Ordinaria 9 · 2009-03-09

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 9 del 2009-03-09 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

                                              ACTA 09-09
Acta número cero nueve – cero nueve de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal del Distrito de
Cóbano el día nueve de Marzo del dos mil nueve a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo.

REGIDORES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES

Marco Tulio Quirós Rojas                        Presidente y sindico
Vicente Falcón Luna
Erick Francisco Salazar Rodríguez
Minora Centeno Sandy
Carlos Antonio Hernández Brenes

REGIDORES (AS) SUPLENTES PRESENTES
María Cristina Gómez Balto daño    Sindica

INTENDENTE
José Eladio Cortés Castrillo

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión con base en el siguiente orden del día:
I     RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA 08-09
III   CORRESPONDENCIA
IV    MOCIONES Y ACUERDOS
V     INFORMES
VI    INFORME DEL INTENDENTE
VII   ASUNTOS VARIOS

    I.      RATIFICACION ACTA ORDINARIA 08-09

a. Se somete a votación el acta ordinaria 08-09. Se retoma el inciso b del artículo VI que dice: Este Concejo
aprobó un reglamento que se denomina “Reglamento de disponibilidad” el cual tiene como fin cubrir pagos para
funcionarios a los cuales la Ley no permite pagarle horas extras, como es el caso del asistente de la
Intendencia. Se ha revisado nuevamente el reglamento y es necesario agregar un inciso en el artículo 4, que
seria el inciso d, que debe decir:
“Empleados que deban permanecer laborando en horas y días inhábiles, en razón de sus cargos y necesidad
institucional, y disponibles bajo las órdenes del Intendente laborando, en proyectos del Concejo Municipal del
Distrito de Cóbano. En los casos anteriores debe haber una justificación razonada del requerimiento de
disponibilidad. Debe ser un empleado que en razón de su puesto frecuentemente se requiera de su presencia
en reuniones y proyectos en horas y días inhábiles. El Concejo acuerda: “aprobar el aden dum del inciso
indicado al articulo 4 del reglamento de disponibilidad y mandar a publicar”. ACUERDO UNANIME
El presidente indica que a él no desea tomar acuerdo que con los años puedan servir para perjudicar al
municipio. Se acuerda: “Ratificar el acta ordinaria 08-09 en todas sus partes, excepto el inciso b, del artículo VI
el cual se deja pendiente hasta que exista claridad al respecto y se tenga un expediente debidamente
organizado con todos los atestados que permitan tomar el acuerdo con seguridad” ACUERDO UNANIME

El presidente presenta moción de orden para recibir a la junta administrativa de la Telesecundaria de Santa
Teresa. Se aprueba la moción. Se recibe los señores y toma la palabra el señor Fran Cortes e indica que ellos
van a construir el colegio para la telesecundaria ya cuentan con los planos y solicitan la colaboración tanto
económica como con los impuestos. El presidente le indica que el tramite de permiso debe hacerse a nivel de la
administración pero vamos a investigar si podemos exonerar totalmente o no y con respecto a la ayuda
solicitada deben presentar el proyecto con presupuesto para dejarlo pendiente para un próximo presupuesto.
Los señores se retiran.

    II.     CORRESPONDENCIA

a. Otto Angulo Gatgens. Indica que en su calidad de albacea de quien fuera Jeannette Stewart Campos
solicita autorización para operar su patente de licores en Santa Teresa contiguo al Súper Ronnys. Adjunta
contrato de alquiler de la patente. Se lee documento de Wendy Angulo Stewart donde indica que para que el
señor Angulo pueda arrendar las patentes de su fallecida madre, mismas que se encuentran como bienes de la
sucesión de la señora Stewart debe contar con la autorización del Juzgado civil de Puntarenas ya que en su
condición de albacea no posee autorización para disponer de las supras indicadas patentes. Ante esta
situación se acuerda: “solicitarle al señor Angulo que presente la nota del Juzgado Civil de Puntarenas donde le
autorizan a para que arriende la patente indicada”. ACUERDO UNANIME

b. Francisco Alfaro Núñez. Presenta lista de proyectos incluidos en el presupuesto ordinario 2009.
c. Dra. Roasa Climent Martín. Traslado de correspondencia a Dr. Eduardo Cambronero Hernández, sobre
acuerdo municipal.

d. Nathaniel Grew Paul. Presidente Asociación Valle del Ario. Solicita patente temporal de licores para los
días 27,28,29 de marzo para una feria que realizarán en el salón multiuso del Bello Horizonte. El Concejo
acuerda: “aprobar la patente temporal de licores solicitada”. ACUERDO UNANIME

e. Héctor Murillo. Intendente de Policía. Informa sobre llamada del día 16 de marzo del 2009 por escándalo
musical en el negocio denominado Los Gitanos en Tambor, agrega que al ser las 00:40 se presentaron al lugar
donde el volumen de la música estaba bastante alto y al solicitarle al señor Edgar Jarquín (administrador) que
lo bajara lo hizo, cuando se le pidió el permiso dijo que estaba guardado y que en la Municipalidad conocían de
la actividad. El Concejo pregunta a la secretaria si existía permiso para una actividad ese día en los gitanos, la
que indica que no, solo el permiso normal de bar que cierra a las 12 media noche, pero a la administración de
ese sitio se le pidió que después de las 10.30 bajaran el volumen, sobre todo entre semana debido a la cercanía
que tienen con las casas de habitación. Ante Esta situación el Concejo acuerda: a la policía “le agradecemos el
reporte realizado a este Concejo sobre la situación presentada en los Gitanos y le solicitamos lo siguiente: el
bar los Gitanos como todo bar su horario es hasta las 12 media noche, siempre solicitamos a los dueños
mantener bajo el volumen de la música, sobre todo los días entre semana, por consideración a las personas
que deben trabajar y los estudiantes que merecen descansar. Cuando se trata de una actividad diferente dentro
del bar, que incluya algo mas que la venta de bebidas, ellos deben contar con un permiso, el cual siempre es
por escrito y deben mostrarlo a las autoridades que se lo pidan, por lo que le solicitamos exijan este documento,
sino lo quieren enseñar entonces procedan a cancelar la actividad. ACUERDO UNANIME. Al patentado. “hemos
recibido informe de la policía por exceso de volumen en su negocio denominado Bar Los Gitanos. Hacemos de
su conocimiento que si esta situación se repite y la policía nos pasa otro reporte procederemos a cancelar las
patentes que estén funcionando en el sitio. Como usted bien lo sabe el horario de un bar es hasta las 12.00
media noche, y les hemos pedido que los días entre semana mantengan un volumen bajo en atención a los
vecinos que viven muy cerca y trabajan o estudian y por aquellos que su condición de salud les exige descanso,
pero se hace caso omiso de nuestra recomendación verbal, esperamos se atienda este acuerdo”. ACUERDO
UNANIME Copia al expediente.

f. Álvaro Vargas Araya y otros. Vecinos de Los Mangos. Solicitan se les repare el camino en el tramo que va
del cruce a Mal País a la Menchita, las áreas mas necesitadas son las cuestas de las quebradas. Se le indica al
Intendente tome nota de esta solicitud.

g. CATUMO. Copia de nota enviada al Ing. Fernando Hidalgo sobre posible reparación de la ruta 624

h. Santa Teresa Mazal Tov Limitada. Solicita se le informe que efecto tuvo el pago del canon que realizaron, y
se les indique el estado de la gestión de concesión solicitada ante este Concejo. El Concejo acuerda:
“solicitarle al Intendente y al Dpto. de ZMT nos presenten un informe al respecto. ACUERDO UNANIME

i. Karma Oshers S.A. Solicita se le informe que efecto tuvo el pago del canon que realizaron, y se les indique el
estado de la gestión de concesión solicitada ante este Concejo. El Concejo acuerda: “solicitarle al Intendente y
al Dpto. de ZMT nos presenten un informe al respecto. ACUERDO UNANIME

j. Álvaro Jiménez. Presidente Femupac. Invitación a sesión ampliada el día 13 de Marzo del 2009 en el
Instituto de Monteverde. Asiste Vicente.

k. Blanca Flor Villegas Sandoval. Indica que la comunidad de Río Seco integró un comité pro camino Río
Seco- La Fresca el cual quedo de la siguiente manera: Blanca Flor Villegas, Victoriano Villegas, Jacobo
González, Eduardo Sosa, Alexis Sánchez, Antonio Acuña y Cesar Villegas. Solicitan colaboración para el
mantenimiento del camino Río Seco-La Fresca. El Concejo acuerda: “Les felicitamos por el interés en las
reparaciones de sus caminos el cual se demuestra al participar como miembros de este comité. La reparación
de la parte de ese camino que corresponde al distrito de Cóbano pueden coordinarla con el Intendente
Municipal, el cual les indicará si existe contenido presupuestario para intervenir esa ruta, lo que no pertenece a
nuestro distrito es imposible repararlo, ya que no podemos invertir dineros en caminos que no nos pertenecen.”
ACUERDO UNANIME

l. Laura Charpentier Soto. Apoderada de Barkeley INC, Solicita audiencia con la comisión de zona marítimo
terrestre, para darle seguimiento a los resultados de la visita efectuada por esa comisión al Playa La Abuela
(Los Chorros). El Concejo acuerda: “LA comisión de Zona Marítimo Terrestre con gusto los recibirá el día 20 de
Marzo a las 4:00 P.M. en este Concejo”. ACUERDO UNANIME

m. Centro Educativo Las Delicias. Solicitan colaboración para la construcción de dos aulas y un comedor.
Adjuntan presupuesto. Se les informa que su solicitud quedará pendiente para un próximo presupuesto
ordinario o extraordinario. ACUERDO UNANIME
n. Lcda. Maricel Rojas León. Auditora. Presenta informe AIM-008-2009 denominado “Estado de seguimiento
de las recomendaciones giradas por esta Auditoría Interna y disposiciones giradas por la Contraloría General de
la República al 31 de Diciembre del 2008”. Se acuerda: “solicitarle a la lic. Rojas explique el informe en la
próxima sesión”. ACUERDO UNANIME

o. Marelis Rodríguez Ulate. Secretaria de Actas y Correspondencia del Comité de Caminos de Santa
Teresa. Para efectos de Acreditación y juramentación presenta lista de integrantes de ese comité:
        -Shecoy Pinhas.         Israelí                 Presidente
        -Ugo de Castro Italiano                 Vicepresidente
        -Marelys Rodríguez Costarricense                Secretaria Actas y Correspondencia
        -Elvis Castro           Costarricense Secretario
        -Carlos Carranza        Costarricense           Tesorero
        -Marco Sarandrea        Italiano        Vocal
        -Laura Bianchini        Italiana        Vocal
        -Gabriela Merino        Costarricense           Secretaria de Divulgación
        -Nicole Roghuett                                Secretaria de Promociones
        -Minor Guerrero         Costarricense           Fiscal
El Concejo acuerda “Felicitarlos por el interés en trabajar en pro de la comunidad. Para La Juramentación los
lunes a las 5.30 p.m. todos los miembros. ACUERDO UNANIME

p. Lic. Francilh Herrera Araya. Asesora Legal. Copia de criterio enviado al Intendente Municipal que
textualmente dice: Por este medio me permito saludarlo, y a la vez externarle respetuosamente mí opinión
jurídica, con respecto a algunos puntos tratados en el informe número: AIM – 05 – 2008, brindado en su
oportunidad, por la Auditora Interna de este Concejo Municipal.
Por tal razón, se me solicita indicar claramente, cual es la forma adecuada en la que deben de ser aplicados los
depósitos hecho por algunos contribuyentes a favor de la cuenta bancaria de este Consejo, y que aún no se han
sido aplicados a las deudas tributarias.
Igualmente, se me pide manifestar si es procedente o no, efectuar la condonación de intereses, a algunos de
los contribuyentes.
En vista de lo anterior, me permito manifestarles que los depósitos pendientes de aplicación, efectivamente no
podrán ser aplicados de oficio por parte del departamento correspondiente, ya que de previo a dicho acto,
deberá mediar una resolución expresa debidamente autorizada por el Concejo, en la que se indique
explícitamente, la fecha exacta en la que fueron realizados cada uno de los depósitos existentes en la cuenta de
este concepto, la persona física o jurídica a quien pertenece, el concepto consignado en cada uno de los
depósitos, así como el periodo o los periodos a los que corresponde.
Ya que de haberse aplicado de oficio, se deberá hacer una resolución, en la que se justifiquen los motivos, por
lo cuales se eliminaron los intereses respectivos, así como el procedimiento utilizado en cada uno de los casos,
siempre y cuando se cuente con la aprobación respectiva por parte de Concejo.
En razón de que esto es una atribución exclusiva del jerarca de la administración                     (Concejo),
por lo que no debe ser una actuación unilateral de parte de uno o varios funcionarios Municipales, en razón de
sus funciones, ya que para ello existen mecanismos adecuados. Tal como lo indica el artículo 44 del Código
Municipal, que establece en su párrafo segundo lo siguiente “… Los acuerdos se tomarán previo dictamen
de una comisión y deliberación subsiguiente; solo el trámite de dictamen podrá dispensarse por medio
de una votación calificada de los presentes… ”
Por otro lado, hay que tener claro, que los intereses moratorios generados automáticamente por el sistema de
cómputo durante este lapso de tiempo, deberán ser condonados a los contribuyentes que efectuaron el pago de
los tributos por medio del Sistema Bancario, esto siempre y cuando se ajuste a las fechas indicadas en los
depósitos, ya que de lo contrario, se estaría en presencia de un pago indebido o excesivo, lo que le acarearía
un problema adicional; esto con fundamente en el artículo 35 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, que establece que los medios de extinción de la obligación tributaria, se producen:
a) Pago;
b) Compensación.
c) Confusión;
d) Condonación o remisión; y
e) Prescripción.
La novación se admite únicamente cuando se mejoran las garantías a favor del sujeto
activo, sin demérito de la efectividad en la recaudación.
Ya que de lo contario, se tendría que proceder de inmediato a cobrarles a los contribuyentes o a los
funcionarios involucrados.
Con base en lo expuesto anteriormente, se deja ver claramente que esta situación fue generada, producto de
un error involuntario de los funcionarios municipales encargados de está función, quienes por negligencia en el
cumplimiento de sus deberes incurren en responsabilidad ante la administración. Lo anterior, con base en el
artículo 147 del Código Municipal, que expresamente establece, que son deberes de los servidores municipales:
a) Respetar esta ley y sus reglamentos, así como cumplir las obligaciones vigentes en sus cargos.
b) Prestar servicios contratados con absoluta dedicación, intensidad y calidad, responsabilizándose de sus
actos y ejecutando sus tareas y deberes con apego a los principios legales, morales y éticos.
c) Guarda la consideración debida al público atenderlo con diligencia, afán de servicio y buen trato, de modo
que no se origine queja justificada por mal servicios o atención.
d) Garantizar, a la administración municipal, su compromiso en cuanto a la integridad y fidelidad en su trabajo la
naturaleza que sea, en aras de lograr el cumplimento de los objetivos y la misión de la municipalidad.
e) Cuidar, resguardar, preservar y emplear debidamente los recursos públicos municipales.
f) Observar en su trabajo buenas costumbres y disciplinas, así como un trato respetuoso para sus compañeros
de trabajo.
g) Responder por los daños o perjuicios que puedan causar sus errores o los actos manifiestamente negligentes
propios de su responsabilidad.
h) Guardar discreción sobre asuntos relacionados con su trabajo o vinculados con otras dependencias
municipales, cuya divulgación pueda usarse contra los intereses de la municipalidad.
i) Sugerir, en el momento oportuno y ante la instancia administrativo – jerárquica correspondiente, lo que
considere adecuado para el mejor desempeño de sus labores.
j) Desempeñar dignamente sus cargos.
Por tal razón, le sugiero proceder analizar cada caso en concreto, para así poder determinar cual será, la
sanción o las sanciones disciplinarias o pecuniarias que serán impuestas por su persona; esto con fundamento
en lo que establece tácitamente el Código Municipal y la demás normativa vigente. Se conoce y se le indica al
Intendente que ya puede proceder.

q. Francisco Alfaro Núñez. Solicita se le informe en base a que criterio legal sobre cual ley se basa para
pasar una servidumbre agrícola a calle pública, agrega que según lo que conoce eso es imposible, y tiene
conocimiento que esto se ha dado en una propiedad ubicada en Manzanillo de la Señora Berta Baltodano
Villarreal. Indica que si existe fundamento legal conoce de muchas personas que tienen propiedades en la
misma situación y que le han preguntado si esto es posible y él les ha dicho que no y entonces avisarles para
que inicien los procesos. Agrega que le extraña porque según el catastro nacional en la minuta 1-2245199
sobre el plano de la señora antes mencionada en las observaciones de fundamento jurídico dice que acceso por
servidumbre agrícola debe ser aprobado por el Invu, salvo que exista plan regulador podrá ser visado por el
municipio. El Intendente agrega que a él le pidieron firmar algo con respecto a esa calle pero él no lo hizo, el
presidente le indica que según el expediente lo que está pendiente de firmar es la escritura pero él no pude
hacerlo sin la autorización de este Concejo. Agrega que el proceso de esta calle se hizo siguiendo todos los
procesos y solicitando los criterios respectivos, que antes era servidumbre agrícola nunca se mencionó entre los
criterios e informes que nos suministraron. Se le pregunta al Ingeniero al respecto (el cual se encuentra en la
oficina) el muestra un nota del intendente referente al caso que dice; se le pedirá al Ingeniero un criterio técnico
y a la Asesora un criterio legal al respecto, ya que nosotros lo que hicimos fue continuar con el proceso de
declaratoria de calle pública iniciado, nunca se pensó en ir en contra de la Ley ni se actúo con ese sentido.
Enviar esto al Sr. Alfaro. ACUERDO UNANIME.

r. Lic. Francilh Herrera Araya. Asesora Legal.                                         OFICIO: CMDCAL – 05 -
2009 Por este medio me permito saludarlos y a la vez, manifestarles, mi opinión jurídica con respecto a la
Apelación presentada por el señor Gerardo Alberto Ramírez Acuña, representante legal de Transportes
Ramírez Acuña S.A., en contra de la adjudicación hecha por este Concejo Municipal, bajo el acuerdo número:
CMDCS – 132 – 2009, sesión 06 – 09, del día 16 de Febrero del dos mil nueve, para la contratación de
servicios de recolección de derechos sólidos, que le fue adjudicada al señor Raúl Alberto Montoya Pereira.
Lo anterior, en razón de que según afirmaciones hechas por el señor Ramírez Acuña; este indica que en la
apertura de la licitación se presentó una anomalía en el procedimiento; esto por cuanto el señor Montoya
Acuña, no estableció con exactitud, si el monto a cobrar en la oferta es por día, por semana, por quincena o
por mes, dando así motivos de dudas, ya que en el momento se le solicito en forma verbal que se refiriera a
este punto, pero el señor Montoya Pereira, no lo hizo, si no fue hasta que tuvo pleno conocimiento del monto
de nuestro oferta, por lo que fue ese momento que se refirió aduciendo que su oferta era por mes. Lo cual, no
es cierto, ya que yo personalmente estuve en presencia en dicho acto, y ese momento se evacuó dicha duda
quedando debidamente consignada en el acta apertura, pero a pesar de ello, siempre procedía a solicitarle a
este oferente la subsanación tacita de este y otro aspecto pendiente en la oferta, dentro del término de 5 días
que otorgo la ley; lo cual tenía como propósito, dejar totalmente claro dicho aspecto, y superar con la
subsanación cualquier tipo de nulidad, en el acto de adjudicación. Todo expuesto anteriormente, con
fundamento en el artículo 81, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, que establece:
 Serán subsanables, entre otros elementos, los siguientes:
 a) Los aspectos formarles, tales como, la naturaleza y propiedad de las acciones, declaraciones juradas,
      copia de las ofertas, especies fiscales o certificaciones de la CCS.
 b) Certificaciones sobre las cualidades, características o especificaciones del bien ofrecido, siempre
      y cuando tales existentes al momento de presentación de la oferta, así hubieren sido referenciadas
      en la oferta y lo logre acreditar al interesado.
 c) La documentación técnica o financiera complementaria de la oferta, incluyendo los estados financieros.
 d) Las formalidades que así se hayan exigido en el cartel, tales como traducciones libres de la información
      complementaria.
 e) Datos consignados en unidades diferentes a las del Sistema Internacional de Medidas.
 f) El plazo de vigencia de la oferta, siempre que no se haya ofrecido por menos del 80% del fijado en el
      cartel.
g)    El monto o vigencia de la garantía de participación, siempre y cuando originalmente hayan cubiertos, al
      menos, un 80 %
 h) Cualquier error material relacionado con la garantía de participación, incluyendo los referidos a la
      identificación del concurso o del sujeto respaldado. De igual forma, en los bonos de garantía es valido
      corregir cualquier error sustancial, siempre y cuando la entidad emisora acepte la enmienda y garantice
      que no existe problema alguno para su liquidación.
 i) Los documentos necesarios para probar la veracidad de hechos acaecidos antes de la apertura de ofertas
      y que estén referenciados de forma completa en la oferta. Esto es procedente aún tratándose de aspectos
      relacionados con la calificación de la oferta.
 j) Cualquier otro extremo que solicitado como un requisito de admisibilidad, sea requerido por la
      Administración, para una cabal valoración de la propuesta y no confiera una ventaja indebida frente a los
      restantes oferentes, tal como la traducción oficial o libre de la información técnica o complementaria y los
      manuales de uso expedidos por el fabricante cuando así haya sido permitido por el cartel.
      Se entiende que la falta de la firma de una oferta no es un aspecto subsanable.
 Por otro lado, me permito manifestarles que para poder presentar este tipo de Recursos de Apelación, se debe
 cumplir con algunas formalidades que establece la ley, por lo que es claro que en este caso, se encuentran
 ausentes en el documento presentado (adjunto copia del mismo); esto por cuanto uno de los elementos
 esenciales es la fundamentación jurídica; tal y como lo solicita el artículo 88 que establece expresamente lo
 siguiente:
 “El Recurso Apelación deberá indicar con presión sustancial del ordenamiento jurídico que se alega,
 con fundamento de las apreciaciones científicas que sirvan de motivo a la Administración para adoptar
 su decisión, el apelante deberá debatir de forma razona esos antecedentes, de ser posible mediante la
 presentación de dictámenes y estudios, por profesionales calificados para opinar sobre la pericia de
 que se trate.”
Por todo lo expuesto anteriormente, es que considero que Apelación interpuesta por el señor Gerardo Alberto
Ramírez Acuña, en su calidad de representante legal de Transportes Ramírez Acuña S.A., deberá ser
rechazado por este Concejo Municipal.
Ante este criterio el Concejo Acuerda: “rechazar en todas sus partes la apelación presentada por el señor
Gerardo Alberto Ramírez Acuña, representante de Transportes Ramírez Acuña S.A. a la adjudicación del
servicio de Recolección de Desechos Sólidos realizada por este Concejo en la sesión ordinaria 06-09 del 16 de
Febrero del 2009. ACUERDO UNANIME

III. MOCIONES Y ACUERDOS
Se dispensa

   IV.      INFORMES DE LA ADMINISTRACION
INSPECTORES
USO DE SUELO COMERCIAL
   a. Surya y Sol Comercial S.A. Propiedad con plano P 1000502-2005, folio real 6 0882343-001,002
       ubicada en Santa Teresa. El local comercial cuenta con todos los servicios básicos y parqueo, y esta
       compuesto por un restaurante y cuatro cabinas, las cuales tienen un total de cuatro camas
       matrimoniales y ocho camas individuales. El Concejo acuerda: “aprobar el uso de suelo comercial
       solicitado”. ACUERDO UNANIME (Marco)
   b. Firmamento Azul S. A. Propiedad con plano P 198288-1994, finca número 6 092108-000 ubicada en
       Tambor 50 metros al este del hotel Costa Coral. El local cuenta con todos los servicios básicos,
       parqueo y cumple con lo estipulado en la Ley 7600. El Concejo acuerda: “aprobar el uso de suelo
       comercial solicitado”. ACUERDO UNANIME (Greivin)
   c. Fhercóbano S.A. Propiedad con plano P 1275064-2008, folio real 6 082333-001 situada 100 metros
       norte y 50 este del Hotel Luz de Vida, Santa Teresa. El local cuenta con los servicios básicos, parqueo
       y cumple con la Ley 7600. El uso de suelo es para ferretería. El Concejo acuerda: “aprobar el uso de
       suelo comercial solicitado”. ACUERDO UNANIME (Greivin)
   d. Luis Emilio Montoya Segura. Propiedad con plano P 635851-1986, ubicada en Cóbano centro, el local
       cuenta con todos los servicios básicos y parqueo. El Concejo acuerda: “aprobar el uso de suelo
       comercial solicitado”. ACUERDO UNANIME (Marco)

    V.     INFORME DE COMISIONES
Se dispensa

VI. INFORME DEL INTENDENTE
     a. Presenta en la pantalla de la computadora la propuesta del Plan Regulador Montezuma-Cabuya. Se
        realizan consultas al respecto.
     b. Informa que ya se instaló el reloj marcador y a partir del próximo lunes empieza a funcionar, existen en
        este Concejo dos funcionarios que trabajan desde la creación de este Concejo yo les propongo como
        un estimulo por tantos años laborados se les exonere de marcar, esto es algo legal que ustedes puede
        acordar. El Concejo discute la solicitud y acuerda: “Como un incentivo por los mas de veinte años
        laborados para este Concejo, lo que demuestra el aprecio que el tienen a la misma este Concejo les
        exonera de la marca de entrada y salida de sus labores a los funcionarios Francisco Alfaro Núñez y
         Heriberto Delgado Rodríguez. Se les recuerda que si hacen uso abusivo de este privilegio y el
         Intendente lo reporta a este Concejo, se les suspenderá inmediatamente el beneficio. Su horario de
         entrada y salida es el mismo de todos sus compañeros. Les felicitamos y agradecemos tantos años de
         servicio a este Concejo Municipal y al Distrito de Cóbano”. ACUERDO UNANIME
    c.   A partir del viernes se inician las notificaciones en Montezuma
    d.   El lunes 16 de marzo es la cita con el Director de Urbanismo a las 11:00 de la mañana
    e.   Le consulte al Banco de Costa Rica sobre sistemas con los que ellos cuentan para mantener dineros
         pero no me contestaron.
    f.   Presenta la lista de posibles proyectos para el extraordinario con sus respectivos códigos y
         presupuesto por código. En el caso del proyecto de Tambor se debe analizar bien donde se invertirán
         estos fondos y si se pueden recuperar ya que ellos desean hacer la acera frente a la escuela, Iglesia y
         Salón comunal y este último esta en la zona publica por lo tanto no se podría recuperar la inversión por
         aceras
    g.   Lee nota enviada por el abogado de la Familia Fallas donde solicita se le indique lo que este Concejo
         ha invertido en el camino denominado por nosotros Los Fallas desde el año 1986.

    VII. ASUNTOS VARIOS
CARLOS HERNANDEZ
    a. Caso de Sabina en Tambor le arrancaron la casa porque le iban a realizar otra pero la empresa que la
         iba a construir se fue y no la hizo. Marcos le indica que para nosotros como Concejo es muy difícil
         ayudarle lo que se podría es contactarla con alguna institución.
MARCOS QUIROS
    b. En el informe AIM-013-2008 de la Auditoría Interna donde se nos indicaba que el aguinaldo pagado al
         Lic. Eladio Picado en el año 2007 cuando estaba contratado como servicios profesionales no estaba a
         derecho y nosotros no tomamos ningún acuerdo. Al respecto se acuerda: “solicitar criterio legal al
         respecto”. ACUERDO UNANIME
    c. En el Informe Nº AIM-04-2008 de la auditoría Interna, entre otras cosas se nos recomendó en el punto
         4.1. f lo siguiente: Realizar las gestiones correspondientes a fin de aprovechar los saldos de partidas
         específicas existentes de conformidad con lo indicado en la Ley 7755. Aclara el presidente que este
         cambio nos permite gastarlo en combustible para maquinaria y en algún momento se puede necesitar,
         pero no tomamos en el momento ningún acuerdo al respecto. El Concejo acuerda solicitarla a la
         Contraloría General de la República lo siguiente: “contamos en nuestras cuentas de partidas
         específicas saldos de partidas especificas provenientes de la Ley 7755. Les solicitamos su autorización
         a fin de poder aprovechar los saldos de las siguientes partidas: Año 1994 ¢142.770.02 denominada
         Construcción de Edificio y Mantenimiento de caminos. Año 2004 ¢568.20 Acondicionamiento Escuela
         Pavones; ¢36.739.45 Acondicionamiento Escuela Río Frío; ¢136.447.45 Gasto Festival de la Cultura;
         ¢114.880.21 Compra de implementos deportivos, en lo que la Ley indica”.ACUERDO UNANIME
Finaliza la sesión a las veinte horas con quince minutos.


Roxana Lobo Granados                            Marco Tulio Quirós Rojas
Secretaria                                             Presidente