Extraordinaria 14 · 2014-05-30
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Las actas se corrigen y aprueban en la sesión siguiente; verifique que esta sea la versión aprobada antes de citarla. Forma citable: sesión extraordinaria N.º 14 del 2014-05-30 + número de acuerdo.
Acuerdos en esta acta
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- Acuerdo 2 (pág. 5) · unanime ACUERDO Nº2 SE ACUERDA: Autorizar al Sr. Richard Sommer para forme parte del procedimiento a administrativo ordinario Nº ODPAO-04-2014 y se presente e…
- Acuerdo 1 (pág. 6) · unanime ACUERDO Nº1 SE ACUERDA: “Dar pase de este recurso a la Asesora legal legal “. Votan a favor Ronny Rodriguez José León Sandoval y Minor Jiménez. Se abs…
- Acuerdo 2 (pág. 7) · unanime ACUERDO Nº 2 SE ACUERDA: “Darnos más tiempo para analizar en comisión los documentos que envío el Lic. Walter Moya y la Lic Francil Herrera”. ACUERDO …
ACTA EXTRAORDINARIA Nº 14-14
Acta número catorce - dos mil catorce de la sesión Extraordinaria que celebra el Concejo Municipal del
Distrito de Cóbano el día treinta de Mayo del Dos Mil Catorce a las diecisiete horas en la sala de
sesiones de este Concejo.
CONCEJALES (AS) PROPIETARIOS PRESENTES
Minor Jiménez Gutiérrez PRESIDENTE Y SINDICO
Reina Gloria Cruz Jiménez
Ronny Rodríguez Villalobos
José León Sandoval
CONCEJALES (AS) SUPLENTES PRESENTES
Noemi Rodríguez Cordero
CONCEJALES AUSENTES CON JUSTIFICACION
José Alba Rosa Gómez Espinoza
CONCEJALES AUSENTES SIN JUSTIFICACION
Romelia Vagas Hernández
Enio Valenzuela Ruiz
Josué Villalobos Matamoros
ADEMAS LA PRESENCIA DE:
INTENDENTE
Omar Fernández Villegas
SECRETARIA
Roxana Lobo Granados
I. Se comprueba el quórum y se da inicio a la sesión sometiendo a consideración
del Concejo el orden del día propuesto para esta sesión el cual se aprueba en
todas sus partes. ACUERDO UNANIME
II. CRITERIO ASESORA LEGAL
III. RECURSO DE AMPARO
II. RECURSO DE AMPARO
a. Sala Constitucional. Recurrente. Omar Fernández. Recurrido Concejo Municipal de Distrito de
Cóbano. Expediente Nº14-008337-0007-CO.
NOEMI. Quien le hizo la denuncia a Momo
MAINOR. El órgano director
JOSE. Es que el órgano director involucró a Momo en el proceso de Bosque Areyis
GLORIA. Como lo sabe usted
JOSE. Porque en ese documento lo dice, no lo escucharon. Disculpen pero ustedes dos cuando están
leyendo algo están escribiendo entonces no pueden escuchar
NOEMI. Yo quiero ver el documento que presento el Lic. Walter Moya, yo no me voy a dejar llevar por
palabritas. Como sabemos que ese abogado renuncio, yo lo tengo que ver porque tiene que venir firmado
por la persona
MINOR. Ya le entiendo
GLORIA. El acta anterior hoy no se ratifica aquí
MINOR. Todos estos documentos son muy delicados no deben salir fuera no deberían ni quedar en actas
GLORIA: Y como el caso mío lo reafirmaron a cada rato y todavía salió en estas actas.
MINOR, Era algo muy sencillo en comparación con esto
GLORIA. Como sencillo si se trataba de mi persona MINOR. Si pero aquí hay embarrados Momo, El Concejo, Bosque Areyis, Richard Sommer, es muy complejo GLORIA. Y el Concejo porque esta embarrado en ese caso de Bosque Areyis? MINOR: Porque a quien le ordenaron que iniciara el proceso, nosotros iniciamos el proceso al contratar el proceso MINOR. Lee partes del documento presentado por el Lic. Walter Moya NOEMI. El concejo es todo MINOR. El Concejo somos nosotros. El dice que por error lo dejamos sin competencia NOEMI. Por eso el dice que se puede nombrar al otro abogado pero eso le toca a Francil. Yo traigo aquí unas propuestas son unos acuerdos si ustedes ven que los pueden tomar los toman y después vemos eso, eso es un asunto del señor Momo, pero el Concejo tiene ya por orden ya que aclarar el otro problema de que ya el órgano director quedo sin competencia. GLORIA. En estas actas que se están viendo ahorita son extraordinarias. ¿en las ordinarias se pueden aprobar las actas extraordinarias? Y viceversa, aquí también se pueden aprobar todas las anteriores MINOR. Aquí no estamos aprobando actas GLORIA: Si pero digo si se aprueban en la ordinarias extraordinarias que se ha hecho también no se puede, yo quiero que se ratifique aquí lo que dije porqué en la realidad solo los ríos no se devuelven en el acta 17-14 yo dije que yo no ratificaba esos puntos donde no me quedó claro en realidad lo que yo había dicho o sea lo que yo dije aquel día lo que yo le pedí al Concejo que hiciéramos una, rectificar sobre lo que se dijo hacia el Lic. Walter Moya entones yo les había anotado acuerdo MINOR. Eso quedo en actas el martes GLORIA: Yo quiero que hoy quede ratificado esto que yo Reina Gloria Cruz Jiménez le solicite disculpas en forma oral hoy lo hago en forma escrita al referirme en el acta me referí al Sr. Richard Sommer no así a Don Walter, cuando me referí al proceso que este señor llevo en contra de mi persona afirme que el trabajo que Don Walter hizo Don Walter hizo de investigar paso a paso todo al recopilar la información fue excelente, no encontré al leer mi exposición, no apareció este criterio, cuando dije que si sabíamos que el contrato del órgano director era, ese contrato lo tenemos era por cinco millones, por tres procesos que ahí lo mientan a cada rato, si se le dio más debe haberse aprobado por el Concejo y la administración, porque él me dijo que era honesto, a la vez que dije, si Don Walter hubiese pedido 12 millones como estaba comentándose en ese momento, entonces no sería honesto, eso fue lo que yo recalque. Esto porque no es cierto, el Concejo no lo aprobó, en qué momento nosotros aprobamos esos doce millones, en ningún momento, entonces lo que se estaba haciendo era un comentario que no es cierto. Por esa razón Cuando yo me referí también a los reglamentos, yo no estaba de acuerdo, porque no fueron a la sesión extraordinaria que se entregaron había que volverlos en otra extraordinaria a analizarlos y que nos entregaran otros dos pero no se hizo como se había acordado. De esa acta 17-14 yo no apruebo esas partes porque solo los ríos no se devuelven, sucede que en esa acta ubo mucha presión y en la realidad no quedo claro cuando se presentaba una y se presentaba la otra para aprobar, había un gran interés de Josué que yo no leyera las actas, si un compañero no quiere leer el acta se le respeta, no me dejaba leer el acta de hecho esta es una acta que yo no la pude leer no termine y quiero que todo esto quede en actas porque cuando nosotros vamos a aprobar algo tenemos que leerlo, esa acta 17-14 yo no ratifico, solo la parte donde hablo don Nono que hablo de una situación y creo que era Antonio Valesse que estaba exponiendo lo de Montezuma pero lo demás por mi parte yo o lo ratifico porque no me quedo claro al no dejarlo leer bien y ahorita con esto yo no sé cómo se presenta un documento para que uno tenga que aprobarlo de una vez , sucede que cuando es una extraordinaria se lo deben dar por escrito a uno para uno analizar y saber que es pero yo no soy abogada como para que manden un recurso y de una vez decir lo voy a aprobar porque ni siquiera tengo conocimiento de eso, la interpretación es de un abogado. Aquí tenía que estar la abogada MINOR: No hay necesidad. Todos los recursos que llegan aquí desde que nosotros llegamos hace tres años los acogemos y le damos pase a la Licenciada para que ella le de su debida respuesta GLORIA. Eso ya lo vio ella MINOR. Esto llego hoy a las 2 de la tarde
GLORIA: Ella tenía que haberlo visto, ¿cómo lo vamos a ver nosotros sin un abogado?
MINOR. Es que nosotros lo que vamos a hacer es darle pase a ella, para qué lo conteste luego ella me
llama y yo lo firmo y hay tres días para eso
NOEMI. Yo quiero ver el documento qué mandó la abogada, el original, quiero que le diga a la
secretaria que lo vaya a traer
GLORIA: yo dije que quería que esto quedara en actas, porque si yo lo dije se supone que ya tenía que
estar
MINOR. Todo lo que usted hablo el martes pasado sale el martes.
GLORIA. Si pero yo estoy diciendo que lo den hoy
MINOR. Hoy solo venimos a dos cositas el criterio de la asesora legal y el recurso de amparo
NOEMI. Si pero eso no se va a aprobar
MINOR. Esto tenemos que aprobarlo hoy y pasarlo a legal porque nosotros no lo vamos a contestar
NOEMI. Yo quiero ver el documento que se trajo la vez pasada y lo que decía por eso es necesario tener
las grabaciones
JOSE. Debe ser el recurso de Victoria
GLORIA. Quiero que quede en esta acta que no ratifico el acta la 17-14, pido que quede en el acta
de hoy que yo no ratifico el acta 17-14, esa acta la leímos ya todos aunque ese día yo no tuve tiempo por
la misma petición de los compañeros porque hay unos que ni siquiera se lo leen, por eso yo no estoy de
acuerdo en ratificarla parque ya el martes yo no la voy a pedir, la estoy pidiendo hoy
JOSE. Lee artículo del código municipal lo relacionado con las sesiones extraordinarias
GLORIA. Las convocatorias a extraordinarias deben ser por escrito y así lo pedí
II. CRITERIO ASESORA LEGAL
Dpto. de Asesoría Legal
a. Lic. Francil Herrera. Oficio Número: CMDCAL – 024 -2014
MINOR. Voy a leer el criterio de la asesora legal, pongan atención porque en esto es que tenemos que
trabajar
Cobano, 27 de Mayo del 2014
Oficio Número: CMDCAL – 024 -2014
En relación con el acuerdo tomado por ese Cuerpo Edil, en la sesión extraordinaria número 13-14, en su artículo II, inciso
a), celebrada el pasado 21 de mayo del 2014, me permito indicarles lo siguiente:
En el citado acuerdo de ese Órgano Colegiado, solicita mi criterio en condición de asesoría legal de esta Corporación, en
torno al memorial datado 16 de mayo del año que transcurre y suscrito por el Lic. Walter Moya Sanabria, quien fuera contratado
por este Concejo Municipal de Distrito, como abogado externo para la apertura y tramitación de tres procedimientos
administrativos ordinarios.
En el libelo de marras, el Lic. Moya Sanabria, a título de “Denuncia”, pone en conocimiento de ese distinguido Concejo,
lo que desde su criterio constituyen una serie de “situaciones anómalas” que se están dando por parte de funcionarios
municipales, cuyos efectos están incidiendo en forma negativa en el procedimiento administrativo ordinario No. ODPAO-04-2013,
seguido contra la empresa: “Bosque Arelys S.A.”, amén de –según lo afirma- “violaciones serias” por parte del Concejo Municipal
que atentan contra el debido proceso y que eventualmente podrán ser utilizadas por las partes involucradas para buscar alguna
nulidad de ese procedimiento.
Al revisar el tenor de ese documento, se entiende que la denuncia por situaciones anómalas se formula contra los
siguientes funcionarios municipales: Proveedora, Auditoria Interna, Asesora Legal y los miembros del Concejo Municipal.
De acuerdo con ese texto, tanto los citados funcionarios municipales, como los miembros del Concejo, hemos incurrido
en una serie de faltas graves, que el estimado colega, no solamente encuadra dentro de las disposiciones de la misma Carta
Magna, sino en la Ley General de Control Interno No. 8292, la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función
Pública, Código Procesal Civil, Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos
del Profesional en Derecho, así como la Ley General de la Administración Pública, siendo algunas de sus afirmaciones, peligrosas,
osadas y graves.
Si efectivamente dicho profesional Moya Sanabria, considera que hemos incurrido en esa serie de faltas graves, -incluido
el mismo Concejo Municipal- entonces hace mal denunciándolas ante el mismo órgano colegiado que también y de acuerdo con su
criterio, ha incurrido en esas faltas, pues es evidente que el Concejo en pleno habrá de inhibirse o apartarse de conocer los hechos
contenidos en esa denuncia.
Resulta absurdo que el Lic. Moya Sanabria, acuse de irregularidades graves al Concejo Municipal y que ponga justamente
esa denuncia en conocimiento del mismo órgano denunciado, para que se pronuncie al respecto.
NOEMI. Yo quiero ver esa denuncia
MINOR. Está en el documento que presento Don Walter, aquí esta
NOEMI. Quiero solicitar una copia de ese documento pero ya que nos den ya esa copia a cada uno, que
ella la secretaria lo vaya a sacar
MINOR. CONTINUO LEYENDO
También resulta inaudito que presente queja o denuncia ante ese Concejo, contra la Proveedora Municipal y la suscrita Asesora
Legal, cuando el régimen disciplinario respecto a nuestros cargos, es competencia exclusiva del señor Intendente Municipal o la
señora Vice Intendenta Municipal, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el numeral 17 inciso a) del Código Municipal,
que dispone que ese funcionario es el Administrador General y Jefe de todas las dependencias municipales, de tal manera que el
Concejo no tiene bajo su égida el control administrativo-disciplinario de tales funcionarios.
Por otro lado, la denuncia del abogado Moya Sanabria es confusa y contradictoria, pues si efectivamente ese Concejo ha
incurrido en una serie de violaciones al Principio Constitucional relativo al Debido Proceso, que debe respectarse en aquel
procedimiento ordinario abierto contra “Bosque Arelys S.A., el señor Intendente Municipal y el ex ingeniero municipal, entonces el
Lic. Moya Sanabria, NO PUEDE PRETENDER que ese Colegio, le acepte la “Cesión de Derechos” que propone a favor de su colega
el Lic. Randy José Araya Vallejos, carné 12573; en primer lugar, porque el Concejo de pleno derecho estaría inhibido para seguir
conociendo de ese procedimiento administrativo ordinario (dadas las supuestas violaciones que ha cometido en perjuicio de esa
indagación) y por ende no podría pronunciarse sobre la admisión o rechazo de esa cesión y, en segundo lugar por cuanto la
aceptación de esa cesión, debe tener como premisa ineludible que, el contratista haya cumplido a cabalidad con “…las principales
condiciones legales, técnicas y financieras solicitadas en el cartel” para la prestación de los servicios contratados por la
Administración, - lo cual debe analizarse minuciosamente para verificar ese cumplimiento- esto en razón de que a partir de la
aprobación de esa “Cesión” el contratista o cedente (El Lic. Moya) quedaría exonerado o libre de todas las obligaciones con la
Administración, las cuales se le cargarían de ahí en adelante al cesionario (quien a la postre no ha manifestado su interés en
aceptar esa cesión. (Véase artículo 209 del Reglamento a la Ley de la Contratación Administrativa).
Ante este cuadro fáctico y jurídico, ni el Concejo Municipal, ni la suscrita Asesora Legal, podríamos entra a conocer válida
y legalmente de los hechos denunciados por el Lic. Moya Sanabria, en virtud de que tanto ese Colegio como la infrascrita Asesora,
resultamos denunciados expresamente en ese libelo y mal haríamos conociendo del mismo.
Es claro que el denunciante Moya Sanabria, nunca debió presentar su queja ante el mismo órgano que denuncia, ni
tampoco puede válidamente ese Concejo, solicitar criterio a esta Asesora Legal sobre ese documento –conforme al acuerdo supra
citado-, toda vez que a la suscrita se le involucra también en los hechos de la denuncia, supuestamente por mala asesoría en torno
al préstamo del expediente referente a la Contratación Administrativa del Asesor Externo para instruir los tres procedimientos
ordinarios ya conocidos.
En razón de lo anterior, esta Asesora Legal declina darle contestación al Concejo Municipal sobre esa gestión planteada,
por ser parte interesada y denunciada expresamente.
Pese a lo anterior, considero que el Concejo Municipal, tiene vedado entrar a conocer y resolver la denuncia formulada,
por tener también la condición de órgano denunciado, amén de que esa denuncia evidentemente ha sido mal direccionada,
situación es del conocimiento del denunciante, por ser abogado, quien debió acudir a las instancias respectivas, de acuerdo con las
competencias que establece la ley.-
Sin más por el momento respetuosamente de despide de usted atentamente:
NOEMI. Primero traigo un documento como era necesario cuando estuvimos en la sesión 13-14 con el Lic.
Walter el dijo que teníamos que tomar acuerdos , entonces yo me puse a leer, he leído bastante hasta las 4
de la mañana, me ha costado mucho hacer esto porque lo que el Concejo necesita es que si le pago a un
abogado cinco millones para llevar tres procesos, no se pueden venir abajo, que pasaría si los procesos no
se terminan bien porque el mismo concejo tal vez no entienda, entonces yo por eso le digo a usted señor
presidente, que ese documento que presentó el abogado que es necesario que nos de a cada uno una
copia con la firma , porque el día que usted me dijo Noemi vaya y saca la copia mañana, yo la saque, fíjese
que ese documento no traía firma ni nada.
MINOR. Este documento no va a salir en actas no puede salir
NOEMI. Si puede salir esto no es prohibido
MINOR. Esto no puede andar en la calle, es un proceso, es para aquí interno porque hay varias denuncias,
esto no puede andar en la calle
GLORIA. Y porque cuando se refirieron al caso mío lo ponían en actas? NOEMI. Aquí no se está demostrando el porqué se los denuncio. Yo saque copia porque no es nada delicado. Pero fíjese no tiene firma ¿por qué no tiene firma? MINOR: Porque se imprimió directamente de la computadora, no se saco copia, pero es el mismo, ese está impreso digital. Lo puede chequear renglón por renglón NOEMI. Voy a seguir. Para el concejo era necesario que el proceso siguiera, el proceso del órgano director, entonces yo escribí. ACUERDO Viernes 30 de mayo del 2014 Se acuerda remitir documentación presentada por el Sr. Lic. Walter Moya en sesión extraordinaria 13-14 del día veintiuno de mayo del dos mil catorce dicha documento consta fecha del dieciséis de mayo del dos mil catorce, será remitido por este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano como órgano colegiado a la Licda. Francil Herrera Araya, del Concejo hacia ella, como asesora legal del mismo el cual le solicitamos se pronuncie al respecto cuanto antes con un criterio legal ante este Concejo dijo documento esta especifico en la antepenúltima pagina de dicho documento al que se referirá ante este Concejo debe cumplir con el acuerdo nº2 de la sesión ordinaria 17-14 del 6 de mayo del 2014, en sesión ordinaria del día 6 de mayo del 2014, error ,el acta numero 17-14 viene con fecha día 29 de abril en la primera pagina , se corrige la fecha acta 17-14 es la que corresponde al día 06 de mayo del 2014. En el punto II. Ratificación Acta Ordinaria 16-14 y se refiera la sesión ordinaria 16-14 del 29 de abril en 20 pagina 4 punto 3 correspondencia inciso a, también debe rendir su criterio legal ante este órgano colegiado, yo saque la copia y dice: Punto III correspondencia: a. Lic. Lic. Walter Moya Sanabria. Órgano Director. ASUNTO. Solicitud del Sr. Richard Sommer para ser parte dl procedimiento administrativo ordinario ODPAO-04-2013 seguido contra Bosque Areyis S.A. Indica que con fundamento en el artículo 275 de la Ley General de la Administración Publica el Sr. Sommer solicita ser parte del procedimiento administrativo y aunque de acuerdo con los análisis efectuados no se considera que con los resultados de dicho procedimiento sus intereses legítimos resulten afectados puede formar parte del proceso pero deberá ajustarse a los procedimientos que se han establecido considerando: -Que el Sr. Richard Sommer con fundamento en el artículo 275 de la Ley General de la Administración Pública solicita ser parte del procedimiento administrativo ordinario ODPAO-04-2013 seguido contra Bosque Areyis S.A. ACUERDO Nº2 SE ACUERDA: Autorizar al Sr. Richard Sommer para forme parte del procedimiento a administrativo ordinario Nº ODPAO-04-2014 y se presente en la audiencia oral y pública que dará inicio a las nueve de la mañana del día seis de mayo del dos mil catorce, se le informa que en dicha audiencia se deberá ajustar a los procedimientos que de previo ha establecido el órgano director para que prioritariamente las partes que han sido notificadas y que realmente se podrán ver afectadas en sus derechos subjetivos o administrativamente puedan ejercer su derecho de defensa”. ACUERDO UNANIME. Porque paso esto, Porque por esta razón se vino abajo ese proceso que deberá continuar fue porque nosotros no nos dimos cuenta, leímos y como habían muchas actas ese día, no vimos esa respuesta y esa respuesta era legal, es legal él puede estar, porque si yo tengo una denuncia contra alguien yo tengo que saber quien me la pone entonces en ese aspecto el señor tenía todos los datos para poner la denuncia como fue puesta y entonces esto es legal nosotros cometimos el error y por eso el proceso se vino abajo. Yo me voy a dejar una y yo se la entrego una MINOR. Dentro de las cosas que usted leyó ahorita habla del criterio que nosotros le tenemos que pedir a Francil, cuando el Sr. Moya nos entrega este documento que lo explico todo durante hora y resto y después nos lo dio y lo leímos en sesión nosotros le pedimos el criterio legal a la abogada y es este aquí esta, ya ella respondió NOEMI. De esto ella no me ha respondido a mí de esto, ni a este Concejo, entonces yo se lo mando y usted me firma uno como recibido MAINOR. Y como ella resulta mencionada NOEMI. Pero al final en la letra negra dijo no tomo represarías contra nadie. Voy a leer el otro., es muy importante se recuerda que yo había presentado aquella moción pero como dijo algo que yo no, yo pienso las cosas, dice: Viernes 30 de Mayo 2014 Se acuerda, este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano en sesión ordinaria martes 20 de mayo, que fue cuando yo presente este documento, donde indica un desacuerdo de mi persona por tal información procesada en la página número 20 de esa acta ordinaria 19-14 ya que el procedimiento a seguir es, ¿Por
qué? Porque a mí no me pareció algo que estaba ahí, entonces por eso yo retire la moción que había presentado, pero ahora lo podemos tomar como acuerdo, dice en la pagina 20 entonces yo lo retire ya que el procedimiento a seguir es: que se acuerda que este órgano colegiado presenta documentación donde se evidencia que el proceso de contratación administrativa es un procedimiento donde ha actuado a derecho la administración por lo tanto dicho documentos le corresponderán a la vice intendencia dar su respuesta a quien va dirigido ya que es un proceso legal y correcto, por tanto este Concejo manifiesta que los documentos serán dirigidos a la persona indicada. Dichos documentos son claros. Sesión ordinaria martes 20 de mayo del 2014 ésta presente moción es para informarle al Sr. José Alberto León Elizondo apoderado de la sociedad anónima Bosque Arelys permitiéndosele a la vez de una forma debida y clara por parte de este Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y en calidad de órgano colegiado la información debida y precisa a que usted merece ser informado y creímos importante como órgano colegiado hacerle llegar esta debida información que demuestra una clara y legitima contratación donde existe un debido proceso apegado con lo establecido en ley para la contratación de un órgano director que recae en un licenciado en derecho, por tal razón dicho procedimiento cumple con lo establecido en la ley de contratación administrativa en relación tal mínimos de oferentes que deben de participar en una contratación directa por tanto los tres oferentes que participaron son; en folio 013 la invitación al Lic. Walter Moya Sanabria en fecha 30 del 10 del 2013, en folio 014 la invitación al señor Lic. Juan Carlos Fonseca quien en fecha 30 del 10 del 2013 recibió la solicitud formal y de forma personal, en folio 015 la invitación al señor Lic. Randal Ramírez Calero quien también de forma personal recibió la solicitud por parte de la administración, en folio 017 consta igualmente la invitación ya en forma personal y la solicitud recibida por la persona de Walter Moya Sanabria en fecha 01 del 11 del 2013 por tal razón dicho procedimiento cumple con lo establecido en la ley de contratación administrativa, por lo tanto el oferente que acepto ser nombrado como órgano director para los tres procesos administrativos en la contratación directa número 2013CD- 000075-01 Contratación de abogado externo para instruir el proceso de tres procedimientos ordinarios administrativos, el profesional contratado es el Lic. Walter Moya Sanabria misma que fue adjudicada mediante la contratación directa número 2013CD-000075-01 es un procedimiento ordinario relativo a una sociedad anónima denominada Bosque Arelys la cual se conoce y se encuentra en el debido proceso. Explicación: el órgano director para instruir tres procedimientos ordinarios administrativos los cuales son un proceso disciplinario por la supuesta participación de la Concejal Reina Gloria en una contratación para la compra de materiales para la remodelación de un salón comunal, un proceso disciplinario contra el ex concejal Allan Masis Angulo el cual supuestamente aprovechando su puesto defendió lo intereses particulares de un hotel ubicado en la zona marítimo terrestre, el último caso es un procedimiento ordinario relativo a una sociedad anónima denominada Bosque Areyis la cual supuestamente tiene participación en varios hechos irregulares relacionados con una concesión, permisos de construcción e instalación de torres de iluminación en la zona marítimo terrestre, tal información ampliada es con el fin de hacerlos conocedores del trámite de ley que se siguió para dicha contratación del órgano director. Esta noción yo la presente y lo que estoy siendo claro con esto es diciéndole porque como este Concejo no había envido estos documentos que tampoco el órgano director no le correspondía entonces yo me di con la tarea de informar a los señores de que si existe un claro y legitimo. Quiero que me lo firme y esa se la deja usted para que la presente, esa va para la vice intendencia porque ella es la que le corresponde entregar ese documento a quien va dirigido. MINOR. En cuanto el recurso, votación para acoger el recurso NOEMI: Primero se me va a votar para lo que yo presenté MINOR. Compañeros votación para acoger el recurso y enviarlo a la asesora legal. CONSIDERANDO .Que se ha conocido recurso de amparo de la Sala Constitucional. Recurrente. Omar Fernández. Recurrido Concejo Municipal de Distrito de Cóbano. Expediente Nº14-008337-0007-CO ACUERDO Nº1 SE ACUERDA: “Dar pase de este recurso a la Asesora legal legal “. Votan a favor Ronny Rodriguez José León Sandoval y Minor Jiménez. Se abstiene de votar la Concejal Reina Gloria Cruz indica que salva su voto porque no le queda claro MINOR: Que hacemos con el documento que envía Francil JOSE. ¿Qué hacemos, que es lo que venimos a hacer hoy? MINOR. A Verlo leerlo estudiarlo JOSE: Estamos aquí porque Don Walter mando un documento queriéndose quitar del proceso u ese documento que Francil contesto, hay que acoger el de Francil y desechar el de él, eso es todo. Hay que hacer un acuerdo hoy NOEMI. Me falta otro documento
GLORIA. Una consulta ¿Por qué todos los documento se han traído y quedan en actas y ese no puede
quedar en actas? Porque no me parecen cosas tan transparentes
MINOR, Las actas son públicas, es un proceso muy delicado que no puede andar en boca de todo el
mundo
JOSE. Conteste fácil, lo que queda en actas es lo que el Concejo aprueba
GLORIA. Si el documento llega acá debe quedar en actas, aquí no se eligen documentos todos se
aprueban y quedan en actas
MINOR. Noemi vea lo que vamos a hacer con esos documentos suyos, yo me los voy a llevar y los traigo a
la sesión del martes como correspondencia, hoy no los podemos meter, porque estamos viendo dos cosas
que son el criterio de la asesora legal y el recurso de amparo, no podemos meter eso suyo
En cuanto al documento de Francil compañeros yo personalmente mi criterio es solicitar tiempo para
analizarlo, que el Concejo solicite tiempo para analizarlo yo personalmente no lo voto hoy, yo lo puedo
someter a votación y ustedes verán si lo quieren votar yo no lo voto yo lo voy a someter a votación pero
de una vez les digo yo no lo voto yo voy a solicitar tiempo para analizar
GLORIA. Porque el otro no se pudo solicitar tiempo
MINOR. El recurso, tiene tres días, viene de la sala cuarta y a la sala cuarta no se le puede pedir tiempo,
es el tiempo que ellos dicen y esto viene en contra mía
SECRETARIA. Ustedes no tienen que solicitarle tiempo a nadie,
JOSE. Si no aprobamos este estamos aprobando el del señor
MINOR. Esta equivocado José porque no hemos votado el del señor
JOSE. El no puede quitarse del proceso, donde está el señor q
MINOR: vamos a tomar el acuerdo
CONSIDERANDO
-Que se tiene que analizar dos documentos
ACUERDO Nº 2
SE ACUERDA: “Darnos más tiempo para analizar en comisión los documentos que envío el Lic. Walter
Moya y la Lic Francil Herrera”. ACUERDO UNANIME
Finaliza la sesión al ser las diecinueve horas en punto.
Roxana Lobo Granados Minor Jiménez Gutiérrez
SECRETARIA PRESIDENTE
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