Extraordinaria 92 · 2019-10-11
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 92 del 2019-10-11 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 3) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº1 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. “Aprobar en todas sus partes el dictamen de la comisión de Hacienda y Presupuesto”. AC…
- Acuerdo 1 (pág. 12) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº1 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1 Rechazar la recomendación emitida en el Dictamen de comisión debido a que las consultas…
- Acuerdo 2 (pág. 13) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1 Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME UNANIME Se somete a votación la apl…
- Acuerdo 3 (pág. 14) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME 3.…
- ~ Acuerdo (pág. 14) · firme · aprobado evar procedimientos de órganos administrativos en asuntos de Zona Marítima Terrestre por la complejidad de los asuntos y donde está de por medio la po…
- ~ Acuerdo (pág. 15) · firme · aprobado tículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO. 3.3. Informar que este C…
- ~ Acuerdo (pág. 15) · firme · aprobado ME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerd…
- ~ Acuerdo (pág. 15) · firme · aprobado Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo D…
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ACTA EXTRAORDINARIA Nº 92-19
PERIODO CONSTITUCIONAL
2016 - 2020
ACTA NÚMERO NOVENTA Y DOS - DOS MIL DIECINUEVE DE LA SESIÓN
EXTRAORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
EL DÍA ONCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A LAS DIECISEIS
HORAS CON OCHO MINUTOS EN EL LA SALA DE SESIONES DE ESTE CONCEJO
MUNICIPAL
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga
PRESIDENTA SUPLENTE
Dunia Campos Salas
CONCEJALES PROPIETARIOS
Manuel Ovares Elizondo.
Fernando Quesada López.
Mario Delgado Rodriguez
Crisly Morales Méndez
CONCEJALES SUPLENTES
INTENDENTE
Cinthya Rodriguez Quesada
VICE INTENDENTE
ASESOR LEGAL
Lcda. Rosibeth Obando Loria
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Virginia Vargas Acosta
Jonathan Zamora Pérez
Eladio Picado Ramirez.
CONCEJALES SUPLENTES
Ronny Campos Muñoz
VISITANTES
FUNCIONARIOS
Lic. Juan Luis Bolaños
Lic. Francil Herrera
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
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ARTICULO I. ORACION
ARTICULO II. INFORMES DE EJECUCION PRESUPUESTARIA III TRIMESTRE
PRESIDENTE. Presenta moción para alterar el orden del día y conocer además:
ARTICULO III. Dictamen de comisión sobre la Modificación Presupuestaria
ARTIUCLO IV. MOCION
ARTICULO V. OFICIO DE LA INTENDENCIA
SE APRUEBA DE FORMA DEFINITIVA LA MOCION DE ORDEN PRESENTADA
ARTICULO I. ORACION
A cargo del presidente Municipal
ARTICULO II. INFORMES DE EJECUCION PRESUPUESTARIA III TRIMESTRE
a. Comisión de Hacienda y Presupuesto
DICTAMEN DE COMISIÓN
De: COMISIÓN PERMANENTE DE PRESUPUESTO
Para: CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO
COBANO DE PUNTARENAS
Reunidos: Dagoberto Villalobos Mayorga, Jonathan Zamora Pérez y Eladio Ant. Picado Ramírez,
Integrantes.- A las veinte horas con cuarenta y tres minutos del nueve de octubre del dos mil
diecinueve.-
La comisión de Presupuesto del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, Puntarenas, con base en el
artículo 34 inc. g), y 49 del Código Municipal, dictamina:
Hechos que conllevan a este Dictamen:
Por medio de acuerdo del Concejo Municipal, se pasa a esta Comisión para que se analice y se dictamine,
el INFORME DE EJECUCION PRESUPUESTARIA III TRIMESTRE 2019.-
Analizado el Informe presentado mediante el oficio IC-597-2019, por la Intendencia Municipal, mediante
la cual la señora Intendente indica en forma muy somera y sin explicación alguna, que pueda llevar a un
fácil entendimiento por parte de los concejales, sobre dicho informe, indicándose que los ingresos
percibidos en este espacio presupuestario son de ₵388.333.414,51 colones y los egresos son de
₵714.864.746,62 colones; lo que no es lógico bajo el entendimiento común. Que al indicársele tal falencia
en dicho oficio, la señora intendente remitió a los concejales a consultar las actas.
Lo que a nuestro criterio es una falta de respeto al Concejo por parte de la señora Intendente, pues pudo
haber realizado una breve explicación en dicho oficio del porque o razón de la diferencia entre los ingreso
y egresos, pues no pudo gastarse más de lo ingresado, o por lo menos se indicara de donde se sacó la
diferencia.-
Una vez analizado el Informe, y realizadas las consultas correspondientes, se logra determinar que dicha
se obtiene de la diferencia a favor de los anteriores Trimestres, dictamina:
Esta Comisión recomienda al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, que por acuerdo se apruebe el
Informe de Ejecución Presupuestaria III Trimestre 2019.-
Cóbano, 09 de Octubre del 2019.
Dagoberto Villalobos Mayorga Jonathan Zamora Pérez Eladio Ant. Picado Ramírez
Integrante Integrante Integrante
CINTHYA. Que no entendieron?
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DAGOBERTO. Se gastó más de lo que ingreso, y no había una justificación en el documento
que usted mando y cuando pregunte nos mandó a buscar las actas. Yo le pregunte al mismo
Jonathan si entendía y me dijo no, el ingreso era menos de lo que se gastó.
CINTHYA. Dicen que de forma muy somera cuando les di un documento de creo 20 páginas y
que ustedes no tuvieran el tiempo era otra cosa
DAGOBERTO. Yo le pedí a usted que nos diera una pequeña explicación de porqué el ingreso
era menos y el gasto era superior y usted me dijo que fiera a las actas anteriores pero hubiera
venido más claro en el documentito suyo que dijera que eran dineros de otros trimestres
anteriores. Yo si lo entendía pero los demás y en el caso de Jonathan no entonces se necesitaba
una explicación era solo dar una explicación
CINTHYA, Y yo explique en ese momento que los trimestr4es anteriores había sido mayor el
ingreso e inferior el gasto pero aquí dice cosas que no fueron ciertas en ese momento y después
dicen que yo le falte el respeto al Concejo
DAGOBERTO. En mandarnos a nosotros a buscar las actas
CINTHYA. PORQUE?
DAGOBERTO. Porque en ese momento nosotros no lo tenemos presente
CINTHYA. Y esa es una falta de respeto?
DAGOBERTO- Pero es bueno que usted haga una explicación en el documento que trae
CINTHYA. Es solo el traslado pero ustedes dicen que yo les falte el respeto, necesito copia de
este documento por favor el lunes a mi asistente. Ustedes no están de acuerdo con mi oficio y
sin embargo lo aprueban que ambiguo verdad
PRESIDENTE, vamos a someter a votación
CONSIDERANDO:
Que se ha conocido Dictamen de la comisión Permanente de Hacienda y
Presupuesto sobre el INFORME DE EJECUCION PRESUPUESTARIA III TRIMESTRE
2019, la cual recomienda: “que por acuerdo se apruebe el Informe de Ejecución
Presupuestaria III Trimestre 2019”.
ACUERDO Nº1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. “Aprobar en todas sus partes el
dictamen de la comisión de Hacienda y Presupuesto”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas
sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
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2.2. “Aprobar los informes de ejecución presupuestaria del Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano correspondientes al III trimestre del año 2019, los cuales reflejan un ingreso de
Trescientos ochenta y ocho millones trescientos treinta y tres mil cuatrocientos catorce colones
con 51/100 (¢388.333.414,51) y un egreso de setecientos catorce millones ochocientos sesenta
y cuatro mil setecientos cuarenta y seis colones con 62/100 ( ¢714.864.746,62)” ACUERDO
UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
5.3. “Trasladar a la Municipalidad de Puntarenas para lo que corresponde”. ACUERDO
UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el
cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
APROBADO.
b. Comisión de Hacienda y Presupuesto
DICTAMEN DE COMISIÓN
De: COMISIÓN PERMANENTE DE PRESUPUESTO
Para: CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO
COBANO DE PUNTARENAS
Reunidos: Dagoberto Villalobos Mayorga, Jonathan Zamora Pérez y Eladio Ant. Picado Ramírez,
Integrantes.- A las diecinueve horas del nueve de octubre del dos mil diecinueve.-
La comisión de Presupuesto del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, Puntarenas, con base en el
artículo 34 inc. g), y 49 del Código Municipal, además lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley de Zona
Marítimo Terrestre, y el 77, 78, y 79 del Reglamento de dicha Ley, se dictamina:
Hechos que conllevan a este Dictamen:
Por medio de acuerdo del Concejo Municipal, se pasa a esta Comisión para que se analice y se dictamine,
la Justificación para Realizar la IV Modificación Presupuestaria 2019.
Una vez analizada dicha justificación, que adjuntamos de seguido, propiamente en los rubros indicados
dentro Programa III, y en forma directa en lo indicado, y en confrontación con el artículo 59 de la Ley
sobre la Zona Marítimo Terrestre, que dice:
“Artículo 59º. Los ingresos que perciban las municipalidades por concepto de concesiones en la zona
restringida se distribuirán en la forma siguiente:
a. Un veinte por ciento se destinará a formar un fondo para el pago de mejoras según lo previsto en esta
ley;
b. Un cuarenta por ciento será invertido en obras de mejoramiento en las correspondientes zonas
turísticas, incluyendo en aquéllas todas las inversiones necesarias en servicios de asesoría y gastos de
administración requeridos para los fines de la presente ley.
Cuando los fondos indicados en los dos incisos anteriores, no fueren total o parcialmente necesarios para
el desarrollo de la zona turística, a juicio del Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo y del Instituto Costarricense de Turismo, el remanente podrá destinarse
a otras necesidades del respectivo cantón; y
c. El cuarenta por ciento restante será invertido en obras de mejoramiento del cantón.”
Es muy clara la norma, lo que se debe realizar es la consulta del criterio del Instituto Nacional de Vivienda
y Urbanismo y del Instituto Costarricense de Turismo.
Dicho Programa III de la Modificación nos, dice, como sigue:
EXT. 92-19 11-10-2019
EXT. 92-19 11-10-2019 De la misma manera nos ilustra los artículos 77, 78 y79 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, como sigue: “F. Utilización de ingresos: Artículo 77º. Con relación a la utilización del veinte por ciento de los ingresos que perciban las municipalidades por concepto de concesiones, las municipalidades darán prioridad al pago de aquellas mejoras que se encuentren dentro de la zona pública y a las que se requiera eliminar para construir vías de acceso a esa zona. Artículo 78º. Las obras de mejoramiento de las zonas turísticas a que se refiere el inciso b) del artículo 59º. de la Ley incluyen la compra o expropiación de terrenos de propiedad privada ubicados en la zona marítimo terrestre, además de las obras de infraestructura y cualquiera otra que determinen el ICT y el INVU. Las municipalidades darán prioridad a la compra o expropiación de terrenos sometidos a dominio privado ubicados en la zona pública bajo su jurisdicción. Artículo 79º. La Contraloría General de la República velará por la debida utilización de los ingresos que perciban las municipalidades por concepto de concesiones que otorguen en la zona marítimo terrestre.” Después de analizar lo anterior, es nuestro criterio que el concepto de “Mejoras” no se puede interpretar o encasillar como servicios profesionales para la realización de las investigaciones que se indica, como justificación para tomar recursos del 20% que designa la Ley 6043.- Por lo anterior, esta comisión Dictamina lo siguiente: Que PREVIO a la aprobación, por parte del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, de esta Modificación Presupuestaria, es necesario obtener de parte del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y del Instituto Costarricense de Turismo, el criterio correspondiente, o que autorice la utilización de tal presupuesto para lo que se indica.- Por lo que esta Comisión recomienda al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, que por acuerdo de realice la consulta a las instituciones indicadas.- Cóbano, 09 de Octubre del 2019. Dagoberto Villalobos Mayorga Jonathan Zamora Pérez Eladio Ant. Picado Ramírez Integrante Integrante Integrante CINTHYA. Lee artículo 59 de la Ley de Zona Marítimo Terrestre: Artículo 59.- Los ingresos que perciban las municipalidades por concepto de concesiones en la zona restringida se distribuirán en la forma siguiente: a) Un veinte por ciento se destinará a formar un fondo para el pago de mejoras según lo previsto en esta ley; b) Un cuarenta por ciento será invertido en obras de mejoramiento en las correspondientes zonas turísticas, incluyendo en aquellas todas las inversiones necesarias en servicios de asesoría y gastos de administración requeridos para los fines de la presente ley. Cuando los fondos indicados en los dos incisos anteriores, no fueren total o parcialmente necesarios para el desarrollo de la zona turística, a juicio del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y del Instituto Costarricense de Turismo, el remanente podrá destinarse a otras necesidades del respectivo cantón; y c) El cuarenta por ciento restante será invertido en obras de mejoramiento del cantón. Lee artículo 77 del reglamento de la Ley de Zona Marítimo Terrestre: Artículo 77.- Con relación a la utilización del veinte por ciento de los ingresos que perciban las municipalidades por concepto de concesiones, las municipalidades darán prioridad al pago de aquellas mejoras que se encuentren dentro de la zona pública y a las que se requiera eliminar para construir vías de acceso a esa zona. Ustedes dicen que es necesario tener el criterio del INVU y del ICT aquí tengo un documento desde el 28 de agosto del 2018 donde el ICT dice que si el 20% se va a utilizar en zona marítimo terrestre no hay necesidad de hacer consultas y aquí está el documento. Aquí está el
EXT. 92-19 11-10-2019 criterio legal de porque estamos haciendo esto y aquí están los tres funcionarios que si ustedes tienen cualquier consulta que hacer sería importante que se las hagan a ellos sino les satisface mi respuesta es que no es un tema solamente del plan remedial es un tema también de IFAS para Manzanillo viejo los cuatro millones y medio , y lo otro es para atender lo que la Contraloría nos dijo desde el nueve de setiembre del 2016 entonces señores yo creo que están demasiado documentados en este momento si ustedes aun así tienen otra posición se las respeto y actuare contra esa posición si la tienen diferente a no aprobar la modificación pero yo creo que tienen bastante documentación y aquí están los licenciados para que ustedes evacuen las dudas que tienen DUNIA. Solicita leer el documento del ICT Oficio AL-707-2018 de la asesoría Legal del ICT dirigido a la Intendencia. Se lee FERNANDO. Lo que no estoy claro es en los montos porque dice el ICT que no se puede utilizar si hay necesidades en la zona marítimo terrestre y santa Teresa tiene miles de necesidades si es para hacer estudios para la misma zona o fuera CINTHYA. Si leen la justificación de la modificación ahí dice que es la zona marítima terrestre. Eso es para el plan remedial de los 13 casos que nos dieron en el 2016 que se convirtieron en 352 de los cuales todavía tenemos 300. Es todo en zona marítima terrestre y casi en zona pública. La Ley es clara y lo dice también el ICT “este instituto debe autorizar únicamente cuando se vaya a utilizar el remanente de los fondos indicados en los incisos a y b en otras necesidades del cantón” que dicho sea de paso es una injusticia que hayamos desperdiciado esos fondos guardados ahí en el banco durante tantos años y que hasta ahorita esta administración les va a dar uso gracias específicamente a Juan Luis y yo espero que las otras administraciones que vengan les den uso porque es mucha plata la que esta guardada haciendo nada ya hubiéramos aperturado todos los accesos de zona marítimo terrestre. LIC. BOLAÑOS. Este es un tema que tengo dos años de manejarlo de las dudas que tiene don Femando la ley dice que tenemos que pedir permiso cuando vamos a usar esos fondos fuera de la zona marítimo terrestre, la ley no dice que ese 20% debe utilizarse en mejoras de la zona publica dice preferiblemente debe utilizarse, el mismo reglamento dice que ese dinero deberá promover el desarrollo de la zona marítimo terrestre sino nosotros no vamos a mover el palo de las concesiones en Montezuma pasan 30 años y Montezuma sigue igual porque son ellos los que están en estados de confort. Tenemos 700 millones de colones guardados en un pueblo con tanta necesidad porque no queremos tocar la ley y la ley dice tóquenme pueden hacerlo entonces fuimos respetuosos y pedimos permiso al ICT y pedimos audiencia con el INVU, le
EXT. 92-19 11-10-2019 lleve esa nota al INVU y me dicen si el ICT dice que el presupuesto que la ley obliga para pedir los permisos no se cumple no pida permiso eso es una cuestión meramente de presupuesto , y dice la Ley cuando se demuestre que no son necesarios urgentes, cuantas expropiaciones de propiedad privada escriturada tenemos pendientes nuestras de ICT o de INVU, ninguna no hay ninguna, no es prudencialmente necesario porque no existe ninguna, cuantas demoliciones , a mí me dicen si vamos a demoler o quitar una concesión tenemos que pagar a esa persona lo que construyo, no es cierto si se quite la concesión por debido proceso e infracción del administrado no tenemos que indemnizar y si se liquida la concesión esa inversión la paga el nuevo concesionario, no hay ningún riesgo y lo más lindo de esto es que del 20% prudencial lo que estamos pidiendo es un 2% para desarrollar el distrito en zona marítimo para reforzar las mejoras de zona marítimo, ¿No es razonable la proporción que de 700 millones que tenemos acumulados usemos 17 y que esos 17 en un periodo de 6 meses a un año no solo nos permite cumplir con la contraloría sino que estoy seguro que se va a revertir y va a empezar a generar porque tengo expedientes que no generan una peseta que el primer año pongamos 100 son 100 millones mínimo que ingresan, es una buena inversión que nos da miedo porque la contraloría después nos dice, no aplica la norma, si fuera el proceso de iluminación por poner un ejemplo, sería otra cosa o un parque o asfaltar la Menchita etc sería otra cosa entonces si tenemos que hacer el permiso pero si es dentro de la zona marítimo terrestre no tenemos que tomar el permiso y más si hemos sido proporcionalmente serios de 700 millones solicitar 17, la orden de contraloría dice regularicen esos casos para que comiencen a producir y generen desarrollo a la zona marítimo terrestre y el reglamento artículo 77 dice que deberá ser utilizado para generar desarrollo en la zona marítimo terrestre , ahí hay un conflicto en cuanto a que produce el Plan Remedial, es igual si contratamos al señor Moya otra vez no nos va a producir nada pero si contratamos profesionales adecuados si va a producir eso es un problema de contratación y no de lo que discutimos aquí y debemos ser vigilantes, que Francil, Rossy y yo podemos hacerlo, si pero quien hace el trabajo ordinario, si nos metemos nosotros a hacer el plan remedial significa 24/7 en el plan remedial inclusive decía Francil sábados y domingos y porque tenemos que tener cautela, ustedes saben porque vamos gente buena, regular no tan buena vamos a tocar intereses de una comunidad vieja, antigua fuerte, de fe de Cóbano como lo es Montezuma y Cabuya y ojo ahí están `para resolver procesos que nos permiten regularizar Santa Teresa tenemos un trabajo de dos compañeros, excelente que está parado esperando esos cuatro millones el plan regulador Santa Tereas –Mal País y Tambor este trabajo todos las municipalidades del país esperan que alguien privado llegue a activarlo y aquí por iniciativa de
EXT. 92-19 11-10-2019 un excelente profesional Rodrigo Vásquez arranco y ya lo tiene montado u no lo sigue porque ocupamos contratar esa gente. Hay cosas que aquí se nos han pegado, sigue siendo La zmt una mina y ojala que no nos pase lo de crucitas vengan otros a explotarla porque no tomamos decisión. Esa es mi posición, yo firme un criterio legal. FERNANDO. ; Me llama la atención que habiendo tantas carestías en la zona marítimo terrestre exista tanto dinero en el banco, no quiero herir sensibilidades de nadie pero `parece que se ha quedado corta la administración, la gente se queja mucho pero tienen razón los accesos a la zona publica están destruidos y hay dinero, Discúlpenme CINTHAY. Fernando tiene usted toda la razón hasta esta administración Juan Luis específicamente se ha dado a la tarea de buscar y hacer las consultas necesarias porque aquí eso es como una cajita de pandora a la que todo el mundo le tiene pavor entonces no se puede tocar y no se puede tocar y es así es que todo el mundo va y de una vez le ve la malicia. Imagínense que ese oficio es de mayo del 2018 y le hemos dado largas pero ahorita porque la contraloría nos tienen así es que les digo no tenemos que quitar el miedo y mientras yo este aquí de Intendente voy a utilizar esos recursos. MANUEL con la explicación que han dado Juan Luis y doña Cinthya no estoy de acuerdo con el dictamen a favor de la comunicación DAGOBERTO. Como asesora del Concejo que nos dice específicamente del 20% LIC.OBANDO. Cuando se pasó la modificación a la comisión pensé que me iban a tomar en cuenta y no lo hicieron, seguro se dieron a la tarea de investigar DAGOBERTO. Yo me baso en lo que dice la Ley porque la tengo LIC. OBANDO. Ahora en tarde me senté a conversar con los compañeros sobre el articulo 59 y 77 un criterio en si ahorita, no lo puedo dar. El criterio legal ya lo tienen, Juan Luis. Yo le dije que el temor de ustedes puede ser entrar en alguna ilegalidad. Si se requiere mejorar la zona marítima terrestre LIC. FRANCIL La idea que se tiene con ese presupuesto es la implementación de un plan remedial para poder solucionar a futuro los problemas de zona marítima terrestre. Yo en el 2009 tuve a cargo 10 órganos directores al mismo tiempo, yo sola, tuve que hacer un gran esfuerzo porque todo lo hacía yo, significó mucho sacrificio, no se continuo porque no teníamos la facultad para hacerlo, ahora somos varios para hacerlo eso es pesado y tendría que haber mucho compromiso, si vamos a ir parejo yo me apunto pero habría que abandonar mucho la administración. Yo sola no podría. En cuanto al tema del 20% hasta ahora hace poco he entrado en ese análisis, y en las dos
EXT. 92-19 11-10-2019 últimas reuniones me entere en lo que esto consiste que es en clasificar los expedientes para ver con cuales se puede llegar a una negociación y cuáles no , cuales definitivamente son de cancelación de demolición y cuales demolición. Este tema de hoy es nuevo hace una hora lo conocí JUAN LUIS. La comisión dice que se haga la consulta, ya se hizo ahí está el documento no sé si aporto o no a presupuesto y en el otro extremo como principio de legalidad no prohíbe el uso lo regula y dice que hay una prioridad que se determina con un plan de trabajo, cuantos procesos de lesividad o procesos de liquidación o de indemnización se han abierto en Montezuma. Ninguno. 17 millones de 700 no es nada nos van a permitir cumplir y estoy segura van a producir diez veces mas no es posible que tengamos un plan regulador carísimo en Montezuma y apenas una concesión en puertas en una de las zonas más hermosas de Cóbano. Tenemos que mover Cedros, yo fui el que dijo a contraloría que 35 años no que en 8 años. Una propuesta a resolver un problema de hoy en 35 años es una propuesta irresponsable NO es posible que se limite el desarrollo de zmt teniendo 700 millones guardados y ojo cada año sin hacer nada crece 200 millones sin hacer nada si hacemos algo va a crecer mas DAGOBERTO. Ya se ha dialogado bastante el tema voy a someter a votación el dictamen FERNANDO. Me gustaría antes de someter a votación tener el criterio de mi abogada para respaldarme yo, acepto lo que dice la nota pero quisiera tener en blanco y negro el criterio de mi abogada y no es que no cera en Juan Luis, él es el abogado de zmt pero yo aquí tengo una abogada que me asesora y, me dice que es la acción que debo tomar, antes de votar quisiera tener el criterio en blanco y negro y firmado por mi abogada para respaldarme yo. Que se posponga la votación hasta tener ese criterio LIC. OBANDO. Ustedes están en condición de aceptar o rechazar el dictamen, está el criterio de Juan Luis, la comisión a mí no me invito a la reunión DAGOBERTO. A mi sinceramente se me olvido y si me hubiera gustado que nos diera el criterio FERNANDO. La misma abogada me siembra el temor con respecto al concepto mejoras LIC. OBNADO. El compañero lo expuso y dice que las consultas ya se hicieron FERNANDO. Quisiera tener su criterio CINTHYA. Creo que pueden rechazar el dictamen de comisión pero no votar la modificación hasta que llegue el documento aquí, el martes, porque a eso vienen a ver el dictamen DAGOBERTO. Sería bueno consultar también a la contraloría. Se ha esperado más de tres años porque no podemos hacer las consultas y hacer las cosas bien, no es un delito consultar a quien dice la ley
EXT. 92-19 11-10-2019 JUAN LUIS. En derecho se plantea una situación que se llama falta de interés actual. La modificación presupuestaria es un documento que acelera un proceso presupuestario, consultarle a la contraloría que la ley no lo pide , la Ley dice que la contraloría es el vigilante de la ejecución no de la aprobación, la administración ejecuta y ustedes y después la contraloría estudia los actos, pedirle a la contraloría es decir modifíquelo por extraordinario u ordinario pero no por modificación presupuestaria porque esta pierde vigencia el 31 de diciembre y la contraloría va a contestar el próximo año y dos el documento emanado por la comisión perdió vigencia al ya existir la consulta y volverla a hacer seria como decirle al ICT que usted no confían en ellos que les vuelvan a contestar lo mismo y no volveríamos a hacer ninguna gestión adelantada hasta que no la aprueben ustedes porque es perder el tiempo en hacer gestiones la administración que la ley nos indica y tercero ya demostramos que lo que pedía el dictamen de comisión ya no hace falta porque ahí esta y ya demostramos de acuerdo a lo que dice el ICT que no es necesario la consulta al ICT o al INVU porque el presupuesto de ley que obliga a esa consulta no existe, eso es en plata menuda lo que está planteado ahí. Con respecto a que es mejora el artículo 77 es clarísimo, no hay que ir a buscar enciclopedia para determinar que son mejoras y lo que yo crea o crea la compañera que es mejor no resulta procedente sino lo que dice el reglamento, el reglamento esta echo para que usted pierda la duda que tiene la ley, si procede que piensen las veces que tengan que pensar pero repetir actos que no están sometidos a derecho implica mejor improbar una cosa que patear una bola y esto lo digo con todo respeto porque provocar una consulta a la contraloría para que la conteste en febrero o marzo por una modificación presupuestaria se va a dar en una cuestión que se llama falta de interés actual, cuando la contraloría diga si claro pueden gastar no 16 millones pueden gastar hasta 300 millones ya para que ya no se puede hacer vía modificación presupuestaria, ya no procede. LIC. FRANCIL. Tal vez sea que el criterio de la compañera solvente eso. Otra cosa yo quiero saber si ustedes tienen claro que se va a hacer con esa plata? Si todos lo tienen claro sino no vamos a avanzar, Si tienen claro en que se va a utilizar FERNANDO. En este momento si, ante de la sesión no. Le recomendación e la comisión de la cual soy respetuoso ya en parte está resuelta. LIC. FRANCIL. Si el objeto lo tienen claro, tienen claro en que se va a utilizar porque si no es el momento de evacuar dudad, porque si no vamos a seguir dando vueltas. Ustedes están conscientes y saben en qué se va a utilizar la plata?
EXT. 92-19 11-10-2019 DUNIA. El dictamen no recomendó aprobar parcialmente la modificación, la consulta ya fue hecha, entiendo el punto de don Fernando pero considerando que el dictamen es por una consulta y está ya se hizo puede rechazarse el dictamen y se espera el criterio de la asesora. CINTHYA. Que dijo Francil que si lo tenían claro, les queda claro lo que dijo el ICT, y los artículos 59 y 77 FERNANDO. Quiero saber si eso son mejoras CINTHYA. Lee criterio del Asesor legal sin número de oficio con fecha 2 de octubre del 2019 DUNIA. Ampliamente dice necesidades técnicas y profesionales que es de lo que estamos hablando de la contratación de profesionales LIC. ROSIBETH. Cuando manden algo a comisión me invitan y hubiéramos adelantado tiempo mientras que ahora solo tengo un día para hacerlo. La comisión resolvió y ahora están pidiendo criterio aparte del criterio del compañero compañera que ya escucharon. Lo veo como una falta de cortesía DAGOBERTO. Don Fernando es el que está pidiendo el criterio y yo lo someto a votación MARIO. El criterio es un respaldo para nosotros CONSIDERANDO: -Que se ha conocido Dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto sobre la IV Modificación presupuestaria, cuya recomendación dice: Después de analizar lo anterior, es nuestro criterio que el concepto de “Mejoras” no se puede interpretar o encasillar como servicios profesionales para la realización de las investigaciones que se indica, como justificación para tomar recursos del 20% que designa la Ley 6043.- Por lo anterior, esta comisión Dictamina lo siguiente: Que PREVIO a la aprobación, por parte del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, de esta Modificación Presupuestaria, es necesario obtener de parte del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y del Instituto Costarricense de Turismo, el criterio correspondiente, o que autorice la utilización de tal presupuesto para lo que se indica.- Por lo que esta Comisión recomienda al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, que por acuerdo de realice la consulta a las instituciones indicadas.- ACUERDO Nº1 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1 Rechazar la recomendación emitida en el Dictamen de comisión debido a que las consultas que indican que se realicen la Administración ya las hizo”. ACUERDO UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO. 1.2. Solicitarle a la Asesora Legal Lcda. Rosibeth Obando Loria un criterio sobre el inciso a, del artículo 59 de la ley 6043 para el día martes 15 de octubre”. ACUERDO UNANIME
EXT. 92-19
11-10-2019
Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en
todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
ARTICULO III MOCION
a. Moción presentada por la Intendente Sra. Cinthya Rodriguez y los Concejales Dunia
Campos Salas y Manuel Ovares. Avalada por Mario Delgado, Dagoberto Villalobos y
Fernando Quesada
Cóbano, 11 de octubre de 2019
Moción para solicitar acuerdo al Concejo Municipal para solicitar al INDER construcción de los puentes
sobre quebrada Mermeña en los dos puntos que pasa por el camino de Pavones.
Considerando que:
- Se dio la caída del puente en la Quebrada La Mermeña (conocida también como quebrada de
Ganso) en Pavones durante la Tormenta Nate en octubre de 2017.
- Los pueblos de Pavones y San Ramón de Arío del Distrito de Cóbano y La Esperanza del Distrito de
Paquera utilizan diariamente esa ruta para poder salir a trabajar, estudiar, recibir atención
médica, transporte de alimentos e insumos entre otras cosas en extremo necesarias.
- Las necesidades de los vecinos se agravan durante la época de lluvias pues la quebrada se crece y
los lugareños quedan incomunicados ya que dependen de ese único paso que da acceso al centro
de Cóbano los niños de la escuela, estudiantes de colegios, trabajadores, usan diariamente el paso
y con la problemática se nos dificulta el traslado.
- Son aproximadamente 260 personas, entre niños y adultos de San Ramón de Ario y Pavones,
además de 320 de La Esperanza.
- Hemos recibido del INDER solicitud de moción para que dicha institución sea la encargada de
construir los puentes de la quebrada en el punto de Ganso y Dago Elizondo.
- Existe también la problemática del puente donde los Elizondo, el cual está en deterioro máximo y
de igual manera necesita su construcción temprana para evitar que pase lo mismo del de Ganso,
llegando a caer.
- Los estudios hidrológicos e hidráulicos ya están en ejecución contratados por el mismo INDER.
Mociono para que:
Solicitarle al INDER la construcción de los dos puentes sobre la Quebrada Mermeña en los dos puntos del
camino de Pavones.
Se dispense del trámite de comisión y se apruebe en firme.
Presentada por:
Cinthya Rodríguez Quesada, INTENDENTE ____________________________
Dunia Campos Salas, Síndica Suplente ____________________________
Manuel Ovares Elizondo, Concejal Suplente ____________________________
Avalada por:
ACUERDO Nº2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1 Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME UNANIME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
2.2. Aprobar en todas sus partes la moción presentada por la Intendente Sra. Cinthya Rodriguez
y los Concejales Dunia Campos Salas y Manuel Ovares. Avalada por Mario Delgado, Dagoberto
Villalobos y Fernando Quesada”. ACUERDO UNANIME UNANIME Se somete a votación la
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando
el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
EXT. 92-19
11-10-2019
2.3. Remitir al INDER la moción presentada y solicitarles la construcción de estos dos puentes
sobre la quebrada Mermeña ubicada en el camino a Pavones”. ACUERDO UNANIME UNANIME
Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en
todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
ARTICULO IV. CORRESPONDENCIA DE LA INTENDENCIA
a. Sra. Cinthya Rodriguez. Intendente. OFICIO IC-605-2019. ASUNTO. Traslado de
Investigación preliminar
INTENDENTE. Solicita receso
PRESIDENTE. VAMOS A RECESO
PRESIDENTE. CONTINUAMOS
CONSIDERANDO:
-Que se ha conocido OFICIO IC -605 -2019 de la Intendencia en la cual hace traslado de
investigación preliminar
-Que se hace necesario la realización de un procedimiento administrativo
-Que por lo informado por la Intendente todos los abogados de este Concejo Municipal de Distrito
de una u otra forma han emitido criterio con respecto a este caso.
-Que en el caso de los órganos colegiados como lo son los Concejos Municipales, la instrucción
del procedimiento puede ejercerla el Concejo mismo, o bien delegarla en la figura del Secretario
Municipal, de conformidad con el numeral 90 inciso e) de la ley general de la Administración
Pública y en relación en con numeral 53 del Código Municipal
ACUERDO Nº3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME
3.2. Indicar que de conformidad con el numeral 90 inciso e) de la ley general de la
Administración Pública y en relación con el numeral 53 del Código Municipal, la instrucción de
un procedimiento administrativo este Concejo puede delegarla en la figura de la Secretaria
Municipal, sin embargo este concejo considera que ésta no es la persona idónea para llevar
procedimientos de órganos administrativos en asuntos de Zona Marítima Terrestre por la
complejidad de los asuntos y donde está de por medio la posibilidad de cancelación de
concesiones y acuerda exonerar a la secretaria del Concejo por no tener la capacidad ni el
conocimiento para llevar un procedimiento como estos”. ACUERDO UNANIME Y FIRME. Se
somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas
sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
3.3. Informar que este Concejo por las múltiples ocupaciones y variados horarios laborales de
cada uno de los Concejales, se exime de conformarse como órgano director para este proceso,
EXT. 92-19 11-10-2019 ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO. 3.4 Autorizar a la Intendente a realizar el debido proceso para la contratación de un órgano director externo que pueda llevar el procedimiento administrativo. ACUERDO UNAIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO 3.5 Delegar en la intendente Municipal las resoluciones de apertura de los procedimientos administrativos y la resolución de actos de mero trámite. ACUERDO UNAIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO. ********************************************** U.L.************************************************* El presidente da por finalizada la sesión al ser las diecinueve horas con cinco minutos Sra. Roxana Lobo Granados Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga SECRETARIA PRESIDENTE