Extraordinaria 11 · 2015-06-24
ActaExt11-15.pdf · 4 páginas · PDF original · ver en el sitio municipal
Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 11 del 2015-06-24 + número de página. Los acuerdos de esta acta no llevan número en el documento original.
ACTA EXT. 11-15
24/6/2015
ACTA EXTRAORDINARIA Nº 11-2015
Acta número once - dos mil quince de la sesión Extraordinaria que celebra el Concejo Municipal del
Distrito de Cóbano el día veinticuatro de Junio del Dos Mil Quince a las diecisiete horas en la sala de
sesiones de este Concejo.
CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Minor Jiménez Gutiérrez PRESIDENTE Y SINDICO
Enio Valenzuela
Noemí Rodríguez Cordero
CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION
Josué Villalobos Matamoros
CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
José León Sandoval
Juan León Rodríguez
Ronny Rodríguez Villalobos
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
I. Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del Concejo
el orden del día propuesto para esta sesión
II. AUDIENCIA PREVENTEC / UCR Y CNE
Se comprueba el quórum y se ratifica el orden del día
II AUDIENCIA PREVENTEC / UCR Y CNE
Se recibe a los señores Dr. Mario Fernández, MSc. Oscar Duran de PREVENTEC / UCR, Ing. Jorge
Álvarez de la Comisión Nacional de Emergencias, e Ing. Franklin Murillo de la Comisión Municipal de
Emergencias
PRESIDENTE: les da la bienvenida y concede la palabra
Ing. Jorge Álvarez. Oficial de Operaciones de la Región Pacifico Central Agradece el espacio e indica
que el Dr. Fernández y el MSc Duran son funcionarios de PREVENTEC de la Universidad de Costa Rica
y vienen a presentar un proyecto de investigación que están realizando sobre análisis integrales de
gestión de riesgo de desastre a nivel cantonal y plataformas de información para gestión de riesgo de
desastre
Geol. Mario Fernández.. PREVENTEC/UCR. Informa que justamente la dificultad para tomar decisiones
se debe a la falta o al desconocimiento de la información y presenta el proyecto denominado
“Determinación del Riesgo de Desastre en el Cantón de Santo Domingo de Heredia”, realizado en la
Universidad de Costa Rica. Indicó que el objetivo del proyecto fue hacer un análisis integral de la Gestión
del Riesgo de Desastre (GRD) en el territorio de Santo Domingo. que la GRD consta tres etapas, a saber:
1 - la identificación del riesgo, que incluye la percepción del riesgo y la identificación objetiva de las
amenazas y vulnerabilidades, 2 – la reducción del riesgo cuyas componentes son la prevención y la
mitigación y, 3 – la gestión de las emergencias y desastres, que implica la respuesta inmediata, la
rehabilitación y la reconstrucción. Respecto a la primera etapa, el Dr. Fernández demostró que la población
domingueña percibe los terremotos, las inundaciones, los deslizamientos, las erupciones volcánicas y las
explosiones industriales, entre otras, como amenazas presentes en el territorio. Además, presentó
imágenes y datos sobre las amenazas [naturales (sismos, erupciones volcánicas, deslizamientos e
inundaciones) y tecnológicas (incidentes industriales, en gasolineras y poliductos)] y vulnerabilidades
(física, económica, técnica e institucional) del cantón Santo Domingo; mostró mapas de amenaza,
vulnerabilidad y riesgo en los que se evidencia que el mayor índice de riesgo se encuentra en el sur del
cantón. Indicó que estos análisis de hacen a nivel cantonal y que por ello, la experiencia es replicable en
todos los restantes cantones del país.
MSc. Oscar Duran. Presenta el proyecto denominado “Infraestructura Nacional de Información para la
Gestión del Riesgo de Desastre, el cual está siendo ejecutado por Preventec y consiste en una plataforma
informática a nivel nacional que contiene datos sobre las tres etapas de la GRD antes mencionadas. Indicó
que esta plataforma se apoya en la información obtenida en el proyecto presentado por el Dr. Fernández y
que contendrá todo lo que se haya hecho en el cantón sobre reducción del riesgo y gestión de amenazas o
ACTA EXT. 11-15
24/6/2015
desastres. El MSc. Durán aclaró que los gobiernos locales contarán con la información sobre riesgos de
desastres de sus territorios contenida en la plataforma nacional. Además, mencionó la importancia de
suscribir convenios de cooperación entre los gobiernos locales y la Universidad de Costa Rica para ejecutar
estos proyectos en los cantones de Costa Rica.
Si les interesara el convenio es el siguiente:
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE XXXXX Y LA UNIVERSIDAD
DE COSTA RICA.
ENTRE NOSOTROS, la Universidad de Costa Rica, cédula jurídica número cuatro- cero cero cero-
cuarenta y dos ciento cuarenta y nueve- treinta y seis, en adelante denominada UCR, representada en
este acto por HENNING JENSEN PENNINGTON, doctor en Psicología, cédula de identidad número ocho-
cero cuarenta y uno- trescientos treinta y cuatro, vecino de Betania, Montes de Oca, casado, en su
condición de rector con facultades de representante judicial y extrajudicial en concordancia con el artículo
cuarenta inciso a) del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica y la Municipalidad de XXXXX,
cédula de persona jurídica número XXXXXXXX, representada en este acto por el señor/señora XXXXX
XXXXX XXXX, portador de la cédula de identidad número XXXXXXXX, ESTADO CIVIL, PROFESIÓN,
vecino de XXXXXX, en su condición de alcalde con facultades judiciales y extrajudiciales conforme al
nombramiento XXXXXX, publicado en la Gaceta número XXXXX, acordamos suscribir el presente
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN, con fundamento en el artículo 5 inciso c) de la Ley Nacional de
Emergencias y Prevención del Riesgo y el artículo 2 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica,
y de acuerdo con las siguiente cláusulas:
CONSIDERANDO
Este convenio está inspirado en los más nobles principios que regulan la Función Pública, en la búsqueda
del máximo aprovechamiento de los recursos disponibles por el Estado, para el estudio y la investigación
en los diferentes campos del saber, la cual debe garantizar una mayor eficiencia y eficacia en la ejecución
de sus actividades sustantivas definidas dentro del ordenamiento jurídico institucional.
Que las partes consideran fundamental que la Administración representada por la Municipalidad de XXXX,
promueva bienes y servicios de la mejor calidad.
Que por ello la Municipalidad de XXXXX procurará asegurar esta calidad, mediante productos que se
fundamenten en proyectos de investigación, consultoría y capacitación dirigidos a la institución y sus
funcionarios.
Que la UCR es una institución pública de educación superior que tiene entre sus afines primordiales de la
docencia, la investigación y la acción social. Para cumplir con ello es necesario que la UCR contribuya con
el proceso de las ciencias, las artes, las humanidades y la técnica, reafirmando su interrelación y
aplicándolas al conocimiento de la realidad costarricense. Por lo que, imperativo su colaboración con la
Municipalidad de XXX.
Que la UCR cuenta con sus instancias con facultades, escuelas, laboratorios, centros e institutos de
investigación con gran capacidad humana e infraestructura para llevar a cabo el análisis y estudios técnicos
en muchas áreas del conocimiento.
Que la UCR ofrece una serie de servicios e información a nivel científico y de investigación que no brindan
otras instituciones y que estos son de gran provecho para los procesos propios de la Municipalidad de
XXXX.
Que la Misión de la Municipalidad de XXXXX, cita: "XXXX".
Que la Visión de la Municipalidad de XXXXX, cita: “XXXX”.
Que la vinculación y la extensión universitaria deben entenderse como la transferencia de saberes y
prácticas de los conocimientos adquiridos en los recintos universitarios hacia los diferentes ámbitos de la
sociedad que lo demanden, en una lógica de retroalimentación en la que la universidad aprenda y los
diversos sectores se vean beneficiados por los programas de vinculación universitarios. Toda actividad
universitaria adquiere relevancia en la medida en que mantiene un diálogo eficaz con su entorno.
POR TANTO
Convenimos en celebrar el presente convenio marco de cooperación, que se regirá por las siguientes
cláusulas:
PRIMERA. PROPÓSITO. Que la UCR, por medio de sus diferentes dependencias con que cuenta, se
propone desarrollar proyectos que contribuyan directamente a mejorar la calidad de los productos
entregados la Municipalidad de XXXX, mediante proyectos de investigación, así como programas de
formación profesional, cursos y capacitación en general y prestación de servicios profesionales y técnicos
de los ámbitos con los que la Municipalidad de XXXX requiera. Para cada programa y proyecto que se
desarrolle, deberá suscribirse un acuerdo específico amparado a este Convenio Marco, en el cual se
detallarán todos los aspectos necesarios para la consecución de los objetivos propuestos.
SEGUNDA. OBJETIVO. Ambas instituciones convienen de acuerdo a sus posibilidades, en desarrollar
actividades académicas conjuntas en todas sus disciplinas del saber, en campos como la docencia, la
investigación y la acción social, que sean de particular interés para la Municipalidad de XXXXX y la UCR.
TERCERA. COMPROMISO. Las actividades a realizar se canalizarán mediante las gestiones que en forma
directa haga la Municipalidad de XXXX ante las Unidades Académicas, Sedes Regionales, Institutos y
Centros de Investigación de la UCR o bien mediante la solicitud expresa que la Universidad haga ante la
ACTA EXT. 11-15
24/6/2015
Municipalidad de XXXX.
CUARTA. LOS ACUERDOS ESPECÍFICOS. Ambas partes convienen poner a disposición de los proyectos
y programas que se suscriben en cada Acuerdo Específico que se firme, sus instalaciones, equipos y
demás materiales que se convenga, así como el personal técnico, profesional técnico, profesional y
docente de acuerdo a las normas y posibilidades de cada institución.
QUINTA. COORDINACIÓN. Cada proyecto generado a partir de este Convenio, establecerá los canales
específicos de coordinación entre ambas instituciones según el Acuerdo Específico para cada proyecto.
SEXTA. ADMINISTRACIÓN. La firma de Acuerdos Específicos y la administración de los recursos
financieros que se originen de los proyectos que se propongan serán de conformidad con lo establecido en
los “Lineamientos para la vinculación remunerada de la Universidad de Costa Rica con el sector externo” ya
sea por la Oficina de Administración Financiera de la Universidad de Costa Rica o por la Fundación de la
Universidad de Costa Rica para la Investigación (FUNDEVI), dependiendo del mecanismo de
administración que coordine la instancia universitaria para cada proyecto en específico.
SÉTIMO. DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. Cualquiera de las partes podrá dar por finalizado
anticipadamente este Convenio Marco para lo cual bastará una comunicación escrita al respecto con por lo
menos seis meses de anticipación la finalización del acuerdo no afectará de manera alguna cualquier
actividad o proyecto que se encuentre ejecutando, siempre que las causas que motiven la terminación del
convenio no se encuentre ligadas a la actividad o proyecto que esté pendiente de conclusión.
OCTAVA. VIGENCIA. El presente convenio estará vigente por un lapso de CINCO AÑOS a partir de la
fecha en el que el mismo haya sido suscrito por ambas partes. El presente convenio podrá ser renovado
por DOS periodos iguales, o bien menores, si en ello lo conviniesen las partes, para lo que cualquiera de
ellas, podrá iniciar las gestiones con al menos seis meses antes de su término e incluirán la evaluación
integral del cumplimiento de los objetivos y beneficios institucional y nacional, propuesta y prórroga que
deberá establecerse por escrito. Por otra parte, podrá justificarse la prórroga, tomando en cuenta la
conveniencia de la Universidad de Costa Rica de mantener un canal de vinculación interinstitucional formal,
independientemente de si, al momento de la conclusión del plazo, no se ha realizados ninguna actividad
específica al amparo del presente convenio. Por último, la debida firma de dichas prórrogas será por el
máximo jerarca de cada institución que se encuentre en dicho momento y el procedimiento de firma será
según acuerdo entre partes.
NOVENA. EXCLUSIÓN DE REFRENDO Y DE APROBACIÓN INTERNA: El presente CONVENIO se
encuentra excluido de refrendo por parte de la CONTRALORÍA y de aprobación interna por parte de las
Asesorías Jurídicas de las Administraciones involucradas, lo anterior por tratarse de una actividad de
cooperación desarrollada entre entes de derecho público a tenor de lo establecido en el artículo 2 inciso c)
de la Ley Nº 7494 de 2 de mayo de 1995 (Ley de Contratación Administrativa y sus reformas) y 130 de su
Reglamento (Decreto Ejecutivo Nº 33411-H de 2 de septiembre de 2009), así como por lo dispuesto en el
artículo 3 inciso 6) del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública”
emitido por la Contraloría General de la República (Resolución Nº R-CO-44-2007 de las 9:00 horas de 11
de octubre de 2007), en consecuencia no se encuentra sujeto a dicho requisito de eficacia.
DÉCIMA. NORMAS SUPLETORIAS. En lo no previsto expresamente en el presente CONVENIO, regirá
supletoriamente la normativa interna de cada institución, las leyes aplicables y los principios generales que
rigen el ordenamiento jurídico administrativo.
Las partes suscribientes declaran que los términos del presente Convenio Marco se circunscriben de
conformidad, quedando el mismo vigente, válido, eficaz, y surtiendo todos los efectos jurídicos propios de
ésta relación jurídica contractual administrativa. Es todo, firmamos TRES ORIGINALES en San José al ser
las ____ horas con ____ minutos del ____ de ___________ del 2014.
_____________________________ HENNING JENSEN PENNINGTON
ALCALDE RECTOR
MUNICIPALIDAD DE XXXXXXX UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
VºBº NOMBRE.
JEFE, ASESORÍA LEGAL
MUNICIPALIDAD DE XXXX
Se realizan diversos comentarios
SE RETIRAN
Finaliza la sesión al ser las dieciocho horas con treinta minutos
Roxana Lobo Granados Minor Jiménez Gutierrez
Secretaria Presidente