Ordinaria 8 · 2012-02-28
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 8 del 2012-02-28 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 2) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº1 SE ACUERDA: “Proceder a la juramentación, de acuerdo a lo que establece el artículo 194 de la Constitución Política, de los miembros nombr…
- Acuerdo 2 (pág. 2) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº2 SE ACUERDA: “Adjudicar la Licitación Abreviada N° 2012LA-000003-01 “Contratación de Maquinaria para Intervenir algunas rutas”, a la empres…
- Acuerdo 3 (pág. 3) · unanime ACUERDO N°3 SE ACUERDA: “Aprobar modificación presupuestaria n° 03-2012 por un monto de tres millones setecientos mil colones (¢3.700.000.00). ACUERDO…
- Acuerdo 4 (pág. 3) · unanime ACUERDO N°4 SE ACUERDA: “ 1.Indicarle al señor Chavarria que este concejo no ve impedimento en que realice dicha actividad previa presentación de todo…
- Acuerdo 6 (pág. 3) · unanime ACUERDO N°6 SE ACUERDA: “Aprobar patente temporal de licores para que el comité de apoyo comunal de Bello Horizonte la explote en una feria que realiz…
- Acuerdo 5 (pág. 5) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°5 SE ACUERDA: “1. Autorizar a la Comité de apoyo comunal de Bello Horizonte para que utilicen la zona pública entre los mojones 279-281 en M…
- Acuerdo 7 (pág. 5) · unanime ACUERDO N°7 SE ACUERDA: “Informarle a los señores Arq. Luis Guillermo Miranda Aguilar. Coordinador Subproceso Inspección ZMT y Arq. Antonio Farah Mata…
- Acuerdo 8 (pág. 6) · unanime ACUERDO N°8 SE ACUERDA: “Autorizar el uso de la playa y zona pública de Playa Mal País entre los mojones 51-52 a la empresa denominada Mali’s Inmobili…
- Acuerdo 9 (pág. 7) · unanime ACUERDO N°9 SE ACUERDA: “Aprobar el informe enviado por el encargado de zona marítimo terrestre y transcribirlo a los señores Licda. María Vanesa Muri…
- Acuerdo 10 (pág. 8) · unanime ACUERDO N°10 SE ACUERDA: “Solicitarle a la Asesora legal emita un criterio al respecto, para que la Intendencia realice la consulta respectiva a la Pr…
ACTA ORDINARIA Nº 08-12
Acta número cero ocho-doce de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano el
día veintiocho de febrero del dos mil doce a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo.
CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Minor Jiménez Gutiérrez PRESIDENTE Y SINDICO
Ronny Rodríguez Villalobos
Romelia Vargas Hernández
Enio Valenzuela Ruiz
Reina Gloria Cruz Jiménez
CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
José Fernando León Sandoval
Josué Villalobos Matamoros
CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION
CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
Alba Rosa Gómez Espinoza
INTENDENTE
Omar Fernández Villegas
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión con base en el siguiente orden del día:
MEDITACION
I. APROBACION DEL ORDEN DEL DIA
II. RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA 07-12 Y EXTRAORDINARIA 03-12
III. JURAMENTACION
IV. CORRESPONDENCIA
V. MOCIONES
VI. INFORME DE COMISIONES
VII. INFORME DE LA ADMINISTRACION
VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA
IX. ASUNTOS VARIOS
MEDITACION
A cargo del presidente municipal
I. APROBACION DEL ORDEN DEL DIA
Se somete a aprobación del Concejo el orden del día en cual se aprueba en todas sus partes. ACUERDO
UNANIME
II. RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA 07-12 Y EXTRAORDINARIA 03-12
a. Se somete a ratificación del Concejo el acta ordinaria 07-12 la cual se ratifica en todas sus partes.
ACUERDO UNANIME
b. Se somete a ratificación del Concejo el acta extraordinaria 03-12 la cual se ratifica en todas sus partes.
ACUERDO UNANIME
III. JURAMENTACION
a. Se presentan para su debida juramentación los miembros de la junta de educación nombrados en la
sesión anterior.
CONSIDERANDO:
• Que en sesión ordinaria 07-12 se nombró a tres miembros de la Junta de Educación de la
Escuela de Río Negro.
• Que estos miembros se presentan para su debida juramentación
ACUERDO Nº1
SE ACUERDA: “Proceder a la juramentación, de acuerdo a lo que establece el artículo 194 de la
Constitución Política, de los miembros nombrados como integrantes de la junta de Educación del
Centro Educativo Río Negro, ellos son:
-Patricia Picado Chavarria cédula 5 254 372
-Jorge Luis Blanco Burgos cédula 6 189 702
-Patricia Abarca Rodríguez cédula 2 498 305
ACUERDO UNANIME.
Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
formas, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
IV. CORRESPONDENCIA
a. Omar Fernández Villegas. Intendente. Presenta para su debida adjudicación expediente de la
Licitación Abreviada N° 2012LA-000003-01 denominada “Contratación de Maquinaria para Intervenir
algunas rutas
CONSIDERANDO:
• Que se concluyó con los trámites anteriores al acto de adjudicación de la Licitación Abreviada
N° 2012LA-000003-01 “Contratación de Maquinaria para Intervenir algunas rutas”
• Que han participado las empresas Agro turística Moya y Fernández S.A., Transporte Jiménez y
Mora S.A. y Tractores San Antonio S.A.
• Que la empresa Tractores San Antonio S.A. no cumplió con la subsanación de documentos por
lo que no puede ser tomada en cuenta para la calificación.
• Que se cuenta con el informe legal elaborado por la Lic. Francil Herrera asesora legal de este
Concejo.
• Que se cuenta con el Informe técnico elaborado por el Ing. Alonso Fernández Paniagua del
departamento de Ingeniería de este Concejo.
• Que esta contratación incluye las siguientes rutas: 1. Cementerio de Las Delicias a
Montezuma, salida de Juan Cielo. 2. Entrada de la Pura Vida a Florida. 3. Cementerio de
Cóbano-El Molino. 4. Cementerio de Las Delicias al Canopy camino a Montezuma
• Que el departamento de Proveeduría recomienda se adjudique a la empresa Agroturística
Moya y Fernández S.A. por las siguientes razones: Cumple con los requisitos (según el informe
técnico y legal) y se ajusta al presupuesto disponible y ofrece un mejor precio
ACUERDO Nº2
SE ACUERDA: “Adjudicar la Licitación Abreviada N° 2012LA-000003-01 “Contratación de
Maquinaria para Intervenir algunas rutas”, a la empresa denominada Agroturistica Moya y
Fernández S.A. por un monto de diecinueve millones trescientos sesenta mil colones con
00/100 (¢19.360.000,00), distribuido de la siguiente manera: ETAPA 1. Por un monto de ocho
millones trescientos cincuenta y cinco mil con 00/100 (¢8.355.000.00), ETAPA 2. Por un monto
de once millones cinco mil colones con 00/100 (¢11.005.000,00) ACUERDO UNANIME Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas,
quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
b. Intendencia Municipal. Presenta Modificación presupuestara N°03-2012
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 03-2012
SALDO SUMA QUE SUMA QUE NUEVO
CODIGO DETALLE
ACTUAL SE REBAJA AUMENTA SALDO
PROGRAMA II
SERVICIO
RECOLECION
BASURA
2.120.87 1.120.878.5
5.02.07 INSTALACIONES 1.000.000.00 0
8.55 5
Materiales y 1.000.000.0
2.03.06 0 0 1.000.000.00
productos de plástico 0
PROGRAMA III
Mantenimiento vías
de comunicación
Jornales 9.798.02 8.298.020.0
0.01.02 1.500.000.00 0
ocasionales 0.00 0
1.500.000.0
0.02.01 Tiempo Extraordinario 0 0 1.500.000.00
0
PROYECO
ACUEDUCTO RIO
FRIO
Mantenimiento vías 30.286.8 29.086.827.
1.08.02 1.200.000.00 0
de comunicación 27.58 58
Materiales y 1.185.000.0
2.03.06 0 0 1.185.000.00
productos de plástico 0
Otros útiles y
2.99.99 materiales y 0 0 15.000.00 15.000.00
suministros
TOTAL DE
MODIFICACION 3.700.000,00 3.700.000,00
PRESIDENTE INTENDENTE SECRETARIA CONTADOR TESORERA
CONSIDERANDO:
-Que se ha presentado modificación presupuestaria n° 03-2012 por un monto de tres millones setecientos mil
colones con 00/100
ACUERDO N°3
SE ACUERDA: “Aprobar modificación presupuestaria n° 03-2012 por un monto de tres millones setecientos mil
colones (¢3.700.000.00). ACUERDO UNANIME
c. Luis Enrique Chavarria Carrillo. Presidente. Asociación Cristiana Generación de Cambio de las
Asambleas de Dios. Solicitan permiso para realizar una actividad los días 16,17 y 18 de Marzo en el
parqueo frente a su Iglesia ubicado en San Isidro 75 metros norte y 50 este de los planteles de Buses de
San Isidro en un horario de 6:00 p.m. a 9:00 pm.
CONSIDERANDO:
-Que el señor Luis Enrique Chavarría Carrillo. Presidente. Asociación Cristiana Generación de Cambio
de las Asambleas de Dios. Solicitan permiso para realizar una actividad los días 16, 17 y 18 de Marzo
en el parqueo frente a su Iglesia ubicado en San Isidro 75 metros norte y 50 este de los planteles de
Buses de San Isidro en un horario de 6:00 p.m. a 9:00 pm.
- Que solicitan el señor Chavarria la aprobación del plan de contingencia para dicha actividad
ACUERDO N°4
SE ACUERDA: “ 1.Indicarle al señor Chavarria que este concejo no ve impedimento en que realice
dicha actividad previa presentación de todos los requisitos ante la Administración Tributaria de este
Concejo el cual luego nos informará cuando todos los requisitos estén cumplidos.
2. Aprobar el plan de contingencia presentado por el presidente de la Asociación Cristiana
Generación de Cambio de las Asambleas de Dios, para dicha actividad”. ACUERDO UNANIME
d. Gilberto López Ruiz. Director Centro Educativo Bello Horizonte. Informa que los recursos que se
adquieran durante el evento denominado Castillos de Arena se destinaran de la siguiente manera:
50% construcción batería sanitaria Escuela Bello Horizonte
25% Reparación Agua Potable
25% Reparaciones aulas de la escuela
CONSIDERANDO
-Que el comité de apoyo comunal de Bello Horizonte solicito una patente temporal de licores para
explotar en el salón multiuso en una feria que realizarán los días 16, 17 y 18 de Marzo del dos mil doce.
ACUERDO N°6
SE ACUERDA: “Aprobar patente temporal de licores para que el comité de apoyo comunal de Bello
Horizonte la explote en una feria que realizaran en el salón multiuso de la comunidad los días 16,17,18
de Marzo del 2012”. ACUERDO UNANIME
V. MOCIONES
Se dispensa
VI. INFORME DE COMISIONES
Se dispensa
VII. INFORME DE LA ADMINISTRACION
DPTO. DE INGENIERIA
a. Ing. Alonso Fernández Paniagua. Ingeniero Municipal. ASUNTO. INSPECCIONES DE CIERRE A
CONSTRUCCIONES. Con referencia al oficio CMDCS 380-2011, donde se me solicita realizar las
inspecciones de cierre de obra a las construcciones que han solicitado permiso desde julio del 2010 en
adelante, le informo que me ha hecho casi imposible y al día de hoy solo se ha realizado cierre y
seguimiento a las obras que están en construcción desde mediados del año pasado y a la fecha, esto
por los siguientes motivos:
• Entre julio del 2010 a la fecha, según registros llevados hay más de 250 permisos tramitados en el
distrito, habría que dedicarle tiempo completo solo a visitar cada una de estas obras y realizar informes,
en este momento solo contamos con un inspector de campo prácticamente, el señor Greivin Carmona,
el cual combina y es de gran apoyo en la oficina también por su experiencia y conocimiento de la zona,
el otro compañero Leonardo Rutt, está en oficina recibiendo solicitudes y atendiendo al público y sale
constantemente a San José a encomiendas, hay que turnarse para no dejar sola la oficina y mi persona
combino labores de oficina y campo diariamente, revisando permisos de construcción, inspecciones a
las contrataciones de arreglos varios caminos, ver catastro y varios proyectos que estamos llevando y
por realizar a cabo el cual están a mi cargo, realización de pasos peatonales, cierre del gimnasio,
dirección técnica de construcción de la trinchera del basurero, reparaciones de infraestructura vial,
atención al público, entre otros.
• Además no contamos con un vehículo asignado específicamente al departamento de ingeniería, por lo
cual debemos de coordinar con los otros departamentos, estando la mayoría de veces no disponible, al
igual que un inspector que este solo en campo llevando diariamente el avance a cada una de estas
obras para contar con un adecuado control.
Esos son los motivos principales por los cuales este departamento no ha cumplido con el objetivo de cierre de
obras asignado al 100%, estamos haciendo el esfuerzo humano posible para llevar este departamento de la
mejor manera y nos comprometemos a llevar un mayor control con las obras tramitadas en este año, pero hay
que estar conscientes de que nos faltan recursos para ser más eficientes en el campo.
b. Ing. Alonso Fernández Paniagua. Ingeniero Municipal.
Mediante una inspección realizada el día 31 de octubre de 2011, se verifico en sitio que el camino
ubicado antes de las cabinas Linda Vista, denominado con ese mismo nombre, tiene las siguientes
características:
Una longitud aproximada de 450 metros aproximadamente, un ancho promedio de 12 metros, esta
cuenta con los servicios básicos de electricidad y tubería de agua potable (acueducto), tiene
conformación de cunetas naturales, presenta un deterioro normal en la superficie de rodamiento debido
a su poco mantenimiento, pero apta para el tránsito de vehículos. Esta da acceso a varias casas de
habitación y lotes.
En cuanto a lo que respecta a aspectos técnicos, dicho camino cumple con los requisitos mínimos para
que sea declarada como publica.
Se conoce y se queda en espera del informe legal.
DPTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
c. Alcides Fernández Elizondo. Encargado de Departamento.
USO DE ZONA PUBLICA PARA CASTILLOS EN LA ARENA
Informa mediante oficio ZMT 054-2012 que realizó inspección al sitio en donde se llevarán a cabo las
actividades , el mismo se ubica entre los mojones 279-281. Indica que se debe girar las siguientes instrucciones
a los organizadores:
1.No se deben realizar quemas en el sitio, las basuras deben de retirarse de la zona
2.No se pueden realizar obras permanentes
3. Las obras que se realicen deben ser retiradas al día siguiente de la actividad
4. Los desechos sólidos se deben transportar al basurero municipal
5. No se permite cortar ningún árbol en la zona a ocupar.
6. Dos días después del evento se realizará inspección al sitio para comprobar lo indicado, caso contrarito de
no acatar lo indicado el Concejo deberá determinar el proceso a seguir
CONSIDERANDO:
-Que el encargado de zona marítimo terrestre ha presentado informe sobre el uso de zona pública en
Manzanillo para la realización de la actividad denominada Castillos en La Arena.
-Que indica que se deben girar las instrucciones necesarias para el buen uso de la zona.
ACUERDO N°5
SE ACUERDA: “1. Autorizar a la Comité de apoyo comunal de Bello Horizonte para que utilicen la zona pública
entre los mojones 279-281 en Manzanillo para que realicen la actividad denominada Castillos en la Arena el día
18 de Marzo del 2012.
2. Solicitarles cumplir con las siguientes disposiciones
• No realizar quemas en el sitio, las basuras deben de retirarse de la zona
• .No realizar obras permanentes
• Las obras que se realicen deben ser retiradas al día siguiente de la actividad
• Los desechos sólidos se deben transportar al basurero municipal
• No se permite cortar ningún árbol en la zona a ocupar.
3. Informarles que dos días después del evento se realizará inspección al sitio para comprobar lo indicado, si
se hubiera hecho caso omiso de estas indicaciones el Concejo determinará el proceso a seguir de acuerdo a
lo que indica la ley”. ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus formas, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en
todas sus formas, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
d. Alcides Fernández Elizondo. Encargado de Departamento.
Informe mediante oficio ZMT 056-2012 sobre situación planteada por el señor Arq. Luis Guillermo Miranda
donde indica que efectivamente se aprobó una modificación al plan regulador el peñón de ario pero el plano
cuenta con un error de ubicación el cual se está corrigiendo para que se lleve a audiencia pública como lo
ordena el artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana.
CONSIDERANDO:
-Que el Arq. Luis Guillermo Miranda Aguilar. Coordinador Subproceso Inspección ZMT y Arq. Antonio Farah
Matarrita. Líder Proceso Planeamiento Turístico indican en oficio MPD-ZMT 840-2011 que revisando el
expediente de solicitud de concesión a nombre de Gestión Sonrisa S.A. sobre una parcela ubicada en Playa
Peñón de Ario han detectado que en la lámina vigente de dicho sector costero se está presentando una
diferencia en la delimitación de los 200 metros.
-Que se le consulto al encargado del Departamento de ZMT lo que conocía al respecto y este informa que
efectivamente se aprobó una modificación al plan regulador el peñón de ario pero el plano cuenta con un error
de ubicación el cual se está corrigiendo para que se lleve a audiencia pública como lo ordena el artículo 17 de
la Ley de Planificación Urbana.
ACUERDO N°7
SE ACUERDA: “Informarle a los señores Arq. Luis Guillermo Miranda Aguilar. Coordinador Subproceso
Inspección ZMT y Arq. Antonio Farah Matarrita. Líder Proceso Planeamiento Turístico que efectivamente se
realizó la modificación al plan regulador que ellos señalan y se está en espera de la corrección de un error de
ubicación del plano para llevar a cabo la audiencia pública”. ACUERDO UNANIME. FAX. 2231 0311
e. Alcides Fernández. ASUNTO. Solicitud de uso de playa Carmen para torneo de surf
Indica que se deben tomar las siguientes precauciones:
-Los organizadores deben habilitar un parqueo con el fin de facilitar a los visitantes un sitio para sus
vehículos.
-Deben contar con el apoyo de la fuerza pública y seguridad privada, para cualquier situación que se
presente.
-No deben permitir el ingreso a la zona pública de vehículos (solo las ambulancias y seguridad) durante
el evento.
-Deben garantizar el tránsito de los transeúntes por la zona pública y playa durante el evento.
-Deben mantener la playa libre de basura, después del evento no se permitirá ninguna estructura.
CONSIDERANDO:
-Que el Sr. Avraham Tal Gerente del Hotel Playa Carmen denominado Mali’s Inmobiliaria S.A. con cédula
jurídica 3 101 524979 ha solicitado autorización para realizar torneo de surf los días del 08 al 11 de Marzo del
2012 en playa Carmen entre los mojones 51-52 al frente de pizzería playa Carmen.
-Que el encargado de zona marítimo terrestre indica algunas instrucciones que se le deben girar al organizador ACUERDO N°8 SE ACUERDA: “Autorizar el uso de la playa y zona pública de Playa Mal País entre los mojones 51-52 a la empresa denominada Mali’s Inmobiliaria S.A, representada por el señor Avraham Tal para que realice un torneo de Surf los días 08, 09, 10 y 11 de Marzo del 2012. Se debe acatar las siguientes instrucciones: - Habilitar un parqueo con el fin de facilitar a los visitantes un sitio para sus vehículos. - contar con el apoyo de la fuerza pública y seguridad privada, para cualquier situación que se presente. --No permitir el ingreso de vehículos a la zona pública, solo las ambulancias y la seguridad, durante el evento. - Garantizar durante el evento el libre tránsito de los turistas por la zona pública y playa - Mantener la playa libre de basura. -Terminado el evento todas las estructuras deben ser inmediatamente retiradas -No se permite ningún tipo de ventas en la zona pública” ACUERDO UNANIME f. Alcides Fernández Elizondo. ASUNTO. Petitoria de los señores Licda. María Vanesa Murillo Fernández y el Lic. Eduardo Murillo Rodríguez en nota con fecha 12 de enero Con el fin de poner en conocimiento a ustedes sobre la petitoria que realiza la Licda. María Vanessa Murillo mediante escrito de fecha 12 de enero del año en curso a continuación le detallo lo siguiente. PRIMERO. Artículo 45.- El contrato incluirá todos los datos aportados en la solicitud de autoriza la concesión, incluyendo el monto del canon a pagarse y la ubicación de la parcela, tal y como lo indica dicho artículo del reglamento de la ley 6043, no es posible firmar un contrato si el debido avalúo, el cual tal y como lo indican los artículos posteriores, quien tiene la autorización para llevar a cabo dicho avalúo lo es según lo indican los artículos Artículo 50.- Para los efectos de la aplicación del canon a que se refiere el Artículo 49 anterior, la Municipalidad interesada solicitará a la Dirección General de la Tributación la elaboración del avalúo de los terrenos de acuerdo con los siguientes criterios: a) A fin de determinar el valor del derecho de uso y explotación del área considerada, el perito tomará como base el valor de mercado del terreno con exclusión de las construcciones e instalaciones fijas o permanentes en él existentes, y para los efectos del pago del canon respectivo, en dicho avalúo se establecerá la base imponible, la cual se calculará aplicando al valor de mercado un coeficiente de relación al mercado de 0.60, lo cual se indicará expresamente en el citado avalúo. Se entenderá por valor de mercado el valor de un bien inmueble estimando el precio que se pagaría por el mismo en una hipotética venta caracterizada por las siguientes condiciones: a- El comprador y vendedor presentan un interés normal. b- La compraventa se entiende producida en un mercado existente y abierto. Si el bien no fuere transmitido a este comprador, el mercado siempre proveerá otro igualmente motivado. Tanto uno como otro se consideran bien informados y aconsejados. c- Ni el comprador ni el vendedor presentan urgencias de tiempo en el comprar o vender, si no se transmite en una fecha se hará en otra. d- El bien se considera libre de cargas especiales. e- Se entiende que la compra del bien se realiza para destinarlo a su uso más completo y apropiado. b) En el referido avalúo no deberán incluirse los terrenos comprendidos dentro deLa zona de cincuenta metros inmediata a la línea de la pleamar ordinaria destinada al uso común, ni las áreas de reserva tales como: humedales, esteros, riscos y demás áreas que, por disposición legal o por sus condiciones naturales, no puedan ser objeto de utilización por los titulares; salvo en los casos de instalaciones autorizadas conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley No. 6043, Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre. Para tal efecto el concesionario o permisionario aportará a la Municipalidad un plano de agrimensura que indique el área sobre la cual la Municipalidad deberá, previa verificación y estudios, solicita el avalúo correspondiente. Los avalúos mencionados tendrán una vigencia de cinco años contados a partir del período siguiente a su firmeza. Los cánones vigentes deberán ajustarse de conformidad con el nuevo avalúo, para lo cual los contratos respectivos deberán contener estipulación expresa en este sentido. Artículo 51.- La Municipalidad solicitará a la Dirección General de Tributación el avalúo respectivo, la cual una vez realizado lo remitirá a la Municipalidad, quien si lo aceptare lo comunicará al interesado determinando además en forma provisional el canon a pagar. Esta comunicación deberá hacerse con arreglo al artículo 147 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. En la misma resolución la Municipalidad otorgará al interesado el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la comunicación para presentar recurso de revocatoria ante el Concejo Municipal, en caso de inconformidad, con el apercibimiento de que si el interesado dejase transcurrir dicho término sin
oposición alguna, se tendrá en firme el canon. Si la inconformidad se refiriera a aspectos propios del avalúo, el Concejo Municipal deberá remitir el expediente al Órgano de Normalización Técnica de la Dirección General de Tributación, para efectos de reconsideración, dentro de un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la recepción del recurso, quien procederá a asignarlo conforme a los procedimientos establecidos por la Subdirección de Valoraciones Administrativas y Tributarias. Dicho expediente deberá contener los alegatos que el concesionario y/o permisionario presente ante la municipalidad. La Dirección General de Tributación remitirá a la Municipalidad el informe del avalúo confirmando o modificando el dictamen original según proceda. Una vez recibido, la Municipalidad procederá a resolver el recurso de revocatoria planteado por el interesado y a fijar en forma definitiva el canon a pagar. Contra esta resolución cabrá el recurso de apelación impropia ante el Tribunal Contencioso Administrativo cuya resolución implica el agotamiento de la vía administrativa, como paso previo al procedimiento Ordinario Contencioso Administrativo. Cuando el recurso verse sobre aspectos que no sean propios del avalúo, el interesado contará con el mismo plazo para presentar el recurso de revocatoria ante el Concejo Municipal y contra lo que éste resuelva podrá recurrir en apelación ante el Tribunal Contencioso Administrativo cuya resolución agota la vía administrativa como paso previo al Procedimiento Ordinario Contencioso Administrativo. En el caso de que fuere la Municipalidad la que no estuviera de acuerdo con aspectos propios del avalúo, remitirá el expediente a la Dirección General de Tributación dentro del término de 10 días, por vía de reconsideración, presentando los alegatos y justificaciones del caso. Y contra lo que resuelva aquella no cabrá recurso alguno. En tanto no exista determinación definitiva del canon correspondiente el interesado de común acuerdo con la Municipalidad respectiva podrá hace depósitos a cuenta, a la orden de la Municipalidad sin que signifique aceptación del canon o avalúo por parte del interesado. En ningún caso dicho depósito devengará intereses a cargo de la Municipalidad. Tal y como se desprende de lo anterior no tiene razón la Licda. Murillo al intentar que se firme una concesión sin el respectivo avalúo., además cabe destacar que a dichas propiedades se les llevó a cabo un avalúo en fecha 18 de agosto del año 2008 Gestión Playa Cecilia y fueron apelados en las dos instancias que autoriza la ley en los artículos anteriores, 12 de noviembre 2007, la sociedad Villa Miranda S.A.., en igual situación del anterior,19 de marzo 2009, los expedientes de Víctor Eduardo Murillo y lo Guisaros Verdes S.A., ambos apelados en primera instancia aun sin resolver, como se demuestra nunca ha imperado la negligencia por parte de la administración. SEGUNDO. Efectivamente se aprobó una modificación, del plan regulador el peñón de ario, pero el plano cuenta con un error de ubicación el cual se está corrigiendo dicho error, para que se lleve a audiencia pública como lo ordena el artículo 17 de ley de planificación urbana, situación que es conocida por la Licda. Murillo, ya que este departamento le ha tenido informada sobre dicha situación. TERCERO. Efectivamente el error indicado por el I.C.T., en el oficio MPD-ZMT- 840-201, podrá corregir mediante lo expuesto en el punto segundo. CONSIDERANDO: -Que la Licda. María Vanesa Murillo Fernández y el Lic. Eduardo Murillo Rodríguez en nota con fecha 12 de enero exponen lo siguiente: 1. Que los expedientes a nombre de Villa Maranda S.A., Gestion Casa Cecilia S.A. Los Gusarros Verdes S.A. y Victor Eduardo Murillo Rodriguez se encuentran en el departamento de ZMT de este Concejo en espera de los nuevos avalúos. 2. Que mediante acuerdo con fecha 25 de marzo del 2010 se informó al departamento de ZMT que se acogía y aprobaba la recomendación de la comisión de ZMT que consiste en la modificación parcial del plan regulador de Ario entre los mojones123 y 126. 3. Que dentro del expediente de Gestion Sonrisa consta el oficio MPD-ZMT-840-2011 del Instituto Costarricense de Turismo donde los señores Luis Guillermo Miranda y Antonio Farah Matarrita ordenan al Concejo Municipal de Cóbano la corrección del dibujo del plan regulador de la zona. -Que se le consulto al encargado del Departamento de ZMT lo que conocía al respecto y este informa que efectivamente se aprobó una modificación al plan regulador el peñón de ario pero el plano cuenta con un error de ubicación el cual se está corrigiendo para que se lleve a audiencia pública como lo ordena el artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana. FAX 2441 7011 -Que se conoce informe al respecto del encargado del departamento de zona marítimo terrestre. ACUERDO N°9 SE ACUERDA: “Aprobar el informe enviado por el encargado de zona marítimo terrestre y transcribirlo a los señores Licda. María Vanesa Murillo Fernández y el Lic. Eduardo Murillo Rodríguez” ACUERDO UNANIME
g. Alcides Fernández Elizondo. Asunto. Lago San Juan Canadiense
Con el fin de dar un criterio muy personal sobre la situación que plantea el señor Steven, tal y como el mismo lo
indica en su escrito, este servidor no comparte la situación sobre el analices que realiza el departamento legal
del ICT, ya que como es claro el Artículo 25.- No se podrán otorgar concesiones:
a) A extranjeros que hayan residido en el país menos de 5 años en
forma continua, según conste en certificación extendida para
tales efectos por las autoridades nacionales de Migración;
b) A sociedades anónimas con acciones al portador;
c) A sociedades o entidades domiciliadas en el exterior;
ch) A entidades cuyas acciones o cuotas o capital, corresponden en
más de cincuenta por ciento a extranjeros; ni
d) A cualquier otro tipo de entidad, no comprendida en los incisos
anteriores, en que más de la mitad de sus miembros no sean
costarricenses.
Como se puede notar el artículo anterior en su inciso “a”, hace mención a personas físicas, nunca a personas
jurídicas, visto lo anterior este departamento recomienda a dicho órgano colegiado se lleve a cabo una consulta
a la Procuraduría General de la Republica para que sea dicho órgano quien se manifesté sobre la aplicación de
dicha normativa, además recomienda indicarle al interesado que puede ejercer su derecho ante el órgano que
dicto el acto, mediante los recursos que establece
CONSIDERANDO:
-Que el representante de la Sociedad Lago San Juan Canadiense S.A. Sr. Steven Reginald Gwenin indica que
está gestionando una solicitud de concesión y se les pide un requisito imposible de cumplir, el artículo 25 del
Reglamento de ZMT que dice: “No se podrán otorgar concesiones a extranjeros que hayan residido en el país
menos cincos años en forma continua…”
-Que se le solicito criterio al Departamento legal y de ZMT según lo solicito el señor Steven, que se conoce en
esta sesión criterio del encargado del Departamento de ZMT, que textualmente dice: Con el fin de dar un
criterio muy personal sobre la situación que plantea el señor Steven, tal y como el mismo lo indica en su escrito,
este servidor no comparte la situación sobre el analices que realiza el departamento legal del ICT, ya que como
es claro el Artículo 25.- No se podrán otorgar concesiones:
a) A extranjeros que hayan residido en el país menos de 5 años en
forma continua, según conste en certificación extendida para
tales efectos por las autoridades nacionales de Migración;
b) A sociedades anónimas con acciones al portador;
c) A sociedades o entidades domiciliadas en el exterior;
ch) A entidades cuyas acciones o cuotas o capital, corresponden en
más de cincuenta por ciento a extranjeros; ni
d) A cualquier otro tipo de entidad, no comprendida en los incisos
anteriores, en que más de la mitad de sus miembros no sean
costarricenses.
Como se puede notar el artículo anterior en su inciso “a”, hace mención a personas físicas, nunca a personas
jurídicas, visto lo anterior este departamento recomienda a dicho órgano colegiado se lleve a cabo una consulta
a la Procuraduría General de la Republica para que sea dicho órgano quien se manifesté sobre la aplicación de
dicha normativa, además recomienda indicarle al interesado que puede ejercer su derecho ante el órgano que
dicto el acto, mediante los recursos que establece
-Que recomienda el señor Fernández hacer consulta a la procuraduría General de la República
ACUERDO N°10
SE ACUERDA: “Solicitarle a la Asesora legal emita un criterio al respecto, para que la Intendencia realice la
consulta respectiva a la Procuraduría General de la República, para que sea este órgano quien se manifieste
sobre la aplicación de esta normativa” ACUERDO UNANIME
VIII. INFORME DE LA INTENDENCIA
a. Hay que formar una comisión de turismo la cual debe ser integrada por miembros del ICT, Concejales
y vecinos de los pueblos ubicados en la zona marítimo terrestre y esta comisión tendrá una
capacitación el día 8 de marzo aquí seguro en esta sala. El presidente solicita voluntarios para formar
esta comisión y aceptan los concejales Romelia Vargas y José León
IX. ASUNTOS VARIOS
Se dispensa
Finaliza la sesión al ser las diecinueve horas con treinta minutos
Roxana Lobo Granados Minor Jiménez Gutiérrez
Secretaria Presidente