Extraordinaria 76 · 2018-12-27
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 76 del 2018-12-27 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 3) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº1 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la ap…
- Acuerdo 2 (pág. 4) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº2 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la ap…
- Acuerdo 3 (pág. 6) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº3 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la ap…
- Acuerdo 4 (pág. 7) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº4 Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la ap…
- ~ Acuerdo (pág. 7) · firme · aprobado ís, ya que La zona publica de la zona marítimo terrestre esta por definición excluida de cualquier tipo de explotación o construcción en manos de part…
ACTA 76-18
27/12/2018
ACTA EXTRAORDINARIA Nº 76-18
PERIODO CONSTITUCIONAL
2016 - 2020
ACTA NÚMERO SETENTA Y SEIS, DOS MIL DIECIOCHO DE LA SESIÓN
EXTRAORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
EL DÍA VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIECISEIS
HORAS EN LA SALA DE SESONES DE ESTE CONCEJO.
Con la presencia de las siguientes personas:
PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga
PRESIDENTA SUPLENTE
Dunia Campos Salas
CONCEJALES PROPIETARIOS
Fernando Quesada López
Manuel Ovares Elizondo.
Carlos Enrique Ovares Sancho
Mario Delgado Rodriguez
CONCEJALES SUPLENTES
INTENDENTE
Sra. Cinthya Rodriguez Quesada
VICE INTENDENTE
ASESOR LEGAL
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
AUSENTES
CONCEJALES PROPIETARIOS
Eladio Picado Ramirez
Virginia Vargas Acosta
CONCEJALES SUPLENTES
Ronny Campos Muñoz
Crisly Morales Méndez
VISITA POR INVITACION
Sr. Darío Álvarez Arguedas
Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo el
orden del día propuesto para esta sesión.
ORACION
ADJUDICACIONES
INFORME DE LA ADMINISTRACION
ARTICULO I. ORACION
A cargo del presidente
ARTICULO II ADJUDICACIONES
ACTA 76-18
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a. Sra. Jackelinne Rodriguez Rodriguez. Proveedora. Recomendación de Adjudicación
de la Licitación Abreviada Nº2018LA-000007-01 “Adquisición de una vagoneta
nueva
ADQUISICIÓN DE UNA VAGONETA NUEVA
Cóbano, a las quince horas y treinta minutos del día veintisiete de diciembre del año 2018. Se procede a
dar recomendación con respecto a lo solicitado por el departamento de ingeniería vial, para la
adquisición de una vagoneta, cuya apertura se realizó el día 14 de noviembre del año en curso, a las diez
horas.
I-RESULTADO
1. Que dicho proceso de contratación fue amparado conforme a la solicitud:
Oficio Departamento Código de partida Monto
INGV-135-2018 Ingeniería 5.01.01 IIIUTGV ¢77.000.000,00
2. Que según el expediente administrativo elaborado para esta contratación se invitó a concursar a
los siguientes oferentes.
Nº PROVEEDOR
1 AutoStar S.A.
2 Partes de Camión S.A.
3 Munidi Horizontes Globales S.A.
4 Matra
5 MTS Multiservicios de Costa rica S.A.
3. Luego de cerrado el periodo para la recepción de ofertas se presentó la siguiente oferta a
concurso.
Nº PROVEEDOR
1 Maquinaria y tractores Limitada
4. Que envista que la oferta presentada sobrepasa el monto presupuestario, se les solicita dentro de
sus posibilidades al oferente se ajuste al presupuesto, presentando el oferente una mejora en el
precio de mil dólares. Por lo cual la administración procedió a realizar una modificación
presupuestaría para contar con dichos recursos.
5. Que en vista que hubo un retraso a nivel administrativo, ya que este contenido económico
adicional que se requiere para poder hacerle frente a dicha contratación dependía de los
depósitos provenientes por parte de caja única del ministerio de Hacienda los cuales son la Ley
9329, se procedió a realizar una prorroga al plazo de adjudicación por un tanto igual al establecido
en el cartel.
6. Que la Señora Intendente Cinthya Rodríguez Quesada mediante oficio IC-660-2018 se
compromete a realizar una modificación presupuestaria para poder hacer frente a esta
contratación de no contarse con dichos desembolsos por parte de Caja única (Ofició IC-660 que
dice: Respetables concejales y compañera, después de saludarle y desearle los mejores éxitos para el
próximo 2019, procedo a comunicarles que como representante de este Concejo Municipal de Distrito, me
comprometo a realizar una modificación presupuestaria para cubrir el monto que falte para hacer frente a
la Licitación Abreviada Nº2018LA-0000007-01 denominada “Adquisición de una Vagoneta Nueva”. Esto en
el caso de no darse los depósitos IV y V de este año de la Ley 9329 a esta institución de parte de la
Municipalidad de Puntarenas,
Hemos estado investigando los depósitos de parte del ministerio de Hacienda hacia nuestra municipalidad
madre, cantón central, y nos han comunicado que el pasado viernes 21 de diciembre les realizaron los
desembolsos cuarto y quinto; lamentablemente al día de hoy solo la Ing. Gabriela Murillo me ha
comunicado que en las próximas horas nos estarían depositando a nuestra cuenta en Caja Única y se vería
reflejado hasta mañana viernes 28 o lunes 31.
Como ustedes saben, hemos hecho una ardua labor para poder adquirir maquinaria propia y así tratar de
solventar necesidades importantes y algunas urgentes para nuestros pueblos, resulta difícil y engorroso
tener que comunicarnos con algunos funcionarios del ayuntamiento Puntarenense, además de que a veces
somos mi persona y/o el personal de esta corporación municipal los que les comunicamos y guiamos a los
administrativos de la Municipalidad de Puntarenas.)
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7. Que se procedió a revisar las ofertas presentadas, tanto en los aspectos técnicos y legales que
deben comprender, cumpliendo a cabalidad con cada uno de ellos, según los informes
presentados. CMDCAL-050-18 y INGV -202-2018.
8. Que se procedieron a realizar los estudios correspondientes de la CCSS y FODESAF, los cuales al
día de hoy se encuentra al día.
II.CONSIDERANDO UNICO
Luego de realizada la evaluación correspondiente, a la oferta admitida a este concurso, se determinó que
cumplen con todos los requisitos solicitados.
III.POR LO TANTO
De conformidad con los hechos expuestos en la presente resolución y la normativa vigente en materia de
Contratación Administrativa, la Proveeduría institucional del Departamento Administrativo del Concejo
Municipal de Distrito Cóbano.
RESUELVE
Recomienda adjudicar la Licitación Abreviada Nº2018LA-000007-01 para la ADQUISICIÓN DE UNA
VAGONETA NUEVA a:
Línea Nº Adjudicatario Cedula Depto. Monto
1 Maquinaria y Tractores Limitada 3-101-004255 Ingeniería $134.000,00
TOTAL: $134.000,00
Razones de la recomendación de la adjudicación:
Las razones por las cuales se recomienda se adjudíquese a Maquinaria y Tractores Limitada, son las
siguientes:
Por cumplir con los requisitos del cartel.
Por existir un compromiso administrativo según oficio IC-660-2018, para poder hacerle frente a
dicha contratación, asumiendo esta la diferencia económica. Esto por cuanto el monto
presupuestado es de setenta y siete millones de colones exactos (¢77.000.000,00).
CONSIDERANDO:
Que se ha concluido con los tramites anteriores al proceso de adjudicación final de la
Licitación Abreviada Nº2018LA-000007-01 de “Compra de una vagoneta nueva”
Que cerrado el periodo de ofertas se presentó la siguiente oferta a concurso:
Maquinaria y Transportes Limitada
Que a solicitud de la administración, el oferente presentó una mejora de mil dólares en el
precio, ya que su oferta inicial sobrepasaba el monto presupuestado.
Que la administración procedió a realizar una modificación presupuestaría para contar
con dichos recursos.
Que en vista que hubo un retraso a nivel administrativo, ya que este contenido
económico adicional que se requiere para poder hacerle frente a dicha contratación,
dependía de los depósitos provenientes por parte de caja única del ministerio de
Hacienda, los cuales son la Ley 9329, se procedió a realizar una prorroga al plazo de
adjudicación, por un tanto igual al establecido en el cartel.
Que la Señora Intendente Cinthya Rodríguez Quesada mediante oficio IC-660-2018, se
comprometió a realizar una modificación presupuestaria para poder hacer frente a esta
contratación, de no contarse con dichos desembolsos por parte de Caja única
Que se revisó la oferta presentada, tanto en los aspectos técnicos y legales que deben
comprender, cumpliendo a cabalidad con cada uno de ellos, según los informes
presentados. CMDCAL-050-18 y INGV -202-2018.
Que la empresa se encuentra al día con la CCSS y FODESAF
Que la proveeduría recomienda se adjudique a la Licitación Abreviada Nº2018LA-
000007-01 “Adquisición de una vagoneta nueva por las siguientes razones: Por
cumplir con los requisitos del cartel y por existir un compromiso administrativo según
oficio IC-660-2018, para poder hacerle frente a dicha contratación, asumiendo esta la
diferencia económica. Esto por cuanto el monto presupuestado es de setenta y siete
millones de colones exactos (¢77.000.000,00
ACUERDO Nº1
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “1.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO
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1.2. Adjudicar la Licitación Abreviada Nº2018LA-000007-01 “Adquisición de una vagoneta
nueva a la empresa Maquinaria y Tractores Limitada por un monto total de ciento treinta y
cuatro mil dólares ($134.000,00), por siguientes razones: Por cumplir con los requisitos del
cartel y por existir un compromiso administrativo según oficio IC-660-2018, para poder hacerle
frente a dicha contratación, asumiendo esta la diferencia económica ya que el monto
presupuestado es de setenta y siete millones de colones exactos (¢77.000.000,00)”. ACUERDO
UANNAIME Y FIRME. Votan a favor los Concejales Dagoberto Villalobos, Eladio Picado, Carlos
Ovares, Ronny Campos, Manuel Ovares y Fernando Quesada, este último solicita conste en
actas que su voto es afirmativo basado en la recomendación de la Proveeduría y la Intendencia.
Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en
todas sus partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
b. Sra. Jackelinne Rodriguez Rodriguez. Proveedora. Recomendación de
Adjudicación de la Licitación Abreviada Nº2018LA-000013-01 “Construcción de
Calle Adoquinada y Rehabilitación de Sendero Peatonal y Calle Pública”
PROVEEDURIA INSTITUCIONAL
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACION
LICIATCION ABREVIADA Nº 2018LA-000013-01
“Construcción de Calle Adoquinada y Rehabilitación de Sendero Peatonal y Calle
Pública”
Cóbano, a las catorce horas y diez minutos del día veintisiete de diciembre del 2018. Se
procede a dar recomendación con respecto a lo solicitado por el departamento de zona
marítimo terrestre, para realizar Construcción de Calle Adoquinada y Rehabilitación de Sendero
Peatonal y Calle Pública”, cuya apertura se realizó el dieciocho de diciembre del año en curso,
a las once horas.
RECOMENDACIÓN COMPLETA EN EL EXPEDIENTE DEL ACTA
CONSIDERANDO:
Que se ha concluido con los trámites anteriores al acto final de la adjudicación de la
Licitación Abreviada Nº2018LA-000013-01 “Construcción de Calle Adoquinada y
Rehabilitación de Sendero Peatonal y Calle Pública
Que cerrado el periodo de ofertas se presentaron las siguientes ofertas al concurso:
Constructora el Grial Internacional S.A
R y C Montedico S.A
Que se procedió a revisar las ofertas presentadas, tanto en los aspectos técnicos y
legales que deben comprender, dando como resultado que la empresa R y C Montedico
no presento garantía de participación, siendo este un requisito indispensable y no
subsanable., mientras que la empresa Constructora el grial, logro subsanar la
documentación que se requería para continuar con el trámite
Que realizada la evaluación correspondiente, a la oferta admitida a este concurso, se
determinó que cumplen con todos los requisitos solicitados
Que la única empresa participante se encuentra al día con la CCSS y FODESAF
Que la proveeduría institucional del Departamento Administrativo del Concejo Municipal
de Distrito Cóbano, recomienda adjudicar la Licitación Abreviada Nº2018LA-000013-01
para la “Construcción de Calle Adoquinada y Rehabilitación de Sendero Peatonal y Calle
Pública”, a la empresa Constructora el Grial Internacional S.A., por las siguientes: Por
cumplir con los requisitos del cartel y por ajustarse al presupuesto disponible
ACUERDO Nº2
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “2.1. Dispensar del trámite de
comisión”. ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del
artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,
quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
2.2. Adjudicar la Licitación Abreviada Nº2018LA-000013-01 “Construcción de Calle
Adoquinada y Rehabilitación de Sendero Peatonal y Calle Pública, a la empresa
Constructora el Grial Internacional S.A, cedula 3-101-147565, por un monto de total de
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veintisiete millones cuatrocientos cuarenta y siete mil doscientos ochenta y cuatro
colones con 00/100 (¢27.447.284,,00)”. ACUERDO UNANIME Y FIRME. Votan a favor
los Concejales Eladio Picado, Dagoberto Villalobos, Manuel Ovares, Carlos Ovares y
Ronny Campos. Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código
municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
c. Sra. Jackelinne Rodriguez Rodriguez. Proveedora. Recomendación de
Adjudicación de la Licitación Abreviada Nº2018LA-000012-01 “Contratación de
Maquinaria para Intervención del Camino que va desde la Comunidad de Rio Negro,
pasando por los poblados de Santiago, San Martin, Manzanillo, Bello Horizonte
(incluyendo entrada sobre el rio Manzanillo) hasta Bettel (el Mango) y la vía que va
desde Santiago hasta San Isidro”
PROVEEDURIA INSTITUCIONAL
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACION
LICITACION ABREVIADA Nº 2018LA-000012-01
“Contratación de Maquinaria para Intervención del Camino que va desde la Comunidad
de Rio Negro, pasando por los poblados de Santiago, San Martin, Manzanillo, Bello
Horizonte (incluyendo entrada sobre el rio Manzanillo) hasta Bettel (el Mango) y la vía
que va desde Santiago hasta San Isidro”
Cóbano, a las quince horas y veinte minutos del día veintisiete de diciembre del 2018. Se
procede a dar recomendación con respecto a lo solicitado por el departamento de ingeniería
vial, para realizar contratación de maquinaria, cuya apertura se realizó el diez de diciembre del
año en curso, a las trece horas.
DOCUMENTO COMPLETO EN EL EXPEDIENTE DEL ACTA
CONSIDERANDO:
Que se ha concluido con los trámites anteriores al acto final de la adjudicación de la
Licitación Abreviada Nº2018LA-000012-01 “Contratación de Maquinaria para
Intervención del Camino que va desde la Comunidad de Rio Negro, pasando por los
poblados de Santiago, San Martin, Manzanillo, Bello Horizonte (incluyendo entrada
sobre el rio Manzanillo) hasta Bettel (el Mango) y la vía que va desde Santiago hasta
San Isidro”
Que cerrado el periodo de ofertas se presentaron las siguientes ofertas al concurso:
Consorcio AJIMA-SCA
Que se procedió a revisar las ofertas presentadas, tanto en los aspectos técnicos y
legales que deben comprender, dando como resultado que el consorcio incumplía con
un aspecto legal, considerando la resolución administrativa NºIC-250-2018 de fecha 19
de diciembre del 2018, el área legal procede a dar su visto bueno según informe
CMDCAL-049-2018 que dice: esta asesoría legal efectuó nuevamente una revisión minuciosa de
aquellos aspectos legales que fueron detectados, y que no se ajustaban a los requerimientos del pliego
cartelario, según consta en el oficio Nº CMDCAL – 045- 2018 de fecha 18 de diciembre del año en curso.
Sin embargo, referente a los mismos podemos afirmar que dicho consorcio únicamente cumple cabalmente
con dos de los tres aspectos legales requeridos. No obstante, en este caso se debe tomar en consideración
la existencia en los autos de la resolución administrativa Nº IC – 250 -2018 de fecha 19 de Diciembre del
2018, a través de la cual la Intendencia Municipal con fundamento en los artículos 4 de la Ley de
Contratación Administrativa, así como en el párrafo segundo del artículo 83 y 196 de su Reglamento,
basada no solo en el interés público de la administración municipal de conservar el acto, sino al prevalecer
los intereses de la colectividad, hace factible la validación por parte de la Autoridad Competente, en razón
de la gran necesidad de que tiene los habitantes del Distrito de que sean intervenidos los caminos de
acceso que se encuentran en total deterioro debido a las condiciones climatológicas de la temporada
lluviosa afectando gravemente la superficie de ruedo en mayor parte.
Aunado a ello dicha ruta deberá ser usada de forma alterna hacia los poblados de Santa Teresa, Mal País y
Playa Hermosa, pues debe ser cerrada la ruta 6 – 01 – 037, que también estará siendo intervenido y
requiere que el paso sea cerrado totalmente.
Por otro lado, a pesar de no haber logrado cumplir fielmente y al mediar una manifestación expresa del
representante legal de dicho consorcio mediante oficio Nº JRA – 0385 - 2018 de fecha 26 de Diciembre del
presente año, se establecen los motivos de fuerza mayor que imposibilitaron la presentación de la tarjeta de
pesos y dimensiones del vehículo placa C 151672, inicialmente ofertado en arras de brindarle una solución
alterna al ofrecer el vehículo placa C 156625, cumpliendo ello la totalidad de requisitos requeridos desde la
perspectiva legal.
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Por tal razón, es que en este acto se le concederle el respectivo visto bueno a la misma, con la intención de
que se continúe con el curso normal del proceso.
Que la única empresa participante se encuentra al día con la CCSS y FODESAF y
cumple con todos los requisitos solicitados
Que la proveeduría institucional del Departamento Administrativo del Concejo Municipal
de Distrito Cóbano, recomienda adjudicar la Licitación Abreviada Licitación Abreviada
Nº2018LA-000012-01 “Contratación de Maquinaria para Intervención del Camino que
va desde la Comunidad de Rio Negro, pasando por los poblados de Santiago, San
Martin, Manzanillo, Bello Horizonte (incluyendo entrada sobre el rio Manzanillo) hasta
Bettel (el Mango) y la vía que va desde Santiago hasta San Isidro”, a la empresa
Consorcio AJIMA-SCA por las siguientes razones: por cumplir con los requisitos del
cartel y por ajustarse al presupuesto disponible
ACUERDO Nº3
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “3.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del
código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
3.2. Adjudicar la Licitación Abreviada Licitación Abreviada Nº2018LA-000012-01
“Contratación de Maquinaria para Intervención del Camino que va desde la Comunidad de Rio
Negro, pasando por los poblados de Santiago, San Martin, Manzanillo, Bello Horizonte
(incluyendo entrada sobre el rio Manzanillo) hasta Bethel (el Mango) y la vía que va desde
Santiago hasta San Isidro”, a la empresa Consorcio AJIMA-SCA, por un total de Veintitrés
millones trescientos setenta y tres mil cuatrocientos ochenta colones con 00/100, según se
detalla en las siguientes líneas:
LINEA 1. 210 horas de niveladora ¢40.000,00 c/h ¢8.400.000,00
LINEA 2. 120 horas de compactadora ¢ 30.005,00 c/h ¢3.600.600,00
LINEA 3. 120 horas de tanque de agua ¢17.832.,00 c/h ¢2.139.840,00
LINEA 4. 120 horas de back hoe ¢ 17.502,00 c/h ¢2.100.240,00
LINEA 5. 400 horas vagonetas ¢17.832,00 c/h ¢7.132.800,00
ACUERDO UNANIME Y FIRME. Votan a favor los Concejales Eladio Picado, Dagoberto
Villalobos, Manuel Ovares, Carlos Ovares y Ronny Campos. Se somete a votación la
aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
ARTICULO III. INFORME DE LA ADMINISTRACION
a. Jocelyn Azofeifa Alvarado. Coordinadora a.i. Dpto. ZMT. Pase 140-2018 Con VB de
la intendencia. Asunto. Pase de solicitud de uso de la zona publica de la Señora
Diana Carolina Vargas Ortega.
Por medio de la presente me permito saludarles y al mismo tiempo dar pase de la solicitud realizada por la
señora Diana Carolina Vargas Ortega, en la cual se solicita uso de la playa (Zona Publica) en Mal País entre
los mojones 84 y 86 con el fin de realizar un campamento para niños del lunes 24 de diciembre del 2018 al
01 de marzo del año 2019 de lunes a viernes de 9 am a 2 pm, a lo que me refiero a continuación.
La zona publica de la zona marítimo terrestre esta por definición excluida de cualquier tipo de explotación
o construcción en manos de particulares y no puede ser objeto de ocupación en ningún caso ya que está
destinada al uso público, según lo establece claramente el artículo 20 de la Ley 6043 Ley de la Zona
Marítimo Terrestre.
El fin de la zona pública es asegurar la utilización de dominio público de todos los habitantes para realizar
las actividades que permiten la Ley 6043 y su Reglamento (recreación, práctica de deportes,
esparcimiento, libre tránsito).
El uso público, libre tránsito y la conservación del recurso no son conciliables con las actividades privativas
que las restrinjan amparándose en una autorización administrativa.
“Si bien el otorgamiento de patentes para el comercio y el otorgamiento de uso de la zona publica es
atribución municipal, ello no procede cuando la solicitud tiene por fin una actividad lucrativa a desarrollar
en la zona pública.
Según información en las redes sociales la señora Vargas Ortega pretende realizar un cobro por semana
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por las actividades a desarrollar, así también confirmado personalmente por la solicitante en el
departamento de zona marítimo terrestre, es por ello que en mi condición de Coordinadora a.i. del
Departamento de Zona Marítimo Terrestre, hago la observación de la imposibilidad de otorgar el permiso
de uso de la zona publica ya que se pretende desarrollar una actividad lucrativa por un tiempo
aproximado de tres meses, dentro de la misma, estando esto prohibido, siempre respetuosos de a quién
corresponde la decisión final es a este Concejo Municipal en su función deliberativa, quien valore el
otorgamiento o no del permiso para efectuar dicha actividad.
CONSIDERANDO:
Que la señora Diana Carolina Vargas Ortega solicitó uso de la playa (Zona Publica) en
Mal País entre los mojones 84 y 86 con el fin de realizar un campamento para niños del
lunes 24 de diciembre del 2018 al 01 de marzo del año 2019 de lunes a viernes de 9 am a
2 pm
Que según información en las redes sociales la señora Vargas Ortega pretende realizar
un cobro por semana por las actividades a desarrollar, así también confirmado
personalmente por la solicitante en el departamento de zona marítimo terrestre
Que las actividades lucrativas en la zona públicas están totalmente prohibidas ya que el
fin de la zona pública es asegurar la utilización de dominio público de todos los habitantes
para realizar las actividades que permiten la Ley 6043 y su Reglamento (recreación,
práctica de deportes, esparcimiento, libre tránsito).
Que “Si bien el otorgamiento de patentes para el comercio y el otorgamiento de uso de la
zona publica es atribución municipal, ello no procede cuando la solicitud tiene por fin una
actividad lucrativa a desarrollar en la zona pública.
ACUERDO Nº4
Con cinco votos presentes a favor SE ACUERDA: “4.1. Dispensar del trámite de comisión”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del
código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
4.2. Indicarle a la señorita Diana Carolina Vargas Ortega que es legalmente imposible otorgar el
permiso solicitado para para realizar actividad lucrativa en la zona publica entre los mojones 84 y
86 en el sector de Mal País, ya que La zona publica de la zona marítimo terrestre esta por
definición excluida de cualquier tipo de explotación o construcción en manos de particulares y
no puede ser objeto de ocupación en ningún caso ya que está destinada al uso público, según lo
establece claramente el artículo 20 de la Ley 6043 Ley de la Zona Marítimo Terrestre”.
ACUERDO UNANIME Y FIRME Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del
código municipal el cual se aprueba en todas sus partes, quedando el anterior
acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
b. Sra. Cinthya Rodriguez Quesada. OFICIO. IC. -660-2018. ASUNTO. Compromiso de
hacer la modificación presupuestaria para honrar pago de Licitación Abreviada N1
2018LA-000007-01 “Adquisición de Vagoneta nueva”. SE CONOCE
************************************************U.L.**********************************************
Sra. Roxana Lobo Granados Sr. Dagoberto Villalobos Mayora
Secretaria Presidente