Extraordinaria 95 · 2019-11-08
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 95 del 2019-11-08 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 3) · unanime ACUERDO Nº1 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1 Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 1.…
- Acuerdo 2 (pág. 5) · unanime · aprobado ACUERDO Nº2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación…
- Acuerdo 3 (pág. 6) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº3 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la a…
- Acuerdo 4 (pág. 8) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº4 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME.…
- Acuerdo 5 (pág. 9) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº5 Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar patente temporal de licores solicitada por la Asociación de Desarrollo Integral …
- ~ Acuerdo (pág. 9) · aprobado cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar patente temporal de licores solicitada por la Asociación de Desarrollo Integral de Río Negro par…
ACTA EXT. 95-19
08/11/2019
ACTA EXTRAORDINARIA Nº 95-19
PERIODO CONSTITUCIONAL
2016 - 2020
ACTA NÚMERO NOVENTA Y CINCO - DOS MIL DIECINUEVE DE LA SESIÓN
EXTRAORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
EL DÍA OCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A LAS QUINCE
HORAS CON TREINTA MINUTOS EN EL LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO
MUNICIPAL
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE a.i.
Dunia Campos Salas.
PRESIDENTA SUPLENTE
CONCEJALES PROPIETARIOS
Manuel Ovares Elizondo.
Fernando Quesada López.
Crisly Morales Méndez
CONCEJALES SUPLENTES
Ronny Campos Muñoz
INTENDENTE
Cinthya Rodriguez Quesada
VICE INTENDENTE
ASESOR LEGAL
Lcda. Rosibeth Obando Loria
SECRETARIA ad hoc
Shirley Bustos Rosales
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Virginia Vargas Acosta
Eladio Picado Ramirez.
Dagoberto Villalobos Mayorga
Jonathan Zamora Pérez
CONCEJALES SUPLENTES
Mario Delgado Rodriguez
VISITANTES POR INVITACION
FUNCIONARIOS
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. INFORME DE LA INTENDENCIA Y LA ADMINISTRACION
Intendencia. OFICIO IC 648. Demarcación Montezuma
Junta Vial Distrital. Acuerdo N º11
Junta Vial Distrital Acuerdo Nº 12
ACTA EXT. 95-19
08/11/2019
ARTICULO III. CORRESPONDENCIA.
ADI Rio Negro. Patente temporal
Asamblea. Proyecto Ley Nº7667. Educación Técnica Puntarenas
Mujeres Emprendedoras Cabuya. Permiso Actividad
FECOMUDI. Invitación
PRESIDENTE. Presenta moción para alterar el orden del día y conocer otros
oficios de la Intendencia. Se aprueba y queda definitivamente aprobada
ARTICULO I. ORACION
A cargo del presidente
ARTICULO II. INFORME DE LA INTEDENCIA Y LA ADMINISTRACION
a. Sra. Cinthya Rodriguez. Intendente OFICIO IC 648. ASUNTO Solicitud de
demarcación horizontal y vertical de la calle del centro de Montezuma y solicitud de
permiso para colocar rotulo de madera artesanal en entrada a zona publica
Por medio de la presente les saludamos, así mismo nos referimos a lo solicitado en nota del 23 de agosto
sobre demarcación horizontal y vertical de la calle del centro de Montezuma y solicitud de permiso para
realizar la colocación de un rótulo de madera artesanal entrada a zona pública con la intención de educar
en el cambio de conducta, con el fin de evitar que este sector se siga utilizando de forma indebida como
parqueo ya que ésta mala práctica provoca la obstrucción a la playa y bloquean la vista al mar.
Sobre la solicitud de demarcación horizontal y vertical de la calle del centro de Montezuma nos
permitimos informarles que según oficio CYV-OF-GE-074-2019 del Ingeniero Topógrafo Rodrigo Vásquez
Quirós, esta calle en cuestión tiene una inconsistencia a nivel de administración con respecto a las calles
urbanas del pueblo de Montezuma pues se detectó por consultada a través del portal de Planificación
Sectorial del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT que la ruta nacional 624, comienza desde
el entronque con la ruta nacional 160 (centro de Cóbano) y termina en Montezuma (incluyendo
cuadrante del Parque-Iglesia-Plaza). Tal como se indicó en el oficio CYV-OF-GE-026-2019, sin embargo, las
calles urbanas del pueblo de Montezuma, también se encuentran dentro del inventario de vías
municipales, bajo el código 6-01-116.
Razón por la cual se presenta una inconsistencia en cuanto a la administración de dichas calles urbanas, ya
que, según información de ambas instituciones, estas están catalogadas como red vial nacional (ruta
nacional 624) y red vial cantonal (código de calle 6-01-116), por lo que el Departamento de Ingeniería Vial
de esta Concejo Municipal de Distrito va a trabajar en consensuar un criterio entre ambas instituciones,
para definir la administración de tan importantes calles, posterior a esto se podrá definir la demarcación
solicitad, que anoto que esta administración esta consiente de la gran importancia que tiene la
demarcación en este sector.
En cuanto a la solicitud de colocación de rótulos en la primera curva en el centro de Montezuma para
evitar el parqueo ilegal de vehículos en este sector, que según plan regulador Integral Cabuya-Montezuma
es zona pública, la administración no ve impedimento en realizarlo siempre en coordinación con el
departamento de Ingeniería Vial, esta administración no recomienda al Concejo Municipal la colocación
de piedras para obstaculizar el paso, esta problemática se debe tratar con la policía de tránsito y nosotros
ya que en el ejercicio del derecho al uso público debe tenerse siempre presente el interés general,
garantizando en todo momento el acceso a la zona y el libre tránsito en ella de cualquier persona; en la
zona pública es prohibido transitar en vehículos motores, salvo cuando para ello se cuente con el
correspondiente permiso municipal.
Concordancias:
1. Ley 6043, Art. 20.
2. Ley de Tránsito No 7331, de 13de abril de 1993, Arts. 1, 127 y 130, inciso m). Según lo estipulado
en esta ley, la circulación de vehículos automotores por las playas del país se encuentra prohibida y
sancionada con multa. No se diferencia expresamente entre zona restringida y zona pública.
Las excepciones a la prohibición son las siguientes:
a) Cuando la dirección general de ingeniería de transito lo autorice, ante una necesidad de
comunicación y por no existir otra vía alterna en condiciones de circulación aceptable.
b) Para sacar o meter embarcaciones al mar.
c) En casos de emergencia o en los que se requiera una acción para proteger vidas humanas.
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d) En el caso de los vehículos que ingresen a la playa para cargar productos provenientes de la pesca
o para desarrollar otras actividades laborales.
Por esta razón no se debe realizar el cierre permanente de este sector con piedras.
Se adjunta oficio CYV-OF-GE-074-2019
Sin más y esperando haber informado de la mejor manera.
CONSIDERANDO:
-Que en sesión ordinaria 178-2019 del 24 de setiembre del 2019 se conoció oficio de la ADI de
Montezuma en la cual solicitaban demarcación horizontal y vertical de la calle del centro de
Montezuma y permiso para colocar rotulo de madera artesanal en entrada a zona pública, del
cual se dio pase a la administración.
-Que se ha conocido el día de hoy oficio IC-648-2019 de la Intendencia de respuesta
ACUERDO Nº1
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1 Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
1.2. Acoger en todas sus partes la recomendación de la administración emitida en el OFICIO IC-
648-2019 y esperar el trámite que realizara la administración con el CONAVI a fin de determinar
si las calles del centro de Montezuma son Nacionales o Distritales”. ACUERDO UNANIME
1.3. Aprobar la solicitud para colocación de rotulo artesanal en la primera curva en el centro de
Montezuma a fin de evitar el parqueo ilegal de vehículos en ese sector, para lo cual deben
coordinar con el depto. de Ingeniería vial de este Concejo. NO se autoriza la colocación de
piedras para obstaculizar el paso, la solución de esa problemática se debe coordinar con la
policía de tránsito y este Concejo”. ACUERDO UNANIME
b. Fernando Quesada Lopez. Secretario. Junta vial Distrital. OFICIOJVDC-11-2019.
ASUNTO. Transcripción de acuerdo de cambio de proyecto de construcción de TSB en
dicho lugar por plan para desfogue de aguas pluviales por un monto de cuarenta
millones de colones. SE CONOCE
c. Fernando Quesada Lopez. Secretario. Junta vial Distrital. OFICIOJVDC-12-2019.
ASUNTO. Transcripción de acuerdo de aprobación de modificación presupuestaria se
rebaja al código 1.04.99 de otros servicios de gestión y apoyo el monto de ¢302.960.71 y
se aumenta al código 1.06.01 de seguros el monto de ¢302.960.28 y al código 2.03.02 de
materiales de productos asfalticos la suma de ¢0.43. SE CONOCE
d. Ing. Jeffrey Ramirez. OFICIO INGV-136-2019. Con VB de la Intendencia. Dirigido
también a la Proveeduría. ASUNTO. Adendum Contratación Directa 2019CD-
000066-01
CONSIDERANDO:
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Que la Ingeniería vial ha presentado oficio ING 136-2019 con VB de la Intendencia, en la
cual recomienda se efectúe una ampliación a Contratación Directa 2019CD-000066-01
denominada “Mantenimiento Caminos Delicias” en dos de las líneas contratadas de las
maquinas ya que es necesario, para así poder acarrear y colocar más material que el
presupuestado a la hora del cálculo de horas, una vez con más material en los puntos
establecidos, se requerirá más horas niveladora para la colocación del mismo en las rutas
a intervenir. Después de realizar inspección de campo a los lugares donde se está
llevando a cabo dicha contratación, se determinó que estos caminos requieren de más
material ya que por los aguaceros que afectaron nuestro distrito lavaron el material
existente en la superficie de ruedo de los caminos a intervenir, quedando estos con poco
material;
Que esta contratación se encuentra en ejecución
Que esta contratación se adjudicó según acuerdo Nº3 de la sesión oordinaria número
174-19, artículo IX, inciso b, del día veintisiete de agosto del Año Dos Mil Diecinueve, al
oferente Nivelaciones y Transporte Roljuanjo por un monto de dieciséis millones
cuatrocientos setenta mil colones con 00/100 (¢16.470.000,00).
Que se solicita la ampliación de las horas máquina para concluir los trabajos contratados
en la siguiente proporción:
o 20 horas Niveladora ________________________________ 10 %
o 50 horas Vagoneta con capacidad de carga de 12 m3 ______ 50 %
Que indica el oficio que se conversó con el representante de la empresa adjudicada y
está de acuerdo en mantener los precios de dicha contratación y en realizar la
ampliación al contrato
Que indican que la adenda no sobrepasa el 50% de ampliación de horas contratadas por
máquina.
Que la ampliación del contrato corresponde a:
o 20 horas Niveladora…………………………………………………… ₵ 800.000,00
o 50 horas Vagoneta con capacidad de carga de 12 m3 …………… ₵ 1.000.000,00
Que el monto total del adendum es de un millón ochocientos mil colones exactos
(¢1.800.000,00)
Que en el oficio consta la firma de la encargada de presupuesto dando el VB para el
contenido presupuestario de la partida 1.08.02.PROG III VC
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ACUERDO Nº2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba con cuatro votos, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
2.2 Aprobar, según lo establecido en el artículo 208 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, modificación unilateral de la Contratación Directa 2019CD-000066-01
denominada “Mantenimiento Caminos Delicias” a la empresa Nivelaciones y Transportes
Roljuanjo Limitada, por un monto de un millón ochocientos mil colones exactos (¢1.800.000,00).
ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba con cuatro votos, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
e. Ing. Jeffrey Ramirez. OFICIO ING-137-2019. Con VB de la Intendencia. ASUNTO.
Decisión Inicial varias calles.
DOCUMENTO COMPLETO CONSTA EN EL EXPEDIENTE DE ESTA ACTA
CONSIDERANDO
Que se ha conocido decisión inicial INGV 137-2019 presentada por la ingeniería Vial y
avalada por la Intendencia, para intervenir los caminos: 6-01-112 Calle la Bijagua (la
Pura Vida 5000m de longitud), calle la Abuela hacia Tango Mar y Villas del Mar (6000
metros de longitud) y el camino que va del entronque Ruta 160 en Florida hasta el Rio
Pánica (1300 metros de longitud). Debido a que estos caminos están muy deteriorados
por el paso constante de vehículos y las inclemencias del tiempo, se determinó que
estos requieren de una intervención y realizar trabajos de lastreo y conformación.
Que el objeto de la contratación es realizar mantenimiento con maquinaria realizando los
trabajos de limpieza, nivelación, adecuado bombeo (4% mínimo), conformación de la
superficie de rodamiento, compactación, aplicando del agua necesaria y limpieza de las
cunetas y taludes.
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Que para estos trabajos se requerirá contratar la siguiente maquinaria:
110 horas Motoniveladora de potencia igual o superior a 140 Kw.
84 horas compactadora de 12 toneladas.
84 horas carro tanque para riego de agua con una capacidad mínima de 3500 galones.
100 horas vagoneta 12 m3 (3 como mínimo).
30 horas de Back Hoe 55 kw de potencia mínima
Desglosado por calle, de la siguiente manera
Camino 6-01-112 Calle Bijagua (La Pura Vida).
45 horas Motoniveladora.
38 horas compactadora de 12 toneladas.
38 horas carro tanque para riego de agua con una capacidad mínima de 3500 galones.
60 horas vagoneta 12 m3.
30 horas de back hoe
Calle hacia Tango Mar y Villas del Mar.
55 horas Motoniveladora.
40 horas compactadora de 12 toneladas.
40 horas carro tanque para riego de agua con una capacidad mínima de 3500 galones.
40 horas vagoneta 12 m3.
Calle de Florida hasta Rio Pánica.
10 horas Motoniveladora.
6 horas compactadora de 12 toneladas.
6 horas carro tanque para riego de agua con una capacidad mínima de 3500 galones.
10 horas vagoneta 12 m3.
Que la estimación actualizada del costo del objeto, así como el detalle de la disponibilidad
presupuestaria con la que cuenta la unidad solicitante para enfrentar la ejecución de la
contratación es de diez millones doscientos diez mil colones con 00/100 (¢10.210.000,00)
de la Partida presupuestaria: 1.08.02 PROG III V y cuenta con el visto de contenido
presupuestario de la encargada de presupuesto
ACUERDO Nº3
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
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3.2. Autorizar a la Intendencia para que inicie el procedimiento de contratación de equipo a fin
de que se realice trabajos de mejoramiento y reparación de los caminos: 6-01-112 Calle la
Bijagua (la Pura Vida 5000m de longitud), calle de la Abuela hacia Tango Mar y Villas del Mar
(6000 metros de longitud) y el camino que va del entronque Ruta 160 en Florida hasta el Rio
Pánica (1300 metros de longitud). Trabajo con un costo aproximado de diez millones doscientos
diez mil colones con 00/100 (¢10.210.000,00) de la partida presupuestaria: 1.08.02 PROG III. y
de lo cual se cuenta con contenido presupuestario, según se hace saber mediante la firma de
visto bueno de la encargada de presupuesto, que consta en esta decisión”. ACUERDO
UNANIME ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45
del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
f. Juan Luis Bolaños. Asesor Legal de ZMT. Resolución Nº R-L-ZMT-003-2019 avalado
por la Intendencia
MEDIDAS CAUTELARES
Sobre suspender los actos administrativos que generen derecho a la concesionaria ARABIAN NIGHT cedula
jurídica 3-101-261952 Ex.-Nº 3500-07
Resolución número: R-L-ZMT-003-2019.
Al ser las once horas del día 8 de noviembre del año dos mil diecinueve, el suscrito Lic. Juan Luis Bolaños
Alvarado, Gestor Legal del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, en este acto procedo a realizar
resolución al Concejo Municipal del Distrito de Còbano, para que dicte medida CAUTELAR que suspenda
por 6 meses todos los trámites administrativos que podrían generar derechos subjetivos.
RESULTANDO
Primero: Que El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano bajo el expediente Ex.-Nº Nº 3500-07 aprobó
concesión en zona marítima terrestre a la concesionaria ARABIAN NIGHT cedula jurídica 3-101-261952
Segundo: Que en Materia de Patentes se han venido presentando un serie de actuaciones
presumiblemente irregulares
Tercero: Que en materia de construcciones se han presentado actos que fueron rechazados por el ICT
Cuarto: Que se presume aspectos irregulares en el acto traslativo del dominio demanial de Zona Marítimo
Terrestre. Sobre la venta de acciones y su relación con los extranjeros con concesión, contrario a lo que la
ley indica
Quinto: Que existen denuncias sobre las diferentes actividades realizadas y que deben ser investigadas
.Que en virtud de lo antes descrito la administración ordeno la apertura de un Órgano de Procedimiento
Administrativo, que eventualmente podría resultar en la recomendación de Iniciar el Proceso de
cancelación de la concesión.
CONSIDERANDO
“Peligro en la demora ("periculum in mora")
En el plazo para accionar y resolver el proceso principal, del resultado de un órgano ordinario de proceso
administrativo, no debe generarse nuevos derechos subjetivos que resultarían en mayor complejidad
sobre la resolución pretendida por la administración, por lo que se debe suspender todo acto
administrativo y con ello los periodos de respuesta a los que la administración está obligada.
En atención a lo expuesto esta asesoría legal recomienda la siguiente medida cautelar, por seis meses, en
espera de que se resuelva el proceso ordinario administrativo.
Apariencia de Buen Derecho
Esta etapa es la etapa proceso administrativo, que en cumplimiento del debido proceso. resulta en
ejecutar una sanción por infracciones a ley 6043, que eventualmente podría culminar con la cancelación
de la concesión y con ellos los efectos jurídicos de esta, habiéndose ordenado la contratación externa de
un profesional para el proceso administrativo y encontrándonos con la integración de este y el traslado
de cargos, se dicta en calidad de medida cautelar la suspensión de todos los procesos administrativos que
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procure la sociedad concesionaria, con el fin de no crear mayores situaciones que generen derechos
subjetivos.
Medida cautelar:
En aplicación del artículo 157 del Código Municipal y en cumplimiento del debido proceso,
precautoriamente en este acto se dicta medida cautelar que suspende los efectos jurídicos del acuerdo de
concesión, hasta por un plazo de seis meses, con la finalidad de evitar lesionar el interés de la
administración pública y eventualmente el daño al erario público. Todo lo anterior, en cumplimiento del
acuerdo que integra el Órgano Ordinario del Proceso Administrativo, resuelto por el Concejo Concejales
Municipal.
Por tanto
Se recomienda a éste Concejo de Concejales dictar medidas cautelares en el tanto se resuelva la etapa
final del proceso administrativo, dado que lo resuelto eventualmente podría resultar, en la cancelación de
la concesión, dichas medidas se dictan con el fin de evitar lesionar el interés de la administración pública,
así como también para evitar daño al erario público evitando posibles futuras indemnizaciones, por la
generación de derechos subjetivos.
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido Resolución Nº R-L-ZMT-003-2019 emitida por el Lic. Juan Luis Bolaños y
avalada por la Intendencia de solicitud de MEDIDAS CAUTELARES a fin de suspender los
actos administrativos que generen derecho a la concesionaria ARABIAN NIGHT cedula jurídica
3-101-261952 Ex.-Nº 3500-07
ACUERDO Nº4
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
4.2. Acoger en todas sus partes la Resolución Nº R-L-ZMT-003-2019 y en aplicación del artículo
157 del Código Municipal y en cumplimiento del debido proceso, precautoriamente en este acto
dictar medida cautelar que suspende los efectos jurídicos del acuerdo de concesión, hasta por un
plazo de seis meses, sobre la concesionaria ARABIAN NIGHT cedula jurídica 3-101-261952 Ex.-
Nº 3500-07 a fin de suspender los actos administrativos que generen derecho a la concesionaria
en el tanto se resuelva la etapa final del proceso administrativo, dado que lo resuelto
eventualmente podría resultar, en la cancelación de la concesión, dichas medidas se dictan con
el fin de evitar lesionar el interés de la administración pública, así como también para evitar daño
al erario público evitando posibles futuras indemnizaciones, por la generación de derechos
subjetivos. ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45
del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
ARTICULO III. CORRESPONDENCIA
ACTA EXT. 95-19
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a. Asamblea Legislativa. ASUNTO. Expediente Nº20.548. Reforma integral de la ley de
creación del fondo de apoyo para la educación técnica del Puntarenense. Ley Nº7667 de
5 de mayo del 197 y sus reformas.
PRESIDENTA. SE DA PASE A LA COMISION DE JURIDICOS
b. Damaris Ugalde Ugalde. Presidenta. Asociación de Mujeres Emprendedoras de
Cabuya. ASOMUJER. ASUNTO. Solicitud de autorización para realizar un bingo y venta
de comidas en la plaza de deportes de Cabuya el día 16 de noviembre.
PRESIDENTA. Informar a la Asociación de Mujeres Emprendedoras de Cabuya que este
Concejo no tiene competencia para dar este tipo de permisos. Para el bingo le
corresponde a la Cruz Roja y para la venta de comidas debe tramitar el permiso el
departamento de patentes.
c. Juan Bautista Paniagua Luna. Presidente. ADI Rio Negro. ASUNTO. Solicitud de
patente temporal de licores.
CONSIDERANDO:
-Que la Asociación de Desarrollo Integral de Río Negro ha solicitado patente temporal de
licores para explotar en el salón multiuso de la comunidad en una feria que realizaran los
días 14 y 15 de diciembre del 2019
ACUERDO Nº5
Con cuatro votos presentes a favor SE ACUERDA: “Autorizar patente temporal de
licores solicitada por la Asociación de Desarrollo Integral de Río Negro para utilizar en
una feria que realizaran los días 14 y 15 de diciembre del 2019 en el salón multiuso del
lugar, con un horario de 11.30 a.m. a 2.30 a.m. cada día”. ACUERDO UNANIME Y
FIRME. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se
aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO
d. Wilberth Quiros Palma. Presidente. Federación de Concejos Municipales de Distrito
de Costa Rica FECOMUDI. ASUNTO. Invitación a un compartir el día 22 de noviembre a
las 11 am en el Centro Turístico Don Luis en Tucurrique. Temas a tratar la celebración del
50 aniversario de la creación del Concejo Municipal de Tucurrique y posibles cantonatos
de los ocho concejos
PRESIDENTA. Se comisiona a todos los concejales por si desean asistir. En este
momento ratifican su asistencia los Concejales Dunia Campos y Manuel Ovares.
****************************************U.L.******************************************************
Presidenta da por finalizada la sesión al ser las dieciséis horas con catorce minutos
Srta. Shirley Bustos Rosales Sra. Dunia Campos Salas
SECRETARIA AD HOC PRESIDENTA a.i.