, ni se exija para
      ello pagar membresía, tarifa o precio alguno. tales como canchas de fútbol abiertas, canchas de basketball y
      piscinas públicas, centros que provean servicios de salud al público ya sean del Ministerio de Salud Pública o de
      la Caja Costarricense del Seguro Social, centros infantiles de nutrición de carácter público y los centros
      educativos, ya sean públicos o privados, de enseñanza preescolar, primaria y secundaria.
      b) Si el establecimiento comercial de que se trate, corresponde a la Categoría C en los términos que los define
         el artículo 2 de la Ley Nº 7633 de 26 de septiembre de 1996. y estuviere ubicado a cien metros o menos de
         templos religiosos, instalaciones deportivas abiertas al público en general sin la necesidad de pertenecer a
         alguna asociación y/o sin pagar membresía alguna, tales como canchas de fútbol abiertas, canchas de
         basketball y piscinas públicas y centros de salud del Ministerio de Salud Pública o de la Caja Costarricense del
         Seguro Social, centros infantiles de nutrición y centros educativos tales como guarderías infantiles, centros
         educativos, ya sean públicos o privados, de enseñanza preescolar, primaria y secundaria.
      C) Si donde fuere a explotarse una patente de licor son establecimientos comerciales correspondientes a las
         Categorías D y E en los términos que los define el artículo 2 de la Ley Nº 7633 de 26 de septiembre de 1996,
         no se aplicará límite de distancia alguno en razón de que en esas actividades no hay consumo de licor en el
         sitio.
         d) Si donde fuere a explotarse una patente de licor son establecimientos comerciales correspondientes a las
         categorías A. B y C. en los términos que los define el artículo 2 de la Ley Nº 7633 de 26 de septiembre de
         1996 y se encuentren ubicadas en centros comerciales, no estarán sujetos a límite de distancia alguno

También cabe indicar que se realizó una inspección a local comercial Supermercado Fresco esto con el fin de trasladar
la patente de licores del señor Nautilio Jiménez Espinoza.

CONSIDERANDO:
  • Que el señor Luis Enrique Carrillo Zeledón ha solicitado traslado de su patente de licores del
     Súper Fresco al Bar, Restaurante y Pizzería Amici
  • Que el inspector municipal ha presentado informe de la inspección realizada, donde indica que el
     local cumple con todos los requisitos que la Ley exige

ACUERDOS N°12
SE ACUERDA: “Autorizar el traslado de la patente de licores propiedad de Luis Enrique Carrillo Zeledón al
local comercial denominado Bar, Restaurante y Pizzeria Amici, ubicado en Santa Teresa Cóbano, 100
metros Norte del supermercado Rony # 1, se le informa que el horario de funcionamiento de un bar según
lo indica REGULACIÓN DE HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO EN EXPENDIOS DE BEBIDAS
ALCOHÓLICAS Ley n.º9047 es de las 11 horas a la Dos horas con treinta minutos. Si este Concejo
conoce queja que vaya en contra de lo aquí indicado, se procederá inmediatamente a cancelar el traslado
autorizado en este acuerdo”. ACUERDO UNANIME

    b. Greivin Carmona. Inspector Municipal. ASUNTO. Traslado de patente de licores de Nautilio
       Jiménez Espinoza

Estimados señores, mediante una inspección realizada el día 10 de Octubre del año 2013, esto en el local comercial
denominado Súper Fresco en Santa Teresa, este ubicado, en Santa Teresa Cóbano, mediante dicha inspección al
local antes mencionado se logró corroborar que dicho local comercial donde se pretende poner a funcionar la
patente de licores del señor Nautilio Jiménez Espinoza, se encuentra funcionando actualmente como como
supermercado tal y como se indica en la solicitud de traslado de patente de licores, en relación a la ubicación esto
local comercial cumple con lo estipulado en el reglamento de licores Articulo: 9 esto en los incisos A, e inciso B, si en
los incisos C y D esto en cuanto a las distancias mínimas según su clasificación que deben de tener este tipo de
establecimientos de iglesias católicas, escuelas, colegios, instalaciones deportivas entre otros, en cuanto a la ley 7600
este local se ajusta en cuanto el acceso, esto en la parte que une el parqueo con el local, así mismo los sanitarios se
ajustan a la ley antes citada, en cuanto al parqueo el local antes mencionado cuenta con parqueo al frente del mismo,
así mismo cuenta con una zona de descarga.

ARTÍCULO 2.- Categorías de negocios

Con el propósito de fijar los horarios para la venta y el expendio de bebidas alcohólicas al mayoreo y al detalle, se
establecen las siguientes categorías de negocios:

Categoría D: Supermercados que expendan, al detalle, bebidas alcohólicas para consumo fuera del establecimiento.
Solo podrán venderlas entre las 8:00 horas y la medianoche. Se entiende por supermercados los expendios
comerciales de mercaderías diversas, en los que la venta de licor no es la actividad principal.

Artículo 9:
        “No se permitirá la explotación de patente de licores en las siguientes condiciones:
        a) Si el establecimiento comercial de que se trate, corresponde a la Categoría A o a la Categoría B en los
        términos que los define el artículo 2 de la Ley Nº 7633 de 26 de septiembre de 1996, y estuviere ubicado a
        cuatrocientos metros o menos de templos religiosos, instalaciones deportivas abiertas al público en general,
        para cuyo uso no se requiera pertenecer a alguna asociación, organización o grupo específico, ni se exija para
        ello pagar membresía, tarifa o precio alguno. tales como canchas de fútbol abiertas, canchas de basketball y
        piscinas públicas, centros que provean servicios de salud al público ya sean del Ministerio de Salud Pública o de
        la Caja Costarricense del Seguro Social, centros infantiles de nutrición de carácter público y los centros
        educativos, ya sean públicos o privados, de enseñanza preescolar, primaria y secundaria.
        b) Si el establecimiento comercial de que se trate, corresponde a la Categoría C en los términos que los define
           el artículo 2 de la Ley Nº 7633 de 26 de septiembre de 1996. y estuviere ubicado a cien metros o menos de
           templos religiosos, instalaciones deportivas abiertas al público en general sin la necesidad de pertenecer a
           alguna asociación y/o sin pagar membresía alguna, tales como canchas de fútbol abiertas, canchas de
           basketball y piscinas públicas y centros de salud del Ministerio de Salud Pública o de la Caja Costarricense del
           Seguro Social, centros infantiles de nutrición y centros educativos tales como guarderías infantiles, centros
           educativos, ya sean públicos o privados, de enseñanza preescolar, primaria y secundaria.
        C) Si donde fuere a explotarse una patente de licor son establecimientos comerciales correspondientes a las
           Categorías D y E en los términos que los define el artículo 2 de la Ley Nº 7633 de 26 de septiembre de 1996,
           no se aplicará límite de distancia alguno en razón de que en esas actividades no hay consumo de licor en el
           sitio.
          d) Si donde fuere a explotarse una patente de licor son establecimientos comerciales correspondientes a las
          categorías A. B y C. en los términos que los define el artículo 2 de la Ley Nº 7633 de 26 de septiembre de
          1996 y se encuentren ubicadas en centros comerciales, no estarán sujetos a límite de distancia alguno

También cabe indicar que se realizó inspección el día 15 de Octubre del presente año al local comercial Bar La Colina
situado en la localidad de Manzanillo para verificar la no venta de licores en dicho establecimiento por lo que indique
al señor Administrador de ese establecimiento que al trasladarse la patente de licores a otro local ese local no podía
seguir realizando la venta de licores, así mismo procedí a notificarle sobre este mismo asunto, el señor dueño del
local me manifestó que lo tenía cerrado dicho negocio lo que fue verificado en la inspección realizada, sin embargo se
estará verificando mediante inspecciones de rutina.

CONSIDERANDO:

    •   Que el señor Nautilio Jiménez Fonseca ha solicitado autorización para el traslado de su patente de
        licores del Bar la Colina al Súper Fresco
   • Que ha presentado documento donde rescinde del contrato con el propietario del Bar La Colina
   • Que el inspector municipal ha presentado informe donde indica que el súper fresco cumple con
        todos los requisitos de ley.
   • Que se verifico que el bar la colina se mantiene cerrado asi también se adjunta copia del acta
        donde se le indica que no puede vender licor sin la debida patente.
ACUERDOS N°13
SE ACUERDA: “Aprobar el traslado de la patente de licores propiedad de Nautilio Jiménez Espinoza al
supermercado Súper Fresco ubicado en Santa. Les recordamos que el licor que vendan es exclusivo
para llevar y deben velar porque la acera de su negocio no sea utilizada para el consumo del
mismo”. ACUERDO UNANIME

DPTO.DE INGENIERIA

    c. Jeffrey Ramírez. Ingeniero Municipal. OFICIO Ing. 290-2013 Asunto. Uso de suelo.                            Russel
       Bradford Jones. Representante legal RCJ Tambor.

Según acuerdo en sesión ordinaria Nº 37-13, articulo III, inciso c del día veinticuatro de Setiembre del Dos Mil Trece,
se realizó inspección el día siete de Octubre del presente año, a la propiedad con plano de catastro P-1518442-2011
ubicada en Tambor de Cóbano, a nombre de RCJ Tambor Limitada.
         Por este medio, les informo sobre la solicitud de Uso de Suelo para fines Condominal Residencial y Comercial
en la propiedad con plano catastral Nº P-1518442-2011, con Folio Real Nº 183934--000, ubicada en Tambor de
Cóbano.
La propiedad cuenta con un área de 3020 m2, 69.69 metros de longitud frente a Ruta Nacional derecho de vía de 24
metros, esto según inspección realizada y plano catastrado.
         El terreno presenta una geografía regular con pendiente en dirección a un cuerpo receptor de escorrentía
natural, y en relación con el desfogue de las aguas pluviales del proyecto, al no existir un diseño del mismo que
determine el caudal aportado, este queda condicionado al diseño de infraestructura, ya sea mediante las depresiones
y canales naturales existentes o tuberías y pozos que el desarrollador diseñe para poder así desfogar las aguas
pluviales, todo esto de acuerdo a los requerimientos técnicos y legales de cada caso, siempre y cuando se ajusten a
las leyes vigentes, reglamentación de las autoridades especialistas de la materia y autorización por parte del Concejo
Municipal para tal fin.
Sobre el tema de la recolección de la basura, al no tener datos sobre la población futura del proyecto, el tema queda
en función de ello.
          Al no contar con un plan regulador en la zona, dicho proyecto es FACTIBLE, siempre y cuando se ajusten a
Reglamentación y Legislación vigente.
          Con respecto al alineamiento, me permito indicar que los retiros deben de respetar 12 metros medidos
desde la línea de centro de la calle hasta la línea de propiedad, esto para mantener un derecho de vía de 24 metros;
para la línea de construcción, debe de respetar un retiro mínimo de 3 metros (antejardín) medidos desde la línea de
propiedad y en caso de edificios, se deben respetar los retiros en función de la altura y su ubicación en la propiedad
de acuerdo a lo establecido por el articulo V.2.1 del reglamento de construcciones.
Adjunto:
Plano Catastrado.
Estudio Registral de la Propiedad

CONSIDERANDO:
  • Que el Sr. Russel Russel Bradford Jones. Representante legal RCJ Tambor solicita uso de suelo
      para la propiedad con plano catastro P-1518442-2011, a nombre de RCJ Tambor, la cual se
      ubicada en Tambor de Cóbano.

    •   Que la Ingeniería Municipal informa que la propiedad:
                -Cuenta con una área de 3020 m2, 69.69 metros de longitud frente a Ruta Nacional, con un
                derecho de vía de 24 metros, esto según inspección realizada y plano catastrado

                 -Presenta una geografía regular con pendientes en dirección a un cuerpo receptor de
                 escorrentía natural.

                 -En relación con el desfogue de las aguas pluviales, al no existir un diseño del mismo que
                 nos determine el caudal aportado, este queda condicionado al diseño de dicha
                 infraestructura, ya sea mediante las depresiones y canales naturales existentes o tuberías y
                 pozos que el desarrollador diseñe para poder así desfogar las aguas pluviales, todo de
                 acuerdo a los requerimientos técnicos y legales de cada caso siempre y cuando se ajusten
                 a las leyes vigentes, reglamentación de las autoridades especialistas de la materia y
                 autorización por parte del Concejo Municipal para tal fin.

    •   Al no existir un dato sobre la posible población de este futuro proyecto, el asunto de la recolección
        de la basura quedaría en función de ello.

    •   Al no existir un plan regulador en la zona, dicho proyecto es factible, siempre y cuando se ajusten
        la reglamentación y legislación vigente.

    •   Que Con respecto al alineamiento, deben de respetar 12 metros medidos desde la línea de centro
        de la calle hasta la línea de propiedad, esto para mantener un derecho de vía de 24 metros; para la
        línea de construcción, se debe de respetar un retiro mínimo de 3 metros (antejardín) medidos
        desde la línea de propiedad y en caso de edificios, se debe respetar los retiros en función de la
        altura y su ubicación en la propiedad de acuerdo a lo establecido por el articulo V.2.1 del
        reglamento de construcciones.


ACUERDO N°14
SE ACUERDA: “Aprobar el uso de suelo solicitado para la propiedad con plano catastro P-1518442-2011,
a nombre de RCJ Tambor Ltda., la cual se ubicada en Tambor de Cóbano.
La aprobación del diseño pluvial queda sujeto al diseño de dicha infraestructura, ya sea mediante las
depresiones y canales naturales existentes o tuberías y pozos que el desarrollador diseñe para poder así
desfogar las aguas pluviales, todo de acuerdo a los requerimientos técnicos y legales de cada caso. La
recolección de la basura quedara en función de la población futura de dicho condominio”. Se abstienen de
votar los Concejales Gloria Cruz Jimenez y Enio Valenzuela ya que indican el ingeniero no cuenta con el
conocimiento para emitir criterio sobre usos de suelo. Votan positivo los Concejales Minor Jiménez,
Romelia Vargas y Ronny Rodríguez. ACUERDO UNANIME


Finaliza la sesión al ser las diecinueve horas con diez minutos.
Roxana Lobo Granados                Minor Jiménez Gutiérrez
SECRETARIA                          PRESIDENTE



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