Ordinaria 30 · 2020-11-27

Acta Ordinaria Nº 30 del 27-11-2020.pdf · periodo 2020-2024 · 96 páginas · PDF original · ver en Google Drive

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Acuerdos en esta acta

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                                 MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA
                                 Acta Ordinaria Nº 30 del 27/11/2020
 1                                     ACTA ORDINARIA 30
 2   Celebrada por el Honorable Concejo Municipal de Talamanca en la Sala de
 3   Sesiones de la Municipalidad de Talamanca, al ser las dieciséis horas con treinta
 4   y cuatro minutos del día viernes veintisiete de noviembre del año dos mil veinte,
 5   con la siguiente asistencia y orden del día.---------------------------------------------------
 6   REGIDORES PROPIETARIOS
 7   Licda. Yahaira Mora Blanco Presidenta Municipal -----------------------------------------
 8   Sr. Freddy Soto Álvarez Vicepresidente Municipal------------------------------------------
 9   Sra. Enid Villanueva Vargas ---------------------------------------------------------------------
10   Sr. Adenil Peralta Cruz ----------------------------------------------------------------------------
11   Sr. Jorge Molina Polanco -------------------------------------------------------------------------
12   REGIDORES SUPLENTES
13   Msc. Arcelio García Morales ---------------------------------------------------------------------
14   Sra. Ginette Jarquín Casanova ------------------------------------------------------------------
15   Sr. Julio Rivas Selles -------------------------------------------------------------------------------
16   Sra. Patricia Eugenia Chamorro Saldaña -----------------------------------------------------
17   Dra. Gabriela Matarrita Córdoba ----------------------------------------------------------------
18   Lic. Rugeli Morales Rodríguez – Alcalde Municipal ----------------------------------------
19   SÍNDICOS PROPIETARIOS
20   Licda. Maribel Pita Rodríguez --------------------------------------------------------------------
21   Sr. Bivian Zúñiga Zúñiga --------------------------------------------------------------------------
22   SINDICOS SUPLENTES
23   Sr. Miguel Pita Selles -------------------------------------------------------------------------------
24   Sra. Miriam Morales González -------------------------------------------------------------------
25   Sra. Steicy Shekira Obando Cunningham ----------------------------------------------------
26   AUSENTES: El Síndico Randall Osvaldo Torres Jiménez.
27   Nota: La síndica Steicy Obando fungió como propietaria en vista que el síndico
28   Manuel Zúñiga estaba en comisión. La síndica Cándida Salazar estaba en
29   comisión.

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 1    Presidenta Municipal: Licda. Yahaira Mora Blanco
 2    Secretaria de actas: Yorleni Obando Guevara
 3    ARTÍCULO I: Comprobación del quórum
 4    Una vez habiendo comprobado el Quórum la señora Presidenta Municipal Yahaira
 5    Mora Blanco, inicia la Sesión, dando una cordial bienvenida a cada uno de los
 6    presentes. ---------------------------------------------------------------------------------------------
 7    ARTÍCULO II: Aprobación del orden del día
 8    Se da lectura al orden del día establecido y es aprobado por el Concejo Municipal,
 9    mediante votación verbal.
10      I.Comprobación del quórum-------------------------------------------------------------------
11     II.Lectura y aprobación del orden del día----------------------------------------------------
12    III.Oración---------------------------------------------------------------------------------------------
13    IV.Revisión y aprobación de actas anteriores ordinaria 29 y extraordinaria 12-----
14   V.Lectura de correspondencia recibida -----------------------------------------------------
15 VI.Informes y sugerencias del señor Alcalde Municipal ---------------------------------
16 VII.Informe de comisiones -----------------------------------------------------------------------
17 VIII.Presentación y discusión de mociones --------------------------------------------------
18 IX.Asuntos varios ----------------------------------------------------------------------------------
19     X.Control y ratificación de Acuerdos----------------------------------------------------------
20    XI.Clausura-------------------------------------------------------------------------------------------
21    ARTÍCULO III: Oración
22    El regidor Julio Rivas Selles dirige la oración.
23    ARTÍCULO IV: Revisión y aprobación de acta anterior
24    La señora Presidenta Municipal somete a revisión y aprobación el Acta de Sesión
25    Ordinaria #29 del 20 de noviembre de 2020 y el Acta de Sesión Extraordinaria #12
26    del 25 de noviembre de 2020, las cuales quedan aprobadas por el Concejo
27    Municipal en pleno con las siguientes enmiendas:
28    La señora Presidenta Municipal indica que primero vamos a revisar el acta
29    ordinaria 29.

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 1   La regidora Gabriela Matarrita buenas tardes compañeros, en la revisión de la
 2   correspondencia, en el punto 7, cuando se leyó un proyecto de ley que enviaron
 3   de la Asamblea Legislativa, lo que en realidad quise expresar es que cuando
 4   llegan este tipo de consultas de esos expediente, si llega algún expediente que
 5   sea de interés municipal o que afecta los vecinos del cantón, debemos generar
 6   una respuesta en los ocho días, y si no se responde se tiene como que no hay
 7   oposición de la ley que se consulta, ya que ahí anotaron que cuando se reciben
 8   esas consultas se debe enviar una respuesta de que el concejo lo conoció, talvez
 9   fue que la compañera no me escuchó a la hora de decirlo.
10   Aprobada el acta con la aclaración efectuada.
11   La señora Presidenta Municipal indica que primero vamos a revisar el acta
12   extraordinaria 12:
13   La Licda. Yahaira Mora consulta si tienen alguna observación en esta acta.
14   El regidor Jorge Molina indica que se iba hacer corrección a los nombramientos,
15   creo que antes de aprobar el acta deberíamos hacer la rectificación para que
16   quede en la aprobación del acta.
17   La Licda. Yahaira Mora menciona que eso les iba a comentar, ustedes aquí
18   aprobaron lo de la persona joven pero resulta que ahora tenemos información de
19   que hay un miembro de los colegios que está nombrado y ese día se nombraron
20   dos, no sé talvez don Julio que ha estado cerca de la persona nos explica, si va
21   ser necesario hacer la aclaración porque ese miembro si está activo.
22   El regidor Julio Rivas menciona que luego de hacer todo lo que hicimos ese día
23   resulta ahora que hay un miembro que está activo según la señorita Kathia López
24   Vado, sin embargo ella siempre hizo explicación de lo que teníamos que hacer y
25   siempre habló que eran dos miembros, entonces cuando yo la llamé para
26   preguntarle porque ahora sale eso así, me dice que como ella lo dijo se mal
27   interpretó, eso fue lo que me respondió, ahora nos queda ver si se hace la
28   rectificación.



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 1   La Licda. Yahaira Mora, Presidenta, consulta si están de acuerdo en hacer la
 2   rectificación, sería solamente en el caso del muchacho, la joven si quedaría, que
 3   es Ayumi Pereira, y quedaría Demián Vásquez Villanueva que es ya miembro
 4   juramentado. Se había nombrado a Kendall y quedaría fuera.
 5   La Dra. Gabriela Matarrita consulta si es un hombre y una mujer, si Ayumi es una
 6   mujer y está activo un hombre, entonces le corresponde a la mujer ser por equidad
 7   de género.
 8   La Licda. Yahaira Mora, Presidenta, menciona que ustedes habían nombrado a
 9   Kendall, pero en el puesto de él, ya estaba Demián Vásquez.
10   El regidor Freddy Soto, Vicepresidente, señala que esa información no llegó a
11   tiempo, imagínese cada vez que asumamos algo y alguien viene y dice que fulano
12   no, entonces vamos a ir cambiando todo el tiempo, se le dio espacio para que
13   revisaran bien.
14   El regidor Julio Rivas indica que le hizo solicitud a ella para que enviara la nómina
15   de los faltantes y me solicitó el correo y nunca me lo envió, siempre me lo dio a
16   entender por mensaje de texto o audio y ella dice que eran dos miembros del
17   gobierno estudiantil.
18   La Dra. Gabriela Matarrita consulta si eran dos miembros faltantes, uno de
19   colegios y otro de deportes.
20   El regidor Julio Rivas indica que ella mandó mensaje de texto que dice los
21   representantes del gobierno estudiantil.
22   El regidor Freddy Soto consulta en este caso como quedaríamos.
23   La Regidora Gabriela Matarrita indica que sería nombrar a Ayumi y a Kendall no.
24   El señor Alcalde Municipal consulta si hay constancia de que el otro está
25   nombrado.
26   La secretaria del concejo indica que él está desde el periodo pasado.
27   La Licda. Yahaira Mora, Presidenta, indica que está desde la comisión pasada él
28   estaba nombrado. A ella seguro se le olvidó. Se hace la aclaración.
29   La regidora Gabriela Matarrita indica que igual le va a solicitar el acta.

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 1   La señora Presidenta Municipal indica que se aprueba el acta extraordinaria con
 2   ese cambio, no estaría Kendall Baker sino Demian Vásquez Villanueva en el
 3   comité cantonal de la persona joven.
 4   La Dra. Gabriela Matarrita, regidora, menciona que igual se le haga
 5   agradecimiento a Kendall por haber participado, motivarlo que lo tomaremos en
 6   cuenta en otras próximas, incentivarlos, porque en realidad cuesta mucho
 7   encontrar personas comprometidas, hay una serie de requisitos para ser parte de
 8   esa comisión, en agradecimiento a él por participar a pesar de que es una
 9   comunidad geográficamente difícil.
10   Aprobada con la enmienda realizada.
11   ARTÍCULO V: Lectura de correspondencia recibida
12   V-1 Se recibe oficio AIMT201185-2020 de la Auditora Interna, Licda. Alicia Chow, remitido
13   al señor Alcalde Municipal con copia al Concejo Municipal, en la cual adjunta resumen
14   ejecutivo sobre el seguimiento a la Ley 9848 y 9843, para que tome las medidas y
15   acciones correspondientes en atención a este oficio.
16   La misma es conocida por el concejo municipal.
17   V-2 Se recibe oficio AIMT201186-2020 de la Auditora Interna, Licda. Alicia Chow, remitido
18   al Concejo Municipal, la cual envía informe de Partidas Específicas 2016-2020 a solicitud
19   de este Honorable Concejo Municipal.
20   La misma es conocida y se traslada a estudio y dictamen de la comisión de asuntos
21   hacendarios.
22   La regidora Gabriela Matarrita solicita si es posible se les pase en digital dicho informe
23   para revisarlo.
24   La secretaria del concejo indica que va a solicitarlo.
25   V-3 Se recibe nota de la Directora de la Escuela La Celia, Licda. Evelyn Carvajal, con el
26   visto bueno de la Supervisión del Circuito 08, la cual envía las ternas para la conformación
27   de la Junta de Educación Escuela La Celia, Sixaola, para su nombramiento y
28   juramentación ante el Concejo Municipal.



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 1   Nota aclaratoria: Hago la salvedad de que las personas que encabezan cada terna
 2   resaltada en negrita y con asterisco son las únicas personas que aceptaron el
 3   compromiso de ser miembro de la Junta de Educación.
 4   La Licda. Yahaira Mora, Presidenta Municipal, consulta compañeros prefieren revisar los
 5   nombres con más detalle o pasamos de una vez con la elección.
 6   El regidor Jorge Molina consulta hasta cuando hay tiempo.
 7   La señora Presidenta Municipal indica que eso llegó esta semana. Hay cinco ternas, en
 8   la terna 1 está Heidi Beita, Franklin Rivas y Marina Zúñiga.
 9   El regidor Adenil Peralta indica que serían los primeros de cada terna.
10   La señora Presidenta Municipal consulta si vamos a proceder con la elección, de la terna
11   número 1 Heidi Beita, Franklin Rivas y Marina Zúñiga, a quien elegimos de ahí.
12   Todos están de acuerdo con la primera persona.
13   La señora Presidenta Municipal indica que sería Heidi Beita. En la terna número dos está
14   Karla Hudson, Eliaquil Ruiz y Yendri Obregón. Por quien votan en esta.
15   Se indica de parte de todos que por Karla Hudson.
16   La señora presidenta municipal indica que en la terna tres Alma Yulieth Álvarez, Verónica
17   Alejandra Halley y Aurelia Bonilla.
18   El regidor Freddy Soto indica que sería la primera.
19   La señora Presidenta Municipal indica que sería Alma Yulieth. Terna 4 están Leda del
20   Socorro Cano, Jenifer Manzanares y Alejandra Pais.
21   El regidor Freddy Soto indica que sería Jennifer.
22   El regidor Adenil Peralta menciona que sería la primera.
23   La Presidenta Municipal somete a votación porque hay dos candidatas.
24   La regidora Patricia Chamorro indica que Leda está de primero.
25   La señora Presidenta Municipal menciona que nosotros podemos elegir cualquier
26   persona que venga dentro de las ternas.
27   Se elige de la terna 4 a Leda del Socorro Cano.
28   La señora Presidenta Municipal india que en la terna cinco está Horacio Gamboa, Audías
29   Gamboa y Octavia Beker.

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 1   El regidor Freddy Soto indica que sería Octavia Beker.
 2   La señora Presidenta Municipal indica que no viene la copia de la cédula de ella es
 3   Panameña.
 4   El regidor Adenil Peralta consulta si en la terna cinco el que está de primero no aparece
 5   el documento.
 6   El regidor Freddy Soto indica que hay dos que no traen los documentos. Aparentemente
 7   solo la primera está completa.
 8   La señora Presidenta Municipal menciona que lo dejemos para la otra sesión.
 9   El regidor Freddy Soto consulta cuáles documentos tiene usted ahí.
10   La señora Presidenta Municipal indica que solo de los primeros lugares.
11   La regidora Gabriela Matarrita sugiere que envíe los faltantes.
12   El regidor Freddy Soto, vicepresidente, menciona yo no soy educador, ustedes que son
13   educadores, y el señor Alcalde que fue educador, solo vienen los documentos de una
14   persona el que está en primer lugar, del resto no mandaron los documentos de los otros
15   por lo tanto me parece que no es legal.
16   El regidor Adenil Peralta menciona que seguro no quieren participar en la Junta.
17   El regidor Jorge Molina sugiere porque no los enviamos para atrás y que nos manden las
18   copias de las cédulas y seguimos respetando el orden que hemos venido teniendo de
19   elegir los primeros, si es extranjero no importa puede ser residente o naturalizado.
20   El regidor Freddy Soto, sugiere que lo devolvamos y que lo manden completo la otra
21   semana.
22   El regidor Adenil Peralta quiero comentar algo, nosotros hemos venido aquí apoyando a
23   las escuelas y colegios con el asunto de las Juntas de educación, ellos tienen sus
24   necesidades, sus pagos, chapias, pago de cocineras, a mi parecer los cinco primeros de
25   cada terna están con los documentos, es mi posición, nada más aportar eso.
26   El regidor Freddy Soto, Vicepresidente, sé que todos están urgidos pero no me parece
27   que solo vengan los documentos de la primera persona, y los otros no les mandan los
28   documentos, entonces para que los anota en la nómina si no van a enviar los documentos
29   porque no pueden participar.

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 1   La regidora Gabriela Matarrita pregunta si es requisito mandar esas cédulas y todos los
 2   mandan.
 3   El regidor Freddy Soto, Vicepresidente, indica que todos los han enviado los que hemos
 4   aprobado.
 5   El regidor Julio Rivas aporta, además compañeros es una decisión de nosotros a quien
 6   elegimos, no necesariamente lo que nos diga el director es lo que vamos a elegir, él puede
 7   decir lo que él quiere, pero quien nombra es el concejo municipal, y si hay una persona
 8   de primer lugar que está ahí y no nos parece nosotros no lo nombramos así de sencillo,
 9   porque conocemos, por eso tenemos que tener conocimiento de que tipo de personas se
10   están nombrando ahí, no vamos a seguir nombrando personas que conocemos que no
11   tienen una buena reputación y este concejo siempre tiene que ser serio en ese sentido.
12   La señora Presidenta Municipal, Yahaira Mora, me parece la observación, solamente que
13   la persona que está proponiendo el compañero Freddy no tiene los documentos, y es
14   extranjera.
15   El regidor Freddy Soto, Vicepresidente, indica que revisamos en toda la correspondencia
16   y solo están los documentos de la primera persona de las cinco ternas, y entonces para
17   que los anotan.
18   La señora Presidenta Municipal sería que lo dejemos y que se le solicitan los documentos
19   faltantes.
20   La regidora Patricia Chamorro consulta si ninguno de los otros cinco que están ahí tiene
21   los documentos, ya que si se tiene que elegir hoy, si hay otro que tenga todo, ustedes
22   son los que eligen.
23   La señora Yahaira Mora, Presidenta, señala que no necesariamente tenemos que elegir
24   hoy, porque si lo está enviando hoy, quiere decir que hasta dentro de un mes ellos se van
25   a vencer, todavía tienen tiempo, no les afectaría de aquí a la otra semana. Por eso les
26   hacía la consulta compañero si vamos a elegir o lo dejamos para la otra semana.
27   Entonces les pedimos las cédulas de las otras personas, para tener la posibilidad de
28   verificar, si no tiene los documentos tampoco puede participar.



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 1   El señor Freddy Soto, Vicepresidente Municipal, aquí hay una cosa que estamos tratando
 2   que este concejo municipal y esta municipalidad sea transparente, acabamos de pasar
 3   un problema con el comité de deportes y con la persona joven que no enviaron el
 4   documento y no sabíamos si estaban o no en esa reunión, les mandamos a pedir a ellos
 5   también documentos y tenemos que ser parejos con todos, no me parece que solo envíen
 6   los documentos de la primera persona. Es mi parecer si los demás quieren votar.
 7   La señora Presidenta Municipal, Yahaira Mora, menciona que queda pendiente para la
 8   otra semana y se le pide los documentos de todos los demás que integran las ternas.
 9   V-4 Se recibe nota del Sub Comité de Deportes de Bribrí, en la cual informan que el día
10   lunes 23 de noviembre al ser las 4 p.m. se reunieron en la cancha de Basket ubicada a
11   un costado de INA, con el respectivo protocolo para así formar el sub comité de deportes
12   de Bribri en la cual se presentaron varias persona residentes de la comunidad y se
13   comprometieron voluntariamente al trabajo de la comunidad de Bribri. Cabe recalcar que
14   la elección de los miembros se hizo con una agenda y se indica a las personas presentes,
15   se procedió a la elección por votos según los cargos:
16   Presidente             Enos William Saldaña 701390023
17   Vicepresidente         Giovanny Gutiérrez Mayorga 701100066
18   Tesorera               Laura Jazmín Barrios Calvo 205800098
19   Secretaria             Luciana Derby Thorpe 700940515
20   Vocal 1                Barnaby Wesly Gutiérrez 701530952
21   Vocal 2                Michael Díaz Rojas 304020297
22   Vocal 3                Ricardo Pais Mayorga 70072817
23   Fiscal                 Alrik Allen Lewis 700450034
24   Adjuntan agenda.
25   La señora Presidenta Municipal menciona que eso le compete al Comité de Deportes.
26   El señor Alcalde Municipal indica que no hay y el concejo tiene la potestad.
27   La señora Presidenta Municipal indica que hay que revisar el acta porque no la trajeron,
28   ni está el registro donde ellos firmaron la asistencia, hay que solicitarles eso.



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 1   La misma es conocida y se solicita que presenten copia del acta de la reunión y registro
 2   de firmas.
 3   V-5 Se recibe nota de vecinos de la comunidad de Bribri, en la cual exponen problemática
 4   que afecta a la comunidad y comunidades de alta Talamanca, la situación que nos aqueja
 5   es el puente ubicado sobre el rio Watsi, específicamente el puente Bailey, hacia Chase,
 6   la cual es una vía de gran importancia ya que es la única por la cual podemos pasar hacia
 7   comunidades como Bribri, Limón y otras, además de que también es la vía utilizada por
 8   personas de otras comunidades de alta Talamanca, como Akberie y Bambú. Así mismo,
 9   por ahí transitan diariamente gran cantidad de vehículos, desde bicicletas hasta camiones
10   pesados, como tráiler, vagonetas, buses, así como personas que cruzan este puente a
11   pie. La problemática que nos aqueja es que esta estructura se encuentra en pésimas
12   condiciones de infraestructura, este puente Bailey (provisional) tiene más de 30 años de
13   haber sido instalado (1988) y nunca se procedió a construir un puente permanente. Esta
14   situación nos preocupa sobre manera, ya que podría suceder una desgracia en cualquier
15   momento. Por lo tanto, solicitamos respetuosamente, una pronta intervención en este
16   puente, de gran importancia para el cantón, y principalmente para las comunidades de
17   Chase, Bambú, y alta Talamanca.
18   La misma es conocida y se traslada al CONAVI para su atención.
19   V-6 Se recibe nota de vecinos de la comunidad de Bribri, en la cual exponen problemática
20   que afecta a la comunidad y comunidades de alta Talamanca, la primera situación es el
21   puente sobre el río Carbón, específicamente el puente que se encuentra en Bribri, a un
22   costado del salón multiusos, como es bien sabido esta carretera, es la única vía que una
23   la baja con la alta Talamanca, por ahí transitan diariamente gran cantidad de vehículos,
24   desde bicicletas hasta camiones pesados, como tráiler, vagonetas, buses, así como
25   personas que cruzan este puente a pie. Así mismo, este puente une al centro de Bribrí,
26   con el Colegio Técnico Profesional de Talamanca, el INA y el CUN Limón, instituciones
27   que día a día reciben a gran cantidad de profesores, estudiantes, padres y público en
28   general. El puente se encuentra en pésimas condiciones de infraestructura, lo que nos
29   preocupa sobre manera, ya que podría suceder una desgracia en cualquier momento. El

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 1   puente presenta desnivel considerable en ambas entradas, separación del puente con la
 2   carretera, pines a la vista que pueden ocasionar que los vehículos se ponchen, además
 3   por debajo del puente se puede apreciar vigas dañadas y separación con el puente. Por
 4   lo que solicitan una pronta intervención en ese puente, de gran importancia para el
 5   cantón, y principalmente para las comunidades de Volio, Chase y alta Talamanca. La
 6   segunda situación que les preocupa es el daño en la carretera que se encuentra a un
 7   lado de ese mismo puente, y que sale por la plaza de fútbol de Bribri, este tramo de calle,
 8   se encuentra socavado, y se nota la grieta en la calle, anteriormente se habían colocado
 9   unos pines y cintas de precaución, sin embargo, estas ya se cayeron por el paredón,
10   debido a que cada día el derrumbe afecta más la calle. Sería de gran importancia que se
11   clausure este tramo de carretera, antes de que ocurra un grave accidente, ya que los
12   vehículos transitan por ahí sin medir el peligro inminente que corren.
13   La misma es conocida y se traslada al CONAVI la solicitud por ser ruta nacional.
14   V-7 Se recibe nota de Unidad de Capacitación y Formación de IFAM, oficio DGFM-UCF-
15   0315-2020, en la cual hacen entrega del Manual sobre Planificación y Hacienda Municipal
16   utilizado durante el XI Programa de Capacitación a las Nuevas Autoridades Municipales
17   2020-2024, segundo módulo que abarcó temas de planificación estratégica y hacienda
18   municipal, el cual se desarrolló en el mes de agosto y setiembre.
19   La señora Presidenta Municipal indica que ya se recibió el manual de parte de cada uno
20   de los miembros del concejo.
21   V-8 Se recibe nota del señor Juan Fernández Zeledón, el cual presenta formal oposición
22   y denuncia formal ante esta instancia por los hechos que enumera. Solicita a esta
23   municipalidad la anulación del permiso de uso de suelo otorgado a la señora Cecilia Ortíz
24   Chavarría, así como de todo lo actuado, se le restituya su derecho sobre el terreno
25   solicitado así como se le continúe el proceso presentado. No se le permita construir en el
26   terreno en disputa bajo pena de denuncia si lo hiciere, se le prevenga a la señora Cecilia
27   Ortíz Chavarría abstenerse de colocar medidor en dicho terreno y no realizar actos que
28   contravengan la Ley. Así como es deber de esta municipalidad solicitarle demoler lo
29   realizado como interponer las denuncias del caso. Que de resolverse contra leyen se dé

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 1   por agotada la vía administrativa con el fin de proceder conforme en derecho
 2   corresponde. Adjunta fotografías.
 3   La señora Presidenta Municipal indica que a la señora no se le ha otorgado permiso de
 4   uso.
 5   El regidor Freddy Soto, Vicepresidente, menciona que esta es la misma señora que
 6   fuimos hacerle la visita de campo, Jorge, su persona y yo, y no se le ha dado el uso de
 7   suelo, solamente fuimos a ver el terreno y lo que estaba en problemas, nada más.
 8   La misma es conocida por el concejo municipal y se traslada a estudio y dictamen de la
 9   comisión de asuntos jurídicos.
10   V-9 Se recibe nota de la señora Gloriana Brenes González, vecina de Manzanillo, de
11   conformidad con los numerales 27, 39, 41 de la Constitución Política en concordancia con
12   los numerales 44 de la Ley de Zona Marítima Terrestre, ley 6043 y su reglamento,
13   presenta formal petición de oposición al permiso de uso de suelo en precario otorgado a
14   la señora Elma Mathews Hansell, expone consideraciones de hecho y de derecho, así
15   como fundamentación jurídica. Petitoria: conforme lo expuesto, citas de derecho, solicita
16   se ordene la revocatoria de permiso de uso de suelo otorgado en el acuerdo de la sesión
17   ordinaria 237 del 24 de abril de 2015 por ser contrario a derecho, siendo el mismo ilegal,
18   arbitrario e ilegítimo. Por tanto se declare la nulidad absoluta del mismo por no cumplir
19   con el numeral 44 de la ley de la zona marítima terrestre. En consecuencia, se ordene la
20   restitución de los derechos fundamentales de quien ahora impugna.
21   La misma es conocida por el concejo municipal y se traslada a estudio y dictamen de la
22   comisión de asuntos jurídicos.
23   V-10 Se recibe invitación de la Casita de Escucha Yamipa de Sixaola, a la
24   Videoconferencia por ZOOM el primero de diciembre de 2020 a las 2 p.m. tema mesa de
25   incidencia 2020.
26   Confirman participación el regidor Freddy Soto y las regidoras Gabriela Matarrita y Ginette
27   Jarquín.
28   V-11 Se recibe nota de la Directora de la Escuela de Bordon Lilán, con el visto bueno de
29   la Supervisión del Circuito 08, la cual procede a remitir propuesta de terna para el

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 1   reemplazo de miembro de la Junta de Educación de dicha escuela, para su nombramiento
 2   y juramentación ante el Concejo Municipal, en vista que el señor Keylor Araya Córdoba,
 3   cédula 701570037, se encuentra ausente por estar privado de libertad.
 4   La señora Presidenta Municipal indica que en la terna vienen las señoras Esmeralda
 5   Gutiérrez Ortega y Yajira Kimaura Barrantes Blear para su reemplazo.
 6   El señor Vicepresidente Municipal indica que sería la primera.
 7   La señora presidenta municipal somete a votación levantando la mano, se acuerda elegir
 8   a la señora Esmeralda Gutiérrez Ortega en lugar de Keylor Araya.
 9   V-12 Se recibe correo electrónico del señor Adrián Araya Fuentes asistente de la señora
10   Yalile Esna Directora Regional de IMAS; en la cual comunica las nuevas fechas para la
11   sesión extraordinaria con el concejo para rendición de cuentas, que son martes 8 o 15 de
12   diciembre, indica que no hay inconveniente que sea después de las 3 p.m.
13   La misma es conocida y la señora Presidenta Municipal convoca a sesión extraordinaria
14   el día martes 08 de diciembre a las 3 p.m. con IMAS.
15   ARTÍCULO VI: Informes y sugerencias del señor Alcalde
16   Municipal
17   La señora Presidenta Municipal cede espacio al señor Alcalde Municipal para que
18   proceda a presentar su informe.
19   El Lic. Rugeli Morales, Alcalde, muchas gracias señora Presidenta, compañeros
20   regidores, regidoras, síndicos, señora secretaria, buenas noches, con esa nota que
21   mandaron estos señores de Bribri, el martes y miércoles tengo gira con el Ingeniero de
22   CONAVI para ver eso, ya lo atendimos, vamos hacer la gira a los dos puentes, estamos
23   en coordinación con el arreglo del camino pero me dicen que es hasta el otro año que
24   hay posibilidades de arreglo del camino, para adelantar con esa parte que estaba en los
25   oficios que vimos ahorita.
26      1- Coordinación con Instituciones:
27   Reunión de Alcaldes en Matina: Tuvimos una reunión de Alcaldes en Matina el 25 de
28   noviembre donde a nivel provincial se estaba analizando tres temas fundamentalmente,
29   el tema de la ruta 32, quiero contarles que ellos tienen problemas serios con esa ruta, se

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 1   sabe que es una pista, hay entrada y las entradas no están cubiertas y están en serios
 2   problemas, están trabajando fuerte para ver hasta qué posibilidad CONAVI puede atender
 3   esta demanda.
 4   El otro tema fundamental que tocamos es el tema del agua, parece mentira pero tenemos
 5   serios problemas de agua en todos los cantones, entonces acordamos presentar a los
 6   concejos, una propuesta de crear una comisión cantonal para el agua, esta tiene que
 7   estar integrada por dos regidores, por funcionarios del AYA, por funcionarios del
 8   Ministerio de Salud y alguien de la Unión Cantonal de Asociaciones, creo que es un
 9   acuerdo que debemos de tomar para apurarnos en este tema ustedes ven como nos han
10   llevado con el tema del CAIS, ahora vimos una nota que dice que se inicia los trabajos de
11   planificación en el 2020 al 2024 y del 2024 al 2028 la construcción, prácticamente eso
12   nos está diciendo que nos están sacando de la propuesta que había de inicio de prioridad
13   de este proyecto por el tema del agua, entonces compañeros creo que este acuerdo todos
14   los cantones lo van a tomar, luego que se nombre esa comisión, se van a nombrar dos
15   para hacer una comisión regional, que tenga peso, creo que nos estamos armando bien,
16   he llevado siempre el discurso que hablo aquí, si nosotros no nos unimos, no nos
17   organizamos, difícilmente individualmente usted va a lograr algo, por cierto que ellos nos
18   iban a dar un espaldarazo en enviar unas notas al AYA, solicitando el apoyo a Talamanca
19   sobre el tema del hospital, de parte de las otras municipalidades. Hay que conformar la
20   comisión, ustedes tienen que autorizar nombrar la comisión, nombramos la comisión en
21   un tiempo determinado de este mes, a lo interno de la comisión se decide quienes son
22   los dos que representan Talamanca a nivel regional, y creo que damos ese paso de
23   organización en un tema tan sensible como es el tema del agua.
24   El otro tema tiene que ver con JAPDEVA con los recursos del Canon, precisamente este
25   viernes en ocho tenemos la reunión en la Municipalidad de Limón para dar seguimiento
26   a los proyectos del canon y precisamente el jueves, 4 miembros de la Junta Directiva de
27   JAPDEVA, que son los que aprueban los proyectos nos van a visitar por el tema del
28   COVID, pido a tres regidores propietarios acompañarme, pido a los síndicos de Sixaola y
29   de Bratsi, porque vamos a ir a las ocho a Sixaola, nueva y treinta en Bribri, y diez y treinta

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 1   en Suretka, con los proyectos del Mercado de Bribri, el centro de servicios de Sixaola, y
 2   el mercado artesanal de Suretka, entonces ahora ustedes me dicen quien los acompaña,
 3   quiero que estén los síndicos, al menos tres regidores, a veces quisiéramos más gente
 4   pero las condiciones no lo permiten, y hacer esa gira, estaríamos a las 8 en punto el
 5   próximo jueves en Sixaola, y de ahí vendríamos para acá, vamos a ver como hace el
 6   Alcalde para un cierre en algún punto para un almuerzo al final de la gira, eso tiene que
 7   ver porque el viernes estaré en Limón, defendiendo una vez más los proyectos
 8   cantonales, esos puntos fueron los que vimos, sigo reiterando, hay una unión de alcaldes
 9   a nivel de la provincia que creo que camina muy bien y esto nos fortalece a toda la
10   provincia, es diferente que solo firme yo a que firmemos seis Alcaldes, y enviemos notas
11   como ya se ha hecho en algunas propuestas. El regidor de Sixaola no puede fallar, y si
12   los cinco pueden ir vámonos. Mañana sábado estoy en Sixaola, a las diez de la mañana
13   en la exposición y coordinación de la explicación de esos proyectos, ayer estuve con
14   ADITIBRI, el señor regidor don Arcelio García y las sindicas de Bratsi y Telire, fue una
15   gran bendición de ponernos unificar y apoyar.
16   PANI (Sesión del Concejo Municipal)
17   El día jueves 26 de noviembre junto con la señora Presidenta Municipal firmamos una
18   carta de compromiso en apoyo a la Niñez y Adolescencia del cantón de Talamanca,
19   quiero contarles que esta municipalidad tiene una propuesta sobre la niñez y la
20   adolescencia ya establecida, yo la estoy conociendo apenas, me parece una buena
21   iniciativa que hay que dar seguimiento, ayer ratificamos junto con la presidenta que esta
22   administración va apoyar siempre esta Política Cantonal de la Niñez y Adolescencia y va
23   a reforzarla, ampliarla, acompañar los órganos cantonales que tiene que ver con la niñez
24   en todos los procesos que vengan para fortalecerlos a ellos, escuché las preguntas que
25   nos hicieron, que van hacer ustedes con la conectividad de Talamanca, que les ofrecen
26   a los niños, cuales son los centros culturales, deportivos que ustedes han propuesto, que
27   pasó con el Puente de Cocolis, escuchamos atentamente a los niños y adolescentes que
28   estaban en la reunión y realmente para mi es importante, no sabía que el 45% de la
29   población de Talamanca es de la niñez y la adolescencia, esto en términos matemáticos

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 1   porcentuales es muy alto, eso nos obliga a nosotros como la brújula a redireccionar a una
 2   población que tenemos que visibilizarla fuertemente, y tendrán que venir programas y
 3   proyectos en la línea. Reiterarles hay una política de la Niñez, doña Yorleni la tiene, habría
 4   que fotocopiarla para ir dándoles, y creo que la municipalidad no tiene una comisión para
 5   la niñez, eso nos obliga a ajustar nuestro trabajo político, ya que es un órgano que define
 6   políticas, que define orientaciones, creo que una comisión que venga a fortalecerles en
 7   todos esos procesos.
 8   Reunión con ADITIBRI
 9   Como dije tuvimos reunión con la ADITIBRI haciéndole un esbozo de todo lo que ha hecho
10   la municipalidad en estos meses, sobre todo planteándoles el proyecto, el cual ellos ven
11   con muy buenos ojos, y vamos a invitarlos para el jueves que nos esperen allá para
12   conversar con los señores directores.
13      2- Informe Vial
14   Estamos trabajando en Coroma, en esta semana terminamos y pasamos a Sepecue.
15   Estamos en el camino 7-04-012, un total de 18km. (Ent. C 014) cruce de Sepecue (fin de
16   camino) San José Cabécar. Limpieza de ronda, conformación, mejoramiento de superficie
17   de ruedo, compactación.
18   Estamos en los últimos trámites en la Dirección de Geología y Minas para un permiso de
19   extracción de lastre no por tres meses sino por dos años, apenas tenga el permiso en
20   mano lo traigo para presentárselos, lo hemos trabajado duro para que tengamos por dos
21   años la oportunidad de extracción de lastre aquí en el tajo Las Delicias en Bribri.
22   En el tema de la comisión municipal de emergencias, quiero decirles que nos
23   mantenemos en alerta naranja todavía, ya se hizo la calificación pasada y estamos en
24   naranja, hice la propuesta de ustedes de aumentar los horarios y solo el voto mío, ni uno
25   más, se rechazó, pero hoy me llamó mucho la atención ese reportaje de canal 7 con
26   negocio de Puerto Viejo, y ahí si nos cayó como balde de agua fría, porque lo que a veces
27   nosotros luchamos por un lado para dar más posibilidades, por otro lado los mismos
28   empresarios son los responsables de volarnos abajo eso, con todo respeto yo no vuelvo
29   a intervenir sobre los aumentos de horarios, porque así no se juega, o jugamos a una

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 1   línea o no jugamos, tengo diez llamadas de canal 7 aquí y no he querido contestar, no
 2   porque no quiera contestar, me parece una falta grave de consideración a la salud de
 3   este cantón, eso nos obliga a tomar medidas en este fin de semana, viene uno y aumenta,
 4   busca y pelea, sin embargo tengo una buena noticia, hemos decrecido en el aumento del
 5   COVID, y les voy a dar el último reporte para que conste en actas, entregado por la
 6   dirección médica, me llama la atención, a hoy según el reporte tenemos 26 en Bratsi, solo
 7   7 en Cahuita, 10 en Sixaola y 17 en Telire, realmente estamos muy bajos, se ha hecho
 8   un gran esfuerzo de contención y estamos muy bajos, estas cosas que sacaron al país y
 9   al mundo entero nos afectan, esa decreción puede permitir la próxima semana el cambio
10   de alerta pero esas cosas nos prendieron las luces que nos pueden pasear en el cambio
11   de alerta y que originalmente daría los cambios de horarios, porque estaríamos en ese
12   problema de que las contenciones no se hacen.
13      3- Otros
14   Ustedes se reunieron con el INVU hay que trasladarle 30 millones de colones al INVU, ya
15   lo conocieron, me llegó la nota, yo no lo puedo autorizar, tiene que ser el concejo, esto
16   con el tema de plan regulador, de oficio no lo puedo hacer por el monto, es muy alto,
17   ustedes tienen que autorizarme eso.
18   En una lucha sin cuartel una vez más el CONAPAM nos pide ratificar el convenio para el
19   año entrante, tienen tiempo ustedes hasta el 4 o 5 que esto llegue, es solamente la
20   ratificación, aprobar el refrendo del convenio para el 2021, casi se lo llevan pero con esto
21   me están diciendo que no se lo llevan, no le duremos mucho a ese convenio.
22   Finalmente esto lo dejo, pero esto es un convenio de COOPEANDE, es con los
23   trabajadores, lo único que me autoriza a mí es que esta cooperativa pueda operar con los
24   trabajadores de esta municipalidad, y el trabajador que quisiera afiliarse a ellos o
25   cualquier funcionario público, aquí mismo pueden hacer sus trámites con ellos, lo único
26   que piden el convenio para que ellos puedan hacer las gestiones con los trabajadores. A
27   la administración no le implica nada, lo único que autorizamos es que de planilla se les
28   pueda reducir, aquí se los dejo también. Eso sucintamente señora presidenta y
29   compañeros es lo que les traía en el informe.

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 1   La Licda. Yahaira Mora, Presidenta, muchas gracias.
 2   El regidor Freddy Soto, Vicepresidente, muchas gracias señor Alcalde por ese informe
 3   que nos acaba de brindar, también es muy preocupante esta situación que se está dando
 4   y salió en canal 7, porque este concejo municipal y la municipalidad y usted ha hecho un
 5   gran esfuerzo para mantener que la costa se le dé un poquito de privilegio para que
 6   puedan mancomunarse a eso, no es justo que se les mida a todos con el mismo
 7   termómetro, si se sabe quiénes fueron los bares que hicieron este desorden, ciérrenlos,
 8   porque es la única manera que empiecen a respetar porque no es justo que dueños de
 9   hoteles, restaurantes están haciendo todo lo posible para que la comisión cantonal les dé
10   un poquito más de tiempo para que puedan trabajar, irresponsables como estos, hagan
11   una fiesta hasta altas horas de la noche, ese es mi criterio, no es justo que paguen otros
12   por las malas decisiones de otras personas, si ya tienen definido cuál es el negocio
13   clausúrenlo por desacato a la ley, porque estamos en alerta naranja, esa es la manera de
14   que la gente tanto en la costa como el resto del cantón cumpla, pero no es por maltratar
15   los negocios, es para que respeten y cuidar la salud de todos, el domingo me extrañó
16   porque habíamos dicho que no se quería que entraran tantos buses, y el domingo Puerto
17   Viejo y Manzanillo estaban cargados, yo conté en Manzanillo 17 buses y busetas, ahora
18   este fin de semana largo imagínense, y estos negocios haciendo estas fiestas este fin de
19   semana largo, y esta pobre gente con los hoteles y restaurantes los están cerrando a las
20   9 de la noche que les cae la policía, no es justo, siento que está en toda su razón de estar
21   molesto con esto, a mí me consta que lo hemos estado tratando en la cámara de turismo
22   de Caribe Sur, donde ellos nos han pedido la colaboración y para variar canal 7 saca eso,
23   pero no dicen nada de Guanacaste y Puntarenas, cuidemos la gente de nosotros acá,
24   siento señor Alcalde que debería pasarle una orden a la gente de tributario y decirle que
25   vaya a ver eso.
26   El señor Alcalde Municipal informa que por decreto la Policía y los Inspectores
27   Municipales pueden aplicar órdenes sanitarias y nosotros no hemos querido molestar a
28   la gente porque queremos que reactiven pero tienen que ayudarnos.



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 1   La Licda. Yahaira Mora, Presidenta Municipal, muchas gracias compañero Freddy y tiene
 2   toda la razón, todos debemos colaborar porque es un asuntos de todos.
 3   El regidor Jorge Molina, muchas gracias señora presidenta, muy de acuerdo con lo que
 4   dice el compañero Freddy, yo como empresario miembro de la Cámara de Turismo y
 5   regidor del cantón, da un poco de insatisfacción con todo el trabajo que se ha hecho, con
 6   todo el tiempo que se ha invertido, con todo el dinero invertido, y por una justa razón para
 7   que ahora venga canal 7 hacer una denuncia pública, si la Municipalidad y el Ministerio
 8   de Salud no toma cartas en el asunto con esta denuncia pública, no podemos ser tan
 9   alcahuetes porque estamos en el ojo del huracán, prácticamente ahora me imagino que
10   la prensa está viendo y el país entero está viendo que estamos haciendo nosotros, si me
11   parece una falta de desconsideración y de respeto de parte de esas personas que se
12   abusan de la nobleza de nuestros oficiales, de la municipalidad, de hacer estas fiestas a
13   altas horas de la noche, porque una cosa es que se te quede un cliente pegado, una cosa
14   es que se te quede una mesa pegada pero el video es claro, el video localiza los negocios,
15   localiza la gente y no hay como decir que no, yo comparto con don Rugeli y con el
16   compañero Freddy esa insatisfacción, porque sé lo que las mujeres empresarias de
17   Cahuita, la Cámara de Cahuita, la de Puerto Viejo, el tiempo que le han dedicado a esto
18   don Rugeli usted lo sabe, han recibido sol, han sacado de su bolsillo, han dejado hasta
19   de almorzar por estar repartiendo información y mascarillas para que de repente sucedan
20   estas cosas y seamos ojos del huracán público a través de una denuncia de un medio de
21   comunicación como lo es canal 7, se los dejo claro porque soy de los que creo que
22   debemos de extender el horario para tomar medidas de precaución con el horario fijo y
23   establecido, y si me parece un abuso que estas personas hagan esto, es que ni siquiera
24   respetaron el distanciamiento, nos deja muy mal parados. En otro tema don Rugeli cuente
25   conmigo si me da la oportunidad de ir a Cahuita e ir con ustedes el jueves, yo con mucho
26   gusto, estamos por el cantón, somos parte de la administración 20-24 y hay que participar
27   en todos estos proyectos, son proyectos de impacto social, económico y si estamos aquí,
28   la gente creyó en mí, en ustedes también, tenemos que estar todos unidos porque no
29   representamos una bandera, representamos un cantón y estos proyectos tienen que ir,

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 1   porque proyectos como estos si son de impacto en la reactivación económica, y si hay
 2   plata para ejecutarlos, hagámoslo antes de que el estado desvíe esos dineros para otros
 3   lugares, que ganas no les sobran, traigamos esos dineros a nuestras comunidades,
 4   muchas gracias.
 5   ARTÍCULO VII: Informe de comisiones
 6   El Regidor Jorge Molina informa ustedes me asignaron a participar en la actividad de la
 7   Casita de Escucha era hoy, pero me habían dado la invitación del primero de Sixaola, yo
 8   devolví la invitación y si fui a la de hoy, era a la 1 p.m. me pareció interesante escuchar
 9   el proyecto, creo que es un aporte a la educación que en este preciso momento necesita
10   tanto apoyo los estudiantes y las mujeres dentro de los hogares, me comprometí de parte
11   del concejo a escucharlos y que nos enviaran la información de sus procesos y ver cómo
12   podríamos nosotros participar de forma directa o indirecta, al mismo tiempo los felicité,
13   creo que van por buen camino, ya que la niñez es muy importante, y cuando se trata de
14   la niñez no hay colores políticos, los niños y las niñas están sobre cualquier ideología y
15   cualquier bandera, poner atención a lo que nos pide don Rugeli de formar esa comisión
16   para ver como a través de esos programas que ya existen podemos colaborar.
17   El regidor Freddy Soto, Vicepresidente, informa de parte de la comisión del Hospital que
18   el día 25 de noviembre el señor Alcalde me envía un audio ya que él iba para Matina, me
19   dice que teníamos un problema enorme con el hospital y era que la carta que estábamos
20   luchando para que llegara por parte del AYA, hacia las autoridades de la Caja llegó pero
21   no llegó, en otras palabras el señor no se comprometió con fechas establecidas para
22   dotar de agua al terreno donde se va construir el hospital, entonces eso prácticamente al
23   Alcalde le preocupaba y al Doctor Wilman Rojas lo llamó preocupado porque si no nos
24   movíamos se podía perder, gracias por la confianza de que moviera eso, agradezco a
25   don Jorge, a Roger, Edwin Patterson, a David Gourzong Diputado, nos pusimos a correr
26   y al final de la tarde recibimos la carta y se envió, y como dice el señor Alcalde en el
27   informe el Gerente Médico manda una carta que el proyecto siempre se va a dar pero no
28   va ser a partir del próximo año, sino que en el 2024 para entregar en el 2026, cuando eso
29   no era lo establecido, dada las circunstancias conversé con el Alcalde y la Cámara de

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 1   Turismo y viene una moción donde estamos convocando al Gerente Médico, al Doctor
 2   Wilman Rojas, al Doctor Mauricio Solano y al señor Danilo Monge, encargado del
 3   proyecto para que vengan a esta municipalidad y nos digan de una vez que es lo que van
 4   hacer, si les vamos a ser muy claros que esta vez no vamos a permitir que nos hagan lo
 5   mismo que nos hicieron la vez pasada que lo desviaron para otro lado, el mismo director
 6   está preocupado y dice que si se deja para el 2024 ya no se dio, yo hable con el señor
 7   Alcalde ese mismo día y le dije tenemos que hacer una moción para subirla porque si no
 8   esa gente nos va seguir vacilando, ahí viene la moción ya que si no nos vamos a quedar
 9   sin el CAIS.
10   La Licda. Yahaira Mora, Presidenta Municipal, menciona que tenemos un asunto en
11   comisiones que es sobre el reglamento del Comité de Deportes, ya se había aprobado el
12   reglamento pero por un error no quedó incluido en el acta todo el reglamento, entonces
13   aprobarlo para que se incluya y se pueda hacer la publicación. Someto a votación el
14   reglamento autónomo de organización y funcionamiento del Comité Cantonal de
15   Deportes y recreación de Talamanca.
16   Aprobado por unanimidad.
17   La señora Presidenta Municipal solicitar dar lectura al acta de la comisión de asuntos
18   jurídicos.
19   ACTA DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL VEINTISÉIS DE NOVIEMBRE
20   DEL 2020, AL SER LAS DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS; PRESENTES LOS
21   REGIDORES, FREDDY SOTO ALVAREZ, ENID VILLANUEVA VARGAS, Y JORGE
22   MOLINA POLANCO EN COMPAÑÍA DEL ASESOR LEGAL LICENCIADO HÉCTOR
23   SÁENZ AGUILAR, CON LA SIGUIENTE AGENDA Y CON EL QUORUM DE LEY. SE
24   CONOCE LA SIGUIENTE AGENDA Y PUNTOS:
25       1. Se recibe solicitud de RECUSACIÓN por parte de la sociedad La Sandía Orgánica
26           para el que Lic. Abner Alfaro Carmona, sea recusado de éste expediente: y con la
27           respectiva aclaración se comisiona al Lic. Sáenz Aguilar para su debida
28           tramitación y conteste el mismo a la mayor brevedad.



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 1      2. Se conoce del proyecto de construcción de un juego infantil en la Escuela de
 2          Puerto Viejo como solución de la causa penal por violación de sellos, y se acuerda
 3          revisar en el Juzgado Penal de Talamanca, la situación del expediente y el estado
 4          del mismo y proceder a revisar la propuesta. Se ordena al departamento legal un
 5          informe de la situación del expediente en un plazo de una semana.
 6      3. Nota de la Asamblea de representantes de las organizaciones deportivas donde
 7          solicitan la aprobación de su asamblea, por lo que se recomienda la aprobación
 8          de los nombres propuestos con la salvedad de que nos deben remitir de un plazo
 9          de quince días, los siguientes documentos: constancia de grabación de la sesión
10          por medio de zoom (que se pueda abrir), donde se acredite la celebración de la
11          asamblea, certificaciones de personería de las asociaciones y grupos
12          participantes, más la firma de la acta de la reunión de la asamblea del 5 de octubre
13          del 2020, con el fin de convalidar la veracidad de la información presentada ante
14          el Concejo Municipal. Se recomienda al Concejo Municipal el nombramiento de
15          doña Nidia Valladares y Yendry Villalta Obando.
16   4. Nota del señor Marcos Gómez de Cocles quien solicita atención del terreno de la Junta
17   de Educación, se toma nota del recibido.
18   5. Se conoce solicitud de uso de suelo del señor José Manuel Conejo de terreno de Playa
19   Negra y se le indica que se reserva la solicitud con el fin de determinar si el plano está o
20   no dentro del patrimonio natural del estado, humedales, y contando con esa información
21   se proceda al conocimiento del mismo.
22   6. Se conoce nota de Flor Morales Chacón de la Escuela de Manzanillo para conformar
23   la junta de educación de dicha escuela, se recomienda la prórroga solicitada de la misma.-
24   7. Se conoce proceso de revocatoria de uso de suelo del señor Roberto Brown Grenald,
25   listo los autos e información requerida se resuelva: conocer EL PRESENTE ASUNTO
26   cuando contemos con la presencia de la totalidad de todos miembros de la Comisión de
27   Jurídicos y poder debatir con mayor precisión el tema.




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 1   8. Se conoce nota de la señora Aurora Gámez de la sociedad ODIO Y GAMEZ S.A. donde
 2   solicita una certificación de su uso de suelo por lo que se remite a la Secretaria para que
 3   expida dicha solicitud y se le remita al correo señalado.
 4   Se levanta la sesión a las doce horas del once de noviembre del dos mil veinte.
 5   La secretaria del concejo indica que la Junta de Manzanillo ya estaba aprobada esa junta.
 6   Y lo de Odio y Gámez no es solo certificación, sino la vigencia del uso de suelo.
 7   El Regidor Freddy Soto, Vicepresidente Municipal indica que es certificación del uso de
 8   suelo que ellos tienen.
 9   La señora Presidenta Municipal consulta si se verificó donde está ubicado ese uso de
10   suelo.
11   El regidor Freddy Soto indica que es en Almendros y Corales en Manzanillo. Ahí está
12   hablando algo de un juego infantil en la Escuela de Puerto Viejo por el asunto de una
13   violación de sellos, para que quede claro, la señora violó unos sellos y entonces ella muy
14   amablemente como para compensar quiere hacer una sala de juegos para niños pero
15   nosotros debatimos y hablamos de que no porque haga eso va compensar el hecho de
16   que ella violentó los sellos municipales, además creo que está en un proceso judicial eso,
17   entonces lo que dijimos es que vamos a esperar que el proceso judicial salga adelante y
18   ver qué es lo que dictan, no queremos perjudicar a uno ni al otro, lo que queremos es que
19   la señora entienda que no puede seguir violando la ley y después dice voy arreglar esto,
20   para que quede bien claro. Y el de Manzanillo es que nosotros hicimos una inspección
21   hace ya como dos meses, el de Roberto, es un problema grande, y como no estábamos
22   todos el día de la comisión, quedamos que mejor lo veíamos en la próxima de jurídicos
23   pero los cinco regidores, porque es un problema muy grande con la Asociación de
24   Manzanillo, queremos hacer buen informe para decirles a ellos cuales son los pasos que
25   tienen que dar.
26   La señora Presidenta Municipal, Yahaira Mora, es importante que fijemos una fecha y
27   estemos los cincos, es una decisión que debemos tomar todos y aportar las ideas, y tomar
28   mejores decisiones, ojala que sea pronto compañeros, la otra semana, pongamos una
29   fecha. Someto a votación el acta de jurídicos.

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 1   Aprobada por unanimidad.
 2   Se convoca a reunión de comisión de asuntos jurídicos el sábado 5 de diciembre
 3   2020 a las 10 a.m.
 4   ARTÍCULO VIII: Presentación y discusión de mociones
 5   VIII-1 Moción presentada por el Regidor Freddy Soto Álvarez, Vicepresidente Municipal,
 6   secundada por la Regidora Enid Villanueva Vargas, Asunto: Autorización para pago tracto
 7   Plan Regulador Costero.
 8   El regidor Jorge Molina me gustaría aportar para que conozcan los compañeros que ese
 9   dinero ya existe y no es que don Rugeli tiene que buscarlo, este dinero está en Caja Chica
10   y solo es sacar y pagar, es autorizarle a pagar, para que no se preste a malas
11   interpretaciones, ya lo vimos en la comisión, el INVU hace la contratación y son los que
12   están haciendo el plan regulador y ellos cobran lo que el INVU recomienda, van
13   cumpliendo con los IFAS y los distintos trámites que lleva el plan regulador.
14   La señora Presidenta Municipal consulta si están de acuerdo en autorizar el pago por
15   favor levantan la mano.
16   Aprobada por unanimidad.
17   VIII-2 Moción presentada por la Licda. Yahaira Mora Blanco, Presidenta Municipal,
18   secundada por la regidora Enid Villanueva Vargas, Asunto: Convenio con CONAPAM.
19   La señora Presidenta Municipal indica que está en discusión la moción, sino hay
20   observaciones se somete a votación la aprobación de la moción, levantando la mano, si
21   están de acuerdo en aprobar el convenio.
22   Aprobada por unanimidad.
23   VIII-3 Moción presentada por el Regidor Freddy Soto Álvarez, Vicepresidente Municipal,
24   secundada por la Licda. Yahaira Mora Blanco, Presidenta Municipal, Asunto: CONVENIO
25   COOPEANDE NÚMERO 1.
26   La señora Presidenta Municipal indica que está en discusión la moción, sino hay
27   observaciones se somete a votación la aprobación de la moción, levantando la mano, si
28   están de acuerdo en aprobar el convenio.
29   Aprobada por unanimidad.

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 1   VIII-4 Moción presentada por la Licda. Yahaira Mora Blanco, Presidenta Municipal,
 2   secundada por la regidora Enid Villanueva Vargas, Asunto: CONSTRUCCIÓN DE CAIS
 3   EN EL CANTÓN DE TALAMANCA.
 4   La Licda. Yahaira Mora indica que está en discusión la moción.
 5   El regidor Jorge Molina agrega que la moción está muy buena, no es justo que paralicen
 6   la construcción de la clínica, creo que hay que hablar con los doctores, y si esta comisión
 7   tiene que buscar fondos para que se haga ese pozo, cuanto puede costar el pozo versus
 8   el beneficio de un hospital y nosotros como municipalidad podemos aportar algo, buscar
 9   en Embajadas y otras instituciones ayuda para la perforación de ese pozo, tenemos que
10   ser parte de la solución y no parte del problema y esta moción es eso, que esta
11   municipalidad y este concejo quiere ser parte de la solución al mismo problema que tiene
12   el AYA, así que de mi parte el voto rotundo a favor.
13   La señora Presidenta Municipal somete a votación la moción, los que están de acuerdo
14   levantan la mano.
15   Aprobada por cinco votos.
16   ARTÍCULO IX: Asuntos varios
17   El regidor Jorge Molina informa que dentro de las mociones había que presentar una para
18   pedir que se convoque el proyecto de ley, hoy el señor Presidente de la República
19   convocó 43 proyectos y dentro de esos proyectos no estaba incluido el nuestro, entonces
20   es muy importante don Rugeli y compañeros mandárselo ahora al Ministro de Turismo,
21   para que después no diga que no lo tomamos en cuenta, ahora más que nunca hay que
22   enviárselo al ministro de turismo para que sepa la gravedad que tiene no solamente
23   Talamanca sino a nivel nacional.
24   La regidora Gabriela Matarrita indica que fue el primer acuerdo de la sesión extraordinaria
25   número 12.
26   La señora Presidenta Municipal indica que ya está el acuerdo.
27   El regidor Freddy Soto indica que ya consultó y ya enviaron la carta a Casa Presidencial.
28   El regidor Jorge Molina compañeros la presión de ser líder comunitario todos nosotros
29   que estamos aquí la vivimos día a día, no importa si uno es de una posición y si el otro

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 1   tiene otra ideología completamente diferente, hoy el cantón de Talamanca, tuvo una
 2   pérdida de don Mauricio Salazar conocido como Chimuri, y también de la señora Cristina
 3   Zeledón, que los dos son líderes ambientales, Cristina es una gran escritora, quisiera
 4   pedirles un minuto de silencio por respeto a ellos en la zona costera, pido nos pongamos
 5   de pie.
 6   Se da un minuto de silencio.
 7   La señora Presidenta Municipal comunica que la señora Síndica doña Cándida no pudo
 8   presentarse precisamente por trabajos comunales que está haciendo, y está en comisión,
 9   por eso no pudo venir el día de hoy.
10   ARTÍCULO X: Control y ratificación de acuerdos
11   La señora Presidenta Municipal vamos a hacer el control y ratificación de acuerdos
12   primero ratificamos el acuerdo para autorizar el pago de tracto de plan regulador
13   Costero, también autorizar al señor Alcalde para que firme convenio con
14   CONAPAM, igual autorizar al señor Alcalde para que firme convenio con
15   COOPEANDE, por supuesto también solicitar la sesión de trabajo para la
16   construcción del CAIS en Talamanca, se ratifica el reglamento del comité cantonal
17   de deportes, el acta de jurídicos y el miembro de la Escuela Bordon Lilan señora
18   Esmeralda Gutiérrez. Muchas gracias a todos.
19   Acuerdo 1:
20   El Concejo Municipal de Talamanca considerando:
21      1- Lo establecido en el Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas
22             Administrativas, Decreto 38249-MEP, Artículo 15.
23      2- Nota suscrita por la MSc. Yazmín Molina Pérez, Directora de la Escuela Bordon
24             Lilán.
25      3- Visto bueno del Supervisor del Circuito 08, Msc. Víctor Chacón Chaves.
26   ACUERDA APROBAR Y JURAMENTAR A LA NUEVA MIEMBRO DE LA JUNTA DE
27   EDUCACIÓN DE LA ESCUELA BORDON LILÁN, EN VISTA QUE EL SEÑOR KEYLOR
28   ARAYA CÓRDOBA CÉDULA 701570037, HA ESTADO AUSENTE POR ESTAR
29   PRIVADO DE LIBERTAD, EN SU LUGAR SE NOMBRA A LA SEÑORA ESMERALDA

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 1   GUTIÉRREZ ORTEGA, CÉDULA 701400082, PARA QUE FUNJA DENTRO DE LA
 2   JUNTA POR EL PERIODO RESTANTE. SOMETIDA A VOTACIÓN LEVANTANDO LA
 3   MANO. ACUERDO FIRME APROBADO POR UNANIMIDAD EN FORMA VERBAL.
 4   Acuerdo 2:
 5   EL CONCEJO MUNICIPAL DE TALAMANCA ACUERDA APROBAR REGLAMENTO
 6   AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ CANTONAL
 7   DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE TALAMANCA Y PUBLÍQUESE EN EL DIARIO
 8   OFICIAL LA GACETA. SOMETIDO A VOTACIÓN LEVANTANDO LA MANO.
 9   ACUERDO FIRME APROBADO POR UNANIMIDAD EN FORMA VERBAL.

10                      REGLAMENTO AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN
11                       Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ CANTONAL
12                     DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE TALAMANCA

13                                        Considerando:

14        1º—Que el artículo 170 de la Constitución Política, así como el artículo 4º, 13 inciso
15   c), y el 174 del Código Municipal reconocen la autonomía política, administrativa y
16   financiera de las municipalidades y la facultad de dictar un reglamento que regule lo
17   concerniente al funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación y sus
18   órganos.
19        2º—Que una de las manifestaciones de la autonomía municipal, es el estimular el
20   deporte y la recreación dentro de sus jurisdicciones, como parte del proceso de desarrollo
21   pleno del individuo y de la conformación de una sociedad más disciplinada, solidaria,
22   saludable, competitiva y dinámica.
23        3º—Que el Comité Cantonal de Deportes y Recreación es una entidad adscrita a la
24   Municipalidad de acuerdo con el artículo 173 del Código Municipal con personería jurídica
25   y autonomía política, administrativa y financiera.
26        4º—Que el Comité Cantonal de Deportes y Recreación debe ser un ente promotor
27   de la práctica y el disfrute tanto del deporte como de la recreación, en la mayor cantidad
28   posible de personas, sin ningún tipo de distinción, en una amplia gama de disciplinas


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 1   deportivas, mediante la promoción de atletas y de eventos deportivos, unidos a un manejo
 2   eficiente y transparente de los recursos públicos.
 3        5º—Que el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Talamanca, debe ser un
 4   fortalecedor de la identidad Talamanqueña a través de la práctica y del disfrute del
 5   deporte y la recreación por todos los grupos de población que integran la comunidad.
 6        6º—Que en consecuencia el Concejo Municipal, inspirado en los fundamentos que
 7   anteceden, emite el presente

 8                      REGLAMENTO AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN
 9                      Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ CANTONAL
10                      DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE TALAMANCA

11                                          CAPÍTULO I

12                                         Definiciones

13        Artículo 1º—Para la aplicación del presente reglamento y su interpretación, se
14   entiende por:

15     a) Área deportiva: Conjunto de los comités comunales de deportes y recreación, las
16        asociaciones deportivas y los grupos organizados del cantón de Talamanca. El
17        registro es la lista de los miembros del área deportiva.
18     b) Asamblea cantonal: Reunión de delegados de las organizaciones deportivas y
19        recreativas inscritas en el registro, que se congregan para elegir sus dos
20        representantes ante la Junta directiva del Comité Cantonal de Deportes y
21        Recreación de Talamanca.
22     c) Asamblea comunal: Reunión de delegados de las organizaciones deportivas y
23        recreativas comunales como Concejos de Distrito, Asociaciones de Desarrollo y
24        grupos organizados, interesados en el desarrollo integral de su comunidad, e
25        interesadas en el desarrollo deportivo de su comunidad e inscritas en el registro, que
26        se congregan para elegir a los miembros de un comité comunal de deportes y
27        recreación.




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 1   d) Asociación deportiva: Ente u organización con personería jurídica encargado de
 2        promover, facilitar, ejecutar y controlar todo lo relacionado con su disciplina o sus
 3        intereses en el cantón, en estrecha coordinación con el Comité Cantonal, al que está
 4        adscrito.
 5   e) Atleta: Individuo que representa al cantón de Talamanca en competencias
 6        deportivas de toda índole, nacionales o internacionales; que se encuentra inscrito en
 7        el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Talamanca.
 8   f) CCDR Talamanca: Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Talamanca.
 9        Cabe recalcar que en cada una de estas comisiones y Comités debe de incluirse la
10        participación Femenina para así lograr la equidad de género dentro del Cantón de
11        Talamanca.
12   g) Comisiones: Son comisiones de apoyo a las labores de la Junta directiva del
13        Comité Comunal y está constituida por lo menos por tres personas, son nombrados
14        por la Junta Directiva.
15   h) Comité Cantonal: Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Talamanca que
16        representa al Deporte y la Recreación dentro y fuera del Cantón.
17   i) Comité comunal: Comité comunal de deportes y recreación del cantón de
18        Talamanca que representa a las comunidades.
19   j) Comité Distrital: Comité Distrital de Deportes y Recreación de Talamanca que
20        representa a cada distrito del Cantón
21   k) Concejo Municipal: Concejo Municipal de Talamanca.
22   l)     Directivo: miembro de la Junta directiva del Comité Cantonal de Deportes y
23        Recreación de Talamanca.
24   m) Empleado/a: Persona que ejerce un trabajo remunerado por la Junta Directiva del
25        Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Talamanca. Se siguen todos los
26        lineamientos del Código de Trabajo.
27   n) Entrenador/a: Individuo responsable del entrenamiento de uno o más atletas o
28        equipos del CCDR Talamanca. Tiene la obligación de entregar informes mensuales.



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 1   ñ) Equipo: Grupo de atletas que practican una misma disciplina, está a las órdenes
 2     de un entrenador e inscrito en el CCDR Talamanca.
 3   o) Gobierno local: Municipalidad de Talamanca.
 4   p) Grupos organizados: Comités, grupos u organizaciones deportivas o recreativas
 5     del cantón de Talamanca inscritas en el registro del CCDR Talamanca, que no tienen
 6     cédula jurídica, formadas por voluntad de sus miembros.
 7   q) ICODER: Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación.
 8   r) Junta Directiva: Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.
 9   s) Las juntas: Se refiere al conjunto de las siguientes: Junta Directiva del Comité
10     Cantonal de deportes, comisiones vigentes, comités comunales o grupos
11     organizados adscritos al CCDR Talamanca.
12   t) Modificación presupuestaria: Toda aquella variación que se haga en los egresos
13     presupuestarios o aquellas que incorporen conceptos que no habían sido
14     considerados; sin que se modifique el monto global del presupuesto ya aprobado.
15   u) Municipalidad: Municipalidad de Talamanca
16   v) Órganos del CCDR Talamanca: Se refiere al conjunto formado por: la
17     Junta directiva, los comités comunales, las comisiones vigentes, los comités
18     comunales, los grupos organizados y las asociaciones deportivas adscritas, los
19     equipos, los atletas, los entrenadores y los empleados.
20   w) Plan anual operativo: Plan de trabajo del CCDR Talamanca y comités adscritos.
21     El plan debe contener objetivos específicos y metas que se pretenden lograr, los
22     funcionarios responsables de su ejecución y las partidas presupuestarias y montos
23     necesarios para la consecución de cada meta.
24   x) Presupuesto extraordinario: Presupuesto que incorpora recursos extraordinarios,
25     como excedentes entre los ingresos ordinarios no presupuestados o de cualquier
26     fuente extraordinaria.
27   y) Presupuesto ordinario: El instrumento que expresa en términos financieros el plan
28     de trabajo del CCDR Talamanca, el cual cumple con los principios presupuestarios
29     aceptados y presenta los ingresos probables y los gastos proyectados.

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 1     z) Representante cantonal: Persona nombrada por la Junta Directiva del Comité
 2        Cantonal para dirigir una asamblea.

 3   NOTA: Para efectos de este reglamento, palabras como presidente, secretario,
 4          tesorero, vocal, vicepresidente, entrenador, empleado, atleta y otras, se utilizan
 5          en género masculino pero llevan implícita su contraparte femenina.

 6                                         CAPÍTULO II

 7                           De la constitución y naturaleza jurídica

 8        Artículo 2º—El Comité Cantonal de Deportes y Recreación es un órgano adscrito
 9   a la Municipalidad, goza de personería jurídica instrumental para construir, administrar y
10   mantener las instalaciones deportivas de su propiedad u otorgadas en administración.
11   Personería de la cual da fe la secretaría municipal y que le permite cubrir la totalidad de
12   programas deportivos y recreativos proyectados, según el plan de desarrollo del gobierno
13   local y el plan operativo del Comité Cantonal.
14        Es deber y responsabilidad del Comité Cantonal de Deportes y Recreación respaldar
15   y cumplir con lo establecido en materia de adquisición de bienes y servicios, así como el
16   cumplimiento de los parámetros técnicos establecidos para la contratación de personal,
17   o a efecto de dar cumplimiento a la Ley y verificación por parte de la Auditoría o la
18   Alcaldía.
19        La adquisición de bienes y servicios los tramitará el Comité de Deportes por sí
20   mismo, por lo que deben sujetarse a los procedimientos establecidos en la Ley de
21   Contratación Administrativa y su Reglamento.
22        En relación a la contratación de personal inherente a los fines del Comité Cantonal
23   de Deportes, será el comité quién realice los trámites, con fundamento en los parámetros
24   técnicos utilizados por el Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad de
25   Talamanca.
26        Artículo 3º—El CCDR Talamanca es un ente que debe facilitar el desarrollo y la
27   práctica de la recreación, del deporte y del deporte competitivo, mediante el acceso a los
28   beneficios del deporte y la recreación de todas las personas. Todo lo anterior, a nivel
29   cantonal, regional y nacional, promoviendo la identidad talamanqueña.
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 1        Artículo 4º—El domicilio legal del CCDR y la sede de la Junta Directiva están en la
 2   oficina ubicada dentro de las instalaciones de la Municipalidad de Talamanca.

 3                                          CAPÍTULO III

 4                                       De la organización

 5        Artículo 5º—Órganos del CCDR Talamanca. El CCDR Talamanca está constituido
 6   por la estructura siguiente:

 7     a) La Junta Directiva.
 8     b) Las comisiones específicas de apoyo que estime convenientes.
 9     c) Los comités comunales.
10     d) Los grupos organizados y las asociaciones deportivas o recreativas afiliadas.
11     e) Personal a cargo del Comité Cantonal, los entrenadores y los atletas.

12        Todos los anteriores forman los órganos del Comité Cantonal. El conjunto de los
13   incisos a), b), c) y la junta directiva de los grupos organizados se conoce como las Juntas.
14        Artículo 6º—El Concejo Municipal autoriza el plan de desarrollo del gobierno local en
15   materia deportiva y recreativa, así como también los planes anuales operativos del
16   Comité Cantonal y sus modificaciones, acorde con el presupuesto asignado. El Comité
17   Cantonal vela para que el accionar de sus órganos se ajuste a estos parámetros.
18        Artículo 7º—Requisitos. Las personas escogidas para integrar las Juntas del
19   Comité Cantonal deben cumplir los siguientes requisitos:

20     a) Ser mayores de dieciocho años.
21     b) Gozar de una excelente reputación como ciudadano en la comunidad y demostrar
22        un alto espíritu cívico y deportivo.
23     c) Estar dispuesto a desempeñar el cargo con sentido de responsabilidad y tener
24        disponibilidad de tiempo para trabajar para el cantón de Talamanca y por su
25        desarrollo deportivo y recreativo.
26     d) Conocimientos básicos en el área de la organización aplicada al deporte y a la
27        recreación.



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 1     e) Disponibilidad de recibir capacitación en cualquier área que fortalezca su
 2        participación y en el campo del deporte y recreación.
 3     f) Ser residente del cantón de Talamanca.
 4     g) No haber sido condenado en sentencia firme por la Comisión de delitos contra la
 5        hacienda pública, ni la propiedad privada.

 6        No pueden integrar las Juntas los concejales, el alcalde o sus suplentes, el tesorero,
 7   el auditor y el contador municipales. Tampoco pueden hacerlo sus cónyuges o parientes
 8   en línea directa o colateral, hasta el tercer grado inclusive.
 9        Artículo 8º—Los miembros de la Junta directiva y de los comités comunales no
10   pueden:

11     a) Celebrar contratos, ni convenios con el Comité Cantonal.
12     b) Intervenir en la discusión y votación de los asuntos en que tengan un interés
13        personal o para favorecer a su cónyuge o alguno de sus parientes hasta el tercer
14        grado de consanguinidad o de afinidad.
15     c) Devengar dieta o remuneración algunas.

16        Artículo 9º—Funciones. Corresponde al Comité Cantonal de Deportes y
17   Recreación:

18     a) Estimular la práctica del deporte y la recreación por parte de toda la población del
19        cantón de Talamanca.
20     b) Formar una cultura y una identidad Talamanqueña, basadas en el deporte y la
21        recreación, solo o en coordinación con otras entidades de interés deportivo o social.
22     c) Promocionar al cantón de Talamanca en el ámbito nacional, sobre todo en el área
23        deportiva.
24     d) Registrar la historia deportiva del cantón de Talamanca.
25     e) Ejecutar los programas nacionales para el deporte y la recreación del Instituto
26        Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER).
27     f) Evaluar el desarrollo de los programas deportivos y recreativos Masculinos y
28        Femeninos.
29     g) Administrar y dar mantenimiento a las instalaciones deportivas.
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 1     h) Desarrollar proyectos deportivos, recreativos, de infraestructura deportiva u
 2        organizativa, y cualquier otro que tienda al desarrollo deportivo del cantón de
 3        Talamanca. En coordinación con la Municipalidad, también debe desarrollar las
 4        inversiones y obras en el cantón; de acuerdo con los artículos 178 y 179 del Código
 5        Municipal.
 6     i) Apoyar de manera concreta, todas las acciones tendientes al reclutamiento de
 7        atletas que representen al cantón de Talamanca, sin ningún tipo de distinción.
 8     j) Promover el desarrollo en el cantón de Talamanca de todo tipo de actividades
 9        deportivas de carácter nacional, solo o en coordinación con las federaciones
10        nacionales, con los grupos deportivos o con promotores de eventos deportivos.
11     k) El Comité Cantonal de Deportes de Talamanca es el ente con potestad para avalar
12        toda actividad deportiva o recreativa que se realice en el cantón de Talamanca
13     l) Cualquier otra que por naturaleza sea compatible con los propósitos, objetivos y
14        misión de la entidad.

15        Artículo 10. —De la renuncia. Los miembros de las Juntas pueden renunciar a sus
16   cargos. Para ello deben enviar una nota con los motivos de su renuncia dirigida a la junta
17   de la cual renuncian, con un mes de anticipación, salvo casos extremos. Además:

18     a) Los miembros de los comités comunales deben enviar notificación al Comité
19        Cantonal.
20     b) Los miembros de la Junta directiva del CCDR Talamanca deben notificar al Concejo
21        Municipal y al área que representan (área deportiva o área de asociaciones
22        comunales).

23        Artículo 11. —De la remoción. Los miembros de la Junta directiva del Comité
24   Cantonal pueden perder sus credenciales y ser removidos de sus cargos por el Concejo
25   Municipal, cuando incurran en alguna de las siguientes:

26     a) Cuando les sobrevenga alguno de los impedimentos establecidos en el artículo 7º.
27     b) Ausencia consecutiva a dos sesiones ordinarias sin justificación; o bien cuatro
28        ausencias injustificadas en forma alterna, durante un año.


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 1     c) Ausencia consecutiva justificada a cuatro sesiones ordinarias, o bien a seis
 2       ausencias justificadas alternas, durante un año.
 3     d) Por inhabilitación judicial.
 4     e) Cuando así lo acuerde la organización a la que han pertenecido, por justa causa.

 5       Artículo 12. —De la sustitución. Para sustituir a un miembro de alguna de las
 6   Juntas, la Junta Directiva del Comité Cantonal debe comunicarlo por escrito al Concejo
 7   Municipal, indicando las causas para hacer efectiva su sustitución.

 8     a) Cuando se trate de alguno de los miembros de los comités comunales, así como de
 9       las organizaciones deportivas o recreativas, la Junta directiva debe solicitar a la
10       entidad competente el envío de una terna, para proceder a efectuar el nombramiento
11       del sustituto. En este caso, dichas entidades deben enviar la terna por escrito en el
12       plazo improrrogable de ocho días hábiles, contados a partir del día siguiente en que
13       hubiesen recibido la comunicación. Una vez recibida la terna, la Junta
14       Directiva procede a efectuar el nombramiento del sustituto/a en la sesión ordinaria o
15       extraordinaria inmediatamente siguiente.
16     b) Cuando se trate de los miembros de una comisión, la Junta Directiva decidirá su
17       sustituto por acuerdo de la mayoría de los directivos.
18     c) Cuando se trate de alguno de los miembros de la Junta Directiva del Comité
19       Cantonal, el Concejo Municipal procede a conocer la comunicación señalada en el
20       inciso anterior. El Concejo Municipal tiene la facultad de removerlos, mediante la
21       misma votación empleada para la elección. Para tal efecto, debe emplear el siguiente
22       procedimiento: una vez que el Concejo Municipal tenga conocimiento de la causa,
23       debe iniciar el proceso mediante el nombramiento de tres de sus miembros, quienes
24       entregan su informe en un plazo improrrogable de quince días naturales, contado a
25       partir del inicio de dicho procedimiento. El Concejo Municipal debe resolver por acto
26       final en el plazo improrrogable de un mes, contado a partir del momento que tuvo
27       conocimiento de la existencia de la causal. También la Municipalidad deberá
28       resolver en caso de apelaciones en los cinco días hábiles posteriores.



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 1     d) En caso de destitución de uno o varios de los miembros de las Juntas, la sustitución
 2        se hace en las siguientes condiciones:

 3        1. El sustituto/a desempeña el cargo correspondiente, por el tiempo que falte para
 4          completar el período en que fue nombrado el titular destituido.
 5        2. La sustitución de un miembro se obtiene de una terna.
 6        3. La sustitución de dos miembros se hace de una nómina de cinco personas.
 7        4. En caso de que sean tres o más miembros los que deban sustituirse, se
 8          disuelve la Junta y se sigue el procedimiento correspondiente al nombramiento
 9          completo, establecido por este reglamento.

10        Artículo 13. —Sanciones. Los miembros de los órganos del Comité Cantonal (Junta
11   directiva, comité comunal, comisión, grupo organizado, asociación, personal, atletas,
12   entrenadores) pueden ser sancionados cuando se demuestre que incurren en alguno de
13   los siguientes:

14     a) Desempeño deficiente de sus funciones.
15     b) No representen los intereses de desarrollo del cantón de Talamanca.
16     c) Por violación culposa o dolosa a las leyes y reglamentos que rigen.
17     d) Cuando tengan un comportamiento poco objetivo en eventos deportivos.
18     e) Cuando se demuestre un manejo inadecuado de fondos, alteración de documentos,
19        engaño o mentira.
20     f) En el caso de los miembros de las Juntas, cuando no cumplen con las normas del
21        artículo 8º.

22        Artículo 14. —Sanciones. Las sanciones probables las define el ente superior
23   correspondiente y depende de la posición del acusado dentro de la estructura del CCDR
24   Talamanca. Estas sanciones son apelables en un plazo de cinco días hábiles, de
25   conformidad con la normativa del Código Municipal.

26     a) Suspensión del contrato.
27     b) Destitución de su cargo.
28     c) Expulsión temporal del CCDR Talamanca.


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 1     d) Expulsión permanente del CCDR Talamanca.
 2     e) Imposibilidad de formar un equipo, tanto en el papel de entrenador como en el de
 3       atleta.
 4     f) Pérdida de credenciales.

 5                                         CAPÍTULO IV

 6                                     De la Junta Directiva

 7       Artículo 15. —La Junta directiva del CCDR Talamanca es la máxima autoridad de
 8   este organismo y es la encargada de su gobierno y dirección. La conforman un total de
 9   cinco miembros, se debe de incluir al menos una presencia Femenina, todos
10   costarricenses, nombrados de la siguiente manera:

11     a) Dos miembros nombrados por el Concejo Municipal.
12     b) Dos miembros nombrados por el área deportiva (comités comunales y grupos
13       organizados y asociaciones deportivas o recreativas del cantón).
14     c) Un miembro en representación de las organizaciones comunales restantes.
15     d) Dos miembros de la población entre los 15 años y menores de 18 años, quienes
16       serán elegidos directamente mediante una asamblea cantonal conformada por todas
17       las organizaciones juveniles del cantón y los atletas activos del Programa de Juegos
18       Deportivos Nacionales del cantón, convocada por el Comité Cantonal de la Persona
19       Joven, y posteriormente juramentados por el concejo municipal. Estos miembros no
20       podrán ostentar la representación judicial o extrajudicial del comité, ni podrán
21       contraer obligaciones en nombre del comité.
22     (Así adicionado el inciso anterior por el artículo 1° de la ley N° 9633 del 11 de diciembre
23       del 2018, "Reforma Código Municipal para garantizar la efectiva participación de la
24       niñez y la adolescencia en los comités cantonales y comunales de deportes y
25       recreación")

26       Los miembros a que se refiere el inciso a), son de nombramiento directo del Concejo
27   Municipal, y escogidos por acuerdo de mayoría simple, con base en una terna de
28   candidatos propuestos por los miembros del Concejo Municipal. Los individuos del inciso


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 1   b) son elegidos por la asamblea cantonal convocada por el Comité Cantonal. La persona
 2   del inciso c) es elegida por una asamblea convocada por el Comité Cantonal, conformada
 3   con los representantes de las organizaciones comunales debidamente inscritas y
 4   reconocidas por la Municipalidad, según la reglamentación respectiva. En los casos de
 5   los incisos b) y c), la asamblea mencionada se efectúa según el procedimiento
 6   establecido en el Capítulo XII del presente reglamento.
 7        Los directivos del Comité Cantonal no pueden integrar las juntas de los comités
 8   Distritales, y las asociaciones deportivas o recreativas.
 9        Artículo 16. —Los miembros de la Junta Directiva se mantienen en su cargo por
10   dos años. Bianualmente, cada dos del mes de junio termina el período de toda la Junta
11   Directiva. En la primera semana del mes de mayo, se convoca a la designación de una
12   nueva Junta Directiva. La nueva junta electa entra en sesiones con voz pero sin voto,
13   desde el primero y hasta el tres de junio, período durante el cual deben ser juramentados
14   ante el Concejo Municipal. El tres de junio siguiente, la nueva Junta Directiva asume sus
15   funciones plenamente.
16        Si uno de los miembros no termina su período, se nombra un sustituto siguiendo los
17   lineamientos del artículo anterior, dependiendo de la entidad carente de representación.
18   Estos miembros sustitutos solo se mantienen en su cargo por el tiempo que falte del
19   período de la Junta Directiva.
20        Artículo 17. —Los miembros de la Junta Directiva pueden ser reelegidos solo
21   por tres períodos
22        Consecutivos. No hay restricciones para la reelección no consecutiva.
23        Artículo 18. —Durante la sesión inaugural, los nuevos miembros juramentados
24   de la Junta Directiva definen cuáles son sus cargos entre: presidente, vicepresidente,
25   secretario, tesorero y vocal. Se lee el informe bianual de labores de la junta saliente.
26   También se acuerda el horario de sesiones. La Junta directiva del CCDR Talamanca
27   debe reunirse con una frecuencia mínima de dos veces al mes.
28        Artículo 19. —Todos los directivos tienen la obligación de asistir a las sesiones.
29   En caso de ausencia, el directivo debe comunicar, en forma escrita, las razones de su

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 1   ausencia dentro de las veinticuatro horas siguientes. En caso contrario, la ausencia puede
 2   ser catalogada como injustificada y sancionable, por el resto de la Junta Directiva.
 3        Artículo 20. —Son funciones de la Junta Directiva:

 4     a) Estimular la práctica del deporte y la recreación por parte de toda la población.
 5     b) Divulgar e informar sobre el desarrollo de sus actividades.
 6     c) Establecer las prioridades de desarrollo del cantón en materia deportiva y
 7        recreativa.
 8     d) Dictar las políticas para el deporte y la recreación que se ajusten a las condiciones
 9        del cantón.
10        En este aspecto, se pueden seguir las políticas emanadas por el Concejo Municipal,
11        el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) o el Comité
12        Olímpico Nacional, con el respeto de los reglamentos vigentes de cada disciplina
13        deportiva y de las federaciones nacionales.
14     e) Reglamentar el uso de los recintos deportivos.
15     f) Establecer políticas internas de contratación de entrenadores/as o empleados/as y
16        las normas que rigen su desempeño, conforme a las leyes laborales vigentes.
17     g) Honrar    a   aquellas   personas     que   se   hayan     destacado   como   atletas,
18        entrenadores/as, dirigentes deportivos o a las personas que, en su criterio, hayan
19        reunido méritos suficientes para recibir una distinción.
20     h) Formar las comisiones de apoyo en las cuales se delegan funciones específicas.
21     i) Evaluar el desarrollo de los programas deportivos y recreativos.
22     j) Fiscalizar la labor de: comités comunales, comisiones de apoyo, empleados/as,
23        entrenadores/as, atletas, dirigentes, asociaciones y grupos organizados.
24     k) Evaluar anualmente, o cuando sea necesario, el trabajo de todos los grupos a su
25        cargo, incluyendo a los comités comunales. Puede establecer sanciones o destituir
26        a personas, comisiones o comités y desacreditar a los miembros de las juntas
27        directivas de las asociaciones deportivas o recreativas afiliadas; además puede
28        retirar la afiliación a uno o más grupos.



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 1   l) Presentar el plan anual operativo, el presupuesto anual, la liquidación
 2     presupuestaria, los informes de gestión, los de controles de ingresos y egresos, los
 3     de ejecución presupuestaria según los parámetros del capítulo XI de este
 4     reglamento.
 5   m) Establecer beneficios, premios o excepciones para aquellos grupos o personas que
 6     considere conveniente.
 7   n) Someter para su aprobación al Concejo Municipal, los contratos o convenios a
 8     suscribir para el cumplimiento de sus fines.
 9   o) Comprometer los fondos y autorizar los egresos referentes a los procesos
10     licitatorios y convenios que exceden el valor mínimo acordado.
11   p) Autorizar la construcción de infraestructura deportiva, para lo cual se debe observar
12     lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento general.
13   q) Estudiar y proponer las modificaciones tendientes a mejorar la eficiencia de la
14     organización administrativa del organismo.
15   r) Nombrar y remover en su oportunidad al administrador general del Comité Cantonal
16     de acuerdo con la legislación vigente. Sin perjuicio de lo que regule más adelante.
17     Conocer en segunda instancia contra las disposiciones y resoluciones dictadas por
18     el administrador general.

19     Artículo 21. —Son funciones del presidente/a:

20   a) Representar    al   Comité   Cantonal    judicial   y   extrajudicialmente   ante   las
21     organizaciones deportivas, gubernamentales, judiciales y sociales de la República.
22   b) Presidir las sesiones.
23   c) Suscribir todos los contratos o convenios que celebre el Comité Cantonal.
24   d) Ejercer las funciones de director del personal administrativo del Comité Cantonal.
25   e) Juramentar a los miembros de los comités comunales, de las comisiones y de todas
26     las organizaciones y asociaciones que se adscriban al CCDR Talamanca.
27   f) Firmar junto con el secretario/a las actas de las sesiones.
28   g) Preparar junto con el secretario/a la agenda de las reuniones, asambleas y otros.



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 1   h) Firmar conjuntamente con el tesorero/a los cheques contra las cuentas del Comité
 2     Cantonal.
 3   i) Efectuar junto con el tesorero/a, arqueos mensuales de caja chica y del libro de
 4     tesorería, dejar constancia de ello en el libro de actas.
 5   j) Convocar a sesiones extraordinarias.
 6   k) Decidir con doble voto los empates de Junta Directiva, excepto cuando se trate de
 7     elección de puestos en la Junta Directiva.
 8   l) Realizar todas las acciones necesarias para que el Plan Anual y el proyecto de
 9     presupuesto del Comité Cantonal, sean remitidos al Concejo Municipal para su
10     autorización, en las fechas previstas por este reglamento.
11   m) Cualquier otra que le asignen las leyes y reglamentos en condición de representante
12     del Comité Cantonal.

13     Artículo 22. —Son funciones del vicepresidente/a:

14   a) Sustituir al presidente/a en su ausencia, con los mismos deberes y atribuciones.
15   b) Encargado de las relaciones públicas.
16   c) Coordinar y agilizar el nombramiento de los comités comunales, de las comisiones
17     y sus sustitutos.
18   d) En conjunto con el presidente/a, debe realizar todas las acciones necesarias para
19     que los informes para la Municipalidad lleguen en el plazo de rigor.
20   e) Para efectos prácticos, sus funciones son las necesarias para trabajar en conjunto
21     con el tesorero/a. Para este efecto, puede firmar cheques, en sustitución del
22     presidente/a o del tesorero/a. Además debe estar informado de todas las actividades
23     de la tesorería para suplir al tesorero/a en su ausencia.
24   f) Sustituir al secretario/a en casos de extrema urgencia, cuando solo se hallen
25     presentes el presidente/a, el tesorero/a y el vicepresidente/a.
26   g) Revisar periódicamente los libros de tesorería de las otras Juntas.
27   h) Controlar bajo inventario todos los activos del Comité Cantonal.

28     Artículo 23. —Son funciones del tesorero/a:

29   a) Custodiar y responder por los dineros del organismo.
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 1   b) Llevar los libros de tesorería al día y vigilar porque la contabilidad se encuentre
 2     correcta y al día.
 3   c) Fiscalizar y recaudar los ingresos económicos ordinarios y extraordinarios que
 4     ingresen en la cuenta corriente.
 5   d) Controlar las cuotas, participaciones, donaciones y demás tipos de ingresos a los
 6     fondos del organismo y en todos los casos extender un recibo correspondiente.
 7   e) Expedir los cheques y autorizarlos con su firma conjuntamente con el presidente/a.
 8   f) Hacer las recomendaciones que estime convenientes a fin de que el empleo de los
 9     fondos se realice en la mejor forma posible dentro del marco del presupuesto
10     autorizado.
11   g) Elaborar el presupuesto del plan de trabajo anual junto con el secretario/a y los
12     presupuestos de cada proyecto.
13   h) Preparar los informes contables para la Municipalidad. Autorizarlos con su firma y
14     la del presidente/a.
15   i) Tener a disposición una caja chica, cuyo monto lo fija periódicamente la Junta
16     Directiva del Comité Cantonal.
17   j) Solicitarle a la Junta Directiva que se nombren los responsables de recaudar los
18     recursos por el usufructo de las instalaciones deportivas, los cuales deben coordinar
19     con el administrador/a general la forma de recaudarlos, depositarlos y tomar las
20     medidas de control interno necesarias para el manejo de esos recursos.

21     Artículo 24. —Son funciones del secretario/a:

22   a) Levantar las actas de las sesiones.
23   b) Firmar conjuntamente con el presidente/a, las actas de las sesiones.
24   c) Redactar y enviar la correspondencia según los acuerdos tomados.
25   d) Autorizar la correspondencia con su firma, excepto cuando sea necesario que firme
26     el presidente/a.
27   e) Elaborar el plan de trabajo anual y presupuestarlo junto con el tesorero/a.
28   f) Enterar durante las sesiones de toda la correspondencia enviada y recibida.
29     Archivar toda la documentación.

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 1     g) Firmar en conjunto con el presidente/a los credenciales extendidos a los diferentes
 2       organismos, personas o atletas. Emitir y firmar las certificaciones extendidas por la
 3       Junta Directiva.
 4     h) Elaborar junto al presidente/a la agenda de sesiones, reuniones y asambleas, así
 5       como los informes a la Municipalidad.

 6       Artículo 25. —Funciones del vocal:

 7     a) Con los mismos deberes y atribuciones, debe sustituir al secretario/a o al
 8       vicepresidente/a durante su ausencia. Sustituir al tesorero/a o al presidente/a, solo
 9       en caso que el vicepresidente/a tampoco esté presente o en el caso de una situación
10       de extrema urgencia.
11     b) Para efectos prácticos, sus funciones son las necesarias para trabajar en conjunto
12       con el secretario/a.
13     c) Recibir toda la correspondencia y entregarla al secretario/a.
14     d) Llevar la historia deportiva del cantón.
15     e) Velar por la continuidad y consistencia de la legislación emanada por el Comité
16       Cantonal y por darle seguimiento a los acuerdos. Debe convertirse en la persona
17       con más conocimiento legal dentro del comité.
18     f) Tramitar las denuncias, los recursos y apelaciones y levantar las informaciones que
19       le sean encomendadas.
20     g) Mantener actualizado el inventario del recurso humano del CCDR Talamanca y del
21       registro de entes adscritos.
22     h) Revisar periódicamente los libros de actas de las otras Juntas.

23       Artículo 26. —Las funciones definidas en este reglamento deben considerarse
24   como las básicas y mínimas. Desde luego, cada Junta se adecua para aprovechar al
25   máximo las capacidades de cada uno de sus miembros o para asumir las funciones de
26   un miembro faltante.

27                                         CAPÍTULO V

28        De las sesiones, el orden del día, las actas, los acuerdos y los recursos


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 1       Artículo 27. —Los integrantes de cada junta (Junta directiva, comités
 2   comunales, comisiones u otros) se reúnen en sesión ordinaria el día, hora y con la
 3   frecuencia acordados en la sesión inaugural. Extraordinariamente, se reúnen
 4   cuando sean convocados por el presidente o conjuntamente por tres de sus
 5   miembros. Todas las sesiones son públicas. Tanto los funcionarios/as municipales como
 6   las personas particulares pueden participar en las sesiones con carácter de asesores,
 7   tienen voz mas no voto.
 8       La Junta Directiva del CCDR Talamanca sesionar en la oficina adjunta a la
 9   Municipalidad. Cada una de las otras juntas define la sede de sesiones. Estos lugares
10   pueden ser cambiados en forma temporal por acuerdo de la mayoría de los miembros de
11   cada junta.
12       Artículo 28. —Las sesiones ordinarias se desarrollan conforme al orden del día
13   previamente elaborado por el presidente y el secretario. El orden del día debe darse
14   a conocer por lo menos al inicio de cada sesión y solo puede ser modificado mediante
15   una moción de orden aprobada por mayoría. En lo posible, el orden del día tiene los
16   siguientes apartados:

17     a) Comprobación de Quórum.
18     b) Atención al Público.
19     c) Lectura y aprobación del Acta Anterior.
20     d) Correspondencia Recibida.
21     e) Correspondencia Enviada.
22     f) Informes de cada miembro del Comité.
23     g) Asuntos varios.
24     h) Cierre de Sesión.

25       Artículo 29. —Cualquier asunto: correspondencia, iniciativa, moción, audiencia,
26   dictamen u otro, debe seguir las siguientes reglas de presentación ante el secretario/a o
27   el presidente/a para que forme parte de orden del día:

28     a) Los asuntos pueden ser presentados por directivos o por particulares.


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 1     b) Los asuntos deben presentarse al menos con veinticuatro horas de anticipación. Se
 2        exceptúan casos de extrema urgencia, que sean admitidos el mismo día en que se
 3        celebra la sesión.
 4     c) En forma escrita, el asunto, la justificación y los fines de la presentación deben estar
 5        claramente indicados.
 6     d) Todos los asuntos deben mostrar el nombre del interesado, su cédula, su firma y la
 7        manera de contactar al interesado para enviarle una respuesta.
 8     e) Se anexa al presente reglamento una plantilla para la presentación de mociones,
 9        iniciativas y audiencias.

10        Artículo 30. —Las sesiones extraordinarias deben convocarse con al menos
11   tres días de anticipación. Este plazo puede modificarse en casos de evidente urgencia,
12   para lo cual debe existir mayoría calificada de los miembros de la Junta Directiva. En las
13   sesiones extraordinarias solo puede conocerse el asunto incluido en la convocatoria. La
14   convocatoria la hace el presidente por cualquier medio idóneo.
15        Artículo 31. —El quórum es de tres miembros. Si el número de presentes no
16   alcanza el quórum después de media hora de iniciada la sesión, esta se suspende. En el
17   acta se anotan las razones de la suspensión y se indican los nombres de los presentes y
18   los nombres de los ausentes.
19        Artículo 32.—En cuanto al uso de la palabra, tiempo y mociones, demás
20   aspectos de procedimiento y manejo de las sesiones, no contemplados en este
21   reglamento se aplica lo establecido en el reglamento, de sesiones del Concejo
22   Municipal de Talamanca. Lo mismo rige en lo que corresponde a las funciones, deberes
23   y atribuciones de las Juntas.
24        Artículo 33. —De los acuerdos y votaciones.

25     a) Cada uno de los directivos tiene un voto. Los acuerdos se tomarán por mayoría
26        simple de los votos presentes, salvo los casos que de conformidad con la ley,
27        requieran una mayoría diferente. En caso de empate en una votación, el presidente/a
28        tiene voto calificado.



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 1     b) Los acuerdos quedan firmes al aprobarse el acta en la sesión ordinaria siguiente.
 2       En casos especiales de urgencia, emergencia o necesidad, se pueden declarar los
 3       acuerdos como “en firme”.
 4     c) En los acuerdos que lo ameriten, sobre todo cuando se decidan beneficios,
 5       excepciones, gratificaciones, exoneraciones o similares, se debe indicar su período
 6       de vigencia.
 7     d) Durante la discusión del acta, los directivos pueden solicitar la revisión de acuerdos
 8       de la sesión anterior, siempre y cuando dicho acuerdo no hubiese sido declarado en
 9       firme. La misma mayoría requerida para dictar un acuerdo es necesaria para acordar
10       su revisión. Aceptada la revisión, el presidente pone en discusión el asunto a que se
11       refiere el acuerdo.

12       Artículo 34. —De los recursos. Se pueden presentar recursos de revocatoria de
13   acuerdos ante la Junta Directiva del CCDR Talamanca.

14     a) Contra los actos, acuerdos o resoluciones emitidos por el Comité Cantonal de
15       Deportes y cualquiera de sus órganos, caben los recursos ordinarios de revocatoria
16       y apelación, los cuales deben interponerse dentro del quinto día, contados a partir
17       del presente acto de notificación, sin que ello suspenda la ejecución del acto. Las
18       reglas de forma y fondo de los recursos apuntados se rigen por lo establecido en el
19       Código Municipal, Ley Nº 7794, título VI, y en lo restante, por la Ley General de la
20       Administración Pública. La Junta Directiva debe conocer el recurso en la sesión
21       ordinaria siguiente o extraordinariamente convocada para este fin.
22     b) Los recursos de apelación subsiguiente se presentan ante el Concejo Municipal,
23       cuando sea en materia administrativa y ante el Instituto Costarricense del Deporte y
24       Recreación, cuando lo sea en materia deportiva.
25     c) Tratándose de solicitudes de nulidad sobre los acuerdos tomados en una asamblea,
26       éstas deben plantearse por escrito dentro del término de tres días contados a partir
27       del día hábil posterior a la celebración de la asamblea, y se rigen por las reglas
28       contempladas en la Ley general de la administración pública, capítulo VI.

29       Artículo 35. —De las actas.
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 1     a) El desarrollo de la sesión y los acuerdos tomados deben consignarse mediante el
 2       levantamiento de un acta, por parte del secretario, en el libro de actas.
 3     b) El libro de actas de la Junta directiva del Comité Cantonal debe ser debidamente
 4       foliado y legalizado por la Auditoria Interna de la Municipalidad. El libro de actas de
 5       otras juntas (por ejemplo comités comunales y comisiones específicas) debe ser
 6       legalizado por el CCDR Talamanca.
 7     c) El acta de cada sesión debe entregarse, a más tardar veinticuatro horas antes de la
 8       sesión en que sean discutidas y aprobadas.
 9     d) Las actas aprobadas deben llevar las firmas del presidente y del secretario.
10                                        CAPÍTULO VI

11                         De las comisiones específicas de apoyo

12       Artículo 36. —La Junta Directiva del CCDR Talamanca es la autoridad superior
13   en materia deportiva o recreativa del cantón de Talamanca. Sin embargo, puede
14   delegar sus funciones a comisiones con funciones específicas, más no su
15   responsabilidad.
16       Artículo 37. —Las comisiones tienen plenos poderes de acción y cuentan con
17   el apoyo de la Junta Directiva del Comité Cantonal. No obstante, la Junta Directiva se
18   reserva el derecho de veto de sus decisiones.
19       Artículo 38. —Las comisiones, y sus miembros, son propuestas por los
20   directivos del CCDR Talamanca. Al formar una comisión, se definen sus funciones,
21   objetivos y plazos donde se incluya la participación Femenina. Todas las comisiones
22   tienen un período de vigencia. En caso de no indicarse este período se supone que
23   quedan disueltas cuando termine el período de la Junta directiva que las formó.
24       Artículo 39. —Una comisión cuenta con un mínimo de tres miembros y un
25   máximo de cinco. Por lo menos, uno de sus integrantes es uno de los directivos del
26   Comité Cantonal. Los cargos mínimos son los de presidente/a, tesorero/a y secretario/a
27   y se eligen en la sesión inaugural en forma interna. Los miembros de las comisiones
28   pueden ser destituidos o sustituidos por acuerdo de la Junta Directiva del Comité
29   Cantonal. No hay restricciones para la reelección.

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 1        Aunque en principio, los miembros de una comisión realizan sus funciones ad
 2   honorem, a ella pueden pertenecer los empleados del CCDR Talamanca. Esto es
 3   particularmente cierto para las comisiones que requieren de decisiones técnicas muy
 4   específicas donde se necesite de un experto en la materia.
 5        Se pueden comisionar tareas a los comités comunales, a los grupos organizados, a
 6   las asociaciones deportivas o recreativas adscritas, a los empleados, a los entrenadores
 7   y a los atletas y equipos.
 8        Artículo 40. —Los miembros de las comisiones deben ser juramentados por el
 9   presidente/a de la Junta directiva del CCDR Talamanca, antes de entrar en
10   funciones.
11        Artículo 41. —El quórum es, naturalmente, de tres personas y para sesionar se
12   siguen los mismos lineamientos que para tal efecto tiene la Junta Directiva según
13   el Capítulo V de este reglamento. Los acuerdos se toman por mayoría simple con
14   carácter de firme y se levantan actas de sus sesiones. En un plazo no mayor de quince
15   días, las comisiones informan a la Junta directiva de sus dictámenes.
16        Artículo 42. —Las comisiones tienen el nombre que identifique su función.
17   Algunas comisiones típicas pueden ser:

18     a) Comisión deportiva: Esta comisión puede ser global o pueden formarse
19        comisiones específicas para una disciplina deportiva. Busca la formación de atletas
20        competitivos, el alto rendimiento o la promoción de un deporte particular. Es
21        deseable que cuente al menos con un profesional en ciencias del deporte.
22     b) Comisión recreativa: Su función puede ser el desarrollo de actividades recreativas
23        en el ámbito cantonal, con proyección nacional. Puede estimular el uso terapéutico
24        de las actividades físicas por parte de grupos específicos de la población: adulto
25        mayor, personas especiales, personas en rehabilitación, niños; o simplemente la
26        práctica de la actividad física con fines recreativos.
27     c) Comisión de eventos: Puede ser una comisión global cuya función sea la
28        promoción del cantón en el ámbito deportivo nacional como una sede deportiva.
29        También puede ser una comisión conformada para organizar un evento específico

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 1       que se desarrolle en el cantón de Talamanca. Los eventos pueden ser organizados
 2       en conjunto con otros grupos comunales o nacionales. Son particularmente
 3       deseables las actividades de carácter nacional avaladas por las federaciones
 4       deportivas nacionales.
 5     d) Comisión de presupuesto: en esta comisión, la Junta directiva del CCDR
 6       Talamanca puede delegar la elaboración del borrador del presupuesto anual y del
 7       plan de trabajo anual del Comité Cantonal de Deportes, de los informes trimestrales,
 8       de las ejecuciones presupuestarias y cualquier otro instrumento de esta materia que
 9       debe ser enviado al Concejo Municipal. Asimismo, puede dar asesoría o auditorías
10       a todas las comisiones o comités que lo requieran. Puede también formarse una
11       comisión que busque financiamientos externos para el Comité Cantonal.
12     e) Comisión administrativa: esta comisión puede tener a su cargo la administración
13       de recintos deportivos, además recomendar las cuotas que deben cancelarse para
14       su uso, las mejoras necesarias para cada uno, y garantizar el acceso a toda
15       población a estas instalaciones mediante la redacción y actualización de los
16       reglamentos de uso de instalaciones deportivas. Igualmente, estudiar la viabilidad
17       de las propuestas para construcción de nuevas instalaciones deportivas. Propone la
18       contratación del personal necesario para la custodia y mantenimiento de las
19       instalaciones o para el correcto funcionamiento de las Juntas, como contratar
20       entrenadores/as, auditores/as, contadores/as, secretarios/as, administradores/as,
21       abogados/as o asesores/as en áreas técnicas o científicas específicas.
22     f) Comisión de Juegos Nacionales: encargada de todas las actividades
23       administrativas y burocráticas necesarias para que los atletas de Talamanca
24       participen en este evento nacional.

25       Artículo 43. —En casos muy especiales, o en situaciones de extrema urgencia, se
26   puede comisionar a una única persona para realizar un trabajo.
27       Artículo 44. —Las comisiones, y los comisionados, pueden tener a disposición
28   una caja chica, cuyo monto lo fija periódicamente la Junta directiva del Comité
29   Cantonal pero deben entregar facturas de sus gastos y hacerlo en forma honesta y

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 1   transparente. Los comisionados están expuestos a los mismos deberes y sanciones que
 2   contempla este reglamento para otros directivos.

 3                                        CAPÍTULO VII

 4                                  De los Comités Comunales

 5        Artículo 45. —Los comités comunales de deportes y recreación son los
 6   representantes del CCDR Talamanca y son los responsables del desarrollo
 7   deportivo y recreativo en su comunidad. Por lo menos cada distrito del cantón debe
 8   contar con un comité distrital, llamado también comunal. Aquellas comunidades que lo
 9   deseen pueden solicitar al CCDR Talamanca que convoque a una asamblea para la
10   constitución de un comité comunal que les represente.
11        Artículo 46. —Un comité comunal está integrado por cinco miembros, que no reciben
12   salario o dieta, residentes en la comunidad respectiva, que se nombran en una asamblea
13   comunal convocada por el Comité Cantonal dentro del mes de abril de cada dos años (en
14   el primer mes de labores de la nueva Junta Directiva), e inician sus labores el primero de
15   mayo siguiente después de haber sido juramentados ante el CCDR Talamanca.
16        Artículo 47. —Los miembros de los comités comunales deben cumplir con los
17   requisitos de los artículos 7º y 8º de este reglamento. Podrán ser reelegidos por
18   tres períodos consecutivos. No hay restricciones para la reelección no consecutiva.
19        Artículo 48. —En la sesión inaugural de un comité se definen los cargos que
20   ocuparán    sus   miembros,      entre   presidente/a,   vicepresidente/a,    tesorero/a,
21   secretario/a y vocal, cuyas funciones son análogas a las de los miembros de la
22   Junta Directiva. También se acuerda el horario de reuniones, con una frecuencia mínima
23   de dos veces al mes. Sesionan según las reglas establecidas en este reglamento.
24        Artículo 49. —Como miembros del CCDR Talamanca, las funciones de los comités
25   comunales de deportes y recreación son las mismas establecidas en el presente
26   reglamento y las siguientes:

27     a) Trabajar en conjunto con el CCDR Talamanca.
28     b) Realizar actividades para fomentar el deporte en sus comunidades. Por lo menos
29        deben presentar un proyecto anual.
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 1   c) Participar en las actividades organizadas por el Comité Cantonal.
 2   d) Un comité comunal puede funcionar como una comisión de apoyo para el CCDR
 3     Talamanca para realizar algunas tareas específicas, tales como administrar las
 4     instalaciones deportivas, organizar eventos o cualquier otro.
 5   e) Participar en la redacción y actualización de los reglamentos de uso de
 6     instalaciones deportivas y hacer los ajustes necesarios para aplicarlos en sus
 7     comunidades.
 8   f) Elaborar y entregar informes cuatrimestrales de su gestión ante el Comité Cantonal
 9     de Deportes de Talamanca, en la primera semana de los meses de mayo,
10     septiembre y enero de cada año.
11   g) Reunirse con la Junta directiva del Comité Cantonal después de entregar cada
12     informe cuatrimestral.
13   h) Elaborar el plan anual de trabajo y el presupuesto anual, documentos que son
14     enviados en el mes de mayo de cada año a la Junta directiva del CCDR Talamanca,
15     para su aprobación en inclusión en el presupuesto anual del CCDR Talamanca.
16   i) Solo la Junta directiva del CCDR Talamanca tiene cédula jurídica, por lo tanto, los
17     comités comunales deben depositar sus fondos en la cuenta única del Comité
18     Cantonal. Sin embargo, tienen potestad absoluta para decidir qué hacer con sus
19     fondos de acuerdo con el plan de trabajo aprobado.
20   j) Nombrar dos delegados para las asambleas cantonales.
21   k) Gozar del usufructo de los recursos obtenidos de las instalaciones deportivas y
22     recreativas bajo su administración, los cuales se manejarán conforme a las medidas
23     de control interno que establezca la Junta Directiva del CCDR Talamanca, las
24     normas jurídicas y las sanas prácticas.
25   l) Tener a disposición una caja chica, cuyo monto lo fija periódicamente la Junta
26     Directiva del Comité Cantonal.
27   m) Acatar cualquier otra disposición que sea emanada de la Junta directiva del Comité
28     Cantonal.



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 1       Artículo 50. —Los comités comunales pueden ser disueltos cuando tengan
 2   menos de tres miembros o cuando el CCDR Talamanca haya determinado que no
 3   responden ni a los intereses de sus comunidades, ni a las directrices del CCDR
 4   Talamanca. Sus miembros pueden ser removidos siguiendo las pautas de este
 5   reglamento.

 6                                       CAPÍTULO VIII

 7                                   De los grupos afiliados

 8       Artículo 51. —Toda organización deportiva o recreativa, entidad jurídica, con
 9   personería o no, dedicada a la práctica y promoción de algún deporte en
10   Talamanca, puede inscribirse y afiliarse al Comité Cantonal. Para ello deben cumplir:

11     a) Tener una junta directiva nombrada y funcionando.
12     b) Nombrar a una persona como representante ante el Comité cantonal.
13     c) Presentar una lista de todos los integrantes de su agrupación y sus respectivas
14       calidades.
15     d) Si es persona jurídica, es decir una asociación deportiva o recreativa, deben aportar
16       certificación de personería jurídica, con no más de tres meses de emitida.
17     e) Someterse a la programación estructurada por los encargados de administrar las
18       instalaciones deportivas.

19       Una vez aprobada su afiliación, la Junta directiva del CCDR Talamanca le extiende
20       una constancia de su afiliación, donde se indica: nombre de la agrupación,
21       representante, actividad deportiva o recreativa, a qué se dedica, fecha de la sesión
22       y acuerdo en el que se aprobó su afiliación.

23       Artículo 52. —Los grupos organizados y las asociaciones deportivas o
24   recreativas afiliadas al CCDR Talamanca tienen derecho a:

25     a) Participar en proyectos, programas y eventos del Comité Cantonal.
26     b) Recibir beneficios o excepciones por parte del Comité Cantonal para realizar sus
27       funciones deportivas.
28     c) Contar con el apoyo del Comité Cantonal para la organización de sus eventos.

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 1     d) Afiliarse a un comité comunal.
 2     e) Participar en las asambleas para la elección de los directivos del Comité Cantonal.
 3        También pueden participar en las asambleas para la elección de comités comunales.
 4        En estas asambleas tienen a ser escuchados, a votar y son pueden ser presentados
 5        como candidatos para integrar la tanto la Junta Directiva del CCDR Talamanca como
 6        los comités comunales.
 7     f) Ser comisionados para tareas específicas por la Junta directiva del CCDR
 8        Talamanca.

 9        Artículo 53. —Los miembros de las juntas de los grupos organizados y de las
10   asociaciones deportivas tienen las mismas obligaciones que los otros directivos
11   contempladas en este reglamento.

12                                          CAPÍTULO IX

13                        De otros miembros del CCDR TALAMANCA

14        Artículo 54. —Los empleados, entrenadores, atletas, miembros de comisiones y
15   directivos del CCDR Talamanca le representan en todo momento y lugar, por lo que se
16   espera un comportamiento a la altura de tal responsabilidad.
17        Artículo 55. —De los empleados. Las personas que contrate el CCDR Talamanca
18   para una tarea específica pueden ser de dos tipos: empleados permanentes y empleados
19   temporales. Ambos se rigen por el código de trabajo y el reglamento autónomo de
20   organización y servicio de la Municipalidad de Talamanca. Todos los empleados del
21   CCDR Talamanca deben entregar informe de labores al finalizar su contrato, conforme a
22   las directrices establecidas en la función pública; en el caso de los empleados
23   permanentes, un informe periódico semestral y otro informe de fin de gestión conforme a
24   las directrices establecidas en la función pública.
25        Artículo 56. —Del Administrador/a. El CCDR Talamanca contará con un
26   administrador de las instalaciones y tendrá las siguientes funciones:




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 1   a. Elaborar los presupuestos y planes de trabajo del Comité Cantonal de Deportes y
 2     Recreación, conforme los parámetros establecidos por este comité, el Concejo
 3     Municipal y Contraloría General de la República.
 4   b. Realizar diferentes actividades en gestión de proyectos, programas, preparación y
 5     seguimiento del plan-presupuesto y asesorar a nivel de control y normas técnicas y
 6     legales, al Comité Cantonal de Deportes y Recreación, a partir de la aplicación de
 7     conocimientos básicos y técnicas propias del campo de la administración, uso de
 8     equipo de oficina principalmente computarizado, análisis de documentos varios, y
 9     empleo del plan presupuesto, entre otros, con el fin de garantizar en el ámbito básico,
10     la correcta utilización y desarrollo del recurso financiero, deportivo y de
11     infraestructura que es requerido por el Comité Cantonal de Deportes y de los
12     diferentes Comités Distritales.
13   c. Ejecución de las actividades propias de la planificación y coordinación del manejo
14     general de Comité Cantonal de Deportes y Recreación, así como también, de
15     aquellas acciones técnico operativas en el campo de la supervisión de las áreas de
16     los Comités Distritales de Deportes. Coordinar las labores de Evaluación y
17     Asesoramiento de los Comités mencionados y del Sistema de Control Interno.
18   d. Efectuar la supervisión de proyectos y actividades específicas del Comité Cantonal
19     de Deportes y Recreación y llevar en coordinación con los Comités Distritales un
20     control de tiempo de ejecución de los programas presupuestados.
21   e. Llevar el control de ingresos de la piscina, cancha de fútbol, vallas publicitarias y
22     otros que se generen conforme los parámetros establecidos.
23   f. Planear, organizar, coordinar, ejecutar y controlar el proceso de aprovisionamiento
24     de bienes y servicios de la entidad, bajo los principios de legalidad requeridos y en
25     apego a lo dispuesto por la ley de Contratación Administrativa y su reglamento.
26   g. Preparar y brindar informes periódicos al Comité Cantonal de Deportes y
27     Recreación.




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 1   h. Presentar al Concejo Municipal según los requerimientos necesarios, informes del
 2     Comité Cantonal de Deportes y Recreación y Comités Distritales de Deportes, previa
 3     aprobación del Comité Cantonal.
 4   i. Elaborar contratos de trabajo, por servicios, vallas publicitarias, casa del
 5     polideportivo u otros, en coordinación con el Comité Cantonal de Deportes y
 6     Recreación.
 7   j. Colaborar en la elaboración de reglamentos para el buen funcionamiento del Comité
 8     Cantonal de Deportes y Recreación, uso de instalaciones y actividades del mismo.
 9   k. Supervisar que todos los Comités Distritales de Deportes cumplan con las
10     disposiciones legales y directrices del Comité Cantonal de Deportes y Recreación,
11     Concejo Municipal y Contraloría general de la República.
12   l. Realizar informes varios, correspondencia, cuadros y otros documentos similares.
13   m. Recibir, registrar, clasificar, archivar y enviar la correspondencia y otros documentos
14     de oficina.
15   n. Mantener informado al Comité Cantonal de Deportes y Recreación, sobre todos los
16     asuntos que se tramiten en la Oficina y llevar un control de su agenda, suministrar
17     documentos e información variada sobre trámites de las actividades de su plan de
18     trabajo, procedimientos a seguir y otros aspectos relacionados con su labor.
19   o. Dar seguimiento a fin de que se cumplan los acuerdos transcritos por el Comité
20     Cantonal de Deportes y Recreación.
21   p. Vigilar el correcto desarrollo de la política adoptada por el Comité Cantonal de
22     Deportes y Recreación con relación a los programas de trabajo y la ejecución del
23     plan-presupuesto, en coordinación con las otras instancias.
24   q. Participar y coordinar en las reuniones que se efectúen con los diversos Comités de
25     Deportes; en razón de darle un seguimiento al PEM, PAO y Presupuesto; entre otros
26     informes que indique la normativa vigente.
27   r. Realizar investigaciones sobre diversos asuntos que le encomiende el Comité
28     Cantonal de Deportes y preparar informes sobre ellos.



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 1     s. Participar en el establecimiento de nuevos métodos de trabajo o en la modificación
 2       de los existentes.
 3     t. Suministrar al Comité Cantonal de Deportes y Recreación la información regular,
 4       exacta y complementaria que sea necesaria para asegurar el buen funcionamiento
 5       y dirección de esta Instancia. Velar por el buen funcionamiento del polideportivo.
 6     u. Darle seguimiento a los estudios y recomendaciones de la Auditoría Interna.
 7     v. Organizar, programar, coordinar y dirigir al personal a cargo.
 8     w. Coordinar con otras áreas la ejecución de trabajos varios en el polideportivo.
 9     x. Elaborar informes propios del cargo.
10     y. Realizar evaluaciones de desempeño del personal a cargo.
11     z. Ejecutar otras actividades propias de la clase.

12       Artículo 57. —De los entrenadores/as. Un entrenador es considerado como el
13   individuo, debidamente acreditado y capacitado, responsable del entrenamiento de uno
14   o más atletas o equipos adscritos al CCDR Talamanca.

15     a) Cualquier candidato a entrenador debe demostrar que está capacitado para el
16       puesto con la entrega de su currículo.
17     b) Todos los entrenadores deben rendir cuentas ante el CCDR Talamanca, tanto los
18       remunerados como los que no. Todos deben entregar un informe anual de labores
19       con el plan anual de trabajo y los objetivos para el año siguiente. Además de
20       informes mensuales de sus actividades donde se indique el entrenamiento seguido,
21       su duración, las competencias realizadas y los resultados, una evaluación por
22       objetivos y los objetivos para el siguiente mes. Se considera que los informes son
23       impostergables.
24     c) Los entrenadores/as son la cabeza de sus equipos, tienen plenos poderes para
25       trabajar con sus pupilos y potestad para manipular las variables deportivas de
26       acuerdo con criterios científicos y deportivos. Naturalmente, tienen potestad para
27       decidir quienes forman parte de sus equipos.
28     d) El CCDR Talamanca se reserva el derecho de remover a los entrenadores de sus
29       puestos.

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 1       Artículo 58. —De los atletas y equipos

 2     a) Se considera como atleta a todo individuo que representa al cantón de Talamanca
 3       en evento deportivos de rendimiento, de toda índole y disciplina deportiva, nacional
 4       o internacional; que se encuentra inscrito en el CCDR Talamanca.
 5     b) Los atletas son de dos tipos: aquellos que el CCDR Talamanca les financia su
 6       carrera deportiva en forma total o parcial; y aquellos que solamente tienen la
 7       autorización para representar al cantón de Talamanca.
 8     c) Todos los atletas deben cumplir con el requisito de firmar un contrato de
 9       representación de Talamanca, ante la Junta directiva del CCDR Talamanca En el
10       caso de los menores de edad, firma su apoderado legal. Este contrato puede ser
11       rescindido por acuerdo de ambas partes.
12     d) Cualquier traslado de atleta, llámese pase cantonal (Juegos Nacional) o pase
13       profesional,   en   primera   instancia   debe   ser   tratado   con   el   entrenador
14       correspondiente. Seguidamente se debe negociar el rompimiento del contrato con la
15       Junta directiva del CCDR Talamanca. Con este se pretende proteger al atleta de una
16       futura explotación y una retribución o reconocimiento al CCDR Talamanca por haber
17       hecho la inversión en la formación del atleta.
18     e) Los atletas deben rendir cuentas en primera instancia a sus entrenadores. En
19       segunda instancia al CCDR Talamanca. El CCDR Talamanca se reserva el derecho
20       de romper el contrato de representación a un atleta por desacato o por
21       comportamiento antideportivo.
22     f) Un equipo es un grupo de atletas que practican una misma disciplina, está a las
23       órdenes de un entrenador y ambos, el equipo y el entrenador, están inscritos ante el
24       CCDR Talamanca.

25       Artículo 59. —Los atletas, equipos, entrenadores y pueden tener derecho a
26   beneficios, premios o excepciones, a criterio de la Junta directiva del CCDR Talamanca
27   o por solicitud de sus entrenadores.




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 1        Artículo 60. —Para renunciar al CCDR Talamanca, cualquiera de los mencionados
 2   debe enviar notificación por escrito a la Junta directiva con un mes de anticipación. Este
 3   plazo puede variar en casos muy especiales.

 4                                          CAPÍTULO X

 5                                     De las instalaciones

 6        Artículo 61. —El Comité Cantonal es el administrador general de las instalaciones
 7   deportivas y puede delegar en las comisiones específicas, en los comités comunales o
 8   en las asociaciones deportivas, su administración y mantenimiento, sin que por esta razón
 9   ceda su responsabilidad.

10     a) En el uso de las instalaciones deportivas existentes, los encargados deben
11        establecer políticas que garanticen el acceso de todos los estratos de la población,
12        de los grupos deportivos y recreativos organizados de la comunidad y de los atletas.
13        Para ello se deben definir cuáles son las prioridades de uso.
14     b) Las tarifas por el uso de las instalaciones deportivas son fijadas anualmente por el
15        Comité Cantonal, según las recomendaciones del Concejo Municipal y de los
16        encargados.
17     c) No se pueden alquilar las instalaciones deportivas que no reúnan los requisitas
18        mínimos de seguridad o que sean inadecuadas para su uso.

19        Artículo 62. —En las instalaciones deportivas se deben acatar las siguientes normas:

20     a) Respetar el horario de uso de las instalaciones deportivas y proteger la
21        infraestructura del vandalismo.
22     b) Está terminantemente prohibido el expendio, venta y consumo de cualquier tipo de
23        sustancias enervantes, incluso del tabaco y del alcohol. También se prohíbe la
24        presencia de personas bajo los efectos de estas sustancias dentro de las
25        instalaciones.
26     c) Usar todos los implementos deportivos que garanticen el cuidado de las
27        instalaciones.



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 1     d) Seguir las disposiciones de seguridad emanadas por los encargados o por el CCDR
 2        Talamanca y las normas de cada disciplina deportiva.
 3     e) Mantener las instalaciones limpias.
 4     f) Se prohíbe la presencia de mascotas en el sitio.
 5     g) Seguir el reglamento de uso de instalaciones deportivas que emita el CCDR
 6        Talamanca.
 7     h) Cada persona o grupo que usa o arrendé cualquiera de los recintos deportivos del
 8        CCDR Talamanca lo hace bajo su propio riesgo. La responsabilidad del CCDR
 9        Talamanca consiste en dar a conocer la reglamentación al adulto a cargo del grupo.

10        Artículo 63. —Para la realización, dentro de las instalaciones deportivas, de
11   eventos no deportivos, tales como ferias, bingos, fiestas o similares, debe contarse
12   con la autorización escrita del Comité Cantonal y de los encargados de cada
13   recinto, con un mes de anticipación. Aparte del pago del alquiler, para tal fin se puede
14   exigir un depósito de garantía en dinero efectivo, por un monto acordado, para resarcir el
15   pago de los eventuales daños que puedan ocasionarse. En estos casos también se
16   pueden hacer excepciones a las normas vigentes de alquiler y uso.
17        Artículo 64. —Los encargados de instalaciones deportivas pueden autorizar la
18   colocación de rótulos publicitarios en las instalaciones deportivas, siempre que se
19   cumplan las reglas vigentes en publicidad y no interfieran con el uso.
20        Artículo 65. —Las instalaciones deportivas existentes en instituciones
21   educativas que sean subvencionadas por el Estado, pueden ponerse al servicio de
22   la comunidad de Talamanca. Para ello se integra un comité administrador integrado por
23   un representante de la Municipalidad, un representante del CCDR Talamanca y el
24   Director de la institución o su representante, preferiblemente miembro del departamento
25   de Educación Física de la institución, todos residentes en las cercanías de la institución
26   y durarán en sus cargos por dos años o hasta que no representen a alguna de las partes.
27        Artículo 66. —Los eventos deportivos realizados en el cantón de Talamanca, o en
28   los recintos del CCDR Talamanca deben contar con una póliza de vida del Instituto
29   Nacional de Seguros.

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 1                                               CAPÍTULO XI

 2                                              De las finanzas

 3           Artículo 67. —El Comité Cantonal se financia de la siguiente manera:

 4     a) La Municipalidad gira la subvención de un tres por ciento del presupuesto Municipal
 5           anual que le corresponde al Comité Cantonal. Como mínimo la Municipalidad debe
 6           hacer depósitos trimestrales. El Comité Cantonal distribuye un diez por ciento de su
 7           presupuesto para gastos administrativos.
 8     b) Con la recepción de donaciones.
 9     c) Por los recursos que se generen en la organización de actividades, eventos e
10           iniciativas provechosas.
11     d) Con los dineros recaudados por el alquiler de uso de recintos deportivos.

12           En el caso de los comités comunales, los grupos organizados, las asociaciones
13           deportivas y los atletas adscritos, se pueden financiar con las ayudas
14           presupuestadas para ese fin. También pueden recibir los recursos asignados en el
15           presupuesto anual del CCDR Talamanca para la ejecución de programas, proyectos,
16           obras de infraestructura, eventos u otros que organice cada uno de ellos.

17           Artículo 68. —La contabilidad del CCDR Talamanca y cualquiera de sus órganos
18   debe ser meticulosamente consignada en un libro de tesorería que se debe
19   mantener actualizado continuamente con todas las gestiones que se realicen. El
20   libro    de   tesorería   de la    Junta    Directiva lo   autoriza la   Auditoría interna   de la
21   Municipalidad de Talamanca, mientras que los libros de tesorería de otras Juntas los
22   autoriza la Junta Directiva del CCDR Talamanca. Desde luego es posible llevar los
23   controles en forma electrónica.
24           Artículo 69. —Cada cuatro meses o cuando se considere necesario, los
25   tesoreros/as de todas las juntas (comités comunales, comisiones y grupos
26   organizados) deben presentar ante el Comité Cantonal el libro de tesorería,
27   adjuntando (las facturas,) comprobantes y recibos correspondientes para su




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 1   respectiva revisión (auditoraje). Si esta obligación no se cumpliese el Comité Cantonal
 2   puede establecer sanciones indicadas en este reglamento.
 3       Artículo 70. —El Comité Cantonal de Deportes y Recreación y sus órganos
 4   llevan   registros   contables,   que   están    sujetos   a   la   fiscalización,   de la
 5   Municipalidad y de la Contraloría General de la República. Para estos efectos, el
 6   Auditor/a Municipal realiza estudios especiales de aplicación de recursos, debiendo
 7   informar al Concejo Municipal y, si procede, a la Contraloría General dela República.
 8       Artículo 71. —Con respecto a los presupuestos.

 9     a) El presupuesto debe ser la expresión financiera de un plan de trabajo anual. El plan
10       debe contener objetivos específicos y metas que se pretenden lograr, los
11       funcionarios responsables de su ejecución y las partidas presupuestarias y montos
12       necesarios para la consecución de cada meta.
13     b) Las variaciones al presupuesto que se generen en un presupuesto extraordinario,
14       es decir, las modificaciones, se deben realizar tomando en cuenta la incidencia que
15       tiene en los objetivos y metas establecidos en el plan de trabajo. Para su ejecución
16       requiere de la aprobación del Comité Cantonal de Deportes, excepto las
17       relacionadas con materia salarial que además deben ser aprobadas por el Concejo
18       Municipal. En términos generales la modificación tiene que ser informada al Concejo
19       Municipal en el plazo de un mes.
20     c) El presupuesto ordinario es el instrumento que expresa en términos financieros el
21       plan de trabajo del CCDR Talamanca, el cual cumple con los principios
22       presupuestarios aceptados y presenta los ingresos probables y los gastos
23       proyectados. Para su ejecución requiere de la aprobación del Concejo Municipal.
24     d) Un presupuesto extraordinario es el que incorpora recursos extraordinarios, como
25       excedentes entre los ingresos ordinarios no presupuestados o de cualquier fuente
26       extraordinaria. Para su ejecución requiere de la aprobación del Concejo Municipal, y
27       no es necesario que se remita a la Contraloría General de la República.




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 1     e) En lo posible debe buscar la participación de los miembros de las organizaciones
 2       comunales, deportivas y recreativas para elaborar un plan estratégico y el plan
 3       presupuesto anual.

 4       Artículo 72. —El plan anual operativo y su respectivo presupuesto representan
 5   la planificación del trabajo y su financiamiento por parte del CCDR Talamanca. Con
 6   respecto al plan anual operativo y al presupuesto anual se cumple lo siguiente:

 7     a) Su período inicia el primero de enero y finaliza el treinta y uno de diciembre de cada
 8       año.
 9     b) Deben ser consecuentes con el Plan de Desarrollo del Gobierno Local en materia
10       deportiva y recreativa, con las políticas deportivas del Comité Cantonal y con las
11       necesidades de la comunidad.
12     c) Naturalmente, los gastos presupuestados no pueden exceder los ingresos
13       estimados.
14     d) Son remitidos por el CCDR Talamanca al Concejo Municipal, a más tardar en la
15       primera semana de julio de cada año, para el año inmediato posterior; con el objeto
16       de que el Concejo Municipal proceda a su análisis y fijación mediante acuerdo
17       municipal, en el plazo de un mes.
18     e) Se deben acompañar de un informe de los resultados de la gestión del Comité
19       Cantonal correspondiente al año anterior, de conformidad con lo establecido en el
20       artículo 181 del Código Municipal.
21     f) Asimismo, se entrega un informe de ejecución presupuestaria (o liquidación), según
22       las disposiciones que dicte la Contraloría General de la República.

23       Artículo 73. —Para cualquier cambio sobre el plan y el presupuesto anuales
24   aprobados    por   el   Concejo   Municipal,   como    presupuestos    extraordinarios   o
25   modificaciones, debe remitirse al Concejo Municipal para su autorización.
26       Artículo 74. —El Comité Cantonal debe presentar ante el Concejo Municipal los
27   siguientes documentos:

28     a) Los indicados por la Contraloría General de la República.


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 1     b) Informe trimestral de control de ingresos y egresos, para presentarse a más tardar
 2        el último día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero de cada año.
 3     c) Informe semestral de ejecución presupuestaria, para presentarse a más tardar el
 4        último día hábil de los meses de julio y enero de cada año.
 5     d) Informe anual con la liquidación presupuestaria. Se entregar a más tardar el último
 6        día hábil de enero de cada año.
 7     e) Informe anual sobre el cumplimiento del plan de trabajo. En él se debe señalar, en
 8        caso de incumplimiento, las razones de tal situación y las medidas que se han
 9        tomado al respecto. Se entrega a más tardar el último día hábil de enero de cada
10        año.
11     f) Cualquier otra información que requiera el Concejo Municipal o la Alcaldía para la
12        elaboración del plan presupuesto municipal.

13        Artículo 75.—Los comités distritales y las asociaciones deportivas o recreativas
14   adscritas al CCDR Talamanca, deben entregar al Comité Cantonal los planes de trabajo
15   y sus respectivos presupuestos para el año inmediato posterior a más tardar el primero
16   de junio de cada año.
17        Artículo 76.—Los ingresos del Comité Cantonal y sus órganos, únicamente se
18   pueden invertir en el desarrollo de los programas deportivos o recreativos del cantón, así
19   como en obras de interés recreativo o deportivo, ubicadas dentro los límites del cantón,
20   conforme al artículo 173 del Código Municipal y en terrenos que sean propiedad de la
21   Municipalidad, o cedidas bajo administración conforme al convenio inscrito, en
22   coordinación con el Concejo Municipal, de conformidad con lo establecido a los artículos
23   179 y 180 del Código Municipal.
24        Artículo 77. —Se prohíbe el uso de carácter personal de dineros provenientes
25   de ingresos de actividades deportivas o recreativas. Quién incurra en inobservancia
26   de esta prohibición, es expulsado del órgano correspondiente, debiendo reintegrar en un
27   solo tracto el dinero que hubiese utilizado y se expone a las sanciones del Comité
28   Cantonal o a las leyes de la República. Además se expone a las sanciones que contempla
29   este reglamento.

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 1       Artículo 78. —Se podrá distribuir un 10% máximo para gastos administrativos,
 2   de los cuales se puede establecer el pago de viáticos dentro y fuera del Cantón y
 3   atención para reuniones o asambleas. Los viáticos tienen que ser conforme al
 4   reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos, establecido
 5   por la Contraloría General de la República y para atención de reuniones o asambleas se
 6   debe establecer un monto anual, aprobado y justificado por el Concejo Municipal o por
 7   CCDR Talamanca, según corresponda, que no permita el abuso, ni fines distintos de los
 8   encomendados por este reglamento. No podrán disponer de sus recursos, cualesquiera
 9   que éstos sean para agasajos, inauguraciones, fiestas, regalías a los empleados o a sus
10   familiares, para festejos, inauguraciones o eventos similares, ni para cubrir gastos de
11   alimentación a los miembros de los comités o comisiones, antes, durante o después de
12   las sesiones o reuniones.

13                                        CAPÍTULO XII

14                                      De las asambleas

15       Artículo 79. —La Asamblea Cantonal se convoca para la elección de los dos
16   representantes del área deportiva (comités distritales y asociaciones deportivas o
17   recreativas adscritos al CCDR Talamanca) ante la Junta Directiva del CCDR
18   Talamanca. Las asambleas comunales se convocan para la formación de los comités
19   comunales de deportes y recreación. Las asambleas se realizan bianualmente (las
20   cantonales en febrero y las comunales en abril) y siempre que sea necesario sustituir a
21   algún miembro de la Junta Directiva. Las asambleas se convocan con quince días de
22   antelación.
23       Artículo 80. —Las asambleas son dirigidas por el representante cantonal quien
24   es nombrado por la Junta Directiva del CCDR Talamanca. Se puede contar en cada
25   asamblea con la presencia de garantes que son personas nombradas por la Junta
26   Directiva del Comité Cantonal para que sirvan de testigos o visores de actuación sobre la
27   legalidad de las asambleas. Los garantes pueden ser miembros del Concejo Municipal o
28   personas que la Junta Directiva considere adecuadas para el cargo. El Comité Cantonal


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 1   también designa a un secretario, o a un notario público para que haga el levantamiento
 2   del acta de la asamblea.
 3        Artículo 81. —La Asamblea cantonal la conforman los representantes del área
 4   deportiva: los comités distritales y las asociaciones deportivas, adscritos al Comité
 5   Cantonal que estén en el registro correspondiente. La asamblea comunal la
 6   constituyen los grupos organizados y las asociaciones deportivas adscritas al comité
 7   comunal.
 8        Cada una de las entidades inscritas en el registro, tiene derecho a dos delegados
 9   únicos. Una persona solo puede representar a una de estas entidades aunque pertenezca
10   a varias de ellas. El conjunto de los delegados forman el padrón. Los delegados deben
11   ser convocados por la Junta Directiva del CCDR Talamanca con al menos quince días
12   naturales previos a la mencionada asamblea, mediante comunicación escrita y los
13   mecanismos alternos autorizados por ley.
14        Artículo 82. —El padrón está a disposición de los delegados en las oficinas del
15   Comité Cantonal al menos con quince días naturales, previos a la elección, y debe
16   estar visible el día de la asamblea, al menos una hora antes de la primera
17   convocatoria. Es obligación de todo delegado/a constatar su inclusión en el
18   padrón. No puede el delegado hacerse representar por persona alguna, por medio de la
19   figura de mandato o poderes estipulado en el Código Civil.
20        Artículo 83. —Antes de ingresar al recinto donde se realiza la asamblea, cada
21   delegado debe demostrar su condición de delegado con la presentación de la cédula de
22   identidad (o cédula de residencia, de amnistía o pasaporte para los extranjeros) vigente
23   al día de la elección.
24        Artículo 84. —El quórum de la primera convocatoria es de la mitad del registro
25   más uno. En caso que no se conforme el quórum de ley en la primera convocatoria, se
26   convoca a la asamblea a una segunda convocatoria treinta minutos después de la
27   primera, e inicia con los delegados presentes. En caso de iniciar la asamblea en la primera
28   convocatoria y perder el quórum requerido para la primera convocatoria durante su
29   desarrollo, el delegado cantonal detiene la asamblea hasta recuperarlo. En caso de no

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 1   recuperarlo, después de treinta minutos se reanuda la sesión con los delegados
 2   presentes.
 3        Artículo 85. —Al inicio de cada asamblea, el representante cantonal, debe
 4   comprobar la cantidad de delegados que se encuentren en el recinto. Mientras se
 5   esté votando no puede ingresar o salir persona alguna. La cantidad de delegados
 6   que voten para cada uno de las plazas disponibles, debe indicarse en el acta respectiva.
 7   Fuera del período de votación se permite el ingreso o retiro de personas haciendo constar
 8   lo anterior en el acta respectiva. El representante cantonal conforme a lo indicado, da
 9   inicio a la sesión según la agenda establecida.
10        Artículo 86.—Pueden ingresar al recinto personas no delegadas con interés de
11   ser electos o de ser observadores del desarrollo del proceso electivo, para lo que
12   se levanta un listado aparte de dichos participantes, donde indiquen su nombre,
13   firma, número de cédula (o cédula de residencia, de amnistía o pasaporte para los
14   extranjeros). Estos asistentes tienen derecho a voz, no a voto, y deberán ubicarse en un
15   lugar especial para que no se confundan con los delegados. No se permite el ingreso de
16   personas bajo el efecto del alcohol u otras sustancias psicotrópicas. Una vez en el recinto,
17   se debe guardar el respeto, orden y disciplina adecuados.
18        Artículo 87. —Únicamente tienen derecho a voto los delegados. La intervención
19   oral de los asistentes no puede exceder de cinco minutos y no puede cederse dicho
20   derecho a persona alguna. Dicha intervención debe ser únicamente para efectos de la
21   elección.
22        Artículo 88. —La asamblea se inicia con la presentación de candidatos en forma
23   personal o por recomendación. El nominado debe aceptar la postulación e indicar bajo
24   fe de juramento, que conoce la normativa, las consecuencias legales respectivas, que
25   cumple con los requisitos estipulados en este reglamento y que no le alcanza ninguna de
26   las prohibiciones del artículo 7º y de las siguientes:

27     a) Para formar parte de la Junta Directiva del CCDR Talamanca se debe ser
28        costarricense y cumplir con los artículos 7º y 8º.



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 1     b) Para formar parte de los comités comunales se debe residir en la comunidad y
 2        cumplir con el artículo 47.

 3        Artículo 89. —Cumplido lo anterior, se inicia con la elección del primer
 4   representante conforme a la lista de nominados que se expondrá en lugar visible.
 5   El voto debe constar en una boleta previamente aportada y sellada por el Comité Cantonal
 6   y firmada por el representante cantonal. En la boleta el elector indica el nombre y los dos
 7   apellidos de persona de su predilección. En caso que el delegado no sepa leer o escribir,
 8   o se encuentre con un impedimento físico, hace su voto público.
 9        Artículo 90. —El escrutinio debe iniciarse inmediatamente después de
10   entregadas todas las boletas de votación, verificando primero la autenticidad de la
11   boleta. Son anuladas por el representante cantonal, con indicación al dorso del motivo
12   de nulidad, todas las boletas en que no se pueda constatar la voluntad del elector o que
13   no se encuentren selladas y firmadas.
14        Se procede a separar los votos nulos, anulados, en blanco y los que recibió cada
15   uno de los candidatos. Posteriormente el representante cantonal hace el recuento.
16        Artículo 91. —Igual procedimiento se sigue para la elección del segundo
17   representante, pudiendo las personas que no resultaren electas en la primera votación
18   postular nuevamente su nombre.
19        Artículo 92. —Elegidos los representantes para la Junta Directiva, se hace la
20   declaratoria oficial por parte del representante cantonal, quien indica a los delegados si
21   tienen alguna objeción o comentario que realizar en torno a lo actuado. Acto seguido da
22   por levantada la asamblea.
23        Artículo 93. —En la asamblea se levanta un acta común o notarial de todo lo
24   acontecido, la cual debe estar a disposición de los delegados asistentes cuarenta y ocho
25   horas después de finalizada la elección, en las oficinas del CCDR Talamanca para lo que
26   tengan a bien.
27        Artículo 94. —Para cualquier recurso de apelación se sigue el procedimiento descrito
28   en el Capítulo V artículo 34 de este reglamento.

29                                        CAPÍTULO XIII

                                                                                             67
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 1              De la sustitución de un miembro de la Junta Directiva antes de
 2                    La fecha de vencimiento del plazo de designación,
 3                               Y de la participación femenina

 4        Artículo 95. —Ante renuncia, muerte, destitución de un miembro de la Junta
 5   Directa antes del vencimiento del plazo de su nombramiento o elección, deberá el Comité
 6   Cantonal de Deportes realizar el siguiente procedimiento:

 7     a) Notificar a todos los Subcomités Distritales, Asociaciones Deportivas, u
 8        Organización Deportivas y Junta Directiva oficializando la noticia de las causas y
 9        motivos de renuncia, destitución, muerte del miembro por sustituir.
10     b) Convocar en forma urgente a una asamblea extraordinaria respetando que todas
11        las anteriores agrupaciones estén debidamente notificadas para garantizar
12        transparencia y una participación cuantitativa y democrática de quienes desean
13        participar en la asamblea.
14     c) Invitar a cada agrupación si es procedente, (salvo en el caso de los dos miembros
15        designados por el Concejo Municipal en cuyo caso procede otro procedimiento),
16        para que si así lo desean, postulen nombres de posibles candidatas o candidatos a
17        suplir la vacancia inesperada, eso sí cumpliendo a cabalidad con las exigencias y
18        requerimientos de votación de este reglamento.

19        Artículo 96.—A efecto de respetar la Ley que pregona la Igualdad de Género,
20   deberá el Comité de Deportes garantizarse una participación y representatividad
21   femenina dentro de los Miembros que integran la Junta Directiva.
22                                        CAPÍTULO XIV

23                                     Disposiciones finales

24        Artículo 97. —Los colores oficiales del deporte en el cantón de Amarillo, verde y rojo
25        Artículo 98. —La bandera del deporte del cantón de Talamanca está formada por
26   tres franjas horizontales de igual ancho: Verde, Amarillo con franjas rojas.




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 1        Artículo 99. —El emblema del CCDR Talamanca consta de dos antorchas que
 2   representa mantener viva la unión de los atletas con el cantón y dos manos que
 3   representa la unión y la lucha por obtener triunfos.
 4        Artículo 100. —Cualquier reforma que se proponga a este reglamento, se pone en
 5   conocimiento del Comité Cantonal, el que debe brindar un informe al Concejo Municipal
 6   en un plazo de un mes.
 7        Artículo 101. —El presente reglamento deroga cualquier disposición reglamentaria
 8   interna o acuerdo municipal anterior.
 9        Artículo 102. —Se publica en el Diario Oficial La Gaceta, y, según lo establece el
10   artículo 43 del Código Municipal, rige a partir de su publicación.
11   Acuerdo 3:
12   EL CONCEJO MUNICIPAL DE TALAMANCA ACUERDA APROBAR EL ACTA DE LA
13   COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL VEINTISÉIS DE NOVIEMBRE DEL 2020,
14   AL SER LAS DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS; PRESENTES LOS
15   REGIDORES, FREDDY SOTO ALVAREZ, ENID VILLANUEVA VARGAS, Y JORGE
16   MOLINA POLANCO EN COMPAÑÍA DEL ASESOR LEGAL LICENCIADO HÉCTOR
17   SÁENZ AGUILAR, CON LA SIGUIENTE AGENDA Y CON EL QUORUM DE LEY. SE
18   CONOCE LA SIGUIENTE AGENDA Y PUNTOS:
19      4. Se recibe solicitud de RECUSACIÓN por parte de la sociedad La Sandía Orgánica
20          para el que Lic. Abner Alfaro Carmona, sea recusado de éste expediente: y con la
21          respectiva aclaración se comisiona al Lic. Sáenz Aguilar para su debida
22          tramitación y conteste el mismo a la mayor brevedad.
23      5. Se conoce del proyecto de construcción de un juego infantil en la Escuela de
24          Puerto Viejo como solución de la causa penal por violación de sellos, y se acuerda
25          revisar en el Juzgado Penal de Talamanca, la situación del expediente y el estado
26          del mismo y proceder a revisar la propuesta. Se ordena al departamento legal un
27          informe de la situación del expediente en un plazo de una semana.
28      6. Nota de la Asamblea de representantes de las organizaciones deportivas donde
29          solicitan la aprobación de su asamblea, por lo que se recomienda la aprobación

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 1          de los nombres propuestos con la salvedad de que nos deben remitir de un plazo
 2          de quince días, los siguientes documentos: constancia de grabación de la sesión
 3          por medio de zoom (que se pueda abrir), donde se acredite la celebración de la
 4          asamblea, certificaciones de personería de las asociaciones y grupos
 5          participantes, más la firma de la acta de la reunión de la asamblea del 5 de octubre
 6          del 2020, con el fin de convalidar la veracidad de la información presentada ante
 7          el Concejo Municipal. Se recomienda al Concejo Municipal el nombramiento de
 8          doña Nidia Valladares y Yendry Villalta Obando.
 9   4. Nota del señor Marcos Gómez de Cocles quien solicita atención del terreno de la Junta
10   de Educación, se toma nota del recibido.
11   5. Se conoce solicitud de uso de suelo del señor José Manuel Conejo de terreno de Playa
12   Negra y se le indica que se reserva la solicitud con el fin de determinar si el plano está o
13   no dentro del patrimonio natural del estado, humedales, y contando con esa información
14   a proceda al conocimiento del mismo.
15   6. Se conoce nota de Flor Morales Chacón de la Escuela de Manzanillo para conformar
16   la junta de educación de dicha escuela, se recomienda la prórroga solicitada de la misma.-
17   7. Se conoce proceso de revocatoria de uso de suelo del señor Roberto Brown Grenald,
18   listo los autos e información requerida se resuelva: conocer EL PRESENTE ASUNTO
19   cuando contemos con la presencia de la totalidad de todos miembros de la Comisión de
20   Jurídicos y poder debatir con mayor precisión el tema.
21   8. Se conoce nota de la señora Aurora Gámez de la sociedad ODIO Y GAMEZ S.A. donde
22   solicita una certificación de su uso de suelo por lo que se remite a la Secretaria para que
23   expida dicha solicitud y se le remita al correo señalado.
24   Se levanta la sesión a las doce horas del once de noviembre del dos mil veinte.
25   SOMETIDA A VOTACIÓN LEVANTANDO LA MANO. ACUERDO FIRME APROBADO
26   POR UNANIMIDAD.
27   Acuerdo 4:
28   Moción presentada por el Regidor Freddy Soto Álvarez, Vicepresidente Municipal,
29   secundada por la Regidora Enid Villanueva Vargas, que dice:

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 1   Asunto: Autorización para pago tracto Plan Regulador Costero.
 2   EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN DE TALAMANCA CONSIDERANDO:
 3   Que este municipio firmó un convenio con el Instituto de Vivienda y Urbanismo,
 4   denominado elaboración del Plan Regulador Costero, por lo que se refiere al convenio,
 5   para que en lo sucesivo se entenderá como el instrumento de planificación local que
 6   define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento, gráfico
 7   o suplemento, la política de desarrollo y los planes para distribución de la población, usos
 8   de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales y construcción,
 9   conservación y rehabilitación de áreas costeras.
10   POR LO ANTERIOR ACUERDA APROBAR LO SIGUIENTE: AUTORIZAR AL SEÑOR
11   ALCALDE MUNICIPAL, LIC. RUGELI MORALES RODRÍGUEZ, PARA QUE DE
12   ACUERDO A LA CLÁUSULA 4.4 DEL CITADO CONVENIO SE LE AUTORICE A
13   REALIZAR EL PAGO POR LA SUMA DE TREINTA MILLONES DENOMINADO
14   CONTRATO PARA CUMPLIR CON EL SEGUNDO DESEMBOLSO DE LA UNIDAD
15   OPERATIVA A CARGO DE LA ELABORACIÓN DEL CITADO PLAN. COMUNÍQUESE
16   DE MANERA URGENTE. QUE SE DECLARE EN FIRME ESTE ACUERDO Y SE
17   DISPENSE DE TRÁMITE DE COMISIÓN. SOMETIDA A VOTACIÓN LEVANTANDO LA
18   MANO, ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO POR UNANIMIDAD.
19   Acuerdo 5:
20   Moción presentada por la Licda. Yahaira Mora Blanco, Presidenta Municipal, secundada
21   por la regidora Enid Villanueva Vargas, que dice:
22   Asunto: Convenio con CONAPAM.
23   El Concejo Municipal del Cantón de Talamanca considerando: Que este municipio es
24   consciente de la importancia y urgencia del presente Convenio Nº 142-2021 entre nuestro
25   municipio y CONAPAM que redunda en una importancia singular y de gran beneficio para
26   nuestros adultos mayores.
27   POR LO ANTERIOR ACUERDA APROBAR LO SIGUIENTE: SE APRUEBA EL
28   CONVENIO ADJUNTO REFERENTE A LA PARTICIPACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD
29   DE TALAMANCA CON CONAPAM, Y SE AUTORIZA AL SEÑOR ALCALDE

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 1   MUNICIPAL LIC. RUGELI MORALES RODRÍGUEZ, SUSCRIBIR Y FIRMAR EL
 2   MISMO; Y APROBAR EN TODOS SUS EXTREMOS EL MISMO. QUE SE DECLARE
 3   EN FIRME ESTE ACUERDO Y SE DISPENSE DE TRÁMITE DE COMISIÓN.
 4   SOMETIDA A VOTACIÓN LEVANTANDO LA MANO, ACUERDO DEFINITIVAMENTE
 5   APROBADO POR UNANIMIDAD.
 6   CONVENIO No. 142–2021
 7   PARA LA ATENCIÓN Y CUIDO DE PERSONAS ADULTAS MAYORES CON
 8   RECURSOS DE LASE LEYES No. 9188 Y No. 7972
 9   MODALIDAD: ATENCIÓN DOMICILIARIA Y COMUNITARIA
10   MUNICIPALIDADES
11   Entre nosotros, Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, en adelante
12   CONAPAM, cédula jurídica número 3-007-259107, creado por disposición de la Ley
13   Número 7935, Ley Integral para la Persona Adulta Mayor del 25 de octubre de 1999,
14   representado por la Vicepresidenta de la Junta Rectora, señora Hannia Rodríguez Arias,
15   mayor de edad, soltera, Licenciada en Trabajo Social, vecina de Heredia, cédula de
16   identidad número 4-102-164, de conformidad con el Acuerdo No. 05 de la sesión ordinaria
17   número 416 de la Junta Rectora, celebrada el 18 de julio de 2018, supliendo la ausencia
18   temporal de la presidencia de este órgano colegiado, con facultades suficientes para este
19   acto, según el artículo 43 inciso a) de la Ley No. 7935, Ley Integral para la Persona Adulta
20   Mayor del 25 de octubre de 1999 y sus reformas, y la Municipalidad de Talamanca, en
21   adelante “Municipalidad destinataria”, representada por Rugeli Morales Rodríguez, con
22   cédula de identidad número 7000780736, Alcalde Municipal por elección popular para el
23   1 de mayo de 2020 al 30 de abril de 2024, según declaratoria efectuada por el Tribunal
24   Supremo de Elecciones, Resolución No. 1319-E11-2020 de las 10:10 horas del 24 de
25   febrero de 2020, publicada en La Gaceta Digital No. 44 del 5 de marzo de 2020, hemos
26   convenido en celebrar el presente convenio, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
27   PRIMERA: DEL OBJETO. El objeto de este Convenio consiste en autorizar el giro de los
28   fondos públicos recaudados en virtud de la Ley No. 5662, Ley de Desarrollo Social y
29   Asignaciones Familiares, reformada, entre otras, por la Ley No. 9188 del 28 de noviembre

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 1   de 2013, para financiar programas de atención de personas adultas mayores,
 2   costarricenses o residentes legales, en condición de pobreza o pobreza extrema.
 3   El criterio para la medición de la pobreza a considerar será el definido por el Instituto
 4   Nacional de Estadística y Censos (INEC), para el periodo correspondiente.
 5   Debido a que con estos recursos se financiará la atención de necesidades básicas dentro
 6   del Programa de la Red de Atención Progresiva para el Cuido Integral de las Personas
 7   Adultas Mayores en Costa Rica, en la modalidad de atención domiciliar y comunitaria, la
 8   Municipalidad deberá detallar en su plan anual de trabajo, la meta en materia de atención
 9   de personas adultas mayores, que asumen mediante la asignación del subsidio que
10   realiza el CONAPAM.
11   Los recursos girados y no ejecutados durante el año 2020, deberán ser presupuestados
12   nuevamente por las Municipalidades Destinatarias y su ejecución se regirá por las
13   cláusulas del presente convenio.
14   SEGUNDA: DEBERES LEGALES DE LAS MUNICIPALIDADES. La Municipalidad
15   destinataria de los fondos públicos exclusivos para la atención de personas adultas
16   mayores, queda sujeta al cumplimiento de los siguientes deberes legales:
17   a. Aplicar respecto de la administración de los recursos recibidos en virtud de este
18   Convenio, las disposiciones contenidas en la Ley No. 8292, Ley General de Control
19   Interno del 31 de julio de 2002, las Normas de Control Interno para el Sector Público, y
20   demás normas conexas; con la finalidad de rendir cuentas cabales sobre el destino de
21   los recursos recibidos, ante las autoridades responsables del control financiero de los
22   recursos provenientes del Presupuesto Nacional.
23   b.- Depositar y administrar los recursos públicos recibidos, en una subcuenta de Caja
24   Única para estos fines. En tal entendido, no se deberán efectuar transferencias de estos
25   recursos provenientes de la cuenta a otras cuentas de recursos propios, o de otras
26   instituciones, que posea la Municipalidad, únicamente para el pago de salarios y cargas
27   sociales del personal del programa de la Red de Atención Progresiva para el Cuido
28   Integral de las Personas Adultas Mayores en Costa Rica, que podrían pagarse con el
29   10% de recursos destinados a gastos operativos.

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 1   c. Llevar registros contables separados de estos fondos, respecto de los ingresos que de
 2   otra fuente pueda percibir la Municipalidad.
 3   d. Mantener al día los libros los contables, (diario, mayor, inventarios y balances) y sus
 4   respectivos auxiliares o en su defecto los registros electrónicos correspondientes.
 5   e. Permitir en cualquier tiempo que la Contraloría General de la República, el CONAPAM,
 6   su Auditoría Interna y la Dirección de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares
 7   (DESAF) realicen la fiscalización de la sub cuenta indicada en el inciso b).
 8   f. Permitir a las personas funcionarias de la Contraloría General de la República, el
 9   CONAPAM, su Auditoría Interna y la Dirección de Desarrollo Social y Asignaciones
10   Familiares (DESAF), el ingreso a las instalaciones de la Municipalidad destinataria para
11   el cumplimiento de sus funciones de fiscalización económica, dirección técnica y
12   supervisión.
13   g. Presentar dentro del término de ley, o aquel plazo que se fije, en forma precisa, clara
14   y confiable, cualquier documentación o información que sobre el destino de los recursos
15   se le requiera, incluso liquidaciones parciales de recursos, por parte de la Contraloría
16   General de la República, el CONAPAM, su Auditoría Interna y la Dirección de Desarrollo
17   Social y Asignaciones Familiares (DESAF).
18   h. Crear un Comité de Apoyo (Red Comunitaria) que se regulará por las disposiciones
19   establecidas en el Reglamento para la conformación y los procedimientos bajo los cuales
20   operarán los Comités de Apoyo a los programas del CONAPAM. Los integrantes del
21   Comité no deberán tener parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado
22   inclusive, con los miembros del Concejo Municipal y el Alcalde.
23   i. Los expedientes de las personas adultas mayores beneficiarias del programa, deberán
24   mantenerse en forma digital en el Sistema de Información de Personas Adultas Mayores
25   (SIPAM) y contendrán:
26   1. Fotocopia del documento de identidad vigente.
27   2.- Todos los datos de la Guía de Recolección de Datos para la Caracterización de la
28   Población Adulta Mayor completos y un Informe Social. Debe contener las justificaciones
29   o criterios técnicos para sustentar el subsidio entregado.

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 1   3.- El acuerdo del Comité de Apoyo mediante el cual se aprobó la ayuda, con indicación
 2   expresa de los beneficios otorgados.
 3   4.- Boleta para entrega de subsidios completa y firmada.
 4   5.- Un informe de seguimiento anual, según se indique vía circular, a efectos de verificar
 5   que los usuarios mantengan las condiciones por las que les fue aprobada la alternativa
 6   de atención.
 7   6.- Cualquier otro documento que justifique la asignación del subsidio otorgado
 8   (certificación de pensión, dictamen médico o epicrisis, recibos, etc.).
 9   j. Respetar los derechos humanos, fundamentales y legales de las personas adultas
10   mayores, establecidos en el ordenamiento jurídico en general. No se podrá discriminar a
11   las personas adultas mayores indígenas, afrodescendientes, refugiadas y migrantes.
12   Tampoco se podrá discriminar a las personas adultas mayores por su orientación sexual
13   e identidad de género. Además, la entidad se compromete a observar fielmente el
14   ordenamiento jurídico, en cuanto le resulte aplicable.
15   k. Observar, en las contrataciones de bienes y servicios que se realicen con fondos
16   públicos recibidos la Ley de Contratación Administrativa, su Reglamento y demás
17   normativa aplicable.
18   l.- Las Municipalidades deberán registrar en el SIPAM, todos los datos de cada una de
19   las personas beneficiarias.
20   m.- Mantener los expedientes administrativos de las contrataciones efectuadas.
21   n.- Los funcionarios municipales responsables del programa de la Red estarán obligadas
22   a participar en las capacitaciones del CONAPAM.
23   ñ.- Señalar un medio oficial para atender notificaciones, pudiendo optar por fax o correo
24   electrónico, el cual deberá ser revisado periódicamente al menos una vez por semana,
25   debiendo acusar el recibido de toda la documentación. Es responsabilidad de la
26   Municipalidad informar al CONAPAM de cualquier cambio en el medio oficial señalado.
27   o.- Custodiar la documentación de la Red Comunitaria.
28   p.- Remitir un informe de ingresos y gastos trimestral (enero, abril, julio, octubre), junto
29   con una conciliación bancaria y un estado de cuenta del último mes, en los primeros 10

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1   días del mes, a la Unidad de Fiscalización Operativa, según los formatos que esta
2   establezca vía circular.
3   q.- Cumplir con las directrices, lineamientos o circulares que emita el CONAPAM, para el
4   correcto funcionamiento de la Red de Atención Progresiva para el Cuido Integral de las
5   Personas Adultas Mayores en Costa Rica.
    TERCERA:          CRITERIOS            DE Monto:
    DISTRIBUCIÓN          DE    RECURSOS
    ECONÓMICOS. Por este Convenio, la
    Municipalidad      destinataria    tiene
    asignados recursos económicos en el
    Presupuesto Ordinario del CONAPAM,
    para la atención y cuido de las
    personas    adultas   mayores,    en    la
    modalidad de atención domiciliar y
    comunitaria, según el siguiente detalle:
    Ley:
    No. 7972, Ley de Creación de Cargas ¢ 0000000,00
    Tributarias sobre Licores, Cervezas y
    Cigarrillos de 22 de diciembre de
    1999.
    No. 5662, Ley de Desarrollo Social y ¢ 99.829.092,00
    Asignaciones Familiares, reformada
    por la Ley No. 9188 del 28 de
    noviembre de 2013.
6   Mediante oficio la Dirección Ejecutiva del CONAPAM, previa aprobación de la Junta
7   Rectora, comunicará cualquier incremento o disminución del monto del presupuesto
8   inicialmente asignado por la modalidad que esté desarrollando la organización
9   destinataria. Los oficios de la Unidad de Fiscalización Operativa y de la Dirección



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 1   Ejecutiva del CONAPAM, para todos los efectos legales se considerarán como parte
 2   integrante de este y, por ende, de observancia obligatoria por cada municipalidad.
 3   Ante cualquier modificación o presupuesto extraordinario, la organización deberá
 4   comunicar al CONAPAM la afectación en los servicios y cobertura en la proyección que
 5   se tenga, según el Plan de Trabajo presentado.
 6   Estos recursos, serán utilizados para financiar programas de atención de personas
 7   adultas mayores, costarricenses o residentes legales, en condición de pobreza o pobreza
 8   extrema. Los montos de los subsidios serán fijados por la Junta Rectora del CONAPAM
 9   y serán comunicados por la Dirección Ejecutiva. Los subsidios se invertirán en los
10   siguientes tipos de apoyo:
11   1.- Alimentación: Con el fin de proporcionar a las personas adultas mayores los
12   alimentos o sustancias nutritivas que el organismo requiere, considerando la situación
13   particular de cada una. Incluye dietas especiales y/o suplementos alimenticios, para lo
14   cual es necesario contar con la recomendación del profesional pertinente.
15   2.- Artículos de uso personal e higiene: Para la compra de productos que permitan
16   cuidar apropiadamente el cuerpo con el objetivo de protegerlo de las enfermedades e
17   infecciones. Estos productos pueden ser: jabón de baño, papel higiénico, crema dental,
18   toallas de manos, alcohol en gel, ropa, zapatos, cremas de cuerpo, cepillo de dientes,
19   desodorante, champú, talcos y similares.
20   También el aseo y la higiene personal tiene por objeto situar a la persona en las mejores
21   condiciones de salud frente a los riesgos del ambiente, por lo tanto, se incluyen productos
22   de limpieza para la vivienda, como son: cloro, desinfectante, jabón en polvo, jabón en
23   barra y similares.
24   3.- Medicamentos e implementos de salud: Para la compra de medicamentos que la
25   Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) no suple, se encuentren agotados, o no son
26   otorgados en tiempo. En este caso, se debe contar con prescripción médica o del
27   profesional correspondiente.
28   Adicionalmente, se puede adquirir implementos como jeringas, agujas, gasa, catéter,
29   algodón, esparadrapo, alcohol, jabón desinfectante, apósitos y similares.

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 1   4.- Atención social en salud integral: Facilita el pago de servicios profesionales para
 2   atender y cuidar integralmente, en forma oportuna e inmediata, a las personas adultas
 3   mayores en aspectos relacionados con su salud física y mental, alivio del dolor, así como
 4   su bienestar y dignidad, con el fin de lograr un equilibrio entre los factores físicos,
 5   biológicos,   emocionales,    mentales,   espirituales   y   sociales,   que   permitan   un
 6   envejecimiento activo.
 7   Los servicios profesionales incluyen: medicina general, interna, especializada en
 8   geriatría, psiquiatría, enfermería, terapia física, terapia ocupacional, odontología,
 9   psicología, trabajo social, nutrición y los que resulten necesarios, tales como los
10   relacionados con el derecho a no ser discriminadas, explotadas, maltratadas y/o
11   abandonadas.
12   5.- Productos de apoyo o ayudas técnicas: Para la compra de artículos, dispositivos,
13   equipo, instrumentos, tecnología que permitan prevenir, compensar, controlar, mitigar o
14   neutralizar deficiencias, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación de
15   las personas adultas mayores y facilitarles la realización de determinadas actividades y/o
16   acciones que permitan mejorar su movilidad, prevenir mayor dependencia y mejorar su
17   calidad de vida en general.
18   Los productos de apoyo o ayudas técnicas pueden ser: Dispositivos para incontinencia,
19   anteojos, prótesis, sillas de ruedas, sillas de baño, bastones, camas ortopédicas y
20   colchones especiales, entre otros.
21   En todos los casos es necesario contar con prescripción o dictamen médico de la CCSS
22   o del profesional del campo que corresponda a excepción de los dispositivos para la
23   incontinencia, los cuales se pueden respaldar mediante epicrisis o análisis clínico de la
24   persona.
25   Los artículos de uso personal como bastones y anteojos, entre otros, no serán
26   plaqueados. Por el contrario, será necesario plaquear aquellos que pueden ser
27   reutilizados por otras personas, tales como camas ortopédicas o sillas de ruedas.
28   6.- Equipamiento de casa: Para la compra de artículos o artefactos básicos de una casa
29   que permitan la atención y cuido adecuado de las personas adultas mayores en su propio

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 1   domicilio o en un hogar comunitario. Estos artículos pueden ser: cama corriente, cocina,
 2   utensilios, sillas, mesas, entre otros.
 3   Los artículos entregados a las personas adultas mayores en su domicilio son otorgados
 4   en calidad de donación por lo que no requieren ser plaqueados. No obstante, en caso de
 5   artículos o enceres reutilizables, que por alguna razón dejen de cumplir la finalidad para
 6   la que se otorgó, o que habiendo sido designados a la persona adulta mayor sola, esta
 7   fallezca, la organización destinataria los recogerá y en acuerdo del Comité de Apoyo se
 8   procederá a su reasignación.
 9   En caso de los hogares comunitarios, la custodia de los artículos adquiridos para la
10   atención de las personas adultas mayores será de la organización destinaria de los
11   recursos económicos.
12   7.- Alquiler de vivienda, servicios básicos, municipales y trámites migratorios: Para
13   el pago mensual de alquiler de vivienda, servicios básicos de agua, luz y teléfono (tarifa
14   básica mensual de una línea telefónica fija) y municipales; necesarios para una vida
15   saludable. Así como el pago del costo de los trámites migratorios necesarios para la
16   solicitud o renovación de cédulas de residencia.
17   El alquiler de vivienda incluye el depósito correspondiente.
18   En este rubro se incluyen los gastos de funeral de la persona adulta mayor y los derechos
19   o alquiler de fosas.
20   8.- Familias Solidarias: Permite la reubicación de una persona adulta mayor con
21   independencia funcional o sin ella, en una familia con o sin vínculos de consanguinidad
22   que le brinde alojamiento, atención, protección y los cuidados requeridos. Esta alternativa
23   permitirá la ubicación de una o dos personas adultas mayores como máximo por familia.
24   Además, permite que familiares de la persona adulta mayor le brinden servicios básicos
25   de atención en el domicilio, en las actividades de la vida diaria e instrumentales, con el
26   fin de mejorar su bienestar y calidad de vida tales como: ayudar con el baño diario,
27   preparar y brindar alimentación, asear la casa, acompañar a citas médicas, apoyar en el
28   uso del transporte público, realización de compras o pagos, entre otras.



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 1   Se deberá disponer de una vivienda con espacio para garantizar la privacidad de la
 2   persona adulta mayor, con unas condiciones higiénicas y de salubridad adecuada.
 3   Además, dependiendo de la condición física y de movilidad de la persona beneficiaria, la
 4   vivienda debe carecer de barreras arquitectónicas que puedan dificultar el acceso o el
 5   desenvolvimiento de la persona acogida.
 6   9.- Hogares comunitarios: La alternativa de Hogar Comunitario permite la reubicación
 7   temporal de una persona adulta mayor y hasta un máximo de cinco personas, con
 8   independencia funcional o sin ella, en una vivienda alquilada o no (puede pertenecer a la
 9   organización o ser prestada para brindar el servicio).
10   El Hogar Comunitario debe contar con las condiciones de infraestructura y mobiliario
11   adecuados según las características de las personas adultas mayores.
12   En el caso de alquiler de vivienda, el mismo estará a nombre de la organización
13   destinataria de los recursos.
14   10.- Transporte y combustible: Permite el pago de servicios de transporte y la compra
15   de combustible para:
16   •      • La entrega del subsidio a la persona adulta mayor, según la alternativa ofrecida.

17   •      • La visita a la persona adulta mayor en su domicilio para seguimiento.

18   •      • El traslado de la persona adulta mayor a citas médicas, actividades recreativas,
19   culturales y otras.
20   Cuando se proceda a pagar el transporte (taxi, servicio privado u otro) previamente se
21   debe verificar que el vehículo cuente con los permisos de circulación al día y el conductor
22   con la respectiva licencia vigente. En caso de transporte de grupos se debe seleccionar
23   vehículos adecuados, con los permisos de funcionamiento y seguros correspondientes.
24   Por el servicio contratado se debe obtener el recibo o factura. Este documento debe
25   contener la placa del vehículo, el nombre completo y número de cédula del propietario
26   y/o conductor, indicar la ruta realizada, fecha y motivo del servicio, así como la
27   información del o los beneficiarios/as del servicio.
28   El subsidio para combustible debe contar con un monto máximo a cubrir, la placa del
29   vehículo, persona propietaria y la finalidad del uso (ejemplo: entrega de subsidio a

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 1   domicilio, visitas u otro). En este caso se puede considerar únicamente el uso de
 2   vehículos particulares o de la organización destinataria de los recursos.
 3   11.- Promoción y prevención de la salud: Permite el pago de actividades educativas,
 4   ocupacionales, físicas, culturales, recreativas, deportivas, entre otras, que promuevan
 5   acciones e intervenciones individuales y/o grupales y que proporcionen a las personas
 6   adultas mayores los medios necesarios para mejorar la salud y ejercer un mayor control
 7   sobre la misma.
 8   El propósito es ofrecer servicios integrales que potencialicen la salud de las personas
 9   adultas mayores y promuevan en ellas una vida sana, feliz y placentera, mediante la
10   participación comunitaria, conformando grupos y fortaleciendo los existentes. Por su
11   naturaleza, la promoción y prevención de la salud representa una responsabilidad
12   compartida entre las personas adultas mayores, las familias, las organizaciones, entre
13   otros.
14   12.- Mejoras habitacionales: Consiste en un subsidio que permite el otorgamiento de
15   recursos económicos destinados a reparar, mejorar o ampliar la vivienda de la persona
16   adulta mayor y eliminar barreras arquitectónicas, con el fin de hacerlas habitables y
17   adecuadas, así como fortalecer su autonomía e considerar lo correspondiente a brindar
18   los servicios y ayudas en el domicilio de la persona beneficiaria o en el lugar que el Comité
19   o Red Comunitaria determine, según necesidades.
20   La entrega de subsidios que por su naturaleza sea continua, como por ejemplo
21   “Alimentación”, no deberá ser suspendida o bien, programarse de manera intermitente a
22   los usuarios, salvo que las particularidades del caso, así lo justifiquen o bien, se esté en
23   los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor.
24   Debido a que estos límites establecidos por el INEC son variables, el CONAPAM dará
25   seguimiento a su comportamiento, y en caso de presentarse variaciones, se comunicará
26   para que se proceda al ajuste de los montos.
27   CUARTA: REQUISITOS PARA EL GIRO DE RECURSOS El monto será girado por el
28   CONAPAM, según la disponibilidad presupuestaria, la programación financiera fijada por



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 1   el Gobierno Municipal y la previa comprobación del cumplimiento de los siguientes
 2   requisitos, por parte de la Municipalidad destinataria:
 3   1.- Estar al día en el pago de las cuotas obrero patronales de la CCSS.
 4   2. Estar al día en la presentación de las liquidaciones de recursos financieros recibidos
 5   con anterioridad.
 6   3.- Aportar la aprobación del presupuesto por parte del Órgano Contralor.
 7   4.- La Municipalidad destinataria no debe tener reintegros pendientes con el CONAPAM,
 8   arreglos de pago atrasados o descargos pendientes fuera del plazo establecido por Ley
 9   producto de informes de control interno, informes de Trabajo Social e informes de revisión
10   de liquidaciones.
11   5.- Haber actualizado en el SIPAM las personas adultas mayores atendidas y a más tardar
12   el 20 de cada mes, deberá efectuar el cierre de las listas de las personas beneficiarias de
13   los servicios; o la justificación de la no atención de las personas.
14   Para lo anterior, en aras de la simplificación de trámites administrativos, salvo para el
15   caso de las listas mensuales de beneficiarios (as), el CONAPAM verificará en su base de
16   datos la vigencia de los documentos establecidos en los puntos anteriores y entregados
17   previamente al CONAPAM, los cuales no tendrá que presentar en forma mensual, pero
18   si mantener al día.
19   QUINTA: DEL USO Y DESTINO DE LOS PRODUCTOS DE APOYO Y LAS AYUDAS
20   TÉCNICAS. Para el préstamo de los productos de apoyo y las ayudas técnicas a las
21   personas adultas mayores beneficiarias:
22   1.- La Municipalidad destinataria deberá confeccionar, firmar y custodiar un convenio para
23   tal fin.
24   2.- Los artículos de uso personal como bastones o anteojos, entre otros, no serán
25   plaqueados. Sí lo serán los artículos que puedan ser utilizados por una o más personas,
26   como por ejemplo, camas ortopédicas o sillas de ruedas, entre otros.
27   Dichos bienes deben ser plaqueados como activos para control de inventario, sin
28   excepción alguna, a nombre de la Municipalidad destinataria y con una leyenda que diga
29   “adquiridos con recursos del FODESAF”.

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 1   3.- Cuando la persona adulta mayor beneficiaria, ya no requiera usar el bien dado en
 2   calidad de préstamo, este deberá ser devuelto a la Municipalidad destinataria y podrá ser
 3   utilizado por otra persona adulta mayor, previo cumplimiento del punto 1 anterior.
 4   SEXTA: DE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS. Si la Municipalidad destinataria
 5   requiere contratar servicios de terceros, deberá ajustarse a las disposiciones de la Ley de
 6   Contratación Administrativa, su Reglamento y de más normativa aplicable.
 7   SÉTIMA: DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE LOS RECURSOS. La Municipalidad
 8   destinataria deberá presentar al 30 de junio del año siguiente, un informe anual sobre el
 9   uso de los fondos. El informe se referirá a la ejecución del presupuesto del programa, así
10   como al logro de los objetivos planteados en el respectivo plan de trabajo, con la
11   información básica del formato que se propone en el “Procedimiento para el Otorgamiento
12   de Subsidios, Verificación de la Inversión en los Servicios y Fiscalización y Seguimiento
13   del Uso de los Recursos Recibidos” y de otras recomendaciones técnicas que haga el
14   CONAPAM, los que se considerarán parte integral de este convenio.
15   OCTAVA: DE LA PRORROGA PARA LA LIQUIDACIÓN DE LOS RECURSOS. En
16   casos excepcionales, siempre y cuando se demuestre la situación con documentación
17   fehaciente, el CONAPAM, podrá prorrogar los plazos aquí estipulados, si de ello no se
18   deriva algún perjuicio para las personas adultas mayores. La solicitud de prórroga deberá
19   hacerse por escrito, estando vigente el plazo. La Unidad de Fiscalización Operativa del
20   CONAPAM será la que autorice las solicitudes de prórroga, por un plazo que no podrá
21   exceder de 15 días naturales.
22   NOVENA: POTESTADES DEL CONAPAM. Durante la ejecución del presente Convenio
23   y la liquidación de los recursos, el CONAPAM podrá:
24   1.- Ejercer un control técnico de supervisión y evaluación de las actividades realizadas
25   con los recursos transferidos por este convenio y cualquier otro documento idóneo para
26   el cumplimiento de los fines del presente Convenio.
27   2.- Brindar asesoría y capacitación a la Municipalidad destinataria para promover el
28   adecuado servicio de atención y cuido integral de la persona adulta mayor.



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 1   3.- Ingresar a las instalaciones de la Municipalidad destinataria para el cumplimiento de
 2   sus funciones de fiscalización, dirección técnica y supervisión.
 3   4.- Modificar, previa consulta efectuada al Concejo Municipal, cualquier cláusula o
 4   requisito del presente convenio, debiendo para ello notificar a la contraparte.
 5   5.- Emitir directrices, lineamientos o circulares para el correcto funcionamiento de los
 6   programas del CONAPAM que desarrolla la Municipalidad.
 7   DÉCIMA: DEL DESVÍO DE RECURSOS, RESPONSABILIDAD Y SANCIONES. Todo
 8   desvío de los recursos transferidos por este convenio hacia fines diversos del asignado,
 9   será sancionado.
10   Ante los desvíos que se realicen en beneficio de intereses públicos, se podrá sancionar
11   a la Municipalidad con la suspensión del giro de los recursos o la revocación de la
12   concesión otorgada, según la gravedad de la violación cometida.
13   Para tal efecto, la suspensión del giro de los recursos no podrá exceder 12 meses
14   calendario y la revocatoria de la concesión de recursos públicos, se decretará por un
15   periodo de uno a 5 años. La gravedad del desvío será valorada considerando el grado de
16   afectación ocasionado a las personas adultas mayores beneficiarias y el cumplimiento de
17   los fines e intereses tutelados por la Ley No. 7935, Ley Integral para la Persona Adulta
18   Mayor de 25 de octubre de 1999 y sus reformas, entendiendo que a mayor afectación e
19   incumplimiento mayor será la gravedad del desvío.
20   Se entenderá que existe interés público cuando la organización destinataria procure la
21   atención integral de las personas adultas mayores beneficiarias y la satisfacción de sus
22   necesidades de todo tipo: físicas, materiales, biológicas, emocionales, sociales,
23   laborales, productivas y espirituales; así como la operación y mantenimiento de los
24   establecimientos para el cuidado y atención de la población adulta mayor.
25   Cuando la desviación se realice en beneficio de intereses privados, sean de la
26   Municipalidad o de terceros, la concesión de recursos le será revocada al Gobierno Local
27   y esta deberá restituir el valor del beneficio desviado, con los daños y perjuicios causados.
28   Existirá un desvío de recursos en beneficio de intereses privados, cuando la
29   Municipalidad utilice los recursos para beneficio propio o bien para favorecer a

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 1   determinadas personas, procurándose con su accionar la conveniencia individual de una
 2   persona física o jurídica, frente a otras. En estos casos la actuación no corresponde a
 3   criterios objetivos y demostrará un voluntarismo y parcialidad en la acción desplegada,
 4   generándose un provecho propio y directo en la organización, sus titulares o allegados a
 5   estos, sin ser parte de la población beneficiaria.
 6   La potestad sancionatoria corresponderá al CONAPAM. En tal entendido, la Junta
 7   Rectora del CONAPAM, podrá acordar las medidas cautelares que considere necesarias
 8   e instaurar el procedimiento administrativo sancionatorio correspondiente, según lo
 9   establecido en el Libro Segundo de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración
10   Pública.
11   Además, la recuperación del monto del beneficio desviado hacia fines privados, podrá
12   lograrse en la vía ejecutiva, con base en la resolución certificada de la Contraloría General
13   de la República, a que se refiere el artículo 76 de la Ley No. 7428 del 7 de setiembre de
14   1994.
15   DÉCIMA PRIMERA: INFORMACIÓN ADICIONAL. La Municipalidad destinataria estará
16   obligada a rendir un informe sobre la atención brindada a la persona adulta mayor,
17   referida por este Convenio, y la documentación sobre el giro y uso de los recursos que
18   se requiera, cuando el CONAPAM se lo solicite.
19   La Municipalidad destinataria se compromete en cualquier momento a brindar a los y las
20   funcionarios (as) de CONAPAM, su Auditoría Interna, la Contraloría General de la
21   República y DESAF, las facilidades que se requieran para la realización de estudios y
22   supervisión de la calidad en la atención que se presta a las personas adultas mayores y
23   sobre el giro y uso de los recursos transferidos.
24   DÉCIMA SEGUNDA: DE LA RESOLUCION DEL PRESENTE CONVENIO. En cualquier
25   momento, previo cumplimiento del debido proceso, el CONAPAM podrá resolver el
26   presente Convenio, por incumplimiento demostrado por parte de la Municipalidad
27   destinataria, en cuyo caso esta deberá reintegrar cualquier suma pendiente de gasto o
28   presentar la correspondiente liquidación.



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 1   DÉCIMA TERCERA: RESCISIÓN O TERMINACIÓN ANTICIPADA. Este Convenio,
 2   aunque no hubiese vencido el periodo su vigencia, podrá ser rescindido por razones de
 3   interés público, caso fortuito o fuerza mayor sin responsabilidad alguna por el CONAPAM,
 4   notificando a la Municipalidad destinataria con al menos un mes de anticipación.
 5   DÉCIMA CUARTA: PLAZO DEL PRESENTE CONVENIO. El presente convenio tendrá
 6   el plazo del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021.
 7   DÉCIMA QUINTA: DE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONVENIO. Este Convenio
 8   entrará en vigencia a partir del refrendo por parte de la unidad administrativa
 9   correspondiente.
10   DÉCIMA SEXTA: DE LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA PARA CUMPLIR CON
11   EL PRESENTE CONVENIO. El presente Convenio queda sujeto a la aprobación
12   presupuestaria de los órganos competentes y la disponibilidad de recursos con que
13   cuente el Estado, así como al cumplimiento de la programación del giro de recursos
14   establecido por el Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Desarrollo Social y
15   Asignaciones Familiares, para dar fiel cumplimiento a este.
16   DÉCIMA SÉTIMA: FUNDAMENTO LEGAL. El presente Convenio se encuentra
17   fundamentado en las Leyes No. 7935, Ley Integral de la Persona Adulta Mayor de 25 de
18   octubre de 1999, Ley No. 5662, Ley Desarrollo Social y Asignaciones Familiares y su
19   reforma mediante la Ley No. 8783, Ley No. 8292, Ley General de Control Interno, Ley No.
20   7494, Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, las Normas de Control Interno
21   para el Sector Público y las Normas de Control Interno para los sujetos privados que
22   custodien o administren, por cualquier título, fondos públicos y normas conexas y demás
23   normativa aplicable, según corresponda.
24   DÉCIMA OCTAVA: DE LA APROBACION. Las Cláusulas del presente Convenio fueron
25   aprobadas en sesión ordinaria No. 457, acuerdo No. 12, de la Junta Rectora del
26   CONAPAM, celebrada el día 4 de noviembre de 2020.
27   En fe de lo anterior y plenamente conformes firmamos en dos documentos originales, en
28   San José, el 1 de diciembre de 2021.



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 1   Firman: Hannia Rodríguez Arias, Vicepresidenta Junta Rectora, Consejo Nacional
 2   de la persona Adulta Mayor y Lic. Rugeli Morales Rodríguez, Alcalde.
 3   Acuerdo 6:
 4   Moción presentada por el Regidor Freddy Soto Álvarez, Vicepresidente Municipal,
 5   secundada por la Licda. Yahaira Mora Blanco, Presidenta Municipal, que dice:
 6   Asunto: CONVENIO COOPEANDE NÚMERO 1
 7   El Concejo Municipal del Cantón de Talamanca considerando: Que este municipio es
 8   consciente de la importancia y urgencia del presente Convenio entre la Municipalidad de
 9   Talamanca y la Cooperativa COOPEANDE 1 que redunda en una importancia singular y
10   de gran beneficio para nuestros trabajadores municipales. POR LO ANTERIOR
11   ACUERDA APROBAR LO SIGUIENTE: SE APRUEBA EL CONVENIO ADJUNTO
12   REFERENTE A LA PARTICIPACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA CON
13   COOPEANDE NÚMERO 1, Y SE AUTORIZA AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL LIC.
14   RUGELI MORALES RODRÍGUEZ SUSCRIBIR Y FIRMAR EL MISMO, APROBAR EN
15   TODOS SUS EXTREMOS EL MISMO. QUE SE DECLARE EN FIRME ESTE ACUERDO
16   Y SE DISPENSE DE TRÁMITE DE COMISIÓN. SOMETIDA A VOTACIÓN
17   LEVANTANDO LA MANO, ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO POR
18   UNANIMIDAD.
19   Entre nosotros,
20
21   i.     Cooperativa de Ahorro y Crédito Ande No. 1 R. L., con cédula jurídica No. 3-
22          004-045027-14 domiciliada en la Ciudad de San José, 100 metros al este de la
23          Embajada de Nicaragua, Barrio La California, San José, en adelante denominada
24          la Cooperativa y; Rugeli Morales Rodríguez, cédula de identidad 700780736,
25          mayor casado, educador, vecino de Bribri centro, en mi condición de Alcalde de la
26          Municipalidad de Talamanca, con facultades de Apoderado Generalísimo,
27          nombramiento según resolución Nº 1319-E11-2020, de las diez horas con diez
28          minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veinte del Tribunal Supremo de
29          Elecciones, publicado en la Gaceta Nº 44 del 05 de marzo de 2020, en su
30          condición de Alcalde Municipal, en adelante conocido como MUNICIPALIDAD,
31          cédula jurídica 3-014-042127, ubicada en Bribri, Talamanca, Limón, representada
32          por Nombre del representante legal, cédula de identidad, Cédula del representante
33          legal en adelante denominada el Patrono afiliado;
34
35   Acordamos, en establecer los convenios que se detallan, los cuáles se regirán por la
36   legislación vigente en la materia y por las siguientes cláusulas:
37
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 1   I.- CONVENIO DE DEDUCCIONES DE PLANILLA
 2   Primera: La Cooperativa mediante los mecanismos establecidos y regido por la Ley de
 3   Asociaciones Cooperativistas y el Estatuto, afiliará a los trabajadores del Patrono afiliado.
 4   La aplicación de deducciones tiene, asimismo, sustento normativo en las siguientes
 5   disposiciones legales:
 6   A.- El numeral 69, inciso K, del Código de Trabajo, que establece como obligaciones de
 7   los patronos: “Deducir del salario del trabajador, las cuotas que éste se haya
 8   comprometido a pagar a la Cooperativa o al Sindicato, en concepto de aceptación y
 9   durante el tiempo que a aquélla o a éste pertenezca y con el consentimiento del
10   interesado, siempre que lo solicite la respectiva organización social, legalmente
11   constituida. (…) La Cooperativa, Sindicato o patrono afiliado de crédito que demande la
12   retención respectiva, deberá comprobar su personería y que las cuotas cuyo descuento
13   pide, son las autorizadas por los estatutos o contratos respectivos”. (aplica al sector
14   público)
15   B.- El numeral 174 del mismo cuerpo legal, que dispone: “Los salarios sólo podrán
16   cederse, venderse o gravarse a favor de terceras personas, en la proporción en que sean
17   embargables.
18   Quedan a salvo las operaciones legales que se hagan con las cooperativas o con las
19   instituciones de crédito legalmente constituidas, que se rijan por los mismos principios de
20   aquéllas.”
21   Con sustento en lo dicho, el Patrono asume el compromiso de aplicar las deducciones
22   que la Cooperativa indique, siempre que tengan el debido sustento documental. Dichas
23   deducciones podrán corresponder a las aportaciones al Capital Social, ahorros
24   voluntarios, cuotas de préstamos por ser el trabajador el deudor directo, cuotas de fianzas
25   en las que el trabajador haya autorizado la deducción en caso de morosidad del deudor
26   principal, y en general todas aquellas obligaciones que el trabajador, en su carácter de
27   asociado a la Cooperativa, haya adquirido con esta organización social.
28   Segunda: Las obligaciones adquiridas por los trabajadores del Patrono afiliado, en virtud
29   de su condición de asociados de la Cooperativa, serán deducidas del salario del
30   trabajador.
31   Tercera: La Cooperativa habilita la página empresarial
32   https://online.coopeande.co.cr/coopeande/index_corp.action para la descarga
33   mensualmente de las deducciones que el funcionario autorizó.
34   Cuarta: La Cooperativa se compromete a brindar el acceso como las claves necesarias
35   a los funcionarios autorizados por el representante legal al sitio empresarial para la
36   descarga del archivo de las deducciones que el funcionario adquiere con la cooperativa
37   en el formato establecido, al sitio web Empresarial https://online.coope-
38   ande.co.cr/coopeande/index_corp.action, a más tardar el día 20 de cada mes. El patrono
39   afiliado deberá aplicar las deducciones en cada una de las quincenas, según
40   corresponda. Cualquier cambio en la dirección electrónica será comunicado
41   oportunamente al patrono afiliado.
42   Quinta: Por situaciones especiales (época navideña, semana santa, vacaciones del
43   personal) la fecha establecida en la cláusula No. 6 podría ser modificada, previa
44   comunicación del Patrono afiliado y la aprobación de la Cooperativa.
45   Sexta: El Patrono afiliado se compromete hacer entrega a la Cooperativa, la totalidad de
46   las sumas deducidas a sus trabajadores, 3 días naturales después de la última fecha de
47   pago de cada mes mediante depósito bancario acreditado a la cuenta cliente de
48   Coopeande N° 100-01-202-000807-0 cuenta IBAN CR90015120210010008071 del
49   Banco Nacional de Costa Rica. Asimismo como también deberá adjuntar la planilla de
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 1   deducciones y el respectivo comprobante de depósito, al sitio web Empresarial
 2   https://online.coope-ande.co.cr/coopeande/index_corp.action.
 3   La aplicación de la planilla quedará sujeta a la confirmación del depósito en la cuenta
 4   corriente de la Cooperativa y se debe considerar:
 5        • Transferencias en Tiempo Real: Una vez realizada la acreditación de los fondos
 6           a la cuenta de la cooperativa y la carga en la página empresarial se confirmará en
 7           al menos 45 minutos después.
 8        • Transferencias por SINPE día hábil siguiente: Se confirmará Una vez realizada la
 9           acreditación de los fondos a la cuenta de la cooperativa y la carga en la página
10           empresarial en al menos 45 minutos después
11   Sétima: La empresa recaudadora debe hacerse responsable de las repercusiones
12   generadas por haber deducido el dinero del asociado (a) y no enviarlo a la Cooperativa
13   en las fechas establecidas, siempre y cuando no medie una razón justificada.
14   Octava: Ambas partes podrán poner fin a este convenio en cualquier momento, bastando
15   el aviso escrito con 30 días de antelación.
16   Novena: Ambas partes se comprometen a mantener confidencialidad de la información
17   suministrada producto del presente convenio.
18   Décima: El patrono afiliado se compromete en realizar la actualización de datos y de la
19   documentación cuando CoopeAnde lo requiera.
20   II.- CONVENIO DE DEPÓSITO DE SALARIOS
21   Primera: Coopeande de conformidad con el convenio acá descrito, proporcionara una
22   cuenta personal de Ahorro Tarjeta de débito a los trabajadores que reciban el salario del
23   Patrono afiliado.
24   Segunda: Las obligaciones adquiridas por los trabajadores del Patrono afiliado, en virtud
25   de su condición de asociados a la Cooperativa, serán deducidas del salario del trabajador
26   previamente por el patrono.
27   Tercera: El Patrono afiliado deberá ingresar un archivo de Excel bajo el formato
28   establecido        en        la      página         empresarial       https://online.coope-
29   ande.co.cr/coopeande/index_corp.action así como el respectivo comprobante de
30   depósito de la totalidad de las sumas a acreditar a los trabajadores.
31   La aplicación de la planilla quedará sujeta a la confirmación del depósito en la cuenta
32   corriente de la Cooperativa y se debe considerar:
33        • Transferencias en Tiempo Real: Una vez realizada la acreditación de los fondos
34           a la cuenta de la cooperativa y la carga en la página empresarial se confirmará en
35           al menos 45 minutos después.
36        • Transferencias por SINPE día hábil siguiente: Se confirmará Una vez realizada la
37           acreditación de los fondos a la cuenta de la cooperativa y la carga en la página
38           empresarial en al menos 45 minutos después.
39   Cuarta: El archivo de Excel que el patrono afiliado debe cargar en el sitio Empresarial,
40   debe contar con el siguiente formato:
41
42   Número de Cédula: Sin guiones ni espacios y con ceros si aplica, si es extranjera debe
43   venir en el formato Dimex.
44   Nombre: Información completa del funcionario del Patrono afiliado. Nombre completo
45   primer y segundo apellido.
46   Monto: Sin signo de moneda, sin separador de miles, con dos decimales separado con
47   punto.
48   Quinta: El Patrono afiliado realizará el pago de salario, Periodicidad (semanal, bisemanal,
49   quincenal, mensual).
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 1   Sexta: El Patrono afiliado realizará el depósito correspondiente al monto total a aplicar
 2   por concepto de salario en la cuenta cliente de Coopeande N° 100-01-202-000807-0
 3   cuenta IBAN CR90015120210010008071 del Banco Nacional de Costa Rica, en el mismo
 4   acto con la cláusula tercera, así mismo ingresará el comprobante en el sitio empresarial
 5   https://online.coope-ande.co.cr/coopeande/index_corp.action.
 6   Sétima: Una vez que el Patrono ingrese la información, la Cooperativa procederá a
 7   realizar la validación del depósito y liberará el trámite para que el Patrono aplique los
 8   depósitos         desde         el      sitio       empresarial        https://online.coope-
 9   ande.co.cr/coopeande/index_corp.action.
10   Octava: El patrono es responsable de la aplicación de los salarios, la Cooperativa actuará
11   en estricto cumplimiento de la información remitida por el patrono afiliado, por lo que este
12   exonera a Coopeande Uno de responsabilidad por los montos que se depositen,
13   Novena: El contrato tendrá una vigencia de Dos Años contados a partir de la fecha de
14   suscripción del presente contrato y operarán prórrogas automáticas del plazo a su
15   vencimiento, por períodos iguales de dos años en caso de que ninguna parte haya
16   comunicado a la otra con al menos Noventa días de antelación y por escrito, su intención
17   de no renovar el servicio.
18   III.- SITIO EMPRESARIAL
19   Primera: Definiciones.
20   Coope-Ande en Línea Sitio Empresarial se entenderá como el servicio que ofrece La
21   Cooperativa, a los patronos afiliados a través de un sitio seguro en internet para que
22   puedan acceder a los servicios ofrecidos por la Cooperativa y queda entendido que el
23   acceso a Coope Ande en Línea, Sitio Empresarial es por la aceptación del presente
24   contrato, mismo al que se adhiere a todos y cada uno de los términos y condiciones de
25   este servicio.
26   Segunda, De la clave de acceso: El Patrono afiliado acepta que la clave de acceso es
27   confidencial e intransferible y sustituye su firma autógrafa, dado que es materialmente
28   imposible rubricarla. En consecuencia surte los mismos efectos que las leyes le otorgan
29   a la firma, teniendo el mismo valor probatorio sin lugar a repudio de las gestiones hechas
30   por el sistema, las cuales se consideran reales por el concepto de autenticación por algo
31   que El Patrono afiliado sabe o sea su clave, por lo que El Patrono afiliado es responsable
32   ante la Cooperativa del uso de los servicios financieros en el Sitio Empresarial; incluyendo
33   el uso de cada uno de los usuarios que defina, por lo que exime de responsabilidad a
34   Coope Ande.
35   Tercera, De los servicios: En Coope-Ande en Línea Sitio Empresarial, El Patrono
36   afiliado podrá consultar y hacer transacciones de acuerdo a los servicios que tiene con la
37   Cooperativa el Patrono afiliado a la cual pertenezca, quien queda facultada en cualquier
38   momento a eliminar, suspender o reactivar cualquiera de los servicios, así como a incluir
39   nuevos servicios. El Patrono afiliado acepta y reconoce que la Cooperativa brindará los
40   servicios del presente contrato en horarios permitidos por los sistemas centrales. El
41   servicio podrá suspenderse sin previo aviso en los siguientes casos:
42         I.     Cuando considere que El Patrono afiliado está operando de manera
43                inadecuada al sistema.
44         II.    Cuando se identifiquen riesgos en los esquemas de seguridad.
45         III.   Cuando deba realizar mantenimiento o respaldos a los sistemas.
46   La Cooperativa podrá establecer límites respecto a los montos y cantidad de
47   transacciones de los servicios que estén disponibles, esto en la fecha valor que
48   establezca para cada una de ellas, el cual informará al Cliente a través del sistema.

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 1   Cuarta, De las transacciones que realicen: El Patrono afiliado queda expresamente
 2   entendido lo siguiente:
 3   I. El Patrono afiliado acepta que únicamente podrá realizar transacciones de fondos a
 4   cualquier cuenta corriente, de ahorros o electrónica que se encuentra en estado activa y
 5   sin restricciones.
 6   II. Los débitos por transacciones se realizan en Línea, sin embargo, La Cooperativa se
 7   reserva el derecho de procesar sus transacciones de acuerdo con sus posibilidades
 8   tecnológicas y a los términos permitidos por los prestatarios públicos o privados de
 9   servicios.
10   III. Las transacciones hacia cuentas de diferente moneda se transarán según el tipo de
11   cambio que se establezca en La Cooperativa.
12   IV. No se permiten reversiones.
13   V. Los servicios de Coope-Ande en Línea Sitio Empresarial es exclusivamente para
14   realizar transacciones licitas, por lo que La Cooperativa se reserva el derecho de
15   investigar toda transacción no usual o sospechosa y así cumplir con la Ley de
16   Legitimación de Capitales y Financiamiento de Terrorismo.
17   VI. Queda entendido que la Cooperativa no proveerá documentación física de las
18   transacciones realizadas, por lo que es responsabilidad del Cliente la impresión
19   respectiva.
20   Quinta, De las Responsabilidades: Coope Ande es responsable de brindar el servicio
21   de Coope Ande en Línea Sitio empresarial en un sitio seguro y respaldado por un
22   certificado de seguridad reconocido. El Patrono afiliado es responsable de mantener sus
23   equipos en óptimas condiciones, libres de virus informáticos. La Cooperativa no asume
24   ninguna responsabilidad penal ni civil, cuando El Patrono afiliado no pueda realizar
25   transacciones electrónicas a través de Coope-Ande en Línea Sitio Empresarial en casos
26   de insuficiencia de fondos, problemas en los equipos de la Cooperativa, dificultades en
27   las líneas de comunicación, en los sistemas del proveedor de servicios de Internet o
28   problemas tecnológicos de los socios estratégicos. Es responsabilidad del Patrono
29   afiliado corroborar la correcta aplicación de sus transacciones en caso de recibir
30   mensajes de respuesta dudosas o que advierta una situación como las mencionadas
31   anteriormente. Para todos los efectos en los servicios que aquí se aceptan, El Patrono
32   afiliado autoriza a debitar las cuentas en las cuales sea dueño y / o esté autorizado. El
33   Patrono afiliado autoriza expresamente a La Cooperativa a efectuar todos los cargos a
34   sus cuentas, producto de las transacciones y / o de las comisiones y gastos financieros
35   que los servicios ofrecidos le demanden, y acepta que es de responsabilidad revisar al
36   menos una vez al mes el estado de sus cuentas de ahorro activas con La Cooperativa.
37   La Cooperativa se reserva el derecho de modificar este contrato, si las condiciones del
38   mercado, la tecnología u otros factores, así lo ameritaran. Para tal efecto, la aceptación
39   del contrato es necesaria para utilizar el servicio de Coope- Ande en Línea Sitio
40   Empresarial, contrato que será desplegado cada vez que se realice un cambio en el
41   sistema.
42   El Patrono afiliado se compromete a mantener actualizados sus datos personales, y a
43   cumplir los demás lineamientos de la Ley sobre Estupefacientes, Sustancia Psicotrópicas,
44   Drogas de uso no Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales Y
45   Financiamiento al Terrorismo, Ley Nº 8204.
46   Las partes reconocen que, si realmente alguna de las estipulaciones del presente contrato
47   resultare nula según las leyes de la República de Costa Rica, tal nulidad no invalidará el
48   contrato en su totalidad, sino que éste se interpretara como si no incluyera la estipulación

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 1   o estipulaciones que se declaren nulas, y los derechos y obligaciones de las partes
 2   contratantes serán interpretados y observados en la forma que en derecho proceda.
 3   IV.- CLÁUSULAS DE ALCANCE GENERAL
 4   Primera: De la comunicación usual. Las partes deberán definir un protocolo de
 5   comunicación para la atención de consultas, el trasiego de información y el envío de
 6   datos, lo cual deberá constar en un anexo al presente convenio. Inicialmente, se habilita
 7   el número 2243-0303 Captación y Servicio y el correo electrónico
 8   ejecutivosempresariales@coopeande1.com, para la atención de consultas.
 9   Segunda: De la seguridad: El Patrono afiliado acepta expresamente, acatar las
10   recomendaciones que en materia de seguridad emita la cooperativa, reconoce que este
11   acatamiento es tanto para brindarle un mejor servicio como para evitar las prácticas
12   delictivas cuyo propósito es el uso fraudulento de la clave de acceso, por lo que se
13   compromete acceder el servicio desde el sitio oficial www.coopeande1.com, esto al
14   ingresar a Coope Ande En Línea, Sitio Empresarial.
15   Tercera: De la confidencialidad. El PATRONO AFILIADO se obliga a no divulgar en
16   forma pública o privada, directamente o por medio de cualquiera de sus colaboradores, a
17   terceras personas naturales y/o jurídicas, públicas o privadas, firmas o instituciones, ni
18   hacer uso personal, de cualquier información que COOPEANDE repute como confidencial
19   o de información a la que tenga acceso o se produzca como resultado de esta
20   contratación, así como aquella información que confiere a COOPEANDE una ventaja
21   respecto a sus competidores que no poseen dicha información.. Por lo tanto, el Patrono
22   afiliado se obliga, respecto a dicha información, a no enajenarla, revelarla, publicarla,
23   darla a conocer, transmitirla o de cualquier forma divulgarla o proporcionarla a cualquier
24   persona física o jurídica, salvo que cuente con autorización expresa de COOPEANDE.
25   “La Cooperativa” declara que en todo momento guardará confidencialidad sobre la
26   información de clientes que le suministre “El Patrono Afiliado”. Ambas partes, “El
27   Patrono Afiliado” y “La Cooperativa”, se comprometen a utilizar dicha información
28   única y exclusivamente para los fines del presente contrato. En ningún caso podrán
29   suministrar información a terceros. Tanto “El Patrono Afiliado” como “La Cooperativa”
30   quedan facultados para expedir la información requerida por parte de las autoridades
31   Judiciales o Tributarias que así lo soliciten por la vía legal, sobre las transacciones
32   realizadas en virtud del presente contrato. El uso inadecuado de la información por alguna
33   de las partes o de cualquiera de sus empleados, facultará a la otra a dar por terminado
34   unilateralmente el presente contrato sin responsabilidad alguna de su parte; en cuyo caso,
35   podrá realizar acciones administrativas o judiciales tendientes a reclamar los daños y
36   perjuicios que se considerasen irrogados. Esta obligación de confidencialidad
37   permanecerá aún por tres años después de finalizado el presente contrato.
38   Cuarta: Plazo y formas de terminación. El plazo de vigencia del presente contrato será
39   de dos años, contados a partir de la suscripción del mismo por ambas partes,
40   prorrogándose de forma automática por períodos iguales y sucesivos, salvo indicación en
41   contrario. No obstante, lo anterior, en caso que una de las partes no tenga interés en
42   prorrogar la relación contractual, podrá notificar a su contraparte por medio de un
43   documento formal con al menos treinta (30) días naturales antes de la fecha de
44   vencimiento, su decisión de no continuar con la relación contractual.
45   El presente contrato podrá ser rescindido sin responsabilidad alguna para las partes, por
46   alguna de las siguientes causas:
47   a) Por disolución, liquidación o quiebra de alguna de las partes.
48   b) Por incumplimiento de algunas de las partes, de alguna ley, regulación, mandato o
49        resolución judicial de los Tribunales de Justicia de la República de Costa Rica o
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 1       entidad administrativa competente, que se relacione directamente con esta
 2       contratación.
 3   c) Por uso indebido del objeto del presente contrato por alguna de las partes.
 4   d) Cuando “El Patrono Afiliado” demuestre interés público que así lo justifique.
 5   e) Por fuerza mayor o caso fortuito.
 6   f) Por las causales establecidas expresamente en este contrato.
 7   Tanto “La Cooperativa” como “El Patrono Afiliado” podrán voluntariamente dar por
 8   terminado este contrato antes de su vencimiento, notificándolo por escrito a la otra parte
 9   con al menos treinta (30) días naturales de antelación, no obstante, para que esa
10   finalización sea válida y eficaz será necesario que las partes se encuentren al día en sus
11   obligaciones, caso contrario estaríamos en presencia de incumplimiento contractual. De
12   esta forma, las obligaciones derivadas del presente contrato se mantendrán vigentes
13   hasta el último día del plazo indicado.
14   Tras la terminación/resolución del contrato, las partes deberán cancelar a la contraparte
15   cualquier rubro que adeude de conformidad con lo establecido en este contrato. “La
16   Cooperativa” tendrá derecho a exigir el resarcimiento por la comisión, sobre el cobro de
17   los recibos emitidos hasta la fecha del incumplimiento del contrato. “El Patrono Afiliado”
18   tendrá el derecho de recibir todas las sumas recaudadas por “La Cooperativa” hasta la
19   fecha y la Cooperativa a exigir el pago de deducciones aplicadas a los trabajadores
20   asociados. “El Patrono Afiliado” exonerará a “La Cooperativa” de los daños que pueda
21   causarse a los clientes de “El Patrono Afiliado”, con ocasión de resolverse este
22   convenio.
23   Quinta: De la naturaleza de la contratación. Queda entendido que el presente contrato
24   no genera responsabilidad laboral entre las partes, ni genera relación de subordinación
25   jerárquica entre “El Patrono Afiliado” y “La Cooperativa”, ni entre “El Patrono
26   Afiliado” y los empleados de “La Cooperativa”.
27   Sexta: Incumplimiento del contrato. La violación o incumplimiento de cualquiera de las
28   partes de este contrato y sus anexos, en todo o en parte, facultará a la otra a solicitar la
29   resolución contractual sin necesidad de resolución judicial que así lo declare pudiendo
30   hacer valer cualquier condición pendiente de cumplir por la otra parte, por la vía que
31   considere oportuna. Para la aplicación de este derecho, la parte cumpliente deberá
32   notificar a la contraparte su voluntad con un plazo de quince días de anticipación, a fin de
33   que subsane en ese plazo el vicio o incumplimiento. Transcurrido el plazo, si la parte
34   incumpliente no ha solucionado el vicio o incumplimiento, se tendrá por terminado el
35   presente contrato con la responsabilidad respectiva de la parte incumpliente.
36   Sétima: De las prohibiciones. El presente contrato no restringe a “La Cooperativa” en
37   ningún momento a poder brindar los servicios aquí estipulados y otros que pudiesen
38   acordarse con otras empresas que brinden servicios iguales o similares a los brindados
39   por “El Patrono Afiliado”. El presente contrato tampoco restringe la posibilidad a “El
40   Patrono Afiliado” a realizar convenios similares al presente, con cualquier persona o
41   empresa.
42   Octava: Estimación. Por su naturaleza el presente contrato no se estima para efectos
43   fiscales.
44   Novena: Resolución de controversias. Todas las controversias, diferencias, disputas o
45   reclamos que pudieran derivarse del presente Contrato, o el negocio y la materia a la que
46   este se refiere, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, se
47   resolverán por medio de arbitraje de derecho de conformidad con los reglamentos del
48   Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica, a cuyas
49   normas las partes se someten en forma voluntaria e incondicional. El conflicto se
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 1   dilucidará de acuerdo con la ley sustantiva de Costa Rica. El lugar del arbitraje será el
 2   Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica en San José,
 3   República de Costa Rica. El arbitraje será resuelto por un tribunal arbitral compuesto por
 4   tres árbitros. Los árbitros serán designados de la siguiente manera: los dos primeros,
 5   uno por cada una de las partes, y el tercero por los dos árbitros ya nombrados, todos ellos
 6   de la lista oficial que para esos efectos lleva el Centro de Conciliación y Arbitraje. El laudo
 7   arbitral se dictará por escrito, será secreto, definitivo, vinculante para las Partes e
 8   inapelable, salvo el recurso de revisión o de nulidad. Una vez que el laudo se haya
 9   dictado y se encuentre firme, producirá los efectos de cosa juzgada material y las Partes
10   deberán cumplirlo sin demora. Los gastos relacionados con el arbitraje y los honorarios
11   de los árbitros serán asumidos por la parte vencida. El Centro de Conciliación y Arbitraje
12   de la Cámara de Comercio de Costa Rica, es la institución encargada de administrar el
13   proceso arbitral.
14   Décima: De la nulidad parcial. En caso de que alguna de las cláusulas de este Acuerdo
15   sea considerada ilegal, inválida o inaplicable, la legalidad, validez y aplicabilidad del resto
16   no serán afectadas o anuladas.
17   Décima Primera: Convenios. En acuerdo a los servicios ofrecidos mediante el sitio
18   empresarial expreso mi conformidad con el convenio de:
19                                   ☐CONVENIO DE DEDUCCIONES DE PLANILLA
20
21                                  ☐CONVENIO DE DEPÓSITO DE SALARIOS
22
23   Décima Segunda: Autorizados. En mi facultad de representante legal autorizo a las
24   siguientes personas para el uso de la plataforma en las calidades indicadas:
25
26   1)
27        •    Nombre: Lorena Rojas Walker
28        •    Cedula: cédula del autorizado
29        •    Correo personal: lrojas@municipalidadtalamanca.go.cr
30        •    Teléfono: 27510057
31        •    Fechas de nacimiento: 17/07/71
32        •    Monto Máximo: monto promedio de planilla enviada
33        •    Dirección: Bribri Talamanca Limón
34        •    Rol:
35                     ☒Administrador       ☐Supervisor     ☐Consulta
36        2)
37        •    Nombre: nombre del autorizado
38        •    Cedula: cédula del autorizado
39        •    Correo personal: correo electrónico personal empresarial
40        •    Teléfono: teléfono
41        •    Fechas de nacimiento: fecha de nacimiento dd/mm/aa
42        •    Monto Máximo: monto promedio de planilla enviada
43        •    Dirección: Dirección del autorizado Provincia Cantón Distrito
44        •    Rol:
45                     ☐Administrador       ☐Supervisor       ☐Consulta
46        3)
47        • Nombre: nombre del autorizado
                                                                                                 94
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 1      •   Cedula: cédula del autorizado.
 2      •   Correo personal: correo electrónico personal empresarial.
 3      •   Teléfono: teléfono.
 4      •   Fechas de nacimiento: fecha de nacimiento dd/mm/aa.
 5      •   Monto Máximo: monto promedio de planilla enviada.
 6      •   Dirección: Dirección del autorizado Provincia Cantón Distrito.
 7      •   Rol:
 8                   ☐Administrador       ☐Supervisor        ☐Consulta
 9   Décima Tercera: Cierre. Ambas partes dejan claramente establecido que aceptan haber
10   leído este contrato, haberlo entendido y que quedan obligados por sus términos y
11   condiciones, que lo establecido en este contrato es la expresión completa y exclusiva de
12   sus voluntades, y que por ello sustituye todas las propuestas o acuerdos previos, orales
13   o escritos, relacionadas con el objeto del mismo y que cualquier modificación debe
14   realizarse por escrito. Aceptan expresamente que el mismo se rige por la legislación civil
15   vigente y por las cláusulas pactadas, así como que para todos los efectos legales las
16   direcciones indicadas corresponden a su domicilio contractual para recibir notificaciones,
17   por corresponder a su domicilio civil. Conformes con todo lo anterior, firmamos en la
18   ciudad de San José, a los dias días del mes de Mes del año.


                  Por El Patrono Afiliado                        Por Coope-Ande
                Nombre del Representante               Ejecutivo Empresarial
                          Cédula                                     Cédula
19   Acuerdo 7:
20   Moción presentada por la Licda. Yahaira Mora Blanco, Presidenta Municipal, secundada
21   por la regidora Enid Villanueva Vargas, que dice:
22   Asunto: CONSTRUCCIÓN DE CAIS EN EL CANTÓN DE TALAMANCA.
23   EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN DE TALAMANCA:
24       1. Que el artículo 27, inciso b) del Código Municipal faculta a los regidores a
25           presentar mociones y proposiciones.
26       2. Que por disposición de los artículos 169 y 170 de la Constitución Política de Costa
27           Rica, le corresponde a las Municipalidades en forma autónoma administrar los
28           intereses y servicios locales.
29       3. Que el artículo 4, inciso h) del Código Municipal establece la obligación de los
30           gobiernos locales de promover un desarrollo local participativo e inclusivo, que
31           contemple la diversidad de las necesidades y los intereses de la población.
32       4. Que el artículo 5 del Código Municipal indica que las municipalidades deben
33           fomentar la participación activa, consiente y democrática del pueblo en las
34           decisiones del gobierno local y de las instituciones públicas.
35   Que los Gobiernos Locales son las instancias públicas que tienen mayor contacto con la
36   población y sus necesidades, por lo tanto, son las primeras instituciones en percibir y
37   atender las problemáticas derivadas de la crisis. Por tanto, deben ser actores
38   fundamentales y vocería de las medidas para buscar soluciones en el marco de la
39   situación actual.
40   Que resulta indispensable, para un verdadero desarrollo histórico, que en un tiempo muy
41   corto NUESTRO CANTÓN DE TALAMANCA cuente con la infraestructura acorde con la
42   demanda de la población, con sistema de salud óptimos y que se ajuste a servicios
43   básicos de salud, y en ellos las acciones que se han enmarcado en la construcción de
                                                                                            95
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 1   esa sede de la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL como un CAIS de gran
 2   modernidad y ajustada a esos requerimientos al parecer sufriría atrasos que la ubican en
 3   una realidad para el año 2024, lo que atrasa enormemente lo que éste municipio ha
 4   planificado, ha colaborado con el terreno, y con las condiciones necesarias para que sea
 5   una realidad lo más pronto posible.
 6   POR TANTO SE ACUERDA: CONVOCAR A UNA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE
 7   MANERA URGENTE QUE SERÁ FIJADA HORA Y FECHA POR LA SECRETARIA
 8   MUNICIPAL EN EL MES DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO DONDE SE
 9   CONVOQUE Y SE COORDINE LA AGENDA DEL DIRECTOR DE TALAMANCA
10   DOCTOR MAURICIO SOLANO CORRELLA, EL DIRECTOR REGIONAL DOCTOR
11   WILMAN ROJAS MOLINA, EL DIRECTOR NACIONAL MÉDICO DOCTOR MARIO
12   RUIZ CUBILLO Y EL DIRECTOR DE FIDEICOMISO DOCTOR DANILO MONGE
13   GUILLEN, CON EL FIN DE CONOCER DE PRIMERA MANO LOS AVANCES DEL
14   PROYECTO DE TALAMANCA, Y PODER TOMAR DEFINICIONES Y ACCIONES
15   CONCRETAS EN DICHO CASO. QUE SE DECLARE EN FIRME ESTE ACUERDO Y
16   SE DISPENSE DE TRÁMITE DE COMISIÓN. SOMETIDO A VOTACIÓN LEVANTANDO
17   LA MANO. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO POR UNANIMIDAD. -----------
18   ARTÍCULO XI: Clausura Al ser las dieciocho horas con cuarenta minutos la
19   señora Presidenta Municipal da por finalizada la sesión. ---------------------------------
20
21
22
23               Yorleni Obando Guevara                      Licda. Yahaira Mora Blanco
24                       Secretaria                                  Presidenta
25   yog




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