Ordinaria 25 · 2013-07-02
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 25 del 2013-07-02 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 2) · unanime ACUERDO Nº1 SE ACUERDA: “Invitar a la comisión organizadora del 50 aniversario de la reserva natural absoluta Cabo Blanco y del día de los parques nac…
- Acuerdo 2 (pág. 3) · unanime ACUERDO Nº2 SE ACUERDA: “Aprobar patente temporal de licores solicitada por la Asociación de Vecinos de Río Negro para explotar en una feria que reali…
- Acuerdo 3 (pág. 5) · unanime ACUERDO Nº3 SE ACUERDA: “Declarar infructuosa la Licitación Abreviada N° 2013LA-000013-01 “. Contratación de Maquinaria para Extracción de Material”, …
- Acuerdo 4 (pág. 6) · unanime ACUERDO Nº4 SE ACUERDA: “Dar pase de este documento a la comisión de zona marítimo terrestre a fin de que realice las investigaciones respectivas y no…
- Acuerdo 5 (pág. 6) · unanime ACUERDO Nº5 SE ACUERDA: “Dar pase de este documento a la comisión de zona marítimo terrestre a fin de que realice las investigaciones respectivas y no…
- Acuerdo 6 (pág. 7) ACUERDO Nº6 SE ACUERDA: “Acoger recomendación de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre sobre solicitud realizada por la señor Berta Dalia Baltodano V…
- Acuerdo 7 (pág. 8) · unanime ACUERDO Nº7 SE ACUERDA: 1. “Acoger recomendación de la comisión de zona marítimo terrstre que textualmente dice: Después de analizar la solicitud pres…
- Acuerdo 8 (pág. 9) · unanime ACUERDO Nº8 SE ACUERDA: “Informar al juzgado agrario que según inspección realizada al sitio, el trámite de información posesoria impulsada por la Señ…
ACTA ORDINARIA Nº 25-13
Acta número veinticinco - trece de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal del Distrito de
Cóbano el día dos de Julio de dos mil trece a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo.
CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Minor Jiménez Gutiérrez PRESIDENTE Y SINDICO
Enio Valenzuela Ruiz
Ronny Rodríguez Villalobos
Reina Gloria Cruz Jiménez
Romelia Vargas Hernández
CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
Josué Villalobos Matamoros
Alba Rosa Gómez Espinoza
CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION
CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
José Fernando León Sandoval
INTENDENTE
Omar Fernández Villegas
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
I. Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo
el orden del día propuesto para esta sesión el cual se aprueba en todas sus partes.
ACUERDO UNANIME
II. RATIFICACION DE ACTA
III. AUDIENCIAS
IV. CORRESPONDENCIA
V. MOCIONES
VI. INFORMES DE LA ADMINISTRACION
VII. INFORME DE LA INTENDENCIA
VIII. ASUNTOS VARIOS
II. RATIFICACION DE ACTA
ROMELIA: No me corresponde aprobar esta acta pero deberían averiguar sobre el compromiso que se
indica aquí con respecto a la preocupación del Prof. Leonardo si de verdad lo presentaron.
MINOR. Tengo mis dudas, me comentaron que en un momento que estaban sacando un carro de un
pegadero algo le comentaron al dueño de la empresa y él expreso que ellos usan el camino porque es
público y que si se jode para eso son públicos.
ROMELIA: Deberían sacar un acuerdo para tratar de conseguir ese documento.
REINA GLORIA. Se les puede invitar a venir a este Concejo y así tratar de sentar responsabilidades, porque
ellos en cualquier momento se van y dejan todo así y nosotros con la gente encima.
MINOR: Ellos la cuesta de donde Chango la arreglaron pero no quedo ni parecido a como estaba
OMAR: (llega a las 5:40), el presidente le expone la preocupación por el camino de San Jorge y el cuidado
qua hay que tener con esa empresa
OMAR: Realmente el camino no esta tan malo, yo pase ayer, ellos están reparando lo que dañan.
MINOR: La cuesta donde Chango no quedo bien.
REINA GLORIA: Seria importante el documento donde se indique el compromiso, que este Concejo lo
conozca.
OMAR. Yo desconozco si ya lo presentaron la verdad no le he preguntado a Mercedes
Se somete a consideración del Concejo el acta ordinaria 24-13 la cual se ratifica en todas sus partes.
ACUERDO UNANIME
III. AUDIENCIAS
a. Se recibe al Ing. Franklin Murillo. Encargado de la Oficina de la Subregión del Sinac de
Cóbano. ASUNTO. Aniversario de la Reserva Natural Absoluta Cabo Blanco.
MINOR: Le saluda y concede la palabra.
FRANKLIN: La secretaría ejecutiva del SINAC me asignó la celebración del día de parques nacionales (24
de agosto) junto con el aniversario de la reserva que realmente corresponde al mes de octubre, aun no nos
correspondía la celebración del día de parques lo adelantaron para hacer una sola celebración. Es
realmente una tarea muy dura porque llegan delegaciones de todo el país. En otros celebraciones del día
de parques algunas municipalidades se integran otras ni siquiera se enteran y yo les planteo dos opciones:
1. No apoyan pero tampoco estorban , o
2. Se integran de lleno a la celebración y se dan a conocer en todo el país.
Entre las actividades que se están planteando tenemos unos stand eb el gimnasio, uno por cada oficina del
sinac y son once, ustedes podrían tener uno y presentar por ejemplo algo que ustedes no han mostrado a la
comunidad como lo es el botadero, el antes y el después, yo que lo conocí eso es algo muy bueno un gran
trabajo.
-Un concierto con Manuel Obregón denominado simbiosis, en compañía del Sinem Montezuma., para el día
22
-Baile el día 23, aquí solicitamos su apoyo si ustedes nos financian el conjunto la actividad sería gratis, de lo
contrario tendríamos que cobrar para los gastos.
-Vamos a tener unas ventas de bebidas y comidas de esto se encargaría las brigadas de incendios de
Cabuya, para con esos fondos adquirir algún equipo que necesitan.
El acto oficial es el día 24 en Cabuya, donde se espera la presencia del gobierno.
Para todo esto hay comisiones yo apenas estoy enterado de lo que se pretende hacer.
Estoy convencido de que esta es una oportunidad para que la municipalidad se luzca y promocione con la
gente que viene de todo el país, ustedes deciden como.
MINOR: La solicitud es que la municipalidad pague el costo del conjunto o como nos podemos meter en la
celebración?.
FRNAKLIN: La idea es que ustedes sean actores y no solo observadores, Teresa maneja bien lo de la
publicidad
MINOR: A mí me gustaría que la comisión organizadora nos visitara y nos contara como se organizan y
cómo podemos participar nosotros, puede ser este jueves o martes próximos y que venga í también Teresa
GLORIA: Lo más importante es dar a conocer la importancia de la reserva y su conservación, yo aquí soy la
mas necia para hablar sobre conservación , siento que estamos dejando de lado cuidar nuestras bellezas
naturales porque no se han protegido como debe ser, cuando he llamado para denunciar a los cazadores,
usted me dijo que cada dueño de finca debe cuidarla de los cazadores
FRANKLIN: Cabo Blanco es una parte de la reserva, los recursos marinos son otra y el corredor biológico
es otra y todo eso también está desprotegido, se corre el riesgo que Cabo blanco se convierta en una isla
y se pierda la biodiversidad existente.
Hay mucho que hacer, igual que la casería hay otros temas muy delicados que atender y no contamos
con los recursos y el estado no lo puede hacer sin el apoyo de la población civil.
Yo voy a llevar la información a la comisión organizadora.
CONSIDERANDO:
-Que en el mes de agosto se celebrará en nuestro distrito el día de los parques nacionales y el 50
aniversario de la reserva natural absoluta Cabo Blanco.
-Que sería muy importante conocer las actividades a realizar y la forma en que este Concejo puede
involucrarse en una actividad tan importante para el distrito
ACUERDO Nº1
SE ACUERDA: “Invitar a la comisión organizadora del 50 aniversario de la reserva natural absoluta Cabo
Blanco y del día de los parques nacionales, a una sesión de Concejo a fin de que nos informen las
actividades a realizar y la forma en que podemos participar de la misma para dar conocer nuestro
distrito.”ACUERDO UNANIME
IV. CORRESPONDENCIA
a. Manuel Ovares Elizondo. Presidente. Asociación de Vecinos Río Negro. ASUNTO. Solicitud de
patente temporal de licores para una feria que realizaran los días 13 y 14 de julio del Dos Mil Trece en
el salón multiuso del lugar. Agregan que la misma es a beneficio de la vecina Sra. Mireya Segura la
cual fue operada de cáncer y necesita fondos para el tratamiento
CONSIDERANDO:
-Que la Asociación de Vecinos de Río Negro ha solicitado una patente temporal de licores para explotar en
una feria los día 13 y 14 de julio del 2013 en el salón multiuso de la comunidad cuyo ingreso será gratuito
-Que esta tiene un carácter social
ACUERDO Nº2
SE ACUERDA: “Aprobar patente temporal de licores solicitada por la Asociación de Vecinos de Río Negro
para explotar en una feria que realizaran los días 13 y 14 de julio en el salón multiuso del lugar”
ACUERDO UNANIME
b. Jackelinne Rodríguez. Proveedora. Presenta recomendación sobre Licitación Abreviada
Nº2013LA-000013-01. Contratación de Maquinaria para Extracción de Material
Textualmente expresa:
PROVEEDURIA INSTITUCIONAL
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACION
LICITACION ABREVIADA Nº 2013LA-000013-01
Extracción de Material
Cóbano, a las quince horas y veinte minutos del día dos de julio del 2013. Se procede a dar
recomendación con respecto a lo solicitado por el departamento de intendencia, para la Contratación de
Maquinaria para extracción de material, cuya apertura se realizo el día veinticinco de junio del año en
curso, a las diez horas.
I-RESULTADO
1. Que dicho proceso de contratación fue amparado conforme a la solicitud:
Oficio Departamento Código de Monto
partida
CMDCS 172- Intendencia 1.08.02 III ¢34.500.000,00
2013
2. Que según el expediente administrativo elaborado para esta contratación se invito a concursar a
los siguientes oferentes.
Nº PROVEEDOR
1 Nivelaciones y Transporte Roljuanjo S.A.
2 Transporte Jimenez y Mora S.A
3 Tractores San Antonio S.A.
4 Constructora Raasa S.A.
5 Agroturistica Moya y Fernández S.A.
3. Luego de cerrado el periodo para la recepción de ofertas se presento las siguientes ofertas a
concurso.
Nº PROVEEDOR
1 Tractores San Antonio S.A.
2 Montedes S.A.
3 Nivelaciones y Transporte Roljuanjo S.A.
Que en el procedimiento se han observado que ninguna de las empresas ofertantes cumplen a cabalidad
con lo solicitado en el cartel, esto según el departamento legal ver folios 185 y 186 de dicho expediente.
II.CONSIDERANDO UNICO
Luego de realizada la evaluación correspondiente, a la ofertas se determino que ninguna oferta
cumple con los requisitos solicitados en el cartel.
III.POR LO TANTO
De conformidad con los hechos expuestos en la presente resolución y la normativa vigente en
materia de Contratación Administrativa, la Proveeduría institucional del Departamento
Administrativo del Concejo Municipal de Distrito Cóbano.
IV.RESUELVE
Recomienda se declare infructuosa la Licitación Abreviada Nº 2013LA-000005 -01
“EXTRACCIÓN DE MATERIAL”:
Esto por cuanto a que los oferentes no cumplieron con lo solicitado en el cartel.
Razones
Nivelaciones y Transporte Roljuanjo S.A.
Fue presentada físicamente de manera extemporánea al ser las 02:25 pm, tal y como lo solicitaba el cartel
en el punto 3, ya que a pesar de que esta fue remitida vía fax antes de la hora señalada para la apertura de
las ofertas, por lo que razón se están incumplió con los requisitos esenciales establecidos en el pliego
cartelario.
Tractores San Antonio S.A.
me permito manifestarle que tal y como lo establece el artículo 60 y 80 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, podrán ser modificado o aclarado, todos aquellos aspectos contenidos en el
cartel que no sean esenciales que no varíen el objeto de la presente contratación, ya que dicha empresa no
puede condicionar a este Concejo a utilizar todas las horas maquinaria en un lapso de 35 día naturales,
salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobada, ya que este Concejo podría emitir la orden de
inicio para que 2 días después de la misma las horas sea utilizadas a conveniencia de este Concejo
Municipal, ya que puedes ser lapsos de horas inferiores a las jornadas calculadas por dicha empresa, todos
o algunos días de la semana de acuerdo a la necesidad con la que se cuenten y el espacio para apilar el
material disponible hasta lograr agotar la totalidad de las horas contratadas.
En este sentido, la Resolución de la Contraloría General de la República, número RC -191 -2001, de las 15
horas 30 minutos del 5 de Abril del 2001, al respecto establece textualmente lo siguiente:
(…) Sobre antecedentes jurisprudenciales en punto al plazo de entrega: El plazo de entrega es uno
de los elementos que, reiteradamente, este Órgano ha adscrito a los del grupo de factores insubsanables en
las ofertas sometidas a conocimiento de la Administración que licita.
Así mismo, el artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, que indica que el
incumplimiento de un elemento esencial no es es un aspecto subsanable en materia de contratación
administrativa, por lo que la aclaración hecha en fecha 26 de Junio del 2013, no es de recibo, razón por la
cual la oferta quedara excluida automáticamente del presente concurso.
Montedes S.A.
Dentro de su oferta hace mención que dos de las maquinaria a utilizar van hacer alquilada y propiedad de
la empresa Agroturistica Moya y Fernández S.A, de quienes aportan los contratos de arrendamientos
respectivos de dicha maquinaria, esto a pesar de no presentan la documentación y requisitos establecidos,
esto según los artículos 58, 69 y 149 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Aunado a esto me permito manifestar, que la empresa oferente omite información referente al propietario
registral del vehículo C 135299, denominado Corporación Grupo Futuro de San José s.a. ( ver informe
registral adjunto folio 183), ni hace referencia a este, por lo que debe ser declarada inadmisible dicha
oferta.
Para constatar ver folios185 y 186 de dicho expediente
CONSIDERANDO:
-Que se concluyó con los trámites anteriores al acto de adjudicación de la Licitación Abreviada N°2013LA-
000013-01 “. Contratación de Maquinaria para Extracción de Material”
-Que han participado las empresas Tractores San Antonio, Montedes S.A. y Nivelaciones y Transporte
Roljuanjo S.A.
-Que según el departamento legal, ninguna de las empresas ofertantes cumplen a cabalidad con lo
solicitado. Folios 185 y 186
-Que el departamento de Proveeduría recomienda se declare infructuosa la Licitación Abreviada
N°2013LA-000013-01 “. Contratación de Maquinaria para Extracción de Material” esto por cuanto los
oferentes no cumplieron con lo solicitado en el cartel.
Razones
Nivelaciones y Transporte Roljuanjo S.A.
Fue presentada físicamente de manera extemporánea al ser las 02:25 pm, tal y como lo solicitaba el cartel
en el punto 3, ya que a pesar de que esta fue remitida vía fax antes de la hora señalada para la apertura de
las ofertas, por lo que razón se están incumplió con los requisitos esenciales establecidos en el pliego
cartelario.
Tractores San Antonio S.A.
me permito manifestarle que tal y como lo establece el artículo 60 y 80 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, podrán ser modificado o aclarado, todos aquellos aspectos contenidos en el
cartel que no sean esenciales que no varíen el objeto de la presente contratación, ya que dicha empresa no
puede condicionar a este Concejo a utilizar todas las horas maquinaria en un lapso de 35 día naturales,
salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobada, ya que este Concejo podría emitir la orden de
inicio para que 2 días después de la misma las horas sea utilizadas a conveniencia de este Concejo
Municipal, ya que puedes ser lapsos de horas inferiores a las jornadas calculadas por dicha empresa, todos
o algunos días de la semana de acuerdo a la necesidad con la que se cuenten y el espacio para apilar el
material disponible hasta lograr agotar la totalidad de las horas contratadas.
En este sentido, la Resolución de la Contraloría General de la República, número RC -191 -2001, de las 15
horas 30 minutos del 5 de Abril del 2001, al respecto establece textualmente lo siguiente:
(…) Sobre antecedentes jurisprudenciales en punto al plazo de entrega: El plazo de entrega es uno
de los elementos que, reiteradamente, este Órgano ha adscrito a los del grupo de factores insubsanables en
las ofertas sometidas a conocimiento de la Administración que licita.
Así mismo, el artículo 83 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, que indica que el
incumplimiento de un elemento esencial no es es un aspecto subsanable en materia de contratación
administrativa, por lo que la aclaración hecha en fecha 26 de Junio del 2013, no es de recibo, razón por la
cual la oferta quedara excluida automáticamente del presente concurso.
Montedes S.A.
Dentro de su oferta hace mención que dos de las maquinaria a utilizar van hacer alquilada y propiedad de
la empresa Agroturistica Moya y Fernández S.A, de quienes aportan los contratos de arrendamientos
respectivos de dicha maquinaria, esto a pesar de no presentan la documentación y requisitos establecidos,
esto según los artículos 58, 69 y 149 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Aunado a esto me permito manifestar, que la empresa oferente omite información referente al propietario
registral del vehículo C 135299, denominado Corporación Grupo Futuro de San José s.a. ( ver informe
registral adjunto folio 183), ni hace referencia a este, por lo que debe ser declarada inadmisible dicha
oferta.
ACUERDO Nº3
SE ACUERDA: “Declarar infructuosa la Licitación Abreviada N° 2013LA-000013-01 “. Contratación de
Maquinaria para Extracción de Material”,
debido a que los participantes no cumplieron a cabalidad con lo solicitado en el cartel”. ACUERDO
UNANIME
c. Luis Antonio Sobrado. Magistrado Instructor. Tribunal Supremo de Elecciones. ASUNTO.
Solicitud de documentos originales de cancelación de credenciales de la Concejal Kathia Núñez. Se
conoce.
d. Jose M. Barrios Wilson. Presidente de J.B.W. Vibralti S.A. ASUNTO. Solicitud de autorización de
arrendamiento de patente, para seguir utilizándola en el súper Playa Carmen. REALIZAR
INSPECCION.
e. Arq. Luis Guillermo Miranda Aguilar y Arq. Antonio Farrah. Instituto Costarricense de turismo.
OFICIO MPD-ZMT-567-2013. ASUNTO. Solicitud a fin de que se aclaren algunas situaciones que se
presentan en el proyecto denominado Casa Capitán desarrollado en un terreno en concesión a
nombre de COLEMU S.A. ubicado en Santa Teresa de Cóbano. Estas son:
1 La parcela tiene varios usos (hotelero, residencial recreativo, servicios básicos, y zona de protección). En
la zona hotelera existe en proceso de construcción una casa que difiere de la obra aprobada por el ICT
(conjunto de dos habitaciones de uso hotelero en una planta)
2 Casa de habitación cuya altura excede dos metros el máximo de 7 metros permitido
3 En el terreno se localizan otras obras tales como un rancho de madera de 5.5 metros de diámetro, una
piscina de 70 m2 y otros dos ranchos de 5 y 3 m2 respectivamente, obras sobre las cuales ese
departamento del ICT no cuenta con registro de revisión por lo que se presume no cuenta con los
respectivos permisos
4 Casa de tres niveles de 530 metros cuadrados que excede la altura
5 Tres aposentos dispersos de aproximadamente 7 metros cuadrados cada uno de los cuales se ignora su
uso y si su ubicación es permitida de acuerdo al plan regulador
6 Otra Piscina rectangular ubicada en la zona hotelera, que se encuentra en construcción y sobre la cual
no consta aprobación conforme a los proyectos presentados para el visado correspondiente.
Aclarar el motivo por el cual se autorizo la construcción de obras sin contar con el aval del ICT, en caso de
que las obras construidas cuenten con permisos de construcción extendidos por la Intendencia de Cóbano,
facilitar copia de los mismos así como copia de los planos constructivos, aclarar porque existen obras que
sobrepasan los 7 metros de altura máxima permitida por el reglamento y facilitar copia del anteproyecto
conteniendo la descripción de la totalidad de las obras a construir en la concesión otorgada detallando
cantidad y tipo de obras y ubicación de estas según su uso.
CONSIDERANDO:
-Que se ha recibido oficio MPD-ZMT-567-2013 del ICT sobre construcciones en un terreno en concesión a
nombre de COLEMU S.A. ubicado en Santa Teresa de Cóbano.
-Que son situaciones que este Concejo desconoce
ACUERDO Nº4
SE ACUERDA: “Dar pase de este documento a la comisión de zona marítimo terrestre a fin de que realice
las investigaciones respectivas y nos emita un dictamen al respecto”. ACUERDO UNANIME
f. Arq. Luis Guillermo Miranda Aguilar y Arq. Antonio Farrah. Instituto Costarricense de turismo.
OFICIO MPD-ZMT-552-2013. ASUNTO. Aclaraciones con respecto a planos de proyecto recibido en
esa institución correspondiente a una casa de habitación y una planta de tratamiento que pretende
realizar el concesionario MONAU S.A.
CONSIDERANDO.
-Que se ha recibido oficio MPD-ZMT-552-2013 del Instituto Costarricense de Turismo donde solicita
aclaraciones con respecto a planos de proyecto recibido en esa institución correspondiente a una
casa de habitación y una planta de tratamiento que pretende realizar el concesionario MONAU S.A.
-Que este Concejo desconoce esta situación
ACUERDO Nº5
SE ACUERDA: “Dar pase de este documento a la comisión de zona marítimo terrestre a fin de que
realice las investigaciones respectivas y nos emita un dictamen al respecto”. ACUERDO UNANIME
V. MOCIONES
SE DISPENSA
VI. INFORME DE COMISIONES
COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
a. Marco Antonio Quiros Rodríguez. Encargado a.i. Depto. Z. ASUNTO. SOLICITUD DE BERTA DALIA
BALTODANO VILLARREAL
Análisis de Documentos.
Pase número 066 del 26 Junio del año dos mil trece.
Beneficiario: Baltodano Villareal Berta Dalia
Expediente numero:1426-92
Cesión mejoras Parcial________________ Total________________
Lugar de ubicación: Manzanillo
Uso de suelo________________________________________________
Anuencia___________________________________________________
Solicitud Plan Regulador_______________________________________
Amojonamiento______________________________________________
Denuncias__________________________________________________
Solicitud de Concesión_________________________________________
Otros: Reconsideración de una solicitud de concesión, sobre un terreno en el sector costero de Manzanillo. RECOMENDACIÓN AL CONCEJO: Después de analizar la nota presentada por la señora Berta Dalia Baltodano Villareal, en la cual solicita sea reconsiderada la solicitud de concesión a su nombre, sobre un terreno ubicado en el sector costero de Manzanillo. Se dan las siguientes observaciones: Que de acuerdo al expediente numero 1426-92, solicitud de concesión a nombre de la señora Berta Dalia Baltodano Villareal, en el folio 035 hace referencia a un convenio de cesión de derechos de ocupación a favor del señor Gustavo Guerrero Bermúdez, por un área de diecinueve mil metros, terreno situado en Playa Manzanillo, en fecha 21 de mayo de mil novecientos noventa y tres. En fecha 27 de mayo de 1993 el señor Gustavo Guerrero Bermúdez, presento ante el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano una solicitud de concesión por un terreno ubicado en manzanillo, con un área de diecinueve mil metros cuadrados. En fecha 7 de setiembre de 1995, la señora Sandra Georgina Valenciano Aguilar presento una solicitud de concesión sobre el terreno antes descrito, con base a una cesión de derechos de ocupación hecha a su favor por el señor Gustavo Guerrero Bermúdez, en fecha 6 de setiembre de 1995. Que efectivamente la sociedad TRANSPORTE CARDU 55 S.A., presento ante el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano una solicitud de concesión por un área de 9020,70 metros entre los mojones 286-289 en el sector costero de Manzanillo, en fecha 5 de junio del dos mil tres. En el año 2009 el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano en su a cuerdo numero 065-2009, en sesión ordinaria numero 03-09, articulo II, inciso u, del día veintiséis del dos mil ocho, dice: Lic. Rodolfo Sotomayor Aguilar. Se conoce copia del criterio emitido sobre el caso de Trasporte Cardú Cincuenta y cinco y Sandra Valenciano Aguilar. En cuyas recomendaciones indica textualmente en su punto número 2.El expediente numero 2237-03 a nombre de Trasporte Cardú 55 S.A. se ajusta a derecho en todos y cada uno de los requerimientos que la Ley 6043 y sus reglamentos exigen, requisitos que de previo a emitir el proyecto de resolución respectivo deben ser revisados por el Departamento de Zona Marítimo Terrestre del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, por lo consiguiente procede la confección del proyecto de resolución dentro de este expediente y continuar con los restantes trámites legales hasta el otorgamiento de la respectiva concesión. POR TANTO: Después de analizar el caso en acuerdo a lo que establece la Ley No. 6043 de la Zona Marítimo Terrestre en su artículo 10 el cual hace mención de que "la zona marítimo terrestre constituye parte del patrimonio nacional, pertenece al Estado y es inalienable e imprescriptible" y que como atributo demanial hace alusión a su no pertenencia al comercio de los hombres, es decir, que no pueden ser enajenados, por ningún medio de derecho público o privado. Y concordancia al artículo 45o. el cual establece que “Es prohibido ceder o comprometer, o en cualquier otra forma traspasar o gravar, total o parcialmente, las concesiones o los derechos derivados de ellas, sin la autorización expresa de la municipalidad respectiva y del Instituto Costarricense de Turismo o del Instituto de Tierras y Colonización, según sea el caso. Carecerán de toda validez los actos o contratos que infringieren esta disposición.” Es por lo indicado anterior que esta comisión da por desestimada la solicitud presentada por la señora Berta Dalia Baltodano Villareal, recomendando al Concejo rechazar dicha solicitud al haber actuado está en contra de lo que establece la Ley 6043. CONSIDERANDO: -Que se ha conocido dictamen de la comisión de Zona Marítimo Terrestre sobre solicitud realizada por la Señora Berta Dalia Baltodano Villarreal en la cual solicita sea reconsiderada la solicitud de concesión a su nombre, sobre un terreno ubicado en el sector costero de Manzanillo. ACUERDO Nº6 SE ACUERDA: “Acoger recomendación de la Comisión de Zona Marítimo Terrestre sobre solicitud realizada por la señor Berta Dalia Baltodano Villerreal la cual textualmente dice: RECOMENDACIÓN AL CONCEJO: Después de analizar la nota presentada por la señora Berta Dalia Baltodano Villareal, en la cual solicita sea reconsiderada la solicitud de concesión a su nombre, sobre un terreno ubicado en el sector costero de Manzanillo. Se dan las siguientes observaciones: Que de acuerdo al expediente numero 1426-92, solicitud de concesión a nombre de la señora Berta Dalia Baltodano Villareal, en el folio 035 hace referencia a un convenio de cesión de derechos de ocupación a favor del señor Gustavo Guerrero Bermúdez, por un área de diecinueve mil metros, terreno situado en Playa Manzanillo, en fecha 21 de mayo de mil novecientos noventa y tres. En fecha 27 de mayo de 1993 el señor Gustavo Guerrero Bermúdez, presento ante el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano una solicitud de concesión por un terreno ubicado en manzanillo, con un área de diecinueve mil metros cuadrados.
En fecha 7 de setiembre de 1995, la señora Sandra Georgina Valenciano Aguilar presento una solicitud de
concesión sobre el terreno antes descrito, con base a una cesión de derechos de ocupación hecha a su
favor por el señor Gustavo Guerrero Bermúdez, en fecha 6 de setiembre de 1995.
Que efectivamente la sociedad TRANSPORTE CARDU 55 S.A., presento ante el Concejo Municipal de
Distrito de Cóbano una solicitud de concesión por un área de 9020,70 metros entre los mojones 286-289 en
el sector costero de Manzanillo, en fecha 5 de junio del dos mil tres. En el año 2009 el Concejo Municipal de
Distrito de Cóbano en su a cuerdo numero 065-2009, en sesión ordinaria numero 03-09, articulo II, inciso u,
del día veintiséis del dos mil ocho, dice: Lic. Rodolfo Sotomayor Aguilar. Se conoce copia del criterio emitido
sobre el caso de Trasporte Cardú Cincuenta y cinco y Sandra Valenciano Aguilar. En cuyas
recomendaciones indica textualmente en su punto número 2.El expediente numero 2237-03 a nombre de
Trasporte Cardú 55 S.A. se ajusta a derecho en todos y cada uno de los requerimientos que la Ley 6043 y
sus reglamentos exigen, requisitos que de previo a emitir el proyecto de resolución respectivo deben ser
revisados por el Departamento de Zona Marítimo Terrestre del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, por
lo consiguiente procede la confección del proyecto de resolución dentro de este expediente y continuar con
los restantes trámites legales hasta el otorgamiento de la respectiva concesión.
POR TANTO:
Después de analizar el caso en acuerdo a lo que establece la Ley No. 6043 de la Zona Marítimo Terrestre
en su artículo 10 el cual hace mención de que "la zona marítimo terrestre constituye parte del patrimonio
nacional, pertenece al Estado y es inalienable e imprescriptible" y que como atributo demanial hace alusión
a su no pertenencia al comercio de los hombres, es decir, que no pueden ser enajenados, por ningún medio
de derecho público o privado. Y concordancia al artículo 45o. el cual establece que “Es prohibido ceder o
comprometer, o en cualquier otra forma traspasar o gravar, total o parcialmente, las concesiones o los
derechos derivados de ellas, sin la autorización expresa de la municipalidad respectiva y del Instituto
Costarricense de Turismo o del Instituto de Tierras y Colonización, según sea el caso. Carecerán de toda
validez los actos o contratos que infringieren esta disposición.”
Es por lo indicado anterior que esta comisión da por desestimada la solicitud presentada por la señora
Berta Dalia Baltodano Villareal, recomendando al Concejo rechazar dicha solicitud al haber actuado está en
contra de lo que establece la Ley 6043”. ACUERDO UNANIME
b. Marco Antonio Quiros Rodríguez. Encarado a.i. Dpto. ZMT. ASUNTO. SOLICITUD ASVO
Dictamen:
Análisis de Documentos.
1. Pase número 063 del 26 Junio del año dos mil trece.
2. Beneficiario: ASVO
3. Expediente numero:
Cesión mejoras Parcial________________ Total________________
4. Lugar de ubicación: Montezuma
5. Uso de suelo________________________________________________
6. Anuencia___________________________________________________
7. Solicitud Plan Regulador_______________________________________
8. Amojonamiento______________________________________________
9. Denuncias__________________________________________________
10. Solicitud de Concesión_________________________________________
11. Otros: Solicitud de visto bueno al proyecto de investigación científica de la asociación de voluntarios
para el servicio en áreas protegidas (ASVO).
RECOMENDACIÓN AL CONCEJO:
Después de analizar la solicitud presentada por la asociación denominada ASVO, esta comisión recomienda
al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, dar el visto bueno para que se continúe con el proyecto que se
ha venido desarrollando desde hace 2 años, mediante la implementación de un vivero para la incubación de
los huevos de Tortugas marinas. Ya que gracias a este tipo de proyectos se da la preservación de nuestros
recursos marinos.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido dictamen de comisión de zona marítimo terrestre sobre solicitud realizada por la
asociación de voluntarios para el servicio en áreas protegidas (ASVO) para su proyecto de investigación
científica sobre criaderos de tortugas marinas en Montezuma.
ACUERDO Nº7
SE ACUERDA: 1. “Acoger recomendación de la comisión de zona marítimo terrstre que textualmente dice:
Después de analizar la solicitud presentada por la asociación denominada ASVO, esta comisión recomienda
al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, dar el visto bueno para que se continúe con el proyecto que se
ha venido desarrollando desde hace 2 años, mediante la implementación de un vivero para la incubación de
los huevos de Tortugas marinas. Ya que gracias a este tipo de proyectos se da la preservación de nuestros
recursos marinos.
2. Autorizar a la Asociación de Voluntarios ASVO para que continúe con el proyecto de vivero para
criadero de las tortugas marinas en el sector de Montezuma, específicamente frente a la propiedad de la
señora Harrison”. ACUERDO UNANIME
DPTO DE INGENIERIA
c. Ing. Jeffrey Ramírez. ASUNTO. Información posesoria de Virginia Rodríguez Hernández. Informa
que se realizo inspección a la propiedad con plano catastrado P-1593197-2012 ubicada en Bethel
de Cóbano propiedad de la señora Virginia Rodríguez Hernández y se constato que dicho acto no
afecta a los intereses municipales.
CONSIDERANDO:
-Que el juzgado agrario de Puntarenas ha solicitado se realice un estudio técnico sobre las
propiedades de la promovente Virginia Rodríguez Hernández plano P-1478324-2011 y P-1593197-
2012 para la información posesoria 09-160098-42-ag.
-Que el Ingeniero Municipal mediante oficio Ing. 192-2013 informa que realizo inspección la propiedad
con Plano P-1478324-2011 ubicada en San Isidro de Cóbano y a la propiedad con plano P-1593197-
2012 ubicada en Bethel de Cóbano e indica que el acto no afecta a los intereses municipales
ACUERDO Nº8
SE ACUERDA: “Informar al juzgado agrario que según inspección realizada al sitio, el trámite de
información posesoria impulsada por la Señora Virginia Rodríguez Hernández para las propiedades
con plano P-1478324-2011 ubicada en San Isidro de Cóbano y a la propiedad con plano P-1593197-
2012 ubicada en Bethel de Cóbano no afectan los intereses municipales”. ACUERDO UNANIME
VII. ASUNTOS VARIOS
Se dispensa
Finaliza la sesión al ser las diecinueve horas con treinta y cinco minutos
Roxana Lobo Granados Minor Jiménez Gutiérrez
SECRETARIA PRESIDENTE
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