Extraordinaria 41 · 2017-08-04

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Acta Ext. 41-17
04/08/2017




                               ACTA EXTRAORDINARIA Nº 41-17
                                 PERIODO CONSTITUCIONAL
                                        2016 - 2020


ACTA NÚMERO CUARENTA Y UNO - DOS MIL DIECISIETE DE LA SESIÓN
EXTRAORDINARIA QUE CELEBRA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CÓBANO
EL DÍA CUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIECISEIS HORAS EN EL
SALON COMUNAL DE SANTA TERESA.

Con la presencia de las siguientes personas:

PRESIDENTE
Dagoberto Villalobos Mayorga

CONCEJALES PROPIETARIOS
Eladio Picado Ramírez
Manuel Ovares Elizondo.
Marcenette Castrillo Mena.

PRESIDENTE SUPLENTE
Dunia Campos Salas.

CONCEJALES SUPLENTES
Mario Delgado Rodriguez

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

INTENDENTE
Cinthya Rodriguez Quesada

VICE INTENDENTE

AUSENTES

CONCEJALES PROPIETARIOS
Virginia Vargas Acosta
Fernando Quesada López

CONCEJALES SUPLENTES
Crisly Morales Méndez
Ronny Campos Muñoz

VISITA POR INVITACION
Lic. Laura Segura Muñoz

VISITANTES
Carlos Mauricio Duarte Duarte
Magaly Fernandez Cordero
Jeannette Rodriguez Díaz
Emilce Arguedas García
Yerlin león Zamora
Carlos Carranza
Jose A. Leon
Leonard Teoreque
Laura Bianchini
Elerh Vargas Vásquez
Maria Mileidy López Batres
Jessica Rodriguez Quesada
Maria Isabel Quesada Rodriguez
Acta Ext. 41-17
04/08/2017




Mónica Castro Dubon
Daniel Gatitrez Solano
Jose Alberto Segura


Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión

   I.      ORACION
   II.     PRESENTACION PROYECTO BOULEVAR SANTA TERESA
   III.    CORRESPONDENCIA.


ARTICULO I. ORACION

ARTICULO II. PRESENTACION PROYECTO BOULEVAR SANTA TERESA
PRESIDENTE. Agradece la presencia de los vecinos en esta sesión la cual tiene como objetivo

principal dar a conocer el proyecto denominado Boulevard Santa Teresa.

Cede la palabra al Arq. Mauricio Slon quien ha diseñado el proyecto

ARQ. MAURICIO SLON. Agradece el espacio y hace una presentación detallada del proyecto,

contestando todas las dudas que surgen sobre el mismo. Agrega que este aun es un

anteproyecto pero casi así será el proyecto. Agrega que este tiene tres fases y cubre una

distancia de 150 metros aproximadamente, es un poco más amplio solo en lo que respecta a la

ciclo vía. Tendrá un sector de ventas, una senda vía, el asunto de las ventas es movible

MONICA DUVON. Se podría cambiar la fase 3 para darle más desarrollo a esa parte de la playa

y como se va a manejar el asunto de las aguas negras de los carritos

MAURICIO. El problema es que el sector de la fase 3 es un humedal por eso se dejó solo la

senda vía y en madera en alto en algunas partes y el tema de las aguas negras aún hay q verlo

la verdad es que los carritos es solo comprar y llevar

MINOR. Esto es un proyecto para el INCOP, ha dado el INCOP un monto?

MAURICIO- solo los metros más o menos tienen un valor de 200 millones y solo hay un sector

en cemento lo demás es arena compactada y drenada

MINOR, me parece que esto es frente a Man Leon, seria competencia desleal

MAURICIO. NO. Esto incentiva la competencia, estos carros son móviles y son administrados por

la Municipalidad, ellos deben pagar para usarlos

DUNIA Esto es una oportunidad para hacer un ordenamiento de la playa, y no es competencia

desleal porque está regulada por la Municipalidad

MAURICIO. Estamos proponiendo que se pueden discutir y llevar a la mesa

ELER. El parqueo
Acta Ext. 41-17
04/08/2017




MAURICIO. Eso es un problema e momento solo contamos con los martillos indicados en el plan

regulador si se extienden un poquito y se hacen las calles más anchas se pueden alojar

20mcarros en cada uno.

EMANUEL. En estos casos de debe respetar lo que el pueblo quiera

DAGOBERTO. A los vecinos se les convoco y deberían estar aquí

YERLIN LEON. El proyecto se ve muy bonito pero si les pediría que tomaran en cuenta las

duchas solo para enjuagar y lo de las ventas a quien se le dé debe pagar a la Municipalidad.

MONICA. Es digno de resaltar que esto se va a embellecer

EMILCE. La asociación de desarrollo está apoyando este proyecto

DAGOBERTO. Si se hacen duchas debe hacerse una planta de tratamiento para que esa agua

no vaya al mar

NAHUEL. El agua de las duchas también tiene su impacto ambiental

MAURICIO. Con este tipo de cosas se debe soñar alto

MARCO DANUNZZIO. Insisto en los baños un evento sin baños es una cloaca a cielo abierto,

la plata de tratamiento la veo muy importante y si se hace se debe respetar las normas sanitarias

SE REALIZAN MUCHO OTROS COMENTARIOS Y SE FINLAIZA LA PRESENTACION


ARTICULO IV. CORRESPONDENCIA

     a. Lic. Francil Herrera Araya, Lic. Aralyn Villegas Ruiz y Bach. Roxana Lobo. Órgano
         Director Resolución número: PAODC-01-2017.
                                     Resolución número: PAODC-01-2017.
Al ser las diez horas del primero de Agosto del dos mil diecisiete, las suscritas Aralyn Villegas Ruíz, mayor,
soltera en unión de hecho, asesora legal del departamento de Zona Marítimo Terrestre, vecina del Cocal
de Puntarenas, portadora de la cédula de identidad número: cinco – doscientos ochenta y nueve – cero
setenta y cinco, con nombramiento y juramentación para el presente procedimiento en fecha 18 de abril
del 2017, Roxana Lobo Granados, mayor, divorciada, secretaria municipal, vecina de Rio Negro de Cóbano,
portadora de la cédula de identidad número: dos – cuatrocientos dieciocho – novecientos sesenta y tres,
con nombramiento y juramentación para este procedimiento el día: 22 de febrero del 2017, sesión
extraordinaria 25-17, ratificada en la sesión ordinaria 44-17 del 28 de febrero del 2017 y Francil Herrera
Araya, mayor, soltera en unión de hecho, vecina de Cóbano Centro, asesora legal del Concejo Municipal
del Distrito de Cóbano, portadora de la cédula de identidad número: seis – trescientos uno – quinientos
treinta y cuatro, nombramiento y juramentación para este procedimiento el día: 30 de mayo del 2017, en
sesión ordinaria 57-17, ratificada en la sesión ordinaria 58 -17 del 6 de junio del 2017, todas en calidad de
Órgano Director Colegiado del Procedimiento Administrativo Ordinario instaurado, bajo el expediente
administrativo número: PAO-01-2017 a la sociedad denominada Desarrollos Turísticos Javilla S.A.; se
resuelve:
Resultando:
Primero: Que en el presente asunto, una vez nombrado el Órgano Colegiado del Procedimiento Ordinario,
se procede de inmediato notificar en forma personal al representante legal de la sociedad denominada
Desarrollos Turísticos Javilla S.A, el auto de traslado de cargos en la que se indica la fecha respectiva, para
la celebración de la audiencia correspondiente, de la Actuación presuntamente irregular por la demolición
de 4 cabinas e inicio de construcción ilegal remodelación de 4 cabinas y 1 piscina sin permisos del Concejo
Municipal del Distrito de Cóbano, en la finca folio real 6-2171-Z-000, plano P-1009728-2005 concesionada
a favor de la citada sociedad.
Acta Ext. 41-17
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Segundo: Que habiéndose celebrada la audiencia con normalidad al ser las 10 horas del 18 de Julio del
2017, dicho Órgano Colegiado a la luz del artículo 319.1 de la Ley General de Administración Publica, la
cual reza en lo que nos interesa al efecto que:
Terminada la comparecencia el asunto quedará listo para dictar el acto final, lo cual deberá hacer el
órgano competente dentro del plazo de quince días, contado a partir de la fecha de la comparecencia,
salvo que quiera introducir nuevos hechos o completar la prueba en cuyo caso deberá consultar al
superior.
Tercero: Que siendo que este Órgano Director Colegiado posterior a la celebración de la audiencia
correspondiente, durante el análisis del caso se enfrentó a ciertas situaciones que obstaculizaron el
normal desempeño del desarrollo de las funciones de este Órgano Director, las cuales van desde el análisis
exhaustivo de los actos, adicionalmente, múltiples funciones con plazo producto de las funciones propias
del cargo de cada funcionaria que conforma el Órgano Director, quienes debieron de resolverlas en cada
caso particular, que ocurrieron posterior a la designación de la audiencia.
Así como alguno problemas de salud de los miembros, además de una situación de complejo análisis para
el presente caso, debido a que existe un acto presuntamente declarativo de derecho emitido por la
administración, el cual se requiere profundizar con respecto a la valoración del caso en particular en
forma adicional y posteriormente en conjunto, con su respectivo análisis al amparo del bloque de
legalidad aplicable.
Considerando:
UNICO: Que producto de lo antes expuesto, en el presente asunto este Órgano Director Colegiado logra
determinar durante el desarrollo del presente asunto que se requiere ampliación de plazo para mejor
resolver, esto debido a que es necesario el análisis exhaustivo de la normativa vigente entorno a los actos
investigados para obtener una determinación final en este asunto, ello sin dejar de lado los
inconvenientes inherentes al desempeño de cada uno de los cargos y funciones que ejercen los miembros
de este Órgano Colegiado y que no pueden afectar el desempeño propio de la administración municipal,
así como también los problemas de salud que se han enfrentado alguno de los miembros del citado
Órgano, complicando el desarrollo normal del proceso.
Situación, que hace materialmente imposible cumplir con el plazo que al efecto estipula el artículo 319 de
la Ley Nº 6227 General de Administración Pública. Aclarando que en el eventual caso que se nos conceda
la prórroga solicitada se mantiene vigente el plazo de los dos meses indicado en artículo 261 de la Ley
6227, que da inicio con el formal traslado de los cargos a la sociedad denominada Desarrollos Turísticos
Javilla S.A., en fecha 23 de Junio del 2017.
Que la ampliación de plazo solicitada es menester con el fin de realizar el análisis para el presente caso,
debido a que existe un acto presuntamente declarativo de derecho emitido por la administración, el cual
requiere profundizar con respecto a la valoración del caso en particular en forma adicional y
posteriormente en conjunto.
Por Tanto:
Con fundamento en los argumentos antes expuestos, este Órgano Director Colegiado, solicita plazo de 15
días, a partir del 2 de Agosto del 2017, para la entrega formal del informe al Órgano Decisor.
Lo anterior, con la finalidad realizar el análisis específicamente del acto presuntamente declarativo de
derecho emitido por la administración al amparo de la normativa que rige la materia.
ÓRGANO DIRECTOR COLEGIADO DEL PROCEDIMIENTO:
Bach. Roxana Lobo Granados. Licda. Aralyn Villegas Ruiz. Licda. Francil Herrera Araya.
ACUERDO Nº1

Con todos los votos presentes a favor SE ACUERDA: “Aprobar la solicitud de ampliación de

plazo de 15 días, a partir del 2 de Agosto del 2017, que realiza el Órgano Director Colegiado

para la entrega formal del informe a este Órgano Decisor” ACUERDO UNANIME. Se somete a

votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus partes,

quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE
********************************************U.L.*********************************************


Sra. Roxana Lobo Granados                         Sr. Dagoberto Villalobos Mayorga
SECRETARIA                                        PRESIDENTE