Extraordinaria 23 · 2014-10-30
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 23 del 2014-10-30 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 1 (pág. 4) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº1 SE ACUERDA: “Aprobar modificación presupuestaria Nº 11-2014 por un monto de setenta y un millones ochocientos noventa mil trescientos vein…
- Acuerdo 2 (pág. 5) · unanime · firme · aprobado ACUERDO Nº2 SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia, al Ministerio de Obras Públicas y Transporte y al Ingeniero Oscar Brenes que el proyecto Denomi…
- Acuerdo 3 (pág. 6) · unanime · firme · aprobado ACUERDO N°3 SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la contratación de la maquinaria necesaria que permita…
- Acuerdo 4 (pág. 8) ACUERDO Nº4 SE ACUERDA: “Acoger la recomendación realizada por la Comisión de zona marítimo terrestre y autorizar al Intendente Omar Fernández Villega…
ACTA EXTRAORDINARIA Nº 23-14
Acta número veintitres - dos mil catorce de la sesión Extraordinaria que celebra el Concejo Municipal del
Distrito de Cóbano el día de treinta de Octubre del Dos Mil Catorce a las diecisiete horas en la sala de
sesiones de este Concejo.
CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Minor Jiménez Gutiérrez PRESIDENTE Y SINDICO
Reina Gloria Cruz Jiménez
Enio Valenzuela
Ronny Rodriguez Villalobos
Juan Leon Rodriguez
CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
Noemi Rodríguez Cordero
José León Sandoval
Josue Villalobos Matamoros
CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION
CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
Alba Rosa Gómez Espinoza
ADEMAS LA PRESENCIA DE:
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
I. Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración del
Concejo el orden del día propuesto para esta sesión
II. MODIFICACION PRESUPUESTARIA
III. DECISION INICIAL
IV. DICTAMEN DE COMISION
I. COMPROBACION DE QUORUM Y ORDEN DEL DIA. Se aprueba
II. MODIFICACION PRESUPUESTARIA
a. Lic. Francisco Alfaro. Contador. Modificación presupuestaria Nº 11-2014 por un monto de
setenta y un millones ochocientos noventa mil trescientos veintidós colones con 43/100
(¢71.890.322,43)
MODIFICACION PRESUPUESTARIA 11-2014
SUMA QUE SE SUMA QUE SE
CODIGO DETALLE SALDO ACTUAL NUEVO SALDO
REBAJA AUMENTA
ADMINISTRACION GENERAL
SE REBAJA
1.07.03 Gasto representación 100.000,00 55.000,00 0 45.000,00
SE AUMENTA
Otros servicios no
1.99.99 - - 55.000,00 55.000,00
especificados
SERVICIO RECOLECION BASURA
SE REBAJA
Combustible y
2.01.01 3.448.703,00 17.500,00 3.431.203,00
lubricantes
1
SE AUMENTA
Otros servicios no
1.99.99 - 0,00 17.500,00 17.500,00
especificados
ZONA MARITIMO TERRESTRE
SE REBAJA
Combustible y
2.01.01 1.330.761,00 26.000,00 1.304.761,00
lubricantes
SE AUMENTA
Otros servicios no
1.99.99 - 0,00 26.000,00 26.000,00
especificados
PROYECTO SENDERO PEATONAL PLAYA CARMEN
SE REBAJA
Alquiler de
1.01.02 400.000,00 160.000,00 0,00 240.000,00
maquinaria
1.06.01 Seguros 1.357.692,50 1.357.692,50 0,00 0,00
Mantenimiento de
1.08.02 13.000.000,00 10.350.000,00 - 2.650.000,00
vías comunicación
Materiales y
2.03.01 600.000,00 244.828,00 0,00 355.172,00
productos metálicos
2.99.04 Textiles y vestuario 686.735,50 600.000,00 0 86.735,50
Equipo y mobiliario
5.01.04 1.000.000,00 482.974,50 0 517.025,50
de oficina
SE AUMENTA
0.01.02 Jornales - 0,00 4.800.000,00 4.800.000,00
0.03.03 Decimotercer mes - 400.000,00 400.000,00
Contribución patronal
0.04.01 - 0,00 680.160,00 680.160,00
a la CCSS
Contribución al Banco
0.04.05 - 0,00 24.000,00 24.000,00
Popular
Aporte patronal Reg.
0.05.02 - 0,00 144.000,00 144.000,00
Pensión
Aporte patronal
0.05.03 - 0,00 72.000,00 72.000,00
fondo capitaliz.
1.06.01 Seguros - 0,00 208.800,00 208.800,00
Materiales y
2.03.02 800.000,00 0,00 5.729.950,00 6.529.950,00
productos asfalticos
Materiales y
2.03.06 - 0,00 1.136.585,00 1.136.585,00
producto de plástico
OTROS FONDOS E INVERSIONES
SE REBAJA
Sumas con destino
especifico sin
9.02.02 36.000.000,00 28.845.558,07 0,00 7.154.441,93
asignación
presupuestaria
PROYECTO ADOQUINADO CALLE PUBLICA PLAYA CARMEN
SE AUMENTA
0.01.02 Jornales - 0,00 5.072.000,00 5.072.000,00
0.03.03 Decimotercer mes - 0,00 422.666,67 422.666,67
Contribución patronal
0.04.01 - 0,00 718.702,40 718.702,40
a la CCSS
2
Contribución al Banco
0.04.05 - 0,00 25.360,00 25.360,00
Popular
Aporte patronal Reg.
0.05.02 - 0,00 152.160,00 152.160,00
Pensión
Aporte patronal
0.05.03 - 0,00 76.080,00 76.080,00
fondo capitaliz.
1.06.01 Seguros - 0,00 220.632,00 220.632,00
Alquiler de
1.01.02 - 0,00 240.000,00 240.000,00
maquinaria
1.03.04 Transporte bienes - 0,00 520.000,00 520.000,00
Mantenimiento de
1.08.02 - 0,00 2.050.000,00 2.050.000,00
vías comunicación
Materiales y
2.03.01 - 0,00 355.372,00 355.372,00
productos metálicos
Materiales y
2.03.02 - 0,00 12.865.000,00 12.865.000,00
productos asfalticos
Materiales y
2.03.06 - 0,00 1.136.585,00 1.136.585,00
producto de plástico
Vías de comunicación
5.02.02 - 0,00 4.991.000,00 4.991.000,00
terrestre
VIAS DE COMUNICACIÓN
SE REBAJA
Mantenimiento de
1.08.02 5.707.267,40 4.182.000,00 0,00 1.525.267,40
vías comunicación
PROYECTO TSB3 CRUCE RUTA 160-SAN ISIDRO
SE REBAJA
Mantenimiento de
1.08.02 45.741.841,36 22.291.841,36 0,00 23.450.000,00
vías comunicación
0.01.02 Jornales 1.100.000,00 740.000,00 0,00 360.000,00
0.03.03 Decimotercer mes 91.630,00 61.630,00 30.000,00
Contribución patronal
0.04.01 155.870,00 104.858,00 0,00 51.012,00
a la CCSS
Contribución al Banco
0.04.05 5.500,00 3.700,00 0,00 1.800,00
Popular
Aporte patronal Reg.
0.05.02 33.000,00 22.200,00 0,00 10.800,00
Pensión
Aporte patronal
0.05.03 16.500,00 11.100,00 0,00 5.400,00
fondo capitaliz.
1.06.01 Seguros 47.850,00 32.190,00 0,00 15.660,00
1.03.04 Transporte bienes - 0,00 4.182.000,00 4.182.000,00
Materiales y
2.03.02 25.000.000,00 0,00 23.267.519,36 48.267.519,36
productos asfalticos
SOLUCION PPROBLEMA CONTAMINACION POLVO MONTEZUMA
0.01.02 Jornales - 0,00 96.000,00
0.03.03 Decimotercer mes - 0,00 8.000,00
Contribución patronal
0.04.01 - 0,00 13.603,20
a la CCSS
Contribución al Banco
0.04.05 - 0,00 480,00
Popular
Aporte patronal Reg.
0.05.02 - 0,00 2.880,00
Pensión
Aporte patronal
0.05.03 - 0,00 1.440,00
fondo capitaliz.
3
1.06.01 Seguros - 0,00 4.176,00
1.03.04 Transporte bienes 2.500.000,00 1.876.250,00 0,00 623.750,00
Mantenimiento de
1.08.02 6.000.000,00 425.000,00 0,00 5.575.000,00
vías comunicación
Materiales y
2.03.02 5.000.000,00 0,00 2.174.670,80 7.174.670,80
productos asfalticos
TOTAL
MODIFICACION 71.890.322,43 71.890.322,43
PRESIDENTE INTENDENTE SECRETARIA CONTADOR TESORERA
CONSIDERANDO:
-Que se ha presentado modificación presupuestaria Nº 11-2014 por un monto de setenta y un millones
ochocientos noventa mil trescientos veintidós colones con 43/100 (¢71.890.322,43)
ACUERDO Nº1
SE ACUERDA: “Aprobar modificación presupuestaria Nº 11-2014 por un monto de setenta y un millones
ochocientos noventa mil trescientos veintidós colones con 43/100 (¢71.890.322,43). ACUERDO UNANIME.
Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
partes, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO.
III. DECISION INICIAL
a. Omar Fernández Intendente. OFICIO I-432-14. ASUNTO. Decisión inicial Para contratar
Maquinaria para Ejecutar el Proyecto Denominado TSB3 Cruce Ruta 160- San Isidro, incluido en el
presupuesto Extraordinario 2014 y aprobado por este honorable Concejo
Indique la justificación de la procedencia de la contratación, con indicación expresa de la necesidad a satisfacer
(finalidad pública a cumplir) con la presente contratación. (Según artículo 8, inciso a, del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa).
Se requiere contratar Maquinaria para Ejecutar el Proyecto Denominado TSB3 Cruce Ruta 160- San Isidro, incluido en
el presupuesto Extraordinario 2014 y aprobado por este honorable Concejo. Cabe mencionar que este es un Proyecto
que se ha venido gestionando durante mucho tiempo, para el cual se ha contado con todo el Apoyo del MOPT, mismo
que es de suma importancia para esta comunidad, ya que con esto se pretende mitigar la gran problemática causada
por la contaminación del Polvo, lo que ha ocasionado que en reiteradas ocasiones los vecinos de estos caseríos se
acerquen a nuestras oficinas, suplicando que se les de una pronta solución a este problema. No omito manifestar que
esta comunidad de San Isidro ha crecido considerablemente en población, por lo tanto hay más niños, adultos
mayores, los cuales muchas veces sufren de problemas respiratorios a causa del polvo.
Es por lo anterior expuesto que se hace necesario intervenirlo lo antes posible, para así poder satisfacer la necesidad
de esta población de contar con un adecuado y seguro transito y además el acceso a los servicios básicos de salud,
alimentación y educación.
2-Defina el objeto de la contratación aportando las especificaciones técnicas, las cuales deben ser claras, suficientes,
concretas y objetivas. (Según artículo 8, inciso b, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
Para realizar este trabajo se requiere la contratación de la siguiente Maquinaria:
400 horas de Vagoneta.
100 horas de Back Hoe para cargar el material.
100 horas de Niveladora para escarificar y Conformar.
80 Horas de Compactación.
75 Horas de Tanque de Agua.
92 Horas de Distribuidor de Emulsión.
84 Horas de Distribuidor de agregados.
70 Horas de Barredora.
Esta misma no incluye el rodamiento ni desperfectos mecánicos, serán horas efectivas a partir de que el
Departamento encargado gire la orden de inicio.
3-Indique el procedimiento de control de calidad que se aplicarán durante la ejecución de la contratación y para la
recepción de la obra, bien o servicio. (Según artículo 8, inciso c, del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa).
El trabajo deberá realizarse en el lugar antes mencionado, en la comunidad de San Isidro Ruta 160. El Inspector
contratado para chequear dichos trabajos de Maquinaria, será el encargado de mostrarles los puntos de referencia a
intervenir. Esta se atenderá por medio de la unidad ejecutora La Intendencia en coordinación con el Ingeniero y el
inspector que ha sido contratado para tener un buen control del desempeño de la maquinaria y así poder obtener un
4
mejor rendimiento de esta misma. Que los recursos asignados para este fin sean aprovechados de la mejor manera
posible.
4. Indique la estimación actualizada del costo del objeto, así como el detalle de la disponibilidad presupuestaria con la
que cuenta la unidad solicitante para enfrentar la ejecución de la contratación. (Según artículo 8, inciso d, del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Nota: revisar artículo 12 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Monto aproximado de costo: ¢ 23.450.000.00.
Partida presupuestaria: 1.08.02 III Proyecto TSB3 San Isidro ¢ 23.450.000.00.
Aprobación Tesorería Municipal:
5-La Municipalidad posee el recurso humano y material para verificar la correcta ejecución del objeto del contrato.
(Según artículo 8, inciso f, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)
Si: __x_ No: ________
6-Indique el funcionario responsable de darle seguimiento al contrato: (Según artículo 8, inciso g, del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa).
El Departamento de Intendencia en Conjunto con el Departamento de Proveeduría.
Información para elaborar el cartel
En cumplimiento de lo señalado en el artículo 10, inciso e, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa se
requiere la siguiente información para la elaboración del cartel.
Plazo de entrega: 10 Días naturales, si se presentara algún atraso del mismo a causa del tiempo o algún otro
imprevisto, este deberá ser justificado previamente.
Recomendación de proveedores a invitar:
El motivo por el cual se recomienda es que son proveedores que están registrados para tal fin en esta institución y se
conoce de los productos que ofrecen.
Nota: de indicar algún proveedor se debe justificar el motivo por el cual se requiere invitarlo.
Factores de calificación:
Elemento a calificar Ponderación
precio 100%
Importante
La información incluida en este formulario es de presentación obligatoria, por requerimientos legales de la Ley y
Reglamento de Contratación Administrativa por lo que la omisión de información representa un impedimento para
continuar con el trámite de la solicitud de compra.
Aprobación por parte de Intendencia:____________________________
Firma de encargado de la unidad solicitante: ____________________________
Fecha: ____________
CONSIDERANDO:
• Que el objetivo de este tipo de proyectos es eliminar el problema del polvo en las comunidades
más afectadas
• Que este proyecto en particular pretende colaborar con la comunidad de San Isidro y tratar de
eliminar un alto porcentaje del polvo que los afecta
• Que lo apropiado es que se beneficie la comunidad de San Isidro en su mayoría
ACUERDO Nº2
SE ACUERDA: “Solicitarle a la Intendencia, al Ministerio de Obras Públicas y Transporte y al Ingeniero
Oscar Brenes que el proyecto Denominado TSB3 Cruce Ruta 160- San Isidro se realice para dar
cumplimiento al objetivo propuesto que era eliminar el polvo de la comunidad de San Isidro y si este no
alcanza a la mayoría de la comunidad considerar modificar o extender el proyecto”. ACUERDO UNANIME
Se somete a votación la aplicación del artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus
formas, quedando el anterior acuerdo DEFINITIVAMENTE APROBADO
CONSIDERANDO:
• Que según decisión inicial de la Intendencia se requiere contratar Maquinaria para Ejecutar el
Proyecto Denominado TSB3 Cruce Ruta 160- San Isidro, incluido en el presupuesto Extraordinario
2014 y aprobado por este honorable
• Que es de suma importancia para esta comunidad, ya que con esto se pretende mitigar la gran
problemática causada por la contaminación del Polvo
• Que esta comunidad de San Isidro ha crecido considerablemente en población, por lo tanto hay
más niños, adultos mayores, los cuales muchas veces sufren de problemas respiratorios a causa
del polvo
• Que este se atenderá por medio de la unidad ejecutora La Intendencia en coordinación con el
Ingeniero y el inspector que ha sido contratado para tener un buen control del desempeño de la
maquinaria y así poder obtener un mejor rendimiento de esta misma.
• Que el tramo a intervenir es de cinco kilómetros los cuales inician en La Bomba, cuesta Asfaltada
de Mal País, y se continua hacia Cóbano hasta donde se complete los cinco kilómetros en la
comunidad de San Isidro
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• Que para este trabajo se requiere:
400 horas de Vagoneta.
100 horas de Back Hoe para cargar el material.
100 horas de Niveladora para escarificar y Conformar.
80 Horas de Compactación.
75 Horas de Tanque de Agua.
92 Horas de Distribuidor de Emulsión.
84 Horas de Distribuidor de agregados.
70 Horas de Barredora.
• Que el monto aproximado para este trabajo es de veintitrés millones cuatrocientos cincuenta mil
colones con 00/100 (¢23.450.000,00) de la partida presupuestaria 1.08.02 III Proyecto TSB3 San
Isidro, de lo cual se cuenta con la aprobación de la tesorería municipal
ACUERDO N°3
SE ACUERDA: “Autorizar a la Intendencia Municipal para que inicie los trámites para la contratación de la
maquinaria necesaria que permita Ejecutar el Proyecto Denominado TSB3 Cruce Ruta 160- San Isidro,
incluido en el presupuesto Extraordinario 2014
Para esto se requiere:
400 horas de Vagoneta.
100 horas de Back Hoe para cargar el material.
100 horas de Niveladora para escarificar y Conformar.
80 Horas de Compactación.
75 Horas de Tanque de Agua.
92 Horas de Distribuidor de Emulsión.
84 Horas de Distribuidor de agregados.
70 Horas de Barredora.
El monto para este trabajo es de veintitrés millones cuatrocientos cincuenta mil colones con 00/100
(¢23.450.000,00) de la partida presupuestaria 1.08.02 III Proyecto TSB3 San Isidro, de lo cual se cuenta
con la aprobación de la tesorería municipal. ACUERDO UNANIME. Se somete a votación la aplicación del
artículo 45 del código municipal el cual se aprueba en todas sus formas, quedando el anterior acuerdo
DEFINITIVAMENTE APROBADO.
IV. INFORMES DE COMISION
COMISION DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
Dictamen:
Análisis de Documentos.
Oficio número CMDCS 446-2014.
Beneficiario: Colochos del Bongo.
Expediente número: 2841-2005.
Lugar de ubicación: Manzanillo.
Otros: Recomendación de autorización de firma de addendum al expediente Colochos del Bongo.
Acuerda el Concejo.
Se Acuerda: “Dar pase de esta solicitud a la comisión de zona marítimo terrestre para dictamen” Votan el pase los
Concejales Minor Jiménez, Enio Valenzuela y Ronny Rodríguez. Se abstiene de votar la Concejal Reina Gloria Cruz.
Transcripción de acuerdo:
Para su conocimiento y fines consiguientes le transcribo lo acordado por este Concejo en su sesión ordinaria número
36-14, artículo VI, inciso a, del día veintitrés de Setiembre del Dos Mil Catorce, a las diecisiete horas en la sala de
sesiones de este Concejo, que dice:
Yo Omar Fernández Villegas, mayor, casado dos veces, comerciante, Vecino de Cóbano centro, un kilómetro al Este
del Banco Nacional, portador de la cédula de identidad numero dos – quinientos tres – cuatrocientos noventa y ocho,
en calidad de Intendente del Consejo Municipal del Distrito de Cóbano de Puntarenas, nombrado a partir del siete
de febrero del dos mil once, por declaratoria del Tribunal Supremo de elecciones según resolución número cero siete
cuatro seis- E uno uno- dos cero uno uno, de las trece horas del veinticuatro de enero del dos mil once y según lo
dispuesto en el artículo ciento veintitrés y ciento veinte del código municipal, en adelante y para efectos del presente
contrato denominado Consejo Municipal del Distrito de Cóbano, con cédula jurídica tres - cero cero siete - cero
setenta y ocho mil doscientos noventa y siete, en atención al Oficio: L-ZMT 021-2014, realizado por la Licenciada
Marianela Molina Araya.
Viendo la necesidad existente de realizar un Addendum al contrato de la sociedad denominada Colochos del Bongo
Sociedad Anónima, solicito muy respetuosamente se me autorice a firmar el requerido Addendum. A continuación se
agrega una un extracto del cómo quedaría el mencionado addendum.
Que el expediente administrativo Nº 2841-2005, a nombre de Colochos del Bongo Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-390423, en los folios 101, 102 y 103, los cuales corresponden al proyecto de resolución se denota la
6
omisión de la firma por parte del señor José Eladio Cortés Castrillo, quien al ser once horas del diecisiete de julio del
año dos mil ocho fungía como intendente Municipal del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano.
Que en el folios 104 y 105 del expediente administrativo Nº 2841-2005, se ve reflejado la aprobación del Concejo
Municipal del Distrito de Cóbano al proyecto de resolución visible en los folios 101, 102 y 103, mismo que cuenta con
un vicio formal al omitir a firma del Intendente Municipal de turno (José Eladio Cortés Castrillo), ésto por medio del
acuerdo CMDCS- 527-2008, por tal razón resulta además viciado de nulidad el acuerdo tomado por el concejo al ser
éste basado en un acto relativamente nulo y al carecer de un acto administrativo posterior donde se subsane el error
material existente, todo esto haciendo recaer a la administración en una serie de errores que se vienen arrastrando
hasta la fecha. En razón de lo dicho es que en este momento es posible según lo reza el artículo 187 de la Ley General
de la Administración Pública “El acto relativamente nulo por vicio y en la forma, en el contenido o en la competencia
podrá ser convalidado mediante uno nuevo que contenga la mención del vicio y la de su corrección. La convalidación
tiene efecto retroactivo a la fecha del acto convalidado.” Amparados en dicho cuerpo legal se deja ver que a pasar
que en aquel momento no se justificó la ausencia de la firma de la persona competente para hacerlo se hace en este
momento y surte el mismo efecto. Atendiendo al sentido común y sabiendo que los periodos de servicio de los
Intendentes Municipales es un lapso de cuatro años resulta materialmente imposible que el señor José Eladio Cortés
Castrillo se apersone a firmar ya que éste a no presta sus servicios como intendente Municipal para este concejo
desde hace varios años.
Omar Fernández Villegas Intendente Municipal solicita ser autorizado por el Concejo Municipal de Cóbano de
Puntarenas para que suscriba y firme Addendum al contrato de Concesión en donde se indique el monto monetario de
la garantía a rendir la cual es la suma de treinta y seis millones cuatrocientos mil colones exactos. Dado lo anterior
es prudente elaborar el Addendum al contrato de Concesión firmado en fecha 29 de enero del 2009, que contendrá
entre otras la siguiente cláusula y estipulaciones: Se incluya en el contrato original la cláusula décima cuarta La cual
indicara lo siguiente: “Una vez que se cuente con toda la infraestructura necesaria para el desarrollo del proyecto, el
concesionario deberá iniciar con la construcción del mismo en un término de veinticuatro meses (tal cual dice el
Addendum de las ocho horas con treinta minutos del nueve de junio del año dos mil once). Una vez firmado el
contrato de concesión depositará la garantía correspondiente que se encuentra regulada en el artículo cincuenta y
seis del reglamento, de la ley sesenta cuarenta y tres a nombre del Concejo Municipal del distrito Cóbano de
Puntarenas, dicha garantía será por un monto equivalente al cinco por ciento del valor total del proyecto, misma que
equivale a un monto de treinta y seis millones cuatrocientos mil colones exactos, la cual será por medio de una letra
de cambio, ésta deberá rendirse con un plazo de vigencia que exceda en un tercio al fijado por el interesado para la
ejecución del proyecto, la cual deberá ser entregado a la Tesorería Municipal quien será la encargada de custodiar el
mismo; una vez terminado el proyecto, la garantía será devuelta por la municipalidad a los interesados, previa a
autorización escrita del ICT. Esta garantía se otorgará sin perjuicio de las que establezcan las leyes en favor de otras
instituciones. En caso de incumplimiento la municipalidad ejecutara la garantía. La municipalidad con aprobación del
ICT, podrá prorrogar el plazo de la ejecución de la obra, en cuyo caso deberá renovarse la garantía. Si por causas de
fuerza mayor el concesionario no puede cumplir con lo establecido anteriormente, éste deberá comunicarlo a la
administración de la Municipalidad del distrito de Cóbano, y justificarlo ante el Consejo Municipal del distrito de
Cóbano.La garantía se rendirá por aparte, debiendo de actualizarse el valor del proyecto con el valor tasado por el
Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos a la hora de rendir la garantía.”
Que en los folios 357 y 358 se encuentran el recibo de pago del edicto y ha publicación de fe de ratas respectivamente,
la mencionada publicación dice textualmente “Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, departamento de Zona
Marítimo Terrestre. Por un error involuntario se publicó en La Gaceta Nº 14 de fecha jueves 19 de enero del 2006, que
el área de la parcela que solicita en concesión la sociedad: Colochos del Bongo Sociedad Anónima, con sita en el sector
Costero de Playa Manzanillo, es de 6690.80m2, siendo el área correcta: 13815.67m2. Así mismo se indica que el
terreno es para dedicarlo al uso: Zona de Protección, Zona Hotelera de Baja Densidad y Zona Residencial Turística.
Publíquese, Cóbano 9 junio del 2014. – Mariela Céspedes Mora. Coordinadora a.i 1 vez” Siendo esto así quedan
subsanados en forma y como es debido todos los errores existentes en el expediente de la sociedad denominada
Colochos del Bongo Sociedad Anónima
Que según oficio AL-0026, de fecha seis de enero del dos mil doce, remitido por el Instituto Costarricense de Turismo,
indica para estos casos deberá aplicarse lo que establece artículo 187 y siguientes de la Ley General de la
Administración Pública.
Considerando:
Que se ha conocido Solicitud de autorización para firmar addendum a realizar sobre Contrato de Concesión entre el
Concejo Municipal de Cóbano y Colochos del Bongo Sociedad Anónima”
Recomendación al Concejo:
En virtud de lo expuesto anteriormente esta Comisión recomienda al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, que
se autorice a Omar Fernández Villegas Intendente Municipal, a la firma requerida del respectivo addendum para la
sociedad denominada a nombre de Colochos del Bongo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-390423,
esto con el fin de que se continúe con el trámite respectivo de y correcto proceso de constitución de concesión. De
conformidad con lo que establece la Ley 6043 de la Zona Marítimo Terrestre.
Al ser las quince horas con cincuenta y cuatro minutos del veinte de octubre del año dos mil catorce
Josué Villalobos Matamoros. .Jiménez Gutiérrez José León Sandoval
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CONSIDERANDO:
• Que se ha conocido dictamen de la comisión de zona marítimo terrestre sobre Solicitud de
autorización para firmar addendum a realizar sobre Contrato de Concesión entre el Concejo
Municipal de Cóbano y Colochos del Bongo Sociedad Anónima”
• Que la comisión recomienda: se autorice a Omar Fernández Villegas Intendente Municipal, a la
firma requerida del respectivo addendum para la sociedad denominada Colochos del Bongo
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-390423, esto con el fin de que se continúe con
el trámite respectivo de y correcto proceso de constitución de concesión. De conformidad con lo
que establece la Ley 6043 de la Zona Marítimo Terrestre
ACUERDO Nº4
SE ACUERDA: “Acoger la recomendación realizada por la Comisión de zona marítimo terrestre y autorizar
al Intendente Omar Fernández Villegas a firmar del respectivo addendum para la sociedad denominada a
nombre de Colochos del Bongo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-390423, esto con el
fin de que se continúe con el trámite respectivo de y correcto proceso de constitución de concesión. De
conformidad con lo que establece la Ley 6043 de la Zona Marítimo Terrestre. El cual textualmente dice:
Addendum al Contrato de Concesión y proyecto de resolución entre el Concejo Municipal de Cóbano y
Colochos del Bongo Sociedad Anónima.
En la Ciudad de Cóbano a las XXXX horas del día XXXX de XXXX del año XXXX. Entre nosotros, Omar
Fernández Villegas, mayor, casado dos veces, comerciante, vecino de Cóbano centro, un kilómetro al Este
del Banco Nacional, portador de la cédula de identidad numero dos – quinientos tres – cuatrocientos
noventa y ocho, en calidad de Intendente del Consejo Municipal del Distrito de Cóbano de Puntarenas,
nombrado a partir del siete de febrero del dos mil once, por declaratoria del Tribunal Supremo de
elecciones según resolución número cero siete cuatro seis- E uno uno- dos cero uno uno, de las trece
horas del veinticuatro de enero del dos mil once y según lo dispuesto en el artículo ciento veintitrés y ciento
veinte del código municipal, en adelante y para efectos del presente contrato denominado Consejo
Municipal del Distrito de Cóbano, con cédula jurídica tres - cero cero siete - cero setenta y ocho mil
doscientos noventa y siete, y Colochos del Bongo, Sociedad Anónima, que en vista del Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional bajo el número de cédula jurídica tres - ciento uno – ciento
ochenta y tres mil ciento once, el señor Daniel Araya Arias, mayor, casado, una vez, Empresario, vecino
San Ramón de Alajuela, trescientos metros Oeste de Coopeleche R.L, portador cédula de identidad
número dos- dos ocho siete- cinco cero dos, es Presidente, con facultades de Apoderado Generalísimo, de
la empresa denominada Colochos del Bongo, Sociedad
Anónima, nombramiento que se encuentra vigente al día de hoy. Hemos decidido celebrar el presente
Contrato de Concesión y proyecto de resolución.
El Interesado, debidamente autorizado por el Concejo Municipal de Cóbano para este acto según lo
estipulado en la Sesión Ordinaria número por el Concejo Municipal de Distrito Cóbano, según el artículo
XXX, inciso a, de la sesión ordinaria número XX-XX celebrada el día XX de XXXX del XXXX que dice lo
siguiente:
“Considerando:
Que el Concejo Municipal del Distrito de Cóbano de Puntarenas ha conocido solicitud del Addendum de la
sociedad denominada Colochos del Bongo, Sociedad Anónima.
Que se recomienda se apruebe el Addendum Contrato de Concesión y proyecto de resolución y a la vez
se autorice al Intendente Municipal a firmar el respectivo addendum al contrato. Esto con el fin de encausar
debidamente el proceso de otorgamiento de la Concesión a la sociedad Colochos del Bongo, Sociedad
Anónima
Que se deberá transcribir en su totalidad el addendum en el acuerdo del Concejo.
Acuerdo Nº .XXX
Se acuerda:“Acoger y aprobar el Addendum al Contrato de Concesión y proyecto de resolución de la
sociedad denominada Colochos del Bongo, Sociedad Anónima y autorice al Intendente a firmar el
respectivo addendum al contrato.”
Resultando:
1: Que dentro de los aspectos formales señalados a subsanar se dice que “además, se señala que el
contrato debe mostrar el monto y tipo de garantía del proyecto, así mismo se debe de reflejar con claridad
la subsanación de la ausencia de firma del señor José Eladio Cortés Castrillo en el proyecto de resolución
así mismo como la ausencia del respectivo addendum justificando dicho error material” por lo que el
Concejo Municipal de Cóbano deberá de proceder a la incorporación oficial de las cláusulas respectivas,
para proceder con la continuidad del trámite.
Por Tanto:
Ante la necesidad existente de realizar un Addendum a la sociedad denominada Colochos del Bongo
Sociedad Anónima, a continuación los aspectos a subsanar:
Que el expediente administrativo Nº 2841-2005, a nombre de Colochos del Bongo Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-183111, en los
Folios 101, 102 y 103, los cuales corresponden al proyecto de resolución se denota la omisión de la firma
por parte del señor José Eladio Cortés Castrillo, quien al ser once horas del diecisiete de julio del año dos
mil ocho fungía como intendente Municipal del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano.
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Que en el folios 104 y 105 del expediente administrativo Nº 2841-2005, se ve reflejado la aprobación del
Concejo Municipal del Distrito de Cóbano al proyecto de resolución visible en los folios 101, 102 y 103,
mismo que cuenta con un vicio formal al omitir a firma del Intendente Municipal de turno (José Eladio
Cortés Castrillo), ésto por medio del acuerdo CMDCS- 527-2008, por tal razón resulta además viciado de
nulidad el acuerdo tomado por el concejo al ser éste basado en un acto relativamente nulo y al carecer de
un acto administrativo posterior donde se subsane el error material existente, todo esto haciendo recaer a
la administración en una serie de errores que se vienen arrastrando hasta la fecha. En razón de lo dicho es
que en este momento es posible según lo reza el artículo 187 de la Ley General de la Administración
Pública “El acto relativamente nulo por vicio y en la forma, en el contenido o en la competencia podrá ser
convalidado mediante uno nuevo que contenga la mención del vicio y la de su corrección. La convalidación
tiene efecto retroactivo a la fecha del acto convalidado.” Amparados en dicho cuerpo legal se deja ver que
a pasar que en aquel momento no se justificó la ausencia de la firma de la persona competente para
hacerlo se hace en este momento y surte el mismo efecto. Atendiendo al sentido común y sabiendo que los
periodos de servicio de los Intendentes Municipales es un lapso de cuatro años resulta materialmente
imposible que el señor José Eladio Cortés Castrillo se apersone a firmar ya que éste a no presta sus
servicios como intendente Municipal para este concejo desde hace varios años.
Este estimado señor Intendente Municipal debe solicitar la autorización al Concejo Municipal de Cóbano de
Puntarenas para que suscriba y firme Addendum al Contrato de Concesión y proyecto de resolución en
donde se indique el monto monetario de la garantía a rendir la cual es la suma de treinta y seis millones
cuatrocientos mil colones exactos. Dado lo anterior es prudente elaborar el Addendum al contrato de
Concesión firmado en fecha 29 de enero del 2009, que contendrá entre otras la siguiente cláusula y
estipulaciones: Se incluya en el contrato original la cláusula décima cuarta La cual indicara lo siguiente:
“Una vez que se cuente con toda la infraestructura necesaria para el desarrollo del proyecto, el
concesionario deberá iniciar con la construcción del mismo en un término de veinticuatro meses (tal cual
dice el Addendum de las ocho horas con treinta minutos del nueve de junio del año dos mil once). Una vez
firmado el contrato de concesión depositará la garantía correspondiente que se encuentra regulada en el
artículo cincuenta y seis del reglamento, de la ley sesenta cuarenta y tres a nombre del Concejo Municipal
del distrito Cóbano de Puntarenas, dicha garantía será por un monto equivalente al cinco por ciento del
valor total del proyecto, misma que equivale a un monto de treinta y seis millones cuatrocientos mil colones
exactos, la cual será por medio de una letra de cambio, ésta deberá rendirse con un plazo de vigencia que
exceda en un tercio al fijado por el interesado para la ejecución del proyecto, la cual deberá ser entregado a
la Tesorería Municipal quien será la encargada de custodiar el mismo; una vez terminado el proyecto, la
garantía será devuelta por la municipalidad a los interesados, previa a autorización escrita del ICT. Esta
garantía se otorgará sin perjuicio de las que establezcan las leyes en favor de otras instituciones. En caso
de incumplimiento la municipalidad ejecutara la garantía. La municipalidad con aprobación del ICT, podrá
prorrogar el plazo de la ejecución de la obra, en cuyo caso deberá renovarse la garantía. Si por causas de
fuerza mayor el concesionario no puede cumplir con lo establecido anteriormente, éste deberá comunicarlo
a la administración de la Municipalidad del distrito de Cóbano, y justificarlo ante el Consejo Municipal del
distrito de Cóbano.La garantía se rendirá por aparte, debiendo de actualizarse el valor del proyecto con el
valor tasado por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos a la hora de rendir la garantía.”
Que en los folios 357 y 358 se encuentran el recibo de pago del edicto y ha publicación de fe de ratas
respectivamente, la mencionada publicación dice textualmente “Concejo Municipal del Distrito de Cóbano,
departamento de Zona Marítimo Terrestre. Por un error involuntario se publicó en La Gaceta Nº 14 de fecha
jueves 19 de enero del 2006, que el área de la parcela que solicita en concesión la sociedad: Colochos del
Bongo Sociedad Anónima, con sita en el sector Costero de Playa Manzanillo, es de 6690.80m2, siendo el
área correcta: 13815.67m2. Así mismo se indica que el terreno es para dedicarlo al uso: Zona de
Protección, Zona Hotelera de Baja Densidad y Zona Residencial Turística. Publíquese, Cóbano 9 junio del
2014. – Mariela Céspedes Mora. Coordinadora a.i 1 vez” Siendo esto así quedan subsanados en forma y
como es debido todos los errores existentes en el expediente de la sociedad denominada Colochos del
Bongo Sociedad Anónima
Que según oficio AL-0026, de fecha seis de enero del dos mil doce, remitido por el Instituto Costarricense
de Turismo, indica para estos casos deberá aplicarse lo que establece artículo 187 y siguientes de la Ley
General de la Administración Pública.
Tercera: Que el presente addendum al contrato de concesión, fue autorizado y aprobado por el Concejo
Municipal de Cóbano, en Sesión Ordinaria número XXX-XXXX, Acuerdo número XXX, Artículo XXXX,
inciso XXX, celebrada el día XXXX de XXXX del dos mil XXXX.
Votan a favor los Concejales Minor Jiménez. Ronny Rodríguez, Enio Valenzuela y Juan León. Se abstiene
de votar la Concejal Reina Gloria Cruz Jiménez indica que no lo vota porque tampoco había votado el
pase a la comisión y además por el uso que se le puede dar en un futuro.
Finaliza la sesión al ser las dieciocho horas con treinta y tres minutos
Roxana Lobo Granados Minor Jiménez Gutiérrez
Secretaria Presidente
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