Ordinaria 21 · 2009-06-08
ACTA_21-09.pdf · 13 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 21 del 2009-06-08 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
Detección automática sobre el texto; verifique siempre contra el PDF original.
- Acuerdo 1 (pág. 1) · unanime ACUERDO Nº1 CONSIDERANDO: -Que existe nota de la tesorera municipal indicando que el acuerdo de la sesión ordinaria, que dice “autorizar al presidente…
- Acuerdo 2 (pág. 2) · unanime ACUERDO Nº2 CONSIDERANDO: -Que ha través de la ley 8173 se crean los Concejos Municipales de Distrito -Que según el inciso 4 de la Ley 7755 y los nume…
- Acuerdo 3 (pág. 3) · unanime ACUERDO Nº3 CONSIDERANDO: -Que existe recurso de Revocatoria con apelación el subsidio presentado por el representante legal del señor Joachim Lange c…
- Acuerdo 4 (pág. 4) · unanime ACUERDO Nº 4 CONSIDERANDO: -Que existe solicitud para el nombramiento de la Junta de Educación de Santa Clemencia -Que las ternas presentadas se encue…
- Acuerdo 5 (pág. 4) · unanime · firme ACUERDO Nº5 Considerando: --Que se ha presentado por parte de la auditoria interna de este Concejo el Informe Nº AIM-06-2009 sobre la autoevaluación d…
- Acuerdo 6 (pág. 5) · unanime ACUERDO Nº6 Considerando: -Que el regidor Centeno presentó moción para solicitarle al INA imparta cursos de inglés en Cóbano -Que lleva razón la inqui…
- Acuerdo 7 (pág. 5) · unanime ACUERDO Nº7 CONSIDERANDO: -La moción presentada por el regidor Vicente Falcón donde solicite se continúe con la reparación del camino a Río Frío por S…
- Acuerdo 8 (pág. 5) · unanime · firme ACUERDO Nº8 CONSIDERANDO: -Que existe una solicitud de uso de suelo comercial del señor Myriad Incorporated S.A. -Que la propiedad se ubica entre Mont…
- Acuerdo 9 (pág. 6) · unanime · firme ACUERDO Nº9 CONSIDERANDO: -Solicitud de calle pública que realiza el señor Juan Vicente Soto -Que esta es una solicitud que ya había llegado a este Co…
- Acuerdo 10 (pág. 6) · unanime ACUERDO Nº 10 CONSIDERANDO: -Que existe en la comunidad de Bello Horizonte un árbol de cenízaro en la vía pública el cual obstaculiza la cuneta y prov…
ACTA ORDINARIA Nº 21-09
Acta número veintiuno-cero nueve de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal del Distrito de
Cóbano el día ocho de Junio del dos mil nueve a las diecisiete horas en la sala de sesiones de este Concejo.
REGIDORES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Marco Tulio Quirós Rojas PRESIDENTE Y SINDICO
Vicente Falcón Luna
Carlos Antonio Hernández Brenes
Minor Centeno Sandí
Erick Francisco Salazar Rodríguez
REGIDORES (AS) SUPLENTES PRESENTES
Nidia Quesada Vega
REGIDORES AUSENTES CON JUSTIFICACION
REGIDORES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
Olga Patricia Moncada Ledezma
Emérita Azofeifa Vega
Betzy Cruz López
María Cristina Gómez Baltodano SINDICO SUPLENTE
INTENDENTE
José Eladio Cortés Castrillo
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión con base en el siguiente orden del día:
I APROBACION DEL ORDEN DEL DIA
II RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA Nº 20-09
III CORRESPONDENCIA
IV MOCIONES
V INFORMES DE LA ADMINISTRACION
VI INFORME DE COMISIONES
VII INFORME DEL INTENDENTE
VIII ASUNTOS VARIOS
I. APROBACION DEL ORDEN DEL DIA
Se somete a votación el orden del día la cual se aprueba en todas sus partes.
II. RATIFICACION DEL ACTA ORDINARIA Nº 20-09
Se somete a votación el acta ordinaria 20-09 la cual se aprueba en todas sus partes. ACUERDO UNANIME
III CORRESPONDENCIA
a. Karla Paniagua. Tesorera. Sirva la presente para saludarles muy respetuosamente y a la ves comunicarles
que en el acuerdo CMDCS 442-2007 que dice “Autorizar al Presidente Municipal y a la Tesorera ha abrir una
cuenta de ahorros en dólares y colones a nombre del Concejo Municipal de Cóbano, para depositar en ella del
porcentaje de las garantías de construcciones de la Zona Marítimo Terrestre. Este porcentaje corresponde al
5% del valor del proyecto a desarrollar. En caso de que se presenten opciones como letras de cambio, pagares,
cheque certificado, se someteré a acuerdo del concejo”.
Con este acuerdo se precedió a la apertura de las cuentas 200-02-090-004070-4 en dólares y 200-01-090-
007473-5 en colones ambas cuentas a nombre del Concejo Municipal de Cóbano y con firma mancomunada
con Marcos Quirós Rojas el presidente del Concejo, siendo esto un error ya que estas cuentas debieron ser
creadas como cuentas corrientes y con firma mancomunada con el Intendente José Eladio Cortes Castrillo y mi
persona; por lo que le solicito se tome el acuerdo de cambiar estas cuentas ya que se debe entregar la primer
garantía que fue depositada por la sociedad Carranza León, S.A. y no se puede entregar debido a que a las
cuentas de ahorro no se les puede solicitar chequeras y este Concejo Municipal debe de entregar los dineros
por medio de cheque para que pueda quedar un registro de la entrega en el expediente.
ACUERDO Nº1
CONSIDERANDO:
-Que existe nota de la tesorera municipal indicando que el acuerdo de la sesión ordinaria, que dice “autorizar al
presidente municipal y a la tesorera municipal ha abrir cuenta de ahorros en dólares y colones ha nombre del
Concejo Municipal de Cóbano, para depositar en ella el porcentaje de las garantías de construcciones de la
zona marítimo terrestre. Este porcentaje corresponde al 5% del valor del proyecto a desarrollar. En caso de que
se presenten opciones como letras de cambio, pagarés, cheque certificado, se someterá a acuerdo del Concejo. Con respecto a los intereses se comisiona al Intendente para que investigue al respecto. ACUERDO UNANIME b. Que con este acuerdo se crearon dos cuentas de ahorros con firma mancomunada del presidente y tesorera c. Que indica la señora Tesorera que este tramite fue un error ya que se debió crear una cuenta corriente y con firma mancomunada con el Intendente, ya que ella debe devolver el depósito mediante cheque, para que le quede la constancia. -Que agrega el presidente que la tesorera esta equivocada al decir que ese acuerdo fue un error, que tal vez es más práctico para la administración el trámite mediante cuenta corriente SE ACUERDA: “Dejar sin efecto el acuerdo de la sesión ordinaria 35-07, artículo III, inciso g, que dice: ““autorizar al presidente municipal y a la tesorera municipal ha abrir cuenta de ahorros en dólares y colones ha nombre del Concejo Municipal de Cóbano, para depositar en ella el porcentaje de las garantías de construcciones de la zona marítimo terrestre. Este porcentaje corresponde al 5% del valor del proyecto a desarrollar. En caso de que se presenten opciones como letras de cambio, pagarés, cheque certificado, se someterá a acuerdo del Concejo. Con respecto a los intereses se comisiona al Intendente para que investigue al respecto. ACUERDO UNANIME Y autorizar al Intendente Municipal y Tesorera a cambiar las cuentas 200-02-090-004070-4 en dólares y 200-01- 090-007473-5 a cuenta corriente o abrir cuenta corriente a nombre de este Concejo con firmas mancomunadas, para los depósitos de garantía de las construcciones de zona marítimo terrestre” ACUERDO UNANIME b. Dr. Rodrigo Gámez. Presidente. Instituto Nacional de Biodiversidad (INBio). Invitación a la ceremonia de premiación del concurso Árbol Excepcional el día lunes 15 de junio. Este árbol fue presentado por el Señor Luis Alberto Ruiz Coto de Cabuya. c. Leonardo Rutt Calderón. Copia de nota enviada a la proveedora. Asunto Revisión de vehículo municipal SM 4467. El presidente pregunta al Intendente por esta situación y este indica que en el presupuesto no había dinero para el mantenimiento del vehículo hasta en el extraordinario. El presidente le indica que estas cosas deben preverse, no se puede quedar sin dinero para el mantenimiento del vehículo, ya que son muy importantes las revisiones. Se le indica que debe atender esta situación lo antes posible. d. Modificación Presupuestaria: - 07-2009 por un monto de ¢136.575.08. Se rebaja de Materiales y suministros, tintas, pinturas y diluyentes y materiales y productos minerales asfálticos y se aumenta a materiales y productos de uso para construcción. Programa II -08-2009 por un monto de ¢100.000.00 el cual se rebaja de Bienes Duraderos, Edificios de mantenimiento del edificio. Programa II y se aumenta a bienes duraderos edificios programa III Garaje -09-2009 por un monto de ¢2.420.000.00. Se rebaja de mantenimiento y reparación Programa III Vías de Comunicación y se aumenta a Servicios de Ingeniería y Bienes Duraderos Programa I. Considerando: -Que se han presentado tres modificaciones presupuestarias -Que estas son necesarias dentro de los compromisos municipales SE ACUERDA: Aprobar las modificaciones presupuestarios 07-2009 por un monto de ¢136.575.08, 08-2009 por un monto de ¢100.000.00 y 09-2009 por un monto de ¢2.420.000.00”. ACUERDO UNANIME e. Concejo Municipal de Paquera. Secretaría. Copia de acuerdo enviada a la Directora General de Presupuesto nacional. Que hemos recibido varios acuerdo iguales que este lo que implica el esfuerzo y preocupación de los concejos por el desarrollo de los distritos. ACUERDO Nº2 CONSIDERANDO: -Que ha través de la ley 8173 se crean los Concejos Municipales de Distrito -Que según el inciso 4 de la Ley 7755 y los numerales 10 y 11 del Decreto Ejecutivo N° 27810-H-MP-Plan y sus reformas que reglamentan dicha ley, se realiza la distribución de recursos para el cantón y sus distritos. -Que según el Artículo N° 11 de la Ley 8173 el cual textualmente dice: “Toda partida específica o transferencia de fondos para obras y proyectos del distrito debe realizarse directamente a los Concejo Municipales de Distrito”. SE ACUERDA: Solicitar a la señora Marjorie Morera González, Directora General de Presupuesto Nacional, del Ministerio de Hacienda, se realicen las acciones pertinentes para que a partir del año 2010 se giren los recursos pertenecientes al Distrito de Cóbano, al Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, cédula jurídica 3-007-078297 .Enviar copia de este acuerdo a los Concejos municipales del distrito del país. ACUERDO UNANIME f. Víctor Rafael Herrera Flores. Apoderado Especial Administrativo del Señor Joachim Lange. Presenta Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio contra todo lo actuado en el procedo ordinario de nulidad de patente comercial.
Se adjunta criterio de la Asesora Legal sobre este Recurso que textualmente dice: Al ser las quince horas del tres de Junio del dos mil nueve, la suscrita Francil Yolanda Herrera Araya en calidad de órgano director del procedimiento, respetuosamente me permito manifestar lo siguiente: Visto los Recursos de Revocatoria con Nulidad concomitante presentado por el Lic. Víctor Rafael Herrera Flores, en representación del señor Joachim Lange, se resuelve: CONSIDERANDO ÚNICO: El régimen de Nulidades que establecen las modernas doctrinas impiden que las mismas se declaren innecesariamente y solo en aquellos casos en donde efectivamente se produzcan un daño irreparable y no exista otro remedio para evitarlas es decir, la nulidad por la nulidad misma esta desterrada desde hace muchos años de los regímenes de derecho moderno o en el presente caso, no se han conculcado los derechos que reclama el apoderado especial. Toda vez que si bien es cierto en la resolución impugnada se dejaron de mencionar algunos derechos del administrado, verbigracia la posibilidad del endilgado la posibilidad de nombrar un abogado defensor de los Recursos que caben contra la resolución dictada, así como todos aquellos que cita en su memorial el mencionado apoderado; lo cierto del caso es que todos derechos están debidamente enumerados tanto en la Ley General de Administración Publica, como en el resto de la normativa que rige esta materia. Todo lo cual significa entonces que habiendo sido enunciados o no, en la resolución de marras, los mismos siguen inconomes a favor del administrado, lo cual entonces no producen ningún vicio y por tanto, como se dijo no se han conculcados en el presente asunto. Amen de que al haberse apersonado en este procedimiento el Apoderado Herrera Flores, con mayor razón entiende este órgano que tales derechos están perfectamente resguardados no solamente, por cuanto dicho profesional los enumera perfectamente y su libelo impugnativo, si no que sus conocimientos en esta materia ponen a buen resguardo los derechos del señor Joachim Lange. En razón de lo antes expuesto y no existiendo ningún vicio procesal (relativo o absoluto) se rechaza el Recurso horizontal plateado, el cual se declara sin lugar en todos sus extremos. En torno a la posibilidad de declararse la nulidad absoluta evidente y manifiesta de la licencia municipal otorgada para amparar la actividad comercial del Restaurante Cocolores; tal y posibilidad encuentra su sustento jurídico en lo dispuesto en el artículo 81 del Código Municipal, que en lo conducente establece: “denegada … cuando el establecimiento comercial no haya llenado los requisitos legales ni reglamentarios …” de tal manera que en el presente caso el establecimiento comercial ha sido construido en zona de dominio público, entonces su licencia podría ser perfectamente invalida. Remítase las actuaciones ante el honorable Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, a fin de que conozca del Recurso de alzada formulado en subsidio. ACUERDO Nº3 CONSIDERANDO: -Que existe recurso de Revocatoria con apelación el subsidio presentado por el representante legal del señor Joachim Lange contra todo lo actuado en el procedimiento ordinario de cancelación de la patente comercial de Restaurante que opera en el negocio denominado Restaurante Cocolores. -Que existe criterio de la asesora legal sobre este Recurso de Revocatoria donde rechaza el Recurso Horizontal planteado en razón de no existir Ningún vicio procesal e indica la posibilidad de declarar la nulidad absoluta evidente y manifiesta de la licencia comercial debido a que el establecimiento comercial ha sido construido en zona de dominio público. SE ACUERDA: Rechazar en todos sus extremos el Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio presentado por el señor Víctor Rafael Herrera Flores, apoderado especial Administrativo del señor Joachim Lange, en contra de la resolución de las diez horas del veintinueve de Abril del dos mil nueve de Cancelación de patente comercial de Restaurante, dictada por el órgano director del procedimiento, nombrado en la sesión ordinaria número: 10 – 09, articulo VIII, inciso d, del 16 de Marzo del 2008, seguido contra el señor Joachim Lange, por cuanto, lo resuelto por dicho órgano se encuentra ajustado a derecho, y al meritos de los autos, por lo que este Concejo Municipal, hace suyos los comentarios contenidos en la resolución de las quince horas del tres de Junio del dos mil nueve, que fue emitida por ese órgano director, que resuelve el Recurso Horizontal Planteado. ACUERDO UNANIME g. Rommel Molina. Vice-Presidente AORA. Solicita visto bueno para la realización de la 2da fecha del campeonato NACAM y la 2da fecha del campeonato nacional de Rally, la cual se llevará a cabo los días 4 y 5 de julio del 2009, dicho evento está avalado por el ICODER y FECOM, este cuenta con pilotos mexicanos y ecuatorianos por lo que es una actividad internacional y es declarada por el ICT como un evento de interés turístico. Las zonas que abarcará estas fechas son: Aserradero- la Esperanza 11.3 Km.; Cóbano-Santa Teresa pasando por Manzanillo 17 Km.; Santa Teresa-Cóbano 9.5 km. Indica que este evento movilizará alrededor de 1000 personas lo que generará una buena fuente de divisas para la zona. Se realizan diversos comentarios. El Intendente indica que esta actividad destruiría los caminos en los que se ha invertido tantos millones. El regidor Centeno agrega agrega que esta es una excelente oportunidad para dar a conoce el distrito. El presidente solicita a la secretaria realice las llamadas necesarias a fin de obtener información al respecto y que pida la nota original firmada o que firmen la que mandaron por fax porque este documento sin firma no tiene ninguna validez.
h. Contraloría. División de Fiscalización Operativa y Evaluativa. Área de Servicios Municipales. Aprobación
del presupuesto extraordinario N° 1-2009 del Concejo Municipal de Cóbano por un monto de ¢386.395.777.68.
Que el contador investigue como se realizan los cambios que aquí se proponen
i. Asociación Deportiva y Recreativa Cóbano. Solicitan ayuda financiera para hacerle frente al torneo
LINAFA 2009-2010. Requieren un total de ¢5.085.000.00. Se le pide al Intendente investigue si es posible
colaborarles con un total de ¢1.500.000.00.
j. Juan Manuel Zúñiga, Asesor Supervisor. Presenta terna para el nombramiento de la junta de Educación de
Santa Clemencia.
ACUERDO Nº 4
CONSIDERANDO:
-Que existe solicitud para el nombramiento de la Junta de Educación de Santa Clemencia
-Que las ternas presentadas se encuentran debidamente integradas
SE ACUERDA:
Nombrar en la Junta de Educación del Centro Educativo Santa Clemencia a los siguientes miembros:
Gerardo Barboza Murillo cédula 2 413 113
Oscar Ovares Alfaro cédula 6 126 593
Alonso Rosales Rodríguez cédula 6 338 250
María Trinidad García Carrillo cédula 5 209 037
Zenón Quesada Muñoz cédula 9 061 499
ACUERDO UNANIME
k. Lcda. Maricel Rojas León. Auditora Interna. Presenta Informe AIM-06-2009 sobre la autoevaluación de
calidad de la actividad de auditoría interna del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano año 2008. Elaborado
en acatamiento a la Ley General de Control Interno, Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría en el
Sector Público y las Directrices para la Autoevaluación de la Calidad de la Auditorias Internas del Sector
Público emitido por la Contraloría General de la República. Se concluye que: -que la Auditoría Interna se ha
desempeñado de manera eficiente y eficaz con respecto a su organización, funcionamiento, independencia,
pericia y debido cuidado profesional, cumpliendo con el cometido que le ha sido asignado en el ejercicio de sus
funciones. -Que para mejorar la labor de la auditoría interna es necesaria la capacitación y desarrollo
profesional continua y la retroalimentación con otras auditorias internas municipales.-Que el reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Auditoria Interna es una herramienta fundamental en la regulación del
ejercicio de la Auditoria Interna. – El personal municipal requiere de mayor información referente a las
potestades y al funcionamiento de la actividad de la auditoria interna.-Para desplegar una actividad de
auditoria mas amplia se requiere contar con el recurso humano, tecnológico, material y de transporte necesario
y suficiente a fin de cumplir con lo previsto por la Ley General de Control Interno.
ACUERDO Nº5
Considerando:
--Que se ha presentado por parte de la auditoria interna de este Concejo el Informe Nº AIM-06-2009 sobre la
autoevaluación de calidad de la actividad de la Auditoria Interna del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano
año 2008.
-Que se indica que no salió tan mal la autoevaluación ya que en forma general dio un 89% en promedio. La
parte de la jerarquía estuvo muy bien, la de los funcionarios no tan bien, tal ves se utilizaron términos no tan
claros para ellos
Se acuerda:
“aprobar en todas sus partes el informe nº AIM-06-2009 sobre Autoevaluación de calidad de la Actividad de la
Auditoría Interna del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, año 2008”. ACUERDO UNANIME
IV. MOCIONES
a. Moción del regidor Minor Centeno Sandí.
CONSIDERANDO:
1. Que la mayor parte de nuestra población se dedica al turismo
2. Que el aprendizaje del inglés es una herramienta necesaria para esta población.
3. Que los cursos de inglés que se imparten en nuestra comunidad son de índole privado precios muy
altos, lejos del alcance económico de la mayoría.
MOCIONO:
Para que este Concejo en acuerdo unánime y firme remita al INA (gestoría de cursos) y se soliciten los
cursos de inglés básico, intermedio y avanzado para que sean impartidos en nuestra comunidad lo antes
posible, además se solicite disposición y personal suficiente para que no haya límite de cupo, de manera
que lo solicitado sea aprovechado por el mayor número posible de personas.
ACUERDO Nº6
Considerando:
-Que el regidor Centeno presentó moción para solicitarle al INA imparta cursos de inglés en Cóbano
-Que lleva razón la inquietud del regidor Centeno
-Que en este momento el INA esta impartiendo un curso de inglés avanzado el cual es de muy buena
calidad
-Que el instructor que da ese curso es una persona muy preparada
El Concejo acuerda:
Apoyar la moción del regidor Centeno y solicitarle al INA si es posible inicien un nuevo curso de inglés en
Cóbano, ya que hay muchas personas interesadas en aprender este idioma y no cuentan con las
condiciones económicas para pagar cursos privados”. ACUERDO UNANIME
b. Moción del Regidor Vicente Falcón Luna.
CONSIDERANDO QUE:
1. Existe contenido presupuestario para el arreglo de caminos vecinales en el distrito de Cóbano
2. El camino que comunica Río Frío con Cóbano pasando por San Jorge es uno de los enlaces mas
cortos al distrito de Lepanto, así como una ruta alterna al puente de Tempisque
3. Las inversiones para habilitar este camino para su libre tránsito en invierno y verano de vehículos
livianos y pesados, sencillos o doble tracción han quedado sin concluir.
4. El mejoramiento de esta ruta significa una mejora en la calidad de vida de las personas presentes en
el distrito, ya que representa la alternativa mas corta y rápida como vía terrestre para el traslado de una
persona enferma o en estado de gravedad con carácter de emergencia, si tal situación se presenta en
horas nocturnas sin horarios de ferry ni vuelos de avionetas.
5. Podría interpretarse como un puente que le brindamos a todos los turistas internacionales que
ingresan al país a través del aeropuerto de Liberia y a los nacionales para que nos visiten a través de
Guanacaste.
Por lo anterior mociono para que:
1. Se asigne contenido presupuestario para arreglos de los caminos vecinales el monto de ¢15.500.000.00
(quince millones quinientos mil colones) para invertirlos en el camino que va del puente sobre el río Ario
hasta el cruce con el camino río Frío con Bajos de Ario.
2. Se inicie atendiendo los sitios mas emergentes, se cubra los espacios a los que no se les ha colocado
lastre en trabajos anteriores y luego se refuercen; algunos sitios que por naturaleza del camino se
afectan más durante el invierno.
3. Se valore la posibilidad de ampliar algunos sectores o en su momento posponerlo para otra ocasión
4. Se apruebe en todas sus partes, se dispense del trámite de comisión y se ratifique en forma unánime y
firme.
ACUERDO Nº7
CONSIDERANDO:
-La moción presentada por el regidor Vicente Falcón donde solicite se continúe con la reparación del
camino a Río Frío por San Jorge, para aprovechar los dineros ya invertidos en ese sector.
- Que existe contenido presupuestario para reparación de caminos
-Que es cierto que esta es una ruta alternativa para la salida del distrito
Se acuerda:
Solicitarle al Intendente tome en cuenta la reparación del camino de Río Frío por San Jorge como
continuidad de lo ya realizado, se realicen los bacheos necesarios donde ya se reparó y se continúe del
cruce, corrales de Oscar, hacia Río Frío de manera que exista una salida. ACUERDO UNANIME
V. INFORME DE LA ADMINISTRACION
Uso de suelo comercial
a. Myriad Incorporated S.A. Inspección realizada a la propiedad con plano P 806260-2002 la misma
ubicada entre Montezuma y Delicias (cerca del Canopy). El Local cuenta con todos los servicios., parqueo y
cumple con la ley 7600.
ACUERDO Nº8
CONSIDERANDO:
-Que existe una solicitud de uso de suelo comercial del señor Myriad Incorporated S.A.
-Que la propiedad se ubica entre Montezuma y Delicias cerca del Canopy y cuneta con el plano nº P
806260-2002
-Que existe un informe de inspección al sitio donde se indica que la edificación existente cuenta con todas
los servicios básicos, parqueo y cumple con la ley 7600.
SE ACUERDA:
“Autorizar el uso de suelo comercial para la propiedad con plano P 806260-2002 perteneciente a Myriad
Incorporated S.A.”. ACUERDO UNANIME
VI. INFORME DE COMISIONES
Se dispensa
VII. INFORME DEL INTENDENTE
a. El señor Juan Vicente Soto Castillo me trajo una nota solicitando la publicación de una calle pública que se
encuentra en su propiedad. Indica que el interés es sacar lotes para sus once hijos. Agrega que la calle fue
abierta hace cinco años tiene una capa de lastre, alcantarillada y cercada a ambos lados, cuenta con un ancho
de catorce metros, tienen la electricidad pagada y al fondo de la propiedad tienen cuatro vecinos que salen por
esa calle. Se analiza el plano y en este se dice que la calle mide doce metros de ancho. La secretaria indica que
ya esta solicitud anteriormente había llegado a este Concejo.
ACUERDO Nº9
CONSIDERANDO:
-Solicitud de calle pública que realiza el señor Juan Vicente Soto
-Que esta es una solicitud que ya había llegado a este Concejo
-Que la declaratoria de calle pública es un asunto delicado
-Que en la nota se indica que la calle es de 14 metros y en el plano se señalan 12, lo que indica una
contradicción
SE ACUERDA
“Informarle al señor Juan Vicente Soto que existe una contradicción entre lo que expresa en el escrito y lo que
señala el topógrafo en el plano con respecto al ancho de la calle, así también este es un caso que se le pasará
al Ingeniero para que nos brinde un criterio al respecto”. ACUERDO UNANIME
b. Parece que cuando _______., realizó el proyecto en San Isidro dejó un espacio para desarrollo comunal, hoy
me preguntaron unos vecinos por esto y yo desconozco esta situación, el presidente le indica que esto es algo
muy viejo que él tampoco recuerda.
c. Los vecinos de Florida están pagando un abogado para que se haga todo el trámite correspondiente al
traspaso de la plaza de futbol a Nombre de la Municipalidad y se requiere de un acuerdo para que el Intendente
firme el traspaso. ¿?
d. Es necesario cortar un árbol que quedó en la vía pública en Bello Horizonte.
ACUERDO Nº 10
CONSIDERANDO:
-Que existe en la comunidad de Bello Horizonte un árbol de cenízaro en la vía pública el cual obstaculiza la
cuneta y provoca que las aguas corten el camino.
-Que la corta de este árbol debe autorizarla el MINAET
SE ACUERDA:
Autorizar al Intendente para que tramite ante el MINAET oficina de Cóbano la corta de un árbol de cenízaro
en Bello Horizonte el cual se encuentra en la vía pública y el cual es necesario cortar. ACUERDO
UNANIME
e. Reglamento para el comité de Deportes y Recreación:
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE DEPORTES Y
RECREACIÓN DEL DISTRITO DE CÓBANO
CAPITULO I
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1-.
a. De conformidad con la Ley N° 7794 de 30 de abril de 1998 y específicamente lo que dicta el artículo 164 del
CODIGO MUNICIPAL, en cada cantón y Distrito del país existirá un COMITÉ DISTRITAL DE DEPORTES Y
RECREACION que estará adscrito a la respectiva Municipalidad, con personería jurídica únicamente para el
cumplimiento de los fines que la ley y sus reglamentos le otorguen.
b. El CONCEJO MUNICIPAL deberá reglamentar su funcionamiento, para lo cual debe proceder al tenor de lo
dispuesto en el artículo 165 del Código Municipal.
c. Todo reglamento interno que dicte el Comité Distrital de Deportes y recreación, deberá necesariamente ser
sometido a consideración; análisis y aprobación del CONCEJO MUNICIPAL, ente éste que lo aprobará con las
modificaciones respectivas si éstas corresponden.
d. Cuando lo anterior no se dé, se tendrán por no válidas las disposiciones reglamentarias que se hayan
dictado.
ARTICULO 2-.
EL Comité Distrital de Deportes y Recreación tendrá como finalidad organizar, dirigir, capacitar, promover y
estimular los deportes y la recreación en todos sus aspectos dentro del Distrito.
ARTICULO 3:
a. El COMITÉ DE DEPORTES Y RECREACIÓN DEL DISTRITO DE CÓBANO
Elaborará anualmente un programa de trabajo, el cual abarcará los proyectos, propósitos y acciones que el mismo desarrollará en el período comprendido entre el 1° de enero y 31 de diciembre de dicho año. b. Deberá presentar este programa de actividades a conocimiento y aprobación del CONCEJO MUNICIPAL, en el transcurso de los primeros quince días del mes de agosto de cada año. c. Dicho programa de actividades, son las que justificarán el presupuesto que el COMITÉ DE DEPORTES Y RECREACION debe presentar al CONCEJO MUNICIPAL, de conformidad con los artículos del presente Reglamento, a más tardar el 15 de agosto, fecha ésta en que el Concejo empieza a elaborar su presupuesto. d. El COMITE DE DEPORTES Y RECREACION, deberá remitir al CONCEJO MUNICIPAL a más tardar el 15 de diciembre de cada año, un informe de las labores realizadas, así como un informe económico-contable de ingresos y egresos del período, así como la justificación de los mismos. ARTICULO 4-. El COMITE DE DEPORTES Y RECREACION velará por el cuidado de las instalaciones que para el deporte y la recreación tiene la Dirección General de Deportes y el Concejo Municipal, ya sean en propiedad o en administración cuando ello se le solicite, para lo que hará las gestiones necesarias tendientes a la conservación de dichas instalaciones en el mejor estado posible. ARTICULO 5-. El COMITE DE DEPORTES Y RECREACION podrá realizar en el respectivo Municipio, los planes nacionales que para el deporte y la recreación dicte la dirección General de Deportes, para lo cual le brindará a dicha dependencia toda la colaboración posible. ARTICULO 6-. El Comité DE DEPORTES Y RECREACION coordinará con el Concejo Municipal, lo concerniente a sus inversiones y obras en el Distrito. El Concejo Municipal proporcionara un local que será su sede y todas las facilidades para el cabal cumplimiento de sus fines. El Comité de Deportes y Recreación podrá contratar un funcionario administrativo para las funciones propias de la administración y gestión del Comité lo cual deberá necesariamente ser sometido a consideración; análisis y aprobación del CONCEJO MUNICIPAL. CAPITULO II TITULO I NOMBRAMIENTO E INTEGRACION ARTICULO 7: El Comité de Deportes y Recreación estará integrado por cinco miembros de la Siguiente manera: dos de nombramiento del Concejo Municipal, dos de nombramiento de organizaciones deportivas y recreativas y uno de las organizaciones comunales. Las personas que integren las ternas de las entidades mencionadas, deberán demostrar gran interés en el desarrollo del deporte y la recreación en el Distrito. ARTICULO 8: Una vez que se tenga determinado a cada uno de los miembros del Comité, el Presidente Municipal, en una sesión del Concejo, procederá a juramentarlos inmediatamente. Los miembros del Comité nombrarán de su seno a un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos vocales (primero y segundo) y todos sus miembros tienen derecho a voz y voto, en seguida se establecerán los días y horas de sesión del Comité. CAPITULO III FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COMITE ARTICULO 9 Son funciones del Presidente: a. Preparar la agenda de las reuniones, asambleas, etc. b. Presidir y dirigir las reuniones ordinarias y extraordinarias. c. Decidir con doble voto los empates del Comité cuando sea necesario, excepto cuando se trate de elección de la Junta Directiva. d. Autorizar y firmar con el Tesorero, las órdenes de pago y los cheques contra los fondos del Comité, de la Caja Chica o de la cuenta corriente de un banco del sistema bancario nacional con sucursal en Cóbano. e. Firmar con el Secretario las actas de las reuniones. f. Efectuar con el Tesorero arqueos de caja trimestrales y dejar constancia de ellos en los libros de Tesorería. g. Representar al Comité en todos aquellos eventos locales o nacionales, a los que es invitado. h. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité, con propia iniciativa o a petición de tres miembros como mínimo. ARTICULO 10: Son funciones del Secretario: a. Llevar al día las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias b. Firmar con el Presidente las actas de las reuniones del Comité. c. Recibir, dar lectura y contestar aquella correspondencia que por acuerdo se decida. d. Firmar las certificaciones que acuerde el Comité. e. Elaborar junto al Presidente el informe o memoria anual. f. Remitir las actas de cada sesión al Concejo Municipal. ARTICULO 11: Son funciones del Tesorero: a. Mantener bajo su responsabilidad los fondos del Comité. b. Llevar el libro de Tesorería. c. Recibir y controlar bajo inventario los bienes, muebles e inmuebles pertenecientes al Comité.
d. Llevar una Caja Chica, cuyo monto será de 250.000, 00 (doscientos cincuenta mil colones exactos) y se regirá por un reglamento específico. e. Efectuar junto con el Presidente, arqueos trimestrales de la caja y dejar constancia de ello en el libro de Tesorería e informar al Comité en su próxima reunión ordinaria. f. Brindar todas las facilidades necesarias, para la fiscalización de los recursos financieros por parte del Concejo Municipal y de la Contraloría General de la República. g. Coordinar con el Concejo Municipal, los trámites correspondientes para la aplicación del Presupuesto del Comité de Deportes y Recreación. h. Autorizar y firmar con el Presidente y Vicepresidente las órdenes de pago y los cheques contra los fondos del Comité, de la Caja Chica o de la cuenta corriente bancaria. ARTICULO 12: Son funciones de los vocales: a. Cooperar ampliamente con los demás miembros para que se cumplan las disposiciones de este reglamento. b. Supervisar las labores del funcionamiento administrativo. c. Conocer las denuncias presentadas y remitirlas al seno del Comité. d. Suplir en ausencia a los demás miembros del Comité, menos al Presidente y al Tesorero y cumplir todas sus funciones. ARTICULO 13: Son funciones del Secretario Administrativo: a. Mantener abierta la oficina del Comité de Deportes y recreación del Distrito de Cóbano, en horas y días hábiles, en horario programado de mutuo acuerdo y conveniencia del comité. b. Ejecutar los acuerdos y resoluciones emanadas del Comité. c. Brindar toda la información pertinente a los Comités Comunales de Deportes y Recreación y público en general. d. Tramitar y agilizar la correspondencia interna. e. Estar presente en las sesiones del Comité e informar de la labor realizada o por realizar desde la última sesión. CAPITULO IV SEDE, SESIONES, VOTACIONES Y QUORUM ARTICULO 14: La sede del COMITE DE DEPORTES Y RECREACION DE CÓBANO, estará ubicada en el centro del Distrito. ARTICULO 15: El COMITE DE DEPORTES Y RECREACION deberá reunirse con carácter ordinario dos veces al mes, cuyo quórum para sesionar será de tres miembros. ARTICULO 16: Las sesiones extraordinarias del COMITE DE DEPORTES Y RECREACION, Serán convocadas por el Presidente a solicitud de por lo menos tres miembros con veinticuatro horas de antelación y deberá indicar el día y hora de la sesión y los asuntos por tratar, asimismo el lugar donde se realizará la reunión. ARTICULO 17: Podrán celebrarse sesiones extraordinarias en otros lugares del Distrito, cuando la índole de los asuntos por tratar así lo requiera, especificándose en la convocatoria. ARTICULO 18: Toda iniciativa debe ser presentada por escrito a modo de moción y debidamente firmada cuando el Presidente lo requiera. ARTICULO 19: Los asuntos que conozca el COMITE, se decidirán por simple mayoría de los miembros presentes, salvo en lo que respecta al presupuesto, el cual se acordará por mayoría calificada: 2/3 de la totalidad de los miembros del COMITE. ARTICULO 20: Las actas del COMITE DE DEPORTES serán aprobadas por simple mayoría. ARTICULO 21: Los acuerdos tomados por el Comité quedarán definitivamente aprobados al existir votación favorable de todos los miembros presentes del comité o al aprobarse el acta respectiva. ARTICULO 22: La exposición de temas por parte de cada visita, en las secciones, deberá tener una duración máxima de quince (15) minutos, con el fin de aligerar la atención a otras visitas. CAPITULO V Recursos de Revisiones, Sanciones y Sustituciones ARTICULO 23: Los miembros del Comité podrán presentar recursos de revisión de acuerdos, en la discusión del acta; la misma mayoría requerida para dictar el acuerdo sobre el que se solicita revisión, será necesaria para acordar éste. No cabrá la revisión sobre acuerdos que hayan sido aprobados en forma definitiva. ARTICULO 24: Los particulares tendrán los recursos de revocatoria ante el comité y de apelación subsiguiente ante el Concejo Municipal en lo administrativo, y ante la Dirección General de Educación Física y Deportes, en lo deportivo, todo
dentro del quinto día hábil, contando a partir de la notificación del acuerdo y en memorial razonado. El Comité deberá conocer el recurso en la sesión ordinaria siguiente. ARTICULO 25: Son causas de sustitución de los miembros del Comité de Deportes y Recreación, las siguientes: a) Ausencia injustificada y continua a tres (3) sesiones del comité. b) Ausencia injustificada y alterna de cinco (5) sesiones. c) Por violación evidente de las leyes reglamentos que rigen la materia. d) Por inhabilitación judicial. e) Cuando lo acuerde y lo comunique en forma escrita la organización a la cual está representando. f) Cuando se demuestre que no cumple, con lo establecido en el artículo 7 del presente reglamento. ARTICULO 26: Cuando se produzca alguna de las causas mencionadas en el artículo # 27, se deberá comunicar al Concejo Municipal por escrito, el cual comunicará a la entidad correspondiente representada por ese miembro y fundamentando las razones de la decisión. El Concejo Municipal procederá a la reposición inmediata del miembro separado, para lo cual pedirá la entidad respectiva el envío de una terna si fuera necesario. De todo este movimiento, el Comité Cantonal informará por escrito a la Dirección Regional de Deportes. ARTICULO 27: El miembro del Comité de Deportes que falte a sesiones, deberá justificar su ausencia de la siguiente forma: a) Verbalmente, si la ausencia es de una sesión, a cualquier otro miembro del Comité Distrital. b) Por escrito, si la ausencia es por dos ó más sesiones continúas. c) Podría ausentarse con permiso no mayor de tres meses, por causas de fuerza mayor. ARTICULO 28: Cuando un miembro del comité renuncie a su cargo, deberá comunicarlo por escrito al Comité de Deportes, con quince (15) días de antelación de la puesta en práctica de la renuncia. Además deberá entregar por escrito un informe bien detallado de sus últimas gestiones en la comisión que estuviere nombrado. CAPITULO VI Del Presupuesto ARTICULO 29: De acuerdo a la ley 7794 en su artículo 170, las Municipalidades deberán incluir en sus presupuestos ordinarios anuales, una suma del 3% como subvención para el Comité de Deportes y Recreación, para que pueda desarrollar y ejecutar los fines para los cuales fue constituido. ARTICULO 30: El Comité de Deportes y Recreación, deberá someter su presupuesto a la aprobación del Concejo Municipal, sujeto a las disposiciones de la ley orgánica de la Contraloría General de República. Debe presentarlo en la fecha indicada. ARTICULO 31: Podrá el Comité de Deportes y Recreación, incluir en su presupuesto, con la aprobación del Concejo Municipal, las partidas necesarias para la adquisición de implementos deportivos, siempre que estos se refieran a planes y programas previamente establecidos (programa de trabajo) Siempre que sea necesario y aprobado con anticipación por la Junta Directiva, cualquiera de los miembros del Comité de Deportes, que tenga que desplazarse largas distancias para asistir a diferentes actividades relacionadas con el quehacer de éstos y requiera de viáticos para poder hacerlo, tomará como referente la Tabla de Viáticos de la Contraloría General de la República. ARTICULO 32: De la subvención recibida por parte del Concejo Municipal, el Comité de Deportes y Recreación, podrá incluir en su presupuesto anual, una partida para la compra de terrenos aptos para el deporte y la creación, asimismo como para la construcción de instalaciones deportivas. Capitulo VIII Comisiones de Apoyo ARTÍCULO 33: Una vez juramentado y debidamente instalado el Comité de Deportes y Recreación, en su primera sesión formal, procederá a integrar las Comisiones de Apoyo, procediendo a distribuir a sus miembros como coordinadores de las que a continuación se detallan: a) Comisión de Divulgación e información. b) Comisión de Juegos Deportivos Nacionales. c) Comisión de Instalaciones Deportivas. ARTÍCULO 34: Cada coordinador de Comisión, deberá buscar entre los miembros de la comunidad, de dos (2) a cuatro (4) personas idóneas para formar la comisión respectiva, quienes una vez nombrados, por acuerdo del comité Distrital de Deportes y Recreación, serán juramentados por el presidente de éste, por lo que quedarán sujetos a las disposiciones contempladas en éste, por lo que quedarán sujetos a las disposiciones contempladas en este Reglamento. ARTÍCULO 35: La vigencia de cada miembro de las Comisiones de Apoyo, serán la misma del Comité de Deportes y Recreación, y servirán en sus cargos sin percibir dietas ni remuneración alguna, pudiendo ser reelecto para un nuevo período. ARTÍCULO 36:
Cada Comisión de Apoyo deberá nombrar su junta directiva, llevar libro de actas, debidamente refrendado por el comité de Deportes y Recreación y sesionará por lo menos una vez al mes. ARTÍCULO 37: El coordinador de la Comisión de Apoyo, quien a su vez es miembro del Comité de Deportes y Recreación, será el vocero de la Comisión ante la sesión plenaria del comité. ARTÍCULO 38: Las funciones de las Comisiones de Apoyo serán: Comisión de Divulgación e Información a) Es el órgano oficial de divulgación e información del Comité de Deportes y Recreación. b) Por sus funciones, debe estar debidamente informado del avance de los proyectos y programas de cada trabajo de cada comisión. c) Confeccionar y diseñar los afiches, banderines, volantes, rótulos y otros materiales necesarios para la promoción de las actividades organizadas por el comité. d) Coordinar con los medios de comunicación masiva, la información emanada de las diferentes comisiones. e) Coordinar con la oficina de Divulgación de la Dirección General de Educación Física y Deportes, La información nacional. f) Emitir un boletín informativo periódicamente a la comunidad, con la información de toda actividad concerniente al deporte y a la recreación. g) Preparar cualquier acto protocolario para las actividades que así lo ameriten. Comisión de Juegos Deportivo Nacionales a) Organizar la participación del Distrito en los Juegos Deportivos Nacionales. b) Servir de enlace directo entre las comisiones específicas por disciplinas deportivas, que participarán en la competencia nacional y el Comité de Deportes y Recreación. c) Llevar el control de participantes en las diferentes etapas de los juegos Deportivos Nacionales, debe encargarse de la inscripción de las diferentes disciplinas deportivas y de los atletas participantes. d) Incentivar a la comunidad a brindar su apoyo a la comisión de Juegos Nacionales y a los deportistas participantes, patrocinando las diferentes disciplinas en la medida de sus posibilidades. e) Tiene prioridad sobre los deportistas de las diferentes disciplinas, los que serán responsabilidad de la Comisión, desde el momento mismo de ser seleccionados, hasta la finalización de los Juegos Nacionales. f) Una vez finalizados los Juegos Nacionales, rendir un informe crítico y autocrítico, al evaluarse el rendimiento de nuestros representantes deportivos en la competencia, se hagan las sugerencias pertinentes para mejorar nuestra calidad participativa en futuras confrontaciones. Comisión de Instalaciones Deportivas a) Atender las solicitudes de uso de las instalaciones deportivas que estén bajo su coordinación. b) Velar porque en la programación de encuentros deportivos, se de prioridad a los equipos del distrito local sobre los distritos o cantones foráneos. c) Velar por el fiel cumplimiento que en materia de decretos y leyes, de instalaciones deportivas hayan sido promulgadas o estén por promulgarse. d) Diagnosticar las necesidades prioritarias, de nuevas instalaciones deportivas en el Distrito, tomando en cuenta para ello, la ubicación y el índice poblacional. e) Coordinar con los Comités Distritales planes y proyectos de mejoras de las instalaciones deportivas. f) Coordinar con las comisiones específicas de deportes todo lo relacionado con competencias deportivas. g) Velar porque las instalaciones deportivas de la comunidad, se mantengan en buen estado y reúnan las condiciones mínimas de higiene y seguridad. h) Presentar al Comité de deportes un informe anual de labores y, parcial cuando así lo disponga el Comité de deportes. ARTICULO 39 Una vez cada tres meses, el Comité de Deportes y Recreación, convocará a plenario a todas las Comisiones de Apoyo, con la finalidad del intercambio necesario de impresiones y con el propósito de unificar criterios. CAPITULO VIII De las Comisiones Específicas por Deporte ARTICULO 40: Una vez instalado el Comité de Deportes y Recreación, y en el transcurso de los treinta (30) días hábiles siguientes a su juramentación, procederá a escoger en su Distrito cinco (5) personas idóneas por deporte para formar cada comisión específica por disciplina deportiva. ARTICULO 41: Una vez seleccionados los cinco (5) miembros por disciplina deportiva, y juramentados por el Presidente del Comité de Deportes y Recreación, procederán a escoger de su seno a un presidente, un secretario, un tesorero y dos vocales, quienes se dedicarán a organizar; promover; dirigir y estimular la práctica deportiva de torneos locales será responsabilidad de cada comisión Específica. ARTICULO 42: Cada comisión específica tendrá la misma vigencia del Comité de Deportes y sus miembros podrán ser reelectos; no devengarán dietas ni ningún otro tipo de remuneración, deberán reunirse cuando menos dos veces al mes o más según sus necesidades. ARTICULO 43: En sus tres primeras sesiones, la comisión específica procederá a elaborar el plan anual de actividades, consignando en él los costos de cada una de ellas, y deberán presentarlo por escrito lo más detallado posible a
la Comisión de Programación y Evaluación, con copias para el Comité de Deportes, para la comisión de finanzas y la comisión de Divulgación. ARTICULO 44: El Comité de Deportes y Recreación, podrá formar tantas comisiones específicas por disciplina deportiva como sea la cantidad de ellas practicadas en el Distrito, pero deberá tener como mínimo cinco escogidas de las siguientes: Atletismo Ajedrez Baloncesto Béisbol Boxeo Taekwondo Voleibol ARTICULO 45: Si en el Distrito se encuentra funcionando filiales debidamente organizadas de Asociaciones o Federaciones Nacionales, estas deberán fungir como Comisión Específica de su disciplina deportiva. ARTICULO 46: Las comisiones específicas de cada deporte podrán funcionar como filiales de las Asociaciones o Federaciones Nacionales encargadas de dirigir el deporte nacional, para que realicen campeonatos a nivel nacional, manteniendo siempre su relación con el Comité de Deportes. ARTICULO 47: Las comisiones específicas están en la obligación de rendir un informe general o parcial, cuando el Comité de Deportes y Recreación, lo solicite. CAPITULO IX DE LAS SANCIONES ARTICULO 48: El que hiciere uso indebido de los bienes y dineros del Comité de Deportes y Recreación, aprovechando el hecho de ser miembro de alguno de sus organismos, será expulsado y no podrá volver a integrar ninguna organización deportiva que sea parte del Comité de Deportes, salvo otra disposición del Comité de Deportes o del Concejo Municipal, ello sin perjuicio del proceso judicial correspondiente. ARTICULO 49: En relación a la participación deportiva de diferentes miembros de la comunidad y adscritos al Comité de Deportes y Recreación, se establecen las siguientes sanciones: a. El que infringiere el inciso e) del artículo 38 correspondiente a la comisión de Juegos Nacionales, será sancionado con suspensión por dos años de la participación deportiva a jugadores, dirigentes y clubes. b. A la organización deportiva que no acate las disposiciones del Comité de deportes, no podrá participar en eventos de programación Distrital y cantonal. ARTICULO 50: Será sancionado con suspensión de un mes a un año, el que cometiera cualquier otra infracción contra el presente reglamento; será el comité Distrital de Deportes y Recreación en sesión ordinaria quien decide el lapso de dicha sanción o el procedimiento a seguir según la gravedad de la infracción. ARTICULO 51: Los clubes deportivos del Distrito, deben estar afiliados en su respectivo Comité Comunal y cuando realicen eventos a nivel distrital o cantonal, se ceñirán para su realización conforme a las reglas del juego, de su disciplina deportiva específica. ARTICULO 52: Los Comités y Comisiones deben coordinar su programación deportiva, de acuerdo al presente reglamento, procurando que no haya interferencia en las diferentes actividades deportivas. ARTICULO 53: En caso de que no se presenten las ternas o designados a que se refiere el artículo 7 de este reglamento, el Concejo prevendrá el cumplimiento a los omiso, si dentro de los treinta días siguientes no se procediere a tal designación; se nombrará por la Municipalidad provisionalmente a un vecino del Distrito, que cumpla los requisitos fijados por la ley, quien cesará cuando se nombre al titular. ARTICULO 54: Las organizaciones deportivas, los deportistas en general y cualquier persona vinculada al deporte y recreación, aceptan implícitamente el presente Reglamento, el desconocimiento del mismo no les exime de culpa al infringirlo. ARTICULO 55: Para lo previsto en el presente reglamento, regirán las disposiciones del Código Municipal, la Ley General de la Administración Pública y la Ley de la Administración Financiera. ARTICULO 56: El presente Reglamento lo establece el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano , de conformidad con lo que establecen los artículos 165 y siguientes del Código Municipal, y deja sin efecto cualquier otro reglamento o reglamentos que hasta la fecha y en ausencia del presente, venían rigiendo el funcionamiento del Comité Distrital de Deportes y Recreación.
El Concejo acuerda: “aprobar el proyecto denominado REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE DEPORTES Y RECREACIÓN DEL DISTRITO DE CÓBANO. Publicar. ACUERDO UNANIME VIII. ASUNTOS VARIOS MINOR CENTENO a. Creo que es necesario averiguar que pasó con la pavimentación que la Municipalidad de Puntarenas tiene pendiente CARLOS HERNANDEZ b. El hueco por la cuesta la perra cada día está más grande, no se debe perder de vista esta situación, tal vez se pueda llamar al Conavi a fin de que inspeccionen ya que son las aguas provenientes de la ruta las que han provocado esta situación. Finaliza la sesión a las veinte horas con quince minutos. Roxana Lobo Granados Marco Tulio Quirós Rojas Secretaria Presidente