Extraordinaria 4 · 2014-02-27

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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 4 del 2014-02-27 + número de acuerdo.

Acuerdos en esta acta

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                                            ACTA EXTRAORDINARIA Nº 04-14

Acta número cero cuatro - catorce de la sesión extraordinaria que celebra el Concejo Municipal del Distrito
de Cóbano el día veintisiete de Febrero del Dos Mil Catorce a las diecisiete horas en la sala de sesiones
de este Concejo.

CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Minor Jiménez Gutiérrez            PRESIDENTE Y SINDICO
Enio Valenzuela Ruiz
Reina Gloria Cruz Jiménez
Romelia Vargas Hernández
Ronny Rodríguez Villalobos

CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
Noemi Rodríguez Cordero
José León Sandoval (en reunión de Marviva)
Alba Rosa Gómez Espinoza

CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION

CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
Josué Villalobos Matamoros

ADEMAS LA PRESENCIA DE:

SECRETARIA
Roxana Lobo Granados

            I.        Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
                      Concejo el orden del día propuesto para esta sesión el cual se aprueba en todas
                      sus partes. ACUERDO UNANIME
            II.       CONOCIMIENTO DE CRITERIO LEGAL SOBRE EL SILENCIO POSITIVO
                      INTERPUESTO A AESTE CONCEJO POR LA SOCIEDAD COSTA RICAN VIEW LTDA.


a. Lic. Francil Herrera Araya. Asesora Legal. OFICIO CMDCAL -009-2014

Por este medio me permito saludarlos y a la vez me permito dar respuesta a lo solicitados por ustedes a esta Asesoría legal
mediante acuerdo tomado en la sesión ordinaria número: 08 – 13, artículo IV, inciso c, del día 25 de Febrero del dos mil catorce, al
respecto me permito manifestar lo siguiente:

                                                               Resultando:
Primero: Que a efectos de cumplir con el procedimiento estipulado en el artículo séptimo de la Ley de Protección al Ciudadano del
exceso de Requisitos y Trámites Administrativos número: 8220 y el artículo 42 del Reglamento de dicha Ley, y conociendo en la
forma en que la ley castiga el falso testimonio el señor Jorge Esteban Vargas Garita rinde la presente declaración jurada en el
siguiente sentido: Que la empresa que el representa se encuentra desarrollando un proyecto residencial en condominio horizontal
residencial comercial turístico de fincas filiales primarias individualizadas Brisas del Mar y para dicho fin presentó el 8 de Enero del
2014, la solicitud de permiso de construcción de la primera de obras de infraestructura ante el departamento de Ingeniería del
Concejo Municipal de Còbano, mismo que se tramita bajo el expediente 002 / 2014.

Segundo: Que la solicitud anteriormente indicaba cumple con los requisitos establecidos en la Ley de Construcciones, sus
respectivo reglamento y requisitos establecidos en la página web del Concejo Municipal de Distrito de Cobano. Ya que de
conformidad con el artículo 4 de La Ley de Protección al Ciudadano del exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, son estos
los únicos requisitos con los que debo de cumplir, siendo los siguientes: SOLICITUD DE COSNTRUCCION: Se debe llenar dicha
solicitud completa, con letra legible y firmada por el dueño registral. PLANOS CONSTRUCTIVOS: Aportar el sello del Colegio de
Ingenieros y Arquitectos. Si el proyecto por sus características lo requiere deberá aportar el sello de BOMBEROS, INVU, ICT, entre
otros. DECLARACION JURADA DEL MINISTERIO DE SALUD: Esta se presentará única para viviendas unifamiliares, por lo demás
proyectos portaran el sello del Ministerio de Salud. COPIA DE CEDULA FISICA O JURIDICA: Si el proyecto corresponde a una
persona física deberá aportar una copia de su cédula de identidad o pasaporte. Si el proyecto corresponde a una sociedad deberá
aportar una copia de personería jurídica y

copia de la cédula de la cedula del representante legal, toda esta documentación autenticada. PLANO CATASTRADO: (una copia)
Este deberá aportar el sello de visado municipal, si en el plano se indica un rio, quebrada, naciente, frente a ruta nacional o se
encuentre afectado por algún área de conservación deberá aportar los sellos respectivos de cada Institución. CERTIFICACCION
LITERAL DE LA PROPIEAD: Esto corresponde al registro de la propiedad donde se construirá el proyecto que verifique el nombre
del propietario registral. VISTOS BUENOS FACTURACCION, BIENES INMUEBLES: Propiedad debe estar declarada o actualizada la
declaración (cada 5 años art diez, ley siete mil nueve ) y al día en el pago de impuestos. POLIZA DE RIESGOS DE TRABAJO:
Presentar certificación original y copia extendida por el INS (artì doscientos cincuenta y dos del Código de Trabajo). Retirar boleta
de valoración en el departamento de construcciones del Concejo Municipal Còbano. CARTA DEL DISPONIBILIDAD DE AGUA:
Corresponderá a la ASADA o AYA de la localidad donde se pretende construir. PROYECTO DE INTERES SOCIAL: (Bono) debe de
adjuntarse la declaratoria de interés social emitida por la entidad competente. CONSTANCIA DE NO DEUDAS CON LA CSSS.
APROBACION DE SETENA: Para obras mayores de trescientos metros cuadrados.

Tercero: Que el pasado 8 de febrero del presente año se cumplió el plazo legal para la Institución resolviera la solicitud dicha. En
ese sentido y en cumplimiento del artículo séptimo de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites
Administrativos número: 8220, el artículo 42 del Reglamento de dicha ley. SOLICITO SE PROCEDA CONFORME PARA QUE SE
APLIQUE EL SILENCIO POSITIVO.

Vista la presente petición, interpuesta por el señor JORGE ESTEBAN VARGAS GARITA de calidades conocidas en autos, en su
condición de APODERADO GENERALISIMO SIN LIMITE DE SUMA de la sociedad denominada, COSTA RICA VIEW LTDA, se
resuelve:


                                                         CONSIDERANDO:

Primero: Cabe destacar específicamente en este caso en particular, se desprende del expediente administrativo de construcciones
número: 002/ 2014, que al efecto lleva el Departamento de Construcciones de este Concejo Municipal quien es el encargado de
tramitar y emitir la recomendación técnica para el trámite de permiso constructivo a nombre de la sociedad denominada COSTA
RICA VIEW LTDA, el cual tiene como finalidad la realización de la primera etapa del Condominio Horizontal, Residencial, Turístico
de fincas filiales primarias individualizadas, Brisas del Mar se pudo corroborar que efectivamente dentro del mismo consta que la
solicitud del permiso constructivo a nombre de la citada sociedad, fue presentada de forma completa junto con todos los
requisitos legales que se solicitan para continuar con el curso normal del presente tramite, y debidamente firmado por parte del
representante legal sea el señor Esteban Vargas Garita, quien a su vez funge como representante legal e ingeniero responsable de
la obra, fue presentada en fecha 08 de Enero del presente año, por lo cual es obligación de esta Corporación Municipal cumplir
con lo establecido propiamente en los artículos 330 y 331 de la Ley General de Administración, la cual indudablemente contaba
con un plazo perentorio de un mes a partir de la presentación de la solicitud formal, ya sea para aprobar definitivamente dicho
permiso constructivo, o en su defecto proceder prevenirle a la parte interesada algún aspecto o requisito relevante y de vital
importancia para poder concederle la respectiva aprobación, o como última opción dar una justificación razonada debidamente
fundamentada sobre la cual versa la negativa de conocerle el permiso de la primera etapa constructiva de dicha obra.

Situación que evidentemente no ocurrió en este caso especifico, ya que el vencimiento del mismo se dio en fecha 8 de Febrero del
año en curso, por lo que a pesar de que este Órgano Colegiado, en la sesión ordinaria número: 05 -14 del 04 de Febrero del 2014
conoce el asunto, se echa de menos a toda luces un acuerdo concreto enfocado en este sentido.

Además en este sentido el artículo 13 del Código Municipal vigente, le confiere dentro de sus atribuciones al Concejo Municipal
como órgano máximo de la administración municipal, la responsabilidad de dictar las medidas referente al ordenamiento urbano,
claro está esto de previo a analices, dictámenes técnicos que se emitan en nuestro caso en particular sería por parte del ingeniero
municipal quien con base en sus conocimientos analice cada uno de los requisitos y por menores del proyecto; situación que si
ocurrió en este caso en particular ya que el señor Jeffrey Ramírez Castro ingeniero Municipal mediante pase número: ING – 001 –
2014, manifiesta que dicha empresa cumple a cabalidad con todos los requisitos legales requeridos, y además normativa legal que
tiene injerencia directa con este caso en particular.

En este sentido la Procuraduría en su Dictamen número: 001 del 9 de Enero del 20013, exteriorizada la posición que sostiene el
Tribunal Contencioso Administrativo:

 “II.-

… En primer término, analizando el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Alajuela en sesión ordinaria N° 87-98, artículo III,
capítulo VIII de fecha martes 15 de diciembre de 1998, que en lo de exclusivo interés dispuso: " …y siendo que esta Municipalidad
cuenta con departamentos especializados como lo son los de Ingeniería, Legal, Acueductos y Catastro, mociono: PRIMERO: Dejar
sin efecto todo acuerdo que dispusiera que fuera este Concejo el que avalara directamente los anteproyectos de las urbanizaciones,
para que en adelante se establezca que antes de que este Concejo conozca y APRUEBE un anteproyecto o proyecto deberá el
mismo ser conocido y AVALADO por los departamentos correspondientes, adjuntándose en la documentación referida al Concejo
los dictámenes de cada uno de estos departamentos. Por medio de la figura del señor Alcalde Municipal…" (El destacado en
mayúscula y subrayado no es del texto original). Este

acuerdo resulta absolutamente conforme con el criterio expuesto por la Procuraduría General de la República identificado como C-
235-99 de fecha 03 de diciembre de 1999 y cuya copia corre agregada a folios 5 al 19, transcribiéndose en lo de exclusivo interés lo
siguiente:

" … revisado el ordenamiento jurídico vigente observamos que al Concejo le competen una serie de atribuciones en esta materia. En
primer lugar, le corresponde administrar los intereses y servicios locales del cantón (artículo 169 constitucional). Por otra parte,
tiene la atribución de dictar las medidas de ordenamiento urbano (inciso o del artículo 13 del Código Municipal). …le corresponde
también recibir las obras y las áreas públicas que debe ceder a la municipalidad gratuitamente el urbanizador…En lo que atañe al
ingeniero municipal, le corresponde darle el visado a los planos respectivos (artículo 83 de la Ley de Construcciones y los artículos
VI.3.1., numeral 9 y VI.3.5 del Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones). Más adelante se
agrega: ""…De conformidad con las atribuciones que el ordenamiento jurídico le asigna al Concejo en esta materia, considera el
órgano asesor que es a éste y no al ingeniero municipal a quien corresponde aprobar la construcción de la urbanización,
ajustándose eso sí a toda la normativa urbanística vigente en el país y a las especificaciones técnicas que al respecto emitan los
órganos técnicos nacionales y municipales."

Igualmente, por otro lado ese mismo dictamen reza:

En las entidades corporativas, las potestades residuales no atribuidas expresamente a un órgano específico, corresponden al
jerarca, entendiéndose por tal el órgano de mayor representación democrática y pluralista. En el Estado, a la Asamblea Legislativa;
para las Municipalidades, el Concejo Municipal; en las Personas Jurídicas Corporativas no estatales, a las Asambleas
correspondientes. Ver sentencia constitucional No. 3683-1994, citada en el dictamen C-028-2010, según el cual, por su naturaleza
deliberativa y representativa, el Concejo es el órgano idóneo para tomar decisiones que afecten el interés público o derechos
particulares. El pronunciamiento reitera que las potestades residuales de las municipalidades no atribuidas expresamente a ningún
órgano específico competen al Concejo, como órgano de mayor representación democrática, deliberativo y pluralista, entre ellas, el
otorgamiento de licencias urbanizadoras, sometidas al control del jerarca impropio y del veto que ejerza el Alcalde (Código
Municipal, numerales 156, 158 a 160). En análoga dirección, dictámenes y pronunciamientos C-048-2004, C-433-2008, OJ-048-
2009, C-248-2009, C-085-2010 y C-321-2011.

En ese orden, la sentencia constitucional No. 7136-2007 indicó que el gobierno local, constitucionalmente, fue otorgado en forma
exclusiva al Concejo Municipal y no al Alcalde, y por ende éste requiere autorización explícita del Concejo para plantear acciones de
inconstitucionalidad.

El artículo 83 de la Ley de Construcciones no atribuye competencia al ingeniero municipal de aprobar o improbar la construcción
de las urbanizaciones. La norma pretende garantizar a la colectividad que la realización de obras está a cargo de un profesional
debidamente incorporado en el Colegio respectivo. Los estudios y los dictámenes técnicos del ingeniero deben ser considerados y
sustentar el acto final que adopte el Concejo, observando siempre normativa urbanística y las reglas de la ciencia o la técnica
(dictamen C-235-1999; en análoga dirección, pronunciamientos C-315-2002, C-002-2007 y C-028-2010).

Segundo: Siendo que Concejo Municipal como órgano superior y el único facultado para poder tomar una decisión de tal
magnitud, y quien omitió referirse al respecto antes del vencimiento del dicho plazo de un mes que tiene la administración para
resolver la presente solicitud, esto a pesar de haberse cumplido a cabalidad con todos los requisitos legales tal como se indica se
desprende de la declaración jurada que fue rendida por el representante legal de la citada sociedad, así como según información
constante en el expediente administrativo y que se encuentra debidamente avalada por el ingeniero municipal.

Por tal razón, lo procedente en este caso es proceder a acoger la petición de silencio positivo, en apego a lo establecido en el
artículo 7 de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámite y el artículo 42 del Reglamento a la citada
normativa, y emitir los documentos respectivos, ya que a la fecha se encuentra con el pago realizado por concepto de este
impuesto.

                                       POR TANTO:

Con base en lo antes expuesto, este Concejo Municipal declara con lugar la solicitud de silencio positivo, interpuesto por el señor
JORGE ESTEBAN VARGAS GARITA de calidades conocidas en autos, en su condición de APODERADO GENERALISIMO SIN LIMITE
DE SUMA de la sociedad denominada, COSTA RICA VIEW LTDA, y se proceda a ordenar al departamento de Construcciones que
emita el respetivo permiso constructivo de forma inmediata y sea entregado personalmente al señor VARGAS GARITA.

MINOR: Votación compañeros
NOEMI. Yo quiero hablar primero
GLORIA: No se puede votar, primero hay q hablar
NOEMI: Yo quiero hablar antes de votar y como a mí no se me vale el voto, ella lo tiene (Gloria) y yo
puedo hablar.
Quiero decir a los que no saben ahorita, que el silencio positivo no procede en temas de impacto ambiental
porque así ya es dicho no procede y en un documento que tengo ahorita dice que el silencio positivo o
procede ¿Por qué? Porque para esa construcción debe tener primero agua, para que se de un permiso de
construcción pero debe existir agua y ellos no tienen, yo vine a una reunión con el ministerio de salud y el
botadero tiene dos meses para un cierre técnico y cuatro que dijo la doctora para el cierre total entonces
como se va a dar un permiso sino hay donde depositar la basura de la gente y un documento de resolución
de Parrita donde dice que la municipalidad detuvo el plan de resolución a a favor de un administrado que
solicitaba concesión precisamente con fundamento de problemas de acceso de agua, entonces no se
puede dar, y ese es el documento que yo le di a usted y no debemos tener miedo porque esto no se vote
ahora, primero porque se necesita estudiar mas el proyecto por lo tanto nosotros no lo hemos conocido fue
un poco espacio el que se dio, primero se detuvo por 26 días, después se trajo aquí para que lo votaran y
no se pudo votar porque no se conocía, ese fue el 4, el 11 se tomo un acuerdo para que viniera la gente de
costa rican view, esta gente tenía que haber estado el 18 y no el 25 y no entiendo quien fue que dijo que
viniera el 18 y pasa una situación muy extraña usted llega y pregunta a Ronny que si ya llego la gente que
se estaba esperando, Ronny dice no lo conocemos usted dice yo tampoco y no entiendo si usted no lo
conoce le llega una información diciendo que no van a venir porque están con un `problema mecánico, no
entiendo si primero dice que no los conoce después en su celular aparece un msj que no vienen por un
problema mecánico, pero lo que tenemos que tener más conciencia es que a ninguno de nosotros nadie
nos va a enjuiciar porque no se vote una acuerdo ahorita, porque así como usted leyó un dato ahí que dice
que el único responsable es el concejo , si algo sale mal el único responsable es el concejo, yo respeto a
todos y los quiero mucho pero en estos casos debemos cuidar lo que va a proseguir, tenemos que tener
cuidado, si va a hacer un desarrollo positivo primero como se va a construir solo con polvo no se puede.
MINOR. Se le termino el tiempo señora Noemi. Tiene la palabra la Concejal, Reina Gloria
REINA GLORIA. Espero que me de tiempo porque en otras ocasiones se ha dado tiempo
MINOR: Con amenazas puedo también suspenderle el tiempo
REINA GLORIA. No lo estoy amenazando
MINOR: Claro que sí y me está faltando el respeto
REINA GLORIA. Hay momentos, aquí debe darse la democracia.
MINOR: Tiene la palabra, y dos minutos
REINA GLORIA. Esto no debe ser así. El silencio positivo en casos ambientales desproporcionadamente,
yo no estoy en contra del desarrollo estoy en contra precisamente de los hechos que me están dando el
impacto ambiental, los pozos que hicieron se secaron tenemos fotos de que el rio está seco y sucede
todavía que todavía con tan gravedad en una zona como la península de Cobano que los pozos están
secos que no hay agua que afecta grandes comunidades que afecta el impacto ambiental y que todavía no
se le de la debida atención a un tema tan importante y que se cierren las puertas en este Concejo para no
permitir ni siquiera hablar, quiero que quede en actas, porque esto no es así, aquí se debe dar una solución
en beneficio del distrito no en beneficio de personas, dice el riesgo instrucción salina bajo nivel freático,
solicitud de inspección del Concejo, consulta al tribunal ambienta, cualquier desarrollo debe temer todos
estos lineamientos dar parte al museo y que tomen cartas en el asunto y de sus argumentos, es
irresponsable es moralmente pretencioso, va en detrimento de la población no es un proyecto ecológico
sostenible en armonía con la naturaleza y eso es preocupante hay proyectos ecológicos sostenibles de la
mano con la naturaleza pero este no, proyecto que colecta el agua de la lluvia no es tampoco, yo me
abstengo de votar porque se necesita más tiempo para estudiar el proyecto de Costa Rican View
presentado en este concejo el día 4 de febrero del 2014 en sesión ordinaria 05-.14. Se le pregunto a
Roxana y dijo que si procedía el silencio positivo entonces porque no se explico con anterioridad si usted
conocía y ella también, entonces me parece que esto no está bien. En la agenda conocerla antes de 48
horas, nos ponen un msj, y yo había presentado una moción que lo hicieran por escrito y esto está pasando
en una extraordinaria esto no sucede. La asada de Cabuya es la que tiene la decisión eso lo sabemos y
sabemos que los abogados nos dicen que no tenemos que tener miedo, porque aquí nos infunden miedo y
nos acorralan así diciendo que no hay tiempo, como cuando hay otros proyectos si dan mucho espacio a
otros, entonces es mi protesta por lo que está pasando aquí.
MINOR. Termino su tiempo Concejal Cruz Jiménez. Tiene la palabra Sr. Enio
ENIO. Yo estoy muy consternado por esta situación. En el artículo 150 de la constitución hay un prubio pro
naturaleza y tengo dudas de este proyecto por la naturaleza, tengo dudas no estoy en contra pero tengo
dudas de que hay una amenaza contra la naturaleza, como hacer un proyecto donde no hay agua, se hace
un pozo y no hay agua, yo voy votar en contra porque yo quiero que en este momento se haga une estudio
de un hidrólogo y de un geólogo de un especialista para ver si hay agua, porque si no hay agua no se
puede hacer construcciones por amor de Dios, y ustedes saben otra cosas que la duda que me queda a mí
de este proyecto es cuál será el impacto ambiental de esa zona de Cabuya, que va a ocurrir, vean el
centenar de pozos que se están construyendo y eso va a tener un impacto el agua de mar se va a meter,
yo no estoy en contra del proyecto pero primero que tenemos que hacer estudios científicos sino lo
hacemos no se puede construir seamos sensatos, el artículo 50 de la constitución lo dice muy bien. Hay un
caso muy interesante de la municipalidad de Parrita (lee documento), el Concejo de ese lugar está siendo
responsable con la naturaleza y usted señor presidente un día de estos dijo que las cosas se llevan con
calma, yo pido que se haga el estudio ambiental yo en ningún momento me opongo al desarrollo pero si
hay que cuidarnos y vea lo que está ocurriendo en Costa Rica, vaya usted a potrero.
MINOR: Le venció su tiempo, señor regidor Enio. Tiene la palabra Don José
JOSE. Yo no estoy en contra de lo que cada uno piense, pero si puede decir que este concejo tiene en sus
manos la carta de A y A, ustedes hablan de impacto ambiental eso quien lo emite. SETENA y ahí está,
entonces con toda seguridad ellos tienen todos los papeles, como los tienen, no sé. Yo les dije a ustedes
que para no aprobarlo había que tener una responsabilidad sobre lo que se iba a ser y aquí está el
resultado de eso. El pueblo tiene más poder para parar eso que el Concejo.
MINOR. Hay algo que me llama la atención es cuando ustedes hablan del cuido de la naturaleza y a todos
nos interesa la naturaleza, y quien se encarga de eso en este país es setena y el tribunal ambiental y ahí
van a estar los ojos de ellos mas los de toda esta gente que estarán vigilantes y no tenga duda que en el
momento que estos empresarios hagan algo indebido los van a acusar y ahí van a tener al setena y tribunal
ambiental yo no tengo ningún miedo en lo que estamos leyendo.
ENIO: yo no dudo de esas instancias yo veo la realidad, esas fotos son una realidad 12 meses, 5 con agua
y 7 sin agua. Yo no estoy en contra del proyecto que quede en actas, pero ¿habrá agua, habrá estudios
hidrológicos de ingenieros que demuestren qua hay agua?
MINOR: Gracias don Enio ya es repetitivo lo que está diciendo. Tiene la palabra la Concejal Romelia
ROMELIA: yo con respecto a esta situación ese día que llego el proyecto note que venía con todos los
permisos pero no lo vote ese día, pero averigüe con personas y me dijeron que cuando un proyecto llega
aquí al Concejo viene con todos los permisos y esa responsabilidad cae en las instituciones que dieron los
permisos y yo oyendo lo que dice el criterio de la abogada voy a votar a favor del Proyecto.
MINOR: gracias Romelia. Tiene la palabra el Sr. Ronny
RONNY. He sido una persona muy cuestionada por parte de mis compañeros cada vez que llega algo que
se relaciona con mi comunidad, quiero decir que aquí estoy de cuerpo presente que el día que no vine fue
por el atraso del accidente pero si ese día hubiera estado y someten ese proyecto a votación lo hubiera
votado como lo voy a votar hoy porque vivi en Cabuya eh sondeado mucho tengo 80 o 90 firmas donde
quieren el proyecto.
REINA GLORIA: Que lo que yo dije en actas, el compañero dijo que tienen todo los papeles como no sé,
usted los vio, los compañeros los vieron, tenemos que tener cuidado, cual es el distrito que queremos, el
distrito que tenga agua, vivimos una sequia Delicias no tiene agua y está cerca de rio en Medio,
Montezuma, Cabuya y Mal País también lo viven. Esto va a perjudicar grandemente a la Reserva Cabo
Blanco, al ecosistema y al corredor biológico, eso tiene que ser en armonía con la naturaleza y adonde lo
estipula todo eso. Adonde esta el tribunal ambiental que vino a hacer la inspección, adonde están los
geólogos, adonde esta todo eso, ¿usted me lo puede explicar Minor?
MINOR: Como le dije, en el momento.
REINA GLORIA. Es antes no después cuando el daño este echo
MINOR: yo no estoy hablando cuando termine el proyecto, es una primero etapa
REINA GLORIA. Es abrir puertas
MINOR: Gracias señora concejal.
Someto a votación el criterio sobre la solicitud del silencio positivo presentado por el Sr. Jorge Esteban
Vargas Garita de calidades conocidas en autos, en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de
suma de la sociedad denominada, Costa Rican Sunset View Ltda.


CONSIDERANDO:
-Que el señor Jorge Esteban Vargas Garita apoderado generalísimo sin límite de suma de Costa Rican
Sunset View Ltda. ha solicitado la aplicación de silencio positivo.
-Que se ha conocido criterio legal elaborado por la Lic. Francil Herrera asesora legal del Concejo Municipal
del Distrito de Cóbano sobre el silencio positivo interpuesto a por la empresa Costa Rican Sunset View
Ltda.
-Que en su criterio la asesora legal recomienda que lo procedente en este caso es proceder a acoger la
petición de silencio positivo, en apego a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Protección al Ciudadano
del Exceso de Requisitos y Trámite y el artículo 42 del Reglamento a la citada normativa, y emitir los
documentos respectivos, ya que a la fecha se encuentra con el pago realizado por concepto de este
impuesto.

ACUERDO Nº1
SE ACUERDA: 1. “Declarar con lugar la solicitud de silencio positivo, interpuesto por el señor Jorge
Esteban Vargas Garita de calidades conocidas en autos, en su condición de Apoderado Generalísimo sin
límite de suma de la sociedad denominada, COSTA RICAN SUNSET VIEW LTDA
2. Solicitarle al departamento de construcciones se emita el respectivo permiso de construcción de forma
inmediata y se entregue personalmente al señor Jorge Esteban Vargas Garita apoderado generalísimo sin
límite de suma de la sociedad denominada, COSTA RICAN SUNSET VIEW LTDA. ACUERDO FIRME.
Votan a favor los Concejales Minor Jiménez Gutiérrez, Ronny Rodríguez Villalobos y Romelia Vargas
Hernández. Se abstienen de votar: el Concejal Enio Valenzuela Ruiz y dice que justifica su voto en
que no está en contra del desarrollo, pero que se hagan los estudios ambientales esto no es un juego,
tienen que haber un estudio de un profesional, tiene que haber un hidrólogo, un geólogo y hacer estudio de
los pozos para que el mar no afecte porque hay demasiados pozos ahí, el corredor biológico que puede ser
afectado y algo muy importante ahí hay un lugar arqueológico vital que es historia de nuestra comunidad y
la Concejal Reina Gloria Cruz Jiménez quien dice: Yo no estoy en contra del desarrollo, pero un
desarrollo en armonía con la naturaleza donde no se afecte el equilibrio ecológico, yo me abstengo de votar
porque se ocupa más tiempo para conocer esto.

REINA GLORIA. Ustedes conocían de la ley y no lo trajeron en ningún momento acá y usted como
presidente del Concejo o lo trajeron y tenían que traerla y debatirla con nosotros, la vienen trayendo. La
abogada está aquí para que, para que la traigamos cuando tengamos dudas y la abogada no ha llegado en
ningún momento, esas son las cosas que a mí me dejan mucho dolor porque el pueblo me eligió para
defender los intereses del pueblo y yo se que si no lo voto no tengo miedo, porque hay abogados que nos
han dicho que definitivamente el impacto ambiental y esos ríos secos nos lo están diciendo y la cantidad de
pozos que el mismo Ronny dijo aquí que estaban secos, nos les dice nada eso a ustedes, los seres
humanos que tenemos que vivir ahí, ¿qué vamos a heredar a nuestros nietos? este es el distrito que
queremos, un distrito lleno de armonía, queremos gente valiente que defienda los intereses del pueblo, no
que vendamos a nuestra querida costa rica que la pongamos en manos del extranjero, simplemente ¿Por
qué? , ustedes saben por qué.


MINOR. Gracias. Ya es la tercera vez que escucho decir a la compañera Reina Gloria que nosotros
sabíamos y conocíamos del silencio positivo y que no lo habíamos traído
REINA GLORIA. Ese día lo expuso Roxana
SECRETARIA. Solo para aclararle Reina Gloria, cuando llego ese documento en la tarde yo me di a la
tarea de averiguar que era, porque nunca había visto un documento de esos, y para que ustedes tuvieran
alguna base y fue cuando me pasaron esa ley, la que la concejal Noemi fue a pedirme en la mañana, eso
es todo lo que yo sabía, lo mismo que a ustedes le leyeron es lo que yo sabía, pero no es que yo sabia
porque en casi 20 años de trabajo, es la primera vez que llega uno al Concejo
REINA GLORIA: Ya
MINOR. Si yo hubiera sabido que esta gente se iban a acoger a este silencio yo les hubiera dicho a
ustedes, ellos se aprovecharon de un portillo que les dejamos abiertos. Muchas gracias buenas noches


Finaliza la sesión a las ser las diecisiete horas con cincuenta minutos




Roxana Lobo Granados                                             Minor Jiménez Gutiérrez
Secretaria                                                       Presidente