Ordinaria 36 · 2013-09-17
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 36 del 2013-09-17 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 2) · unanime ACUERDO Nº1 SE ACUERDA: “Dar pase de este documento a la asesoría legal y a la Administración tributaria para que lo analicen, realicen los estudios r…
- Acuerdo 2 (pág. 3) · unanime ACUERDO Nº2 SE ACUEDA: “Solicitarle a los vecinos que tienen basura o chatarra en su propiedad o alrededores al aire libre la cual alberga agua y por …
- Acuerdo 3 (pág. 3) · unanime ACUERDO Nº3 SE ACUERDA: “Autorizar para que de la partida de viáticos de zona marítimo terrestre se pague los viáticos a funcionarios de la Municipali…
- Acuerdo 3 (pág. 3) · unanime ACUERDO Nº3 SE ACUERDA: “Autorizar para que de la partida de viáticos de zona marítimo terrestre se pague los viáticos a funcionarios de la Municipali…
- Acuerdo 4 (pág. 11) · unanime ACUERDO Nº4 SE ACUERDA: 1“Avalar las respuestas emitidas por la comisión tripartita a las oposiciones presentadas en la Audiencia Pública al Plan Regu…
- Acuerdo 11 (pág. 11) · unanime ACUERDO Nº11 SE ACUERDA: “Informar a la SETENA que el señor Omar Fernández Villegas es el Intendente Municipal de Distrito de Cóbano con facultades de…
- Acuerdo 5 (pág. 13) · unanime ACUERDO N°5 SE ACUERDA: “Aprobar el uso de suelo solicitado para la propiedad con plano catastrado P-1668700- 2013, finca nº 107781-F-000 a nombre de …
- Acuerdo 6 (pág. 13) · unanime ACUERDO Nº6 SE ACUERDA: Enviar a los señores del Arq. Antonio Farah Matarrita. Líder Proceso Planeamiento y Arq. Luis Guillermo Miranda Aguilar. Coord…
- Acuerdo 7 (pág. 14) · unanime ACUERDO Nº7 SE ACUERDA: “Acoger lo indicado por el Depto. de Zona Marítimo Terrestre e informarle al Dpto. legal del ICT que no es posible al concesio…
- Acuerdo 8 (pág. 14) · unanime ACUERDO Nº8 SE ACUERDA.”Informarle al ICT que la denuncia a la que hace referencia el oficio MPD-ZMT706- 2013 fue presentada ante la Administración Tr…
- Acuerdo 9 (pág. 15) · unanime ACUERDO Nº9 SE ACUERDA: “1. Anular el acuerdo tomado en la sesión ordinaria 27-10, artículo V, inciso c, del día veintiséis de Julio del Dos Mil Trece…
- Acuerdo 7 (pág. 15) · unanime ACUERDO Nº7 SE ACUERDA: “Dar pase del Recurso de Apelación interpuesto por la señora Deyanira Granados Fernández y conocido en la sesión 18-10 al seño…
- Acuerdo 10 (pág. 15) ACUERDO Nº10 SE ACUERDA: “aprobar el criterio de la asesora que textualmente dice: Al ser las diecisiete horas del veintiocho de Febrero del dos mil d…
- Acuerdo 10 (pág. 17) ACUERDO Nº.10 SE ACUERDA: “Acoger criterio de la asesora legal que textualmente dice: Por medio de la presente me permito saludarlos, y a la vez dar r…
ACTA ORDINARIA Nº 36-13
Acta número treinta y seis- trece de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal del Distrito de
Cóbano el día diecisiete de Setiembre de dos mil trece a las diecisiete horas en la sala de sesiones de
este Concejo.
CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Minor Jiménez Gutiérrez PRESIDENTE Y SINDICO
Ronny Rodríguez Villalobos
Romelia Vargas Hernández
Enio Valenzuela Ruiz
Noemi Rodríguez Cordero
CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
José Fernando León Sandoval
Reina Gloria Cruz Jiménez
Josué Villalobos Matamoros
CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION
Alba Rosa Gómez Espinoza
CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
INTENDENTE
Omar Fernández Villegas
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
I. Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión el cual se aprueba en todas sus
partes. ACUERDO UNANIME
II. RATIFICACION DE ACTA 35-13
III. AUDIENCIAS
IV. CORRESPONDENCIA
V. MOCIONES
VI. INFORME DE LA INTENDENCIA
VII. ASUNTOS VARIOS
II. RATIFICACION DEL ACTA 35-13
Se somete a ratificación del Concejo el acta ordinaria 35-13 la cual se ratifica en todas sus partes.
ACUERDO UNANIME
III. AUDIENCIAS
a. Se recibe a los señores David Membreño Salgado, Rosibel Hidalgo Saldaña, Stive Cortes
Mendoza (12 años), Nancy Muñoz Segura, Adilio Martínez Venegas y Antonio Mora Quiros
todos vecinos del Barrio Las Brisas de San Isidro.
PRESIDENTE: Les da la bienvenida y concede la palabra
NANCY: Estamos aquí por el tema de la calle, queremos y ocupamos que nos ayuden, queremos saber si
porque tenemos que ir al INVU si hay otras calles que aquí las han declarado públicas
DAVID: Al dueño de la propiedad no le preocupa como a nosotros que somos los perjudicados. Los
beneficiarios de la calle publica son las más de 15 familias que viven ahí, ya que necesitamos lo servicios
públicos y sin la calle no los vamos a tener, algunos de los vecinos tienen documentos de sus propiedades
xq pudieron comprar más de cinco mil metros, pero la mayoría no.
MINOR: Tenemos voluntad para ayudarles pero el INVU es la Institución de Costa Rica que declara calles
públicas. La situación de ustedes es bastante complicada, nosotros solo podemos mediar, en el distrito
tenemos varios problemas por calles. En unos días va a venir una comisión del INVU que vienen a hacer
un estudio de las calles, entre ellas la de ustedes, queremos llevarlos para que ustedes escuchen de ellos
la situación.
ANTONIO: Que diferencia hay entre esta calle y la de Jorge Eladio Montoya.
MINOR: Nosotros no hemos declarado esa calle
ANTONIO: Pero hasta la reparan
OMAR: Todos estamos dispuestos a colaborar
DAVID: Entonces porque no nos ayudan con la información para ir al INVU
MINOR: Mejor nosotros llevamos a los funcionarios del Invu a donde ustedes, no vayan ustedes al INVU
GLORIA: Hace un tiempo tuvimos aquí a Juan José estaba muy preocupado y estaba muy presionado. El
dueño tenía que ordenar primero antes de vender, ahora el problema es que todos juntos deben buscar la
solución. El por desconocimiento lo hizo, ahora si esta declaratoria se pudiera lograr estaríamos muy
contentos, sigamos luchando pero el INVU tiene la última palabra. Y me alegra que este niño este aquí es
mi alumno y los he motivado a integrarse a lucha por su comunidad.
ROMELIA: Al escucharlos deseáramos poder ayudarlos. A mí me gustaría visitarlos para cuando los del
INVU lleguen tener pleno conocimiento del caso.
NANCY. Nosotros los podemos recibir el comité se reúne todos los sábados a las 5 p.m
MINOR: Me gustaría más temprano a las 5 es muy tarde, se podrá a las 2 pm.
ANTONIO. Los esperamos el sábado a las 2 p.m.
NOEMI: Ahora hay que esperar que venga el INVU y se den bien las cosas. Si no existieran construcciones
tal vez Juanico pudiera reubicarlos para hacer la calle mejor.
GLORIA. Les insto a cuidar la comunidad y a los jóvenes
NOEMI: Deberíamos llamar a Juanico y solicitarle que no venda mas
Se retiran.
IV. CORRESPONDENCIA.
a. Gian Carlo Restani Lee. Apoderado General sin límite de suma del Banco Nacional de Costa
Rica. ASUNTO. Informa que el banco nacional es propietario del inmueble que alberga el hotel
ubicado en el condominio horizontal-vertical comercial turístico y residencial Playa El Carmen.
Agrega que dicho inmueble está siendo ocupado de manera ilegal por el señor Avrahan Tal y la
sociedad Malis S.A., pues el banco no ha suscrito ningún tipo de contrato de arrendamiento ni de
administración con dicha persona y dicha sociedad; tampoco se ha autorizado a nadie, como
propietario que son a ejercer actividad comercial alguna. Agregan que han impuesto proceso
sumario de desahucio judicial y solicitan que no se autorice ninguna patente para ser desarrollada
en esta propiedad.
CONSIDERANDO:
-Que el señor Gian Carlo Restani Lee. Apoderado General sin límite de suma del Banco Nacional de
Costa Rica indica que el banco nacional es propietario del inmueble que alberga el hotel ubicado en el
condominio horizontal-vertical comercial turístico y residencial Playa El Carmen
-Que solicitan no se autorice ninguna patente para ser desarrollada en esta propiedad y se mantenga
cerrado el hotel.
-Que en este hotel ya existen patentes
ACUERDO Nº1
SE ACUERDA: “Dar pase de este documento a la asesoría legal y a la Administración tributaria para
que lo analicen, realicen los estudios respectivos y nos emitan un único criterio al respecto”.
ACUERDO UNANIME. PARA EL 08 DE OCTUBRE
b. Arq. Luis Guillermo Miranda. Coordinador Sub proceso de ZMT y Lic. Ruth Alfaro Rojas, líder
Proceso de Desarrollo. ICT. OFICIO MPD-ZMT 779-2013. ASUNTO. Acuse de recibo de oficio q
traslada solicitud sobre MONAU al Dpto. de ZMT. Se conoce ya se contestó.
c. Raúl Barboza Calderón. Secretario General. IFAM. OFICIO SG-168-13. ASUNTO. Problemática
del dengue en el país.
ROMELIA: Me preocupa las personas que tienen basura o chatarra albergando agua y
convirtiéndose en criaderos. Se podrá sacar un acuerdo para solicitarles que limpien.
NOEMI. Se debe educar a la población con respecto a la basura y al reciclaje
GLORIA: Se ve muy feo lo que está tirado en la calle. No debemos esperar esa nota para proteger
el distrito.
MINOR: Tal vez falta más pero con el concurso de reciclaje se está logrando mucho.
CONSIDERANDO:
• Que el país está viviendo una verdadera emergencia con el asunto del Dengue.
• Que esta es una enfermedad que mata
• Que cada uno debe ser responsable de la eliminación de criaderos dentro de su propiedad
• Que de nuestros actos depende la vida de nuestros vecinos
• Que hay vecinos que tienen basura y chatarra al aire libre convirtiéndose estos en
criaderos del mosquito que mata
• Que es obligación de estas personas eliminar estos criaderos
ACUERDO Nº2
SE ACUEDA: “Solicitarle a los vecinos que tienen basura o chatarra en su propiedad o
alrededores al aire libre la cual alberga agua y por lo tanto se convierte en criaderos del mosquito
del dengue, que deben proceder inmediatamente notificado este acuerdo, a eliminar estos
criaderos, de lo contrario notificaremos al Ministerio de Salud, para lo que corresponde, debido a
que su actitud pone en riesgo la vida propia, de familiares y vecinos”. ACUERDO UNANIME
d. Julián Solera Campos. ASUNTO. Solicita visto bueno para gestionar ante el MINAET el
aprovechamiento de de un árbol de almendro que se desraizó en el sector de piedra amarilla. Dar
pase a zona marítimo terrestre para inspección a ver si es posible lo solicitado. PARA EL MARTES
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e. Arq. Luis Guillermo Miranda. Coordinador Sub proceso de ZMT y Lic. Ruth Alfaro Rojas, líder
Proceso de Desarrollo. ICT. OFICIO MPD-ZMT 780-2013. ASUNTO. Acuse de recibo de acuerdo
de este Concejo donde se informa de la inhibición de la abogada de conocer y emitir criterio
mediante informe sobre las situaciones denunciadas de previo a un eventual procedimiento
administrativo. Quedan a la espera de de los resultados. Se conoce.
f. José Eladio Cortes Castrillo. Presidente y Ana Cristina Loria. Secretaria. Asociación de
Desarrollo Mal País. ASUNTO. Transcripción de acuerdo. SOLICITUD de permiso y elaboración
de un convenio para poner a funcionar y administrar el terreno dedicado como área de parque en
el Plan Regulador Playa Carmen del mojón 65 al 68. SE CONOCE Y DA PASE AL
DEPARTAMENTO DE ZMT PARA QUE LO ANALICEN Y EMITAN UN CRITERIO PARA
CONTESTAR A LA ASOCIACION. PARA EL 8 DE OCTUBRE
g. Lic. Ronny Montero. Administrador Tributario y Financiero. Oficio ADT-200-2013. ASUNTO.
Modificación de acuerdo Nº6 sesión 33-13, artículo IV, inciso o del 27 de agosto del 2013.
CONSIDERANDO:
• Que en sesión ordinaria 33-13 se acordó lo siguiente:
ACUERDO Nº3
SE ACUERDA: “Autorizar para que de la partida de viáticos de zona marítimo terrestre se pague los
viáticos a funcionarios de la Municipalidad de Parrita que vienen a prestarnos su colaboración en
asesoría a nuestros funcionarios del departamento de ZMT”. ACUERDO UNANIME
• Que no se cumplió con las fechas indicadas ya que no se presentaron
• Que no se conoce la fecha en que vendrán los funcionarios de Parrita.
• Que vendrán la abogada del Dpto. de ZMT y los encargados de los departamentos de: ZMT,
Catastro y Gestión Ambiental .
ACUERDO Nº3
SE ACUERDA: “Autorizar para que de la partida de viáticos de zona marítimo terrestre se pague
los viáticos a funcionarios de la Municipalidad de Parrita que vendrán, en fecha a convenir, a
prestarnos su colaboración en asesoría a nuestros funcionarios del departamento de ZMT”.
ACUERDO UNANIME
h. Asociación de las Delicias. Asunto. Solicitud de Patente temporal de licores para el día 30 de
noviembre del 2013.
ROMELIA. Ese día inician las fiestas de la Parroquia
MINOR: Le solicitan a la Regidora Reina Gloria les informe si es posible cambien las fechas por el
bien de las dos comunidades.
i. Daniel Sáenz. Gerente de Área. Secretaria Técnica. Contraloría General de la República Envía
copia de respuesta enviada al Auditor Interno de la Municipalidad de Poas atendiendo consulta de
la Auditoría Interna de esa Municipalidad en torno a los comités cantonales de Deportes y
Recreación. El cual es vinculante a todas las municipalidades. SE DA PASE DE ESTE
DOCUMENTO A LA ASESORIA LEGAL PARA QUE NOS EMITA CRITERIO AL RESPECTO.
j. Instituto Costarricense de Turismo. Macroproceso de Planeamiento y Desarrollo. Proceso
Planeamiento Turístico. Comisión Tripartita. Arq. Luis Fernando Acula Araya, Ing. Top. Diego
Lezama Ulate. Del INVI., Lcda. Marlene Marenco Vargas, Arq. Antonio Farah Matarrita, Ing.
Eduardo Zalazar Ureña, Geol. Pablo González Rodríguez. ICT., Lic. Ronny Montero Orozco,
Lcda. Francil Herrera Araya. Concejo Municipal de Distrito. ASUNTO. Análisis y recomendación
de las observaciones presentadas en Audiencia Pública al Plan Regulador Integral Cabuya-
Montezuma.
La Comisión Tripartita conformada para realizar el análisis y recomendación al Concejo Municipal del
Distrito de Cóbano de las observaciones presentadas en la Audiencia Pública del Plan Regulador
Integral de Cabuya – Montezuma, integrada por los funcionarios del Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanismo – INVU, Instituto Costarricense de Turismo – ICT y del Concejo Municipal del Distrito de
Cóbano, se permite informar:
El proceso de revisión y análisis se dio a lo largo de tres reuniones de trabajo conjunto, dos en las
oficinas de ICT en San José y una en la Sede del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, donde se
realizó además trabajo de campo para comprobar “in situ” algunas de las observaciones referidas a
situaciones muy específicas.
Según los registros del CMD de Cóbano, se recibieron 205 observaciones, de las cuales en su
mayoría hacían referencia a aspectos de orden personal y no a los aspectos propios de la planificación
presentada en la Audiencia Pública.
Otras se referían al proceso de convocatoria de la Audiencia Pública, el cual no es competencia de
esta Comisión Tripartita valorarlo.
Las observaciones fueron analizadas de manera conjunta utilizando una tabla en formato de Excel,
donde se documenta lo acordado para cada una de las observaciones. A partir de la información
discutida, preparamos la recomendación de respuesta para cada una de ellas. El Concejo deberá
analizarlas, avalarlas y comunicarle a cada una de las personas siempre que, se cuente con dirección
para notificar.
La Comisión Tripartita INVU-ICT y Concejo de Distrito de Cóbano, recomienda al Concejo Municipal de
Distrito lo siguiente:
1. Responder:
“Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su observación,
éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que lo presentado en su nota
corresponde a un interés personal y no a una observación concreta a la zonificación o reglamento del
Plan Regulador expuesto. Por lo anterior, su observación se desestima por éste Concejo Municipal de
Distrito”.
A las siguientes personas:
N° de observación Nombre de la persona que presenta la
Según registro la observación
1 Ninosca Gómez
4 Xinia Rojas Segura
6 Nury Rojas Segura
7 Jesús Carmona Pérez
8 Carlos Mauricio Saborio Sánchez
10 Victoria E. Quirós Ramírez
13 Laura Salazar Sánchez
14 Nidia Leal O.
16 Lilliana Sánchez Ulate
18 Emilia Lorena Barrantes P.
19 Joachim Lang H.
21 Mauricio Rojas Delgado
22 Mauricio Rojas Delgado
25 Arnoldo Rojas Aguilar
30 Itzá Sánchez Vargas
31 Rosaura Ledezma Q.
34 Fernando Morales Cambronero /
Yolanda Paniagua Guevara
37 Irene Calderón Esquivel
38 Yoylan Carmona Pérez
39 Domingo Carmona P.
40 Marjorie Carmona Villareal
41 José A. Moncada L.
43 Merina Huismam
46 M. Edolonbos - Hotel EL Celaje
52 Carlos Luis Sánchez Ulate
69 Fran Vicente Elizondo
70 Nikolaos TZavaras
73 Isabel Mora González
75 Marta Mora González
77 Melquiades Pérez Bustamante
79 Flor Calderón Esquivel
80 Clemente Quintanilla Pérez
81 Alba Carmona Pérez
82 Armando Castro Cerdas
84 Willian Sánchez Ulate
85 María Cecilia Sánchez Ulate
145 James Blake Scholten - Momaya S.A
2. Responder:
“Estimado señor o señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación
en la Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que los
requisitos establecidos en el Reglamento del Plan Regulador se fundamentan en la normativa
vigente de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento, en lo que corresponde al retiro y
área establecidos. Por lo anterior, su observación se desestima por éste Concejo Municipal de
Distrito”.
A las siguientes personas:
N° de observación Nombre de la persona que presenta la
Según registro la observación
28 Priscilla Rojas Delgado
101 Lic. Federico Peralta Bedoya – Corporación
LOSKAR S.A.
104 Syska Willemina Slump
106 Fernando Morales Cabroneros
109 Rebeca Quesada Guell
112 Vecinos de Cabuya - Montezuma
114 Iván Rutter
127 Jenaro Rojas Paniagua
141 Antonio Vallese Bianchi - CATUMO
147 Ninoska Gómez - Estudio Los Almendros
149 Vecinos de Cabuya - Montezuma
3. Responder:
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que el
proceso realizado se fundamenta en lo
establecido en el Artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana N° 4240. Por lo anterior, su
observación se desestima por éste Concejo Municipal de Distrito”.
A las siguientes personas:
N° de observación Nombre de la persona que presenta la
Según registro la observación
2 Ninosca Gómez
3 Xinia Rojas Segura.
5 Nury Rojas Segura
9 Carlos Mauricio Saborio Sánchez
11 Victoria E. Quirós Ramírez
12 Laura Salazar Sánchez
15 Lilliana Sánchez Ulate
17 Emilia Lorena Barrantes P.
20 Joachim Lang H.
23 Mauricio Rojas Delgado
24 Arnoldo Rojas Aguilar
27 Priscilla Rojas Delgado
29 Itzá Sánchez Vargas
32 Rosaura Ledezma Q.
35 Fernando Morales Cambronero
36 Irene Calderón Esquivel
42 Jose A. Moncada L.
44 Merina Huismam
45 M. Edolonbos -Hotel EL Celaje
47 Luis Emilio Sancho
48 Odilie Guevara Chaves
49 Yeilith Morales Paniagua
50 Deyanira Rodríguez
51 Walter Meier
53 Carlos Luis Sánchez Ulate
54 Josue Morales Paniagua
55 Walter Antonio Carmona Villareal
56 Kattia Vanessa Carmona Villareal
57 Viviana Calderón Esquivel
58 Norma García Carmona
59 Bryan Carmona V
60 Pamela Montoya Calderón
61 Carmen Estévez Pereira
62 Betty Ruth C.E
63 Miguel Ángel Pardo Fernández
64 Ania Chavarría Castro
65 Merling Pérez Sequeira
66 Jose Duarte D
67 Franklin Moya Moya
68 Fran Vicente Elizondo
71 NIKOLAOS TZAVARAS
72 Isabel Mora González
74 Marta Mora González
76 Melquiades Pérez Bustamante
78 Flor Calderón Esquivel
83 Willian Sánchez Ulate
86 María Cecilia Sánchez Ulate
87 Francisco Rojas Vargas
4. Responder:
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que la zona
señalada en su caso, fue delimitada así por la Comisión Nacional de Emergencias y se encuentra
en el Mapa Oficial de dicha Comisión. Por lo anterior, su observación se desestima por éste
Concejo Municipal de Distrito”.
A las siguientes personas:
N° de observación Nombre de la persona que presenta la
Según registro la observación
91 Laura Andrea Rojas Fallas
96 Elida Cordero Pérez, Rafael Ángel Fernández
Olivares
98 Claudia Bassauer
99 Ruth Villalobos Rojas
102 Geol. Renan de Lemos Medina
C.G.C.R-Finca Los Cedros
108 Roberto Alvarez Sequeira
120 Yolanda Paniagua Guevara
122 Sacha Alexander Horyna-
El Canadiense De Cabuya S.A.
123 Michael Kelly Collins- Inversiones
Castañuelas S.A.
133 Johann B. Grone
134 Johann B. Grone
5. Responder:
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que las
áreas clasificadas y certificadas como Patrimonio Natural del Estado por parte del MINAET, no
forman parte de la Zona Marítimo Terrestre, su administración es competencia de ese Ministerio.
Por lo anterior, su observación se desestima por éste Concejo Municipal de Distrito, ya que no tiene
competencia sobre dichas áreas.”.
A las siguientes personas:
N° de observación Nombre de la persona que presenta la
Según registro la observación
113 María del Carmen Cordero Montero
125 Joel Roberto Riquelme Toro
Guardianes De Las Manchas S.A.
129 Jenaro Rojas Paniagua
144 Leonardo Iacono Cornacchia –
Agropecuari Zari S.A.
6. Responder:
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que se
procederá a realizar el ajuste en la lámina de zonificación de manera parcial, incluyendo la Zona
MIX. Por lo anterior, su observación fue aceptada y se procederá con la modificación del sector al
sur del mojón N° 126 y entre los mojones 147”.
A las siguientes personas:
N° de observación Nombre de la persona que presenta la
Según registro la observación
90 Laura Andrea Rojas Fallas
92 Bienvenido Barrantes Aguilar
93 Félix Ángel Delgado, Ángela Cordero Perez
94 Edwin Cordero Pérez
95 Victor Cordero Arias
Clemencia Cordero Pérez
100 Shirley Villalobos Rojas
107 Olga Moncada L., Isabel Mora y
Odili Guevara Chaves
7. Responder:
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que las
regulaciones y los requisitos establecidos en el Reglamento del Plan Regulador se fundamentan en
la normativa vigente de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento, en lo que
corresponde a los retiros y áreas mínimas y máximas. Se desprende de su petitoria, que el uso de
MIX asignado en la zonificación del Plan Regulador, no contraviene los intereses generales del
sector en mención. Por lo anterior, su observación se desestima por éste Concejo Municipal de
Distrito”.
A las siguientes personas:
N° de observación Nombre de la persona que presenta la
Según registro la observación
89 Ricardo Vargas Hidalgo
142 Leonardo Lacono Cornacchia –
The Deep Blue Lips
143 Leonardo Lacono Cornacchia –
El Sano Banano S.A.
8. Responder al Señor Carlos Chacón V.
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que los
requisitos establecidos en el Reglamento del Plan Regulador se fundamentan en la normativa
vigente de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento, en lo que corresponde a la
sugerencia de eliminar la calle en el sector del Hotel Luz de Mono y Montezuma Pacific, luego de
haberla discutido técnicamente su propuesta, se acepta la eliminación de dicho segmento de vía.
Por lo anterior, su observación es aceptada y se procederá con la modificación de la vialidad”.
9. Responder a la señora Ilse María Rojas Paniagua.
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el
análisis respectivo, le comunica que se procederá a realizar el ajuste en la lámina de zonificación
de manera parcial, incluyendo la Zona MIX en lugar de TAP entre los mojones N° 130 al N° 131.
Por lo anterior, su observación es aceptada y se procederá con la modificación de la vialidad”.
10. Responder:
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, considera que no hay
aspectos que incluir en la zonificación ni en el reglamento del Plan Regulador presentado en la
Audiencia Pública. Por lo anterior, se agradece su interés y la participación en el evento realizado.
A las siguientes personas:
N° de observación Nombre de la persona que presenta la
Según registro la observación
116 Juan Carlos Fonseca Herrera-
EL RAFAL S.A.
117 Lic. Ricardo Ananías Loaiza Morales –
Garden Lagoon S.A.
118 Lic. Ricardo Ananías Loaiza Morales –
Enrica S.A.
119 Lic. Ricardo Ananías Loaiza Morales-
Estación Biológica Cabo Blanco S.A
136 David Sequeira Cruz
11. Responder:
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que debe
aportar en un tiempo prudencial de dos meses la documentación de los Estudios de Antecedentes
de Dominio de las parcelas que hace mención, toda vez que dicha documentación será remitida a
la Procuraduría General de la República para su valoración, de conformidad con lo establecido en
el Artículo 4 de la Ley de la Zona marítimo Terrestre. Por lo anterior, se solicita la presentación de
dicha documentación a efectos de que éste Concejo Municipal de Distrito proceda con lo señalado”.
A las siguientes personas:
N° de observación Nombre de la persona que presenta la
Según registro la observación
103 Carlos González López
115 Adi Ben David
137 Thoren Ingalls Gatti –
Rompe Cabezas S.A.
138 Thoren Ingalls Gatti –
La Corporacion Thor S.A.
139 Thoren Ingalls Gatti – Ventanas Del Sol NTI S.A.
12. Responder:
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma”.
A las siguientes personas que no manifestaron observaciones técnicas sobre la planificación
fueron:
N° de observación Nombre de la persona que presenta la
Según registro la observación
88 Victor Julio Martínez Quesada/
Hernán Martínez Quesada /
Luis Manuel Escalante Vargas /
Francisco Chaves Ramírez
97 Thomas Francis Brady-Roca Iguana S.A.
110 Nicola Cerasoli Valdameri
111 Alejandra Matarrita Mora
126 Marilyn Rojas Delgado Arnoldo Rojas Aguilar
149 A Vecinos de Cabuya – Montezuma
154 Roxana Cordero, Ángela Cordero Pérez
155 Nono Rojas
156 Antonio Vallese Bianchi
157 Alexander Rojas Delgado, Priscilla Rojas
Delgado
158 Diego Hernández Arias
159 Yolanda Paniagua Guevara
160 Roberto Alvarez Sequeira
161 Diana Chaverri R.
162 Kristel Crawford Sánchez
163 Rosa Sequeira Cruz
164 Deyanira Rodríguez
165 Silvia León Cubero
166 Arnoldo Rojas
167 Ileana Rojas P.
168 Hotel Montezuma
169 J. Elizabeth Delaney
170 Raúl Ibarra Osorio
171 Anadauren Fallas Quesada
172 Ania Chavarría Castro
173 Carlos Mauricio Saborio Sánchez
174 Mariluz Rojas Paniagua
175 José Luis Rojas Paniagua
176 Damaris Cerdas
177 Irving Madrigal
178 Itzá Sánchez Vargas
179 Toño Carmona Pérez
180 Rosura Ledezma
181 Melquiades Pérez Bustamante
182 Ana C. Jimenez Arce
183 Erick Alberto Alvarado Alvarado
184 Denia Cárdenas Sibaja
185 Denis Pérez- Hotel Lucy
186 David Sequeira
187 Yeilith Morales P.
188 Nury Rojas Segura
189 Edulie Segura B.
190 Luseni Ivano
191 Danilo Delgado V
192 Viviana Calderón
193 José Antonio Quesada Calderón
194 Gerzan Mendiola
195 Doris Rojas Paniagua
196 Irene Calderón Esquivel
197 Jhon Alid Martínez
198 Ruth Elizabeth Pérez Veladquez
199 Rosmeri Esquivel
200 F. Elizabeth Delaney
201 Mayra Pauth Rizo
202 Carlos Pauth Dávila
203 Guiselle Peraza Hernández
204 Byan Carmona Villareal
205 Froylan Rodríguez Vargas
13. Responder:
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que el
proceso realizado se sustenta en la Ley de Planificación Urbana, Artículos 16, 17 y siguientes, por
lo que el proceso llevado hasta ahora se sustenta en la normativa vigente. Por lo anterior, su
observación se desestima por éste Concejo Municipal de Distrito”.
A las siguientes personas:
N° de observación Nombre de la persona que presenta la
Según registro la observación
121 Yolanda Paniagua Guevara
140 Thoren Ingalls Gatti - Gitza S.A.
146 Lenin Flores Ceciliano
148 Lic.Stanley Mejía Mora –
Aguas Vivas De Puntarenas S.R.L
150 Vecinos de Cabuya – Montezuma
151 Vecinos de Cabuya – Montezuma
153 K. Itza Vargas y otros vecinos de Montezuma
14. Responder a la señora Priscilla Rojas Delgado y a los señores Alexander Rojas Delgado
y Arnoldo Rojas Aguilar
“Estimados señores, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, se procederá a realizar levantamiento topográfico de la zona, con el cual se definirán
los límites del cambio solicitado. Por lo anterior, su observación fue aceptada y se procederá con la
modificación del sector.
15. Responder a la señora Rosaura Ledezma Q.
“Estimada señora, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que se
procederá a realizar el ajuste en la lámina de zonificación, modificando el uso de Núcleo para
Atracciones Turísticas a Zona Mixta. Con respecto a la eliminación de la calle, esta no se acepta.
Por lo anterior, su observación fue aceptada parcialmente y se procederá con la modificación del
sector.
16. Responder a los Señores Genaro Rojas Vargas, Bernardita Rojas Paniagua,
Anabelly Rojas Paniagua, Iliana María Rojas Paniagua, Marylú Rodriguez Rojas, Maricarmen
Rojas Mosquera, Gabriela Villalobos Rojas y Laura Andrea Rojas Fallas.
“Estimados señores y señoras, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su
participación en la Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con
relación a su observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le
comunica que se procederá a realizar el ajuste en la lámina de zonificación, incluyendo la Zona
MIX. Por lo anterior, su observación fue aceptada y se procederá con la modificación del sector.
17. Responder a la Familia Rojas Paniagua
Estimados señores, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que se
procederá a realizar el ajuste en la lámina de zonificación, incluyendo la Zona MIX de la calle hacia
la Zona Pública entre los mojones 123 al 143, en el caso de las áreas declaradas como patrimonio
y la delimitación del las áreas de inundación. Por lo anterior, su observación fue aceptada
parcialmente y se procederá con la modificación del sector.
18. Responder al señor Diego Hernández Arias - Los Artesanos De Montezuma
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que se
procederá a realizar el traslado de reubicación al costado sureste del Templo Católico. Por lo
anterior, su observación fue aceptada y se procederá con la modificación del sector.
19. Responder al señor Eduardo Calderón Odio - Vista Cabuya JG, S.A.
“Estimado señor, el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, agradece su participación en la
Audiencia Pública del Plan Regulador Integral Cabuya – Montezuma. Con relación a su
observación, éste Concejo luego de haber realizado el análisis respectivo, le comunica que el Uso
Mix permite el desarrollo de hospedaje turístico, que la calle se procederá a indicar como existente
y en el caso de la Zona de Inundación se desestima por estar incluida dentro del mapa oficializado
por el CNE. Por lo anterior, su observación fue aceptada parcialmente y se procederá con la
modificación respectiva.
Por último, los cambios solicitados por el Concejo Municipal de Cóbano se analizarán y se
realizarán los cambios que se encuentran solamente en los puntos 1 y 2 del oficio presentado.
CONSIDERANDO:
• Que la comisión tripartita integrada por funcionarios del Instituto Nacional de Vivienda, Instituto
Costarricense de Turismo y el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano analizo todas las 205
observaciones presentadas en la audiencia Pública del Plan Regulador Integral de Cabuya-
Montezuma y ha presentado recomendación a este Concejo.
• Que se ha conocido y analizado todas las recomendaciones emitidas
• Que de las 205 observaciones presentadas la mayoría hacían referencia a aspectos de orden
personal y no a los aspectos propios de la planificación presentada en la audiencia.
• Que otras observaciones se referían al proceso de convocatoria de la audiencia pública, lo que
no es competencia de esa comisión
• Que existen dudas en la respuesta o recomendación nº8
ACUERDO Nº4
SE ACUERDA: 1“Avalar las respuestas emitidas por la comisión tripartita a las oposiciones
presentadas en la Audiencia Pública al Plan Regulador Integral Cabuya –Montezuma.
No se avala la oposicion nº8, hasta tanto algún miembro de la comisión explique al Concejo el
proceso realizado y su objetivo.
2. Notificar, si indicaron medio para hacerlo, a cada una de las personas aquí señaladas”.
ACUERDO UNANIME
k. Ing. Jefrey Ramírez. Ingeniero Municipal. OFICIO. ING. 017-2013. ASUNTO. Permiso de
Construcción de RCJ Tambor Limitada. Agrega que el expediente ha sido revisado por él y cumple
con todos requisitos y normas establecidas.
De los regidores presentes tres indican que deben hacer inspección al sitio para verificar. El
presidente les indica que deben ponerse de acuerdo con el Ingeniero municipal para esta
inspección.
k. Geog. Nuria Chavarría. SETENA. OFICIO DEAE-406-2013-SETENA. ASUNTO. Solicitan definir los
alcances hasta donde está autorizado para actuar ante SETENA el señor Fernández Villegas
CONSIDERANDO:
-Que mediante oficio DEAE-406-2013-SETENA preguntan hasta donde está autorizado para
actuar ante SETENA el señor Omar Fernández Villegas
ACUERDO Nº11
SE ACUERDA: “Informar a la SETENA que el señor Omar Fernández Villegas es el Intendente
Municipal de Distrito de Cóbano con facultades de Apoderado Generalísimo de conformidad con el
artículo 1253 del Código Civil, quien es la persona autorizada para realizar cualquier tipo de
diligencia relacionada directamente con el otorgamiento de la viabilidad ambiental para el Plan
Regulador Costero Santa Teresa – Mal País.” ACUERDO UNANIME
m. Lic. Erick. Chaves Sánchez. Coordinador. UEN Servicio al Cliente. ICE. ASUNTO. Solicitud de
permiso para la corta de arboles en el tramo comprendido entre Montezuma y Las Delicias los cuales se
ubican en la vía pública. Se da pase para la debida inspección. Para el día 01 de octubre.
V. MOCIONES
Se dispensa
VI. INFORME DE LA ADMINISTRACION
DPTO DE INGENIERIA
a. Ing. Jeffrey Ramírez Castro. Ingeniero Municipal. Asunto. Uso de suelo de Spice of Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Por este medio, les informo sobre la solicitud de Uso de Suelo para el desarrollo y construcción de un
“Condominio Horizontal Residencial” en la propiedad con plano catastral Nº P-1668700-2013, con Folio
Real Nº 107781-F-000, ubicada en Florida de Cóbano.
La propiedad se encuentra dentro del Condominio Horizontal Residencial Valle de Luz, la misma cuenta
con un área de 24232 m2, 163.54 metros de longitud frente al acceso vehicular dentro de la Finca Madre
con derecho de vía de 14 metros, esto según inspección realizada y plano catastrado.
El terreno presenta una geografía regular con pendientes en dirección a un cuerpo receptor de escorrentía
natural, y en relación con el desfogue de las aguas pluviales del proyecto, al no existir un diseño del mismo
que determine el caudal aportado, este queda condicionado al diseño de infraestructura, ya sea mediante
las depresiones y canales naturales existentes o tuberías y pozos que el desarrollador diseñe para poder
así desfogar las aguas pluviales, todo esto de acuerdo a los requerimientos técnicos y legales de cada
caso, siempre y cuando se ajusten a las leyes vigentes, reglamentación de las autoridades especialistas de
la materia y autorización por parte del Concejo Municipal para tal fin.
Sobre el tema de la recolección de la basura, al no tener datos sobre la población futura del proyecto, el
tema queda en función de ello.
Al no contar con un plan regulador en la zona, dicho proyecto es FACTIBLE, siempre y cuando se
ajusten a Reglamentación y Legislación vigente.
Con respecto al alineamiento, me permito indicar que los retiros deben de respetar 7 metros
medidos desde la línea de centro de la calle hasta la línea de propiedad, esto para mantener un derecho de
vía de 14 metros; para la línea de construcción, debe de respetar un retiro mínimo de 2 metros (antejardín)
medidos desde la línea de propiedad y en caso de edificios, se deben respetar los retiros en función de la
altura y su ubicación en la propiedad de acuerdo a lo establecido por el articulo V.2.1 del reglamento de
construcciones.
Adjunto: Plano Catastrado. Estudio Registral de la Propiedad.
CONSIDERANDO:
• Que el Ing. Freddy Madrigal Ávila solicita uso de suelo para la propiedad con plano catastrado P-
1668700-2013, finca nº 107781-F-000 a nombre de Spice of Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada, la cual se ubica en Florida de Cóbano.
• Que la Ingeniería Municipal informa que la propiedad:
-Se encuentra dentro del Condominio Horizontal Residencial Valle de Luz, que cuenta con
una ares de 24232 m2, 163,54 metros de longitud sobre la solicitud de uso de suelo
solicitado por la sociedad denominada Corp Trust And Legal Services S.A. representada
por Elsy Cubero Hernández, para la propiedad plano catastro nº P-1521308-2011, este con
ubicación en Villas del Mar en La Abuela de Cóbano.
-Presenta una geografía regular con pendientes en dirección a un cuerpo receptor de
escorrentía natural
-En relación con el desfogue de las aguas pluviales, al no existir un diseño del mismo que
nos determine el caudal aportado, este queda condicionado al diseño de dicha
infraestructura, ya sea mediante las depresiones y canales naturales existentes o tuberías y
pozos que el desarrollador diseñe para poder así desfogar las aguas pluviales, todo de
acuerdo a los requerimientos técnicos y legales de cada caso siempre y cuando se ajusten
a las leyes vigentes, reglamentación de las autoridades especialistas de la materia y
autorización por parte del Concejo Municipal para tal fin.
-Al no existir un dato sobre la posible población de este futuro proyecto, el asunto de la
recolección de la basura quedaría en función de ello.
-Al no existir un plan regulador en la zona, dicho proyecto es factible, siempre y cuando se
ajusten la reglamentación y legislación vigente.
-Cuenta con 163.54 metros lineales de frente al acceso vehicular que se ubica dentro de la
finca madre, la cual ya cuenta con uso de suelo y tiene frente a calle pública.
ACUERDO N°5
SE ACUERDA: “Aprobar el uso de suelo solicitado para la propiedad con plano catastrado P-1668700-
2013, finca nº 107781-F-000 a nombre de Spice of Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, la
cual se ubica en Florida de Cóbano.
La aprobación del diseño pluvial queda sujeto al diseño de dicha infraestructura, ya sea mediante las
depresiones y canales naturales existentes o tuberías y pozos que el desarrollador diseñe para poder así
desfogar las aguas pluviales, todo de acuerdo a los requerimientos técnicos y legales de cada caso. La
recolección de la basura quedara en función de la población futura de dicho condominio”. ACUERDO
UNANIME
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
b. Lic. Ronny Montero. Administrador Tributario. OFICIO ASUNTO. RESPUESTA A NOTA DEL 5 DE
AGOSTO SIN NUMERO DE DOCUMENTO Y RECIBIDA EL 7 DE AGOSTO DEL 2013.
Dirigida al señor Richard Sommer:
Por medio de la presente me permito hacer respuesta de lo solicitado:
Primero: Las copias de los expedientes administrativos no permiten entregar documentos personales de
los administrados así indicado en varias resoluciones y dictámenes como el Dictamen: 180 del 6/25/2009.
Segundo: efectivamente son las patentes que aparecen otorgadas las que se indican en este punto.
Tercero: Para su información en Zona Marítimo Terrestre al otorgarse el uso de suelo de la Zona donde se
está ubicado el local sea cual sea, se basa según en el Plan Regulador, la actividad solicitada debe ser una
de las indicadas en el mismo para poder llevar a cabo la actividad. Con respecto a la Patente de Licores, en
Bosque Areyis existen dos, como ya usted mismo lo indico en el punto anterior de su nota.
Cuarto y quinto: Para su conocimiento existe una nueva ley de licores, denominada Ley de Regulación y
Comercialización de bebidas con contenido alcohólico N° 9047, misma que desde finales del año 2012
posee una nueva regulación de horarios y disposiciones, actualmente únicamente puede ser aplicada por la
municipalidad de Puntarenas, en vista que así lo establece la misma Ley, según lo indicado en la Ley la
actividad que están realizando en este caso se define dentro de las tipo B2, misma que no necesita de otra
actividad para mantenerse abierta hasta las 2:30 am, sin embargo no tenemos del conocimiento de esta
calificación en vista que al momento la Municipalidad de Puntarenas no ha enviado a este Concejo
Municipal ningún Reglamento que indique podamos realizar la aplicación en todas sus partes de la Ley
9047.
Sexto: Ya indicado en el punto anterior.
Sétimo: La nueva Ley 9047 regula el aspecto de los horarios dependiendo de cada licencia y actividad.
Octavo: Este Concejo Municipal no tiene la potestad de intervenir en asuntos de drogadicción, por lo que
cualquier denuncia con pruebas los instamos para que sean presentadas en el Organismo de
Investigación Judicial y ellos estamos seguros con gusto llevaran a cabo las investigaciones
correspondientes.
Con respecto a la petitoria: Puntos 1.2.3.4 y 5 Basado en lo indicado anteriormente se deberá presentar
la denuncia correspondiente a la Municipalidad de Puntarenas para que se lleve a cabo la investigación de
lo indicado y poder tener la certeza de que se está o no llevando una actividad sin sus respectivos permisos
basados en la Ley 9047, de la cual son actualmente ellos los que tienen la potestad de aplicar el contenido
de la misma, ya que no existe aún indicación a este Concejo Municipal para su debida aplicación y
regulación.
LA LEY 9047 DEROGA LAS SIGUIENTES LEYES INDICADAS EN SU DOCUEMNTO: LEY 7633
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido respuesta enviada por el Administrador Tributario al Sr. Richard Sommer
-Que el ICT en oficio MPD-ZMT 706-2013 del Arq. Antonio Farah Matarrita. Líder Proceso Planeamiento y
Arq. Luis Guillermo Miranda Aguilar. Coordinador Sub-Proceso ZMT. Solicitan se conteste al Sr. Sommer
ACUERDO Nº6
SE ACUERDA: Enviar a los señores del Arq. Antonio Farah Matarrita. Líder Proceso Planeamiento y Arq.
Luis Guillermo Miranda Aguilar. Coordinador Sub-Proceso ZMT, respuesta enviada al Sr. Sommer al ICT”.
ACUERDO UNANIME
DPTO. DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
c. Sr. Marco Antonio Quiros Rodríguez. Encargado a.i. Dpto. ZMT. PASE ZMT-283-2013.
ASUNTO. Trabajo conjunto con abogados de COLEMU S.A. Indica que mediante oficio CMNDCS-
341-2013 se le hace solicitud de trabajar en conjunto con los abogados del concesionario y el
departamento, agrega que no se va a poder ya que la respuesta para el ICT ya se había emitido
cuando se recibió esta solicitud. SE CONOCE.
d. Sr. Marco Antonio Quiros. Encargado a.i. Dpto. ZMT. Pase ZMT-282-2013.ASSUNTO. Caso
Arabian Nigths. Indica que según oficio CMDCS-317-2013 se les da pase de oficio MPD-ZMT 645-
2013 del ICT, donde solicitan información de Arabian Nights en un tiempo máximo de 20 días.
Indica que dicho caso no podrá ser resuelto en ese periodo por parte del concesionario ya que se
trata de un problema propio del plan regulador.
CONSIDERANDO:
• Que el oficio AL-1415-2013 de Asesora legal del ICT notifica informe técnico MPD-ZMT 645-2013
sobre el trámite de concesión solicitada por Arabian Nights S.A. y se da un plazo d 20dias hábiles
para cumplir con las observaciones solicitadas.
• Que se ha conocido pase del departamento de Zona Marítimo Terrestre relacionado con este oficio,
donde indica que no se podrá cumplir con el plazo de 20 días indicado ya que se trata de un
problema propio del plan regulador.
ACUERDO Nº7
SE ACUERDA: “Acoger lo indicado por el Depto. de Zona Marítimo Terrestre e informarle al Dpto.
legal del ICT que no es posible al concesionario cumplir con el tiempo solicitado ya que se trata de
un problema propio del plan regulador”. ACUERDO UNANIME
e. Sr. Marco Antonio Quiros. Encargado a.i. Dpto. de ZMT. Oficio ZMT 281-2013. ASUNTO:
Denuncia interpuesta por el señor Richard Sommer. Indica que mediante oficio CMDCS 321-2013
se da pase del oficio MPD-ZMT 706-2013 del ICT donde se hace referencia a denuncia interpuesta
por el señor Richard Sommer. Agrega que esa denuncia fue interpuesta ante el administrador
tributario y él mismo emitió respuesta mediante oficio ADT-188-2013, ya que es competencia del
departamento de Patentes
CONSIDERANDO.
-Que se ha conocido oficio del Dpto. de ZMT donde da respuesta a acuerdo del Concejo CMDCS
321-2013 donde se da pase del oficio MPD-ZMT 706-2013 del ICT donde se solicita información
sobre denuncia interpuesta por el Sr. Richard Sommer para Bar Cocoloco.
-Que informa el señor Quiros que esta denuncia fue interpuesta ante el Administrador Tributario ya
que el asunto es competencia del Departamento de Patente.
-Que ya el administrador tributario emitió respuesta mediante oficio ADT-188-2013.
ACUERDO Nº8
SE ACUERDA.”Informarle al ICT que la denuncia a la que hace referencia el oficio MPD-ZMT706-
2013 fue presentada ante la Administración Tributaria y en encargado procedió a emitir respuesta
al señor Sommer”. ACUERDO UNANIME
DPTO. ASESORIA LEGAL
f. Lic. Francil Herrera Araya. OFICIO CMDCAL-053-2013. ASUNTO. Calle Fallas
Por medio de la presente me permito saludarlos, y a la vez dar repuesta a lo solicitado por ustedes
mediante acuerdo número: CMDCS 264 - 2013, tomado en su sesión ordinaria número: 28 – 13, artículo IV,
inciso d, del día 23 de Julio del 2013, con respecto a la resolución dictada por el Tribunal Contencioso
Administrativo, Sección Tercera, al ser las 12 horas 50 minutos del 22 de Marzo del 2013.
Por tal razón una vez analizada la misma por parte de esta asesoría legal, me permito indicarles que lo
procedente en este caso en particular es a subsanar el procedimiento y reponer las actuaciones pendientes
de resolución.
Es por ello que primeramente se debe acoger el Recurso de Apelación interpuesto por parte de la señora
Deyanira Granados Fernández, en contra de la resolución de las 11 horas 20 minutos del 8 de Marzo del
2010 dictada por la Intendencia Municipal y declarar su nulidad; igual situación ocurre con la resolución de
las 8 horas 30 minutos del 3 de Febrero del 2011.
Por otro lado, cabe destacar que consecuencia de lo anterior se debe declarar por parte de este Concejo
Municipal también la nulidad de los siguientes acuerdos:
1. Acuerdo adoptado en la sesión ordinaria número: 27 – 10, artículo V, inciso C, del 26 de Julio
del 2010.
2. Acuerdo adoptado en la sesión ordinaria número: 08 – 10, artículo VI, inciso C, del 28 de
Febrero del 2013.
No obstante, ustedes deberán de tomar un nuevo acuerdo mediante el cual se declare la nulidad de los
citados acuerdos, tal y como fue ordenado por el Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera, del
II Circuito Judicial de San José, en su resolución de las 12 horas 50 minutos del 22 de Marzo del 2013, esto
a efecto de que conste en las actas respectivas.
Esto sin dejar de lado, que deberán trasladar el presente asunto a la Intendencia Municipal, junto con la
documentación respectiva para que conozca y resuelva la Apelación Interpuesta en contra de la resolución
de las 12 horas del 7 de Diciembre del 2009 emitida por esa misma dependencia municipal.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido criterio de la asesora legal con respecto a la resolución dictada por el Tribunal
Contencioso Administrativo, Sección Tercera, al ser las 12 horas 50 minutos del 22 de Marzo del 2013,
sobre recurso de apelación interpuesto por la señora Deyanira Granados Fernández en contra de la
resolución dictada por el Intendente de este Concejo Municipal.
-Que indica la asesora legal que lo procedente es subsanar el procedimiento y reponer las actuaciones
pendientes de resolución , para lo cual se debe a acoger el Recurso de Apelación interpuesto por parte de
la señora Deyanira Granados Fernández, en contra de la resolución de las 11 horas 20 minutos del 8 de
Marzo del 2010 dictada por la Intendencia Municipal y declarar su nulidad; igual situación ocurre con la
resolución de las 8 horas 30 minutos del 3 de Febrero del 2011 y declarar por parte de este Concejo
Municipal también la nulidad de los siguientes acuerdos: Acuerdo adoptado en la sesión ordinaria número:
27 – 10, artículo V, inciso c, del 26 de Julio del 2010 y Acuerdo adoptado en la sesión ordinaria número: 08
– 11, artículo VI, inciso c, del 28 de Febrero del 2011.
-Que para dar cumplimiento a la resolución dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo, Sección
Tercera, al ser las 12 horas 50 minutos del 22 de Marzo del 2013 y subsanar el procedimiento y reponer
las actuaciones pendientes de resolución, por conexidad y consecuencia se debe anular los acuerdos
tomados en las sesiones 27-10 y 08-11, relacionados con esta situación
ACUERDO Nº9
SE ACUERDA: “1. Anular el acuerdo tomado en la sesión ordinaria 27-10, artículo V, inciso c, del día
veintiséis de Julio del Dos Mil Trece, que textualmente dice:
CONSIDERANDO:
-Que en la sesión ordinaria numero 18-10 se conoció Recurso de apelación interpuesto por la señora
Deyanira Granados Fernández el cual fue trasladado a la Asesoría Legal para que nos emitiera la
recomendación respectiva.
-Que nos indica la asesora en el oficio CMDCAL-09-2010 que este documento debía ser conocido y
contestado por la Intendencia y no por el Concejo.
ACUERDO Nº7
SE ACUERDA: “Dar pase del Recurso de Apelación interpuesto por la señora Deyanira Granados
Fernández y conocido en la sesión 18-10 al señor Intendente Municipal para que emita la debida
respuesta”. ACUERDO UNANIME
2. Anular el acuerdo tomado en la sesión ordinaria 08-11, artículo VI, inciso c del día veintiocho de
febrero del dos mil once , que textualmente dice
CONSIDERANDO.
-Que la asesora legal ha presentado criterio con respecto al recurso planteado por la señora Deyanira
Granados contra en acuerdo tomado, en la sesión ordinaria número: 27 -10, artículo V, inciso c), del 27 de
Julio del 2010
-Que la asesora indica que se declare sin lugar el recurso y se remita la presente actuación, ante el
Tribunal Contencioso Administrativo, para que proceda con lo correspondiente en este caso
ACUERDO Nº10
SE ACUERDA: “aprobar el criterio de la asesora que textualmente dice:
Al ser las diecisiete horas del veintiocho de Febrero del dos mil diez, MAINOR JIMENEZ GUITIERREZ,
educador, vecino de Cóbano Centro, casado, portador de la cédula de identidad número: seis – doscientos
tres – quinientos cuarenta y cuatro, en mi calidad de Presidente Municipal, del Concejo Municipal de
Distrito de Cóbano, con cédula jurídica número: TRES – CERO CERO SIETE – CERO SETENTA Y OCHO
MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE, nombrado a partir del siete de Febrero del dos mil once, según
resolución número: 0746 – E11 – 2011, de las trece horas del veinticuatro de Enero del dos mil once, del
Tribunal Supremo de Elecciones, y lo dispuesto en el artículo 123 y 120 del Código Municipal,
respetuosamente manifiesto:
Visto el Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio, interpuesto por la señora Deyanira Granados
Fernández, en contra del acuerdo número 7, tomado en la sesión ordinaria número 27 – 10, artículo V,
inciso C), del 26 de Julio del dos mil diez, se resuelve lo siguiente:
CONSIDERANDO
UNICO: Analizado minuciosamente el caso en estudio, se deja ver claramente que la petición plateada por
la señora Granados Fernández, en la cual solicita la Revocatoria del acuerdo citado, el cual fue tomado en
su oportunidad por los representantes del Concejo Municipal, en donde se acuerda dar pase al señor
Intendente Municipal, del Recurso de Apelación Interpuesto por la señora Granados Fernández, y conocido
en la sesión 18 – 10. Impugnación que debe ser conocido por este, y no por el Concejo Municipal, tal y
como lo establece el artículo 162, del Código Municipal, que expresa textualmente lo siguiente:
“Las decisiones de los funcionarios municipales que no dependan directamente del Concejo
tendrán los Recursos de Revocatoria ante el órgano que lo dictó y apelación ante la Alcaldía
Municipal, los cuales deberán interponerse en motivos de ilegalidad o inoportunidad y suspenderán
la ejecución del acto”
Cualquier decisión de la Alcaldía municipal, emitida directamente o conocida en alzada, contra lo
resuelto, por algún órgano Municipal jerárquicamente inferior, estará sujeta a los Recurso de
Revocatoria ante la misma alcaldía y Apelación para ante el Tribunal Contencioso Administrativo,
los cuales deberán interponerse dentro del quinto día;
Podrán fundamentarse en motivos de ilegalidad y no suspenderá la ejecución del acto, sin perjuicio
de que el superior o el mismo órgano que lo dictó pueda disponer la implementación de alguna
medida cautelar al recibir el Recurso. En cuanto al Procedimiento y los plazos para la remisión del
Recurso de Apelación ante el superior, se aplicará las mismas disposiciones del artículo 156 de este
Código.
Por tal razón, al ser el Intendente Municipal, un funcionario municipal, no dependiente del Concejo, la
Revocatoria tendrá que ser conocida ante la Intendencia Municipal, y la Apelación para ante el Tribunal
Contencioso Administrativo, quien es el superior jerárquico; caso diferente es el de aquellos funcionarios
dependientes del Concejo, como son el Secretario(a) del Concejo, y del Auditor(a) Municipal, cabrá
Recurso de Revocatoria ante ellos, y Apelación para ante el Concejo.
Así las cosas, no es cierta la afirmación hecha por la señora Granados Fernández, al externar que se le
está violentado el principio de la doble instancia, ni tampoco la jerarquía administrativa establecida en el
Código Municipal.
Con base en lo anteriormente expuesto, y en virtud de cumplir con lo establecido en el citado artículo, por lo
que no existiendo ningún vicio procesal (relativo o absoluto), en el acuerdo número: 7 tomado, en la sesión
ordinaria número: 27 -10, artículo V, inciso c), del 27 de Julio del 2010, y siendo que este procura garantizar
el derecho de defensa de la señora Granados Fernández, así como también cumplir con los procedimientos
establecidos en el Código Municipal. Se declara sin lugar en todos los extremos el presente Recurso.
POR TANTO:
Remítase las presentes actuaciones, ante el Tribunal Contencioso Administrativo, para que proceda con lo
correspondiente en este caso”.
3. Trasladar el presente asunto y la documentación respectiva, a la Intendencia Municipal, para que
conozca y resuelva la Apelación Interpuesta en contra de la resolución de las 12 horas del 7 de
Diciembre del 2009 emitida por esa misma dependencia municipal. ACUERDO UNANIME
g. Lic. Francil Herrera. Asesora Legal. OFICIO CMDCAL-052-2013. ASUNTO. Calle Fallas
Por medio de la presente me permito saludarlos, y a la vez dar repuesta a lo solicitado por ustedes
mediante acuerdo número: CMDCS 044 -2013, tomado en su sesión ordinaria número: 06 – 13, artículo IV,
inciso f, del día 12 de Febrero del 2013, con respecto al proceso de reapertura de una calle ubicada en la
localidad de Bethel de Cóbano, y denominada administrativamente como Calle los Fallas, con respecto a la
petición que fue presentado por parte del señor JOSE LUIS FALLAS GRANADOS, mediante la cual se
nos pide analizar la viabilidad de archivar o no, el procedimiento administrativo existente en contra de su madre la señora DEYANIRA
GRANADOS FERNANDEZ; o en su lugar cumplir a cabalidad con lo ordenado por parte del Tribunal
Contencioso Administrativo en la resolución adjunta.
En virtud de lo expuesto anteriormente, y analizada la presente situación me permito manifestarle mi criterio
jurídico al respecto:
Primeramente en este caso en concreto no es posible acoger dicha solicitud, toda vez que tenemos que
tener claro, que a la fecha el señor FALLAS GRANADOS, tal y como se desprende del expediente
administrativo, no consta documento alguno dentro de los autos que lo acredite como parte integral del
presente proceso administrativo, y menos aún que aparezca a personado como apoderado de la señora
GRANADOS FERNANDEZ, esto por cuanto la única persona legitimada para actuar en nombre y
representación de la señora GRANADOS FERNANDEZ, en este proceso es el Lic. Willian Gerardo
Rodríguez Acuña, desde a quien en fecha 11 de Diciembre del 2009, se le concedió un poder para actué
ante esta Corporación Municipal expresamente para la interponer Recurso de Apelación y demás acciones
que se deriven en contra de la resolución que fue dictada en su oportunidad por parte del señor Intendente
Municipal de Cóbano, al ser las 7 horas del 7 de Diciembre del 2009. Y tal como ha quedado reconocido por parte del Tribunal Contencioso Administrativo. En virtud de lo antes expuesto, esta asesoría legal considera que la solicitud planteada por parte del señor FALLAS GRANADOS, deberá ser desestimada en lo que en lo referente al archivo del expediente; esto por cuanto a todas luces queda en evidencia que esté señor a la fecha no cumple con los supuestos que debe tener todo administrado para ser parte activa y actuar dentro de este proceso los cuales deberán ser regidos por el derecho común. Por tal razón, a la luz de los artículos 102, 103 y 104 del Código Procesal Civil, así como también en los artículos 282 de la Ley General de Administración Pública, el artículo 10 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y artículo 9 de Código Procesal Contencioso Administrativo, dicha actuación va en detrimento de la citada normativa vigente. Igualmente, cabe destacar que en lo que respecta a la omisión del cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, en la resoluciones de las 10 horas 25 minutos del 17 de Febrero del 2012, a través de la cual se pone en conocimiento a este Concejo Municipal Distrito, lo que respecta a la Apelación formulada por parte de la señora GRANADOS FERNANDEZ, y que origino que dicho Tribunal determinara que habían sido mal elevados los autos, por lo que a la vez ordena proceder a subsanar dicha situación, y remitir la mismas directamente ante el Intendente Municipal para que resuelva su admisibilidad para ante este Tribunal. Escenario que era desconocido en este momento por mi persona, ya que según verificación realizada personalmente con los reportes de ingreso de las notificaciones y faxes que al efecto lleve la administración de este Concejo, así como la memoria del receptor del fax no existe evidencia alguna demuestre que hubiese ingresado la citada resolución, provocando de algún modo la paralización temporal de este proceso. CONSIDERANDO: -Que la asesora legal ha presentado criterio con respecto a solicitud presentada por el señor Jorge Luis Fallas Granados donde solicita se proceda a una cuidados revisión del caso a efecto de que si se estima que dentro del expediente administrativo hay merito suficiente , se ordene su archivo definitivo, declarando la inexistencia del camino público, en defecto de ello se proceda a cumplir con lo que ha ordenado el tribunal contencioso administrativo, ello a efecto de que el asunto sea revisado y resuelto por esa autoridad judicial. ACUERDO Nº.10 SE ACUERDA: “Acoger criterio de la asesora legal que textualmente dice: Por medio de la presente me permito saludarlos, y a la vez dar repuesta a lo solicitado por ustedes mediante acuerdo número: CMDCS 044 -2013, tomado en su sesión ordinaria número: 06 – 13, artículo IV, inciso f, del día 12 de Febrero del 2013, con respecto al proceso de reapertura de una calle ubicada en la localidad de Bethel de Cóbano, y denominada administrativamente como Calle los Fallas, con respecto a la petición que fue presentado por parte del señor JOSE LUIS FALLAS GRANADOS, mediante la cual se nos pide analizar la viabilidad de archivar o no el procedimiento administrativo existente en contra de su madre la señora DEYANIRA GRANADOS FERNANDEZ; o en su lugar cumplir a cabalidad con lo ordenado por parte del Tribunal Contencioso Administrativo en la resolución adjunta. En virtud de lo expuesto anteriormente, y analizada la presente situación me permito manifestarle mi criterio jurídico al respecto: Primeramente en este caso en concreto no es posible acoger dicha solicitud, toda vez que tenemos que tener claro, que a la fecha el señor FALLAS GRANADOS, tal y como se desprende del expediente administrativo, no consta documento alguno dentro de los autos que lo acredite como parte integral del presente proceso administrativo, y menos aún que aparezca a personado como apoderado de la señora GRANADOS FERNANDEZ, esto por cuanto la única persona legitimada para actuar en nombre y representación de la señora GRANADOS FERNANDEZ, en este proceso es el Lic. Willian Gerardo Rodríguez Acuña, desde a quien en fecha 11 de Diciembre del 2009, se le concedió un poder para actué ante esta Corporación Municipal expresamente para la interponer Recurso de Apelación y demás acciones que se deriven en contra de la resolución que fue dictada en su oportunidad por parte del señor Intendente Municipal de Cóbano, al ser las 7 horas del 7 de Diciembre del 2009. Y tal como ha quedado reconocido por parte del Tribunal Contencioso Administrativo. En virtud de lo antes expuesto, esta asesoría legal considera que la solicitud planteada por parte del señor FALLAS GRANADOS, deberá ser desestimada en lo que en lo referente al archivo del expediente; esto por cuanto a todas luces queda en evidencia que esté señor a la fecha no cumple con los supuestos que debe tener todo administrado para ser parte activa y actuar dentro de este proceso los cuales deberán ser regidos por el derecho común. Por tal razón, a la luz de los artículos 102, 103 y 104 del Código Procesal Civil, así como también en los artículos 282 de la Ley General de Administración Pública, el artículo 10 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y artículo 9 de Código Procesal Contencioso Administrativo, dicha actuación va en detrimento de la citada normativa vigente. Igualmente, cabe destacar que en lo que respecta a la omisión del cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, en la resoluciones de las 10 horas 25 minutos del 17 de Febrero del 2012, a través de la cual se pone en conocimiento a este Concejo Municipal Distrito, lo que respecta a la Apelación formulada por parte de la señora GRANADOS FERNANDEZ, y que origino
que dicho Tribunal determinara que habían sido mal elevados los autos, por lo que a la vez ordena proceder a subsanar dicha situación, y remitir la mismas directamente ante el Intendente Municipal para que resuelva su admisibilidad para ante este Tribunal. Escenario que era desconocido en este momento por mi persona, ya que según verificación realizada personalmente con los reportes de ingreso de las notificaciones y faxes que al efecto lleve la administración de este Concejo, así como la memoria del receptor del fax no existe evidencia alguna demuestre que hubiese ingresado la citada resolución, provocando de algún modo la paralización temporal de este proceso”. ACUERDO UNANIME Finaliza la sesión al ser las veintiuna horas en punto. Roxana Lobo Granados Minor Jiménez Gutiérrez SECRETARIA PRESIDENTE **********************************************************U.L.**********************************************************