Ordinaria 48 · 2009-12-28

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 48 del 2009-12-28 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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                                         ACTA ORDINARIA Nº 48-09

Acta número Cuarenta y ocho – cero nueve de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal del Distrito
de Cóbano el veintiocho de Diciembre del dos mil nueve a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este
Concejo.

REGIDORES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES

Marco Tulio Quirós Rojas                       PRESIDENTE Y SINDICO
Vicente Falcón Luna
Minor Centeno Sandí
Erick Francisco Salazar Rodríguez

REGIDORES (AS) SUPLENTES PRESENTES
María Cristina Gómez Baltodano     SINDICO
Nidia Quesada Vega

REGIDORES AUSENTES CON JUSTIFICACION

REGIDORES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
Olga Patricia Moncada Ledezma
Emérita Azofeifa Vega
Betzy Cruz López

INTENDENTE
José Eladio Cortés Castrillo
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión con base en el siguiente orden del día:
I     APROBACION DEL ORDEN DEL DIA
II    RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA Nº 47-09
III   CORRESPONDENCIA
IV    MOCIONES
V     INFORMES DE LA ADMINISTRACION
VI    INFORME DE COMISIONES
VII   INFORME DEL INTENDENTE
VIII  ASUNTOS VARIOS

I.       APROBACION DEL ORDEN DEL DIA
         Se somete a consideración el orden del día el cual se aprueba en todas sus partes. ACUERDO
         UNANIME

II.      RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA Nº 47-09

Se somete a Ratificación el acta ordinaria 47-09 la cual se aprueba en todas sus partes. ACUERDO UNANIME

III. CORRESPONDENCIA
      a. Municipalidad de San Carlos. Problemática ante posible cierre de los centros de rehabilitación por
         parte del IAFA.

   b. Francisco Alfaro Núñez. Modificación Presupuestaria nº 28-2009. Por un monto de ¢11.000. Se
       rebaja del Programa I. Administración General. Materiales y Productos y se aumenta al mismo
       programa. Materiales y productos ¢10.000.00 y Amortización de prestamos ¢1000.00
CONSIDERANDO:
-Que existe solicitud de modificación presupuestaria nº 28-2009 por un monto de once mil colones ( ¢11.000.00)
       el cual se rebaja del programa I. Administración General. Materiales y productos eléctricos y se aumenta
       a Administración General. Materiales y Productos de Plástico ¢10.000.00 y Amortización de Prestamos
       ¢1.000.00.
ACUERDO Nº 1
SE ACUERDA: “Aprobar la modificación presupuestaria nº 28-2009 por un monto de once mil colones”.
       ACUERDO UNANIME

      c. Francisco Alfaro Núñez. Modificación Presupuestaria nº 29-2009. Por un monto de ¢146.000.00 Se
         rebaja del Programa II. Mantenimiento de Caminos Vecinales. Materiales y Suministros. Textiles y
         vestuario ¢75.000.00. SE aumenta a remuneraciones ¢75.000.00. Se rebaja del Programa II Zona
         Marítimo Terrestre. Sueldos Cargos Fijos. ¢25.000.00 y se aumenta a remuneraciones del mismo
         programa ¢25.000.00. Se rebaja del programa III Mantenimiento Edificio. Materiales y Suministros.
         ¢46.000.00 y se aumenta a Herramientas e instrumentos del mismo programa ¢46.000.00
          ACUERDO Nº 2
          SE ACUERDA: “Aprobar la modificación presupuestaria nº 29-2009”. ACUERDO UNANIME

d.        Francisco Alfaro Núñez. Modificación Presupuestaria nº 30-2009. Por un monto de ¢400.000.00 Se
          rebaja del Programa II. Seguros y Reaseguros. ¢90.000.00. Materiales y Suministros. Textiles y
          Vestuarios ¢80.000.00 y del Programa III Inversiones Mantenimiento      vías de Comunicación
          ¢230.000.00. SE aumenta a Programa II Dirección Servicios y Mantenimiento. Remuneraciones
          ¢400.000.00
          ACUERDO Nº 3
          SE ACUERDA: “Aprobar la modificación presupuestaria nº 30-2009”. ACUERDO UNANIME

     e.    Francisco Alfaro Núñez. Modificación Presupuestaria nº 31-2009. Por un monto de ¢471.500. Se
          rebaja del Programa III. Producción Materiales en Plantel. Materiales y productos Metálicos y se
          aumenta a Remuneraciones del mismo programa.
          ACUERDO Nº 4
          SE ACUERDA: “Aprobar la modificación presupuestaria nº 31-2009”. ACUERDO UNANIME

     f.   Francisco Alfaro Núñez. Modificación Presupuestaria nº 32-2009. Por un monto de ¢250.000.00 Se
          rebaja del Programa III. Vías de Comunicación. Remuneraciones. Jornales un monto de ¢200.000.00 y
          se aumenta a Tiempo Extraordinario ¢200.000.00 y se rebaja del Gimnasio. Edificios un monto de
          ¢50.000.00 y se aumenta a Servicios de Energía Eléctrica el mismo monto
          ACUERDO Nº 5
          SE ACUERDA: “Aprobar la modificación presupuestaria nº 32-2009”. ACUERDO UNANIME

     g. Francisco Alfaro Núñez. Modificación Presupuestaria nº 33-2009. Por un monto de ¢7.011.000. Se
        rebaja del Programa II. Aportes en Especies. Materiales y productos metálicos      y se aumenta a
        materiales y productos de plástico ¢11.000.00 y Vías de Comunicación ¢7.000.000.00
        ACUERDO Nº 6
        SE ACUERDA: “Aprobar la modificación presupuestaria nº 33-2009”. ACUERDO UNANIME

     h. Lcda. Giselle Segnini Hurtado. Oficio Nº 12553. Remisión del Informe nº DFOE-SM-IF-62-2009 sobre
        las estructuras organizativas y la gestión del Recurso Humano de los Gobiernos Locales. Se conoce

El presidente presenta moción de orden para recibir al Ing. Fabricio Aguilar. Se aprueba la moción y se recibe al
Ing. Aguilar.
Toma la palabra el Ingeniero Fabricio e indica que el motivo de su visita es el muro de gaviones que hizo en Mal
País solicita el documento con las recomendaciones emitidas por el Ing. Municipal para corregir lo que sea
necesario. El presidente le indica que le pida ese documento al Ing. Y hable con él al respecto ya que estos son
aspectos administrativos donde el Concejo solo interviene en caso de que no haya posibilidad de arreglo. El
Ingeniero se retira.

     i.   Francil Herrera Araya. Asesora Legal. Asunto. Lic. Eduardo Murillo Rodríguez. Por este medio me
          permito saludarlos y a la vez, manifestarles que con respecto a la solicitud hecha por ustedes a esta
          Asesoría Legal, mediante el acuerdo tomado en la sesión ordinario número: 27 – 09, artículo VII, inciso
          e, del día 27 de Julio del 2009, mediante el cual se me solicita emitir un criterio jurídico, en el que se me
          indique si existe normativa vigente, que impida a particulares a realizar en forma personal
          modificaciones o cambios, al Plan Regulador de la Zona de Peñón de Ario.
Con respecto a este tema, primeramente me permito recordarles que en el momento en que la ley, le otorga a
los gobiernos locales potestad administrativa, para planificar y controlar el desarrollo urbano localizado en los
territorios que se ubican dentro de la zona marítimo - terrestre de su jurisdicción, los cuales deberán ser
aprobados por la citada corporación municipal, siempre y cuando dicha competencia deberá ser ejercía en
coordinación con los demás entes u órganos administrativos, que se encargan de dar apoyo técnico a la
municipalidades que se encuentren en la fase de elaboración del plan, pero que además, controlan y fiscalizan
el ejercicio de dicha competencia.
Igualmente, se debe tener claro que la aprobación que otorgan instituciones como el ICT, y el INVU referente a
este tema, equivalen única y exclusivamente a un visto bueno en el proceso de elaboración del plan regulador,
mediante el dichas entidades controlan y fiscalizan que el plan regulador, sea conforme con la planificación mas
general que llevan a cabo aquellos.
Por otro lado, es importante resaltar en lo que respecta al financiamiento y elaboración de los planes
reguladores por parte de particulares, se deben de tomar en cuenta dos aspectos esenciales que desvirtúan el
fin de los mismo, como lo son la obtención de beneficios indebidos que se ajustan a sus pretensiones, en razón
del potencial turístico y comercial que se desarrolla en la zona, así como aspecto técnico jurídico, que al estar
en manos de particulares les estarían delegando la potestad publica a los particulares, al otorgarles la
posibilidad de efectuar la planificación y regulación del territorio; sobre los cuales se otorgarán concesiones y
derechos de uso, áreas con una alta plusvalía o con un gran potencial de explotación turística, comercial,
industrial o agrícola, lo cual abre la posibilidad de que se den actuaciones irregulares por parte de sujetos
privados.
Ya que única existen dos posibilidades para que los particulares participen en la elaboración de planes
reguladores, mediante los siguientes mecanismos:
    1) Planes reguladores financiados con fondos públicos y contratados a firmas especializadas por la
         municipalidad, mediante procedimientos licitatorios. Siendo que es el procedimiento más apropiado,
         puesto que
    2) se contaría con el régimen de prohibiciones propio de la materia de contratación, además de los
         mecanismos de control previo tanto en fase recursiva del procedimiento licitatorio, como en materia de
         refrendo, con el fin de asegurar un adecuado cumplimiento del fin público.
2) Planes Reguladores financiados con fondos privados y contratados a firmas especializadas por la
municipalidad, mediante procedimientos licitatorios. Consiste en el particular interesado en colaborar mediante
la donación de fondos, realice la trasferencia de los mismos al presupuesto municipal, conforme los
mecanismos presupuestarios respectivos. La donación debe ser incondicional, sin contraprestación alguna, y
no debe estar sujeta a realizar el plan regulador en una zona específica, o contratar a una empresa
determinada.
En vista de lo anterior, la Procuraduría General de la República, mediante la opinión jurídica número 096 –J, de
14 de Julio del 2005, establece que:
La planificación en cuanto tal, es decir, la concreción es un plan territorial especificó de las políticas
sobre ordenamiento territorial que la administración está llamada a hacer, sería resultado de un acto
privado, realizado en atención a intereses y fines privados, con seguridad de quienes tiene expectativas,
de lograr una concesión y de alguna forma ya ocupan la zona marítimo –terrestre, de que se trate, y no
sería suficiente que el plan costero cuya elaboración fuese contrata por sujetos de derecho privado
estuviera luego sometido al control y fiscalización de la administración pública al momento de su
aprobación final. El hecho es que el acto mismo de elaborar el plan, no en sus aspectos puramente
técnicos, si no tanto este contiene, concreta y define para un ámbito local especificó políticas de
ordenamiento territorial, supone el ejercicio de una potestad pública, la de planificar el territorio, y
función pública, la de ordenar el territorio a cuyo servicio está la planificación, que no puede ser
asumida por sujetos de derecho privado.
( …) La aprobación por parte del Instituto Costarricense de Turismo y el Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanismo “equivale a un visto bueno en el proceso de elaboración del plan mediante el cual estos
instituto controlan y fiscalizan que el plan sea conforme con la planificación más general que llevan a
cabo aquellos.
Por otro lado, en este mismo sentido, la sentencia numero 1993 – 6706, de las 15 horas 21 minutos del 21 de
Diciembre del 1993, indica que:
La dirección urbanismo funciona como órgano asesor de las municipalidades a los efectos de preparar,
aplicar y modificar el Pla Regulador municipal o local y sus Reglamentos antes de su adopción
definitiva – sin embargo, lo expuesto debe entenderse como el limite formal de los grandes
lineamientos, normas técnicas o directrices generales conforme a la cuales deben los gobiernos locales
elaborar sus respectivos planes reguladores y los reglamentos de desarrollo urbano correspondientes
pues no es posible pretender que el Plan Nacional de Desarrollo Urbano se elabore y ponga en práctica
íntegramente por el Gobierno Central, sin la intervención en esa materia.
Lo anterior, en razón de que tal situación no solo atenta como lo más elementales principios de la lógica y la
conveniencia, habida cuenta de que se trata de los intereses particulares de cada cantón, sino que también
contra los principios constitucionales del régimen municipal, establecido por nuestra Constitución; esto por
cuanto la planificación urbana, sea la elaboración y puesta en marcha de los planes reguladores, es una función
inherente a las municipalidades con exclusión de todo otro ente público, salvo lo dicho en cuanto a las
potestades de dirección general atribuidas al Ministerio de Planificación y a la Dirección de Urbanismo, quien
solo de manera excepcional y residual, en ausencia de regulación dictada al efecto por las municipalidades, es
que el INVU tiene asignada la tarea de proponer planes reguladores, pero a reserva de que sean previamente
aprobados por el ente local.
Por todo lo expuestos en líneas anteriores, es que este Concejo Municipal está imposibilitado legalmente, para
aprobar o adoptar, según sea el caso planes reguladores cuya elaboración ha sido gestionada, contratada y
financiada por sujetos de derecho privado.

CONSIDERANDO
-Que el Lic. Eduardo Murillo Rodríguez solicita modificaciones o cambios al Plan Regulador Peñón de Ario
-Que según el criterio de la Asesora Legal este Concejo está imposibilitado para aprobar o adoptar según sea
el caso planes reguladores cuya elaboración ha sido gestionada, contratada y financiada por sujetos de derecho
privado.
ACUERDO Nº 7
SE ACUERDA: “Aprobar el criterio emitido por la asesora legal e indicar al Lic. Eduardo Murillo que este
Concejo esta imposibilitado para aprobar su solicitud de modificación al Plan Regulador Peñón de Ario”.
ACUERDO UNANIME

    j.    MBA Rodolfo Lizano. Lider del Macroproceso y Arq. Antonio Farah Matarrita. Lider del Proceso.
         Planeamiento Turístico. Instituto Costarricense de Turismo. Solicitud. Sobre compromiso y disposición
         por parte de este Concejo de asumir las responsabilidades ambientales que setena le otorga a la
         viabilidad ambiental del Plan Regulador Integral Cabuya-Montezuma que se encuentra en el proceso de
         revisión en esa instancia. Agrega que este compromiso se contempla dentro del Procedimiento Técnico
         para la introducción de la variable ambiental de los Planes Reguladores u otra planificación de uso de
         suelo. Decreto Ejecutivo Nº 32967-MINAE
        CONSIDERANDO:
        -Que existe solicitud del Instituto Costarricense de Turismo, Planeamiento y Desarrollo Turístico donde
        piden al Concejo un compromiso y disposición de asumir las responsabilidades ambientales que
        setena le otorga a la viabilidad ambiental del Plan Regulador Integral Cabuya-Montezuma que se
        encuentra en el proceso de revisión en esa instancia.
        -Que este compromiso se contempla dentro del Procedimiento Técnico para la introducción de la
        variable ambiental de los Planes Reguladores u otra planificación de uso de suelo. Decreto Ejecutivo
        Nº 32967-MINAE
        ACUERDO Nº 9
        SE ACUERDA: “Informarle a Planeamiento y Desarrollo Turístico del Instituto Costarricense de Turismo
        que este Concejo asume el compromiso y disposición de las responsabilidades ambientales que
        setena le otorga a la viabilidad ambiental del Plan Regulador Integral Cabuya-Montezuma que se
        encuentra en el proceso de revisión en esa instancia.”. ACUERDO UNANIME

IV. MOCIONES
Se dispensa

V. INFORME DE LA ADMINISTRACION

USO DE SUELO COMERCIAL
Timonel S.A. Documentos Incompletos no se conoce.

TRASLADO DE PATENTE DE LICORES
a. Albimat Dulce Magia S.A. Informe de inspección realizada por el Greivin Carmona. Local denominado
       Restaurante Mi Tierra. Ubicado contigua al puente de la quebrada Danta en Santa Teresa. El local
       cuenta con patente de restaurante y cumple con lo estipulado en el reglamento de Licores Artículo 9,
       incisos a,b,c con relación a las distancias mínimas con respecto a Iglesias católicas, escuelas, colegios,
       instalaciones deportivas entre otros.
       CONSIDERANDO.
-Que la Señora Gabriela Torino Albiseti, Apoderada Generalísima de la Sociedad Albimat Dulce Magia S.A.
       cédula jurídica 3-101-135330, ha solicitado autorización para arrendar su patente de licores al señor
       Guillermo Daniel Ubieta el cual explotará esta patente de licores en el l Restaurante Mi Tierra ubicado
       en Santa Teresa.
-Que según el informe del inspector Carmona este local cumple con lo estipulado en el articulo 9, incisos. a,b,c,
       del reglamento de licores con respecto a las distancias con Iglesias católicas, centros educativos,
       instalaciones deportivas.
-Que según el contrato el periodo de este contrato es de un año prorrogable por periodos iguales consecutivos
       por acuerdo de las partes.
ACUERDO Nº 8
SE ACUERDA: “Autorizar el traslado de la patente de licores propiedad de Albimat Dulce Magia S.A. al
       Restaurante Mi Tierra, ubicado en Santa Teresa, a partir del momento en que este acuerdo queda en
       firme y por un periodo de un año, prorrogable por periodos iguales si las partes están de acuerdo. Se
       les recuerda que una vez finalizado el contrato deben dar aviso a este Concejo para lo
       correspondiente”. ACUERDO UNANIME
INGENIERO
c. Arq. Municipal. José Manuel Álvarez. Presenta informe de inspección realizada al sitio donde el Ing.
       Fabricio Aguilar construyó los gaviones de contención a las alcantarillas. Indica las deficiencias
       encontradas. El presidente le indica al Intendente que atendiendo las especificaciones del arquitecto y lo
       indicado en el cartel solucione esta situación.

VI. INFORME DE COMISIONES
SE DISPENSA

VII. INFORME DEL INTENDENTE

    a. Tenemos problemas serios con el servicio de la Recolección de basura ya que no se hizo el contrato
        para el próximo año y ya no hay tiempo para hacer todo el proceso de Contratación. El servicio se tiene
        que dar y es por esto que les solicito autorización para hacer un ademdun al contrato actual por un
        periodo de tres meses. En este tiempo el administrador tributario debe consultar a la contraloría si es
        posible una prorroga para iniciar con las nuevas tarifas, si se compra un recolector o se saca a
        licitación un nuevo proceso de contratación.

        CONSIDERANDO:
          • Que el contrato del servicio de recolección de basura vence el 31 de Enero del 2009.
          • Que la Contraloría emitió unas nuevas tarifas para el servicio de recolección de Cóbano y
              Montezuma.
          • Que a la fecha no se realizó el proceso para una nueva contratación del servicio ni se realizó el
              proceso para la compra de un recolector de basura.
          • Que este servicio se tiene que otorgar
            •   Que el único medio existente para subsanar la situación en este momento es un ademdun al
                contrato existente
            •   Que La Ley de Contratación Administrativa autoriza estos ademdum.
            •   Que se valore la posibilidad y conveniencia de comprar un recolector o por el contrario sacar
                la licitación nuevamente para alquiler del servicio de recolección de desechos sólidos.

        ACUERDO Nº9
        SE ACUERDA: “Autorizar al Intendente Municipal para que realice un ademdun al contrato de
        Recolección de basura firmado con el señor Raúl Montoya Pereira. Este ademdun seria por un periodo
        de tres meses a partir del 01 de Enero del 2010”. ACUERDO UNANIME Y FIRME

    b. El señor Victorino López Castillo. Presidente de Tres Arcos Peninsulares Constructora S.A. india
        que la licitación número 2009LA-000016-01 Construcción de cunetas , cordón y cano en Cóbano ha
        sufrido un atraso de aproximadamente cinco día laborales por causa de lluvias, totalmente inusuales
        y muy intensas las que les han obligado a retrasar el cronograma de cumplimiento de ejecución de
        labores
       CONSIDERANDO:
       -Que el señor Victorino López Castillo. Presidente de Tres Arcos Peninsulares Constructora S.A.
       adjudicatario de la licitación número 2009LA-000014-01 (erróneamente dice 2009LA-000016-01 en el
       documento que presenta el señor López)
       -Que el señor López solicita un tiempo de cinco días más para entregar el proyecto ya que las lluvias de
       los últimos días atrasó las labores de ejecución.
       -Que el Cartel de contratación de esta licitación contemplaba situaciones como las indicadas
       ACUERDO Nº10
       SE ACUERDA: “Autorizar cinco días hábiles más del indicado en el contrato para la entrega de esta
       obra. Licitación 2009LA-000014-01 Construcción de cunetas, cordón y caño en Cóbano”

      c. El señor Victorino López Castillo. Presidente de Tres Arcos Peninsulares Constructora S.A.
          indica que la licitación número 2009LA-000009-01 Construcción de un puente en el río Cóbano ha
          sufrido un atraso de aproximadamente diez días laborales por causa de cambios en los planos
          constructivos lo que les ha obligado a retrasar el cronograma de cumplimiento de ejecución de labores
         CONSIDERANDO:
         -Que el señor Victorino López Castillo. Presidente de Tres Arcos Peninsulares Constructora S.A.
         adjudicatario de la licitación número 2009LA-000009-01
         -Que el señor López solicita un tiempo de diez días más para entregar el proyecto ya que los cambios
         en los planos constructivos atrasó las labores de ejecución.
         -Que el Cartel de contratación de esta licitación contemplaba situaciones como las indicadas
         ACUERDO Nº11
SE ACUERDA: “Autorizar diez días hábiles más del indicado en el contrato para la entrega de esta obra.
Licitación 2009LA-000009-01 Construcción de un puente sobre el Río Cóbano” ACUERDO UNANIME

     a. El señor Victorino López Castillo. Presidente de Tres Arcos Peninsulares Constructora S.A. india
         que la licitación número 2009LA-000015-01 Construcción de un Edificio Municipal ha sufrido un atraso
         de aproximadamente doce días laborales por causa de lluvias, totalmente inusuales y muy intensas
         las que les han obligado a retrasar el cronograma de cumplimiento de ejecución de labores
         CONSIDERANDO:
         -Que el señor Victorino López Castillo. Presidente de Tres Arcos Peninsulares Constructora S.A.
         adjudicatario de la licitación número 2009LA-000015-01
         -Que el señor López solicita un tiempo de doce días más para entregar el proyecto ya que las lluvias de
         los últimos días atrasó las labores de ejecución.
         -Que el Cartel de contratación de esta licitación contemplaba situaciones como las indicadas
         ACUERDO Nº12
SE ACUERDA: “Autorizar doce días hábiles más del indicado en el contrato para la entrega de esta obra.
Licitación 2009LA-000015-01 Construcción de un Edificio Municipal” ACUERDO UNANIME

VIII. ASUNTOS VARIOS
CRISTINA GOMEZ

    a. Solicito buscar la forma para avisar a los comités o asociaciones que realizan actividades los requisitos
       y el tiempo con que se deben presentar no puede ser que recibamos documentos el día antes o
       tengamos que sesionar de manera extraordinaria porque los documentos los presentan tarde.


Finaliza la sesión a las diecinueve horas en punto.




Roxana Lobo Granados                                   Marco Tulio Quirós Rojas
Secretaria                                             Presidente