Ordinaria 17 · 2009-05-11

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión ordinaria N.º 17 del 2009-05-11 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.

                                    ACTA ORDINARIA Nº 17-09

Acta número diecisiete – cero nueve de la sesión ordinaria que celebra el Concejo Municipal del
Distrito de Cóbano el día once de mayo del dos mil nueve a las diecisiete horas en la sala de
sesiones de este Concejo.

REGIDORES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES

Marco Tulio Quirós Rojas                   PRESIDENTE Y SINDICO
Vicente Falcón Luna
Minor Centeno Sandí
Erick Francisco Salazar Rodríguez

REGIDORES (AS) SUPLENTES PRESENTES

Nidia Quesada Vega

INTENDENTE
José Eladio Cortés Castrillo
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión con base en el siguiente orden del día:
I APROBACION DEL ACTA ORDINARIA 16-09
II CORRESPONDENCIA
III MOCIONES Y ACUERDOS
IV INFORMES DE LA ADMINISTRACION
V. INFORMES DE COMISIONES
V INFORME DEL INTENDENTE
VI ASUNTOS VARIOS

I   APROBACION DEL ACTA ORDINARIA 16-09

Se somete a votación el acta ordinaria 16-09 la cual se aprueba en todas sus partes. ACUERDO
UNANIME

El presidente presenta moción de orden para alterar el orden del día y recibir a unos señores que
vienen a presentar un proyecto. Se somete a votación la moción y se aprueba de manera unánime.
a. Se recibe a los señores: Arq. Marcos Ramírez, Sr. Ron Mayer y esposa, Arq. Mariana Lagos.
Toma la palabra el Arq. Ramírez el cual saluda y agradece el que se les haya recibido. Presenta
proyecto denominado Los sueños de Santa Teresa el cual consiste en una residencia              pero
fraccionada, agrega que es una construcción totalmente amigable con la naturaleza ya que son
construcciones en madera y bambú y donde no se realizará ningún movimiento de tierra. Es una
propiedad de ¢8.246 metros con acceso de servidumbre agrícola donde solo se construirá 944
metros cuadrados lo que significa menos del 15% permitido por la ley, el cual tiene un valor
aproximado de $1.000.000.00 . Agregan que cuentan con el uso de suelo otorgado por el Ingeniero
Municipal y que es un proyecto privado no comercial. El presidente le solicita presentar por escrito
todo lo que ha expuesto para poder realizar las consultas necesarias. Los señores se retiran.

b. Se recibe para su debida juramentación a los miembros de la junta de educación de Cabuya.
Señores:
-Ovideo Azofeifa Vega                      cédula 6 251 628
-Luis Enrique Brenes Mora                  cédula 6 315 240
-Olga Moncada Ledezma                      cédula 6 209 173
-Antonio Gómez Gómez                       cédula 5 238 410
-Rafael Antonio Vargas Montero             cédula 2 453 858
Procede a la juramentación el señor Presidente Municipal de acuerdo a lo que establece el artículo
194 de la Constitución Política. Acuerdo Unánime. Los señores se retiran.

II. CORRESPONDENCIA

a. Modificación presupuestaria 04-2009. Por un monto de ¢115.000.00. Ser rebaja de Servicios,
mantenimiento y reparación y se aumenta a servicios capacitación y protocolo y servicios Diversos.
Conocida la modificación presupuestaria se aprueba en todas sus partes. ACUERDO UNANIME

b. Alcides Fernández Elizondo. Coordinador a.i. Dpto. ZMT. Indica que El 7 de agosto Del
2008 se Le otorgó permiso de construcción a la sociedad denominada Carranza León la cual
realizó depósito de garantía. El día 6 de mayo del 2009 se realizó inspección al sitio y se verificó
que la obra ya se concluyó y se cumplió con lo indicado en la ley 6043 y la Ley de construcciones.
Adjunta fotografías. Por lo que ese Concejo debe acordar la devolución del depósito realizado por
parte de la sociedad. Ante esta información el Concejo acuerda: “Autorizar a la Tesorera Municipal
para que proceda a realizar las gestiones ante el banco Nacional de Costa Rica a fin de que se
debite de la cuenta 200-01-090-7473-5 de este Concejo la suma de ¢3.256.000.00 y proceda a la
devolución del depósito realizado por la sociedad denominada Carranza León S.A. por concepto de
construcción en la Zona Marítimo Terrestre”. ACUERDO UNANIME

c. IFAM. Presidente Ejecutiva. Hace saber de la Declaratoria del Día Nacional contra la
Homofobia.

d. Lcda. Maricel Rojas León Auditora Interna. Indica que con fecha 4 de julio del 2008 mediante
oficio AIM -020-2008 recomendó establecer las políticas necesarias para definir cuales funcionarios
están obligados a caucionar o rendir garantía y el monto de ésta de acuerdo con la normativa
vigente. En el acta 25-08 se acordó aprobar una póliza de fidelidad por un monto de un millón de
colones que solo hicieron la tesorera y cajera pero la administración no ha definido si son solo
estas las funcionarias que deben cumplir con esta disposición. Advierte que se debe reglamentar
la rendición de cauciones de este Concejo de conformidad con la normativa publicada por la
Contraloría el 30 de marzo del 2009 en la directriz D-1-2007-CO. Se analiza el oficio y se acuerda:
“los funcionarios que a la fecha deben caucionar son los siguientes: Cajera, Tesorera, Intendente,
Administrador Tributario y Proveedora, se mantiene el monto de la póliza indicado en el acta 25-08
de un millón de colones, cuyo monto anual debe ser cancelado por cada funcionario. Se le pide a la
Intendencia trabajar en la reglamentación de la rendición de cuentas y de esta manera cumplir con
la que indica la Contraloría en la Directriz D-1-2007-CO” ACUERDO UNANIME

e. Víctor Eduardo Murillo Rodríguez. Presenta Revocatoria con Apelación en Subsidio del
avalúo número 69-2009 realizado por la Unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación
de la Administración Regional de Puntarenas. El Concejo acuerda: “Se tiene por presentado
recurso de revocatoria con Apelación en Subsidio y se ordena de conformidad con el artículo 51
del Reglamento a la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la Unidad de
Avalúos de la Dirección General de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME

f. Luis Alberto Pérez Alvarado. Presenta Recurso de Revocatoria contra el porcentaje que se
aplica a la parcela que está a su nombre ubicada en Tambor, el cual considera muy elevado. Ante
esta situación el Concejo acuerda: “trasladar este recurso a la Comisión de Zona Maritimo
Terrestre”. ACUERDO UNANIME

g. Paisajes Privilegiados S.A. Arturo Apestegui Barzuna. Apoderado Generalísimo. Interpone
Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio ante la Administración Tributaria de
Puntarenas contra la notificación del avalúo 65-2009. El Concejo acuerda:         “Se tiene por
presentado recurso de revocatoria con Apelación en Subsidio y se ordena de conformidad con el
artículo 51 del Reglamento a la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la
Unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME

h. Inversiones Pachamama de MalPaís S.A. Jorge Jiménez Cordero. Apoderado Especial
Administrativo. Presenta recurso de aclaración y adición, de revocatoria y extraordinario de
revisión en subsidio contra el acuerdo municipal tomado en la sesión ordinaria nº. 12-09 artículo II,
del día 30 de Marzo del presente año, mediante el cual se acogió el Recurso de Apelación
interpuesto en contra de la Resolución tomada en la sesión ordinaria nº 08-09 de aceptación del
avalúo nº 403-2008. El Concejo acuerda: “trasladar esta apelación a la asesoría legal”. ACUERDO
UNANIME

i. Primavera Azul de Colorado S.A. José Alberto León Elizondo. Apoderado Generalísimo
presenta recurso de revocatoria contra la comunicación del avalúo fiscal Nº 46-2009. El Concejo
acuerda: “Se tiene por presentado recurso de revocatoria y se ordena de conformidad con el
artículo 51 del Reglamento a la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la
Unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME

j. Juvilarse y Chismee SRL. Robert C. Van der Putten Reyes. Apoderado Generalísimo sin límite
de suma. Presenta Recurso de Revocatoria contra el avalúo número 76-2009 realizado por la
unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación Directa de Puntarenas. El Concejo
acuerda: “Se tiene por presentado recurso de revocatoria y se ordena de conformidad con el
artículo 51 del Reglamento a la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la
Unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME

k. Inversiones Tambor S.A. Rafael Eduardo Morice Trejos. Presidente y Representante Legal
Presenta recurso Ordinario de Revocatoria contra el avalúo fiscal Nº 66-2009. El Concejo acuerda:
“Se tiene por presentado recurso de revocatoria y se ordena de conformidad con el artículo 51 del
Reglamento a la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la Unidad de
Avalúos de la Dirección General de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME
   l. Los Guisaros Verdes M.S. S.A. Víctor Eduardo Murillo Rodríguez. Presenta Revocatoria con
   Apelación en Subsidio del avalúo número 68-2009 realizado por la unidad de avalúos de la
   Dirección General de Tributación de Puntarenas. El Concejo acuerda: “Se tiene por presentado
   recurso de revocatoria con Apelación en Subsidio y se ordena de conformidad con el artículo 51 del
   Reglamento a la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la Unidad de
   Avalúos de la Dirección General de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME

   m. Desarrollos Costeros del Pacífico S.A. Arturo Apestegui Barzuna. Apoderado Generalísimo.
   Interpone Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio ante la Administración de
   Puntarenas contra la notificación del avalúo     62-2009. El Concejo acuerda:       “Se tiene por
   presentado recurso de revocatoria y se ordena de conformidad con el artículo 51 del Reglamento a
   la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la Unidad de Avalúos de la
   Dirección General de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME

   n. José Roldan Rivera. Interpone Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio contra el
   avalúo Fiscal n° 45-2009 donde erróneamente se indica su nombre como Carlos siendo el correcto
   José. El Concejo acuerda: “Se tiene por presentado recurso de revocatoria y se ordena de
   conformidad con el artículo 51 del Reglamento a la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo
   expediente a la Unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación de Puntarenas”
   ACUERDO UNANIME

   o. Zenón Alfredo Cortés Castrillo. Interpone Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio
   contra el acto administrativo de avalúo fiscal N° 63-2009 y contra dicho avalúo fiscal. El Concejo
   acuerda: “Se tiene por presentado recurso de revocatoria y se ordena de conformidad con el
   artículo 51 del Reglamento a la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la
   Unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME

   p. HF del Mar Properties S.R.L. Robert C. Van der Putten Reyes, Apoderado Especial. Presenta
   Recurso de Revocatoria contra el avalúo número 75-2009 realizado por la Unidad de Avalúos de la
   Dirección General de Tributación Directa. El Concejo acuerda: “Se tiene por presentado recurso
   de revocatoria y se ordena de conformidad con el artículo 51 del Reglamento a la Ley 6043,
   trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la Unidad de Avalúos de la Dirección General
   de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME

   q. Villas Almendros S.R.L. Robert C. Van der Putten Reyes. Subgerente con facultades de
   Apoderado general. Presenta Recurso de Revocatoria contra el avalúo número 74-2009 realizado
   por la Unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación Directa. El Concejo acuerda: “Se
   tiene por presentado recurso de revocatoria y se ordena de conformidad con el artículo 51 del
   Reglamento a la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la Unidad de
   Avalúos de la Dirección General de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME

   r. Santa Teresa Quebrada Norte S.R.L. Robert C. Van der Putten Reyes, Gerente con facultades
   de Apoderado Generalísimo. Presenta Recurso de Revocatoria contra el avalúo número 72-2009
   realizado por la Unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación Directa. El Concejo
   acuerda: “Se tiene por presentado recurso de revocatoria y se ordena de conformidad con el
   artículo 51 del Reglamento a la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la
   Unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME

   s. Santa Teresa Quebrada Sur S.R.L.. Robert C. Van der Putten Reyes, Gerente con facultades
   de Apoderado Generalísimo. Presenta Recurso de Revocatoria contra el avalúo número 73-2009
   realizado por la Unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación Directa. El Concejo
   acuerda: “Se tiene por presentado recurso de revocatoria y se ordena de conformidad con el
   artículo 51 del Reglamento a la Ley 6043, trasladar esta gestión y su respectivo expediente a la
   Unidad de Avalúos de la Dirección General de Tributación de Puntarenas” ACUERDO UNANIME

   III. MOCIONES Y ACUERDOS
   Se dispensa

   IV. INFORMES DE LA ADMINISTRACION
   ADMINISTRACION TRIBUTARIA
a. Lic. Ronny Montero Orozco. Atendiendo acuerdo de la sesión ordinaria 13-09 procedo a informar
   sobre el caso de aplicación de recibos por depósitos realizados en el banco nacional los cuales
   no contaban con información necesaria para llevar a cabo la aplicación en el momento de
   realizados los depósitos:
Nombre                   Fecha del Monto    del Monto                a Intereses     Int.
                         Dep.      Deposito     pagar                                Condonado
                                                                                     s

Intermanagement   Costa 13/03/2008 ¢3,825,000.00 ¢4,311,611.70 ¢486,611.70 ¢486,611.70
Rica Limitada



Mundo de Peluches S.A    27/06/2008 ¢1,446,660.00 ¢1,596,590.00 ¢186,590.00 ¢149,930.00



El Corral Viejo de Santa 19/12/2008 ¢422,257.35        ¢546,429.30     ¢175,179.30 ¢124,171.95
Teresa S.A



Total      intereses                                                                 ¢760,713.65
Condonados




      Se agrega que estos eran los depósitos que faltaban de aplicar Se conoce y aprueba el informe.
      Acuerdo Unánime

      INGENIERO MUNICIPAL

  b. Ing. Freddy Alberto Madrigal Avila. Adjunta planos constructivos debidamente aprobados por el
     Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica de casa de habitación a construir en
     la zona marítimo terrestre en la concesión inscrita con la matrícula 00002194Z000 del Partido de
     Puntarenas a nombre de Tierra Esperanza Limitada. Plano catastrado P-949573-2004. Indica que
     es el Concejo el que debe aprobar este permiso de construcción por ser terreno ubicado en la
     ZMT. El Concejo acuerda: “Por contar con el visto bueno por parte del Ingeniero se aprueba el
     permiso de construcción de una vivienda a nombre de Tierra Esperanza Limitada e indicarles que
     deben realizar un depósito de 5% sobre el valor de la obra el cual se le devolverá cuando se
     termine el proyecto y se presente a este Concejo el debido informe”. ACUERDO UNANIME

  c. Ing. Freddy Alberto Madrigal Ávila. Adjunta planos constructivos debidamente aprobados por el
     Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica de Recepción de Hotel,
     administración y Bodega a construir en la zona marítimo terrestre en la concesión inscrita con la
     matrícula 6002181-Z-000 a nombre de Un Espacio en Mal País S.A. Plano catastrado P-912607-
     2004 Indica que es el Concejo el que debe aprobar este permiso de construcción por ser terreno
     ubicado en la ZMT. El Concejo acuerda: “Por contar con el visto bueno por parte del Ingeniero
     Municipal se aprueba el permiso de construcción de proyecto de Recepción de Hotel,
     administración y Bodega a nombre de Un Espacio en Mal País S.A. e indicarles que deben realizar
     un depósito de 5% sobre el valor de la obra el cual se le devolverá cuando se termine el proyecto y
     se presente a este Concejo el debido informe”. ACUERDO UNANIME

     DPTO DE INSPECCIONES
     USO DE SUELO COMERCIAL
  d. Amparo Wilson Araya. Propiedad con plano P 210245-1995 ubicada en Mal País. El local cuenta
     con todos los servicios básicos, no cuenta con parqueo. La calle cuenta con un ancho de 8 metros.
     Esta es una patente que ya existe desde hace muchos años. El Concejo acuerda: “aprobar el uso
     de suelo comercial”. ACUERDO UNANIME

      V. INFORME DE COMISIONES
      Se dispensa

     VI. INFORME DEL INTENDENTE
  a. Para poder ampliar la calle de Santiago se requiere un acuerdo municipal autorizando la corta de
     los árboles necesarios para esta ampliación. El Concejo acuerda: “autorizar al Intendente para que
     gestione ante el MINAE la corta de los árboles estrictamente necesarios que estén en la calle y
     que impidan la ampliación de la calle de Río Negro a Santiago”. ACUERDO UNANIME
  b. Mañana se inicia el dragado del río Manzanillo y el material que se saque se utilizará en la
     reparación del camino El Mango-Manzanillo.
  c. Mañana se termina con la reparación del camino de Montezuma-Cabuya.
d. El sábado viene el ministro de turismo a Santa Teresa estará en el salón comunal a las once de la
   mañana. Le solicitan que contacte una reunión con el Concejo solamente.
e. El viernes fui con Erick a la reunión de la fiscalía de inauguración de las nuevas oficinas que
   alquilan. No fue necesario el acuerdo de solicitud del juzgad penal, el señor Dalanesse anunció la
   apertura en los próximos días de este juzgado.
f. Fui tambien con Erick a Puntarenas a una reunión con la Alcaldesa y los Intendentes. Y tocaron
   temas como la ley 8141, 8461, 7755 y bienes inmuebles. Con respecto a la 8461 tenemos que
   presentar en esta semana un proyecto o Puntarenas lo presenta para ellos. Nos dijeron que esa
   desinformación se debe a que el Síndico nunca asiste a las reuniones de Puntarenas.”SE le pide al
   sindico asistir a estas reuniones y que se incluya como proyecto para la ley 8461 para el año 2010
   la reparación de las calles internas de Los Mangos”. ACUERDO UNANIME
g. Les presento para su conocimiento y aprobación si así lo consideran el proyecto reglamento de
   causiones.

              PROYECTO DE REGLAMENTO SOBRE LAS CAUCIONES QUE DEBEN RENDIR
                          LOS COLABORADORES (AS) Y FUNCIONARIOS (AS) DEL
                             CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
                                                CAPÍTULO I
                                          Disposiciones generales
           Artículo 1º—Objeto. El presente Reglamento regula la garantía que debe de rendir todo
    encargado de custodiar o administrar fondos, bienes y valores del Concejo Municipal de distrito de
    Cobano.
           Artículo 2º—Ámbito de aplicación. El presente Reglamento se aplicará a todos (as) los(as)
    colaboradores (as) o funcionarios (as) del Concejo Municipal de distrito de Cobano, que estén
    encargados de recaudar, custodiar o administrar fondos y valores públicos, o aquellos fondos no
    propiedad del Concejo Municipal de distrito de Cobano que los afecte, ligados por una relación de
    empleo o de jerarquía, y aquellos (as) que no siendo colaboradores del Concejo Municipal de
    distrito de Cobano se encuentren desempeñando, en calidad de servidores públicos, funciones
    para el Concejo , según lo que establece el artículo 111 de la Ley General de la Administración
    Pública.
           Para los efectos de este Reglamento, fondos públicos son los recursos, valores, bienes y
    derechos propiedad del Concejo Municipal de distrito de Cobano según lo indicado en el artículo
    9° de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.
           Artículo 3º—Supervisión de cumplimiento. La tesorería municipal y el Departamento de
    Recursos Humanos serán las responsables de velar por el cumplimiento del presente Reglamento
    y deberán mantener un registro actualizado de los colaboradores (as) y funcionarios (as) que
    deben rendir caución y de las garantías rendidas, así como las fechas de vencimiento de las
    mismas.
           Asimismo, deberán cumplir las siguientes responsabilidades:
 a) Verificar la efectividad de los documentos que comprueban la presentación de garantías. Una vez
    verificada la veracidad de los documentos, se remitirán al Área de Recursos Humanos para que
    sean incluidos en el expediente del colaborador(a) o funcionario(a) respectivo.
 b) Promover o realizar, según sea el caso, los trámites de ejecución de la garantía, cuando proceda, o
    cancelarla cuando el colaborador(a) o funcionario(a) cese en la institución.
           Conjuntamente con el Área de Recursos Humanos, las siguientes responsabilidades:
 a) Velar para que la persona obligada haya rendido la garantía correspondiente al momento de
    asumir el cargo sin perjuicio de las responsabilidades que corresponden al jerarca y los titulares
    subordinados.
 b) Velar porque los caucionantes cumplan con su obligación de renovar o actualizar la garantía,
    cuando corresponda.
 c) Mantener un registro actualizado con información de los caucionantes y de las respectivas
    garantías rendidas.
           Artículo 4º—Nombramiento y cese de personal. El Área de Recursos Humanos informará a
    la Jefatura del Departamento de Administración Tributaria por escrito, el nombramiento, cese o
    traslado del personal en puestos que requieran presentar caución.
           Artículo 5º—De la forma de caucionar. La garantía que debe rendir el colaborador (a) o
    funcionario(a) obligado(a) a ello será por medio de una póliza de fidelidad anual suscrita con el
    Instituto Nacional de Seguros, misma que será con cargo a su propio peculio y que deberá renovar
    mientras el colaborador(a) o funcionario(a) ocupe el cargo que genera la obligación de la caución.
           Dicha póliza será a favor del Concejo Municipal de distrito de Cóbano y su suscripción debe
    realizarla en un plazo no mayor a quince días hábiles, contados desde la fecha de nombramiento
    en el cargo o de la fecha que se haya dispuesto la obligación de rendir la garantía.
           Una vez suscrita la póliza correspondiente, el colaborador(a) o funcionario(a) debe presentar
    la documentación que garantice la emisión de la misma por el monto y plazo establecidos en el
    presente Reglamento y a favor del Concejo, en la Tesorería Municipal para su custodia, copia de la
    cual debe agregarse al expediente personal correspondiente. Igualmente, deberá presentar la
    documentación dicha, cada vez que renueve la póliza respectiva.
                                                CAPÍTULO II
                    De los colaboradores (as) y funcionarios (as) llamados a caucionar
          Artículo 6º—Obligados a caucionar. Tomando en consideración los niveles de
    responsabilidad y sujetos a los principios de lógica, razonabilidad, eficiencia, eficacia, economía,
    legalidad y en general, a las prácticas generales de sana administración de los recursos públicos,
    los(as) colaboradores(as) y funcionarios(as) llamados(as) a caucionar son los siguientes:

-   Intendente.
-   Administrador Tributario.
-   Tesorera.
-    Contador Municipal
-   Encargado de Bienes Inmuebles.
-   Encargado de Facturación y Cobros.
-   Encargado de Proveeduría.

         Artículo 7º—Hechos generadores de responsabilidad administrativa. Además de los
   previstos en otras leyes y reglamentaciones propias de la relación de trabajo, serán hechos
   generadores de responsabilidad administrativa, independientemente de la responsabilidad civil o
   penal a que puedan dar lugar, los mencionados a continuación, siempre y cuando dichos hechos
   sean cometidos en forma culposa o dolosa:
a) La adquisición de bienes, obras y servicios con prescindencia de los procedimientos de
   contratación establecidos por el ordenamiento jurídico.
b) La negligencia o la imprudencia en la salvaguarda de los bienes o derechos del patrimonio público
   o la ejecución de acciones dolosas contra su protección, independientemente de que se haya
   consumado un daño o lesión.
c) El suministro o empleo de la información confidencial de la cual tenga conocimiento en razón de su
   cargo y que confiera una situación que derive un provecho indebido, de cualquier carácter, para sí
   o para terceros, o brinde una oportunidad de dañar, ilegítimamente al Concejo.
d) El concurso con particulares o colaboradores(as) interesados para producir un daño determinado
   que resulte lesivo para los intereses económicos del concejo o el uso de maniobras o artificios
   conducentes a tal fin, al intervenir, por razón de su cargo, en la adopción de un acto administrativo,
   la selección de un contratista o la ejecución de un contrato administrativo.
e) El empleo de los fondos públicos sobre los cuales tenga facultades de uso, administración,
   custodia o disposición, con finalidades diferentes de aquellas a las que están destinados por ley,
   reglamento o acto administrativo singular, aun cuando estas finalidades sean igualmente de interés
   público o compatibles con los fines de la entidad o el órgano de que se trate.
f) Las actuaciones simuladas o fraudulentas en la administración, el manejo y la custodia de bienes o
   fondos públicos.
g) La aprobación o realización de asientos contables o estados financieros alterados.
h) Obstaculizar el buen desempeño de los sistemas informáticos de la Administración Financiera y de
   Proveeduría, omitiendo el ingreso de datos o ingresando información errónea o extemporánea.
i) Apartarse con intención dolosa de las normas técnicas y los lineamientos en materia
   presupuestaria y contable emitidos por los órganos competentes.
j) Causar daño, abuso o cualquier pérdida de los bienes en custodia que reciba el colaborador, cuyas
   atribuciones permitan o excluyan su tenencia y de los cuales es responsable.
k) Permitir a otra persona manejar o usar los bienes públicos en forma indebida.
l) Otras conductas u omisiones similares a las anteriores que redunden en disminución, afectación o
   perjuicio del concejo.
         Artículo 8º—Monto de la caución. La póliza de fidelidad debe ser suscrita según la siguiente
   tabla:
                                           Monto de
   Cargo                                   póliza ¢

- Intendente.                       1.000.000,00
- Administrador Tributario.         1.000.000,00
- Tesorera Municipal                1.000.000,00
- Contador Municipal                1.000.000,00
- Encargado de Bienes Inmuebles. 1.000.000,00
- Encargado (a) de Facturación y Cobros.1.000.000,00
- Encargado (a) de Proveeduría.     1.000.000,00

         El Concejo Municipal tendrá la potestad de revisar y actualizar en cualquier momento si fuera
    procedente, el monto de dicha póliza mediante acuerdo administrativo debidamente motivado.
         Artículo 9º—De los deberes del colaborador(a) y/o funcionario(a).
         Los colaboradores (as) y funcionarios (as) llamados a caucionar, deberán tomar las
    precauciones adecuadas y constantes para controlar la exactitud de las cuentas del dinero y de los
    valores a su cargo y dar aviso inmediatamente en forma escrita a su superior inmediato de la
    pérdida, defraudación o situación ocurrida que afecte a la Hacienda Pública.
                                               CAPÍTULO III
                                                Sanciones
         Artículo 10.—Sanciones administrativas. En el caso que el colaborador(a) o funcionario(a)
   que se encuentre obligado(a) en rendir la garantía, no suscriba la póliza de fidelidad en los plazos
   establecidos en el artículo cinco del presente Reglamento o que no la mantenga vigente por el
   periodo que está obligado a hacerlo, será causal de despido sin responsabilidad patronal, sin
   perjuicio de las acciones penales o civiles que procedan.
                                               CAPÍTULO IV
                                          Disposiciones finales
         Artículo 11. —Actualización de normativa. El Departamento de Tesorería deberá mantener
   actualizada la normativa interna sobre la rendición de cauciones, para lo cual anualmente realizará
   una revisión de la misma y someterá a la aprobación de las instancias correspondientes las
   modificaciones que sean necesarias con dicho fin.
         Artículo 12. —Contralor normativo. El Contralor Normativo del Concejo tendrá la
   responsabilidad de velar por el cumplimiento y aplicación en todos sus extremos de la presente
   reglamentación.
                                          TRANSITORIO ÚNICO
         Los colaboradores (as) y funcionarios (as) obligados a rendir la garantía correspondiente y
   que estén ocupando los cargos a la fecha de vigencia de este Reglamento, tendrán quince días
   hábiles después de publicado el mismo, para suscribir la póliza de fidelidad respectiva y para
   presentar la respectiva documentación a la Sección de Tesorería y copia a Recursos Humanos
   para adjuntarlo al expediente personal interno.
   Analizado el proyecto de reglamento se acuerda: “aprobarlo en todas sus partes y mandar a
   publicar”. ACUERDO UNANIME

   VII ASUNTOS VARIOS

   MINOR CENTENO
a. El lote que se dio en la Tranquilidad a la Iglesia aún se ha hecho nada y hay un grupo de vecino
   que quieren hacer en ese lugar una cancha de basket. El presidente le indica que la única forma es
   que negocien directamente con el sacerdote.

   ERICK SALAZAR
b. En Santa Teresa, frente al rancho Itahuna corrieron la cerca y taparon una alcantarilla y eso no se
   debe dejar pasar.
c. Es muy penoso escuchar en una reunión que el único Concejo que no presenta síndico en las
   sesiones de Puntarenas es Cóbano y que a eso obedece nuestra desinformación. El síndico
   explica los motivos por el cual no asiste.

   VICENTE FALCON

d. El camino a Río Frío que tanto costó los vecinos le esta tapando las cunetas para hacer el acceso
   a sus propiedades, esto no puede permitirse porque son reparaciones muy caras.

   MARCOS QUIROS
e. Los vecinos de Santa Fe están esperando que se les repare el camino ya que no terminaron. El
   Intendente indica que ellos repararon hasta donde el señor que los guiaba les indicó, pero si es
   cierto que falto el camino a San Ramón de Ario.
   Finaliza la sesión a las diecinueve horas




   Roxana Lobo Granados                       Marco Tulio Quirós Rojas
   Secretaria                                 Presidente